MANUAL DE PROCEDIMIENTOS DE LA UNIVERSIDAD POLITÉCNICA DE QUERÉTARO

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1 RESPONSABLE: RECTORÍA REVISIÓN: 00 HOJA 1 DE 90 MANUAL DE PROCEDIMIENTOS DE LA UNIVERSIDAD POLITÉCNICA DE QUERÉTARO

2 RESPONSABLE: RECTORÍA REVISIÓN: 00 HOJA 2 DE 90 El presente Manual de Procedimientos fue aprobado por los integrantes de la H. Junta Directiva de la Universidad Politécnica de Querétaro en la VIII Sesión Ordinaria, celebrada el día 09 de diciembre de 2008, firmando de conformidad los que en ella intervinieron: M. I. Alejandro Saracho Luna Presidente Suplente de la Secretaria de Educación Lic. José Manuel Macedo Ramos Suplente del Secretario de Gobierno Lic. Luis Enrique Soto Rosales Suplente del Oficial Mayor C.P. Fabiola Hernández Morales Suplente del Secretario de Planeación y Finanzas Lic. Berenice Sánchez Rubio Representante de la Secretaría de la Contraloría

3 RESPONSABLE: RECTORÍA REVISIÓN: 00 HOJA 3 DE 90 Arq. Suylan Wong Pérez Representante de la Coordinación General de Universidades Politécnicas de la Secretaría de Educación Pública Lic. José Antonio Abad Mena Suplente del Titular de la Oficina de Servicios Federales de Apoyo a la Educación en el Estado de Querétaro Lic. Sergio Villaseñor Pelayo Miembro Distinguido de la Vida Social, Cultural, Científica y Económica del Estado M. C. José Carlos Arredondo Velázquez Rector de la Universidad Politécnica de Querétaro y Secretario de la H. Junta Directiva

4 RESPONSABLE: RECTORÍA REVISIÓN: 00 HOJA 4 DE 90 CONTENIDO DEL MANUAL PÁGINA I. PROPÓSITO DEL MANUAL 6 II. ALCANCE DEL MANUAL 6 III. OBJETIVOS DEL MANUAL 6 IV. RECTORÍA A. JURÍDICO A.1 RESPONSABILIDADES 7 A.2 POLÍTICAS Y/O PROCEDIMIENTOS DE OPERACIÓN DEL ÁREA 7 B. VINCULACIÓN B.1 RESPONSABILIDADES 7 B.2 POLÍTICAS Y/O PROCEDIMIENTOS DE OPERACIÓN DE LA DIRECCIÓN 8 C. CALIDAD C.1 RESPONSABILIDADES 8 C.2 POLÍTICAS Y/O PROCEDIMIENTOS DE OPERACIÓN DE LA COORDINACIÓN 9 IV.1 SECRETARÍA ADMINISTRATIVA D. RECURSOS HUMANOS D.1 RESPONSABILIDADES 11 D.2 POLÍTICAS Y/O PROCEDIMIENTOS DE OPERACIÓN DEL DEPARTAMENTO 11 E. RECURSOS MATERIALES Y SERVICIOS GENERALES E.1 RESPONSABILIDADES 16 E.2 POLÍTICAS Y/O PROCEDIMIENTOS DE OPERACIÓN DEL DEPARTAMENTO 16 F. CONTABILIDAD F.1 RESPONSABILIDADES 29 F.2 POLÍTICAS Y/O PROCEDIMIENTOS DE OPERACIÓN DEL DEPARTAMENTO 30 G. SISTEMAS G.1 RESPONSABILIDADES 58 G.2 POLÍTICAS Y/O PROCEDIMIENTOS DE OPERACIÓN DEL DEPARTAMENTO 58 IV.2 SECRETARIA ACADÉMICA H. COORDINACIÓN DE CARRERAS Y ÁREAS H.1 RESPONSABILIDADES 62 H.2 POLÍTICAS Y/O PROCEDIMIENTOS DE OPERACIÓN DE LA COORDINACIÓN 62 I. SERVICIOS ESTUDIANTILES I.1 RESPONSABILIDADES 63 I.2 POLÍTICAS Y/O PROCEDIMIENTOS DE OPERACIÓN DE LA 63

5 RESPONSABLE: RECTORÍA REVISIÓN: 00 HOJA 5 DE 90 DIRECCIÓN J. BIBLIOTECA J.1 RESPONSABILIDADES 65 J.2 POLÍTICAS Y/O PROCEDIMIENTOS DE OPERACIÓN DEL ÁREA 65 K. LABORATORIO DE CÓMPUTO K.1 RESPONSABILIDADES 89 K.2 POLÍTICAS Y/O PROCEDIMIENTOS DE OPERACIÓN DEL ÁREA 90

6 RESPONSABLE: RECTORÍA REVISIÓN: 00 HOJA 6 DE 90 I. PROPÓSITO El presente manual tiene como propósito que el personal que labora en la Universidad Politécnica de Querétaro en las áreas involucradas, conozcan a detalle las funciones y actividades que en esta materia deberán llevar a cabo y su finalidad es la de orientar e informar sobre los procedimientos mencionados. II. ALCANCE Este documento aplica únicamente a los empleados de la Universidad Politécnica de Querétaro. III. OBJETIVOS DEL MANUAL Los objetivos específicos que se pretenden alcanzar son los siguientes: Registrar en forma veraz y oportuna las operaciones realizadas durante el periodo operativo. Facilitar el registro de las operaciones y el análisis de la información que genera. Asegurar la consistencia en la forma de registrar las operaciones. Detallar el registro por ciclo de operaciones. Realizar las funciones y actividades en forma sistematizada. Generar información en forma oportuna, con el fin de hacer más eficiente la toma de decisiones.

