WARRANTS CAIXABANK, S.A.

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1 WARRANTS CAIXABANK, S.A. Sobre: acciones ACERINOX, BANCO BILBAO VIZCAYA ARGENTARIA, BANCO SANTANDER, BOLSAS Y MERCADOS, SIEMENS GAMESA, IBERDROLA, INDITEX, REPSOL y TELEFÓNICA, índice IBEX35 y divisa EUR-USD CAIXABANK, S.A., da publicidad a las Emisiones de warrants realizadas al amparo de su Folleto de Base Programa de Emisión de Warrants 2016, registrado en la Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV) con fecha 20 de diciembre de 2016 y publicado en la página web de la CNMV el 20 de diciembre de A continuación se indican las características de la emisión: Códigos de contratación: del G5767 al G5832, ambos inclusive. Tipo Activo subyacente Precio ejercicio Moneda ejercicio Tipo ejercicio Fecha emisión Fecha Vto. Nº warrants Ratio Prima Código ISIN CALL ACX 12,25 EUR AMERICANO 04/10/ /12/ ,5 0,29 ES GO4 CALL ACX 12,75 EUR AMERICANO 04/10/ /03/ ,5 0,37 ES GP1 CALL BBVA 7,5 EUR AMERICANO 04/10/ /12/ ,5 0,15 ES GQ9 CALL BBVA 7,5 EUR AMERICANO 04/10/ /01/ ,5 0,19 ES GR7 CALL BBVA 7,75 EUR AMERICANO 04/10/ /02/ ,5 0,18 ES GS5 CALL BBVA 7,75 EUR AMERICANO 04/10/ /03/ ,5 0,2 ES GT3 CALL BME 29 EUR AMERICANO 04/10/ /12/ ,2 0,15 ES GU1 CALL BME 30 EUR AMERICANO 04/10/ /03/ ,2 0,14 ES GV9 CALL IBE 7 EUR AMERICANO 04/10/ /12/ ,5 0,05 ES GW7 CALL ITX 32,25 EUR AMERICANO 04/10/ /12/ ,5 0,49 ES GX5 CALL ITX 32,5 EUR AMERICANO 04/10/ /01/ ,5 0,61 ES GY3 CALL ITX 32,75 EUR AMERICANO 04/10/ /02/ ,5 0,68 ES GZ0 CALL ITX 33 EUR AMERICANO 04/10/ /03/ ,5 0,74 ES HA1 CALL REP 15,75 EUR AMERICANO 04/10/ /11/ ,5 0,19 ES HB9 CALL REP 15,75 EUR AMERICANO 04/10/ /12/ ,5 0,25 ES HC7 CALL REP 16 EUR AMERICANO 04/10/ /01/ ,5 0,23 ES HD5 CALL REP 16 EUR AMERICANO 04/10/ /02/ ,5 0,26 ES HE3 CALL SAN 5,5 EUR AMERICANO 04/10/ /12/ ,5 0,23 ES HF0 CALL SAN 5,75 EUR AMERICANO 04/10/ /01/ ,5 0,19 ES HG8 CALL SAN 6 EUR AMERICANO 04/10/ /02/ ,5 0,15 ES HH6 CALL SAN 5,75 EUR AMERICANO 04/10/ /03/ ,5 0,23 ES HI4 CALL SGRE 12 EUR AMERICANO 04/10/ /12/ ,2 0,07 ES HJ2 CALL SGRE 13,5 EUR AMERICANO 04/10/ /03/ ,2 0,05 ES HK0 CALL TEF 9,5 EUR AMERICANO 04/10/ /12/ ,5 0,11 ES HL8 CALL TEF 9,5 EUR AMERICANO 04/10/ /01/ ,5 0,13 ES HM6 CALL TEF 9,75 EUR AMERICANO 04/10/ /02/ ,5 0,12 ES HN4 CALL TEF 9,5 EUR AMERICANO 04/10/ /03/ ,5 0,18 ES HO2 CALL IBEX EUR AMERICANO 04/10/ /11/ ,001 0,25 ES HP9 CALL IBEX EUR AMERICANO 04/10/ /12/ ,001 0,21 ES HQ7 1

2 CALL IBEX EUR AMERICANO 04/10/ /01/ ,001 0,12 ES HR5 CALL IBEX EUR AMERICANO 04/10/ /02/ ,001 0,07 ES HS3 CALL IBEX EUR AMERICANO 04/10/ /03/ ,001 0,16 ES HT1 CALL EUR/USD 1,21 USD AMERICANO 04/10/ /12/ ,05 ES HU9 CALL EUR/USD 1,19 USD AMERICANO 04/10/ /03/ ,2 ES HV7 PUT BBVA 7,25 EUR AMERICANO 04/10/ /11/ ,5 0,15 ES HW5 PUT BBVA 7 EUR AMERICANO 04/10/ /12/ ,5 0,14 ES HX3 PUT BBVA 7 EUR AMERICANO 04/10/ /01/ ,5 0,18 ES HY1 PUT BBVA 6,75 EUR AMERICANO 04/10/ /02/ ,5 0,16 ES HZ8 PUT BBVA 6,75 EUR AMERICANO 04/10/ /03/ ,5 0,19 ES IA9 PUT BME 28 EUR AMERICANO 04/10/ /12/ ,2 0,15 ES IB7 PUT BME 27 EUR AMERICANO 04/10/ /03/ ,2 0,22 ES IC5 PUT IBE 5,5 EUR AMERICANO 04/10/ /03/ ,5 0,08 ES ID3 PUT IBE 6 EUR AMERICANO 04/10/ /03/ ,5 0,14 ES IE1 PUT ITX 31 EUR AMERICANO 04/10/ /11/ ,5 0,52 ES IF8 PUT ITX 30,5 EUR AMERICANO 04/10/ /12/ ,5 0,56 ES IG6 PUT ITX 30 EUR AMERICANO 04/10/ /02/ ,5 0,77 ES IH4 PUT REP 15 EUR AMERICANO 04/10/ /11/ ,5 0,14 ES II2 PUT REP 14,75 EUR AMERICANO 04/10/ /12/ ,5 0,16 ES IJ0 PUT REP 14,5 EUR AMERICANO 04/10/ /01/ ,5 0,24 ES IK8 PUT REP 14 EUR AMERICANO 04/10/ /02/ ,5 0,21 ES IL6 PUT REP 14 EUR AMERICANO 04/10/ /03/ ,5 0,25 ES IM4 PUT SAN 5,25 EUR AMERICANO 04/10/ /11/ ,5 0,03 ES IN2 PUT SAN 5,25 EUR AMERICANO 04/10/ /01/ ,5 0,09 ES IO0 PUT SAN 5 EUR AMERICANO 04/10/ /02/ ,5 0,08 ES IP7 PUT SAN 5,25 EUR AMERICANO 04/10/ /03/ ,5 0,14 ES IQ5 PUT SGRE 10,75 EUR AMERICANO 04/10/ /02/ ,2 0,16 ES IR3 PUT SGRE 10,5 EUR AMERICANO 04/10/ /03/ ,2 0,15 ES IS1 PUT TEF 8,5 EUR AMERICANO 04/10/ /01/ ,5 0,18 ES IT9 PUT TEF 8,25 EUR AMERICANO 04/10/ /02/ ,5 0,16 ES IU7 PUT TEF 8,25 EUR AMERICANO 04/10/ /03/ ,5 0,19 ES IV5 PUT IBEX EUR AMERICANO 04/10/ /11/ ,001 0,2 ES IW3 PUT IBEX EUR AMERICANO 04/10/ /12/ ,001 0,29 ES IX1 PUT IBEX 9750 EUR AMERICANO 04/10/ /01/ ,001 0,32 ES IY9 PUT IBEX 9250 EUR AMERICANO 04/10/ /02/ ,001 0,25 ES IZ6 PUT EUR/USD 1,15 USD AMERICANO 04/10/ /12/ ,06 ES JA7 PUT EUR/USD 1,1 USD AMERICANO 04/10/ /03/ ,04 ES JB5 Emisor: CaixaBank, S.A. con domicilio social en Barcelona, Avenida Diagonal número 621, con NIF número A Fecha de emisión: 4 de octubre de Vencimiento: según cuadro. Agente de cálculo: Analistas Financieros Internacionales, S.A. Agente de pago: CaixaBank, S.A. Entidad colocadora: CaixaBank, S.A. Entidad especialista: CaixaBank, S.A. 2

3 Cotización: El Emisor va a solicitar que los valores coticen en las Bolsas de Valores de Madrid, Barcelona, Bilbao y Valencia y módulo de contratación electrónica SIBE. Ejercicio de los Warrants: - Modalidad de ejercicio: Para warrants con subyacentes con subyacente IBEX35, ACERINOX, BANCO BILBAO VIZCAYA ARGENTARIA, BANCO SANTANDER, BOLSAS Y MERCADOS, SIEMENS GAMESA, IBERDROLA, INDITEX, REPSOL, TELEFÓNICA y EUR-USD: Tipo Americano, es decir, ejercitables, en los términos y condiciones indicados, en cualquier momento desde la fecha de desembolso hasta la fecha de vencimiento. Llegada la Fecha de Vencimiento no será necesario que los titulares de los warrants realicen acto alguno para el ejercicio de sus derechos ya que son de Ejercicio Automático. Liquidación de los Warrants: - Importe de Liquidación: cada warrant dará derecho a su titular a recibir del Emisor, en la Fecha de Pago establecida para cada emisión, la cantidad en euros resultante de aplicar para cada warrant las fórmulas establecidas en el Folleto de Base. El importe de Liquidación se obtendrá de multiplicar el importe de liquidación unitario (redondeado al cuarto decimal) por el número de warrants que se vayan a ejercitar. Los warrants otorgan el derecho a sus suscriptores a percibir en dinero, a su ejercicio, la diferencia positiva, de acuerdo con la fórmula establecida en el Folleto de Base, si la hubiera, entre el Precio de Liquidación y el Precio de Ejercicio para el caso de los Call Warrants, y el valor absoluto de la diferencia negativa que existiere entre el Precio de Liquidación y el Precio de Ejercicio para el caso de los Put Warrants. Precio de Liquidación: Para warrants con