CRITERIOS ESPECIFICOS DE ACREDITACIÓN. ENTIDADES DE CERTIFICACIÓN DE ETIQUETADO DE VACUNO
|
|
- Cristián Salazar Cruz
- hace 6 años
- Vistas:
Transcripción
1 Página 1 de 7 CRITERIOS ESPECIFICOS DE ACREDITACIÓN. ENTIDADES DE CERTIFICACIÓN DE ETIQUETADO DE VACUNO REVISIÓN Nº FECHA MODIFICACIONES /12/18 Nueva elaboración 02 Mayo 2002 Apartados 3, 7 y 8.3 El presente documento se distribuye como copia no controlada. Puede consultar su revisión en la página web de ENAC, a través del icono documentos o internamente en red.
2 Página 2 de 7 INDICE Página PRESENTACIÓN 1. OBJETO Y CAMPO DE APLICACIÓN 3 2. DEFINICIONES 3 3. ALCANCE DE ACREDITACIÓN 4 4. DOCUMENTO NORMATIVO (CGA-ENAC-EC/PR Apartado 4.1.3) 5 5. IMPARCIALIDAD (CGA-ENAC-EC/PR Apartado 4.2. o)) 6 6. MODOS DE ACTUACIÓN (CGA-ENAC-EC/PR Apartado 4.3) 6 7. DECISIÓN SOBRE LA CERTIFICACIÓN (CGA-ENAC-EC/PR Apartado 12) 6 8. USO DE LICENCIAS, CERTIFICADOS Y MARCAS DE CONFORMIDAD (CGA-ENAC-EC/PR Apartado 14) 7
3 Página 3 de 7 PRESENTACIÓN Los requisitos generales que deben cumplir las entidades de certificación de producto están descritos en la norma EN 45011:1998 y en el documento CGA-ENAC-EC/PR Rev. 3, no obstante al ser éste un documento de carácter horizontal, y por tanto, aplicable a cualquier tipo de certificación de producto, en ocasiones es preciso desarrollar su contenido a través de criterios específicos para un esquema de certificación determinado. Por otra parte la legislación comunitaria al respecto, Reglamento CE nº 1760/2000 del Parlamento Europeo y del Consejo de 17 de julio de 2000 que establece un sistema de identificación y registro de los animales de la especie bovina y relativo al etiquetado de la carne de vacuno y de los productos a base de carne de vacuno (en adelante, Rgto. 1760/2000) y Reglamento (CE) nº 1825/2000 de la Comisión, de 25 de agosto de 2000, por el que se establecen disposiciones de aplicación del Reglamento (CE) nº 1760/2000 del Parlamento Europeo y del Consejo en lo que respecta al etiquetado de la carne vacuno y los productos de base de carne vacuno (en adelante, Rgto. 1825/2000), establecen ciertas condiciones a la certificación en este campo que, al ser específicas y no repetirse en otros campos, requieren de alguna explicación adicional. El presente documento solamente tiene relación con el proceso de acreditación de entidades de certificación previamente autorizadas por la autoridad competente. Las interpretaciones de lo indicado en la reglamentación comunitaria solamente persiguen casar los requisitos de la EN con lo establecido en dicha reglamentación facilitando así los procesos de acreditación. En ningún caso pretende ENAC desarrollar o interpretar dicha legislación, al ser esto competencia de las diferentes Administraciones. La acreditación en este campo se circunscribe a la actividad de las entidades de certificación en el etiquetado facultativo (tal y como se describe en el Rgto. 1760/2000) y está, por lo tanto, relacionada con características de la carne que el productor quiere voluntariamente cumplir. Por tanto la acreditación de ENAC no necesariamente implica que el certificador evalúe requisitos de carácter reglamentario que son inspeccionados por la Administración. 1. OBJETO Y CAMPO DE APLICACIÓN El presente documento tiene como objeto el establecer criterios de acreditación particulares para aquellos certificadores que operen dentro del marco del Rgto. 1760/2000. Este documento no establece requisitos adicionales a los recogidos en el CGA-ENAC-EC/PR sino que concreta algunos de dichos requisitos a la luz de lo establecido en el Rgto. 1760/2000. Su contenido deberá, por tanto, entenderse que tiene el mismo estatus que las directrices incluidas en el CGA- ENAC-EC/PR por lo que las entidades de certificación que deseen ser acreditadas por ENAC para esta actividad deberán demostrar adecuadamente su cumplimiento. 2. DEFINICIONES A continuación aparecen algunos de los términos incluidos en el presente documento en relación con los indicados en el Rgto / 2000: 2.1. Suministrador (CGA-ENAC-EC/PR) / Agente económico u organización (Rgto. 1760/2000) / Etiquetador: Empresa o grupo de empresas propietarias de la etiqueta y responsable último
4 Página 4 de 7 del contenido de ésta (en adelante etiquetador). El etiquetador es el responsable de asegurar que la carne etiquetada cumple los requisitos establecidos en el documento normativo (véase definición 2.3). Para ello deberá disponer de un apropiado sistema de control de todas las fases de producción y venta (habitualmente denominado autocontrol) y de los registros adecuados que demuestran la veracidad del etiquetado y del cumplimiento del resto de los requisitos establecidos en el documento normativo Entidad de certificación (CGA-ENAC-EC/PR) / Organismo independiente de control (Rgto. 1760/2000): Empresa reconocida por la autoridad competente encargada de evaluar de manera independiente al etiquetador y de dar las adecuadas garantías al mercado de que el producto etiquetado cumple los requisitos establecidos en el documento normativo Documento normativo (CGA-ENAC-EC/PR) / Pliego de condiciones (Rgto. 1760/2000): Documento aprobado por la autoridad competente en el que se establecen los requisitos a cumplir Etiqueta: Cualquier información proporcionada al consumidor por escrito y de manera visible en el punto de venta, esté o no adherida al producto, así como folletos o cualquier otro material publicitario. 3. ALCANCE DE ACREDITACIÓN Se definirá, siguiendo el formato establecido por ENAC a tal efecto en el formulario de la solicitud de acreditación atendiendo a los siguientes parámetros: Producto / Proceso / Servicio: Carne de vacuno Objeto de la certificación: Calidad Se pueden considerar tres categorías en función del alcance de la certificación: Alcance de la Certificación Contenido de la etiqueta 1ª. Origen y características del animal Raza, sexo, edad, 2ª. Características de la producción ganadera Alimentación, producción extensiva, 3ª. Sacrificio y despiece Métodos de sacrificio específicos por motivos religiosos, tiempo de oreo, La diferencia entre la primera y la segunda categoría, es que la primera puede ser evaluable a través de un adecuado sistema de trazabilidad al estar esta información habitualmente en la documentación del animal, mientras que la segunda incluye la realización de determinados controles en el punto de origen. Un pliego de condiciones puede incluir una o varias de estas categorías. Cada una de las categorías anteriores requiere de diferentes actividades de evaluación a realizar por la entidad de certificación así como de diferente competencia técnica y por tanto las actividades de evaluación por parte de ENAC serán diferentes en cada una de ellas.
