LAUDO ARBITRAL. Don Propuesto por la Federación de Usuarios y Consumidores Independientes
|
|
- Xavier Serrano Salas
- hace 6 años
- Vistas:
Transcripción
1 NACIONAL DE LAUDO ARBITRAL EXPTE. NÚM.: 1090/2014 RECLAMANTE: D. RECLAMADA: Groupon Spain, S.L. Colegio Arbitral: PRESIDENTA DEL COLEGIO ARBITRAL Doña: VOCALES Don Propuesto por la Federación de Usuarios y Consumidores Independientes Doña Propuesta por la Asociación empresarial ADIGITAL En la Sede de la Junta Arbitral Nacional de Consumo a 25 de septiembre de 2015, se dicta laudo en el procedimiento arbitral de referencia LAUDO ARBITRAL ANTECEDENTES DE HECHO PRIMERO Consta previamente al inicio del procedimiento, formalización de convenio arbitral válido entre las partes, de acuerdo con lo establecido en el artículo 24 del Real Decreto 231/2008, de 15 de febrero por el que se regula el Sistema Arbitral de Consumo, concurriendo en este caso la presentación de la solicitud arbitral por el reclamante y la adhesión de la empresa reclamada al Código Ético Confianza Online. En dicha adhesión, manifiesta que agotado el procedimiento de mediación llevado a cabo por la ADIGITAL, acepta expresamente el arbitraje de la Junta Arbitral Nacional del Consumo para la solución de las reclamaciones relativas a las transacciones electrónicas con consumidores, presentadas por la presunta infracción de las normas del mencionado Código. CORREO junta-nacional@consumo-inc.es C/ PRÍNCIPE DE VERGARA, MADRID TEL: FAX:
2 De conformidad con el artículo 40 del Real Decreto 231/2008, de 15 de febrero, que regula el Sistema Arbitral de Consumo, que establece el procedimiento abreviado aplicable en este supuesto, se ha comunicado a las partes el inicio del procedimiento arbitral, la designación de árbitro único y la citación a audiencia en forma escrita, con el fin de que aportaran nuevas alegaciones o documentación que no hubieran puesto de manifiesto y consideraran relevantes para la solución del conflicto. Asimismo se han incorporado al expediente toda cuanta documentación obraba en los procedimientos de reclamación anteriores, seguidos de conformidad con lo dispuesto en el Código Ético de Confianza Online. SEGUNDO El reclamante en su solicitud de arbitraje alega que han concurrido circunstancias relativas a la adquisición de un producto mediante contratación electrónica (que aparecen señaladas con una x):.- El producto no fue entregado porque la empresa alegó error en el precio..- El producto no fue entregado porque la empresa alegó falta de stock..- Retraso en la entrega del producto..- Ausencia de información proporcionada sobre las características del producto o, existiendo información, ésta fue proporcionada de manera incorrecta..- La empresa impidió al reclamante el ejercicio del derecho de desistimiento. X.- Otras circunstancias. El reclamante realizó la compra de un cupón para un Menú para 2 por importe de 39 válido hasta el día 1 de marzo de Solicita, teniendo en cuenta las alegaciones efectuadas y la documentación aportada, la devolución del importe pagado (39 ) en efectivo y en caso de producirse después de 30 días el doble de dicha cantidad. TERCERO Trasladada la Solicitud Arbitral a la empresa reclamada manifiesta que se procedió a la devolución del importe del cupón a la cuenta de usuario del reclamante, asimismo que no se ha puesto en contacto en ningún momento con ellos sino a través de Confianza Online y que efectivamente hubo un error en la fecha de caducidad de los cupones. La reclamada es una mera intermediaria que pone en contacto empresarios con usuarios, siendo el empresario prestador del servicio el único responsable de los servicios que oferta
3 CUARTO Conocidas las alegaciones presentadas por la reclamada, el reclamante manifiesta que no es cierta la ausencia de comunicación con la reclamada, ya que lo hace mediante correo electrónico, recibiendo de ellos una web a la que debe acudir, pero que sus navegadores indican que no existe, por lo que se pone en contacto con Confianza Online. Se ratifica en su solicitud. QUINTO La reclamada manifiesta que el correo al que dirigió su reclamación el cliente es un correo que no admite dudas o incidencias y que en su página web hay un apartado de Atención al Cliente y un número de teléfono, de cualquiera de las dos formas las comunicaciones se hubieran registrado. La devolución se hizo como gesto de buena fe, dado el error tipográfico, ya que al estar caducado el cupón sin haber contactado el cliente con la empresa, no hay posibilidad de devolución alguna. El Órgano Arbitral a la vista de la documentación y alegaciones presentadas por las partes, expone los siguientes FUNDAMENTOS JURÍDICOS Primero.- En lo que respecta a la legitimación pasiva, hay que estar a lo preceptuado en el artículo 1.2. del Real Decreto 231/2008, de 15 de febrero, por el que se regula el Sistema Arbitral de Consumo, El Sistema Arbitral de Consumo es el arbitraje institucional de resolución extrajudicial, de carácter vinculante y ejecutivo para ambas partes, de los conflictos surgidos entre los consumidores o usuarios y las empresas o profesionales en relación a los derechos legal o contractualmente reconocidos al consumidor A su vez, el Texto Refundido de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y usuarios, aprobado mediante Real Decreto Legislativo 1/2007, de 16 de noviembre, establece en diversos artículos los conceptos seguidos en materia de consumo: Artículo 4 Concepto de empresario. A efectos de lo dispuesto en esta norma, se considera empresario a toda persona física o jurídica que actúa en el marco de su actividad empresarial o profesional, ya sea pública o privada., Artículo 5 Concepto de productor. Sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 138, a efectos de lo dispuesto en esta norma se considera productor al fabricante del bien o al prestador del servicio o su intermediario, o al importador del bien o servicio en el territorio de la Unión Europea, así como a cualquier persona que se presente como tal al indicar en el bien, ya sea en el envase, el envoltorio o cualquier otro elemento de protección o presentación, o servicio su nombre, marca u otro signo distintivo, Artículo 7 Concepto de proveedor. A efectos de esta norma es proveedor el empresario que suministra o distribuye productos en el mercado, cualquiera que sea el título o contrato en virtud del cual realice dicha distribución Es necesario, por tanto, la existencia de un consumidor final de los bienes o servicios prestados, y de un profesional o empresario actuando en el ámbito de su actividad