subyacente IBEX35, ACERINOX, BANCO BILBAO VIZCAYA ARGENTARIA, BANCO SANTANDER, BOLSAS Y MERCADOS, SIEMENS GAMESA, IBERDROLA, INDITEX, REPSOL y TELEFÓNICA: precio oficial de cierre en el mercado continuo del activo subyacente en la Fecha de Ejercicio o en la Fecha de Vencimiento. Para warrants con subyacente EUR-USD, tipo de cambio de contado USD/EUR, expresado como la cantidad de USD por 1 EUR, publicado por la compañía Bloomberg L.P. aproximadamente a las 13:00 horas de Londres en la Fecha de Ejercicio o Fecha de Vencimiento, en la página de Bloomberg EUR L130 Curncy bajo la referencia MID y en la siguiente dirección web: (con la selección Frankfurt 2:00PM). Momento de Valoración: Para warrants con subyacente IBEX35, ACERINOX, BANCO BILBAO VIZCAYA ARGENTARIA, BANCO SANTANDER, BOLSAS Y MERCADOS, SIEMENS GAMESA, IBERDROLA, INDITEX, REPSOL y TELEFÓNICA: hora en la que se publican los precios de cierre del activo subyacente en el mercado continuo, esto es 17:35 horas. Para warrants con subyacente EUR-USD, 14:00 CET, hora de publicación del tipo de cambio por la compañía Bloomberg L.P. Mercados Secundarios: Mercado de Negociación de los Warrants: Bolsas de Madrid, Barcelona, Valencia y Bilbao y módulo de contratación electrónica de warrants del SIBE. Ultimo día de Negociación: Para warrants con Fecha de Vencimiento 17 de noviembre de 2017, el último día de negociación será el 16 de noviembre de Para warrants con Fecha de Vencimiento 15 de diciembre de 2017, el último día de negociación será el 14 de diciembre de Para warrants con Fecha de Vencimiento 19 de enero de 2018, el último día de negociación será el 18 de enero de Para warrants con Fecha de Vencimiento 16 de febrero de 2018, el último día de negociación será el 15 de febrero de Para warrants con Fecha de Vencimiento 16 de marzo de 2018, el último día de negociación será el 15 de marzo de Riesgos: Los warrants son valores que se caracterizan por un alto grado de riesgo, en función de la evolución determinada del precio de su Activo Subyacente. El inversor que adquiera los warrants debe asumir que su inversión comporta un riesgo sobre las expectativas de evolución del Activo Subyacente, asumiendo que podrá tener una rentabilidad negativa de su inversión en caso de que la evolución del Activo Subyacente sea 3

4 contraria a la esperada, o se produzca cualquier supuesto extraordinario que afecte a los Activos Subyacentes, pudiendo incluso llegar a perder parte o la totalidad de la inversión efectuada. El acaecimiento de fluctuaciones o el no acaecimiento de fluctuaciones anticipadas sobre el precio del activo subyacente afectarán desproporcionadamente al valor de los warrants y podría conllevar el vencimiento de los warrants sin valor alguno. El inversor que compra los warrants debe tener en cuenta que si trata de venderlos antes de su vencimiento la liquidez puede ser limitada. El inversor asume el riesgo de que la situación financiera del Emisor empeore o que se inicien procesos de insolvencia o concurso en contra del Emisor, y, como resultado de los mismos, el Emisor no puede cumplir con sus obligaciones de pago respecto de los warrants. El resto de las características de los referidos warrants se recogen en las Condiciones Finales de las emisiones de 4 de octubre de 2017 y en el Folleto de Base Programa de Emisión de Warrants 2016 de CaixaBank, S.A., arriba referenciado. CaixaBank, S.A. ABERTIS INFRAESTRUCTURAS, S.A. INFORMACIÓN RELEVANTE Como continuación al hecho relevante remitido a la CNMV el 29 de septiembre de 2017, Autostrada Brescia Verona Vicenza Padova S.p.A. (la "Compañía") por la presente anuncia los resultados y precio finales de la invitación realizada a todos los titulares de las obligaciones de la emisión de con un cupón del 2,375% y con vencimiento en 2020, de los cuales siguen pendientes, (las Obligaciones ) para vender los mismos a la Sociedad a cambio de Bonos en efectivo al Precio de Compra (la "Solicitud de Ofertas de Venta"). La Solicitud de Ofertas de Venta se llevó a cabo de conformidad con los términos recogidos en un memorando de oferta de venta (el Memorando de Invitación de Ofertas de Venta ) preparado en relación con la Solicitud de Ofertas de Venta. Los términos en mayúsculas empleados en este anuncio, y no definidos en el mismo, tienen el significado otorgado a los mismos en el Memorando de Invitación de Ofertas de Venta. Resumen de los resultados y precio Una vez concluido el plazo de la Oferta de Venta a las (CET) del 6 de octubre de 2017 (la Fecha de vencimiento ), la compañía por la presente anuncia que el importe total final de Obligaciones presentadas de forma válida conforme a la Solicitud de Ofertas de Venta es de El importe máximo de aceptación es de y, por lo tanto, de acuerdo con los términos del Memorando de Invitación de Ofertas de Venta, el factor de prorrateo a aplicar es de 68,5999%. Conforme a dicho prorrateo, se aceptan para la recompra Obligaciones por un importe total de conforme a la Solicitud de ofertas de venta. Las Obligaciones que no hayan sido consideradas presentadas y aceptadas para su recompra de forma válida conforme a la Solicitud de Ofertas de Venta permanecerán pendientes. Con base a una Fecha de Liquidación de 11 de octubre de 2017, de acuerdo con los términos del Memorando de Invitación de Ofertas de Venta, el Precio de Compra es de 105,918% y el Interés Acumulado es de 13,339 por cada del capital de las obligaciones. Hecho relevante Relaciones con Inversores Inv. Institucionales y analistas Tel Oficina del Accionista Tel relaciones.inversores@abertis.com abertis.com / relaciones.inversores@abertis.com Sujeto a las condiciones y restricciones establecidas en el Memorando de Invitación de Ofertas de Venta, el Precio de Compra y el Pago del Interés Acumulado con respecto a las Obligaciones aceptadas para la recompra serán pagados en la Fecha de Liquidación, el 11 de octubre de Información adicional La descripción completa de los términos y condiciones de la Solicitud de Ofertas de Venta se encuentra en el Memorando de Invitación de Ofertas de Venta. Banca IMI S.p.A., BNP Paribas y UniCredit Bank AG actúan como intermediarios (Joint Dealer Managers) en la Solicitud de Ofertas de Venta. Cualquier solicitud de información en relación con la Solicitud de Ofertas de Venta deberá dirigirse a: INTERMEDIARIOS (JOINT DEALER MANAGERS) BNP Paribas 10 Harewood Avenue Londres NW1 6AA Reino Unido Tel: +44 (0) A la atención de: Liability Management Group liability.management@bnpparibas.com 4