5 Página 5 de 7 Proceso de evaluación: Se indicarán las actividades de evaluación utilizadas para conceder la certificación (auditoría, inspección del proceso, ensayos sobre muestras tomadas en el proceso o en el mercado), así como las etapas del proceso productivo evaluadas (explotación ganadera, establecimiento de sacrificio, sala de despiece o punto de venta). Documento normativo: Pliego de condiciones autorizado indicando fecha de autorización. En el alcance aparecerán todos y cada uno de los pliegos de condiciones que la entidad de certificación está certificando, con la información de cada pliego indicada anteriormente. 4. DOCUMENTO NORMATIVO (CGA-ENAC-EC/PR Apartado 4.1.3) 4.1. Contenido del pliego El pliego de condiciones a efectos de la acreditación debería incluir, sin perjuicio de otra información solicitada por la autoridad competente, lo siguiente: a) Los requisitos concretos de la carne que puedan ser hechos públicos por el etiquetador, dichos requisitos están referidos, en general: al producto en sí, por ejemplo, edad, raza, etc; al proceso, por ejemplo: alimentación específica, bienestar de los animales, método de sacrificio, tiempo de oreo, existencia de controles extraordinarios, etc. b) Contenido de las etiquetas, que deberá incluir necesariamente: Marca comercial de la carne Menciones concretas relativas a los requisitos establecidos en el punto a) anterior. c) Las medidas establecidas por el etiquetador para garantizar la veracidad de la información de la etiqueta. Estas medidas deber ser tales que aseguren que la carne ha sido sometida a todos los controles establecidos bien sea por una evaluación del propio etiquetador de todas las etapas del proceso o por certificaciones parciales por parte de la Entidad de certificación u otras. d) Sistema de control diferenciando dos tipos de control: El sistema de control previsto para todas las fases de producción y venta (a cargo del etiquetador). Se indicará claramente los controles establecidos por el etiquetador en cada fase del proceso para garantizar la veracidad de la etiqueta. Estos controles son los que habitualmente se denominan autocontrol y pueden ser llevados a cabo por el propio etiquetador o subcontratados a una empresa externa. En este último caso, esta empresa nunca podrá ser la entidad de certificación (ver punto 5 de este documento). Así mismo el etiquetador podrá establecer la realización de otros controles para evaluar el cumplimiento de requisitos obligatorios u otros requisitos no asociados al contenido de la etiqueta. Los controles a realizar por la entidad de certificación. Independientemente de los controles que se puedan definir para el organismo independiente de control en el pliego de condiciones, la entidad de certificación deberá tener en cuenta todo lo establecido en el apartado de modos de actuación de la norma (ver punto 4.3 del CGA-ENAC-EC/PR).
6 Página 6 de 7 Los pliegos de condiciones deberían estar adecuadamente identificados, fechados, paginados y controlados Responsabilidades de la entidad de certificación con relación a los pliegos de condiciones a efectos de la acreditación. a) La entidad de certificación deberá demostrar que los pliegos de condiciones están sometidos a un adecuado control de la documentación (véase CGA-ENAC-EC/PR Adpo ) incluyendo cuando sea aplicable una nueva aprobación por parte de la autoridad competente en el caso de realizarse cambios en su contenido. b) En caso necesario, la entidad de certificación deberá desarrollar documentos que identifiquen claramente en qué apartado del pliego de condiciones figura la información indicada en IMPARCIALIDAD (CGA-ENAC-EC/PR Apartado 4.2. o)) La realización de los autocontroles al etiquetador es una de las actividades que no podrá realizar la entidad de certificación, ya que compromete su imparcialidad, tal y como se describe en el apartado 4.2.o) punto 3 del CGA-ENAC-EC/PR. 6. MODOS DE ACTUACIÓN (CGA-ENAC-EC/PR Apartado 4.3) La entidad de certificación debe documentar de qué manera va a verificar todos y cada uno de los requisitos establecidos en el pliego de condiciones. Para ello deberá evidenciar tanto que los productos etiquetados cumplen con dichos requisitos como que los controles implantados por el etiquetador se llevan a cabo de manera eficaz. Toda vez que los requisitos establecidos, en general, no pueden ser comprobados en el producto certificado (la carne) sino en fases anteriores del proceso, la existencia de un sistema de trazabilidad robusto y fiable es imprescindible para garantizar la veracidad de la información de la etiqueta 1. Por lo tanto el certificador deberá asegurarse del correcto funcionamiento del sistema de trazabilidad implantado en cada una de las etapas del proceso así como que la trazabilidad se asegura en el paso de una etapa a la siguiente de forma que la trazabilidad se mantenga hasta la última etapa del proceso sometida a evaluación. El certificador deberá asegurarse de que existen los registros adecuados, en particular los relativos a la entrada y salida de cada etapa del proceso de forma que se garantice una correlación entre entradas y salidas. Para garantizar el funcionamiento adecuado del sistema de trazabilidad el certificador deberá incluir en sus actividades de evaluación el comprobar si es posible navegar aguas arriba desde la etiqueta hasta un animal concreto que cumpla con los requisitos establecidos en el pliego de condiciones. 7. DECISIÓN SOBRE LA CERTIFICACIÓN (CGA-ENAC-EC/PR Apartado 12) Además de los requisitos establecidos en el CGA-ENAC-EC/PR para el certificado emitido por la entidad de certificación, éste deberá contemplar lo siguiente: 1 El sistema de trazabilidad como tal no es certificable al ser un requisito de carácter obligatorio.
7 Página 7 de 7 Referencia al pliego de condiciones autorizado por la autoridad competente y referencia al Rgto. 1760/2000. Esta mención del reglamento se hará de forma que no se pueda interpretar que la carne certificada es conforme con dicho reglamento, o que de algún modo, transmita al mercado que la carne cumple requisitos diferentes a los establecidos en el correspondiente pliego de condiciones. Referencia al etiquetador (ver definiciones) y a la marca comercial que vaya a aparecer en las etiquetas tal y como aparece en el pliego de condiciones y declarará que la carne etiquetada o comercializada con dicha marca es conforme con los requisitos establecidos en el pliego de condiciones correspondiente. La marca de acreditación de ENAC (ver CEA-ENAC-01). En ningún caso el certificador podrá emitir certificados para lotes o partidas concretas de carne. 8. USO DE LICENCIAS, CERTIFICADOS Y MARCAS DE CONFORMIDAD (CGA-ENAC- EC/PR Apartado 14) 8.1. El objeto de la certificación es asegurar la veracidad del contenido de la etiqueta, por lo tanto el certificador deberá exigir al etiquetador que identifique en las etiquetas (ver definiciones) al certificador que da fe de dicha veracidad, esto puede hacerse mediante una marca propia del certificador (o de manera equivalente) Los procedimientos del certificador que regulen en qué condiciones el etiquetador podrá hacer uso de dicha marca (o referencia) deberán contemplar, además de lo establecido en el CGA-ENAC-EC/PR lo siguiente: - La marca ( o referencia) del certificador no podrá incluirse en etiquetas que no incluyan al menos una de las características establecidas en el pliego de condiciones. - La marca (o referencia) del certificador deberá estar siempre asociada a la marca comercial establecida por el etiquetador que aparece en el certificado emitido por el certificador (véase punto 7 anterior) - La carne etiquetada con dicha marca comercial que no incluya la marca (o referencia) del certificador no podrá considerarse como carne certificada y, por lo tanto, no podrá incluir la información aprobada en el pliego de condiciones ni menciones del tipo carne certificada o similares que puedan confundir al mercado Con respecto a la referencia a su acreditación la entidad de certificación deberá cumplir lo establecido en el documento CEA-ENAC-01, complementado con las siguientes reglas: - La marca de ENAC sólo podrá aparecer en el certificado (ver apartado 7). - Ni la marca de ENAC ni la referencia a la condición de acreditado podrán aparecer bajo ninguna circunstancia en etiquetas sobre el producto. - La marca ENAC no podrá aparecer en ningún documento que haga referencia a lotes, piezas, canales, etc concretos. - En material publicitario relativo a un pliego de condiciones acreditado, se podrá hacer mención a la acreditación del certificador mediante la frase acreditado por ENAC con acreditación nº incluida detrás del nombre del certificador, siempre y cuando la mención a la condición de acreditado sea realizada de forma que no parezca que ENAC avala el producto concreto. El certificador será responsable ante ENAC de cualquier mal uso por parte del etiquetador.
