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1 34 Wednesday, October 21, 2015 Official Registry of Legal Notices JUDICIAL DE BAYAMON SALA SUPERIOR. Parte Demandante VS. CRUZ EDUARDO PAGAN DELGADO T/C/C CRUZ E. PAGAN DELGADO CASO NÚM. DCD SALÓN NÚM. 401 ACCIÓN CI- VIL DE COBRO DE DINERO Y EJECUCIÓN DE HIPOTECA POR LA VÍA ORDINARIA EM- PLAZAMIENTO POR EDICTO ESTADOS UNIDOS DE AMÉ- RICA EL PRESIDENTE DE LOS ESTADOS UNIDOS SS.. A: CRUZ EDUARDO PAGAN DELGADO T/C/C CRUZ E. PAGAN DELGADO Quede emplazada(o) y notificada (o) que en este Tribunal se ha radicado Demanda sobre Cobro de Dinero y Ejecución de Hipoteca por la Vía Ordinaria en la que se alega que usted le adeuda a la parte demandante lo siguiente: La suma de $112, de principal, más los intereses sobre dicha suma al 6.950% anual desde el día 1ro. de abril de 2014, hasta su completo pago, más las primas de seguro hipotecario y riesgo, recargos por demora y cualesquiera otras cantidades pactadas en la escritura de primera hipoteca, desde la fecha antes mencionada y hasta la fecha del total pago de las mismas, más la suma de $12, para gastos, costas y honorarios de abogados. La propiedad hipotecada cuya ejecución se solicita tiene la siguiente descripción y localización: URBANA: PRO- PIEDAD HORIZONTAL: Apartamento H-178, apartamento de forma irregular, localizado en el cuarto (4to) nivel del edificio H del Condominio Balcones de San Pedro, localizado en la calle José de Diego, esquina calle Cecilio Urbina de los barrio Ríos y Frailes, del término municipal de Guaynabo, Puerto Rico. El área aproximada del apartamento es de 1,165 pies cuadrados, equivalentes a metros cuadrados. Son sus linderos: por el NORTE, en una distancia de con el apartamento H-177; por el SUR, en una distancia de 34 3 con el apartamento G-167; por el ESTE, en una distancia de 34 3 con área común; y por el OESTE, en una distancia de 34 3, con área común. La puerta de entrada de este apartamento está situada en el lindero Este. Consta de una cocina, sala-comedor, un pasillo principal en el cual están localizados un baño y un closet, un dormitorio principal con su baño, vanity y closet, 2 cuartos con sus respectivos closets y un balcón. Le corresponde a este apartamento de forma privada, 2 espacios de estacionamiento identificados con el mismo número del apartamento ubicados uno detrás del otro. Este apartamento tiene una participación de % en los elementos comunes del condominio. FIN- CA NÚMERO: 46,131, inscrita al folio 61 del tomo 1436 de Guaynabo, Registro de Guaynabo. Se le advierte que si no contesta la demanda, radicando el original de la contestación en este Tribunal y enviando copia de la misma al LCDA. DIOMARIE LA- BOY RIVERA del Bufete VÁZ- QUEZ & VIZCARRONDO LLP, a su dirección P.O. Box , San Juan, Puerto Rico , Tel. (787) , Fax (787) dentro del término de treinta (30) días de la publicación de este edicto en un periódico de circulación diaria, se le(s) anotará la rebeldía y se le(s) dictará sentencia en su contra, concediendo el remedio solicitado, sin más citarle(s) ni oírle(s). EXPEDIDO BAJO MI FIRMA Y SELLO DE ESTE TRI- BUNAL. En Bayamón, Puerto Rico, hoy día 23 de septiembre de Ruth N. Aponte Cotto, Secretaria Regional II. Ida Seda Pagan, Secretaria Auxiliar el Tribunal I. CAGUAS. JUAN MARTINEZ GONZALEZ, AWILDA MARTINEZ GONZALEZ, MARGARETTE MARTINEZ GONZALEZ Demandantes vs. PAULA ZAYAS MALAVE Demandada CIVIL NUM. EAC (701) Sobre: EXPEDIENTE DE DOMINIO POR LA VIA ORDI- NARIA POR IMPOSIBILIDAD DE RENAUDACION DE TRACTO, CONFORME AL ARTICULO 246 DE LA LEY HIPOTECARIA, 30 LPRA SEC EDICTO ESTA- DOS UNIDOS DE AMERICA EL PRESIDENTE DE LOS ESTADOS UNIDOS SS EL ESTADO LIBRE ASOC IADO DE. A: Geronimo Hernandez Claudio, t/c/c Jeronimo Hernandez Claudio, hoy sus causahabientes y/o cesionarios, citados B. Providencia Delgado, hoy sus causahabientes y/o cesionarios, citados C. Luisa Claudio, hoy sus causahabientes y/o cesionarios, citados D. Fidela Vazquez Navarro, hoy sus causahabientes y/o cesionarios, citados E. Las personas ignoradas a quienes pueda perjudicar la inscripción sobre el inmueble descrito en la Petición de Dominio en el caso de epigrafe y en general, a toda persona que desee oponerse POR CUANTO: Los demandantes presentaron una Demanda de Dominio para que se declare a su favor el dominio de la siguiente propiedad: RUSTICA: Parcela compuesta de una cuerda con cincuenta centimos de otra, iguales a cincuenta y cinco áreas, dos centiáreas y cincuenta y cuatro miliareas, sita en el Barrio Hato de San Lorenzo, Puerto Rico, estando en lindes por el NORTE, con Vicente Delgado; por el SUR y OESTE, con la finca principal; y por el ESTE, tambien con la finca principal propiedad de dona Fidela Vazquez Navarro. No consta inscrito en el Registro de la Propiedad. POR CUANTO: Se ha ordenado por el Honorable Juez Superior del Tribunal se publique la Edicto por tres (3) ocasiones en un periódico de circulación general, durante el termino de veinte (20) días para que conforme al Articulo 247 de la Ley Hipotecaria, 30 LPRA sec. 2772, se cite a los anteriores dueños que Ie dan tracto al titulo de propiedad de los demandantes, identificados bajo las letras A la o de este Edicto, ya las personas ignoradas a quienes pueda perjudicar la inscripción y en general, todo el que desee oponerse, pueda hacerlo dentro del termino de treinta (30) días contados desde el siguiente día de la publicación de este Edicto; deben notificar con copia de sus alegaciones a la representación legal de los peticionarios. Al publicarse el primero Edicto, se notificará por correo certificado con acuse de recibo aquellas personas que se conozca si dirección. POR TANTO: Libro el presente Edicto bajo mi firma y el sello del Honorable Tribunal Superior de Puerto Rico, Sala de Caguas, hoy día 11 de septiembre de Carmen Ana Pereira Ortiz, Secretaria. Lili Rodriguez Rodriguez, Sub- Secretaria. IN THE UNITED STATES DIS- TRICT COURT FOR THE DIS- TRICT OF. ROOSEVELT CAYMAN ASSET COMPANY Plaintiff, vs. JOSE DANIEL DE JESUS CARRASQUILLO, A/K/A JOSE DE JESUS CARRASQUILLO, MONICA CELESTE LLADO ORTEG A/K/A MONICA LLADO ORTEGA AND THE CONJUGAL PARTNERSHIP CONSTITUTED THEREIN Defendants. CIVIL NO (GAG) RE: FORECLOSURE OF MORTGA- GE IN REM NOTICE OF SALE. TO: JOSE DANIEL DE JESUS CARRASQUILLO, a/k/a JOSE DE JESUS CARRASQUILLO, MONICA CELESTE LLADO ORTEGA, a/k/a MONICA LLADO ORTEGA, and the Conjugal Partnership Constituted Therein UNITED STATES OF AMERICA PRESIDENT OF THE UNITED STATES SS COMMONWEALTH OF. Judgment in favor of plaintiff for the sum of Two Hundred Fourteen Thousand Three Hundred Eighty Three Dollars with Fifty Five Cents ($214,383.55) in principal, interest which continues to accrue until full payment of the debt at the rate of 9.5% per annum, accrued late charges; and any other