5 Banca IMI S.p.A. Largo Mattioli Milán Italia Tel: A la atención de: Liability Management Group liability.management@bancaimi.com UniCredit Bank AG Arabellastrasse 12 D Munich Alemania Tel: A la atención de: Corporate Liability Management corporate.lm@unicredit.de Las entidades que cumplan los requisitos pueden solicitar a la Entidad Agente una copia del Memorando de Invitación de Ofertas de Venta. ENTIDAD AGENTE Lucid Issuer Services Limited Tankerton Works 12 Argyle Walk Londres WC1H 8HA Reino Unido Tel: +44 (0) Fax +44 (0) autobpsd@lucid-is.com A la atención de: Victor Parzyjagla Barcelona, 6 octubre de 2017 CAIXABANK, S.A. HECHO RELEVANTE CaixaBank hace público que, siendo prioridad de toda entidad financiera la protección de sus clientes, accionistas y empleados, y con el objetivo de salvaguardar plenamente la seguridad jurídica y regulatoria consustancial al ejercicio de su actividad, el Consejo de Administración ha decidido, por unanimidad, ante la actual situación política y social en Cataluña: Adoptar las medidas que sean necesarias para trasladar el domicilio social a la calle Pintor Sorolla, 2-4, de Valencia. A dichos efectos y a la vista de la decisión del Consejo de Ministros que se ha anunciado hoy, el Consejo de Administración se reunirá tan pronto se publique en el Boletín Oficial del Estado la modificación de la Ley de Sociedades de Capital para adoptar definitivamente los acuerdos oportunos. Barcelona, a 6 de octubre de 2017 CAIXABANK, S.A. HECHO RELEVANTE CaixaBank hace público que, en cumplimiento del acuerdo del Consejo de Administración adoptado ayer y comunicado mediante el correspondiente Hecho Relevante nº257113, el Consejo de Administración ha decidido, por unanimidad y en la sesión celebrada hoy, trasladar el domicilio social a la calle Pintor Sorolla, 2-4, de Valencia, dando nueva redacción al apartado 1 del artículo 4 de los Estatutos Sociales. Barcelona, a 7 de octubre de

6 INTERNATIONAL CONSOLIDATED AIRLINES GROUP, S.A HECHO RELEVANTE OPERACIÓN CON ACCIONES PROPIAS INTERNATIONAL CONSOLIDATED AIRLINES GROUP, S.A. (la Sociedad ) anuncia que, con fecha 6 de octubre de 2017, ha adquirido, en los términos que se indican a continuación, acciones ordinarias de 0,50 cada una, integrantes del capital de la Sociedad, las cuales se mantendrán en autocartera hasta su cancelación: Número de acciones compradas Plataforma de negociación Precio más bajo pagado Precio más alto pagado Londres 6,105 6, Madrid 6,813 6,901 La adquisición se ha llevado a cabo en el marco del programa de recompra anunciado el 6 de marzo de Tras la adquisición, la Sociedad tiene acciones en autocartera y el capital social emitido de la Sociedad (con exclusión de las acciones mantenidas en autocartera) está integrado por acciones. El capital social total emitido de la Sociedad está representado por acciones. Esta es la cifra que deberán utilizar los accionistas como denominador en los cálculos con los que determinarán si están obligados a notificar su participación, o un cambio en su participación, en la Sociedad a la Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV) española. De conformidad con el artículo 5(1)(b) del Reglamento de la Comisión (UE) nº 596/2014 (el Reglamento sobre Abuso de Mercado), se acompaña a este anuncio un desglose completo de las operaciones individuales realizadas por Deutsche Bank AG, London Branch por cuenta de la Sociedad dentro del programa de recompra. Enrique Dupuy de Lôme Director Financiero 9 de octubre de 2017 COMISION NACIONAL DEL MERCADO DE VALORES El Consejo de la Comisión Nacional del Mercado de Valores, en su reunión del día 9 de octubre de 2017, ha adoptado el siguiente acuerdo: Autorizar la oferta pública voluntaria de adquisición de acciones de la entidad Abertis Infraestructuras, S.A. que componen el 100% de su capital social, admitidas a negociación en las Bolsas de Valores de Madrid, Barcelona, Bilbao y Valencia e integradas en el Sistema de Interconexión Bursátil, que fue presentada por Atlantia, S.p.A. el día 15 de junio de 2017 y admitida a trámite el día 3 de julio de 2017, al entender ajustados sus términos a las normas vigentes y considerar suficiente el contenido del folleto explicativo presentado tras las últimas informaciones incorporadas con fecha 5 de octubre de La contraprestación de la oferta ha sido fijada por la sociedad oferente de acuerdo con lo previsto sobre precio equitativo en el artículo 9 del Real Decreto 1066/2007, de 27 de julio, y consiste en: (i) un precio en efectivo de 16,50 euros por acción de Abertis Infraestructuras, S.A. y (ii) un canje como máximo de acciones especiales de nueva emisión de Atlantia, S.p.A. (16,26% del capital postemisión) por de acciones de Abertis Infraestructuras, S.A. (23,22% del capital), equivalente a 0,697 acciones especiales por cada acción, todo ello en los términos que figuran en el folleto explicativo. La efectividad de la oferta requiere el cumplimiento de, entre otras condiciones, que las aceptaciones incluyan un número mínimo de de acciones de Abertis Infraestructuras, S.A. (10,10% del capital) cuyos accionistas opten por la contraprestación mediante el canje ofrecido. La CNMV informará del plazo de aceptación de la oferta cuando el oferente publique el primero de los anuncios previstos en el artículo 22 del Real Decreto 1066/2007. Lunes, 9 de octubre de

7 AXIARE PATRIMONIO SOCIMI, S.A. HECHO RELEVANTE Con fecha de 5 de agosto de 2016, Axiare Patrimonio comunicó la modificación del programa de recompra de acciones propias existente hasta la fecha (Hecho Relevante con número de registro de entrada en la CNMV ), aprobada dicha modificación por el Consejo de Administración de la Sociedad en fecha 27 de julio de 2016, de conformidad con lo dispuesto en el Reglamento (UE) Nº 596/2014 del Parlamento Europeo y del Consejo de 16 de abril de 2014, y al amparo de la autorización conferida por la Junta General de Accionistas de 7 de mayo de 2015 (el Programa de Recompra ). Durante el periodo transcurrido entre el 2 y el 6 de octubre de 2017, la Sociedad no ha realizado ninguna operación sobre sus propias acciones al amparo del Programa de Recompra. D. Luis López de Herrera-Oria Consejero Delegado Axiare Patrimonio Madrid, a 9 de octubre de 2017 LIBERBANK, S.A. HECHO RELEVANTE La Junta General Extraordinaria de Accionistas de Liberbank celebrada el 9 de octubre de 2017 en primera convocatoria, ha aprobado la totalidad de las propuestas de acuerdo que el Consejo de Administración de la Sociedad acordó someter a su deliberación y decisión, y que se transcriben a continuación: PUNTO PRIMERO DEL ORDEN DEL DÍA.