LA CERTIFICACION DEL ETIQUETADO FACULTATIVO DE LOS PRODUCTOS AGROALIMENTARIOS CERTICAR S.L.
LA CERTIFICACION DEL ETIQUETADO FACULTATIVO DE LOS PRODUCTOS AGROALIMENTARIOS CERTICAR S.L. Ileana Calixto Herrera BILBAO, 22 DE ENERO 2009 CERTICAR: QUIENES SOMOS Entidad de certificación de productos
Más detallesINDICE UNE-EN ISO/IEC
INTRODUCCIÓN La Norma UNE-EN ISO/IEC 17025 establece los requisitos generales relativos a la competencia técnica de los laboratorios de ensayo y calibración que ENAC utiliza como criterios para la acreditación.
Más detallesMODELO RESUMEN PLIEGO DE CONDICIONES PARA LA CERTIFICACIÓN DEL ETIQUETADO FACULTATIVO CHIVO LECHAL MALAGUEÑO
MODELO RESUMEN PLIEGO DE CONDICIONES PARA LA CERTIFICACIÓN DEL ETIQUETADO FACULTATIVO CHIVO LECHAL MALAGUEÑO 1. AGENTE DEL PLIEGO: Asociación Española de Criadores de la Cabra Malagueña Registro de Asociación:
Más detallesPROCEDIMIENTO GENERAL PARA LA DESIGNACIÓN DE LABORATORIOS QUE REALIZAN CONTROL OFICIAL EN LOS ÁMBITOS DE CONTROL DEL MAGRAMA
PLAN NACIONAL DE CONTROL DE LA CADENA ALIMENTARIA 2016-2020 MINISTERIO DE AGRICULTURA, ALIMENTACIÓN Y MEDIO AMBIENTE Versión 0 11 de noviembre de 2015 PROCEDIMIENTO GENERAL PARA LA DESIGNACIÓN DE LABORATORIOS
Más detallesGUÍA DE CERTIFICACIÓN DE LA PRODUCCIÓN ECOLÓGICA EN ANDALUCÍA
GUÍA DE CERTIFICACIÓN DE LA PRODUCCIÓN ECOLÓGICA EN ANDALUCÍA DIRECCIÓN GENERAL DE AGRICULTURA ECOLÓGICA LA CERTIFICACIÓN ECOLÓGICA EN ANDALUCÍA En Europa el sector de la agricultura ecológica está regulado,
Más detallesCONOCE LA DIFERENCIA ENTRE CERTIFICACIÓN ACREDITADA Y NO ACREDITADA?
CONOCE LA DIFERENCIA ENTRE CERTIFICACIÓN ACREDITADA Y NO ACREDITADA? Los servicios de certificación contribuyen a desarrollar las estrategias competitivas de las empresas y al impulso de la economía y
Más detallesRD 1698/2003: Disposiciones de aplicación de los Reglamentos Comunitarios sobre el Sistema de Etiquetado de Carne de Vacuno.
RD 1698/2003: Disposiciones de aplicación de los Reglamentos Comunitarios sobre el Sistema de Etiquetado de Carne de Vacuno. DENOMINACIONES DE VENTA: a. CARNE DE VACUNO: Categoría del animal en función
Más detallesNT-28 Rev.3 Abril 08 INDICE. Página 1. GENERAL OBJETO Y CAMPO DE APLICACIÓN...2
INDICE Página 1. GENERAL...1 2. OBJETO Y CAMPO DE APLICACIÓN...2 3. CRITERIOS PARTICULARES DE ACREDITACIÓN PARA LA GESTIÓN FORESTAL...2 4. CRITERIOS PARTICULARES DE ACREDITACIÓN PARA LA CADENA DE CUSTODIA...3
Más detallesLA TRAZABILIDAD Y LA SEGURIDAD ALIMENTARIA EN GANADO VACUNO CARLES SERÓ NOGUÉS
LA TRAZABILIDAD Y LA SEGURIDAD ALIMENTARIA EN GANADO VACUNO CARLES SERÓ NOGUÉS LA TRAZABILIDAD Y LA SEGURIDAD ALIMENTARIA EN GANADO VACUNO ÍNDICE 1. LA TRAZABILIDAD EN EL GRUPO ALIMENTARIO GUISSONA 2.
Más detallesMARCA DE IDENTIFICACIÓN EN PRODUCTOS DE ORIGEN ANIMAL
MARCA DE IDENTIFICACIÓN EN PRODUCTOS DE ORIGEN ANIMAL Rev. 1 1º. Clarificación de los casos en los que una nueva marca de identificación (MI) debe ser colocada al desembalar un producto. 2º. Clarificación
Más detallesLaboratorios de Ensayo: Acreditación para Categorías de Ensayo NT-18 Rev. 1 Junio 2004
INDICE Página 1. INTRODUCCIÓN... 1 2. OBJETO... 2 3. CAMPO DE APLICACIÓN... 3 4. DEFINICIONES... 3 5. ALCANCE DE ACREDITACIÓN... 4 5.1. Definición del Alcance... 4 5.2. Lista de Ensayos Bajo Acreditación
Más detallesGUÍA PARA LA DEFINICIÓN DE ACTIVIDADES DE EVALUACIÓN DE LA CONFORMIDAD EN PLIEGOS DE CONTRATACIÓN PÚBLICA
GUÍA PARA LA DEFINICIÓN DE ACTIVIDADES DE EVALUACIÓN DE LA CONFORMIDAD EN PLIEGOS DE CONTRATACIÓN PÚBLICA 1. Identificación del Problema Los Organismos de Evaluación y Control (en adelante, OEC) son un
Más detallesM Producto Certificado
M Producto Certificado Qué es M Producto Certificado? M Producto Certificado es una marca de garantía creada por la Comunidad de Madrid para certificar y distinguir en el mercado a los Alimentos de Madrid,
Más detallesPLANIFICACIÓN DE LA PLANIFICACIÓN DE LA REALIZACIÓN DEL PRODUCTO HOTEL - RESTAURANTE PIG-14. Fecha: Edición: 01 Página: 1/7.
