CAMUZZI GAS PAMPEANA S.A. CLÁUSULAS GENERALES PARA LA EJECUCIÓN DE OBRAS

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1 CAMUZZI GAS PAMPEANA S.A. CLÁUSULAS GENERALES PARA LA EJECUCIÓN DE OBRAS REF: SCE-GT /25 EMISIÓN: Noviembre 2010

2 SCE-GT /25 ÍNDICE DETALLADO PLIEGO DE CLÁUSULAS GENERALES! " #$% &' ()** + %*!"! #$ % %& '! *,-.'/%*0/& 1*, ( ( ) # ( ) # ( ) # ( ) ( ) *!22*)*'3 + *!*/ - 4*25)/*- +, -+./+ *,"*/6 /! *,#!)4* & 0 & 0 1 & /+ '. 3,,, ' 3,,, ) $ !/0 - ii -

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6 CLÁUSULAS GENERALES PARA LA EJECUCIÓN DE OBRAS ASPECTOS GENERALES ARTICULO 1. POLITICA DE NEGOCIOS Nuestras prácticas habituales de negocios propician, entre otros principios, la transparencia e igualdad de oportunidades en los procesos de contratación de la empresa. En este sentido, hemos habilitado los siguientes canales de comunicación para que quienes participen en nuestros concursos de precios puedan informar sobre cualquier circunstancia que pudiera estar en contradicción con esas definiciones. Para llamadas desde nuestra área de concesión, Capital Federal y Gran Buenos Aires: Para llamadas desde otras localidades: Los mensajes serán escuchados únicamente por nuestra Auditoría General y la información que ellos contengan será tratada con máximo cuidado de modo de garantizar una adecuada reserva. Adicionalmente y con las mismas condiciones de reserva, se puede hacer uso de la siguiente dirección de correo electrónico: Auditoria.General@Camuzzigas.com.ar ARTICULO 2. OBJETO El presente Pliego de Condiciones Generales tiene por objeto establecer el marco que regirá la totalidad de las obras que se ejecuten en el ámbito de la Distribuidora. ARTICULO 3. VIGENCIA El presente Pliego de Cláusulas Generales para la Ejecución de Obras, tiene vigencia a partir de la fecha de emisión, fecha a partir de la cual quedan sin efecto todas las versiones anteriores. ARTICULO 4. CUMPLIMIENTO El Contratista deberá dar estricto cumplimiento a todo lo dispuesto en estas Cláusulas Generales en la realización de la totalidad de los trabajos. La mera presentación de oferta implica el pleno conocimiento por parte del Oferente de las condiciones del Pliego. ARTICULO 5. ALCANCE Estas Cláusulas Generales son de aplicación para la ejecución de todo tipo de obras adjudicadas por la Distribuidora, relacionadas directa o indirectamente con las instalaciones PCG -1 -

7 que opera la misma, incluyendo, pero sin limitación, a las siguientes: obras civiles, construcción de redes, ramales, gasoductos, construcción o modificación de instalaciones de superficie, equipos y partes asociadas. Estas Cláusulas Generales establecen los requisitos mínimos que deben cumplimentar los Contratistas, para dar fiel cumplimiento a los trabajos que le sean encomendados y a las exigencias establecidas por la Distribuidora. ARTICULO 6. DEFINICIONES Los términos definidos en el presente artículo serán de aplicación a la totalidad de los documentos que integran el Pliego, ya sea que se utilicen en su forma singular o plural. Adendas : Son los documentos que modifican ciertas condiciones del Pliego de Cláusulas Generales y/o del Pliego de Cláusulas Particulares. Aclaraciones : Son los pedidos de explicaciones y/o aclaraciones solicitadas por la Distribuidora a los Oferentes con posterioridad a la apertura de los sobres, en los términos indicados en el Artículo 9.8 del presente y sus respectivas respuestas, todo lo cual forma parte del Pliego. Carta Oferta : Es la oferta técnico-económica enviada por el Oferente para la ejecución de la Obra, en un todo de acuerdo al modelo adjunto como Anexo XIV del Pliego de Cláusulas Generales. Circulares : Son las respuestas de la Distribuidora a las consultas que realizan los distintos Oferentes con carácter previo a la fecha de presentación de Ofertas, dadas a conocer por escrito por la Distribuidora a todos los Oferentes en los términos indicados en el Artículo 8 del presente y que forman parte del Pliego. Concurso :Es la compulsa de precios a la que llama la Distribuidora para la ejecución de los trabajos cuyo detalle se establece en el Pliego de Condiciones Particulares. Contratista : Persona física o jurídica que ha resultado adjudicataria del Concurso, en el marco de lo establecido por el Pliego de Cláusulas Generales, el Pliego de Especificaciones Técnicas y el correspondiente Pliego de Condiciones Particulares. La Distribuidora : Es Camuzzi Gas Pampeana S.A. o su personal, actuando en representación de la misma. Inspección de Obra o Inspección : Examen que realiza el inspector por sí mismo y/o con asistencia de los contratistas y/o peritos, en el lugar de ejecución de la Obra, para hacer constar en un acta o certificado el resultado de su observación y el avance de la misma. Inspector : Persona física designada por la Distribuidora para actuar en representación de la misma en el ámbito de la Obra, en cumplimiento de las funciones que se establecen en el Pliego. Normas e Instrucciones Complementarias : Es la normativa específica aplicable a la ejecución de la Obra objeto del Concurso, la cual podrá consultarse en la página web de la Distribuidora: Obra : Conjunto de trabajos que deben ser realizados por el Contratista, de acuerdo a lo establecido en el Pliego de Condiciones Particulares. El término Obra podrá utilizarse indistintamente para la totalidad de los trabajos a ejecutar o para un subconjunto de los mismos. PCG -2 -

