PROSPECTO DE EMISION Y COLOCACIÓN BONOS SUBORDINADOS EMISIÓN 2006 LEASING DE OCCIDENTE S.A.

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1 PROSPECTO DE EMISION Y COLOCACIÓN BONOS SUBORDINADOS EMISIÓN 2006 LEASING DE OCCIDENTE S.A. ACTIVIDAD PRINCIPAL LEASING DE OCCIDENTE S.A. COMPAÑIA DE FINANCIAMIENTO COMERCIAL S.A. tiene por actividad comercial principal el arrendamiento financiero y operativo de activos y la captación de recursos del público. INFORMACIÓN GENERAL DE LA OFERTA CLASE DE TÍTULO: BONOS SUBORDINADOS LEASING DE OCCIDENTE S.A. LEY DE CIRCULACIÓN: A LA ORDEN MONTO DE LA EMISIÓN: $ 48,000,000,000 VALOR NOMINAL: $ 100,000 Moneda Legal NÚMERO DE BONOS: Cuatrocientos Ochenta Mil Bonos ( ) VALOR MÍNIMO DE INVERSIÓN: Para las series A, B y C $1,000,000 para la serie D UNIDADES UVR BOLSA DONDE ESTÁRAN INSCRITOS: Bolsa de Valores de Colombia DESTINATARIOS DE LA OFERTA Al Público Inversionista en General ADMINISTRADORA DE LA EMISIÓN: Depósito Centralizado de Valores de Colombia S.A. DECEVAL REP. LEGAL DE LOS TENEDORES DE BONOS: FIDUCIARIA HELM TRUST S.A. PLAZO DE REDENCIÓN: Entre 60 y 120 meses contados a partir de la fecha de Emisión CONDICIÓN ESPECIAL DE LOS BONOS: El pago de estos títulos, en el evento de liquidación del emisor, está subordinado al previo pago del pasivo externo, siendo esta una condición de carácter irrevocable. CALIFICACIÓN: Los bonos han sido calificados AA+ (doble A +). por la firma BRC Investor Services S.A.. En el numeral 1.6 del presente prospecto se encuentra el concepto de calificación otorgado. La información financiera se encuentra actualizada a 30 de junio de 2006; y a partir de esa fecha, dicha información se podrá consultar en forma actualizada en el Registro Nacional de Valores y Emisores y en la Bolsa de Valores en donde se encuentran inscritos los bonos. ADVERTENCIA La inscripción en el Registro Nacional de Valores y Emisores y la autorización de la oferta pública no implicará calificación ni responsabilidad alguna por parte de la Superintendencia Financiera de Colombia acerca de las personas naturales o jurídicas inscritas ni sobre el precio, la bondad o la negociabilidad del valor, o de la respectiva emisión, ni sobre la solvencia del emisor La inscripción en la Bolsa de Valores de Colombia S.A. de los bonos no implican certificación sobre la bondad del valor o la solvencia del emisor

2 INDICE RESUMEN DEL PROSPECTO DE COLOCACIÓN 4 1. CARACTERÍSTICAS GENERALES DE LOS TÍTULOS, CONDICIONES FINANCIERAS Y REGLAS DE LA EMISIÓN CARACTERÍSTICAS GENERALES DE LOS TÍTULOS CLASE DE TÍTULO OFRECIDO DESMATERIALIZACIÓN DE LA EMISIÓN OBJETIVOS PERSEGUIDOS A TRAVÉS DE LA EMISIÓN BOLSA DE VALORES DONDE ESTARÁN INSCRITOS LOS TÍTULOS LEY DE CIRCULACION Y NEGOCIACIÓN SECUNDARIA OTRAS CARACTERISTICAS DE LOS TITULOS CONDICIONES FINANCIERAS MONTO DEL PROSPECTO DE EMISIÓN Y COLOCACIÓN, VALOR NOMINAL. INVERSIÓN MÍNIMA Y SERIES PLAZO DE LOS BONOS RENDIMIENTO DE LOS BONOS PERIODICIDAD EN EL PAGO DE LOS INTERESES AMORTIZACIÓN DE CAPITAL PRECIO DE SUSCRIPCIÓN: FECHA DE SUSCRIPCION FECHA DE EXPEDICION FECHA DE EMISION CONDICIONES DE LA OFERTA Y DE LA COLOCACION PLAZO DE COLOCACIÓN VIGENCIA DE LA OFERTA DESTINATARIOS DE LA OFERTA MEDIOS PARA FORMULAR LA OFERTA REGLAS GENERALES PARA LA COLOCACIÓN Y LA NEGOCIACIÓN MECANISMO PARA LA PREVENCIÓN Y CONTROL DEL LAVADO DE ACTIVOS ADMINISTRACION DE LA EMISION ADMINISTRADOR DE LA EMISIÓN ENAJENACIONES Y TRANSFERENCIAS OTRAS CARACTERÍSTICAS DEL PROSPECTO DE EMISIÓN Y COLOCACION DE. BONOS OBLIGACIONES DE LOS TENEDORES DE BONOS DERECHOS DE LOS TENEDORES DE BONOS REPRESENTANTE LEGAL DE LOS TENEDORES DE LOS TITULOS OBLIGACIONES Y FACULTADES DEL REPRESENTANTE LEGAL DE LOS TENEDORES CONCEPTO DE CALIFICACION OTORGADO DATOS RELATIVOS A LA ENTIDAD EMISORA INFORMACION GENERAL DE LEASING DE OCCIDENTE S.A. COMPAÑÍA DE FINANCIAMIENTO COMERCIAL S.A DENOMINACIÓN DE LA SOCIEDAD DOMICILIO, DIRECCION OFICINA PRINCIPAL DURACIÓN OBJETO SOCIAL: ACTIVIDAD ECONÓMICA PRINCIPAL 30 2

3 2.1.6 ESTRUCTURA ORGANIZACIONAL DE LEASING DE OCCIDENTE S.A. COMPAÑIA DE FINANCIAMIENTO COMERCIAL S.A ASAMBLEA GENERAL DE ACCIONISTAS JUNTA DIRECTIVA PERSONAL DIRECTIVO ACCIONISTAS Y COMPOSICIÓN ACCIONARIA A JUNIO 30 DE NÚMERO Y CLASE DE ACCIONES EN CIRCULACIÓN SITUACIÓN DE SUBORDINACIÓN POLÍTICAS DE ENDEUDAMIENTO PRINCIPALES SUCESOS FUTUROS E INCIERTOS RIESGOS DEL SECTOR DE LEASING PROCESOS LEGALES PENDIENTES OBLIGACIONES FINANCIERAS A JUNIO 30 DE EMISIONES DE BONOS VIGENTES A JUNIO 30 DE GARANTÍAS OTORGADAS A FAVOR DE TERCEROS RELACIONES LABORALES OTRAS INVERSIONES QUE EXCEDEN EL 10% DEL TOTAL DE ACTIVOS FIJOS CODIGO DE BUEN GOBIERNO DESCRIPCION DE LOS SEGMENTOS DEL NEGOCIO SITUACIÓN DEL MERCADO DE LEASING EN COLOMBIA INFORMACION FINANCIERA INDICADORES FINANCIEROS ESTADOS FINANCIEROS COMPARATIVOS JUNIO 30 DE 2006 Y DICIEMBRE 31 DE ESTADOS FINANCIEROS COMPARATIVOS DE JUNIO 30 DE 2005 Y DICIEMBRE 31 DE ESTADOS FINANCIEROS COMPARATIVOS DE DICIEMBRE 31 DE 2004 Y JUNIO 30 DE ESTADOS FINANCIEROS COMPARATIVOS DE JUNIO 30 DE 2004 Y DICIEMBRE 31 DE ESTADOS FINANCIEROS COMPARATIVOS DICIEMBRE 31 DE 2003 Y JUNIO 30 DE ESTADOS FINANCIEROS COMPARATIVOS DE DICIEMBRE 31 DE 2002 Y DICIEMBRE 31 DE ESTADOS FINANCIEROS COMPARATIVOS DE DICIEMBRE 31 DE 2001 Y DICIEMBRE 31 DE NOTAS A LOS ESTADOS FINANCIEROS A 30 DE JUNIO DE REQUISITOS FORMALES DE LA EMISION APROBACIONES Y AUTORIZACIONES ADVERTENCIA FORMATOS CERTIFICACIONES DE LA REVISORIA FISCAL DEL EMISOR DEL REPRESENTANTE LEGAL DEL EMISOR DEL REPRESENTANTE LEGAL DEL EMISOR Y DEL CONTADOR PUBLICO DEL. EMISOR 177 GLOSARIO 178 3