advance, charge, fee or disbursement made by plaintiff on behalf of defendant, in accordance with the mortgage deed, plus costs, and $25, in attorney fees; Pursuant to the judgment, the undersigned Special Master was ordered to sell at public auction for United States currency in cash or certified check without appraisement or right of redemption to the highest bidder and at the office of the Clerk of the United States District Court for the District of Puerto Rico, Federico Degetau Federal Building, Chardón Street, Hato Rey, San Juan, Puerto Rico or any other place designated by said Clerk, to cover the sums adjudged to be paid to the plaintiff, the following property: URBANA: Solar marcado con el número 5 en el bloque V de la Urbanización University Gardens, radicada en el barrio Hato Rey Sur del término municipal de San Juan, con un área superficial de metros cuadrados. Colinda por el NORTE, en metros, con el solar #4; por el ESTE, en metros, con la calle Diez; por el SUR, en metros, con el solar #6; por el OESTE, en metros, con los solares 20 y 21. Inscrito al folio 61 del tomo 702 de Rio Piedras Norte, finca número 20,152. Registro de la Propiedad de Puerto Rico, Sección Segunda (11) de San THEREFORE, the first public sale shall be held on the 6 day of November 2015, at 10:00 AM and the minimum bid that will be accepted is the sum of $252, In the event said first public auction does not produce a bidder and the property is not adjudicated, a second public auction shall be heid on the 13 day of November 2015, at 10:00 AM and the minimum bid that will be accepted is the sum of $168,000.00, 2/3 parts of the minimum bid for the 1st public sale. If said second auction does not result in the adjudication and sale of the property, a third auction will be held on the 20 day of November 2015, at 10:00 AM and the minimum bid that will be accepted is the sum of $126,000.00, 1/2, of the minimum bid for the 1st public sale. Upon confirmation of the sale, an order shall be issued canceling all junior liens. For further particulars, reference is made to the judgment entered by the Court in this case, which can be examined in the Office of the Clerk of the United States District Court. AND TO THE KNOWLEDGE OF INTERESTED PARTIES and the general public and specially regarding the junior lien described hereinafter: A. Junior Lien Mortgage for 28, with annual interest of 6.95%, in guarantee of a promissory note in favor of Doral Financial Corporation d/b/a HF Mortgage Bankers, or to its order, due on April 1, According to deed number 231, executed in San Juan, on March 22, 2005, before Edgardo Del Valle Galarza, registered on page 158 of volume 1482 in Río Piedras Norte. 17th entry. In San Juan, Puerto Rico, this 1st day of October, Aguedo de la Torre, Special Master. IN THE UNITED STATES DIS- TRICT COURT FOR THE DIS- TRICT OF. ROOSEVELT CAYMAN ASSET COMPANY Plaintiff, vs. JOSE RAUL ORTIZ PEÑA Defendant. CIVIL NO (GAG) RE: COLLECTION OF MONIES, FO- RECLOSURE OF MORTGAGE NOTICE OF SALE. TO: JOSE RAUL ORTIZ PEÑA UNITED STATES OF AMERICA PRESIDENT OF THE UNITED STATES SS COMMONWEALTH OF. Judgment in favor of plaintiff for the sum of One Hundred Thirty Seven Thousand Six Hundred Seventy Four Dollars with Fifty Two Cents ($137,674.52) in principal, interest which continues to accrue until full payment of the debt at the rate of 5.875% per annum, accrued late charges; and any other advance, charge, fee or disbursement made by plaintiff on behalf of defendant, in accordance with the mortgage deed, plus costs, and $13, in attorney fees; Pursuant to the judgment, the undersigned Special Master was ordered to sell at public auction for United States currency in cash or certified check without appraisement or right of redemption to the highest bidder and at the office of the Clerk of the United States District Court for the District of Puerto Rico, Federico Degetau Federal Building, Chardón Street, Hato Rey, San Juan, Puerto Rico or any other place designated by said Clerk, to cover the sums adjudged to be paid to the plaintiff, the following property: URBANA: Solar marcado con el número 14 del bloque AA de la Urbanización Residencial Cana, localizada en el barrio Cerro Gordo, del término municipal de Bayamón, Puerto Rico, con un área superficial de metros cuadrados. En lindes por el Norte, en metros con el solar #13; por el Sur, en metros con solar #15; por el Este, en 7.50 metros con calle #1 y por el Oeste, en 7.50 metros con la calle #20. Enclaya una casa. Consta inscrita al folio 129 del tomo 1024 de Bayamón Sur, finca #46,010. Registro de la Propiedad, Seccion Primera de Bayamón. THEREFORE, the first public sale shall be heid on the 6 day of November 2015, at 10:15 AM and the minimum bid that will be accepted is the sum of $139, In the event said first public auction does not produce a bidder and the property is not adjudicated, a second public auction shall be held on the 13 day of November 2015, at 10:15 AM and the minimum bid that will be accepted is the sum of $93,022.31, 2/3 parts of the minimum bid for the 1st public sale. If said second auction does not result in the adjudication and sale of the property, a third auction will be held on the 20 day of November 2015, at 10:15 AM and the minimum bid that will be accepted is the sum of $69,766.73, 1/2 of the minimum bid for the 1st public sale. Upon confirmation of the sale, an order shall be issued canceling all junior liens. For further particulars, reference is made to the judgment entered by the Court in this case, which can be examined in the Office of the Clerk of the United States District Court. In San Juan, Puerto Rico, this 1st day of October, Aguedo de la Torre, Special Master. BAYAMÓN. Demandante VS. JOSÉ RAMÓN HERNÁNDEZ SOLIVAN; JOSÉ RAMÓN HERNÁNDEZ RIVERA Y JUAN RAMÓN HERNÁNDEZ RIVERA CIVIL NÚM. DCD (402) SOBRE: EJECUCIÓN DE HIPOTECA Y COBRO DE DINE- RO (VÍA ORDINARIA) EDICTO DE SUBASTA ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA EL PRESIDENTE DE LOS ESTADOS UNIDOS SS. A: JOSÉ RAMÓN HERNÁNDEZ SOLIVAN; JOSÉ RAMÓN HERNÁNDEZ RIVERA Y JUAN RAMÓN HERNÁNDEZ RIVERA; FIRST FEDERAL SAVINGS BANK; El Alguacil que suscribe, anuncia y hace constar que en cumplimiento de Mandamiento de Ejecución de Sentencia que me ha sido dirigido por la Secretaría del Tribunal, procederé a vender en pública subasta y al mejor postor, de contado y en moneda del curso legal de los Estados Unidos de América, todo derecho, título e interés que tenga la parte demandada sobre la siguiente propiedad, y todo pago recibido por el (la) Alguacil por concepto de subastas será en efectivo, giro postal o cheque certificado a nombre del (de la) Instancia: Urbanización Santa Juanita, Solar 27-BN, Calle Haití, Bayamón, P.R URBANA: Solar número veintisiete (27) del