VENTAJAS BENEFICIOS DEL VISADO COLEGIAL

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1 VENTAJAS Y BENEFICIOS DEL VISADO COLEGIAL

2 INDICE 1 VIDA DE UN PROYECTO 1.1 Seguro de Responsabilidad Civil 2 QUÉ VENTAJAS APORTA EL VISADO COLEGIAL A UN TRABAJO PROFESIONAL? 2.1 La ley ómnibus y el visado profesional 2.2 Para el Proyectista, el Director de Obra y el Director de Ejecución 2.3 Para el Cliente 2.4 Para la Organización Profesional 2.5 Para la Administración Pública 2.6 Para el Usuario Final 2.7 Para la Sociedad 3 TIENE VENTAJAS EL NO VISAR PROYECTOS? 3.1 Para el Proyectista, el Director de Obra y el Director de Ejecución 3.2 Para el Cliente 3.3 Para la Organización Profesional 3.4 Para la Administración Pública 3.5 Para el Usuario Final 3.6 Sociedad 4 EXISTEN RIESGOS AL NO VISAR PROYECTOS? 4.1 Para el Proyectista, el Director de Obra y el Director de Ejecución 4.2 Para el Cliente 4.3 Para la Organización Profesional 4.4 Para la Administración Pública 4.5 Para el Usuario Final y para la Sociedad 2

3 1 VIDA DE UN PROYECTO Los Trabajos Profesionales deben cubrir unas determinadas necesidades, pero además, las deben cubrir durante un tiempo determinado, para ello, el legislador, ha previsto unos mínimos plazos, durante los cuales hace responsable al Profesional del correcto funcionamiento de su trabajo Profesional y de aquellos siniestros originados por deficiencias del proyecto, todo ello independientemente de la vida útil del trabajo Profesional. Estos plazos varían en función del tipo de trabajo profesional de que se trate, concretamente, la Ley 38/1999, de 5 de noviembre, de ordenación de la edificación (LOE), determina diez años para los proyectos de edificación. Durante el tiempo especificado, el Profesional será responsable por cualquier siniestro consecuencia de un deficiente diseño, de una deficiente ejecución o de una deficiente puesta en funcionamiento, afrontando las responsabilidades administrativas, civiles y penales derivadas. 1.1 Seguro de Responsabilidad Civil Los trabajos profesionales de Ingeniería son de alto riesgo, pudiendo originar peligros, tanto por la propia actividad en sí como por los efectos que dicho trabajo profesional pueda ocasionar. Riesgos para la integridad física de las personas (operarios y trabajadores durante la ejecución, o el mantenimiento; usuarios; y para el medio ambiente). Algunos riesgos son: Derivados del contacto con la energía Incendio Contacto con productos químicos, explosivos y tóxicos Atrapamientos, cortes, golpes Caídas de altura Sobreesfuerzos Temperatura Radiaciones electromagnéticas Desprendimiento de partículas u otros elementos Ruidos Vibraciones La ejecución de un trabajo Profesional y su posterior funcionamiento, así como todas las instalaciones que la conforman y complementan, sean del tipo que sean: acceso, suministro, evacuación, eficiencia, protecciones, etc., entrañan peligros en alto grado, con una alta probabilidad de que se produzcan y cuyas consecuencias pueden ser irreparables o difícilmente reparables para las personas, los bienes o el medio ambiente, en definitiva para el consumidor y el usuario. Por tanto existen peligros intrínsecos a la actividad y a sus elementos, y alta probabilidad de que dichos peligros ocurran. Por lo que existen riesgos directos, indirectos, inmediatos y diferidos que el profesional deberá prever y analizar para planificar los métodos de minimizarlos, así como minimizar los efectos que, si ocurren, puedan producir. Todos los riesgos, la probabilidad de que se produzcan y las consecuencias que ocasionen, deberán ser asumidos por el Profesional o Profesionales que han participado en el Proyecto (en su diseño, en su ejecución o en su puesta en funcionamiento, incluso en el posterior mantenimiento), para ello las compañías de seguros disponen de pólizas de Seguros de 3

