SI CAMBIO EN CANTIDAD DE PRESENTACIÓN COMERCIAL 14 5,9% SI CONCENTRACIÓN DE PRINCIPIO ACTIVO 12 5,0%

Tamaño: px
Comenzar la demostración a partir de la página:

Download "SI CAMBIO EN CANTIDAD DE PRESENTACIÓN COMERCIAL 14 5,9% SI CONCENTRACIÓN DE PRINCIPIO ACTIVO 12 5,0%"

Transcripción

1 COMISIÓN NACIONAL DE PRECIOS DE MEDICAMENTOS Y DISPOSITIVOS MÉDICOS RESPUESTA A COMENTARIOS/SOLICITUDES RECIBIDOS DURANTE PROCESO DE CONSULTA PROYECTO DEL CIRCULAR 04 DE RESPUESTA GENERALES A COMENTARIOS/SOLICITUDES RECURRENTES a. Estandarización de la información Muchos de los interesados que participaron en el proceso de consulta señalaron a la Comisión que había problemas de descripción de los CUMs. Se procedió a hacer la verificación en las bases de datos del SISMED y del INVIMA. En total se realizaron 34 ajustes así: MODIFICA EL CÁLCULO? AJUSTES DE ESTANDARIZACIÓN NÚMERO DE MEDICAMENTOS PORCENTAJE DE MEDICAMENTOS EDITADOS SI CAMBIO EN CANTIDAD DE PRESENTACIÓN COMERCIAL 14 5,9% SI CONCENTRACIÓN DE PRINCIPIO ACTIVO 12 5,0% NO MEJORA DE EDICIÓN EN NOMBRE DEL MEDICAMENTO 8 3,3% TOTAL AJUSTES DE ESTANDARIZACIÓN 34 14,2% TOTAL MEDICAMENTOS %

2 Algunos de los ajustes de estandarización de la información modifican el precio que aparecía en el borrador de Circular 04 (26) y otros no (8). Se relacionan a continuación los 26 que tuvieron cambios en el precio. En la lista aparecen con el ajuste estandarizado. # ID MERCADO CUM MEDICAMENTO VENTAVIS de 20 mcg en 2 ml; POLVO PARA INHALACION; x VENTAVIS de 20 mcg en 2 ml; POLVO PARA INHALACION; x NOVOSEVEN de 100 KUI; POLVO LIOFILIZADO PARA RECONSTITUIR A SOLUCION INYECTABLE; x FORTEO de 600 mcg en 2,4 ml; SOLUCION/SUSPENSIÓN INYECTABLE; x TOMOZONEX de 5 mg; TABLETA / CAPSULA; x MABTHERA de 500 mg en 50 ml; SOLUCION/SUSPENSIÓN INYECTABLE; x SPRYCEL de 80 mg; TABLETA / CAPSULA; x SPRYCEL de 140 mg; TABLETA / CAPSULA; x BORTEZOMIB de 3,5 mg; POLVO LIOFILIZADO PARA RECONSTITUIR A SOLUCION INYECTABLE; x 1 CELLCEPT de 500 mg en 20 ml; POLVO LIOFILIZADO PARA RECONSTITUIR A SOLUCION INYECTABLE; x REBIF de 44 mcg en 0,5 ml; SOLUCION/SUSPENSIÓN INYECTABLE; x REBIF de 132 mcg en 1,5 ml; SOLUCION/SUSPENSIÓN INYECTABLE; x ETANAR de 25 mg; POLVO LIOFILIZADO PARA RECONSTITUIR A SOLUCION INYECTABLE; x ENBREL de 25 mg; SOLUCION/SUSPENSIÓN INYECTABLE; x ENBREL de 25 mg; SOLUCION/SUSPENSIÓN INYECTABLE; x ENBREL de 25 mg; SOLUCION/SUSPENSIÓN INYECTABLE; x ENBREL de 50 mg en 0,5 ml; SOLUCION/SUSPENSIÓN INYECTABLE; x ENBREL de 50 mg en 0,5 ml; SOLUCION/SUSPENSIÓN INYECTABLE; x ENBREL de 50 mg en 0,5 ml; SOLUCION/SUSPENSIÓN INYECTABLE; x ENBREL de 50 mg en 0,5 ml; SOLUCION/SUSPENSIÓN INYECTABLE; x ENBREL de 50 mg en 0,5 ml; SOLUCION/SUSPENSIÓN INYECTABLE; x ENBREL de 50 mg en 0,5 ml; SOLUCION/SUSPENSIÓN INYECTABLE; x ENBREL de 50 mg en 0,5 ml; SOLUCION/SUSPENSIÓN INYECTABLE; x 12

