Rectora República de Colombia UNIVERSIDAD DE LOS LLANOS Consejo Superior. ACUERDO No. 021 DE 2002

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1 Rectora República de Colombia UNIVERSIDAD DE LOS LLANOS Consejo Superior ACUERDO No. 021 DE 2002 Por el cual se crea el Sistema de Proyección Social en la Universidad de los Llanos EL CONSEJO SUPERIOR DE LA UNIVERSIDAD DE LOS LLANOS, EN USO DE SUS ATRIBUCIONES LEGALES Y ESTATUTARIAS ESPECIALMENTE LAS QUE LES CONFIERE LA LEY 30 DE 1992 Y EL ACUERDO 027 DE 2000 CONSIDERANDO: Que en el marco de la Educación Superior, la Proyección Social es parte constitutiva de las políticas de la Universidad, de sus funciones sustantivas y del Proyecto Educativo Institucional. Que la Proyección Social en la Universidad de los Llanos debe constituirse en una herramienta intelectual básica de conocimiento e intervención, en diferentes contextos de acción y participación comunitaria. Que la Universidad de los Llanos, debe generar estrategias que conduzcan a incrementar la Proyección Social como expresión de su vocación y compromiso social. Que la Proyección Social, es soporte fundamental para el redimensionamiento de las prácticas de formación e investigación. Que la Proyección Social, conduce a un mejor conocimiento de los problemas y necesidades de la comunidad en la cual la Universidad está inmersa. Que la Proyección Social, conduce a mejorar las relaciones de interacción entre la Universidad y la comunidad. ACUERDA: 1

2 ARTÍCULO 1º. Crear el Sistema de Proyección Social de la Universidad de los Llanos. ARTICULO 2º. DEFINICIÓN DE PROYECCION SOCIAL La Proyección Social, es una función sustantiva de la universidad que la vincula con la sociedad, en búsqueda de alternativas de solución a sus principales problemas, mediante procesos permanentes e interactivos, que integran la docencia y la investigación con el propósito de desarrollar planes, programas y proyectos a partir de conocimientos sociales, científicos, tecnológicos, culturales, ambientales y de salud para contribuir con el desarrollo regional y nacional. Los espacios de realización de la proyección social son: La propia comunidad Universitaria, la comunidad regional y nacional. ARTÍCULO 3o. PRINCIPIOS Los principios que rigen la Proyección Social en la universidad son: Interacción e Integración social: es el vínculo de la universidad con los diferentes actores sociales que permite la aprehensión y comprensión de las problemáticas de la sociedad a partir de la integración del conocimiento. Comunicación: La Universidad mantendrá la comunicación de la institución con el medio externo. Cooperación: La Universidad cooperará con otras entidades, grupos, asociaciones o comunidades en la realización de programas y proyectos que puedan producir un avance en el conocimiento y una transformación de tipo económico, cultural o social. Solidaridad: La Universidad deberá concretar su compromiso con la sociedad mediante el diseño y puesta en marcha de programas, proyectos y actividades de Proyección Social, que atiendan las necesidades de los sectores más vulnerables de la población. Formación: La Universidad extenderá a la comunidad en general los procesos de formación que se generan en la investigación y en la docencia. Servicio: La Universidad prestará servicios técnicos, sociales, académicos y culturales a las comunidades y a los estamentos que lo requieran. Producción de conocimiento: La Universidad estimulará la generación de conocimiento mediante el intercambio de información entre los diferentes estamentos que la conforman y de estos con las distintas instancias y organizaciones de la sociedad en general. Retroalimentación constante con el medio: La Universidad estará en constante retroalimentación de sus actividades, frente a los cambios científicos, tecnológicos, sociales y comportamientos de la comunidad regional y nacional. Contexto ético de Regulación: La Universidad es responsable como institución frente a la comunidad de sus actividades y comportamientos. Gestión Prospectiva y Estratégica: Los procesos de Proyección Social se desarrollaran con orientaciones prospectivas y estratégicas en función del desarrollo social e institucional. ARTÍCULO 4º. OBJETIVOS Los objetivos de la proyección social en la Universidad, son los siguientes: Asumir el estudio permanente de los problemas del entorno, así como la elaboración de proyectos que conlleven a su solución. Generar un ambiente que permita mejorar la capacidad endógena de innovación y transferencia de conocimiento de los productos de docencia e investigación. Elevar significativamente la gestión institucional en el contexto regional y nacional, estableciendo relaciones de intercambio y cooperación con los actores o líderes de la población. Asumir el quehacer formativo e investigativo regional, en función de su pertinencia y relevancia en el contexto regional. Promover la difusión, la recuperación y el sentido de la identidad cultural, mediante la organización de actividades y eventos pertinentes. ARTÍCULO 5º. POLITICAS DEL SISTEMA DE Las políticas del Sistema de Proyección Social en la Universidad, son: Concebir la Proyección Social como práctica permanente de articulación de la formación y la investigación. Favorecer la interacción permanente de la Universidad con los diferentes actores sociales del ámbito regional y nacional. Fomentar y contribuir al desarrollo de las diferentes expresiones y manifestaciones de la cultura. 2