4 RESUMEN DEL PROSPECTO DE EMISIÓN Y COLOCACIÓN El presente resumen ha sido preparado con el único objeto de facilitar el conocimiento general de la sociedad emisora y de la oferta por parte del potencial inversionista. Por consiguiente, para todos los efectos legales, cualquier interesado deberá consultar la totalidad de la información contenida en el cuerpo del presente prospecto. DATOS RELATIVOS A LA ENTIDAD EMISORA La sociedad emisora se denomina LEASING DE OCCIDENTE S.A. COMPAÑIA DE FINANCIAMIENTO COMERCIAL. Es un Establecimiento de Crédito, Compañía de Financiamiento Comercial, constituida bajo la forma de Sociedad Comercial Anónima, sometida a control y vigilancia de la Superintendencia Bancaria constituida por escritura pública No del 6 de agosto de 1981 otorgada en la Notaría 5 de Bogotá. La escritura original ha sido reformada en varias ocasiones, siendo la última protocolizada mediante la escritura No otorgada en la Notaría 29 de Bogotá, el 22 de Noviembre de La sociedad tiene por objeto social principal: La sociedad tendrá como objeto primordial realizar operaciones de arrendamiento financiero o Leasing en todas sus modalidades y en relación con toda clase de bienes muebles o inmuebles. Igualmente, como Compañía de Financiamiento Comercial podrá realizar todas las operaciones y negocios legalmente permitidos a esta clase de entidades, en las condiciones y con los requisitos establecidos para el efecto en la Ley, las actividades principales del objeto social, y para su desarrollo la sociedad podrá realizar todos los actos directamente relacionados con ellos y los que tengan como finalidad ejercer los derechos o cumplir las obligaciones legal o convencionalmente, derivadas de su existencia y actividad. En desarrollo y cumplimiento de su objeto la sociedad podrá adquirir, conservar, utilizar, gravar, arrendar, vender y enajenar toda clase de bienes muebles e inmuebles, podrá mudar la forma o naturaleza de sus bienes, constituir hipotecas y aceptarlas, dar y aceptar prendas y fianzas, celebrar todo tipo de contratos, asociarse con otra u otras personas naturales o jurídicas, participar en toda clase de licitaciones, públicas o privadas, girar, librar, otorgar, aceptar, recibir y en general, negociar toda clase de títulos valores o de cualquier otra índole, dar y recibir dinero en mutuo con o sin intereses; hacer ofertas comerciales, conceder opciones para la celebración de contratos, financiar los servicios que preste, y, en general, la sociedad puede ejecutar todo acto y celebrar todo contrato relacionado directamente con el objeto social y los que tengan como finalidad ejercer los derechos o cumplir las obligaciones legal o convencionalmente derivados de la existencia y actividad de la sociedad. OBJETIVOS ECONOMICOS Y FINANCIEROS PERSEGUIDOS A TRAVES DE LA EMISIÓN Los recursos provenientes de la colocación del presente prospecto de emisión serán destinados en un 100% al desarrollo de las actividades propias del objeto social de la Compañía. ESTRUCTURA ORGANIZACIONAL DE LEASING DE OCCIDENTE S.A. COMPAÑÍA DE FINANCIAMIENTO COMERCIAL ASAMBLEA GENERAL DE ACCIONISTAS La compañía cuenta con un máximo órgano rector que es la Asamblea General de Accionistas la cual sesiona ordinariamente dos veces al año, dentro de los tres primeros meses de cada semestre. 4

5 JUNTA DIRECTIVA La Asamblea elige a sus cinco (5) Directores Principales con sus correspondientes suplentes, quienes integran la Junta Directiva de la compañía por un periodo de un (1) año. Así mismo elige, al Revisor Fiscal y su suplente para períodos anuales. La Junta Directiva esta conformada de la siguiente manera: Miembros de Junta Directiva nombrados por Acta No. 065 del 19 de Julio de 2006, de la Asamblea General Ordinaria de Accionistas PRINCIPALES EFRAIN OTERO ALVAREZ DOUGLAS BERRIO ZAPATA GERARDO SILVA CASTRO IGNACIO ZULOAGA SEVILLA DANIEL HUMBERTO GOMEZ MARTINEZ ENRIQUE GARCIA DUPERLY JUAN ALBERTO CASTRO FLOREZ SUPLENTES CARLOS SANTANDER PALACIOS LUIS EDUARDO ARBELAEZ SARMIENTO EFRAIN VELÁSQUEZ VELA LUIS FERNANDO MATHIEU VALDERRAMA MARTHA PATRICIA FANDIÑO ARCE LUIS HUMBERTO USTARIZ GONZALEZ RICARDO ALBERTO BAYONA VILEGAS PERSONAL DIRECTIVO LEASING DE OCCIDENTE S.A. cuenta con un Presidente, un Gerente Financiero y Administrativo, un Gerente Comercial, un Gerente Operativo, un Gerente Jurídico, Gerente de Riesgo y un Contralor. Como Presidente de la Compañía actúa el Dr. Agustín Esguerra Restrepo, nombrado por la Junta Directiva por períodos de un (1) año, y quien puede ser reelegido indefinidamente. Las Cinco Gerencias y la Contraloría con los nombres de las personas que ocupan estos cargos son: GERENTES ALFONSO MENDEZ FRANCO FRANCISCO JAVIER MONROY GUERRERO ALEJANDRO HOYOS VALLEJO JOSE MANUEL GOMEZ SARMIENTO GABRIEL PERDIGON ALCAZAR ALEJANDRO CAICEDO FEIJOO GERENTE FINANCIERO Y ADMINISTRATIVO GERENTE COMERCIAL GERENTE OPERATIVO GERENTE JURIDICO GERENTE DE RIESGO CONTRALOR La Asamblea por Acta No 064 del 7de Marzo de 2006, de la Asamblea General Ordinaria de Accionistas, reeligió a la firma KPMG LTDA. como Revisores Fiscales. AYDEE PATRICIA GARZON ROMERO LELIS GERARDO SOTELO VANEGAS REVISOR FISCAL Principal Suplente ACCIONISTAS Y COMPOSICIÓN ACCIONARIA A JUNIO 30 DE 2006 La composición accionaria de LEASING DE OCCIDENTE S.A. COMPAÑIA DE FINANCIAMIENTO COMERCIAL, a Junio 30 de 2006, es la siguiente: 5