4 profesional, proveedor del bien o prestador del servicio contratado, con independencia de que esta actividad profesional en relación al producto o servicio de que se trate consista en su fabricación, importación, distribución, representación o cualquier otra acción a través de la cual ponga en el mercado o a disposición de los consumidores los bienes o servicios objeto del contrato. En el caso que nos ocupa, la empresa reclamada, Gropupon S.L., actúa frente al consumidor como auténtico vendedor de los bienes ofertados a través de su página web, apareciendo directamente su identificación ante el comprador y llevando a cabo en su propio nombre todas las acciones tendentes a completar la venta del producto frente a terceros. Por lo tanto, debe entenderse a estos efectos plenamente legitimada para poder ser parte en el proceso e interponer frente a ella las acciones oportunas. Segundo.- Que ha quedado acreditado por la documentación aportada al expediente que se han cumplido todos los requisitos establecidos en los artículos 1258, 1262 y 1278 del Código Civil. Ambas partes han prestado su consentimiento y el contrato reúne las condiciones esenciales para ser considerado valido y por tanto obligatorio, perfeccionado el contrato celebrado, desde entonces obliga no solo al cumplimiento de lo expresamente pactado, sino también a todas las consecuencias que según su naturaleza, sean conformes a la buena fe, al uso y a la ley, no amparando la ley el abuso del derecho o el ejercicio antisocial del mismo (artículo 7 C.C). Tercero.- Que conforme el artículo 1091 del Código Civil, las obligaciones que nacen de los contratos tienen fuerza de ley entre las partes contratantes, y deben cumplirse al tenor de los mismos, y según establece el artículo 1256, la validez y el cumplimiento de los contratos no pueden dejarse al arbitrio de uno de los contratantes, siendo la empresa reclamada responsable de la disponibilidad de los productos que ofrece en su página web. Cuarto.- El Código Civil regula la imposibilidad sobrevenida de cumplimiento de la prestación debida como una de las causas de extinción de las obligaciones, mencionada en el artículo 1156 del Código Civil (junto con las otras causas de extinción de las obligaciones), como pérdida de la cosa debida o imposibilidad sobrevenida de la prestación, quedando extinguida la obligación si la prestación resultare legal o físicamente imposible. Quinto.- Según indica el artículo 104 del Texto Refundido de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios, aprobado por Real Decreto Legislativo 1/2007, de 16 de noviembre, relativo a la falta de ejecución del contrato, en caso de no ejecución del contrato por parte del empresario por no encontrarse disponible el bien o servicio contratado, el consumidor y usuario deberá ser informado de esta falta de disponibilidad y deberá poder recuperar cuanto antes, y en cualquier caso en un plazo de 30 días como máximo, las sumas que haya abonado. En el supuesto de que el empresario no realice este abono en el plazo señalado, el consumidor y usuario podrá reclamar que se le pague el doble de la suma adeudada, sin perjuicio a su derecho de ser indemnizado por los daños y perjuicios sufridos en lo que excedan de dicha cantidad. Existiendo un contrato válido entre ambas partes, las mismas se comprometen a cumplirlo en los términos pactados. Por ello, resultando imposible la realización del servicio por falta acceso al mismo ante la negativa del socio y teniendo en cuenta el
5 reconocimiento por parte de la empresa reclamada de la existencia de un error tipográfico en relación al concreto cupón adquirido, error que resulta ser la causa de la imposibilidad de acceso al servicio por parte del cliente, la empresa debe proceder, de manera inmediata a la devolución del precio abonado previamente por el cliente, dando así por resuelto el contrato realizado, con la entrega del doble, en caso de que hubieran transcurrido más de 30 días y mediando previa información al cliente de esta situación de falta de disponibilidad. Resulta responsabilidad de la empresa informar a los clientes afectados del error en relación a la posibilidad de utilizar el cupón en las fechas indicadas, siendo inaceptable la excusa de que el cliente no utilizo el correo adecuado en su comunicación con la reclamada, para eludir dicha responsabilidad. Es criterio seguido por este Colegio Arbitral que dicha devolución debe efectuarse de la misma manera que se efectuó la compra, bien fuera en dinero o crédito de cliente y, de manera subsidiaria, debe entenderse el pago/devolución en dinero y no en crédito cliente, al ser éste el medio más habitual y generalizado de abono de los bienes o servicios. Vistos los preceptos citados, se emite el siguiente laudo en equidad: LAUDO Estimar la pretensión del reclamante, debiendo reintegrar la empresa reclamada, Groupon S. L., el importe del cupón adquirido (39 ), por duplicado, por lo que deberá proceder al abono de la cantidad de 78, en la cuenta corriente del usuario, resolviéndose así el contrato formalizado entre ambas partes. Por su parte la reclamada procederá, en caso de haberse realizado con anterioridad, a retirar el crédito incluido como compensación en la cuenta cliente del reclamante. Dicho Laudo ha sido adoptado por UNANIMIDAD. El plazo para el cumplimiento de este Laudo es de 30 días a partir de su notificación.
