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1 A V I S O Ponemos en conocmento de nuestra clentela que exste gratutamente a su dsposcón la documentacón sguente: TARIFAS: Folleto de Comsones, Condcones y Gastos Repercutbles a Clentes, regstrado en el Banco de España, en el msmo fguran, en un apartado propo, las condcones generales aplcables a Transferencas con el exteror. Dcho folleto tambén está dsponble en nuestra págna en Internet TIPOS DE CAMBIO: Debdo a que en esta Entdad las cotzacones se actualzan electróncamente en funcón de las osclacones expermentadas durante la jornada por las dstntas monedas en el Mercado de Dvsas, cuando así lo requeran, podrán solctar en el mostrador: - Relacón de tpos de cambo, mínmos de compra y máxmos de venta, que se aplcarán a las operacones de compraventa de dvsas de países no ntegrados en la Unón Económca y Monetara contra euros o dervadas de órdenes de transferenca de dchas dvsas al extranjero, cuando su mporte no exceda de euros. - Relacón de tpos de cambo, mínmos de compra y máxmos de venta, que se aplcarán a las operacones de compraventa de blletes extranjeros de países no ntegrados en la Unón Económca y Monetara contra euros, cuando su mporte no exceda de euros. FOLLETOS Y OFERTAS VINCULANTES: - Folleto Informatvo gratuto sobre las condcones orentatvas, así como Oferta Vnculante, relatvos a PRESTAMOS HIPOTECARIOS SOBRE VIVIENDA regulados en la Orden de 5 de mayo de Oferta Vnculante relatva a las operacones de CREDITO AL CONSUMO sujetas al artículo 16 de la Ley 7/1995, de 23 de marzo. - Oferta con las condcones aplcables a la emsón de una orden de TRANSFERENCIA TRANSFRONTERIZA de las reguladas en la Ley 9/1999, de 12 de abrl. MARCO LEGAL: Las operacones de esta Entdad quedan sujetas al cumplmento de las normas que, sobre Transparenca de las operacones bancaras y proteccón de la clentela, se relaconan en la carpeta nº 4 de este Tablón de Anuncos. Asmsmo en relacón con las OPERACIONES DE VALORES Y ACTIVOS FINANCIEROS ponemos en conocmento de nuestra clentela que exste gratutamente a su dsposcón la documentacón sguente: TARIFAS: Contratos-tpo referdos a las operacones de Valores Moblaros y Actvos Fnanceros. FOLLETOS: Folletos de emsón y de ofertas públcas de venta correspondentes, cuando la entdad esté encargada de la colocacón de la emsón o del servco fnancero de la msma, y los folletos de las nsttucones de nversón colectva que comercalce la entdad. MARCO LEGAL - Orden de 25 de Octubre de 1995 (B.O.E. nº 262, de 2 de novembre). - Crcular 1/1996 de la Comsón Naconal del Mercado de Valores, de 27 de Marzo de 1996 (B.O.E. nº 86, de 9 de abrl). FONDO DE GARANTÍA DE DEPÓSITOS Les nformamos que Banco Pastor, S.A. está adscrto al fondo de Garantía de Depóstos en Establecmentos Bancaros, por lo que, para aquellos casos regulados en el RD 2606/1996 sobre fondos de garantía de Depóstos de entdades de crédto, los depóstos mantendos en nuestra entdad dsfrutan de la garantía prestada por el Fondo, hasta un límte del equvalente a euros por depostante, persona físca o jurídca, y cualesquera que sean el número y clase de depóstos en que fgure como ttular.