- Reducción del capital social en un importe de ,64 euros para constituir una reserva voluntaria indisponible por dicho mismo importe, mediante la disminución del valor nominal de la totalidad de las acciones de 0,90 euros a 0,02 euros por acción con base en el balance cerrado a 30 de junio de Aprobación del balance individual de Liberbank, S.A. cerrado a 30 de junio de Consiguiente modificación del artículo 5 de los Estatutos Sociales. Delegación de facultades. La Junta General Extraordinaria de Accionistas acuerda realizar una reducción del capital social con la finalidad de constituir una reserva voluntaria indisponible en la Sociedad y mediante la disminución del valor nominal de las acciones, todo ello conforme a los términos y condiciones que se establecen a continuación. A los efectos de lo establecido en el presente acuerdo, todas las palabras cuya letra inicial comience con letra mayúscula y que no A LA COMISIÓN NACIONAL DEL MERCADO DE VALORES estén expresamente definidas, tendrán el mismo significado que el establecido para las mismas en el informe de administradores del que deriva el presente acuerdo. 1.Reducción de capital Se acuerda reducir el capital social de la Sociedad, fijado actualmente en la cifra de ,70 euros, en la cantidad de ,64 euros, quedando fijado, en consecuencia, en ,06 euros, con la constitución de una reserva voluntaria indisponible por el mismo importe en que queda reducido el capital social. La reducción de capital se realiza mediante la disminución del valor nominal de la totalidad de las acciones en circulación representativas del capital social de la Sociedad, fijado actualmente en 0,90 euros, a 0,02 euros por acción; es decir, se reduce el valor nominal de cada una de las acciones en la cifra de 0,88 euros, siendo el importe total de reducción del capital social de ,64 euros. La reducción de capital afecta por igual a todas las acciones, sin que exista disparidad de trato entre ellas. La finalidad de dicha reducción de capital es la constitución de una reserva voluntaria indisponible por el mismo importe de la reducción, es decir, ,64 euros, no siendo de aplicación el derecho de oposición de los acreedores de la Sociedad por cuanto la reducción de capital objeto del presente acuerdo tiene un significado meramente contable toda vez que se reduce capital para crear una reserva voluntaria indisponible sin producirse, por tanto, devolución de aportaciones a los socios ni disminución del valor patrimonial de las acciones. A la reserva voluntaria que se crea por importe equivalente al de la reducción, esto es, por importe de ,64 euros, se le atribuye en el mismo acto de su creación el carácter legal de indisponible, por lo que únicamente cabrá disponer de ella cumpliendo los requisitos propios de una reducción de capital, todo ello de conformidad con lo previsto en el apartado c) del artículo 335 de la Ley de Sociedades de Capital. 2. Aprobación del balance de la Sociedad que sirve de base a la reducción de capital A los efectos de lo previsto en el artículo 323 de la Ley de Sociedades de Capital, se aprueba como balance de la Sociedad que sirve de base a la adopción del presente acuerdo, el balance de la Sociedad y notas explicativas correspondientes al 30 de junio de 2017, los cuales han sido verificados por el auditor de cuentas de la Sociedad, Deloitte, S.L. 7

8 3. Modificación del artículo 5 de los Estatutos Sociales De conformidad con lo anterior, se acuerda modificar el artículo 5º de los Estatutos Sociales que pasará a tener la siguiente redacción literal con derogación expresa de su redacción anterior: Artículo 5º. Capital social. 1. El capital social de la Sociedad asciende a dieciocho millones quinientos sesenta y siete mil ochocientos sesenta y nueve euros y seis céntimos de euro ( ,06 ), representado por novecientos veintiocho millones trescientas noventa y tres mil cuatrocientas cincuenta y tres ( ) acciones nominativas de dos céntimos de euro (0,02 ) de valor nominal cada una de ellas, numeradas de la 1 a la , ambas inclusive, todas ellas pertenecientes a la misma clase y serie. 2. Todas las acciones se encuentran totalmente desembolsadas. 4. Delegación de facultades Se acuerda facultar al Consejo de Administración, con toda la amplitud que se requiera en derecho y con expresas facultades sustitución en el Presidente, Consejero Delegado y Secretario del Consejo de Administración, para que cualquiera de ellos, indistintamente y con su sola firma, pueda realizar todas las actuaciones necesarias o convenientes para la ejecución del presente acuerdo y, en particular, con carácter indicativo y no limitativo, para: Establecer la fecha en que el acuerdo deba llevarse a efecto. ii. Ampliar y desarrollar el presente acuerdo, fijando los términos y condiciones de la reducción de capital en todo lo no previsto en el presente acuerdo. iii. Llevar a cabo todos los actos necesarios a efectos de cumplir con los requisitos que establece la Ley de Sociedades de Capital, el texto refundido de la Ley del Mercado de Valores, aprobado por el Real Decreto Legislativo 4/2015, de 23 de octubre, el Real Decreto 878/2015, de 2 de octubre, sobre compensación, liquidación y registro de valores negociables representados mediante anotaciones en cuenta y demás normas aplicables, incluyendo la publicación de los correspondientes anuncios que resulten preceptivos. iv. Realizar cualquier actuación, declaración o gestión, así como redactar, suscribir y presentar cualquier documentación, anuncio o información adicional o complementaria que fuera necesaria ante la Comisión Nacional del Mercado de Valores, las Sociedades Rectoras de las Bolsas de Valores, la Sociedad de Bolsas, Iberclear, el Banco de España, el Banco Central Europeo, la Dirección General de Política Comercial e Inversiones Exteriores o ante cualquier otra entidad, autoridad, registro público o privado competente, nacional o extranjero, para obtener la autorización, verificación y posterior ejecución del presente acuerdo. v. Negociar y firmar, en su caso, en los términos que estime más oportunos, los contratos que sean necesarios o convenientes para el