RESOLUCIÓN RECTORAL No (22 de Agosto de 2008)
|
|
- Julián Herrero Saavedra
- hace 6 años
- Vistas:
Transcripción
1 RESOLUCIÓN RECTORAL No (22 de Agosto de 2008) Por la cual se estable el procedimiento para las elecciones de los representantes del cuerpo docente y estudiantil ante los órganos colegiados de la Universidad Central. El Rector de la Universidad Central en uso de sus facultades estatutarias y CONSIDERANDO: Que el artículo 55 en su numeral 9º. del Estatuto General, dispone como responsabilidades del Rector hacer efectivas las decisiones del Consejo Superior y del Consejo Académico que sean de su competencia y que dichas decisiones serán adoptadas mediante resoluciones rectorales. Que mediante Acuerdo No. 08 de 2008 por el cual se reglamento el proceso de elecciones, el Consejo Superior reglamentó el proceso de elección de los representantes del personal docente y estudiantil ante el Consejo Superior, Consejo Académico y Consejos de Facultad de la Universidad Central. Que el artículo 1º del Acuerdo 08 de 2008, estableció como finalidad de las elecciones motivar a toda la comunidad en la participación democrática y toma de conciencia ciudadana en el ejercicio de sus derechos y obligaciones. Que el proceso electoral se desarrollará en cumplimiento de los principios de transparencia, publicidad de los programas, procesos de escrutinio y de las campañas, voto secreto y responsabilidad de los elegidos frente a sus electores. De igual forma en el artículo 24 del citado Acuerdo se facultó al Rector de la Universidad Central, para establecer el procedimiento de inscripción de candidatos, divulgación y sensibilización de la campaña electoral, así como el desarrollo de todo el proceso electoral. RESUELVE: Capítulo I De la participación e inscripción de candidatos ARTÍCULO 1º. Participación. El personal Académico, los directores de carrera, de departamentos académicos, centros de investigación y los estudiantes de la Universidad Central, podrán participar en el proceso democrático de elección de sus representantes ante los cuerpos colegiados de la Universidad mediante el sistema de elección popular y voto secreto de acuerdo con el procedimiento que se fija en la presente resolución.
2 ARTÍCULO 2º. Inscripción de candidatos. En un proceso único de registro los candidatos y sus respectivos suplentes a cualquiera de los cuerpos colegiados, deberán inscribir su candidatura ante la Secretaría General de la Universidad Central, en las fechas y horarios establecidos por la Universidad, que no podrá ser inferior a un mes antes de la elección, debidamente identificados, bien con su cédula de ciudadanía, tarjeta de identidad o carné de la Universidad. En el momento de la inscripción tanto el candidato y su suplente, deberán presentar, por escrito una reseña biográfica no mayor de cinco líneas en fuente Time New Roman, tamaño 12, indicando la facultad a la que pertenecen, el eslogan de campaña y un máximo de cinco (5) propuestas principales de su programa. Una vez inscritos los candidatos y verificado el cumplimiento de los requisitos, deberán dirigirse de manera inmediata al Departamento de Comunicaciones y Publicaciones para la toma de fotografías oficiales de campaña. Capítulo II Divulgación del Proceso Electoral ARTÍCULO 3. Campaña de divulgación. Con el fin de garantizar la participación de toda la comunidad centralista en las elecciones, el Departamento de Comunicación y Publicaciones adelantará una campaña de divulgación, en cuatro fases, así: a. Fase de sensibilización. Fase en la que se pretende concientizar al electorado de la importancia del proceso electoral, de las funciones de los órganos colegiados y su influencia en la vida institucional, así como de las responsabilidades de los distintos representantes que resulten electos. De igual manera se otorgará a los representantes salientes los espacios necesarios para que presenten al electorado su informe de gestión. b. Fase de promoción de las inscripciones. Fase en la que se invitará a todos los interesados a inscribir sus candidaturas y se les capacitará acerca de sus responsabilidades y obligaciones en el proceso electoral, de acuerdo con el cuerpo colegiado del cual aspiren. c. Fase electoral. En esta fase se informará a los electores acerca de los requisitos para ejercer el sufragio, las fechas, horarios de votación, escrutinio y puestos de votación. d. Fase post - electoral. Fase concebida para informar a la comunidad centralista los resultados de las elecciones. Parágrafo. En desarrollo de la campaña de divulgación, el Departamento de Comunicación y Publicaciones empleará los medios que considere adecuados para garantizar su efectividad, tales como piezas gráficas, publicaciones periódicas, páginas web, foros virtuales o materiales publicitarios tridimensionales. 2
3 ARTÍCULO 4. Verificación y divulgación. Durante el periodo de inscripciones, la Secretaría General verificará que los candidatos que se hayan inscrito cumplan los requisitos previstos para la elección. Dichos requisitos se publicarán anticipadamente en la página web oficial de las elecciones de la Universidad, a fin de que todos los aspirantes tengan acceso a esta información. El número de cada aspirante se asignará de acuerdo con el orden de inscripción de su candidatura, al primer candidato en inscribirse y que cumpla con los requisitos exigidos, se le asignará el número 1º.y la letra S si es candidato al Consejo Superior, A si es candidato al Consejo Académico y F si es candidato al Consejo de Facultad en el tarjetón y así de manera sucesiva con cada candidato. La renuncia o retiro de un candidato inscrito no modificará el número. Parágrafo. La Secretaría General, en concurso con el Departamento de Sistemas, dispondrá los recursos técnicos necesarios para la asignación de los números en las sedes independientemente del lugar donde se inscriba el candidato. Capítulo III Campaña electoral ARTÍCULO 5º. Materiales y Recursos. Todos los candidatos a los cuerpos colegiados contarán con la colaboración de la Universidad para adelantar sus campañas. Para este efecto, la institución podrá aportar los materiales y recursos que se estimen convenientes, en igualdad de condiciones para todos los candidatos. ARTÍCULO 6. Plazos. Las campañas electorales se desarrollarán dentro de los plazos que estipule la Universidad y culminarán dos (2) días antes de la fecha fijada para la votación. Capítulo IV Censo electoral, Centros de cómputo y mesas de votación. ARTÍCULO 7º. Censo Electoral. Para garantizar a los electores el ejercicio de su derecho al voto, la Universidad publicará la lista de electores habilitados para el proceso de votación con cuatro (4) días de anticipación al proceso electoral, en lugar público y visible. El censo electoral, incluirá los nombres completos y número de identificación tanto de los estudiantes y docentes aptos para el ejercicio del voto, así como la mesa de votación, habilitada para el sufragio. Parágrafo. Sí por alguna circunstancia un elector no aparece registrado en el censo, debe dirigirse el día de la votación al puesto de control donde se verificará y autorizará el voto manual. ARTÍCULO 8º. Sitios Habilitados de votación. En el proceso de elecciones se habilitarán los centros de votación de acuerdo con las condiciones necesarias para garantizar el voto electrónico en la Universidad. 3
