LA ASAMBLEA NACIONAL DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
|
|
- Juan Manuel Ortega Olivera
- hace 6 años
- Vistas:
Transcripción
1 LA ASAMBLEA NACIONAL DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA ACUERDO EN RECHAZO A LA EJECUCIÓN DEL DENOMINADO PLAN ZAMORA Y A LA PRÁCTICA INCONSTITUCIONAL DE INSTALACIÓN DE TRIBUNALES MILITARES QUE USURPAN LA JURISDICCIÓN ORDINARIA, VIOLANDO LOS DERECHOS HUMANOS. Que en abril de este año 2017, en respuesta a las manifestaciones pacíficas de protesta de la población, el Presidente de la República Nicolás Maduro Moros anunció la activación del Plan Zamora. Que ese Plan Zamora se ha traducido en mayor violación de los derechos humanos, a través del recrudecimiento de la represión y persecución política por parte de las Fuerza Armada Nacional Bolivariana, de los cuerpos de seguridad ciudadana adscritos al Ejecutivo Nacional y en la instalación de tribunales militares para juzgar a civiles, en contravención de lo dispuesto en el artículo 261 de la Constitución y del derecho fundamental al juez natural. Que durante los últimos días, en el marco del Plan Zamora se han habilitado tribunales militares en los Estados Carabobo, Zulia y Falcón para procesar y enjuiciar a civiles; los ciudadanos privados de libertad en esas entidades, no son militares activos, no están sujetos a los deberes de los militares y por ello no pueden incurrir en delitos o faltas militares, de manera que mal podrían ser juzgados ante esa jurisdicción, subordinada a las órdenes del Presidente de la República. Que la Constitución, conforme a los principios consagrados en los instrumentos internacionales, limita la competencia de la jurisdicción penal militar, al disponer en su artículo 261 que La comisión de delitos comunes, violaciones de derechos humanos y crímenes de lesa humanidad, será juzgados por los tribunales ordinarios. La competencia de los tribunales militares se limita a los delitos de naturaleza militar 1
2 Que la jurisdicción militar es un fuero exclusivo de los militares activos, copara juzgar sus faltas de servicio, disciplina o delitos militares, a cuyo ámbito de aplicación no quedan sometidos los civiles. Que así lo ha sostenido de manera pacífica el Tribunal Supremo de Justicia en precedentes jurisprudenciales recientemente reiterados por la Sala de Casación Penal, en decisión del 6 de diciembre de 2016, expediente N , con ponencia del actual Presidente del Tribunal Supremo de Justicia Maikel Moreno, en la cual se resuelve un conflicto de competencia planteado entre un tribunal de la jurisdicción penal y otro de la jurisdicción penal militar, declarando la competencia de la jurisdicción penal ordinaria en atención a la naturaleza común del delito y en aplicación de lo dispuesto en el artículo 261 de la Constitución. Que en esa sentencia se cita el criterio de la Sala Constitucional, expuesto en decisión del 11 de junio de 2002, en el que se insiste en el límite subjetivo y material de la jurisdicción militar, afirmando que los delitos comunes no pueden ser juzgados por la jurisdicción militar, ni siquiera en el supuesto que los cometan militares activos, sin que puedan establecerse ninguna excepción en ese sentido y que la jurisdicción militar se limita al juzgamiento de los delitos militares tipificados en las leyes especiales. Esa sentencia reiteró el criterio sostenido por la Sala Constitucional en sentencia del 24 de abril de 2002, Expediente , en el sentido que la justicia militar solo se aplica a delitos de naturaleza militar perpetrados por militares en servicio activo, tanto para la oportunidad que se cometan, como para la fecha de su juzgamiento Que el límite de actuación de la jurisdicción militar es una garantía del derecho a ser juzgado por sus jueces naturales, derecho consagrado en instrumentos internacionales y expresamente previsto en el numeral 4 del artículo 49 de la Constitución, que reconoce a toda persona el derecho a ser juzgada por sus jueces naturales en las jurisdicciones ordinarias y especiales, con las garantías establecidas en esta Constitución y en la ley. Ninguna persona podrá ser sometida a juicio sin conocer la identidad de quien la juzga, ni podrá ser procesada por tribunales de excepción o por comisiones creadas para tal efecto. Que el derecho al juez natural, inherente al debido proceso, no puede ser objeto de suspensión, ni restricción alguna, ni siquiera en los supuestos de estados de excepción, como expresamente lo establece el artículo 337 de la Constitución. Que la Corte Interamericana de Derechos Humanos se ha pronunciado con relación a Venezuela, sobre la violación a los derechos humanos que comporta el irregular 2
3 sometimiento de ciudadanos a la jurisdicción penal militar, sin que estén dados los supuestos subjetivos y materiales de competencia de esos órganos, en sentencia del 20 de noviembre de 2009, con motivo del caso Usón Ramírez, reiterando el criterio internacional conforme al cual la justicia militar sólo se debe juzgar a militares activos, por la comisión de delitos o faltas que por su propia naturaleza atenten contra bienes jurídicos propios del orden militar, afirmando adicionalmente que cuando la justicia militar asume competencia sobre un civil, afecta el derecho al juez natural y, a fortiori, el debido proceso, el cual, a su vez, se encuentra íntimamente ligado al propio derecho de acceso a la justicia y a la libertad personal. Que el irregular sometimiento de civiles ante los tribunales penales militares en el marco del Pan Zamora es una manifestación más de la política