3 Garantizar los espacios y los estímulos económicos para el ejercicio de la Proyección Social. Propender por el mejoramiento de la calidad de vida de las comunidades promoviendo principios de sostenibilidad, en los proyectos de desarrollo comunitario que se implementen. Propiciar y fortalecer las relaciones de las distintas dependencias universitarias con el sector productivo, sector oficial, sus egresados y la comunidad en general. Garantizar que sus actividades se enmarquen en los principios que orientan las demás acciones universitarias dentro de los criterios de calidad y de excelencia académica. ARTICULO 6º CAMPOS DE REALIZACIÓN DE PROYECCION SOCIAL El cumplimiento de los objetivos y políticas de proyección social en la Universidad se realizará a través de las siguientes acciones: Prácticas y proyectos comunitarios:son la materialización del compromiso de la Universidad con la sociedad y buscan la articulación de los conocimientos a situaciones concretas, con el fin de lograr la validación de saberes, el desarrollo de las competencias profesionales, y la atención directa a las necesidades del medio. Gestión Cultural: Comprende todas aquellas acciones que propenden por la apropiación, desarrollo y preservación de las diferentes culturas de la región. Gestión Tecnológica: Comprende todas aquéllas acciones relacionadas con la innovación, generación, adecuación, transferencia, actualización y difusión de tecnología. Educación Continuada: Conjunto de actividades académicas debidamente organizadas, ofrecidas con el objeto de ofrecer, complementar y actualizar conocimientos, no conducente a título y sin sujeción a los niveles y grados establecidos en el Sistema Colombiano de Educación Formal. Presencia Institucional: La Universidad está presente en los diferentes ámbitos, generando espacios que correspondan con su quehacer académico y social. Planeación y gestión: Diseño y desarrollo de estrategias que permitan el fortalecimiento del quehacer institucional y el desarrollo de las comunidades. Asesorías: Acciones de apoyo o acompañamiento desde el conocimiento y la experiencia académica para la solución de problemáticas previamente identificadas y la toma de decisiones. Consultorías: Conceptos especializados que se emiten como respuesta a solicitudes formuladas sobre asuntos específicos. Interventoría: Verificación del cumplimiento de los términos en el desarrollo de proyectos, convenios y contratos. Veeduría: Es una forma de interventoría que se efectúa con fines sociales, comúnmente para defender los intereses de la comunidad general en el desarrollo de proyectos de impacto público. Eventos: Formas de difusión y circulación del conocimiento y competencias académicas de la Universidad, con relación a diversas temáticas y problemáticas. ARTICULO 7º. DE LA ORGANIZACIÓN Las instancias de dirección, asesoría, apoyo académico, seguimiento y evaluación de proyección Social son: Consejo Institucional de Proyección Social. Dirección General de Proyección Social. Centros de apoyo. PARÁGRAFO. La Dirección General de Proyección y los Centros de Proyección Social de las Facultades se definen en el acuerdo de Marco General del Sistema Académico y Curricular de la Universidad de los Llanos. ARTÍCULO 8º. CONSEJO INSTITUCIONAL DE Es una instancia de carácter decisorio para la regulación, seguimiento y evaluación de la función de Proyección Social. ARTÍCULO 9º. CONFORMACIÓN DEL CONSEJO INSTITUCIONAL DE PROYECCIÓN SOCIAL Rector quien lo preside. Vicerrector Académico, quien preside en ausencia del rector. Director General de Proyección Social Director General de Investigaciones Directores de los Centros de apoyo de Proyección Social de cada una de las Facultades. Un representante de los profesores, elegidos por los profesores que tengan proyectos vigentes de proyección social, por un período de dos años. ARTÍCULO 11. FUNCIONES DEL CONSEJO INSTITUCIONAL DE 3