Bloque BN del Plano de Inscripción de la Urbanización Santa Juanita, situada en el Barrio Minillas de Bayamón, Puerto Rico, compuesto de trescientos dieciséis (316) metros con veinticinco (25) centímetros cuadrados. En lindes por el NOROESTE, con los solares número catorce (14) y quince (15); por el SURESTE, con la Calle Haití; por el NOR- DESTE, con el solar veintiséis (26); y por el SUROESTE, con el solar veintiocho (28). Enclava una casa de hormigón y bloques para una familia. Consta inscrito al folio 86 del tomo 473 de Bayamón Sur, finca número #21,505, Puerto Rico, Sección Primera de Bayamón. La PRIMERA SUBAS- TA, se llevará a cabo el día 3 de noviembre de 2015 a las 11:45 de la mañana, en mis oficinas sitas en el Tribunal de Primera Instancia, Sala de Bayamón. En relación a la finca a subastarse, la cantidad mínima de licitación en la Primera Subasta será la suma de $97, Dicha venta se llevará a efecto, para con su producto satisfacer a la parte demandante el importe de su Sentencia, a saber: Suma Principal: $92,220.72, más los intereses correspondientes a razón de 6.625% anual desde el 1ro de julio de 2013, más los cargos por demora que corresponden a los plazos atrasados desde la fecha anteriormente indicada a razón de la tasa pactada de 5% de cualquier pago que esté en mora por más de quince (15) días desde la fecha de su vencimiento, más aquellos que se acumulen hasta la fecha de la subasta. Estipulado para costas, gastos y honorarios de abogado $9,750.00, más cualquier otra suma que resulte por cualesquiera hayan hecho por la demandante, en virtud de las disposiciones de la escritura de hipoteca. Si la primera subasta del inmueble no produjere remate, ni adjudicación, se celebrará una SE- GUNDA SUBASTA el día 10 de noviembre de 2015, a las 3:45 de la tarde, en el mismo sitio y servirá de tipo mínimo las dos terceras partes del precio pactada sea, la suma de $65, Si la segunda subasta no produjere remate, ni adjudicación, se celebrará una TERCERA SUBASTA el día 17 de noviembre de 2015, a las 3:45 de la tarde, en el mismo lugar y regirá como tipo de la tercera subasta la mitad del precio pactado para la primera, o sea, la suma de $48, De declararse desierta la tercera el proceso de subastas, pudiendo adjudicarse el inmueble a la parte demandante dentro de los diez (10) días siguientes, si así lo estimare conveniente por la totalidad de las cantidades adeudadas, si ésta fuera igual o menor que el monto del tipo de la tercera subasta o abonándose dicho monto a las cantidades adeudadas, si éstas fueran mayores. Una vez ejecutada la venta de dicha propiedad, proceda a poner al licitador victorioso en posesión física de la propiedad dentro del plazo de veinte (20) días contados a partir de la venta en pública subasta. GRAVAMEN PREFERENTE Esta propiedad está afecta el siguiente gravamen preferente a la hipoteca que FOR MORE INFORMATION PLEASE CALL (787) staredictos@gmail.com

2 The San Juan Daily Star es objeto de ejecución: Hipoteca en garantía de un pagaré a favor de First Federal Savings Bank, o a su orden, por la suma principal de $40,400.00, con intereses al 9 1/8% anual, vencedero el día 1 de marzo de 2022, constituida mediante la escritura número #33, otorgada en San Juan, Puerto Rico, el día 29 de febrero de 1992, ante la notario María del Carmen Martínez Lugo, e inscrita al folio 89 vuelto del tomo 473 de Bayamón, finca número 21,505, inscripción 5ta. Se le notifica a (FIRST FEDE- RAL SAVINGS BANK) para que puedan concurrir a la subasta si les conviniere o satisfacer antes del remate el importe de los créditos asegurados por la hipoteca objeto de esta ejecución. Para más información, a las personas interesadas se les notifica que las Actas y demás constancias del expediente de este caso están disponibles en la Secretaría del Tribunal durante horas laborables para ser examinadas por los interesados. Este EDICTO DE SUBASTA, se publicará en los lugares públicos correspondientes y en un periódico la jurisdicción de Puerto Rico. En Bayamón, Puerto Rico, a 2 de junio de Alg. Freddy Omar Rodriguez Collazo, Alguacil Tribunal De Primera Instancia Sala Superior De Bayamón. BAYAMÓN. Demandante VS. RAMÓN LUIS ARROYO ORTIZ Demandado CIVIL NÚM. DCD (502) SOBRE: EJECUCIÓN DE HIPOTECA Y COBRO DE DINE- RO (VIA ORDINARIA) EDICTO DE SUBASTA ESTADOS UNI- DOS DE AMÉRICA EL PRE- SIDENTE DE LOS ESTADOS UNIDOS SS ESTADO LIBRE ASOCIADO DE. A: RAMÓN LUIS ARROYO ORTIZ El Alguacil que suscribe, anuncia y hace constar que en cumplimiento de Mandamiento de Ejecución de Sentencia que me ha sido dirigido por la Secretaría del Tribunal, procederé a vender en pública subasta y al mejor postor, de contado y en moneda del curso legal de los Estados Unidos de América, todo derecho, título e interés que tenga la parte demandada sobre la siguiente propiedad, y todo pago recibido por el (la) Alguacil por concepto de subastas será en efectivo, giro postal o cheque certificado a nombre del (de la) Alguacil del Tribunal de Primera Instancia: Urbanización Villa Rica, Calle F, Solar AI-23, Bayamón, P.R URBANA: Solar número veintitrés (23) del Bloque AI, Hato Tejas, del término municipal de Bayamón, Puerto Rico, del plano de inscripción de la urbanización Extensión Villa Rica, en un área de quinientos diecisiete punto ochenta y uno (517.81) metros cuadrados. En linderos: por el NORTE, en diecinueve punto noventa y uno (19.91) metros con quebrada Santa Catalina; por el SUR, en dieciocho (18.00) metros con la calle F; por el ESTE, en veinticinco (25.00) metros con el solar veinticuatro (24); y por el OES- TE, en veintiuno punto treinta (21.30) metros con la calle diez (10) siendo su esquina Suroeste en forma de área, con una distancia de cinco punto setenta y seis (5.76) metros. Enclava en este solar una casa de concreto para fines residenciales. Consta inscrito al folio 41 del tomo 380 de Bayamón Sur, finca número 16,952, Registro de la Propiedad de Puerto Rico, Sección Primera de Bayamón. La primera subasta se llevará a cabo el día 3 de noviembre del 2015 a las 11:30 de la mañana, en mis oficinas sitas en el Tribunal de Primera Instancia, Sala de Bayamón. En relación a la finca a subastarse, la cantidad mínima de licitación en la Primera Subasta será la suma de $176, Dicha venta se llevará a efecto, para con su producto satisfacer a la parte demandante el importe de su Sentencia, a saber: Suma Principal: $173,315.67, más los intereses correspondientes a razón de 6.625% anual desde el 1ro de abril del 2013, más los cargos por demora que corresponden a los plazos atrasados desde la fecha anteriormente indicada a razón de la tasa pactada de 5% de cualquier pago que esté en mora por más de quince (15) días desde la fecha de su vencimiento, más aquellos que se acumulen hasta la fecha de la subasta. Estipulado