4 Responsabilidad Civil adaptadas a los riesgos a cubrir y durante los plazos establecidos, estas pólizas tienen unas primas muy altas, en consonancia con los riesgos que cubren. Los Colegios Profesionales están en muy buena disposición de contratar pólizas colectivas con primas asequibles y que además cumplen los requisitos exigidos por la legislación, y en algunos casos con mayores coberturas. Los Colegios profesionales están asumiendo en la actualidad la responsabilidad civil subsidiaria de los trabajos que visan. Para ello, el Colegio es tomador de una póliza colectiva de responsabilidad civil, lo que supone una garantía ante Colegiados, Administración, Clientes y Ciudadanos al responder subsidiariamente de los posibles siniestros derivados de la acción profesional. Frente a otras soluciones alternativas viables, si las hubiera, las pólizas colectivas proporcionan, entre otros: Disminución muy significativa del coste. Seguridad de que la cobertura va a estar presente durante toda la etapa de la vida legal del proyecto ejecutado. Garantía de que el límite de cobertura estará siempre por encima del límite de siniestralidad inherente al proyecto. Garantía de que la entidad aseguradora es de reconocido prestigio y no va a fallar ni a eludir su responsabilidad. En la implantación de canales sustitutivos del seguro de responsabilidad civil existente en la actualidad, habría que contar con las compañías aseguradoras especializadas en RC que, como principios fundamentales de su actuación: No asegurarían a profesionales independientes individuales, o en todo caso estas primas individuales serían bastante más elevadas que las ahora disponibles mediante los Colegios. Si alguna lo llegase a realizar (posiblemente extranjeras) el coste sería unas cinco veces superior al coste del visado (que con el modelo actual incorpora de oficio la responsabilidad civil profesional). Otras soluciones alternativas (avales bancarios o contratos individuales) no garantizarían la RC en los mismos términos, serían mucho más costosos y tendrían que estar vigentes durante todo el periodo que la ley marca como responsabilidad (diez años). 2 QUÉ VENTAJAS APORTA EL VISADO COLEGIAL A UN TRABAJO PROFESIONAL? El visado colegial logra, de forma proporcionada y no onerosa, el objetivo de asegurar la calidad de los servicios prestados por los profesionales y ayuda a mantener conductas favorables hacia los clientes y usuarios. Es decir, se cumplen los principios establecidos en la Ley 25/2009, de necesidad, proporcionalidad y no discriminación. El visado previene el intrusismo y garantiza así la seguridad mediante la acreditación de que el profesional que lo firma está adecuadamente habilitado y es competente, que el trabajo 4

