LA VIOLENCIA CONTRA LAS MUJERES. (actualizado a noviembre de 2007)

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1 LA VIOLENCIA CONTRA LAS MUJERES (actualizado a noviembre de 2007)

2 I....2 II. El maltrato doméstico Concepto Causas y factores desencadenantes Características Algunos datos con relación al maltrato doméstico Ciclo de la violencia conyugal Consecuencias psicológicas en las víctimas de maltrato doméstico Rasgos más frecuentes de los hombres maltratadores Invisibilidad Denuncias Órdenes de Protección...19 III. La violencia sexual...19 IV. Intervención institucional Planificación Investigación Estudios Publicaciones Sensibilización Campañas de comunicación Conferencias impartidas Prevención Ámbito educativo Medios de comunicación Formación a profesionales Información y asesoramiento Recursos Sociales Coordinación institucional Comisión interdepartamental y Comisión interinstitucional Acuerdos de coordinación para la atención a víctimas de agresiones sexuales Acuerdo interinstitucional para la mejora en la atención a mujeres víctimas de maltrato doméstico y agresiones sexuales Legislación Ley 4/2005, de 18 febrero, para la Igualdad de Mujeres y Hombres Reflexión final

3 I. LA VIOLENCIA CONTRA LAS MUJERES La violencia que en sus diferentes formas se ejerce contra las mujeres supone un grave atentado contra su integridad física y moral y un ataque directo a su dignidad como personas. Nos encontramos, por tanto, ante una grave violación de los derechos humanos de las mujeres y ante un problema social de enorme magnitud debido a su gran incidencia en nuestra población y a la gravedad de las secuelas tanto físicas como psicológicas producidas en las víctimas. Existen diferentes formas y tipos de violencia contra las mujeres; no obstante, todas ellas tienen su raíz en la situación estructural de desigualdad y subordinación en que se encuentran las mujeres en nuestra sociedad. Definición y tipología 1 En la actualidad se está usando un amplio número de conceptos para referirse al fenómeno de la violencia que se ejerce de diferentes formas contra las mujeres por razón de su sexo: violencia sexista, violencia masculina, violencia de género, etc. No obstante, a los efectos de unificar la terminología y de evitar confusiones, se propone la utilización del término violencia contra las mujeres. Los motivos de esta elección son varios: en primer lugar, es un término claro e inteligible para cualquier persona no experta en la materia, en segundo lugar, hace visible que son las mujeres quienes sufren este tipo de violencia y, en tercer lugar, es la expresión que en estos momentos concita un mayor consenso social y político y que se viene utilizando en los instrumentos jurídicos internacionales 2. Salvo en los casos en los que se especifique claramente su alcance y significado o se esté haciendo referencia expresa a la Ley Orgánica 1/2004, creemos que es preferible no utilizar el término violencia de género ya que, si bien es cierto que desde hace un tiempo a esta parte está cobrando fuerza en determinados sectores e incluso aparece en la legislación estatal reciente, no existe un consenso generalizado sobre su significado y esto está aportando más confusión que claridad a la cuestión. De hecho, unas veces se utiliza como sinónimo de violencia contra las mujeres, otras veces con un sentido más general referido a cualquier tipo de violencia que sufra una persona mayoritariamente las 1 Lo señalado en este apartado está basado en el documento. Propuestas terminológicas, aprobado el día 25 de noviembre de 2005 por la Comisión de Seguimiento del Acuerdo Interinstitucional. 2 Entre otros, Declaración de la ONU sobre la Eliminación de la Violencia contra la Mujer (1993), Plataforma para la Acción adoptada en la IV Conferencia Mundial sobre la Mujer de Beijing (1995), Recomendación del Comité de Ministros y Ministras del Consejo de Europa a los Estados miembros sobre la Protección de la Mujer contra la Violencia (2002) y Guía de buenas prácticas para paliar los efectos de la violencia contra las mujeres y conseguir su erradicación de la Unión Europea (2002). 2

4 mujeres pero no siempre- como consecuencia de las relaciones de género 3, e incluso, en muchos casos, se está usando para referirse únicamente a la violencia ejercida contra las mujeres en el ámbito de la relación de pareja. La definición de violencia contra las mujeres que se propone es la recogida en el artículo 50 de la Ley 4/2005, de 18 de febrero, para la Igualdad de Mujeres y Hombres y en la Recomendación del Comité de Ministros del Consejo de Europa a los Estados miembros sobre la Protección de la Mujer contra la Violencia aprobada el 30 de abril de 2002: se considera violencia contra las mujeres cualquier acto violento por razón del sexo que resulta, o podría resultar, en daño físico, sexual o psicológico o en el sufrimiento de la mujer, incluyendo las amenazas de realizar tales actos, coacción o la privación arbitraria de liberta, que se produzcan en la vida pública o privada 4. Según lo señalado en la citada Recomendación, la violencia contra las mujeres incluye, aunque no se limita, a lo siguiente: a. Violencia que se produce en la familia o la unidad doméstica, incluyendo, entre otros, la agresión física y mental, el abuso emocional y psicológico, la violación y abusos sexuales, incesto, violación entre cónyuges, compañeros ocasionales o estables y personas con las que conviven, crímenes perpetrados en nombre del honor, mutilación genital y sexual femenina y otras prácticas tradicionales perjudiciales para la mujer, como son los matrimonios forzados; b. Violencia que se produce dentro de la comunidad general, incluyendo, entre otros, la violación, abusos sexuales, acoso sexual e intimidación en el trabajo, en las instituciones o cualquier otro lugar, el tráfico ilegal de mujeres con fines de explotación sexual y explotación económica y el turismo sexual; c. Violencia perpetrada o tolerada por el estado o sus oficiales; d. Violación de los derechos humanos de las mujeres en circunstancias de conflicto armado, en particular la toma de rehenes, desplazamiento forzado, violación sistemática, esclavitud sexual, embarazos forzados y el tráfico con fines de explotación sexual y explotación económica. 3 En el II Informe internacional sobre violencia contra mujer en las relaciones de pareja, elaborado en 2006 por el Centro Reina Sofia para el Estudio de la Violencia, se define la violencia de género como cualquier acción u omisión intencional que daña o puede dañar a una persona porque se desvía de los estereotipos socialmente construidos. 4 Esta definición va en la misma línea de las recogidas en la Declaración de la ONU sobre la Eliminación de la Violencia contra la Mujer (1993) y en la Plataforma para la Acción adoptada en la IV Conferencia Mundial sobre la Mujer de Beijing (1995). 3