para costas, gastos y honorarios de abogado $17,625.00, más cualquier otra suma que resulte por cualesquiera hayan hecho por la demandante, en virtud de las disposiciones de la escritura de hipoteca. Si la primera subasta del inmueble no produjere remate, ni adjudicación, se celebrará una SE- GUNDA SUBASTA el día 10 de noviembre del 2015, a las 3:30 de la tarde, en el mismo sitio y servirá de tipo mínimo las dos terceras partes del precio pactada sea, la suma de $117, Si la segunda subasta no produjere remate, ni adjudicación, se celebrará una TERCERA SUBASTA el día 17 de noviembre del 2015, a las 3:30 de la tarde, en el mismo lugar y regirá como tipo de la tercera subasta la mitad del precio pactado para la primera, o sea, la suma de $88, De declararse desierta la tercera el proceso de subastas, pudiendo adjudicarse el inmueble a la parte demandante dentro de los diez (10) días siguientes, si así lo estimare conveniente por la totalidad de las cantidades adeudadas, si ésta fuera igual o menor que el monto del tipo de la tercera subasta o abonándose dicho monto a las cantidades adeudadas, si éstas fueran mayores. Una vez ejecutada la venta de dicha propiedad, proceda a poner al licitador victorioso en posesión física de la propiedad dentro del plazo de veinte (20) días contados a partir de la venta en pública subasta. Para más información, a las personas interesadas se les notifi ca que las Actas y demás constancias del expediente de este caso están disponibles en la Secretaría del Tribunal durante horas laborables para ser examinadas por los interesados. Este EDICTO DE SUBASTA se publicará en los lugares públicos correspondientes y en un periódico de circulación general en la jurisdicción de Puerto Rico. En Bayamón, Puerto Rico, a 26 de mayo del Alg. Freddy Omar Rodriguez Collazo, Alguacil Tribunal De Primera Instancia Sala Superior De Bayamón. CAGUAS. ROOSEVELT REO PR CORP Demandante Vs. BRENDA LEE BURGOS FLORES, por sí Demandada CIVIL NUM: ECD (612) SOBRE: EJECUCIÓN DE HIPOTECA POR LA VÍA ORDI- NARIA Y COBRO DE DINERO AVISO DE SUBASTA ESTADOS UNIDOS DE AMERICA EL PRE- SIDENTE DE LOS ESTADOS UNIDOS SS: EL PUEBLO DE. Yo, Ramon L. Hernandez Cintron, Alguacil del Sala de CAGUAS: CERTIFICO Y HAGO CONSTAR: Que en cumplimiento con un MANDAMIEN- TO DE EJECUCIÓN DE SEN- TENCIA que me ha sido dirigido por el Secretario de este Tribunal en el caso arriba mencionado, venderé en pública subasta al mejor postor entre la parte demandante y aquellas personas que reúnan los requisitos y calificaciones de Ley, de contado y por moneda del cuño legal de los Estados Unidos de América, en efectivo, giro postal o cheque certificado a nombre del (de la) Instancia, en mi oficina sita en el Sala de CAGUAS, el día 2 de noviembre de 2015 a las 9:30 de la mañana todo derecho, título o interés que tenga la parte demandada en la finca que se describe más adelante. El tipo mínimo para la primera subasta lo será la suma de $268, De no adjudicarse la propiedad en esa Primera Subasta, se celebrarán una Segunda y Tercera Subasta, en las mismas oficinas de este Alguacil, respectivamente, el día 9 de noviembre de 2015 a las 1:30 de la tarde; y 16 de noviembre de 2015 a las 1:30 de la tarde. Los tipos mínimos para dichas Segunda y Tercera Subastas lo serán, respectivamente las dos terceras partes y la mitad del tipo mínimo que se pactara para la Primera Subasta, o sea, las sumas de $179, y $134,275.00, respectivamente. La propiedad objeto de subasta se describe como sigue: URBA- NA: Parcela de terreno identificada como el solar ciento ochenta y siete (187) del bloque SJ de la Urbanización Sanjuanera, radicada en el Barrio Cañabón del término municipal de Caguas, Puerto Rico con una cabida de CUATROCIENTOS ONCE PUN- TO TRESCIENTOS SETENTA Y UNO METROS CUADRADOS ( m/c). En lindes por el Norte, en diecinueve punto cincuenta metros con vía matinal (calle cuatro (4)); por el Sur, en veintitrés punto cero cero metros con el solar ciento ochenta y ocho (188); por el Este, en arco de cinco punto cincuenta metros y catorce punto cincuenta metros con vía medieval (Calle ocho (8)) y por el Oeste, en dieciocho punto cero cero metros con el solar número ciento ochenta y seis. Enclava una casa. INS- CRITA: Al folio 225, del tomo 1658 de Caguas I, finca número 55,279. La dirección del inmueble es: 187 Sanjuanera, Hacienda San José, Caguas, PR Dichos remates se llevarán a efecto para con su producto satisfacer a la parte demandante el importe de la Sentencia que ha obtenido ascendente a la suma de $256, de principal, intereses acumulados desde el 1 de agosto de 2013 y los intereses pactados al 6.25% anual que se continúen generando a partir de dicha fecha en adelante, recargos por la cantidad de $77.40 por mes desde el 1 de septiembre de 2013, $ para reserva y contribuciones y la cantidad de $26, estipulada para costas y honorarios de abogado. Cualquier título, derecho o interés que tenga la parte demandada en este caso en la propiedad anteriormente descrita se adjudicará al mejor postor entre la parte demandante y aquellas personas que refinan los requisitos y calificaciones de Ley. Los autos y todos los documentos correspondientes al procedimiento de ejecución de hipoteca por la vía ordinaria incoados en este caso, estarán de manifiesto en la Secretaría de este Honorable Tribunal durante horas laborables. Se entiende que todo licitador que comparezca a la subasta señalada en este caso acepta como bastante la titulación que da base a la misma. Se entiende que cualquier carga y/o gravamen anterior y/o preferente, si lo hubiere, al crédito que da base a esta ejecución continuará subsistente, entendiéndose además, que el remanente los acepta y queda El monto de cada carga anterior que figura de la Certificación Registral sobre la finca objeto de esta ejecución, así como los nombres de sus titulares y fecha de vencimiento se detallan como sigue: NINGUNO El monto de cada carga posterior que figura de la Certificación Registral sobre la finca objeto de esta ejecución, así como los nombres de sus titulares y fecha de vencimiento se detallan como sigue: NINGUNO. Por la presente se le notifica a los titulares de crédito y/o cargas registrales posteriores, que se celebrarán las Subastas en las fechas, horas y sitio anteriormente señalados, y se les invitan a que concurran a dichas subastas si les conviniese, o se les invita a satisfacer antes del remate, el importe del crédito, de sus intereses, costas y honorarios de abogados asegurados, quedando entonces subrogados en los derechos del acreedor ejecutante, siempre y cuando refinan los requisitos y calificaciones de Ley y para que pueda efectuar tal subrogación. Y para su publicación en el tablón de edictos de este Tribunal y en dos lugares públicos del municipio en el cual se celebrarán