PLIEGO DE CONDICIONES TÉCNICAS PARA LA CONTRATACIÓN DE LA GESTIÓN DEL SERVICIO PÚBLICO DE ESCUELA INFANTIL DEL MUNICIPIO DE DEIFONTES.

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1 IFONTES (Granada) PLIEGO CONDICIONES TÉCNICAS PARA LA CONTRATACIÓN LA GESTIÓN L SERVICIO PÚBLICO ESCUELA INFANTIL L MUNICIPIO IFONTES. 1. OBJETO El presente pliego tiene por objeto describir las obligaciones, condiciones técnicas y actividades específicas que deben ser asumidas y desarrolladas por la empresa que pueda ser adjudicataria de la concesión administrativa de la explotación de la Escuela Infantil Municipal de Deifontes. Todo ello sin perjuicio de la normativa superior que resulte de aplicación y en coordinación con lo establecido en el Pliego de Clausulas Administrativas. El contrato de concesión objeto de este pliego consiste en la gestión de la Escuela Infantil Municipal de Deifontes Nacimiento. La Escuela Infantil tendrá el siguiente número de plazas: Plazas para niños menores de un año: 8. Plazas para niños de uno a dos años: 13. Plazas para niños de dos a tres años: LAS CARACTERÍSTICAS ARQUITECTÓNICAS L EDIFICIO. El Ayuntamiento de Deifontes es titular de un inmueble de nueva creación destinado a Escuela Infantil Municipal de Deifontes, reuniendo los siguientes requisitos referidos a instalaciones y condiciones materiales: Una sala por cada unidad con una superficie de treinta metros cuadrados para las aulas de 0-1 años y 1-2 años y una superficie de 40 m2 para el aula de 2-3 años. Las salas destinadas a niños y niñas menores de dos años disponen de áreas diferenciadas para el descanso (separado con doble cortina ignífuga para control de ruido y luz) e higiene de estos. Un espacio adecuado para la preparación de alimentos, cuando haya niños y niñas menores de un año, con capacidad para los equipamientos necesarios situado en el aula de 0-1 años. Además de una cocina industrial para todo el recinto. Una sala de usos múltiples de treinta metros cuadrados y un comedor independiente con superficie de 30 metros cuadrados incluyendo la cocina. Un patio de juegos para tres unidades de uso exclusivo del centro, con una superficie de trescientos metros cuadrados. Un aseo para sala destinada a niños y niñas de dos a tres años, es visible y accesible desde la misma y que cuenta con dos lavabos y dos inodoros. La misma disposición se tiene en el aula de 1-2 años. Un aseo para el personal, separado de las unidades y de los servicios de los niños y niñas, que cuenta con un lavabo, un inodoro y una ducha. Este aseo es totalmente accesible para personas discapacitadas. Una sala de 10 metros cuadrados para las tareas de administración y otra sala de 10 m2 para las tareas de coordinación que tiene control del patio y de la sala de usos múltiples. 1

2 IFONTES (Granada) Dispondrá de todo el mobiliario necesario para la atención a los niños, según el anexo incorporado al presente Pliego de Prescripciones Técnicas. De todo el material entregado por el Ayuntamiento al adjudicatario se levantará acta por técnico competente para la reversión que tendrá lugar a la finalización del servicio. 3. CALENDARIO Y HORARIOS. La escuela infantil ofrecerá una atención educativa diaria, de lunes a viernes, todos los días no festivos del año, excepto los del mes de agosto. El horario de apertura de los centros a los que se refiere el apartado anterior será de 7,30 a 17,00 horas, ininterrumpidamente y con posibilidad de hasta las 20,00 horas. La permanencia en el centro educativo del alumnado no será superior a ocho horas diarias, sean o no continuadas. La necesidad de permanencia con carácter excepcional de un niño o niña en estos centros educativos por un período superior a ocho horas diarias deberá ser solicitada por el padre, madre o persona que ejerza la tutela a la persona titular de la correspondiente Delegación Provincial de la Consejería competente en materia de educación, a través de la dirección del centro, que la autorizará cuando queden acreditadas las circunstancias que justifiquen la adopción de esta medida. 4. SERVICIOS A PRESTAR Y CONDICIONES Servicio de atención socioeducativa. Se denominará servicio de atención socioeducativa al conjunto de actividades de atención al alumnado que, entre las 7,30 y las 17 horas, realicen las escuelas infantiles. El período de tiempo comprendido entre las 7,30 y las 9 horas será considerado como aula matinal. El centro establecerá las medidas de vigilancia y atención educativa que precisen los niños y las niñas en función de su edad y desarrollo madurativo. El período de tiempo comprendido entre las 9 y las 12,30 horas será el que, preferentemente, se utilice para la realización de actividades comunes en desarrollo del currículo de la educación infantil, recogido en el Decreto 428/2008, de 29 de julio. Servicio de comedor escolar. Se ofrecerá el servicio de comedor escolar para su alumnado. El horario destinado a este servicio se ajustará, en todo caso, a las necesidades de cada niño o niña. Los menús deberán de ser firmados por un médico dietista debiéndose de elaborar un calendario con los menús correspondientes a cada mes y exponerlos en el tablón de anuncios de la Escuela Infantil. 2

