Goodrich Aerospace de Mexico, S de R.L. de C.V. TÉRMINOS Y CONDICIONES PARA ORDENES DE COMPRA INDIRECTOS

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1 Goodrich Aerospace de Mexico, S de R.L. de C.V. TÉRMINOS Y CONDICIONES PARA ORDENES DE COMPRA INDIRECTOS DEFINICIONES (a) Comprador significará Goodrich Aerospace de Mexico, S de R.L. de C.V., una sociedad mexicana con su lugar principal de negocios en Mexicali, Baja California. (b) Orden significará cualquier orden de compra emitida por el Comprador que incorpore por referencia el presente formato. (c) Producto significará cualquier bien o servicio especificado en una Orden a ser entregada por el Vendedor al Comprador. (d) Vendedor significará el proveedor del Producto según se identifica en la carátula de la Orden. A. COMPRA. A.1 EL TIEMPO ES ESENCIAL. El tiempo es esencial en el desarrollo de la Orden por parte del Vendedor. A.2 TERMINACIÓN POR CONVENIENCIA. El Comprador se reserva el derecho de dar por terminada esta Orden, o cualquier parte de la misma, a su sola conveniencia. En caso de dicha terminación, el Vendedor cesará de inmediato todo trabajo bajo el presente y de inmediato hará que todos sus proveedores y subcontratistas también lo hagan. En caso de terminación por conveniencia por parte del Comprador de toda o parte de esta Orden, el Vendedor podrá presentar una reclamación al Comprador dentro de los sesenta (60) días de calendario posteriores a la fecha efectiva de terminación. El Vendedor pondrá de manera razonable a disposición del Comprador o del representante del Comprador los libros y registros del Vendedor que soporten la reclamación de terminación del Vendedor. El Vendedor deberá mitigar costos relacionados con la terminación del Comprador bajo este Artículo A.2. El Vendedor no tiene derecho al reembolso de ningún trabajo desempeñado o de costos incurridos que el Vendedor podría de manera razonable haber evitado. En ningún caso el Comprador estará obligado a pagar al Vendedor cantidad adicional al valor total del Pedido. El no estar de acuerdo con el convenio de terminación de la reclamación se considerará como una disputa y deberá resolverse de conformidad con lo establecido en los Articulos I.4 o I.5, según sea aplicable. La propiedad de todo el equipo, materiales, trabajo en proceso, herramientas especiales, productos terminados y cualquier cosa adquirida por el Vendedor en relación con la Orden, incluyendo cualquier plano, dibujo, especificaciones, información y otros artículos que se pudiera haber requerido que fueran entregados al Comprador, será del Comprador. Las disposiciones de la presente cláusula no limitará ni afectará los derechos o remedios del Comprador establecidas en otras cláusulas de la presente Orden o el Acuerdo relevante dispuesto por la ley en caso de incumplimiento o violación por parte del Vendedor. A.3 SUSPENSION DE TRABAJO. El Comprador podrá ordenar la suspensión de todo o parte del trabajo por un período de noventa (90) días. Dentro de dicho período, o cualquier extensión del mismo que haya sido acordada por las partes, el Comprador: (i) cancelará la orden de trabajo detenida, (ii) dejará que dicha orden venza, o (iii) terminará el trabajo cubierto por dicha orden de conformidad con la Cláusula A.2 o A.4 del presente. Si una orden de trabajo detenida es cancelada o el período de cualquier extensión vence, el Vendedor reanudará el trabajo. Si la suspensión tiene un efecto material en el costo o en la entrega, se hará un ajuste equitativo en el precio (excluyendo utilidades) y/o la entrega. No se permitirá ninguna reclamación a menos que sea en una cantidad establecida dentro de los veinte (20) días posteriores a que termine la suspensión. El Comprador o su representante debidamente autorizado tendrá acceso a y el derecho de examinar todos los libros, registros y documentos pertinentes para corroborar dicha reclamación. A.4 INCUMPLIMIENTO. (a) El Comprador podrá dar por terminada la Orden en su totalidad o, de tiempo en tiempo, en parte, en cualquiera de las siguientes circunstancias: (i) Si el Vendedor se rehúsa a entregar o no entrega los artículos o cualquier parte de los mismos o a llevar a cabo cualquier servicio que sea requerido por la Orden estrictamente dentro del tiempo especificado en la misma o cualquier extensión de la misma otorgada por escrito por el Comprador, (ii) el Vendedor no cumple de manera estricta con cualquier disposición de la Orden, incluyendo éstos términos y condiciones, o si el avance que lleva pone en peligro el cumplimiento con la Orden de conformidad con los términos, o si rechaza la Orden; o (iii) si el Vendedor suspende sus negocios o pasa a ser insolvente o sujeto a cualquier ley relacionada con la quiebra, huelga, insolvencia o suspensión de pago. Si el Comprador solicita una garantía de cumplimiento, el Vendedor proporcionará la misma dentro de un período de siete (7) días hábiles. (b) En caso de dicha terminación, el Comprador podrá comprar o fabricar artículos similares sin mayor pago y/o le solicitará al Vendedor que transfiera la posesión y entregue al Comprador en la manera y en la medida indicada por el Comprador de: (i) cualesquier artículos terminados y (ii) los artículos parcialmente terminados y los materiales, partes, herramientas, dados, planos, dibujos, derechos de contrato y otros datos de propiedad y técnicos que el Vendedor haya producido, adquirido o usado en el cumplimiento con la Orden. La obligación del Comprador hacia el Vendedor estará limitada al pago al Vendedor a precio de contrato de cualesquier artículos entregados de conformidad con (i) lo anterior (equitativamente reducidos si no cumplen con las especificaciones), y por artículos entregados de conformidad con el punto (ii) anterior, de lo que sea menor de: (a) su valor de mercado, (b) su costo al Vendedor, o (iii) la cantidad apropiada si hubiera NUMERO (FORM NO (GAM) 12-09) (1) habido un acuerdo, en caso de que tuviera lugar la cancelación de conformidad con la Cláusula A.2 del presente. (c) El Vendedor continuará cumpliendo con la Orden en la medida en que la misma no se terminada. Los derechos del Comprador según se establecen en el presente son adicionales a todos los demás remedios dispuestos por la ley o en equidad. Si después de un aviso de terminación de la Orden bajo las disposiciones de la presente cláusula, se determina que por cualquier razón el Vendedor no estaba en incumplimiento, los derechos y obligaciones de las Partes serán las mismas como si el aviso de terminación hubiera sido emitido de conformidad con la Cláusula A.2 de terminación por conveniencia del presente. A.5 CRÉDITOS DE REDUCCION DE EMISIONES. En exclusión de lo demás, el Comprador o su cesionario tendrán derecho a todos los beneficios industriales o créditos de reducción de emisiones que pudieran resultar de la Orden relevante. El Vendedor proporcionará la documentación o información, que el Comprador o su cesionario puedan solicitar de manera razonable para corroborar las reclamaciones por beneficios industriales o créditos de compensación. El Vendedor conviene en usar esfuerzos razonables para identificar el contenido extranjero de bienes, que el Vendedor ya sea produzca por sí mismo u obtenga de otras compañías para trabajo directamente relacionado con la Orden relevante. Después de seleccionar un subcontratista para trabajo bajo la Orden relevante, el Vendedor notificará, lo antes posible al Comprador, el nombre, domicilio, punto de contacto de subcontratista (incluyendo número telefónico) y valor en dólar del subcontrato. A.6 RENUNCIA Y EJECUTABILIDAD. Cualquier acción o inacción por parte del Comprador no constituirá una renuncia a cualquier derecho o remedio del presente. El hecho de que el Comprador no haga cumplir en cualquier momento cualquiera de las disposiciones de la Orden o no ejerza cualquier derecho previsto en el presente, o no requiera en cualquier momento el cumplimiento de cualquiera de las disposiciones del presente, no se interpretará como una renuncia presente o futura de dichas disposiciones, ni afectará de manera alguna la validez de la Orden o cualquier parte de la misma, o el derecho posterior para hacer cumplir todas y cada una de dichas disposiciones. La renuncia expresa (ya sea una (1) o más veces) a cualquier disposición, condición o requerimiento de la Orden no constituirá una renuncia a cualquier obligación futura de cumplir con dicha disposición, condición o requerimiento. Una determinación de que cualquier porción de la Orden no es ejecutable o es inválida no afectará la ejecutabilidad o validez de cualquiera de las demás porciones de la Orden. B. ENTREGA. B.1 EMPAQUE Y EMBALAJE. Todos los artículos deberán ser adecuadamente empacados por el Vendedor para asegurar su protección durante el envío y almacenaje. Los precios incluyen todos los cargos por empaque y embalaje. Los envíos de materiales o substancias peligrosas deberán ser empacados y transportados en cumplimiento con todas las disposiciones aplicables de la Ley General del Equilibrio Ecológico y de la Protección al Ambiente y el Reglamento para el Transporte Terrestre de Materiales y Residuos Peligrosos, así como con las Normas Oficiales Mexicanas aplicables. B.2 HOJA DE EMPAQUE. Cada envío deberá estar acompañado de hojas de empaque y deberán contener lo siguiente: (1) Número de Orden del Comprador; (2) Número de Artículo de la Orden; (3) Número de Autorización de Flete Premium; (4) Transportista; (5) Número de Parte del Comprador; (6) Número de Hoja de Empaque; (7) Cantidad Enviada; (8) Unidad de Medida; y (9) Número de Contenedores. Si el envío se hace en más de un contendor, sólo el primer contenedor requiere la hoja de empaque. Cada contenedor deberá estar identificado en el exterior en orden numérico ascendente; i.e. (Caja 1 de 2; Caja 2 de 2, etc.). El número de Orden deberá ser mostrado en todas las facturas, conocimientos de envío y correspondencia. B.3 TÉRMINOS DE ENTREGA. (1) A menos que se especifique lo contrario en la carátula de la Orden, los términos de entrega para todos los envíos será Libre Transportista (FCA) en el lugar de destino del Comprador según INCOTERMS (2) Todos los envíos en cualquier día de calendario al mismo destino deberán ser efectuados en una sola carta porte. (3) Cada envío está asegurado por el Comprador hasta su punto de entrega. El Proveedor nunca deberá asegurar o declarar valores excedentes en la información de envío del transportista. Cuando la tarifa del transportista esté basada en la valoración de los artículos enviados, el Vendedor declarará la valoración más baja para obtener la tarifa más baja posible. Los cargos excedentes de tarifa que resulten por seguro o por valoración excesiva serán cargados al vendedor. (4) El Vendedor deberá mostrar el número de Orden de Compra del Comprador la carta porte del transportista. (5) El Vendedor deberá contactar al Departamento de Tráfico del Comprador para rutas específicas e instrucciones para el transportista. (6) El Vendedor deberá contactar el Departamento de Tráfico del Comprador para asistencia en la asignación de ruta si los envíos no pueden ser enviados vía el transportista especificado en la Orden de Compra.