Página: 1/7 Elaborado por: Revisado por: Aprobado por: JAVIER ARRANZ LAPRIDA Página: 2/7 1. OBJETO Definir la sistemática para llevar a cabo la planificación y desarrollo de los procesos necesarios para
Más detallesNORMATIVA, DOCUMENTACIÓN Y DEFINICIONES 1 OBJETO 2 2 NORMATIVA 2 3 DOCUMENTACIÓN 3 4 DEFINICIONES 4
CONTENIDO: 1 OBJETO 2 2 NORMATIVA 2 3 DOCUMENTACIÓN 3 4 DEFINICIONES 4 Procedimiento Revisión Fecha Preparado por: Conforme: Director de Calidad Aprobado por: Presidente del CERTIAEND PROCEDIMIENTO DE
Más detallesCapítulo 7: Realización del producto
Página 28 de 51 Capítulo 7: Realización del producto 7.1. Planificación de la realización del producto Este apartado es de aplicación a todos los procesos derivados de las actividades relacionadas con
Más detallesPROCEDIMIENTOS A APLICAR A CEMENTOS NO SUJETOS AL MARCADO CE
PROCEDIMIENTOS A APLICAR A CEMENTOS NO SUJETOS REAL DECRETO 605/2006, de 19 de mayo, por el que se aprueban los procedimientos para la aplicación de la norma UNE-EN 197-2:2000 a los cementos no sujetos
Más detallesCriterios técnicos-normativos del INVASSAT. Equipos de trabajo: Condiciones de adaptación y utilización.
Criterios técnicos-normativos del INVASSAT Equipos de trabajo: Condiciones de adaptación y utilización. octubre 2016 Asunto: Fecha: Octubre 2016 EQUIPOS DE TRABAJO: CONDICIONES DE ADAPTACIÓN Y UTILIZACIÓN
Más detalles10 Junio 2014 F. Buendía 10 Junio 2014 Fulgencio Buendía
Instrumentos de pesaje utilizados en el control del contenido efectivo Información a los usuarios sobre requisitos de compra de equipos y situación de equipos existentes 10 Junio 2014 F. Buendía 10 Junio
Más detallesBOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 27 Sábado 31 de enero de 2009 Sec. I. Pág. 10433 I. DISPOSICIONES GENERALES MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA 1602 Real Decreto 75/2009, de 30 de enero, por el que se modifica el Real Decreto 1698/2003,
Más detallesEtiquetado de alimentos envasados por titulares del comercio al por menor
Subdirección General de Salud Pública Consulta Consulta: Número: Inf14059 Etiquetado de alimentos envasados por titulares del comercio al por menor Informe de fecha 28/07/2014 actualizado el 17/10/16 I
Más detallesPROCEDIMIENTO PG 08 CONTROL DE LOS EQUIPOS DE MEDICIÓN
ÍNDICE 1. OBJETO 2. ALCANCE 3. DEFINICIONES 4. RESPONSABILIDADES 5. DESARROLLO DEL PROCEDIMIENTO 5.1. Adquisición, recepción e identificación de equipos 5.2. Identificación y estado de calibración 5.3.
Más detallesElaborado por: ELIKA Aprobado por: Grupo Horizontal de Coordinación Fecha aprobación: 3 junio 2016 Versión: 1 / Mayo VERSIÓN 1 Mayo 2016.
Elaborado por: ELIKA Aprobado por: Grupo Horizontal de Coordinación Fecha aprobación: 3 junio 2016 Versión: 1 / Mayo 2016 VERSIÓN 1 Mayo 2016 8 de 8 Página ÍNDICE DE CONTENIDOS 1.- Preámbulo 2.- Objetivos
Más detallesBOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 246 Lunes 12 de octubre de 2009 Sec. III. Pág. 86271 III. OTRAS DISPOSICIONES MINISTERIO DE MEDIO AMBIENTE, Y MEDIO RURAL Y MARINO 16288 Resolución de 10 de septiembre de 2009, de la Dirección General
Más detalles(15/ 07 / 2016) Rev 05
NOTA INFORMATIVA PARA EL PROCESADO Y EXPORTACIÓN DE PATAS Y MANOS DE CERDO DE ESPAÑA A LA REPÚBLICA POPULAR CHINA (15/ 07 / 2016) Rev 05 En los listados de autorización las autoridades del CNCA 1 de la
Más detalles1. OBJETO Y CAMPO DE APLICACIÓN ALCANCE DE LA ACREDITACIÓN... 1
INDICE 1. OBJETO Y CAMPO DE APLICACIÓN... 1 2. ALCANCE DE LA ACREDITACIÓN... 1 3. REQUISITOS Y CRITERIOS DE ACREDITACIÓN... 2 3.1. Requisitos generales... 2 3.2. Criterios de acreditación... 2 4. PROCESO
Más detallesAcreditación de ENAC es su. mejor garantía. Prefiere gastar o invertir recursos en la certificación de sus sistemas de gestión?
Acreditación de ENAC es su mejor garantía Prefiere gastar o invertir recursos en la certificación de sus sistemas de gestión? Certificación Acreditada CERTIFICACIÓN ACREDITADA La certificación acreditada
Más detallesDirección Técnica de Acreditación Instituto Boliviano de Metrología
Dirección Técnica de Acreditación Instituto Boliviano de Metrología ACREDITACION Tipo: Reglamento Código: DTA-REG-003 Versión: 5 Título: Reglamento de uso del símbolo de acreditación y referencia a la
Más detallesLA CERTIFICACIÓN VETERINARIA PARA LA EXPORTACIÓN
LA CERTIFICACIÓN VETERINARIA PARA LA EXPORTACIÓN Real Decreto 993/2014, de 28 de noviembre, por el que se establece el procedimiento y los requisitos de la certificación veterinaria oficial para la exportación
Más detallesMODELO DE CERTIFICADO PARA EL PESCADO Y LOS PRODUCTOS PESQUEROS CAC/GL
CAC/GL 48-2004 Página 1 de 5 MODELO DE CERTIFICADO PARA EL PESCADO Y LOS PRODUCTOS PESQUEROS CAC/GL 48-2004 INTRODUCCIÓN La certificación es un método que pueden utilizar los organismos de reglamentación
Más detallesRESPONSABILIDADES DE LA DIRECCIÓN
Pág. 1 de 13 CAPÍTULO 5: RESPONSABILIDADES DE LA DIRECCIÓN 5.0. ÍNDICE 5.1. COMPROMISO DE LA DIRECCIÓN 5.2. ENFOQUE AL CLIENTE 5.3. POLÍTICA DE LA CALIDAD Y DEL 5.4. PLANIFICACIÓN 5.4.1. Aspectos Medioambientales
Más detallesACONDICIONAMIENTO DEL ENTORNO DEL CENTRO SOCIO CULTURAL DE PUNTA MUJERES.