8 Oferente : Persona física o jurídica que presenta una oferta económica o técnico-económica a consideración de la Distribuidora para la ejecución de los trabajos indicados en el correspondiente Pliego de Condiciones Particulares. Planilla de Cotización : Es un formulario que se adjunta como anexo al Pliego de Condiciones Particulares, en la que el Oferente deberá consignar su Oferta. Planilla de Certificación y Medición o Certificado de Obra : Es el formulario que se adjunta como anexo I al Pliego de Cláusulas Generales, o en su caso, el formulario adjunto al Pliego de Condiciones Particulares, a los fines de la medición y certificación de los trabajos ejecutados por el Contratista. Pliego : Es el conjunto de documentos integrado por las Circulares y Aclaraciones, si las hubiere, el Pliego de Condiciones Particulares, las Especificaciones Técnicas, las Normas e Instrucciones Complementarias y el Pliego de Condiciones Generales. Pliego de Cláusulas Generales o Cláusulas Generales : Es el presente documento y todos los documentos incorporados por referencia al mismo. Pliego de Condiciones Particulares o Condiciones Particulares : Es el documento en el que se indican los trabajos y provisiones por los que la Distribuidora llama a Concurso. Pliego de Especificaciones Técnicas o Especificaciones Técnicas": Es el documento en el que se establecen las características generales y forma de ejecución de los trabajos que deba ejecutar el Contratista. Representante Técnico : Profesional matriculado en el colegio respectivo con incumbencia acorde con las características de la obra, que representa al Contratista ante la Distribuidora a todos los efectos técnicos. Unidad de Negocios : Es alguna o algunas de las Unidades Operativas de la Distribuidora, o su personal, actuando en representación de la o de las mismas. ARTICULO 7. INVITACIONES La Distribuidora enviará vía correo electrónico (desde la dirección de correo electrónico Invitación@Camuzzigas.com.ar) la invitación a las empresas que desea que participen del Concurso. Simultáneamente se adjuntarán los pliegos correspondientes. Este Pliego de Condiciones Generales podrá consultarse en la página web de la Compañía: No se aceptarán ofertas espontáneas de no mediar invitación expresa de la Distribuidora. ARTICULO 8. CONSULTAS Y CIRCULARES Las firmas Oferentes podrán efectuar todas las consultas que les resulten necesarias para la mejor interpretación de la documentación del Concurso y los alcances de la Obra, hasta los cinco (5) días hábiles anteriores a la fecha de cierre de recepción de las ofertas. Con posterioridad a este plazo, no se aceptará pedido alguno en tal sentido. Estas consultas deberán ser realizadas por escrito y presentadas de lunes a viernes de 9:30 a 17:00 horas en las oficinas de la Distribuidora, Sede Central, Sector Abastecimiento, sito en Av. Alicia Moreau de Justo Piso 3 - Capital Federal, pudiéndolas adelantar vía fax al número (011) , o por correo electrónico al remitente que envío la invitación. PCG -3 -

9 Las respuestas serán dadas a conocer por la Distribuidora mediante Circulares vía fax o correo electrónico (desde la dirección de correo electrónico Invitación@Camuzzigas.com.ar) a todas las firmas que participan del Concurso, siempre que las consultas tengan la suficiente relevancia para proceder en tal sentido. Las mismas formarán parte del Pliego. ARTICULO 9. OFERTAS 9.1 FECHA DE PRESENTACIÓN DE LAS OFERTAS Las ofertas se presentarán según se indique en el correo electrónico de invitación a ofertar enviado por la Distribuidora. 9.2 CARÁCTER DE LA PRESENTACIÓN La apertura de los sobres conteniendo las ofertas, será privada. 9.3 CONOCIMIENTO DE LAS CONDICIONES Por el solo hecho de formular la oferta, se tendrá al Oferente por conocedor de las Cláusulas Generales, de las Condiciones Particulares y de las Especificaciones Técnicas, como asimismo el régimen legal de la actividad prevista como objeto y de cualquier dato o circunstancia que pudiera influir en su costo, por lo que no podrá con posterioridad invocar a su favor los errores en que pudiere haber incurrido al formular la oferta, o duda, o desconocimiento de las cláusulas y disposiciones legales aplicables. 9.4 FORMA DE PRESENTACIÓN Las Ofertas se presentarán en sobre cerrado en la mesa de entradas de la Distribuidora dirigida al Sector Abastecimiento. El sobre llevará un rótulo en el que conste el número de Concurso, denominación de la Obra, lugar, fecha y hora de la apertura de los sobres y nombre del Oferente, individualizándolo de la siguiente manera: CONCURSO N... OBRA: [Consignar denominación de la Obra] APERTURA: [Indicar lugar, fecha y hora] OFERENTE: [Indicar nombre del Oferente] Todos los documentos contenidos en el sobre deberán ser presentados en doble faz, foliados y en original. Deben incluir índice detallado de la documentación presentada el cual deberá seguir estrictamente el orden y la numeración indicada en el Artículo 9.5 del presente Pliego, incluyendo separadores identificatorios de dicha documentación. Deberán estar firmados con tinta o bolígrafo y sellados en todas sus hojas por el representante del Oferente, conteniendo además cada una de ellas un juego completo de catálogos, folletos y planos. 9.5 DOCUMENTACIÓN A PRESENTAR EN LA OFERTA En todos los casos el Oferente deberá presentar en su oferta, respetando el ordenamiento indicado, la documentación que se detalla: PCG -4 -

