PRESENTACIÓN AUDIT MEETING LA TRADUCCIÓN DE LA NORMAS INTERNACIONALES DE AUDITORÍA

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1 PRESENTACIÓN AUDIT MEETING LA TRADUCCIÓN DE LA NORMAS INTERNACIONALES DE AUDITORÍA Esteban Romero Frías Representante del REGA en el Grupo de trabajo para la traducción de las NIA del ICAC. Profesor del Departamento de Economía Financiera y Contabilidad de la Universidad de Granada. Viernes, 15 de octubre de 2010 Madrid Buenos días a todos y a todas. En primer lugar, me gustaría agradecer al Registro General de Auditores (REGA) la invitación para participar en este primer Audit Meeting. El objeto de mi breve intervención es abordar el proceso de traducción de las Normas Internacionales de Auditoría, en el cual he tenido la oportunidad de participar formando parte del Comité de Revisión para la traducción de las Normas Internacionales de Auditoría (NIA), a propuesta del REGA. Entiendo que la traducción de una normativa no despierta en el profesional excesivo interés mientras se lleva a cabo. Nuestra intención es que tampoco lo despierte una vez las normas se adopten, lo cual será una buena señal de un trabajo bien realizado. Con todo creo que conocer algunas de las vicisitudes de este proceso puede dar pie a entender mejor el contexto en el que ya nos encontramos. Mi objetivo al dirigirme a ustedes es ilustrar en qué ha consistido está traducción, cómo se ha llevado a cabo y qué implicaciones y reflexiones puede generar que trasciendan al propio hecho de la traducción en sí. De este modo, el recorrido que voy a seguir comprende las siguientes etapas: 1. El proceso de traducción, 2. Algunos casos debatidos en el Comité, 3. Reflexiones sobre el proceso de traducción, y 4. Reflexiones globales. 1. EL PROCESO DE TRADUCCIÓN La Resolución de 31 de octubre de 2008, del Instituto de Contabilidad y Auditoría de Cuentas (ICAC), constituyó un Grupo de Trabajo para la traducción de las Normas Internacionales de Auditoría. Esta decisión se enmarca en la solicitud, realizada por la Comisión Europea (CE) a los Estados Miembros, de traducir estas normas al objeto de cumplir con lo establecido en la Directiva 2006/43/CE relativa a la auditoría de cuentas. Dicha Directiva exige que las auditorías legales se realicen de acuerdo con las NIA adoptadas por la Comisión. La Comisión Europea tiene la capacidad de decidir el modo de aplicación de las NIA en la Unión Europea, así como qué normas serán las que finalmente se adopten. Si bien actualmente no se ha tomado una decisión definitiva al respecto (por ejemplo, en relación a la publicación de las normas en forma de directiva o de reglamento o acerca de cuáles serán adoptadas), la experiencia del proceso análogo con las normas internacionales de contabilidad así como el mayor grado de convergencia existente entre las normas de auditoría de los distintos países apunta a que, en mi 1

2 opinión, la adopción de las NIA se realizará en bloque. Un requisito imprescindible en este proceso es la publicación de las normas en las distintas lenguas oficiales de la Unión Europea (UE). Participantes El Grupo de Trabajo tal y como aparece indicado en la Resolución del ICAC se compone de tres actores principales: 1) La traductora principal: Dª Eva Castellanos Rufo (ICAC). Se encarga de coordinar la labor del Comité de Revisión así como los trabajos del Otro Traductor. Es la interlocutora ante la Comisión Europea y la IFAC (International Federation of Accountants) y remite las normas revisadas en su traducción final a la Comisión Europea. 2) La figura del Otro Traductor está representada por un equipo de 3 personas siendo coordinadora Dª Susana Antolínez Collet. 3) Por último, el Comité de Revisión se encuentra compuesto por los siguientes miembros: Dª Eva Castellanos Rufo (miembro del ICAC y presidenta del Comité), Dª Virginia Sánchez Quiñones (miembro del ICAC), Dª Ana Manzano Cuadrado (miembro del ICAC), sustituida posteriormente por D. José Luis Villatoro Muñoz (ICAC), Dª María Antonia García Benau (Universidad de Valencia, a propuesta del ICAC), D. Jorge Herreros Escamilla (auditor, a propuesta del Instituto de Censores Jurados de Cuentas de España), D. Francisco Suárez Enciso (auditor, a propuesta del Registro de Economistas Auditores), y, D. Esteban Romero Frías (profesor de universidad, a propuesta del REGA). En la Resolución del ICAC figuraba un traductor de la Comisión Europea, que finalmente no formó parte del Comité dado que la Comisión ha preferido no participar directamente en el proceso de traducción, hasta su fase final en la que nos encontramos ahora. Por otra