2 ^sfpl= En cumplmento de lo dspuesto en la Crcular 8/90 del Banco de España, comuncamos a todos nuestros clentes, y en partcular a los que sean ttulares de contratos de cuentas correntes de las modaldades Cuenta Actva o Cuenta Plus, así como de cuentas de ahorro de la modaldad Cuenta Ahorro Vvenda, que, a partr del 1 de marzo de 2010, nclusve, los contratos de las modaldades ctadas dejarán de tener remuneracón para los saldos acreedores que mantengan. Por otra parte, a partr de la fecha ctada anterormente, los saldos acreedores de los contratos de cuentas de ahorro de la modaldad Cuenta Ahorro No Resdente pasarán a remunerarse a un tpo de nterés nomnal anual del 0,25%, con una franquca no remunerada de euros. Dcembre 2009

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4 A V I S O QUEJAS Y RECLAMACIONES El Grupo Banco Pastor cuenta con una Ofcna de Atencón al Clente y un Defensor del Clente y del Partícpe, encargados de atender y resolver las quejas y reclamacones que sus clentes les presenten, relaconadas con sus ntereses y derechos legalmente reconocdos. Sus dreccones postales y electróncas con las sguentes: OFICINA DE ATENCION AL CLIENTE DEFENSOR DEL CLIENTE/PARTICIPE Apartado de Correos nº 32 F.D. Apartado de Correos nº A Coruña Madrd atenconalclente-grupobancopastor@bancopastor.es defensorclente@terra.es El plazo con el que cuentan para atender y resolver las quejas y reclamacones presentadas por sus clentes es de dos meses naturales, contados desde su presentacón en dchos Servcos. Para establecer el cómputo de dcho plazo, tanto la Ofcna de Atencón al Clente como el Defensor del Clente y del Partícpe del Grupo Banco Pastor acusarán recbo de su recepcón por escrto en el que se hará constar la fecha de entrada. Cuando la resolucón de éstos no les resulte satsfactora o hubera transcurrdo el ndcado plazo, los nteresados pueden drgr sus quejas y reclamacones a los sguentes Servcos de Reclamacones: BANCO DE ESPAÑA (BE) SERVICIO DE RECLAMACIONES c/ Alcalá nº Madrd ConsultasdeReclamacones@bde.es Competente para atender las quejas y reclamacones planteadas sobre ncdencas en relacón con productos y servcos bancaros (depóstos, préstamos personales, hpotecas, etc.) comercalzados por entdades de crédto y otras cuestones que derven de la actuacón de las socedades de tasacón o de los establecmentos de cambo de moneda. COMISION NACIONAL DEL MERCADO DE VALORES (CNMV) OFICINA DE ATENCION AL INVERSOR c/ Serrano nº Madrd Passeg de Gràca nº Barcelona nversores@cnmv.es Competente para atender las quejas y reclamacones planteadas sobre ncdencas en relacón con productos o servcos de nversón (ofertas públcas de venta de valores, fondos de nversón, operatva en los mercados de valores, etc.), con ndependenca de que el ntermedaro sea una empresa de servcos de nversón o una entdad de crédto. DIRECCION GENERAL DE SEGUROS Y FONDOS DE PENSIONES (DGSFP) SERVICIO DE RECLAMACIONES Paseo de la Castellana nº Madrd reclamacones.seguros@meh.es Competente para atender las quejas y reclamacones planteadas sobre cuestones relaconadas con contratos de seguros y planes de pensones que derven de la actuacón de entdades aseguradoras, gestoras de fondos de pensones y medadores de seguros. Exste a dsposcón de los clentes en todas las Ofcnas del Grupo Banco Pastor un modelo de Hoja de Reclamacón, así como los respectvos Reglamentos de la Ofcna de Atencón al Clente, del Defensor del Clente y del Defensor del Partícpe del Grupo Banco Pastor, que podrán consultar.