4 Parágrafo. En caso de que por alguna circunstancia de orden técnico o logístico no sea posible realizar el proceso de votación mediante el sistema electrónico, se habilitarán las mesas de votación y se realizará mediante tarjetón impreso en las diferentes sedes de la Universidad. Capítulo V Jurados de votación. ARTÍCULO 9º. Designación de los jurados. Los jurados de votación de conformidad con los reglamentos, serán designados por el Consejo Superior quince (15) días antes de la respectiva elección, a razón de seis (6) principales y seis (6) suplentes para cada centro de cómputo o mesa de votación. No podrán ser jurados de votación los candidatos a representación. Los jurados de votación recibirán en la Secretaría General las instrucciones necesarias para el correcto desempeño de sus funciones. Cuando los jurados ejerciten el derecho al sufragio deberán hacerlo en la sala de cómputo o mesa de votación donde cumplan sus funciones. ARTÍCULO 10º. Notificación del nombramiento. El cargo de jurado de votación es de forzosa aceptación. La notificación de tales nombramientos se entenderá surtida con la sola publicación o fijación en lugar publico de la lista respectiva, que hará el Secretario General cinco (5) días calendario antes de la votación. Parágrafo. En caso de grave enfermedad del jurado que ocurra el mismo día de las elecciones o dentro de los dos (2) días anteriores a las mismas, será reemplazado por uno de los suplentes designados. ARTÍCULO 11º. Turno de los jurados. Los jurados de votación se distribuirán en tres (3) turnos. El primero se iniciará a las nueve (9:00 a.m.) de la mañana y terminará a la una (1:00 p.m.) de la tarde; el segundo se iniciará a la una (1:00 p.m.) de la tarde y terminará a las cinco (5:00 p.m.) de la tarde, y el tercero se iniciará a las cinco (5:00 p.m.) de la tarde y culminará a las nueve y treinta (9:30 p.m.) de la noche. Parágrafo. Los jurados de votación, deberán firmar la lista de asistencia al inicio de su turno y al finalizar el mismo. Capítulo VI Proceso de las votaciones y Jurados de Votación. ARTÍCULO 12º. Horarios del proceso de votación. Las votaciones se iniciarán a las nueve (9:00 a.m.) de la mañana y se cerrarán a las nueve (9:00 p.m.) de la noche. 4
5 A las ocho y treinta (8:30 a.m.) de la mañana del día de las elecciones, los designados como jurados de votación deberán presentarse en la sala de cómputo o mesa de votación que se les haya asignado. De inmediato procederán a su instalación, firmando el acta de asistencia y la planilla de inicio. ARTÍCULO 13º. Jurados de Votación. Actuarán como jurados de votación los docentes y estudiantes designados por el Consejo Superior de la Universidad de postulación que realicen los Consejos de Facultad. ARTÍCULO 14º. Apertura del proceso de votación. Antes de comenzar las votaciones se abrirá el proceso de votación, por parte de los jurados y un representante de la dirección de la Universidad, y permanecerán en el turno correspondiente hasta que sean reemplazados. ARTÍCULO 15º. Proceso de votación. El Presidente del jurado de votación exigirá al votante su cédula de ciudadanía y/o tarjeta de identidad o carné de identificación vigente, verificará su identidad y buscará su nombre en la lista de sufragantes. Si figura en la lista y luego de verificar su identidad, el elector deberá firmar el listado de registro y se le permitirá realizar o depositar su voto. En caso de que el nombre del votante no aparezca en la lista, deberá dirigirse al puesto de control a fin de que pueda actualizar su información y quede habilitado para votar. ARTÍCULO 16º. Cierre del Proceso. Cerrado el proceso de votación y efectuados los escrutinios de cada centro o mesa y firmadas las actas respectivas por parte de los jurados del último turno, harán entrega de las mismas, de las contraseñas y certificaciones no utilizadas y demás documentos que sirvieron para las votaciones al funcionario correspondiente. Éste los enviará inmediatamente, en sobre debidamente cerrado y sellado, a la Secretaría General. ARTÍCULO 17º. Proselitismo. Queda prohibido adelantar cualquier tipo de proselitismo el día de las elecciones. ARTÍCULO 18º. Voto electrónico o tarjetón de votación. En las elecciones a los cuerpos colegiados de la Universidad los electores sufragarán en forma secreta mediante el voto electrónico, en el que se identificará claramente el nombre del candidato, el número y letra asignada en el tarjetón. En caso de ser necesario el voto manual mediante tarjetón, tendrá el mismo contenido del voto electrónico. Capítulo VII Testigos electorales y varios ARTÍCULO 19º. Vigilancia del proceso electoral. Para garantizar la transparencia y publicidad de las votaciones, los candidatos válidamente inscritos podrán presentar ante el Secretario General, con cinco (5) días de anticipación a la elección y por escrito, el nombre de los estudiantes o docentes que actuarán como testigos electorales a razón de uno (1) por cada centro de cómputo o mesa de votación. 5
6 El Secretario General expedirá a los testigos una credencial, que les permitirá el ejercicio de esa función pública transitoria. Los jurados están obligados a prestarles la debida colaboración. ARTÍCULO 20º. Testigos electorales. Los testigos electorales vigilarán las elecciones y podrán formular reclamaciones escritas ante el Comité de Garantías, cuando el número de sufragantes de un centro de cómputo o mesa de votación exceda el número de electores habilitados para votar en ellas; de la misma forma cuando se incurra en error aritmético al computar los votos; cuando, con base en las diligencias de inscripción, se establezca de manera clara e inequívoca que en el acta de escrutinio se incurrió en error al anotar el nombre o apellidos de uno o más candidatos; o cuando las actas de escrutinio de los jurados de votación no estén firmadas por los jurados asistentes. Tales reclamaciones se adjuntarán a los documentos electorales y sobre ellas se resolverá en los escrutinios. Parágrafo. Las reclamaciones que tuvieren por objeto solicitar el recuento de papeletas serán atendidas en forma inmediata por los jurados de votación, quienes dejarán constancia en el acta del recuento practicado. Los testigos electorales no podrán, en ninguna forma, interferir las votaciones ni los escrutinios de los jurados de votación. ARTÍCULO 21º. Formatos de Elección. La Secretaria General establecerá los formatos para el registro de inscripción de las candidaturas, acta de inicio y cierre de votación y formato de registro de electores de voto manual ARTÍCULO 22º. Vigencia. La presente resolución rige a partir de la fecha de su publicación. Dado en Bogotá D.C. A los veintidós (22) días del mes de agosto de 2008 PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE, 6
UNIVERSIDAD DE LOS LLANOS
RESOLUCIÓN RECTORAL No. 3072 de 2016 Por la cual se convoca a los profesores de las Facultades de Ciencias de la Salud, Ciencias Económicas y Ciencias Agropecuarias y Recursos Naturales, para que elijan
Más detallesUNIVERSIDAD DE LOS LLANOS
RESOLUCIÓN RECTORAL Nº 2207 DE 2016 Por la cual se convoca a los PROFESORES de planta y ocasionales de la Universidad de los Llanos, a elegir a su representante ante el CONSEJO ACADÉMICO EL RECTOR DE LA
Más detallesUNIVERSIDAD DE LOS LLANOS
DE 2015 Por la cual se convoca a los Directores de Programa del Campó de Conocimiento definido por el Consejo Académico (Biología, Ingeniería Electrónica, Ingeniería de Sistemas, Administración de Empresas,
Más detallesCOOPERATIVA DE AHORRO Y CREDITO CAJA UNION UNION COOPERATIVA
COOPERATIVA DE AHORRO Y CREDITO CAJA UNION UNION COOPERATIVA REGLAMENTO PARA ELECCION DE DELEGADOS A ASAMBLEAS GENERALES ORDINARIAS DE DELEGADOS ACUERDO No 033 Diciembre 15 de 2012 Por el cual se reglamenta
Más detallesRECTORÍA RESOLUCIÓN NÚMERO 1399 DEL 21 DE SEPTIEMBRE DE 2009
RECTORÍA RESOLUCIÓN NÚMERO 1399 DEL 21 DE SEPTIEMBRE DE 2009 Por la cual se reglamenta el proceso de elección de los Representantes Estudiantiles ante los Consejos de Facultad EL RECTOR DE LA UNIVERSIDAD
Más detallesLa Junta Directiva del Fondo de Empleados Fondexo, en uso de sus atribuciones legales y las conferidas en los Estatutos y, CONSIDERANDO
FONDO DE EMPLEADOS DE SODEXO FONDEXO ACUERDO No. 001 REGLAMENTO DE ELECCION DE DELEGADOS PARA LAS ASAMBLEAS GENERALES ORDINARIAS Y/O EXTRAORDINARIAS DEL FONDO DE EMPLEADOS DE SODEXO FONDEXO La Junta Directiva
Más detallesY C O N S I D E R A N D O: 1. Que es función de la Junta Directiva aprobar su propio reglamento y los demás que crea necesarios y convenientes.