parte, sí ha formado parte del Comité, Beatriz González (miembro del Intervención General de la Administración del Estado), la cual participó anteriormente en la traducción de las Normas Internacionales de Contabilidad. El proceso ha marchado a gran ritmo, fundamentalmente desde enero de 2009 en que se aborda la traducción del Glosario de Términos de las NIA hasta febrero de 2010, momento en que se celebró la última reunión del Comité de Revisión, abordando las NIA 800, 805 y 810. Desde ese instante se ha intensificado la participación del Servicio de Traducción del Directorio General de Traducción así como de la unidad F4 de Auditoría, perteneciente al Directorio General de Mercado Interior de la Comisión Europea. También a lo largo del periodo entre enero de 2009 y febrero de 2010 se han tenido contactos con Bruselas, enviando, como comprometieron los países miembros, la traducción de un bloque de normas. En este periodo de algo más de un año de trabajo intensivo del Comité de Revisión, del que formo parte, hemos tenido que lidiar con dificultades añadidas derivadas de la conclusión del Clarity Proyect por el IAASB (International Auditing and Assurance Standards Board), que se produjo en marzo de 2009, y la posterior publicación en abril de 2009 de la NIA revisadas. El objetivo era desarrollar normas que fuesen fáciles de entender, claras y fáciles de aplicar de forma uniforme, con el fin de proporcionar una base más fuerte en lo que respecta a la homogeneidad de la práctica de auditoría en todo el mundo. El conjunto final de normas revisadas se compone de 36 NIAs y la Norma Internacional de Control de Calidad (ISQC) 1. En 16 NIAs se incluyeron nuevos 2

3 requerimientos o se revisaron los existentes. Al margen, 20 normas sufrieron cambios en la redacción para aplicar nuevas convenciones y recoger cuestiones específicas que necesitaban ser aclaradas. Las NIAs revisadas cuentan ahora con una misma estructura uniforme que consta de las siguientes partes: 1) Introducción; 2) Objetivo; 3) Definiciones; 4) Requerimientos; 5) Material de aplicación y otro material explicativo. Esta última sección orienta sobre la aplicación correcta de los requerimientos. En relación con el proceso de traducción, podemos indicar el equipo que conforma la figura del "Otro traductor" disponía de un mes para elaborar el borrador de traducción de las NIAs correspondientes a la reunión del Comité de Revisión siguiente. Por lo general estamos hablando de tres o cuatro NIA por mes. Enviaban dicho borrador a la Traductora Principal, Doña Eva Castellanos, que a su vez lo remitía a los miembros del Comité de Revisión. Los miembros del Comité disponíamos de 15 días para revisar el borrador, comparando el original en inglés con la traducción al español, y realizar comentarios al mismo. Una vez enviados los comentarios al ICAC, el Instituto preparaba un cuadro resumen con los comentarios realizados por los distintos miembros y nos lo remitía como guía de trabajo para la reunión mensual, que se celebraba en la sede del ICAC. Las reuniones solían extenderse durante toda la mañana, a lo largo de cuatro, cinco o seis horas de debate, comentarios, propuestas, etc. Entre los documentos de consulta más utilizados teníamos como referencia la traducción de las Normas Internacionales de Contabilidad, el Diccionario de la Real Academia, Diccionarios de inglés/español, obras de consulta especializadas, entre otros. Sin olvidar en ningún caso la rigurosidad y la fidelidad al texto original, considero que una traducción como la que se ha realizado ha exigido un notable proceso de búsqueda y, en ocasiones la inspiración de los miembros del Comité, para poder dar con aquella palabra que mejor pudiera representar el término empleado en inglés. Todo ello sin caer en una "adaptación" de la norma a nuestro marco jurídico, dado que al traducción tiene como objetivo ser la referencia para todo el mundo de habla española. Los documentos traducidos han incluido: El Glosario de Términos de las NIA, Todas las NIA, y Estándares internacionales de auditoría y control de calidad (ISQC 1). Es posible que en el futuro se aborden también otros documentos relacionados, tales como: Estándares internacionales de compromisos de revisión (ISRE). Estándares internacionales de compromisos de aseguramiento (ISAE). Estándares internacionales sobre servicios relacionados (ISRS). A continuación voy a referirme a algunos casos particulares que se han debatido en el Comité para ilustrar el contenido de las reuniones celebradas. 2. EJEMPLOS DEL PROCESO DE TRADUCCIÓN 2.1. CASO 1: sobre la traducción de "Partnership". En relación con la NIA 800 Auditorías de estados financieros preparados de conformidad con un marco de información con fines específicos. Se debate el término Partnership, que se ha traducido, en principio, por Asociación. Ejemplo en la NIA (ISA, en el original en inglés): 3

