PROTOCOLO DE PAGOS A PROVEEDORES Y PRESTADORES DE SERVICIOS Y TECNOLOGÍAS EN SALUD

Tamaño: px
Comenzar la demostración a partir de la página:

Download "PROTOCOLO DE PAGOS A PROVEEDORES Y PRESTADORES DE SERVICIOS Y TECNOLOGÍAS EN SALUD"

Transcripción

1 OBJETIVO Página 1 de 12 Definir la política, lineamientos y criterios necesarios para el pago a los prestadores y proveedores de servicios y tecnologías de salud, del régimen contributivo y subsidiado ALCANCE Este documento es aplicable a todos los pagos que se realicen a los prestadores y proveedores de tecnologías en salud del Régimen Contributivo y Subsidiado, mediante giro directo y pago por caja. POLÍTICA DE PAGOS En el marco de este protocolo, la EPS definió la metodología para la clasificación y priorización de la red de prestadores de servicios de salud para el correspondiente pago, la cual queda plasmada en una política de pagos distintiva para el régimen contributivo y subsidiado teniendo en cuenta la red de primer nivel de servicios, suministro de medicamentos, red de alto costo, la red de mediana y alta complejidad. Política de pagos Régimen Contributivo De acuerdo con lo señalado anteriormente, la siguiente es la política de pagos para los proveedores de tecnologías en salud de este régimen: Prioridad Grupo de Prestadores de Servicios de Salud Red de primer nivel de atención CÁPITA (atenciones y medicamentos) y red de modelo de 1 atención CÁPITA 2 Empresas sociales del Estado por evento primer nivel 3 Medicamentos y suministros diferentes a CÁPITA 4 IPS de corporaciones o asociadas (hospitales y ESIMED) Alto costo, huérfanas y similares (oncología, renales, cardiovascular, hematológicas, artritis 5 reumatoide, VIH, etc.) 6 Ambulancias, oxígeno y atención domiciliaria 7 Empresas es del Estado por evento de 2 y 3 nivel 8 Red critica de atención de urgencias y hospitalización 9 PGP y similares (en evaluación de fichas técnicas y ejecución 10 Ayudas y procedimientos diagnósticos electivos 11 Otros prestadores Las premisas para la aplicación de esta política son: a) Pagar la facturación que se encuentre disponible para pago en el módulo de pagos, que en todo caso debe haber surtido los procesos de auditoría según corresponda. b) Cancelar la cartera de mayor antigüedad. c) Se obtiene proyección de pagos por prestador a partir de la distribución entregada por el área de Salud, la cual se basa en los montos totales de facturación presentada a la fecha de corte previendo los pagos distribuidos en postulaciones anteriores entregada por la vicepresidencia financiera y el porcentaje histórico de glosa global calculada (20%). Aprobado: Revisado: Elaborado: Página 1 de 12

2 Página 2 de 12 d) En dicha proyección se incluyen factores tales como priorización por tipo de tecnología en salud, histórico de pagos, prestadores únicos y relevancia del prestador en la gestión del riesgo en salud, así como los prestadores sin pago o con pagos menores. e) A su vez se tiene en cuenta la proyección de ingresos del mes para postulación del régimen contributivo y el disponible en caja. Dichas políticas y premisas son evaluadas por el Comité de Pagos para este régimen, de acuerdo con el reglamento y condiciones que rigen este comité, para la definición y programación de los pagos. (Ver reglamento Comité de Pagos a Prestadores y Proveedores de servicios y tecnologías en Salud R. Contributivo) Política de pagos Régimen Subsidiado De acuerdo con lo señalado anteriormente, la siguiente es la política de pagos para los proveedores de tecnologías en salud de este régimen: Prioridad Grupo de Prestadores de Servicios de Salud Prestadores Públicos y Privados y proveedores de medicamentos de primer nivel contratados bajo 1 la modalidad de capitación, para la atención primaria en cada uno de los municipios donde la EPS-S tiene presencia. 2 Prestadores Públicos y Privados contratados bajo la modalidad de monto fijo y PGP. Prestadores Públicos de segundo y tercer nivel de complejidad y prestadores de servicios de alto 3 costo, huérfanas y similares (oncología, renales, cardiovascular, hematológicas, artritis reumatoide, VIH, etc.) 4 Prestadores o proveedores públicos o privados de servicios y/o medicamentos contratados bajo la modalidad evento de los municipios donde la EPS-S tiene presencia. 5 Prestadores Privados de mediana y alta complejidad, ayudas diagnósticas. 6 Proveedores de oxígeno, transporte medicalizado y atención domiciliaria. 7 Otros prestadores Las premisas para la aplicación de esta política son: a) Procurar el cumplimiento de la Ley 1122, Resolución 4182 de 2011 y todas aquellas que la complementen o modifiquen b) Procurar el cumplimiento del Decreto 1020 de 2007, artículo 7, donde se establece la obligatoriedad de contratar efectivamente el 60% del gasto en salud con la red pública, incluyendo el listado de fundaciones que venían prestando servicios como parte de la red hospitalaria antes de la entrada en vigencia de la Ley 100 de 1993 conforme a lo definido en el artículo 68 de la Ley 1438 de c) Cancelar la cartera de mayor antigüedad. d) En atención a la Resolución 1587 de 2016, se postulará para pagos la facturación que se encuentre disponible para pago en el módulo de tesorería, que en todo caso debe haber surtido los procesos de auditoría según corresponda. e) La metodología de la postulación de pagos parte de la siguiente información: Ingresos: reportada por Gerencia Subsidiado, dispersión del 92% para gasto en salud. Aprobado: Revisado: Elaborado: Página 2 de 12

3 Página 3 de 12 Cálculo de la capitación: reportado por Gerencia Subsidiado Cuenta por pagar: informada por Tesorería Cuentas médicas: Radicación total y promedio de radicación. f) Dentro del proceso de postulación se incluyen factores tales como priorización por tipo de tecnología en salud, histórico de pagos, prestadores únicos, relevancia del prestador en la gestión del riesgo en salud, prestadores sin pago o con pagos menores, manifestaciones de las gerencias regionales y cumplimiento de la normatividad vigente. Dichas políticas y premisas son evaluadas por el Comité de Pagos para este régimen, de acuerdo con el reglamento y condiciones que rigen este comité, para la definición y programación de los pagos. (Ver reglamento Comité de Pagos a Prestadores y Proveedores de servicios y tecnologías en Salud R. Subsidiado) Fuente de recursos para el pago El pago de las obligaciones a Prestadores y Proveedores de Servicios y Tecnologías en Salud será ejecutado con los recursos de Compensación del periodo, ingresos de Liquidación Mensual de Afiliados y Recobros. Otras Condiciones A continuación se detallan algunas condiciones inmersas en los criterios definidos para el pago a prestadores y proveedores de servicios y tecnologías en Salud incluidos en el Plan Obligatorio de Salud POS, para el pago así: g) Para efectuar pagos a prestadores y proveedores de servicios y tecnologías en salud que no se encuentran habilitados para giro directo, el pago se efectuará con recursos de caja. h) En atención a las propuestas de descuentos financieros ofrecidas a la EPS por parte de los prestadores y proveedores de servicios y tecnologías en salud, se evaluaran y aprobaran en función del beneficio económico, la viabilidad que este descuento puede llegar a generar a la organización, y a su vez destinar el valor del beneficio de la operación en el pago de acreencias con otros prestadores de salud. i) Las propuestas de descuento financiero son radicadas en la Gerencia y/o Vicepresidencia de Financiera y una vez validado el beneficio financiero para la entidad se escala al Comité de pagos a proveedores y prestadores de servicios y tecnologías en salud de la EPS, quienes representan el más alto nivel de la Organización para su validación y aprobación de la operación si lo considera pertinente. j) Para la utilización de los recursos de la suscripción de Bocas y giro de los mismos la EPS deberá atender lo establecido en el la cláusula tercera del convenio de desempeño celebrado con el MSPS. GLOSARIO UPC: Unidad por Capitación, Valor per cápita que reconoce el SGSSS a las EPS o EOC o Departamentos o Municipios o EPS S por la organización y garantía de la prestación de los servicios incluidos en el Plan de Salud Obligatorio para cada afiliado. Esta Unidad se establece en función del perfil epidemiológico de la población relevante, de los riegos cubiertos y de los costos de prestación del servicio en condiciones medias de calidad, tecnología y hotelería y es definida anualmente por el Consejo Nacional de Seguridad en Salud, de acuerdo con los estudios técnicos del Ministerio. RÉGIMEN SUBSIDIADO: Mecanismo mediante el cual la población pobre y vulnerable, sin capacidad de pago, Aprobado: Revisado: Elaborado: Página 3 de 12