REGLAMENTACIÓN PARA LA INSCRIPCIÓN Y ELECCIÓN DE DELEGADOS PARA LAS ASAMBLEAS DE FONDO DE EMPLEADOS DE GASES INDUSTRIALES DE COLOMBIA FONCRYOGAS La Junta Directiva del Fondo De Empleados De Gases Industriales
Más detallesREGLAMENTACION DEL PROCEDIMIENTO ELECTORAL PARA ELECCION DE DELEGADOS A LA ASAMBLEA
REGLAMENTACION DEL PROCEDIMIENTO ELECTORAL PARA ELECCION DE DELEGADOS A LA ASAMBLEA Inscripción de Candidatos a Delegados y Suplentes: Cada seccional es una zona electoral que podrá inscribir un número
Más detallesPROPUESTA CONSULTA ESTUDIANTIL DESIGNACIÓN DE RECTOR 2017 ANDRÉS FELIPE VELASCO REPRESENTANTE ESUTIDIANTIL CONSEJO SUPERIOR UNIVERSIDAD DEL CAUCA
PROPUESTA CONSULTA ESTUDIANTIL DESIGNACIÓN DE RECTOR 2017 ANDRÉS FELIPE VELASCO REPRESENTANTE ESUTIDIANTIL CONSEJO SUPERIOR UNIVERSIDAD DEL CAUCA PARA UNICAUCA TRANSFORMAR En el siguiente documento daremos
Más detallesPor la cual se reglamenta el proceso de elección de los representantes profesorales ante el Consejo de Bienestar Universitario
RECTORÍA RESOLUCIÓN NÚMERO 1394 DE 21 DE SEPTIEMBRE DE 2009 Por la cual se reglamenta el proceso de elección de los representantes profesorales ante el Consejo de Bienestar Universitario EL RECTOR DE LA
Más detallesASOCIACION DE ANTIGUOS ALUMNOS DEL MÁSTER EN DIPLOMACIA Y RELACIONES INTERNACIONALES DE LA ESCUELA DIPLOMÁTICA REGLAMENTO ELECTORAL
REGLAMENTO ELECTORAL 1 CONVOCATORIA Artículo 1. Las elecciones serán convocadas por la Junta Directiva con, al menos 1 mes de antelación a su fecha de celebración, expresando los puestos a cubrir si se
Más detallesReglamento de elección de Representante de los Estudiantes
Reglamento de elección de Representante de los Estudiantes Reglamento de elección del Representante de los Estudiantes Colegio de Estudios Superiores de Administración CESA Colegio de Estudios Superiores
Más detallesRESOLUCIÓN DE 21 DE JUNIO DE 2016 DIRECCIÓN DE IMPUESTOS Y ADUANAS NACIONALES
RESOLUCIÓN 000052 DE 21 DE JUNIO DE 2016 DIRECCIÓN DE IMPUESTOS Y ADUANAS NACIONALES por la cual se regula el trámite de inscripción en el Registro Único Tributario (RUT) y su actualización de oficio a
Más detallesUNIVERSIDAD ANDINA SIMÓN BOLÍVAR CONSEJO SUPERIOR REGLAMENTO DE CONSULTA PREVIA A LA DESIGNACIÓN DE RECTOR
UNIVERSIDAD ANDINA SIMÓN BOLÍVAR CONSEJO SUPERIOR REGLAMENTO DE CONSULTA PREVIA A LA DESIGNACIÓN DE RECTOR 1. Para la elección de rector de la Sede Central y de las Sedes nacionales, el presidente del
Más detallesRepresentantes de partidos políticos ante las Mesas Directivas de Casilla
Representantes de partidos políticos ante las Mesas Directivas de Casilla Tiraje de 30000 ejemplares Coordinación del Proyecto: Dirección de Capacitación Electoral Diseño: Unidad de Comunicación Social
Más detallesUNIVERSIDAD DE LOS LLANOS
RESOLUCIÓN RECTORAL Nº 2678 DE 2015 Por la cual se convoca a los ESTUDIANTES de la Universidad de los Llanos, a elegir su representante ante el CONSEJO SUPERIOR UNIVERSITARIO, para el período institucional
Más detallesCONVOCATORIA PARA ELECCIÓN DE DECANO FACULTAD DE INGENIERÍA
CONVOCATORIA PARA ELECCIÓN DE DECANO FACULTAD DE INGENIERÍA En Santiago, a 27 de Octubre de 2015.- LA H. JUNTA DIRECTIVA DE LA UNIVERSIDAD CENTRAL HA ACORDADO LO SIGUIENTE EN SU SESIÓN N 538 DE FECHA 27
Más detallesCALENDARIO ELECTORAL elecciones Director Departamento
CALENDARIO ELECTORAL elecciones Director Departamento - Presentación de candidaturas: 4 de julio de 2014 (13:00h) a 8 de julio de 2014 (09:30h) en la Secretaría del Departamento de Tecnología Electrónica,
Más detallesUNIVERSIDAD POLITÉCNICA DE CARTAGENA. Escuela Técnica Superior de Arquitectura y Edificación
Acta 1ª de la reunión de la Mesa electoral de las elecciones a Director/a de la de la Universidad Politécnica de Cartagena Según acuerdo de la Junta Extraordinaria de la Escuela Técnica Superior de Arquitectura
Más detallesConsejo de Gobierno Sesión Ordinaria de 19/12/03 Punto 6 ANEXO 9
Consejo de Gobierno Sesión Ordinaria de 19/12/03 Punto 6 ANEXO 9 ACUERDO PARA LA RENOVACIÓN DE JUNTAS DE FACULTAD O ESCUELA DE LA UNIVERSIDAD DE CÓRDOBA La disposición transitoria 7.2 de los Estatutos
Más detallesCAPITULO I GENERALIDADES
