CAPÍTULO I (De los electores, la forma de las elecciones y la convocatoria)
|
|
- Ignacio Salinas Correa
- hace 6 años
- Vistas:
Transcripción
1 REGLAMENTO DE ELECCIONES DE REPRESENTANTES PROFESORALES Y ESTUDIANTILES A LOS CUERPOS COLEGIADOS DE LA UNIVERSIDAD EAFIT CAPÍTULO I (De los electores, la forma de las elecciones y la convocatoria) Artículo 1. Cada estudiante de pregrado tiene derecho a elegir representantes al Consejo Directivo, al Consejo Académico y al Consejo de la Escuela a la cual pertenece. Cada estudiante de posgrado tiene derecho e elegir un representante al Consejo Académico. Cada profesor tiene derecho a elegir representantes al Consejo Directivo, al Consejo Académico, al Comité de Escalafón, al Comité de Investigaciones y al Consejo de la Escuela a la cual pertenece. Artículo 2. La elección de los representantes profesorales y estudiantiles para el Consejo Directivo, el Consejo Académico y los Consejos de Escuela y, en el caso de los profesores, para el Comité de Escalafón y el Comité de Investigaciones, se hará por votación universal, directa y secreta. Artículo 3. Para la elección de representantes estudiantiles podrán votar todos los estudiantes regulares de pregrado y posgrado, cualquiera que sea su clasificación académica, si tienen la matrícula vigente el día de las elecciones. Para la elección de representantes profesorales podrán votar todos los profesores de tiempo completo, medio tiempo, tres cuartos de tiempo, un cuarto de tiempo y con contrato de trabajo por el término de duración de la labor contratada, que tengan vigente con la Universidad un contrato de trabajo. Artículo 4. Para que las elecciones sean válidas deberán votar respectivamente el 30% más uno de los estudiantes de pregrado y el 20% más uno de los estudiantes de posgrado debidamente matriculados en la institución, si la elección es para representantes ante el Consejo Directivo y el Consejo Académico. Para la elección de representantes ante el consejo de Escuela deberán votar el 30% más uno de los estudiantes de la Escuela. Para que las elecciones profesorales sean válidas deberán votar el 30% más uno de los profesores de tiempo completo, medio tiempo, tres cuartos de tiempo, un cuarto de tiempo y un 5% más uno de los profesores con contrato de trabajo vigente por el término de duración de la labor contratada. Para que sea válida la elección de representantes profesorales a los Consejos de Escuela, se requiere la participación del 30% más uno de los profesores de tiempo completo, tres cuartos de tiempo, medio tiempo, un cuarto de tiempo y un 5% mas uno de los profesores con contrato de trabajo por el término de duración de la labor contratada, de la respectiva Escuela.
2 Artículo 5. Los profesores y estudiantes serán convocados con cuarenta y cinco (45) días de anticipación a las inscripciones, por el Rector de la Universidad o quien ejerza dichas funciones al momento de la convocatoria. CAPÍTULO II (De los candidatos) Artículo 6. Todos los profesores y estudiantes regulares de pregrado y posgrado tienen derecho a ser elegidos para los diferentes organismos en los cuales tienen representación, si cumplen con los requisitos mínimos establecidos para cada uno de ellos por los Estatutos de la Universidad Eafit, así: 1. Para la elección de representantes profesorales. En el momento de su inscripción como candidatos, los aspirantes al Consejo Directivo, al Consejo Académico, a los Consejos de Escuela, al Comité de Escalafón y al Comité de Investigaciones, deberán tener una vinculación de tiempo completo con la Universidad y no estar ejerciendo cargos administrativos. 2. Para la elección de representantes estudiantiles de pregrado. En el momento de su inscripción como candidatos, los aspirantes al Consejo Directivo y al Consejo Académico, deberán haber cursado y aprobado más del 30% de los créditos de su carrera, no haber incurrido en actos en contra del orden académico, los estatutos y los reglamentos universitarios, tener un promedio crédito acumulado igual o superior a 3.7. y haber cursado al menos dos semestres de estudio en la Universidad Eafit, con un mínimo de 20 créditos por cada uno. Los candidatos a los Consejos de Escuela deberán cumplir con los mismos requisitos para los candidatos a los otros Consejos, excluyendo el de haber cursado y aprobado más del 30% de los créditos de la carrera. Parágrafo: Cuando un estudiante, que pertenezca a un programa nuevo de la Universidad que no lleva más de cinco semestres desde su inicio, aspire a ser candidato, podrá serlo sin cumplir con la totalidad del número de créditos y semestres exigidos para dicho fin, siempre y cuando cumpla con los requisitos disciplinarios y académicos anteriormente expuestos. 3. Para la elección de representantes estudiantiles de posgrado. En el momento de su inscripción como candidatos al Consejo Académico, los aspirantes deberán estar debidamente matriculados en un programa de posgrado y no haber incurrido en actos en contra del orden académico, los estatutos y los reglamentos universitarios.