LAUDO ARBITRAL. VOCALES Don Propuesto por la Federación de Usuarios y Consumidores Independientes
NACIONAL DE LAUDO ARBITRAL EXPTE. NÚM.: 1356/2014 RECLAMANTE: RECLAMADA: E Maletas S.L. Colegio Arbitral: PRESIDENTA DEL COLEGIO ARBITRAL Doña: VOCALES Don Propuesto por la Federación de Usuarios y Consumidores
Más detallesLAUDO ARBITRAL. Propuesto por la Federación de Usuarios y Consumidores Independientes LAUDO ARBITRAL
NACIONAL DE LAUDO ARBITRAL EXP. NUM. : 2080/2013 RECLAMANTE RECLAMADO Redcoon Electronic Trade, S.L.U. PRESIDENTA DEL COLEGIO ARBITRAL VOCALES Propuesto por la Federación de Usuarios y Consumidores Independientes
Más detallesLAUDO ARBITRAL. VOCALES Don Propuesto por la Federación de Usuarios y Consumidores Independientes
NACIONAL DE LAUDO ARBITRAL EXPTE. NÚM.: 1257/2014 RECLAMANTE: RECLAMADO: Redcoon Electronic Trade S.L. PRESIDENTA DEL COLEGIO ARBITRAL Doña: VOCALES Don Propuesto por la Federación de Usuarios y Consumidores
Más detallesEXPTE. NÚM.: /2011
, POLÍTICA SOCIAL E IGUALDAD INSTITUTO NACIONAL DE EXPTE. NÚM.: 101.084/2011 En la Sede de la Junta Arbitral Nacional de Consumo a 19 de octubre de 2011, se reúne el Colegio Arbitral para dictar laudo
Más detallesEXPTE. NÚM.: 2004/2013
INSTITUTO NACIONAL DE EXPTE. NÚM.: 2004/2013 En la Sede de la Junta Arbitral Nacional de Consumo a 14 de mayo de 2013, se reúne el Colegio Arbitral para dictar laudo en el procedimiento arbitral en el
Más detallesEXPTE. NÚM.: /2011
INSTITUTO NACIONAL DE EXPTE. NÚM.: 101.248/2011 En la Sede de la Junta Arbitral Nacional de Consumo a 8 de junio de 2012, se reúne el Colegio Arbitral para dictar laudo en el procedimiento arbitral en
Más detallesLAUDO ARBITRAL. Propuesto por la Federación de Usuarios y Consumidores Independientes LAUDO ARBITRAL
NACIONAL DE LAUDO ARBITRAL EXP. NUM. : 2110/2013 RECLAMANTE RECLAMADO Vente-Unique España S.L. PRESIDENTA DEL COLEGIO ARBITRAL VOCALES Propuesto por la Federación de Usuarios y Consumidores Independientes
Más detallesEXPTE. NÚM.: 101.027/2011
, POLÍTICA SOCIAL E IGUALDAD INSTITUTO NACIONAL DE EXPTE. NÚM.: 101.027/2011 En la Sede de la Junta Arbitral Nacional de Consumo a 7 de julio de 2011, se reúne el Colegio Arbitral para dictar laudo en
Más detallesLAUDO ARBITRAL. Propuesto por la Federación de Usuarios y Consumidores Independientes
NACIONAL DE LAUDO ARBITRAL EXPTE. NÚM: 2337/2013 RECLAMANTE: RECLAMADA: Grandes Almacenes FNAC España, S.A.U. Colegio Arbitral: PRESIDENTA DEL COLEGIO ARBITRAL VOCALES Propuesto por la Federación de Usuarios
Más detallesEXPTE. NÚM.: 2051/2013
INSTITUTO NACIONAL DE EXPTE. NÚM.: 2051/2013 En la Sede de la Junta Arbitral Nacional de Consumo a 17 de julio de 2013, se reúne el Colegio Arbitral para dictar laudo en el procedimiento arbitral en el
Más detallesEXPTE. NÚM.: 1276/2012
INSTITUTO NACIONAL DE EXPTE. NÚM.: 1276/2012 En la Sede de la Junta Arbitral Nacional de Consumo a 5 de marzo de 2013, se reúne el Colegio Arbitral para dictar laudo en el procedimiento arbitral en el
Más detallesLAUDO ARBITRAL. Propuesto por la Federación de Usuarios y Consumidores Independientes
INSTITUTO NACIONAL DE LAUDO ARBITRAL EXPTE. NÚM.:2035/13 RECLAMANTE: RECLAMADO: Redcoon Electronic Trade, S.L.U. Colegio Arbitral: PRESIDENTE VOCALES Propuesto por la Federación de Usuarios y Consumidores
Más detallesRESOLUCIÓN DEL TRIBUNAL ADMINISTRATIVO CENTRAL DE RECURSOS CONTRACTUALES
MINISTERIO DE ECONOMIA E DE Y HACIENDA Recurso nº 245/2011 Resolución nº 278/2011 RESOLUCIÓN DEL En Madrid, a 16 de noviembre de 2011. VISTA la cuestión de nulidad interpuesta por Don L.M.V.G., en representación
Más detallesLAUDO ARBITRAL. VOCALES Don Propuesto por la Federación de Usuarios y Consumidores Independientes
NACIONAL DE LAUDO ARBITRAL EXPTE. NÚM.: 2321/2013 RECLAMANTE: D. RECLAMADA: El Corte Inglés, S.A. Colegio Arbitral: PRESIDENTA DEL COLEGIO ARBITRAL Doña: VOCALES Don Propuesto por la Federación de Usuarios
Más detallesANEXOS FORMULARIOS 1. CLÁUSULA SOBRE VALIDACIÓN DE LA CALIDAD DEL PRODUCTO:
ANEXOS FORMULARIOS 1. CLÁUSULA SOBRE VALIDACIÓN DE LA CALIDAD DEL PRODUCTO: 4.1.7.1 Validación de la Calidad del Producto: 1 Antes de proceder a la cosecha o, en su caso, una vez entregado el producto,
Más detallesLAUDO ARBITRAL. VOCALES Don Propuesto por la Federación de Usuarios y Consumidores Independientes
NACIONAL DE LAUDO ARBITRAL EXPTE. NÚM: 2282/2013 RECLAMANTE: D. RECLAMADA: Grandes Almacenes FNAC España S.A.U. Colegio Arbitral: PRESIDENTA DEL COLEGIO ARBITRAL Doña: VOCALES Don Propuesto por la Federación
Más detallesEXPTE. NÚM.: 101.047 /2009
INSTITUTO NACIONAL DE EXPTE. NÚM.: 101.047 /2009 En la Sede de la Junta Arbitral Nacional de Consumo a 22 de marzo 2010, se reúne el Colegio Arbitral para dictar laudo en el procedimiento arbitral en el
Más detallesRESOLUCIÓN 76/2016, de 3 de agosto, del Consejo de Transparencia y Protección de Datos de Andalucía
RESOLUCIÓN 76/2016, de 3 de agosto, del Consejo de Transparencia y Protección de Datos de Andalucía Asunto: Reclamación de XXX contra la Empresa Municipal de Aguas de Rota (AREMSA, S.A.) en materia de
Más detallesla que se desestima la reclamación presentada por un particular a través de la Oficina
Resolución de 14 de diciembre de 2016, de la Sección Segunda del Jurado por la que desestima la reclamación presentada por un particular a través de la Oficina Municipal de Información al Consumidor de
Más detallesEXPTE. NÚM.: 1275/2012
INSTITUTO NACIONAL DE EXPTE. NÚM.: 1275/2012 En la Sede de la Junta Arbitral Nacional de Consumo a 26 de Febrero de 2013, se reúne el Colegio Arbitral para dictar laudo en el procedimiento arbitral en
Más detallesRESOLUCIÓN DEL TRIBUNAL ADMINISTRATIVO CENTRAL DE RECURSOS CONTRACTUALES
MINISTERIO DE HACIENDA Y ADMINISTRACIONES PÚBLICAS Recurso nº 262/2014 C.A. Asturias 013/2014 Resolución nº 332/2014 RESOLUCIÓN DEL En Madrid, a 25 de abril de 2014. VISTO el recurso interpuesto por D.