4 tiene acceso a los servicios de salud a través de un subsidio que ofrece el Estado. Página 4 de 12 PROCESO DE COMPENSACIÓN: Se entiende por compensación el proceso mediante el cual se descuentan de las cotizaciones recaudadas íntegramente e identificadas plenamente por las Entidades Promotoras de Salud, EPS, y demás entidades obligadas a compensar, EOC, para cada período mensual, los recursos destinados a financiar las actividades de promoción y prevención, los de solidaridad del régimen de subsidios en salud y los recursos que el sistema reconoce a las EPS y demás EOC por concepto de unidades de pago por capitación, UPC, así como los reconocidos para financiar el per cápita de las actividades de promoción y prevención, incapacidades por enfermedad general y licencias de maternidad y paternidad. MEDIDA DE GIRO DIRECTO: Giro de recursos del Sistema General de Participaciones y del Fosyga que en lugar de ser realizado a las Entidades Territoriales se realiza directamente a las EPS S e IPS, esto de acuerdo a un acto administrativo expedido por el Ministerio de Salud y (Ver Decreto 3260 de 2004). FOSYGA: El fondo de Solidaridad y Garantía FOSYGA es una cuenta adscrita al Ministerio de Salud y manejada por en cargo fiduciario, sin personería jurídica ni planta propia, cuyos recursos se destinan a la inversión en salud. SISPRO: Sistema Integral de Información de la Ministerio de Salud y PISIS: Plataforma de Integración del SISPRO, para reporte de archivos planos al Ministerio de Salud y. RÉGIMEN CONTRIBUTIVO: Clasificación en el Sistema General de Seguridad en Salud de los individuos, y su núcleo familiar, que tienen capacidad de pago de los servicios. PAGO POR CAPITACIÓN: La contratación por capitación es un pago periódico a las IPS, de una determinada suma de dinero para el cubrimiento de determinadas actividades y procedimientos del POS PAGO POR EVENTO: Modalidad de contratación mediante la cual un asegurador paga a una IPS, una tarifa diferenciada para la atención de actividades o procedimientos específicos de salud. GLOSAS: Las Glosas son objeciones a las cuentas de cobro presentadas por las Instituciones Prestadoras de Servicios de Salud IPS, originadas en las inconsistencias detectadas en la revisión de las facturas y sus respectivos soportes, las cuales pueden determinarse al interior de la misma institución o por las entidades con las cuales se hayan celebrado contratos de prestación de servicios. LMA: La Liquidación Mensual de Afiliados (LMA) determina el número de afiliados por los que se liquida la Unidad de Pago por Capitación y el monto a girar a cada EPS por fuente de financiación para cada entidad territorial. PGP: Presupuesto Global Prospectivo (PGP), consiste en una suma global que se establece por anticipado para cubrir el gasto corriente de unos o varios servicios agrupados durante un período de tiempo determinado, actúa como un cupo para el gasto total que limita el valor y los eventos, buscando facilitar el uso eficiente de los recursos y el control de costos en el corto y en el largo plazo. PB: Presupuesto por Bloque (PB): Consiste en pagar una suma fija al prestador, para garantizar el acceso de la población a su cargo, independiente del volumen de servicios prestados, se utiliza en escenarios con alto volumen de servicios y que son electivos programables, las actividades adicionales se pagan considerando el Aprobado: Revisado: Elaborado: Página 4 de 12

5 Página 5 de 12 costo marginal de la atención. PAF: Paquete por Actividad Final (PAF): Consiste en la agrupación de una serie de actividades para lograr un evento final, en este tipo de modalidad también se constituye también en un presupuesto, con la diferencia que se establece un límite superior e inferior de actividades finales y un costo medio estándar (CME). SFTP: Secure File Transfer Protocol - Protocolo de transferencia de archivos. ERP: Enterprise Resource Planning, Planificación de Recursos Empresariales; son sistemas informáticos destinados a la administración de recursos en una organización. Permite el control gerencial y administrativo de la información contable a nivel de centro de costos, proyecto, unidad de negocio, tercero y concepto fiscal. Facilitando así mismo, la generación de reportes, como listados de chequeo, balances de prueba y libros auxiliares. Procedimiento de pagos a prestadores y proveedores de servicios y tecnologías de salud El proceso operativo y técnico para la generación de la información base para lo programación, validación, registro y reporte de los pagos, se debe realizar de conformidad con lo establecido en el procedimiento establecido para tal fin. (Ver procedimiento de Pagos a Prestadores y Proveedores de servicios y tecnologías en Salud R. Subsidiado) DOCUMENTACIÓN DE REFERENCIA NORMATIVA EXTERNA TIPO FECHA EMITIDO POR DESCRIPCIÓN Ley 100 de /12/1993 Congreso de la Republica Artículo 1: Sistema de Seguridad Integral. El Sistema de Seguridad Integral tiene por objeto garantizar los derechos irrenunciables de la persona y la comunidad para obtener la calidad de vida acorde con la dignidad humana, mediante la protección de las Contingencias que la afecten. El Sistema comprende las obligaciones del Estado y la sociedad, las instituciones y los recursos destinados a garantizar la cobertura de las prestaciones de carácter económico, de salud y servicios Complementarios. Aprobado: Revisado: Elaborado: Página 5 de 12

6 Página 6 de 12 Ley 1122 de /01/2007 Congreso de la Republica Artículo 13: Las Entidades Promotoras de Salud EPS de ambos regímenes, pagarán los servicios a los Prestadores de Servicios de salud habilitados, mes anticipado en un 100% si los contratos son por capitación. Si fuesen por otra modalidad, como pago por evento, global prospectivo o grupo diagnóstico se hará como mínimo un pago anticipado del 50% del valor de la factura, dentro de los cinco días posteriores a su presentación. En caso de no presentarse objeción o glosa alguna, el saldo se pagará dentro de los treinta días (30) siguientes a la presentación de la factura, siempre y cuando haya recibido los recursos del ente territorial en el caso del régimen subsidiado. De lo contrario, pagará dentro de los quince (15) días posteriores a la recepción del pago. El Ministerio de la reglamentará lo referente a la contratación por capitación, a la forma y los tiempos de presentación, recepción, remisión y revisión de facturas, glosas y respuesta a glosas y pagos e intereses de mora, asegurando que aquellas facturas que presenten glosas queden canceladas dentro de los 60 días posteriores a la presentación de la factura. Aprobado: Revisado: Elaborado: Página 6 de 12

7 Página 7 de 12 Artículo 29. Administración del Régimen Subsidiado. Los entes territoriales administrarán el Régimen Subsidiado mediante el seguimiento y control del aseguramiento de los afiliados dentro de su jurisdicción, garantizando el acceso oportuno y de calidad al Plan de Beneficios. El Ministerio de la girará directamente, a nombre de las Entidades Territoriales, la Unidad de Pago por Capitación a las Entidades Promotoras de Salud, o podrá hacer pagos directos a las Instituciones Prestadoras de Salud con fundamento en el instrumento jurídico definido por el Gobierno Nacional. En todo caso, el Ministerio de la podrá realizar el giro directo con base en la información disponible, sin perjuicio de la responsabilidad de las entidades territoriales en el cumplimiento de sus competencias legales. El Ministerio de la definirá un plan para la progresiva implementación del giro directo. Ley 1438 de /01/2011 Congreso de la Republica Artículo 56: Pagos a los prestadores de servicios de salud. Las Entidades Promotoras de Salud pagarán los servicios a los prestadores de servidos de salud dentro de los plazos, condiciones, términos y porcentajes Que establezca el Gobierno Nacional según el mecanismo de pago, de acuerdo con lo establecido en la Ley 1122 de El no pago dentro de los plazos causará intereses moratorios a la tasa establecida para los impuestos administrados por la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN). Se prohíbe el establecimiento de la obligatoriedad de procesos de auditoría previa a la presentación de las facturas por prestación de servidos o cualquier práctica tendiente a impedir la recepción. Las entidades a Que se refiere este artículo, deberán establecer mecanismos Que permitan la facturación en línea de los servicios de salud, de acuerdo con los estándares Que defina el Ministerio de la. También se entienden por recibidas las facturas que hayan sido enviadas por los prestadores de servidos de salud a las Entidades Promotoras de Salud a través de correo certificado, de acuerdo a lo estableado en la Ley 1122 de 2007, sin perjuicio del cobro ejecutivo Que podrán realizar los prestadores de servidos de salud a las Entidades Promotoras de Salud en caso de no cancelación de los recursos. Aprobado: Revisado: Elaborado: Página 7 de 12

8 Página 8 de 12 Artículo 57: Las entidades responsables del pago de servicios de salud dentro de los veinte (20) días hábiles siguientes a la presentación de la factura con todos sus soportes, formularán y comunicarán a los prestadores de servicios de salud las glosas a cada factura, con base en la codificación y alcance definidos en la normatividad vigente. Una vez formuladas las glosas a una factura no se podrán formular nuevas glosas a la misma factura, salvo las que surjan de hechos nuevos detectados en la respuesta dada a la glosa inicial. El prestador de servidos de salud deberá dar respuesta a las glosas presentadas por las entidades responsables del pago de servidos de salud, dentro de los Quince (15) días hábiles siguientes a su recepción, indicando su aceptación o justificando la no aceptación. La entidad responsable del pago, dentro de los diez (10) días hábiles siguientes a la recepción de la respuesta, decidirá si levanta total o parcialmente las glosas o las deja como definitivas. Ley 1608 de /01/2013 Congreso de la Republica Artículo 10. Giro directo de EPS en medidas de vigilancia especial, intervenidas o en liquidación. Las Entidades Promotoras de Salud, que se encuentren en medida de vigilancia especial, intervención o liquidación por parte del organismo de control y vigilancia competente, girarán como mínimo el 80% de las Unidades de Pago por Capitación reconocidas, a las Instituciones Prestadoras de Servicios de Salud, directamente desde el FOSYGA o desde el mecanismo de recaudo o giro creado en desarrollo del artículo 31 de la Ley 1438 de 2011 Ley 1797 de /07/2016 Congreso de la Republica Artículo 7. Del Giro Directo. El Fondo de Solidaridad y Garantías (Fosyga) o quien haga sus veces girará directamente los recursos del Régimen Contributivo correspondiente a las Unidades de Pago por Capitación (UPC), destinadas a la prestación de servicios de salud a todas las instituciones y entidades que prestan servicios y que provean tecnologías incluidas en el plan de beneficios, de conformidad con los porcentajes y las condiciones que defina el Ministerio de Salud y. El mecanismo de giro directo de que trata el presente artículo solo se aplicará 1 a las Entidades Promotoras de Salud del Régimen Contributivo que no cumplan las metas del régimen de solvencia, conforme a la normatividad vigente y de acuerdo con la evaluación que para el efecto publique la Superintendencia Nacional de Salud. En el caso del régimen subsidiado de salud, el giro directo también operará para todos los proveedores de servicios y tecnologías incluidos en el plan de beneficios. Aprobado: Revisado: Elaborado: Página 8 de 12