3 Artículo 7. Los aspirantes a ser representantes profesorales y estudiantiles deberán inscribir sus candidaturas en la página a través del link inscripciones, y enviar a la Oficina de la Dirección de Desarrollo Humano, el aval de las firmas de 50 estudiantes para los representantes estudiantiles de pregrado, de 30 estudiantes para los representantes estudiantiles de posgrado, y de 20 profesores para los representantes profesorales; en las fechas y bajo el procedimiento que para tal efecto designe el Consejo Electoral. Artículo 8. La oficina de Admisiones y Registro, para los representantes estudiantiles, y la Dirección de Desarrollo Humano, para los representantes profesorales, dispondrá de tres días hábiles a partir de la inscripción para verificar que los candidatos inscritos cumplan con los requisitos. En caso de que la oficina de la Dirección de Desarrollo Humano o la de Admisiones y Registro no cumpla con el plazo estipulado, la inscripción se considera válida y no habrá lugar a ningún recurso. Artículo 9. Las inscripciones se harán, de acuerdo con las siguientes normas: 1. Cada lista para el Consejo Directivo estará conformada, por dos candidatos: un principal y un suplente. Para el caso de los representantes profesorales estará conformada por un principal y dos suplentes. 2. Para el Consejo Académico, conformada por un principal y un suplente. 3. Para los Consejos de Escuela cada lista estará conformada por dos candidatos: un principal y un suplente, ambos de la misma escuela. 4. Para el Comité de Escalafón, cada una de las listas debe estar conformada por un profesor como principal y su respectivo suplente, ambos de diferentes escuelas. 5. En el caso del Comité de Investigaciones, cada una de las listas debe estar conformada por un profesor como principal y su respectivo suplente, todos de diferentes escuelas. Parágrafo 1. Si realizada la convocatoria de acuerdo con lo establecido en el presente reglamento no se inscribe ninguna lista para uno o varios de estos organismos, o las elecciones por algún motivo son declaradas nulas, el Rector o quién él designe podrá determinar a su criterio quiénes harán la representación profesoral y/o estudiantil o prolongar el periodo de quienes estén ejerciendo la representación en ese momento. Parágrafo 2. Si una o más listas para la elección de representantes estudiantiles incluyen candidatos que permanecerán menos de un año después de realizada la elección por estar próximos a graduarse, se entenderá que éstos candidatos, si
4 salieran elegidos, estarían renunciando, una vez graduados, a su puesto en el organismo respectivo, para que lo asuma quien lo sigue en la lista. CAPÍTULO TERCERO (De los comicios) Artículo 10. Los comicios se efectuarán en las fechas y horarios que determine para ello el Consejo Electoral. Parágrafo: A petición del Consejo Electoral, el Rector podrá ampliar el período de votaciones. Artículo 11. A juicio del Consejo Electoral, el día de elecciones se instalará el número de puestos de votación necesarios para agilizar el proceso, cada uno de los cuales contará con las herramientas y la asesoría necesarias para que se pueda ejercer el derecho a elegir. Parágrafo. En ningún caso puede delegarse el voto. Artículo 12. Los votos tendrán las siguientes características: 1. Identificar claramente el organismo al cual aspira cada uno de los candidatos. 2. Llevar una numeración que permita un adecuado registro y control por parte del Consejo Electoral. 3. Disponer los nombres de todos los candidatos de tal forma que ninguno resulte más destacado que los demás. 4. Incluir una casilla para votar en blanco. Artículo 13. Cada puesto de votación será coordinado por un observador que será designado por el Consejo Electoral con mínimo ocho días de antelación. Parágrafo 1. En caso que alguno de los designados como observadores por el Consejo Electoral no se presente al sitio de votación, el organismo competente nombrará su reemplazo. Parágrafo 2. El hecho de servir como observador de votación se considera causa justa para faltar a clase, sin que ningún profesor pueda anotar faltas de asistencia a los estudiantes designados como observadores. El estudiante que dejare de presentar un examen por coincidir éste con su servicio como observador, tendrá derecho a examen extemporáneo. CAPÍTULO CUARTO (Del Consejo Electoral) Artículo 14. La máxima autoridad será el Consejo Electoral, integrado por:
5 1. Dos estudiantes de diferentes escuelas, nombrados por la Organización Estudiantil. 2. Un representante de los estudiantes de Posgrado. 3. Dos profesores de diferentes Escuelas, nombrados por la Dirección de Desarrollo Humano. 4. El Director de Desarrollo Humano y/o su delegado. 5. Un representante de Auditoria. Artículo 15. El Consejo Electoral deberá nombrar un presidente y un secretario y de sus deliberaciones deberán dejar actas donde consten las decisiones tomadas. Será quórum decisorio la mitad más uno de sus miembros, y las decisiones se tomarán por mayoría. Artículo 16. Serán funciones del Consejo Electoral las siguientes: 1. Ejercer la inspección y vigilancia sobre los comicios y su organización. 2. Velar por el cumplimiento de las normas electorales y por las garantías de igualdad de oportunidades para todos los candidatos y grupos profesorales y estudiantiles. 3. Nombrar los observadores de votación. 4. Efectuar el escrutinio de las elecciones e informar oficialmente sus resultados al Rector y a la comunidad universitaria. 5. Dirimir en primera instancia los reclamos o quejas a que hubiera lugar durante todo el proceso de elecciones e informar al organismo o persona competente sobre sus decisiones y acciones. 6. Definir los procedimientos y la logística para llevar a cabo el proceso de elecciones 7. Definir los medios de comunicación a través de los cuales se va a promover la participación en las elecciones y se van a dar a conocer los candidatos CAPÍTULO QUINTO (De los escrutinios) Artículo 17. Al final de la votación el Consejo Electoral en presencia de los candidatos o sus representantes, procederá de la siguiente manera: 1. Quien el Consejo Electoral hubiera designado determinará en que momento se da cierre al proceso de elecciones y se inicia el escrutinio 2. Se verificará el número total de votos y se comparará esta cifra con el total de profesores y/o de estudiantes, según el caso, habilitados para votar. Si el total satisface los requisitos establecidos en el artículo 4 de éste reglamento, se
6 procederá con el escrutinio; en el caso contrario, el Consejo Electoral declarará nula la votación 3. Al contabilizar los votos se aplicará el sistema de mayoría absoluta 4. De los resultados de la votación se levantará un acta que firmará el Presidente y el Secretario del Consejo Electoral y el representante de Auditoría. El original del acta quedará archivado en la oficina de la Dirección de Desarrollo Humano, y se enviarán copias a la Rectoría, a los demás estamentos de la Universidad, a la Organización Estudiantil y a los candidatos. ARTÍCULO 18. Con base en el acta de los escrutinios y en el informe del Consejo Electoral, el Rector expedirá la credencial a los candidatos electos, con un plazo no mayor a cinco días hábiles luego de la fecha de expedición del acta. Parágrafo. La expedición de las credenciales indica que los representantes inician sus funciones, por un período de un año de acuerdo con las fechas establecidas para ello. JUAN LUÍS MEJÍA ARANGO Rector HUGO ALBERTO CASTAÑO ZAPATA Secretario General
Reglamento de elección de Representante de los Estudiantes
Reglamento de elección de Representante de los Estudiantes Reglamento de elección del Representante de los Estudiantes Colegio de Estudios Superiores de Administración CESA Colegio de Estudios Superiores
Más detallesCUERPOS COLEGIADOS
CUERPOS COLEGIADOS 2014-2015 PERFILES, FUNCIONES Y REQUISITOS LEGALES PARA LOS CUERPOS COLEGIADOS FUNDACIÓN UNIVERSITARIA CATÓLICA DEL NORTE (EDUCACIÓN SUPERIOR) Resolución Rectoral N 015, agosto 2014
Más detallesCOOPERATIVA DE AHORRO Y CREDITO CAJA UNION UNION COOPERATIVA
COOPERATIVA DE AHORRO Y CREDITO CAJA UNION UNION COOPERATIVA REGLAMENTO PARA ELECCION DE DELEGADOS A ASAMBLEAS GENERALES ORDINARIAS DE DELEGADOS ACUERDO No 033 Diciembre 15 de 2012 Por el cual se reglamenta
Más detallesPROCEDIMIENTO PARA LA CONFORMACIÓN Y FUNCIONAMIENTO DEL COMITÉ PARITARIO DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO
TALENTO HUMANO / SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO Revisó: Jefe División Recursos Humanos Profesional Seguridad y Salud en el Trabajo Aprobó: Rector Página 1 de 7 Fecha de aprobación: Enero 24 de 2008 No.