Más detallesEXPTE. NÚM.: 101.055/2009
INSTITUTO NACIONAL DE EXPTE. NÚM.: 101.055/2009 En la Sede de la Junta Arbitral Nacional de Consumo a 22 de marzo 2010, se reúne el Colegio Arbitral para dictar laudo en el procedimiento arbitral en el
Más detallesDIPUTACIÓN PROVINCIAL DE TOLEDO
La Alcaldesa-Presidenta del Ayuntamiento de, mediante escrito de fecha 27 de marzo de 2013, registrado de entrada en esta Diputación Provincial el día 5 de abril de 2013, solicita a este Departamento de
Más detallesEXPTE. NÚM.: 101.053 /2009
Y POLÍTICA SOCIAL INSTITUTO NACIONAL DE EXPTE. NÚM.: 101.053 /2009 En la Sede de la Junta Arbitral Nacional de Consumo a 1 de julio 2010, se reúne el Colegio Arbitral para dictar laudo en el procedimiento
Más detallesCOMISION DEL MERCADO DE LAS TELECOMUNICACIONES
D. LUIS BERMÚDEZ ODRIOZOLA, Secretario del Consejo de la Comisión del Mercado de las Telecomunicaciones, en uso de las competencias que le otorga el artículo 40 del Reglamento de la Comisión del Mercado
Más detallesRESOLUCIÓN DEL TRIBUNAL ADMINISTRATIVO CENTRAL DE RECURSOS CONTRACTUALES
MINISTERIO DE E DE HACIENDA Y ADMINISTRACIONES PÚBLICAS Recurso nº 329/2011 Resolución nº 14/2012 RESOLUCIÓN DEL En Madrid, a 11 de enero de 2012. VISTO el recurso interpuesto por don M.L.L, en representación
Más detallesHOJA DE RECLAMACIÓN. ... Dirección: Calle, plaza y nº. : Código Postal, localidad y provincia : ... Teléfono: Fax: Correo electrónico: Otro medio:
HOJA DE RECLAMACIÓN I. Datos de la empresa o profesional reclamada/o (1ª)Nombre del establecimiento / empresa en su caso: N.I.F. / C.I.F:... Dirección: Calle, plaza y nº. : Código Postal, localidad y provincia
Más detallesCONDICIONES DE LA PROMOCIÓN PENCIL LIPGLOSS
CONDICIONES DE LA PROMOCIÓN PENCIL LIPGLOSS Artículo 1. Responsable de la promoción La sociedad responsable de la presente promoción es KIKO RETAIL ESPAÑA, S.L.U. (en adelante KIKO ) con CIF B-64774102
Más detallesEsta Guía Práctica proporciona información a los usuarios de los servicios financieros sobre los siguientes aspectos:
GUÍA PRÁCTICA DE PRESENTACIÓN DE CONSULTAS, QUEJAS Y RECLAMACIONES ANTE EL SERVICIO DE RECLAMACIONES DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE SEGUROS Y FONDOS DE PENSIONES. La presente guía se publica con la finalidad
Más detallesEXPTE. NÚM.: 1165/2012
INSTITUTO NACIONAL DE EXPTE. NÚM.: 1165/2012 En la Sede de la Junta Arbitral Nacional de Consumo a 5 de marzo de 2013, se reúne el Colegio Arbitral para dictar laudo en el procedimiento arbitral en el
Más detallesA través del Sitio Web se pone a disposición del usuario la posibilidad de adquirir los siguientes productos y/o servicios:
26 Mayo 2016 ARAG SERVICES SPAIN & PORTUGAL, S.L. con domicilio en calle Roger de Flor, núm. 16 (08018), NIF B-64507171, datos inscripción Registro Mercantil: Tomo 39465, Folio 56, Hoja B-346744 pone a
Más detallesORDENANZA FISCAL REGULADORA DE LA TASA POR EXPEDICIÓN DE DOCUMENTOS ADMINISTRATIVOS Í N D I C E
ORDENANZA FISCAL NÚM. 2.19 EXPEDICIÓN DE DOCUMENTOS ADMINISTRATIVOS Í N D I C E I. Hecho Imponible... 2 II. Sujeto Pasivo... 3 III. Responsables... 3 IV. Devengo... 4 V. Base Imponible y Cuota Tributaria...
Más detallesPROCEDIMIENTOS EXTRAJUDICIALES DE RESOLUCIÓN DE RECLAMACIONES POR SECTORES
PROCEDIMIENTOS EXTRAJUDICIALES DE RESOLUCIÓN DE RECLAMACIONES POR SECTORES Ante un problema con un producto adquirido, o un servicio contratado, el consumidor o usuario puede presentar su queja o reclamación
Más detallesTEXTO. REGISTRO BOMEH: 1/2016 PUBLICADO EN: BOE n.º 312, de 30 de diciembre de 2015.
TÍTULO: Orden HAP/2835/2015, de 28 de diciembre, por la que se aprueba el modelo 113 de comunicación de datos relativos a las ganancias patrimoniales por cambio de residencia cuando se produzca a otro
Más detallesExpedientes de Regulación de Empleo
Documentación a presentar: Expedientes de Regulación de Empleo 1. Procedimiento de extinción de contratos de trabajo o despido colectivo por causas económicas, técnicas, organizativas o de producción:
Más detallesCUESTIÓN-PLANTEADA: Aplicación del supuesto de inversión del sujeto pasivo establecido en el artículo 84.Uno.2º, letra g) de la Ley 37/1992.