9 Página 9 de 12 Artículo 4. Mecanismos de pago aplicables a la compra de servicios de salud. Los principales mecanismos de pago aplicables a la compra de servicios de salud son: a. Pago por capitación: Pago anticipado de una suma fija que se hace por persona que tendrá derecho a ser atendida durante un periodo de tiempo, a partir de un grupo de servicios preestablecido. La unidad de pago está constituida por una tarifa pactada previamente, en función del número de personas que tendrían derecho a ser atendidas. Decreto 4747 de /12/2007 Ministerio de la b. Pago por evento: Mecanismo en el cual el pago se realiza por las actividades, procedimientos, intervenciones, insumos y medicamentos prestados o suministrados a un paciente durante un período determinado y ligado a un evento de atención en salud. La unidad de pago la constituye cada actividad, procedimiento, intervención, insumo o medicamento prestado o suministrado, con unas tarifas pactadas previamente. c. Pago por caso, conjunto integral de atenciones, paquete o grupo relacionado por diagnóstico: Mecanismo mediante el cual se pagan conjuntos de actividades, procedimientos, intervenciones, insumos y medicamentos, prestados o suministrados. Decreto 2702 de /12/2014 Ministerio de Salud y Artículo 1. Objeto. El presente Decreto tiene como objeto actualizar y unificar las condiciones financieras y de solvencia de las Entidades Promotoras de Salud-EPS autorizadas para operar el aseguramiento en salud, así como los criterios generales para que la información financiera reúna las condiciones de veracidad, consistencia y confiabilidad necesarias para la adecuada y eficaz inspección, vigilancia y control. Resolución 3047 de /08/2008 Ministerio de la Artículo 1. Objeto. El objeto de la presente Resolución es definir los formatos, mecanismos de envío, procedimientos y términos que deberán ser adoptados por los prestadores de servicios de salud y las entidades responsables del pago de tales servicios. Aprobado: Revisado: Elaborado: Página 9 de 12

10 Página 10 de 12 Resolución 2320 de /06/2011 Ministerio de Salud y Por medio de la cual se establece el mecanismo de reporte de la información por parte de las Entidades Promotoras de Salud relacionada con los montos a girar a las Instituciones Prestadoras de Servicios de Salud y se dictan otras disposiciones. La presente Resolución tiene por objeto establecer los plazos y reglas a que deberán sujetarse las Entidades Promotoras de Salud para el reporte de la información al Ministerio de la de los monos a girar a las Instituciones Prestadoras de Servicios de Salud y el registro de las cuentas por parte de estas, que permitan el giro directo de los recursos del Régimen Subsidiado a la red prestadora de servicios de salud. Artículo 6. Reporte de información por parte de las Entidades Promotoras de Salud al Ministerio de la o la entidad que haga sus veces. Resolución 4182 de /09/2011 Ministerio de Salud y Publicado el listado de las Instituciones Prestadoras de Servicios de Salud respecto de las cuales se haya efectuado el registro de la cuenta, las Entidades Promotoras de Salud reportarán al Ministerio de la o la entidad que haga sus veces, a más tardar el décimo quinto (15) día hábil del mes anterior, a través de la plataforma electrónica dispuesta para tal fin y conforme con la estructura definida en el Anexo Técnico 2 que forma parte integral de la presente Resolución, el monto a girar a cada prestador en el siguiente mes, reporte que se sujetará a las siguientes condiciones: 1. Para los contratos bajo la modalidad de pago por capitación, las Entidades Promotoras de Salud reportarán el valor a girar a cada una de las Instituciones Prestadoras de Servicios de Salud, por municipio, el cual deberá corresponder al 100% del valor mensualizado de esa modalidad de contratación. 2. Para los contratos con modalidades de pago diferentes, las Entidades Promotoras de Salud reportarán el monto autorizado a girar, el cual no podrá ser inferior al 50% de la sumatoria de las facturas presentadas y no devueltas por cada Institución Prestadora de Servicios de Salud. 3. Las EPS reportarán un único valor a girar a cada Institución Prestadora de Servicios de Salud, por modalidad de contratación 4. Los montos a reportar como valores a girar por concepto de las distintas modalidades de contratación deberán consultar las reglas establecidas en el artículo 8 de la presente Resolución y guardar consistencia con lo consagrado en el literal d) del artículo 13 de la Ley 1122 de 2007 o las normas que lo modifiquen, adicionen o sustituyan. 5. El monto a girar a cada Institución Prestadora de servicios de salud, no podrá ser inferior a un millón de pesos ($ ) m/cte. Aprobado: Revisado: Elaborado: Página 10 de 12

11 Página 11 de 12 Resolución 0654 de 2014 Resolución 3503 de 2015 Resolución 1587 de 2016 Circular 016 de 2015 CÓDIGO 05/03/ /09/ /04/ /08/2015 Ministerio de Salud y Ministerio de Salud y Ministerio de Salud y Superintendencia Nacional de Salud Por la cual se establecen los términos y condiciones para el registro de cuentas bancarias de las Instituciones Prestadores de Servicios de Salud - IPS, para el giro directo de recursos del Régimen Contributivo, en aplicación del inciso primero del artículo 10 de la Ley 1608 de 2013, así como los términos, requisitos y estructura de datos para el reporte al FOSYGA de las cuantías de los giros directos a IPS. Tiene por objeto establecer los porcentajes y las condiciones para la operación del giro directo a las Instituciones Prestadoras de Servicios de Salud y a los proveedores de tecnologías y servicios en salud, de los recursos del Régimen Contributivo correspondientes a la Unidad de Pago por Capitación y a los servicios y tecnologías de salud no incluidos en el plan de beneficios, de las Entidades Promotoras de Salud que no cumplan las metas del régimen de solvencia, que debe evaluar la Superintendencia Nacional de Salud de acuerdo con el Decreto 2702 de Por la cual se establece el mecanismo para que las Entidades Promotoras de Salud que operan el Régimen Subsidiado reporten los montos a girar a las Instituciones Prestadoras de Servicios de Salud y se dictan otras disposiciones. Prácticas indebidas relacionadas con el flujo de recursos. Primera. Constituye una práctica indebida la restricción injustificada a la radicación de la facturación, así como abstenerse de realizar los pagos a las IPS dentro de los términos establecidos por la Ley 1122 de 2001 y el Decreto 4747 de 2007 Segunda. Constituye una práctica indebida la devolución injustificada de la facturación individual o general Tercera. Se entenderá como práctica indebida la negación o dilación injustificada en la entrega de soportes físicos que sean exigibles a los prestadores para la radicación de la facturación cuando hubieren sido autorizados por la EPS Cuarta. Constituye práctica indebida para las instituciones prestadoras de servicios de salud no actualizar oportuna y permanentemente la información contable DOCUMENTACIÓN Y NORMATIVA INTERNA ASUNTO CONTROL DE VERSIONES VERSIÓN FECHA CAMBIO REALIZADO Aprobado: Revisado: Elaborado: Página 11 de 12

12 Revisado: Elaborado: Versión: Página 12 de

Ministerio de Salud y Protección Social

Ministerio de Salud y Protección Social D I A R I O O F I C I A L N 4 9 6 3 2 D E 2 0 1 5 Ministerio de Salud y Protección Social RESOLUCIÓN NÚMERO 00003503 DE 2015 (septiembre 11) por la cual se establecen los porcentajes y las condiciones

Más detalles

RESOLUCIÓN 551 DE (diciembre 19) Diario Oficial No de 26 de diciembre de 2005 CONTADURÍA GENERAL DE LA NACIÓN

RESOLUCIÓN 551 DE (diciembre 19) Diario Oficial No de 26 de diciembre de 2005 CONTADURÍA GENERAL DE LA NACIÓN RESOLUCIÓN 551 DE 2005 (diciembre 19) Diario Oficial No. 46.133 de 26 de diciembre de 2005 CONTADURÍA GENERAL DE LA NACIÓN Por la cual se modifica el Catálogo General de Cuentas del Plan General de Contabilidad

Más detalles

Viceministerio de la Protección Social. Bogotá, D.C. Julio 15 de 2015

Viceministerio de la Protección Social. Bogotá, D.C. Julio 15 de 2015 Viceministerio de la Protección Social Bogotá, D.C. Julio 15 de 2015 Plan Nacional de Desarrollo 2014-2018 El Artículo 97 de la Ley 1753 de 2015 Propósito: Garantizar el acceso y goce efectivo del derecho

Más detalles

1. BASE DE CALIFICACIÓN CUENTAS MÉDICAS

1. BASE DE CALIFICACIÓN CUENTAS MÉDICAS 1. BASE DE CALIFICACIÓN CUENTAS MÉDICAS Los parámetros que serán tenidos en cuenta para la auditoria de las cuentas médicas (prestación de servicios de salud), son los establecidos en la normatividad así:

Más detalles

(diciembre 30) Diario Oficial No de 30 de diciembre de 2011 SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE SALUD

(diciembre 30) Diario Oficial No de 30 de diciembre de 2011 SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE SALUD RESOLUCIÓN 4361 DE 2011 (diciembre 30) Diario Oficial No. 48.298 de 30 de diciembre de 2011 SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE SALUD Por la cual se modifica la Resolución 724 de 2008, Por la cual se emite el

Más detalles

RESOLUCIÓN 4669 DE 2016

RESOLUCIÓN 4669 DE 2016 RESOLUCIÓN 4669 DE 2016 (octubre 5) Diario Oficial No. 50.019 de 7 de octubre de 2016 MINISTERIO DE SALUD Y PROTECCIÓN SOCIAL Por la cual se reglamenta la operación y registro de las cuentas maestras de

