Conjugando el Derecho a la Educación y la Libertad de Enseñanza: modelos en Europa desde la Igualdad de Oportunidades
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- Milagros Prado Rodríguez
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1 Conjugando el Derecho a la Educación y la Libertad de Enseñanza: modelos en Europa desde la Igualdad de Oportunidades Oviedo, 26 de Noviembre de 2011 Javier M. Valle Universidad Autónoma de Madrid
2 Estructura de la presentación Derecho a la Educación, Libertad de Enseñanza e Igualdad de Oportunidades: el Triángulo de las Bermudas educativo Coordenadas para no perderse en el Triángulo de las Bermudas Algunas comparaciones Odiosas? A modo de reflexiones finales
3 Algunas fuentes esenciales EURYDICE: Private education in the European Union Financial flows in compulsory education in Europe Teachers and School Heads Salaries and allowances in Europe, 2009/10 Cifras Clave de la Educación en Europa, 2009
4 Estructura de la presentación Derecho a la Educación, Libertad de Enseñanza e Igualdad de Oportunidades: el Triángulo de las Bermudas educativo Coordenadas para no perderse en el Triángulo de las Bermudas Algunas comparaciones Odiosas? A modo de reflexiones finales
5 La educación: derecho universal La educación como derecho. Ámbito internacional DUDH (1948), art. 26 DUDN (1959), principio 7 Convención Derechos del Niño (1989), art. 28 Carta Europea de Derechos Fundamentales (2001), art. 14 La educación como derecho. Ámbito Nacional Constitución (1978), art. 27 LODE (1985), LOE (2006),
6 DUDH (1948): Art. 26 Toda persona tiene derecho a la educación. La educación debe ser gratuita, al menos en lo concerniente a la instrucción elemental y fundamental. La instrucción elemental será obligatoria. La instrucción técnica y profesional habrá de ser generalizada; el acceso a los estudios superiores será igual para todos, en función de los méritos respectivos. 3. Los padres tendrán derecho preferente a escoger el tipo de educación que habrá de darse a sus hijos.
7 DUDN (1959): Principio 7 " El niño tiene derecho a recibir educación, que será gratuita y obligatoria por lo menos en las etapas elementales. Se le dará una educación que favorezca su cultura general y le permita, en condiciones de igualdad de oportunidades, desarrollar sus aptitudes y su juicio individual, su sentido de responsabilidad moral y social, y llegar a ser un miembro útil de la sociedad. El interés superior del niño debe ser el principio rector de quienes tienen la responsabilidad de su educación y orientación; dicha responsabilidad incumbe, en primer término, a los padres. El niño debe disfrutar plenamente de juegos y recreaciones, los cuales deben estar orientados hacia los fines perseguidos por la educación; la sociedad y las autoridades públicas se esforzarán por promover el goce de este derecho."
8 CUDN (1959): Artículo Los Estados Partes reconocen el derecho del niño a la educación y, a fin de que se pueda ejercer progresivamente y en condiciones de igualdad de oportunidades ese derecho, deberán en particular: a) Implantar la enseñanza primaria obligatoria y gratuita para todos; b) Fomentar el desarrollo, en sus distintas formas, de la enseñanza secundaria, incluida la enseñanza general y profesional, hacer que todos los niños dispongan de ella y tengan acceso a ella y adoptar medidas apropiadas tales como la implantación de la enseñanza gratuita y la concesión de asistencia financiera en caso de necesidad;
9 Carta Europea de Derechos (2001): Artículo Toda persona tiene derecho a la educación y al acceso a la formación profesional y permanente. 2. Este derecho incluye la facultad de recibir gratuitamente la enseñanza obligatoria 3. Se respetan, de acuerdo con las leyes nacionales que regulen su ejercicio, la libertad de creación de centros docentes dentro del respeto a los principios democráticos, así como el derecho de los padres a garantizar la educación y la enseñanza de sus hijos conforme a sus convicciones religiosas, filosóficas y pedagógicas.