6 LEASING DE OCCIDENTE S.A. COMPOSICION ACCIONARIA Junio 30 de 2006 ENTIDAD NIT N ACCIONES PARTICIPACION CORPORACION FINANCIERA COLOMBIANA S.A ,24% BANCO OCCIDENTE S.A ,44% RENDIFIN S.A ,11% SEGUROS ALFA S.A ,68% SEGUROS DE VIDA ALFA S.A ,91% GRUPO AVAL ACCIONES Y VALORES S.A ,62% LEOPOLDO BERNAL ,00% TOTAL ,00% NUMERO Y CLASE DE ACCIONES EN CIRCULACIÓN Acciones en Circulación: Cincuenta y Cinco Mil Ochocientos Noventa y tres Millones Novecientos Doce Mil Cuatrocientos pesos ($ ) dividido en Quinientos Cincuenta y Ocho Millones Novecientos Treinta y Nueve Mil Ciento Veinticuatro ( ) acciones ordinarias de un valor nominal de Cien pesos ($100) cada una. Capital Autorizado: Sesenta y Cinco Mil Millones de pesos ($ ) dividido en Seiscientas cincuenta millones ( ) acciones de un valor nominal de Cien pesos ($100) cada una. Capital Suscrito: Cincuenta y Cinco Mil Ochocientos Noventa y tres Millones Novecientos Doce Mil Cuatrocientos pesos ($ ) dividido en Quinientos Cincuenta y Ocho Millones Novecientos Treinta y Nueve Mil Ciento Veinticuatro ( ) acciones ordinarias de un valor nominal de Cien pesos ($100) cada una. Capital Pagado: Cincuenta y Cinco Mil Ochocientos Noventa y tres Millones Novecientos Doce Mil Cuatrocientos pesos ($ ) dividido en Quinientos Cincuenta y Ocho Millones Novecientos Treinta y Nueve Mil Ciento Veinticuatro ( ) acciones ordinarias de un valor nominal de Cien pesos ($100) cada una. diciembre-01 diciembre-02 diciembre-03 diciembre-04 diciembre-05 junio-06 Valor Patrimonio $ ,50 $ ,78 $ ,21 $ ,84 $ ,51 $ ,42 Valor Patrimonial acción $154,97 $181,50 $188,98 $199,69 Utilidad por acción $14,11 $18,11 $26,26 $36,43 $30,42 $46,07 Dividendo por acción 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 Valor Intrínseco / Utilidad por acción 8,33 7,18 5,90 4,98 6,21 4,33 Precio en bolsa / Valor Intrínseco 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 SITUACION DE SUBORDINACION LEASING DE OCCIDENTE S.A. COMPAÑIA DE FINANCIAMIENTO COMERCIAL S.A. es filial del BANCO DE OCCIDENTE S.A. 6

7 LA OFERTA Clase de Título ofrecido: BONOS SUBORDINADOS Ley de Circulación: A LA ORDEN Valor Nominal: $100,000 Moneda Legal Valor Mínimo de Inversión: $1,000,000 para las series A, B y C Unidades UVR para la serie D. Cantidad de Bonos del Prospecto a Cuatrocientos Ochenta Mil bonos ( ) Ofrecer: Monto Total Prospecto de Emisión de $ 48,000,000,000,oo Moneda Legal Bonos de la Oferta: Número de Series: Cuatro (4) Series: A, B, C y D Características de las Series: Serie A: Devengará un interés base en una tasa fija efectiva anual. Serie B: Devengará un interés con base en una tasa flotante referenciada a la DTF. Serie C: Devengará un interés con base en una tasa flotante referenciada a la inflación Colombiana (IPC) Las series A, B y C, estarán emitidas en pesos colombianos y su capital será redimido totalmente al vencimiento de los mismos. Serie D: Los Bonos estarán emitidos en UNIDADES UVR, devengarán un interés con base en una tasa fija efectiva anual, más la variación del valor de la unidad UVR y su capital será redimido totalmente a su vencimiento, al valor de la Unidad UVR de la fecha de vencimiento. Plazo de vencimiento: Serie A. 5, 6, 7 y 10 años, contados a partir de la fecha de emisión. Serie B. 5, 6, 7 y 10 años, contados a partir de la fecha de emisión. Serie C. 5, 6, 7 y 10 años, contados a partir de la fecha de emisión. Serie D. 5, 6, 7 y 10 años, contados a partir de la fecha de emisión. Rendimientos Máximos: Serie A. Hasta 20% E.A. Serie B. Hasta DTF + 8% T.A. Serie C. Hasta IPC + 10% E.A. Serie D. Hasta UVR + 10% E.A. Modalidad de Pago de Intereses: Trimestre Vencido (TV), Semestre Vencido (SV), y Año Vencido (AV). En el aviso de oferta de cada lote se indicarán las modalidades a ofrecer para cada serie. Bolsa en que estarán inscritos: Bolsa de Valores de Colombia S.A. Representante Legal FIDUCIARIA HELM TRUST S.A. de Tenedores: Administrador de la Emisión: Depósito Centralizado de Valores de Colombia DECEVAL S..A. 7

8 CAPÍTULO I CARACTERÍSTICAS GENERALES DE LOS TÍTULOS, CONDICIONES FINANCIERAS Y REGLAS DEL PROSPECTO DE EMISIÓN Y COLOCACIÓN 8