REGLAMENTO PARA LA ELECCIÓN DE LOS REPRESENTANTES DE LOS TRABAJADORES ANTE EL SUB-COMITÉ DE ADMINISTRACIÓN DEL FONDO DE ASISTENCIA Y ESTÍMULO DEL HOSPITAL NACIONAL DOCENTE MADRE NIÑO SAN BARTOLOMÉ CAPITULO
Más detallesPROPUESTA PARA ELABORAR EL PROYECTO DE REGLAMENTO DE ELECCIONES DE APAFA "Institución Educativa " CAPITULO I GENERALIDAD
PROPUESTA PARA ELABORAR EL PROYECTO DE REGLAMENTO DE ELECCIONES DE APAFA 2015-2016. "Institución Educativa " CAPITULO I GENERALIDAD Artículo 1 o.- El presente Reglamento de elecciones tiene por finalidad
Más detallesPROPUESTA MODIFICACIÓN PUNTUAL ESTATUTOS MAYO DE 1014
PROPUESTA MODIFICACIÓN PUNTUAL ESTATUTOS MAYO DE 1014 4.- RÉGIMEN ELECTORAL. MESAS ELECTORALES, VOTO POR CORREO, VOTO ELECTRÓNICO. ARTS. 95 Y 98 A 100. REDACCIÓN ACTUAL. MESAS ELECTORALES ART. 95 En cada
Más detallesDIRECTRICES PARA EL DESARROLLO DE LAS ELECCIONES DE DELEGADOS DE GRUPO, DE TITULACIÓN Y DE FACULTAD O ESCUELA DE LA URJC.
DIRECTRICES PARA EL DESARROLLO DE LAS ELECCIONES DE DELEGADOS DE GRUPO, DE TITULACIÓN Y DE FACULTAD O ESCUELA DE LA URJC. El Consejo de Gobierno de la Universidad Rey Juan Carlos, en cumplimiento del artículo
Más detallesACUERDO 072 DE (Acta 06 del 28 de Noviembre)
Acuerdo 72 de 2013 Consejo Académico Fecha de Expedición: 28/11/0213 Fecha de Entrada en Vigencia: 04/12/2013 Medio de Publicación: Sistema de Información Normativa, Jurispridencial y de Conceptos "Régimen
Más detallesCLUB DEPORTIVO UNIVERSITARIOS DE CHILE REGLAMENTO ELECTORAL - ELECCIÓN DE DIRECTORIO
CLUB DEPORTIVO UNIVERSITARIOS DE CHILE REGLAMENTO ELECTORAL - ELECCIÓN DE DIRECTORIO SANTIAGO DE CHILE, DICIEMBRE DE 2012 CLUB DEPORTIVO UNIVERSITARIOS DE CHILE REGLAMENTO ELECTORAL - ELECCIÓN DE DIRECTORIO
Más detallesREGLAMENTO DE FUNCIONAMIENTO DEL CLAUSTRO DE LA UNIVERSIDAD SAN PABLO-CEU
REGLAMENTO DE FUNCIONAMIENTO DEL CLAUSTRO DE LA UNIVERSIDAD SAN PABLO-CEU Exposición de motivos De conformidad a lo dispuesto por el artículo 16 de la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades,
Más detallesFONDO DE EMPLEADOS DIRECCION DE IMPUESTOS Y ADUANAS NACIONALES FEDINOR LTDA. NIT JUNTA DIRECTIVA
FONDO DE EMPLEADOS DIRECCION DE IMPUESTOS Y ADUANAS NACIONALES FEDINOR LTDA. NIT. 800.198.921-0 JUNTA DIRECTIVA RESOLUCION No. 001 DEL 28 DE NOVIEMBRE AÑO 2015 MEDIANTE LA CUAL SE DICTA EL REGLAMENTO PARA
Más detallesPROCESO DE ELECCIONES GOBERNADORES, ALCALDES DIPUTADOS, CONCEJALES Y EDILES O MIEMBROS DE JUNTAS DE ADMINISTRADORAS LOCALES
PROCESO DE ELECCIONES GOBERNADORES, ALCALDES DIPUTADOS, CONCEJALES Y EDILES O MIEMBROS DE JUNTAS DE ADMINISTRADORAS LOCALES S PROCESO ELECTORAL Proceso de inscripción Cierre y reposición Montaje Estructura
Más detallesCOOPERATIVA DE AHORRO Y CREDITO CAJA UNION UNION COOPERATIVA REGLAMENTO PARA ELECCION DE DELEGADOS A ASAMBLEAS GENERALES ORDINARIAS DE DELEGADOS
COOPERATIVA DE AHORRO Y CREDITO CAJA UNION UNION COOPERATIVA REGLAMENTO PARA ELECCION DE DELEGADOS A ASAMBLEAS GENERALES ORDINARIAS DE DELEGADOS ACUERDO No 096 DICIEMBRE 30 DE 2016 ACTA 106 Por el cual
Más detallesPROCEDIMIENTO DE ORGANIZACIÓN Y REALIZACIÓN DE LAS ELECCIONES.
PÁGINA: 1 DE 7 1. OBJETIVO Este procedimiento tiene por objeto establecer las políticas o condiciones, actividades, responsabilidades y controles para lograr la elección de los representantes (docentes,
Más detallesCRONOGRAMA ELECTORAL ELECCIONES GENERALES 2017
CRONOGRAMA ELECTORAL ELECCIONES GENERALES 2017 DAE MES FECHA Y 8 Marzo Lunes 13 194 Mayo Lunes 15 194 Mayo Lunes 15 193 Mayo Martes 16 MARZO 2017 Inicia el período de elaboración del Censo Nacional Electoral
Más detallesColegio del Nivel Medio Superior Manuel Doblado No.18 Tel ext
CONVOCATORIA PARA LA ELECCIÓN DE PROFESORES REPRESENTANTES DEL PERSONAL ACADÉMICO DEL COLEGIO DEL NIVEL MEDIO SUPERIOR ANTE EL CONSEJO GENERAL UNIVERSITARIO Con fundamento en los artículos 15, 18 y 20
Más detallesCLUB DE ATLETISMO RÍA FERROL ELECCIONES A PRESIDENTE NORMATIVA ELECTORAL
El Presidente del Club de Atletismo Ría Ferrol se elegirá en Asamblea General Extraordinaria mediante sufragio libre, igual, directo y secreto de los socios de número con derecho a voto. El Presidente
Más detallesÍndice. Página 2. Abril de Bases Generales de la Consulta Pública. Primer Semana de Movilidad Urbana.