7 RESPONSABLE: RECTORÍA REVISIÓN: 00 HOJA 7 DE 90 IV. RECTORÍA A. JURÍDICO A.1. RESPONSABILIDADES Es responsabilidad del Abogado General el mantener actualizadas las políticas y/o los procedimientos que competan al Área Jurídica, así como el cumplir cada una de las leyes, reglamentos, normas, políticas y procedimientos mencionados en este documento. Es responsabilidad de cada uno de los involucrados el cumplir con lo establecido en las políticas y/o procedimientos del Área Jurídica. A.2. POLÍTICAS Y/O PROCEDIMIENTOS DE OPERACIÓN DEL ÁREA A.2.1 Elaboración de Reglamentos y Lineamientos Toda actividad de Elaboración de Reglamentos y Lineamientos deberá ajustarse a lo descrito en el procedimiento -P026, en donde se indican todas las directrices a seguir para realizar éste (ver Anexo 1). A.2.2 Elaboración de Contratos, Convenios y Addendums Toda actividad de Elaboración de Contratos, Convenios y Addendums deberá ajustarse a lo descrito en el procedimiento -P025, en donde se indican todas las directrices a seguir para realizar éste (ver Anexo 2). B. VINCULACIÓN B.1. RESPONSABILIDADES Es responsabilidad del Director de Vinculación el mantener actualizadas las políticas y/o los procedimientos que competan a la Dirección de Vinculación, así como el cumplir cada una de las leyes, reglamentos, normas, políticas y procedimientos mencionados en este documento. Es responsabilidad de cada uno de los involucrados el cumplir con lo establecido en las políticas y/o procedimientos del Área de Vinculación.

8 RESPONSABLE: RECTORÍA REVISIÓN: 00 HOJA 8 DE 90 B.2. POLÍTICAS Y/O PROCEDIMIENTOS DE OPERACIÓN DE LA DIRECCIÓN B.2.1 Captación La captación de alumnos potenciales se realizará de acuerdo al plan establecido por el Rector, la Secretaría Académica y la Dirección de Vinculación al inicio de cada cuatrimestre. B.2.2 Servicio Social Toda actividad referente al Servicio Social deberá ajustarse a lo descrito en el procedimiento -P015, en donde se indican todas las directrices a seguir para realizar éste (ver Anexo 3). B.2.3 Visitas Industriales Toda actividad referente a las Visitas Industriales deberá ajustarse a lo descrito en el procedimiento -P016, en donde se indican todas las directrices a seguir para realizar ésta (ver Anexo 4). B.2.4 Educación Continua Toda actividad referente a Educación Continua, deberá ajustarse a lo descrito en el procedimiento -P035, en donde se indican todas las directrices a seguir para realizar ésta (ver Anexo 5). C. CALIDAD C.1. RESPONSABILIDADES Es responsabilidad de la persona encomendada por la Rectoría para realizar las actividades de Gestión de la Calidad, el mantener actualizadas las políticas y/o los procedimientos que competan a ésta, así como el cumplir cada una de las leyes, reglamentos, normas, políticas y procedimientos mencionados en este documento. Es responsabilidad de cada uno de los involucrados el cumplir con lo establecido en las políticas y/o procedimientos de la Gestión de la Calidad.

9 RESPONSABLE: RECTORÍA REVISIÓN: 00 HOJA 9 DE 90 C.2. POLÍTICAS Y/O PROCEDIMIENTOS DE OPERACIÓN C.2.1 Control de Documentos Toda actividad referente al Control de los Documentos deberá ajustarse a lo descrito en el procedimiento -P001, en donde se indican todas las directrices a seguir para realizar ésta (ver Anexo 6). C.2.2 Elaboración de Documentos Toda actividad referente a la Elaboración de Documentos deberá ajustarse a lo descrito en la instrucción -I001, en donde se indican todas las directrices a seguir para realizar ésta (ver Anexo 7). C.2.3 Acciones Correctivas y Acciones Preventivas Toda actividad referente a las Acciones Correctivas y Preventivas deberá ajustarse a lo descrito en el procedimiento -P003, en donde se indican todas las directrices a seguir para realizar ésta (ver Anexo 8). C.2.4 Producto No Conforme Toda actividad referente a los Productos No Conformes deberá ajustarse a lo descrito en el procedimiento -P005, en donde se indican todas las directrices a seguir para el tratamiento de éstos (ver Anexo 9). C.2.5 Auditorias Internas Toda actividad referente a las Auditorias Internas a los procedimientos deberá ajustarse a lo descrito en el procedimiento -P002, en donde se indican todas las directrices a seguir para realizar ésta (ver Anexo 10).

10 RESPONSABLE: RECTORÍA REVISIÓN: 00 HOJA 10 DE 90 C.2.6 Revisiones de Rectoría Toda actividad referente a las Revisiones de Rectoría deberá ajustarse a lo descrito en el procedimiento -P019, en donde se indican todas las directrices a seguir para realizar ésta (ver Anexo 11). C.2.7 Comentarios y Sugerencias Toda actividad referente a los Comentarios y Sugerencias deberá ajustarse a lo descrito en el procedimiento -P020, en donde se indican todas las directrices a seguir para su tratamiento (ver Anexo 12). C.2.8 Administración de Indicadores Toda actividad referente a la Administración de Indicadores deberá ajustarse a lo descrito en el procedimiento -P037, en donde se indican todas las directrices a seguir para su administración (ver Anexo 13).

11 RESPONSABLE: RECTORÍA REVISIÓN: 00 HOJA 11 DE 90 IV.1 SECRETARÍA ADMINISTRATIVA D. RECURSOS HUMANOS D.1. RESPONSABILIDADES Es responsabilidad del Jefe del Departamento de Recursos Humanos el mantener actualizadas las políticas y/o los procedimientos que competan al Departamento de Recursos Humanos, así como el cumplir cada una de las leyes, reglamentos, normas, políticas y procedimientos mencionados en este documento. Es responsabilidad de cada uno de los involucrados el cumplir con lo establecido en las políticas y/o procedimientos del Departamento de Recursos Humanos. D.2. POLÍTICAS Y/O PROCEDIMIENTOS DE OPERACIÓN DEL DEPARTAMENTO. D.2.1 Reclutamiento y Selección Todas las actividades de Reclutamiento y Selección deberá ajustarse a lo descrito en el procedimiento -P006, en donde se indican todas las directrices a seguir para realizar éstas (ver Anexo 14). D.2.2 Contratación Todas las actividades de Contratación deberá ajustarse a lo descrito en el procedimiento -P007, en donde se indican todas las directrices a seguir para realizar éstas (ver Anexo 15). D.2.3 Administración de Personal D Alta en el Instituto Mexicano del Seguro Social Se debe de mandar físicamente a la Dirección de Recursos Humanos del Poder Ejecutivo del Estado, un documento (formato libre) en donde se contenga: 1. Nombre completo del Empleado 2. Número del Seguro Social 3. Salario Diario Integrado 4. Fecha de Alta