2 B.4 REQUERIMIENTOS DE SELECCIÓN DE RUTA. (1) A menos que el Vendedor haya recibido una carta de ruta específica del Departamento de Tráfico del Comprador que cubra envíos desde su ubicación, (a menos que el Vendedor sea responsable por los costos de envío) serán aplicables las siguientes disposiciones generales de asignación de ruta: (a) Envío de lbs. via FedEx por Tierra COLLECT o UPS por Tierra Collect. Favor de contactar al Departamento de Tráfico del Comprador para los números de cuenta. Contactar FedEx Ground o UPS para artículos de envío. (b) Envío de más de 101 lbs. según se establezca en la Orden. (c) Los envíos Collect premium requiere un Número de Autorización de Flete Premium (PREFAR por sus siglas en ingles) el cual será asignado ya sea por el Comprador o por el Departamento de Tráfico. Los proveedores deberán mostrar el número PREFAR y el Número de Orden de Compra del Comprador en el Bloque de Referencia del Remitente en la guía aérea. Favor de contactar al Departamento de Tráfico del Comprador para asistencia en la asignación de ruta para cualquier pieza de tamaño muy grande incluyendo envíos por aire con cualquier longitud que exceda de 121, ancho que exceda de 84, o altura que exceda de 74, y o peso que exceda de 5,000 lbs. B.5 ALMACENAJE TEMPORAL. De tiempo en tiempo el Comprador tendrá derecho a solicitarle al Vendedor que mantenga, sin costo para el Comprador, la custodia de los Productos en lugar de la entrega según el calendario. En la medida en que dichas circunstancias permitan el almacenaje temporal de dichos Productos y sujeto a las limitaciones de duración y cantidad, las cuales el Vendedor deberá declarar, el Vendedor no negará sin causa justificada consentimiento para dicho almacenaje temporal. B.6 FACTURAS, CUANDO APLIQUE, PRECIO Y PAGO. (a) Las facturas serán enviadas al Departamento de Cuentas por Pagar del Comprador, según se establece en la carátula de la Orden de Compra. Las facturas deberán cumplir con las regulaciones fiscales mexicanas. El Vendedor acuerda en indemnizar al Comprador en caso de no cumplir con dichas reglas. (b) El Vendedor garantiza que el precio a ser cobrado por los artículos cubiertos por la Orden no excederá los precios cobrados bajo condiciones similares. El Vendedor reembolsará cualquier cantidad excedente que sea pagada por el Comprador. (c) El pago de la factura del Vendedor podrá ser compensado por (i) cualquier daños que resulten de la violación de contrato bajo cualquier contrato entre el Comprador y el Vendedor, (ii) cualquier cantidad adeudada en cualquier momento por el Vendedor al Comprador, o (iii) cualquier ajuste por faltantes o rechazos y cualesquier costos ocasionados por los mismos. La fecha para el cálculo del descuento de efectivo será la fecha en que el material o servicio aceptable sea recibido o la fecha en que una factura aceptable sea recibida, lo que ocurra después. El pago por cualquier envío que se adelante al calendario podrá, a opción del Comprador, ser efectuado basado en la fecha de entrega programada. (d) Excepto según se prevé en contrario en la Orden, el (los) precio(s) establecido en el presente incluye todos los impuestos y otros gastos similares aplicables. B.7 CALENDARIO DE ENTREGA. El Vendedor conviene en entregar el Producto en estricto cumplimiento con el calendario de entrega según aparece en la carátula de la Orden aplicable, y el Vendedor conviene en que el Comprador podrá devolver a costa y riesgo del Vendedor todo Producto enviado de otra manera. Si las entregas del Vendedor no cumplen con los calendarios especificados por el Comprador de tal manera que el Comprador se vea obligado a llamar al Vendedor para enviar por otra ruta diferente a la designada para agilizar la entrega, el Vendedor asumirá la diferencia por el costo adicional de transportación. El Vendedor no fabricará ni ordenará materiales de manera anticipada al tiempo de flujo requerido del Vendedor ni entregará materiales de manera anticipada al calendario establecido en la Orden sin el permiso por escrito del Comprador. El Vendedor conviene en notificar al Comprador por escrito de cualquier retraso potencial en el calendario. El Producto entregado bajo la Orden que exceda la cantidad ordenada en el presente será devuelto al Vendedor o retenido por el Comprador sin costo para el Comprador. B.8 INFORMACIÓN DE SUSTANCIAS PELIGROSAS. El Vendedor proporcionará una Hoja de Datos de Seguridad de Material completa para cada material que contenga sustancias peligrosas según la Norma Oficial Mexicana NOM-018-STPS-2000, y el Reglamento Federal de Seguridad, Higiene y Trabajo. Los Productos del Vendedor deberán cumplir con los requisitos establecidos por el Comprador en los Documentos GRGS-100, Control de Substancias en Productos de la Cadena de Suministro de Goodrich, y en GRGS 101 Lista de Substancias Declarables (las Especificaciones ), las cuales están disponibles en El Comprador restringirá el uso de la información de ingredientes de marca registrada por el Vendedor la cual sea recibida en los términos que se establecen y que sea utilizada en los Departamentos Médicos, Higiene Industrial y Control Ambiental del Comparador para la protección de sus empleados, excepto cuando la revelación a autoridades federales, estatales o lacales sea requerida por leyes o reglamentos federales, estatales o locles. El Vendedor deberá dar aviso por anticipado al Comprador de cualquier material de asbestos que se encuentre contenido en cualquier componente, equipo, maquinaria, artículos de mantenimiento del edificio, o partes de producción que contengan o que estén hechos de material de asbestos en cualquiera de sus formas minerales. La aceptación por escrito o la ejecución de cualquier Orden o Contrato de Compraventa por el Vendedor, será considerado como una manifestación de conformidad con los requisitos establecidos por este Artículo B.8. El Vendedor deberá serguir las directrices del Comprador, si las hubiese, las cuales podrán ser anexadas y formar parte de estos Términos y Condiciones Para Ordenes de Compra via una Orden o un Contrato de Compraventa. El Vendedor deberá indeminizar y dejar libre y a salvo al Comprador respecto de cualquier pérdida, demanda, penalidad, multa, daños, acuerdo y todo gasto razonable asociado con el incumplimiento por parte del Vendedor a cualquier ley o reglamento relacionado con substancias peligrosas C. CALIDAD. C.1 INSPECCIÓN. El trabajo llevado a cabo bajo la Orden estará sujeto a inspección en las instalaciones del Vendedor y/o las instalaciones de cualquiera de los sub-proveedores del Vendedor según pueda ser solicitado por representantes del Comprador, o cualquier agencia gubernamental. El Comprador podrá a su discreción y por el período que considere necesario ubicar a un representante residente en las instalaciones del Vendedor. Al representante del Comprador se le dará acceso inter alia a todas las áreas de trabajo, status del Producto, programas internos, tablas, reportes y revisiones que sea necesario para asegurar la coordinación y cumplimiento a tiempo con la Orden. El Vendedor otorgará facilidades razonables para la seguridad y conveniencia de dichos representantes proporcionales a las que se le proporcionan a un miembro de su propio personal de un puesto similar. Dichas facilidades y equipo serán proporcionados sin cargo alguno. El Vendedor deberá incluir el contenido de esta cláusula en todos los subcontratos que se emitan bajo el presente. Cada Producto estará sujeto a la inspección final y aceptación del Comprador en el destino no obstante que la propiedad haya pasado al Comprador, que el Comprador haya efectuado un pago previo, o que el Comprador o una dependencia gubernamental puedan haber llevado a cabo algún tipo de inspección de fuente. Si en cualquier momento se encuentra que los Productos están defectuosos en material o en mano de obra o que no cumplen con los dibujos, especificaciones, muestras u otros requerimientos de la Orden, el Comprador podrá, además de cualesquier otros derechos que pudiera tener bajo la u otro, (i) corregir o haber corregido el incumplimiento con las especificaciones a costa del Vendedor, o rechazar y devolver dicho artículo al Vendedor, y (ii) recuperar por compensación u otro todos y cualesquier costos, gastos y daños pagados, incurridos o sufridos por el Comprador como resultado de o relacionados con le tenencia, devolución, reemplazo, corrección o rechazo del Producto que no cumpla con las especificaciones. El Producto Rechazado será devuelto a costa y riesgo del Vendedor. El Vendedor será responsable por el costo de transporte relacionado con la devolución re-envío de cualquier Producto rechazado por el Comprador por no cumplir con las especificaciones. La entrega de Producto defectuoso no deberá considerarse como un cumplimiento con el calendario de entrega que se requiere en el presente ni la aceptación de cualquier producto deberá considerarse como que altera o afecta la obligación del Vendedor o los derechos del Comprador bajo el Artículo D de esta Orden. La inspección, revisión o aprobación por parte del Comprador de cualquier trabajo, dibujo, diseño u otro documento no relevará al Vendedor de cualquiera de sus obligaciones bajo la Orden ni constituirá una renuncia a cualesquier defectos o incumplimientos con las especificaciones de cualquier Productos. C.2 CONTROL DE CONFIGURACIÓN. El Vendedor conviene en no hacer cambios en materiales, procesos o detalles de diseño sin la aprobación previa por escrito del Comprador. Si dicha aprobación es otorgada, todos los números de partes y los originales de todos los dibujos y datos serán modificados por consiguiente. El Vendedor colocará el anterior requerimiento en todos sus subcontratos para equipo comprador identificado del proveedor ya sea que dicho equipo sea proporcionado al Vendedor como un artículo final o como un componente o como parte de un artículo final. D. GARANTÍA. D.1 GARANTÍA DE BIENES. El Vendedor garantiza que todos los bienes proporcionados bajo el presente estarán libres de defectos en material y mano de obra y que cumplirán con todas las especificaciones, planos y/u otras descripciones aplicables. A menos que sean fabricados de conformidad con el diseño detallado proporcionado por el Comprador, el Vendedor asume la responsabilidad de diseño y garantiza que los bienes son adecuados para el fin previsto. D.2 GARANTÍA DE SERVICIOS. El Vendedor garantiza que todos los servicios serán llevados a cabo por empleados o agentes del Vendedor que tengan las habilidades, calificaciones y licencias necesarias para llevar a cabo los servicios con el mismo grado de cuidado, habilidad y diligencia usualmente poseídas y ejercidas por un miembro de la misma profesión, actualmente en práctica, bajo circunstancias similares. Todos los servicios: (i) cumplirán con todas las propuestas, descripciones y especificaciones proporcionadas por el Comprador o proporcionadas por el Vendedor y aprobadas por escrito por el Comprador, (ii) serán llevados a cabo de manera profesional, y (iii) estarán libres de defectos. En caso de cualquier defecto o incumplimiento con especificaciones, el Comprador podrá, a su opción: (i) solicitar la corrección o que sea nuevamente efectuado cualquier servicio defectuoso o que no cumpla con las especificaciones, o (ii) hacer un ajuste equitativo en el precio de esta Orden. Si al Vendedor se le solicita corregir o se vuelvan a efectuar los Servicios, dicha corrección o vuelta a llevar a cabo de los servicios será a costa del Vendedor. Cualquier servicio corregido o que sea nuevamente efectuado estará sujeto a las mismas garantías anteriormente establecidas. Si el Vendedor no corrige o no vuelve a efectuar los servicios o si se rehúsa a hacerlo, el Comprador podrá, a opción del Comprador: (i) corregir o reemplazar con servicios similares y cargar al Vendedor los costos reales del Comprador; (ii) hacer un ajuste equitativo en el precio de NUMERO (FORM NO (GAM) 12-09) (2)