las subastas señaladas, así como para la publicación en un periódico de circulación general diarias y en el Estado Libre Asociado de Puerto Rico, por el término de por lo menos dos semanas con antelación a la fecha de la primera subasta y una vez por semana. Se hace constar que los abogados de la parte demandante son Igor J. Domínguez Law Offices, 1225 Avenida Ponce de León, Suite 1105, San Juan, PR , Teléfono (787) , Fax. (787) EXPEDIDO el presente en CAGUAS, Puerto Rico, a 8 de julio de Ramon L. Hernandez Cintron, ALGUACIL Tribunal de Primera Instancia Sala de CAGUAS. SUPERIOR DE ARECIBO. Demandante vs. IRAIDA ROSA MIRANDA y su esposo JOSE F. CRESPI RIVERA y la Sociedad Legal de Bienes Gananciales que ambos componen CIVIL NUM. CCD (401) SOBRE: Ejecución de Hipoteca por la Vía Ordinaria EDICTO DE SUBASTA Al: Público en General A: IRAIDA ROSA MIRANDA y su esposo JOSE F. CRESPI RIVERA y la Sociedad Legal de Bienes Gananciales compuesta por ambos Yo, LUIS E. ROMAN CARRE- RO, Alguacil de este Tribunal, a la parte demandada y a los Wednesday, October 21, 2015 acreedores y personas con interés sobre la propiedad que más adelante se describe, y al público en general, HAGO SABER: Que el día 2 de noviembre de 2015, a las 11:30 de la mañana en mi oficina, sita en el Tribunal de Primera Instancia, Sala Superior de Arecibo, Arecibo, Puerto Rico, venderé en Pública Subasta la propiedad inmueble que más adelante se describe y cuya venta en pública subasta se ordenó por la vía ordinaria al mejor postor quien hará el pago en dinero en efectivo, giro postal o cheque certificado a nombre del o la Alguacil del Tribunal de Primera Instancia. Los autos y todos los documentos correspondientes al procedimiento incoado, estarán de manifiesto en la Secretaría durante horas laborables. Que en caso de no producir remate ni adjudicación en la primera subasta a celebrarse, se celebrará una segunda subasta para la venta de la susodicha propiedad, el día 9 de noviembre de 2015, a las 11:30 de la mañana y en caso de no producir remate ni adjudicación, se celebrará una tercera subasta el día 17 de noviembre de 2015, a las 11:30 de la mañana en mi oficina sita en el lugar antes indicado. La propiedad a describe como sigue: URBANA: Parcela de terreno localizada en el Barrio Hato Viejo del término municipal de Ciales, Puerto Rico, identificada en el plano de inscripción final de URBANIZA- CION DOS RIOS, con el número 11 y con un área de metros cuadrados, colindando por el Norte, en metros, con el solar número 10; por el Sur, en metros, con la calle número 1; por el Este, en metros, con la Carretera Estatal número 149; por el Oeste, en metros, con el solar número 12; y por el Suroeste, en un arco de 5.50 metros, con la Calle número 1 y la Carretera Estatal número 149. Enclava una casa de concreto reforzado y bloques de concreto para una sola familia y de una planta. La escritura de hipoteca se encuentra inscrita al folio 63 del tomo 304 de Ciales, Manatí, finca número 5,940, inscripción novena. La subasta se llevará a efecto para satisfacer a la parte demandante la suma de $79, de principal, intereses al 7.5% anual, desde el día 1ro. de julio de 2014, hasta su completo pago, más la cantidad de $8, estipulada para costas, gastos y honorarios de abogado, y recargos acumulados, todas cuyas sumas están líquidas y exigibles. Que la cantidad mínima de licitación en la primera subasta para el inmueble será de $86, y de ser necesaria una segunda subasta, la cantidad mínima será equivalente a 2/3 partes de aquella, o sea, la suma de $57, y de ser necesaria una tercera subasta, la cantidad mínima será la mitad del precio pactado, es decir, la suma de $43, La propiedad se adjudicará al mejor 35 Legal Notice postor, quien deberá satisfacer el importe de su oferta en moneda legal y corriente de los Estados Unidos de América en el momento de la adjudicación y que las cargas y gravámenes preferentes, si los hubiese, continuarán subsistentes, entendiéndose que el rematante los acepta y queda EN TESTIMONIO DE LO CUAL, expido el presente Edicto para conocimiento y comparecencia de los licitadores, bajo mi firma y sello del Tribunal, en Arecibo, Puerto Rico, a 8 de julio de GUSTAVO E. VIDAL QUILES, ALG. REGIONAL. LUIS E. RO- MAN CARRERO, ALGUACIL TRIBUNAL SALA SUPERIOR DE ARECIBO. JUDICIAL DE SAN JUAN SALA SUPERIOR. Parte Demandante VS LUIS HERNANDEZ MONSERRATE Y SU ESPOSA JEANNETTE CANCEL LEON Y LA : ESTADOS UNIDOS DE AMERICA CIVIL NUM.: KCD SALON NÚM.: 508 SOBRE AC- CION CIVIL DE: COBRO DE DI- NERO Y EJECUCION DE HIPO- TECA POR LA VIA ORDINARIA AVISO DE SUBASTA. A: LUIS HERNANDEZ MONSERRATE Y SU ESPOSA JEANNETTE CANCEL LEON Y LA : ESTADOS UNIDOS DE AMERICA; Y AL PUBLICO EN GENERAL: El que suscribe, Alguacil del Tribunal Superior, Centro Judicial de San Juan, San Juan, Puerto Rico, hago saber a la parte demandada, al PUBLICO EN GENERAL; y a el siguiente gravamen posterior: Secretary of Housing and Urban Dev: A cuyo favor aparece un Pagaré presentada al asiento 154 del diario 904, el día 7 de febrero de 2013, mediante la escritura #42, otorgada en San Juan, el día 31 de enero de 2013, ante la Notario Maritza Guzmán Matos, para que se inscriba hipoteca subordinada por la suma de $219,888.00, intereses al 4.50%, vence el 1 de octubre de Inscrito en virtud de la Ley 216 del 27 de diciembre de Que en cumplimiento del Mandamiento de Ejecución de Sentencia expedido el día 17 de julio de 2015, por la Secretaria del Tribunal, procederé a vender y venderé en pública subasta y al mejor postor la propiedad que se describe a continuación: Park Gardens Development, 32-G Maracaibo St. San Juan, PR URBA- NA: Solar marcado con el #32 del bloque G de la urbanización Park Gardens (Maracay Town Houses), radicado en el barrio Sabana Llana de Río Piedras, Puerto Rico, del término municipal de San Juan, Puerto Rico, con un área superficial de metros cuadrados. En lindes por el NORTE, en una distancia de metros, con el solar #31; por el SUR, en una distancia de metros, con el solar #33; por el ESTE, en una distancia de 7.01 metros, con la calle Maracaibo; y por el OESTE, en una distancia de 7.01 metros, con Juan Méndez Concrete Channer. Enclava una casa. Inscrita al folio 147 del tomo 557 de Sabana Llana, Registro de la Propiedad de San Juan, Sección V, finca número 22,818. El producto de la subasta se destinará a satisfacer al demandante hasta donde alcance, la SENTENCIA dictada a su favor, el día 1 de mayo de 2015, en el presente caso civil, a saber la suma de $207, de principal, más intereses al 4.50% anual desde el día 1ro. de enero de 2014, más la suma de $21,988.80, por concepto de honorarios de abogado y costas autorizadas por el Tribunal, más las cantidades que se adeudan mensualmente a partir del día 1ro. de febrero de 2014, por concepto