Más detallesCONSEJO DIRECTIVO Artículo 28. Consejo Directivo. Artículo 29. Composición del Consejo Directivo Parágrafo Artículo 30
CONSEJO DIRECTIVO Artículo 28. Consejo Directivo. Es la autoridad corporativa de gobierno encargada de proponer y ejecutar las políticas y directrices académicas y administrativas, necesarias para el cumplimiento
Más detallesUNIVERSIDAD DE LOS LLANOS
RESOLUCIÓN RECTORAL No. 3072 de 2016 Por la cual se convoca a los profesores de las Facultades de Ciencias de la Salud, Ciencias Económicas y Ciencias Agropecuarias y Recursos Naturales, para que elijan
Más detallesY C O N S I D E R A N D O: 1. Que es función de la Junta Directiva aprobar su propio reglamento y los demás que crea necesarios y convenientes.
REGLAMENTACIÓN PARA LA INSCRIPCIÓN Y ELECCIÓN DE DELEGADOS PARA LAS ASAMBLEAS DE FONDO DE EMPLEADOS DE GASES INDUSTRIALES DE COLOMBIA FONCRYOGAS La Junta Directiva del Fondo De Empleados De Gases Industriales
Más detallesUNIVERSIDAD DE LOS LLANOS
RESOLUCIÓN RECTORAL Nº 2207 DE 2016 Por la cual se convoca a los PROFESORES de planta y ocasionales de la Universidad de los Llanos, a elegir a su representante ante el CONSEJO ACADÉMICO EL RECTOR DE LA
Más detallesUNIVERSIDAD DE LOS LLANOS
DE 2015 Por la cual se convoca a los Directores de Programa del Campó de Conocimiento definido por el Consejo Académico (Biología, Ingeniería Electrónica, Ingeniería de Sistemas, Administración de Empresas,
Más detallesLa Junta Directiva del Fondo de Empleados Fondexo, en uso de sus atribuciones legales y las conferidas en los Estatutos y, CONSIDERANDO
FONDO DE EMPLEADOS DE SODEXO FONDEXO ACUERDO No. 001 REGLAMENTO DE ELECCION DE DELEGADOS PARA LAS ASAMBLEAS GENERALES ORDINARIAS Y/O EXTRAORDINARIAS DEL FONDO DE EMPLEADOS DE SODEXO FONDEXO La Junta Directiva
Más detallesRECTORÍA RESOLUCIÓN NÚMERO 1399 DEL 21 DE SEPTIEMBRE DE 2009
RECTORÍA RESOLUCIÓN NÚMERO 1399 DEL 21 DE SEPTIEMBRE DE 2009 Por la cual se reglamenta el proceso de elección de los Representantes Estudiantiles ante los Consejos de Facultad EL RECTOR DE LA UNIVERSIDAD
Más detallesDIRECTRICES PARA EL DESARROLLO DE LAS ELECCIONES DE DELEGADOS DE GRUPO, DE TITULACIÓN Y DE FACULTAD O ESCUELA DE LA URJC.
DIRECTRICES PARA EL DESARROLLO DE LAS ELECCIONES DE DELEGADOS DE GRUPO, DE TITULACIÓN Y DE FACULTAD O ESCUELA DE LA URJC. El Consejo de Gobierno de la Universidad Rey Juan Carlos, en cumplimiento del artículo
Más detallesInstructivo para la elección de Representantes Laborales ante el Honorable Consejo Universitario de la Universidad San Gregorio de Portoviejo
UNIVERSIDAD Resolución USG-H.C.U-No 0105-08- tomada por el Honorable Consejo Universitario en su Sesión Ordinaria del día 18 del mes de agosto del año, la misma que dice literalmente: "Aprobar el Representantes
Más detallesREGLAMENTO DE FUNCIONAMIENTO DEL CLAUSTRO DE LA UNIVERSIDAD SAN PABLO-CEU
REGLAMENTO DE FUNCIONAMIENTO DEL CLAUSTRO DE LA UNIVERSIDAD SAN PABLO-CEU Exposición de motivos De conformidad a lo dispuesto por el artículo 16 de la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades,
Más detalles~ Universidad del Valle
~ Universidad del Valle UNIVERSIDAD DEL VALLE CONSEJO ACADÉMICO RESOLUCION No. 003 Enero 17 de 2017 "Por la cual se reglamenta una medida transitoria para titularse en los Programas Académicos de Pregrado"
Más detallesCONVOCATORIA PARA PEQUEÑOS PROYECTOS DE INVESTIGACIÓN PRESENTADOS POR ESTUDIANTES DE PREGRADO DE LA UNIVERSIDAD DE ANTIOQUIA
CONVOCATORIA PARA PEQUEÑOS PROYECTOS DE INVESTIGACIÓN PRESENTADOS POR ESTUDIANTES DE PREGRADO DE LA UNIVERSIDAD DE ANTIOQUIA Aprobada por el Comité para el Desarrollo de la Investigación, CODI, Acta 526,
Más detallesUNIVERSIDAD DEL VALLE CONSEJO SUPERIOR. RESOLUCION No. 054 Julio 11 del 2015
Universidad del Valle UNIVERSIDAD DEL VALLE CONSEJO SUPERIOR RESOLUCION No. 054 Julio 11 del 2015 «Por la cual se establece una transición para la contratación de los profesores en las Sedes Regionales
Más detallesUNIVERSIDAD DE LOS LLANOS
RESOLUCIÓN RECTORAL Nº 2678 DE 2015 Por la cual se convoca a los ESTUDIANTES de la Universidad de los Llanos, a elegir su representante ante el CONSEJO SUPERIOR UNIVERSITARIO, para el período institucional
Más detallesUNIVERSIDAD CENTRAL DEL ECUADOR EL CONSEJO ELECTORAL
UNIVERSIDAD CENTRAL DEL ECUADOR EL CONSEJO ELECTORAL DE CONFORMIDAD CON LA LEY ORGÁNICA DE EDUCACIÓN SUPERIOR, EL ESTATUTO DE LA UNIVERSIDAD, EL REGLAMENTO DE ELECCIONES, Y EL INSTRUCTIVO PARA ELECCIONES.