4 Illustration 2, ISA 800: We have audited the accompanying financial statements of ABC Partnership, which comprise the balance sheet as at December 31, 20X1 and the income statement for the year then ended, and a summary of significant accounting policies and other explanatory information. ( ). El miembro A señala que, tal vez se quiere hacer referencia a una figura similar a la de nuestra sociedad colectiva. El miembro B, por su parte, plantea que posiblemente se quiera hacer referencia a una figura societaria del tipo de la sociedad limitada. El miembro C apunta que, en todo caso, se trataría de una figura societaria. El miembro D indica que, en el ejemplo de referencia, queda un tanto rara la traducción de base propuesta, que es: Hemos auditado los estados financieros adjuntos de la Asociación ABC, que comprenden ( ). Finalmente, a propuesta del miembro E, se acuerda por el Comité traducir Partnership de la siguiente forma: en las NIAs se traducirá por sociedad. No obstante, en el Glosario de Términos, dentro de la definición del término firm, la expresión partnership or corporation habrá de traducirse por sociedad, cualquiera que sea su forma jurídica CASO 2: sobre la traducción de "Effectiveness". En relación con la NIA 800 Auditorías de estados financieros preparados de conformidad con un marco de información con fines específicos. El miembro A se refiere ahora al ejemplo 1 de esta ISA 800: ( ) the auditor considers internal control relevant to the entity s preparation of the financial statements in order to design audit procedures that are appropriate in the circumstances, but not for the purpose of expressing an opinion on the effectiveness of the entity s internal control ( ), donde effectiveness of the entity s internal control se ha traducido, en principio, por la eficacia del control interno de la entidad. Un miembro señala que sería más apropiado decir efectividad del control interno, porque puede ser que el control sea en abstracto eficaz, pero que luego, en la práctica, no esté funcionando de manera efectiva; es decir, decir que el control es efectivo supone un plus de seguridad, porque implicaría que se ha verificado en la práctica, mediante el análisis de determinadas muestras. Por todo lo anterior, considera que podría efectuarse una consulta a la IFAC sobre el significado pretendido del término effectiveness. Otros miembros discrepan con el punto de vista anterior. Se consulta el diccionario de la Real Academia Española y se constata que ambos términos efectividad y eficacia- son prácticamente sinónimos: Efectividad: capacidad de lograr el efecto que se desea o se espera; realidad, validez. Eficacia: capacidad de lograr el efecto que se desea o se espera). Por otra parte, se consultan diccionarios en inglés, encontrando como definición de effectiveness la siguiente: power to be effective; the quality of being able to bring about an effect. 4

5 El miembro C señala que ella entiende la expresión eficacia del control interno en el sentido de que el control produce el efecto que se pretendía cuando se constituyó, por ello considera acertada la traducción actual. En similar sentido, el miembro D indica que la palabra castellana eficacia refleja bien lo que se quiere decir. De acuerdo con lo anterior, se acuerda por el Comité mantener la traducción actual de effectiveness por eficacia y de operating effectiveness por eficacia operativa CASO 3: sobre la traducción de "Form of opinion". En relación con la NIA 805 Consideraciones especiales - Auditorías de un solo estado financiero o de un elemento, cuenta o partida específicos de un estado financiero. En relación con el párrafo 9 de esta ISA 805: Form of Opinion 9. ISA 210 requires that the agreed terms of the audit engagement include the expected form of any reports to be issued by the auditor. In the case of an audit of a single financial statement or of a specific element of a financial statement, the auditor shall consider whether the expected form of opinion is appropriate in the circumstances, el miembro A señala que no cree que, en este contexto, Form of opinión se refiera tanto a los tipos de opinión en abstracto (unmodified, qualified, etc.) como a la forma de adaptar la misma al caso concreto. Así se desprendería también, añade, del apartado A8 que desarrolla este párrafo 9. Por