9 1. CARACTERÍSTICAS GENERALES DE LOS TÍTULOS, CONDICIONES FINANCIERAS Y REGLAS DEL PROSPECTO DE EMISIÓN Y COLOCACIÓN 1.1 CARACTERÍSTICAS GENERALES DE LOS TÍTULOS CLASE DE TÍTULO OFRECIDO Los Títulos objeto del Presente Prospecto de emisión y colocación, son BONOS SUBORDINADOS LEASING DE OCCIDENTE S.A., a la orden. Los bonos serán de forma desmaterializada a través del DEPOSITO CENTRALIZADO DE VALORES DE COLOMBIA DECEVAL S.A. Los títulos serán ofrecidos al mercado mediante oferta pública, cuyo pago, en el evento de liquidación del emisor, está subordinado al previo pago del pasivo externo, siendo esta una condición de carácter irrevocable DESMATERIALIZACIÓN DE LA EMISIÓN Se entiende por emisión desmaterializada, la suscripción de los bonos Subordinados de LEASING DE OCCIDENTE S.A. que han sido colocados en el mercado primario o transados en el mercado secundario, y representados en un Título Global o Macrotítulo, que comprende un conjunto de derechos anotados en cuenta respecto de los cuales no se hayan emitido títulos físicos individuales representativos de la emisión. De acuerdo con lo establecido en la Ley 27 de 1990 y del Decreto Reglamentario 437 de 1992 y Resolución 1200 de 1995 de Superintendencia de Valores se crearon y regularon las Sociedades Administradores de Depósitos Centralizados de Valores, y se le asignó entre otras funciones la de administrar los títulos inscritos en el Registro Nacional de Valores y Emisores, eliminando el riesgo de su manejo físico. En virtud de la existencia y funcionamiento del Depósito Centralizado de Valores DECEVAL S.A., LEASING DE OCCIDENTE S.A. C.F.C. podrá emitir los Bonos a través de este medio y por solicitud del suscriptor, acogiéndose a los reglamentos de emisión y operatividad que rigen el depósito y bajo los parámetros fijados en el respectivo contrato de emisión desmaterializada existente entre Deceval S.A. y LEASING DE OCIDENTE S.A. C.F.C. de manera que la emisión a través de este medio sea desmaterializada sin opción de desmaterializarse posteriormente. Será responsabilidad de Leasing de Occidente S.A. C.F.C. remitir al Depósito, en las fechas y los plazos estipulados los registros de manera que se anoten en cuenta los títulos de acuerdo con las condiciones vigentes de la emisión en las cuentas y encabeza de los respectivos Depositantes directos de DECEVAL S.A.. Los títulos que se emitan de forma desmaterializada no podrán cambiar su naturaleza para ser fraccionados o unificados en títulos físicos OBJETIVOS PERSEGUIDOS A TRAVÉS DE LA EMISIÓN De acuerdo con lo establecido en la Junta Directiva No. 538 de Septiembre 20 de 2006, la sociedad LEASING DE OCCIDENTE S.A. C.F.C. utilizará el 100% de los recursos que se obtengan con la colocación de los bonos en desarrollo de su objeto social como lo es realizar operaciones de arrendamiento financiero o Leasing en todas sus modalidades y en relación con toda clase de bienes muebles o inmuebles; al igual que para realizar todas las operaciones y negocios legalmente permitidos a las Compañías de Financiamiento Comercial en las condiciones y con los requisitos establecidos para el efecto en la ley BOLSA DE VALORES DONDE ESTARÁN INSCRITOS LOS TÍTULOS Los bonos estarán inscritos en la Bolsa de Valores de Colombia LEY DE CIRCULACIÓN Y NEGOCIACIÓN SECUNDARIA LOS BONOS SUBORDINADOS LEASING DE OCCIDENTE S.A. tendrán mercado secundario a través de la Bolsa de Valores de Colombia y podrán ser negociados por sus legítimos tenedores. 9

10 Los títulos serán emitidos a la orden y la transferencia de su titularidad se hará mediante anotación en cuenta de depósito de los tenedores de DECEVAL, siguiendo el procedimiento establecido en el reglamento de operaciones del Depósito. DECEVAL al momento en que vaya a anotar los registros de anotación en cuenta de los suscriptores de los bonos, acreditará en la cuenta correspondiente los bonos suscritos por el titular OTRAS CARACTERISTICAS Los bonos son indivisibles y, en consecuencia cuando por cualquier causa legal o convencional un bono pertenezca a varias personas, éstas deberán designar un representante común y único que ejerza los derechos correspondientes a la calidad del tenedor legítimo del bono. La reivindicación, el secuestro o cualesquiera otras afectaciones sobre los derechos consignados en un título de los descritos en el presente Prospecto de Emisión y Colocación, no sufrirá efecto sino compromete el documento mismo materialmente. Los embargos se perfeccionarán desde la fecha de recibo de oficio a la Autoridad Judicial competente y a partir de ésta no podrá aceptar ni autorizarse transferencia ni gravamen alguno, de conformidad con lo dispuesto en el Título 35, Artículo 681 y siguientes del código de procedimiento civil, respecto a las demandas civiles, gravámenes y otros efectos de tipo legal, se aplicarán las normas vigentes del código de procedimiento civil que regulan esos asuntos. Por otra parte el Emisor comunicará inmediatamente a Leasing de Occidente S.A. CFC la ocurrencia de cualquiera de los hechos mencionados tan pronto como tenga conocimiento de ellos. 1.2 CONDICIONES FINANCIERAS MONTO DEL PROSPECTO DE EMISIÓN Y COLOCACIÓN, VALOR NOMINAL, INVERSIÓN MÍNIMA Y SERIES La sociedad LEASING DE OCCIDENTE S.A. COMPAÑIA DE FINANCIAMIENTO COMERCIAL dentro del prospecto de emisión y colocación de bonos emitirá Bonos Subordinados la suma de CUARENTA Y OCHO MIL MILLONES DE PESOS MCTE. ($48, ,000), en las condiciones fijadas en el prospecto de emisión y colocación y acorde con las condiciones aprobadas por la Junta Directiva en su reunión No.538 del 20 de Septiembre de 2006; y de acuerdo con la reglamentación del código de comercio, la Resolución 400 de Mayo de 1995 expedida por la Sala General de la Superintendencia de Valores y las normas que las modifican y/o adicionen. El valor nominal de cada bono es de Cien Mil Pesos ($100,000), por lo tanto, la emisión constará de Cuatrocientos Ochenta Mil Bonos ( ) Cada título deberá expedirse por un número entero de bonos. No obstante lo anterior, la inversión mínima será la equivalente al valor de diez (10) bonos, es decir Un millón de pesos ($1 000,000) para las series A, B y C; y unidades UVR para la serie D. En consecuencia, no podrán realizarse operaciones posteriores por debajo de este límite y en múltiplos de un bono. La emisión consta de Cuatro (4) series, con las siguientes características: Serie A. Los Bonos Subordinados están emitidos en pesos colombianos y devengarán un interés base en una tasa fija efectiva anual y su capital será redimido totalmente al vencimiento de los mismos. Serie B: Los Bonos Subordinados estarán emitidos en pesos colombianos y devengarán un interés con base en una tasa flotante referenciado a la DTF y su capital será redimido totalmente al vencimiento de los mismos. Serie C: Los Bonos Subordinados estarán emitidos en pesos colombianos y devengarán un interés con base en una tasa flotante referenciado a la Inflación Colombiana y su capital será redimido totalmente al vencimiento de los mismos. Serie D: Los Bonos Subordinados estarán emitidos en UNIDADES UVR resultado de dividir el valor de la inversión en pesos colombianos entre el valor de la UNIDAD UVR de la Fecha de Emisión. Devengarán un 10

11 interés con base en una tasa fija efectiva anual más la variación del valor de la UNIDAD UVR y su capital será redimido totalmente al vencimiento de los mismos al valor de la UNIDAD UVR de la Fecha de Vencimiento PLAZO DE LOS BONOS El plazo de los Bonos Subordinados Leasing de Occidente S.A. C.F.C. será Las cuatro (4) series A, B, C y D cuentan con plazos de redención de Cinco (5), Seis (6), Siete (7) y Diez (10) años contados a partir de la Fecha de Emisión así:. Serie A: 5 años 6 años 7 años 10 años Subserie A1 A2 A3 A4 Serie B 5 años 6 años 7 años 10 años Subserie B1 B2 B3 B4 Serie C 5 años 6 años 7 años 10 años Subserie C1 C2 C3 C4 Serie D 5 años 6 años 7 años 10 años Subserie D1 D2 D3 D RENDIMIENTO DE LOS BONOS Las tasas de interés de los Bonos Subordinados deberán reflejar las condiciones del mercado vigentes en la fecha de colocación de los mismos, cumpliendo con los lineamientos señalados por la Junta Directiva de la Entidad Emisora. El rendimiento de los Bonos Subordinados de todas las Series podrá estar dado por la combinación de pago de intereses y un descuento o prima sobre el valor nominal del bono. Tanto los intereses, la prima o descuento, serán determinados por la Entidad Emisora al momento de efectuar la oferta pública y deberá publicarse en el aviso de oferta, conforme con los parámetros generales para la colocación aprobados por la Junta Directiva de la Entidad Emisora del 20 de Septiembre, mediante Acta No Una vez pasada la fecha de vencimiento o la fecha en que se cause el pago total, los Bonos Subordinados correspondientes se considerarán vencidos y dejarán de devengar intereses. En el evento que la Entidad Emisora no realice los pagos de intereses y capital correspondiente en el momento indicado, los Bonos Subordinados devengarán intereses de mora, la cual será la tasa máxima legal permitida. Serie A: El rendimiento de los Bonos Subordinados de la serie A estará dado por una tasa fija y ofrecerán un rendimiento en términos efectivos. 11