5 A V I S QUEIXES I RECLAMACIONS El Grup Banco Pastor compta amb una Ofcna d'atencó al Clent un Defensor del Clent del Partícp, encarregats d'atendre resoldre les quexes reclamacons que els seus clents els presentn, relaconades amb els seus nteressos drets legalment reconeguts. Les seves adreces postals electrònques són les següents: OFICINA DE ATENCION AL CLIENTE Apartado de Correos nº 32 F.D A Coruña atenconalclente-grupobancopastor@bancopastor.es DEFENSOR DEL CLIENTE/PARTICIPE Apartado de Correos nº Madrd defensorclente@terra.es El termn amb el qual explquen per a atendre resoldre les quexes reclamacons presentades pels seus clents d'ofcnes de Catalunya és d'un mes natural, comptat des de la seva presentacó en aquests Serves. Per a establr el còmput de dt termn, tant l'ofcna d'atencó al Clent com el Defensor del Clent del Partícp del Grup Banco Pastor acusaran rebut de la seva recepcó per escrt en el qual es farà constar la data d'entrada. Quan la resolucó d'aquests no els result satsfactòra o hagués transcorregut l'ndcat termn, els nteressats poden drgr les seves quexes reclamacons als següents Serves de Reclamacons: BANCO DE ESPAÑA (BE) SERVICIO DE RECLAMACIONES c/ Alcalá nº Madrd ConsultasdeReclamacones@bde.es Competent per a atendre les quexes reclamacons plantejades sobre ncdènces en relacó amb productes serves bancars (dpòsts, préstecs personals, hpoteques, etc.) comercaltzats per enttats de crèdt altres qüestons que dervn de l'actuacó de les socetats de taxacó o dels establments de canv de moneda. COMISION NACIONAL DEL MERCAT DE VALORS (*CNMV) OFICINA DE ATENCION AL INVERSOR c/ Serrano nº Madrd - Passeg de Gràca nº Barcelona nversores@cnmv.es Competent per a atendre les quexes reclamacons plantejades sobre ncdènces en relacó amb productes o serves d'nversó (ofertes públques de venda de valors, fons d'nversó, operatva en els mercats de valors, etc.), amb ndependènca que l'ntermedar sgu una empresa de serves d'nversó o una enttat de crèdt. DIRECCION GENERAL DE SEGUROS Y FONDOS DE PENSIONES (DGSFP) SERVICIO DE RECLAMACIONES Paseo de la Castellana nº Madrd reclamacones.seguros@meh.es Competent per a atendre les quexes reclamacons plantejades sobre qüestons relaconades amb contractes d'assegurances plans de pensons que dervn de l'actuacó d'enttats asseguradores, gestores de fons de pensons medadors d'assegurances. Exstex a la dsposcó dels clents en totes les Ofcnes del Grup Banco Pastor un model de Full de Reclamacó, axí com els respectus Reglaments de Ofcna de Atencón al Clente, del Defensor del Clente y del Defensor del Partícpe del Grup Banco Pastor que podrán consultar. = TELÈFON GRATUÏT D'ATENCIÓ AL CLIENT En complment del que dsposa la Lle 22/2010 de 20 de julol, del Cod de Consum de Catalunya, es comunca que h ha a dsposcó dels clents del Grup Banc Pastor, tant de productes fnancers, com d'assegurances plans de pensons, el número de telèfon , de caràcter gratuït, per a atencó d'ncdènces reclamacons que afectn el serve prestat.

