Ley de competitividad Aplicación en el sector agropecuario
|
|
- Raúl Quiroga Acosta
- hace 6 años
- Vistas:
Transcripción
1 Ley de competitividad Aplicación en el sector agropecuario Estrella Perotti Contador Público Investigador Junior "Los conceptos, datos y opiniones vertidas en los artículos, son de exclusiva responsabilidad de sus autores y no reflejan necesariamente la opinión de la Bolsa de Comercio de Rosario, deslindando la institución toda responsabilidad derivada de la exactitud de la información allí contenida. Queda prohibida la reproducción total o parcial de los artículos sin autorización de sus autores. Abstract La ley de competitividad es una norma que faculta al poder ejecutivo a crear o eliminar exenciones, disminuir tributos y tasas de orden nacional con el objeto de mejorar la competitividad de los sectores y regiones y atender situaciones económico sociales extremas. La actividad agropecuaria es el motor de la economía argentina y, como no podía ser de otra manera, es alcanzada por esta norma a través de la aplicación del decreto 935/2001, el cual trataremos de resumir y explicar en el presente escrito. Investigación y Desarrollo Departamento de Capacitación y Desarrollo de Mercados 1
2 Introducción La ley de competitividad es una norma que faculta al poder ejecutivo a crear o eliminar exenciones, disminuir tributos y tasas de orden nacional con el objeto de mejorar la competitividad nacional e internacional del sistema productivo argentino; crear condiciones favorables a la inversión y al empleo; apoyar la reconversión de los Sectores productivos e industriales. Las medidas del plan se basan en eliminar impuestos distorsivos, nacionales y provinciales; cambiar regulaciones que entorpezcan el crecimiento sectorial; promover un cambio en la legislación laboral sectorial que tienda a un mayor crecimiento del sector, con estabilidad de los niveles de empleo y ganancias de productividad. La ley se basa en la elaboración de planes que requieren de varias etapas: Convenio) Un Convenio entre partes que determina los compromisos del Gobierno Nacional, Provincial, de la Ciudad Autónoma de Bs. As., del Sector Empresario y de los Sindicatos; Decreto) Los decretos habilitan los compromisos asumidos en los convenios; La Resolución) Determina quienes son los beneficiados de cada sector y especifica los requisitos a presentar ante la AFIP. Inscripción) Se determinará un plazo de inscripción para cada sector, el mismo se notificará oportunamente. Como es de público conocimiento, la actividad agropecuaria es el motor de la economía argentina y, como no podía ser de otra manera, es alcanzada por esta norma a través de la aplicación del decreto 935/2001, el cual trataremos de resumir y explicar en el presente escrito. Beneficios Las personas físicas o jurídicas que desarrollen actividades agropecuarias, podrán obtener: a) Exención en el Impuesto sobre los intereses pagados y el costo financiero del endeudamiento empresario, establecidos en la ley de Impuesto al Valor Agregado Nº Esta exención de todos modos, será aplicable solamente cuando el ingreso 1 que proviene de la actividad agropecuaria represente más del 50% del ingreso total de la persona solicitante del beneficio. Para otorgar la exención deberán considerarse los ingresos que correspondan al último ejercicio fiscal cerrado o, los importes correspondientes al año calendario, de tratarse de personas físicas finalizado con anterioridad al período (llámese año calendario o período fiscal) en el que se otorga el beneficio. 1 El monto de los ingresos no incluye aquellos que revistan el carácter de extraordinarios, ni los intereses o rendimientos financieros de cualquier tipo. Investigación y Desarrollo Departamento de Capacitación y Desarrollo de Mercados 2
3 En el momento en que se inicie la actividad, el beneficiario debe considerar los importes de los ingresos obtenidos como mínimo durante los primeros tres meses de actividad, a los efectos de determinar la procedencia de la exención enumerada en el párrafo primero. b) Considerar el valor de los bienes afectados a la actividad agropecuaria realizada en el país como no computables 2 en el Impuesto sobre la ganancia mínima presunta. Este beneficio será aplicable a los bienes que se destinen a la actividad agropecuaria realizada en el país. Para aquellos bienes que estén afectados parcialmente a la actividad enunciada, el beneficio será aplicado teniendo en cuenta el cociente que resulta de dividir el valor total de los bienes afectados totalmente a la actividad agropecuaria sobre el valor total de bienes. Bienes afectados a la AA = BP * V B AA V B T AA = actividad agropecuaria V = valor B = bienes T = totales BP = bienes aplicados parcialmente a la actividad c) Computar como crédito fiscal del IVA, las contribuciones patronales sobre los salarios devengados en el período fiscal y efectivamente pagados al momento de presentar la declaración jurada del tributo, en el monto que exceda del que corresponde computar de acuerdo con el artículo 4 del decreto 814/2001. El crédito fiscal será determinado aplicando al monto de las contribuciones patronales de acuerdo con lo mencionado en el párrafo anterior un cociente que surge de dividir el monto de los ingresos proveniente de la actividad agropecuaria acumulados durante los últimos doce meses (incluido el de la liquidación) por el total de los ingresos acumulados durante dicho lapso (el cual puede ser inferior en caso de inicio de actividades). Entonces: CF = crédito fiscal CP = contribuciones patronales C F = CP * YA de AA YA total 2 No son tenidos en cuenta para la determinación del impuesto. Investigación y Desarrollo Departamento de Capacitación y Desarrollo de Mercados 3
