AYUDAS AL EMPRENDEDOR

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1 ANEXO 4 AYUDAS AL EMPRENDEDOR

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3 ANEXO Nº 4 AYUDAS A EMPRENDEDORES Presentamos en este anexo las diversas ayudas y subvenciones existentes a lo largo del año 2006 por los organismos que relacionamos a continuación: Unión Europea. Ministerio de Educación y Ciencia. Instituto de Crédito Oficial ( ICO ) Junta de Castilla y León (Conserjería de Economía y Empleo). Agencia de Inversiones y Servicios de Castilla y León. Ayuntamiento de León ( ILDEFE ). Ayuntamiento de Villaquilambre. Ayuntamiento de San Andrés de Rabanedo. Como indicábamos en el desarrollo del Plan de Financiación, dentro del Anexo 3, El Plan de Empresa, para financiar las inversiones necesarias, los emprendedores deben contar, en primer lugar, con su propio capital, que por lo general se invertirá en la adquisición de los activos permanentes. Aquí es donde entrarían las subvenciones, que no son un crédito, y que por tanto se añade al propio capital, como parte de ese capital, que servirá para adquirir los activos permanentes. 277

4 Para la parte del capital que no cubran los recursos propios decíamos que será preciso recurrir a la financiación ajena, con la que se completarán las inversiones en activos fijos y se financiarán las inversiones correspondientes al activo circulante. Denominábamos a los primeros créditos de funcionamiento. Son recursos a corto plazo que surgen de manera normal a través de la actividad de la empresa, que en unos casos se deberá a la entrada de fondos y en otros a un aplazamiento de pagos. Los segundos, los denominábamos créditos de financiamiento, son recursos a medio y largo plazo que se obtienen a través de operaciones de crédito con entidades financieras. Las subvenciones consisten en determinadas cantidades de dinero concedido por las administraciones públicas, fondos de cohesión europeos u otros organismos, para la ayuda al desarrollo o inicio de una actividad empresarial. Las subvenciones, por lo general, las necesitamos al principio, las necesitamos para poner en marcha el negocio. Sin embargo el sistema de tramitación y de concesión de la ayuda es tan dilatado en el tiempo, sin contar el tiempo previo para cumplimentar los requisitos al proyecto, determinantes de su concesión, exigido por el organismo que concede la subvención, que ésta resulta ineficaz en un comienzo, es decir, no se puede contar con ella de manera inmediata. Únicamente resultaría eficaz si las entidades financieras pudiesen adelantar la cantidad sirviendo como aval la garantía de la Administración pública que la concede, o aplicando un interés reducido o nulo que sería una ayuda inmediata. Otra posibilidad sería que estas ayudas fueran, en un primer momento a evitar desembolsos obligados por parte del emprendedor, tales como determinados impuestos u otras obligaciones, de tal manera que, con cargo a estas ayudas solicitadas pudiera hacerse frente a estas vicisitudes. Debe considerarse la subvención, por tanto, como un elemento de apoyo a la financiación del negocio, aunque la cantidad sea importante, y del que no se va a poder disponer a corto plazo. Ello implica, como decíamos en el Anexo 3, que los deberes hay que hacerlos bien, con o sin subvención. 278

5 Ministerio de Educación y Ciencia Programa Torres Quevedo para la contratación de personal de I+D ( doctores y tecnólogos) en empresas, centros tecnológicos y asociaciones empresariales. Convocatoria Organismo Promotor Ministerio de Educación Tfn.: Mail: infociencia@mec.es Objeto Concesión en régimen de publicidad, objetividad y concurrencia co petitiva, de un máximo de 900 ayudas a empresas, centros tecnológicos y asociaciones empresariales para la contratación de personal de i+d (doctores y tecnólogos) que desarrollen proyectos concretos de investigación industrial, de desarrollo tecnológico o estudios de viabilidad técnica previos. Ámbito Nacional Presupuesto convocatoria Tipo de ayuda Ayuda / subvención Beneficiarios Empresas, centros tecnológicos, asociaciones empresariales. Requisitos A efectos de esta convocatoria se entenderá por doctor a la persona que haya obtenido este grado universitario por la universidad correspondiente; y tecnólogo a aquellos titulados universitarios de grado superior con 1 año de experiencia demostrable en I+d en áreas relevantes para las actividades que desarrolle o pretenda desarrollar la entidad solicitante. Los doctores o tecnólogos que se contraten con cargo a este programa deberán participar en la realización de proyectos concretos de investigación industrial, de desarrollo tecnológico o en estudios de viabilidad técnica previos. En el caso de empresas que no cumplan la definición de pyme del apartado tercero de la orden de bases, las ayudas deberán aplicarse para llevar a cabo actividades de I+d adicionales respecto de las que venga realizando la empresa. 279