6 NORMAS DE TRANSPARENCIA Y PROTECCIÓN DEL CLIENTE DE SERVICIOS FINANCIEROS Ley 41/2007, de 7 de dcembre, por la que se modfca la Ley 2/1981, de 25 de marzo, de Regulacón del Mercado Hpotecaro y otras normas del sstema hpotecaro y fnancero, de regulacón de las hpotecas nversas y el seguro de dependenca y por la se establece determnada norma trbutara (BOE núm. 294, de 8 de dcembre de 2007). Real Decreto Legslatvo 1/2007, de 16 de novembre, por el que se aprueba el texto refunddo de la Ley General para la Defensa de los Consumdores y Usuaros y otras leyes complementaras. Ley 22/2007, de 11 de julo, sobre comercalzacón a dstanca de servcos fnanceros destnados a los consumdores (BOE núm. 166, de 12 de julo de 2007). Ley 44/2006, de 29 de dcembre, de mejora de la proteccón de los consumdores y usuaros (BOE núm. 312, de 30 de dcembre de 2006). Crcular 1/2004, de 29 de juno. Modfcacón de la Crcular 3/1995, de 25 de septembre, sobre la Central de Informacón de Resgos (BOE núm., de 9 de julo de 2004). Orden del Mnstero de Economía 734/2004, de 11 de marzo, sobre los Departamentos y Servcos de Atencón al Clente y el Defensor del Clente de las Entdades Fnanceras (BOE núm. 72, de 24 de marzo de 2004). Orden del Mnstero de Economía 697/2004, de 11 de marzo, sobre la Central de Informacón de Resgos (BOE núm. 67, de 18 de marzo de 2004). Real Decreto 303/2004, de 20 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento de los Comsonados para la Defensa del Clente de Servcos Fnanceros (BOE núm. 54, de 3 de marzo de 2004). Ley 36/2003, de 11 de novembre, de meddas de reforma económca (BOE núm. 271, de 12 de novembre de 2003). Real Decreto Ley 2/2003, de 25 de abrl, de meddas de reforma fnancera (BOE 100, de 26 de abrl de 2003). Orden del Mnstero de Presdenca, de 24 de abrl de 2003, sobre transparenca de los precos de los servcos bancaros prestados medante cajeros automátcos (BOE. núm. 103, de 30 de abrl de 2003). Ley 44/2002, de 22 de novembre, de Meddas de Reforma del Sstema Fnancero (BOE núm. 281, de 23 de novembre de 2002). Orden del Mnstero de Economía de 16 de novembre de 2000, sobre transferencas entre Estados membros de la Unón Europea (BOE núm. 283, de 25 de novembre de 2000). Ley 9/1999, de 12 de abrl, por la que se regula el régmen jurídco de las transferencas entre Estados membros de la Unón Europea (BOE núm. 88, de 13 de abrl de 1999). Ley 7/1998, de 13 de abrl, reguladora de las condcones generales de la contratacón (BOE núm. 89, de 14 de abrl de 1998). Crcular 1/1996, de 27 de marzo de 1996, de la Comsón Naconal del Mercado de Valores, sobre normas de actuacón, transparenca e dentfcacón de los clentes en las operacones (BOE núm. 86, de 9 de abrl de 1996). Crcular 3/1995, de 25 de septembre, del Banco de España. Normas sobre declaracones a la Central de Informacón de Resgos del Banco de España. (BOE núm. 240, de 7 de octubre de 1995). Orden Mnsteral de 25 de octubre de 1995, de desarrollo parcal del Real Decreto 629/1993, de 3 de mayo, sobre normas de actuacón en los mercados de valores y regstros oblgatoros (BOE núm. 262, de 2 de novembre de 1995). Ley 7/1995, de 23 de marzo, de crédto al consumo (BOE núm. 72, de 25 de marzo de 1995) y sus posterores modfcacones. Orden Mnsteral de 5 de mayo de 1994, sobre transparenca de condcones fnanceras de los préstamos hpotecaros (BOE núm. 112, de 11 de mayo de 1994). Ley 2/1994, de 30 de marzo, sobre subrogacón y modfcacón de préstamos hpotecaros (BOE núm. 80, de 4 de abrl de 1994). Crcular 8/1990, de 7 de septembre, del Banco de España, sobre transparenca de las operacones y proteccón de la clentela (BOE núm. 226, de 20 de septembre de 1990) y sus posterores modfcacones. Orden del Mnstero de Economía y Hacenda de 12 de dcembre de 1989, sobre tpos de nterés y comsones, normas de actuacón, nformacón a clentes y publcdad (BOE núm. 303, de 19 de dcembre de 1989).