Más detallesACUERDO 072 DE (Acta 06 del 28 de Noviembre)
Acuerdo 72 de 2013 Consejo Académico Fecha de Expedición: 28/11/0213 Fecha de Entrada en Vigencia: 04/12/2013 Medio de Publicación: Sistema de Información Normativa, Jurispridencial y de Conceptos "Régimen
Más detallesREGLAMENTO DE ELECCIONES DE LOS GOBIERNOS ESTUDIANTILES DE LA UNIVERSIDAD DE LA SALLE1 CAPÍTULO I. DEL DERECHO AL SUFRAGIO
REGLAMENTO DE ELECCIONES DE LOS GOBIERNOS ESTUDIANTILES DE LA UNIVERSIDAD DE LA SALLE1 CAPÍTULO I. DEL DERECHO AL SUFRAGIO Artículo 1: El sufragio es un derecho y un deber, que tienen todos los alumnos
Más detallesREGLAMENTO PARA ELEGIR A LOS REPRESENTANTES DE LOS TRABAJADORES ANTE EL COMITE DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO PARA EL PERIODO
REGLAMENTO PARA ELEGIR A LOS REPRESENTANTES DE LOS TRABAJADORES ANTE EL COMITE DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO PARA EL PERIODO 2013-2014 En Arequipa, a los 13 días del mes de febrero del 2013, el Comité
Más detallesLa Asamblea General Ordinaria de Asociados del Fondo de Empleados de la Fábrica de Café Liofilizado, en uso de sus atribuciones legales
Página: 1 de 1 La Asamblea General Ordinaria de Asociados del Fondo de Empleados de la Fábrica de Café Liofilizado, en uso de sus atribuciones legales C O N S I D E R A N D O: 1. Que es función de la Asamblea
Más detallesREGLAMENTO DE DELEGADOS Y SUBDELEGADOS
REGLAMENTO DE DELEGADOS Y SUBDELEGADOS DE GRUPO Y RAMA Reglamento de régimen interno reforzado Artículo 1.- Naturaleza Los delegados y subdelegados de grupo y rama serán los representantes ante la Delegación
Más detallesPROCEDIMIENTO DE ELECCIONES
PROCEDIMIENTO DE ELECCIONES Abril 2009-1 - ÍNDICE 1. Objetivo Pág. 3 2. Extensión Pág. 3 3. Documento de Apoyo Pág. 3 4. Definiciones Pág. 3 5. Método Operativo Pág. 3 6. Documentación Pág. 5-2 - 1.- OBJETIVO
Más detallesConvocatoria para Elección Estudiantes Miembros de Consejo del Instituto de Bioética Período
Convocatoria para Elección Estudiantes Miembros de Consejo del Instituto de Bioética Período 2016-2018 9 A 16 SEPT. 19 SEPT. A 2 OCT. 3 AL 8 OCT. 18 OCT. Inscripción de candidatos/as Presentación Oficial
Más detallesREGLAMENTO INTERNO COMITÉ DE SOLIDARIDAD
REGLAMENTO INTERNO COMITÉ DE SOLIDARIDAD La Junta Directiva del FEPEP, en uso de sus facultades estatutarias, establece el presente Reglamento del COMITÉ DE SOLIDARIDAD. TÍTULO I GENERALIDADES ARTÍCULO
Más detallesReglamento del Consejo Nacional. del Partido Acción Nacional. Capítulo I
Disposiciones Generales Reglamento del Consejo Nacional del Partido Acción Nacional Capítulo I Artículo 1. El Consejo Nacional del Partido Acción Nacional estará integrado por miembros electos por la Asamblea
Más detallesREGLAMENTO DE JUNTA DE VIGILANCIA
COOPERATIVA INTEGRAL DE LOS TRABAJADORES Y PENSIONADOS DEL SENA DEL MAGDALENA REGLAMENTO DE JUNTA DE VIGILANCIA REGLAMENTO INTERNO JUNTA DE VIGILANCIA La Junta de Vigilancia de la Cooperativa de Pilotos
Más detallesPor la cual se reglamenta el proceso de elección de los representantes profesorales ante el Consejo de Bienestar Universitario
RECTORÍA RESOLUCIÓN NÚMERO 1394 DE 21 DE SEPTIEMBRE DE 2009 Por la cual se reglamenta el proceso de elección de los representantes profesorales ante el Consejo de Bienestar Universitario EL RECTOR DE LA
Más detallesReglamento de Participación Estudiantil En la Facultad de Ciencias Agrícolas. El Consejo de Educación Superior, a través de su Certificación Núm.
Reglamento de Participación Estudiantil En la Facultad de Ciencias Agrícolas El Consejo de Educación Superior, a través de su Certificación Núm. 45, 1972-73 con base en la Ley Núm. 10 del 9 de junio de
Más detallesReglamento para la Acreditación y Funciones de los Observadores que Participarán en las Juntas de Colegio en Representación de cada uno de los
Reglamento para la Acreditación y Funciones de los Observadores que Participarán en las Juntas de Colegio en Representación de cada uno de los Candidatos a Representante por Distrito y Senador por Distrito
Más detallesNORMATIVA PARA LAS ELECCIONES A REPRESENTANTES DEL ALUMNADO DE LA FACULTAD DE DERECHO TÍTULO PRELIMINAR
NORMATIVA PARA LAS ELECCIONES A REPRESENTANTES DEL ALUMNADO DE LA FACULTAD DE DERECHO Artículo 1. Objeto (Aprobado en Junta de Facultad de 3 de marzo de 2015) TÍTULO PRELIMINAR Esta Normativa tiene por
Más detallesCLUB DE ATLETISMO RÍA FERROL ELECCIONES A PRESIDENTE NORMATIVA ELECTORAL
El Presidente del Club de Atletismo Ría Ferrol se elegirá en Asamblea General Extraordinaria mediante sufragio libre, igual, directo y secreto de los socios de número con derecho a voto. El Presidente
Más detallesUNIVERSIDAD ANDINA SIMÓN BOLÍVAR CONSEJO SUPERIOR REGLAMENTO DE CONSULTA PREVIA A LA DESIGNACIÓN DE RECTOR
UNIVERSIDAD ANDINA SIMÓN BOLÍVAR CONSEJO SUPERIOR REGLAMENTO DE CONSULTA PREVIA A LA DESIGNACIÓN DE RECTOR 1. Para la elección de rector de la Sede Central y de las Sedes nacionales, el presidente del
Más detallesA N E X O PARA LA ELECCIÓN DE RECTOR, VICERRECTORES Y DECANOS
A N E X O PARA LA ELECCIÓN DE RECTOR, VICERRECTORES Y DECANOS DE LA CONVOCATORIA: ARTICULO 1.- La convocatoria la efectúa el Rector, con sujeción a la fecha fijada por la Asamblea Universitaria para la
Más detallesCONVOCATORIA PARA ELECCIÓN DE DECANO FACULTAD DE INGENIERÍA
CONVOCATORIA PARA ELECCIÓN DE DECANO FACULTAD DE INGENIERÍA En Santiago, a 27 de Octubre de 2015.- LA H. JUNTA DIRECTIVA DE LA UNIVERSIDAD CENTRAL HA ACORDADO LO SIGUIENTE EN SU SESIÓN N 538 DE FECHA 27
Más detallesConsejo Nacional de Estudiantes de Educación Superior Tecnológica. Federación de Educación Tecnológica del Estado de Michoacán CONVOCATORIA
Apatzingán, Mich. A 08 de Junio de 2015 Consejo Nacional de Estudiantes de Educación Superior Tecnológica ZONA CENTRO Federación de Educación Tecnológica del Estado de Michoacán En base a los estatutos
Más detallesASAMBLEA GENERAL VITORIA GASTEIZ, 22 de enero de 2013 Orden del Día
ASAMBLEA GENERAL VITORIA GASTEIZ, 22 de enero de 2013 Orden del Día PUNTO UNICO - Elección de Presidente y Junta Directiva de la Federación Vasca de Futbol DESARROLLO DE LA ASAMBLEA GENERAL DE LA EFF-FVF
Más detallesRESUMEN DEL PROCESO ELECTORAL EN CRUZ ROJA
RESUMEN DEL PROCESO ELECTORAL EN CRUZ ROJA RÉGIMEN ELECTORAL -1 (Capítulo V, R.G.O.) Cuándo se convocan las elecciones en Cruz Roja? (Art. 39, RGO) Cada cuatro años el/la presidente/a de Cruz Roja Española,
Más detallesCOINVERSIONES LTDA. REGLAMENTO JUNTA DE VIGILANCIA
COINVERSIONES LTDA. REGLAMENTO JUNTA DE VIGILANCIA REGLAMENTO JUNTA DE VIGILANCIA La Junta de Vigilancia en cumplimiento de sus obligaciones y en especial las contempladas en los estatutos, establece el
Más detallesArtículo 1. La Asociación de Médicos Veterinarios de Colombia, AMEVEC, es una entidad de carácter privado y sin ánimo de lucro.