3 esta Orden; o (iii) compensar contra cantidades pendientes o adeudadas, o que pasarán a ser pendientes y adeudadas, de conformidad con el Artículo B.6(c) anterior. D.3 BENEFICIARIOS. Las garantías del Vendedor correrán al Comprador, sus cesionarios y cada cliente sucesor. Adicionalmente, el Vendedor conviene en pasar cualesquier beneficios de garantía al Comprador que el Vendedor reciba de sus proveedores sobre cualquier producto ordenado bajo el presente. E. INFORMACIÓN PATENTADA/PROPIEDAD INTELECTUAL. E.1 INFORMACIÓN PATENTADA. (a) Propiedad Intelectual Antecedente Toda la información (sin importar la forma o formato, e incluyendo, sin limitación, diseños, procesos, planos, especificaciones, reportes, datos (incluyendo datos CAD/CAM), secretos comerciales, programas y conocimientos) y todos los inventos, ya sea patentable o no (en lo sucesivo, a dicha información e invención en lo sucesivo se le referirá como Propiedad Intelectual ), creada, desarrollada, poseída, controlada o hecha por una Parte de manera previa a la Fecha Efectiva de esta Orden, o fuera del alcance de esta Orden, o de manera independiente a esta Orden (en lo sucesivo Propiedad Intelectual Antecedente), y todos los derechos de propiedad intelectual en y para lo anterior, continuarán siendo propiedad de dicha Parte. (b) Propiedad Intelectual Prioridad Toda la Propiedad Intelectual creada, desarrollada o hecha en relación con la presente Orden ( Propiedad Intelectual Propiedad ) por cualquiera de las Partes será propiedad del Comprador. El Vendedor le dará a conocer al Comprador toda y cualesquier Propiedad Intelectual Prioridad creada, desarrollada o hecha por el Vendedor, y conviene en asignar, y por este medio asigna al Comprador todos los derechos, propiedad e interés en y para dicha Propiedad Intelectual Prioridad, sin costo para el Comprador. Toda la Propiedad Intelectual Prioridad es Información Patentada del Comprador, y será tratada de conformidad con las disposiciones del Artículo E.4. El Vendedor firmará o hará que se firmen todos los papeles e instrumentos necesarios para asegurar los anteriores derechos al Comprador. (c) Licencias No se le otorga ningún derecho o licencia a ninguna de las Partes, ya sea de manera expresa o implícita, sobre ninguna Propiedad Intelectual o cualesquier derechos sobre la misma, diferentes a los derechos y licencias establecidos en este Artículo E.1(c). El Comprador le otorga al Vendedor una licencia libre de regalías, no exclusive, revocable (sin derecho de otorgar sub-licencias) para usar la anterior Propiedad Intelectual Prioridad, pero sólo con el propósito limitado de suministrar Productos al Comprador bajo esta Orden. El Vendedor le otorga al Comprador una licencia mundial, libre de regalías, no exclusiva e irrevocable (incluyendo el derecho de otorgar sub-licencias) para usar y hacer que se use la Propiedad Intelectual Prioridad, y (b) para hacer, hacer que se haga, usar y vender el Producto, siempre que dicha licencia sólo será ejercida (i) a la terminación de la presente Orden, en todo o en parte, o (ii) a la inhabilidad o negativa del Vendedor por cualquier razón para entregar Productos bajo los términos de esta Orden o cualquier período de opción o extensión de la misma. E.2 INDEMNIZACIÓN DE VIOLACIÓN DE PROPIEDAD INTELECTUAL. El Vendedor indemnizará, defenderá y mantendrá a salvo al Comprador, sus clientes, y sus respectivos sucesores y cesionarios de todos y cualesquier daños, otorgamientos, responsabilidades, costos y/u honorarios de abogados, y llevará a cabo (a costa y gasto del Vendedor) la total defensa de cualquier reclamación, demanda o acción que alegue que la fabricación, uso o venta del Producto viola los derechos de propiedad intelectual de un tercero. El Vendedor y el Comprador informarán el uno al otro con prontitud de la recepción de cualesquier dicha reclamación, demanda o acción, y el Comprador proporcionará asistencia razonable al Vendedor (a costa y gasto del Vendedor) para defender dicha reclamación, demanda o acción. El Vendedor, a opción del Comprador, ya sea (i) obtendrá el derecho para el Comprador y sus clientes para continuar usando el Producto, o (ii) reemplazará o modificará el Producto para que no viole sino que cumpla con todos los requerimientos del Producto. E.3 INFORMACIÓN PATENTADA. Toda la información revelada o proporcionada por el Comprador al Vendedor bajo esta Orden, no obstante la forma o formato, e incluyendo pero no limitado a, diseños, procesos, planos, especificaciones, reportes, datos (incluyendo datos CAD/CAM), secretos comerciales, programas, conocimientos, y otra información técnica o de negocios, y las características de todas las partes, equipo, herramientas, calibres, patrones, y otros artículos proporcionados o revelados al Vendedor por el Comprador, y toda la información creada, desarrollada o hecha por el Vendedor en el cumplimiento con esta Orden, es y será tratada por el Vendedor como información patentada ( Información Patentada ) del Comprador. A menos que se establezca lo contrario en el presente o que sea autorizado por el Comprador por escrito, el Vendedor mantendrá toda la Información Patentada de manera confidencial, y usará la Información Patentada sólo en el cumplimiento de esta Orden. El Vendedor no usará ni revelará Información Patentada a, o para el beneficio de, cualquier tercero ni el Vendedor venderá o de otra forma dispondrá de como sobras o de otra forma cualesquier Productos completados o parcialmente completados o Productos en incumplimiento (o partes de los mismos) sin destruir o declarar dichos Productos (o partes) inadecuados para uso, y sin remover o destruir cualquier Información Patentada incluida en los mismos. A solicitud del Comprador o al completar o a la terminación de esta Orden, el Vendedor, a costa del Vendedor, cesará el uso de Información Patentada y hará dicha disposición de toda dicha Información Patentada, y cualesquier partes, equipo, herramientas, calibres, patrones, artículos y bienes que contengan o incluyan Información Patentada según se requiere en el presente o según pueda ser subsecuentemente indicado por el Comprador. El Comprador tendrá el derecho de auditor todas las facilidades, libros y registros pertinentes del Vendedor para verificar el cumplimiento con esta cláusula. El Vendedor será responsable ante el Comprador e indemnizará, defenderá y mantendrá al comprador a salvo de cualesquier daños, obligaciones, costos y/u honorarios de abogados que resulten de cualquier violación por parte del Vendedor a las disposiciones de esta cláusula, la cual sobrevivirá el desempeño, finalización, vencimiento y/o terminación de esta Orden. El Vendedor notificará con prontitud al Comprador todas y cualesquier dichas violaciones, y tomará todas las medidas necesarias para remediar las mismas. En todos los subcontratos por el desempeño de trabajo relacionado con esta Orden, el Vendedor incluirá disposiciones que proporcionen al Comprador los mismos derechos y protecciones que se proporcionen en esta Cláusula. E.4 LIBERACIÓN DE INFORMACIÓN. El Vendedor conviene en no hacer o permitir que se haga, ni permitir que ninguno de sus subcontratistas (subcontratistas de nivel inferior) haga cualquier revelación pública relativa a la Orden, incluyendo cualquier información generada bajo el presente, como pero no limitada a comunicados de prensa periódicos, conferencias públicas, tesis y similares, sin primero obtener la aprobación previa por escrito del Comprador. Es política del Comprador no endosar ningún producto o servicio que no sea fabricado por, proporcionado por, o de otra forma bajo el control directo del Comprador, o permitir el uso en cualquier apoyo de los nombres de entidades legales, nombres comerciales respectivos, marcas, marcas de servicio o similares. E.5 DERECHOS EN DATOS. El Vendedor por este medio otorga al Comprador el derecho a reproducir, revelar y usar, y el derecho para autorizar a otros la reproducción, revelación y uso, en todo o en parte, en cualquier manera y para cualesquier fin en relación con el negocio del Comprador, de todos o cualquier parte de los reportes, diseños, procesos, planos, especificaciones y otra información técnica y datos desarrollados, diseñados o usados bajo el Orden o cualquier orden previa para el mismo artículo. F. CAMBIOS. (a) El Comprador podrá, en cualquier momento, mediante orden por escrito, y sin aviso a las garantías, en su caso, hacer cambios dentro del alcance general de la Orden en uno o más de los siguientes: (1) planos, diseños, especificaciones u otros documentos técnicos; (2) método de envío o empaque; (3) lugar de entrega, inspección o aceptación; (4) cantidades de artículos; (5) calendarios de entrega; y (6) cantidad de propiedad proporcionada por el Comprador. El Vendedor deberá cumplir de inmediato con dicha instrucción y evitar costos innecesarios relacionados con la misma. El Vendedor reconoce y conviene en que ciertos cambios en el calendario de entrega son normales y anticipados. El Vendedor además acuerda en que el costo de dichos cambio está incluido en los precios fijos establecidos en el presente. Si cualquier cambio causa un incremento o reducción en el costo de o en el tiempo requerido para desempeñar cualquier trabajo bajo la Orden, se hará un ajuste equitativo en el precio y/o calendario de entrega cuando dicho cambio lo justifique. No obstante, no se le permitirá ningún ajuste de ninguna especie al Vendedor respecto de los cambios que sean necesarios debido a defectos o defectos potenciales en cualquier artículo por el cual el Vendedor pueda ser responsable bajo los términos de la presente Orden. La reclamación del Vendedor por ajuste, indicado la cantidad y razones para el mismo, se deberá hacer por escrito dentro de los veinte (20) días siguientes a la fecha en que se haya ordenado el cambio, con datos de soporte completos de las cantidades reclamadas dentro de treinta y cinco (35) días. El que el Vendedor no haga valer su reclamación operará como renuncia. Las Partes establecerán mediante una negociación si el cambio indicado por el Comprador es o no el que de hecho autoriza un ajuste equitativo bajo el presente artículo, y de ser así, la naturaleza de dicho ajuste. El no estar de acuerdo respecto de cualesquier dichas negociaciones será una disputa y cualquiera de las partes podrá buscar sus remedios según se prevé en el presente. En lo que se resuelve dicha disputa, el Vendedor deberá buscar de forma diligente el cumplimiento de la Orden según fue cambiada. (b) Ninguna información, consejo, aprobaciones o instrucciones por el personal del Comprador afectará los derechos y obligaciones del Comprador y del Vendedor bajo el presente, a menos que el mismo sea por escrito firmado por un representante autorizado del Departamento de Compras del Comprador el cual establezca de manera expresa que el mismo constituye un cambio a la Orden. Si el Vendedor considera que la conducta de cualquiera de los empleados del Comprador ha constituido un cambio bajo el presente, el Vendedor deberá notificar al Comprador de inmediato por escrito respecto de la naturaleza de dicha conducta y sus efectos en el desempeño del Vendedor. En espera de instrucciones del Departamento de Compras del Comprador, el Vendedor no tomará pasos para implementar cualesquier dicho cambio.(c) El Vendedor tendrá a disposición del Comprador para su examinación los libros y registros relevantes para verificar la reclamación de ajuste del Vendedor. G. MEJORA CONTINUA. G.1 LEAN MANUFACTURE. En caso de que el Comprador identifique al Vendedor como candidato para llevar a cabo un programa de manufactura lean del Comprador, el Comprador proporcionará al Vendedor los requisitos del programa, entonces el Vendedor participará con el Comprador de forma mutua en cuanto a las actividades de manufactura lean. Adicionalmente, como resultado de lo anterior, las partes podrán, mutuamente acordar (i) la base para medir los beneficios, y (ii) las mejoras derivadas de dicha actividad. En el contexto de mejora continua, el Vendedor proporcionará al Comprador de tiempo en tiempo información suficiente para llevar a acabo un análisis de tiempo de entrega y costo detallado de producto. Con este propósito, el Vendedor proporcionará al Comprador: (i) NUMERO (FORM NO (GAM) 12-09) (3)