Abril de 2011 Índice Bases Generales de la Consulta Pública. Primer Semana de Movilidad Urbana. Página 2 Estados Financieros al 31 de Diciembre de 2010. Página 6 1 Gaceta Municipal de Puerto Vallarta Bases
Más detallesGUIA DEL REPRESENTANTE ANTE LA CASILLA ELECTORAL Y DEL REPRESENTANTE GENERAL
GUIA DEL REPRESENTANTE ANTE LA CASILLA ELECTORAL Y DEL REPRESENTANTE GENERAL 2013 REPRESENTANTES DE PARTIDOS Los partidos políticos o las coaliciones, podrán acreditar en cada uno de los Distritos Electorales
Más detallesUniversidad Surcolombiana Nit
1 09001 SC 7384 - GP 205-1 CO - SC 7384-1 ACUERDO 021 DE 2016 (10 DE JUNIO) "Por el cual se aprueba el proceso para seleccionar y designar Decanos en las Facultades de Ciencias Sociales y Humanas, Educación,
Más detallesRESUMEN DEL PROCESO ELECTORAL PARA LA ELECCIÓN DEL PRESIDENTE DE FADE SEGÚN LO RECOGIDO EN LOS ESTATUTOS
RESUMEN DEL PROCESO ELECTORAL PARA LA ELECCIÓN DEL PRESIDENTE DE FADE SEGÚN LO RECOGIDO EN LOS ESTATUTOS OVIEDO / Noviembre de 2013 La elección del presidente de la federación se inicia con la promoción
Más detallesReglamento para la Acreditación y Funciones de los Observadores que Participarán en las Juntas de Colegio en Representación de cada uno de los
Reglamento para la Acreditación y Funciones de los Observadores que Participarán en las Juntas de Colegio en Representación de cada uno de los Candidatos a Representante por Distrito y Senador por Distrito
Más detallesNormativa para las elecciones a Consejo de Gobierno de la Universidad de Murcia 1 TÍTULO I: DISPOSICIONES GENERALES
Normativa para las elecciones a Consejo de Gobierno de la Universidad de Murcia 1 TÍTULO I: DISPOSICIONES GENERALES Artículo 1º Esta Normativa tiene por objeto determinar la composición del próximo Consejo
Más detallesConsejo Nacional de Estudiantes de Educación Superior Tecnológica. Federación de Educación Tecnológica del Estado de Michoacán CONVOCATORIA
Apatzingán, Mich. A 08 de Junio de 2015 Consejo Nacional de Estudiantes de Educación Superior Tecnológica ZONA CENTRO Federación de Educación Tecnológica del Estado de Michoacán En base a los estatutos
Más detallesINSTRUCCIONES PARA LA EMISIÓN DEL VOTO ANTICIPADO (Acuerdo 6 Junta Electoral General en su sesión del 14 de enero de 2015)
ANEXO II INSTRUCCIONES PARA LA EMISIÓN DEL VOTO ANTICIPADO (Acuerdo 6 Junta Electoral General en su sesión del 14 de enero de 2015) ESTAS INSTRUCCIONES DEBERÁN SER EXPUESTAS EN EL TABLÓN DE ANUNCIOS Y
Más detallesNORMATIVA PARA LA ELECCION DE VOCALES REPRESENTANTES DE LAS ASOCIACIONES EN LOS CONSEJOS DE DISTRITO
NORMATIVA PARA LA ELECCION DE VOCALES REPRESENTANTES DE LAS ASOCIACIONES EN LOS CONSEJOS DE DISTRITO CAPITULO I.- DERECHO DE SUFRAGIO ACTIVO Art.1.- La condición de elector corresponde a las Asociaciones
Más detallesC O N V O C A T O R I A
C O N V O C A T O R I A ELECCIÓN EXTRAORDINARIA DE REPRESENTANTES PROPIETARIOS Y SUPLENTES DE LOS ALUMNOS POR LOS DEPARTAMENTOS DE PROCESOS PRODUCTIVOS, RECURSOS DE LA TIERRA, Y SISTEMAS DE INFORMACIÓN
Más detallesNORMATIVA PARA LAS ELECCIONES A REPRESENTANTES DEL ALUMNADO DE LA FACULTAD DE DERECHO TÍTULO PRELIMINAR
NORMATIVA PARA LAS ELECCIONES A REPRESENTANTES DEL ALUMNADO DE LA FACULTAD DE DERECHO Artículo 1. Objeto (Aprobado en Junta de Facultad de 3 de marzo de 2015) TÍTULO PRELIMINAR Esta Normativa tiene por
Más detallesUNIVERSIDAD DEL VALLE CONSEJO SUPERIOR. RESOLUCION No. 054 Julio 11 del 2015
Universidad del Valle UNIVERSIDAD DEL VALLE CONSEJO SUPERIOR RESOLUCION No. 054 Julio 11 del 2015 «Por la cual se establece una transición para la contratación de los profesores en las Sedes Regionales
Más detallesELECCIÓN DE REVISOR FISCAL CÁMARA DE COMERCIO DE BARRANCABERMEJA
ELECCIÓN DE REVISOR FISCAL CÁMARA DE COMERCIO DE BARRANCABERMEJA TÉRMINOS DE LA INVITACIÓN PARA PERSONAS NATURALES Y JURÍDICAS INTERESADAS EN POSTULARSE PARA EL CARGO DE REVISOR FISCAL, PERIODO 2014-2018
Más detallesREGLAMENTO ELECTORAL AVILÉS STADIUM CLUB DE FÚTBOL
REGLAMENTO ELECTORAL AVILÉS STADIUM CLUB DE FÚTBOL INDICE Artículo 1. Articulo 2. Articulo 3. Articulo 4. Artículo 5. Artículo 6. Artículo 7. Artículo 8. Artículo 9. Artículo 10. Artículo 11. Artículo
Más detallesDIARIO OFICIAL 46.108 RESOLUCIÓN 0-3930 21/11/2005
DIARIO OFICIAL 46.108 RESOLUCIÓN 0-3930 21/11/2005 Por la cual se establece el procedimiento para la elección de los representantes de los empleados y funcionarios ante la Comisión Nacional de Administración
Más detallesEL PRESIDENTE Y EL GERENTE DE HELM FONDO DE EMPLEADOS
EL PRESIDENTE Y EL GERENTE DE HELM FONDO DE EMPLEADOS Se permiten CONVOCAR a todos los asociados a la Asamblea General Ordinaria la cual se llevará a cabo el día jueves 17 de marzo de 2016 a las 4:00 p.m.