CREACIÓN DE LA ASOCIACIÓN DE MÉDICOS VETERINARIOS DE COLOMBIA, AMEVEC. ESTATUTOS CAPÍTULO I. Denominación, naturaleza, domicilio, radio de acción y duración. Artículo 1. La Asociación de Médicos Veterinarios
Más detallesREGLAMENTO DE ELECCIONES DEL DIRECTORIO NACIONAL DE LA SOCIEDAD DE INGENIEROS DE BOLIVIA CAPITULO I DEFINICIONES
REGLAMENTO DE ELECCIONES DEL DIRECTORIO NACIONAL DE LA CAPITULO I DEFINICIONES ARTICULO 1º El Presente Reglamento tiene por finalidad regular y establecer el procedimiento de elecciones del Directorio
Más detallesJuntas Directivas para Pymes. Mag Jaime González Ortiz Escuela de Negocios Universidad del Norte
Juntas Directivas para Pymes Mag Jaime González Ortiz Escuela de Negocios Universidad del Norte 2014 Junta Directivas 1. Es un organismo colegiado, de existencia obligatoria en las sociedades anónimas
Más detallesCOMUNICACIÓN OFICIAL. 1 Reglamento del Consejo Académico
COMUNICACIÓN OFICIAL 1 Reglamento del Consejo Académico Reglamentos CONSEJO ACADÉMICO Consejo Académico 2 Reglamento del Consejo Académico Aprobado por el Consejo Académico el 24 de marzo de 1999. Modificado
Más detallesPONTIFICIA UNIVERSIDAD JAVERIANA. Facultad de Ciencias Jurídicas CENTRO DE ESTUDIOS SOBRE CRIMINOLOGIA Y VICTIMOLOGIA JORGE ENRIQUE GUTIERREZ ANZOLA
PONTIFICIA UNIVERSIDAD JAVERIANA Facultad de Ciencias Jurídicas CENTRO DE ESTUDIOS SOBRE CRIMINOLOGIA Y VICTIMOLOGIA C.E.C.R.I.V. Reglamento ARTICULO 1.- El Centro de Estudios sobre Criminología y Victimología
Más detallesREGLAMENTO INTERNO DEL CONSEJO DE DIFUSION CULTURAL. Capítulo I De la Naturaleza, los Objetivos y las Funciones
REGLAMENTO INTERNO DEL CONSEJO DE DIFUSION CULTURAL Capítulo I De la Naturaleza, los Objetivos y las Funciones Artículo 1. De acuerdo a lo establecido en el Estatuto General, el Consejo de Difusión Cultural
Más detalles2. ELECCIÓN DEL PRESIDENTE Y DEL SECRETARIO DEL CONSEJO DIRECTIVO DISPOSICIONES APLICABLES
1. ANTECEDENTES En la reunión del Consejo Directivo celebrada el 2 de marzo de 2000 se aprobó el procedimiento para el cambio de Presidente y Secretario del Consejo Directivo y de los Comités de Aplicaciones,
Más detallesREGLAMENTO INTERNO DE LA JUNTA DIRECTIVA DE LA FACULTAD DE AGRONOMÍA
REGLAMENTO INTERNO DE LA JUNTA DIRECTIVA DE LA FACULTAD DE AGRONOMÍA La JUNTA DIRECTIVA DE LA FACULTAD DE AGRONOMIA, en base a las atribuciones que le confiere la Ley Orgánica de la Universidad de San
Más detallesEL PRESIDENTE Y EL GERENTE DE HELM FONDO DE EMPLEADOS
EL PRESIDENTE Y EL GERENTE DE HELM FONDO DE EMPLEADOS Se permiten CONVOCAR a todos los asociados a la Asamblea General Ordinaria la cual se llevará a cabo el día jueves 17 de marzo de 2016 a las 4:00 p.m.
Más detallesTRÁMITE DE DESCUENTOS EN EL VALOR DE LA MATRÍCULA. (Estudiantes de Pregrado Presencial ANTIGUOS) VICERRECTORIA ADMINISTRATIVA Y FINANCIERA
TRÁMITE DE DESCUENTOS EN EL VALOR DE LA MATRÍCULA (Estudiantes de Pregrado Presencial ANTIGUOS) VICERRECTORIA ADMINISTRATIVA Y FINANCIERA En primer término se hace claridad a los señores estudiantes, que
Más detallesREGLAMENTO PARA EL FUNCIONAMIENTO DE LAS ACADEMIAS DE PROFESORES Y ALUMNOS
REGLAMENTO PARA EL FUNCIONAMIENTO DE LAS ACADEMIAS DE PROFESORES Y ALUMNOS El Consejo Universitario en sesión del 14 de marzo de 1939, aprobó este ordenamiento en los siguientes términos: CAPÍTULO I DISPOSICIONES
Más detallesDEL RECINTO UNIVERSITARIO DE
REGLAMENTO DE ESTUDIANTES DEL RECINTO UNIVERSITARIO DE MAYAGÜEZ REGLAMENTO DE ESTUDIANTES DEL RECINTO UNIVERSITARIO DE MAYAGÜEZ ÍNDICE PARTE I. PARTE II. DECLARACIÓN DE PROPÓSITOS DERECHOS Y DEBERES DE
Más detallesREGLAMENTO DE FUNCIONAMIENTO INTERNO DE LA JUNTA DIRECTIVA DE LA UNIVERSIDAD DEL SUR
REGLAMENTO DE FUNCIONAMIENTO INTERNO DE LA JUNTA DIRECTIVA DE LA UNIVERSIDAD DEL SUR ÍNDICE CAPÍTULO I DISPOSICIONES GENERALES CAPÍTULO II DEL FUNCIONAMIENTO CAPÍTULO III DE LAS COMISIONES TRANSITORIOS
Más detallesREGLAMENTO COMITÉ DE RIESGOS
CAJA RURAL DE BURGOS, FUENTEPELAYO, SEGOVIA Y CASTELLDANS, S.C.C. REGLAMENTO COMITÉ DE RIESGOS Julio 2016 Cajaviva Caja Rural 26 de Julio 2016 1 Página 1 de 7 ÍNDICE 1.- INTRODUCCION 2.- COMPOSICION 3.-