12 Los Bonos Subordinados de la Serie A ofrecerán un rendimiento máximo equivalente hasta veinte 20 puntos porcentuales (20.00%) efectivo anual. Los intereses estarán determinados por la Entidad Emisora, al momento de efectuar la oferta pública y deberá publicarse en el respectivo aviso de oferta. Serie B: Los Bonos Serie B se colocarán con un rendimiento fijo indexado a la tasa variable DTF durante el plazo del bono, el cual se fijará en el momento de la emisión. El rendimiento máximo corresponderá a una rentabilidad efectiva anual equivalente al DTF % puntos nominales TA de conformidad con la aprobación de la Junta Directiva determinada en el Acta No. 538 de Septiembre 20 de El DTF corresponde a la tasa ponderada de captación de los bancos, compañías de financiamiento comercial, corporaciones de Ahorro y Vivienda, y Corporaciones Financieras, a través de Certificados de depósito a término (CDT) a noventa (90) días y es publicado semanalmente por el Banco de la República. En el caso en que eventualmente el gobierno elimine el DTF, se tomará el indicador que la Junta Directiva de Banco de la República o las autoridades monetarias convengan en su reemplazo como base para el pago de los intereses. Para efectos del cómputo de plazos, se entenderá de conformidad con el artículo 829 del Código de Comercio que Cuando el plazo sea de meses o años, su vencimiento tendrá lugar el mismo día del correspondiente mes o año; si éste no tiene tal fecha, expirará el último día del respectivo mes o año. El plazo que venza en día feriado se trasladará hasta el día hábil siguiente. El día de vencimiento será hábil hasta las 6.00 p.m. Parágrafo 1: Los plazos de días señalados en la ley, se entenderán los convencionales comunes. Para el cálculo de los intereses, se tomará la DTF vigente del día en el cual se inicie el período de causación de los intereses, publicado semanalmente por el Banco de la República; a este valor, se le adicionarán los puntos estipulados en el aviso de oferta del respectivo lote; luego, a esta tasa considerada como nominal anual pagadera trimestre anticipado, se le calculará su equivalente en la modalidad de pago seleccionada por el inversionista al momento de suscribir el bono; y de acuerdo con la Resolución 274 de Marzo 16 de 2004, emitida por Superintendencia de Valores, se utilizara el factor de 6 decimales que determinará la tasa de interés para el periodo a remunerar con base en la convención de 365/365 que regirá esta emisión de bonos. Conforme lo establecido en la Resolución 274 de Marzo de 2004, en caso de que el último pago de intereses corresponda a un día no hábil, Leasing de Occidente S.A. pagará los intereses el día hábil siguiente y reconocerá los intereses hasta ese día. Al valor correspondiente a intereses causados y a pagar se le hará un ajuste en la siguiente forma: cuando hubiere centavos, éstas se aproximarán al valor entero inferior, no habrá lugar a pago de intereses cuando la fecha del vencimiento del pago de los mismos recaiga en un día no hábil, dándose el caso en que LEASING DE OCCIDENTE S.A. reconocerá el valor de los mismos hasta el día original del vencimiento Parágrafo 2: El rendimiento o margen adicional sobre la tasa DTF permanecerá fijo durante toda la vigencia del bono. Serie C: Los Bonos serie C se colocarán con un rendimiento fijo indexado a la tasa Variable IPC, durante el plazo del bono, el cual se fijará en el momento de la emisión. Para la Serie C el rendimiento máximo corresponderá a una rentabilidad efectiva anual equivalente al IPC % puntos efectivos anuales, de conformidad con la aprobación de la Junta Directiva determinada en el Acta No. 538 de Septiembre 20 de

13 Para los bonos indexados al IPC, los rendimientos se calcularán sobre el capital desde el día siguiente al del inicio del respectivo período de causación de intereses y hasta el día pactado para su pago. Conforme lo establecido en la Resolución 274 de Marzo de 2004, en caso de que el último pago de intereses corresponda a un día no hábil, Leasing de Occidente S.A. pagará los intereses el día hábil siguiente y reconocerá los intereses hasta ese día. Los rendimientos serán calculados tomando como referencia el IPC efectivo anual vigente para el día en que se inicie el respectivo período de causación o el IPC efectivo anual vigente para el día en que finalice el respectivo período de causación, certificado por el Departamento Administrativo Nacional de Estadística DANE, según se defina en el primer aviso de colocación del lote correspondiente. La tasa efectiva anual para un bono referenciado en IPC, se obtendrá de adicionar al IPC el margen respectivo a través de la fórmula indicada a continuación: Tasa efectiva anual = ((1 + IPC) * ( 1+ Margen%))-1 Esta tasa se expresará en la modalidad de pago de intereses establecida en el respectivo lote. La tasa así obtenida, se aplicará al monto de capital vigente durante el período de intereses a cancelar. Para los bonos indexados al IPC, los rendimientos se calcularán sobre el capital desde el día siguiente al del inicio del respectivo período de causación de intereses y hasta el día pactado para su pago y de acuerdo con la Resolución 274 de Marzo 16 de 2004, emitida por Superintendencia de Valores, se utilizara el factor de 6 decimales que determinará la tasa de interés para el periodo a remunerar con base en la convención de 365/365 que regirá esta emisión de bonos. En el evento en que no se cuente con el dato del IPC a la fecha de pago, se empleará el último IPC certificado por el DANE. En caso que la inflación utilizada a la fecha de causación sufra alguna modificación, no se realizarán reliquidaciones de intereses. En caso que eventualmente se elimine el IPC, éste será reemplazado, para efectos del cálculo de los intereses, por el indicador que el Gobierno establezca. Serie D: El rendimiento de los Bonos Subordinados de la Serie D, estará dado con base a la variación del valor de la UNIDAD UVR adicionado en unos puntos porcentuales efectivo anual. Los Bonos Subordinados de la Serie D, ofrecerán un rendimiento máximo equivalente a la variación del valor de la UNIDAD UVR adicionada hasta en diez puntos porcentuales (10.00%) efectivo anual. Los intereses estarán determinados por la Entidad Emisora al momento de efectuar la oferta pública y deberá publicarse en el respectivo aviso de oferta. La UNIDAD UVR será con base en el dato oficial suministrado por el DANE en la Fecha de Emisión. La rentabilidad equivalente a la variación de la UNIDAD UVR se calcula con base al dato oficial suministrado por el DANE vigente en la Fecha de Vencimiento, Fecha de Amortización y/o Fecha de Negociación de los Bonos Subordinados. Los intereses se liquidarán sobre el valor nominal del bono, el cual estará expresado en UNIDADES UVR, y se pagarán en pesos, multiplicando el monto de los intereses en UNIDADES UVR por el valor de la unidad del día de la liquidación de los mismos. Por UNIDAD UVR se entiende la unidad de medida que, en razón de la evolución de su valor en moneda legal colombiana con base en la variación del índice de precios al Consumidor IPC, reconoce la variación en el poder adquisitivo de la moneda legal colombiana. 13