gubernamental de violación sistemática de los derechos humanos. Que esta Asamblea Nacional rechaza categóricamente la política del Gobierno Nacional de desconocimiento de los derechos humanos y se mantiene firme en su compromiso de defender la institucionalidad democrática y los derechos de los ciudadanos, por lo que conforme a lo dispuesto en el artículo 333 de la Constitución, exige respeto a sus disposiciones, las cuales permanecen vigentes a pesar de las constantes violaciones en que incurren el Poder Ejecutivo, el Poder Judicial y los demás órganos y autoridades que ejecutan las inconstitucionales instrucciones impartidas por el Presidente de la República. ACUERDA PRIMERO: Expresar la solidaridad de este cuerpo parlamentario con los familiares y víctimas de las personas privadas de libertad e injustamente procesadas ante la jurisdicción penal militar, en el marco del denominado Plan Zamora y denunciar la violación de los derechos humanos al juez natural, a la independencia e imparcialidad de los órganos de administración de justicia y a la libertad personal, por el enjuiciamiento de civiles ante esa jurisdicción militar, violaciones que acarrean la nulidad absoluta, por inconstitucionalidad, de los actos y decisiones que se adopten en esos procesos, en aplicación de lo dispuesto en los artículos 25, 49 y 261 de la Constitución. SEGUNDO: Exigir a los jueces y funcionarios de la jurisdicción penal militar ejercer sus funciones con estricto apego a la Constitución y las leyes especiales que los rigen, las cuales le prohíben procesar a ciudadanos que no tengan la condición de militar activo y conocer de causas por delitos comunes, en virtud de lo cual deber abstenerse de procesar civiles, y acatar lo dispuesto en los artículos 25 y 333 de la Constitución, conforme a los cuales deben desacatar las órdenes que violen los derechos fundamentales de los ciudadanos, so pena de incurrir en responsabilidad personal, sin que le sirvan de excusas órdenes superiores. 3
4 TERCERO: Denunciar ante las instancias nacionales esta nueva violación de los derechos humanos, para lo cual se autoriza expresamente a la Junta Directiva de la Asamblea Nacional a dirigirse a la Fiscal General de la República, instándola a ejercer las atribuciones que le confieren el artículo 285 de la Constitución y 11 de la Ley Orgánica del Ministerio Público, a fin de garantizar el respeto de los derechos y garantías constitucionales al debido proceso, al juez natural y a la libertad personal de los civiles que están siendo procesados ante la jurisdicción penal militar, para lo cual deberá intentar las acciones y recursos que permitan que esas causas pasen a la jurisdicción ordinaria. Así mismo se le exhorta a ejercer las acciones pertinentes a los fines de hacer efectiva la responsabilidad penal, militar, administrativa o disciplinaria en que hayan incurrido los funcionarios que hayan ordenado o ejecutado actos en violación de esos derechos fundamentales. CUARTO: Exigir al Defensor del Pueblo ejerza sus atribuciones constitucionales de velar por el efectivo respeto de los derechos y garantías reconocidos en la constitución y en los tratados internacionales sobre derechos humanos y solicitarle investigue la violación de los derechos al debido proceso, al juez natural y a la libertad personal denunciados en el presente Acuerdo, interponga las acciones o recursos judiciales a que haya lugar y formule las recomendaciones y observaciones necesarias para la eficaz protección de los derechos humanos, sin perjuicio de las responsabilidades personales de los funcionarios que hayan ordenado o ejecutado actos en violación de los mismos, todo de conformidad con lo dispuesto en el artículo 281, numerales 1, 3, 9 y 10 de la Constitución. QUINTO: Denunciar la violación de los derechos humanos a que hace referencia el presente acuerdo, ante los órganos del sistema internacional de protección de derechos humanos, a través del Alto Comisionado de la Organización de Naciones Unidas (ONU) para los Derechos Humanos; Grupo de Trabajo de Detenciones Arbitrarias de la Organización de Nacionales Unidas, al Secretario General y al Consejo Permanente de la Organización de Estados Americanos (OEA), a la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH), de conformidad con lo dispuesto en los artículos 22 y 31 de la Constitución y en los tratados, pactos y convenciones internacionales sobre derechos humanos. SEXTO: Dar publicidad al presente Acuerdo mediante su publicación en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela y a través de los medios de difusión de la Asamblea Nacional. Dado, firmado y sellado en el Palacio Federal Legislativo, sede de la Asamblea Nacional de la República Bolivariana de Venezuela, en Caracas, a los 9 días del mes de mayo de dos mil diecisiete. Años 207 de la Independencia y 157 de la Federación. JULIO ANDRÉS BORGES JUNYENT Presidente de la Asamblea Nacional FREDDY GUEVARA Primer Vicepresidente DENNIS FERNÁNDEZ SOLORZANO Segundo Vicepresidente 4
5 JOSÉ IGNACIO GUEDEZ Secretario JOSÉ LUIS CARTAYA Subsecretario 5
PROGRAMA DE INTRODUCCIÓN AL DERECHO PROCESAL CURSO 2012/2013
PROGRAMA DE INTRODUCCIÓN AL DERECHO PROCESAL CURSO 2012/2013 PARTE PRIMERA: EL DERECHO PROCESAL LECCIÓN 1.- EL DERECHO PROCESAL 1. Concepto y características del derecho procesal. 2. La eficacia de las
Más detallesLA RAMA JUDICIAL. Docente: Luis Rodrigo Tabares. Enero 2010 DIPLOMADO ESTADO MAYOR
DIPLOMADO ESTADO MAYOR LA RAMA JUDICIAL Docente: Luis Rodrigo Tabares. Enero 2010 DIPLOMADO ESTADO MAYOR ESTRUCTURA DEL ESTADO COLOMBIANO Organización de PODER Organización de CONTROL Organización ELECTORAL