Más detallesComité paritario de seguridad y salud en el trabajo VIGIA OCUPACIONAL
Comité paritario de seguridad y salud en el trabajo VIGIA OCUPACIONAL RESOLUCIÓN 2013 (JUNIO 6 DE 1986) REGLAMENTACIÓN DE LA ORGANIZACION Y FUNCIONAMIENTO DE LOS COMITES DE MEDICINA, HIGIENE Y SEGURIDAD
Más detallesUNIVERSIDAD DE LOS ANDES FACULTAD DE CIENCIAS ECONOMICAS Y SOCIALES DECANATO REGLAMENTO PARA SOLICITAR LA REINCORPORACION POR CAUSAS NO IMPUTABLES
UNIVERSIDAD DE LOS ANDES FACULTAD DE CIENCIAS ECONOMICAS Y SOCIALES DECANATO REGLAMENTO PARA SOLICITAR LA REINCORPORACION POR CAUSAS NO IMPUTABLES TITULO I DISPOSICIONES FUNDAMENTALES Artículo 1. El presente
Más detallesSEPLA SOCIEDAD LATINOAMERICANA DE ECONOMIA POLITICA Y PENSAMIENTO CRITICO
SEPLA SOCIEDAD LATINOAMERICANA DE ECONOMIA POLITICA Y PENSAMIENTO CRITICO ESTATUTOS CAPÍTULO I. DE LA CONSTITUCIÓN, DENOMINACIÓN Y NATURALEZA. Artículo 1 Constitúyase con el nombre de " Sociedad Latinoamericanaa
Más detallesReglamento de Funcionamiento del Consejo Interterritorial del Sistema Nacional de Salud
Reglamento de Funcionamiento del Consejo Interterritorial del Sistema Nacional de Salud APROBADO EN LA SESIÓN PLENARIA DEL 23 DE JULIO DE 2003 PREÁMBULO La Ley 16/2003, de 28 de mayo, de Cohesión y Calidad
Más detallesREGLAMENTO DE RÉGIMEN INTERNO DEL CONSEJO DE ESTUDIANTES DE LA UNIVERSIDAD DE LA RIOJA PREÁMBULO
REGLAMENTO DE RÉGIMEN INTERNO DEL CONSEJO DE ESTUDIANTES DE LA UNIVERSIDAD DE LA RIOJA (Aprobado por Consejo de Gobierno del 15/04/2005) PREÁMBULO El sistema de participación para los estudiantes en la
Más detallesREGLAMENTO DE ELECCIONES PARA EL PROCESO ELECTORAL DEL AÑO 2016 VOTO ELECTRONICO NO PRESENCIAL VENP- DISPOSICIONES GENERALES
REGLAMENTO DE ELECCIONES PARA EL PROCESO ELECTORAL DEL AÑO 2016 VOTO ELECTRONICO NO PRESENCIAL VENP- DISPOSICIONES GENERALES Artículo 1.- El presente Reglamento establece las normas y procedimientos para
Más detallesOrganigrama FEDDI ASAMBLEA GENERAL COMISION DELEGADA PRESIDENTE JUNTA DIRECTIVA VICEPRESIDENTE ORGANIZACION VICEPRESIDENTE ECONOMICO
Organigrama FEDDI ASAMBLEA GENERAL COMISION DELEGADA PRESIDENTE JUNTA DIRECTIVA VICEPRESIDENTE ORGANIZACION VICEPRESIDENTE DEPORTIVO VICEPRESIDENTE ECONOMICO VOCALES ASESORIA JURIDICA SERVICIOS MEDICOS.
Más detallesCAPITULO I GENERALIDADES
REGLAMENTO PARA LA ELECCIÓN DE LOS REPRESENTANTES DE LOS TRABAJADORES ANTE EL SUB-COMITÉ DE ADMINISTRACIÓN DEL FONDO DE ASISTENCIA Y ESTÍMULO DEL HOSPITAL NACIONAL DOCENTE MADRE NIÑO SAN BARTOLOMÉ CAPITULO
Más detallesPROPUESTA MODIFICACIÓN PUNTUAL ESTATUTOS MAYO DE 1014
PROPUESTA MODIFICACIÓN PUNTUAL ESTATUTOS MAYO DE 1014 4.- RÉGIMEN ELECTORAL. MESAS ELECTORALES, VOTO POR CORREO, VOTO ELECTRÓNICO. ARTS. 95 Y 98 A 100. REDACCIÓN ACTUAL. MESAS ELECTORALES ART. 95 En cada
Más detallesREGLAMENTO DE OPERACIÓN INTERNA DE LAS FACULTADES DE PROFESIONAL
TECNOLÓGICO DE MONTERREY REGLAMENTO DE OPERACIÓN INTERNA DE LAS FACULTADES DE PROFESIONAL NOTA: Este reglamento es de transición y será utilizado por las Asambleas de Facultad de todos los campus en el
Más detallesREGLAMENTO INTERNO DE FUNCIONAMIENTO DEL CONSEJO
REGLAMENTO INTERNO DE FUNCIONAMIENTO DEL CONSEJO El Reglamento Interno de Funcionamiento del Consejo regulará las cuestiones relativas al funcionamiento de este Órgano, cuyas reglas generales están contenidas
Más detallesCOOPERATIVA DE AHORRO Y CREDITO CAJA UNION UNION COOPERATIVA REGLAMENTO PARA ELECCION DE DELEGADOS A ASAMBLEAS GENERALES ORDINARIAS DE DELEGADOS
COOPERATIVA DE AHORRO Y CREDITO CAJA UNION UNION COOPERATIVA REGLAMENTO PARA ELECCION DE DELEGADOS A ASAMBLEAS GENERALES ORDINARIAS DE DELEGADOS ACUERDO No 096 DICIEMBRE 30 DE 2016 ACTA 106 Por el cual
Más detallesRegional Distrito Capital Centro de Servicios Financieros Bienestar, Convivencia y Comunicaciones
PROCEDIMIENTO PARA ELEGIR AL REPRESENTANTE DE APRENDICES JORNADA DIURNA, AL REPRESENTANTE DE APRENDICES JORNADA NOCTURNA Y AL REPRESENTANTE DE APRENDICES JORNADA FIN DE SEMANA DEL CENTRO DE SERVICIOS FINANCIEROS,
Más detallesCONVOCATORIA DE ELECCIONES PARA LA CONSTITUCION DE JUNTA DE GOBIERNO DEL COLEGIO OFICIAL DE PSICOLOGOS DE LA REGIÓN DE MURCIA.