3 IFONTES (Granada) En la elaboración de los menús se tendrá en cuenta como criterio fundamental que la distribución energética de la dieta sea adecuada a las características propias de los niños como crecimiento, desarrollo y que sea variados y suficientes. Se ofrecerán menús alternativos para aquellos niños que lo precisen por prescripción médica. La empresa adjudicataria se responsabiliza plenamente de este servicio que será supervisado por los servicios técnicos municipales cuando estos lo consideren conveniente. Todos los trabajadores que se dediquen a este cometido estarán en poder del carné de manipulador de alimentos vigente en el momento de formar parte del equipo de trabajo. Servicio de taller de juego. Se ofrecerá, a partir de las 17 horas y como servicio complementario, el servicio de taller de juego en el que se desarrollarán actividades pedagógicas de entretenimiento y juego para los niños y niñas atendidos en los mismos, de acuerdo con su desarrollo madurativo. Las plazas vacantes podrán ser ofertadas a otros niños y niñas que no estén matriculados en el centro. Participación en el coste de los servicios. Los padres, madres o personas que ejerzan la tutela financiarán los servicios prestados a los niños y niñas que estén bajo su representación legal en las escuelas infantiles cuya titularidad corresponde a la Administración de la Junta de Andalucía y en los centros de convenio, mediante el abono de los precios que se determinen para cada uno de ellos. Actualmente rigen los precios y las bonificaciones señaladas en el Acuerdo del Consejo de Gobierno de 7 de julio de 2009, publicado en el BOJA nº 138 del día 17 de julio de 2009, por el que se fija la cuantía de los precios públicos por los servicios prestados en los centros de Primer Ciclo de Educación Infantil, o norma que la sustituya. La prestación de los servicios de atención socioeducativa, comedor escolar y taller de juegos será gratuita para el alumnado al que se refieren los artículos 36, 37 y 38 del Decreto 149/2009. Para el alumnado no incluido en el apartado anterior se establecerán bonificaciones sobre los precios de los servicios que se modularán, según tramos de ingresos de la unidad familiar, pudiendo llegar hasta el 75% de dichos precios. Tendrán la consideración de precios públicos, a efectos de lo dispuesto en la Ley 4/1988, de 5 de julio, de tasas y precios públicos de la Comunidad Autónoma de Andalucía. 3