4 YA = ingresos acumulados (no incluye aquellos que revistan el caracter de extraordinarios, ni los correspondientes a intereses o rendimientos financieros de cualquier tipo) AA = actividad agropecuaria La ley también aclara que las contribuciones patronales que resulten computables de acuerdo con lo expuesto en el párrafo anterior así como las mencionadas en el artículo 4 del decreto 814, tendrán el carácter de impuesto facturado. Cabe recordar que el cómputo sólo podrá realizarse en el mes en que se hubieren devengado las contribuciones patronales, teniendo en cuenta que los salarios sobre los que se aplican dichas contribuciones deben estar devengados y abonados al momento del cómputo de las mismas. De lo contrario podrán computarse como crédito fiscal en el mes en que efectivamente las mismas sean abonadas. Del mismo modo que lo dicho en el primer inciso, cuando se tratare de inicio de actividad, el beneficiario debe considerar los importes de los ingresos obtenidos durante los primeros tres meses como mínimo a los efectos de determinar el porcentaje inicial de contribuciones patronales que se podrán computar como crédito fiscal en el IVA. Normas de aplicación El decreto aclara además que: No podrán ser incorporados a las nóminas de beneficiarios o en su caso, quedarán excluidos de las mismas, aquellos sujetos que hayan sido o sean condenados penalmente, ellos o sus directivos, con fundamento en las Leyes Nº y sus modificaciones o Nº y sus modificaciones, según corresponda. Igual tratamiento recibirán las personas jurídicas cuyos directivos hayan sido, o sean condenados penalmente por idénticos fundamentos. El incumplimiento de las condiciones requeridas para que proceda la incorporación al régimen de los sujetos comprendidos en el mismo, o la detección de operaciones omitidas, personal no declarado o facturas apócrifas, cualquiera fuere el monto o la proporción de los mismos, producirá el decaimiento de los beneficios otorgados, debiendo ingresarse, en la forma, plazo y condiciones que al respecto establezca la ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS los impuestos que oportunamente hubieren resultado exentos computados o disminuidos, o cuya devolución o transferencia a terceros hubiere sido admitida, con más los intereses y demás sanciones que pudieren corresponder por aplicación de las disposiciones de la Ley Nº , texto ordenado 1998 y sus modificatorias. Los sujetos que queden comprendidos por las disposiciones del presente decreto y que, simultáneamente, encuadren en otros regímenes de competitividad, podrán solicitar los Investigación y Desarrollo Departamento de Capacitación y Desarrollo de Mercados 4
5 beneficios contemplados en el presente régimen y no previstos en el convenio de competitividad en el cual se encuentren inscriptos. Salvo el beneficio determinado en el inciso a), los beneficios establecidos en el decreto se aplicarán hasta el 31 de marzo de 2003, inclusive. Conclusión De lo expuesto en las páginas anteriores podemos concluir que sólo aquellos productores agropecuarios que estén afectados por el impuesto sobre los intereses pagados y el costo financiero del endeudamiento empresarial, los que tengan bienes gravados por el impuesto sobre la ganancia mínima presunta, los que posean personal en relación de dependencia y que además sean responsables inscriptos en IVA se verán beneficiados por el convenio de competitividad para el sector agropecuario. Es más que redundante aclarar, que la gran mayoría de los productores agropecuarios argentinos se encuentran excluidos de este acuerdo para reactivar el sector ya que pocos son los que tienen personal en relación de dependencia y gran parte de ellos no se encuentran inscriptos en IVA, sino por el contrario muchos de los productores argentinos se encuentran enmarcados en el régimen de pequeños contribuyentes. Bibliografía Decreto 935/ Anexo I Actividad agropecuaria Se considera actividad agropecuaria a: Investigación y Desarrollo Departamento de Capacitación y Desarrollo de Mercados 5
6 Investigación y Desarrollo Departamento de Capacitación y Desarrollo de Mercados 6
7 Investigación y Desarrollo Departamento de Capacitación y Desarrollo de Mercados 7
8 Investigación y Desarrollo Departamento de Capacitación y Desarrollo de Mercados 8
9 Investigación y Desarrollo Departamento de Capacitación y Desarrollo de Mercados 9
10 Investigación y Desarrollo Departamento de Capacitación y Desarrollo de Mercados 10
MR Consultores 24/11/2010. Jornadas de Capacitación y Actualización Tributaria. Resolución General 2955
MR Consultores Jornadas de Capacitación y Actualización Tributaria Resolución General 2955 Ventas a través de portales virtuales Expositor: Dr. Marcelo D. Rodríguez Noviembre de 2010 SUJETOS OBLIGADOS
Más detallesANEXO II (Artículo 9 ) TÍTULO I DE LOS COMPROBANTES. A los efectos de tramitar el comprobante Liquidación de
ANEXO II (Artículo 9 ) TÍTULO I DE LOS COMPROBANTES A los efectos de tramitar el comprobante Liquidación de Servicios Públicos deberán utilizarse los siguientes códigos: 17 Liquidación de Servicios Públicos
Más detallesAdministración Federal de Ingresos Públicos IMPUESTOS
Administración Federal de Ingresos Públicos IMPUESTOS Resolución General 3819 Impuestos a las Ganancias y sobre los Bienes Personales. Régimen de percepción y adelanto de impuesto. Su implementación. Bs.