Más detallesDESPACHO DEL COMISIONADO NACIONAL DE PROTECCION DE LOS DERECHOS HUMANOS
República de Honduras, C.A. DESPACHO DEL COMISIONADO NACIONAL DE PROTECCION DE LOS DERECHOS HUMANOS DECRETO NUMERO 26-92 EL PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPUBLICA, EN CONSEJO DE MINISTROS CONSIDERANDO:
Más detallesLA ASAMBLEA NACIONAL DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Decreta
La siguiente, LA ASAMBLEA NACIONAL DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Decreta LEY QUE REGULA EL USO DE LA TELEFONÍA CELULAR Y LA INTERNET EN EL INTERIOR DE LOS ESTABLECIMIENTOS PENITENCIARIOS TÍTULO
Más detallesReforma constitucional al fuero y a la justicia penal militar
Reforma constitucional al fuero y a la justicia penal militar Reforma al fuero penal militar e impunidad en crímenes cometidos por el Estado Universidad de Antioquia, Medellín, 16 de julio de 2015 Temas
Más detallesSISTEMA PENAL ACUSATORIO Y ORAL
Guía de estudio para el concurso de oposición para integrar la bolsa de trabajo para Administrador (a) Regional del Nuevo Sistema Penal Acusatorio y Oral. Enero 2017. I. DERECHO PENAL 1. Ámbitos de validez
Más detallesSUMARIO MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA LA DEFENSA
SUMARIO PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA Decreto N 2.203, mediante el cual se declara una Insubsistencia al Presupuesto de Gastos vigente del Ministerio del Poder Popular para el Comercio, por la cantidad que
Más detallesGACETA OFICIAL DE LA REPUBLICA DE VENEZUELA. Caracas, viernes 3 de agosto de 1979 Número EL CONGRESO DE LA REPUBLICA DE VENEZUELA DECRETA
la siguiente: GACETA OFICIAL DE LA REPUBLICA DE VENEZUELA Caracas, viernes 3 de agosto de 1979 Número 31.791 EL CONGRESO DE LA REPUBLICA DE VENEZUELA DECRETA LEY DE REGISTRO DE ANTECEDENTES PENALES CAPITULO
Más detallesMECANISMO DE SEGUIMIENTO DE LA IMPLEMENTACIÓN DE LA CONVENCIÓN INTERAMERICANA CONTRA LA CORRUPCIÓN
MECANISMO DE SEGUIMIENTO DE LA IMPLEMENTACIÓN DE LA CONVENCIÓN INTERAMERICANA CONTRA LA CORRUPCIÓN -CUARTA RONDA VISITA IN SITU A LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA DRA. GLADYS MARÍA GUTIÉRREZ ALVARADO
Más detallesGERENCIA DE RECURSOS HUMANOS
ANEXO N 1 GERENCIA DE RECURSOS HUMANOS Gerencia General de Administración y Servicios Gerencia de Planificación MANUALES E INSTRUCTIVOS DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA PARA LA ORGANIZACIÓN DE UNIDADES
Más detallesINDICE Introducción General al Régimen del Derecho de Amparo a los Derechos y Garantías constitucionales Por Allan R.
INDICE I Introducción General al Régimen del Derecho de Amparo a los Derechos y Garantías constitucionales Por Allan R. Brewer Carías Introducción 11 I. El Derecho de Amparo y la Acción de Amparo 14 1.
Más detallesUnidad III: Los derechos fundamentales. Tema II: El juicio de amparo
Unidad III: Los derechos fundamentales Tema II: El juicio de amparo EL JUICIO DE AMPARO El juicio de amparo es un medio procesal constitucional del ordenamiento jurídico mexicano, que tiene por objeto
Más detallesLa Plata, 14 de junio de 2013
La Plata, 14 de junio de 2013 VISTO Las facultades conferidas por el artículo 55 de la Constitución de la Provincia de Buenos Aires, la Ley 13.834, el artículo 22 del Reglamento Interno de la Defensoría
Más detallesSUMARIO. AÑO CXLIV - MES III Caracas, jueves 15 de diciembre de 2016 Número
AÑO CXLIV - MES III Caracas, jueves 15 de diciembre de 2016 Número 41.053 SUMARIO PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA Decreto N 2.603, mediante el cual se deroga el Artículo 4 del Decreto N 2.589, de fecha 11
Más detallesEL PLENO CONSIDERANDO
EL PLENO CONSIDERANDO Que, la 70 Asamblea General de la Sociedad Interamericana de Prensa, realizada en Santiago de Chile, el 21 de octubre de 2014, adoptó las siguientes resoluciones: Exigir al gobierno
Más detallesSeñor Magistrado Presidente de la Sala Tercera, de lo. Contencioso Administrativo, de la Corte Suprema de Justicia.
Vista Núm. 727 12 de octubre de 2006 Proceso ejecutivo por cobro coactivo Concepto de la Procuraduría de la Administración Recurso de Apelación, interpuesto por la licenciada Alma Cortés, en representación
Más detallesGarantías Individuales en Derecho Constitucional
Garantías Individuales en Derecho Constitucional 1 Sesión No. 7 El Poder Judicial Federal. Segunda parte Contextualización En el presente apartado el alumno podrá visualizar la importancia que tiene el
Más detallesINFORME FINAL Expediente Nº 586
Republica Bolivariana De Venezuela Asamblea Nacional Comisión Permanente De Contraloría Subcomisión para el Control del Gasto Público e Inversión de Entes Descentralizados del Ejecutivo Nacional, Institutos
Más detallesPor Matías Rodolfo Pacce. 1
Por Matías Rodolfo Pacce. 1 OBSERVATORIO DE POLITICA INTERNACIONAL UNIVERSIDAD CATOLICA DE SANTA FE Justicia Global y Organismos Jurisdiccionales Supranacionales. Introducción Justicia global y los nuevos
Más detallesLA EDAD DE RESPONSABILIDAD PENAL DE ADOLESCENTES EN AMÉRICA LATINA
Tabla de comparación Edad de responsabilidad penal en América Latina Legislaciones Post Convención Internacional sobre Derechos del Niño Instituto Interamericano del Niño Organización de Estados Americanos
Más detallesDECRETO No (SE SUPRIME EL MINISTERIO DE COORDINACIÓN DE PATRIMONIO)
DECRETO No. 1507 (SE SUPRIME EL MINISTERIO DE COORDINACIÓN DE PATRIMONIO) Rafael Correa Delgado PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA Considerando: Que el inciso segundo del artículo 275 de la Constitución