de seguro hipotecario, cargos por demora, más cualesquiera hagan en virtud de la escritura de hipoteca. La venta de la referida propiedad se verificará libre de toda carga o gravamen que afecte la mencionada finca, excepto el gravamen aquí antes mencionado, a cuyo efecto se notifica y se hace saber la fecha, hora y sitio de la PRIMERA, SEGUN- DA y TERCERA subasta, si esto fuera necesario, a los efectos de que cualquier persona o personas con algún interés puedan comparecer a la celebración de dicha subasta. La adjudicación se hará al mejor postor, quien deberá consignar el importe de su oferta en el acto mismo de la adjudicación, en efectivo (moneda del curso legal de los Estados Unidos de América), giro postal o cheque certificado a nombre del alguacil del Tribunal. LA PRIME- RA subasta se llevará a efecto el día 2 DE NOVIEMBRE DE 2015 A LAS 11:00 DE LA MAÑANA, en la oficina del referido Alguacil, localizada en el Centro Judicial de San Juan, San Juan, Puerto Rico. Que el precio mínimo fijado para la PRIMERA SUBASTA es de $219, Que de ser necesaria la celebración de una SEGUNDA SUBASTA, la misma se llevará a efecto el día 9 DE NOVIEMBRE DE 2015 A LAS 11:00 DE LA MAÑANA, en la oficina antes mencionada del Alguacil que suscribe. El precio

3 Legal Notice 36 Wednesday, October 21, 2015 The San Juan Daily Star mínimo para la SEGUNDA SU- BASTA será de $146,592.00, equivalentes a dos terceras (2/3) partes del tipo mínimo estipulado para la PRIMERA subasta. Que de ser necesaria la celebración de una TERCERA SUBASTA, la misma se llevará a efecto el día 17 DE NOVIEMBRE DE 2015 A LAS 11:00 DE LA MAÑANA, en la ofi cina antes mencionada del Alguacil que suscribe. El precio mínimo para la TERCERA SU- BASTA será de $109,944.00, equivalentes a la mitad (1/2) del tipo mínimo estipulado para la PRIMERA subasta. Si se declarase desierta la tercera subasta se dará por terminado el procedimiento, pudiendo adjudicárse al acreedor la finca aquí antes descrita, dentro de los diez (10) días siguientes, si así lo estimare conveniente, por la totalidad de la cantidad adeudada si ésta fuera igual o menor al monto del tipo mínimo de la tercera subasta, y abonándose dicho monto a la cantidad adeudada si ésta fuere mayor. (Art. 221, Ley Hipotecaria y del Registro de la Propiedad, 30 L.P.R.A. 2721) Para conocimiento de la parte demandada y de toda aquella persona o personas que tengan interés inscrito con posterioridad a la inscripción del gravamen que se está ejecutando, y para conocimiento de todos los licitadores y el público en general, el presente Edicto se publicará por espacio de dos (2) semanas consecutivas, con un intervalo de por lo menos siete días entre ambas publicaciones, en un diario de circulación general en el Estado Libre Asociado de Puerto Rico y se fijará además en tres (3) lugares públicos del Municipio en que ha de celebrarse dicha venta, tales como la Alcaldía, el Tribunal y la Colecturía. Se le advierte a todos los interesados que todos los documentos relacionados con la hipoteca, así como de la subasta, estarán disponibles para ser examinados en la Secretaría de este Tribunal, durante las horas laborables. EXPIDO, el presente EDICTO, en San Juan, Puerto Rico, hoy día 5 de octubre de Pedro Hieye Gonzalez, Alguacil Supervisor División de Subastas Tribunal de Primera Instancia Sala Superior de San SUPERIOR DE ARECIBO. Demandante vs. RICARDO ANTONIO MARRERO NIEVES y su esposa WANDA RIVERA ROMAN y la Sociedad Legal de Bienes Gananciales compuesta por ambos CIVIL NUM. CCD (402) SOBRE: COBRO DE DI- NERO (Ejecución de Hipoteca por la Vía Ordinaria) IN REM EDICTO DE SUBASTA. Al: Público en General A: RICARDO ANTONIO MARRERO NIEVES y su esposa WANDA RIVERA ROMAN y la Sociedad Legal de Bienes Gananciales compuesta por ambos Yo, WILFREDO RODRIGUEZ CARRION, Alguacil de este Tribunal, a la parte demandada y a los acreedores y personas con interés sobre la propiedad que más adelante se describe, y al público en general, HAGO SA- BER: Que el día 2 de noviembre de 2015 a las 11:15 de la mañana en mi oficina, sita en el Tribunal Superior de Arecibo, Arecibo, Puerto Rico, venderé en Pública Subasta la propiedad inmueble que más adelante se describe y cuya venta en pública subasta se ordenó por la vía ordinaria. Los autos y todos los documentos correspondientes al procedimiento incoado, estarán de manifiesto en la Secretaría durante horas laborables. Que en caso de no producir remate ni adjudicación en la primera subasta a celebrarse, se celebrará una segunda subasta para la venta de la susodicha propiedad, el día 9 de noviembre de 2015, a las 11:15 de la mañana; y en caso de no producir remate ni adjudicación, se celebrará una tercera subasta el día 17 de noviembre de 2015, a las 11:15 de la mañana en mi oficina sita en el lugar antes indicado. La propiedad a describe como sigue: RUSTICA: Parcela Radicada en el Barrio Arenales del término municipal de Arecibo, con un área superficial de mil ciento setenta y cinco punto siete dos metros cuadrados (1, m.c.) y lindes por el NORTE, en cincuenta punto cuatro ocho metros (50.48 m.), con la carretera que conduce el Barrio Bajaderos; por el SUR, en veinte punto cuatro cero metros (20.40 m.), con la finca principal de la cual se segrega; por el ESTE, en cuarenta y cuatro punto cinco nueve metros (44.59 m.), con Víctor y Marcelino Sánchez; y por el OESTE, en treinta y tres punto cero cero metros (33.00 m.), con parcela B. Enclava una casa. La escritura de hipoteca se encuentra inscrita al folio 185 del tomo 1163 de Arecibo, Arecibo I, finca número 14,209, inscripción 26ta. La subasta se llevará a efecto para satisfacer a la parte demandante la suma de $259, de principal, intereses al 6.625% anual, desde el día 1ro. de enero de 2013, hasta su completo pago, más la cantidad de $27, estipulada para costas, gastos y honorarios de abogado más recargos acumulados, todas cuyas sumas están líquidas y exigibles. Que la cantidad mínima de licitación en la primera subasta para el inmueble será de $276, y de ser necesaria una segunda subasta, la cantidad mínima será equivalente a 2/3 partes de aquella, o sea, la suma de $184, y de ser necesaria una tercera subasta, la cantidad mínima será la mitad del precio pactado, es decir, la suma de $138, La propiedad se adjudicará al mejor postor, quien deberá satisfacer el importe de su oferta en moneda legal y corriente de los Estados Unidos de América en el momento de la adjudicación y que las cargas y gravámenes preferentes, si los hubiese, continuarán subsistentes, entendiéndose que el rematante los acepta y queda EN TESTIMONIO DE LO CUAL, expido el presente Edicto para conocimiento y comparecencia de los licitadores, bajo mi firma y sello del Tribunal, en Arecibo, Puerto Rico, a 8 de octubre de Gustavo E. Vidal Quiles, Alguacil