6 Cuantía: Subvención a fondo perdido, con unas intensidades brutas máxima de ayudas entre el 25 y el 75% dependiendo del tipo de proyecto y beneficiario. El gasto subvencionable será únicamente el coste de contratación de los doctores y tecnólogos, entendiendo por tal coste la suma de la retribución bruta más la cuota empresarial de la seguridad social. Plazo de presentación de solicitudes Apertura del plazo de presentación: 23 de octubre de Fecha límite de presentación: 31 de enero de

7 Unión Europea Plan de ayuda inicial del MET, el mecanismo de garantía Pyme y la acción de financiación de siembra para las Pymes Organismo tramitador: Fondo Europeo de Inversiones 43, avenue J.F. Kennedy L-2968 Luxemburgo Sector CREACION DE EMPRESA (autoempleo y sociedades). Objetivos El plan de ayuda inicial del Met permitirá apoyar la creación y financiación de las Pymes que estén comenzando, en las mismas condiciones que los inversores privados, adquiriendo participaciones en fondos de capital riesgo especializados y adaptados a los objetivos pretendidos, en particular, capital inicial, fondos de escasa entidad, fondos con un radio de acción regional o destinados a sectores o tecnologías específicas o fondos de capital riesgo que financien la explotación de los resultados de la investigación y el desarrollo. El mecanismo de garantía Pyme proporcionará contragarantías junto con los sistemas de garantía vigentes, así como garantías directas en el caso de cualquier otro intermediario financiero apropiado. La acción de financiación de siembra se dirige a estimular la oferta de capital para crear empresas nuevas, innovadoras, con potencial de crecimiento yu creación de empleo, también en la economía tradicional, mediante el apoyo de fondos de capital de siembra, los viveros de empresa u organismos similares.. Beneficiarios Intermediarios financieros de las Pyme. 281

8 Líneas ICO de Apoyo a la Empresa: Crecimiento empresarial Promovido por ICO ( Instituto de Crédito Oficial) Ayudas para apoyar a las empresas que quieran poner en marcha proyectos de inversión más ambiciosos, con una financiación a medida Organismo promotor ICO (Instituto de Crédito Oficial) Paseo del Prado, Madrid Tfn ico@ico.es Ámbito Nacional Presupuesto convocatoria Tipo de ayuda Ayuda / Subvencion. Colectivo destinatario Empresas Requisitos necesarios Empresas de 50 trabajadores o más, con un volumen de negocio no superior a 50 millones de euros y/o un balance general anual no superior a 43 millones de euros. Las empresas no podrán estar participadas en un 25% o más por empresa o conjunto de empresas que no cumplan los requisitos exigidos. Plazo de presentación de solicitudes Apertura del plazo de presentación: 1 de enero de Fecha límite de presentación: 31 de diciembre de Cuantía: Anticipos reembolsables y préstamos: Hasta 70% ó Información adicional 282

9 Línea ICO emprendedores Promovido por ICO (Instituto de Crédito Oficial) Ayudas financieras para empresas de nueva creación de más de 50 trabajadores. Organismo Tramitador Oficinas de los principales Bancos, Cajas de Ahorros y Cajas Rurales establecidos en España. Sector INDUSTRIA (financiación) Objeto Financiar en condiciones preferentes la creación de nuevas empresas o nuevas actividades profesionales. Beneficiarios Empresas de nueva creación de hasta 50 trabajadores.. Requisitos - Haber sido constituida a partir del 1 de julio e No haber más de 49 trabajadores a 31 de diciembre de 2005, una facturación no superior a 50 millones de euros y/ó balance no superior a 43 millones de euros - No pertenecer a un grupo empresarial ó económico. - Cuantía Esta línea destina 50 millones de euros a la puesta en marcha de nuevas empresas. El importe máximo financiable será el 90% del proyecto de inversión neto. Compatibilidad Esta línea es compatible con la Línea ICO PYME 2006, no puediendo solicitar financiación de ambas líneas para la misma inversión. Esta línea está sometida a la condición de mínimos de la Unión Europea y es compatible con las ayudas recibidas de las Comunidades Autónomas u otras instituciones, debiendo respetar los límites máximos establecidos por la Unión Europea. Actividades subvencionables Inversiones en activos fijos nuevos. 283