ello, propone traducir por forma de la opinión o por forma de expresar la opinión. En sintonía con esta interpretación, el miembro B indica que el apartado A9, que también desarrolla al párrafo 9, explica aún mejor la cuestión. El miembro C señala que en caso de que ahora traduzcamos form of opinión por tipo de opinión tendríamos un problema de consistencia, porque se nos podría achacar que la misma expresión en la ISA 700 se ha traducido por tipo de opinión. Por su parte, el miembro D señala que no está de acuerdo con la traducción propuesta por el miembro A ( forma de la opinión / forma de expresar la opinión ), porque cree que lo correcto es traducir en el mismo sentido que en la ISA 700, esto es, por tipo de opinión. En todo caso a efectos de esta ISA 805 no habría mucha dificultad en aceptar la traducción forma de la opinión / forma de expresar la opinión. En todo caso el principal problema es que a efectos de la ISA 810 la traducción podría entenderse como la posibilidad de llegar a una especie de opinión consensuada entre auditor y auditado. El miembro E considera acertado utilizar tipo de opinión en las ISA 700 y 705, donde se ha traducido form of opinión por tipo de opinión. Sin embargo, en el contexto de las ISA 805 y 810 se está haciendo referencia a la forma en que la opinión ha de expresarse [en el caso de marco de presentación de imagen fiel, Los estados financieros presentan fielmente, en todos los aspectos materiales; // expresan la imagen fiel de conformidad con [el marco de información financiera aplicable]; y, en el caso de un marco de cumplimiento, los estados financieros han sido preparados, en todos los aspectos materiales, de conformidad con [el marco de información financiera aplicable]. Por lo tanto, en el caso de las ISA 805 y 810 es más correcto forma de la opinión que tipo de opinión. 5

6 3.4. CUESTIONES DE CONSISTENCIA: EJEMPLOS Debemos recordar que nos encontramos ante un conjunto muy amplio de normas, en ocasiones con una extensión considerable. Ello ha hecho que en la propia versión inglesa se hayan empleado expresiones sinónimas para referirse a una misma idea o bien, en ocasiones, un único término para realidades que ha juicio del Comité podrían referirse a términos distintos en nuestro idioma. Un trabajo laborioso ha sido el de, una vez consensuadas las traducciones más apropiadas, revisar de manera consistente dicha traducción en todas las normas para conseguir un texto homogéneo. Valgan algunos ejemplos referentes a expresiones corrientes. Se trata de cuestiones que requieren una gran atención por parte de todos los implicados en el proceso de traducción, ya que obligan a tener una visión global de todas las normas. Original en inglés Where appropriate When appropriate If appropriate Where relevant When relevant Cuando proceda Traducción Otros caso se refieren a términos vinculados propiamente a la contabilidad y a la auditoría. Inventory Existencias frente a inventario Measurement Medición frente a valoración A lo largo de las ISAs se ha traducido assess como valorar y measure o measurement por medición porque la IFAC no utiliza estos términos indistintamente sino que assess se utiliza cuando se refiere a riesgos y measure cuando se refiere a incertidumbres o evolución financiera. Immaterial No material frente a inmaterial Si bien en el lenguaje auditor es más común inmaterial que no material y así se ha traducido en la versión revisada por el Comité, el Servicio de Traducción de la Unión Europea lo ha modificado por no material. Es una solución factible siempre que se mantenga una traducción consistente en todos los casos. Equity Recursos propios frente a patrimonio Se trata de un caso en el que la traducción remitida desde Bruselas emplea la expresión recursos propios frente a la propuesta de patrimonio o patrimonio neto. En este caso, en este caso se propone mantener la traducción consensuada, teniendo en cuenta que en las Normas Internacionales de Información Financiera también se traduce el término por patrimonio. Un caso interesante, por lo que tiene de simbólico, es el del término fair o fairly. Present fairly/are presented fairly Presentan razonablemente frente a 6