INDICE 1. INTRODUCCIÓN... 3 2. CONTROL DE RECEPCIÓN EN OBRA DE PRODUCTOS, EQUIPOS Y SISTEMAS:.. 3 2.1. Control de la documentación de los suministros... 4 2.2. Control mediante distintivos de calidad o
Más detallesProceso de implantación y acreditación ISO 17025
PROCESO DE IMPLANTACIÓN Y ACREDITACIÓN NORMA ISO 17025 1. Introducción: La Acreditación de Laboratorios permite determinar sus competencias para realizar determinados tipos de ensayos, mediciones y calibraciones.
Más detalles14. RELLENAR LOS IMPRESOS DE CERTIFICADOS DE CALIDAD DE DIFERENTES PRODUCTOS
14. RELLENAR LOS IMPRESOS DE CERTIFICADOS DE CALIDAD DE DIFERENTES PRODUCTOS 1 LECCIÓN 1: Qué es un certificado de calidad? Repasaremos primeramente el concepto de Normalización. Recordemos que se trata
Más detallesIMPORTANCIA SANITARIA DE LA SEGURIDAD DE LOS ALIMENTOS:
CABILDO DE FUERTEVENTURA LABORATORIO AGROALIMENTARIO DE FUERTEVENTURA Acreditación según norma ISO 17025 para análisis microbiológicos de leche y productos lácteos CONSEJERÍA DE AGRICULTURA, GANADERÍA
Más detallesPLIEGO DE CONDICIONES DE LA MARCA
PLIEGO DE CONDICIONES DE LA MARCA PLIEGO DE CONDICIONES MARCA DE VACUNO ASSOCIACIÓ DE RAMADERS DE BESTIAR BOVÍ DE RAÇA MENORCA (ARBBRM) Página 2 de 13 de la versión 4 INDICE 1. INTRODUCCIÓN. 2. ÁMBITO
Más detallesREGLAMENTO CRT: 1997 REGLAMENTO DE CERTIFICACIÓN DE PROTOTIPO O LOTE DE PRODUCTOS
REGLAMENTO CRT: 1997 Comisión de Reglamentos Técnicos y Comerciales - INDECOPI Calle la Prosa 138, San Borja (Lima 41) Apartado 145 Lima, Perú REGLAMENTO DE CERTIFICACIÓN DE PROTOTIPO O LOTE DE PRODUCTOS
Más detallesCurso Establecimientos Tipo Inspección Federal (TIF) Exportadores
Curso Establecimientos Tipo Inspección Federal (TIF) Exportadores Mayo, 2012 Establecimientos TIF Exportadores TEMAS Procedimiento de Autorización de Establecimientos TIF para la exportación. Equivalencia
Más detallesSistema de Análisis de Peligros y Puntos de Control Crítico APPCC
Sistema de Análisis de Peligros y Puntos de Control Crítico APPCC La seguridad de los alimentos se ha convertido en una de las máximas prioridades para el consumidor. El Sistema de Autocontrol es una herramienta
Más detallesMINISTERIO DE AGRICULTURA, PESCA Y ALIMENTACIÓN
BOE núm. 311 Viernes 28 diciembre 2001 49997 MINISTERIO DE AGRICULTURA, PESCA Y ALIMENTACIÓN 24746 REAL DECRETO 1377/2001, de 7 de diciembre, por el que se modifica el Real Decreto 1980/1998, de 18 de
Más detallesINSTRUCTIVO REQUISITOS PARA LA MODIFICACIÓN DEL REGISTRO SANITARIO DE ALIMENTOS PROCESADOS. Versión [2.0] P á g i n a 1 9
INSTRUCTIVO REQUISITOS PARA LA MODIFICACIÓN DEL REGISTRO SANITARIO DE ALIMENTOS PROCESADOS Versión [2.0] Dirección Técnica de Registro Sanitario, Notificación Sanitaria Obligatoria y Autorizaciones Coordinación
Más detallesJORNADA FORMACIÓN CALIDAD. Zaragoza 4 y 11 de junio de 2015
JORNADA FORMACIÓN AESSIA Y CARTAS DE CALIDAD Zaragoza 4 y 11 de junio de 2015 CARTAS DE CALIDAD Objeto y Alcance El objeto de la presente Guía es definir la metodología a seguir para la implantación de
Más detallesLa Acreditación de laboratorios clínicos
La Acreditación de laboratorios clínicos Beneficios de la Beneficios de la Acreditación de ENAC Acreditación de ENAC El laboratorio clínico es una parte fundamental en la asistencia sanitaria a los pacientes,
Más detallesETIQUETA DE CALIDAD Y CERTIFICACIÓN PARA LOS EXPORTADORES DE LIMÓN DE ESPAÑA COLABORA:
ETIQUETA DE CALIDAD Y CERTIFICACIÓN PARA LOS EXPORTADORES DE LIMÓN DE ESPAÑA COLABORA: COLABORA: ETIQUETA DE CALIDAD Y CERTIFICACIÓN PARA LOS EXPORTADORES DE LIMÓN DE ESPAÑA O1 01. LA CERTIFICACIÓN DE
Más detalles1. Introducción. 1.3 Para realizar la evaluación del personal es necesario poseer un conocimiento básico de la organización.
LV5- Evaluación de Personal APÉNDICE B - LISTAS DE MEDICIÓN DE CUMPLIMIENTO Y VERIFICACIÓN LV5- - EVALUACIÓN DE PERSONAL DE MANTENIMIENTO Y PERSONAL GERENCIAL DE LA ORGANIZACIÓN DE MANTENIMIENTO 1. Introducción
Más detallesCURSO: CALIDAD, OBTENCIÓN Y MANTENIMENTO DE LA ISO 9001
CASO PRÁCTICO Nº 1 La norma ISO 9001 requiere: Por ello realiza un mapa de procesos de una industria grafica, especificando procesos clave, estratégicos y de apoyo. CASO PRÁCTICO Nº 2 Redacta la Política
Más detallesJAMÓN, JAMÓN! Lourdes García Montoro Centro de Estudios de Consumo Universidad de Castilla-La Mancha. Fecha de publicación: 24 de enero de 2014
JAMÓN, JAMÓN! Real Decreto 4/2014, de 10 de enero, por el que se aprueba la norma de calidad para la carne, el jamón, la paleta y la caña de lomo Lourdes García Montoro Centro de Estudios de Consumo Universidad
Más detallesMódulo 12: Proceso de certificación
Módulo 12: Proceso de certificación Una vez implantado el SGSI, con todo el trabajo que ello implica, puede darse el caso de que la organización decida mostrar sus logros a sus clientes, a sus proveedores,
Más detalles1. Objeto. 2. Alcance. 4. Consideraciones solo para marca de conformidad de Producto. 3. Consideraciones Generales
1. Objeto Este manual establece las condiciones para el uso y aplicación del logo de certificación para las marcas de conformidad de producto, procesos y servicios. 2. Alcance Este manual es aplicable
Más detalles1/2005, de 9 de marzo, por la que se regula el régimen de comercio de derechos de emisión de gases de efecto invernadero.