10 Líneas ICO de Apoyo a la Empresa: Crecimiento empresarial Promovido por ICO ( Instituto de Crédito Oficial) Ayudas para apoyar a las empresas españolas mediante la financiación de las inversiones que lleven a cabo para impulsar su presencia en el exterior Organismo promotor ICO (Instituto de Crédito Oficial) Paseo del Prado, Madrid Tfn ico@ico.es Ámbito Nacional Presupuesto convocatoria Tipo de ayuda Ayuda / Subvencion. Colectivo destinatario Tramo i: pymes, Tramo ii: empresas sin limitación de pyme Requisitos necesarios Empresas españolas bajo la denominación jurídica de sociedad mercantil o sociedad cooperativa, incluyendo tanto las domiciliadas en España, como aquellas que, estando domiciliadas en el extranjero, cuenten con mayoría de capital español Plazo de presentación de solicitudes Apertura del plazo de presentación: 1 de enero de Fecha límite de presentación: 31 de diciembre de Cuantía: Anticipos reembolsables y préstamos: hasta 80%. el importe máximo de financiación por beneficiario será de hasta 1,5 millones de euros, por beneficiario y año para empresas del tramo i y de hasta 6 millones de euros para empresas del tramo ii. Información adicional 284

11 Línea ICO de microcréditos Promovido por ICO (Instituto de Crédito Oficial) Ayudas financieras para la puesta en marcha de pequeños negocios y al fomento del autoempleo de personas con dificultades de acceso a los canales habituales de financiación. Organismo Tramitador Entidades de crédito colaboradoras. Dirección y teléfonos de las mismas en la página web de ICO. Sector INDUSTRIA (financiación) Beneficiarios Son beneficiarios de esta línea, aquellas personas físicas que por carecer de garantías e historial crediticio tengan dificultades de acceso a la financiación por los canales habituales del sistema financiero. Requisitos - Mayores de 45 años - Hogares monoparentales - Inmigrantes - Mujeres - Discapacitados - Parados de larga duración Podrán también acceder a esta Línea de Financiación otros beneficiarios no encuadrados en la relación anterior, siempre que cuente con un proyecto de inversión viable, no dispongan de garantías que avalen la operación y sigan el procedimiento de tramitación establecido. Asimismo, se podrá contemplar la financiación de aquellos proyectos de inversión cuya operación sea formalizada por una persona física para la aportación de fondos a una microempresa, siempre que el capital suscrito represente al menos el 20% del total y sea trabajador de la misma.. Cuantía Se financia hasta el 95% de la inversión a realizar, con un límite de euros. Tipo de interés fijo 5,5% TAE Compatibilidad No se establece. Actividades subvencionables Son financiables las inversiones en activos nuevos productivos. 285

12 Línea ICO PYME Promovido por ICO (Instituto de Crédito Oficial) Ayudas financieras a microempresas y pymes Organismo Tramitador Oficinas de los principales Bancos, Cajas de Ahorros y Cajas Rurales establecidos en España. Sector INDUSTRIA (financiación) Beneficiarios Presonas físicas o jurídicas, que estén dadas de alta en Impuesto de Actividades Económicas. Requisitos 1.- Microempresas - De 1 a 9 empleados - Volumen de negocio anual y/o cifra de balance general no superior a 2 millones de euros - No estar participada en un 25% o más por empresa o conjunto de empresas que no cumplan los criterios antes citados. 2.- Pyme - De 10 a 249 empleados - Volumen de negocio anual no superior a 50 millones de euros y/o cifra de balance general no superior a 43 millones de euros. - No estar participada en un 25% o más por empresa o conjunto de empresas que no cumplan los criterios antes citados. Cuantía El importe máximo financiable será del 80% del proyecto de inversión neto para las microempresas y hasta el 70% pera el resto de las Pyme. En ambos casos, se excluye el IVA o cualquier otro impuesto de la financiación a obtener. El importe del préstamo máximo será de 1,5 millones de euros por beneficiario y año, ya sea en una operación o en varias. Compatibilidad Esta línea está sometida a la condición de mínimis de la Unión Europea y es compatible con las ayudas recibidas de las Comunidades Autónomas u otras instituciones, debiendo respetar los límites máximos establecidos por la Unión Europea. Actividades subvencionables Son financiables las inversiones en activos nuevos. 286