Más detalles

RERIBLICA BE COLOMBIA MINISTERIO DE SALUD Y PROTECCIÓN SOCIAL

RERIBLICA BE COLOMBIA MINISTERIO DE SALUD Y PROTECCIÓN SOCIAL RERIBLICA BE COLOMBIA MINISTERIO DE SALUD Y PROTECCIÓN SOCIAL RESOLUCIÓN NÚMERO 004669 DE 2016 ( _5 oct 2016 ) Por la cual se reglamenta la operación y registro de las cuentas maestras de las Empresas

Más detalles

MINISTERIO DE SALUD Y PROTECCIÓN SOCIAL RESOLUCIÓN NÚMERO DE 2012 ( 28 DIC 2012 )

MINISTERIO DE SALUD Y PROTECCIÓN SOCIAL RESOLUCIÓN NÚMERO DE 2012 ( 28 DIC 2012 ) REPUBLICA DE COLOMBIA MINISTERIO DE SALUD Y PROTECCIÓN SOCIAL RESOLUCIÓN NÚMERO 0004505 DE 2012 ( 28 DIC 2012 ) Por la cual se establece el reporte relacionado con el registro de las actividades de Protección

Más detalles

INFORME DE RENDICION DE CUENTAS OFICINA SISBEN MARTHA JUDITH MORENO DUITAMA ADMINISTRADORA SISBEN

INFORME DE RENDICION DE CUENTAS OFICINA SISBEN MARTHA JUDITH MORENO DUITAMA ADMINISTRADORA SISBEN INFORME DE RENDICION DE CUENTAS OFICINA SISBEN MARTHA JUDITH MORENO DUITAMA ADMINISTRADORA SISBEN ALCALDIA MUNICIPAL DE SORACA OFICINA SISBEN SORACA, BOYACA 2012 INTRODUCCION El Régimen Subsidiado es un

Más detalles

RESOLUCIÓN 193 DE 05 DE MAYO DE 2016 CONTADURIA GENERAL DE LA NACIÓN

RESOLUCIÓN 193 DE 05 DE MAYO DE 2016 CONTADURIA GENERAL DE LA NACIÓN RESOLUCIÓN 193 DE 05 DE MAYO DE 2016 CONTADURIA GENERAL DE LA NACIÓN por la cual se incorpora, en los Procedimientos Transversales del Régimen de Contabilidad Pública, el Procedimiento para la Evaluación

Más detalles

DIRECCIÓN ASEGURAMIENTO Y GARANTÍA DEL DERECHO A LA SALUD SUBDIRECCIÓN DE GARANTÍA DEL ASEGURAMIENTO SISTEMA INTEGRADO DE GESTIÓN CONTROL DOCUMENTAL

DIRECCIÓN ASEGURAMIENTO Y GARANTÍA DEL DERECHO A LA SALUD SUBDIRECCIÓN DE GARANTÍA DEL ASEGURAMIENTO SISTEMA INTEGRADO DE GESTIÓN CONTROL DOCUMENTAL DIRECCIÓN ASEGURAMIENTO Y GARANTÍA DEL DERECHO A LA SALUD SUBDIRECCIÓN DE GARANTÍA DEL ASEGURAMIENTO SISTEMA INTEGRADO DE GESTIÓN CONTROL DOCUMENTAL Requisitos para la radicación de solicitudes de pago

Más detalles

ANEXO 20 MANUAL DE APLICACIÓN DE LA RESOLUCION 3047 DE 2008 Y RESOLUCION 4331 DE Contiene 16 Folios

ANEXO 20 MANUAL DE APLICACIÓN DE LA RESOLUCION 3047 DE 2008 Y RESOLUCION 4331 DE Contiene 16 Folios ANEXO 20 MANUAL DE APLICACIÓN DE LA RESOLUCION 3047 DE 2008 Y RESOLUCION 4331 DE 2012 Contiene 16 Folios MANUAL DE APLICACIÓN DE LA RESOLUCION 3047 DE 2008 Y RESOLUCION 4331 DE 2012 1. OBJETIVO Se busca

Más detalles

CAPRECOM y SALUDCOOP. Ministerio de Salud y Protección Social Noviembre de 2015

CAPRECOM y SALUDCOOP. Ministerio de Salud y Protección Social Noviembre de 2015 CAPRECOM y SALUDCOOP Ministerio de Salud y Protección Social Noviembre de 2015 Agenda 1. CAPRECOM: Razones para la liquidación Estrategia y avance 2. SALUDCOOP: Situación de las intervenciones Estrategia

Más detalles

DR. ROBERTO CARLOS PALACIO GOMEZ C.C.

DR. ROBERTO CARLOS PALACIO GOMEZ C.C. DR. ROBERTO CARLOS PALACIO GOMEZ C.C. 85.462.227 de Santa Marta Psicólogo Clínico y Organizacional. Registro Profesional 100900 COLPSIC Especialidad Intervención Terapia Sistémica Individual Familiar -

Más detalles

Garantizar la continuidad oportuna a la población afiliada al RS. Garantizar el giro oportuno de los recursos departamentales según matriz

Garantizar la continuidad oportuna a la población afiliada al RS. Garantizar el giro oportuno de los recursos departamentales según matriz PLAN DE ACCION 2016 SECRETARIA DE SALUD MUNICIPAL MUNICIAPIO DE SAN ANTERO CORDOBA EJE DE ASEGURAMIENTO: OBJETIVO: GARANTIZAR LA CONTINUIDAD DE LA AFILIACION DE LA POBLACION AL RS ACTIVIDADES PROGRAMAS

Más detalles

Recaudo: Toda operación de ingreso que registra un ente económico.

Recaudo: Toda operación de ingreso que registra un ente económico. Página 1 de 6 1. OBJETIVO: Definir las actividades para realizar la consolidación de información financiera y presupuestal para la elaboración y presentación de informes presupuestales y contables de la

Más detalles

DECRETO 889 DE 2001 (mayo 11) Diario Oficial No , del 18 de mayo de 2001

DECRETO 889 DE 2001 (mayo 11) Diario Oficial No , del 18 de mayo de 2001 DECRETO 889 DE 2001 (mayo 11) Diario Oficial No. 44.426, del 18 de mayo de 2001 MINISTERIO DE HACIENDA Y CRÉDITO PÚBLICO Por el cual se dictan unas disposiciones para el funcionamiento del Registro Unico

Más detalles

* * Bogotá D.C., Señora. Asunto: Respuesta al radicado No Pago incapacidades. Respetada señora:

* * Bogotá D.C., Señora. Asunto: Respuesta al radicado No Pago incapacidades. Respetada señora: Página 1 de 5 Bogotá D.C., Señora Asunto: Respuesta al radicado No. 201542300448932 Pago incapacidades Respetada señora: En atención a la comunicación referenciada en el asunto, a través de la cual efectúa

Más detalles

ANEXO III ORGANIZACIONES ADJUDICATARIAS CAPÍTULO I SUSCRIPCIÓN DE CONVENIOS DE EJECUCIÓN

ANEXO III ORGANIZACIONES ADJUDICATARIAS CAPÍTULO I SUSCRIPCIÓN DE CONVENIOS DE EJECUCIÓN 45 ANEXO III ORGANIZACIONES ADJUDICATARIAS CAPÍTULO I SUSCRIPCIÓN DE CONVENIOS DE EJECUCIÓN A.- La organización adjudicataria, luego de la notificación de adjudicación correspondiente debe presentarse

Más detalles

SISTEMA DE TESORERIA

SISTEMA DE TESORERIA Aprobado mediante: Resolución Ministerial 011 de 11 enero de 2013 SISTEMA DE TESORERIA REGLAMENTO ESPECÍFICO TITULO I CONCEPTOS Y DISPOSICIONES GENERALES Articulo 1.- Concepto y Objeto del Sistema de Tesorería

Más detalles

MINISTERIO DE HACIENDA Y CRÉDITO PÚBLICO

MINISTERIO DE HACIENDA Y CRÉDITO PÚBLICO REPÚBLICA DE COLOMBIA MINISTERIO DE HACIENDA Y CRÉDITO PÚBLICO DECRETO ( ) Por el cual se reglamenta el artículo 2 de Ley 1748 de 2014 y se modifica el Decreto 2555 de 2010 en lo referente al régimen de

Más detalles

ESCUELA DE ADMINISTRACION ORGANIZACION Y GERENCIA

ESCUELA DE ADMINISTRACION ORGANIZACION Y GERENCIA ESCUELA DE ADMINISTRACION ORGANIZACION Y GERENCIA ASIGNATURA LEGISLACIÓN EN SALUD Y RESPONSABILIDAD CIVIL CODIGO OG0637 SEMESTRE 2013-2 INTENSIDAD HORARIA 32 horas semestral CARACTERÍSTICAS No suficientable

Más detalles

LEY 1488 DE (diciembre 21) D. O , diciembre 21 de 2011

LEY 1488 DE (diciembre 21) D. O , diciembre 21 de 2011 LEY 1488 DE 2011 (diciembre 21) D. O. 48290, diciembre 21 de 2011 por medio de la cual se crea el empleo de emergencia para los damnificados y afectados en zonas declaradas en emergencia económica, social

Más detalles

ACUERDO 009 DE 2010 (Acta 07 del 25 de mayo) Por el cual se crea el FONDO PENSIONAL UNIVERSIDAD NACIONAL DE COLOMBIA

ACUERDO 009 DE 2010 (Acta 07 del 25 de mayo) Por el cual se crea el FONDO PENSIONAL UNIVERSIDAD NACIONAL DE COLOMBIA CONSEJO SUPERIOR UNIVERSITARIO ACUERDO 009 DE 2010 (Acta 07 del 25 de mayo) Por el cual se crea el FONDO PENSIONAL UNIVERSIDAD NACIONAL DE COLOMBIA EL CONSEJO SUPERIOR UNIVERSITARIO en ejercicio de sus