Más detallesCONGRESO DEL ESTADO INDEPENDIENTE, LIBRE Y SOBERANO DE COAHUILA DE ZARAGOZA
Iniciativa con Proyecto de Decreto para reformar el primer párrafo del artículo 67 de la Ley de Procuración de Justicia del Estado de Coahuila de Zaragoza. En relación a eliminar en el precepto legal lo
Más detallesREPÚBLICA DE PANAMÁ ASAMBLEA NACIONAL LEGISPAN LEGISLACIÓN DE LA REPÚBLICA DE PANAMÁ
REPÚBLICA DE PANAMÁ ASAMBLEA NACIONAL LEGISPAN LEGISLACIÓN DE LA REPÚBLICA DE PANAMÁ Tipo de Norma: LEY Número: 55 Referencia: Año: 2012 Fecha(dd-mm-aaaa): 21-09-2012 Titulo: QUE MODIFICA Y ADICIONA ARTICULOS
Más detallesREPÚBLICA DE PANAMÁ ASAMBLEA NACIONAL LEGISPAN LEGISLACIÓN DE LA REPÚBLICA DE PANAMÁ
REPÚBLICA DE PANAMÁ ASAMBLEA NACIONAL LEGISPAN LEGISLACIÓN DE LA REPÚBLICA DE PANAMÁ Tipo de Norma: LEY Número: 29 Referencia: Año: 2005 Fecha(dd-mm-aaaa): 01-08-2005 Titulo: QUE REORGANIZA EL MINISTERIO
Más detallesJurisdicción militar: Impunidad y violaciones a los derechos humanos. Análisis Enero 2013
Jurisdicción militar: Impunidad y violaciones a los derechos humanos Análisis Enero 2013 1 En el contexto de la actual estrategia de seguridad que ha desplegado una gran presencia militar en las calles
Más detalles\9 t?j~o úz lw?ß'l IJI/O/J
,(f~lúff~,cfdlzo/md -.'.. \9 t?j~o úz lw?ß'l IJI/O/J cj-j, 30 de mayo de 2011 Oficio N FC-DS -1423-11 Licenciado Rolando Murgas Torraza Coordinador Comisión de Notables Ciudad Licenciado Murgas: Me dirijo
Más detallesCONGRESO DE LA REPUBLICA
1 CONGRESO DE LA REPUBLICA NORMAS ORGANICAS Ley 05 de 1992 (junio 17) Expide el Reglamento del Congreso, el Senado y la Cámara de Representantes. Ley 186 de 1995 (marzo 20) Crea la Unidad de Trabajo Legislativo
Más detallesVinculación de las recomendaciones con el Programa Nacional y Estatales de Derechos Humanos
Vinculación de las recomendaciones con el Programa Nacional y Estatales de Derechos Humanos 25 de noviembre de 2015 ASPECTOS GENERALES DEL PNDH Y EPU La segunda participación de México en el EPU coincidió
Más detallesLey de Servicio Comunitario del Estudiante Universitario. Segundo ordinario de 2004
Título: Período de Gobierno: Período Legislativo: No. de Expediente: Entrada en Cuenta: Enviado a la Comision: Proponente: Objeto: Ley de Servicio Comunitario del Estudiante Universitario Segundo ordinario
Más detallesSUPREMACÍA CONSTITUCIONAL.
SUPREMACÍA CONSTITUCIONAL. Antecedentes de la formulación del principio de supremacía constitucional. La Era Marshall. John Marshall, Presidente de la Corte Suprema de E.E. U.U. (1801). El motivo de su
Más detallesUNIVERSIDAD DE EL SALVADOR Facultad de Jurisprudencia y Ciencias Sociales Vicedecanatura
PROCESO DE SELECCIÓN DE AUXILIARES DE CÁTEDRA 2012 GUIA DE TEMAS A EVALUAR AREA DE CONSTITUCIONAL/ADMINISTRATIVO A) TEMAS DERECHO CONSTITUCIONAL: 1. ASPECTOS GENERALES SOBRE EL DERECHO CONSTITUCIONAL 1.1.
Más detallesORGANIZACIÓN DEL PODER JUDICIAL
Este libro forma parte del acervo de la Biblioteca Jurídica Virtual del de la UNAM Capítulo décimo ORGANIZACIÓN DEL PODER JUDICIAL I. Aspectos generales El ejercicio del Poder Judicial de la Federación
Más detallesTercer Año de Ejercicio Constitucional Tercer Periodo de Receso
Tercer Año de Ejercicio Constitucional Tercer Periodo de Receso Intervención de la diputada, Alicia Margarita sierra Navarro con las iniciativas de Decreto por la que se reforman y adicionan diversas disposiciones
Más detallesPágina institucional: Responsable de la Información: DATOS INICIALES TIPO DE INFORMACIÓN DE LO REQUERIDO
País: Argentina Nombre de la Asociación: Asociación por los Derechos Civiles (ADC) Datos de Contacto: Mariela Belski (mbelski@adc.org.ar), Alejandro Segarra (asegarra@adc.org.ar) Maria Julia Giorgelli
Más detallesREPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA GOBERNACION DEL ESTADO ANZOATEGUI DESPACHO DEL GOBERNADOR DECRETO Nº 38
REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA GOBERNACION DEL ESTADO ANZOATEGUI DESPACHO DEL GOBERNADOR DECRETO Nº 38 TAREK WILLIANS SAAB GOBERNADOR DEL ESTADO ANZOATEGUI En uso de las atribuciones legales conferidas
Más detallesCONTROL DE CONVENCIONALIDAD. Marcelo Torres Bóveda
CONTROL DE CONVENCIONALIDAD Marcelo Torres Bóveda Introducción 1989 Proceso de reforma constitucional. Obligaciones de los Estados: 1- Obligación de respeto 2- Obligación de garantía Control de Convencionalidad
Más detallesTEMA 6. JURISPRUDENCIA POR CONTRADICCIÓN DE TESIS EN MATERIA ELECTORAL
TEMA 6. JURISPRUDENCIA POR CONTRADICCIÓN DE TESIS EN MATERIA ELECTORAL La jurisprudencia en materia electoral federal está regulada por la Constitución, por la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación
Más detallesCURSO NUEVO CÓDIGO DE PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO Y DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO - LEY 1437 DE ENERO 18 DE 2011
CURSO NUEVO CÓDIGO DE PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO Y DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO - LEY 1437 DE ENERO 18 DE 2011 Fechas: Del 28 de Marzo al 30 de Mayo de 2014 Horario: Viernes 5 p.m. a 9 p.m. y Sábados
Más detallesMINISTERIO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y TURISMO DECRETO NÚMERO DE 2012 ( )
MINISTERIO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y TURISMO DECRETO NÚMERO DE 2012 ( ) Por el cual se reglamenta el artículo 25 de la Ley 1581 de 2012, por la cual se dictan disposiciones generales para la protección
Más detallesDERECHO DE AMPARO Capítulo introductorio. Metodología de Amparo. Primera parte. Teoría General. Capítulo primero. La Defensa de la Constitución.