buen fin de la ejecución de la reducción de capital, incluyendo (sin limitación) el contrato de agencia. vi. No ejecutar el acuerdo si, a su juicio, las condiciones de mercado hiciesen no aconsejable o impidiesen la ejecución del mismo. vii. Declarar ejecutado la reducción del capital así como dar nueva redacción al artículo de los Estatutos Sociales relativo al capital. vii. Otorgar en nombre de la Sociedad cuantos documentos públicos o privados sean necesarios o convenientes para la ejecución del presente acuerdo y, en general, realizar cuantos trámites sean precisos para la ejecución del mismo, así como subsanar, aclarar, interpretar, precisar o complementar los acuerdos adoptados por la Junta General de Accionistas, y, en particular, cuantos defectos, omisiones o errores, de fondo o de forma, resultantes de la calificación verbal o escrita, impidieran el acceso de los acuerdos y de sus consecuencias al Registro Mercantil, los Registros Oficiales de la CNMV o cualesquiera otros. PUNTO SEGUNDO DEL ORDEN DEL DÍA.- Aumento del capital social por un importe efectivo (nominal más prima) de euros, mediante la emisión y puesta en circulación de nuevas acciones ordinarias de 0,02 euros de valor nominal cada una de ellas, que se suscribirán y desembolsarán íntegramente mediante aportaciones dinerarias, con reconocimiento del derecho de suscripción preferente y con previsión de suscripción incompleta. Corresponderá al Consejo de Administración determinar, en función del precio de emisión de las nuevas acciones, el importe nominal del aumento y el número de acciones ordinarias a emitir, que serán como máximo de euros y de acciones, respectivamente. Delegación de facultades. La Junta General Extraordinaria de Accionistas acuerda realizar un aumento del capital social con cargo a aportaciones dinerarias conforme a los términos y condiciones que se establecen a continuación. A los efectos de lo establecido en el presente acuerdo, todas las palabras cuya letra inicial comience con letra mayúscula y que no estén expresamente definidas, tendrán el mismo significado que el establecido para las mismas en el informe de administradores del que deriva el presente acuerdo. Aumento del capital social Se acuerda aumentar el capital social de la Sociedad en un importe efectivo (nominal más prima) de euros, mediante la emisión y puesta en circulación de un máximo de nuevas acciones ordinarias de 0,02 euros de valor nominal cada una de ellas, de la misma clase y serie que las actualmente en circulación, consistiendo el contravalor de las nuevas acciones a emitir en aportaciones dinerarias. El importe nominal del aumento del capital social y el número de acciones a emitir vendrá determinado por el precio de emisión que se establezca conforme a lo establecido en el apartado 3 siguiente. En este sentido, se delega expresamente en el Consejo de 8

9 Administración la facultad de determinar: (i) el importe nominal del aumento del capital y el número de acciones ordinarias a emitir, que serán como máximo de euros y de acciones, respectivamente; y (ii) el tipo o precio de emisión de las nuevas acciones y, en particular, el importe de la prima de 7 por cada nueva acción emitida conforme a lo establecido en el apartado 3 siguiente. No obstante lo anterior, en caso de no haberse aprobado la propuesta de acuerdo sometida a aprobación bajo el punto primero del orden del día de esta reunión, en virtud del cual se propone reducir el valor nominal de las acciones de 0,90 euros a 0,02 euros por acción, el número máximo de acciones a emitir al amparo del presente acuerdo será de , sin que se modifique el importe efectivo total del aumento (nominal más prima) que se mantendrá en euros. Se delega expresamente en el Consejo de Administración la facultad de no ejecutar el acuerdo si, a su juicio, atendiendo al interés social, las condiciones de mercado en general u otras circunstancias que puedan afectar a la Sociedad, o la oposición o las condiciones impuestas por las diferentes autoridades y reguladores, hiciesen no aconsejable o impidiesen la ejecución del mismo. Asimismo, se delega en el Consejo de Administración la facultad de, excepcionalmente, reducir el importe a emitir si, por razones puramente técnicas, resultara aconsejable dicha reducción con el objeto de calcular la ecuación de canje para el ejercicio de los derechos de suscripción preferente. 2. Destinatarios del aumento del capital social El aumento del capital está dirigido a todos los accionistas de la Sociedad. A estos efectos, se consideran accionistas legitimados los que hayan adquirido sus acciones hasta el día de publicación del anuncio del aumento del capital social en el BORME (inclusive), día hábil bursátil inmediatamente anterior al del inicio del periodo de suscripción preferente, y cuyas operaciones de adquisición se hayan liquidado dentro de los dos días hábiles bursátiles inmediatamente siguientes, todo ello de acuerdo con las reglas, sistemas y procedimientos de compensación y liquidación de valores que resulten de aplicación en dicho momento. Sin perjuicio de lo anterior, otros inversores podrían suscribir acciones mediante la adquisición de derechos de suscripción preferente, sean o no accionistas. 3. Tipo de emisión Las nuevas acciones se emitirán por su valor nominal unitario de 0,02 euros más la prima de emisión que, en su caso, determine el Consejo de Administración. Por tanto, el tipo de emisión de las nuevas acciones será determinado por el Consejo de Administración. No obstante, tal y como se ha indicado anteriormente, en caso de no haberse aprobado la propuesta de acuerdo sometida a aprobación bajo el punto primero del orden del día de esta reunión, en virtud del cual se propone reducir el valor nominal de las acciones de 0,90 euros a 0,02 euros por acción, el valor nominal unitario de las acciones será de 0,90 euros por acción, sin que se modifique el importe efectivo total del aumento (nominal más prima) que se mantendrá en euros. En este sentido, se delega expresamente en el Consejo de Administración, con expresas facultades de sustitución, la facultad de determinar la prima de emisión y, por tanto, el tipo de emisión de las nuevas acciones. 