13 Financiación CDTI a la I+D+I Proyectos Desarrollo Tecnológico Promovido por ICO ( Instituto de Crédito Oficial) Los Proyectos de Desarrollo Tecnológico tienen un carácter aplicado y son desarrollados por empresas (en colaboración con centros tecnológicos o sin ella). Implican la creación o mejora de un proceso productivo, producto o servicio Organismo promotor ICO (Instituto de Crédito Oficial) Paseo del Prado, Madrid Tfn ico@ico.es Ámbito Nacional Tipo de ayuda Ayuda / Subvencion. Colectivo destinatario Sociedades mercantiles Requisitos necesarios Capacidad técnica para desarrollar un proyecto de investigación, desarrollo o innovación tecnológica y capacidad financiera para cubrir con recursos propios un mínimo del 30% del presupuesto total del proyecto.. Cuantía: Anticipo reembolsable o préstamos de hasta un 60% del presupuesto total. Información adicional 287

14 Junta de Castilla y León Promovido por la Consejería de Economía y Empleo Prestaciones de desempleo en su modalidad de pago único Organismo Tramitador Oficina Territorial de Trabajo de cada provincia. Sector CREACIÓN DE EMPRESA ( Economía Social ) Beneficiarios Podrán ser beneficiarios de esta ayuda los trabajadores que tengan reconocida la prestación por desempleo en su modalidad de pago único total que desarrollen su actividad en la Comunidad de Castilla y León. Cuantía 1.- El 50% de la cuota al régimen correspondiente de la Seguridad social como trabajador autónomo, calculada sobre la base mínima de cotización o de la que corresponde, si es inferior. 2.- Del 100% de la aportación del trabajador en las cotizaciones al correspondiente régimen de la Seguridad social por cuenta ajena. Actuaciones subvencionables Cuotas satisfechas por el beneficiario al régimen de la Seguridad Social correspondiente, durante el tiempo en que se hubiera percibido en su modalidad de pago único de la prestación por desempleo. Compatibilidad El importe de las subvenciones previstas en esta Orden será compatible con otras ayudas o subvenciones de las Administraciones Públicas o de otros entes públicos o privados, nacionales o internacionales, para la misma finalidad siempre que no se supere el coste de la cotización a la Seguridad Social satisfecho por el interesado. 288

15 Junta de Castilla y León Promovido por la Consejería de Economía y Empleo Ayudas para la promoción de empleo y la competitividad en Cooperativas y Sociedades Laborales Organismo Tramitador Dirección General de Economía Social Pío del Río Hortega, 8 1ª Valladolid. Sector EMPLEO ( Contratación ) Beneficiarios a) Cooperativas y sociedades laborales para la actuación de incorporación de socios trabajadores o socios de trabajo. b) Cooperativas con socios trabajadores o de trabajo y las sociedades laborales, para las actuaciones de realización de inversiones. c) Cooperativas de trabajo asociado y las sociedades laborales para las actuaciones de asistencia técnica. d) Organizaciones representativas de la economía social, las universidades así como las entidades sin ánimo de lucro para las actuaciones relacionadas con la formación, fomento y difusión de la economía social vinculadas directamente al fomento del empleo e) Entidades asociativas de cooperativas y de sociedades laborales para las actuaciones de asistencia técnica que presten a un conjunto determinado de dichas sociedades. Inversiones subvencionables Programa I.- Incorporación de socios trabajadores o socios de trabajo a cooperativas y sociedades laborales. Programa II.- Realización de inversiones que contribuyan a la creación, consolidación o mejora de la competitividad de cooperativas y sociedades laborales. Programa III.- Prestación de asistencia técnica Programa IV.- Realización de actividades de formación, difusión y fomento de la economía social vinculadas directamente al fomento del empleo 289