Consulta Vinculante DGT de Fecha de Salida: 31/03/2015 La mercantil consultante se dedica a la comercialización, entre otros productos, de consolas y programas de videojuegos, recibiendo de sus clientes
Más detallesCOMISIÓN DEL MERCADO DE LAS TELECOMUNICACIONES
DON JAIME ALMENAR BELENGUER, Secretario del Consejo de la Comisión del Mercado de las Telecomunicaciones, en uso de las competencias que le otorga el artículo 40 del Reglamento de la Comisión del Mercado
Más detallesCOMO COMPENSAR PÉRDIDAS EN PREFERENTES
COMO COMPENSAR PÉRDIDAS EN PREFERENTES Consulta Vinculante V0371-14, de 13 de febrero de 2014 de la Subdirección General de Operaciones Financieras IMPUESTO SOBRE LA RENTA DE LAS PERSONAS FÍSICAS. Base
Más detallesINSTRUCCIONES DEL MODELO 111
IMPUESTO SOBRE LA RENTA DE LAS PERSONAS FÍSICAS RETENCIONES E INGRESOS A CUENTA SOBRE RENDIMIENTOS DEL TRABAJO, DETERMINADAS ACTIVIDADES ECONÓMICAS, PREMIOS Y DETERMINADAS IMPUTACIONES DE RENTA MODELO
Más detallesCircular nº 04/2016, de 29 de enero ENTIDADES EMISORAS DE VALORES
Circular nº 04/2016, de 29 de enero ENTIDADES EMISORAS DE VALORES REGISTRO MERCANTIL DE MADRID, TOMO 15.611, LIBRO 0, FOLIO 5, HOJA Nº M-262.818, INSCRIPCIÓN 1ª NIF: A-82.695.677 La Sociedad de Gestión
Más detallesRESUMEN DE LA POLÍTICA DE CONFLICTOS DE INTERÉS GRUPO CIMD
RESUMEN DE LA POLÍTICA DE CONFLICTOS DE INTERÉS GRUPO CIMD Versión 31.10.2014 I. INTRODUCCIÓN La normativa vigente, legislación comunitaria MiFID (Directiva 2004/39/CE del Parlamento Europeo y de la Comisión
Más detallesJunta Arbitral de Consumo
Junta Arbitral de Consumo Qué es? El arbitraje de consumo es un procedimiento extrajudicial de resolución de conflictos entre comerciantes y consumidores o usuarios, nunca entre particulares que siempre
Más detallesEpígrafe 68 - TRANSFERENCIAS TRANSFRONTERIZAS
Epígrafe 68 Página 1 Epígrafe 68 - TRANSFERENCIAS TRANSFRONTERIZAS 1 - DEFINIFICION DE TRANSFERENCIAS CON EL EXTERIOR Se entenderá por transferencia con el exterior toda aquella operación efectuada por
Más detallessobre las notificaciones de pasaporte de intermediarios de crédito con arreglo a la Directiva 2014/17/UE («Directiva de crédito hipotecario»)
EBA/GL/2015/19 19.10.2015 Directrices sobre las notificaciones de pasaporte de intermediarios de crédito con arreglo a la Directiva 2014/17/UE («Directiva de crédito hipotecario») 1 1. Obligaciones de
Más detallesNOTA INFORMATIVA NI GA
NOTA INFORMATIVA NI GA 10/2011, de 20 de septiembre, relativa al reembolso de IVA importación a representantes aduaneros ante supuestos de impago por parte de los importadores. NORMATIVA La Disposición
Más detallesRENOVACIÓN DE LICENCIAS CITRIX EXPEDIENTE CH/14 PLIEGO DE CONDICIONES GENERALES
RENOVACIÓN DE LICENCIAS CITRIX EXPEDIENTE CH/14 PLIEGO DE CONDICIONES GENERALES 1.- OBJETO. El objeto de este Pliego es la contratación de la renovación y mantenimiento, para el ejercicio 2015, de 397
Más detalles(B.O.E. de 2 de agosto de 2011) Disposición adicional decimoséptima. Prestación de servicios domésticos a través de empresas.
Ley 27/2011, de 1 de agosto, sobre actualización, adecuación y modernización del sistema de Seguridad Social (Integración del Régimen Especial de Empleados de Hogar en el Régimen General) (B.O.E. de 2
Más detallesCÓDIGO DE BUENAS PRÁCTICAS PARA EL COMERCIO DE PROXIMIDAD DE ASTURIAS
CÓDIGO DE BUENAS PRÁCTICAS PARA EL COMERCIO DE PROXIMIDAD DE ASTURIAS 3.1. COMPROMISOS GENERALES 1) Compromiso de adecuada información de precios Prácticas asume el compromiso de practicar una adecuada
Más detallesINFORME DEL COMITÉ DE AUDITORÍA SOBRE LA INDEPENDENCIA DE LOS AUDITORES DURANTE EL EJERCICIO 2015
INFORME DEL COMITÉ DE AUDITORÍA SOBRE LA INDEPENDENCIA DE LOS AUDITORES DURANTE EL EJERCICIO 2015 I. INTRODUCCIÓN El Comité de Auditoría de, S.A. (en adelante, "" o la Sociedad ) en su sesión celebrada
Más detallesP02 -Procedimiento de Formulación de requerimientos a las personas y entidades que intervienen en los mercados de valores
P02 -Procedimiento de Formulación de requerimientos a las personas y entidades que intervienen en los mercados de valores P02 -Procedimiento de Formulación de requerimientos a las personas y entidades
Más detallesResumen del Dictamen: Particular vs. Carrier-E Mobile, S.L. (Hits Mobile) Tarifa del 5 Internet
Dictamen de 30 de junio de 2016 de la Sección Cuarta del Jurado de AUTOCONTROL por el que expresa su parecer sobre la corrección deontológica de una publicidad de la que es responsable la entidad Carrier-E
Más detallesSERVICIO TELEFÓNICO: RENOVACIÓN DE PERMANENCIA POR CAMBIO DE DOMICILIO
SERVICIO TELEFÓNICO: RENOVACIÓN DE PERMANENCIA POR CAMBIO DE DOMICILIO Pueden las operadoras de telefonía fija renovar cláusulas de permanencia simplemente por solicitar un traslado de línea por cambio
Más detallesR.D. 1484/2012 APORTACIONES DE EMPRESAS CON BENEFICIOS QUE REALICEN DESPIDOS COLECTIVOS
R.D. 1484/2012 APORTACIONES DE EMPRESAS CON BENEFICIOS QUE REALICEN DESPIDOS COLECTIVOS Real Decreto 1484/2012, de 29 de Octubre sobre las aportaciones económicas a realizar por las empresas con beneficios
Más detallesINSPECCIÓN A UN FICHERO COMÚN DE INFORMACIÓN SOBRE SOLVENCIA PATRIMONIAL E INCUMPLIMIENTO DE OBLIGACIONES DINERARIAS (*)