10 Constitución Española (1978): Art Todos tienen el derecho a la educación. Se reconoce la libertad de enseñanza. 2. La educación tendrá por objeto el pleno desarrollo de la personalidad humana en el respeto a los principios democráticos de convivencia y a los derechos y libertades fundamentales. 3. Los poderes públicos garantizan el derecho que asiste a los padres para que sus hijos reciban la formación religiosa y moral que esté de acuerdo con sus propias convicciones. 4. La enseñanza básica es obligatoria y gratuita. 5. Los poderes públicos garantizan el derecho de todos a la educación, mediante una programación general de la enseñanza, con participación efectiva de todos los sectores afectados y la creación de centros docentes. 6. Se reconoce a las personas físicas y jurídicas la libertad de creación de centros docentes, dentro del respeto a los principios constitucionales. 7. Los profesores, los padres y, en su caso, los alumnos intervendrán en el control y gestión de todos los centros sostenidos por la Administración con fondos públicos, en los términos que la Ley establezca. 8. Los poderes públicos inspeccionarán y homologarán el sistema educativo para garantizar el cumplimiento de las Leyes. 9. Los poderes públicos ayudarán a los centros docentes que reúnan los requisitos que la Ley establezca. 10. Se reconoce la autonomía de las Universidades en los términos que la Ley establezca.
11 LODE (1985): Art. 1. Todos los españoles tienen derecho a una educación básica que les permita el desarrollo de su propia personalidad y la realización de una actividad útil a la sociedad. Esta educación será obligatoria y gratuita en el nivel de la Educación General Básica y, en su caso, en la formación profesional de primer grado, así como en los demás niveles que la ley establezca. (...) Art Los padres o tutores ( ) *tienen los siguientes derechos+: B) A escoger centro docente, tanto público como distinto de los creados por los poderes públicos 2 Como primeros responsables de la educación de sus hijos
12 LOE (2006): Art. 1. El sistema educativo español ( ) se inspira en los siguientes principios: B) La equidad que garantice la igualdad de oportunidades Art.11: El estado promoverá acciones destinadas a favorecer que todos los alumnos puedan elegir las opciones educativas que deseen
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14 Derecho a la Educación Libertad de enseñanza Igualdad de oportunidades Educación Obligatoria Financiación
15 Estructura de la presentación Derecho a la Educación, Libertad de Enseñanza e Igualdad de Oportunidades: el Triángulo de las Bermudas educativo Coordenadas para no perderse en el Triángulo de las Bermudas Algunas comparaciones Odiosas? A modo de reflexiones finales
16 Situación de hecho Existencia de centros privados
17 La cuestión no es: Enseñanza privada Sí o no? Hay dos cuestiones claves: Debe financiarse con fondos públicos? En caso afirmativo, Cómo es la forma más equitativa de hacerlo?
18 Elementos para un análisis comparativo en la Unión Europea: Legislación (Constitución Nacional) Libertad de enseñanza Creación de centros Educación como derecho de los padres Elección de educación /centro Financiación pública a la enseñanza privada. Modelo de financiación de la enseñanza privada Apoyo de fondos públicos Materialización Presencia de la enseñanza privada en cada país
19 Situación legal (Constitución) a) Libertad de enseñanza Reconocimiento explícito No aparece directamente mencionado
20 Situación legal (Constitución) b) Derecho a crear centros Reconocimiento explícito No aparece directamente mencionado
21 Situación legal (Constitución) c) Educación como derecho prioritario de los padres Reconocimiento explícito No aparece directamente mencionado
22 Situación legal (Constitución) d) Derecho a elegir el tipo de educación / centro Reconocimiento explícito No aparece directamente mencionado
23 Situación legal (Constitución) f) Financiación pública de la enseñanza privada Reconocimiento explícito No aparece directamente mencionado
24 Alumnos de primaria y secundaria según tipo de centro 100% 90% 80% 70% 60% 50% 40% 30% 20% 10% 0% ALEMANIA AUSTRIA BELGICA DINAMARCA ESPAÑA FINLANDIA FRANCIA GRECIA IRLANDA ITALIA LUXEMBURGO PAISES BAJOS PORTUGAL REINO UNIDO SUECIA PUBLICA PRIVADA SUBVENCIONADA PRIVADA NO SUBVENCIONADA
25 Financiación pública a centros privados Igual para personal docente y no docente Igual para el caso de personal y de funcionamiento Igual para todo incluyendo inmuebles NO EXISTE UNA FÓRMULA ÚNICA Igual sólo para personal docente NO EXISTE LA FÓRMULA MÁGICA Distinta para todo Sin subvención Fte.: EURYDICE (2009): Cifras Clave de la Educación en Europa en Bruselas, Comisión Europea. P. 131.