Regional. Wilfredo Rodriguez Carrion, Alguacil Tribunal Sala Superior De Arecibo. BAYAMÓN., INC. Demandante v. HILDA SANTOS ALLENDE, EVA IVETTE ALLENDE SANTOS, T/C/C EVA I. ALLENDE SANTOS, T/C/C EVA ALLENDE SANTOS Demandadas CIVIL NUM.: DCD (402) SOBRE: COBRO DE DINERO - EJECUCIÓN DE HIPOTECA POR LA VÍA ORDI- NARIA ESTADOS UNIDOS DE AMERICA EL PRESIDENTE DE LOS ESTADOS UNIDOS SS ESTADO LIBRE ASOCIADO DE AVISO DE SUBASTA. Yo, Alg. Freddy Omar Rodriguez Collazo, Alguacil del Sala de Bayamón, notifico a los demandados, público en general y personas con algún interés, que cumpliré con un Mandamiento librado por el Secretario del Tribunal de epígrafe, el 19 de mayo de 2015, para satisfacer la Sentencia dictada el 15 de septiembre de 2014, la cual fue notificada y archivada en autos el 23 de septiembre de En dicha Sentencia se condena a la parte demandada a satisfacer la suma de $122, adeudada al 1ro de septiembre de 2013, más las costas, gastos, créditos accesorios garantizados hipotecariamente. Conforme a lo anterior, venderé en pública subasta, al mejor postor en pago de contado y en moneda del curso legal de los Estados Unidos de América, todo derecho, título e interés que hayan tenido tengan o puedan tener los deudores demandados en cuanto al bien inmueble que ubica en el Sierra Bayamón, 39A-35 Calle B, Bayamón, Puerto Rico, que se describe a continuación: URBANA: Solar radicado en la Urbanización Sierra Bayamón, Barrio Hato Tejas, Bayamón, con el número del solar 35 de la Manzana 39 A, con área de metros cuadrados. En lindes por el NORTE, con el solar número 34, en metros; por el SUR, con el solar número 36, en metros; por el ESTE, con la Calle B, en 7.00 metros y por el OESTE, con paseo público, en metros. Inscrito al folio 223 del tomo 229 de Bayamón Norte, finca número #6,068 Registro de la Propiedad de Puerto Rico, Sección Tercera de Bayamón. El tipo mínimo para la subasta será la suma de $110, De declararse la subasta desierta, y de celebrarse una segunda subasta, el tipo mínimo será dos terceras (2/3) partes del tipo mínimo establecido para la primera subasta, el cual asciende a $73, Si tampoco hubiere remate ni adjudicación en la segunda subasta, regirá como tipo mínimo de la tercera subasta la mitad (1/2) del tipo mínimo pactado para la primera subasta el cual asciende a $55, Si se declarase desierta la tercera subasta se dará por terminado el procedimiento, pudiendo adjudicarse el bien subastado a opción del demandante. Art. 221 de la Ley Hipotecaria, 30 L.P.R.A. sec La primera subasta se llevará a cabo el día 2 de noviembre de 2015, a la(s) 9:15 de la mañana. De declararse desierta, se llevará a efecto una segunda subasta el día 9 de noviembre de 2015, a la(s) 1:15 de la tarde. De declararse desierta, se llevará a cabo una tercera subasta el día 16 de noviembre de 2015, a la(s) 1:15 de la tarde. La subasta o subastas antes indicadas se llevarán a efecto en mi oficina, localizada en el Sala de Bayamón. En la Sentencia, el Tribunal ordenó a la parte demandada a pagar a Banco Popular la suma de $122, la cual se desglosa de la siguiente forma: $108, por concepto de principal; $2, por concepto de intereses acumulados; $ por concepto de cargos por demora los cuales al igual que los intereses continúan acumulándose hasta el saldo total de la deuda reclamada en este pleito, $ por concepto de Escrow Advances ; y la suma de $11, para costas, gastos y créditos accesorios garantizados hipotecariamente. Se le advierte a los postores o licitadores que la adjudicación del bien inmueble a subastarse se hará al mejor postor o licitador victorioso, quien deberá consignar el importe de su oferta en el mismo acto de la adjudicación, en moneda de curso legal de los Estados Unidos de Norteamérica. Se entenderá que todo licitador acepta como bastante la titulación y que las cargas y gravámenes anteriores y los preferentes, si los hubiere al crédito de ejecutante, continuarán subsiguientes entendiéndose que el rematante los acepta y queda de los mismos, sin destinarse a su extinción el precio del remate. Con el producto que se obtenga de la subasta se le pagará a la parte demandante el importe de la Sentencia hasta donde alcance, y se pondrá al adjudicatario o licitador victorioso en posesión de la propiedad subastada, libre de cargas y gravámenes posteriores, dentro del término de veinte (20) días a partir de celebrada la subasta. Para cumplir con lo anterior, el Alguacil queda facultado, de ser necesario, para romper candados y cerraduras que impidan el acceso a la propiedad subastada. Todos los interesados quedan notificados de que todos los documentos relacionados con la hipoteca, así como la de la subasta, estarán disponibles para ser examinados en la Secretaría del Tribunal. Para conocimiento de la parte demandada y de toda(s) aquella(s) persona(s) que tengan interés inscrito con posterioridad a la inscripción del gravamen que se está ejecutando, y para conocimiento de los licitadores y el público en general, y para su publicación en un periódico de circulación general, una vez por semana durante el término de dos (2) semanas consecutivas con un intervalo de por lo menos siete (7) días entre ambas publicaciones, y para su fijación en tres (3) lugares públicos del municipio en que ha de celebrarse la venta, tales como, la Alcaldía, el Tribunal y la Colecturía, así como en la Colecturía más cercana al lugar de residencia de la parte demandada, cuando ésta fuera conocida, y se le notificara además a la parte demandada vía correo certificado con acuse de recibo a la última dirección conocida. Y para conocimiento de los demandados, de los acreedores posteriores, de los licitadores, partes interesadas y público en general, expido el presente Aviso para su publicación en los lugares públicos correspondientes. Librado en Bayamón, Puerto Rico, a 27 de mayo de Alg. Freddy Omar Rodriguez Collazo, Alguacil Tribunal De Primera Instancia Sala De Bayamón. SAN JUAN. DLJ MORTGAGE CAPITAL, INC. Parte Demandante Vs. AFORTUNADA FERNANDEZ PACHECO Y DEPARTAMENTO DE HACIENDA CIVIL NUM. KCD SOBRE: COBRO DE DINERO Y POR LA VIA ORDINARIA ANUN- CIO DE SUBASTA. El suscribiente, Alguacil del Tribunal de Distrito de Puerto Rico, Sala de San Juan, a los demandantes, a los demandados de epígrafe y al público en general hace saber que los autos y documentos del caso de epígrafe estarán de manifiesto en la Secretaría del Tribunal durante horas laborables y que venderá en pública subasta al mejor postor, en moneda de curso legal de los Estados Unidos de América, en mi oficina en este Tribunal el derecho que tenga la parte demandada en el inmueble que se relaciona más adelante para pagar la SENTENCIA por $24, de balance principal, los intereses adeudados sobre dicho principal y computados al 6.50% anual desde