Más detallesResolución General 3945/2016. AFIP. IVA. MiPyME. DDJJ. Pago. Opción Trimestral
Resolución General 3945/2016. AFIP. IVA. MiPyME. DDJJ. Pago. Opción Trimestral Se reglamenta el "Tratamiento impositivo especial para el fortalecimiento de las MiPyME" del "Programa de Recuperación Productiva
Más detallesLEY 1510 RÉGIMEN SIMPLIFICADO DEL IMPUESTO SOBRE LOS INGRESOS BRUTOS SANCIONA CON FUERZA DE LEY:
LEY 1510 RÉGIMEN SIMPLIFICADO DEL IMPUESTO SOBRE LOS INGRESOS BRUTOS LA HONORABLE LEGISLATURA DE LA PROVINCIA DE FORMOSA SANCIONA CON FUERZA DE LEY: ARTÍCULO 1 : Apruébase el Régimen Simplificado del Impuesto
Más detallesAdministración Federal de Ingresos Públicos IMPUESTOS
Administración Federal de Ingresos Públicos IMPUESTOS Resolución General 3884 Impuesto a las Ganancias. Régimen de retención para determinadas ganancias. Resolución General N 830, sus modificatorias y
Más detallesRÉGIMEN SIMPLIFICADO PARA PEQUEÑOS CONTRIBUYENTES (RS) MONOTRIBUTO
RÉGIMEN SIMPLIFICADO PARA PEQUEÑOS CONTRIBUYENTES (RS) MONOTRIBUTO DEFINICIÓN DE MONOTRIBUTO El Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes (RS) o Monotributo, es un régimen tributario simplificado,
Más detallesBUENOS AIRES- ARGENTINA
CENTRO DE GRADUADOS DE ECONOMICAS BUENOS AIRES- ARGENTINA EXPOSITOR: MG. DR. JOSE LUIS SIRENA ESPECIALISTAS EN DERECHO DEL TRABAJO, RECURSOS DE LA SEGURIDAD SOCIAL Y DERECHO SOCIETARIO CRITERIO A SEGUIR
Más detallesPRECIOS DE TRANSFERENCIA
PRECIOS DE TRANSFERENCIA A los fines de optimizar el control sobre las transacciones alcanzadas por las disposiciones de precios de transferencia es decir entre sujetos vinculados o cuando una de las partes
Más detallesCódigo de régimen. Conceptos sujetos a retención 3% 10% - Anexo II, inciso Intereses originados en operaciones no a) comprendidas en el punto 1.
RESOLUCIÓN GENERAL (AFIP) 3884 Régimen general de retención. Se modifican a partir del 1/6/2016 los montos no sujetos a retención Se incrementan a partir del 1/6/2016 los montos mínimos no sujetos a retención
Más detallesMONOTRIBUTO. Jornadas de Actualización y Capacitación Tributaria MR Consultores. ABC Consultas y Respuesta Frecuentes
Jornadas de Actualización y Capacitación Tributaria MR Consultores MONOTRIBUTO Ley 25.865 (BO. 19/01/04) Expositor: Dr. Marcelo D. Rodríguez Buenos Aires, Noviembre de 2009 Me puedo adherir al monotributo
Más detallesADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS
ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS Resolución General 3870 Procedimiento. Ley N 11.683, texto ordenado en 1998 y sus modificaciones. Régimen de facilidades de pago. Resolución General N 3.827
Más detallesRESOLUCIÓN GENERAL (AFIP) 1556
RESOLUCIÓN GENERAL (AFIP) 1556 02/09/2003 Prestadores de servicio de limpieza de inmuebles. Régimen de retención para el ingreso de las contribuciones patronales. Implementación SUMARIO: Se establece un
Más detallesI. Impuesto sobre los créditos y débitos en cuentas bancarias. Sujetos y cuentas exentas o con alícuota reducida.
I. Impuesto sobre los créditos y débitos en cuentas bancarias. Sujetos y cuentas exentas o con alícuota reducida. La AFIP mediante la Resolución General Nº 3900 publicada en el Boletín Oficial el 05/07/2016,
Más detallesJulio Novedades impositivas del al 15-07
Julio 2015 - Novedades impositivas del 09-07 al 15-07 Novedades Nacionales PROCEDIMIENTO FISCAL. FERIA FISCAL DE INVIERNO. AÑO 2015 RESOLUCIÓN GENERAL (Adm. Fed. Ingresos Públicos) 3790 Se fija entre los
Más detallesServicio de Información
BOLETIN OFICIAL Nº 33365 25 de abril de 2016 ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS Resolución General 3870 Procedimiento. Ley N 11.683, texto ordenado en 1998 y sus modificaciones. Régimen de facilidades
Más detallesDefiniciones de Sueldo
Definiciones de Sueldo Definición Laboral (Art. 103 LCT): Es la contraprestación que percibe el trabajador como consecuencia del contrato de trabajo. No puede ser inferior al Salario Mínimo Vital. Definición
Más detallesContadores Públicos. Consultores Asociados
30 de julio de 2014 INCLUSIÓN FINANCIERA BENEFICIOS TRIBUTARIOS INTRODUCCIÓN El pasado 9 de mayo se publicó en el Diario Oficial la Ley de Inclusión Financiera Nº 19.210, cuyo principal objetivo es la
Más detallesRosario, 26 de Mayo 2016 DE:. ESTUDIO FITTIPALDI &ASOC PARA: CLIENTES
Rosario, 26 de Mayo 2016 DE:. ESTUDIO FITTIPALDI &ASOC PARA: CLIENTES TEMA: IVA OPCIÓN PAGO TRIMESTRAL CERTIFICADOS DE EXCLUSIÓN RETENCIONES Y PERCEPCIONES FLEXIBILIZACIÓN En el Boletín Oficial del día
Más detallesARA Contadores Públicos
Administración Federal de Ingresos Públicos IMPUESTOS Resolución General 2234 Impuesto a las Ganancias. Rentas del trabajo personal en relación de dependencia, jubilaciones, pensiones y otras rentas. Régimen
Más detallesDESUSO Y VENTA Y REEMPLAZO
DESUSO Y VENTA Y REEMPLAZO Bienes muebles amortizables fuera de uso. Tratamiento impositivo: cuando alguno de los bienes amortizables, salvo los inmuebles, quedara fuera de uso (desuso), el contribuyente
Más detallesPROGRAMA DE RECUPERACION PRODUCTIVA - MICRO, PEQUEÑAS Y MEDIANAS EMPRESAS - BENEFICIOS - TRATAMIENTO IMPOSITIVO ESPECIAL