12 RESPONSABLE: RECTORÍA REVISIÓN: 00 HOJA 12 DE 90 D Pago de Nómina Toda actividad de Pago de Nómina deberá ajustarse a lo descrito en el procedimiento -P008, en donde se indican todas las directrices a seguir para realizar ésta (ver Anexo 16). Para el cálculo de ésta se basará en lo establecido en la Ley de los Trabajadores al Servicio del Estado y Municipios, y demás Ordenamientos Oficiales. D Aceptación de Pagos Extras Toda actividad de Autorización de Pagos Extras deberá ajustarse a lo descrito en la instrucción -I004, en donde se indican todas las directrices a seguir para realizar ésta (ver Anexo 17). D Pago por Honorarios En todos los casos se deberá contar con suficiencia presupuestal y la autorización de Rectoría; debiendo quedar en su caso, establecido un contrato validado por la misma. No se cubrirán recibos por honorarios que no cuenten con un contrato autorizado. No se podrá contratar personal que forma parte de la plantilla del Poder Ejecutivo del Estado de Querétaro por este concepto o modalidad. Ningún empleado o trabajador por honorarios que preste sus servicios personales profesionales en forma permanente, podrá percibir como remuneración total una cantidad igual o superior a la que perciban sus respectivos superiores jerárquicos. Todas las actividades de Pago por Honorarios deberán ajustarse a lo descrito en el procedimiento -P032, cuando se realice por medio de cheque y al -P031, cuando se realice por medio de dispersión bancaria, en donde se indican todas las directrices a seguir para realizar éstas (ver Anexo 18 y Anexo 19, respectivamente). D Vacaciones y Permisos D Vacaciones Todo empleado de la Universidad Politécnica de Querétaro que requiera tomar vacaciones, deberá de llenar el Formato de Solicitud de Vacaciones -F012. Solicitar la autorización a su Supervisor inmediato, en caso de no ser autorizadas, se deberá de llegar a un acuerdo entre el empleado y el supervisor en una fecha en la cual sea posible que el primero tome sus vacaciones.

13 RESPONSABLE: RECTORÍA REVISIÓN: 00 HOJA 13 DE 90 Si las vacaciones fueron autorizadas deberán proporcionar el formato con firma de autorización al Departamento de Recursos Humanos. El Departamento de Recursos Humanos aplicará las vacaciones al empleado y esto será considerado para el Procedimiento de Pago de Nómina. Cualquier situación no considerada en este documento se deberá hacer referencia al Reglamento Interior de Trabajo del Poder Ejecutivo del Estado de Querétaro para su clarificación. D Permisos La autorización de los permisos se realizará en base a lo establecido en el Reglamento Interior de Trabajo del Poder Ejecutivo del Estado de Querétaro, en el capítulo VIII. La autorización de los permisos siempre se realizará por escrito y será el Jefe inmediato del empleado que lo solicita quien lo autorice, quien notificará al Departamento de Recursos Humanos por medio del Reporte de Incidencias de este permiso. D Sanciones Toda sanción se sujeta estrictamente a lo establecido al Reglamento Interior de Trabajo del Poder Ejecutivo del Estado de Querétaro, capítulo XIII. D Actas Administrativas Las Actas Administrativas son levantadas por el Abogado General, previo requerimiento del Jefe Inmediato del empleado a quien se le levantará. Las Actas Administrativas se levantarán adicionalmente en presencia del Secretario Administrativo y dos testigos de los cuales uno será el Jefe Inmediato del empleado al que se le es levantada el acta. Una vez levantada el Acta Administrativa se archiva una copia en el expediente personal del empleado. D Bajas Toda actividad respecto a la Baja de los Empleados deberá ajustarse a lo descrito en el procedimiento -P039, en donde se indican todas las directrices a seguir para realizar ésta (ver Anexo 20).

14 RESPONSABLE: RECTORÍA REVISIÓN: 00 HOJA 14 DE 90 D.2.4 Capacitación del Personal Se realizará la Detección de Necesidades de Capacitación (DNC) una vez al año, considerando las prioridades de la y en base a lo registrado en las Evaluaciones de Desempeño del Personal. Una vez detectadas todas las necesidades de capacitación, se deberán de cotizar los cursos identificados que solo puedan obtenerse de forma externa. Se debe consolidar la información recabada y se generará un Plan de Capacitación Anual, donde se incluyan los costos y fechas propuestas para su ejecución. Se presentará el Plan de Capacitación Anual a la Rectoría y a la Secretaría Administrativa. La Rectoría y la Secretaría Administrativa deberán de revisar detalladamente el Plan de Capacitación Anual propuesto y en base al presupuesto anual y a las necesidades de la se harán las observaciones pertinentes, en caso de existir, o de lo contrario se autorizará éste. Sólo y únicamente si el Plan de Capacitación Anual se encuentra autorizado, se procederá a ejecutar éste. Toda capacitación recibida por los empleados de la deberá de ser registrada en su expediente personal dentro de una matriz de entrenamiento y manteniéndose una copia de la constancia recibida en el mismo. Los trabajadores o empleados de nuevo ingreso en la deberán recibir una sesión de inducción a la misma, de la cual deberá quedar evidencia de que se llevó a cabo a través de una lista de asistencia. D.2.5 Evaluación de Desempeño Todos los empleados de la deberán de ser evaluados en su desempeño una vez al año. Toda actividad de la Evaluación de Desempeño deberá ajustarse a lo descrito en el procedimiento -P038, en donde se indican todas las directrices a seguir para realizar ésta (ver Anexo 21). D.2.6 Generalidades D Actualización de Organigramas Todos los organigramas deberán de actualizarse cuando existan cambios en la estructura organizacional de la Universidad Politécnica de Querétaro.

15 RESPONSABLE: RECTORÍA REVISIÓN: 00 HOJA 15 DE 90 Ningún cambio podrá ser aplicado si no se cuenta con la autorización de la Junta Directiva. Todo puesto nuevo deberá contar con su Descripción de Puesto antes de ser anexado al organigrama. D Elaboración de Reportes para la Secretaría Administrativa Todo reporte que sea requerido por la Secretaría Administrativa deberá realizarse con la mayor prontitud y exactitud posible para cumplir con éste en tiempo y calidad. Cualquier dato del cual no se tenga el 100% de certeza de su exactitud, deberá de consultarse con el responsable de controlar y/o generar esta información antes de agregarlo al reporte. D Control y Actualización de Bases de Datos Toda base de datos que sea controlada por el Departamento de Recursos Humanos deberá de actualizarse en cuanto los cambios sean generados, con el objetivo de que la información siempre sea oportuna. D Coordinación de Eventos Institucionales Los eventos institucionales en los cuales el Departamento de Recursos Humanos será el responsable de su coordinación son: 1. Rosca de Reyes 2. Día de las madres (compra de obsequios) 3. Día del maestro 4. Comida de navidad 5. Desayuno para entrega de nombramientos de tiempos completos Cualquier evento adicional en el cual se requiera de la coordinación del Departamento de Recursos Humanos, se requerirá de la aprobación de la Secretaría Administrativa. D Soporte en Coordinación de las Juntas Directivas Es responsabilidad del Departamento de Recursos Humanos el soportar a la coordinación de la Junta Directiva en las siguientes actividades: 1. Elaborar y entregar a la Secretaría Administrativa el reporte de actividades. 2. Elaborar y entregar las propuestas para acuerdos. 3. Elaborar y entregar los soportes para los acuerdos solicitados.