7 Fair presentation Fair presentation framework presentan fielmente Presentación razonable frente a Presentación fiel Marco de presentación razonable frente a Marco de presentación fiel" La opción de sustituir razonable por fiel se ha acordado con el Comité de Revisión de Latinoamérica. Sin embargo, cabe citar el caso de los modelos para la emisión de informes. En los modelos de informe y los párrafos de las ISAs que recogen modelos de opinión, en el texto en inglés aparece la expresión doble: (...), he financial statements present fairly, in all material respects, (or give a true and fair view of) the financial position of ABC Company (...) Pese a esta doble traducción y a que en las normas se ha acordado traducir por fair por razonable, la postura adoptada por el Comité es traducir únicamente por expresan, en todos los aspectos materiales, la imagen fiel, no la presentación razonable. Se apuesta por esta traducción dado que es la que se corresponde con el modelo de informe que han regulado nuestras normas nacionales de auditoría: En nuestra opinión, las cuentas anuales del ejercicio 19XX adjuntas expresan, en todos los aspectos significativos, la imagen fiel del ( ) (Norma Técnica de Auditoría publicada por el ICAC en 1991). Los informes son el modo que tienen los auditores de poner en conocimiento de terceros usuarios su opinión acerca de las cuentas anuales. Por eso, en el modelo de informe debe mantenerse esta expresión con el objeto de facilitar la comunicación de la información financiera a los interesados de una manera más efectiva. Un usuario de la información financiera que lee un informe de auditoría no tiene por qué saber que se presentan razonablemente y expresan la imagen fiel son expresiones equivalentes, sobre todo si tenemos en cuenta que en nuestro lenguaje auditor solo se ha utilizado la segunda de las anteriores expresiones. Algunas cuestiones están aún en proceso de discusión con la Comisión Europea de cara a la elaboración final de la traducción oficial. En este sentido hay que reconocer el papel importantísimo que está desempeñando el ICAC, interlocutor y coordinador de todo este proceso, ya a través del Comité de traducción de las NIA como en contacto directo con el Servicio de Traducción de la Comisión Europea, la unidad F4 de Auditoría, perteneciente al Directorio General de Mercado Interior en la Unión Europea, y la IFAC. Es digno de elogio en este sentido el papel que ha desempeñado Dª Eva Castellanos Rufo, Subdirectora General de Normas Técnicas de Auditoría. 4. REFLEXIONES SOBRE EL PROCESO DE TRADUCCIÓN 1º. La mayor parte de las cuestiones debatidas en el Comité persiguen mantener una consistencia terminológica entre el texto original en inglés y la traducción española. Ello ha hecho que reunión tras reunión se alcancen consensos que implican la revisión de los textos anteriormente traducidos con el fin de garantizar la consistencia del conjunto completo de normas. La finalización del Clarity Project durante el periodo de reuniones ha complicado más el trabajo. 2º. El enfoque de la traducción no es exclusivamente nacional sino que se pretende que sea una traducción de la norma internacional que se emplee en distintas jurisdicciones. Es difícil encontrar 7

8 traducciones "neutras", que sean válidas, tanto para nuestro marco normativo como para otros. Las NIA no están formuladas pensando en ningún marco normativo específico, lo cual genera problemas de encaje en las jurisdicciones particulares. Tendremos pues que acostumbrarnos a nuevas expresiones. 3º. La adopción de la NIA por la Comisión Europea se encuentra en estos momentos en un compás de espera. Hace menos de un año se preparó una circular del REGA en la se hacía la siguiente previsión a este respecto: "En cuanto al proceso legislativo, una vez finalizado el proceso de traducción (a finales del primer trimestre de 2010, aproximadamente), la Comisión Europea hará su propuesta legislativa y la enviará al Parlamento Europeo. La duración previsible de todo el proceso legislativo comunitario es de 6 meses, en el más rápido de los escenarios posibles." Recientemente, en el mes de octubre de 2010, la Comisión Europea ha emitido el Libro Verde de la Auditoría, como parte de una consulta pública que se encuentra abierta hasta el 8 de diciembre del presente año. En este Libro se abre el debate sobre cuestiones diversas como: el papel del auditor, el gobierno y la independencia de las firmas de auditoría, la creación de una mercado único para la oferta de servicios de auditoría, la simplificación de la regulación para las PYMES y para las pequeñas firmas de auditoría, y el papel de la cooperación internacional en la supervisión de redes globales de auditoría. En dicho libro hay un apartado dedicado a las Normas Internacionales de Auditoría. Destacamos el siguiente párrafo: Las NIA clarificadas ya se han adoptado o están en proceso de adopción en la mayoría de Estados miembros, y también se están aplicando en las principales redes de sociedades de auditoría. Del mismo modo, muchos