16 Cuantía 1.-Programa I.- a) euros por persona que se incorpore a jornada completa como socio trabajador o de trabajo en una cooperativa o sociedad laboral y 7000 euros si es mujer. b) euros cuando sea mujer desempleada incorporada como socia trabajadora o de trabajo a jornada completa en los 24 meses siguientes a la fecha del parto, adopción o acogimiento. c) euros en caso de minusválidos y euros en el de desempleados en situación de exclusión social, siempre que la incorporación sea a jornada completa 2.- Programa II.- a) En las subvenciones directas por inversiones, no se podrá rebasar el 50% del coste de adquisición de los activos, excluidos impuestos. b) Bonificación de tres puntos del tipo de internes fijado por la entidad de crédito, de los préstamos destinados para financiar inversiones 3.- Programa III.- El importe de la subvención por asistencia técnica será del 50% del coste de actuación sin superar los euros o del 75% sin superar el límite máximo de euros, para el supuesto de que la subvención sea concedida a una entidad asociativa de cooperativas o de sociedades laborales que actúe como organismo intermedio. 4.- Programa IV.- El importe de la subvención podrá alcanzar el 100% del coste de la actividad con un máximo de euros por actividad. Plazo de presentación de solicitudes - Programa I: A partir del 9 de marzo de 2006 y hasta el 2 de mayo de 2006 inclusive - Programa II y III: a partir del 9 de marzo de 2006 y hasta el 31 de diciembre de Programa IV: a partir del 9 de marzo de 2006 y hasta el 31 de marzo de 2006 inclusive. Compatibilidad Las subvenciones por incorporación de socios trabajadores o socios de trabajo serán incompatibles on otras ayudas o subvenciones que puedan concederse con igual finalidad. Quedan exceptuadas de esta incompatibilidad las bonificaciones de cuotas a la Seguridad social por incorporación de desempleados como socios trabajadores o de trabajo en cooperativas o sociedades laborales. Las subvenciones para la financiación de proyectos de inversión serán incompatibles con cualquier otro tipo de ayudas para igual finalidad. 290

17 Junta de Castilla y León Promovido por la Consejería de Economía y Empleo Plan Regional de Empleo para personas con discapacidad. Promoción del empleo autónomo para trabajadores discapacitados. Organismo Tramitador Oficina Territorial de Trabajo de cada provincia. Beneficiarios Personas con discapacidad desempleados que figuren inscritos en el Servicio Público de empleo correspondiente. Cuantía 1La subvención es de euros para inversión en capital fijo. Actuaciones subvencionables Tendrán la consideración de inversiones en capital fijo, entre otros: - Compra de local, excluida vivienda habitual. - Acondicionamiento de local. - Coste del traspaso del negocio - Vehículo (siempre que sea necesario para el desarrollo de la actividad) - Mobiliario - Maquinaria y herramienta - Equipo informático - Equipo de oficinas ( fax, fotocopiadora, etc.) Se excluye la adquisición mediante arrendamiento financiero. Serán subvencionables las inversiones que se hubieran realizado desde el 1 de julio de 2005 hasta el 30 de septiembre de Las inversiones serán subvencionables siempre que se hubieran realizado con posterioridad al alta en la Seguridad Social, mutualidad o colegio profesional que corresponda, o dentro de los seis meses anteriores a dicha alta. Plazo 30 de septiembre de Compatibilidad El importe de las subvenciones no podrán superar, aisladamente o en concurrencia con otras subvenciones, el coste total de la actividad a desarrollar por el beneficiario. 291

18 Junta de Castilla y León Promovido por la Consejería de Economía y Empleo Subvenciones para fomentar el autoempleo en Castilla y León Organismo Tramitador Gerencias Provinciales del Servicio Público de Empleo Beneficiarios a) Subvención financiera: las personas que se establezcan como trabajadores por cuenta propia siempre que figuraran inscritas como desempleadas en el momento inmediatamente anterior al alta en la Seguridad Social, Mutualidad o Colegio Profesional que corresponda. b) Renta de Subsistencia: Personas que hubieran obtenido la subvención financiera y en el momento inmediatamente anterior al alta en la Seguridad Social, Mutualidad o Colegio Profesional correspondiente pertenecieran a alguno de los siguientes colectivos - Trabajadores menores de 25 años inscritos como desempleados - Trabajadores de 25 o más años que lleven al menos, 12 meses ininterrumpidos inscritos como desempleados en el Servicio Público de Empleo c) Asistencia Técnica: Personas inscritas como desempleadas que vayan a iniciar una actividad por cuenta propia. Cuantía a) Subvención financiera: bonificación de 3 puntos del tipo de interés fijado, y será pagadera de una sola vez, con el límite máximo de euros. b) Renta de Subsistencia: con carácter general la cuantía de la subvención será de euros y en ningún caso podrá destinarse a la amortización parcial o total del principal del préstamo solicitado, ni formar parte del Plan de Inversiones c) Asistencia técnica: se subvencionará el coste totalmente cuando se promovida de oficio por la Gerencia Provincial del Servicio Público de Empleo. En caso contrario, se subvencionará hasta un máximo del 50% del coste. Plazo 31 de octubre Compatibilidad Serán incompatibles con otras subvenciones públicas para la misma finalidad. No obstante, la subvención financiera será compatible con otras subvenciones para la misma finalidad con el límite de la inversión. 292