10 B DOCUMENTACIÓN GENERAL a) Nota de presentación. En la misma el Oferente deberá constituir domicilio e indicar número de fax y dirección de que se tendrán por válidos a los fines de las notificaciones que la Distribuidora pudiere cursar en el período de evaluación de ofertas. b) Copia impresa del Correo electrónico de invitación a ofertar enviado por la Distribuidora. c) Carta Oferta según modelo adjunto como Anexo XIV. d) Constancia firmada por la Unidad de Negocios de la visita del Oferente al lugar de ejecución de la Obra. e) El Pliego de Condiciones Particulares, Pliego de Cláusulas Generales, el Pliego de Especificaciones Técnicas y las Circulares, si las hubiere. B DOCUMENTACIÓN LEGAL a) Estatuto constitutivo de la sociedad. b) Poder de representación del firmante o de la documentación que acredite su representación (Acta de Asamblea que designa autoridades y Acta de Directorio que distribuye los cargos). c) Formulario de CUIT firmado en original y documentación respaldatoria de la categoría impositiva frente al IVA. d) Constancia de una cuenta corriente bancaria de la cual sea titular. e) Constancia de inscripción en el Registro Nacional de la Industria de la Construcción que lleva el Ministerio de Trabajo de la Nación (IERIC), en caso de poseerla. f) Balances o estados patrimoniales correspondientes a los tres últimos ejercicios cerrados con anterioridad al concurso. Asimismo deberá adjuntarse un informe del auditor certificando la inexistencia de variaciones sustanciales negativas en la situación y solvencia patrimonial acreditada durante el período comprendido entre la fecha del último balance y 60 días antes de la fecha de cierre de presentación de las ofertas. g) Declaraciones juradas relativas al Régimen de Compre Nacional, detalladas en el Artículo 46. h) En los casos en que los interesados decidieran prestar los servicios mediante una Unión Transitoria de Empresas deberán adecuarse a las normas de la Ley (Ley de Sociedades Comerciales) respecto de la forma y contenido del contrato, representación e inscripción. En todos los casos los miembros de la UTE deberán manifestar por escrito ante la Distribuidora que asumen responsabilidad solidaria e ilimitada por los actos y operaciones que deban desarrollar o ejecutar. En tal caso deberán unificar personería y constituir domicilio a los efectos contractuales. Las firmas de la documentación a presentar sobre el particular deberán ser certificadas por Escribano Público, donde conste, además, que los firmantes poseen facultades suficientes para el acto que otorguen en nombre de sus respectivas empresas. i) Toda otra documentación que explícitamente se le requiera en la invitación a participar del concurso. j) De tratarse de empresas unipersonales, deberán cumplir con los puntos c), d), f) y g). Para dar cumplimiento al punto f), deberá presentarse DDJJ de impuestos a las ganancias e ingresos brutos, ambos anualizados. La documentación mencionada precedentemente, con excepción de los puntos c) y f) deberá presentarse en copia certificada por Escribano Público, debiendo la firma del escribano ser legalizada por el Colegio Profesional correspondiente, en caso de ser el notario de una jurisdicción ajena a la Capital Federal. B DOCUMENTACIÓN TÉCNICA a) Plan de Trabajos y Certificación, siguiendo el modelo adjunto en Anexo. PCG -5 -

11 B DOCUMENTACIÓN COMERCIAL a) Planilla de Cotización, de acuerdo al modelo establecido en el Pliego de Condiciones Particulares. Los descuentos o bonificaciones y las condiciones para su otorgamiento deberán incluirse en la Planilla de Cotización. 9.6 COTIZACIÓN. MODO DE PRACTICARLA La Cotización deberá efectuarse en Pesos y los precios deberán ser fijos. Los Oferentes efectuarán la cotización por la totalidad de las provisiones y trabajos indicados en el Pliego indicando el monto total de la oferta en números y letras, en una hoja destinada exclusivamente a tal fin, de conformidad con lo estipulado en el artículo Modalidad de Cotización de las Condiciones Particulares. Dicha Planilla de Cotización deberá adjuntarse a la Carta Oferta prevista como Anexo XIV del presente Pliego. La Obra se realizará en función de lo establecido en la Planilla de Cotización y en la documentación presentada. Se tendrá en cuenta que todas las cantidades y dimensiones dadas en el Pliego son aproximadas y al solo efecto de la preparación de ofertas, por lo tanto no significa que se ejecutarán exactamente las unidades de medida cotizadas, sino aquellas que efectivamente resulten necesarias a requerimiento de la Distribuidora y que surgirán de los certificados de obra debidamente aprobados, en un todo de acuerdo a lo estipulado en los Artículos y 31 del presente Pliego. En la Planilla de Cotización también deberá constar el costo que tendría para el Oferente el seguro de Construcción y Montaje, a los efectos de evaluar la Distribuidora si toma la opción de contratarla a su cargo, tal como se establece en el Artículo Se considerarán incluidos en el monto de la oferta los pagos que pudieran corresponder en concepto de derechos, regalías, etc., por diseños, equipos y materiales. Los Oferentes consignarán en sus cotizaciones el número de Inscripción y las siglas de las Cajas de Previsión Social en las que están comprendidos. Del mismo modo deberán indicar los datos mencionados en toda factura que presente. Dado que la Distribuidora es Responsable Inscripto en el Impuesto al Valor Agregado, el Oferente deberá efectuar su cotización discriminando la parte del precio y la del impuesto. En los casos en que la contratación a juicio del Oferente, no estuviera gravada con el impuesto, deberá indicarlo expresamente, haciendo mención de la norma legal en la que está amparada la exención. La Distribuidora no reconocerá bajo ningún concepto el impuesto que pudiera adeudar el Oferente, si la exención aludida no fuera procedente a juicio de la Administración Federal de Ingresos Públicos. Por otra parte se destaca que si la Obra estuviese gravada con el impuesto y el Oferente no discriminó el mismo - en el caso de tratarse de un Responsable Inscripto - ni hizo aclaración alguna sobre el gravamen, la Distribuidora considerará que en el precio cotizado está incluido dicho impuesto, debiendo proceder quien resulte adjudicatario - a discriminar la parte del precio y del Impuesto al Valor Agregado al emitir las facturaciones correspondientes. PCG -6 -