Más detallesc) Conocer las candidaturas a la dirección y los proyectos de dirección presentados por los candidatos.
Artículo 127 (LOMCE) Competencias del Consejo Escolar. El Consejo Escolar del centro tendrá las siguientes competencias: a) Evaluar los proyectos y las normas a los que se refiere el Capítulo II del Título
Más detallesRegional Distrito Capital Centro de Servicios Financieros Bienestar, Convivencia y Comunicaciones
PROCEDIMIENTO PARA ELEGIR AL REPRESENTANTE DE APRENDICES JORNADA DIURNA, AL REPRESENTANTE DE APRENDICES JORNADA NOCTURNA Y AL REPRESENTANTE DE APRENDICES JORNADA FIN DE SEMANA DEL CENTRO DE SERVICIOS FINANCIEROS,
Más detallesRESUMEN DEL PROCESO ELECTORAL EN CRUZ ROJA
RESUMEN DEL PROCESO ELECTORAL EN CRUZ ROJA RÉGIMEN ELECTORAL -1 (Capítulo V, R.G.O.) Cuándo se convocan las elecciones en Cruz Roja? (Art. 39, RGO) Cada cuatro años el/la presidente/a de Cruz Roja Española,
Más detallesPROCEDIMIENTO PARA LA CONFORMACIÓN Y FUNCIONAMIENTO DEL COMITÉ PARITARIO DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO
TALENTO HUMANO / SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO Revisó: Jefe División Recursos Humanos Profesional Seguridad y Salud en el Trabajo Aprobó: Rector Página 1 de 7 Fecha de aprobación: Enero 24 de 2008 No.
Más detallesUNIVERSIDAD DE LOS LLANOS Rectoría
Por la cual se convoca a los DIRECTORES DE ESCUELA, DE DEPARTAMENTOS Y DE INSTITUTOS con el propósito que elijan su representante ante el CONSEJO ACADÉMICO, para el período atípico entre el 20 de noviembre
Más detallesUniversidad del Valle
Universidad del Valle UNIVERSIDAD DEL VALLE R E C T O R Í A RESOLUCIÓN No. 1.621 Mayo 2 de 2012 "Por la cual se expide una nueva reglamentación para la elección de los representantes de los Servidores
Más detallesUniversidad del Valle
Universidad del Valle UNIVERSIDAD DEL VALLE R E C T O R Í A RESOLUCIÓN No. 1.057 Marzo 23 del 2007 "Por la cual se reglamenta la elección de los representantes de los Servidores Públicos de la Universidad
Más detallesPONTIFICIA UNIVERSIDAD CATÓLICA DEL ECUADOR SEDE IBARRA CONSIDERANDO
PONTIFICIA UNIVERSIDAD CATÓLICA DEL ECUADOR SEDE IBARRA REGLAMENTO PARA LAS ELECCIONES DEL COGOBIERNO CONSIDERANDO Que, la Constitución de la República del Ecuador, en su artículo 355, señala que: El Estado
Más detallesConvocatoria para Elección Estudiantes Miembros de Consejo del Instituto de Bioética Período
Convocatoria para Elección Estudiantes Miembros de Consejo del Instituto de Bioética Período 2016-2018 9 A 16 SEPT. 19 SEPT. A 2 OCT. 3 AL 8 OCT. 18 OCT. Inscripción de candidatos/as Presentación Oficial
Más detallesREGLAMENTO DE ELECCIONES A PRESIDENTE DEL CLUB NATACIÓN CORUÑA CALENDARIO ELECTORAL
REGLAMENTO DE ELECCIONES A PRESIDENTE DEL CLUB NATACIÓN CORUÑA 2013 1.- CALENDARIO ELECTORAL 16 Febrero Publicación del Censo Electoral 19 Febrero Plazo de reclamaciones al Censo 20 Febrero Resolución
Más detallesCAPACITACIÓN ELECTORAL
CAPACITACIÓN ELECTORAL PLEBISCITO PARA LA REFRENDACIÓN DEL ACUERDO FINAL PARA LA TERMINACIÓN DEL CONFLICTO Y LA CONSTRUCCIÓN DE UNA PAZ ESTABLE Y DURADERA Octubre 2 de 2016 FUNCIONES DE LOS JURADOS DE
Más detallesA Ñ O ABRIL MAYO MIÉRCOLES 24
A Ñ O 2 0 1 3 ABRIL MIÉRCOLES 24 Vence el plazo para que los partidos políticos comuniquen al Servicio Electoral las nuevas afiliaciones o desafiliaciones que se hubieren producido, con miras a la determinación
Más detallesCONSIDERANDO ACUERDA CAPITULO I DE LA ASAMBLEA DE REPRESENTANTES.
REGLAMENTO DE ELECCIÓN DE VOCALES REPRESENTANTES DE LA CIUDADANÍA ANTE EL DIRECTORIO DE LA EMPRESA MUNICIPAL DE AGUA POTABLE Y ALCANTARILLADO DE GUARANDA. CONSIDERANDO 1. Que el Art. 225 de la Constitución
Más detallesCONVOCATORIA NO. DI -002 ASISTENTE ADMINISTRATIVA (INVESTIGACIÓN)
CONVOCATORIA NO. DI -002 ASISTENTE ADMINISTRATIVA (INVESTIGACIÓN) La Subdirección de Gestión Humana de la Corporación Universitaria Minuto de Dios Seccional Bello, invita a las personas interesadas a participar
Más detallesROL DE LOS PERSONEROS
ROL DE LOS PERSONEROS José Julio Montalvo Cifuentes Escuela Electoral y de Gobernabilidad Quiénes son personeros y personeras? El personero es el ciudadano inscrito ante el RENIEC que vela y representa
Más detallesInstructivo para la elección de Representantes Laborales ante el Honorable Consejo Universitario de la Universidad San Gregorio de Portoviejo
UNIVERSIDAD Resolución USG-H.C.U-No 0105-08- tomada por el Honorable Consejo Universitario en su Sesión Ordinaria del día 18 del mes de agosto del año, la misma que dice literalmente: "Aprobar el Representantes
Más detallesIEEN-CLE-011/2017 A N T E C E D E N T E S:
IEEN-CLE-011/2017 ACUERDO DEL CONSEJO LOCAL ELECTORAL DE INSTITUTO ESTATAL ELECTORAL DE NAYARIT, MEDIANTE EL CUAL SE APRUEBA EL MANUAL DE CANDIDATURAS INDEPENDIENTES PARA EL PROCESO ELECTORAL LOCAL ORDINARIO
Más detallesmodifica la L.O. 5/1985, de 19 de junio, del Régimen Electoral General, RELATIVO AL VOTO EN EL EXTERIOR
EXTRACTO LEY ORGÁNICA 2/2011, de 28 de enero, por la que se modifica la L.O. 5/1985, de 19 de junio, del Régimen Electoral General, RELATIVO AL VOTO EN EL EXTERIOR I. DISPOSICIONES GENERALES JEFATURA DEL