16 RESPONSABLE: RECTORÍA REVISIÓN: 00 HOJA 16 DE 90 D Indicadores De a cuerdo a la información requerida por Rectoría al Departamento de Recursos Humanos, para la elaboración de los indicadores, éste tiene la obligación de facilitar toda la información necesaria para la consolidación de los mismos, para lo cual se debe de establecer un mecanismo confiable con el cual todas las fuentes de información se encuentren actualizadas. E. RECURSOS MATERIALES Y SERVICIOS GENERALES E.1. RESPONSABILIDADES Es responsabilidad del Jefe del Departamento de Recursos Materiales y Servicios Generales el mantener actualizado este Manual, tomando en consideración las reformas que las instancias respectivas realicen a la legislación en la materia, así como el cumplir cada una de las normas, políticas y procedimientos a los que se haga referencia. Es responsabilidad de cada uno de los involucrados en las actividades descritas en este Manual el cumplir con lo aquí establecido. E.2. POLÍTICAS Y/O PROCEDIMIENTOS DE OPERACIÓN DEL DEPARTAMENTO. E.2.1 Adquisiciones y Contratación de Servicios Todas las adquisiciones y contrataciones de servicios deberán ser solicitados mediante requisición y serán atendidas por el Departamento de Recursos Materiales y Servicios Generales, previa autorización del Jefe Inmediato Superior del área solicitante y del Secretario Administrativo, en apego a la normatividad vigente y presupuesto disponible, ajustándose a lo descrito en el procedimiento -P009, en donde se indican todas las directrices a seguir para realizar esta actividad. (ver Anexo 22). La responsabilidad de recabar las firmas solicitadas en la requisición, recaerá en la persona solicitante del material o servicio. Los días para la recepción de requisiciones serán lunes y jueves de cada semana. Se deberá realizar orden de compra de todas las adquisiciones o servicios adjudicados, con nombre y firma de quien realizó la orden y del Jefe del Departamento de Recursos Materiales y Servicios Generales de revisión, en cabal cumplimiento a los procesos de compras y normatividad correspondiente. Todas las órdenes de compras deberán ser validadas y autorizadas por el Secretario Administrativo.

17 RESPONSABLE: RECTORÍA REVISIÓN: 00 HOJA 17 DE 90 Los trámites de compras de bienes y contratación de servicios que realice el Departamento, se harán con estricto apego a las políticas establecidas, con la finalidad de buscar el mejor precio, calidad, oportunidad y servicio. Todas las compras y contrataciones deberán ser efectuadas utilizando preferentemente a los proveedores inscritos en el padrón de la, a excepción de aquellas compras que por la calidad o especialización de los productos tenga que efectuarse con proveedores que no hayan sido dados de alta previamente en el padrón, haciéndoles la invitación a integrarse al mismo para la contratación o adjudicación. Todas las requisiciones deberán contar con las especificaciones técnicas detalladas y claras de cada producto o servicio, así como el destino o la justificación de la compra. Cada Secretario, Director, Jefe de Departamento o Coordinador validará y autorizará las requisiciones de compra de cualquier monto, obteniendo el visto bueno del Jefe del Departamento de Contabilidad, para asegurar la disponibilidad presupuestal. Todas las adquisiciones, arrendamientos y contratación de servicios por licitación pública, invitación restringida o por adjudicación directa, deberán sujetarse a la normatividad aplicable, tomando en cuenta la naturaleza de los recursos con que se efectúen, ya sean federales o estatales. Para efectos de la aplicación de las leyes en la materia, en ningún caso el importe total de una adquisición o contratación de servicio podrá ser fraccionado para quedar comprendido en los supuestos de excepción a que se refiere este punto. Según lo descrito en el procedimiento -P010, en donde se indican todas las directrices a seguir para realizar estas actividades. (ver Anexo 23). Las requisiciones de productos o servicios que requieran la utilización de medios de comunicación externos, medios informativos al interior de la o cualquier producto que contenga nombres o logotipos oficiales, además de las firmas requeridas conforme a estas políticas (ver Anexo 24), deberá contar con el visto bueno del Responsable de Comunicación y Difusión designado por Rectoría. Las requisiciones de cursos de capacitación, seminarios, diplomados u otros servicios referentes a capacitación y adiestramiento del personal de la, deberán contener las firmas requeridas conforme a estas políticas (ver Anexo 24) y la del visto bueno del Jefe del Departamento de Recursos Humanos. Queda estrictamente prohibido conformar pequeños almacenes de papelería, materiales o consumibles de cómputo en cada una de las áreas de la. Queda prohibido fraccionar o dividir una misma operación con el propósito de solicitar pagos en efectivo.