14 El valor de la UNIDAD UVR, en moneda legal colombiana, se modifica de acuerdo con la variación mensual del Ìndice de Precios al Consumidor IPC certificada por el DANE, correspondiente al total nacional. La UNIDAD UVR, en moneda legal colombiana, es difundida mensualmente por el Banco de la República, al segundo día bancaria siguiente a la fecha de publicación del índice de precios al consumidor por el DANE. En caso de que la UNIDAD UVR utilizada en la fecha de causación sufra alguna modificación, no se realizará reliquidación de los intereses. En caso de que eventualmente se elimine el UVR, éste será reemplazado, para los efectos de cálculo de los intereses, por el índice que el Gobierno defina como reemplazo de dicho indicador PERIODICIDAD EN EL PAGO DE LOS INTERESES Los rendimientos serán pagados por Año Vencido, Semestre Vencido, y Trimestre Vencido, a elección del suscriptor entre las modalidades que la sociedad emisora establezca al momento de la respectiva oferta y de acuerdo con los parámetros establecidos en el reglamento de la Emisión y la Resolución 274 de Marzo 16 de 2004 de Superintendencia de Valores. Una vez definida será fija durante la vigencia del bono. Conforme lo establecido en la Resolución 274 de Marzo de 2004, en caso de que el último pago de intereses corresponda a un día no hábil, Leasing de Occidente S.A. pagará los intereses el día hábil siguiente y reconocerá los intereses hasta ese día. Tales modalidades serán determinadas por la sociedad emisora e indicadas en el primer aviso de colocación del lote correspondiente reservándose el derecho de ofrecer las modalidades para cada serie. La base que se empleará para la liquidación de los intereses será 365/365 y la misma corresponderá a años de 365 días, de doce (12) meses, con la duración mensual calendario que corresponda a cada uno de éstos, excepto para la duración del mes de febrero, que corresponderá a veintiocho (28) días. Igualmente, el factor para el cálculo y la liquidación de los intereses empleará seis (6) decimales aproximados por el método de redondeo, ya sea que se exprese como una fracción decimal (0,000000) o como una expresión porcentual (0.0000%), y la tasa cupón será la misma para cada uno de los títulos que conforman una serie en una emisión y se expresará con 2 decimales en una notación porcentual; es decir de la forma (0.00%). Los bonos devengarán intereses únicamente hasta la fecha de su vencimiento, cumpliendo con el procedimiento establecido en este prospecto de emisión y colocación de bonos. No habrá lugar a pago de intereses por el retardo en el cobro del capital o de intereses AMORTIZACIÓN DE CAPITAL El capital representado en los bonos será amortizado totalmente a su vencimiento. En el evento que el emisor no realice los pagos de intereses y de capital correspondiente en el momento indicado, los bonos devengarán intereses de mora. El interés de mora será igual al doble del interés pactado para todas las series, sin que exceda el máximo legal permitido vigente a la fecha de causación PRECIO DE SUSCRIPCION: El precio de suscripción será su valor nominal. Cuando la suscripción se realice en fecha posterior a la fecha de emisión, el precio de suscripción estará constituido por su valor nominal adicionado en los intereses causados y calculados sobre el valor nominal de los títulos a la tasa a suscribir, 14

15 calculados sobre el menor de los siguientes dos periodos: (i) La Fecha de Emisión y la Fecha de Suscripción o (ii) La Fecha del último pago de intereses y la Fecha de Suscripción. Bonos Subordinados ofrecidos a la par: PRECIO = Valor nominal * { 1 + Interés acumulado} En caso de descuento: PRECIO = { [ Valor nominal x (1 Descuento) ] * (1 + Interés acumulado)} En caso de prima: PRECIO = { [ Valor nominal x (1 + Prima ] * (1 + Interés acumulado)} Donde los intereses acumulados se calcularán: Interés acumulado = [ (1 + tasa) n/365] 1 Donde: Tasa: es la tasa efectiva anual del título n: días transcurridos desde la Fecha de Emisión cuando se suscribe antes del primer pago de intereses o días transcurridos desde la fecha del último pago de intereses en los demás casos. En el evento en que la Entidad Emisora desee realizar ofrecimientos mediante lotes posteriores a la Fecha de Emisión, la colocación se realizará vía precio; el cual podrá estar dato a la par, con prima o descuento toda vez que la totalidad de los Bonos Subordinados sólo tendrán una misma rentabilidad (Tasa Cupón) FECHA DE SUSCRIPCION Corresponderá al día en que el título es efectivamente colocado y pagado FECHA DE EXPEDICION Se entenderá como fecha de expedición de los bonos, aquella en la cual se celebra la anotación en cuenta FECHA DE EMISION Corresponderá al día hábil siguiente a la fecha en que se publique el primer aviso de oferta, en los diarios de circulación señalados en este Prospecto de Emisión y Colocación de Bonos. En todo caso la fecha de emisión será anterior a la fecha en que se inicie el plazo de colocación. 1.3 CONDICIONES DE LA OFERTA Y DE LA COLOCACION PLAZO DE COLOCACIÓN Será de tres (3) años a partir del día hábil siguiente a la fecha de publicación del primer aviso de oferta y el cual se entiende como el plazo máximo con el que cuenta la sociedad emisora para ofrecer en el Mercado Público de Valores la totalidad o parte de la emisión VIGENCIA DE LA OFERTA 15

16 Se fijará en el respectivo aviso de oferta en donde serán consignadas las condiciones de colocación que se han tenido en consideración dentro del presente Prospecto de Emisión y Colocación. La oferta pública de la presente emisión podrá realizarse en uno o varios lotes. Cada una de las ofertas estará vigente durante el plazo estipulado en el respectivo aviso de oferta DESTINATARIOS DE LA OFERTA Los bonos serán colocados en el mercado primario en forma libre entre el público inversionista en general, para tal efecto y a fin de dar cumplimiento a los lineamientos señalados en la Circular Externa 10 de Agosto 5 de 2005, expedida por la Superintendencia de Valores, los inversionistas interesados en su adquisición, deberán diligenciar y allegar el formulario de vinculación debidamente diligenciado junto con sus anexos a más tardar al momento de la aceptación de la oferta MEDIOS PARA FORMULAR LA OFERTA La publicación de los avisos de Oferta pública de cada lote, se harán en el Diario La República, En este, se definirán las condiciones en que serán ofrecidos los bonos subordinados Leasing de Occidente S.A. C.F.C., expresando la tasa y el monto aplicable a cada una de las series. Las demás ofertas correspondientes a los lotes, serán avisadas utilizando los sistemas de información al público de la Bolsa de valores de Colombia, o de manera directa en las oficinas de Leasing de Occidente S.A. de todo el país REGLAS GENERALES PARA LA COLOCACIÓN Y LA NEGOCIACIÓN La colocación de los Bonos podrá efectuarse a través de las firmas comisionistas debidamente inscritas en Bolsa de Valores de Colombia, o de manera directa en las oficinas de Leasing de Occidente S.A. de todo el país. Las siguientes son las direcciones de las oficinas de Leasing de Occidente S.A. del país. Bogotá Carrera 13 #26-45, piso 12 Fax Cali Carrera 4 # 7-61, Piso 2 Fax Medellín Carrera 43ª 16ª-sur 48 Edificio Andino Fax Barranquilla Carrera 52 # Oficina 501 Fax Bucaramanga Carrera 27 # Local 123 Fax Ibagué Carrera 5 # 30-79, Piso 3 Fax Pereira Calle 19 # 9-50 Oficina 1402 Edificio Diario del Otún Fax Cartagena Avenida San Martín # 6-94, Edificio Boca Grande Banco de Occidente Fax El mecanismo de adjudicación será el de subasta holandesa o demanda en Firme determinado previamente en el aviso de oferta pública, correspondiente a cada lote de la emisión. En este aviso también se informarán las series y subseries ofrecidas y para cada serie y subserie, el valor ofrecido y para cada serie y subserie las tasas máximas correspondientes. Los bonos se adjudicarán de conformidad con la prelación de serie y subserie establecida por el Emisor en el aviso de oferta pública correspondiente, hasta por el monto que en el mismo se haya definido para cada una de ellas. En el evento en que, de ofrecer más de una serie y subserie, el monto asignado a la primera serie y subserie, y así sucesivamente, no fuese adjudicado en su 16