el día primero de agosto de 2008 hasta su total pago y completo pago; más el 5% computado sobre cada mensualidad de $159.28; cargos por demora a razón de $4.78 mensuales hasta su total pago, más la suma de $2, como cantidad estipulada para honorarios de abogado, pactada en la escritura de hipoteca; y cuales quiera otras sumas que por cualesquiera concepto legal se devenguen hasta el día de la subasta. El precio mínimo para la primera subasta será de $25, La propiedad a describe como sigue: URBANA: PROPIEDAD HORIZONTAL: Apartamento residencial número A guión cuatrocientos diez (A-410) ubicada en el Condominio Bahía VBC guión cincuenta y seis (VBC-56), localizado en la Calle Palmas, esquina Cerra, Barrio Tras Talleres, Santurce, San Juan, Puerto Rico, con un área privada de SEISCIENTOS NOVENTA Y UNO PUNTO SE- SENTA Y TRES (691.63) PIES CUADRADOS, equivalentes a SESENTA Y CUATRO PUNTO VEINTICINCO (64.25) METROS CUADRADOS, el cual contiene sala, comedor, cocina, baño, dos (2) dormitorios y balcón, colindando por el Norte, con parte del solar donde enclava el edificio que da a su frente a la calle Las Palmas; por el Sur, con el pasillo exterior del edificio y con el pozo de ventilación del mirador; por el Este, con el pozo de ventilación de servicio y con el apartamento A guión cuatrocientos once (A-411) (pared medianera); y por el Oeste, con el pozo de ventilación y servicio y con el apartamento número cuatrocientos nueve (409) (pared medianera). Corresponde a este apartamento en los gastos gananciales y derechos en relación y sobre los elementos comunes generales una parte de cero punto tres cinco cero dos cinco por ciento ( %). Inscrito al folio doscientos noventa y dos (292) vuelto del tomo doscientos veintisiete (227) de Santurce Sur, finca siete mil ciento dieciocho (7,118) en el San Juan, Sección Primera. La propiedad descrita anteriormente se encuentra afecta además a Hipoteca en garantía de un pagare a favor de Autoridad para el Financiamiento de la Vivienda de Puerto Rico, o a su orden por la suma de $25,200.00, intereses al 6.50% anual y vencedero el 1ro de junio de 2035, según consta de la escritura número 542, otorgada en San Juan el 19 de mayo de 2005, ante el notario Jean Paul Vissepo Garriga, inscrita al folio 119 del tomo 395 de Santurce Sur, finca 7,118, inscripción 10ma. La propiedad descrita anteriormente se encuentra afecta además a Hipoteca en garantía de un pagare a favor de Autoridad para el Financiamiento de la Vivienda de Puerto Rico, o a su orden por la suma de $15,000.00, sin intereses y vencedero en 8 años, según consta de la escritura número 543, otorgada en San Juan el 19 de mayo de 2005, ante el notario Jean Paul Vissepo Garriga, inscrita al folio 119 del tomo 395 de Santurce Sur, finca 7,118, inscripción 11a. Sujeta a condiciones de subsidio. La primera subasta se llevará a cabo el día 3 de noviembre de 2015, a las 10:00 de la mañana, y servirá de tipo mínimo para la misma la suma de $25, sin admitirse oferta inferior. En el caso de que el inmueble a ser subastado no fuera adjudicado en la primera subasta, se celebrará una segunda subasta el día 10 de noviembre de 2015, a las 10:00 de la mañana y el precio mínimo para esta segunda subasta será el de dos terceras partes del precio mínimo establecido para la primera subasta, o a sea la suma de $16, Si tampoco hubiera remate ni adjudicación en la segunda subasta, se celebrará una tercera subasta el día 18 de noviembre de 2015, a las 10:00 de la mañana y el tipo mínimo para esta tercera subasta será la mitad del precio establecido sea, la suma de $12, Si se declarase desierta la tercera el procedimiento, pudiendo adjudicarse el inmueble al acreedor hipotecario dentro de los diez días siguientes a la fecha de la última subasta, si así lo estimase conveniente, por la totalidad de la cantidad adeudada conforme a la sentencia, si ésta fuera igual o menor que el monto del tipo de la tercera subasta y abonándose dicho monto a la cantidad adeudada si ésta fuera mayor. Se avisa a cualquier licitador que la propiedad queda sujeta al gravamen del Estado Libre Asociado y CRIM sobre la propiedad inmueble por contribuciones adeudadas y que el pago de dichas contribuciones es la responsabilidad del licitador. Que se entenderá por todo licitador acepte como suficiente la titulación y que los cargos y gravámenes anteriores y los preferentes al crédito del ejecutante continuarán subsistentes en entendiéndose que el rematador los acepta y queda de los mismos, sin destinarse su extinción al precio rematante. Y para conocimiento de licitadores, del público en general y para su publicación en un periódico de circulación general diaria en Puerto Rico y en los sitios públicos de acuerdo a las disposiciones de la Regla 51.8 de las de Procedimiento Civil, así como para la publicación en un periódico de circulación general diaria y en el Estado Libre Asociado de Puerto Rico, por espacio de dos semanas con antelación a la fecha de la primera subasta y por lo menos una vez por semana. Expedido el presente en San Juan, Puerto Rico a 30 de septiembre de Pedro Hieye Gonzalez, Alguacil Del Tribunal. ***** SAN JUAN. MAYRA IVELISSE BURGOS RODRIGUEZ Demandante vs US SMALL BUSINESS ADMINISTRATION, John Doe y Richard Roe, como posibles tenedores. CIVIL NÚM. KCD SOBRE: CANCELACIÓN DE PAGARE HIPOTECARIO EX- TRAVIADO EMPLAZAMIENTO POR EDICTO A: JOHN DOE Y RICHARD ROE (personas desconocidas con posible interés) En este caso la parte demandante ha radicado Demanda para que se decrete judicialmente el saldo de un pagaré hipotecario a favor de US SMALL BUSI- NESS ADMINISTRATION, por la suma principal de $17, con intereses al 3.437% anual y vencedero en 10 años. Dicho pagaré fue suscrito el día 19 DE OCTUBRE DE 1999, mediante la escritura número 192 otorgada en Carolina, Puerto Rico, ante el Notario José Luis Medero Medero y está garantizado por hipoteca sobre la propiedad sita en 1729 Calle Tinto, Urb. Río Piedras Heights, Río Piedras, Puerto Rico que se describe como sigue: URBANA: Solar número doce del bloque R en la Urbanización San Fernando, Sección Tercera, en el Barrio Monacillos de San Juan, Puerto Rico, compuesto de cuatrocientos nueve metros diecinueve centímetros cuadrados. En lindes: al NORTE, en veintisiete metros con el solar trece del mismo bloque; al SUR, en veintisiete metros con el solar once del mismo bloque; al ESTE, en quince metros treinta y un metros centímetros con los solares seis y siete del mismo bloque; y al OESTE, en quince metros con la calle Q de la Urbanización. Contiene una casa de concreto reforzado y bloques de concreto, de una planta, para una familia. Inscrita al folio 151 del tomo 29 de Monacillos Este y El Cinco, finca número 987 (antes 20,169), San

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