4 IFONTES (Granada) 5. LIMPIEZA. El concesionario realizará la limpieza interior y exterior en todo y a todos los elementos del inmueble, así como ayudas técnicas de los usuarios, mediante el Plan de Limpieza que se oferte. Se perseguirá una limpieza y desinfección general y permanente de la Escuela Infantil, especialmente en las zonas de uso frecuente y en las zonas de mayor riesgo, tales como comedor, aseos, etc. Para estas actividades se utilizarán los productos adecuados, que deberán estar fuera del alcance de los niños, habilitándose un cuarto destinado a guardar dichos productos, así como los utensilios de limpieza, que estará dotado de elementos propios para el mantenimiento de los útiles. Se deberá alcanzar un nivel de desinsectación y desratización óptimo, mediante la realización de actividades al efecto cuantas veces sea necesario, y como mínimo una vez al año, y llevadas a cabo por personal especializado. Se establecerán normas de higiene para todo el personal. Se dispondrá de vestuario y aseo en cantidad acorde con la plantilla del centro. En los aseos colectivos los elementos de aseo de uso común, tales como servilletas o toallas de mano, serán desechables. No se utilizará jabón en pastilla, sino jabón líquido en dosificador. 6. PLANES GENERALES HIGIENE. Antes de la apertura de la escuela infantil, será condición necesaria que la empresa disponga de los correspondientes Planes Generales de Higiene. 7. REQUISITOS PERSONAL. Se presentará al inicio del curso, relación nominal de la plantilla, especificando su cualificación profesional y funciones asignadas. Comunicando puntualmente cualquier modificación que se produzca. Con arreglo a lo establecido en el artículo 16 del decreto 149/2009, de 12 de mayo por el que se regulan los centros que imparten el primer ciclo de educación infantil Contarán con profesionales que posean el título de maestro o maestra con la especialización de educación infantil o el título de grado equivalente. Asimismo, deberán contar para la atención educativa y asistencial del alumnado con personal cualificado que posea el título de técnico superior en educación infantil o cualquier otro título declarado equivalente a efectos académicos y profesionales. Las titulaciones del personal de los centros educativos a los que se refiere el apartado anterior podrán ser suplidas por los correspondientes cursos de habilitación autorizados, de conformidad con la normativa que resulte de aplicación. 4

5 IFONTES (Granada) En todo caso, el número de personas que, con la titulación adecuada, se dedique a la atención educativa y asistencial del alumnado, deberá ser, al menos, igual al de unidades escolares en funcionamiento en el centro más uno. El alumnado estará en todo momento atendido por el personal al que se refiere este artículo. 8. PROYECTO EDUCATIVO Y ASISTENCIAL. ( Aunque relacionado pero independiente de la Memoria Proyecto indicado en el Pliego de Clausulas Administrativas para el sobre C de la oferta) El proyecto educativo y asistencial definirá los objetivos particulares que cada centro se propone alcanzar, partiendo de su realidad y tomando como referencia los principios que orientan la educación infantil y las correspondientes prescripciones del currículo, regulados en el Decreto 428/2008, de 19 de julio. Asimismo, contendrá las normas organizativas y funcionales que faciliten la consecución de dichos objetivos y la conciliación entre la vida laboral y familiar de los padres, madres o personas que ejerzan la tutela de los niños y niñas. El proyecto educativo y asistencial abordará, en todo caso, los siguientes aspectos: a) Líneas generales de actuación pedagógica y asistencial. b) Coordinación y concreción de los contenidos curriculares articulados en una propuesta pedagógica específica. c) Medidas específicas de atención a la diversidad del alumnado. d) El plan de orientación y acción tutorial. e) Procedimiento para el traslado a los padres, madres o personas que ejerzan la tutela, de la información sobre la evolución, maduración e integración social y educativa de los niños y niñas que estén bajo su representación legal, así como para facilitar y fomentar su participación y colaboración en las actividades del centro. f) La organización de los espacios, instalaciones y recursos materiales del centro. g) La organización de los servicios del centro, teniendo en cuenta las necesidades de las familias. h) La organización del cuidado y atención del alumnado. i) Los procedimientos de evaluación interna. j) Los criterios y procedimientos que garanticen la transparencia y el rigor en la toma de decisiones por los órganos de gobierno del centro, especialmente en los procedimientos de escolarización del alumnado. k) Cualesquiera otros que se establezcan por Orden de la persona titular de la Consejería competente en materia de educación. El proyecto educativo y asistencial será elaborado por el personal del centro, bajo la coordinación de la dirección del mismo y será aprobado por el Consejo Escolar del centro educativo. 5