7 ESTIMADOS CLIENTES: OBLIGACION DE DECLARACIÓN DE MOVIMIENTOS DE MEDIOS DE PAGO La Ley 19/1993, de 28 de dcembre, sobre determnadas meddas de prevencón de blanqueo de captales, establece para las personas físcas o jurídcas de naturaleza prvada, la oblgacón, respecto de los movmentos de moneda metálca, blletes de banco y cheques bancaros al portador denomnados en cualquer moneda o cualquer medo físco, ncludos los electróncos, concebdo para ser utlzado como medo de pago, de realzar una declaracón preva ante las autordades cuando se produzca cualquera de las sguentes crcunstancas: Salda o entrada en terrtoro naconal de los ctados medos de pago cuando el mporte de los msmos sea gual o superor a euros por persona y vaje. Movmentos dentro del terrtoro naconal de los ctados medos de pago cuando el mporte de los msmos sea gual o superor a euros. Las entdades fnanceras, a partr del día 13 de febrero de 2007, en cumplmento de la Orden Mnsteral 1439/2006, de 3 de mayo, reguladora de la declaracón de movmentos de medos de pago en el ámbto de la prevencón de blanqueo de captales, están oblgadas a comuncar mensualmente al Servco Ejecutvo de la Comsón de Prevencón del Blanqueo de Captales e Infraccones Monetaras cualesquera operacones en las que ntervengan que supongan movmentos de medos de pago sujetos a declaracón oblgatora de conformdad con esta Orden Mnsteral. En el caso de que el portador de los medos de pago, estando oblgado a ello, no presente o exhba la declaracón debdamente dlgencada, el banco deberá comuncarlo al Servco Ejecutvo. Además, la omsón de la declaracón, o la falta de veracdad de los datos declarados, determnará la ntervencón por los Servcos de Aduanas o las Fuerzas y Cuerpos de Segurdad del Estado de los medos de pago que puderan ser hallados. La declaracón preva oblgatora de la salda del terrtoro naconal o del movmento de medos de pago dentro de éste puede realzarse, cuando estos sean objeto de cargo, al menos parcalmente, o abono en cuenta, medante la entrega en esta entdad, debdamente cumplmentado, del modelo que puede obtener en esta ofcna. OPERACIONES DE CAJA SIN REFLEJO EN CUENTA La normatva sobre la Prevencón del Blanqueo de Captales y demás legslacón aplcable contempla la oblgatoredad, para las operacones ejecutadas sn reflejo en cuenta, por mporte superor a o su contravalor en moneda extranjera, de exgr la presentacón de documentos acredtatvos de dentdad y de los que se obtendrá la correspondente copa. En el caso de personas físcas, deberán presentar documento naconal de dentdad, permso de resdenca expeddo por el Mnstero del Interor, pasaporte o documento de dentfcacón váldo en el país de procedenca que ncorpore fotografía de su ttular, todo ello sn perjuco de la oblgacón que proceda de comuncar el número de dentfcacón fscal (NIF) o el número de dentfcacón de extranjeros (NIE), según los casos, de acuerdo con las dsposcones vgentes. Las personas jurídcas deberán presentar documento fehacente acredtatvo de su denomnacón, forma jurídca, domclo y objeto socal, sn perjuco de la oblgacón que proceda de comuncar el número de dentfcacón fscal (NIF). Asmsmo, se deberán acredtar los poderes de las personas que actúen en su nombre. Transaccones afectadas: Emsón de transferencas. Órdenes de entrega. Emsón de cheques bancaros. Pago de cheques y pagarés. Pago de recbos por ventanlla. Venta de blletes extranjeros.

8 DISTRIBUCIÓN DEL TABLÓN DE ANUNCIOS Carpeta nº 1 : Avso en cumplmento de lo dspuesto en Norma Qunta, Apartados b), g), h), ), j), k) y l), de la Crcular nº 8/1990, de 7 de septembre, del Banco de España. Respecto del apartado d) de dcha Crcular se nforma que esta entdad no ha emtdo títulos a tpo de nterés varable. Carpeta nº 3 : Carpeta nº 2 : Avso de Modfcacones en contratos de duracón ndefnda. S no hay modfcacones en curso debe fgurar el correspondente Avso. Carpeta nº 4 : Declaracón Oblgatora de Tpos de Operacones Actvas. Avso de Quejas y Reclamacones y Normas de Transparenca y Proteccón del Clente de Servcos Fnanceros. Carpeta nº 5: Carpeta nº 6: Informacón relatva a meddas de prevencón del blanqueo de captales. Avso de la exstenca de Hojas de Reclamacón a dsposcón del públco y la presente carátula de dstrbucón

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