PROGRAMA DE RECUPERACION PRODUCTIVA - MICRO, PEQUEÑAS Y MEDIANAS EMPRESAS - BENEFICIOS - TRATAMIENTO IMPOSITIVO ESPECIAL LEY N 27264 Poder Ejecutivo Nacional Buenos Aires, 8 de agosto de 2016 Con fecha
Más detallesEl Título II de la ley se refiere a los Regímenes Especiales de Promoción del Trabajo Registrado
PROMOCION DEL TRABAJO REGISTRADO Y PREVENCION DEL FRAUDE LABORAL Normativa Vigente: Ley Nº 26.940, Decreto Reglamentario Nº 1714/2014. Resolución General AFIP Nº 3683/2014. Resolución General AFIP Nº 3684/2014
Más detallesIMPUESTO AL VALOR AGREGADO: REGIMENES DE RETENCION Y PERCEPCION
IMPUESTO AL VALOR AGREGADO: REGIMENES DE RETENCION Y PERCEPCION DESCRIPCION BASE IMPONIBLE MONTO MINIMO ALICUOTA I - REGIMENES DE RETENCION. 2616 Sujetos adheridos al Régimen Simplificado para Pequeños
Más detallesResolución General AFIP N 3839/2016
Pais ARGENTINA Norma Fiscal NACIONAL RG 3839/2016 AFIP - GANANCIAS - RENTAS TRABAJO PERSONAL - RELACION DEPENDENCIA - RÉGIMEN RETENCIONES Fecha de Publicación: 23/03/2016 Fecha de Entrada en Vigencia:
Más detallesMENDOZA, 23 de Setiembre de RESOLUCIÓN GENERAL A.T.M. N 82 VISTO:
MENDOZA, 23 de Setiembre de 2014. RESOLUCIÓN GENERAL A.T.M. N 82 VISTO: El expediente 523-A-2013-01130 y su acumulado, expediente N 14350-D- 13-01134 y lo dispuesto por los artículos 10, inciso a) y 23,
Más detalles- Tener actualizado y sin inconsistencias el domicilio fiscal y los domicilios de los distintos locales y establecimientos;
RESOLUCIÓN GENERAL (AFIP) 3945 Régimen de fomento para las micro y pequeñas empresas. Se reglamenta el diferimiento del ingreso del saldo de la declaración jurada mensual del impuesto en la fecha de vencimiento
Más detallesRECORDATORIO DE PRÓXIMOS VENCIMIENTOS:
RECORDATORIO DE PRÓXIMOS VENCIMIENTOS: GANANCIAS, BS PERSONALES Y GMP-PERSONAS FISICAS Y SUCESIONES INDIVISAS Transferencia electrónica de datos, correspondiente a: año 2015 0-1 09/05/2016 2-3 10/05/2016
Más detallesCHACO - INGRESOS BRUTOS NUEVO REGIMEN DE RETENCION
CHACO - INGRESOS BRUTOS NUEVO REGIMEN DE RETENCION Resolución General 1749/2013 Administración Tributaria Provincial Buenos Aires, 6 de Marzo de 2013 Con fecha 08/02/2013 la Administración Tributaria Provincial
Más detallesCiudad de Buenos Aires
Ciudad de Buenos Aires REGIMENES ESPECIALES DE RETENCIÓN Y PERCEPCIÓN RÉGIMEN SIMPLIFICADO GUÍA PRÁCTICA PARA SU CORRECTA APLICACIÓN LA OBLIGACION DE TODOS LOS AGENTES DE RECAUDACION POR LA COMUNA I -
Más detallesCircular de Impuestos Nro. 8/2009. RG 2616 Régimen de Retención de IVA e Impuesto a las Ganancias aplicable a los Monotributistas
Circular de Impuestos Nro. 8/2009 RG 2616 Régimen de Retención de IVA e Impuesto a las Ganancias aplicable a los Monotributistas La presente circular tiene por objeto informar sobre un nuevo régimen de
Más detallesSISTEMA INTEGRADO PREVISIONAL ARGENTINO REGIMEN DE REGULARIZACION LEY
SISTEMA INTEGRADO PREVISIONAL ARGENTINO REGIMEN DE REGULARIZACION LEY 26.970 1. NORMATIVA APLICABLE LEY 26970 (BO 9/9/2014) RES. CONJUNTA (AFIP-ANSES) 3673/2014-533/2014 (BO 12/9/2014) RG (AFIP) 3677 (BO
Más detallesBONOS DE BIENES DE CAPITAL Decreto Nº 379/2001
BONOS DE BIENES DE CAPITAL Decreto Nº 379/2001 PROCEDIMIENTO PARA INSCRIPCION AL Registro de empresas locales fabricantes de los bienes comprendidos en el Anexo I de la Resolución Nº 8 de fecha 23 de marzo
Más detallesDecreto Legislativo N Ley de Arrendamiento Financiero, publicado el , y normas modificatorias.
INFORME N. 043-2013-SUNAT/4B0000 MATERIA: Tratándose de centros comerciales adquiridos a través de operaciones de arrendamiento financiero, respecto de los cuales se opta por la tasa de depreciación máxima
Más detallesDECRETO 344/008 de
DECRETO 344/008 de 16.07.08 Publicado en el Diario Oficial N 27.531 de 23.07.08 Impuesto de Asistencia a la Seguridad Social (I.A.S.S.) ARTICULO 1.- Naturaleza del Impuesto.- El Impuesto de Asistencia
Más detallesSeptiembre 2015 Novedades impositivas del al 09 09
Septiembre 2015 Novedades impositivas del 03 09 al 09 09 Novedades Provinciales Buenos Aires (Ciudad). Ingresos brutos. Régimen de recaudación sobre acreditaciones bancarias. Contribuyentes del Convenio
Más detallesA continuación adjuntamos la RG 3878, resaltando los aspectos a especiales a tener en consideración.
La RG (AFIP) 3878 permite a las pymes ingresar el IVA acumulado de tres períodos (junio, julio y agosto se ingresan al vencimiento de la declaración jurada del mes de agosto en septiembre), a través de
Más detallesCAPITULO I. CONSIDERACIONES GENERALES
PROCEDIMIENTO DE CATEGORIZACIÓN, RECATEGORIZACIÓN O CONFIRMACIÓN DE CONTRIBUYENTES PRICO, GRACO Y RESTO RESOLUCION NORMATIVA DE DIRECTORIO N 10.0006.10 VISTOS Y CONSIDERANDO: La Paz, Abril 22 de 2010 Que
Más detallesBANCO CENTRAL DE LA REPÚBLICA ARGENTINA
2007 - Año de la Seguridad Vial BANCO CENTRAL DE LA REPÚBLICA ARGENTINA A LAS ENTIDADES FINANCIERAS: COMUNICACIÓN B 9063 Ref.: "Gestión crediticia". Actualización. Nos dirigimos a Uds. para informarles
Más detallesTÉRMINO DE GIRO: SUSTITUCIÓN DEL ARTÍCULO 38 BIS DE LA LIR.