5 consta de la documentación requerida para su correcta tramitación, verificando la integridad documental (que recoge todos los elementos imprescindibles de un trabajo profesional), certificando la identidad de la documentación a visar y controlando su adecuación a las exigencias legales y reglamentarias. La gran mayoría de los Colegios de Ingenieros Técnicos Industriales incorporan las nuevas tecnologías a su tramitación (tramitación telemática). Hay que tener en cuenta, además, que la función de visado está amparada por la propia Directiva 2006/123 a la que se pretende adaptar la legislación española. En efecto, en el considerando 106 se indica que, a los efectos del capítulo sobre cooperación administrativa, el término «supervisión» debe abarcar actividades tales como controles e indagaciones, resolución de problemas, ejecución e imposición de sanciones y las consiguientes actividades de seguimiento. Y, en el artículo 26.3 prevé que los Estados, en colaboración con la Comisión, tomen medidas complementarias para animar a los colegios profesionales a cooperar con el fin de fomentar la calidad de los servicios especialmente, facilitando la evaluación de las competencias de los prestadores, principio que sustenta, sin duda, el visado obligatorio en el caso de las profesiones técnicas pues ese es, sin duda, el fin último del mismo. El ejercicio de nuestra Profesión requiere garantizar los deberes y conocimientos técnicos propios de la profesión, generando unas normas de comportamiento que afirmen la confianza, la credibilidad, la tónica del respeto y la seguridad de una correcta actuación, con el fin de un adecuado servicio profesional al cliente y usuario. 2.1 La ley ómnibus y el visado profesional El artículo 13 de la Ley 25/2009 de modificación de diversas leyes, fija como criterio para la exigencia del visado profesional que exista una relación de causalidad directa entre el trabajo profesional y la afectación a la integridad y seguridad de las personas. 2.2 Para el Proyectista, el Director de Obra y el Director de Ejecución Además de las labores del Proyectista, durante la fase de ejecución, intervienen el Director de Obra y el Director de Ejecución, cuya función, entre otras, es elaborar y suscribir la documentación de la obra ejecutada para entregarla al promotor, con los visados preceptivos. Se exige a la contratación del servicio profesional, tener concertado un Seguro de Responsabilidad Civil que cubra los defectos o anomalías de dicho trabajo, en la Ley 21/1992, de 16 de julio, de Industria, en su artículo 12.e, exige la contratación de un Seguro de Responsabilidad Civil proporcionado a la naturaleza y alcance del riesgo; y que se concreta en cantidades específicas en el RD 2200/1995, reglamento de Infraestructuras para la calidad y seguridad industrial. Por medio del Colegio se contrata una póliza colectiva de Seguro de Responsabilidad Civil (SRC) que cubre hasta de, con una cuota inferior en un 75% a lo que se podría contratar de forma individual en el mercado. Los Colegiados que trabajan por cuenta ajena, si visan y contratan el SRC profesional a través del Colegio, cubren su responsabilidad civil a pesar de que su relación laboral se extinga, ya sea por baja voluntaria, despido, jubilación u otra causa, esto es una importante ventaja respecto de los seguros de las empresas, que cubren mientras perdura la relación laboral. Los Colegios proporcionan a sus Colegiados diversos servicios de valor añadido: 5

6 Asesoría y Defensa Jurídica especializada, que da respuesta a innumerables cuestiones que en el devenir de la profesión pueden surgir. Servicio de consulta de normativa y reglamentos técnicos. Gestión de cobro de honorarios en los cada vez más numerosos casos de impagos. El Colegio responde subsidiariamente de los daños que tengan su origen en defectos que hubieran debido detectarse por los Colegios al visar el trabajo profesional; lo cual implica una garantía de seguridad en el proyecto Visado. El Colegio donde se visa un proyecto garantiza el archivo, la integridad y la conservación de la documentación técnica de los trabajos profesionales visados. La tramitación del visado por parte de los colegios profesionales es ágil y rápida. El plazo medio está entre 24 horas y 72 horas. Además y, mediante el control Deontológico y el Reglamento Regulador de la Profesión, defienden y protegen a los propios Colegiados del intrusismo profesional y de las malas prácticas, incluso las posibles de otros Colegiados. 2.3 Para el Cliente El Visado Colegial garantiza al Cliente la total seguridad de estar contratando los servicios de un Profesional competente en la materia y en plenitud de sus facultades y habilitaciones, por lo que elimina la posibilidad de que el Cliente esté contratando los servicios a alguien sin la adecuada cualificación, evitando el intrusismo profesional y, especialmente, ser víctima de una mala práctica profesional. El Colegio responde subsidiariamente de los daños que tengan su origen en defectos que hubieran debido detectarse por los Colegios al visar el trabajo profesional. Esto supone una garantía ante Colegiados, Administración, Clientes, Ciudadanos y Usuarios, al responder de forma subsidiaria de los posibles daños que se pudieran derivar de la acción profesional. El Colegio donde se visa un proyecto garantiza el archivo, la integridad y la conservación de la documentación técnica de los trabajos profesionales visados. La tramitación del visado por parte de los colegios profesionales es ágil y rápida. El plazo medio está entre 24 horas y 72 horas. Como servicio público el Visado Colegial, es un refuerzo de la garantía de los trabajos técnicos y un sello de calidad, ya que garantiza la seguridad de los proyectos, asegura su adecuación a las leyes, normas, y reglamentaciones técnicas existentes, confirma la competencia profesional de quien firma el proyecto, elimina los defectos de forma, evita la mala práctica profesional y los trabajos no ajustados a las especificaciones técnicas exigibles garantizando que el proyecto está bien hecho y eliminando o minimizando el riesgo de que se produzcan accidentes y siniestros que afecten al usuario final o al entorno ambiental. Además garantiza la existencia de un seguro de responsabilidad civil (SRC) del que es tomador el Colegio profesional. Por otra parte y mediante el control Deontológico y el Reglamento Regulador de la Profesión, protege ante las malas prácticas profesionales. 6