19 Agencia de Inversiones y Servicios de Castilla y León (antigua ADE): Apoyo a la creación y consolidación de estructuras permanentes de I + D Ámbito Regional Tipo de ayuda Ayuda / Subvencion. Colectivo destinatario Empresa, Centros tecnológicos y otras asociaciones empresariales y entidades sin fin de lucro. Objeto Apoyar a las empresas y otras entidades sin ánimo de lucro facilitando la contratación de personal de I+D y la creación de estructuras permanentes de I+D, mediante la cofinanciación y continuación de las ayudas del Programa Torres Quevedo para la contratación de personal de I+D (doctores y tecnólogos) en empresas, centros tecnológicos y asociaciones empresariales. Requisitos necesarios Haber sido beneficiarios del programa Torres Quevedo en cualquiera de sus convocatorias. Desarrollar su actividad en Castilla y León. Plazo de presentación de solicitudes Apertura del plazo de presentación: 14 de febrero de Fecha límite de presentación 30 de noviembre de 2006 Cuantía: Complemento, hasta obtener las intensidades máximas de ayuda permitidas por el tipo de beneficiario y la topología del proyecto: entre el 35 y 75%. Información adicional 293

20 Agencia de Inversiones y Servicios de Castilla y León Promovido por la Gerencia Provincial de la Agencia de Inversiones y Servicios de CyL Sector Industria Línea 4B. Apoyo a la Creación y/o consolidación de estructuras permanentes de I+D Objeto El objeto de la Línea es apoyar a las empresas y otras entidades sin ánimo de lucro facilitando la contratación de personal de I+D y la creación de estructuras permanentes de I+D, mediante la cofinanciación y continuación de las ayudas del Programa Torres Quevedo para la contratación de personal de I+D (doctores y tecnólogos) en empresas, centros tecnológicos y asociaciones empresariales, en el marco del Programa Nacional de Potenciación de Recursos Humanos del Plan Nacional de Investigación Científica, Desarrollo e Innovación Tecnológica (I+D+I) , y de acuerdo a la vigente Estrategia Regional de Castilla y León I+D+I Beneficiarios Podrán ser beneficiarias aquellas entidades que lo hayan sido a través del Programa Torres Quevedo en cualquiera de sus convocatorias, y que además puedan encuadrarse en algunos de los siguientes apartados: 1.- Empresas que desarrollen su actividad y cuenten con un centro de trabajo operativo en Castilla y León. 2.- Centros Tecnológicos pertenecientes a la Red de Centros Tecnológicos Asociados de Castilla León. 3.- Otras Asociaciones empresariales y entidades sin fines de lucro con sede social en Castilla y León. Inversiones El gasto de personal, entendido como tal el salario bruto del investigador más la seguridad social a cargo de la entidad. Cuantía 1.- Un complemento consistente en una ayuda para una anualidad, según la anualidad en la que se encuentre el investigador (doctor y/o tecnólogo). 2.- Las intensidades brutas máximas totales de las ayudas (resultado de la suma de la ayuda concedida en el marco del Programa Torres Quevedo, y la de la Agencia de Inversiones y Servicios): ver amplio resumen. Compatibilidad Estas ayudas serán incompatibles con cualesquiera otras ayudas públicas para la misma finalidad, a excepción de las derivadas del Programa Torres Quevedo, al que complementa. 294

21 Agencia de Inversiones y Servicios de Castilla y León Promovido por la Gerencia Provincial de la Agencia de Inversiones y Servicios de CyL Línea 4 A. Apoyo a las Pymes para la obtención de incentivos fiscales por la realización de actividades de Investigación y Desarrollo (I+D) e Innovación Tecnológica (IT) Objeto El objeto de la línea es facilitar a las pequeñas y medianas empresas de Castilla y León el acceso a las deducciones fiscales, previstas en la legislación vigente, por la realización de actividades investigación y desarrollo (I+D, en adelante) e innovación tecnológica (IT, en adelante), mediante la concesión de ayudas con el fin de acercar a la PYME los tres mecanismos instrumentados por la Administración Tributaria: - Informes motivados acerca del contenido en I+D e IT de las actividades, y los gastos e inversiones asociados a las mismas. - Consultas vinculantes acerca de la naturaleza de I+D e IT de los proyectos. - Acuerdos previos de valoración de los gastos imputables a actividades de I+D e IT. Beneficiarios Podrán ser beneficiarios las PYMEs que desarrollen su actividad en Castilla y Que León. Se entiende por pequeña y mediana empresa (PYME) a aquella empresa: Que tenga, un volumen de negocios anual que no emplee a menos de 250 personas. exceda de 50 millones de euros, o cuyo balance general anual no exceda de 43 millones de euros y además deberá cumplir el criterio de independencia. Inversiones Los gastos externos de consultoría necesarios para preparar la solicitud. Cuantía El incentivo consistirá en una subvención a fondo perdido, con una intensidad bruta máxima de ayuda del 50% del gasto subvencionable aprobado, y con un límite máximo de euros de subvención por cada uno de los conceptos subvencionables mencionados anteriormente. Compatibilidad Estas ayudas serán incompatibles con cualesquiera otras ayudas públicas de la misma naturaleza. 295