Más detalles

REGLAMENTO DE CARTERA

REGLAMENTO DE CARTERA ACUERDO No.004 REGLAMENTO PARA LA COBRANZA DE CARTERA DE CRÉDITOS. La Junta Directiva de ASOBURSATIL, en uso de sus atribuciones legales, estatutarias y CONSIDERANDO: 1. Que es función primordial de ASOBURSATIL

Más detalles

ANEXOS 1.- PLAN ESTRATEGICO 2.- PRESUPUESTO DE INGRESOS DEL HOSPITAL PLAN DE ACCION DE LA UCI 2011

ANEXOS 1.- PLAN ESTRATEGICO 2.- PRESUPUESTO DE INGRESOS DEL HOSPITAL PLAN DE ACCION DE LA UCI 2011 ANEXOS 1.- PLAN ESTRATEGICO 2.- PRESUPUESTO DE INGRESOS DEL HOSPITAL 2011 3.- PLAN DE ACCION DE LA UCI 2011 89 1. PLAN ESTRATEGICO Referentes técnicos conceptuales de la planeación estratégica del Hospital

Más detalles

D E C A L A T O R A O

D E C A L A T O R A O A Y U N T A M I E N T O D E C A L A T O R A O AÑO 2016 ORDENANZA Núm. 41 FACTURA ELECTRÓNICA 0 ORDENANZA Nº 41, REGULADORA DE LA FACTURA ELECTRONICA Artículo 1.- Ámbito objetivo. En base a lo dispuesto

Más detalles

RESOLUCION NUMERO 003754 DE

RESOLUCION NUMERO 003754 DE RESOLUCION NUMERO 003754 DE 2008 (octubre 2) por la cual se modifica parcialmente la Resolución número 3099 de 2008. El Ministro de la Protección Social, en ejercicio de sus atribuciones legales, en especial

Más detalles

El Congreso de Colombia DECRETA:

El Congreso de Colombia DECRETA: "Por medio de la cual se crea el empleo de emergencia para los damnificados y afectados en zonas declaradas en emergencia económica, social y ecológica o en situación de desastre o calamidad pública."

Más detalles

RESOLUCIÓN 4331 DE 2012 (Diciembre 19) Diario Oficial No de 21 de diciembre de <Análisis jurídico en proceso>

RESOLUCIÓN 4331 DE 2012 (Diciembre 19) Diario Oficial No de 21 de diciembre de <Análisis jurídico en proceso> RESOLUCIÓN 4331 DE 2012 (Diciembre 19) Diario Oficial No. 48.651 de 21 de diciembre de 2012 Ministerio de Salud y Protección Social Por medio de la cual se adiciona y modifica

Más detalles

Al final del ejercicio contable las cuentas de gastos se cancelarán con cargo al grupo Ganancias y Pérdidas.

Al final del ejercicio contable las cuentas de gastos se cancelarán con cargo al grupo Ganancias y Pérdidas. Clase 5 gastos Grupo Cuenta Descripción Agrupa las cuentas que representan los cargos operativos o de administración y los gastos financieros en que incurren las Instituciones Prestadoras de Servicios

Más detalles

PROCEDIMIENTO PARA LA PRESENTACIÓN DE LAS SOLICITUDES DE DEVOLUCIÓN Y/O COMPENSACIÓN POR SALDOS A FAVOR GENERADOS EN DECLARACIONES DE RENTA Y VENTAS

PROCEDIMIENTO PARA LA PRESENTACIÓN DE LAS SOLICITUDES DE DEVOLUCIÓN Y/O COMPENSACIÓN POR SALDOS A FAVOR GENERADOS EN DECLARACIONES DE RENTA Y VENTAS CIRCULAR TRIBUTARIA 04 de diciembre de 2012 No. 215 PROCEDIMIENTO PARA LA PRESENTACIÓN DE LAS SOLICITUDES DE DEVOLUCIÓN Y/O COMPENSACIÓN POR SALDOS A FAVOR GENERADOS EN DECLARACIONES DE RENTA Y VENTAS

Más detalles

BASES PARA LA COTIZACIÓN DEL SERVICIO DE AUDITORÍA EXTERNA DEL FIDEICOMISO PARA EL DESARROLLO RURAL GUATE INVIERTE

BASES PARA LA COTIZACIÓN DEL SERVICIO DE AUDITORÍA EXTERNA DEL FIDEICOMISO PARA EL DESARROLLO RURAL GUATE INVIERTE Guatemala, 9 de Febrero del 2007. BASES PARA LA COTIZACIÓN DEL SERVICIO DE AUDITORÍA EXTERNA DEL FIDEICOMISO PARA EL DESARROLLO RURAL GUATE INVIERTE 1 de 7 DESCRIPCIÓN DEL PROYECTO El Fideicomiso para

Más detalles

DECRETO NUMERO 0516 DE 2004

DECRETO NUMERO 0516 DE 2004 Hoja 1 de 5 MINISTERIO DE LA PROTECCION SOCIAL (Febrero 20) Por el cual se reglamenta la afiliación colectiva a través de agremiaciones al Régimen Contributivo del Sistema General de Seguridad Social en

Más detalles

REPÚBLICA DE COLOMBIA MINISTERIO DE SALUD Y PROTECCIÓN SOCIAL

REPÚBLICA DE COLOMBIA MINISTERIO DE SALUD Y PROTECCIÓN SOCIAL REPÚBLICA DE COLOMBIA MINISTERIO DE SALUD Y PROTECCIÓN SOCIAL RESOLUCIÓN NÚMERO ak," OC OOCt975 DE 2016 ( 1 MAR 2016 ) Por la cual se establece el mecanismo de cálculo para definir el monto que las EPS

Más detalles

MACROPROCESO GESTIÓN FINANCIERA PROCESO ADMINISTRACIÓN DE RECURSOS FINANCIEROS REEMBOLSOS Y ABONOS POR CONCEPTO DE MATRÍCULA (PREGRADO Y POSGRADO)

MACROPROCESO GESTIÓN FINANCIERA PROCESO ADMINISTRACIÓN DE RECURSOS FINANCIEROS REEMBOLSOS Y ABONOS POR CONCEPTO DE MATRÍCULA (PREGRADO Y POSGRADO) MACROPROCESO GESTIÓN FINANCIERA PROCESO ADMINISTRACIÓN DE RECURSOS FINANCIEROS PROCEDIMIENTO CONCEPTO DE MATRÍCULA REVISADO POR Jefe Jefe Apoyo Financiero APROBADO POR Director Financiero Aviso Legal:

Más detalles

[Type text] Normativa Fondo Nacional de Atención Médica por Accidentes de Tránsito para Regímenes Subsidiado y Contributivo

[Type text] Normativa Fondo Nacional de Atención Médica por Accidentes de Tránsito para Regímenes Subsidiado y Contributivo [Type text] Normativa Fondo Nacional de Atención Médica por Accidentes de Tránsito para Regímenes Subsidiado y Contributivo Aprobado por el Consejo Nacional de Seguridad Social por Resolución No. 332-03

Más detalles

Ministerio de Salud y Protección Social

Ministerio de Salud y Protección Social D I A R I O O F I C I A L N 4 9 7 2 2 D E 2 0 1 5 Ministerio de Salud y Protección Social RESOLUCIÓN NÚMERO 00005304 DE 2015 (diciembre 10) por la cual se modifican los artículos 3, 8, 10, 12, 13 y 18

Más detalles

Glosario. Afiliado: La persona (cotizante o familiar beneficiario) que tiene derecho a la cobertura de riesgos en salud.

Glosario. Afiliado: La persona (cotizante o familiar beneficiario) que tiene derecho a la cobertura de riesgos en salud. Glosario Afiliación: Es el proceso de inscripción a una EPS, por medio del cual el usuario y su grupo familiar adquieren los derechos y las obligaciones derivados del Sistema General de Seguridad Social

Más detalles

CONSIDERACIONES GENERALES DE LA ESTRUCTURA PRESUPUESTAL EN COLOMBIA. Bogotá D.C, abril 10 de 2010

CONSIDERACIONES GENERALES DE LA ESTRUCTURA PRESUPUESTAL EN COLOMBIA. Bogotá D.C, abril 10 de 2010 CONSIDERACIONES GENERALES DE LA ESTRUCTURA PRESUPUESTAL EN COLOMBIA Bogotá D.C, abril 10 de 2010 ORIENTACION DEL PRESUPUESTO A LA SOCIEDAD Sociedad / Estado Presupuesto Necesidades básicas Producción de

Más detalles

PROGRAMA DE ASISTENCIA TÉCNICA (PAT)

PROGRAMA DE ASISTENCIA TÉCNICA (PAT) PROGRAMA DE ASISTENCIA TÉCNICA (PAT) LINEAMIENTOS OPERATIVOS CAPITULO I. ANTECEDENTES El Banco de Desarrollo de América del Norte (BDAN) puede utilizar una porción de sus utilidades retenidas para brindar

Más detalles

SISTEMA DE GESTION DE CALIDAD PROCEDIMIENTO PAGO DE PROVEEDORES Y SUBCONTRATOS PR-GA-25

SISTEMA DE GESTION DE CALIDAD PROCEDIMIENTO PAGO DE PROVEEDORES Y SUBCONTRATOS PR-GA-25 SISTEMA DE GESTION DE PROCEDIMIENTO PR-GA-25 REVISION FECHA REGISTRO DE MODIFICACIONES DEL DOCUMENTO 00 01 de Septiembre de 2008 Primera Edición Se clarifica donde se archivan cheques de pago de proveedores