TÉRMINO DE GIRO: SUSTITUCIÓN DEL ARTÍCULO 38 BIS DE LA LIR. Los contribuyentes obligados a declarar su renta efectiva según contabilidad completa, que a contar del 1 de enero de 2015 y hasta el 31 de diciembre
Más detallesNOVEDADES NACIONALES. Se extiende hasta el 31/12/2013 inclusive, para los establecimientos educativos de gestión privada, la
NOVEDADES NACIONALES IMPUESTO AL VALOR AGREGADO Contribuciones patronales de establecimientos educativos privados. Suspensión Se extiende hasta el 31/12/2013 inclusive, para los establecimientos educativos
Más detallesLink Empresarial junio de 2011 N 7. Página 1 de 5
Link Empresarial junio de 2011 N 7 Página 1 de 5 LINK EMPRESARIAL N 7: JUNIO 2011 1 Dgi Dirección General Impositiva Irae Impuesto a las rentas de actividades empresariales Irpf Impuesto a la renta de
Más detallesResolución General 3878/2016. AFIP. IVA. MiPyMe. DDJJ. Pago. Opción Trimestral. Retenciones. Exclusión
Resolución General 3878/2016. AFIP. IVA. MiPyMe. DDJJ. Pago. Opción Trimestral. Retenciones. Exclusión Se podrá, opcionalmente, cancelar trimestralmente el Impuesto al Valor Agregado y obtener por un trámite
Más detallesBolsa de Cereales de Bahía Blanca
DECLARACION JURADA DE IVA INTERMEDIARIO EN RELACION A LAS OPERACIONES SECUNDARIAS SUJETAS A REINTEGRO PARCIAL Los responsables comprendidos en el art.2 inc. c), podrán solicitar el reintegro parcial del
Más detallesRosario, 05 de Agosto de DE: ESTUDIO FITTIPALDI & ASOC. PARA: CLIENTES. TEMA: AFIP Plan de facilidades de pago RG (3516).
Rosario, 05 de Agosto de 2013. DE: ESTUDIO FITTIPALDI & ASOC. PARA: CLIENTES TEMA: AFIP Plan de facilidades de pago RG (3516). Mediante la Resolución General (AFIP) 3516, publicada el 1 de Agosto de 2013
Más detallesMR Consultores. Jornadas de Capacitación y Actualización Tributaria BENEFICIO PARA LAS PYMES
MR Consultores Jornadas de Capacitación y Actualización Tributaria BENEFICIO PARA LAS PYMES RG (AFIP) 3878 IVA Pago Trimestral y Régimen de Exclusión Expositor: Marcelo D. Rodríguez Twitter: @mrconsultores3
Más detallesEl primero de junio de 2011 se modificó el régimen de anticipos y retenciones mensuales de los
BOLETÍN DE NOVEDADES TRIBUTARIAS Junio - Julio 2011 1. CAMBIOS EN IRPF PARA AGUINALDO El primero de junio de 2011 se modificó el régimen de anticipos y retenciones mensuales de los trabajadores dependientes.
Más detallesFORMULARIO DE DDJJ F Instructivo
FORMULARIO DE DDJJ F. 572 - Instructivo ENCABEZAMIENTO - Datos personales del Beneficiario: Se deberá completar: Número de CUIT/CUIL Tipo y Número de Documento Apellido y Nombres completos Domicilio completo
Más detallesCPCECABA Juan Carlos Nicolini
CPCECABA 10 12 14 Juan Carlos Nicolini 1 REGIMEN PARA EL PERSONAL DE CASAS PARTICULARES UNIFICACION DE NORMAS La R.G. 3693 (B.O. 31/10/2014), unificó en un solo cuerpo normativo las disposiciones referidas
Más detallesMEMORANDUM INFORMATIVO Nº 981
MEMORANDUM INFORMATIVO Nº 981 05 de febrero de 2008 Facturación y registración. Solicitud de impresión o importación de comprobantes. Nueva obligación para determinados sujetos. Resolución General (AFIP)
Más detallesREGIMEN IMPOSITIVO Y PREVISIONAL
REGIMEN IMPOSITIVO Y PREVISIONAL IMPUESTO Carga que impone la Nación o las Provincias a todos sus habitantes con el objeto de generar recursos económicos para hacer frente a los gastos que demande el sostenimiento
Más detallesProvincia de Buenos Aires
Provincia de Buenos Aires INGRESOS BRUTOS SUJETOS OBLIGADOS A ACTUAR COMO AGENTES DE RECAUDACIÓN A PARTIR DEL 2015 Twitter: @contactoalaniz I - INTRODUCCIÓN En cada año el tema toma especial relevancia.