4 Estudiar y proponer las políticas de Proyección Social orientadas a la articulación con los Programas de formación e investigación. Proponer y asesorar al Consejo Académico en lo referente a políticas, estrategias y acciones de Proyección Social Institucional. Estudiar y aprobar el plan de Proyección Social de la Universidad. Apoyar acciones de integración e interacción con instituciones y organizaciones para el cumplimiento de la misión institucional. Estudiar y distribuir el presupuesto de Proyección Social de la Universidad. Coordinar con el Consejo Institucional de Investigaciones la socialización de la investigación desarrollada por la Universidad. Estudiar y avalar los convenios. Estudiar y aprobar los proyectos y acciones institucionales de Proyección Social. ARTÍCULO 12. El Consejo Institucional de Proyección Social se reunirá, como mínimo una vez al mes. ARTICULO 13º. CENTROS DE APOYO DE En cada facultad existirá un Centro de apoyo de proyección Social, con un director y un comité integrado por: a. Decano quien lo preside. b. El Director del Centro, quien lo presidirá en ausencia del Decano. c. El Director del Centro de Investigaciones de la Facultad. d. Un Profesor de la Facultad designado entre los Docentes que tienen proyectos vigentes de Proyección Social. e. Un Representante de los estudiantes, designado por estudiantes que desarrollen actividades de Proyección Social. ARTICULO 14º. FUNCIONES DEL CENTRO DE APOYO DE Son funciones del Centro de Proyección Social las siguientes: a) Apoyar las políticas, planes y proyectos de Proyección Social de la Facultad. b) Administrar los recursos disponibles para el desarrollo de planes, programas y proyectos de la Facultad y fomentar e impulsar una política de diversificación de sus fuentes. c) Apoyar a la comunidad académica de la Facultad en todas las acciones que conduzcan al mejoramiento de la Proyección Social, y de la articulación con los diferentes sectores de la sociedad. d) Buscar apoyo financiero a través de prestación de servicios de asesoría y consultoría, contratos y convenios. e) Elaborar y actualizar los inventarios de servicios y productos académicos que puedan ser ofrecidas por la Facultad, dentro del programa de Proyección Social a la comunidad, y enviarlos a la Dirección de Proyección Social. f) Propiciar la socialización del conocimiento generado en las Facultades como resultado de la investigación. g) Elaborar, estudiar y recomendar las propuestas de convenios institucionales que favorezcan el desarrollo del trabajo académico de la Facultad. h) Evaluar las actividades de Proyección Social desarrolladas por la Facultad. i) Elaborar y distribuir el presupuesto de Proyección Social de la Facultad. ARTÍCULO 15º. FINANCIACIÓN DE LA En el presupuesto anual de la Universidad se establecerá un rubro donde se destinarán las partidas necesarias para el desarrollo de las actividades de la Proyección Social, bajo la coordinación del Consejo Institucional de la Proyección Social. Serán fuentes de financiación de la Proyección Social el 1.5% de los recursos propios de la Universidad, las donaciones para Proyección Social, y los recursos provenientes de la gestión de proyectos de organizaciones nacionales e internacionales entre otros. ARTÍCULO 16. DISTRIBUCIÓN DE LOS EXCEDENTES POR PRESTACIÓN DE SERVICIOS De los excedentes que ingresen a la Universidad por el Desarrollo de las actividades de Proyección Social contempladas en el presente Acuerdo, tendrán destinación especifica los siguientes porcentajes: Treinta por ciento (30%) para los fondos comunes de la Universidad y el setenta por ciento (70%) para las Facultades o Institutos que ejecuten los proyectos. ARTICULO 17º. RECURSOS DE LA DESTINACIÓN DE Los Consejos de Facultad reglamentarán la destinación de los recursos que ingresen a los programas especiales por la realización de actividades de Proyección Social. Los excedentes que ingresen a los fondos comunes de la universidad por Proyección Social serán destinados para apoyo a la docencia, 4

5 investigación, y a los programas de proyección social que no generen ingresos a la Universidad. ARTÍCULO 18º.DE LAS ACTIVIDADES DE Todas las modalidades y prácticas de proyección social, remuneradas o no, salvo las que están directamente ligadas a programas curriculares, como prácticas universitarias, los servicios docente-asistenciales y participación de profesores, ponentes en seminarios, congresos y eventos de similar naturaleza, se formulan, como componentes de proyectos de proyección social, sujetos a las siguientes condiciones: a) Toda iniciación de gestión relacionada con el desarrollo de proyectos de proyección social, requiere el aval de la Facultad o Instituto comprometido. b) Los proyectos de Proyección Social, deben ser aprobados por el Consejo Institucional de Proyección Social, a través de los respectivos Centros, además establecerá la distribución de los recursos. c) Cuando queden en propiedad de la Universidad de los Llanos los equipos, software, libros, videos y otros activos fijos que sean adquiridos para la ejecución de proyectos o programas de proyección social, las Facultades e Institutos determinarán su uso y destino. ARTICULO 19º. VIGENCIA El presente acuerdo rige a partir de la fecha de su expedición. COMUNÍQUESE Y CUMPLASE. Villavicencio, 9 de Septiembre de 2002 CARLOS ARIEL JIMENEZ OBANDO Presidente RUTH ESPERANZA TRIANA NIVIA Secretario Sesión N 030 del 20 de Agosto de 2002: Aval del Consejo Académico Aprobado en primer debate: sesión 021 del 26 de agosto del 2002 Aprobado en segundo debate: sesión 022 del 9 de septiembre de

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