4 planos de producción y listas de materiales detallados; (ii) hojas de producción; (iii) órdenes de material y sub-componentes y propuestas de competencia; y (iv) demás datos que sean requeridos por el Comprador para la verificación de los precios y tiempos de entrega del Vendedor. G.2 REDUCCIÓN EN EL TIEMPO DE CICLO. El Vendedor conviene en buscar métodos de forma activa para la reducción de tiempo de ciclo para el producto o servicio contratado y para participar en proyectos de reducción de ciclos de tiempo para alcanzar metas específicas que hayan sido acordadas entre el Comprador y el Vendedor. G.3 REDUCCIÓN DE TIEMPO DE ENTREGA. El Vendedor conviene en desarrollar e implementar un programa de reducción de tiempo de entrega para reducir los tiempos de entrega del producto. G.4 PROPUESTAS DE CAMBIO EN LA INGENIERÍA COSTO. El objetivo de las partes es buscar métodos para reducir el costo de fabricación y precio global de los Productos. La intención de las Partes es compartir de manera equitativa el costo no recurrente de implementación y los ahorros recurrentes que resulten de las reducciones de costo. El Comprador y el Vendedor buscarán de manera activa métodos para reducir el costo de manufactura y precio de los Productos mediante cambios de diseño, cambios en especificaciones y mejoras en los métodos administrativos o de manufactura. Para VECP s iniciados únicamente por el Vendedor, las reducciones de costo serán compartidas como sigue: (i) El Vendedor será responsable del costo no recurrente de la implementación y retendrá todos los ahorros recurrentes hasta que dichos costos hayan sido completamente recuperados; y (ii) después de la recuperación de costos de implementación, el Comprador y el Vendedor compartirán de manera equitativa los ahorros recurrentes ajustando el Precio Unitario hacia abajo en un cincuenta por ciento (50%) de los ahorros acordados. H. SUPERVISIÓN. H.1 REUNIONES DE EQUIPOS DE TRABAJO. El Comprador y el Vendedor convienen en participar en reuniones periódicas de equipos de trabajo. El propósito de las reuniones será dar el avance hacia (i) definición de Producto, (ii) status de fabricación, (iii) status de producción, (iv) Cálculo de la capacidad actual y futura del Vendedor, (v) inventario, (vi) valorar las propuestas de cambio de ingeniería que estén bajo consideración, (vii) Costo de Producto y reducción de precios, (viii) mejoras de Productos, (ix) Calendario de entrega, y (x) reducción en el tiempo de entrega. Basado en acuerdos mutuos del Comprador y del Vendedor, los representantes de los subcontratistas ya sean del Comprador o del Vendedor y/o los contratistas asociados podrán asistir a las reuniones de coordinación según se establece en el presente y a cualesquier reunión entre el Vendedor y el Comprador. H.2 REPORTE DE AVANCE. El Vendedor proporcionará, como mínimo, reporte de valor ganado, reportes de avance del programa de manufactura mensuales que deberá contener información suficiente para detallar el avance de todos los Productos relevantes en las instalaciones del Vendedor y de los sub-proveedores del Vendedor. En caso de que el Vendedor no tenga una avance adecuado, se le podrá solicitar al Vendedor que proporcione reportes según lo requiera el Comprador. H.3 COLOCACIÓN DE TRABAJO. El Vendedor notificará y obtendrá la aprobación previa por escrito del Comprador antes de mover el trabajo a ser desempeñado bajo esta orden entre las diferentes instalaciones del Vendedor. H.4 SUBCONTRATACIÓN. El Vendedor notificará y obtendrá aprobación previa por escrito del Comprador antes de subcontratar cualquier porción material del trabajo a ser desempeñado bajo la presente Orden. El Vendedor incluirá como parte de sus subcontratos aquellos elementos de la Orden que protejan los derechos del Comprador incluyendo, pero no limitado al derecho de disposiciones de acceso, información patentada y disposiciones de derechos y disposiciones de control de calidad. Adicionalmente, el Vendedor proporcionará a su subcontratista información suficiente para documentar claramente que el trabajo que está llevando a cabo el subcontratista del Vendedor es para facilitar el desempeño bajo la Orden. I. CUMPLIMIENTO. I.1 INTEGRIDAD EN LOGÍSTICA. El Vendedor garantiza que ni él ni ninguno de sus empleados, agentes o representantes han ofrecido o dado, ni ofrecerán o darán pago alguno a los empleados, agentes o representantes del Comprador con el fin de obtener esta Orden o de obtener un trato favorable bajo esta Orden. I.2 CUMPLIMIENTO CON ESTATUTOS, REGULACIONES GUBERNAMENTALES Y CONTROLES DE EXPORTACIÓN. (a) El Vendedor garantiza que en el desempeño del trabajo bajo la Orden, ya cumplido o cumplirá con todas las leyes y ordenamientos federales, estatales y locales y con todas las ordenes, reglamentos y regulaciones legales bajo los mismos, incluyendo, según sea aplicable, todas las leyes y reglamentos ambientales y leyes laborales mexicanas. El Vendedor indemnizará y mantendrá al Comprador a salvo de y contra todas las pérdidas, costos, honorarios y daños que surjan, directa o indirectamente, de cualquier falla real o alegada del Vendedor para cumplir con cualquier estatuto federal, estatal o local o con cualquier otra obligación legal. (b) El Vendedor cumplirá con todas las leyes y regulaciones gubernamentales en su desempeño bajo el presente, incluyendo sin limitación, leyes relacionadas con la importación y exportación de equipo, materiales, información, documentación, datos técnicos, incluyendo pero no limitado a especificaciones, planos, manuales o programas, (colectivamente la Información ), sea o no que dicha información haya sido proporcionada al Vendedor por el Comprador. El Vendedor certifica al Comprador y manifiesta y garantiza que el Vendedor no importará, exportará o re-exportará directa o indirectamente, ninguna mercancía, o información, a ningún país en violación a las leyes y reglamentos de cualquier jurisdicción aplicable. Específicamente, el Vendedor no revelará, enviará, permitirá que se descargue o de otra forma exportará o re-exportará información a (i) un nacional o residente de cualquier país al cual los Estados Unidos haya impuesto un embargo sobre bienes, o (ii) a cualquier persona en la lista de Nacionales Especialmente Designados por el Departamento del Tesoro de los Estados Unidos, de la Lista de Partes Negadas del Departamento de Estado de los E.U. o de la Tabla de Órdenes de Negación del Departamento de Comercio de los Estados Unidos sin la aprobación previa por escrito del Gobierno de los Estados Unidos. El Vendedor conviene en lo anterior y manifiesta y garantiza que no se está, bajo el control de, o es un nacional o residente de cualesquier dichos países o en cualesquier dichas listas. El Vendedor conviene en notificar al Comprador por escrito si el Vendedor, o cualquiera de sus empleados que trabaje con el Comprador, pasa a ser parte de dicha lista. El Vendedor acuerda en defender, indemnizar y mantener al Comprador a salvo de y contra todos y cualesquier costos y daños en que se incurra como consecuencia del incumplimiento por parte del Vendedor con esta cláusula. I.3 REQUERIMIENTO ÉTICO. El Comprador está comprometido a llevar a cabo sus negocios de manera justa, imparcial y de una manera ética y apropiada. Lo que el Comprador espera es que el Vendedor también lleve a cabo sus negocios de manera justa, imparcial y de manera ética, y que el Vendedor tendrá (o desarrollará) y se adherirá a un código de estándares éticos. En caso de que al Vendedor se le haya hecho creer que el Comprador o cualquier empleado del Comprador o agente ha actuado de manera inapropiada o sin ética bajo el presente Contrato, el Vendedor reportará dicha conducta a la Línea Directa de Ética del Comprador. Copias del Código de Conducta del Comprador y contratos para dichos reportes se encuentran disponibles en bajo Governance. El Vendedor manifiesta y garantiza que no ha pagado ni pagará ninguna comisión o cuota a ningún empleado del Comprador por la celebración del presente contrato. I.4 LEY APLICABLE Y ARBITRAJE. (a) El presente Contrato será interpretado y ejercido de conformidad con las leyes del Estado de Baja California. (b) En caso de cualquier disputa que surja de o que esté relacionada con la existencia, validez, construcción, desempeño, violación o terminación del presente Contrato, las partes se esforzarán por resolver dicha disputa de manera amigable mediante negociación. (c) En caso de que dicha disputa no pueda ser resuelta, será finalmente resuelta mediante arbitraje de conformidad con el Párrafo (d) más adelante. (d) El Arbitraje se llevará a cabo bajo las Reglas de Arbitraje del Centro de Arbitraje de México (CAM), con un árbitro designado de conformidad con dichas Reglas. El arbitraje se llevará a cabo en la México, D.F. El árbitro no tiene el poder de otorgar daños superiores a los daños reales. El arbitraje lo decidirá un sólo árbitro, mutuamente aceptable para todas las partes, quien presidirá y decidirá la disputa, a menos que las partes acuerden lo contrario por escrito. En caso de que las partes no se pongan de acuerdo respecto de un árbitro mutuamente aceptable dentro de los treinta (30) días siguientes a la fecha de la demanda de arbitraje, las partes convienen en aceptar un árbitro designado por el CAM de conformidad con dichas reglas. Los procedimientos se llevarán a cabo en español. La decisión sobre el fallo otorgado por el árbitro podrá ser presentada en cualquier corte que tenga jurisdicción. (e) El Vendedor acuerda que si el Comprador tiene una reclamación contra él, el Comprador tendrá el derecho de elegir el procedimiento de arbitraje descrito en el párrafo anterior o de presentar una acción ante los tribunales de la ciudad de Mexicali, Baja California. En cualquier acción el Comprador podrá recuperar, además de sus daños, los gastos de dicha acción incluyendo sus honorarios de abogados y gastos de arbitraje. J. TÉRMINOS ADMINISTRATIVOS. J.1 ACEPTACIÓN. Esta Orden constituye la oferta del Comprador al Vendedor y pasa a ser un contrato obligatorio en los términos establecidos en la misma al ser aceptada por el Vendedor ya sea por reconocimiento o por iniciar su desempeño. ESTA ORDEN PODRÁ SER ACEPTADA ÚNICAMENTE EN LOS TÉRMINOS ESTABLECIDOS EN LA PRESENTE, INCORPORADOS EN LA PRESENTE POR REFERENCIA O ESTABLCIDOS EN CUALQUIERA DE LOS ANEXOS DE LA PRESENTE. LOS TÉRMINOS DE LA ACEPTACIÓN DEL VENDEDOR ADIONALES A O NO IDÉNTIDOS A DICHOS TÉRMINOS QUEA POR ESTE MEDIO OBJETADOS Y RECHAZADOS POR EL COMPRADOR Y NO PASARÁ A SER PARTE DEL CONTRATO A MENOS QUE EL PERSONAL AUTORIZADO DEL COMPRADOR LO ACUERDE POR ESCRITO. J.2 DERECHOS DE CESIÓN. La cesión de la Orden o de cualquier interés en el presente o de cualquier pago vencido o que pasará a estar vencido bajo el presente será nula. El pago a cesionario de cualquier reclamación bajo la Orden estará sujeto a compensación o recuperación por cualquier reclamación o reclamaciones presentes o futuras que el Comprador pueda tener contra el Vendedor. El Vendedor acuerda en que el Comprador podrá ceder sus derechos y/o delegar sus deberes en su totalidad o en parte. J.3 CAMBIO EN EL CONTROL DEL VENDEDOR. Para fines de este Artículo cambio en el control ( Cambio en el Control ) significará la adquisición por un tercero del control directo NUMERO (FORM NO (GAM) 12-09) (4)

5 o indirecto del Vendedor. Se considerará que un tercero controla al Vendedor si, directa o indirectamente: (a) ostenta una mayoría en los derechos de votación del Vendedor; o (b) tiene el derecho de designar o remover a la mayoría del consejo de directores, consejo de supervisión del Vendedor o cualquier otro cuerpo que esté a cargo de o que controle la administración del Vendedor; o (c) tiene el derecho de ejercer una influencia dominante o decisiva sobre el Vendedor. En caso de que esté pendiente un Cambio en el Control del Vendedor, el Vendedor: (i) dará aviso por escrito lo antes posible al Comprador de dicho evento identificando al inversionista potencial / parte adquiriente, la modificación contemplada en la composición del capital social, o cualquier otro cambio, y (ii) proporcionará cualquier información relevante al Comprador durante el proceso de Cambio en el Control. En caso de que un Cambio en el Control le parezca al Comprador de manera razonable que afecta de forma material la habilidad del Vendedor para cumplir con sus obligaciones bajo esta Orden o si dicho Cambio en el Control es en favor de una parte que no sea estratégicamente aceptable para el Comprador debido a conflicto de interés existente, latente o potencial, el Comprador tendrá derecho a dar por terminada esta Orden en relación con lo anterior, como un incumplimiento, dentro de un período razonable de tiempo entre la fecha en que el Comprador tenga conocimiento del Cambio en el Control del Vendedor, bajo las condiciones establecidas en esta Orden para un Caso de Incumplimiento J.4 RIESGO DE PÉRDIDA, INDEMNIZACIÓN Y SEGURO. (a) En cualquier momento en que el Vendedor, por virtud del presente, tenga en su posesión bienes propiedad del Comprador, el Vendedor será considerado como un asegurador de las mismas y será responsable de su seguro retorno al Comprador. (b) A menos que se especifique lo contrario en la Orden, el Vendedor tendrá la propiedad y llevará el riesgo de cualquier pérdida o daño a los artículos comprados hasta su entrega de conformidad con la Orden en el punto L.A.B. especificado en la carátula de la misma y hasta dicha entrega la posesión pasará del Vendedor y la responsabilidad del Vendedor por pérdida o daño cesará, excepto por pérdida o daños que resulten de la negligencia del Vendedor o de no cumplir con la Orden. La transferencia de la posesión en dicha entrega no constituirá una aceptación de los artículos por parte del Comprador. (c) El Vendedor será un contratista independiente y conviene en indemnizar y mantener al Comprador, sus funcionarios, directores, afiliados y empleados a salvo de todos y cualesquier costos, daños, gastos u otra pérdida u obligación incurrida o pagada, que surja de o a cuenta de reclamaciones de o demandas ya sea en ley o en equidad, que puedan ser imponerse, o iniciadas en contra de las partes indemnificadas bajo el presente, por daño o destrucción de propiedad, lesión personal o muerte o cualquier otro daño de cualesquier naturaleza o clase, incluyendo reclamaciones de pérdida consecuente y violación de contrato, de cualquier