INSPECCIÓN A UN FICHERO COMÚN DE INFORMACIÓN SOBRE SOLVENCIA PATRIMONIAL E INCUMPLIMIENTO DE OBLIGACIONES DINERARIAS (*) Durante el año 2001 se han presentado ante la Agencia de Protección de Datos un
Más detallesCONTRATO DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS PARA CREDITOS DOCUMENTARIOS DE EXPORTACIÓN REUNIDOS
CONTRATO DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS PARA CREDITOS DOCUMENTARIOS DE EXPORTACIÓN Gavà, XXX de XXXXXXXX de 2012 REUNIDOS De una parte D. Ramon Pau Mateo, mayor de edad, con DNI nº XXXXXXXXXXXX, en nombre
Más detallesTratamiento conforme a la legislación de prevención de riesgos laborales. Informe 434/2004
Tratamiento conforme a la legislación de prevención de riesgos laborales. Informe 434/2004 Tratamiento conforme a la legislación de prevención de riesgos laborales La consulta plantea dudas sobre el consentimiento
Más detallesNº Expediente: 2014/CONASP0369
Nº Expediente: 2014/CONASP0369 ASUNTO: MODIFICACIÓN DEL PLIEGO DE CLÁUSULAS ADMINISTRATIVAS PARTICULARES QUE RIGEN EL PROCEDIMIENTO DE LICITACIÓN PARA LA CONTRATACIÓN DEL SERVICIO DE CONSERVACIÓN DE LA
Más detallesd) Otros aspectos que considere convenientes.
Artículo 1 Artículo 2 Ámbito de aplicación La Corte de Arbitraje de la Cámara de Comercio, Industria y Navegación de Bilbao, de acuerdo con sus Estatutos, será competente para administrar los procedimientos
Más detalles6.4.1 PROCEDIMIENTO PARA ELABORAR Y FIRMAR EL ACTA DE LIQUIDACIÓN UNILATERAL O BILATERAL 1. OBJETO:
1. OBJETO: Llevar a cabo la liquidación de los contratos y convenios de tracto sucesivo, aquellos cuya ejecución se prolongue en el tiempo, y en los demás que se pacte o que sea necesario, según lo dispuesto
Más detallesDGT: 08-02-2016 N.º CONSULTA VINCULANTE: V 0471/2016 SUMARIO:
Referencia: NFC058496 DGT: 08-02-2016 N.º CONSULTA VINCULANTE: V 0471/2016 SUMARIO: PRECEPTOS: IRPF. Hecho imponible. Rentas exentas. Indemnizaciones por despido o cese. Reducciones. Retenciones. Indemnización
Más detallesUniversidad Europea del Atlántico Página 1 de 7
Universidad Europea del Atlántico Página 1 de 7 I. EXPOSICIÓN DE MOTIVOS La presente normativa, acorde con la legislación universitaria vigente, tiene el objetivo de hacer efectiva la movilidad de estudiantes
Más detallesLAUDO ARBITRAL. Don Colegiado ejerciente ICAM Propuesto por la Asociación de Consumidores CEACCU
LAUDO ARBITRAL EXPTE. NÚM.: 1041/2012 En la Sede de la Junta Arbitral Nacional de Consumo a 26 de noviembre de 2012, se reúne el Colegio Arbitral para dictar laudo en el procedimiento arbitral en el que
Más detallesEn Las Palmas de Gran Canaria, a 25 de marzo de CIRCULAR IVA IGIC. Modificaciones con entrada en vigor a partir del día
En Las Palmas de Gran Canaria, a 25 de marzo de 2015. CIRCULAR IVA IGIC Modificaciones con entrada en vigor a partir del día 01-04-2015. Le afectará si comercializa los siguientes productos: Cód. NCE Designación
Más detallesAYUNTAMIENTO DE NAVACERRADA
2.4. TASA POR REALIZACIÓN DE ACTIVIDADES ADMINISTRATIVAS CON MOTIVO DE LA APERTURA DE ESTABLECIMIENTOS Artículo 1. FUNDAMENTO Y RÉGIMEN FECHA DE APROBACIÓN DE LA MODIFICACIÓN EN PLENO: 27/03/2014 FECHA
Más detallesBANCO CETELEM, S.A. En vigor desde el
TARIFAS DE COMISIONES Y GASTOS REPERCUTIBLES (Folleto único de tarifas aplicadas por esta entidad.) EPIGRAFE 00: CONDICIONES GENERALES INDICE EPIGRAFE 01: CREDITOS INSTRUMENTALIZADOS MEDIANTE TARJETA DE
Más detallesRESOLUCIÓN DEL TRIBUNAL ADMINISTRATIVO CENTRAL DE RECURSOS CONTRACTUALES
MINISTERIO DE HACIENDA Y ADMINISTRACIONES PÚBLICAS Reclamaciones nº 586 y 587/2014 Resolución nº 599/2014 RESOLUCIÓN DEL En Madrid, a 30 de julio de 2014. VISTAS las reclamaciones interpuesta por D. A.F.S.C.,
Más detallesLIQUIDACIÓN DE INTERESES DE DEMORA [PROVEEDORES]
LIQUIDACIÓN DE INTERESES DE DEMORA [PROVEEDORES] Expediente n. º /20 AVISO LEGAL. Esta obra está considerada creación intelectual de AULOCE, SA, y por lo tanto está protegida por las leyes de propiedad
Más detallesNÚMERO 244 Martes, 22 de diciembre de 2015 CONSEJERÍA DE HACIENDA Y ADMINISTRACIÓN PÚBLICA
39110 III OTRAS RESOLUCIONES CONSEJERÍA DE HACIENDA Y ADMINISTRACIÓN PÚBLICA RESOLUCIÓN de 3 de diciembre de 2015, de la Consejera, por la que se dispone la publicación del Acuerdo del Consejo de Gobierno
Más detallesRESOLUCIÓN DEL TRIBUNAL ADMINISTRATIVO CENTRAL DE RECURSOS CONTRACTUALES
MINISTERIO DE HACIENDA Y ADMINISTRACIONES PÚBLICAS Recurso nº 111/2016 C.A. Galicia 18/2016 Resolución nº 191/2016 RESOLUCIÓN DEL En Madrid, a 04 de marzo de 2016. VISTO el recurso interpuesto por Dª A.P.A.,
Más detallesCLASES. - Transacción. - Mediación. - Amigable Composición. - Justicia Ordinaria
CLASES Los MEDIOS DE RESOLUCIÓN DE CONFLICTOS pueden ser de tipo autocompositivo o heterocompositivo, en las primera las partes resuelven directamente el conflicto, mientras que en la segunda facultan
Más detallesSERVICIO REGIONAL DE EMPLEO Y FORMACIÓN INFORME DE AUDITORÍA DE CUENTAS ANUALES DEL EJERCICIO 2016
SERVICIO REGIONAL DE EMPLEO Y FORMACIÓN INFORME DE AUDITORÍA DE CUENTAS ANUALES DEL EJERCICIO 2016 -,,h 1 Región de Murcia Consejería de Hacienda y Admin1strac16n Pública lntervenoón General INFORME DE
Más detallesOrden de 27 de diciembre de 1991 de desarrollo del Real Decreto 1816/1991, de 20 de diciembre, sobre transacciones económicas con el exterior.