6 IFONTES (Granada) 9. EL PROYECTO GESTIÓN ( Aunque relacionado pero independiente de la Memoria Proyecto indicado en el Pliego de Clausulas Administrativas para el sobre C de la oferta) La escuela infantil deberá contar con un proyecto de gestión, según lo establecido en el artículo 129 de la Ley 17/2007, de 10 de diciembre, que recogerá la ordenación y utilización de los recursos del centro, tanto materiales como humanos. El proyecto de gestión será elaborado por la dirección de la escuela infantil y aprobado por el Consejo Escolar del centro educativo. 10. PLAZO ELABORACIÓN Y APROBACIÓN La escuela infantil elaborará y aprobará el proyecto educativo y asistencial y, en su caso, el proyecto de gestión en el plazo de dos meses contados a partir del inicio de su funcionamiento efectivo. 11. LA MEMORIA AUTOEVALUACIÓN La escuela infantil realizará una autoevaluación de su propio funcionamiento y de la calidad de los servicios que ofrecen, que será supervisada por la inspección educativa. El resultado de este proceso se plasmará anualmente en una memoria que incluirá, asimismo, las correspondientes propuestas de mejora. Dicha memoria será coordinada por la dirección del centro y aprobada por el Consejo Escolar antes de la finalización del mes de junio de cada año. 12. ÓRGANOS GOBIERNO En la escuela infantil existirá los siguientes órganos de gobierno: a) Dirección. b) Consejo Escolar. Dirección. La dirección será ejercida por la persona que, estando en posesión del título de maestro o maestra especialista en educación infantil o del título de grado equivalente, sea designado por la Administración pública o la persona titular del centro. Las funciones de la dirección de la escuela infantil son las siguientes: a) Dirigir y coordinar todas las actividades del centro, sin perjuicio de las competencias atribuidas al Consejo Escolar. b) Ejercer la dirección pedagógica y asistencial e impulsar medidas para la consecución de los objetivos del proyecto educativo y asistencial. 6

7 IFONTES (Granada) c) Garantizar el cumplimiento de las leyes y demás disposiciones vigentes. d) Ejercer la jefatura del personal a que se refiere el artículo e) Impulsar las relaciones con las familias o personas que ejerzan la tutela y con el entorno del centro. f) Convocar y presidir los actos académicos que se realicen y las sesiones del Consejo Escolar del centro, así como ejecutar los acuerdos adoptados en el ámbito de sus competencias. g) Visar las certificaciones y documentos académicos del centro. h) Cualesquiera otras que le sean atribuidas por la Administración educativa en el ámbito de sus funciones. No obstante lo recogido en el apartado anterior, la titularidad del centro podrá desarrollar las funciones propias de la dirección del mismo en los ámbitos de la organización interna que no afecten a las actividades propiamente educativas. Consejo Escolar. Se constituirá el Consejo Escolar, como órgano colegiado de participación de la comunidad educativa en el gobierno del centro. El Consejo Escolar estará compuesto por quien ejerza la dirección del centro, que lo presidirá, por una persona representante del personal del centro y por una persona representante de los padres, madres o personas que ejerzan la tutela del alumnado, todos ellos elegidos por el sector de la comunidad educativa al que pertenecen. También formará parte del Consejo Escolar una persona representante del personal de administración y servicios en aquellos centros que cuenten con este personal. Asimismo, formará parte del Consejo Escolar una persona representante del Ayuntamiento del municipio en el que esté ubicado el centro. Las competencias, régimen de funcionamiento y de suplencia de las personas integrantes del Consejo Escolar de los centros, así como el procedimiento de elección, constitución y renovación de los mismos, serán los establecidos con carácter general para el resto de los centros docentes sostenidos con fondos públicos. En la constitución, modificación o renovación del Consejo Escolar, a fin de garantizar la representación equilibrada de hombres y mujeres, se actuará conforme a lo previsto en el artículo 24.2.d) de la Ley Orgánica 3/2007 de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres, y en el artículo 18.2 de la Ley 12/2007, de 26 de noviembre, de promoción de la igualdad de género en Andalucía. 13. RECHOS LAS FAMILIAS. Los centros educativos de primer ciclo de educación infantil cooperarán con las familias o personas que ejerzan la tutela del alumnado y fomentarán su participación. La participación de las familias o personas que ejerzan la tutela se concretará, entre otros supuestos, en las relaciones de las mismas con el personal que ejerza la tutoría del alumnado. Los padres, madres o personas que ejerzan la tutela tendrán derecho a estar informados del desarrollo, la evolución, la maduración y la integración social y educativa de los niños y niñas que estén bajo su representación legal, para lo que se establecerán los 7