18 RESPONSABLE: RECTORÍA REVISIÓN: 00 HOJA 18 DE 90 Las Secretarías, Direcciones o Jefaturas, en apego al principio de austeridad, para realizar eventos deberán solicitar la contratación de los servicios correspondientes con un mínimo de 15 días previos a la celebración del mismo, quedando estrictamente prohibido toda contratación en forma directa por las áreas y bajo su responsabilidad de incumplimiento a dicha disposición. Las solicitudes de papelería, artículos de oficina, de cafetería y consumibles de cómputo, deberán utilizar el formato de Vale de Consumo. Los vales de consumo deberán contener la firma de autorización del Jefe inmediato superior, para surtir los materiales requeridos y serán autorizados por el Jefe de Departamento de Recursos Materiales y Servicios Generales. Las requisiciones deberán contar con al menos dos cotizaciones de proveedores para elaborar los cuadros comparativos, tratando de buscar precios y condiciones similares, ya que las negociaciones deben hacerse sobre la base de volumen anual, para tener una mayor capacidad de compras. Sólo podrá hacerse la adjudicación directa con una sola cotización, cuando: el importe de la operación de compra o contratación sea menor de $2,001.00, se trate de bienes o servicios especializados o de alta tecnología y/o no exista más de un proveedor o distribuidor en el Estado, se requieran productos de marca determinada y no la surta más de un proveedor, lo cual deberá quedar debidamente justificado. No se autorizarán requisiciones para regularizar el trámite; si los productos ya fueron adquiridos por algún área externa al Departamento, el Secretario Administrativo deberá autorizar la compra, y en caso de no ser autorizada, el gasto será cargado al usuario solicitante. El importe máximo de cada factura y por un mismo concepto que se pague a través del fondo revolvente asignado al Departamento es de $1, (Un mil pesos 00/100 M.N.). Los casos extraordinarios deberán ser autorizados por el Secretario Administrativo. No se permitirán facturas fraccionadas en el mismo periodo de comprobación, ni la compra de activos fijos mediante este fondo. Para las adjudicaciones de adquisiciones o contrataciones de servicios derivadas de licitación pública, invitación restringida o excepciones autorizadas a través del Comité, será necesario elaborar contrato y solicitar garantía de cumplimiento del mismo. En el caso de adjudicaciones directas no será necesario elaborar contrato, salvo que por la naturaleza de la operación sea conveniente para la, según lo indique el Secretario Administrativo.

19 RESPONSABLE: RECTORÍA REVISIÓN: 00 HOJA 19 DE 90 E Comité de Adquisiciones, Enajenaciones, Arrendamientos y Contratación de Servicios de la E Integración del Comité Con derecho a voz y voto: Presidente: Secretario Ejecutivo: Vocales: Rector Secretario Administrativo Titular del Órgano Interno de Control Representante de la Secretaría de Planeación y Finanzas del Poder Ejecutivo del Estado Representante de la Secretaría de Educación del Poder Ejecutivo del Estado Con voz pero sin voto: Representante: Servidor Público de la Secretaría de la Contraloría del Poder Ejecutivo del Estado Todos los miembros propietarios del Comité deberán nombrar a su respectivo suplente. Los miembros propietarios y suplentes del Comité deberán ser servidores públicos, cuyo nivel jerárquico no sea inferior al de Jefe de Departamento. Los miembros del Comité, que no sean servidores públicos, deberán garantizar su actuación a través del otorgamiento de fianza de fidelidad. Presidente Rector Secretario Ejecutivo Secretario Administrativo Representante Secretaría de la Contraloría Vocal Títular del Órgano Interno de Control Vocal Representante Secretaría de Educación Vocal Representante Secretaría de Planeación y Finanzas

20 RESPONSABLE: RECTORÍA REVISIÓN: 00 HOJA 20 DE 90 E Atribuciones de los Integrantes del Comité Presidente Proponer el orden del día y analizar previamente los expedientes correspondientes a los asuntos que se tratarán en cada sesión, y en su caso, ordenar las correcciones que juzgue necesarias; Convocar a las sesiones del Comité; Coordinar y dirigir las sesiones del Comité; Rendir un informe trimestral sobre las actividades del Comité al Titular de la Entidad; y Todas las funciones que se relacionen con las señaladas anteriormente. Secretario Ejecutivo Requisitar los contratos adjudicados por el Comité; Elaborar el orden del día correspondiente a cada sesión, levantando el acta circunstanciada y los documentos que contengan la información resumida de los casos que se dictaminarán, así como los demás documentos que integren los expedientes que se someterán a la aprobación del Comité; Citar a las sesiones por acuerdo del Presidente; Integrar los expedientes respectivos; Hacer llegar a cada uno de los miembros del Comité, el expediente correspondiente a cada sesión que se cite; Llevar a cada una de las sesiones del Comité, la documentación adicional que pueda requerirse; Ejecutar y vigilar que se realicen a través de las distintas áreas los acuerdos que se tomen y los compromisos que se adquieran; y Vigilar el oportuno cumplimiento de los objetivos que se haya propuesto el Comité, informando mensualmente al resto de los integrantes de los avances o retrasos que al respecto hubiese, así como la elaboración de los informes trimestrales. Vocales Analizar previamente los asuntos que se someterán a consideración del Comité, y emitir el voto respectivo durante la sesión, así como los comentarios que consideren pertinentes; Las demás que le encomiende el Presidente o el Comité en pleno.

21 RESPONSABLE: RECTORÍA REVISIÓN: 00 HOJA 21 DE 90 Representante Brindar asesoría al Comité sobre la ejecución correcta de la normatividad que en su caso resulte aplicable; y Emitir opinión acerca de los asuntos tratados en las sesiones del Comité, de manera fundada y motivada, cuando el caso lo amerite. E Operación del Comité Las reuniones del comité serán públicas y dirigidas por el Presidente, además se requerirá para su funcionamiento que estén presentes la mayoría de sus miembros. Las decisiones se tomarán por mayoría de votos; en caso de empate, el Presidente del Comité tendrá voto de calidad. El comité sesionarán cada que para ello fuere necesario, previa convocatoria del Presidente o de la mayoría de sus miembros, y por lo menos una vez al mes, pudiendo invitar a sus sesiones a las personas que estimen conveniente, las cuales tendrán voz pero no voto. Los planteamientos de los asuntos que se sometan a la autorización del comité se presentarán por escrito, conteniendo un resumen de la información que se presente; la documentación correspondiente deberá conservarse por un mínimo de cinco años. Esta documentación deberá ser firmada por cada uno de los asistentes a la sesión del Comité, la cual formará parte del acta correspondiente. Asimismo, los miembros del Comité rubricarán todas las propuestas técnicas y económicas, así como los sobres cerrados que contengan las propuestas económicas, quedando ambas en custodia de éste. Las propuestas, tanto técnica como económica, serán abiertas en el seno del Comité, de manera pública, y en presencia del representante de la Secretaría de la Contraloría, en la fecha y hora fijadas. De cada reunión se levantará un acta que será firmada por todos los integrantes del Comité que asistieron a la misma, sin omisión alguna de los integrantes y del representante de la Secretaría de la Contraloría. El Comité, dentro de los plazos previstos por la Ley, el Reglamento y demás disposiciones aplicables, podrá acordar recesos para el mejor desahogo de los asuntos de que conozca.