DERECHO DE AMPARO Presentación. Capítulo introductorio. Metodología de Amparo. I. Objetivos de aprendizaje. II. Método histórico comparativo. III. Teoría del derecho procesal. IV. Evaluación y método activo
Más detallesLA INTERPRETACIÓN JUDICIAL DEL DERECHO A LA ALIMENTACIÓN MAGISTRADO JUAN CARLOS CRUZ RAZO
LA INTERPRETACIÓN JUDICIAL DEL DERECHO A LA ALIMENTACIÓN MAGISTRADO JUAN CARLOS CRUZ RAZO Doble vertiente del Derecho a la alimentación Alimentación como Derecho Civil Alimentación como Derecho Social
Más detallesINDICE Décima quinta arte Las garantías constitucionales de los derechos y libertades y el derecho de amparo
INDICE Décima quinta arte Las garantías constitucionales de los derechos y libertades y el derecho de amparo I. Las garantías constitucionales de los derechos 1. derechos fundamentales y garantías constitucionales
Más detallesSistema regionales de derechos humanos R E N A T A B R E G A G L I O L A Z A R T E
Sistema regionales de derechos humanos R E N A T A B R E G A G L I O L A Z A R T E Sistemas de protección de derechos humanos Son normas internacionales (PIDCP, CADH, PIDESC, etc.) Son órganos internacionales
Más detallesMINISTERIO PÚBLICO DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
COMITÉ DE APOYO TÉCNICO DE SEGUIMIENTO DE LA IMPLEMENTACIÓN DE LA CONVENCIÓN INTERAMERICANA CONTRA LA CORRUPCIÓN MINISTERIO PÚBLICO DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Coordinación de Asuntos Internacionales
Más detallesAVANCE EXTRAORDINARIO Nº 7
AVANCE EXTRAORDINARIO Nº 7 ES INDISPENSABLE LA PARTICIPACIÓN DEL CONSEJO NACIONAL ELECTORAL, EN LOS PROCESOS DE ELECCIÓN DE DIRIGENTES SINDICALES. En fecha dieciséis (16) de febrero de, la Sala Electoral
Más detallesLey Orgánica de la Procuraduría General de Justicia del Estado de Guerrero Número 193 Capítulo IV
Ley Orgánica de la Procuraduría General de Justicia del Estado de Guerrero Número 193 Capítulo IV De la Fiscalía Especializada para la Atención de Delitos Electorales CAPÍTULO IV DE LA FISCALÍA ESPECIALIZADA
Más detallesB8-0236/2015 } B8-0238/2015 } B8-0244/2015 } B8-0246/2015 } RC1/Am. 2
B8-0246/2015 } RC1/Am. 2 2 Considerando A A. Considerando que, el 19 de febrero de 2015, un líder de la oposición, Antonio Ledezma, elegido democráticamente en dos ocasiones alcalde del Distrito Metropolitano
Más detallesConsejo de la Judicatura del Estado de Nuevo León Instituto de la Judicatura del Estado
GUÍA DE ESTUDIOS PARA EL EXAMEN TEÓRICO DENTRO DE LA CONVOCATORIA PARA LA CATEGORÍA DE VISITADOR JUDICIAL FUNDAMENTO En cumplimiento a lo acordado por el Consejo de la Judicatura del Estado de Nuevo León
Más detallesCONVENCION INTERAMERICANA SOBRE PERSONALIDAD Y CAPACIDAD DE PERSONAS JURIDICAS EN EL DERECHO INTERNACIONAL PRIVADO
CONVENCION INTERAMERICANA SOBRE PERSONALIDAD Y CAPACIDAD DE PERSONAS JURIDICAS EN EL DERECHO INTERNACIONAL PRIVADO TEXTO ORIGINAL. Convención publicada en el Diario Oficial de la Federación, el miércoles
Más detallesRESUMEN EJECUTIVO EXAMEN DE CUENTA PRACTICADO AL CONSEJO LEGISLATIVO DEL ESTADO BARINAS EJERCICIO ECONÓMICO FINANCIERO 2011
RESUMEN EJECUTIVO EXAMEN DE CUENTA PRACTICADO AL CONSEJO LEGISLATIVO DEL ESTADO BARINAS EJERCICIO ECONÓMICO FINANCIERO 2011 Dirección de control Administración Central y Otro Poder Área Administración
Más detallesV. ÓRGANOS DE GOBIERNO Y ÓRGANOS AUTÓNOMOS
V. ÓRGANOS DE GOBIERNO Y ÓRGANOS AUTÓNOMOS V. ÓRGANOS DE GOBIERNO Y ÓRGANOS AUTÓNOMOS El artículo 564 del CFDF señala que los Órganos de Gobierno y Órganos Autónomos deben enviar al Jefe de Gobierno la
Más detallesRecursos Administrativos y Judiciales contra Actos Administrativos dictados por el INPSASEL. José Vicente Haro
Recursos Administrativos y Judiciales contra Actos Administrativos dictados por el INPSASEL José Vicente Haro Caracas Maracaibo Valencia Puerto La Cruz Maturín El Tigre FACULTADES DE INSPECCIÓN DEL INPSASEL
Más detallesLEY ESPECIAL CONTRA LOS DELITOS INFORMATICOS Análisis
República Bolivariana de Venezuela Ministerio del Poder Popular Para la Educación Superior Universitaria Instituto Universitario de Tecnología AgroIndustrial Programa Nacional de Formación en Informática
Más detallesPODER JUDICIAL Gestión Humana Análisis de Puestos
PODER JUDICIAL Gestión Humana Análisis de Puestos PROFESIONAL EN COOPERACION Y RELACIONES INTERNACIONALES I. NATURALEZA DEL TRABAJO Ejecución de investigaciones y análisis complejos para asesorar en materia
Más detallesTEMARIO LICENCIATURA
TEMARIO LICENCIATURA I.- JURISDICCION Y COMPETENCIA Capítulo I: Generalidades 1. Concepto y fuentes del Derecho Procesal. 2. La ley procesal. Naturaleza - Efectos en cuanto al tiempo y el espacio. 3. Formas