8 IFONTES (Granada) correspondientes mecanismos. Asimismo, las familias o personas que ejerzan la tutela tendrán derecho a estar informadas sobre la alimentación, necesidades fisiológicas, estado de salud y demás aspectos referidos a la atención asistencial recibida por sus hijos e hijas. Se fomentará la participación de las familias o personas que ejerzan la tutela en la organización de actividades específicas y se facilitará la constitución y el funcionamiento de asociaciones de padres y madres del alumnado en los términos previstos en el artículo 34 de la Ley 17/2007, de 10 de diciembre. 14. ÓRGANOS COORDINACIÓN EDUCATIVA. Órganos. Existirán los siguientes órganos de coordinación educativa: a) Equipo de ciclo. b) Tutorías. Equipo de ciclo. El equipo de ciclo es el órgano de coordinación educativa y asistencial encargado de organizar y desarrollar las enseñanzas propias del primer ciclo de la educación infantil. El equipo de ciclo estará formado por el conjunto de profesionales que realizan la atención educativa y asistencial directa al alumnado, presididos por la persona que ejerza la dirección del centro. Tutorías. De conformidad con lo recogido en el artículo 13 del Decreto 428/2008, de 29 de julio, la tutoría será ejercida por el personal que realice la atención educativa y asistencial directa al alumnado. Se procurará la continuidad durante el ciclo del mismo tutor o tutora, sin perjuicio de otras propuestas organizativas y pedagógicas que puedan realizarse, de acuerdo con lo que a tales efectos establezca el equipo de ciclo. Corresponde a los tutores y tutoras las siguientes funciones: a) Desarrollar las actividades previstas en el plan de orientación y acción tutorial. b) Realizar la atención educativa y asistencial del alumnado a su cargo. c) Organizar las actividades del aula. d) Coordinar sus acciones con las de los demás tutores y tutoras del ciclo, ofreciendo un marco educativo coherente para los niños y niñas. e) Desarrollar el currículo y atender las dificultades de aprendizaje y maduración del alumnado. f) Informar a los padres y madres o personas que ejerzan la tutela del alumnado sobre la evolución, maduración e integración social y educativa de los niños y niñas que estén bajo su representación legal. g) Informar a los padres, madres o personas que ejerzan la tutela sobre la alimentación, necesidades fisiológicas, estado de salud y demás aspectos referidos a la atención asistencial 8

9 IFONTES (Granada) recibida por sus hijos e hijas. h) Facilitar la participación y colaboración en las actividades del centro educativo de los padres y madres o personas que ejerzan la tutela del alumnado. i) Atender y cuidar al alumnado a su cargo en los períodos de permanencia fuera del aula y en las entradas y salidas del centro. 15. LIBRO REGISTRO En el centro, existirá un libro de registro de los usuarios, de conformidad a la normativa de aplicación, que deberá contener los siguientes aspectos: Número de expediente como usuario del centro. Nombre y apellidos del menor y de sus padres o tutores. Fecha de nacimiento. Fecha de alta. D.N.I. y número de la Seguridad Social de los padres/tutores. Tarifa aplicada Matrícula efectuada En su caso, nombre, apellidos, dirección y teléfono del representante legal. Nombre, apellidos, dirección y teléfono del familiar responsable y parentesco. En supuestos de plaza concertada con los servicios sociales municipales, puntuación obtenida y fecha de adjudicación. Dirección y teléfono. Fecha de baja. Causa o motivo de la baja. Observaciones 16. GESTIÓN Y PROCEDIMIENTO ADMISIÓN La gestión y el procedimiento para llevar a cabo la admisión en la Escuela Infantil, baremación de solicitudes, desempates, formalización de matrículas y documentación a adjuntar se realizará conforme al Decreto 149/2009 de 12 de mayo, por el que se regulan los centros que imparten el primer ciclo de educación infantil y demás normativa que sea de aplicación. 17. BUZÓN SUGERENCIAS Y LIBRO RECLAMACIONES. En la escuela infantil se establecerá un sistema de recogida de sugerencias, canalización y resolución de quejas o reclamaciones. El sistema de recogida de sugerencias será por medio de buzones situados en sitio visible, accesible y de uso común. 18. PROTECCIÓN DATOS. A fin de garantizar la debida confidencialidad, el concesionario y el personal que tenga relación directa o indirecta con la prestación a los usuarios de la atención prevista en este 9