4. Derecho de suscripción preferente Tendrán derecho de suscripción preferente sobre las nuevas acciones todos los accionistas de la Sociedad que hayan adquirido sus acciones hasta el día de publicación del anuncio del aumento del capital social en el BORME (inclusive), día hábil bursátil publication, inmediatamente anterior al del inicio del periodo de suscripción preferente, y cuyas operaciones de adquisición se hayan liquidado dentro de los dos días hábiles bursátiles inmediatamente siguientes, todo ello de acuerdo con las reglas, sistemas y procedimientos de compensación y liquidación de valores que resulten de aplicación en dicho momento. Se acuerda expresamente delegar en el Consejo de Administración la fijación de la relación de canje para el ejercicio de los derechos de suscripción preferente, a cuyos efectos tendrá en consideración el régimen legal aplicable a las acciones propias y las restricciones aplicables en materia de derechos de suscripción preferente. Los derechos de suscripción preferente serán transmisibles en las mismas condiciones que las acciones de las que derivan y serán negociables en las Bolsas de Valores de Madrid, Barcelona, Bilbao y Valencia y a través del Sistema de Interconexión Bursátil Español (SIBE). Las nuevas acciones se ofrecen con carácter preferente a los accionistas de la Sociedad que podrán ejercer su derecho de preferente y proporcional suscripción con respecto a la totalidad de las acciones emitidas. Por otro lado, también podrán suscribir acciones en ejecución de estos derechos los inversores que adquieran derechos. El ejercicio del derecho de suscripción preferente se realizará 6 dentro del plazo concedido por el Consejo de Administración de la Sociedad, que no podrá ser inferior a 15 días desde la publicación del anuncio en el BORME. En el supuesto de que, una vez finalizado el periodo de suscripción preferente, siguieran quedando nuevas acciones sin suscribir, se abrirá un periodo de asignación de acciones adicionales en el que se asignarán a aquellos accionistas y/o inversores que hubieran solicitado nuevas acciones adicionales durante el periodo de suscripción preferente. Por último, en caso de que finalizados el periodo de suscripción preferente y el periodo de asignación de acciones adicionales existieran nuevas acciones sin suscribir, se delega expresamente en el Consejo de Administración la facultad de asignar discrecionalmente las acciones remanentes entre inversores. Sin perjuicio de lo anterior, se acuerda delegar expresamente en el Consejo de Administración la facultad de fijar las condiciones y términos de los referido periodos, incluyendo la duración y las condiciones de cada uno de ellos. 9

10 5. Representación de las nuevas acciones Las acciones de nueva emisión estarán representadas mediante anotaciones en cuenta cuyo registro contable está atribuido a Iberclear y sus entidades participantes. 6. Derechos de las nuevas acciones Las nuevas acciones conferirán a sus titulares los mismos derechos políticos y económicos que las acciones de la Sociedad actualmente en circulación a partir de la fecha en que queden inscritas a su nombre en los correspondientes registros contables. En particular, en cuanto a los derechos económicos, las nuevas acciones darán derecho a los dividendos sociales, a cuenta o definitivos, cuya distribución se acuerde a partir de dicha fecha. 7. Suscripción incompleta De conformidad con lo establecido en el artículo 311 de la Ley de Sociedades de Capital, se prevé expresamente la posibilidad de suscripción incompleta del aumento del capital social. En consecuencia, el importe real del aumento del capital social se limitará a la cantidad correspondiente al valor nominal de publication, 11 acciones de la Sociedad efectivamente suscritas y desembolsadas, quedando sin efecto en cuanto al resto. 8. Admisión a negociación de las nuevas acciones Se acuerda solicitar la admisión a negociación de las nuevas acciones en las Bolsas de Valores de Madrid, Barcelona, Bilbao y Valencia y en cualesquiera otros mercados en los que las acciones de la Sociedad coticen en el momento de la ejecución del presente acuerdo, así como su integración en el Sistema de Interconexión Bursátil Español (SIBE). Adicionalmente, se solicitará la admisión a negociación de los derechos de suscripción preferente en las Bolsas de Valores de Madrid, Barcelona, Bilbao y Valencia y en cualesquiera otros mercados en los que coticen las acciones de Liberbank en el momento de la ejecución del presente acuerdo. Se hace constar expresamente que, en caso de que se solicitase posteriormente la exclusión de la negociación de las acciones de la Sociedad, ésta se adoptará con las formalidades y cumpliendo los requisitos previstos en la legislación vigente. 9. Modificación del artículo 5 de los Estatutos Sociales Se delega expresamente en el Consejo de Administración la nueva redacción del artículo 5 de los Estatutos Sociales de la Sociedad, todo ello conforme a lo previsto en el presente acuerdo. 10. Delegación de facultades Sin perjuicio de las delegaciones de facultades específicas contenidas en los apartados anteriores (las cuales se deben entender que se han concedido con expresas facultades de sustitución en las personas aquí indicadas), se acuerda facultar al Consejo de Administración, con toda la amplitud que se requiera en derecho y 12 con expresas facultades de sustitución en el Presidente, el Consejero Delegado y el Secretario del Consejo de Administración, para que cualquiera de ellos, en el plazo de un año, indistintamente y con su sola firma, pueda realizar todas las actuaciones necesarias o convenientes para la ejecución del presente acuerdo y, en particular, con carácter indicativo y no limitativo, para: Establecer la fecha en que el acuerdo deba llevarse a efecto, determinando el inicio del periodo de suscripción preferente. Así mismo, se delega expresamente la facultad de modificar la fecha en que los accionistas deberán aparecer legitimados en los registros contables de Iberclear para tener derecho de suscripción preferente sobre las nuevas acciones para el caso de que resulte necesario o conveniente conforme a los procedimientos de Iberclear. Ampliar y desarrollar el presente acuerdo, fijando los términos y condiciones de la emisión en todo lo no previsto en el presente acuerdo. En particular, sin ánimo exhaustivo, determinar la prima de emisión de las nuevas acciones y, por tanto, fijar el tipo de emisión de las nuevas acciones, establecer el número de acciones y el importe nominal del aumento del capital en función del precio de emisión, el plazo, forma y procedimiento de suscripción