7 2.4 Para la Organización Profesional De cara a la defensa de los intereses de nuestra profesión el visado de los trabajos profesionales nos proporciona cobertura frente a los casos de intrusismo profesional, cada vez más numerosos. Facilita la disponibilidad de recursos para ofrecer servicios de valor añadido, resaltando como fundamental la formación dedicada al Desarrollo Profesional Continuo, dado que el conocimiento científico y técnico está en continua evolución y para mantener actualizados los conocimientos mediante formación específica y especializada que permite a los Profesionales la actualización técnica y cualitativa de sus capacidades. Para ello, los Colegios Profesionales apuestan y seguirán, en la línea de ofertar una amplia gama de formación cualitativa en diferentes materias, con la pretensión de ser un referente a nivel nacional, con unos costes por debajo de los de mercado, y que puedan ser económicamente accesibles a los Colegiados. El Visado Colegial facilita la protección de los profesionales, los consumidores y usuarios. En España la tasa de riesgo de los proyectos de ingeniería es la más baja debido, de manera muy importante, a la existencia del Visado Colegial como garante del control y supervisión de los proyectos. El visado de proyectos evita el intrusismo profesional, y la mala práctica, (al estar informados, todos los colegios, de los profesionales que han sido inhabilitados profesionalmente). Este hecho repercute en que los trabajos técnicos estén bien hechos y, al mismo tiempo, en la buena imagen que, en este caso, los ingenieros técnicos industriales tengan en la sociedad. 2.5 Para la Administración Pública El visado profesional descarga de trabajo a las Administraciones Públicas (local y autonómica). Si dichas administraciones se encargaran directamente de las funciones cubiertas por el Visado Colegial de los proyectos, esto le supondría un mayor coste tanto en lo material y económico como en el equipo humano necesario para desarrollar este nuevo servicio. Sin el visado, la responsabilidad subsidiaria de la Administración (principalmente autonómica y municipal) y de los funcionarios encargados de su tramitación sería ineludible, y hay informes jurídicos hechos por reconocidos letrados en esa línea. Para la Administración Pública, el visado colegial supone un control previo de carácter complementario y sumamente útil, incluso para las oficinas o unidades administrativas de supervisión, ya que les sirve como garantía de la habilitación del profesional autor del proyecto. Como servicio público el Visado Colegial, refuerza la garantía de los trabajos técnicos, garantizando la calidad y seguridad de los proyectos, asegura su adecuación a las leyes, normas, y reglamentaciones técnicas existentes, confirma la competencia profesional de quien firma el proyecto, elimina los defectos de forma, evita la mala práctica profesional y los trabajos no ajustados a las especificaciones técnicas exigibles, garantiza la existencia de un seguro de responsabilidad civil (SRC) del que es tomador el Colegio profesional, y garantiza el archivo, integridad y conservación de la documentación técnica de los trabajos profesionales visados. Por otra parte y mediante el control Deontológico y el Reglamento Regulador de la Profesión, protege ante las malas prácticas profesionales. 7