5 A continuación nos centraremos en los dos tipos de violencia contra las mujeres que más extendidos en nuestra Comunidad: el maltrato doméstico y la violencia sexual. II. EL MALTRATO DOMÉSTICO 1. Concepto Como se ha señalado anteriormente, la violencia contra las mujeres es un fenómeno más amplio que la violencia doméstica contra la(s) mujer(es), siendo numerosos los ámbitos donde se pueden encontrar manifestaciones de la misma: contexto familiar y afectivo, centros de trabajo y estudio, ámbito institucional, etc. La expresión violencia doméstica forma parte tanto del lenguaje coloquial como del que usan las y los profesionales. En el Glosario 100 palabras para la igualdad. Glosario de términos relativos a la igualdad entre hombres y mujeres, elaborado en el año 1999 por la Comisión Europea, define el término violencia doméstica como toda forma de violencia física, sexual o psicológica que pone en peligro la seguridad o el bienestar de un miembro de la familia; recurso a la fuerza física o el chantaje emocional; amenazas de recurso a la fuerza física, incluida la violencia sexual, en la familia o en el hogar. En este concepto se incluyen el maltrato infantil, el incesto, el maltrato de mujeres y los abusos sexuales o de otro tipo contra cualquier persona que conviva bajo el mismo techo. En este sentido, se propone usar el término violencia contra las mujeres en el ámbito doméstico o violencia doméstica 5 contra la(s) mujer(es) para referirse a cualquier acto violento que tenga o pueda tener como resultado un daño o sufrimiento físico, sexual o psicológico para aquéllas y que se produzca sobre la base de una relación familiar y/o afectiva actual o previa. Para referirse a la violencia doméstica que se ejerce de forma 5 Existen opiniones contrarias al uso del término doméstico. Dos son fundamentalmente los argumentos que se suelen esgrimir: uno, que el adjetivo doméstico sugiere connotaciones de problema banal o poco importante y, el otro, que puede dar a entender que la raíz de esta violencia es de ámbito intrafamiliar y no social. El primer argumento, en nuestra opinión, adolece de un sesgo androcéntrico, ya que la consideración de lo doméstico como algo trivial o de escasa entidad es consecuencia de la influencia que ejerce sobre nuestro pensamiento la escala de valores impuesta por el sistema patriarcal, que infravalora todo lo relacionado con las mujeres y con lo femenino. En cuanto al segundo argumento, aunque lo compartimos, entendemos que nos nos puede llevar a prescindir de él, porque es un término consolidado y comprensible para la generalidad de las personas y porque tampoco se han encontrado otros términos que lo puedan sustituir satisfactoriamente, ya que los de maltrato o malos tratos y el de violencia de género que algún sector de la doctrina proponen, se refieren a realidades más amplias: por un lado, los malos tratos se pueden producir también fuera del ámbito de una relación convivencial y/o afectiva (sería el caso de los malos tratos infligidos en ámbitos institucionalizados como prisiones, centros de detención, instituciones psiquiátricas, etc.); por otro lado, la violencia de género, aunque sea un término que por los motivos señalados preferimos no usar, entendemos que en todo caso engloba a todos los distintos tipos de violencia que sufren las mujeres por razón de su sexo. El término doméstico nos sirve para especificar el ámbito donde se produce un tipo de violencia contra las mujeres y, por ello, se propone su uso siempre que en el contexto quede claro que no nos estamos refiriendo a un problema meramente privado o intrafamiliar. 4

6 continuada contra la mujer con el objetivo de controlar, someter, dominar y mantener una posición de autoridad y poder en la relación, se propone la utilización del término maltrato doméstico a la(s) mujer(es). El maltrato doméstico se sustenta sobre la previa existencia de una relación desigual de poder; de hecho, el fin último del maltrato doméstico no es la producción de una lesión determinada, sino el sometimiento, la dominación y el mantenimiento de una posición de autoridad y poder en la relación. Esto explica que el maltrato doméstico sea producido mayoritariamente por hombres contra sus parejas o exparejas. En función de la naturaleza de los actos agresivos en los que se manifiesta, se pueden diferenciar cuatro tipos de maltrato doméstico: a) Físico. Son aquellas acciones de carácter no accidental que conllevan riesgo o daño para la integridad física de la víctima. Incluye conductas como empujar, pegar, quemar o el uso de armas u otros objetos para agredir a la víctima. b) Psicológico o emocional. Son acciones no accidentales que conllevan un daño o riesgo para la integridad psíquica de la víctima, en forma de amenaza, insulto, humillación, desprecio, rechazo afectivo, así como bloqueo de las iniciativas de interacción, aislamiento, incomunicación, etc. c) Sexual. Son aquellos comportamientos de naturaleza sexual realizados sin el consentimiento de la víctima. d) Económico. Consiste en impedir el acceso a la información o el manejo del dinero o de otros bienes económicos. Incluye conductas tales como el chantaje económico, el control absoluto de los ingresos, impedir o limitar la participación de la mujer en los bienes comunes, impedir el acceso a un puesto de trabajo o el impago de pensiones alimenticias. Lo normal es que dentro de la misma relación concurran los diferentes tipos de maltrato. 2. Causas y factores desencadenantes Hay numerosas teorías que explican la existencia y la amplitud del maltrato doméstico a mujeres. En las investigaciones dedicadas al maltrato doméstico se ha seguido el siguiente recorrido: 5