Más detallesCómo realizar el cálculo de ganancias de 4ta categoría según Decreto 152/2015
Pág. 1 de 6 IMPUESTO A LAS GANANCIAS Decreto 152/2015 Ley de Impuesto a las Ganancias. Increméntase deducción especial. Segunda cuota Sueldo Anual Complementario Año 2015. Bs. As., 17/12/2015 VISTO el
Más detallesCómo realizar el cálculo de ganancias de 4ta categoría según RG 2866/10
Pág. 1 de 5 Resolución General 2866 AFIP - DISMINUCIÓN DE LAS RETENCIONES DE GANANCIAS. Impuesto a las Ganancias. Rentas del trabajo personal en relación de dependencia, jubilaciones, pensiones y otras
Más detallesRESOLUCIÓN EJERCICIO Nº 7.01 RETENCIÓN DE GANANCIA - R.G. 830
RESOLUCIÓN EJERCICIO Nº 7.01 RETENCIÓN DE GANANCIA - R.G. 830 NORMATIVA APLICABLE: Art. 16, art. 23, art. 24, art. 25, art. 26, Anexo II inc. k), Anexo VII, Anexo VIII RG 830 1) Fecha de pago 05/04/2013
Más detallesRÉGIMEN DE RETENCIÓN A MONOTRIBUTISTAS
EDITORIAL ERREPAR RÉGIMEN DE RETENCIÓN A MONOTRIBUTISTAS Resolución General (AFIP) 2616 (BO del 1/6/09) Vigencia 1/5/2010 (RG 2745) Expositor: Dr. Marcelo D. Rodríguez Buenos Aires, Enero de 2010 1 ANTECEDENTES
Más detallesDECRETO SUPREMO Nº AG APRUEBAN REGLAMENTO DE LA LEY Nº LEY QUE APRUEBA LAS NORMAS DE PROMOCIÓN DEL SECTOR AGRARIO (11/09/2002)
DECRETO SUPREMO Nº 049-2002-AG APRUEBAN REGLAMENTO DE LA LEY Nº 27360 LEY QUE APRUEBA LAS NORMAS DE PROMOCIÓN DEL SECTOR AGRARIO (11/09/2002) EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, mediante Ley
Más detallesCompendio Tributario Departamento de Fiscalidad y Tributación
FEDERACIÓN EMPRESARIA HOTELERA GASTRONÓMICA DE LA REPÚBLICA ARGENTINA Compendio Tributario Departamento de Fiscalidad y Tributación ANEXO- MEMORANDUM IMPOSITIVOS - BNC JUNIO 2015 Nº 2 INDICE N º 24 MONOTRIBUTO
Más detallesBENEFICIOS EN IVA PARA MICRO, PEQUEÑAS Y MEDIANAS EMPRESAS
BENEFICIOS EN IVA PARA MICRO, PEQUEÑAS Y MEDIANAS EMPRESAS A través de la Resolución General N 3878, la Administración Federal de Ingresos Públicos ( AFIP ) estableció para las Micro, Pequeñas y Medianas
Más detallesSolicitud de la registración por algunos de los sujetos intervinientes en la operación:
Nuevo régimen de registración: RG 3744/2015 AFIP. SUSTITUCION DE LA RG 2596. PROCEDIMIENTO DE REGISTRACION ANTE AFIP DE CONTRATOS Y OPERACIONES DE COMPRAVENTA DE GRANOS NO DESTINADOS A LA SIEMBRA- CEREALES
Más detallesEL NUEVO MONOTRIBUTO REGIMEN DE INCLUSION SOCIAL Y PROMOCION DEL TRABAJO INDEPENDIENTE
EL NUEVO MONOTRIBUTO REGIMEN DE INCLUSION SOCIAL Y PROMOCION DEL TRABAJO INDEPENDIENTE Expositora: Dra. Alejandra Schneir, 14 de enero de 2010 RÉGIMEN DE INCLUSIÓN N SOCIAL CARACTERÍSTICAS Será de aplicación
Más detallesRESOLUCIÓN EJERCICIO Nº 8.01 I.G.M.P - VALUACIÓN INMUEBLES RURALES
RESOLUCIÓN EJERCICIO Nº 8.01 I.G.M.P - VALUACIÓN INMUEBLES RURALES NORMATIVA APLICABLE: Art. 2, art. 4 Ley 25.063 1) En el art. 4 de la Ley de Impuesto a la Ganancia Mínima Presunta se encuentran establecidas
Más detallesIMPUESTOS Ley Ley del Impuesto a las Ganancias. Monotributo. Impuesto al Valor Agregado. Juegos de Azar Sancionada: 22/12/2016 BO.
IMPUESTOS Ley 27.346 Ley del Impuesto a las Ganancias. Monotributo. Impuesto al Valor Agregado. Juegos de Azar Sancionada: 22/12/2016 BO. 27/12/2016 Referencias Negro cursiva: transcripción de norma anterior
Más detallesAdministración Federal de Ingresos Públicos (AFIP)
Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) ABC - CONSULTAS Y RESPUESTAS FRECUENTES ID 13677925 Quiénes deben cumplir con el régimen de información? La declaración jurada informativa estará referida
Más detallesASPECTOS CONTABLES Y TRIBUTARIOS DE LAS USUARIAS DE ZONAS FRANCAS. Lic. Carlos Zapata
ASPECTOS CONTABLES Y TRIBUTARIOS DE LAS USUARIAS DE ZONAS FRANCAS. Lic. Carlos Zapata Legislación Ley 523/95 Decreto 15554/96 Decreto 19461/02 Decreto 21309/03 Resolución DGA 102/04 Zonas Francas habilitadas
Más detalles- Ley N , Ley del Régimen de Percepciones de l Impuesto General a las Ventas, publicado el , y normas modificatorias.
INFORME N. 034-2013-SUNAT/4B0000 MATERIA: Se consulta si tratándose de solicitudes de devolución de saldos no aplicados de percepciones debe computarse el plazo de prescripción de forma independiente tomando
Más detallesCiudad de Buenos Aires
Ciudad de Buenos Aires COBRO EN EFECTIVO POR MÁS DE $1000. Mayor alícuota de percepción Percepción En las operaciones de venta de cosas muebles, locaciones (de obras, cosas o servicios) y prestaciones
Más detallesTEMA: RG 3726 AFIP Sistema Integral de Retenciones Electrónicas. SIRE. Su implementación
Rosario, 2 de Marzo 2015 DE: ESTUDIO FITTIPALDI &ASOC. PARA: CLIENTES. TEMA: RG 3726 AFIP Sistema Integral de Retenciones Electrónicas. SIRE. Su implementación Mediante Resolución General 3726, la Administración
Más detallesALCANCES DEL RÉGIMEN. SUJETOS COMPRENDIDOS
http://www.afip.gob.ar/genericos/novedades/rg3668.asp Régimen especial para la emisión y almacenamiento electrónico de comprobantes originales Mediante la Resolución General 3668, publicada en el Boletín
Más detallesPautas a tener en cuenta para la categorización en autónomos
2012 Pautas a tener en cuenta para la categorización en autónomos Ciclo de Actualización Tributaria Humberto P. Diez Estudio Diez Departamento de Capacitación ÍNDICE Página 1 RECURSOS DE LA SEGURIDAD SOCIAL...