12 9.7 VALIDEZ DE LA OFERTA La oferta tendrá un plazo de validez de sesenta (60) días corridos contados a partir de la fecha de presentación ante la Distribuidora. 9.8 ACLARACIONES - DESESTIMACIÓN - RECHAZO DE LAS OFERTAS En caso que los Oferentes hubieran omitido la presentación de cualquiera de la documentación señalada en el Artículo 9.5 precedente, apartados 1), 2), 3) y 4), y/o la misma estuviera incompleta y/o no resultare clara y/o se requiriera información adicional a criterio de la Distribuidora -con excepción de la Planilla de Cotización prevista en el Artículo 9.5 apartado 4, a) cuya falta de presentación será requisito excluyente para la calificación de Ofertas- La Distribuidora podrá solicitar Aclaraciones al Oferente para que éste subsane y/o complete y/o clarifique dicha información, según fuere el caso, dentro de las 48 horas de recibido el requerimiento de la Distribuidora. Dicho requerimiento será realizado por la Distribuidora via fax. Las respuestas deberán ser presentadas en las oficinas de la Distribuidora, Sede Central, Sector Compras, sito en Av. Alicia Moreau de Justo Piso 3 - Capital Federal, debidamente foliadas y firmadas por el representante del Oferente, pudiéndolas adelantar vía fax al número (011) , o por correo electrónico al remitente que envío la invitación. Las Aclaraciones y sus respuestas formarán parte del Pliego. Transcurrido el plazo de 48 hs. señalado por la Distribuidora sin que el Oferente hubiere subsanado/completado el requerimiento de la Distribuidora, la oferta quedará desestimada de pleno derecho, sin que ello pueda dar lugar a reclamo alguno por parte del Oferente por ningún concepto. ASIMISMO SE TENDRÁN POR DESESTIMADAS DE PLENO DERECHO AQUELLAS OFERTAS QUE PRESENTEN TÉRMINOS Y/O CONDICIONES QUE NO SE AJUSTEN Y/O MODIFIQUEN LOS PREVISTOS EN EL PLIEGO Y/O CONTENGAN CLAUSULAS DE AJUSTE, SIN QUE ELLO PUEDA DAR LUGAR A RECLAMO ALGUNO POR PARTE DEL OFERENTE POR NINGÚN CONCEPTO. ARTÍCULO 10. EVALUACIÓN DE LAS OFERTAS - ADJUDICACIÓN La adjudicación de la Obra se realizará en favor de la oferta más conveniente teniendo en cuenta el precio, las condiciones de calidad ofertadas, idoneidad técnica y financiera del Oferente y demás características de la Oferta. La Distribuidora podrá aceptar las ofertas, total o parcialmente, que a su sólo juicio considere más convenientes, o rechazarlas todas, sin que su proceder pueda dar derecho alguno a los Oferentes a reclamar pérdidas o intereses por ningún concepto. Asimismo La Distribuidora podrá declarar desierto el Concurso cuando medien razones de oportunidad, mérito o conveniencia; o cuando los precios ofertados se aparten injustificadamente del presupuesto aprobado; o cuando la oferta no se ajuste a los términos del Pliego. La resolución adoptada por La Distribuidora no podrá ser impugnada ni cuestionada por los Oferentes, sin que su proceder pueda dar derecho alguno a los Oferentes a reclamar pérdidas o intereses por ningún concepto. PCG -7 -

13 Una vez evaluadas las Ofertas, la Adjudicación será notificada por la Distribuidora al Contratista que resulte adjudicatario del Concurso, mediante Carta Documento, en la cual se le comunicará al Contratista la fecha de inicio de la Obra. La adjudicación se realizará dentro de los sesenta (60) días contados a partir del cierre de recepción de ofertas. ARTICULO 11. GARANTÍAS 11.1 GARANTÍA DE CUMPLIMIENTO El Contratista deberá constituir una Garantía de Cumplimiento por un importe equivalente al diez (10) % del monto total de la Obra, la que, hasta el momento de su devolución, no devengará interés ni actualización de su monto a favor del Contratista. Esta garantía deberá ser constituida conforme a alguna de las formas establecidas en el Anexo III Constitución de Garantías de las presentes Cláusulas Generales. En caso de incumplimiento de las obligaciones por parte del Contratista, la Distribuidora podrá, a su solo juicio, resolver la ejecución de la Obra y ejecutar la Garantía de Cumplimiento. La garantía será presentada en la Gerencia de Abastecimientos y Logística de la Sede Central, dentro de los diez (10) días de la aceptación de la Carta Oferta por parte de la Distribuidora. Para su liberación deberá anticiparse el pedido por nota, a los quince (15) días de otorgada la Recepción Provisoria de la Obra. La falta de presentación de la garantía constituirá un impedimento para el inicio de Obra GARANTÍA DE ANTICIPO Cuando la Distribuidora entregue al Contratista anticipos, este deberá constituir una garantía a través de un seguro de caución por un valor equivalente al anticipo entregado en un todo de acuerdo con lo estipulado en el Anexo. La cancelación de este seguro no podrá ser resuelta hasta haberse otorgado la Recepción Provisoria de la Obra. La garantía será presentada en el Departamento de Proveedores de la Distribuidora conjuntamente con la presentación de la factura correspondiente al anticipo, siendo condición para el pago del anticipo la presentación de la garantía. El anticipo entregado por la Distribuidora será descontado de las facturas que el Contratista vaya presentando. El procedimiento mediante el cual se realizará el descuento consiste en agregar 5 puntos adicionales al porcentaje de anticipo otorgado. Ej. Si se otorgó un anticipo del 15% se descontará un 20 % de la factura que se certifique. Si se otorgó un anticipo del 20 % se descontará un 25 % de la misma, hasta completar el monto del anticipo. En caso que quedare una última factura pendiente de pago, se descontará de la misma el total del anticipo remanente GARANTÍA DE TENENCIA Cuando la Distribuidora entregue al Contratista equipamiento, materiales, maquinaria u otros bienes de su propiedad para reparación o reacondicionamiento fuera de los predios de propiedad de la Distribuidora, y/o uso posterior en la Obra, el Contratista deberá constituir una garantía por la tenencia y posterior devolución de dichos bienes. Dicha garantía se tomará por un valor equivalente al de los bienes a proporcionar, cuyo listado será indicado en el Pliego de Condiciones Particulares. PCG -8 -