22 Organismos Tramitadores de las Ayudas otorgadas por la Agencia de Inversiones y Servicios de Castilla y León Gerencia Provincial de la Agencia de Desarrollo Económico de León Gran Vía de San Marcos, nº LEÓN Tfno Fax: Servicios Centrales de la Agencia de Inversiones y Servicios de la Junta de Castilla y León en Valladolid Duque de la Victoria, nº VALLADOLID Tfno: Fax: Info.ade@jcyl.es 296

23 Línea de subvenciones ILDEFE Equal Imagina Promovido por ILDEFE ( Instituto Leones de Desarrollo Económico, Formación y Empleo) Subvenciones para personas desempleadas e inscritas como demandantes de empleo que cree una actividad empresarial o profesional por cuenta propia dentro del municipio de León y del área de influencia del proyecto EQUAL Organismo tramitador: Registro de Ildefe Avda. de la Magdalena, León Beneficiarios Podrán ser beneficiarios de esta línea de ayudas aquellas personas inscritas como demandantes de empleo en el momento previo al inicio de la actividad, que creen una actividad empresarial o profesional por cuenta propia dentro del Municipio de León y del área de influencia del proyecto EQUAL.... Requisitos Iniciar la actividad empresarial entre el 1 denero de 2006 y el 5 de febrero de 2007 Se dispondrá de un plazo máximo de cuatro meses, desde la solicitud de la subvención, para iniciar la actividad. Defensa de la viabilidad del proyecto empresarial por parte del promotor. Que el domicilio social y el centro principal de producción o servicio se ubique dentro del municipio de León y el área de influencia del proyecto Equal-Imagina Disponer de un taller o local de negocio abierto al público, independiente de la vivienda. Que el promotor o promotores trabajen efectivamente en el negocio o empresa creado Que no sean proyectos resultado de modificaciones jurídicas, ni estén participadas en su capital por otras empresas ni supongan la ampliación de una actividad inicialmente ejercida por parte de alguno de los promotores. Presentar la documentación con al menos 15 días de anterioridad al inicio de la actividad. 297

24 Actividad Subvencionable La creación de empresas No serán subvencionables: - Aquellos proyectos que promuevan actividades económicas como bares, cafeterías y similares; centros de estética, masajistas y terapias naturales; locales de juegos de azar, abogados, procuradores y despachos jurídicos; inmobiliarias, representantes comerciales, agencias de viajes; asesorías, gestorías y administradores de fincas y otras actividades que se consideren saturadas en el municipio de León. - Los proyectos que promuevan actividades económicas que, no se consideren viables. - Los proyectos puestos en marcha por promotores que durante los seis meses anteriores a la solicitud hubieran realizado por cuenta propia actividades similares o relacionadas Cuantía: Incentivo social de inicio de la actividad con una ayuda de 580,00 al mes por proyecto, durante los seis primero meses de actividad de la empresa, o en el caso de que la fecha de concesión de la ayuda fuera posterior al inicio de la actividad, desde la fecha de comunicación de concesión de la ayuda. Inicio de la actividad: Compatibilidad No serán compatibles con la Línea 1 y 6 de la Agencia de Desarrollo Económico de Castilla y León, con las ayudad a la inversión que conceda la Consejería de Agricultura y Ganadería y las de Incentivos Regionales del Ministerio de Economía. 298

25 Línea de subvenciones ILDEFE Equal Imagina Promovido por ILDEFE ( Instituto Leones de Desarrollo Económico, Formación y Empleo) Microcréditos de la Caixa Organismo tramitador: Registro de Ildefe Avda. de la Magdalena, León Objetios En virtud del convenio entre Ildefe y La Caixa, Ildefe se compromete a prestar asesoramiento y asistencia técnica a los emprendedores que soliciten pequeños préstamos también denominados microcréditos- a La Caixa. La Caixa, por su parte, establece ventajosas condiciones económicas para aquellos proyectos empresariales que tengan el aval técnico de Ildefe. Cuantía. Préstamos, por un importe máximo de , a un tipo de interés del 5,5% a 4 años, sin comisiones, con la garantía personal del solicitante, sin avales. Otros datos Ildefe analizará la viabilidad del proyecto y el compromiso personal del emprendedor que debe aportar no menos del 5% de la inversión) y realizará un seguimiento completo: solicitud, constitución formal de la empresa, pago del microcrédito... Más información en el Tfn y a través de promocioneconomica@ildefe.es 299