10 IFONTES (Granada) Pliego, guardarán secreto profesional sobre todas las informaciones, documentos y asuntos a los que tenga acceso o conocimiento durante la vigencia del contrato. El concesionario se compromete expresamente al cumplimiento de lo dispuesto en la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de carácter personal y el Real Decreto 1720/2007, de 21 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de desarrollo de la ley orgánica de protección de datos de carácter personal.( O normativa vigente en cada momento) 19. NORMATIVA A TENER EN CUENTA Para todo lo no recogido en el presente pliego y en el de cláusulas administrativas, se seguirá la normativa aplicable a las Escuelas Infantiles con Convenio, en especial el Decreto 149/2009, de 12 de mayo, por el que se regulan los centros que imparten el primer ciclo de educación infantil y el Acuerdo de 7 de julio de 2009, del Consejo de Gobierno, por el que se fija la cuantía de los precios públicos por los servicios prestados en los centros de primer ciclo de educación infantil, y por los servicios de aula matinal, comedor escolar y actividades extraescolares en los centros docentes públicos. 10

11 IFONTES (Granada) ANEXO.- EQUIPAMIENTO Y MOBILIARIO QUE SE PONE A DISPOSICIÓN POR EL AYUNTAMIENTO Nº SCRIPCION CANTIDAD EMPLAZAMIENTO OBSERVACIONES 1 Trona Lux Manzana 2 Aula 1 en aula y 1 en comedor 2 Gandulita Reclinable Multiposicion 4 Aula 1 en aula y 3 en almacén 3 Contenedor Sonriente Con Tapa 150l 4 Aulas Bajo mesas aulas 4 Silla Ergonómica 26 Cm 41 Aulas y comedor - 5 Cama Apilable 20 Aulas - 6 Túnel 100x50x45 Cm 1 Salón juegos - 7 Vestidor Cambiador 1 Guardería - 8 Modulo Pañales 8 Huecos 3 Baños aulas - 9 Armario 6 Bandejas(4 Grandes Y 2 Espacios) 1-10 Tablero Pared Corcho Y Aluminio 1 Pasillos y despacho - 11 Estante Pared 80cm 12 Aulas 12 Valla Guardería Set 4 Piezas 1 Salón juegos - 13 Funda Colchón Cuna 8 Aulas - 14 Sabana Ajustable Blanca 16 Despacho - 15 Sabana Y Funda Almohada 16 Aulas En cama aulas 16 Almohada Fibra 8 Aulas En camas de aulas 17 Espejo Marco Madera 3 Aulas - 18 Mesa Colectiva 6 Asientos 1 Comedor - 19 Perchero Con Divisiones Y 6 Ganchos Dobles 1 Aulas - 20 Armario Bandeja Grande Y Pequeña De 3 Espacios 1 Aulas - 21 Armario 4 Espacios Y Puerta 2 Despacho y aula 1 en despacho y 1 en aula 22 Set 4 Ruedas Camillas Apilables 1 Aula - 23 Sabanas Camita 40 Despacho - 24 Mesa Herradura 1 Comedor - 25 Cambiador Pañales 2 Aulas En baños de aula 26 Pizarra Blanca Madera 2 27 Escalera Para Cambiador 1 Aula Bajo mesa aula 28 Manta Ajustable Ignifuga 10 Aula - 29 Soporte TV 3 Aulas - 30 TV LG 32 Pulgadas 3 Aulas - 31 Dvd Samsung 3 Aulas Junto TV 32 Modulo Pañales 10 Huecos 2 Aulas - 33 Colchoneta Tatami 200x150 4 Salón juegos y aulas Salon juegos y aulas 34 Mesa Infantil 3 Comedor - 35 Colchoneta Poliéster 2 Salón juegos - 36 Mesa Infantil Rectangular 5 Comedor y aulas - 37 Banco Rectangular 10 Comedor y aulas - 38 Vaso Agua Policarbonato 50 Cocina - 11