Más detalles

REPUBUCA DE COlOMBIA MINISTERIO DE LA PROTECCION SOCIAL

REPUBUCA DE COlOMBIA MINISTERIO DE LA PROTECCION SOCIAL re REPUBUCA DE COlOMBIA MINISTERIO DE LA PROTECCION SOCIAL DECRETO NÚMERO 1100 DE 2011 t ~._;,. - Por medio del cual se modifican los Articulos 7, 8, 9 Y 12 del Decreto 971 de 2011, que define el mecanismo

Más detalles

RESOLUCION No. 001 DE 2008 (31 de diciembre de 2008)

RESOLUCION No. 001 DE 2008 (31 de diciembre de 2008) RESOLUCION No. 001 DE 2008 (31 de diciembre de 2008) Por la cual se fijan los plazos y descuentos para declarar y pagar los impuestos administrados por el Distrito Especial, Industrial y Portuarios de

Más detalles

Anexo 12 PROCESO GESTIÓN FINANCIERA Caracterización

Anexo 12 PROCESO GESTIÓN FINANCIERA Caracterización Objetivo: Gestionar y administrar eficientemente los recursos de la Universidad del Magdalena, de tal forma que le permita a la Dirección Universitaria ejecutar sus acciones con transparencia, seguridad

Más detalles

EMPRESA PORTUARIA QUETZAL - UNIDAD DE AUDITORIA INTERNA AUDITORIAS FINALIZADAS AL 22 DE OCTUBRE 2014 AREA DE EGRESOS, ESPECIALES, INGRESOS

EMPRESA PORTUARIA QUETZAL - UNIDAD DE AUDITORIA INTERNA AUDITORIAS FINALIZADAS AL 22 DE OCTUBRE 2014 AREA DE EGRESOS, ESPECIALES, INGRESOS 1 2 3 4 DE GESTIÓN 5 6 Evaluar la apertura y carga dentro del sistema de información financiera SIAF del presupuesto de ingresos y egresos de Apertura presupuesto 2014 Empresa Portuaria Quetzal aprobado

Más detalles

Que en el inciso quinto del referido artículo se consigna que un reglamento normara el procedimiento para el traslado de fondos.

Que en el inciso quinto del referido artículo se consigna que un reglamento normara el procedimiento para el traslado de fondos. DECRETO No. 99 EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA DE EL SALVADOR, CONSIDERANDO: I. Que en el art. 224 de la Ley del Sistema de Ahorro para Pensiones, se regula que el Ministerio de Hacienda, a partir del año

Más detalles

RESPONSABILIDADES DE LA SECRETARÍA SECCIONAL DE SALUD EN EL SISTEMA UNICO DE HABILITACIÓN

RESPONSABILIDADES DE LA SECRETARÍA SECCIONAL DE SALUD EN EL SISTEMA UNICO DE HABILITACIÓN ANTIOQUIA LA MÁS EDUCADA ES UNA ANTIOQUIA SANA RESPONSABILIDADES DE LA SECRETARÍA SECCIONAL DE SALUD EN EL SISTEMA UNICO DE HABILITACIÓN GUSTAVO LÓPEZ CUESTA Dirección Calidad y red de Servicios SSSA 1.

Más detalles

En uso de sus facultades constitucionales y legales, en particular las contenidas en el numeral 11 del artículo 189 de la Constitución Política, y

En uso de sus facultades constitucionales y legales, en particular las contenidas en el numeral 11 del artículo 189 de la Constitución Política, y DECRETO 36 DE 12 DE ENERO DE 2016 MINISTERIO DEL TRABAJO Por el cual se modifican los artículos 2.2.2.1.16 al 2.2.2.1.23 y se adicionan los artículos 2.2.2.1.24 al 2.2.2.1.32 del capítulo 1 del título

Más detalles

Denominación: GESTIÓN CONTABLE, FISCAL Y LABORAL EN PEQUEÑOS

Denominación: GESTIÓN CONTABLE, FISCAL Y LABORAL EN PEQUEÑOS UNIDAD FORMATIVA 2 Denominación: GESTIÓN CONTABLE, FISCAL Y LABORAL EN PEQUEÑOS NEGOCIOS O MICROEMPRESAS. Código: UF1822 Duración: 60 horas Referente de competencia: Esta unidad formativa se corresponde

Más detalles

CONCEPTO FAVORABLE PARA LA OPERACIÓN DE UN JUEGO DE SUERTE Y AZAR EN LA MODALIDAD DE PROMOCIÓN

CONCEPTO FAVORABLE PARA LA OPERACIÓN DE UN JUEGO DE SUERTE Y AZAR EN LA MODALIDAD DE PROMOCIÓN CONCEPTO FAVORABLE PARA LA OPERACIÓN DE UN JUEGO DE SUERTE Y AZAR EN LA MODALIDAD DE PROMOCIÓN INSTRUCTIVO ÍNDICE 1. Quiénes deben presentar la solicitud de autorización para la operación de un juego de

Más detalles

DIARIO OFICIAL No Bogotá D. C., martes, 29 de marzo de Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial

DIARIO OFICIAL No Bogotá D. C., martes, 29 de marzo de Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial DIARIO OFICIAL No. 48.026 Bogotá D. C., martes, 29 de marzo de 2011 Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial DECRETO NÚMERO 938 DE 2011 (marzo 29) por el cual se modifica el Decreto 1477

Más detalles

PORTAFOLIO DE SERVICIOS

PORTAFOLIO DE SERVICIOS PORTAFOLIO DE SERVICIOS AFASALUD ASESORIAS S DE FACTURACIÓN EN SALUD AFASALUD NIT: 1.124.044.980-3 Maicao La Guajira Quiénes somos? Cordial saludos Asesorías de facturación en salud AFASALUD. Es un servicio

Más detalles

SISTEMA DE CONTROL INTERNO GENERALIDADES.

SISTEMA DE CONTROL INTERNO GENERALIDADES. PÁGINA: 1 de 6 INTRODUCCION El Sistema de Control Interno se incorpora al Sistema Integral de Gestión de la Cámara de Comercio de Duitama y comprende el conjunto de las normas legales, planes, métodos,

Más detalles

DESARROLLO SOCIAL PROCEDIMIENTO MODELO ESTANDAR DE P-DS-05 Página 1 de 5 CONTRATACION CON EPS-S

DESARROLLO SOCIAL PROCEDIMIENTO MODELO ESTANDAR DE P-DS-05 Página 1 de 5 CONTRATACION CON EPS-S 1. OBJETIVO. ALCALDIA MUNICIPAL DE MODELO ESTANDAR DE P-DS-05 Página 1 de 5 Formalizar la afiliación de los beneficiarios del Régimen Subsidiado de Salud por tipo de contrato (continuidad o ampliación),

Más detalles

SISTEMA GENERAL DE SEGURIDAD SOCIAL DEPARTAMENTO DE DESARROLLO HUMANO

SISTEMA GENERAL DE SEGURIDAD SOCIAL DEPARTAMENTO DE DESARROLLO HUMANO SISTEMA GENERAL DE SEGURIDAD SOCIAL DEPARTAMENTO DE DESARROLLO HUMANO Noviembre de 2014 ESTRUCTURA SALUD RIESGO PENSION LABORAL ANTECEDENTES Ley 90 de 1946 Afiliación para el trabajador Inequidad Baja

Más detalles

Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales Resolución de 2014

Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales Resolución de 2014 Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales Resolución 000219 de 2014 (Octubre 31 de 2014) Por medio de la cual se modifica parcialmente la Resolución 000228 del 31 de octubre de 2013. Modificada y aclarada

Más detalles

PRESUPUESTO DE LAS ESE

PRESUPUESTO DE LAS ESE PRESUPUESTO DE LAS ESE John Alexander Atehortua Granados Magíster en Finanzas Especialista en Finanzas y Administración publica OBJETIVO Se espera que el estudiante comprenda los diferentes aspectos relacionados

Más detalles

RESOLUCIÓN 2249 DE 2009

RESOLUCIÓN 2249 DE 2009 RESOLUCIÓN 2249 DE 2009 (junio 26) Diario Oficial No. 47.398 de 2 de julio de 2009 MINISTERIO DE LA PROTECCIÓN SOCIAL

Más detalles

GACETA DEPARTAMENTAL DE SUCRE

GACETA DEPARTAMENTAL DE SUCRE ÓRGANO OFICIAL DEL DEPARTAMENTO ORDENANZA No. 40 POR LA CUAL SE ORDENA LA EMISION Y COBRO DE LA ESTAMPILLA PARA EL BIENESTAR DEL ADULTO MAYOR EN EL DEPARTAMENTO DE SUCRE No. 535 Sincelejo, Mayo 6 de 2010

Más detalles

BOLSA ELECTRONICA DE CHILE, BOLSA DE VALORES POLITICA SOBRE OPERACIONES CON PARTES RELACIONADAS

BOLSA ELECTRONICA DE CHILE, BOLSA DE VALORES POLITICA SOBRE OPERACIONES CON PARTES RELACIONADAS BOLSA ELECTRONICA DE CHILE, BOLSA DE VALORES POLITICA SOBRE OPERACIONES CON PARTES RELACIONADAS ÍNDICE I. OBJETO. II. APLICACIÓN DE NORMAS LEGALES DE LA LEY DE SOCIEDADES ANONIMAS. 2.1. Operaciones con

Más detalles

CIRCULAR EXTERNA

CIRCULAR EXTERNA Número CIRCULAR EXTERNA 011 1999 Año DESTINATARIO(S): REPRESENTANTES LEGALES DE LOS ESTABLECIMIENTOS DE CREDITO. ASUNTO ALIVIOS PARA DEUDORES DE CRÉDITOS HIPOTECARIOS INDIVIDUALES PARA FINANCIACION DE