Más detallesESTRUCTURA ADMINISTRATIVA DEL ESTADO MEXICANO MTRO. LUIS ALFONSO RAMOS PEÑA
ESTRUCTURA ADMINISTRATIVA DEL ESTADO MEXICANO MTRO. LUIS ALFONSO RAMOS PEÑA División de Poderes Tradicional Fundamento en el artículo 49 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos que
Más detallesRESOLUCIÓN DE LA CORTE INTERAMERICANA DE DERECHOS HUMANOS * DE 20 DE JUNIO DE 2012 CASO BAYARRI VS. ARGENTINA SUPERVISIÓN DE CUMPLIMIENTO DE SENTENCIA
RESOLUCIÓN DE LA CORTE INTERAMERICANA DE DERECHOS HUMANOS * DE 20 DE JUNIO DE 2012 CASO BAYARRI VS. ARGENTINA SUPERVISIÓN DE CUMPLIMIENTO DE SENTENCIA VISTOS: 1. La Sentencia de excepción preliminar, fondo,
Más detallesREPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA ESTADO CARABOBO MUNICIPIO GUACARA
1 MUNICIPIO GUACARA El Concejo Municipal del Municipio Guacara del Estado Carabobo, en ejercicio de sus facultades legales y de conformidad a lo dispuesto en el numeral 1 del Artículo 54, Artículos 75,
Más detallesDerecho Internacional Público
Derecho Internacional Público 513024 Curso 2011-2012 1 PROGRAMA Derecho Internacional Público Plan Nuevo 513024 Curso 2011-2012 FACULTAD DE DERECHO 2 Derecho Internacional Público 2 513024 PROGRAMA DE
Más detallesLAS FUENTES DEL DERECHO
LAS FUENTES DEL DERECHO FUENTES DEL DERECHO C.E. LEYES REGLAMENTOS (Costumbre) (Principios generales del Derecho) JURISPRUDENCIA CE LEY Ley Orgánica Ley Ordinaria Dec.Leg. Dec. Ley. REGLAMENTO JURISPRUDENCIA
Más detallesBALOTARIOS DEL CONCURSO PÚBLICO Y ABIERTO DE SELECCIÓN DE PERSONAL N 001-2015-UE-LIMA
Corte Superior de Justicia de Lima Año de la Diversificación Productiva y del Fortalecimiento de la Educación BALOTARIOS DEL CONCURSO PÚBLICO Y ABIERTO DE SELECCIÓN DE PERSONAL N 001-2015-UE-LIMA Se precisa
Más detallesINSTRUCCIÓN Nº 4/ 2009 DE LA SECRETARIO DE GOBIERNO DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DEL PAIS VASCO
INSTRUCCIÓN Nº 4/ 2009 DE LA SECRETARIO DE GOBIERNO DEL DEL PAIS VASCO SOBRE LA REALIZACION DE LOS ACTOS DE COMUNICACIÓN Y LA CUMPLIMENTACIÓN DE LOS MISMOS A TRAVÉS DE LA POLICIA. INTRODUCCIÓN.- La Ley
Más detallesINDICADOR DE DESMPEÑO Identifica las ramas de poder, relacionado sus representantes a nivel nacional, departamental y municipal
INSTITUCION EDUCATIVA LA PRESENTACION NOMBRE ALUMNA: AREA : CIENCIAS SOCIALES ASIGNATURA: CIENCIAS SOCIALES DOCENTE: CLAUDIA PATRICIA RIVERA GUERRA TIPO DE GUIA: CONCEPTUAL Y EJERCITACION PERIODO GRADO
Más detallesJUSTICIA DE PAZ en el Perú: Un servicio de Justicia eficiente
JUSTICIA DE PAZ en el Perú: Un servicio de Justicia eficiente J. María Elena Guerra Cerrón Fiscal Superior Ministerio Público Constitución Política del Estado Estado de Derecho Principio Unidad Jurisdiccional
Más detallesDerecho Militar Jurisdiccional y Administrativo
Objetivos La presente iniciativa tiene por objeto contribuir al conocimiento rigurosamente actualizado del derecho militar en vigor, y su aplicación práctica por los Tribunales de dicha Jurisdicción, y,
Más detalles2. Cuáles son los elementos constitutivos del Estado según la Teoría Clásica? 3. Qué es la constitución según el sentido formal?
Ciudad de México, D.F., a 21 de octubre de 2015. Guía para el Segundo Examen Parcial de la Asignatura de Derecho Constitucional. 1. Qué es el Estado? Grupo 300D Profesor: Lic. Esp. Miguel Ángel Carreño
Más detallesLA ASAMBLEA NACIONAL DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA. decreta la siguiente LEY ORGÁNICA DE CONTRALORÍA SOCIAL
LA ASAMBLEA NACIONAL DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA decreta la siguiente LEY ORGÁNICA DE CONTRALORÍA SOCIAL TÍTULO I Disposiciones generales Objeto Artículo 1. La presente Ley tiene por objeto
Más detallesDirección General de la Policía y la Guardia Civil Guardia Civil. Jefatura de Enseñanza
Nota: El programa ha sido confeccionado en base a la normativa que regula cada una de las materias. En las notas a pie de página podrán encontrar, a título orientativo, indicaciones sobre el material didáctico
Más detallesMarco Jurídico de la Comunicación
Programa de Comunicación y Medios Digitales La Jerarquía Normativa de las Leyes CONSTITUCION POLITICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS TITULO SEPTIMO PREVENCIONES GENERALES Artículo 133 ARTICULO 133. ESTA
Más detallesTEMA N COMPETENCIA TERRITORIAL EN EL PROCESO DE HÁBEAS CORPUS
PLENO JURISDICCIONAL DISTRITAL CONSTITUCIONAL LIMA NORTE TEMA N 4 0 0425 COMPETENCIA TERRITORIAL EN EL PROCESO DE HÁBEAS CORPUS 1. En los procesos de hábeas corpus, quién resulta competente?. El juez penal
Más detallesEspecialista A en las Áreas de Responsabilidades y de Quejas del O.I.C.