Real Decreto X/X de DD de MM, por el que se establecen las normas básicas que han de regir los sistemas de acreditación y verificación de las emisiones de gases de efecto invernadero y los datos toneladas-kilómetro
Más detallesANTEPROYECTO DE LEY VENTA DE DIRECTA DE PRODUCTOS AGROALIMENTARIOS EN ARAGÓN
ANTEPROYECTO DE LEY VENTA DE DIRECTA DE PRODUCTOS AGROALIMENTARIOS EN ARAGÓN MOTIVOS : La cadena alimentaria es una importante fuente de valor económico que, actualmente, no se distribuye de forma homogénea
Más detallesEl presente documento ha sido consensuado dentro del Grupo de Trabajo de Mataderos Formación en bienestar animal.
DOCUMENTO PARA LA APLICACIÓN DE LOS ASPECTOS RELATIVOS A LA FORMACIÓN EN BIENESTAR ANIMAL DEL REGLAMENTO (CE) 1099/2009 RELATIVO A LA PROTECCIÓN DE LOS ANIMALES EN EL MOMENTO DE LA MATANZA. El presente
Más detallesControl de Producción en Fabrica
Control de Producción en Fabrica 6.3.1. Generalidades (1) El fabricante debe establecer, documentar y mantener un sistema de control de producción en fábrica (CPF) El sistema de CPF debe consistir en procedimientos
Más detallesBOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 84 Miércoles 7 de abril de 2010 Sec. I. Pág. 31568 I. DISPOSICIONES GENERALES MINISTERIO DE INDUSTRIA, TURISMO Y COMERCIO 5547 Real Decreto 338/2010, de 19 de marzo, por el que se modifica el Reglamento
Más detallesBOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 79 Jueves 1 de abril de 2010 Sec. I. Pág. 30242 I. DISPOSICIONES GENERALES MINISTERIO DE MEDIO AMBIENTE, Y MEDIO RURAL Y MARINO 5298 Real Decreto 405/2010, de 31 de marzo, por el que se regula el
Más detallesFUNCIONES Y RESPONSABILIDADES DEL PROMOTOR EN LA APLICACIÓN DE LOS PRINCIPIOS BPL
MINISTERIO DE SANIDAD Y CONSUMO FUNCIONES Y RESPONSABILIDADES DEL PROMOTOR EN LA APLICACIÓN DE LOS PRINCIPIOS BPL DOCUMENTO Nº 8 Abril 2005 AGENCIA ESPAÑOLA DE MEDICAMENTOS Y PRODUCTOS SANITARIOS 1 SUMARIO
Más detallesPROCEDIMIENTO GENERAL PARA LA ELABORACIÓN, CONTROL Y MODIFICACIÓN DE PROCEDIMIENTOS
PÁGINA 1 de 15 PROCEDIMIENTO GENERAL PARA LA ELABORACIÓN, CONTROL Y MODIFICACIÓN DE PROCEDIMIENTOS Copia nº: Destinatario: Fecha de Aplicación: Octubre de 1998 Elaborado y revisado por: APROBADO POR: DIRECTOR
Más detallesREGLAMENTO PARTICULAR DEL CERTIFICADO AENOR DE PRODUCTO PARA INTERRUPTORES AUTOMÁTICOS RP 30.15
COMITÉ TÉCNICO DE CERTIFICACIÓN APARAMENTA Y PEQUEÑO MATERIAL ELÉCTRICO PARA INSTALACIONES DE BAJA TENSIÓN SECRETARÍA: AFME Dirección Av Diagonal, 477-12ºB Teléfono 93405 07 25 Fax 93439 42 17 08036 Barcelona-España
Más detallesCERTIFICACIÓN EUREP IFA. Introducción
CERTIFICACIÓN EUREP IFA Introducción La certificación de producto se ha convertido en una herramienta utilizada por muchas empresas para la consecución de objetivos tales como vender más, vender más caro,
Más detallesNota explicativa sobre el documento DVR PR-EXP TEXTO ARMONIZADO PARA LA REALIZACIÓN DE ATESTACIONES SANITARIAS (DVR) RELATIVAS A ENFERMEDADES
Nota explicativa sobre el documento DVR PR-EXP TEXTO ARMONIZADO PARA LA REALIZACIÓN DE ATESTACIONES SANITARIAS (DVR) RELATIVAS A ENFERMEDADES ANIMALES, POR TIPO DE PRODUCTO El documento DVR PR-EXP ha sido
Más detallesDurante la ejecución de las obras, la dirección facultativa realizará los controles siguientes:
TÍTULO 7.º CONTROL CAPÍTULO XIX BASES GENERALES DEL CONTROL Artículo 81 Criterios generales del control La dirección facultativa, en representación de la propiedad, deberá efectuar las comprobaciones de
Más detallesGuía de Interpretación para Puntos de Control y Criterios de Cumplimiento. Frutas y Hortalizas. Versión 2.1-Oct04 Separata
Sección:Introducción Página: 1 de 5 EUREPGAP Guía de Interpretación para Puntos de Control y Criterios de Cumplimiento Frutas y Hortalizas Versión 2.1-Oct04 Separata Válido a partir de: 29 Octubre 2004
Más detallesMINISTERIO DE ECONOMÍA, INDUSTRIA Y COMPETITIVIDAD CONSULTA
CONSULTA Sobre la actuación a realizar por el auditor en relación con la Comisión de Auditoría de una entidad de interés público española con motivo de la prestación de servicios ajenos a la auditoría
Más detallesMANTENIMIENTO DAR 43 DAR 04
MANTENIMIENTO DAR 43 DAR 04 HOJA DE VIDA REGLAMENTO MANTENIMIENTO DAR 43 ENMIENDA N FECHA Nueva Ed ANOTADO POR PARTE AFECTADA DEL DCTO SECCIONES CAPITULO AFECTADAS Todos Todas DISPUESTO POR DOCTO Diario
Más detallesNombre de la Empresa LISTA DE COMPROBACIÓN ISO 9001:2008 FO-SGC Página 1 de 19 Revisión nº: 0 Fecha (dd/mm/aaaa):
Página 1 de 19 Fecha Auditoria (dd/mm/aaaa) Auditoría nº Auditado SISTEMA DE GESTIÓN DE LA 4 CALIDAD 4.1 Requisitos generales Se encuentran identificados los procesos del sistema? Se identifican y controlan
Más detallesCondiciones de Suministro en ArcelorMittal Asturias. Controles de Calidad.
Asturias. Controles de Calidad. Cód.: PGCP-GE-03 Página 1 de 5 ÍNDICE 1. ESTADO DE LAS REVISIONES...1 2. OBJETO...2 3. ALCANCE Y CAMPO DE APLICACIÓN...2 4. CONDICIONES GENERALES...2 5. RECEPCIÓN DE MATERIALES.