y desembolso en cada uno de los periodos de suscripción, la relación de canje para el ejercicio de los derechos de suscripción preferente, incluyendo la facultad de proponer a uno o varios accionistas la renuncia a aquel número de derechos de suscripción preferente de su titularidad que resulte necesario para garantizar que el número de acciones a emitir mantenga exactamente la proporción resultante de la aplicación de la ecuación de canje acordada, prever supuestos para suspender la oferta de las nuevas acciones en caso de resultar necesario o conveniente y, en general, cualesquiera otras circunstancias 13 necesarias o convenientes para la realización del aumento del capital social y la emisión de acciones. Acordar el procedimiento de colocación de las acciones, fijando la fecha de inicio y, en su caso, modificar la duración del periodo de suscripción preferente sobre el mínimo legal, así como, en su caso, fijar la duración de los periodos de adjudicación adicional y discrecional, pudiendo declarar el cierre anticipado del periodo de colocación y el de la emisión. Así mismo, se delega la facultad de fijar las condiciones y procedimiento para la suscripción de acciones, en su caso, en los periodos de adjudicación adicional y asignación discrecional, pudiendo asignar en este último las acciones a cualesquiera terceros según el procedimiento de colocación que libremente fije. Redactar, suscribir y presentar, en su caso, ante la Comisión Nacional del Mercado de Valores (la CNMV ) o cualesquiera otras autoridades supervisoras que fueran procedentes, en relación con la emisión y admisión a negociación de las nuevas acciones que se emitan como consecuencia del aumento del capital, el folleto informativo y cuantos suplementos al mismo sean precisos, asumiendo la responsabilidad de los mismos, así como los demás documentos e informaciones que se requieran en cumplimiento de lo dispuesto en el texto refundido de la Ley del Mercado de Valores aprobado por el Real Decreto Legislativo 4/2015, de 23 de 8 octubre y en el Real 10

11 Decreto 1310/2005, de 4 de noviembre, en materia de admisión a negociación de valores en mercados secundarios oficiales, de ofertas públicas de venta o suscripción y del folleto exigible a tales efectos y demás normativa nacional o extranjera que resulte aplicable para la ejecución del presente acuerdo. Not for publication, distribution or release, directly or indirectly, in or into the United States, Australia, Canada, Japan or any other jurisdiction where such publication, distribution or release would be unlawful. Realizar cualquier actuación, declaración o gestión, así como redactar, suscribir y presentar cualquier documentación, anuncio o información adicional o complementaria que fuera necesaria ante la CNMV, las Sociedades Rectoras de las Bolsas de Valores, la Sociedad de Bolsas, Iberclear, el Banco de España, Banco Central Europeo, la Dirección General de Política Comercial e Inversiones Exteriores o ante cualquier otra entidad, autoridad, registro público o privado competente, nacional o extranjero, para obtener la autorización, verificación y posterior ejecución del aumento del capital, así como la admisión a cotización de las nuevas acciones en las Bolsas de Valores españolas. Redactar, suscribir y presentar, en caso de que resulte necesario o conveniente, un folleto internacional con el fin de facilitar la difusión de la información relativa al aumento del capital entre los accionistas e inversiones internacionales, asumiendo en nombre de la Sociedad la responsabilidad por su contenido. Negociar y firmar, en su caso, en los términos que estime más oportunos, los contratos que sean necesarios o convenientes para el buen fin de la ejecución del aumento, incluyendo (sin limitación) el contrato de agencia y, en su caso, los contratos de colocación y/o aseguramiento que pudieran ser procedentes. Declarar ejecutado el aumento del capital, emitiendo y poniendo en circulación las nuevas acciones que hayan sido suscritas y desembolsadas, así como dar nueva redacción al artículo de los Estatutos Sociales relativo al capital efectivamente suscrito, dejando sin efecto la parte de dicho aumento del capital que no hubiere sido suscrito y desembolsado en los términos establecidos. Solicitar la admisión a negociación en las Bolsas de Valores y cualesquiera otros mercados en los que las acciones de la Sociedad coticen en el momento de la ejecución del presente acuerdo, así como su integración en el Sistema de Interconexión Bursátil Español (SIBE). Otorgar en nombre de la Sociedad cuantos documentos públicos o privados sean necesarios o convenientes para la emisión de las nuevas acciones y su admisión a negociación objeto del presente acuerdo y, en general, realizar cuantos trámites sean precisos para la ejecución del mismo, así como subsanar, aclarar, interpretar, precisar o complementar los acuerdos adoptados por la Junta General de Accionistas, y, en particular, cuantos defectos, omisiones o errores, de fondo o de forma, resultantes de la calificación verbal o escrita, impidieran el acceso de los acuerdos y de sus consecuencias al Registro Mercantil, los Registros Oficiales de la CNMV o cualesquiera otros. El presente acuerdo se adopta con independencia de la delegación conferida al Consejo de Administración por la Junta General de accionistas de la Sociedad celebrada el día 21 de abril de 2015 para aumentar el capital social hasta la mitad de la cifra del capital social en el momento de la autorización, en una o varias veces, y en la oportunidad y cuantía que considere adecuadas, con atribución de la facultad de excluir el derecho de suscripción preferente, al amparo del artículo b) de la Ley de Sociedades de Capital, que subsiste en sus propios términos. El Consejo de Administración queda facultado para ejecutar conjuntamente y combinar en una sola emisión el aumento del capital acordado en la presente Junta General y cualquier aumento del capital ejecutado en uso de la delegación referida en el párrafo anterior en la cuantía y forma que estime conveniente. PUNTO TERCERO DEL ORDEN DEL DÍA.