26 Ayuntamiento de San Andrés del Rabanedo Subvenciones del Ayuntamiento de San Andrés del Rabanedo de fomento del autoempleo Organismo Tramitador Centro Municipal de formación y Promoción de Empleo (CEMFE) Avda. Párroco Pablo Díez, San Andrés del Rabanedo (León) Ayuntamiento de San Andrés del Rabanedo Avda. Picones, s/n San Andrés del Rabanedo Sector CREACIÓN DE EMPRESA ( Autoempleo y Sociedades) Beneficiarios Desempleados que vayan a constituir su propia empresa, cualquiera que sea su forma jurídica, en el municipio de San Andrés del Rabanedo Cuantía La subvención será una ayuda para gastos iniciales de funcionamiento por importe de euros por proyecto o euros, siempre que la actividad empresarial o profesional sea promovida por mujeres con cargas familiares. Requisitos 1.- Haber constituido la empresa a partir del 16 de septiembre de 2005 y hasta la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes. 2.- El domicilio fiscal y social de las empresas, así como la ubicación efectiva del centro de trabajo, deberá estar en el municipio de San Andrés del Rabanedo. 3.- Mantener la actividad durante un plazo de 1 año, a partir de la fecha de alta en Seguridad Social, o en la mutualidad correspondiente. 4.- No haber desempeñado por cuenta propia la misma o actividad similar, en los 6 meses anteriores al alta en el I.A.E. 5.- someterse a las actuaciones de comprobación y control que pueda efectuar el Excmo. Ayuntamiento de San Andrés del Rabanedo. 6.- Deberá tratarse de proyectos que no sean resultado de modificaciones jurídicas operadas en empresas preexistentes, ni estén participadas en su capital por otras empresas. Compatibilidad La concesión de estas subvenciones será incompatible con cualquier otra de iguales características otorgada para la misma finalidad. 300

27 Ayuntamiento de Villaquilambre Subvenciones para el fomento de la actividad empresarial en Villaquilambre Organismo Tramitador Ayuntamiento de Villaquilambre Oficina del Equal Aminci C/ Caminón, s/n Villaquilambre (León) Sector CREACIÓN DE EMPRESA ( Autoempleo y Sociedades) Objeto 1.- El fomento de la creación de nuevas empresas mediante subvenciones a fondo perdido para la creación de nuevas empresas. 2.- El fomento de la contratación laboral. Beneficiarios. 1.-Las personas físicas y jurídicas que, en cada caso, y para cada una de sus líneas de ayuda, reúnan los requisitos exigidos por ella, y cuyo domicilio social y fiscal y centro de trabajo estén ubicados en el término municipal de Villaquilambre. 2.-Los beneficiarios del programa EQUAL AMINCI, entendiéndose por tales aquellas personas que participen activamente y con aprovechamiento en acciones integrantes de un programa de este tipo. Requisitos - Que el coste de la inversión a realizar sea superior a euros - Ser empresa de nueva creación, considerándose como tal las que hayan iniciado la actividad( fecha de alta en el I.A.E.) el 1 de julio de 2005, hasta el 31 de diciembre de La contratación para el fomento de la contratación laboral se realizará por un período mínimo de 6 meses. - Que la persona contratada estuviera en el programa de formaciónempleo o hubiera terminado su participación con aprovechamiento en el correspondiente programa, dentro del año inmediatamente anterior a la fecha de la solicitud. - Se subvencionará como máximo un número de cinco puesto de trabajo por empresa - Quedan excluidas las empresas de trabajo temporal 301

28 Cuantía La presente línea de ayudas cuenta con una partida de ,00 euros. La concesión de la ayuda queda supeditada a la disponibilidad de fondos. Para la creación de nuevas empresas y en función de la inversión del proyecto y de los puestos de trabajo a crear se realizará un baremo dotándose según este, subvenciones que pueden ir desde hasta 3000 euros. En cuanto al fomento de la contratación laboral. La cuantía de la subvención será de: euros por cada contratación indefinida euros por cada contrato de duración mínima de seis meses. Compatibilidad No se establece. 302

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