7 El Modelo Psiquiátrico, fue el primero y puso el acento en las características del individuo maltratador (la personalidad, enfermedad psíquica, alcoholismo y drogadicción). El Modelo Psicosocial se centró en dos aspectos: - en las dificultades de relación en la pareja, donde la agresión es el resultado de una interacción entre cónyuges. Se trata de una forma de comunicación que conduce a estallidos de violencia. - en el aprendizaje de la violencia, dentro de la propia familia, la llamada violencia generacional, que se trata de violencia transmitida generacionalmente. Finalmente, el Modelo Sociocultural, subraya la importancia de la propia estructura social a través de la socialización en base al género y la tolerancia a la violencia. Lo extendido de la violencia contra las mujeres en la familia y su aceptabilidad han hecho que cada vez más especialistas hayan puesto más en tela de juicio la validez de las explicaciones que tengan que ver con características personales e individuales y sugieran una explicación social. En esta línea, los malos tratos que sufren las mujeres dentro del hogar tendrían su causa no tanto en factores que pueden ser desencadenantes de la agresión (el alcohol, el paro, la pobreza...) sino en la situación estructural de desigualdad real en la que se encuentran las mujeres dentro de la sociedad. Teniendo en cuenta lo planteado en el Modelo Sociocultural, y para poder entenderlo, es fundamental pararnos en el concepto de socialización en base al género: La socialización es el proceso mediante el cuál se desarrolla la estructura de la personalidad y se transmite la cultura de una generación a otra. Por otra parte la estructura de personalidad es el sistema de expectativas, objetivos y acciones que han persistido a través del tiempo y que pertenecen a la persona. Se entiende por socialización en base al género el proceso de aculturación (adiestramiento impidiendo su propio rumbo) en valores, actitudes y destrezas, de forma discriminada que se da en nuestra sociedad según el género y es a través de este proceso de socialización donde se van a configurar los roles sociales en función del sexo. En general existen una serie de valores y estereotipos en torno a los cuales se socializa a los chicos y chicas diferenciadamente, entre los cuales seleccionamos los aspectos específicos relacionados con el tema del maltrato: la agresión, el manejo del dinero, las relaciones sexuales y el tratamiento de la dependencia implícita en el vínculo de la pareja. 6

8 LAS MUJERES son socializadas con la expectativa de que su principal tarea en la vida es cuidar de las demás personas, por lo que sus vidas se centran en actividades que conducen al desarrollo y crecimiento de quienes les rodean y no de ellas. Responder a las necesidades de otras personas puede brindar sensación de gratificación y placer. El precio es depender de otros, en particular de sus maridos, subordinarse a su poder, status y autoridad fuera del hogar. El sentido de sí mismas, de su identidad, está profundamente afincado en afiliaciones y relaciones personales que sugieren el desarrollo de capacidades y cualidades de afectuosidad, expresividad emocional y empatía. La idoneidad de una mujer en lo que respecta a la afectuosidad, empatía y las relaciones interpersonales es a menudo desvalorizada y desestimada, dado que las aptitudes para el mundo exterior son las más valoradas en una sociedad patriarcal. La posición social de subordinación genera cólera en las mujeres, pero existen dificultades para que lo manifiesten porque han recibido el mensaje de que una persona responsable de cuidar a los demás no puede ser colérica. El hecho de que muchas veces sean económicamente dependientes es otra barrera para la manifestación de la cólera que provoca la subordinación. Las mujeres frecuentemente dejan el destino económico de ambos en manos del marido, cediéndole el control de su dinero y manejando sólo una parte de la economía, la denominada dinero de bolsillo, el dinero de cada día, el que se utiliza para el consumo cotidiano y para el mantenimiento de la estructura familiar. La relación sexual es, a menudo, un acto simbólico realizado en nombre del deber y la responsabilidad, en aras del matrimonio y la maternidad. Esta actitud impide que experimente plenamente sus propios deseos sexuales. En LOS HOMBRES el sentido de sí mismos, su identidad, está orientada hacia el logro del éxito público, a conseguir un status social y no en un desarrollo positivo de las relaciones personales. Normalmente, su autoestima se conecta con la circunstancia de hacer por oposición a dar. Aunque les interesa ser maridos y padres, el reconocimiento de su masculinidad proviene predominantemente de sus roles fuera de la familia y de sus posiciones de liderazgo. El éxito fuera de la familia exige una conducta controlada, prevenida y calculada. Esto implica que, en muchos casos, obturen grandes zonas de su propia sensibilidad, inhibiendo su capacidad de responder a las necesidades de otras personas. A veces una ira feroz o una furia salvaje puede verse como fuente de poder o fuerza en un hombre. Para muchos de ellos las relaciones íntimas son situaciones que deben ser frenadas y a menudo se experimentan como impedimentos o trampas; aunque se 7

9 defienden contra la amenaza que implica el amor y la intimidad, las necesitan y exigen esto de las mujeres, lo que ellos mismos tienen miedo de dar y recibir. El dinero es el símbolo de status, prestigio y autoridad. Los varones, generalmente, manejan las inversiones económicas de la familia, el dinero grande, donde se asienta el poder, es el dinero que entra en juego en decisiones de trascendencia. El poder y el status han estado identificados con la sexualidad. Por ello, socialmente se han valorado como un signo de masculinidad, no tanto las relaciones sexuales con la pareja, sino la cantidad de mujeres asediadas y conquistadas. El deseo está a menudo desligado de la necesidad emocional. Para algunos hombres la experiencia sexual es un camino a la intimidad, quieren expresar ternura a través de la relación sexual y no son bien comprendidos, pues para ellos la verbalización de los sentimientos no es una parte importante de la intimidad. Precisamente de esta socialización de género se derivan la mayoría de los problemas para una relación igualitaria entre mujeres y hombres. 3. Características 3.1 Algunos datos con relación al maltrato doméstico Tal y como señala la Oficina de Naciones Unidas de Viena las informaciones anecdóticas y las muestras de investigaciones muestran que el ultraje de la mujer casada se da en todas las clases sociales, culturales y razas 6. Lo que ocurre es que existen circunstancias sociales o personales (ser extranjera, tener discapacidades, carecer de medios económicos, etc.) que pueden hacer que determinadas mujeres se encuentren con menos recursos para hacer frente a este tipo de agresiones y para buscar una salida a la situación. Gran parte de la información disponible se basa en estudios de personas que llegan a los servicios sociales, a los que es menos probable que acudan las mujeres de clase media y alta, ya que es más fácil que dispongan de otros recursos o alternativas que les permitan sustraer su vida privada de la indagación oficial. Por ello, habrá que tener en cuenta dicha circunstancia a la hora de sacar conclusiones de los datos que vamos a exponer a continuación, que han sido obtenidos de los casos nuevos de mujeres y hombres que han 6 Informe Estrategias para luchar contra la violencia doméstica: un manual de recursos. Naciones Unidas, Nueva York, 1997, pág. 8. 8