terceros países también las han introducido, aunque no ha sido el caso de algunos de nuestros principales socios internacionales, como los Estados Unidos. La Comisión está sopesando cuándo y cómo introducir las NIA en la UE. La introducción podría hacerse mediante instrumentos legales de la UE vinculantes o no vinculantes. Parece pues que en el ámbito europeo las política a seguir no está tan clara como pudiera parecer meses atrás. Las cuestiones que plantea el Libro Verde en relación con las NIA son las siguientes: (13) Qué opina usted de la introducción de las NIA en la UE? (14) Deberían ser las NIA legalmente vinculantes en todo el territorio de la UE? En caso afirmativo, debería elegirse un enfoque de aprobación similar al que existe con respecto a la aprobación de las normas internacionales de información financiera? Alternativamente, y habida cuenta del uso generalizado de las NIA que se observa actualmente en la UE, debería promoverse todavía más el uso de las NIA mediante instrumentos legales no vinculantes (recomendaciones, código de conducta, etc.? (15) Deberían adaptarse las NIA para ajustarse a las necesidades de las PYME y las pequeñas y medianas sociedades de auditoría? 8

9 5. REFLEXIONES GENERALES En este último apartado, abordamos algunas reflexiones generales con un alcance que trasciende a la propia traducción de las NIA: Cambio de modelo en la regulación de las actividades profesionales. El proceso de globalización económica y la necesidad de completar un mercado único en la Unión Europea ha afectado de lleno a los sistemas de información financiera de las empresas. El primer paso se dio en el campo de la contabilidad, con la adopción por la Comisión Europea de las Normas Internacionales de Información Financiera (anteriormente llamadas Normas Internacionales de Contabilidad) emitidas por un organismo profesional privado, el IASB. Este paso se ha señalado como un experimento legislativo en el que una institución democrática decide respaldar normas privadas en lugar de elaborar las suyas propias. En esta línea se sitúa la futura adopción de las Normas Internacionales de Auditoría en la Unión Europea. Relevancia del inglés. El nuevo modelo, tanto en contabilidad como en auditoría, es de carácter anglosajón, siendo el inglés el idioma fundamental para la elaboración de las normas y para los debates previos a su emisión. Esto hace que la formación en esta lengua sea cada vez más imprescindible, dado que en ella encontramos la mayoría del material de apoyo para la aplicación de los textos legales. Al margen, no podemos olvidar que la profesión, aún tratándose de pequeñas y medianas sociedades de auditoría, trabaja cada vez más integrada en redes internacionales. Formación continua y formación de nuevos profesionales. La formación continua a lo largo de toda la vida del profesional así como el empleo de nuevas tecnologías son factores clave para el desarrollo de una práctica profesional adecuada en nuestro tiempo. En este sentido, las asociaciones profesionales deben prestar una especial atención a las normas de formación en contabilidad que emite la IFAC, a través del grupo de trabajo IAESB. En ellas, la formación en cuestiones técnicas queda clara, pero no es exclusiva ni suficiente para el profesional de la contabilidad y la auditoría. Participación activa de las corporaciones en los organismos internacionales y en las tomas de posición a la hora de emitir borradores de normas. Como se ha visto a lo largo de la exposición, las normas que nos afectan no son exclusivamente de carácter nacional, sino que o bien tienen inspiración en organismos internacionales o bien se aplican de manera directa. Esto hace que las asociaciones profesionales deban trascender el ámbito nacional y participar de lleno en los debates, tomas de posición, consultas públicas, etc. de los organismos internacionales. Se trata de una oportunidad inmejorable para anticipar cambios, expresar los intereses de la profesión y adquirir una mayor notoriedad e influencia. Un ejemplo presente es la consulta pública abierta por la Comisión Europea hasta el 8 de diciembre de 2010 en torno al Libro Verde de la Auditoría. Finalmente, me gustaría subrayar que dado lo irremisible de los cambios a los que nos vemos avocados, es tarea nuestra ver estas transformaciones como oportunidades y no únicamente como amenazas. El mayor peligro al que nos podemos enfrentar en nuestro días es la falta de flexibilidad para adaptarnos antes y mejor que los demás a las características cambiantes de nuestro entorno. 9

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