14 Esta garantía deberá ser constituida conforme a alguna de las formas establecidas en el Anexo Constitución de Garantías de las presentes Cláusulas Generales. La garantía será presentada en la Gcia. Técnica y/o quien ésta designe, en forma previa a la entrega de los bienes objeto de la presente Cláusula. Tanto la entrega como la devolución de los bienes previstos en la presente cláusula, se hará constar en Acta de Entrega y/o Recepción según corresponda, firmada por ambas partes de conformidad. La presente póliza se liberará dentro de los 15 días de firmada de conformidad el Acta de Recepción por parte de la Distribuidora o con la Recepción Provisoria de la Obra, solicitándola por nota al sector donde se presentó la garantía GARANTÍA DE SUSTITUCIÓN FONDO DE REPAROS El Contratista deberá constituir una Garantía para Fondo de Reparo por un importe equivalente al 10% (diez por ciento) del monto total de la Obra. La misma será constituida por alguna de las formas establecidas en el Anexo Constitución de Garantías de las Cláusulas Generales. Esta garantía será entregada con el último Certificado de Obra y antes de la Recepción Provisoria, siendo su entrega condición para el otorgamiento de la Recepción Provisoria de la Obra. En caso de deficiencias por mala calidad de los materiales, defectuosa mano de Obra, vicios de construcción o mal funcionamiento de las instalaciones, la Distribuidora podrá ejecutar la Garantía previa intimación a la Contratista para que repare los vicios dentro de los quince (15) días de la intimación, no limitando este hecho la responsabilidad del Contratista por las obligaciones incumplidas. La Distribuidora se reserva las acciones que pudieran corresponderle por la totalidad de los gastos, daños y perjuicios derivados del incumplimiento del Contratista. Para su liberación, deberá anticiparse el pedido por nota dentro de los 15 días hábiles de otorgada la Recepción Definitiva de la Obra GARANTÍA TÉCNICA El Oferente asume expresamente total responsabilidad técnica por la ejecución de las Obras, mantenimiento y/o provisión de materiales y/o equipos y su correcto funcionamiento. Esta garantía técnica no será modificada por la eventual intervención de la Distribuidora en control de ingeniería, supervisión de Obra, verificación de materiales, etc. ARTICULO 12. IMPUESTOS, TASAS, CONTRIBUCIONES Y GRAVÁMENES Todas las contribuciones, gravámenes, impuestos directos e indirectos y tasas, nacionales, provinciales y/o municipales vigentes a la fecha de apertura, que graven cualquier actividad o hecho imponible que derive de la realización de la Obra y de su ejecución (incluyendo tanto los que graven directamente los ingresos como las utilidades o patrimonio) estarán a cargo del Contratista, no asumiendo la Distribuidora ninguna obligación fiscal al respecto. Todas las contribuciones y/o aportes de los profesionales intervinientes en la Obra, correspondientes a los Colegios y/o Consejos Profesionales, cualquiera sea la etapa de la Obra PCG -9 -

15 de que se trate, son a cargo del Contratista. Ello es así independientemente de la especialidad del profesional interviniente, y cualquiera sea la jurisdicción donde se desarrollen las tareas. Cualquier variación en los tributos que pudieran corresponder con vigencia a partir del día siguiente a la fecha de presentación de las Ofertas, que afecten directamente al "precio" será ajustada en más o en menos. Por lo tanto será a exclusivo riesgo del Contratista, cualquier modificación tributaria que grave las utilidades o patrimonios. En caso de corresponder, el sellado deberá ser pagado en su totalidad por el Contratista. El Contratista deberá presentar a la Distribuidora la constancia de sellado dentro de los diez (10) días corridos contados a partir de la firma del mismo. La omisión del pago del impuesto de sellos por parte del Contratista dará derecho a la Distribuidora a ejercer los derechos establecidos en el artículo Incumplimientos. La Distribuidora, a su exclusivo juicio podrá pagar el impuesto de sellos y repetir del Contratista los montos que hubiere abonado. ARTICULO 13. ORDEN DE PRELACIÓN DE LOS DOCUMENTOS Forma parte del Concurso la documentación que se indica seguidamente, la que guardará el orden de prelación que a continuación se establece: 1. La Carta Oferta y su Anexo I Planilla de Cotización 2. Las Circulares y Aclaraciones si las hubiere. 3. Las Condiciones Particulares y/o Adendas. 4. Las Especificaciones Técnicas. 5. Las Normas e Instrucciones Complementarias 6. Las Cláusulas Generales. ARTICULO 14. SEGURIDAD, HIGIENE Y LEGISLACIÓN LABORAL 14.1 CONDICIONES GENERALES 1) La Distribuidora podrá generar Ordenes de Servicio a la Contratista en aquellos casos en que juzgue que las instalaciones, maquinarias, equipo, herramientas y las medidas preventivas en general, puedan incidir desfavorablemente sobre la salud y la seguridad de los trabajadores (Ley Nacional N y N ) y/o sobre el medio ambiente, las que serán de cumplimiento inmediato, sin que esto pueda devengar mayores costos. 2) El Contratista deberá dar estricto cumplimiento a la legislación vigente en materia laboral (sea esta Nacional, Provincial o Municipal), como así también a los Convenios Colectivos de Trabajo oficialmente homologados que resulten de aplicación a la presente Obra y a las normas dictadas por los Organismos de Seguridad Social. Deberá también dar estricto cumplimiento a las disposiciones legales relativas a la Salud y Seguridad en la Construcción, en todas las etapas de la Obra (Resolución N 911/96 - Seguridad Industrial). Deberá designar un Responsable de Seguridad para la Obra dando cumplimiento con los requerimientos de la ley correspondiente. 3) Asimismo, deberá estar inscripta ante los organismos que legalmente correspondan y efectuar los aportes pertinentes a las respectivas Cajas de Previsión Social. 4) La Contratista será la única responsable del pago de todas las remuneraciones, aportes, seguros, indemnizaciones de cualquier naturaleza y de todas las obligaciones derivadas de PCG -10 -