10 recibido atención en los programas de asistencia psicológica para víctimas y agresores, dependientes de las Diputaciones Forales de Bizkaia y Álava y del Ayuntamiento de Vitoria- Gasteiz. En las tablas de las páginas siguientes no se ha incluido los datos relativos a los programas que se vienen desarrollando en Gipuzkoa, debido a que la forma de la recogida de la información no permite su comparación con la de los otros dos territorios 7. No obstante, dicha información se puede solicitar a la Diputación Foral de Gipuzkoa, institución responsable de dichos programas. Características de los casos de violencia de pareja atendidos en los Programas de atención psicológica de Álava y Bizkaia, 2006 ÁLAVA Porcentaje (%) (N=163) BIZKAIA Porcentaje (%) (N=283) TOTAL (%) (N=446) Físico ,8 Psicológico ,2 Características del maltrato Asistencia médica por lesión (Álava, n= 80 y Bizkaia, n=160) ,8 Denuncia Adopción de medidas cautelares (Álava, n=66 y Bizkaia, n=108) ,6 Más de 10 años ,3 Duración media del Maltrato Entre 5 y 10 años ,7 Entre 1 y 4 años ,6 Menos de 1 año ,4 Primer episodio del maltrato (Álava, n= 148 y Bizkaia, Noviazgo ,1 Primer año de convivencia ,8 Entre 2º y 5º año de convivencia ,2 n= 259) 8 Después del 5º año ,8 Otras características Agresión sexual en la relación (Álava, n=160 y Bizkaia, n=281) ,3 7 Según la Memoria de 2006 del Programa de atención psicológica a víctimas de maltrato en el ámbito convivencial y/o posibles delitos contra la libertad sexual, el citado año en Gipuzkoa fueron atendidos 286 casos, 254 correspondientes a mujeres víctimas y 32 correspondientes a agresores. 8 En este apartado se excluyen las víctimas que han sido objeto de malos tratos por su novios. 9

11 Maltrato a hijas e hijos (Álava, n= 136 y Bizkaia, n=231) Maltrato durante el embarazo (Álava, n= 114 y Bizkaia, n=190) , Maltrato en la familia de origen ,4 Maltrato psicológico previo al maltrato físico (Álava, n= 80 y Bizkaia, n=160) ,2 Fuente: Memorias correspondientes a 2006 de los Programas de atención psicológica a víctimas de maltrato y agresiones sexuales, dependientes de las Diputaciones Forales de Bizkaia y Álava y del Ayuntamiento de Vitoria-Gasteiz. Características de las víctimas de violencia de pareja atendidas en los Programas de atención psicológica de Álava y Bizkaia, 2006 ÁLAVA Porcentaje (%) (N=163) BIZKAIA Porcentaje (%) (N=283) TOTAL (%) (N=446) Sexo Mujeres ,9 Edad Edad Media (Álava y Bizkaia= 41 años) (Entre 18 y 75) (Entre 18 y 79) Casada ,4 Pareja de hecho 4 5 4,9 Soltera 9 7 8,1 Estado Civil Separada o Divorciada ,5 Tramites de separación ,9 Viuda 1 1 1,1 Con hijas e hijos ,3 Nacionalidad Española ,2 Extranjera ,8 Sin estudios 7 1 3,6 Nivel de Instrucción Estudios Primarios ,1 Estudios Secundarios ,9 Estudios Superiores ,3 Nivel Socioeconómico Bajo ,4 Medio Bajo ,6 10

12 Medio ,7 Medio Alto o Alto 4 4 4,3 Paro ,7 Desempeño profesional ,1 Situación laboral Ama de Casa ,3 Servicio Doméstico ,5 Estudiante 2 1 1,3 Otros Fuente: Memorias correspondientes a 2006 de los Programas de atención psicológica a víctimas de maltrato y agresiones sexuales, dependientes de las Diputaciones Forales de Bizkaia y Álava y del Ayuntamiento de Vitoria-Gasteiz. Características de los maltratadores atendidos en el Programa de atención psicológica de Álava y Bizkaia, 2006 ÁLAVA Porcentaj e (%) N=40 BIZKAIA Porcentaje (%) N=38 TOTAL (%) N=78 Sexo Hombres ,9 Edad Edad Media (Álava =40 años y Bizkaia =37 años) (Entre 19 y 81) (Entre 23 y 69) Casado o emparejado ,7 Soltero ,3 Estado Civil Separado o Divorciado ,5 Tramites de separación ,4 Con hijas e hijos ,5 Sin estudios ,5 Nivel de Instrucción Estudios Primarios ,9 Estudios Secundarios ,7 Estudios Superiores ,8 Nivel Socioeconómico Bajo ,5 Medio Bajo ,5 11

13 Medio ,1 Medio Alto o Alto ,8 Paro ,4 Activos ,8 Situación laboral Invalidez o jubilación ,7 Estudiante 0 3 1,3 Otros 0 8 3,8 Tipo de Agresión Física ,3 Psicológica ,6 Comportamiento violento fuera del hogar ,8 Otras características Abuso de alcohol ,5 Maltrato en la familia de origen ,6 Historia psiquiátrica ,6 Fuente: Memorias correspondientes a 2006 de los Programas de tratamiento psicológico a agresores, dependientes de las Diputaciones Forales de Bizkaia y Álava y del Ayuntamiento de Vitoria-Gasteiz. 3.2 Ciclo de la violencia conyugal El maltrato que sufren las mujeres a manos de sus parejas se produce normalmente de forma cíclica. A dicho proceso se le denomina el ciclo de la violencia conyugal. Está compuesto por tres fases: 1. Primera Fase: Acumulación de tensión. Hay agresiones tanto psíquicas como golpes menores. Las mujeres niegan la realidad de la situación y los hombres incrementan la agresión, los celos y los sentimientos de posesión, creyendo que su conducta es legítima. 2. Segunda Fase: Fase aguda de golpes. Las tensiones que el maltratador a ha ido generando en la primera fase, derivan es un comportamiento descontrolado y altamente agresivo y lesivo para las víctimas. 3. Tercera Fase: Calma amante o luna de miel. Muestras de arrepentimiento y afecto del maltratador hacia la mujer y aceptación de ésta que cree en su sinceridad idealizando la relación. 12