TEMARIOS CONVOCATORIA PÚBLICA DIRIGIDA A TODO INTERESADO QUE DESEE INGRESAR AL SERVICIO PROFESIONAL DE CARRERA NO. CNBV-015-2013 Nombre de la Plaza: Especialista A en las Áreas de Responsabilidades y de
Más detallesORIENTACION SEXUAL, IDENTIDAD Y EXPRESIÓN DE GÉNERO RESOLUCIONES, INFORMES Y DECLARACIONES DEL SISTEMA UNIVERSAL E INTERAMERICANO DE DERECHOS HUMANOS
ORIENTACION SEXUAL, IDENTIDAD Y EXPRESIÓN DE GÉNERO RESOLUCIONES, INFORMES Y DECLARACIONES DEL SISTEMA UNIVERSAL E INTERAMERICANO DE DERECHOS HUMANOS I. Introducción Los Derechos Humanos tal y como han
Más detallesPublicado en el Diario Oficial La Gaceta No.27, 431 de 20 de agosto de 1994.
1. CONVENIO PARA MEJORAR LA SUERTE DE LOS HERIDOS Y ENFERMOS EN LAS FUERZAS ARMADAS EN CAMPAÑA. (CONVENIO I) (Convenio de Ginebra de 12 de agosto de 1949) Publicado en el Diario Oficial La Gaceta No.27,
Más detallesPROGRAMA DE DERECHO PROCESAL I
PROGRAMA DE DERECHO PROCESAL I A. IDENTIFICACIÓN DE LA ASIGNATURA Nombre de la asignatura: Carácter de la asignatura: Ubicación dentro del plan de estudio: Número de módulos por semana: Número de créditos:
Más detallesCOMENTARIOS NORMATIVOS
COMENTARIOS NORMATIVOS [218] Artículo recibido: 28 de febrero de 2011 Artículo aprobado: 21 de marzo de 2011 EL TIPO PENAL EN EL TIEMPO Clemente Espinoza Carballo * El delito, de manera general, puede
Más detallesDerecho a la vida, integridad física, libertad y seguridad personal: Desaparición Forzada
Derecho a la vida, integridad física, libertad y seguridad personal: Desaparición Forzada Reforma Constitucional de Derechos Humanos Aprobada el 10 de junio de 2011, modifica 11 artículos; entre los cambios
Más detallesLos universitarios son servidores públicos? A propósito de los delitos electorales en Guerrero
FERNANDO XOCHIHUA SAN MARTÍN Los universitarios son servidores públicos? A propósito de los delitos electorales en Guerrero Todo servidor público que realice actos contrarios a las leyes electorales, previa
Más detallesDIRECCIÓN DE SELECCIÓN Y NOMBRAMIENTO
DIRECCIÓN DE SELECCIÓN Y NOMBRAMIENTO CONVOCATORIA Nº 0042014SN/CNM APELLIDOS Y NOMBRES : VILLAGRA GONZALEZ RUDDY SANDRA PLAZA : FISCAL PROVINCIAL PENAL DE QUISPICANCHIS EN EL DISTRITO JUDICIAL DE CUSCO
Más detallesSres. Fiscales de Cámara de la provincia de Córdoba:
INSTRUCCIÓN GENERAL N 8 Ref.: Instruir a los Fiscales de la Provincia de Córdoba en orden al instituto del Juicio por Jurados Populares.- Sres. Fiscales de Cámara de la provincia de Córdoba: GUSTAVO VIDAL
Más detallesFEDERALISMO. GARANTÍA FEDERAL. Sagüés, págs
FEDERALISMO. GARANTÍA FEDERAL. Sagüés, págs. 475 487. FEDERALISMO COMO FORMA DE ESTADO. El poder se ejerce descentralizándolo políticamente con base territorial. Estados miembros Estado central o general.
Más detallesLOS SUJETOS PROCESALES EN EL SIS T EMA PROCESAL PENAL ACUSATORIO, ADVERSARIAL Y ORAL. EL IMPUTADO
LOS SUJETOS PROCESALES EN EL SIS T EMA PROCESAL PENAL ACUSATORIO, ADVERSARIAL Y ORAL. EL IMPUTADO De conformidad con lo establecido en el artículo 20 veinte de la Constitución General de la República,
Más detallesGRUPO AUXILIAR DE LA FUNCIÓN ADMINISTRATIVA DEL SERVICIO CÁNTABRO DE SALUD. Test FE DE ERRATAS
GRUPO AUXILIAR DE LA FUNCIÓN ADMINISTRATIVA DEL SERVICIO CÁNTABRO DE SALUD Test ISBN: 9788467628111 DEPÓSITO LEGAL: SE 5063-2009 FECHA DE EDICIÓN: OCTUBRE 2009 FE DE ERRATAS Tras la revisión de los test
Más detallesComo Vocera del Pueblo Soberano
LA ASAMBLEA NACIONAL DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Como Vocera del Pueblo Soberano ACUERDO SOBRE LA EPIDEMIA DE MALARIA EN VENEZUELA Que el artículo 83 de la Constitución de la República Bolivariana
Más detallesDerecho a la vida, integridad física, libertad y seguridad personal: Detención Arbitraria
Derecho a la vida, integridad física, libertad y seguridad personal: Detención Arbitraria Reforma Constitucional de Derechos Humanos Aprobada el 10 de junio de 2011, modifica 11 artículos; entre los cambios
Más detallesCONSTITUCION DE LA REPUBLICA DEL ECUADOR
CONSTITUCION DE LA REPUBLICA DEL ECUADOR Decreto Legislativo 0 Registro Oficial 449 de 20-oct.-2008 Ultima modificación: 21-dic.-2015 Estado: Vigente CONSTITUCION DE LA REPUBLICA DEL ECUADOR 2008 INDICE
Más detallesCOMISION DE ATLETAS VENEZUELA 2015
INTRODUCCIÓN El presente proyecto, denominado CREACIÓN DE LA COMISON DE ATLETAS OLÍMPICOS DE VENEZUELA, a través del movimiento POR VENEZUEL A SIEMPRE OLÍMPICOS será la base estructural de la agrupación
Más detallesValencia, 11 de agosto de 2016 EXTRAORDINARIA Nº 5768
GACETA OFICIAL D E L E S T A D O C A R A B O B O ARTÍCULO 13. Las Leyes, Decretos, Resoluciones y demás actos oficiales tendrán el carácter de públicos, por el solo hecho de aparecer en la Gaceta Oficial
Más detallesREPÚBLICA DE PANAMÁ ASAMBLEA NACIONAL LEGISPAN LEGISLACIÓN DE LA REPÚBLICA DE PANAMÁ
REPÚBLICA DE PANAMÁ ASAMBLEA NACIONAL LEGISPAN LEGISLACIÓN DE LA REPÚBLICA DE PANAMÁ Tipo de Norma: LEY Número: 15 Referencia: Año: 2010 Fecha(dd-mm-aaaa): 14-04-2010 Titulo: QUE CREA EL MINISTERIO DE
Más detallesDERECHO DE PETICIÓN. Qué es el Derecho de Petición?