Orden de 27 de diciembre de 1991 de desarrollo del Real Decreto 1816/1991, de 20 de diciembre, sobre transacciones económicas con el exterior. El Real Decreto 1816/1991, de 20 de diciembre, sobre transacciones
Más detallesPrimero. Aplicaciones Informáticas para actuación administrativa automatizada.
RESOLUCIÓN DE 24 DE NOVIEMBRE DE 2011, DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE LA AGENCIA ESTATAL DE ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIA POR LA QUE SE APRUEBAN NUEVAS APLICACIONES INFORMÁTICAS PARA LA ACTUACIÓN ADMINISTRATIVA
Más detallesSITUACIÓN ACTUAL DE LA JUBILACIÓN ANTICIPADA Y PARCIAL EN SUS DIFERENTES MODALIDADES A RAÍZ DE LA PUBLICACIÓN DEL RD-Ley 5/2013 de 15 de Marzo
SITUACIÓN ACTUAL DE LA JUBILACIÓN ANTICIPADA Y PARCIAL EN SUS DIFERENTES MODALIDADES A RAÍZ DE LA PUBLICACIÓN DEL RD-Ley 5/2013 de 15 de Marzo Resumen de las modalidades de jubilación anticipada y parcial
Más detallesGabinete Jurídico. Informe 0179/2010
Informe 0179/2010 I La consulta plantea, en primer lugar, si resulta necesario el consentimiento de los padres de alumnos de edades que podrían llegar a un mínimo de diez años de edad para la creación
Más detallesGabinete Jurídico. Informe 0035/2010
Informe 0035/2010 La consulta plantea diversas dudas respecto a la adecuación a la normativa de protección de datos de la publicación en la página web de un club deportivo de las clasificaciones de los
Más detallesREGLAMENTO DE DEFENSA DEL CLIENTE
REGLAMENTO DE DEFENSA DEL CLIENTE Avda. Diagonal 463 pral. 2ª - 08036 Barcelona Redactado conforme a lo dispuesto en la Orden ECO/734/2004 de 11 de marzo Artículo Primero.- OBJETO El presente reglamento
Más detallesMODELO DE CONTRATO DE OBRA POR ENCARGO
MODELO DE CONTRATO DE OBRA POR ENCARGO Entre los suscritos a saber, debidamente representada por, identificado con la cédula de ciudadanía número de, mayor de edad, domiciliado en Bogotá, quien en adelante
Más detallesAcuerdo de Promoción y Protección Recíproca de Inversiones entre la República del Pacífico y la República del Oriente.
Acuerdo de Promoción y Protección Recíproca de Inversiones entre la República del Pacífico y la República del Oriente. La República del Pacífico y la República del Oriente (en adelante denominadas las
Más detallesa) Consumidor.- A la persona física o moral que adquiere como destinatario final muebles de línea.