forma relacionada con el trabajo del Vendedor, sus productos o mano de obra, o las acciones u omisiones del Vendedor o de sus empleados, agentes o subcontratistas, excepto por reclamaciones que surjan mediante la negligencia reclamada única y exclusiva del Comprador. El Vendedor conviene en pagar o rembolsar al Comprador cualquier gasto, incluyendo honorarios razonables de abogados y cantidades pagadas en la resolución, que el Comprador pueda haber efectuado o por las cuales sea responsable en relación con la investigación, resolución, defensa u otro por razón de dichas reclamaciones o demandas y, si el Comprador lo solicita por escrito, defenderá dichas demandas con asesoría aceptable para el Comprador a costa y gasto exclusivos del Vendedor; el Vendedor conviene en pagar y a descargar cualquier fallo, orden o decreto presentados en contra de cualquiera de las partes indemnizadas por cualquier asunto indemnizado bajo el presente; El Comprador podrá retener cualquier dinero adeudado o que pase a adeudarse al Vendedor suficiente para rembolsar al Comprador contra dichas reclamaciones, demandas, juicios u obligación. El Vendedor también mantendrá en todo momento durante el desempeño de su trabajo relacionado con la Orden un seguro de compensación de trabajadores adecuado que cubra a todos sus empleados generales y especiales que estén relacionados con dicho trabajo y seguro para asegurar contra reclamaciones por injuria a o muerte de personas o destrucción o daño a propiedad (incluyendo los empleados y propiedad del Comprador) que puedan surgir de las acciones u omisiones del Vendedor en el desempeño de su trabajo o en diseño o fabricación de sus productos; dicho seguro deberá incluir de manera específica cobertura de responsabilidad contractual. J.5 INSPECCIÓN Y AUDITORÍA DE LIBROS Y REGISTROS. El Vendedor otorga al Comprador o a su representante autorizado, el derecho de examinar los datos necesarios para confirmar una reclamación debido a un cambio en la orden que pueda permitir la adecuada evaluación de cualquier reclamación del Vendedor. Este derecho podrá ser ejercido en cualquier momento antes del fallo. Si dicha auditoria causa una reducción en el costo de o en el tiempo requerido para el desempeño de la Orden, se deberá hacer un ajuste equitativo en los precios y calendarios de la Orden para reflejar dicha reducción y la Orden será por consiguiente modificada por escrito. Si el Comprador y el Vendedor no acuerdan ningún ajuste esto lo liberará al Vendedor de cumplir de conformidad con dicha instrucción. J.6 PERSONAL. El Vendedor se asegurará que sus empleados o representantes involucrados en el desempeño de la Orden estén debidamente calificados, que tengan aptitudes (incluyendo conocimiento y lenguaje técnico) y experiencia en sus respectivas áreas u ocupaciones. El Vendedor se asegurará que su personal, incluyendo representantes residentes cumplan, al estar en las instalaciones del Comprador, con todas las regulaciones aplicables incluyendo sin limitación con las regulaciones de higiene, seguridad, ambientales e internas. Cada una de las Partes, si la otra Parte lo solicita de manera razonable, ayudará a la otra parte en la solicitud de permisos, licencias y/o aprobaciones que sean requeridas en su país para cualquier personal de dicha otra Parte pero dicha otra Parte continuará siendo responsable por la obtención de cualquier permiso, licencia o aprobación de su propio personal. J.7 INFORMACIÓN TÉCNICA, LENGUAJE Y MEDICIÓN. Todos los avisos y comunicaciones obligatoria y/o reportes, planos y otra información técnica será en Inglés y empleará las unidades de medición usualmente utilizadas por el Comprador. J.8 DISPUTAS LABORALES. Cuando una disputa laboral real o potencial esté retrasando o amenace con retrasar el desempeño a tiempo de la Orden, el Vendedor dará aviso inmediato de lo anterior al Comprador. Dicho aviso deberá incluir toda la información relevante respecto de dicha disputa. Nada de lo contenido en la presente se considerará como una renuncia a los derechos o remedios del Comprador. J.9 ORDEN DE PRECEDENCIA. En caso de conflicto entre estos términos y condiciones, la orden de precedencia será como sigue: (1) La Orden y otras disposiciones que se adjuntan al presente por referencia, como especificaciones, declaraciones de trabajo, precio o términos de pago, etc.; (2) Términos y Condiciones de la Orden de Compra. (En caso de surgir algún conflicto, el Vendedor contactará al comprador para aclaraciones específicas.) J.10 INTERPRETACIÓN. Las partes convienen en que este documento podrá ser celebrado tanto en versión en Inglés como en Español. En caso de discrepancia entre la versión en Inglés y la Versión en Español, la versión en Español prevalecerá. NUMERO (FORM NO (GAM) 12-09) (5)

6 Goodrich Aerospace de Mexico, S de R.L. de C.V. PURCHASE ORDER TERMS AND CONDITIONS-INDIRECT DEFINITIONS (a) Buyer shall mean Goodrich Aerospace de Mexico, S de R.L. de C.V., a Mexican entity having its principal place of business at Mexicali, Baja California. (b) Order shall mean any purchase order issued by Buyer which incorporates by reference this form. (c) Product shall mean any good or service specified in an Order to be delivered by Seller to Buyer. (d) Seller shall mean the supplier of Product as identified on the face of the Order. A. PURCHASE. A.1 TIME IS OF THE ESSENCE. Time is of the essence in performance of the Order by Seller. A.2 TERMINATION FOR CONVENIENCE. Buyer reserves the right to terminate this Order, or any part hereof, for its sole convenience. In the event of such termination, Seller shall immediately cease all work hereunder and shall immediately cause any and all of its suppliers and subcontractors to cease work. In the event of termination for convenience by Buyer of all or any part of this Order, Seller may submit a claim to Buyer within sixty (60) calendar days after the effective date of termination. Seller shall make reasonably available to Buyer or Buyer s representative, Seller s pertinent books and records supporting Seller s termination claim. Seller has a duty to mitigate costs relating to Buyer s termination under this Article A.2. Seller is not entitled to reimbursement for any work performed or costs incurred which Seller may reasonably avoid. In no event shall Buyer be obligated to pay Seller any amount in excess of the total value of the Order. Failure to agree on the termination settlement claim shall be considered a dispute and shall be resolved in accordance with Articles I.4. or I.5, as applicable. Title to all equipment, materials, work-in-process, special tooling, finished products and anything acquired by Seller in connection with the Order, including any plans, drawings, specifications, information, and other items that would have been required to be delivered to Buyer, shall vest in Buyer. The provisions of this clause shall not limit or affect the rights or remedies of Buyer stated in other clauses of this Order or the relevant Agreement provided by law in the event of default or breach by Seller. A.3 SUSPENSION OF WORK. Buyer may order the suspension of all or part of the work for a period of ninety (90) days. Within such period, or any extension thereof to which the parties shall have agreed, Buyer shall either: (i) cancel the stop work order, (ii) let such order expire, or (iii) terminate the work covered by such order pursuant to Article A.2 or A.4 herein. If a stop work order is cancelled or the period of any extension expires, Seller shall resume work. If the suspension has a material effect on cost or delivery, an equitable adjustment shall be made in price (excluding profit) and/or delivery. No claim shall be allowed unless made in an amount stated within twenty (20) days after the suspension ends. Buyer or his duly authorized representative shall have access to and the right to examine all pertinent books, records and documents to substantiate such claim. A.4 DEFAULT. (a) Buyer may terminate the Order in whole or from time to time in part in any of the following circumstances: (i) if Seller refuses or fails to deliver the items or any installment thereof or perform any service required by the Order strictly within the time specified therein or any extension thereof granted by Buyer in writing; (ii) Seller fails to strictly comply with any other provision of the Order, including these terms and conditions, or so fails to make progress as to endanger performance of the Order in accordance with its terms, or repudiates the Order; or (iii) if Seller suspends its business or becomes insolvent or subject to any law relating to bankruptcy, labor strike, insolvency or relief of debtors. If Buyer requests assurance of performance, Seller shall provide same within seven (7) working days. (b) In the event of such termination, Buyer may purchase or manufacture similar items without further payment and/or require Seller to transfer title and deliver to Buyer in the manner and to the extent directed by Buyer: (i) any completed items and (ii) such partially completed items and materials, parts, tools, dies, plans, drawings, contract rights and other property and technical data as Seller has produced, acquired or used in performance of the Order. Buyer s liability to Seller shall be limited to payment to Seller at the contract price for items delivered pursuant to (i) above (equitably reduced if they are nonconforming), and for items delivered pursuant to (ii) above, the smallest of: (a) its fair market value, (b) its cost to Seller, or (iii) the appropriate amount the settlement would have been, had the cancellation been pursuant to Article A.2 hereof. (c) Seller shall continue performance of the Order to the extent not terminated. Buyer s rights as set forth herein are in addition to all other remedies provided in law or equity. If after notice of termination of the Order under the provisions of this clause, it is determined that for any reason Seller was not in default, the rights and obligations of the Parties shall be the same as if the notice of termination had been issued pursuant to the convenience termination Article A.2 hereof. A.5 OFFSET CREDITS. To the exclusion of all others, Buyer or its assignee shall be entitled to all industrial benefits or offset credits which might result from the relevant Order. Seller shall provide documentation or information, which Buyer or its assignee may reasonably request to substantiate claims for industrial benefits or offset credits. Seller agrees to use reasonable efforts to identify the foreign content of goods, which Seller either produces FORM NO (GAM) (6) itself or procures from other companies for work directly related to the relevant Order. Promptly after selection of a subcontractor for work under the relevant Order, Seller shall notify Buyer of the name, address, subcontract point of contact (including telephone number) and dollar value of the subcontract. A.6 WAIVER AND SEVERABILITY. Any action or inaction by Buyer shall not constitute a waiver of any right or remedy herein. The failure of Buyer to enforce at any time any of the provisions of the Order or to exercise any right herein provided, or to require at any time performance of any of the provisions hereof, shall in no way be construed to be a present or future waiver of such provisions, nor in any way to affect the validity of the Order or any part thereof, or the right thereafter to enforce each and every such provision. The express waiver (whether one (1) or more times) of any provision, condition or requirement of the Order shall not constitute a waiver of any future obligation to comply with such provision, condition or requirement. A determination that any portion of the Order is unenforceable or invalid shall not affect the enforceability or validity of any of the remaining portions of the Order. B. DELIVERY. B.1 PACKING AND CRATING. All items shall be suitably packed by Seller to ensure protection in shipment and storage. Prices include all charges for Seller s packing and crating. Shipments of any hazardous materials or substances must be packaged and transported in compliance with all applicable provisions of the General Law of Ecological Balance and Environmental Protection Regulations for Land Transportation of Hazardous Materials and Waste as well as applicable Mexican Official Standards B.2 PACKING SHEET. Packing sheets must accompany each shipment and must contain the following: (1) Buyer Order Number; (2) Order Item Number; (3) Premium Freight Authorization Number; (4) Freight Carrier; (5) Buyer Part Number; (6) Packing Slip Number; (7) Quantity Shipped; (8) Unit of Measure; and (9) Number of Containers. If the shipment is made in more than one container, only the first container requires the packing sheet. Each container must be identified on the outside in ascending number order; i.e. (Box 1 of 2; Box 2 of 2, etc.). Order