22 RESPONSABLE: RECTORÍA REVISIÓN: 00 HOJA 22 DE 90 E Funciones del Comité Celebrar concursos para la adjudicación de contratos en los casos establecidos en la ley de la materia. Realizar las licitaciones públicas de conformidad a las normas que regulen las enajenaciones onerosas de los bienes muebles e inmuebles. Aprobar los sistemas, procedimientos y manuales de operación y vigilar que la información relativa a las áreas de adquisiciones, arrendamientos de bienes muebles e inmuebles y contratación de servicios, sea procesada en sistemas computarizados, con su correspondiente soporte. Aprobar las propuestas de rescisión de contratos de los proveedores que hayan incurrido en incumplimiento total o parcial de los mismos. Publicar en los principales medios de comunicación impresos en el Estado o a nivel nacional, según sea el caso, las convocatorias de licitación. Promover la consolidación de adquisiciones como instrumento que permita un mejor aprovechamiento del poder adquisitivo del sector público. Conocer y en su caso sugerir las adecuaciones necesarias en cuanto a la organización de área de adquisiciones, arrendamientos de bienes y contratación de servicios. Con base en el presupuesto anual aprobado dentro de cada partida, definir la política relativa a la consolidación de bienes o servicios, a fin de que la contratación se lleve a cabo, preferentemente, de acuerdo a las necesidades anuales. Otorgar la autorización sobre la enajenación de los bienes muebles propiedad de la entidad, que no sean ya adecuados para el servicio público, resulte incosteable seguirlos utilizando en el mismo o se hayan adquirido con la finalidad de beneficiar a personas o comunidades de escasos recursos. En caso de inconformidad, una vez dictada la resolución y sin perjuicio de la responsabilidad que proceda respecto de los servidores públicos que hayan intervenido, el Comité deberá proceder a verificar conforme al criterio de adjudicación, si dentro de los que concursaron existe otra proposición que resulte aceptable, en cuyo caso, el contrato se celebrará con el proveedor respectivo. Tratándose de bienes muebles que estén bajo el servicio directo de servidores públicos, el Comité podrá autorizar su venta a éstos, o en su caso, mediante subasta pública, considerando su naturaleza, valor comercial, utilidad de los bienes, la responsabilidad en el

23 RESPONSABLE: RECTORÍA REVISIÓN: 00 HOJA 23 DE 90 cuidado de los mismos durante el servicio y la conveniencia de la venta. Analizar las justificaciones fundadas y motivadas- presentadas por escrito por la Secretaría Administrativa, para la modificación de contratos adjudicados por el Comité, por incremento en el costo o cantidad de los productos o servicios a adquirir, siempre y cuando éstos no sean mayores del aumento en el índice inflacionario o en su defecto del 20% de los mismos, y emitir su visto bueno. Analizar las justificaciones fundadas y motivadas- presentadas por escrito por la Secretaría Administrativa, para la prórroga de entrega de los bienes, siempre y cuando no exceda de una tercera parte del tiempo inicialmente convenido para ello, y emitir su visto bueno. Aprobar el arrendamiento de bienes muebles o inmuebles cuando se acredite la necesidad ante éste Órgano, siempre y cuando la renta no exceda del importe máximo que se autorice en el Presupuesto de Egresos de la Entidad para el ejercicio fiscal correspondiente. Fijar las bases, forma y porcentajes a los que deberán sujetarse las garantías que deban constituirse, respecto de las proposiciones en los procedimientos de adjudicación, el cumplimiento oportuno de los contratos y los vicios ocultos de los bienes y servicios que de acuerdo a su naturaleza pudieran resultar. Proceder a declarar desierta una licitación o invitación restringida cuando no se registren cuando menos dos concursantes y ninguna de las propuestas presentadas reúna los requisitos de las bases o sus precios no fueren aceptables, expidiéndose una segunda convocatoria o invitación. Tratándose de licitaciones o invitaciones restringidas en las que una o varias partidas se declaren desiertas, el Comité podrá proceder, sólo respecto a esas partidas, a celebrar una nueva licitación, o bien un procedimiento de invitación a cuando menos tres proveedores o de adjudicación directa, según corresponda. Cancelar una licitación o invitación restringida por caso fortuito o fuerza mayor. De igual manera, se podrán cancelar cuando existan circunstancias, debidamente justificadas, que provoquen la extinción de la necesidad para adquirir o arrendar los bienes o contratar la prestación de los servicios, y que de continuarse con el procedimiento de contratación se pudiera ocasionar un daño o perjuicio al convocante. Emitir el dictamen sobre la adjudicación de la licitación para realizar las adquisiciones o la contratación de arrendamientos y servicios. En los casos que resultare que dos o más proposiciones cumplen en igualdad de circunstancias con todos los requisitos, el pedido o contrato se ofrecerá adjudicar a los licitantes en partes

24 RESPONSABLE: RECTORÍA REVISIÓN: 00 HOJA 24 DE 90 proporcionales, de no aceptarlo estos últimos, el comité lo podrá adjudicar a quien éste lo determine. Pactar el suministro oportuno por parte del proveedor de las piezas, repuestos, refacciones y, en general de los elementos necesarios para mantener la operación de los bienes adquiridos o arrendados por el período de duración útil y normal de dichos bienes. Autorizar, bajo su consideración y más estricta responsabilidad, fundando y motivando por escrito su proceder, a la Secretaría Administrativa, para que realice la invitación restringida a cuando menos tres proveedores autorizados o interesados o la adjudicación directa de adquisiciones, arrendamientos, contrataciones y servicios, sólo en los siguientes casos: Cuando se declare cancelado un concurso por segunda vez; Cuando se trate de adquisiciones de productos alimenticios básicos o semiprocesados y bienes usados, con excepción de vehículos de motor. Tratándose de bienes usados, el precio de adquisición no podrá ser mayor al que se determine mediante avalúo que practicarán las instituciones de banca y crédito o terceros capacitados para ello, conforme a las disposiciones aplicables; Cuando el contrato sólo pueda celebrarse con una determinada persona, por tratarse de obras de arte, titularidad de patentes, derechos de autor u otros derechos exclusivos; Cuando peligre o se altere el orden social, la economía, los servicios públicos, la salubridad, la seguridad o el ambiente de alguna zona del Estado, como consecuencia de desastres producidos por fenómenos naturales; asimismo, cuando existan circunstancias que puedan provocar trastornos graves, pérdidas o costos adicionales importantes; Cuando no existan por lo menos tres proveedores, previa investigación de mercado aprobada por el Comité; Cuando se trate de servicios de mantenimiento, conservación, restauración y reparación de bienes en los que no sea posible precisar su alcance, estableciendo el catálogo de conceptos y cantidades de trabajo o determinar las especificaciones correspondientes; y Cuando se hubiese rescindido el contrato o no se haya formalizado el mismo, el Secretario Administrativo, a través del Comité verificará previamente si dentro de los que concursaron conforme a los criterios establecidos en la ley, existe otra proposición que resulte aceptable, en cuyo caso, el contrato se celebrará con el proveedor respectivo.