Más detalles

MANUAL DE USUARIO PARA CARGUE DE PLANILLAS RES 5094 ASESORIA EN SISTEMATIZACIÓN DE DATOS

MANUAL DE USUARIO PARA CARGUE DE PLANILLAS RES 5094 ASESORIA EN SISTEMATIZACIÓN DE DATOS INSTRUCTIVO CARGUE DE PLANILLAS RES 5094 MANUAL DE USUARIO PARA CARGUE DE PLANILLAS RES 5094 ASESORIA EN SISTEMATIZACIÓN DE DATOS 2014 Control de cambios Versión Autor(es) Comentario Fecha Pagina 1.0 Jorge

Más detalles

1. PROCESO GESTIÓN PRESUPUESTO

1. PROCESO GESTIÓN PRESUPUESTO Código: PSC03 Versión: 1 PROCESO GESTIÓN PRESUPUESTO Fecha Aprobación: Fecha de elaboración: noviembre 09 de 2011 Nro. de páginas: 5 1. PROCESO GESTIÓN PRESUPUESTO Fecha de elaboración: noviembre 09 de

Más detalles

Lineamientos para la Asignación y uso. de Servicio de Telefonía Celular del. Tribunal Electoral del Distrito Federal

Lineamientos para la Asignación y uso. de Servicio de Telefonía Celular del. Tribunal Electoral del Distrito Federal Lineamientos para la Asignación y uso de Servicio de Telefonía Celular del Tribunal Electoral del Distrito Federal Contiene el texto aprobado en el acta de reunión privada 017/2008 del 15 de abril de 2008

Más detalles

MINISTERIO DE LA PROTECCION SOCIAL PLANILLA INTEGRADA DE AUTOLIQUIDACIÓN DE APORTES DEL SISTEMA GENERAL DE SEGURIDAD SOCIAL INTEGRAL.

MINISTERIO DE LA PROTECCION SOCIAL PLANILLA INTEGRADA DE AUTOLIQUIDACIÓN DE APORTES DEL SISTEMA GENERAL DE SEGURIDAD SOCIAL INTEGRAL. MINISTERIO DE LA PROTECCION SOCIAL PLANILLA INTEGRADA DE AUTOLIQUIDACIÓN DE APORTES DEL SISTEMA GENERAL DE SEGURIDAD SOCIAL INTEGRAL ANEXO No 1 ORIGEN DE LOS DATOS En términos generales se puede decir

Más detalles

RESOLUCION NUMERO 3104 DE 2005

RESOLUCION NUMERO 3104 DE 2005 Hoja 1 de 6 MINISTERIO DE LA PROTECCION SOCIAL (Septiembre 13) Por la cual se precisan algunos aspectos del procedimiento de pago integrado realizado a través de la Planilla EL MINISTRO DE LA PROTECCIÓN

Más detalles

MINISTERIO DE LA PROTECCION SOCIAL DECRETO NUMERO 2313 DE JUL Por el cual se modifica el Decreto 3615 de 2005

MINISTERIO DE LA PROTECCION SOCIAL DECRETO NUMERO 2313 DE JUL Por el cual se modifica el Decreto 3615 de 2005 REPUBLICA DE COLOMBIA I MINISTERIO DE LA PROTECCION SOCIAL DECRETO NUMERO 2313 DE 2006 12 JUL 2006 Por el cual se modifica el Decreto 3615 de 2005 EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA DE COLOMBIA En ejercicio

Más detalles

NUEVAS NORMAS DEL BCU. Circular 2244 Sistema Financiero Tercerización de servicios y tercerización de procedimientos de Debida Diligencia

NUEVAS NORMAS DEL BCU. Circular 2244 Sistema Financiero Tercerización de servicios y tercerización de procedimientos de Debida Diligencia Enero 2016 NUEVAS NORMAS DEL BCU Circular 2244 Sistema Financiero Tercerización de servicios y tercerización de procedimientos de Debida Diligencia - Debida Diligencia de Clientes La Circular prohíbe a

Más detalles

ROSA DÁVILA MAMELY, SECRETARIA DEL GOBIERNO DE CANARIAS, para que conste y surta los efectos procedentes, en Santa Cruz de Tenerife,

ROSA DÁVILA MAMELY, SECRETARIA DEL GOBIERNO DE CANARIAS, para que conste y surta los efectos procedentes, en Santa Cruz de Tenerife, ROSA DÁVILA MAMELY, SECRETARIA DEL GOBIERNO DE CANARIAS, para que conste y surta los efectos procedentes, en Santa Cruz de Tenerife, CERTIFICA: que en el Acta de la reunión celebrada por el Gobierno el

Más detalles

SERVICIO NACIONAL DE TURISMO REGIÓN DE VAPARAÍSO

SERVICIO NACIONAL DE TURISMO REGIÓN DE VAPARAÍSO SERVICIO NACIONAL DE TURISMO REGIÓN DE VAPARAÍSO El Servicio Nacional de Turismo Región de Valparaíso requiere profesional para cumplir funciones como Apoyo al programa SIGO destino Valparaíso para la

Más detalles

ABC. Comercialización y administración. Circular externa Solicitud de información LIBRANZAS

ABC. Comercialización y administración. Circular externa Solicitud de información LIBRANZAS ABC Circular externa 100-000007 Solicitud de información LIBRANZAS Comercialización y administración Solicitud de información sobre la actividad de comercialización y administración de créditos libranza

Más detalles

Auditoria del Sistema de Gestión de Calidad del Servicio Farmacéuticos de Baja Complejidad

Auditoria del Sistema de Gestión de Calidad del Servicio Farmacéuticos de Baja Complejidad Unidad Auditoria del Sistema de Gestión de Calidad del Servicio Farmacéuticos de Baja Complejidad 3 La Norma ISO 9000 y 14000 ponen especial énfasis en la importancia de las auditorias como una herramienta

Más detalles

Corporación para el Desarrollo Sostenible del Sur de la Amazonia. Código: Formato: F-GDO-006 Versión: Elaboró: ORLANDO DIAZ AGUIRRE

Corporación para el Desarrollo Sostenible del Sur de la Amazonia. Código: Formato: F-GDO-006 Versión: Elaboró: ORLANDO DIAZ AGUIRRE INFORME ANUAL DE EVALUACION DEL SISTEMA DE CONTROL INTERNO Elaboró: ORLANDO DIAZ AGUIRRE Con el apoyo de: JORGE LOPEZ VILLOTA, Revisó: JOSE IGNACIO MUÑOZ C. Vo. Bo.: Contador Contratista Área Control Interno

Más detalles

Vinculación de las políticas macro fiscales con la gestión de las Tesorerías

Vinculación de las políticas macro fiscales con la gestión de las Tesorerías Seminario sobre Gestión de Tesorerías Republica Dominicana Agosto 2015 República Dominicana Vinculación de las políticas macro fiscales con la gestión de las Tesorerías Lic. Jorge H. Domper Tesorero General

Más detalles

MINISTERIO DE LA PROTECCION SOCIAL. . Don' 54f1. DeCRETO NUMERO be 2011

MINISTERIO DE LA PROTECCION SOCIAL. . Don' 54f1. DeCRETO NUMERO be 2011 MINISTERIO DE LA PROTECCION SOCIAL. Don' 54f1 DeCRETO NUMERO be 2011 25FEB201l Por el cual se reglamentan parcialmente los artículos 5,7,48 Y 50 de la Ley 1429 de 2010 f EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE

Más detalles

REGLAMENTO DE CRÉDITO

REGLAMENTO DE CRÉDITO Página 1 de 6 Por medio de este documento se compila las decisiones tomadas por la Junta Directiva sobre los préstamos a los Afiliados del Fondo Mutuo de Inversión de la Financiera de Desarrollo Territorial

Más detalles

Bogotá D.C., Señor. ANDRES ECHEVERRY GAVIRIA Carrera 29 E No. 4 sur- 94 Apto 705 Torres de la Visitación Medellín - Antioquia

Bogotá D.C., Señor. ANDRES ECHEVERRY GAVIRIA Carrera 29 E No. 4 sur- 94 Apto 705 Torres de la Visitación Medellín - Antioquia Bogotá D.C., Señor ANDRES ECHEVERRY GAVIRIA Carrera 29 E No. 4 sur- 94 Apto 705 Torres de la Visitación Medellín - Antioquia ASUNTO: Radicado No. 201542400484002-201513000091023 Planillas "Y" -"E". Contrato

Más detalles

MANUAL DE NORMAS Y PROCEDIMIENTOS TRÁMITES EN DIVISAS EXTRANJERAS: MODALIDAD MINISTERIO DE EDUCACIÓN BANCO CENTRAL DE VENEZUELA

MANUAL DE NORMAS Y PROCEDIMIENTOS TRÁMITES EN DIVISAS EXTRANJERAS: MODALIDAD MINISTERIO DE EDUCACIÓN BANCO CENTRAL DE VENEZUELA TRÁMITES EN DIVISAS EXTRANJERAS: MODALIDAD MINISTERIO DE EDUCACIÓN BANCO CENTRAL DE VENEZUELA 2 CONTENIDO I.- ASPECTOS GENERALES I.1.Objetivo I.2. Alcance I.3. Unidades que Intervienen I.4. Formularios

Más detalles

SERVICIO NACIONAL DE TURISMO UNIDAD AUDITORÍA INTERNA

SERVICIO NACIONAL DE TURISMO UNIDAD AUDITORÍA INTERNA SERVICIO NACIONAL DE TURISMO UNIDAD AUDITORÍA INTERNA La Dirección Nacional del Servicio Nacional de Turismo requiere profesional para cumplir funciones como Analista Auditor para el/la Unidad de Auditoría

Más detalles

DECRETO 3752 DE (Diciembre 22)

DECRETO 3752 DE (Diciembre 22) DECRETO 3752 DE 2003 (Diciembre 22) Por el cual se reglamentan los artículos 81 parcial de la Ley 812 de 2003, 18 parcial de la Ley 715 de 2001 y la Ley 91 de 1989 en relación con el proceso de afiliación

Más detalles

Información de Gestión por Procesos del Ministerio de Finanzas. Quito, 4 de abril de 2014.