number must be shown on all invoices, bills of lading, and correspondence. B.3 DELIVERY TERMS. (1) Unless otherwise specified on the face of the Order, delivery terms for all shipments shall be Free Carrier (FCA) Buyer named place of destination per INCO TERMS (2) All shipments on a given calendar day to same destination must be tendered on one bill of lading. (3) Each shipment is insured by Buyer up to its delivery point. Supplier should never insure or declare excess valuation on carrier bills. When carrier rates are based on released valuation of items shipped, Seller shall declare the lowest released valuation to obtain the lowest possible tariff rate. Excess tariff charges resulting from insurance or increased valuation will be charged back to seller. (4) Seller must show Buyer Purchase Order number(s) on the carrier's bill of lading. (5) Seller must contact Buyer s Traffic Department for specific routing and carrier instructions. (6) Seller must contact Buyer s Traffic Dept. for routing assistance if shipments cannot be routed via the carrier specified on the Purchase Order. B.4 ROUTING REQUIREMENTS. (1) Unless Seller has received a specific route letter from Buyer's Traffic Department covering shipments from its location, (unless Seller is responsible for shipping costs) the following general routing provisions apply: (a) lbs. ship via FedEx Ground COLLECT or UPS Ground Collect. Contact Buyer Traffic for account numbers. Contact FedEx Ground or UPS for shipping supplies. (b) Over 101 lbs. ship as stated on Order. (c) Collect premium freight shipments require a premium Freight Authorization Number (PREFAR) which would be assigned by either Buyer or the Traffic Department. Seller must show the PREFAR Number and Buyer Purchase Order Number in the Shipper's Reference Block of the air waybill. Contact the Buyer Traffic Dept. for routing assistance on any oversize piece including air shipments with either length exceeding 121", width exceeding 84", or height exceeding 74", and or weight exceeding 5,000 lbs. B.5 TEMPORARY STORAGE. From time to time Buyer shall be entitled to request Seller to retain, at no cost to Buyer, custody of the Products in lieu of delivery per schedule. To the extent that circumstances permit the temporary storage of such Products and subject to duration and quantity limitations, which Seller may declare, Seller shall not unreasonably withhold consent to such temporary storage. B.6 INVOICES, WHEN APPLICABLE, PRICE AND PAYMENT. (a) Invoices shall be forwarded to Buyer s Accounts Payable Department, as set forth on the face of the purchase order. Invoices must comply with Mexican tax regulations. Seller agrees to indemnify Buyer for failure to comply with such rules.

7 (b) Seller warrants that the price to be charged for the items covered by the Order will not exceed prices charged others under comparable conditions. Seller shall refund any excessive amount paid by Buyer. (c) Payment of Seller s invoice may be offset for (i) any damages resulting from breach of contract under any contract between Buyer and Seller, (ii) any amount owing at any time from Seller to Buyer, or (iii) any adjustment for shortage or rejection and any costs occasioned thereby. The date for the cash discount calculation shall be the date acceptable material or service is received or the date an acceptable invoice is received, whichever is later. Payment for any shipment in advance of schedule may, at Buyer s option, be made on the basis of the scheduled delivery date. (d) Except as otherwise provided in the Order, the price(s) set forth herein include all applicable taxes, impositions and other similar charges. B.7 DELIVERY SCHEDULE. Seller agrees to deliver acceptable Product in strict conformance to the delivery schedule as it appears on the face of the applicable Order, and Seller agrees that Buyer may return at Seller s expense and risk all Product shipped otherwise. If Seller s deliveries fail to meet the schedules specified by Buyer with the result that Buyer is compelled to call upon Seller to ship by other than designated routing to expedite delivery, Seller shall assume the difference for the additional cost of transportation. Seller shall not manufacture or order materials in advance of Seller s required flow time or deliver any materials in advance of schedule set forth in the Order without Buyer s written permission. Seller agrees to notify Buyer in writing of any potential delay in schedule. Product delivered under the Order in excess of the amount ordered herein shall be returned to Seller or retained by Buyer at no cost to Buyer. B.8 HAZARDOUS SUBSTANCE INFORMATION. Seller shall provide a completed Material Safety Data Sheet for each material, which contains hazardous substances as defined by Mexican Official Standard NOM-018-STPS-2000, and the Federal Safety, Hygiene and Labor Environment Regulations. Seller s Products shall meet the requirements set forth in Buyer s Document GRGS-100, Control of Substances in Product from Goodrich Supply Chain and GRGS 101 Declarable Substances List (the Specifications ), both of which are available at Buyer will restrict its use of Seller s proprietary ingredient information received hereunder to use by Buyer s Medical, Industrial Hygiene, and Environmental Control Departments for the protection of the employees, except where disclosure to federal, state, or local agencies is required by federal, state, or local laws and regulations. Seller shall give advanced notification to Buyer of any Asbestos material contained in any component, equipment, machinery, building maintenance items, or production parts shall be made out of or contain asbestos in any of its mineral forms. Seller s written agreement or performance under any Order or Purchase Agreement shall be construed as Seller s certification of conformance to the requirements of this Article B.8. Seller shall follow Buyer s directives, if any, which may be attached to and made a part of these General Terms and Conditions of Purchase via an Order or Purchase Agreement. Seller shall indemnify and hold Buyer harmless from and against any loss, claims, penalties, fines, damages, settlement and all reasonable associated expenses arising out of Seller s failure to comply with any applicable laws and regulations relating to hazardous substances. C. QUALITY. C.1 INSPECTION. Work performed under the Order is subject to inspection at Seller's facility and/or any of Seller's sub-tier suppliers' facilities as may be requested by representatives of Buyer, or any government regulatory agency. Buyer may at its discretion and for such period as it deems necessary locate a resident representative at Seller's premises. The Buyer s representative shall be allowed access inter alia to all work areas, status of the Product, internal programs, charts, reports and reviews as necessary to assure timely coordination and conformance with the Order. Seller shall provide reasonable facilities for the safety and convenience of said representatives commensurate with those provided to a member of his own staff of a similar standing. Such facilities and equipment shall be provided free of charge. Seller shall include the substance of this clause in all subcontracts issued hereunder. Each Product will be subject to final inspection and acceptance by Buyer at destination notwithstanding that title may have passed to Buyer, that Buyer may have made a prior payment or that Buyer or government regulatory agency may have performed some type of source inspection. If at any time any of the Products are found to be defective in material or workmanship or not in conformity with the drawings, specifications, samples, or other requirements of the Order, Buyer may, in addition to any other rights it may have under the Order or otherwise, (i) correct or have corrected the nonconformity at Seller s expense or reject and return said item to Seller, and (ii) recover by offset or otherwise any and all costs, expenses and damages paid, incurred or suffered by Buyer as a result of or relating to holding, return, replacement, correction or rejection of nonconforming Product. Rejected Product may be returned at Seller s risk and expense. Seller shall be responsible for the cost of transportation related to the return and reshipment of any Product rejected by Buyer for failure to meet specifications. Delivery of defective Product shall not be deemed to satisfy the delivery schedule required herein nor shall acceptance of any item be deemed to alter or affect the obligation of Seller or the rights of Buyer under Article D of this Order. The inspection, review or approval by Buyer of any work, drawing, design or other document shall not relieve Seller of any of its obligations under the Order or constitute a waiver of any defects or non-conformities in any Product. C.2 CONFIGURATION CONTROL. Seller agrees not to make any changes in materials, processes or design details without prior written approval of Buyer. If such approval is FORM NO (GAM) (7) granted, all part numbers and the originals of all drawings and data shall be revised accordingly. Seller will place the above requirement on all its subcontracts for supplier identified purchased equipment whether such equipment is supplied to Seller as an end item or as a component part of an end item. D. WARRANTY. D.1 WARRANTY FOR GOODS. Seller warrants that all goods furnished hereunder shall be free from defects in material and workmanship and conform to applicable specifications, drawings, samples and/or other descriptions. Unless manufactured pursuant to detailed design furnished by Buyer, Seller assumes design responsibility and warrants the goods to be suitable for the purpose intended. D.2 WARRANTY FOR SERVICES. Seller warrants that all services will be performed by employees or agents of Seller who possess the requisite skill, qualifications and licenses necessary to perform the services with the same degree of care, skill and diligence as is ordinarily possessed and exercised by a member of the same profession, currently practicing, under similar circumstances. All services shall: (i) conform to all proposals, descriptions and specifications supplied by Buyer or supplied by Seller and approved in writing by Buyer, (ii) be performed in a good and workmanlike manner, and (iii) be free from defects. In the event of any defect or non-conformance, Buyer may, at its option: (i) require correction or re-performance of any defective or non-conforming service, or (ii) make an equitable adjustment in the price of this Order. If Seller is required to correct or re-perform the Services, such correction or re-performance shall be at Seller s expense. Any services corrected or re-performed shall be subject to the same warranties set forth above. If Seller fails or refuses to correct or re-perform, Buyer may, at Buyer s option: (i) correct or replace with similar services and charge Seller for Buyer s actual costs; (ii) make an equitable adjustment in the price of this Order; or (iii) offset against amounts due and owing, or which may become due and owing, in accordance with Article B.6(c) above. D.3 BENEFICIARIES. The warranties of Seller shall run to Buyer, its assigns and each successive customer. In addition, Seller agrees to pass any warranty benefits to Buyer that Seller receives from its suppliers of any item ordered hereunder. E. PROPRIETARY INFORMATION/INTELLECTUAL PROPERTY. E.1 INTELLECTUAL PROPERTY. (a) Background Intellectual Property - All information (regardless of form or format, and including, without limitation, designs, processes, drawings, specifications, reports, data (including CAD/CAM data), trade secrets, software and know-how) and all inventions, whether patentable or not (hereinafter, such information and inventions are collectively referred to as Intellectual Property ), created, developed, owned, controlled or made by a Party prior to the Effective Date of this Order, or outside the scope of this Order,or independently of this Order (hereinafter Background Intellectual Property), and all intellectual property rights in and to the foregoing, shall remain the property of such Party. (b) Foreground Intellectual Property - All Intellectual Property created, developed or made in connection with this Order hereunder ( Foreground Intellectual Property ) by either Party shall be owned by Buyer. Seller shall disclose to Buyer any and all Foreground Intellectual Property created, developed or made by Seller, and agrees to assign, and does hereby assign to Buyer all rights, title and interest in and to such Foreground Intellectual Property, at no cost to Buyer. All Foreground Intellectual Property is Buyer Proprietary Information, and shall be treated in accordance with the provisions of Article E.4. Seller shall execute, or have executed, all papers and instruments necessary to secure the