Más detallesA continuación haremos un breve resumen de sus disposiciones: 1. Tratamiento impositivo especial para las micro, pequeñas y medianas empresas.
La ley de promoción de las PyMEs fue reglamentada. I. Decreto Reglamentario Nª 1101/2016. El Poder Ejecutivo Nacional (PEN) mediante el Decreto Nª 1101/2016, en adelante el Decreto, reglamentó con vigencia
Más detallesResumen de las Disposiciones fiscales del IETU
Resumen de las Disposiciones fiscales del IETU En la LIETU, se establece como sujetos de este impuesto: Las personas físicas y las morales residentes en territorio nacional, así como los residentes en
Más detallesEste régimen es aplicable a las operaciones y sus respectivos pagos, que se realicen a partir del 1 de Noviembre de 2011, inclusive.
Rosario, 28 de octubre de 2011. DE: ESTUDIO FITTIPALDI & ASOC. PARA: CLIENTES TEMA: Régimen de Retención IVA Operaciones realizadas por Empresas de Servicios de limpieza de edificios, de investigación
Más detallesF. 2002 IVA Por Actividad
n F. 2002 IVA Por Actividad Con el objeto de optimizar las aplicaciones disponibles y con ello la información obrante en esta Administración Federal, resulta aconsejable disponer una metodología para la
Más detallesSUBSECRETARIA DE ESTADO DE TRIBUTACION RESOLUCION N 1560
SUBSECRETARIA DE ESTADO DE TRIBUTACION RESOLUCION N 1560 POR LA CUAL SE REGLAMENTA LA APLICACIÓN DEL IMPUESTO A LA RENTA DEL PEQUEÑO CONTRIBUYENTE, CREADO POR LA LEY N 2421 DEL 5 DE JULIO DE 2004 DE REORDENAMIENTO
Más detallesResolución General 2868-AFIP SEGURIDAD SOCIAL NUEVO PROGRAMA APLICATIVO. Norma modificatoria y complementaria RG.3834 (DGI), sustituido por la RG.
Resolución General 2868-AFIP SEGURIDAD SOCIAL NUEVO PROGRAMA APLICATIVO. Norma modificatoria y complementaria RG.3834 (DGI), sustituido por la RG.712 Resolución General 2868-AFIP - SEGURIDAD SOCIAL NUEVO
Más detallesResolución General (AFIP) 3878 Micro, Pequeñas y Medianas Empresas Pago Trimestral de IVA y Exclusión de Retenciones y Percepciones
Resolución General (AFIP) 3878 Micro, Pequeñas y Medianas Empresas Pago Trimestral de IVA y Exclusión de Retenciones y Percepciones Expositor: C.P. Martín R. Caranta mcaranta@llyasoc.com.ar Ciudad de Buenos
Más detallesEn relación con el tratamiento de las diferencias de cambio para efecto de la determinación del Impuesto a la Renta, se consulta lo siguiente:
INFORME N. 101-2012-SUNAT/4B0000 MATERIA: En relación con el tratamiento de las diferencias de cambio para efecto de la determinación del Impuesto a la Renta, se consulta lo siguiente: 1. En el caso de
Más detallesUnidad de Orientación Legal y Derechos del Contribuyente Departamento de Consultas Intendencia de Asuntos Jurídicos
Unidad de Orientación Legal y Derechos del Contribuyente Departamento de Consultas Intendencia de Asuntos Jurídicos EMISIÓN DE FACTURA ESPECIAL POR EXPORTADORES DE PRODUCTOS AGROPECUARIOS, ARTESANALES
Más detallesPlan de Pagos AFIP RG 3756
Plan de Pagos AFIP RG 3756 ASPECTOS PRINCIPALES: * Se pueden incluir obligaciones impositivas, de los recursos de la seguridad social y aduaneras vencidas al 28 de febrero de 2015. Son pasibles de incorporar
Más detallesEXPORTACION TEMPORAL PARA PERFECCIONAMIENTO PASIVO
SUNAT EXPORTACION TEMPORAL PARA PERFECCIONAMIENTO PASIVO INTA-PG.05 Vigente desde el 20.mar.2009 EXPORTACION TEMPORAL PARA REIMPORTACION EN EL MISMO ESTADO EXPORTACIÓN TEMPORAL PARA REIMPORTACIÓN EN EL
Más detallesREGIMEN SIMPLIFICADO PROVINCIAL
REGIMEN SIMPLIFICADO PROVINCIAL 2011 Artículo 131 Bis.- Establécese un Régimen Simplificado Provincial para contribuyentes locales del Impuesto Sobre los Ingresos Brutos, que se regirá conforme a las normas
Más detallesPosible utilización. Caso de utilización de servicios de un. Caso de contratos de colaboración interempresaria con finalidad de exportación
Por CPN Diego Dumont (UNL) Desp. Aduana Posg. Especialista en Operaciones de Com. Exterior (UNR) Posible utilización Caso de utilización de servicios de un intermediario con experiencia en exportaciones
Más detallesADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS, entidad autárquica en el. ámbito del MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS, y
Buenos Aires, 07 de abril de 2009 VISTO el Expediente N 1-252201-2009 del Registro de la ámbito del MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS, y CONSIDERANDO: Que la Resolución Nº 9 del 11 de enero de
Más detallesA) Beneficio de Bloqueo Fiscal (art. 85 Ley ) (solicitud hasta el ).