CONTRATO DE COMPRAVENTA AL CONTADO DE MUEBLES DE LÍNEA QUE CELEBRAN POR UNA PARTE A QUIEN EN LO SUCESIVO SE LE DENOMINARÁ EL PROVEEDOR, Y POR LA OTRA PARTE A QUIEN LO SUCESIVO SE LE DENOMINARÁ EL CONSUMIDOR,
Más detallesParticularmente, el apartado dos del citado artículo 119 condiciona la devolución del Impuesto al cumplimiento de los siguientes requisitos:
En relación con la determinación del derecho a la devolución del Impuesto sobre el Valor Añadido en favor de los empresarios o profesionales establecidos en Japón, planteada por la Embajada de España en
Más detallesANEXOS GUÍA SOBRE CONFLICTOS DE INTERÉS GUÍA DE GOBIERNO CORPORATIVO PARA EMPRESAS SEP
ANEXOS GUÍA SOBRE CONFLICTOS DE INTERÉS GUÍA DE GOBIERNO CORPORATIVO PARA EMPRESAS SEP Anexos Anexo I Anexo II Anexo III Contratación de bienes y servicios Deber de lealtad Procedimiento de operación con
Más detallesVista el Acta de la mesa de contratación de apertura de proposiciones celebrada el día 14 de marzo de 2016, que dice:
SECRETARIA/CONTRATACION Expte. 4/2016 PGS/mjhs DECRETO NÚM. 2016000730 - Visto el Acuerdo de la Junta de Gobierno de 18 de febrero de 2016, de incoación del procedimiento negociado con publicidad para
Más detallesEl contrato de trabajo
Es el acuerdo entre empresario y trabajador por el que éste se obliga a prestar determinados servicios por cuenta del empresario y bajo su dirección a cambio de remuneración. Formalización: El contrato
Más detallesCIRCULAR Nº 14/14 UGT
ÁREA DE GESTIÓN OPERATIVA CIRCULAR Nº 14/14 Asunto: ENTRADA EN VIGOR DEL ABONO 30 DÍAS JOVEN DE LAS ZONAS B Y C SOBRE TECNOLOGÍA SIN CONTACTO NUEVOS ABONOS INTERZONALES NUEVA CONSULTA DE SALDO PARA TARJETAS
Más detallesANTECEDENTES. Registro Salida Nº: 3186 Fecha: 19/01/2017 MINISTERIO DE HACIENDA Y FUNCIÓN PÚBLICA
RESOLUCIÓN DE LA POR LA QUE SE CONCEDE LA PRÓRROGA DE LA VIGENCIA DE LA LICENCIA SINGULAR PARA EL DESARROLLO Y EXPLOTACIÓN DEL TIPO DE JUEGO BLACK JACK CON LA QUE CUENTA LA ENTIDAD RANK MALTA OPERATIONS,
Más detalles(Texto pertinente a efectos del EEE)
17.6.2016 L 160/29 REGLAMENTO DELEGADO (UE) 2016/960 DE LA COMISIÓN de 17 de mayo de 2016 por el que se completa el Reglamento (UE) n. o 596/2014 del Parlamento Europeo y del Consejo en lo relativo a las
Más detallesReclamación fuera del término municipal: Responsabilidades complementarias Ampliación capital asegurado:
DECRETO ALCALDIA 0298/16 El D.A. 191/2016 acordó incoar expediente de contratación, mediante procedimiento abierto, para la licitación de las Pólizas de Seguros del Ayuntamiento de Balmaseda que se detallan
Más detallesMODELO CONTRATO INCERHPAN
ASOCIACION DE COMERCIO DE CEREALES Y OLEAGINOSAS DE ESPAÑA E-mail: administracion@accoe.org Doctor Fleming 56 4º D 28036 MADRID Telf.91 350 43 05-Fax 91 345 50 09 CIR. 49/16 Madrid, 16 de mayo de 2016
Más detallesCesiones de datos en acciones formativas subvencionadas. Informe 50/2006
Cesiones de datos en acciones formativas subvencionadas. Informe 50/2006 La consulta plantea determinadas cuestiones relacionadas con el tratamiento de datos de carácter personal efectuado por organizaciones
Más detallesCONDICIONES GENERAL DE VENTA DE PRODUCTOS QUÍMICOS BARCELONA, S.A
CONDICIONES GENERAL DE VENTA DE PRODUCTOS QUÍMICOS BARCELONA, S.A Estas Condiciones General de Venta serán de aplicación a todas las ventas que realice Productos Químicos Barcelona, S.A. (en adelante PROQUIBASA),
Más detallesCONVENIO CON ASOCIACIÓN SINDROME DE DOWN PARA LA COFINANCIACIÓN DEL SERVICIO DE LOGOPEDIA AÑO 2015.
CONVENIO CON ASOCIACIÓN SINDROME DE DOWN PARA LA COFINANCIACIÓN DEL SERVICIO DE LOGOPEDIA AÑO 2015. DE UNA PARTE REUNIDOS Palencia, a de de 2015 El Ilmo. Sr. D. ALFONSO POLANCO REBOLLEDA, Alcalde-Presidente
Más detallesTRANSACCIONES CON PAGOS BASADOS EN INSTRUMENTOS DE PATRIMONIO
TRANSACCIONES CON PAGOS BASADOS EN INSTRUMENTOS DE PATRIMONIO Tendrán la consideración de transacciones con pagos en instrumentos de patrimonio aquéllas que, a cambio de recibir bienes o servicios, incluidos
Más detallesLas operaciones de Contratos de Intercambio de Flujos de Tasas ampara un valor nominal de $100,000 M.N. (Cien mil pesos 00/100 M.N.).
Condiciones Generales de Contratación del Contrato de Intercambio sobre Tasas de Interés Nominales Fijas y Tasas de Interés Nominales Variables (TIIE28) (Swap de TIIE) I. OBJETO. 1. Activo Subyacente.
Más detallesBases de la convocatoria. Los concursos se regirán por la normativa vigente y, en particular, por las siguientes normas:
RESOLUCIÓN del Vicerrector de Profesorado y Departamentos de la Universidad Carlos III de Madrid, de 16 de mayo de 2013, por la que se convoca Concurso Público para la provisión de plazas de PROFESORES
Más detallesModelos de informe sobre estados financieros intermedios de las entidades cotizadas
Anexo Modelos de informe sobre estados financieros intermedios de las entidades cotizadas Índice Informes de revisión limitada estados financieros intermedios consolidados: - Informe de revisión limitada
Más detallesDirección de Construcción y Conservación
MODELO DE PÓLIZA DE FIANZA PARA GARANTIZAR EL ANTICIPO NOMBRE O RAZÓN SOCIAL DE LA AFIANZADORA SE CONSTITUYE FIADORA HASTA POR LA SUMA DE $ (MONTO DEL ANTICIPO CON NÚMERO Y LETRA) ANTE LA DIRECCIÓN DE
Más detallesFrente a dicha resolución el particular interpuso recurso de alzada que fue desestimado por el Pleno en su Resolución de 11 de septiembre de 2014.
1 Resolución de 15 de julio de 2014 de la Sección Segunda del Jurado por la que se desestima la reclamación presentada por un particular, contra una publicidad de la que es responsable la mercantil Sigma-Tau
Más detallesANUNCIO recurso de reposición recurso contencioso-administrativo Juzgado de lo Contencioso-administrativo de Valencia
ANUNCIO Mediante Resolución núm. 186-TC, de fecha 12 de abril de 2016, dictada por la Concejal- Delegada de Patrimonio y Recursos Culturales, se ha dispuesto: Primero.- Aprobar las Bases por las que ha
Más detallesNº EXPEDIENTE: P.A. 44 HMS/12 Objeto: SUTURAS MANUALES, MALLAS Y PARCHES
Nº EXPEDIENTE: P.A. 44 HMS/12 Objeto: SUTURAS MANUALES, MALLAS Y PARCHES HOSPITAL MIGUEL SERVET D. con D.N.I. nº domiciliado en calle o plaza nº teléfono: Como de la firma comercial (propietario,apoderado,etc)
Más detalles