25 RESPONSABLE: RECTORÍA REVISIÓN: 00 HOJA 25 DE 90 Aprobar y actualizar el Manual de Integración y Funcionamiento del Comité de Adquisiciones, Enajenaciones, Arrendamientos y Contratación de Servicios de la y verificar que se aplique. Las demás que sean necesarias para el cumplimiento de su objeto. E Políticas del Comité El Comité aplicará las leyes, sus reglamentos y acuerdos, así como las demás disposiciones emitidas por las dependencias que tienen injerencia en las adquisiciones. Deberá cumplir y hacer cumplir los distintos lineamientos y políticas que él mismo establezca. No adjudicar pedidos cuando no se cuente con la disponibilidad presupuestal necesaria. Rechazar todos aquellos casos que no se ajusten a los lineamientos establecidos. El Comité deberá fomentar la consolidación y racionalización de las adquisiciones. Vigilar que se encuentre actualizada la base de datos del padrón de proveedores y darlo a conocer a las áreas involucradas. E.2.2 Servicios Generales El Departamento de Recursos Materiales y Servicios Generales será el encargado de controlar y contratar los servicios básicos (agua, electricidad, telefonía, celulares e Internet), así como realizar cualquier trámite para la cancelación y/o modificación en la contratación de estos servicios. Sólo se contratará servicio de telefonía celular para los funcionarios que cuenten con autorización del Secretario Administrativo. E.2.3 Mantenimiento y Reparación de Equipo de Transporte El Departamento de Recursos Materiales y Servicios Generales será el encargado de programar los servicios de mantenimiento vehicular con los talleres correspondientes, y deberá obtener la garantía de los servicios realizados, para efectos de cualquier reclamación. Las reclamaciones por reparaciones se tramitarán por medio del formato Reclamación de Garantía en el Departamento de Recursos Materiales y Servicios Generales. Las diversas áreas de la que cuenten con vehículos asignados, deberán identificar y poner a disposición del Departamento de Recursos Materiales y Servicios Generales, las unidades que no sean adecuadas

26 RESPONSABLE: RECTORÍA REVISIÓN: 00 HOJA 26 DE 90 para el servicio público, para que éste emita el dictamen correspondiente sobre el estado físico, historial, costos de mantenimiento de la unidad y que por su gasto resulte incosteable su utilización, a fin de darlos de baja del inventario, cumpliendo con la normatividad establecida al respecto. Lo referente a los vales de gasolina deberán de solicitarse al Departamento de Contabilidad. E.2.4 Pagos Las compras se negociarán a crédito, excepto cuando sean obtenidos descuentos en precio y por pronto pago que justifiquen financieramente el pago de contado o cuando se trate de proveedores únicos, cuyas políticas no contemplen el crédito, se trate de compras especiales, urgentes o de contingencia por causas fortuitas o de fuerza mayor. Cuando por razones justificadas sean otorgados anticipados a proveedores, derivados de licitación pública e invitación restringida, se deberá invariablemente solicitar fianza por el cien por ciento del mismo, como garantía acompañada del contrato respectivo. Tratándose de adjudicaciones directas con orden de compra, se exceptuará al proveedor de presentar garantía cuando el monto máximo del anticipo sea de $50,000.00; en caso contrario, se deberá exigir la presentación de la fianza correspondiente. Los anticipos otorgados no excederán del cincuenta por ciento del monto de la adquisición, salvo en casos plenamente justificados. E.2.5 Recepción de Facturas Todo proceso de Recepción de Facturas deberá ajustarse a lo descrito en el procedimiento -P011, en donde se indican todas las directrices a seguir para realizar esta actividad. (ver Anexo 25). E.2.6 Adquisiciones de Activos Fijos Todas las requisiciones de compra de activos fijos, deberán estar contempladas en el presupuesto anual autorizado y se aplicarán de acuerdo a su calendarización. La adquisición de activos fijos se deberá tramitar invariablemente a través del Departamento de Recursos Materiales y Servicios Generales, quedando estrictamente prohibido que cualquier área efectúe este tipo de adquisiciones con los fondos revolventes con que cuenten.

27 RESPONSABLE: RECTORÍA REVISIÓN: 00 HOJA 27 DE 90 En las adquisiciones de bienes muebles, el Departamento de Recursos Materiales y Servicios Generales deberá elaborar el resguardo de activo correspondiente y deberá turnar al Departamento de Contabilidad las facturas originales para su custodia y la capitalización de dichos activos en el rubro de Patrimonio en el balance mensual. Será responsabilidad del Departamento de Recursos Materiales y Servicios Generales mantener actualizado y realizar anualmente el inventario físico de bienes muebles, ajustándose a lo descrito en el procedimiento -P012, en donde se indican todas las directrices a seguir para realizar esta actividad. (ver Anexo 26). Los criterios para la consideración de activo fijo serán: el alto riesgo de sustracción y que el bien tenga un costo superior a 22 salarios mínimos vigentes de la zona C. Asimismo, el Departamento de Recursos Materiales y Servicios Generales será el responsable de controlar los bienes muebles que estén por debajo de los criterios anteriormente señalados, denominados enseres menores, tales como: papeleras, calculadoras, cestos de basura, herramientas, sillas apilables, ventiladores, etc. Los resguardos de bienes muebles serán firmados a nivel jefatura de departamento o similar, a excepción de los vehículos (suscritos por usuarios finales). Cuando sea necesario llevar algún equipo o bien a otro sitio fuera de las instalaciones de la, se deberá elaborar un vale de salida, mismo que deberá ser autorizado por el Jefe del Departamento de Recursos Materiales, mostrándolo al personal de vigilancia para control y permitir la salida; al momento de regresarlo, deberá mostrar el vale de salida autorizado para su cancelación. E.2.7 Baja de bienes muebles En los casos de robo, de manera inmediata se deberá presentar la denuncia correspondiente ante el órgano jurisdiccional competente y remitirse una copia al Departamento de Recursos Materiales y Servicios Generales, mientras que el original se remitirá al Abogado General para su seguimiento. En los casos de extravío o daños se deberá elaborar inmediatamente el acta administrativa por parte del resguardante y del Departamento de Recursos Materiales y Servicios Generales, haciendo constar los hechos, remitiendo una copia original al Órgano Interno de Control, el cual efectuará su evaluación y deslinde de responsabilidades, informando de ello a este Departamento, para proceder según sea el caso, a la baja definitiva del bien.