8 2.6 Para el Usuario Final El Visado Colegial otorga una total confianza en que los Profesionales y Colegios han cumplido estrictamente sus obligaciones, comprobando que los proyectos y las obras obedecen estrictamente la legislación y reglamentación en vigor, protegiendo de éste modo a los consumidores y usuarios, y al medio ambiente. El visado Colegial es garantía de control y supervisión de los proyectos, comprobando históricamente que la tasa de riesgo de los trabajos de ingeniería es prácticamente nula. El visado ofrece una garantía de seguridad de los proyectos, al asegurar la competencia profesional de quien firma el proyecto y prevenir la mala práctica profesional. Todo ello garantiza que un proyecto esté bien hecho, y elimina, o minimiza el riesgo de que se produzcan accidentes o siniestros que afecten al usuario final y al entorno. Los Colegios profesionales están asumiendo en la actualidad la responsabilidad civil subsidiaria de los trabajos que visan. Para ello, el Colegio es tomador de una póliza colectiva de responsabilidad, lo supone una garantía ante Colegiados, Administración, Clientes, Ciudadanos y Usuarios al responder, de forma subsidiaria, de los daños derivados de la acción profesional. Como servicio público el Visado Colegial, refuerza la garantía de los trabajos técnicos, garantizando la calidad y seguridad de los proyectos, elimina los defectos de forma, y los trabajos no ajustados a las especificaciones técnicas exigibles, garantiza la existencia de un Seguro de Responsabilidad Civil del que es tomador el Colegio profesional, y garantiza el archivo, integridad y conservación de la documentación técnica de los trabajos profesionales visados. La labor que desempeña una organización profesional al visar los proyectos contribuye a garantizar la seguridad de los mismos, lo que redunda en beneficio de los usuarios finales, los ciudadanos y el entorno. Por otra parte y mediante el control Deontológico y el Reglamento Regulador de la Profesión, protege ante las malas prácticas profesionales. 2.7 Para la Sociedad Garantiza que la titulación, capacitación, formación, experiencia y habilitación del Profesional autor del trabajo son acordes a la envergadura del mismo. Garantiza que el límite de cobertura del Seguro de Responsabilidad Civil estará por encima del límite de siniestralidad inherente al proyecto, así como que la entidad aseguradora es de reconocido prestigio y solvencia financiera para cubrir las posibles responsabilidades. Las ventajas para la sociedad son las mismas que para el usuario final, con el añadido de que resulta fundamental para una sociedad bien estructurada y segura contar con organizaciones e instituciones que velen por el bienestar de los ciudadanos, como los colegios profesionales. La labor que realizan los colegios profesionales y, especialmente, en lo que se refiere al visado de los trabajos técnicos, constituye un instrumento altamente eficaz y necesario en una sociedad desarrollada como en la que vivimos. Como servicio público el Visado Colegial, refuerza la garantía de los trabajos técnicos, la calidad y seguridad de los proyectos, asegura su adecuación a las leyes, normas, y reglamentaciones técnicas existentes, confirma la competencia profesional de quien firma el proyecto, elimina los defectos de forma, evita la mala práctica profesional y los trabajos no ajustados a las especificaciones técnicas exigibles, garantiza la existencia de un seguro de responsabilidad civil (SRC) del que es tomador el Colegio profesional, y garantiza el archivo, integridad y conservación de la documentación técnica de los trabajos profesionales visados. 8