17 totalidad, el remanente podrá ser adicionado al monto asignado a cualquiera de las otras series y subseries, a discreción del Emisor. El valor de la inversión realizada deberá ser pagado íntegramente al momento de la emisión, pudiéndose colocar a valor nominal con una prima o descuento definida por la sociedad emisora y publicada en el aviso de oferta. Con el fin de permitir el control del cumplimiento del mecanismo de colocación y la certificación ante la Superintendencia Financiera de Colombia, de que el proceso de adjudicación se llevó a cabo conforme a lo estipulado en el presente prospecto, se ha designado como revisor y auditor de las cartas de demandas recibidas físicamente o vía fax, como principal al Dr. Alejandro Caicedo, quien es el Contralor General de Leasing de Occidente y como suplente a la Dra. Gemma Torres Analista de Contraloría, quienes verificarán y certificarán las horas de recibo de las cartas y fax de demandas y su proceso de adjudicación. Mecanismo de Subasta El mecanismo de subasta se hará bajo las siguientes condiciones: Los destinatarios de la oferta presentarán sus demandas de compra el día hábil siguiente a la fecha de la publicación del aviso de oferta pública del respectivo lote indicando la(s) series y subserie(s) demandada(s), el monto demandado para cada serie y subserie y la tasa efectiva a la cual desean adquirir los títulos con dos decimales, teniendo en cuenta la tasa máxima y la serie y subserie presentada en el aviso de oferta pública correspondiente. Aquellas demandas cuyo contenido no contemple la(s) serie(s) y subserie(s) y tasa máxima del aviso de oferta pública del respectivo lote, serán consideradas como no aprobadas. Las demandas deben ser presentadas a la Tesorería de Leasing de Occidente S.A. a los números de Fax o direcciones arriba señalados y que además se indicarán en el aviso de oferta pública del lote respectivo, entre las horas que allí se indique. Finalizada la subasta se procederá a realizar una clasificación de todas las demandas para todas las series y subseries ofrecidas, utilizando como criterio la tasa de rentabilidad demandada, de menor a mayor. Una vez realizada la clasificación se procederá a definir la tasa de corte respectiva y a adjudicar el monto ofrecido. Esta tasa de corte será la máxima tasa aprobada por el emisor, la cual no podrá superar la tasa máxima ofrecida aviso de oferta pública del respectivo lote. Las demandas que contengan la tasa igual o inferior a la de corte definida por el Emisor serán aprobadas en su totalidad, siempre y cuando el monto total demandado sea inferior o igual al monto total ofrecido. En caso de que el monto total demandado, cuyas tasas efectivas sean iguales a la tasa de corte, sea mayor al monto ofrecido, habrá lugar a prorrateo para las demandas cuyas tasas efectivas sean iguales a la tasa de corte, las cuales serán aprobadas a prorrata, a la tasa de corte hasta completar el monto total ofrecido. En ningún caso habrá dos tasas de corte diferentes para la misma serie y subserie. Aquellas demandas cuyas tasas efectivas se encuentren por encima de la tasa de corte se entenderán como no aprobadas. Las demandas que hayan sido recibidas después de que la tasa de corte y el monto a adjudicar hayan sido definidas por el Emisor y el monto total demandado sea inferior al monto ofrecido, serán adjudicadas de acuerdo con el orden de llegada a la tasa de corte previamente definida, hasta que el monto total se adjudique en su totalidad o hasta el vencimiento de la oferta. Los bonos se adjudicarán de conformidad con la prelación de las series y subseries establecida por el Emisor en el aviso de oferta pública correspondiente hasta por el monto que en el mismo se haya definido para cada una de ellas. 17

18 Una vez se haya adjudicado el monto ofrecido en el aviso de oferta del respectivo lote, el Emisor podrá determinar un monto adicional a ser adjudicado, sin superar el monto adicional que haya señalado en el correspondiente Aviso de Oferta Pública del respectivo lote. En este caso de acuerdo con la decisión tomada, el Emisor, procederá a clasificar las demandas de conformidad con los criterios señalados en el presente numeral. Para atender la demanda insatisfecha, una vez terminada la clasificación podrá presentarse uno de los siguientes eventos: a. Que el monto sobredemandado a la Tasa de Corte inicialmente definida fuere igual o superior al monto adicional a adjudicar. En este caso se mantendrá la Tasa de Corte ya definida y se procederá a adjudicar de acuerdo con lo establecido en este numeral. b. Si el monto sobredemandado a la Tasa de Corte inicialmente definida resulta ser inferior al monto adicional a adjudicar, existiendo así demandas insatisfechas a tasas superiores a la Tasa de Corte, se procederá a determinar la nueva Tasa de Corte hasta cubrir el monto adicional conforme con lo establecido en el aviso de oferta, quedando sin vigencia la Tasa de Corte inicialmente definida y quedando cobijadas bajo la nueva Tasa de Corte las adjudicaciones previas. En ningún caso para una misma subserie y subserie habrá dos tasas de corte. En este proceso tan solo participarán aquellos inversionistas que habiendo presentado una demanda de conformidad con lo establecido en el aviso de oferta y antes de la hora de cierre de la subasta, no se les hubiere adjudicado el ciento por ciento (100%) de su demanda. Mecanismo Demanda en Firme: El mecanismo de demanda en firme se hará bajo las siguientes condiciones: Los destinatarios de la oferta presentaran sus demandas de compra día hábil siguiente a la fecha de la publicación del primer aviso de oferta pública a la Tesorería de Leasing de Occidente, a los números de fax o direcciones relacionados en el presente reglamento de emisión, indicando la serie y subserie demandada y el monto demandado para cada serie y subserie. Los bonos se adjudicaran de conformidad con las series y subseries establecidas por el emisor en el aviso de oferta pública correspondiente, hasta por el monto que en el mismo se haya definido para cada una de ellas. En el evento en que, de ofrecerse más de una serie y subserie, el monto asignado a la primera serie y subserie, y así sucesivamente no fuese adjudicada en su totalidad, el remanente podrá ser adicionado al monto cualquiera de las otras series y subseries a discreción de Leasing de Occidente. La adjudicación de los títulos a los destinatarios de la oferta se realizará por orden de llegada, por tanto en caso de que la demanda de los títulos supere la oferta no habrá lugar a prorrateo. Una vez se haya adjudicado el monto ofrecido de acuerdo con la prelación de series y subseries establecidas, el Emisor podrá determinar el monto adicional a ser adjudicado sin superar el monto que se haya señalado en el correspondiente aviso de oferta del respectivo lote. En el evento en que el Emisor decida atender la demanda insatisfecha procederá a adjudicar el monto adicional de acuerdo con la prelación de series y subseries establecidas en el aviso de oferta y siguiendo las condiciones descritas en el presente numeral. En este proceso tan solo participarán aquellos inversionistas que habiendo presentado una demanda de conformidad con lo establecido en el aviso de oferta y dentro del horario establecido para recibir ofertas, no se les hubiere adjudicado el ciento por ciento (100%) de su demanda MECANISMO PARA LA PREVENCIÓN Y CONTROL DEL LAVADO DE ACTIVOS EN EL MERCADO PRIMARIO. Se aplicará lo dispuesto en el numeral de la Circular Externa No. 010 de 2005 de la Superintendencia de Valores. La emisión es desmaterializada y el 18