CONVOCATORIA DE ELECCIONES PARA LA CONSTITUCION DE JUNTA DE GOBIERNO DEL COLEGIO OFICIAL DE PSICOLOGOS DE LA REGIÓN DE MURCIA. De conformidad con el artículo 62 y capítulo VI de los Estatutos del Colegio
Más detallesColegio Calasanz de Cúcuta RECTORÍA
GOBIERNO ESCOLAR Es el conjunto de organismos que orientan, dirigen y administran la Institución Educativa en los aspectos pedagógicos, académicos, administrativos, financieros, culturales y sociales.
Más detallesCOMISIÓN ESTATAL DE PROCESOS INTERNOS GUANAJUATO
PROCESO INTERNO DE POSTULACIÓN DE CANDIDATOS A PRESIDENTES MUNICIPALES, PARA EL PERIODO CONSTITUCIONAL 2015-2018. CONVOCATORIA A LA ASAMBLEA ELECTORAL TERRITORIAL PARA LA ELECCIÓN DE DELEGADOS ELECTORES
Más detallesPROPUESTA PARA ELABORAR EL PROYECTO DE REGLAMENTO DE ELECCIONES DE APAFA "Institución Educativa " CAPITULO I GENERALIDAD
PROPUESTA PARA ELABORAR EL PROYECTO DE REGLAMENTO DE ELECCIONES DE APAFA 2015-2016. "Institución Educativa " CAPITULO I GENERALIDAD Artículo 1 o.- El presente Reglamento de elecciones tiene por finalidad
Más detallesGUIA DEL REPRESENTANTE ANTE LA CASILLA ELECTORAL Y DEL REPRESENTANTE GENERAL
GUIA DEL REPRESENTANTE ANTE LA CASILLA ELECTORAL Y DEL REPRESENTANTE GENERAL 2013 REPRESENTANTES DE PARTIDOS Los partidos políticos o las coaliciones, podrán acreditar en cada uno de los Distritos Electorales
Más detallesJUNTA DIRECTIVA FONDO DE EMPLEADOS DE INGEOMINAS "FEINGE" REGLAMENTO DEL COMITÉ DE BIENESTAR SOCIAL. ACUERDO No.035
JUNTA DIRECTIVA FONDO DE EMPLEADOS DE INGEOMINAS "FEINGE" REGLAMENTO DEL COMITÉ DE BIENESTAR SOCIAL ACUERDO No.035 Por medio del cual se adopta el reglamento interno del COMITÉ DE BIENESTAR SOCIAL del
Más detallesNormativa para las elecciones a Consejo de Gobierno de la Universidad de Murcia 1 TÍTULO I: DISPOSICIONES GENERALES
Normativa para las elecciones a Consejo de Gobierno de la Universidad de Murcia 1 TÍTULO I: DISPOSICIONES GENERALES Artículo 1º Esta Normativa tiene por objeto determinar la composición del próximo Consejo
Más detallesModulo 5: COPASO COMITE PARITARIO DE SALUD OCUPACIONAL (COPASO)
COMITE PARITARIO DE SALUD OCUPACIONAL (COPASO) 1. Generalidades Los Comités Paritarios de Salud Ocupacional juegan un papel muy importante en la vigilancia y control de la gestión de prevención desarrollada
Más detallesElaboración de actas
Elaboración de actas Un acta es un documento en el que se registra lo sucedido, tratado y acordado en una reunión del máximo órgano o del órgano de administración de una persona jurídica. Es una evidencia
Más detallesPROPUESTA CONSULTA ESTUDIANTIL DESIGNACIÓN DE RECTOR 2017 ANDRÉS FELIPE VELASCO REPRESENTANTE ESUTIDIANTIL CONSEJO SUPERIOR UNIVERSIDAD DEL CAUCA
PROPUESTA CONSULTA ESTUDIANTIL DESIGNACIÓN DE RECTOR 2017 ANDRÉS FELIPE VELASCO REPRESENTANTE ESUTIDIANTIL CONSEJO SUPERIOR UNIVERSIDAD DEL CAUCA PARA UNICAUCA TRANSFORMAR En el siguiente documento daremos
Más detallesUniversidad del Valle
Universidad del Valle UNIVERSIDAD DEL VALLE R E C T O R Í A RESOLUCIÓN No. 1.057 Marzo 23 del 2007 "Por la cual se reglamenta la elección de los representantes de los Servidores Públicos de la Universidad
Más detallesREGLAMENTO DEL CAPÍTULO CIENTÍFICO DE REHABILITACIÓN INFANTIL DE LA SOCIEDAD VENEZOLANA DE MEDICINA FÍSICA Y REHABILITACIÓN (A.R.I.
REGLAMENTO DEL CAPÍTULO CIENTÍFICO DE REHABILITACIÓN INFANTIL DE LA SOCIEDAD VENEZOLANA DE MEDICINA FÍSICA Y REHABILITACIÓN (A.R.I.) CAPÍTULO I DISPOSICIONES GENERALES Artículo 1º: El presente Reglamento
Más detallesNormativa para la elección de delegados de titulación (Aprobada en Comisión Gestora de 20/12/96)
Normativa para la elección de delegados de titulación (Aprobada en Comisión Gestora de 20/12/96) Título I: De la Elección de Delegados/as de Titulación en la Universidad de huelva. Capítulo I: Normas Generales.