9 La labor de los Colegios Profesionales, especialmente la del Visado, evita que las diferentes Administraciones Públicas deban ocuparse de garantizar: la adecuación del profesional, el cumplimiento de la normativa en la aplicación de los trabajos y la cobertura de un Seguro de Responsabilidad Civil. De este modo se evita un importante incremento de los presupuestos de personal (o de contratación de servicios), coste muy superior al actual coste del Visado, de las distintas Administraciones Públicas, especialmente las municipales y las Autonómicas, por tanto un importante ahorro para la sociedad. Por otra parte y mediante el control Deontológico y el Reglamento Regulador de la Profesión, protege ante las malas prácticas profesionales. 3 TIENE VENTAJAS EL NO VISAR PROYECTOS? 3.1 Para el Proyectista, el Director de Obra y el Director de Ejecución La única mínima ventaja es el ahorro del pago de la tasa de visado, menor de un 0,03 % del presupuesto de ejecución material del proyecto. En contraposición se pierden todas las ventajas mencionadas en los apartados 2.2 y Para el Cliente La eliminación de los trámites administrativos de supervisión de la documentación contenida en el proyecto, conlleva agilizar el proceso en torno a 24 o 48 horas y un ahorro económico cercano al 0,03% del presupuesto de ejecución material del proyecto, ahorro aplicable dependiendo de que el profesional quisiera trasladar este ahorro de coste hacia el Cliente o no. En contraposición se pierden todas las ventajas mencionadas en los apartados 2.3, así como los correspondientes a los apartados 2.6 y Para la Organización Profesional La no supervisión de la documentación, excluye de la responsabilidad subsidiaria de los daños que tengan su origen en defectos que hubieran debido ser puestos de manifiesto al realizar el visado del trabajo profesional por el Colegio. En contraposición, los Colegiados, que son el núcleo de la Organización Colegial, y la sociedad en general dejarían de disponer de los servicios de valor añadido mencionados en el apartado 2.2. Igualmente, los usuarios y la sociedad en general, no tendrían unas importantes garantías de los Profesionales prestadores de servicios y sobre las buenas prácticas, por el alto riesgo de intrusismo. 3.4 Para la Administración Pública Solamente una aparente agilización de trámites. 9

10 Por el contrario se incrementaría el riesgo de incurrir en la responsabilidad por siniestros ocurridos e imputables a proyectos autorizados, especialmente para los funcionarios encargados de tramitar las autorizaciones. 3.5 Para el Usuario Final Ni siquiera realmente una agilización de trámites, pues el tiempo empleado en visados será superado ampliamente por las comprobaciones a efectuar por la Administración si se quiere seguir garantizando una mínima seguridad. Todo ello, además de que el usuario final no debe realizar tramitación alguna con relación a los proyectos, en general. En cuanto a la reducción de costes, es ciertamente inapreciable para el usuario final, prácticamente nula. 3.6 Sociedad Ninguna ventaja conocida. 4 EXISTEN RIESGOS AL NO VISAR PROYECTOS? 4.1 Para el Proyectista, el Director de Obra y el Director de Ejecución Aquellos trabajos profesionales no visados, difícilmente estarán cubiertos por algún Seguro de Responsabilidad Civil. El Profesional deberá gestionar por sí mismo todo lo relacionado con su Responsabilidad Civil, sin el apoyo de su Colegio Profesional. El Profesional deberá responder durante diez años (en proyectos de Edificación LOE-), desde la puesta en funcionamiento del trabajo, ante cualquier siniestro ocurrido como consecuencia de errores de diseño, de ejecución, de puesta en funcionamiento, o de una incorrecta aplicación de la normativa vigente. Efectuadas las oportunas gestiones de sondeo en las diferentes compañías del mercado, se confirma que ninguna de ellas, aceptaría contratar seguros de forma individual, ni siquiera en grupo de 8 a 10 profesionales. El riesgo para los Profesionales que trabajan por cuenta ajena, reside en su responsabilidad civil trienal, quinquenal o decenal, no cubierta en caso de que su relación laboral se extinga, ya sea por baja voluntaria, despido, jubilación o cualquier otra causa, ya que dichos seguros de responsabilidad civil, únicamente suelen cubrir mientras perdura la relación laboral. Existe la posibilidad de una mala práctica profesional y trabajos no ajustados a las especificaciones técnicas exigibles. Errores debidos a la no consideración de la normativa adecuada que serían imposibles de corregir a posteriori, en la fase de ejecución. Incremento de incidentes y accidentes de trabajo durante la fase de ejecución derivados de una falta de control de los proyectos profesionales que pueden repercutir en la mala calidad de las instalaciones, poniendo en peligro la seguridad de los trabajadores, con las consecuentes responsabilidades al respecto. 10