Más detallesMANUAL DE PROCEDIMIENTOS DEL FONDO PyME 2012 APROBADO POR EL CONSEJO DIRECTIVO DEL FONDO PYME EL 24 DE ENERO DE 2012 ANEXO 1
ANEXO 1 OPERACIÓN Y FUNCIONES DEL SUBCOMITÉ TÉCNICO ESTATAL Página 87 de 97 A. Conformación. ANEXO 1 Operación y funciones del Subcomité La conformación del Subcomité prevé la participación del Secretario
Más detallesREGLAMENTO PARA ELEGIR A LOS REPRESENTANTES DE LOS TRABAJADORES ANTE EL COMITE DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO PARA EL PERIODO
REGLAMENTO PARA ELEGIR A LOS REPRESENTANTES DE LOS TRABAJADORES ANTE EL COMITE DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO PARA EL PERIODO 2013-2014 En Arequipa, a los 13 días del mes de febrero del 2013, el Comité
Más detallesREGLAMENTO DEL XII CONGRESO LOCAL DEL PP DE VIGO TÍTULO PRELIMINAR. DISPOSICIONES GENERALES
REGLAMENTO DEL XII CONGRESO LOCAL DEL PP DE VIGO TÍTULO PRELIMINAR. DISPOSICIONES GENERALES Artículo 1º De conformidad con los vigentes Estatutos nacionales del PP y con el Reglamento Marco de Congresos
Más detallesReglamento del Consejo Nacional. del Partido Acción Nacional. Capítulo I
Disposiciones Generales Reglamento del Consejo Nacional del Partido Acción Nacional Capítulo I Artículo 1. El Consejo Nacional del Partido Acción Nacional estará integrado por miembros electos por la Asamblea
Más detalles-1- ASOCIACION SOLIDARISTA DE EMPLEADOS DE ASOCIACION DE SERVICIOS MEDICOS COSTARRICENSES Y AFINES. SITERE, ASERSA Y ANVECO
ASOCIACION SOLIDARISTA DE EMPLEADOS DE ASOCIACION DE SERVICIOS MEDICOS COSTARRICENSES Y AFINES. SITERE, ASERSA Y ANVECO REGLAMENTO DE ELECCIONES DE JUNTA DIRECTIVA Y FISCALIA DEL COMITÉ DE ELECCIONES Artículo
Más detallesProcedimiento de revisión de calificaciones y reclamaciones en el Sistema de Certificación del Instituto Cervantes
Procedimiento de revisión de calificaciones y reclamaciones en el Sistema de Certificación del Instituto Cervantes El Instituto Cervantes es miembro de: Instituto Cervantes 2016 Introducción El artículo
Más detallesINSTRUCCIONES DE DESARROLLO PARA LAS ELECCIONES A REPRESENTANTES DEL CLAUSTRO EN LA COMISIÓN DE CALIDAD 2016 ACUERDA
INSTRUCCIONES DE DESARROLLO PARA LAS ELECCIONES A REPRESENTANTES DEL CLAUSTRO EN LA COMISIÓN DE CALIDAD 2016 La Mesa del Claustro de la Universidad Politécnica de Cartagena, en ejercicio de las funciones
Más detallesELECCIONES A CORTES GENERALES
Consulado General de España Lisboa ELECCIONES A CORTES GENERALES El Consulado General de España en Lisboa comunica a los españoles residentes en esta demarcación consular que el 26 de Junio de 2016 se
Más detallesANEXO 1. Reglamento para la elección de Presidente de la Asociación Española de la Clase Snipe- SCIRA ESPAÑA
ANEXO 1 Reglamento para la elección de Presidente de la Asociación Española de la Clase Snipe- SCIRA ESPAÑA Artículo 1. Derecho electoral 1.1 Son electores todos las personas determinadas en los Estatutos
Más detallesSERVICIO DE COMUNICACIÓN AUDIOVISUAL NACIONAL TELEVISION NACIONAL DEL URUGUAY DIVISIÓN RECURSOS HUMANOS INFORMACIÓN GENERAL
SERVICIO DE COMUNICACIÓN AUDIOVISUAL NACIONAL TELEVISION NACIONAL DEL URUGUAY DIVISIÓN RECURSOS HUMANOS INFORMACIÓN GENERAL Tipo de contratación: Contrato laboral Período de postulación: 06/12/2016 16/12/2016
Más detallesREGLAMENTO ELECCIONES PARA LA RENOVACIÓN DE LOS SECTORES DE PROFESORES Y DOCTORANDOS EN EL COMITÉ DE DIRECCIÓN DE LA EDUC
REGLAMENTO ELECCIONES PARA LA RENOVACIÓN DE LOS SECTORES DE PROFESORES Y DOCTORANDOS EN EL COMITÉ DE DIRECCIÓN DE LA EDUC Elecciones para la renovación del sector de: 1) Los Profesores de los programas
Más detallesELECCIONES AGOSTO 2016 REGLAMENTO ELECTORAL
ELECCIONES AGOSTO 2016 REGLAMENTO ELECTORAL ELECCIONES AGOSTO 2016 REGLAMENTO ELECTORAL TÍTULO I MIEMBROS Y FUNCIONES DEL COMITÉ ELECTORAL DEL COMITÉ ELECTORAL Artículo 1.- El Comité Electoral es el órgano
Más detalles9 10 de mayo La Junta Directiva acuerda convocar elecciones y la fecha de
ACTA DE CONSTITUCIÓN DE JUNTA ELECTORAL EN LAS ELECCIONES PARA LA RENOVACIÓN PARCIAL DE LOS CARGOS ELEGIBLES DE LA JUNTA DIRECTIVA, 2013 En cumplimiento de los acuerdos de la Junta Directiva de AIDIPE,
Más detallesUNIVERSIDAD POLITÉCNICA DE CARTAGENA. Departamento de Arquitectura y Tecnología de la Edificación
Acta 1ª de la reunión de la Mesa electoral de las elecciones a los Representantes de Estudiantes a Consejo de Departamento de Arquitectura y Tecnología de la Edificación. Según acuerdo de Consejo del Departamento
Más detallesADENDA DEL MANUAL DE FUNCIONARIOS/AS DE CASILLA
MODELO ADENDA DEL MANUAL DE FUNCIONARIOS/AS DE CASILLA ELECCIÓN EXTRAORDINARIA EN: ELECCIÓN EXTRAORDINARIA Este instructivo complementa el Manual de Funcionario de casilla y contiene información específica
Más detallesASAMBLEA GENERAL VITORIA GASTEIZ, 22 de enero de 2013 Orden del Día
ASAMBLEA GENERAL VITORIA GASTEIZ, 22 de enero de 2013 Orden del Día PUNTO UNICO - Elección de Presidente y Junta Directiva de la Federación Vasca de Futbol DESARROLLO DE LA ASAMBLEA GENERAL DE LA EFF-FVF