26 A modo de síntesis Unanimidad en existencia Condiciones Fidelidad a la constitución y principios legales Requisitos que garanticen una calidad mínima Disparidad en todo lo demás, pero con convergencias Status jurídico Mayoritariamente constitucional (pero no en todos los casos) Modelo de financiación Apoyo de fondos públicos en casi todos los países Muy mayoritaria la enseñanza pública (salvo Bélgica y Países Bajos)
27 Derecho a la Educación Libertad de ELECCIÓN (puedo elegir públicos ó privados) Libertad de enseñanza Libertad de CREACIÓN (existen centros públicos y privados) DE TODOS Igualdad de oportunidades NO HAY IGUALDAD DE OPORTUNIDADES Privada Sí SIN FINANCIACIÓN De Financiación pago?... ADECUADA DISCUTIBLE DE TODA LA ENSEÑANZA (PÚBLICA COMO PRIVADA) Educación Obligatoria TENGO que estar escolarizado en ALGÚN Centro
28 Estructura de la presentación Derecho a la Educación, Libertad de Enseñanza e Igualdad de Oportunidades: el Triángulo de las Bermudas educativo Coordenadas para no perderse en el Triángulo de las Bermudas Algunas comparaciones Odiosas? A modo de reflexiones finales
29 Gasto público en educación como % del Producto Interior Bruto (PIB) Fte.: EURYDICE (2009): Cifras Clave de la Educación en Europa en Bruselas, Comisión Europea. P. 121.
30 Gasto público en educación como % del gasto público total Fte.: EURYDICE (2009): Cifras Clave de la Educación en Europa en Bruselas, Comisión Europea. P. 123.
31 Gasto público total anual, por estudiante, en paridad de poder adquisitivo Fte.: EURYDICE (2009): Cifras Clave de la Educación en Europa en Bruselas, Comisión Europea. P. 126.
32 Porcentaje de gasto público y privado en el total del gasto educativo nacional Fte.: EURYDICE (2009): Cifras Clave de la Educación en Europa en Bruselas, Comisión Europea. P. 128.
33 Distribución del gasto educativo público por categorías Corrientes Personal Capital Fte.: EURYDICE (2009): Cifras Clave de la Educación en Europa en Bruselas, Comisión Europea. P. 135.
34 Algunas comparaciones sobre los sueldos del profesorado Las autoridades centrales (y regionales) son las encargadas de fijar los sueldos de la escuela pública en la mayoría de los países. La excepción los nórdicos, con descentralización local. Los sueldos en la escuela privada concertada están bajo la misma reglamentación que en las escuelas públicas.
35 Algunas comparaciones sobre los sueldos del profesorado El salario mínimo del profesorado de Primaria y secundaria es más bajo que la media del Producto Interior Bruto Per Capita El salario máximo de profesores al final de su carrera rara vez dobla el salario mínimo al inicio.