16 las contrataciones efectuadas con sus trabajadores y de todo el personal afectado a la Obra cualquiera sea el acto o estipulación concertado al efecto. Al respecto, la Contratista deberá dar estricto cumplimiento a las leyes y convenciones colectivas de trabajo y las obligaciones previsionales vigentes. Se deja debidamente aclarado que dicho personal dependerá únicamente de la Contratista, quien será su único empleador, no existiendo vinculación laboral alguna con la Distribuidora. 5) Asimismo, deberá presentar a la Distribuidora, en la Unidad de Negocios donde tramita la Obra, constancia del Código Único de Identificación Laboral (CUIL) de cada uno de los trabajadores a su cargo, y deberá acreditar tal extremo en cada oportunidad en que contrate un nuevo dependiente. Mensualmente el Contratista deberá presentar a la Distribuidora en la Unidad de Negocios donde tramita la Obra, la constancia de pago de las remuneraciones abonadas al personal a su cargo, con copia firmada de los comprobantes de pago mensual al sistema de la seguridad social, y la vigencia de la cobertura por riesgos de trabajo (ART) exigida por el artículo a) del presente pliego. Lo expuesto precedentemente se refiere a aquellas obligaciones que se encontraren vencidas al momento de presentación de la factura. La Contratista deberá informar mensualmente a la Distribuidora a través de su Unidad de Negocios donde tramita la obra las altas y bajas del personal afectado a la Obra consignando: nombre completo, DNI, domicilio y CUIL del empleado. 6) La falta de presentación de la documentación señalada facultará a la Distribuidora, a la retención de las sumas pendientes de pago hasta tanto se haya cumplido con la obligación, en cuyo caso se procederá a la liberación de dichas facturas, sin reconocimiento de actualización monetaria ni intereses de ningún tipo. Asimismo, el incumplimiento reiterado del Contratista en la presentación de la documentación requerida en el presente artículo constituirá una falta grave que habilitará a la Distribuidora a dar por rescindida la ejecución de la Obra de acuerdo a las previsiones del artículo 21 del presente Pliego, sin perjuicio de las retenciones previstas en el párrafo precedente y de las penalidades que pudieran corresponder según lo previsto en el citado artículo. 7) La Contratista se obliga a mantener indemne a la Distribuidora por todas las sumas de dinero que, tanto los empleados de la Contratista como terceros, reclamasen a la Distribuidora como consecuencia de la ejecución de la Obra. En el supuesto de demandas laborales contra la Distribuidora por parte de empleados del Contratista, éste deberá presentar a la Distribuidora, en la Unidad de Negocios donde tramita la Obra, en un plazo de treinta (30) días a partir de la notificación de la demanda, garantías a satisfacción de la Distribuidora, que cubran los montos reclamados por el trabajador más los intereses y costas del juicio. El incumplimiento de tal exigencia será causal de resolución de la ejecución de la Obra en forma automática, una vez vencidos el plazo fijado por esta cláusula. Ello sin perjuicio de las penalidades que pudieran corresponder según lo previsto en el Artículo 21. 8) Sin perjuicio de lo establecido en el apartado anterior, la Distribuidora podrá retener una suma de dinero suficiente de cualquier factura pendiente de pago por cualquier Obra que el contratista tenga con la Distribuidora, para responder a los reclamos laborales, sean éstos de carácter judicial o extrajudicial, que se le haya formulado. 9) La Contratista será responsable por todos los daños y perjuicios que causare su personal en relación de dependencia o subcontratistas sobre las personas o bienes de la Distribuidora y/o de terceros. PCG -11 -

17 10) Para el caso en que La Contratista y/o sus subcontratistas tengan o sean personal autónomo, o que no esté en relación de dependencia, deberán denunciar tal circunstancia ante la Distribuidora, en la Unidad de Negocios donde tramita la Obra, y deberán constituir -en lugar de un seguro de riesgo de trabajo- un seguro de Accidentes Personales que cubra mínimamente muerte e incapacidad permanente total o parcial. Al momento de la contratación, deberá declarar ante la Compañía Aseguradora la actividad que se ejercerá ante la Distribuidora. Asimismo, eberán presentar el formulario de CUIT firmado en original y documentación respaldatoria de la categoría impositiva frente al IVA HIGIENE Y SEGURIDAD El Contratista deberá dar estricto cumplimiento a las obligaciones referentes a Seguridad e Higiene en el Trabajo. En tal sentido, deberá cumplir con la Norma N SM-105, que se adjunta al presente. Al respecto, deberá dar cumplimiento con la presentación del Programa de Seguridad, Legajo de Seguridad, requisitos de infraestructura, permisos de trabajo, protección y señalización, y demás obligaciones emergentes de la norma precitada. Asimismo, deberá cumplir con todos los requerimientos de higiene y seguridad indicados en los Procedimientos de Trabajo del Manual de Gestión de Seguridad y Medio Ambiente de la Distribuidora que sean aplicables a la Obra en particular, los que podrá consultar en la página Web de la Compañía: Por otro parte, deberá adoptar todas las medidas conducentes a lograr las máximas condiciones de seguridad en la ejecución de la Obra, debiendo dar cumplimiento a todas las normas y/o regulaciones dispuestas a ese efecto, en el orden Nacional, Provincial y Municipal y las indicaciones que se impartan en tal sentido. El personal de la empresa Contratista deberá tener en todo momento en la Obra, el Plan de Emergencia acordado con la Inspección con los números telefónicos correspondientes de la Distribuidora, Bomberos, Policía, etc. En caso de emergencia, deberá informar en forma inmediata a los responsables de la Distribuidora y actuar conforme a lo indicado en el Plan mencionado. Artículo 15. PROTECCIÓN DEL MEDIO AMBIENTE. LEGISLACIÓN APLICABLE El Contratista deberá dar estricto cumplimiento a las obligaciones referentes a la protección del medio ambiente. En tal sentido, deberá implementar las obligaciones contenidas en los Procedimientos de Trabajo del Manual de Gestión de Seguridad y Medio Ambiente de la Distribuidora que sean aplicables a la Obra en particular, y en la Norma NAG 153 (Normas Argentinas Mínimas para la Protección Ambiental en el Transporte y la Distribución de Gas Natural y otros gases por cañerías). El Contratista adoptará todas las medidas conducentes a minimizar los impactos ambientales en la ejecución de la Obra, debiendo dar cumplimiento a todas las normas y regulaciones dispuestas a ese efecto, en el orden nacional, provincial y municipal y las indicaciones que impartan en tal sentido. Es política de la Distribuidora incluir en el cumplimiento de sus normas e instrucciones de trabajo de Medio Ambiente a los terceros contratistas que actúan en su nombre. Se consideraran entonces, según las particularidades y características de la Obra, las obligaciones correspondientes. Si la Obra objeto del Concurso requiere de un Estudio de Impacto Ambiental, el Contratista deberá dar estricto cumplimiento a las obligaciones de protección del medio ambiente que PCG -12 -