Ciudad de Buenos Aires, 14 de Octubre de 2016 Circular I 813. Beneficio de Bloqueo Fiscal (declaración jurada de confirmación de datos) y Beneficio para Contribuyentes Cumplidores. Ley 27260 art. 85, y
Más detallesdisipar algunas inquietudes que se generaron luego del dictado de la Ley N 26.317 clarificar la situación frente al impuesto de los fideicomisos no financieros No estarán alcanzados ados por el impuesto
Más detallesHerramientas alternativas de financiación. Parte II Sociedades de garantía recíproca
Herramientas alternativas de financiación. Parte II Sociedades de garantía recíproca Estrella Perotti Contador Público eperotti@bcr.com.ar Investigador Junior Enero de 2003 Los conceptos, datos y opiniones
Más detallesCIRCULAR Nº 03/10 PROGRAMA NORMAS Y PROCEDIMIENTOS
Salta, 18 de marzo de 2.010 CIRCULAR Nº 03/10 PROGRAMA NORMAS Y PROCEDIMIENTOS AREA: PREVISIONAL TEMA: Régimen de Retención para el ingreso de las Contribuciones Patronales con destino a la Seguridad Social
Más detallesDEPARTAMENTO DE ESTUDIOS TRIBUTARIOS
FORMULARIO F.2002 IVA POR ACTIVIDAD YCOMPUTO DEL PAGO A CUENTA POR IMPUESTO A LA TRANSFERENCIA DE COMBUSTIBLES (ITC).- Efectuamos a continuación una breve reseña de cómo debe informarse en el formulario
Más detallesPágina 1 Thomson Reuters checkpoint.laleyonline.com.ar
Puntos de venta para los sujetos exentos, los no alcanzados por el IVA y los monotributistas incorporados a la Resolución General 100 por la Resolución General 3665 Dalmasio, Adalberto R. 1. Introducción
Más detallesExpositor: Dr. Marcelo D. Rodríguez
Resolución General (AFIP) 3369 BO del 16/08/2012 Expositor: Dr. Marcelo D. Rodríguez SUJETOS OBLIGADOS a) Administradores de: - Countries - Clubes de campo - Clubes de chacra - Barrios cerrados - Barrios
Más detallesCRÉDITO FISCAL. Para adquirir equipamiento escolar y tecnología, dictar cursos gratuitos abiertos a la comunidad y fomentar la retención escolar
CRÉDITO FISCAL Para adquirir equipamiento escolar y tecnología, dictar cursos gratuitos abiertos a la comunidad y fomentar la retención escolar Programa Régimen Credito Fiscal INET http://www.inet.edu.ar/credito-fiscal/
Más detallesVERSION PRELIMINAR SUSCEPTIBLE DE CORRECCION UNA VEZ CONFRONTADO CON EL ORIGINAL IMPRESO (S-0579/08) PROYECTO DE LEY
Senado de la Nación Secretaría Parlamentaria Dirección Publicaciones VERSION PRELIMINAR SUSCEPTIBLE DE CORRECCION UNA VEZ CONFRONTADO CON EL ORIGINAL IMPRESO (S-0579/08) PROYECTO DE LEY El Senado y Cámara
Más detalles- Ley N , Ley de Regalía Minera, publicada e l , modificada por la Ley N ( 1 ) (en adelante, Ley de Regalía Minera).
INFORME N. 014-2012-SUNAT/4B0000 MATERIA: Se consulta si procede deducir como gasto para la determinación del Impuesto a la Renta del ejercicio 2011, la parte de la Regalía Minera, Impuesto Especial a
Más detallesRegímenes Especiales de Promoción del Trabajo Registrado
Regímenes Especiales de Promoción del Trabajo Registrado Normativa aplicable Título II de la ley 26940 Decreto 1714/2014 RG (AFIP) 3683/2014 RG (AFIP) 3684/2014 Capítulo I Régimen Permanente de Contribuciones
Más detallesQue la ley del Visto estableció un régimen de promoción y protección del empleo registrado y de profundización de la lucha contra el fraude laboral.
ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS Resolución General 3683 Ley Nº 26.940. Registro Público de Empleadores con Sanciones Laborales (REPSAL). Regímenes Especiales de Promoción del Trabajo Registrado.
Más detallesRÉGIMEN DE RETENCIÓN EN EL IMPUESTO SOBRE LOS INGRESOS BRUTOS DE LA PROVINCIA DE CÓRDOBA EN EL COMERCIO DE GRANOS. Cdor: Dr.
RÉGIMEN DE RETENCIÓN EN EL IMPUESTO SOBRE LOS INGRESOS BRUTOS DE LA PROVINCIA DE CÓRDOBA EN EL COMERCIO DE GRANOS Cdor: Dr. Erardo Gallo Normativa y Sujetos DECRETO Nº 443 y sus modificatorios AÑO 2004
Más detallesNovedades impositivas del al 10-12
2014 - Novedades impositivas del 04-12 al 10-12 Novedades Nacionales Régimen Penal Tributario y Previsional. Código Procesal Penal de la Nación LEY (Poder Legislativo) 27063 Se aprueba el nuevo Código
Más detallesCircular de Impuestos Nro. 8/2008. Resolución General 2459 Nuevo Régimen de Percepción del Impuesto al Valor Agregado
Circular de Impuestos Nro. 8/2008 Resolución General 2459 Nuevo Régimen de Percepción del Impuesto al Valor Agregado La presente circular tiene por objeto informar sobre un nuevo régimen de percepción
Más detalles- Reglamento de la Ley del Impuesto a la Renta, aprobado por el Decreto Supremo N EF, publicado el , y no rmas modificatorias.
INFORME N. 118-2014-SUNAT/5D0000 MATERIA: Se consulta si, aun con la dación del Decreto Supremo N. 008-2011-EF, se mantiene vigente para los ejercicios gravables anteriores al 2011, el criterio contenido
Más detalles