foregoing rights to Buyer. (c) Licenses - No rights or licenses are granted to either Party, either expressly or impliedly, to any Intellectual Property or any rights therein, other than the rights and licenses set forth in this Article E.1(c). Buyer grants Seller a royalty free, non-exclusive, revocable license (with no right to grant sub-licenses) to use the Foreground Intellectual Property, but only for the limited purpose of supplying Products to Buyer under this Order. Seller grants Buyer a worldwide, royalty free, non-exclusive and irrevocable license (including the right to grant sub-licenses) to use and have used any Background Intellectual Property (a) necessary for Buyer to use the Foreground Intellectual Property, and (b) to make, have made, use, and sell the Product, provided such license will only be exercised on (i) termination of this Order, in whole or in part; or (ii) Seller's inability or refusal for any reason to deliver Products under the terms of this Order or any option period or extension thereof. E.2 INTELLECTUAL PROPERTY INFRINGEMENT INDEMNITY. Seller shall indemnify, defend and hold harmless Buyer, its customers, and their respective successors and assigns from any and all damages, awards, liabilities, costs and/or attorney fees, and shall conduct (at Seller s sole cost and expense) the entire defense of any claim, suit or action alleging that the manufacture, use or sale of the Product infringes the intellectual property rights of a third party. Seller and Buyer shall promptly inform each other of the receipt of any such claim, suit or action, and Buyer will provide reasonable assistance to Seller (at Seller s sole cost and expense) to defend each such claim, suit or action. Seller shall, at Buyer s option, either (i) obtain the right for Buyer and its customers to continue using the Product, or (ii) replace or modify the Product so it no longer infringes but still meets all Product requirements. E.3 PROPRIETARY INFORMATION. All information disclosed or furnished by Buyer to Seller under this Order, regardless of form or format, and including but not limited to, designs, processes, drawings, specifications, reports, data (including CAD/CAM data), trade secrets, software, know-how and other technical or business information, and the features of all parts, equipment, tools, gauges, patterns, and other items furnished or disclosed to

8 Seller by Buyer, and all information created, developed or made by Seller in the performance of this Order, is and shall be treated by Seller as proprietary information ( Proprietary Information ) of Buyer. Unless otherwise provided herein or authorized by Buyer in writing, Seller shall hold all Proprietary Information in confidence, and shall use Proprietary Information only in the performance of this Order. Seller shall not use or disclose Proprietary Information to, or for the benefit of, any third party nor shall Seller sell or otherwise dispose of as scrap or otherwise any completed or partially completed or noncomplying Products (or parts thereof) without destroying or rendering such Products (or parts) unsuitable for use, and without removing or destroying any Proprietary Information embodied therein. Upon Buyer s request or on completion or termination of this Order, Seller shall, at Seller s expense, cease all use of Proprietary Information and make such disposition of all such Proprietary Information, and any parts, equipment, tools, gauges, patterns, items and goods containing or embodying Proprietary Information as herein required or as may be subsequently directed by Buyer. Buyer shall have the right to audit all pertinent facilities, books and records of Seller in order to verify compliance with this clause. Seller shall be liable to Buyer and shall indemnify, defend and hold Buyer harmless for any damages, awards, liabilities, costs and/or attorney fees resulting from any breach by Seller of the provisions of this clause, which survive the performance, completion, expiration and/or termination of this Order. Seller shall promptly notify Buyer of any and all such breaches, and shall take all necessary measures to remedy the same. In all subcontracts for performance of work related to this Order, Seller shall include provisions which provide to Buyer the same rights and protections as provided in this clause. E.4 RELEASE OF INFORMATION. Seller agrees not to make or cause to be made, or permit any of its subcontractors (including lower tier subcontractors) to make any public disclosure relative to the Order, including any information generated thereunder, such as but not limited to company periodicals, press releases, public lectures, theses and the like, without first obtaining prior written approval from Buyer. It is the policy of Buyer not to endorse any product or service that is not manufactured by, provided by or otherwise under direct control of Buyer, or to permit the use in any endorsement of the legal entity names, respective trade names, trademarks, service marks or the like. E.5 RIGHTS IN DATA. Seller hereby grants to Buyer the right to reproduce, disclose and use, and the right to authorize others to reproduce, disclose and use, in whole or in part, in any manner and for any purpose whatsoever in connection with Buyer s business, all or any part of the reports, designs, processes, drawings, specifications and other technical information and data developed, designed or used under the Order or any prior order for the same item. F. CHANGES. (a) Buyer may, at any time, by written order, and without notice to sureties, if any, make changes within the general scope of the Order in any one or more of the following: (1) drawings, designs, specifications or other technical documents; (2) method of shipment or packing; (3) place of delivery, inspection or acceptance; (4) quantity of items; (5) delivery schedules; and (6) amount of Buyer-furnished property. Seller shall comply immediately with such direction and avoid unnecessary costs related thereto. Seller acknowledges and agrees that certain changes in delivery schedule are normal and anticipated. Seller further agrees that the cost of such changes is included in the fixed prices established herein. If any change causes an increase or decrease in the cost of or time required for performance of any work under the Order, an equitable adjustment in the price and/or delivery schedule shall be made when justified by such change. However, no favorable adjustment of any kind shall be afforded to Seller with respect to changes made necessary by reason of defects or potential defects in any item for which Seller would be liable under the terms of the Order. Seller s claim for adjustment, stating the amount claimed and reasons therefore, shall be made in writing within twenty (20) days from the date the change was ordered, with complete supporting data of the amounts claimed within thirty-five (35) days. Seller s failure to so assert its claim shall operate as a waiver. The Parties shall establish through negotiation whether or not any Buyer-directed change is one which in fact authorizes an equitable adjustment under this article, and if so, the nature of such adjustment. Failure to agree with respect to any such negotiations shall be a dispute and either party may pursue its remedies as provided herein. Pending resolution of such dispute, Seller shall diligently pursue the performance of the Order as changed. (b) No information, advice, approvals or instructions by Buyer s personnel shall affect Buyer s and Seller s rights and obligations hereunder, unless the same is in writing signed by an authorized Representative of Buyer s Purchasing Department and which expressly states that it constitutes a change to the Order. If Seller considers that the conduct of any of Buyer s employees has constituted a change hereunder, Seller shall notify Buyer immediately in writing as to the nature of such conduct and its effect upon Seller s performance. Pending direction from Buyer s Purchasing Department, Seller shall take no steps to implement any such change. (c) Seller shall make available for Buyer s examination relevant books and records to verify Seller s claim for adjustment. G. CONTINUOUS IMPROVEMENT. G.1 LEAN MANUFACTURING. In the event that Buyer identifies Seller as a candidate for the conduct of a Buyer supplier lean manufacturing program, Buyer will provide Seller with the requirements of the program, then Seller will participate with Buyer in mutually agreed to lean manufacturing activities. Additionally, as a part of said event the Parties will mutually agree upon (i) a basis for measuring event benefits, and (ii) the anticipated improvements derived from such lean manufacturing activities. In the context of continuous improvement, Seller shall provide Buyer from time to time with sufficient information to effect a Product detailed cost and lead time analysis. For this purpose, Seller will provide to Buyer: (i) detailed production drawing and material lists, (ii) production sheets, (iii) material and sub-component orders and competition proposals, and (iv) further data required by Buyer for the verification of Seller s prices and lead-times. G.2 CYCLE TIME REDUCTION. Seller agrees to actively pursue methods of cycle time reduction for the contracted product or service and to participate in cycle time reduction projects to achieve specific goals agreed upon between Buyer and Seller. G.3 LEADTIME REDUCTION. Seller agrees to develop and implement a product lead time reduction program to reduce product lead times. G.4 VALUE ENGINEERING CHANGE PROPOSALS. It is the objective of the Parties to continuously seek methods to reduce the overall manufacturing cost and price of the Products. It is the Parties intent to equitably share the nonrecurring cost of implementation and recurring savings which result from cost reductions. Buyer and Seller shall actively seek methods of reducing the manufacturing cost and price of the Products through design changes, specification changes and manufacturing or administrative method improvements. For VECP's initiated solely by Seller, cost reductions shall be shared on the following basis: (i) Seller shall be responsible for the non-recurring cost of implementation and shall retain all recurring savings until such costs have been fully recovered; and (ii) after recovery of implementation costs, Buyer and Seller shall equally share in the recurring savings by adjusting the Unit Price downward by fifty percent (50%) of the agreed savings. H. OVERSIGHT. H.1 TEAM MEETINGS. Buyer and Seller agree to participate in periodic team meetings. The purpose of the meetings will be to status progress toward (i) Product definition, (ii) manufacturing status, (iii) production status, (iv) Seller s current and future capacity assessments, (v) inventory, (vi) value engineering change proposals under consideration, (vii) Product cost and price reduction, (viii) Product improvements, (ix) Delivery schedule and (x) Lead-time reduction. Based upon mutual agreement of Buyer and Seller, representatives of either Buyer's or Seller's subcontractors and/or associated contractors may attend coordination meetings as set forth herein and any meetings between Seller and Buyer. H.2 PROGRESS REPORTING. Seller shall provide, at a minimum, earned value reporting, monthly manufacturing program progress reports that shall contain sufficient information to detail the progress of all relevant Products at the Seller and Seller s sub-tier facilities. In the event Seller is not progressing adequately, Seller may be required to provide reporting as required by Buyer. H.3 WORK PLACEMENT. Seller shall notify and obtain prior written approval from Buyer prior to moving work to be performed under this Order between Seller s various facilities. H.4 SUBCONTRACTING. Seller shall notify and obtain prior written approval from Buyer prior to subcontracting any material portion of work to be performed under this Order. Seller shall include as part of its subcontracts those elements of the Order that protect Buyer s rights including but not limited to right of entry provisions, proprietary information and rights provisions and quality control provisions. In addition, Seller shall provide to its subcontractors sufficient information to document clearly that the work being performed by Seller s subcontractor is to facilitate performance under the Order. I. COMPLIANCE. I.1 INTEGRITY IN PROCUREMENT. Seller warrants that neither it nor any of its employees, agents or representatives have offered or given, or will offer or give any gratuities to Buyer s employees, agents or representatives for the purpose of securing this Order or securing favorable treatment under this Order. I.2 COMPLIANCE WITH STATUTES, GOVERNMENT REGULATIONS AND EXPORT CONTROLS. (a) Seller warrants that in the performance of work under the Order, it has complied with or will comply with all federal, state and local laws and ordinances and all lawful orders, rules and regulations thereunder, including, as applicable, all environmental laws and regulations and Mexican labor laws. Seller shall indemnify and hold harmless Buyer from and against all losses, costs, fees and damages arising, directly or indirectly, from any actual or alleged failure by Seller to comply with any federal, state or local statutes or other legal obligations. (b) Seller shall comply with all laws and regulations governing its performance hereunder, including without limitation, laws relating to import and export of hardware, materials, information, documentation, technical data, including but not limited to specifications, drawings, manuals or software, (collectively Information ), whether or not such Information was provided to the Seller by the Buyer. Seller certifies to Buyer and represents and warrants that Seller will not import, export, or re-export directly or indirectly, any commodity, or any Information, to any country in violation of the laws and regulations of any applicable jurisdiction. Specifically, Seller shall not disclose, send, allow for download or otherwise export or re-export Information into or to (i) a national or resident of any country to which the United States has embargoed goods, or (ii) to anyone on the United States Treasury Department s list of Specially Designated Nationals, the US Department of State s Denied Parties List or the United States Commerce Department s Table of Denial Orders without prior written approval of the United States Government. Seller agrees to the foregoing and represents and warrants that it is not located in, under the control of, or a FORM NO (GAM) (8)