11 4.2 Para el Cliente Le será imposible acreditar tanto la identidad y estado de habilitación profesional del profesional contratado, como la integridad formal de la documentación del trabajo profesional, actualmente llevado a cabo por el Colegio. Por otro lado, el Colegio, no responderá subsidiariamente de los daños que tengan su origen en defectos que hubieran debido ser puestos de manifiesto al realizar el visado del trabajo profesional. El Cliente deberá informarse con certeza de la cobertura de responsabilidad civil disponible por parte del Profesional. Que la probabilidad de riesgo sea mayor o menor es consecuencia directa de los criterios empleados sobre la estabilidad en el tiempo de las características de cualquiera de los elementos de la actividad, que determinan la vida útil de la misma y su estabilidad, su respuesta prevista a lo largo del tiempo y su comportamiento ante los agentes externos; la inadecuada aplicación de criterios, en algunos casos claramente especificados en normativas, originan potenciales elementos de inestabilidad que pueden surgir en el transcurso de los meses o años posteriores a la puesta en funcionamiento, desencadenando siniestros que pueden afectar a la seguridad de las personas y del entorno que rodea el trabajo profesional. 4.3 Para la Organización Profesional El incremento del intrusismo profesional y de trabajos con deficiencias, por el trabajo en sí mismo y por la indebida aplicación de la normativa vigente, o la omisión de estas. Lo que generaría una desconfianza hacia los Profesionales y sus organizaciones. Los Colegios Profesionales, en muchos casos, tendrán la desagradable labor de no poder atender a Clientes o usuarios, porque los profesionales contratados no han visado o no están colegiados. 4.4 Para la Administración Pública La responsabilidad subsidiaria de los daños que tengan su origen en defectos que hubieran debido ser puestos de manifiesto al realizar el visado de un trabajo profesional por el Colegio repercute directamente en la Administración Pública. Se incrementarán los incidentes y accidentes de los ciudadanos en su vida cotidiana derivados de una falta de control (mediante el Visado) en todo tipo trabajos profesionales relacionados con edificaciones, infraestructuras urbanas, rurales e industriales, infraestructuras y proyectos de transportes ferroviarios y carreteras, infraestructuras y servicios de navegación aérea y marítima, infraestructuras agroindustriales y de protección y conservación del medio natural, la biodiversidad y lucha contra el cambio climático, explotaciones mineras, redes e infraestructuras de telecomunicaciones, explotaciones e infraestructuras energéticas, las vías públicas, las viviendas privadas, las maquinaria de uso cotidiano, etc. Para eliminar estos y otros riesgos, la Administración Pública deberá comprobar y garantizar que el Profesional dispone de: 11

12 La titulación, capacitación, formación y habilitación acordes a la envergadura del mismo y a lo permitido por la legislación. Respaldo de un Seguro de Responsabilidad Civil adecuado. La autenticidad documental y la corrección formal de los documentos presentados. Garantía de que se ha tenido en cuenta la normativa en vigor en los ámbitos europeos, estatales, autonómicos y municipales. Garantía del archivo e integridad de los trabajos profesionales para aquellos que manifiesten un interés legítimo y en especial, Administraciones públicas y tribunales de Justicia. 4.5 Para el Usuario Final y para la Sociedad Incremento de siniestros derivados de una falta de control (mediante el Visado) en todo tipo trabajos profesionales relacionados con edificaciones, infraestructuras urbanas, rurales e industriales, infraestructuras y proyectos de transportes ferroviarios y carreteras, infraestructuras y servicios de navegación aérea y marítima, infraestructuras agroindustriales y de protección y conservación del medio natural, la biodiversidad y lucha contra el cambio climático, explotaciones mineras, redes e infraestructuras de telecomunicaciones, explotaciones e infraestructuras energéticas, las vías públicas, las viviendas privadas, las maquinaria de uso cotidiano, etc. Indefensión ciudadana ante un siniestro por falta de control. Grave disminución en la certeza de asunción de responsabilidades por parte del profesional Errores debidos a la no consideración de la normativa adecuada (mediante el Visado) que serían imposibles de corregir a posteriori, en la fase de ejecución. Aumento de las emisiones nocivas por falta de presión sobre la aplicación de la legislación medioambiental a través del Visado. Deterioro del medio natural, la biodiversidad y la salud de las personas derivados de una falta de control (mediante el Visado) apropiado de los trabajos profesionales con posible impacto medioambiental. 12

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