Más detallesCONOCE LAS DIFERENCIAS ENTRE CONTRATAR LABORATORIOS ACREDITADOS Y NO ACREDITADOS?
CONOCE LAS DIFERENCIAS ENTRE CONTRATAR LABORATORIOS ACREDITADOS Y NO ACREDITADOS? El término laboratorio se asocia, generalmente, a organizaciones de alto nivel técnico y científico dotadas de medios técnicos
Más detallesGUIA PARA IMPLANTAR SAE EN INDUSTRIAS QUE EXPORTAN ALIMENTOS DE ORIGEN ANIMAL A PAISES TERCEROS. CERTIFICACION VETERINARIA
GUIA PARA IMPLANTAR SAE EN INDUSTRIAS QUE EXPORTAN ALIMENTOS DE ORIGEN ANIMAL A PAISES TERCEROS. CERTIFICACION VETERINARIA El Real Decreto 993/2014 ha establecido el procedimiento y los requisitos de la
Más detallesNAC. Anatomía patológica en la SIMPOSIO DE CALIDAD EN ANATOMÍA PATOLOGICA. Isabel de la Villa Jefe de Departamento de Sanidad ENAC
SIMPOSIO DE CALIDAD EN ANATOMÍA PATOLOGICA NAC Anatomía patológica en la 15189 15 de diciembre de 2011 Isabel de la Villa Jefe de Departamento de Sanidad ENAC 1 Qué es la acreditación? Declaración por
Más detallesCÓMO OBTENER EL CERTIFICADO DE INSPECCIÓN EN INTERTEK?
Líder mundial en inspección, certificación y pruebas CÓMO OBTENER EL CERTIFICADO DE INSPECCIÓN EN INTERTEK? Rev. 05 / Abr. 16 Pág. 1 de 7 DINF/003/PER GUIA PARA ATENDER LOS SERVICIOS DE INSPECCIÓN INTERTEK
Más detallesMARCA DE CALIDAD DE CÉSPED ARTIFICIAL-RFEF
MARCA DE CALIDAD DE CÉSPED ARTIFICIAL-RFEF El Art. 265.1 del Reglamento General de la RFEF dispone que El terreno de juego deberá ser rectangular de superficie plana y horizontal, de hierba, o cuando expresamente
Más detallesANEXO Nº 5 Plan de control de calidad
ANEXO Nº 5 Plan de control de calidad Titulo: BLAS Emplazamiento: ADECUACIÓN Y EQUIPAMIENTO ESCÉCNICO DEL CENTRO CULTUIRAL SAN / MAYOR ALTA, 37 28540 Fase de proyecto: BÁSICO Y DE EJECUCIÓN Superficie
Más detallesBOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 257 Jueves 23 de octubre de 2014 Sec. I. Pág. 85903 I. DISPOSICIONES GENERALES MINISTERIO DE ECONOMÍA Y COMPETITIVIDAD 10744 Orden ECC/1936/2014, de 16 de octubre, por la que se dictan normas de control
Más detallesCaminos y Puentes Federales de Ingresos y Servicios Conexos
Página 1 de 7 Fecha de la auditoria: d d m m a a Proceso Auditado: rma auditada: 4.2 Política ambiental La alta dirección debe tener definida una política ambiental La política ambiental debe ser apropiada
Más detallesDocumentación exigible en la utilización de andamios tubulares apoyados de fachada en obras de construcción Documentación exigible en la utilización
Documentación exigible en la utilización de andamios tubulares apoyados de fachada en obras de construcción Documentación exigible en la utilización de andamios tubulares apoyados de fachada en obras de
Más detallesEn función del tipo de producto elaborado pueden ser aplicables, de forma adicional, otras normas.
1/5 Y MEDIO AMBIENTE DIRECCIÓN GENERAL DE PRODUCCIONES Y MERCADOS AGRARIOS COMISION NACIONAL DE COORDINACIÓN EN MATERIA DE ALIMENTACIÓN ANIMAL ACUERDO DE LA COMISIÓN NACIONAL EN MATERIA DE ALIMENTACIÓN
Más detallesPROCEDIMIENTO AUDITORIAS INTERNAS DE CALIDAD Y CONTROL INTERNO 1. OBJETIVO
1. OBJETIVO Establecer un procedimiento para realizar la planeación y ejecución de las auditorias internas de Calidad y Control Interno, donde se determine la conformidad del Sistema de Gestión de Calidad
Más detallesPrograma 9. Control de alimentos biotecnológicos (OMG)
Programa 9 Control de alimentos biotecnológicos (OMG) PROGRAMA 9: CONTROL DE ALIMENTOS BIOTECNOLÓGICOS (OMG) Como requisitos generales, los alimentos contemplados en este programa (OMG) no deberán: 1.
Más detallesNota informativa sobre adquisición de equipos de trabajo. y procedimiento de actuación con los equipos disponibles no conformes.
Nota informativa sobre adquisición de equipos de trabajo y procedimiento de actuación con los equipos disponibles no conformes. Ejemplo de equipo sin protección El mismo equipo con protección. El objeto
Más detallesINSTRUCTIVO REQUISITOS PARA LA INSCRIPCIÓN DEL REGISTRO SANITARIO DE ALIMENTOS PROCESADOS NACIONALES. Versión [2.0]
INSTRUCTIVO REQUISITOS PARA LA INSCRIPCIÓN DEL REGISTRO SANITARIO DE ALIMENTOS PROCESADOS NACIONALES Versión [2.0] Dirección Técnica de Registro Sanitario, Notificación Sanitaria Obligatoria y Autorizaciones
Más detallesREQUISITOS GENERALES PARA LA OPERACIÓN DE UN SISTEMA DE CONTROL DE CALIDAD PARA LA OBTENCION DEL SELLO CIATEC PRODUCTO CONFORME.
REQUISITOS GENERALES PARA LA OPERACIÓN DE UN SISTEMA DE CONTROL DE CALIDAD PARA LA OBTENCION DEL SELLO CIATEC PRODUCTO CONFORME. VERSION: 1.0 (FEBRERO 2005) 1. INTRODUCCIÓN 2. ALCANCE 3. DEFINICIONES 4.