14 Luego se recomienza el ciclo. Con el paso del tiempo este ciclo se va cerrando cada vez más, el maltrato es más frecuente y severo y la víctima se encuentra con menos recursos psicológicos para salir de la situación de violencia. Por tanto, cuanto más tiempo permanezca en la relación abusiva, la probabilidad de que las consecuencias psicológicas se cronifiquen es mayor y el pronóstico de la recuperación es más desfavorable. La creencia, por parte de la víctima, de que debe potenciar con su conducta los aspectos positivos de su cónyuge tiene como consecuencia, en muchos casos, la adquisición de la responsabilidad de la violencia, así como la aparición de sentimientos de culpabilidad y de baja autoestima cuando sus expectativas fracasan. Por ejemplo, si frente a la agresión la mujer toma conciencia de que algo grave sucede en la pareja y se replantea la relación, no es lo mismo que si a los golpes sucede la calma amante típica del ciclo, en la que la mujer puede llegar a negar la gravedad de los hechos y a no denunciar la situación vivida. 3.3 Consecuencias psicológicas en las víctimas de maltrato doméstico Además del daño físico, el maltrato doméstico provoca en la mayoría de los casos un malestar psicológico crónico en las víctimas. A continuación destacamos las secuelas psicológicas más frecuentemente producidas por el maltrato a sus víctimas: Altos niveles de ansiedad y miedo. El hecho de que el maltrato se manifieste de forma repetida, hace que las mujeres vivan en una situación de angustia y temor permanente por su integridad y la de sus hijos e hijas. Depresión, baja autoestima y sentimiento de culpa. Se generan, en muchos casos, como consecuencia de haber fracasado en sus numerosos intentos de cambiar la actitud del agresor y de no sentirse capaces de hacer frente a la situación. Trastornos psicosomáticos. Aunque se manifiestan a través de alteraciones o dolencias físicas como migrañas, fatiga, problemas intestinales, trastornos ginecológicos, pérdida de apetito, pérdida de deseo sexual, etc., tienen su verdadero origen en el malestar psicológico de la mujer. Cuanto más tiempo dura el maltrato, más graves suelen ser las consecuencias psicológicas en las víctimas y esto hace que cada vez se encuentren más inhibidas y con menos recursos psicológicos para efectuar cambios en su vida y salir de la espiral de violencia. 13

15 El maltrato doméstico genera también importantes consecuencias psicológicas en los hijos e hijas y no sólo en las mujeres que lo sufren directamente, sino también en quienes lo padecen de forma indirecta por ser testigos de la violencia que se ejerce contra su madre. Los síntomas más frecuentes detectados en niños y niñas expuestas a situaciones de maltrato familiar son: ansiedad, depresión, baja autoestima, agresividad y problemas de relación social y de rendimiento escolar. 3.4 Rasgos más frecuentes de los hombres maltratadores Los maltratadores suelen ser personas de valores machistas que han internalizado profundamente un ideal de hombre como modelo incuestionable a seguir. Este ideal de hombre ha sido interiorizado a través de un proceso social en el que ciertos comportamientos son reforzados, otros reprimidos y una serie de reglas transmitidas. Entre las características de este ideal están la fortaleza, la autosuficiencia, la racionalidad el control del entorno que le rodea y la superioridad sobre las mujeres. La violencia supone, en muchos casos, un intento desesperado por reafirmarse y recuperar el control perdido, a veces fuera del hogar, en el último ambiente donde realmente pueden demostrar su superioridad, en casa. Han recibido el mensaje básico que dice que ser hombre es algo importante y que todo hombre debe tratar de demostrar esa importancia de alguna manera, en este caso a través del sometimiento y dominación de su pareja. Normalmente tienen un bajo autoconcepto, se sienten carentes de poder y emplean la violencia para ganar esa sensación de poder. Suelen ser posesivos y celosos y, en muchos casos, abusan del alcohol. Suelen ser menos asertivos y con menos habilidades sociales que los hombres que no maltratan y su comunicación está centrada en la agresión. En la mayoría de los casos no presentan trastornos psicopatológicos, ni se comportan de forma violenta fuera del hogar. Tienen una doble fachada, es decir tiene una imagen pública y otra privada, como una personalidad de tipo Jekyll y Hyde. 3.5 Invisibilidad Hasta hace poco no se ha venido considerando el maltrato doméstico como lo que realmente es, un grave problema social y político. La existencia de algunos principios y 14

16 creencias profundamente arraigadas y avaladas socialmente han posibilitado que los malos tratos hayan permanecido ocultos. A continuación se mencionan y se someten a revisión algunas de dichas creencias o principios: 1. Debe procurarse la unidad de la familia Anteponer la unidad familiar a la dignidad y/o protección de las personas da lugar a tolerar dentro de ella actos que normalmente son repudiados entre personas extrañas. De esta manera, al evitar juzgar y sancionar, dejamos a la víctima desprotegida frente a comportamientos socialmente negativos. Estas conductas no sólo lesionan derechos individuales, sino que también afectan a las funciones de la familia, particularmente al proceso de socialización de las hijas e hijos, quienes son testigos presenciales de los hechos violentos, y de un modelo de conducta que puede incidir negativamente en su desarrollo personal. 2. Resguardo de la intimidad de la familia Tolerar la agresión familiar en beneficio de la intimidad de la familia significaría aceptar en ella conductas que no se toleran si se producen en el ámbito público. Representaría, en definitiva, la práctica de una justicia privada que el Estado estaría respaldando si omite juzgar; sería un aval a formas privadas de coacción, basadas en determinadas relaciones de poder y códigos propios del agresor, sin un control social de las causas y motivaciones. Es cierto que existe un espacio de libertad en la familia que debe protegerse contra la intervención del Estado, pero sólo en la medida en que ello no confiera inmunidad para quienes violan los derechos humanos, ya que lo prohibido fuera de la familia no debe ser soportado en el seno de la misma como si la familia constituyese un estamento al margen de las responsabilidades sociales. 3. Benignidad en el juzgamiento de los hechos Tradicionalmente el derecho y el sistema judicial han sido más benévolos en su respuesta penal con las agresiones producidas en el ámbito familiar que con las producidas fuera de él. A pesar de los avances producidos en los últimos años, sigue existiendo una impresión generalizada de impunidad antes estos delitos y de falta de respuesta suficiente del sistema judicial en la protección a las víctimas. Todavía hoy día es frecuente la tendencia de juzgar la violencia familiar de forma fragmentada, es decir, como una suma de actos concretos en los que ésta se manifiesta. Pero como ya se ha indicado, el maltrato doméstico es algo más y diferente que la yuxtaposición de actos violentos, ya que supone la existencia de un clima permanente y progresivo de violencia y terror, cuyo fin último no es la producción de una lesión concreta, sino el sometimiento y la dominación constante de la víctima. De ahí la importancia de trabajar en la sensibilización y formación de todos lo operadores jurídicos, de modo 15