Más detallesEL CONSEJO NACIONAL DE UNIVERSIDADES
CONSEJO NACIONAL DE UNIVERSIDADES NUCLEO DE AUTORIDADES DE POSTGRADO SECRETARIADO PERMANENTE CNU EL CONSEJO NACIONAL DE UNIVERSIDADES En ejercicio de la atribución que le confiere el numeral 19 del artículo
Más detallesLA DECANA DE LA FACULTAD DE TRABAJO SOCIAL RESUELVE: ARTÍCULO 1º.-
PARANÁ, 6 de julio de 2016.- VISTO el Expediente Nº 210/2016 FTSO-UER, el Decreto Nº 366/06 PEN, las Resoluciones Nº 096/08 CS, 065/2016 FTS y el Estatuto de la Universidad Nacional de Entre Ríos y, CONSIDERANDO:
Más detallesLas normas que los diferentes campus deberán seguir son las siguientes:
Estas políticas y normas aplican para la invitación de candidatos a cargos de representación a elección popular (candidatos a presidente de la República, gobernador, alcalde o presidente municipal, diputado
Más detallesREGLAMENTO DE ELECCIONES DE LOS GOBIERNOS ESTUDIANTILES DE LA UNIVERSIDAD DE LA SALLE1 CAPÍTULO I. DEL DERECHO AL SUFRAGIO
REGLAMENTO DE ELECCIONES DE LOS GOBIERNOS ESTUDIANTILES DE LA UNIVERSIDAD DE LA SALLE1 CAPÍTULO I. DEL DERECHO AL SUFRAGIO Artículo 1: El sufragio es un derecho y un deber, que tienen todos los alumnos
Más detallesREGLAMENTO DE ELECCIONES DEL DIRECTORIO NACIONAL DE LA SOCIEDAD DE INGENIEROS DE BOLIVIA CAPITULO I DEFINICIONES
REGLAMENTO DE ELECCIONES DEL DIRECTORIO NACIONAL DE LA CAPITULO I DEFINICIONES ARTICULO 1º El Presente Reglamento tiene por finalidad regular y establecer el procedimiento de elecciones del Directorio
Más detallesReglamento de Elecciones del Sindicato SINAUT-SUNAT. Proceso Electoral para elección de la Junta Directiva Período
Reglamento de Elecciones del Sindicato SINAUT-SUNAT Proceso Electoral para elección de la Junta Directiva Período 2011-2013 Artículo 1.- El Comité Electoral es el órgano responsable de la organización,
Más detallesGUÍA PARA LOS MIEMBROS DE LAS MESAS ELECTORALES EN LAS ELECCIONES A JUNTAS DE FACULTAD Y ESCUELA Y CONSEJOS DE DEPARTAMENTO
GUÍA PARA LOS MIEMBROS DE LAS MESAS ELECTORALES EN LAS ELECCIONES A JUNTAS DE FACULTAD Y ESCUELA Y CONSEJOS DE DEPARTAMENTO CONSTITUCIÓN DE LA MESA Para cada Mesa electoral serán designados un Presidente
Más detallesI. ESTABLECIMIENTO Y NATURALEZA DE LA FIGURA DEL PROFESOR ASOCIADO PERMANENTE DE NACIONALIDAD EXTRANJERA.
NORMATIVA REGULADORA DE LA CONTRATACIÓN PERMANENTE DE PROFESORADO EXTRANJERO (PROFESOR ASOCIADO PERMANENTE DE NACIONALIDAD EXTRANJERA), APROBADA POR LA JUNTA DE GOBIERNO EN SESIÓN 3/98, DE 5 DE JUNIO,
Más detalles2. ELECCIÓN DEL PRESIDENTE Y DEL SECRETARIO DEL CONSEJO DIRECTIVO DISPOSICIONES APLICABLES
1. ANTECEDENTES En la reunión del Consejo Directivo celebrada el 2 de marzo de 2000 se aprobó el procedimiento para el cambio de Presidente y Secretario del Consejo Directivo y de los Comités de Aplicaciones,
Más detallesMINISTERIO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y TURISMO DECRETO NÚMERO DE 2012 ( )
MINISTERIO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y TURISMO DECRETO NÚMERO DE 2012 ( ) Por el cual se reglamenta el artículo 25 de la Ley 1581 de 2012, por la cual se dictan disposiciones generales para la protección
Más detallesREGLAMENTO INTERNO DEL COMITÉ DE POSTULACIONES ELECTORALES CAPÍTULO I DISPOSICIONES GENERALES
REGLAMENTO INTERNO DEL COMITÉ DE POSTULACIONES ELECTORALES CAPÍTULO I DISPOSICIONES GENERALES Objeto Artículo 1. El presente Reglamento tiene por objeto establecer los mecanismos de funcionamiento del
Más detallesRESOLUCIÓN No.1 3 5DE 2015. ( OCT 201b )
UNIVERSIDAD COLEGIO MAYOR DE CUNDINAMARCA RESOLUCIÓN No.1 3 5DE 2015 ( OCT 201b ) Por la cual se convoca al personal Docente de la UNIVERSIDAD COLEGIO MAYOR DE CUNDINAMARCA para que elijan a su Representante
Más detallesÍNDICE DE DOCUMENTOS ORIENTATIVOS PARA LAS ELECCIONES A CONSEJOS ESCOLARES Y CONSEJOS DE RESIDENCIAS.
ÍNDICE DE DOCUMENTOS ORIENTATIVOS PARA LAS ELECCIONES A CONSEJOS ESCOLARES Y CONSEJOS DE RESIDENCIAS. 1. Convocatoria para la designación, mediante sorteo público, de la Junta Electoral. 2. Convocatoria
Más detallesCONVOCATORIA No. IFTDH DOCENTE LOGÍSTICA MEDIO TIEMPO
CONVOCATORIA No. IFTDH - 006 DOCENTE LOGÍSTICA MEDIO TIEMPO La Subdirección de Gestión Humana de la Corporación Universitaria Minuto de Dios Seccional Bello, invita a las personas interesadas a participar
Más detallesREGLAMENTO DE ELECCIONES PARA EL PROCESO ELECTORAL DEL AÑO 2016 VOTO ELECTRONICO NO PRESENCIAL VENP- DISPOSICIONES GENERALES
REGLAMENTO DE ELECCIONES PARA EL PROCESO ELECTORAL DEL AÑO 2016 VOTO ELECTRONICO NO PRESENCIAL VENP- DISPOSICIONES GENERALES Artículo 1.- El presente Reglamento establece las normas y procedimientos para
Más detallesCONVOCATORIA DE ELECCIONES PARA LA CONSTITUCION DE JUNTA DE GOBIERNO DEL COLEGIO OFICIAL DE PSICOLOGOS DE LA REGIÓN DE MURCIA.
CONVOCATORIA DE ELECCIONES PARA LA CONSTITUCION DE JUNTA DE GOBIERNO DEL COLEGIO OFICIAL DE PSICOLOGOS DE LA REGIÓN DE MURCIA. De conformidad con el artículo 62 y capítulo VI de los Estatutos del Colegio
Más detalles