Más detallesREGLAMENTO DE ELECCIONES A PRESIDENTE DEL CLUB NATACIÓN CORUÑA CALENDARIO ELECTORAL
REGLAMENTO DE ELECCIONES A PRESIDENTE DEL CLUB NATACIÓN CORUÑA 2013 1.- CALENDARIO ELECTORAL 16 Febrero Publicación del Censo Electoral 19 Febrero Plazo de reclamaciones al Censo 20 Febrero Resolución
Más detallesUniversidad del Valle
Universidad del Valle UNIVERSIDAD DEL VALLE R E C T O R Í A RESOLUCIÓN No. 1.621 Mayo 2 de 2012 "Por la cual se expide una nueva reglamentación para la elección de los representantes de los Servidores
Más detallesFONDO DE EMPLEADOS DIRECCION DE IMPUESTOS Y ADUANAS NACIONALES FEDINOR LTDA. NIT JUNTA DIRECTIVA
FONDO DE EMPLEADOS DIRECCION DE IMPUESTOS Y ADUANAS NACIONALES FEDINOR LTDA. NIT. 800.198.921-0 JUNTA DIRECTIVA RESOLUCION No. 001 DEL 28 DE NOVIEMBRE AÑO 2015 MEDIANTE LA CUAL SE DICTA EL REGLAMENTO PARA
Más detallesFONDO DE EMPLEADOS UNIVERSIDAD DE SAN BUENAVENTURA SECCIONAL MEDELLÍN, FEDUSAB REGLAMENTO COMITÉ DE CONTROL SOCIAL ACUERDO N 050
FONDO DE EMPLEADOS UNIVERSIDAD DE SAN BUENAVENTURA SECCIONAL MEDELLÍN, FEDUSAB REGLAMENTO COMITÉ DE CONTROL SOCIAL ACUERDO N 050 El Comité de Control Social del Fondo de Empleados de la Universidad de
Más detallesNORMAS DE FUNCIONAMIENTO DEL PROYECTO GUIASALUD
1 PROYECTO GUIASALUD NORMAS DE FUNCIONAMIENTO DEL PROYECTO GUIASALUD I. Introducción II. Consejo Ejecutivo III. Comité Científico IV. Comunidades Autónomas V. Unidad de Gestión I. Introducción El Proyecto
Más detallesREGLAMENTO DE RÉGIMEN INTERNO DE LA DELEGACIÓN DE ALUMNOS DE LA FACULTAD DE DERECHO DE LA UNIVERSIDAD DE CÁDIZ
REGLAMENTO DE RÉGIMEN INTERNO DE LA DELEGACIÓN DE ALUMNOS DE LA FACULTAD DE DERECHO DE LA UNIVERSIDAD DE CÁDIZ TITULO PRELIMINAR Artículo 1º El presente Reglamento tiene como finalidad establecer el régimen
Más detallesASOCIACION DE ANTIGUOS ALUMNOS DEL MÁSTER EN DIPLOMACIA Y RELACIONES INTERNACIONALES DE LA ESCUELA DIPLOMÁTICA REGLAMENTO ELECTORAL
REGLAMENTO ELECTORAL 1 CONVOCATORIA Artículo 1. Las elecciones serán convocadas por la Junta Directiva con, al menos 1 mes de antelación a su fecha de celebración, expresando los puestos a cubrir si se
Más detallesPONTIFICIA UNIVERSIDAD CATÓLICA DEL ECUADOR SEDE IBARRA CONSIDERANDO
PONTIFICIA UNIVERSIDAD CATÓLICA DEL ECUADOR SEDE IBARRA REGLAMENTO PARA LAS ELECCIONES DEL COGOBIERNO CONSIDERANDO Que, la Constitución de la República del Ecuador, en su artículo 355, señala que: El Estado
Más detallesc) Conocer las candidaturas a la dirección y los proyectos de dirección presentados por los candidatos.
Artículo 127 (LOMCE) Competencias del Consejo Escolar. El Consejo Escolar del centro tendrá las siguientes competencias: a) Evaluar los proyectos y las normas a los que se refiere el Capítulo II del Título
Más detallesREGLAMENTO PARA LAS SESIONES DE JUNTA DIRECTIVA DEL COLEGIO DE CONTADORES PRIVADOS DE COSTA RICA
REGLAMENTO PARA LAS SESIONES DE JUNTA DIRECTIVA DEL COLEGIO DE CONTADORES PRIVADOS DE COSTA RICA CAPITULO I NORMATIVA DE LAS SESIONES Artículo 1: La Junta Directiva en el uso de las atribuciones que le
Más detallesMANUAL DE PROCEDIMIENTOS DEL FONDO PyME 2012 APROBADO POR EL CONSEJO DIRECTIVO DEL FONDO PYME EL 24 DE ENERO DE 2012 ANEXO 1
ANEXO 1 OPERACIÓN Y FUNCIONES DEL SUBCOMITÉ TÉCNICO ESTATAL Página 87 de 97 A. Conformación. ANEXO 1 Operación y funciones del Subcomité La conformación del Subcomité prevé la participación del Secretario
Más detallesREGLAMENTO INTERNO DEL CONSEJO GENERAL DE ESTUDIANTES DEL RECINTO UNIVERSITARIO DE MAYAGÜEZ
REGLAMENTO INTERNO DEL CONSEJO GENERAL DE ESTUDIANTES DEL RECINTO UNIVERSITARIO DE MAYAGÜEZ REGLAMENTO INTERNO DEL CONSEJO GENERAL DE ESTUDIANTES DEL RECINTO UNIVERSITARIO DE MAYAGÜEZ Preámbulo A tenor
Más detallesPROCESO DEMOCRÁTICO GOBIERNO ESCOLAR COLEGIO CRISTIANO LA ESPERANZA
PROCESO DEMOCRÁTICO 2017 GOBIERNO ESCOLAR COLEGIO CRISTIANO LA ESPERANZA CRONOGRAMA DE ACTIVIDADES 20 AL 24 DE FEBRERO TITULARES Y DOCENTES POSTULACIÓN E DÍA DEMOCRÁTICO 23 DE MARZO 31 DEMARZO INSCRIPCIONES
Más detallesUNIVERSIDAD DE LOS LLANOS Rectoría
Por la cual se convoca a los DIRECTORES DE ESCUELA, DE DEPARTAMENTOS Y DE INSTITUTOS con el propósito que elijan su representante ante el CONSEJO ACADÉMICO, para el período atípico entre el 20 de noviembre
Más detallesREGLAMENTO DE FUNCIONAMIENTO DEL COMITÉ DE EMPRESA. Proyecto de la U.S.O.
REGLAMENTO DE FUNCIONAMIENTO DEL COMITÉ DE EMPRESA Proyecto de la U.S.O. Elaboración: Área Confederal de Acción Edición: Junio 2010 INDICE REGLAMENTO DE FUNCIONAMIENTO DEL COMITÉ DE EMPRESA Introducción...
Más detallesCOMITÉ EJECUTIVO ESTATAL CONSIDERANDO
COMITÉ EJECUTIVO ESTATAL El Comité Ejecutivo Estatal del Movimiento Territorial con fundamento en los artículos Primero, Segundo, Cuarto,Quinto,Sexto,11en sus fracciones I y II, 12 fracción I, 32,35,36,37,
Más detallesCAPÍTULO XI DEL CONSEJO DE ESTUDIANTES UNIVERSITARIOS DEL ESTADO
CAPÍTULO XI DEL CONSEJO DE ESTUDIANTES UNIVERSITARIOS DEL ESTADO Artículo 47. Naturaleza y adscripción. 1. El Consejo de Estudiantes Universitario del Estado es el órgano de deliberación, consulta y participación
Más detallesREGLAMENTO ELECTORAL DEL COLEGIO DE NUTRICIONISTAS DE LA PROVINCIA DE CÓRDOBA.
REGLAMENTO ELECTORAL DEL COLEGIO DE NUTRICIONISTAS DE LA PROVINCIA DE CÓRDOBA. Página 1 Modificado por Asamblea Anual Ordinaria del 21 de noviembre de 2013. ARTÍCULO 1: La Junta Electoral, conformada por
Más detallesCLUB DEPORTIVO UNIVERSITARIOS DE CHILE REGLAMENTO ELECTORAL - ELECCIÓN DE DIRECTORIO
CLUB DEPORTIVO UNIVERSITARIOS DE CHILE REGLAMENTO ELECTORAL - ELECCIÓN DE DIRECTORIO SANTIAGO DE CHILE, DICIEMBRE DE 2012 CLUB DEPORTIVO UNIVERSITARIOS DE CHILE REGLAMENTO ELECTORAL - ELECCIÓN DE DIRECTORIO
Más detalles