18 surgan de sus resultados y conclusiones, entendiendose que tal actividad es parte constitutiva del desarrollo de los trabajos y no un agregado complementario. El incumplimiento de las obligaciones precitadas, facultará a la Distribuidora a la retención de las sumas pendientes de pago hasta tanto se haya cumplido con la obligación, en cuyo caso se procederá a la liberación de dichas facturas, sin reconocimiento de actualización monetaria ni intereses de ningún tipo. Ello, sin perjuicio de la aplicación de las penalidades que pudieran corresponder según lo previsto en el artículo 21. Artículo 16 RESPONSABILIDAD Y SEGUROS 16.1 RESPONSABILIDAD Responsabilidad civil El Contratista será responsable por todo daño o perjuicio a la Distribuidora o a las personas o bienes de terceros, causado por el hecho ilícito cometido por él mismo, o por sus dependientes o subcontratistas, o por las cosas de que se sirve o que tiene a su cuidado. El Contratista se obliga a mantener indemne a la Distribuidora por todas las sumas de dinero que terceros reclamasen a la Distribuidora como consecuencia de los hechos ilícitos causados por el Contratista y/o por sus subcontratistas y/o dependientes o por las cosas de que se sirve o que tiene a su cuidado. En el supuesto de demandas contra la Distribuidora por parte de cualquier tercero, el contratista deberá presentar a la Distribuidora, en un plazo de treinta (30) días a partir de la notificación de la demanda, garantías a satisfacción de la Distribuidora, que cubran los montos reclamados más los intereses y costas del juicio. El incumplimiento de tal exigencia será causal de resolución de la ejecución de la Obra en forma automática, una vez vencidos el plazo fijado por esta cláusula. Ello sin perjuicio de las penalidades que pudieran corresponder según lo previsto en el Artículo 21. Sin perjuicio de lo establecido en el párrafo anterior, la Distribuidora podrá retener una suma de dinero suficiente de cualquier factura pendiente de pago por cualquier Obra que el contratista tenga con la Distribuidora, para responder a los reclamos de terceros, sean éstos de carácter judicial o extrajudicial, que se le hayan formulado Responsabilidad por accidentes de trabajo El Contratista es responsable por todo accidente de trabajo o enfermedad profesional de su personal en relación de dependencia (cualquiera sea la modalidad de la contratación y la índole de las tareas desarrolladas por el trabajador), en los términos de las leyes vigentes. El Contratista será igualmente responsable por los accidentes "in itínere", y por la asistencia médica y farmacéutica de su personal en relación de dependencia. En los casos de subcontratación de toda o parte de la Obra autorizada por la Distribuidora, el Contratista será responsable en los mismos términos antedichos. La Distribuidora requerirá con frecuencia mensual la presentación de información y estadística de los accidentes de trabajo que ocurran durante el periodo de la Obra, pudiendo solicitar acciones tendientes a la reducción de siniestros en caso que estos adquieran magnitud. PCG -13 -

19 Sin perjuicio de lo establecido, en todos los casos la Distribuidora podrá hacer uso de la facultad establecida en el Artículo "Seguridad, Higiene y Legislación Laboral" SEGUROS A CONSTITUIR Ofertas mayores a $ El Contratista y las empresas Subcontratistas autorizadas deberán acreditar haber constituido y tomado a su cargo los siguientes seguros: a) Seguro de Riesgos del Trabajo (según Ley ) o comprobantes autenticados de la inclusión del régimen de autoseguro. b) Seguro de Responsabilidad Civil Automotores para los vehículos propios y/o de terceros y para maquinarias con licencia permanente o temporaria de tránsito por la vía pública que estén afectados a la Obra. Su presentación será condicional en la medida que sean de utilización durante la obra. c) Seguro Técnico de Maquinarias y Equipos, que cubra a los mismos por Responsabilidad Civil. Su presentación será condicional en la medida que sean de utilización durante la obra. d) Seguro de Responsabilidad Civil general que surja de los Arts a 1136 del Código Civil por daños y/o lesiones hacia terceros, ya sea a cosas y/o personas, que otorgue cobertura para la totalidad de las operaciones desarrolladas y dentro del territorio nacional. e) Seguro de Obra: Construcción y Montaje que ampare las pérdidas y/o daños materiales a la obra y a terceros, amparando los riesgos propios, externos y riesgos de la naturaleza por los trabajos a realizarse. Será contratado únicamente por el Contratista, si este declara como parte asegurada a los Subcontratistas. f) Seguro de Vida Obligatorio (Decreto1567/74) de todo el personal. g) Seguro de Accidentes Personales que cubra mínimamente muerte e incapacidad permanente total o parcial, para el caso en que La Contratista y/o sus subcontratistas tengan o sean personal autónomo, o que no esté en relación de dependencia Ofertas menores a $ Para las Ofertas menores a $ , el Contratista y las empresas Subcontratistas deberán acreditar haber constituido y tomado a su cargo todos los seguros previstos en el apartado anterior, con excepción del Seguro de Responsabilidad Civil y del Seguro de Construcción y Montaje previstos en los puntos d) y e) respectivamente. El Contratista deberá proveer a la Distribuidora la información necesaria para que la Distribuidora proceda a la contratación del seguro de Obra, cuyo costo quedará a cargo de la Distribuidora y completar el Formulario que se adjunta en el Anexo XIII, independientemente de los seguros adicionales que decida contratar el Contratista para cubrir las franquicias, los límites y las coberturas no amparadas. PCG -14 -

20 16.3 CONDICIONES GENERALES SOBRE SEGUROS Compañías aseguradoras Todos los seguros serán contratados con Compañías Aseguradoras legalmente habilitadas para operar en la República Argentina y a satisfacción de la Distribuidora. El Anexo VII Compañías Aseguradoras contiene el listado de las Compañías Aseguradoras que la Distribuidora acepta para la contratación de los seguros establecidos Presentación de pólizas y recibos de pago Antes de la iniciación de los trabajos el Contratista deberá entregar copia de las pólizas de seguro, acompañadas con el original para su verificación, o bien copia certificada de dichas pólizas. Las mismas serán entregadas en Sede Central área de Gerencia Técnica, o bien en la Unidad de Negocios más cercana, preferentemente la que administra la Obra, para su aprobación por parte de la Distribuidora. En caso de estar en trámite de emisión, el Contratista deberá entregar certificado de cobertura original emitido por la compañía aseguradora constando dicha condición y dentro de los 15 (quince) días de iniciada la vigencia de las coberturas, se deberán entregar las copias de las pólizas con las cláusulas obligatorias incorporadas o la renovación de los certificados, conjuntamente con el recibo por el pago total, de haberse elegido esta modalidad de pago. Respecto de las pólizas contratadas mediante planes de pagos, se deberá adjuntar el plan de pagos elegido y entregar a la fecha de vencimiento de cada cuota de los mismos, copia del recibo con sello de pago por un medio de pago habilitado, conjuntamente con original para su verificación. Las pólizas se mantendrán vigentes durante la ejecución de la Obra, presentándose las constancias de renovación en caso de vencimiento durante la misma. La Distribuidora podrá retener cualquier suma debida al Contratista mientras éste no haya cumplido con las obligaciones a que se refiere este Artículo Derecho de la Distribuidora Si el Contratista/Subcontratista dejase de contratar a su costo y mantener en vigencia los seguros solicitados o cualquier otro que le pudiese ser exigido de acuerdo a los términos del Pliego, la Distribuidora podrá en tales casos contratar y mantener en vigencia dichos seguros y pagar las primas necesarias para estos fines, deduciéndolo de los montos a pagar por cualquier concepto al Contratista Notificaciones del Contratista a los Aseguradores Será obligación del Contratista notificar a los Aseguradores cualquier cuestión o suceso que fuese necesario denunciar, de acuerdo a lo estipulado en las cláusulas de las pólizas contratadas. El Contratista será responsable por todas las pérdidas, reclamos, demandas, actuaciones judiciales o administrativas así como las costas, costos y gastos de cualquier índole originadas o resultantes de cualquier incumplimiento por su parte de los requerimientos aquí indicados, ya sea como resultado de la anulación de cualquiera de dichos seguros o por cualquier otro motivo. PCG -15 -