19 control se realizará por parte de Leasing de Occidente S.A. EN EL MERCADO SECUNDARIO. Se aplicará lo dispuesto en el inciso quinto del numeral de la Circular Externa No. 010 de 2005 de la Superintendencia de Valores. La emisión es desmaterializada y el control deberá ser realizado por los Depositantes Directos que se encargarán de informar sobre la enajenación al Administrador de la Emisión. 1.4 ADMINISTRACION DE LA EMISION ADMINISTRADOR DE LA EMISIÓN El Depósito Centralizado de Valores de Colombia DECEVAL S.A realizará la custodia y administración y actuará como agente de pago de la Emisión desmaterializada. Así mismo, ejercerá todas las actividades operativas derivadas del depósito de la emisión, dentro de las cuales se incluyen las siguientes obligaciones y responsabilidades a cargo de DECEVAL: a) Registrar el macrotítulo representativo de la emisión, que comprende el registro contable de la misma, la custodia, administración y control del título global, lo cual incluye el control sobre el saldo circulante de la emisión, monto emitido, colocado, en circulación, cancelado, por colocar y anulado de los títulos. El macrotítulo así registrado respaldará el monto efectivamente colocado en base diaria. Para estos efectos, LEASING DE OCCIDENTE S.A. se compromete a hacer entrega del macrotítulo al Deposito Centralizado de Valores DECEVAL S.A. el día hábil inmediatamente anterior a la fecha de emisión. b) Registrar y anotar en cuenta la información sobre: La colocación individual de los derechos de la emisión Las enajenaciones y transferencias de los derechos anotados en cuenta o subcuentas del depósito. Para el registro de las enajenaciones de derechos en depósito, se seguirá el procedimiento establecido en el reglamento de operaciones de DECEVAL La anulación de los derechos de los títulos de acuerdo con las ordenes que imparta LEASING DE OCCIDENTE S.A., en los términos establecidos en el reglamento de la emisión. Las pignoraciones y gravámenes, para lo cual el titular o titulares de los derechos seguirán el procedimiento establecido en el reglamento de operaciones del Depósito. El saldo en circulación bajo el mecanismo de anotación en cuenta. c) Cobrar a LEASING DE OCCIDENTE S.A. los derechos patrimoniales que estén representados por anotaciones en cuenta a favor de los respectivos beneficiarios cuando éstos sean o estén representados por depositantes directos con servicio de administración de valores. El pago de los derechos patrimoniales para los depositantes directos sin servicio de administración de valores procederá de acuerdo al reglamento de operaciones de DECEVAL. Para tal efecto, DECEVAL presentará dos liquidaciones una previa y la definitiva. La preliquidación de las sumas que deben ser giradas por LEASING DE OCCIDENTE S.A. mediante transferencia electrónica de fondos, se presentará dentro del término de cinco (5) días hábiles anteriores a la fecha en que debe hacerse el giro correspondiente. Esta deberá sustentarse indicando el saldo de la emisión que circula en forma desmaterializada y la periodicidad de pago de intereses que eligió el suscriptor. 19

20 LEASING DE OCCIDENTE S.A. verificará la preliquidación elaborada por DECEVAL y acordará con ésta los ajustes correspondientes, en caso de presentarse discrepancias. Para realizar los ajustes tanto DECEVAL como LEASING DE OCCIDENTE S.A. se remitirán a las características de la Emisión tal como se encuentran establecidas en las Actas de Asamblea General Extraordinaria de accionistas y Junta Directiva que aprueba la emisión, y en el presente prospecto. Posteriormente DECEVAL presentará a LEASING DE OCCIDENTE S.A., dentro de los dos (2) días hábiles anteriores al pago, una liquidación definitiva sobre los valores en depósito administrados a su cargo. LEASING DE OCCIDENTE S.A. solo abonará mediante transferencia electrónica de fondos a la cuenta de DECEVAL los derechos patrimoniales correspondientes cuando se trate de tenedores vinculados a otros depositantes directos o que sean depositantes directos con servicio de administración de valores. Para tal efecto, enviará a DECEVAL una copia de la liquidación definitiva de los abonos realizados a los respectivos beneficiarios, después de descontar los montos correspondientes a la retención en la fuente que proceda para cada uno designada por este, el valor de la liquidación, según las reglas previstas en el reglamento de la emisión para el pago de intereses y capital. Informar a los suscriptores y a los entes de control al día siguiente hábil al vencimiento del pago de los derechos patrimoniales, el incumplimiento del pago de los respectivos derechos, cuando quiera que LEASING DE OCCIDENTE S.A. no provea los recursos, con el fin de que éstos ejerciten las acciones a que haya lugar. DECEVAL no asume ninguna responsabilidad de LEASING DE OCCIDENTE S.A., cuando ésta no provea los recursos para el pago oportuno de los vencimientos, ni por las omisiones o errores en la información que éste o los depositantes directos le suministren, derivados de las ordenes de expedición, emisión, transferencias, gravámenes o embargos de los derechos incorporados. d) Remitir informes mensuales a la LEASING DE OCCIDENTE S.A. dentro de los tres (3) días siguientes al cierre del mismo sobre: Los pagos efectuados a los tenedores legítimos de la emisión. Los saldos de la emisión depositada. Las anulaciones efectuadas durante el mes correspondiente, las cuales afectan el límite circulante de la emisión. e) Actualizar el monto del título global o títulos globales depositados, por encargo de LEASING DE OCCIDENTE S.A. a partir de las operaciones de expedición, cancelación al vencimiento, anulaciones y retiros de valores del Depósito, para lo cual DECEVAL tendrá amplias facultades. El domicilio principal de DECEVAL S.A, es Carrera 10 No Torre B Piso 5 en la ciudad de Bogotá ENAJENACIONES Y TRANSFERENCIAS Las enajenaciones y transferencias de los derechos anotados en cuenta de depósito sólo podrán incorporar unidades completas de valores no inferiores a un millón de pesos ($1 000,000), es decir, diez bonos (10) de valor nominal cien mil pesos ( ) y en múltiplos de un bono OTRAS CARACTERÍSTICAS DEL PROSPECTO DE EMISIÓN Y COLOCACIÓN DE BONOS a) Para todos los efectos se entenderá por FECHA DE EMISIÓN el día hábil siguiente al que se publique el primer aviso de oferta conforme lo establecido en la Resolución 274 de

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