17 que se consiga que la Justicia considere y juzgue el maltrato doméstico en toda su dimensión. 3.6 Denuncias Lo primero que se ha de señalar es que la mayoría de las situaciones de malos tratos contra las mujeres no llegan al conocimiento de las autoridades policiales y judiciales. Como ya hemos visto, existen múltiples factores que pueden explicar esta circunstancia: la dependencia económica y emocional, la esperanza de cambio, la vergüenza, el miedo, el desconocimiento de sus derechos y de los recursos existentes, la desconfianza en la Justicia, etc. Hecha esta precisión, a continuación se exponen los datos sobre el número de denuncias relativas a mujeres víctimas de violencia doméstica en la Comunidad elaborados a partir de la información facilitada por el Departamento de Interior del Gobierno Vasco sobre denuncias interpuestas en las comisarías de la Ertzaintza. Según dicha fuente, las denuncias relativas a infracciones penales contra mujeres representan el 72% de las denuncias totales por infracciones penales que se producen en el ámbito de la familia y este porcentaje se eleva a un 79% en el caso de la violencia de pareja. Victimizaciones 9 de mujeres por violencia doméstica, por tipo de hecho según territorio de los hechos (2006) 10 TIPO DE HECHO Álava Bizkaia Gipuzkoa TOTAL Homicidio y sus formas 11 2 (2) 12 3 (2) 3 (1) 8 (5) Homicidio 2 (2) 2 (1) 3 (1) 7 (4) Asesinato - (-) 1 (1) - (-) 1 (1) Lesiones 101 (87) 220 (189) 79 (64) 400 (340) Malos tratos en el ámbito familiar 98 (86) 174 (154) 67 (53) 339 (293) Lesiones 3 (1) 46 (35) 12 (11) 61 (47) 9 La estadística de victimizaciones contabiliza todas las ocasiones en las que las personas han sido objeto de un ilícito penal, y como tales han quedado registradas por la Ertzaintza a través de una denuncia ciudadana o un atestado. Por ejemplo, en el caso de varias denuncias por amenazas sufridas por la misma persona, cada una de ellas genera una victimización. 10 Las diferencias respecto a datos suministrados en años anteriores se deben a que el Departamento de Interior ha ampliado el tipo de infracciones recogidas bajo el epígrafe violencia doméstica, incluyendo las denominadas otras infracciones relacionadas con el ámbito familiar (delitos contra relaciones familiares, quebrantamientos de medidas judiciales, allanamientos de morada y omisiones del deber de socorro). 11 En 2006 se produjeron 3 muertes por maltrato doméstico (todas en Bizkaia), en dos casos la mujer era la pareja del agresor y en el otro la madre. El resto de denuncias presentadas corresponden a intentos de homicidio no consumados. 12 En cada uno de los apartados se indican entre paréntesis del total de victimizaciones cuáles corresponden a violencia por parte del cónyuge o análogo. 16

18 Contra la libertad 35 (28) 124 (82) 50 (30) 209 (140) Secuestro 2 (2) 2 (2) 3 (2) 7 (6) Amenazas 27 (20) 108 (72) 40 (21) 175 (113) Coacciones 6 (6) 14 (8) 7 (7) 27 (21) Tortura y contra la integridad 252 (202) 1234 (972) 541 (456) 2027 (1630) Tortura y contra la integridad - (-) - (-) 1 (-) 1(-) Malos tratos habituales en el ámbito familiar Contra la intimidad, el derecho a la propia imagen, etc. 252 (202) 1234 (972) 540 (456) 2026 (1630) 1 (1) 2 (2) 2 (1) 5 (4) Allanamiento de morada, etc. 1 (1) 2 (2) 2 (1) 5 (4) Contra el honor - (-) 4 (1) 3 (2) 7 (3) Calumnias - (-) 2 (-) 1 (-) 3 (-) Injurias - (-) 2 (1) 2 (2) 4 (3) Contra las relaciones familiares 12 (10) 58 (40) 24 (15) 94 (65) Quebrantamiento del deber de custodia Inducción a menor al abandono de domicilio 6 (6) 9 (9) 6 (6) 21 (21) - (-) 1 (-) - (-) 1 (-) Sustracción de menor - (-) 3 (1) 3 (1) 6 (2) Abandono de familia 2 (1) 13 (7) 6 (5) 21 (13) Impago de prestaciones económicas 3 (3) 24 (23) 4 (3) 31 (29) Abandono de menor 1 (-) 8 (-) 5 (-) 14 (-) Contra la Administración de Justicia Quebrantamiento medida de seguridad, cautelar, condena, etc. 84 (80) 277 (243) 145 (132) 506 (455) 84 (80) 277 (243) 145 (132) 506 (455) TOTAL DE DELITOS 487 (410) 1922 (1531) 847 (701) 3256 (2642) Faltas contra las personas 60 (36) 294 (162) 90 (42) 444 (240) Falta de lesiones 16 (3) 61 (4) 28 (3) 105 (10) Falta de vejaciones 4 (4) 9 (5) - (-) 13 (9) Falta de amenazas 13 (8) 76 (27) 26 (8) 115 (43) Falta de coacciones 8 (4) 28 (13) 9 (5) 45 (22) Falta de injurias 4 (3) 13 (10) 1 (1) 18 (14) Falta de omisión de deber de socorro 1 (-) - (-) 1 (-) 2 (-) Falta por infringir padres la 9 (9) 47 (44) 7 (7) 63 (60) 17