9 national or resident of any such country or on any such list. Seller agrees to notify Buyer in writing should Seller, or any of its employees working with Buyer, become the subject of such list. Seller agrees to defend, indemnify, and hold Buyer harmless from and against any and all costs and damages incurred as a consequence of Seller s failure to comply with this clause. I.3 ETHICS REQUIREMENTS. Buyer is committed to conducting business fairly, impartially and in an ethical and proper manner. Buyer s expectation is that Seller will also conduct business fairly, impartially and in an ethical manner, and that Seller will have (or will develop) and adhere to a code of ethical standards. In the event that Seller has cause to believe that Buyer or any Buyer employee or agent has acted improperly or unethically under this contract, Seller shall report such conduct to the Buyer Ethics hotline. Copies of Buyer s Code of Conduct and contracts for such reports are available on under Governance. Seller warrants and represents that he has not and will not pay any commission or fee to any of Buyer s employees for the execution of this agreement. I.4 APPLICABLE LAW AND ARBITRATION. (a) The Order shall be interpreted and enforced in accordance with the laws of the State of Baja California. (b) In the event of any dispute arising out of or relating to the existence, validity, construction, performance, breach or termination of the Order, the parties shall endeavor to resolve such dispute amicably by negotiation. (c) In the event that such dispute cannot be so resolved, it shall be finally settled by arbitration in accordance with Paragraph (d) below. (d) Arbitration will be conducted under the Rules of Arbitration of the Arbitration Center of Mexico (CAM), with one arbitrator appointed in accordance with said Rules. The arbitration shall be held in Mexico City, Mexico. The arbitrator is not empowered to award damages in excess of actual damages. The arbitration will be decided by a single arbitrator, mutually acceptable to all parties, who will preside and decide the dispute, unless the parties agree in writing to the contrary. Should the parties fail to agree on a mutually acceptable arbitrator within thirty (30) days from the date of the demand for arbitration, the parties agree to accept an arbitrator appointed by the CAM in accordance with the said rules. The proceedings shall be conducted in Spanish. Judgment upon the award rendered by the arbitrator may be entered in any court having jurisdiction thereof. (e) Seller agrees that if Buyer has a claim against him, Buyer will have the right to elect the arbitration procedure described in the preceding paragraph or file an action before the courts of the City of Mexicali, Baja California. In any action Buyer may recover, in addition to its damages, the expenses of such action including its attorneys fees and litigation or arbitration expenses. J. ADMINISTRATIVE TERMS. J.1 ACCEPTANCE. This Order constitutes Buyer s offer to Seller and becomes a binding contract on the terms set forth herein when it is accepted by Seller either by acknowledgment or beginning performance. THIS ORDER MAY BE ACCEPTED ONLY ON THE TERMS SET FORTH HEREIN, INCORPORATED HEREIN BY REFERENCE, OR SET FORTH ON ANY ATTACHMENTS HERETO. TERMS IN SELLER S ACCEPTANCE IN ADDITION TO OR NOT IDENTICAL WITH SUCH TERMS ARE HEREBY OBJECTED TO AND REJECTED BY BUYER AND WILL NOT BECOME A PART OF THE CONTRACT UNLESS AGREED TO IN WRITING BY BUYER S AUTHORIZED PERSONNEL. J.2 ASSIGNMENT RIGHTS. Assignment of the Order or any interest herein or any payment due or to become due hereunder shall be void. Payment to assignee of any claim under the Order shall be subject to set-off or recoupment for any present or future claim or claims which Buyer may have against Seller. Seller agrees that Buyer may assign its rights and/or delegate its duties in whole or in part. J.3 CHANGE IN CONTROL OF THE SELLER. For the purpose of this Article change in control ( Change in Control ) shall mean the acquisition by a third party of direct or indirect control of Seller. A third party shall be deemed to control Seller if it, directly or indirectly: (a) holds a majority of the voting rights in Seller; or (b) has the right to appoint or remove a majority of Seller s board of directors, supervisory board, or any other body in charge of or controlling the management of Seller; or (c) has the right to exercise a dominant or decisive influence over Seller. In the event a Change in Control of Seller is pending, Seller shall: (i) promptly give Buyer written notice of such event identifying the potential investor/acquiring party, the contemplated modification in the share capital composition, or any other change, and (ii) provide any relevant information to Buyer during the Change in Control process. In the event that a Change in Control reasonably appears to Buyer to materially affect the ability of Seller to discharge its obligations under this Order or if such Change in Control is in favor of a party which is strategically not acceptable to Buyer because of existing, latent or potential conflict of interest, Buyer shall be entitled to terminate this Order in connection therewith, as a default, within a reasonable period of time from the date of Buyer's knowledge of the Change in Control of Seller, under the conditions set forth in this Order for an event of Default. J.4 RISK OF LOSS, INDEMNIFICATION AND INSURANCE. (a) Whenever Seller shall, by virtue hereof, have in its possession property of Buyer, Seller shall be deemed an insurer thereof and shall be responsible for its safe return to Buyer. (b) Unless otherwise provided in the Order, Seller shall have title to and bear the risk of any loss of or damage to the items purchased hereunder until they are delivered in conformity with the Order at the F.O.B. point specified on the face thereof and upon such delivery title shall pass from Seller and Seller s responsibility for loss or damage shall cease, except for loss or damage resulting from Seller s negligence or failure to comply with the Order. Passing of title upon such delivery shall not constitute acceptance of the items by Buyer. (c) Seller shall be an independent contractor and agrees to indemnify and hold harmless Buyer, its officers, directors, affiliates and employees from any cost, damage, expense or other loss or liability incurred or paid, arising out of or on account of claims of or suits whether in law or in equity, which may be asserted or brought against any of the indemnified parties hereunder, for property damage or destruction, personal injury or death or any other damages of whatsoever nature or kind, including claims of consequential loss and breach of contract, in any way related to Seller's work, its products or its workmanship, or the actions or omissions of Seller or its employees, agents, or subcontractors, except for claims arising through the claimed sole and exclusive negligence of Buyer. Seller agrees to pay or reimburse Buyer for any expenditures, including reasonable attorney s fees and amounts paid in settlement, that Buyer may make or become liable for in connection with the investigation, settlement, defense or otherwise by reason of such claims or suits and, if requested in writing by Buyer, will defend any such suits with counsel acceptable to Buyer at the sole cost and expense of Seller; Seller agrees to pay and to discharge any judgment, orders or decrees rendered or entered against any of the indemnified parties for any matter indemnified hereunder; Buyer may retain any money due or to become due to Seller sufficient to reimburse Buyer against any such claims, demands, judgments, or liability. Seller shall also maintain at all times during performance of its work related to the Order adequate workers compensation insurance to cover all of its general and special employees engaged in such work and insurance to insure against claims for injury to or death of persons or destruction or damage to property (including Buyer s employees and property) which may arise from Seller s actions or omissions in the performance of its work or in the design or manufacture of its products; such insurance shall specifically include contractual liability coverage. J.5 INSPECTION AND AUDIT OF BOOKS AND RECORDS. Seller grants to Buyer or his authorized representative, the right to examine the data necessary to substantiate a claim due to a change to the Order which will permit adequate evaluation of any Seller claim. This right may be exercised at any time prior to award. If such audit causes a decrease in the cost of or the time required for performance of the Order, an equitable adjustment in the prices and schedules of the Order shall be made to reflect such decrease and the Order shall be modified in writing accordingly. Failure of Buyer and Seller to agree upon any adjustment shall not excuse Seller from performing in accordance with such direction. J.6 PERSONNEL. Seller shall ensure that its employees or representatives involved in the performance of the Order shall be appropriately qualified, skilled (including technical knowledge and language) and experienced in their respective trades or occupations. Seller shall ensure that its personnel, including resident representatives, shall, when located in the premises of Buyer, comply with any applicable regulations including but not limited to health, safety, security, environment and internal regulations. Each Party shall, if reasonably requested by the other Party, assist the other Party in applying for permits, licenses and/or approvals which are required in its country for any of the personnel of such other Party but such other Party shall remain responsible for obtaining any permit, license or approval for its own personnel. J.7 TECHNICAL INFORMATION, LANGUAGE AND MEASUREMENT. All notices and binding communications and/or reports, drawings and other technical information shall be in English and shall employ the units of measure customarily used by Buyer. J.8 LABOR DISPUTES. Whenever an actual or potential labor dispute is delaying or threatens to delay the timely performance of the Order, Seller shall immediately give notice thereof to Buyer. Such notice shall include all relevant information with respect to such dispute. Nothing contained herein shall be deemed a waiver of Buyer s rights or remedies. J.9 ORDER OF PRECEDENCE. In the event of conflict between these terms and conditions, the order of precedence shall be as follows: (1) The Order and other provisions attached thereto or incorporated therein by reference, such as specifications, statements of work, price and payment terms, etc.; (2) Purchase Order Terms and Conditions. (Should any conflict arise, Seller shall contact Buyer for specific clarification.) J.10 INTERPRETATION. The parties agree this document may be executed in both English and Spanish versions. In the event of any discrepancy between the English version and the Spanish version, the Spanish version shall prevail. FORM NO (GAM) (9)

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