Más detallesBOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 4 Sábado 4 de enero de 2014 Sec. III. Pág. 586 III. OTRAS DISPOSICIONES CONSEJO DE SEGURIDAD NUCLEAR 130 Instrucción IS-35, de 4 de diciembre de 2013, del Consejo de Seguridad Nuclear, en relación
Más detallesEVALUACIÓN DE PROVEEDORES
EVALUACIÓN DE PROVEEDORES INDICE I. OBJETIVOS II. ALCANCE III. PROCEDIMIENTOS III. 1 ANÁLISIS DE LA ORGANIZACIÓN III. 2. PROCESO DE EVALUACIÓN III. 3. SEGUIMIENTO I. OBJETIVOS Comprobar si la información
Más detallesLINEAMIENTOS PARA EL USO DE MARCA Y CERTIFICADO. LIN-DC-01 REV.06 Septiembre 2016 ELABORÓ: DIRECTOR DE CERTIFICACIÓN
REV.06 Septiembre 2016 LINEAMIENTOS PARA EL USO DE MARCA Y CERTIFICADO ELABORÓ: DIRECTOR DE CERTIFICACIÓN REVISÓ Y AUTORIZÓ: CONSEJO DIRECTIVO REV.06 SEPTIEMBRE 2016 CONTENIDO OBJETIVO 1 ALCANCE 2 RESPONSABILIDADES
Más detalles2.- AMBITO DE APLICACIÓN DEL PLIEGO DE CONDICIONES 4.- MEDIDAS PREVISTAS PARA GARANTIZAR LA VERACIDAD
Página 1 de 9 INDICE 1.-IDENTIFICACIÓN DEL AGENTE ECONÓMICO RESPONSABLE 2.- AMBITO DE APLICACIÓN DEL PLIEGO DE CONDICIONES 3.- INFORMACIÓN DE LA ETIQUETA 4.- MEDIDAS PREVISTAS PARA GARANTIZAR LA VERACIDAD
Más detallesREGLAMENTO PARTICULAR DE CERTIFICACIÓN DE SISTEMAS DE GESTIÓN RP-CSG DE ACCESIBILIDAD UNIVERSAL. Reglamento aprobado el
REGLAMENTO PARTICULAR DE CERTIFICACIÓN DE SISTEMAS DE GESTIÓN DE ACCESIBILIDAD UNIVERSAL RP-CSG-04.01 Reglamento aprobado el 2014-07-25 1. INTRODUCCIÓN La Asociación Española de Normalización y Certificación
Más detallesestudio GERENCIA DE RIESGOS Y SEGUROS Nº
54 Sistema de gestión de prevención de riesgos laborales según modelo OHSAS 18001 Se considerará que la prevención se ha integrado en la gestión y realización de una actividad si su procedimiento de ejecución
Más detallesDD4E. ANEXO E CRITERIOS PARA LA ACREDITACIÓN DE PROVEEDORES DE ENSAYOS DE APTITUD 2014 rev00
I. Introducción DD4E DE ENSAYOS DE APTITUD Para una mejor aplicación de los criterios definidos en este anexo, los mismos se han asociado a un apartado general de la norma de referencia NC-ISO/IE 17043:2011,
Más detallesPROCEDIMIENTO DE: Auditoria Externa
PROCEMIENTO: AUDITORIA EXTERNA 1. Objeto 2. Alcance 3. Descripción del procedimiento 4. Flujograma 5. Indicadores de seguimiento, control y evaluación 6. Normativa aplicable 7. Documentación de referencia
Más detallesINSTRUCTIVO REQUISITOS PARA LA MODIFICACIÓN DEL REGISTRO SANITARIO DE ALIMENTOS PROCESADOS. (Versión 2.1) P á g i n a 1 7
INSTRUCTIVO REQUISITOS PARA LA MODIFICACIÓN DEL REGISTRO SANITARIO DE ALIMENTOS PROCESADOS (Versión 2.1) Dirección Técnica de Registro Sanitario, Not ificación Sanit aria Obligatoria y Autorizaciones Coordinación
Más detallesGUIA DE USO DEL LOGO CERTFOR
SISTEMA DE CERTIFICACIÓN CERTFOR GUIA DE USO DEL LOGO CERTFOR Código Procedimiento: DN 02-13 Versión: 03/2008 Procedimiento de Referencia: 4.14 Elaborado por: Secretaría Técnica Fecha Emisión: 30-05-2008
Más detallesLa Acreditación en el Sector Agroalimentario
La Acreditación en el Sector Agroalimentario La Acreditación, motivo de confianza. Hablar de acreditación en el sector agroalimentario es hablar de seguridad en los alimentos que consumimos. Es poner
Más detallesÍNDICE Página 1. OBJETO ALCANCE DEFINICIONES REFERENCIAS REQUISITOS GENERALES REQUISITOS PARTICULARES...
ÍNDICE Página 1. OBJETO... 1 2. ALCANCE... 2 3. DEFINICIONES... 2 4. REFERENCIAS... 3 5. REQUISITOS GENERALES... 3 5.1. Normas para el uso de la marca... 3 5.1.1. En certificados e informes... 4 5.1.2.
Más detallesINSTRUCCIONES PARA EL CONTROL OFICIAL DE LA MARCA DE IDENTIFICACIÓN EN LOS PRODUCTOS DE ORIGEN ANIMAL
INSTRUCCIONES PARA EL CONTROL OFICIAL DE LA MARCA DE IDENTIFICACIÓN EN LOS PRODUCTOS DE ORIGEN ANIMAL CONSEJERÍA DE SALUD Secretaría General de Salud Pública y Participación Instrucción nº 2/08 1 BASE
Más detallesDISPONGO: Artículo Unico
199503-005 Real Decreto 154/1995, de 3 de febrero, por el que se modifica el Real Decreto 7/1988, de 8 de enero, por el que se regula las exigencias de seguridad del Material Eléctrico destinado a ser
Más detallesREGLAMENTO DE LABORATORIOS DE ENSAYO Y CALIBRACIÓN
REGLAMENTO Comisión de Reglamentos Técnicos y Comerciales - INDECOPI Calle la Prosa 138, San Borja (Lima 41) Apartado 145 Lima, Perú REGLAMENTO DE LABORATORIOS DE ENSAYO Y CALIBRACIÓN 2008-04-15 3º Edición
Más detallesPLAN DE INFORMACIÓN Y PUBLICIDAD DEL FEMP. MADRID, 17 de febrero de 2016
PLAN DE INFORMACIÓN Y PUBLICIDAD DEL FEMP MADRID, 17 de febrero de 2016 Reglamento de Disposiciones Comunes (RDC) Los artículos 115 a 117 del Reglamento 1303/2013 no son aplicables al FEMP, por tanto NO
Más detallesSECCIÓN AU 532 RESTRICCIONES AL USO DEL INFORME DEL AUDITOR
Introducción SECCIÓN AU 532 RESTRICCIONES AL USO DEL INFORME DEL AUDITOR 1. Esta Sección proporciona una guía a los auditores respecto a la restricción al uso de los informes emitidos de acuerdo a las
Más detallesNombre del Instructivo Gestión de Exención de Impuestos para Importación de Mercancías 01/07/2016
Nombre del Instructivo Fecha Gestión de Exención de Impuestos para Importación de Mercancías 01/07/2016 I. FUNDAMENTO LEGAL N 7293. Ley Reguladora de todas las Exoneraciones Vigentes, su Derogatoria y
Más detallesDENOMINACION EXPOSICION DE MOTIVOS
González Tablas, 9 31005 PAMPLONA/IRUÑA ASUNTO Nº... SESIÓN DE... REFª EXPTE.... DENOMINACION DECRETO FORAL /, de día, mes, año, de modificación del Decreto Foral 253/2002, de 16 de diciembre, por el que
Más detalles