19 custodia de menor Falta por incumplir convenio/resolución judicial en divorcio 5 (5) 60 (59) 18 (18) 83 (82) TOTAL DE FALTAS 60 (36) 294(162) 90 (42) 444 (240) TOTAL 547 (446) 2216 (1693) 937 (743) 3700 (2882) Fuente: Departamento de Interior del Gobierno Vasco, enero Las tablas siguientes nos muestran como desde 2002 se han ido incrementando año a año el número de denuncias o victimizaciones de mujeres por este tipo de conductas. En cuanto a las agresiones con resultado de muerte, en 2004 y 2005 se produjo un significativo aumento. Evolución de las victimizaciones 13 de mujeres por violencia doméstica, según territorio de los hechos ( ) Álava 345 (271) (294) 451 (334) 562 (450) 547 (446) Bizkaia 1357 (1007) 1534 (1187) 1728 (1299) 2029 (1479) 2216 (1693) Gipuzkoa 543 (412) 680 (507) 763 (586) 907 (682) 937 (743) CAPV 2245 (1690) 2622 (1988) 2942 (2219) 3498 (2611) 3700 (2882) Fuente: Departamento de Interior del Gobierno Vasco. Evolución de los homicidios de mujeres por violencia doméstica, según territorio de los hechos ( ) Álava Bizkaia 1 (1) 16-5 (4) 4 (3) 3 (2) Gipuzkoa CAPV 1 (1) - 5 (4) 4 (3) 3 (2) Fuente: Departamento de Interior del Gobierno Vasco. 13 La estadística de victimizaciones contabiliza todas las ocasiones en las que las personas han sido objeto de un ilícito penal, y como tales han quedado registradas por la Ertzaintza a través de una denuncia ciudadana o un atestado. Por ejemplo, en el caso de varias denuncias por amenazas sufridas por la misma persona, cada una de ellas genera una victimización. 14 Las diferencias respecto a datos suministrados en años anteriores se deben a que el Departamento de Interior ha ampliado el tipo de infracciones recogidas bajo el epígrafe violencia doméstica, incluyendo las denominadas otras infracciones relacionadas con el ámbito familiar (delitos contra relaciones familiares, quebrantamientos de medidas judiciales, allanamientos de morada y omisiones del deber de socorro). 15 En cada uno de los apartados se indican entre paréntesis del total de victimizaciones cuáles corresponden a violencia por parte del cónyuge o análogo. 16 En cada uno de los apartados se indican entre paréntesis del total de muertes cuáles han sido producidas por parte del cónyuge o análogo. 18

20 3.7 Órdenes de Protección A partir de la aprobación de la Ley 27/2003, de 31 de julio, las víctimas de la violencia doméstica tienen derecho a solicitar una Orden de Protección. Con la creación de esta figura se pretende que, a través de un rápido y sencillo procedimiento judicial, la víctima pueda obtener un estatuto integral de protección. La orden de protección tiene por objeto, por un lado, la adopción de medidas judiciales de carácter penal (prisión provisional, retirada de armas, prohibición de aproximación, de residencia, de comunicación, etc.) y de carácter civil (uso y disfrute de la vivienda familiar, determinación del régimen de custodia, visitas, comunicación y estancia con los hijos e hijas y del régimen de prestación de alimentos, etc.) y, por otro lado, que las distintas administraciones públicas, estatal, autonómica, foral y local activen inmediatamente los instrumentos de protección social que estén establecidos en sus sistemas jurídicos. A continuación se expone la evolución del número de Órdenes de Protección solicitadas por mujeres en la Comunidad Autónoma de Euskadi en el período y el porcentaje de aquellas que han sido aceptadas. Evolución de las Ordenes de Protección solicitadas por mujeres en la CAE Solicitadas Aceptadas CAE (total) (%) Fuente: Elaboración propia a partir de datos del Instituto de la Mujer y del Consejo General del Poder Judicial. III. LA VIOLENCIA SEXUAL Se considera violencia sexual, todo comportamiento de naturaleza sexual realizado sin el consentimiento válido de la otra persona. Incluye conductas como el exhibicionismo, palabras obscenas, tocamientos, violación, etc. Se pueden distinguir tres tipos de violencia sexual: 19

21 a) Las agresiones sexuales. Son aquellas que se producen mediando violencia o intimidación. El caso más paradigmático es la violación en sus diferentes formas. b) Los abusos sexuales. Son aquellos que se realizan sin violencia o intimidación. Están incluidos aquí los abusos cometidos sobre personas que no pueden prestar consentimiento válido por tener limitada su capacidad volitiva o intelectiva (menores, personas privadas de sentido o con determinadas discapacidades psíquicas, etc.). c) El acoso sexual. Se trata de comportamientos verbales, no verbales o físicos de índole sexual y no deseados, que se producen en el marco de una relación laboral, docente o similar, con el propósito o el efecto de atentar contra la dignidad de la persona o de crear un entorno intimidatorio hostil, degradante, humillante u ofensivo 18. Aunque pueda pensarse lo contrario, en muchos casos la violencia sexual proviene de familiares o de personas conocidas. La violencia sexual, además de daños físicos, suele producir graves consecuencias psicológicas en las víctimas (ansiedad, pesadillas, depresión, disminución del deseo sexual ), que se prolongan mucho tiempo después del comportamiento violento y que requieren generalmente para poder superarlas de ayuda psicológica especializada. En muchos casos la violencia sexual no se denuncia. Ello se debe a que tradicionalmente ha existido una amplia tolerancia social respecto de esta conducta, así como a otros factores interrelacionados como: el miedo a represalias por parte del agresor o a ser considerada culpable de lo ocurrido, la vergüenza de que el hecho sea conocido públicamente, la falta de apoyo familiar o social, el estado de confusión o conmoción psicológica generada por el comportamiento violento, la falta de información, etc. En la siguiente tabla se exponen los datos sobre el número de denuncias relativas a mujeres víctimas de delitos contra la libertad sexual en la Comunidad elaborados a partir de la información facilitada por el Departamento de Interior del Gobierno Vasco sobre denuncias interpuestas en las comisarías de la Ertzaintza. Según dicha fuente, las relativas a mujeres representan el 86% de las denuncias interpuestas por delitos contra la libertad sexual. 17 Las órdenes registradas en 2003 son solo las correspondientes al período 01/08/03-31/012/ Esta definición es la recogida en el artículo 43.1 de la Ley del Parlamento Vasco 4/2005, de 18 de febrero, para la Igualdad de Mujeres y Hombres, y en la Directiva 2002/73/CE. 20