36 Algunas comparaciones sobre los sueldos del profesorado Los sueldos varían ENORMEMENTE PAIS PRIMARIA SECUNDARIA AUTORIDAD S / B / = Mínimo Máximo Mínimo Máximo España Francia Italia Reino Unido Alemania Finlandia Polonia Bulgaria Estonia
37 Algunas comparaciones sobre los sueldos del profesorado Los sueldos varían ENORMEMENTE PAIS PRIMARIA SECUNDARIA AUTORIDAD S / B / = Mínimo Máximo Mínimo Máximo España Central/Reg B (5%) Francia Italia Reino Unido Alemania Finlandia Polonia Bulgaria Estonia
38 Algunas comparaciones sobre los sueldos del profesorado Los sueldos varían ENORMEMENTE PAIS PRIMARIA SECUNDARIA AUTORIDAD S / B / = Mínimo Máximo Mínimo Máximo España Central/Reg B (5%) Francia Central S (IPC) Italia Central S (IPC) Reino Unido Central S (IPC) Alemania Finlandia Polonia Bulgaria Estonia
39 Algunas comparaciones sobre los sueldos del profesorado Los sueldos varían ENORMEMENTE PAIS PRIMARIA SECUNDARIA AUTORIDAD S / B / = Mínimo Máximo Mínimo Máximo España Central/Reg B (5%) Francia Central S (IPC) Italia Central S (IPC) Reino Unido Central S (IPC) Alemania Regional = Finlandia Polonia Bulgaria Estonia
40 Algunas comparaciones sobre los sueldos del profesorado Los sueldos varían ENORMEMENTE PAIS PRIMARIA SECUNDARIA AUTORIDAD S / B / = Mínimo Máximo Mínimo Máximo España Central/Reg B (5%) Francia Central S (IPC) Italia Central S (IPC) Reino Unido Central S (IPC) Alemania Regional = Finlandia Local S (IPC) Polonia Bulgaria Estonia
41 Algunas comparaciones sobre los sueldos del profesorado Los sueldos varían ENORMEMENTE PAIS PRIMARIA SECUNDARIA AUTORIDAD S / B / = Mínimo Máximo Mínimo Máximo España Central/Reg B (5%) Francia Central S (IPC) Italia Central S (IPC) Reino Unido Central S (IPC) Alemania Regional = Finlandia Local S (IPC) Polonia Central S (20%) Bulgaria Central S (7%) Estonia Central =
42 Horas máximas posibles de docencia al año en Secundaria Inferior Source: EURYDICE (2003): Las cifras clave de la Educación en la Unión Europea, 2002 (Luxemburgo, Oficina de Publicaciones Oficiales de las Comunidades Europeas)
43 Algunas comparaciones sobre los sueldos del profesorado Sólo la mitad de los países dan beneficios a los profesores por formación o por excelencia. Los profesores mantuvieron en la mayoría de los países su poder adquisitivo en 2010
44 Estructura de la presentación Derecho a la Educación, Libertad de Enseñanza e Igualdad de Oportunidades: el Triángulo de las Bermudas educativo Coordenadas para no perderse en el Triángulo de las Bermudas Algunas comparaciones Odiosas? A modo de reflexiones finales
45 Unanimidad en la existencia de la enseñanza privada y en el apoyo con fondos públicos La cuestión NO puede analizarse aislada del contexto general (socio-económico, político y educativo) Lo que vale en un país NO tiene porqué valer en otros países La fórmula debe SIEMPRE velar por la EQUIDAD Debe buscarse una fórmula de CONSENSO y ESTABLE para el sistema educativo.
46 Unanimidad en la existencia de la enseñanza privada EL y OBJETIVO en el apoyo FINAL con fondos ES UNA públicos La cuestión EDUCACIÓN NO puede DE analizarse CALIDAD aislada del contexto general (socio-económico, político y educativo) Lo que vale en un país NO tiene porqué valer en otros países PARA TODOS La fórmula debe SIEMPRE velar por la EQUIDAD Debe buscarse una fórmula de CONSENSO y ESTABLE para CON el sistema EQUIDAD educativo.
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