21 Ámbito de cobertura Corresponderá a todo el territorio de la República Argentina, excepto cuando la Distribuidora exija un ámbito más amplio Franquicias Todas las franquicias quedarán a exclusivo cargo del Contratista Subcontratistas El Contratista deberá cumplir ante la Distribuidora para su verificación, con la presentación de los seguros de los Subcontratistas debidamente autorizados, en los mismos términos y obligaciones que se establecieron para el Contratista CONDICIONES ESPECIALES PARA LOS SEGUROS A CONTRATAR Cláusulas obligatorias a introducir en las pólizas En las pólizas para los seguros de Responsabilidad Civil Automotores, Técnico de Maquinaria y Equipos, de Responsabilidad Civil y de Construcción y Montaje, será obligatorio introducir las cláusulas de Subrogación, Notificación y Aprobación que se detallan a continuación. Para ello deberán presentar los certificados de cobertura que acrediten su incorporación Cláusula de subrogación En la medida en que Camuzzi Gas Pampeana S.A. se vea afectada por cualquier reclamo relacionado directa o indirectamente con los trabajos encomendados al Contratista, en razón de la Carta Oferta de fecha... y que sean atribuibles al Asegurado Principal -nombre del Contratista / Subcontratista-, los derechos indemnizatorios otorgados por la presente póliza se transfieren en favor de Camuzzi Gas Pampeana S.A. En tal caso Camuzzi Gas Pampeana S.A. será considerada como Asegurado Adicional y por ende se lo mantendrá indemne ante cualquier reclamo administrativo o judicial en que se vea involucrada y que sea objeto de cobertura por esta póliza. El cumplimiento de las obligaciones y cargas emergentes de la póliza (denuncias, informaciones, cumplimientos de plazos, pagos, etc.) continuarán en cabeza del Asegurado Principal Obligación de notificar Este Asegurador se compromete a notificar en forma fehaciente a Camuzzi Gas Pampeana S.A. cualquier omisión de pago y otro hecho de cualquier naturaleza en que incurriere el Asegurado Principal y que resultare causal de suspensión de cobertura, caducidad, rescisión de la Obra o pérdida de vigencia, con una antelación mínima de 15 (quince) días respecto de la fecha en que dicha omisión pudiere determinar las consecuencias apuntadas. La falta de notificación del asegurador implicará la inoponibilidad a Camuzzi Gas Pampeana S.A. de los incumplimientos por parte del asegurado. PCG -16 -

22 Solicitud de aprobación Dejase constancia que la presente póliza no podrá ser cancelada o modificada sin aprobación escrita de Camuzzi Gas Pampeana S.A Riesgos del trabajo Seguro de ART. La Distribuidora no adquiere obligación alguna con respecto a daños y perjuicios o compensación que deba pagarse por o como consecuencia de accidentes o lesiones de trabajadores u otras personas que estén empleadas por el Contratista o por sus Subcontratistas. El Contratista deberá indemnizar y mantener cubierta a la Distribuidora por todo el daño y compensación de esta índole y por todos los reclamos, demandas, actuaciones judiciales, costas, gastos y costos de la índole que sean, que al Contratista correspondan. El Contratista y las empresas Subcontratistas tomarán un seguro que cubra las obligaciones emergentes de la Ley (Riesgos del Trabajo), presentando un certificado de cobertura original con nómina del personal afectado a la Obra incluido, emitido por la Aseguradora, y constancia mensual de pago de las Cargas Sociales o en su defecto los comprobantes autenticados que acrediten el auto-seguro Seguro de accidentes personales. Para el caso en que el Contratista y/o Subcontratista tenga personal autónomo o que no esté en relación de dependencia, deberá constituir en lugar de la ART y el seguro de vida obligatorio, un seguro de Accidentes Personales cubriendo mínimamente la muerte e Incapacidad Permanente Total y Parcial y contará con cobertura de asistencia médica y farmacéutica. La suma mínima a asegurar por persona será de $ (cien mil pesos). Deberá haber declarado ante la Compañía Aseguradora la actividad que ejercerá para esta Obra Cláusulas a incorporar en los contratos con las ARTs Los contratos con las ARTs deberán incluir las siguientes cláusulas: "La ART y el empleador autoasegurado, renuncian en forma expresa a iniciar toda acción de repetición contra Camuzzi Gas Pampeana S.A., sus funcionarios, empleados u obreros, bien sea con fundamento en el Art de la ley o cualquier otra norma jurídica, con motivo de las prestaciones en especie o dinerarias que se vea obligada a otorgar o abonar al personal dependiente o ex-dependiente de... -Nombre de la firma Contratista/Subcontratista- alcanzados por la cobertura de la presente póliza, por Accidentes del Trabajo o Enfermedades Profesionales, sufridos o contraídos por el hecho o en ocasión del trabajo o in itínere. La ART se compromete a notificar en forma fehaciente a Camuzzi Gas Pampeana S.A. cualquier omisión de pago y otro hecho de cualquier naturaleza en que incurriere el Asegurado Principal y que resultare causal de suspensión de cobertura, caducidad, rescisión de la Obra o pérdida de vigencia, con una antelación mínima de 15 (quince) días respecto de la fecha en que dicha omisión pudiere determinar las consecuencias apuntadas. La falta de notificación del asegurador implicará la inoponibilidad a Camuzzi Gas Pampeana S.A. de los incumplimientos por parte del asegurado. PCG -17 -

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