- Ratificación del acuerdo adoptado por la Junta General Ordinaria relativo a la fijación del número de miembros del Consejo de Administración dentro del límite mínimo y máximo establecido en el artículo 37.1 de los Estatutos La Junta General Extraordinaria de Accionistas acuerda ratificar el acuerdo aprobado por la Junta General Ordinaria de Liberbank celebrada el pasado 19 de abril de 2017, de mantener en quince el número de miembros del Consejo de Administración de la Sociedad, manteniéndose por tanto las vacantes producidas por las renuncias de don Luis Garicano Gabilondo como Consejero independiente el 25 de abril de 2016, y de don Alfonso Pitarch Rodríguez como Consejero dominical el 7 de abril de PUNTO CUARTO DEL ORDEN DEL DÍA.- Delegación de facultades, con facultades de sustitución, para complementar, desarrollar, ejecutar, subsanar y formalizar los acuerdos adoptados por la Junta General de Accionistas. La Junta General Extraordinaria de Accionistas acuerda facultar tan ampliamente como en Derecho sea necesario, al Consejo de Administración, con expresas facultades de sustitución, así como al Presidente, al Secretario del Consejo de Administración y al Consejero Delegado, y a cualquier Consejero, para que, sin perjuicio de las delegaciones incluidas en los anteriores acuerdos, cualquiera de ellos pueda, solidaria e indistintamente: a) Comparecer ante el Notario de su elección y elevar a escritura pública los anteriores acuerdos, así como realizar y otorgar cuantos actos o documentos públicos o privados sean necesarios para conseguir la inscripción de los anteriores acuerdos en el Registro Mercantil o en cualesquiera otros que resulte procedente. b) Realizar en nombre de la Sociedad cuantos actos sean pertinentes ante los registros públicos correspondientes, otorgando asimismo cuantos documentos públicos o privados de subsanación o modificación de errores o complementarios de los primeros fueran necesarios y, asimismo, cuantas escrituras de subsanación o complementarias fueran precisas para adaptar estos acuerdos a la vista de las sugerencias verbales o de la calificación escrita del Registro Mercantil pudiendo incluso proceder a solicitar la inscripción parcial de los acuerdos inscribibles. 11

12 c) Comparecer ante cualquier otro organismo público o privado, así como realizar cualesquiera otros actos jurídicos fuesen precisos, incluida la publicación de anuncios legales, ante cualesquiera organismos o instancias públicas o privadas, con el fin de ejecutar los anteriores acuerdos y llevarlos a buen fin. d) Interpretar, aplicar, ejecutar y desarrollar los acuerdos aprobados, incluida la subsanación y cumplimiento de los mismos, así como subsanar cualquier error, defecto u omisión que pudiera impedir el cumplimiento de cuantos requisitos puedan ser legalmente exigibles para la eficacia de los citados acuerdos. Madrid, 9 de octubre de 2017 ABERTIS INFRAESTRUCTURAS, S.A. HECHO RELEVANTE La Sociedad comunica que, en el día de hoy, 9 de octubre de 2017, la Comisión Nacional del Mercado de Valores (la CNMV ) ha autorizado la oferta pública voluntaria de adquisición de la totalidad de las acciones de Abertis Infraestructuras, S.A. ( Abertis ) anunciada por Atlantia el día 15 de mayo de 2017 (la Oferta ). Asimismo, la CNMV ha confirmado en la referida autorización la consideración de la contraprestación de la Oferta como precio equitativo. La efectividad de la Oferta está sujeta, entre otras condiciones, a que las aceptaciones incluyan un número mínimo de de acciones de Abertis (10,10% del capital) cuyos accionistas opten por la contraprestación mediante el canje ofrecido. Atlantia publicará los preceptivos anuncios en los Boletines de Cotización y en un diario de difusión nacional y hará público el Folleto Explicativo de la Oferta, que podrá ser consultado por todos los accionistas de Abertis en las páginas web de la CNMV, Atlantia y Abertis (sin los anexos), así como en formato papel (incluyendo los anexos) en los lugares que se indiquen en el citado Folleto Explicativo. Por su parte, el Consejo de Administración de Abertis, en un plazo máximo de diez días naturales a contar desde el inicio del período de aceptación de la Oferta, hará público su informe sobre la Oferta de acuerdo con lo legalmente previsto. Además del Folleto Explicativo, se habilitará un número de atención al inversor (número gratuito: o para los residentes en el extranjero o inversores institucionales). ATLANTIA, S.P.A. En Roma, a 9 de octubre de ANUNCIO DE LA OFERTA PÚBLICA VOLUNTARIA DE ADQUISICIÓN DE ACCIONES QUE FORMULA "ATLANTIA, S.P.A." SOBRE LAS ACCIONES REPRESENTATIVAS DEL CAPITAL SOCIAL DE "ABERTIS INFRAESTRUCTURAS, S.A." La Comisión Nacional del Mercado de Valores ("CNMV") ha autorizado con fecha 9 de octubre de 2017 la oferta pública voluntaria de adquisición de acciones formulada por "Atlantia, S.p.A." ("Atlantia" o la "Sociedad Oferente") sobre la totalidad de las acciones representativas del capital social de "Abertis Infraestructuras, S.A." ("Abertis" o la "Sociedad Afectada") (la "Oferta"). La Oferta se regirá por el texto refundido de la Ley del Mercado de Valores, aprobado por el Real Decreto Legislativo 4/2015, de 23 de octubre (la "Ley del Mercado de Valores"), por el Real Decreto 1066/2007, de 27 de julio, sobre el régimen de las ofertas públicas de adquisición de valores (el "Real Decreto 1066/2007" o el "Real Decreto") y demás legislación aplicable. A continuación, de acuerdo con lo establecido en el artículo 22 del Real Decreto 1066/2007, se describen las características esenciales de la Oferta que constan en su folleto explicativo (el "Folleto Explicativo"). INTRODUCCIÓN El Folleto Explicativo recoge los términos y condiciones de la Oferta de carácter voluntario que formula Atlantia sobre la totalidad de las acciones representativas del capital social de Abertis. El día 15 de mayo de 2017 Atlantia publicó el anuncio previo de la Oferta mediante la comunicación de hecho relevante número , que fue complementado con un hecho relevante publicado en la misma fecha. El 15 de junio de 2017 se presentó en la CNMV la correspondiente solicitud de autorización de la Oferta. Con fecha 3 de julio de 2017, la CNMV acordó la admisión a trámite de la solicitud de autorización de la Oferta. La contraprestación de la Oferta consiste en un precio en efectivo de 16,50 euros por acción de Abertis (la "Contraprestación en Efectivo") y un canje de 0,697 Acciones Especiales de Atlantia de nueva emisión por cada acción de Abertis (la "Ecuación de Canje") para un máximo de de acciones de Abertis (el "Número Máximo de Acciones"), representativas de un 23,22% de su capital social (la 12

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