28 RESPONSABLE: RECTORÍA REVISIÓN: 00 HOJA 28 DE 90 El Departamento de Recursos Materiales y Servicios Generales efectuará la baja definitiva del bien dentro del inventario, ajustándose a lo descrito en el procedimiento -P012 (ver Anexo 26), informando de ello al Departamento de Contabilidad para su cancelación en registros. En los casos de robo, extravío o daño de bienes muebles por causas imputables al resguardante, deberán ser repuestos a su valor de reposición actual o en su caso reponer el bien con las características similares al inicial, presentando para tal efecto, la factura original a nombre de la Universidad Politécnica de Querétaro, haciendo de su conocimiento al Departamento de Recursos Materiales y Servicios Generales e ingresando la misma al Departamento de Contabilidad. En el caso de finiquitos se descontará el total del bien, a través del Departamento de Recursos Humanos, mismo que será consensuado con el trabajador. En el caso de los bienes inservibles, deberán ser acompañados con el acta levantada por el Departamento de Recursos Materiales y Servicios Generales, dando fe de que los mismos se encuentran en calidad de inservibles o no aptos para el servicio público, y deberá remitirse, anexando el soporte correspondiente al Comité, para la autorización de la enajenación y en su caso, proceder a la baja definitiva del inventario. E.2.8 Alta de bienes muebles La inclusión de bienes dentro del inventario se realizará con la factura original, asignando una clave de identificación de activo de conformidad con el tipo de bien que se trate. Todo proceso de Control de Inventarios deberá ajustarse a lo descrito en el procedimiento -P012, en donde se indican todas las directrices a seguir para realizar esta actividad. (ver Anexo 26). E.2.9 Definiciones Para la aplicación de las políticas y/o procedimientos del Departamento de Recursos Materiales y Servicios Generales, se entenderá por: Ley: a la Ley de Adquisiciones, Enajenaciones, Arrendamientos y Contratación de Servicios del Estado de Querétaro. Reglamento: al Reglamento para la Integración y Funcionamiento de los Comités de Adquisiciones, Enajenaciones, Arrendamientos y Contratación de Servicios del Poder Ejecutivo y Entidades Paraestatales del Estado de Querétaro. : a la Universidad Politécnica de Querétaro.

29 RESPONSABLE: RECTORÍA REVISIÓN: 00 HOJA 29 DE 90 Comité: al Comité de Adquisiciones, Enajenaciones, Arrendamientos y Contratación de Servicios de la Universidad Politécnica de Querétaro. Requisición: Documento en el cual se establecerán las especificaciones detalladas de los bienes o servicios requeridos por el área correspondiente (Formato -F010). Cotización: Documento en el cual el proveedor establece las características del bien o servicio, precio y condiciones de venta. Cuadro Comparativo: Documento en el cual se plasman las cotizaciones enviadas por los proveedores para ser analizadas y determinar la mejor oferta. (Formato -F014). Orden de Compra: Documento utilizado para formalizar el pedido con el proveedor de conformidad con la cotización presentada. (Formato - F015). Adjudicación Directa: Modalidad de adjudicación, atendiendo al monto de la contratación, mediante la cual se solicitan cotizaciones para seleccionar al proveedor que ofrezca las mejores condiciones. Invitación Restringida a cuando menos tres proveedores: Modalidad de adjudicación que de conformidad con el monto autorizado para la operación, se realiza seleccionando a los proveedores para que presenten sus ofertas y adjudicar el contrato. Licitación Pública: Modalidad de contratación que se realiza mediante convocatoria pública a través de Diario o Periódico- para que los interesados presenten sus propuestas y determinar el o los proveedores que serán contratados. Fondo Revolvente (caja chica, fondo de caja): Cantidad de dinero en efectivo destinado a un área en el Organismo para el manejo de gastos menores y por los que no se elabora cheque, el cual se restituye mediante la comprobación respectiva. F. CONTABILIDAD F.1. RESPONSABILIDADES Para que el Manual alcance sus objetivos deben cumplirse tres condiciones: o Que el contenido del manual se lleve a la práctica. o Que se enriquezca. o Que siempre esté actualizado. La primera alcanzará su objetivo, si se llevan en forma integral las acciones contempladas en el mismo.

30 RESPONSABLE: RECTORÍA REVISIÓN: 00 HOJA 30 DE 90 La segunda se cumplirá, si el personal involucrado en el Sistema Financiero está atento a los cambios que surjan durante la operación del sistema, ya sea porque la organización se modifica, porque se detectan nuevas funciones o debido a innovaciones técnicas. La tercera de las condiciones se cumplirá al nombrar a cargo del Departamento correspondiente, un responsable de coordinar y evaluar los cambios que el personal sugiera, con el único requisito de que se realicen en forma ordenada. Cuando surja algún cambio será necesario documentarlo en el presente Manual. La Secretaría Administrativa exhorta al personal involucrado en el Sistema de Contabilidad, a cumplir con los objetivos trazados y desea el mayor éxito en el desempeño de sus funciones. F.2. POLÍTICAS Y/O PROCEDIMIENTOS DE OPERACIÓN DEL DEPARTAMENTO F.2.1 Descripción del Sistema Contable Para mantener un control adecuado en el manejo de la Información Contable, así como el manejo de documentación de las diferentes áreas involucradas en los procesos del Sistema Financiero de la Universidad Politécnica de Querétaro, referido en el diagrama anteriormente citado, a continuación se detallan algunos puntos que deberán seguirse para la operación del Sistema Oracle General Ledger (G.L). F Numeración de Lotes y Pólizas El registro y control de las pólizas en el Sistema Oracle G.L. Financiero, requiere agrupar las pólizas en grupos llamados lotes de pólizas. La agrupación de las pólizas en lotes se establece con el fin de facilitar el control e identificación de grupos de pólizas con características de origen, fecha de generación y contenido afines. Cada lote deberá cumplir con el siguiente estándar de nomenclatura:

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