Información de Gestión por Procesos del Ministerio de Finanzas. Quito, 4 de abril de 2014. . Información de Gestión por Procesos del Ministerio de Finanzas Quito, 4 de abril de 2014. ANTECEDENTES: El objetivo principal que persigue el Estado ecuatoriano sobre la gestión pública es la creación

Más detalles

REGLAMENTO DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS DE LA BOLSA DE EMPLEO DEL COLEGIO MAYOR DE ANTIOQUIA

REGLAMENTO DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS DE LA BOLSA DE EMPLEO DEL COLEGIO MAYOR DE ANTIOQUIA REGLAMENTO DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS DE LA BOLSA DE EMPLEO DEL COLEGIO MAYOR DE ANTIOQUIA Artículo 1. ENTIDAD. LA INSTITUCIÓN UNIVERSITARIA COLEGIO MAYOR DE ANTIOQUIA, es una entidad de derecho público,

Más detalles

OTROS INGRESOS CORRIENTES 01 Recuperaciones y Reembolsos por Licencias Médicas

OTROS INGRESOS CORRIENTES 01 Recuperaciones y Reembolsos por Licencias Médicas 08 09 10 15 21 22 24 29 INGRESOS OTROS INGRESOS CORRIENTES 128.708.205 319.928 01 Recuperaciones y Reembolsos por Licencias Médicas 317.362 99 Otros 2.566 APORTE FISCAL 128.383.187 01 Libre 123.485.610

Más detalles

CONTADURÍA GENERAL DE LA NACIÓN -CGN SUBCONTADURÍA DE CENTRALIZACIÓN DE LA INFORMACIÓN GIT SISTEMAS DE INFORMACIÓN INTEGRADOS NACIONALES - SIIN

CONTADURÍA GENERAL DE LA NACIÓN -CGN SUBCONTADURÍA DE CENTRALIZACIÓN DE LA INFORMACIÓN GIT SISTEMAS DE INFORMACIÓN INTEGRADOS NACIONALES - SIIN CONTADURÍA GENERAL DE LA NACIÓN -CGN SUBCONTADURÍA DE CENTRALIZACIÓN DE LA INFORMACIÓN GIT SISTEMAS DE INFORMACIÓN INTEGRADOS NACIONALES - SIIN Instrucciones para el período de preparación obligatoria

Más detalles

DIARIO OFICIAL DECRETO /07/2004

DIARIO OFICIAL DECRETO /07/2004 DIARIO OFICIAL 45.611 DECRETO 2280 15/07/2004 por el cual se reglamenta el proceso de compensación y el funcionamiento de la Subcuenta de compensación interna del régimen contributivo del Fondo de Solidaridad

Más detalles

CARACTERIZACIÓN DEL PROCESO Suministros y almacén

CARACTERIZACIÓN DEL PROCESO Suministros y almacén Página: 1 de 7 1. MACROPROCESO: GESTION ADMINISTRATIVA Y FINANCIERA 1.1. OBJETIVO DEL MACROPROCESO: Proveer los recursos físicos administrativos, financieros, logísticos y humanos, necesarios y suficientes

Más detalles

Plan Informático II. APLICACIÓN

Plan Informático II. APLICACIÓN I N S T I T U T O N A C I O N A L D E E S T A D Í S T I C A Y C E N S O S D I R E C C I O N D E D E S A R R O L L O T E C N O L Ó G I C O E S T A D Í S T I C O Plan Informático I. PROPOSITO Presentar un

Más detalles

Manual Único de Procesos

Manual Único de Procesos I. MARCO JURÍDICO-ADMINISTRATIVO Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Diario Oficial de la Federación, 5 de febrero de 1917. Reformas y adiciones. Constitución Política del Estado Libre

Más detalles

DECRETO 2011 DE (Septiembre 28)

DECRETO 2011 DE (Septiembre 28) DECRETO 2011 DE 2012 (Septiembre 28) Por el cual se determina y reglamenta la entrada en operación de la Administradora Colombiana de Pensiones Colpensiones, y se dictan otras disposiciones. EL PRESIDENTE

Más detalles

(julio 25) Diario Oficial No de 3 de agosto de 2006 SUPERINTENDENCIA DE SERVICIOS PÚBLICOS DOMICILIARIOS

(julio 25) Diario Oficial No de 3 de agosto de 2006 SUPERINTENDENCIA DE SERVICIOS PÚBLICOS DOMICILIARIOS RESOLUCIÓN 25985 DE 2006 (julio 25) Diario Oficial No. 46.349 de 3 de agosto de 2006 SUPERINTENDENCIA DE SERVICIOS PÚBLICOS DOMICILIARIOS Por la cual se establece el requerimiento de información a través

Más detalles

SISTEMA DE INFORMACIÓN DE LA PROTECCIÓN SOCIAL SISPRO

SISTEMA DE INFORMACIÓN DE LA PROTECCIÓN SOCIAL SISPRO SISTEMA DE INFORMACIÓN DE LA PROTECCIÓN SOCIAL SISPRO Elementos Centrales y Estado de Desarrollo Ministerio de la Protección Social Complejidad SISTEMA DE PROTECCIÓN SOCIAL 48,000 Proveedores 200 Promotoras

Más detalles

Reglamento de Crédito Prendario

Reglamento de Crédito Prendario Articulo 1: Definición. Reglamento de Crédito Prendario Es un crédito destinado a financiar un porcentaje del valor comercial de vehículos nuevos o usados y motos nuevas, adquiridos de agencias, establecimientos

Más detalles

AVISO DE INVITACION PÚBLICA MINIMA CUANTIA JULIO

AVISO DE INVITACION PÚBLICA MINIMA CUANTIA JULIO AVISO DE INVITACION PÚBLICA MINIMA CUANTIA JULIO 06-2010 El, se permite informar que está interesado en recibir ofertas para la contratación del siguiente OBJETO: ACOMPAÑAMIENTO EN LOS PROCESOS QUE REQUIERE

Más detalles

BANCO CENTRAL DE VENEZUELA AVISO OFICIAL

BANCO CENTRAL DE VENEZUELA AVISO OFICIAL BANCO CENTRAL DE VENEZUELA AVISO OFICIAL Por cuanto en la Resolución Nº 10-03-01 de fecha 2 de marzo de 2010, publicada en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela Nº 39.379 del 4 de

Más detalles

VICEMINISTERIO DE PROTECCIÓN SOCIAL - ABRIL DE Principales beneficios del Decreto de Afiliación

VICEMINISTERIO DE PROTECCIÓN SOCIAL - ABRIL DE Principales beneficios del Decreto de Afiliación VICEMINISTERIO DE PROTECCIÓN SOCIAL - ABRIL DE 2016 Principales beneficios del Decreto de Afiliación 1. La afiliación se realiza por una solo vez en el Sistema y la desafiliación solo ocurre por la muerte

Más detalles

Por el cual se modifica parcialmente el decreto 255 de 2000 modificado parcialmente por el Decreto 2282 de 2003

Por el cual se modifica parcialmente el decreto 255 de 2000 modificado parcialmente por el Decreto 2282 de 2003 REPUBUCA DE COLOMBIA Libertad y Orden MINISTERIO DE HACIENDA Y CRÉDITO PÚBLICO Decreto Número 2,721 de ( Por el cual se modifica parcialmente el decreto 255 de 2000 modificado parcialmente por el Decreto

Más detalles

REPUBLICA DE COLOMBIA DEPARTAMENTO DE CALDAS MUNICIPIO DE RISARALDA ESTUDIOS PREVIOS SELECCIÓN ABREVIADA INFERIOR AL 10% DE LA MENOR CUANTIA

REPUBLICA DE COLOMBIA DEPARTAMENTO DE CALDAS MUNICIPIO DE RISARALDA ESTUDIOS PREVIOS SELECCIÓN ABREVIADA INFERIOR AL 10% DE LA MENOR CUANTIA REPUBLICA DE COLOMBIA DEPARTAMENTO DE CALDAS MUNICIPIO DE RISARALDA ESTUDIOS PREVIOS SELECCIÓN ABREVIADA INFERIOR AL 10% DE LA MENOR CUANTIA 1. NECESIDAD A ATENDER: El Día de la Madre o Día de las Madres

Más detalles

DECRETO 3402 DE (Septiembre 7) Por el cual se reglamenta parcialmente el artículo 31 de la Ley 962 de 2005 y se dictan otras disposiciones.

DECRETO 3402 DE (Septiembre 7) Por el cual se reglamenta parcialmente el artículo 31 de la Ley 962 de 2005 y se dictan otras disposiciones. DECRETO 3402 DE 2007 (Septiembre 7) Por el cual se reglamenta parcialmente el artículo 31 de la Ley 962 de 2005 y se dictan otras disposiciones. EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE COLOMBIA, en ejercicio

Más detalles

MINISTERIO DE LA PROTECCIÓN SOCIAL. RESOLUCIÓN NÚMERO 1448 de 8 de Mayo DE 2006 ( )

MINISTERIO DE LA PROTECCIÓN SOCIAL. RESOLUCIÓN NÚMERO 1448 de 8 de Mayo DE 2006 ( ) MINISTERIO DE LA PROTECCIÓN SOCIAL RESOLUCIÓN NÚMERO 1448 de 8 de Mayo DE 2006 ( ) EL MINISTRO DE LA PROTECCIÓN SOCIAL En ejercicio de sus atribuciones legales, y en especial las conferidas por los numerales

Más detalles