12 IFONTES (Granada) 39 Plato Llano Policarbonato 50 Cocina - 40 Plato Hondo Policarbonato 50 Cocina - 41 Juego Cubiertos Melanina 50 Cocina Repuestas por otras 42 Jarra Policarbonato 2 Cocina - 43 Bol/Tazón Policarbonato 10 Cocina - 44 Cucharas Blandas 10 Cocina Repuestas por desgaste 45 Mesa Dirección Marta 1 Despacho - 46 Silla Secretaria Con Ruedas 1 Despacho - 47 Silla Confidente 26 7 Despacho y salón reuniones - 48 Archivo Metálico 4 Cajones 1 Despacho - 49 Mesa Reunión Ovalada 1 Salón reuniones - 50 Tablero Corcho Madera 2 Pasillos y salón reunión - 51 Escobilla ABS Blanco 1 Aseo - 52 Papelera Con Pedal 1 Aseo - 53 Dispensador Papel Wc 1 Comedor y aseo - 54 Dispensador Toallitas 1 Aseo - 55 Dispensador Jabón 1 Aseo - 56 Taquillas 8 Puertas Metal 1 Aseo - 57 Espejo Aseo 1 Aseo - 58 Protector Puerta Salva Dedos 18 Puertas En puertas entrada y aulas 59 Protección Cantonera Acorchada 15 Esquinas pasillos - 60 Micro Cadena Sony 1 Comedor - 61 Destructora Papel Fellower 1 Despacho - 62 Cizalla Papel 1 Despacho - 63 Plastificadora Papel 1 64 Calculadora Sobremesa 1 Despacho - 65 Cámara Fotos Digital Sony 1 Aula En Armario Aula 66 Portátil Acer AS G32MN I3 1 Despacho 67 Camara Video Sony DRSR58 1 Despacho - 68 HP Multifunción LASER 1 Despacho - 69 Carro Limpieza 1 Aseo - 70 Buzón Correos 1 Entrada - 71 Silla Adaptada Educadora Azul 1 Aulas Aulas 72 Taladro Petrus 1 Despacho Armario Despacho 73 Grapadora Petrus +Caja Grapas 1 Despacho Armario Despacho 74 Regla 50 Cm 1 Salón reuniones Estantería 75 Estuche CD,S 1 Aulas Mesa tv y dvd 76 Sacapuntas sobremesa 1 Despacho Armario Despacho 77 Pinzas Extrae Grapas 1 Despacho Armario Despacho 78 Mueble Para Cartulinas 1 Salón reuniones - 79 Cortinas 8 Aulas y despachos - 80 Estor Enrollable 5 Aulas y despachos - 81 Cortinas Bajo Mesa 3 Aulas - 82 Porta Visillos 2 83 Cuna Pino Lacada 8 Aulas 3 en aula y 3 en almacén 84 Colchón Cuna 8 Aulas 4 en aulas 2 en almacén 85 Microondas 2 Cocina y Salón reuniones Cocina y Salón Reuniones 86 Lavadora 1 Cocina Cocina 87 Lavavajillas 1 Cocina Cocina 12

13 IFONTES (Granada) 88 Batidora 1 Cocina Cocina 89 Tostadora Industrial 1 Cocina Cocina 90 Fregadero 2 Senos 1 Cocina Cocina 91 Cocina Industrial 1 Cocina Cocina 92 Freidora Industrial 1 Cocina Cocina 93 Encimera Acedo Inoxidable 1 En cocina En cocina 94 Carro Porta Bandejas 1 Salón Reuniones Uso de Estantería 95 Cajas De Frutas Colores 256 Pasillo Cristalera Pasillo 96 Frigorífico industrial 1 Cocina En despensa cocina 97 Bidón Gasoil Caldera 1 Almacén En sala Caldera 98 Caldera Gasoil 1 Almacén En sala caldera 99 Termo agua caliente 1 Almacén En sala caldera 100 Aparato A. Condicionado 1 Aulas En Aulas 101 Juguetes varios - Aulas Repartidos en aulas 102 Elementos juego en patio ( 2 balancines muelle, casita, tobogán y columpio ) - Patio Elementos patio En Deifontes a 16 de julio de EL ALCAL Fdo: Francisco Abril Tenorio 13

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