DERECHO DE PETICIÓN Qué es el Derecho de Petición? El derecho de petición es la facultad que toda persona tiene para presentar solicitudes ante las autoridades o ante ciertos particulares y obtener de
Más detallesExamen Escrito para plaza de Especialista en Asuntos Jurisdiccionales I del Tribunal Constitucional
Examen Escrito para plaza de Especialista en Asuntos Jurisdiccionales I del Tribunal Constitucional Concurso Público de Méritos convocado por Resolución Administrativa 126-2015-P/TC Nombre: Nota: Fecha:
Más detallesDERECHO VENEZOLANO UNIVERSIDAD JOSÉ MARÍA VARGAS CARRERA: CIENCIAS JURÍDICAS. CATEDRA: DERECHO PENAL.
UNIVERSIDAD JOSÉ MARÍA VARGAS CARRERA: CIENCIAS JURÍDICAS. CATEDRA: DERECHO PENAL. DELITOS INNOMINADOS. CARACAS, ENERO 2011. INTRODUCCIÓN. El desarrollo humano y el nivel de inteligencia que posee el hombre,
Más detallesLección II. jurídico esp. Cuddy. Terry Pratch, Men at Arm
ULL Pérez W OC pote a ier C v a J Luis Lección II Fuentes del ordenamien to jurídico esp a ñ ol Cuddy só ya había ablos llevaba unos pocos d ías como gu or ardia, pero imposible ebs ido un hecho básico
Más detallesLEY DE EXTINCIÓN DE LA ACCIÓN PENAL Y RESOLUCIÓN DE LAS CAUSAS PARA LOS CASOS DEL RÉGIMEN PROCESAL PENAL TRANSITORIO G.O. (39236 de 06/08/2009
LEY DE EXTINCIÓN DE LA ACCIÓN PENAL Y RESOLUCIÓN DE LAS CAUSAS PARA LOS CASOS DEL RÉGIMEN PROCESAL PENAL TRANSITORIO G.O. (39236 de 06/08/2009 LA ASAMBLEA NACIONAL DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
Más detallesMinisterio Público gestionó ante el citado Juzgado la prórroga de la prisión
Exp: 12-000818-0007-CO Res. Nº 2012001749 SALA CONSTITUCIONAL DE LA CORTE SUPREMA DE JUSTICIA. San José, a las nueve horas cinco minutos del diez de febrero de dos mil doce. Recurso de hábeas corpus interpuesto
Más detallesReformas a la Ley de Sindicalización de los Trabajadores del Estado
ORGANISMO LEGISLATIVO CONGRESO DE LA REPUBLICA DE GUATEMALA DECRETO NUMERO 35-96 El Congreso de la República de Guatemala, CONSIDERANDO: Que la Constitución Política de la República de Guatemala, establece
Más detallesTaller los Derechos Sociales como Derechos exigibles
Plantilla de Guía de Aprendizaje documento No.: FYC-FOR-002 Modificación #: Fecha Modificación: Emisión: Aprobado por: Generado por: Taller los Derechos Sociales como Derechos exigibles Autor Manuel Antonio
Más detallesReglas de Contacto en la LFCE y Atribuciones de la AI y OEI
Reglas de Contacto en la LFCE y Atribuciones de la AI y OEI Reglas de Contacto en la LFCE Reglas de Contacto en la LFCE La Ley Federal de Competencia Económica establece ciertas reglas que regulan el contacto
Más detallesGARANTÍAS CONSTITUCIONALES
GARANTÍAS CONSTITUCIONALES OBJETIVOS GENERAL. Al finalizar el curso el alumno deberá identificar, conocer/saber, analizar los derechos humanos establecidas en la parte dogmática de la Constitución Política
Más detallesSISTEMA INSTITUCIONAL DE LAS COMUNIDADES AUTÓNOMAS
SISTEMA INSTITUCIONAL DE LAS COMUNIDADES AUTÓNOMAS Principio de autoorganización de las Comunidades Autónomas -Es una expresión del principio de autonomía -Artículo 147.2 c) CE. Establece que entre los
Más detallesRESTRICCIONES A LOS DERECHOS HUMANOS
SERIE: RENOVACIÓN JURISPRUDENCIAL RESTRICCIONES A LOS DERECHOS HUMANOS 2 Programa Estado de Derecho para Latinoamérica - - - Presentación - - - - - - - - - - - 3 - - - - - - - - - - 4 5 Aviso - 6 Contenido
Más detalles