22 Victimizaciones 19 de mujeres por delitos contra la libertad sexual, por tipo de hecho según territorio de los hechos (2006) TIPO DE HECHO Álava Bizkaia Gipuzkoa TOTAL Contra la libertad sexual Agresión sexual Abuso sexual Acoso sexual Exhibicionismo y provocación sexual Prostitución TOTAL Fuente: Departamento de Interior del Gobierno Vasco, enero Como se puede apreciar en la tabla siguiente las victimizaciones o denuncias de mujeres por delitos contra la libertad sexual han ido aumentando en los últimos años, aunque en el año 2006 se aprecia un considerable descenso tanto en Álava como en Bizkaia. Evolución de las victimizaciones 20 de mujeres por delitos contra la libertad sexual, según territorio de los hechos ( ) Álava Bizkaia Gipuzkoa CAPV Fuente: Departamento de Interior del Gobierno Vasco. IV. INTERVENCIÓN INSTITUCIONAL Emakunde es el organismo encargado de la planificación, impulso, seguimiento y evaluación de las políticas de igualdad de mujeres y hombres en el ámbito de la Comunidad y, desde su creación en 1988, ha venido impulsando y desarrollando, en el ámbito de sus competencias y en colaboración con otras instituciones vascas, actuaciones dirigidas a prevenir y eliminar la violencia contra las mujeres. Mucho antes, pues, de que existiese la presión social que existe hoy en día en torno a este tema, desde esta Comunidad ya se ha venido trabajando, tanto en la adopción de medidas que favorezcan la 19 La estadística de victimizaciones contabiliza todas las ocasiones en las que las personas han sido objeto de un ilícito penal, y como tales han quedado registradas por la Ertzaintza a través de una denuncia ciudadana o un atestado. Por ejemplo, en el caso de varias denuncias por agresiones sexuales sufridas por la misma persona, cada una de ellas genera una victimización. 20 Ver nota anterior. 21

23 atención a las víctimas, como en el ámbito de la prevención y sensibilización. Además, esta Comunidad ha sido pionera en la puesta en marcha de programas y recursos en este campo. Tal es el caso de los servicios específicos de atención psicológica a víctimas de maltrato doméstico y agresiones sexuales, de los programas de tratamiento psicológico a agresores, de los protocolos y acuerdos interinstitucionales de coordinación, de los programas de prevención en el ámbito de la educación y del urbanismo, de las campañas interinstitucionales de sensibilización con participación de los tres niveles de la Administración o de los planes de seguridad para las víctimas. A continuación, se hará referencia a las actuaciones más importantes desarrolladas por el Instituto en los siguientes ámbitos de intervención: planificación, investigación, sensibilización, prevención, formación a profesionales, información y asesoramiento, recursos sociales, coordinación institucional y legislación. 1. Planificación La Ley de creación del Instituto impone al Gobierno Vasco el deber de aprobar, al inicio de cada legislatura y a propuesta de Emakunde, un Plan de acción que contenga medidas dirigidas a eliminar las trabas que impidan o dificulten la igualdad efectiva de mujeres y hombres para su aplicación en la Comunidad Autónoma de Euskadi. Hasta el momento, han sido aprobados cuatro planes, denominados planes de acción positiva los tres primeros y plan para la igualdad el cuarto. Su cumplimiento vincula a todos los poderes públicos vascos y corresponde a Emakunde su elaboración, impulso, coordinación, seguimiento y evaluación. En esta medida, la actividad del Instituto aparece vinculada, fundamentalmente, al impulso de la ejecución de los planes por parte de las Administraciones Públicas vascas, proponiendo programas concretos de actuación, asesorando y colaborando en el diseño y puesta en marcha de los mismos y coordinando y evaluando las actividades que en ejecución de los citados Planes se realicen. Actualmente, esta vigente el IV Plan para la Igualdad de Mujeres y Hombres en la CAPV. Directrices para la VIII Legislatura, aprobado por el Gobierno Vasco en septiembre de El Plan establece las líneas básicas o directrices que han de orientar la intervención de los poderes públicos en materia de igualdad durante la legislatura y pivota sobre cuatro ejes estratégicos que determinan los ámbitos prioritarios de la intervención pública, siendo uno de ellos precisamente el de la violencia contra las mujeres. Son tres las líneas de trabajo que se establecen: la prevención, la atención y la coordinación. 22

24 Por lo que respecta al ámbito territorial y local, son los planes para la igualdad forales y locales los que, de acuerdo con la planificación general del Gobierno, determinan las actuaciones a desarrollar por los órganos forales y por las administraciones locales en materia de violencia contra las Mujeres. En estos momentos en nuestra Comunidad las tres diputaciones forales y unos 55 municipios, que aglutinan a casi tres cuartas partes de la población de la CAE, tienen plan de igualdad. Junto con estos planes de igualdad que tienen un carácter general, también se han aprobado en nuestra Comunidad planes o programa más específicos en materia de violencia. Éste es el caso de los planes municipales contra la violencia hacia las mujeres aprobados en municipios como Vitoria-Gasteiz, Ondarroa o Arrasate-Mondragón, así como de otros planes y programas aprobados en el marco del Acuerdo interinstitucional para la mejora en la atención a mujeres víctimas de maltrato doméstico y agresiones sexuales, y a los que me referiré más adelante, como son el Plan de seguridad para mujeres víctimas de maltrato doméstico ( ) y el Programa para la mejora de los recursos de acogida y vivienda para víctimas de maltrato doméstico ( ). Por otro lado, se ha indicar que Emakunde participa en la ejecución de los planes que en el ámbito del Estado se han ido poniendo en marcha con relación a la violencia contra las mujeres. También participa en su evaluación, a través de la recopilación de información y la cumplimentación de las correspondientes fichas de evaluación, en las que se aporta información de las actividades realizadas en nuestra Comunidad en dicha materia. 2. Investigación Es esencial conocer bien el problema sobre el que se va a intervenir para plantear soluciones adecuadas. Por ello, conocer los factores que inciden en el fenómeno de violencia contra las mujeres y seguir su evolución es una condición esencial para poder diseñar programas de intervención que sean realmente eficaces para la prevención y erradicación del problema. En nuestra Comunidad el trabajo de investigación en torno a este tema se ha venido desarrollando, en buena medida, a través de profesionales de la Universidad del País Vasco (UPV) y de la Universidad de Deusto. En este sentido cabe destacar a la Facultad de Psicología de la UPV y su trabajo pionero en la investigación y atención especializada con relación a las mujeres víctimas del maltrato doméstico y a los hombres que lo infligen. Por otro lado, hay que decir que en 2003 fue creado el Observatorio de la Violencia de Género en Bizkaia, que tiene como objetivo profundizar en el conocimiento de la realidad 23

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