3 ENBREL de 50 mg en 0,5 ml; SOLUCION/SUSPENSIÓN INYECTABLE; x ENBREL de 50 mg en 0,5 ml; SOLUCION/SUSPENSIÓN INYECTABLE; x ENBREL de 50 mg en 0,5 ml; SOLUCION/SUSPENSIÓN INYECTABLE; x 4 Por otra parte, varios laboratorios informaron que algunos CUMs relacionados en el proyecto circular 04 estaban inactivos. Usaron ese término para referirse a medicamentos que ellos no comercializan y solicitaron su exclusión. La base de datos de INVIMA no contempla inactivo como un estatus para los registros sanitarios. Los estados que incluye son: vigente, vencido, en trámite de renovación y otros estados ( cancelado, pérdida de fuerza ejecutoria, temporalmente no comercializado ). La Comisión definió que sólo podrían excluirse los CUMs en estado vencido u otros estados. El Grupo Técnico que apoya a la Comisión (en adelante GT) procedió a revisar las solicitudes sobre CUMs inactivos en la base de datos de INVIMA con corte a marzo de 2013 (fecha de inicio del levantamiento de la información para la regulación) y sólo encontró un CUM que cumpliera con los requisitos de exclusión: TEMODAL IV de 100 mg; POLVO LIOFILIZADO PARA RECONSTITUIR A SOLUCION INYECTABLE; x 1 de MERCK SHARP & DOHME CORPORATION, CUM Frente a los CUMs que los laboratorios no comercializan, la Comisión les solicita hacer el trámite pertinente ante el INVIMA con el fin de mantener actualizada la base de datos y mejorar la calidad de la información utilizada para propósitos regulatorios. Adicionalmente el GT pudo corroborar que en SISMED se registran transacciones por parte de otros actores de la cadena, distintos al laboratorio, con los CUMs que, según estos últimos, no comercializan. La Comisión solicitará a la SIC que adelante las investigaciones del caso con el fin de determinar qué sucede y si se trata de un error en el reporte. b. Fuentes de información Varios laboratorios solicitaron a la Comisión la utilización de fuentes de precios internacionales que no habían sido tenidas en cuenta para la elaboración del proyecto de circular. Algunas de esas fuentes corresponden a países para los que el GT no había encontrado información. Otras son fuentes alternativas en países en los que el GT sí había encontrado información, pero que, según los solicitantes, representan mejor el mercado, que la fuente inicialmente utilizada. Todas las fuentes adicionales solicitadas son públicas, pero algunas tienen acceso restringido y requieren previa suscripción y pago. La Comisión, previa verificación por parte del GT, decidió aceptar, para quienes lo solicitaron, la utilización de nuevas fuentes que: 1) Efectivamente representen mejor al mercado 2) Sean de acceso libre, es decir que no requirieran suscripción y pago previo. El criterio de acceso libre, coincide, en todos los casos, con fuentes que son oficiales. La exigencia de acceso libre fue de especial importancia porque permite al GT acceder a la fuente y corroborar la información. Varios laboratorios suministraron los pantallazos con la información correspondiente a fuentes

4 que no son de acceso libre. Sin embargo, la Comisión consideró que el pantallazo no es suficiente y que el GT y el público en general debe poder acceder a la fuente y hacer la consulta directamente. La Comisión destaca que uno de los resultados más importantes del ejercicio de consulta pública del proyecto de Circular 04 y de su interés reiterado durante el proceso de discusión de la Circular 03 de 2013, de maximizar el uso de información pública y reducir al mínimo la utilización de información confidencial, es el suministro de estas nuevas fuentes públicas (ya sean pagas o no) y oficiales por parte de los interesados. Las nuevas fuentes públicas y de acceso libre (entre las cuales se encuentran las oficiales) serán utilizadas por el GT de manera constante en los futuros procesos de referenciación internacional. Las fuentes aceptadas para quienes los solicitaron son: SOLICITANTE MEDICAMENTO PAIS FUENTE BMS ORENCIA (ABATACEPT) EE.UU. MEDICAID BMS ORENCIA (ABATACEPT) CANADÁ ONTARIO, DRUG BENEFIT FORMULARY EAP BIOPAS CIMZIA (CERTOLIZUMAB) EE.UU. MEDICAID ALEXION SOLIRIS (ECULIZUMAB) CANADÁ ONTARIO, DRUG BENEFIT FORMULARY EAP ABBVIE HUMIRA (ADALIMUMAB) EE.UU. MEDICAID ABBVIE HUMIRA (ADALIMUMAB) PERÚ SISTEMA ELECTRÓNICO DE CONTRATACIÓN DEL ESTADO BAXTER FEIBA (F.VIII IBA) EE.UU. CMS: CENTERS FOR MEDICARE/MEDICAID SERVICES BAXTER FEIBA (F.VIII IBA) AUSTRALIA NATIONAL BLOOD AUTHORITY BAXTER FEIBA (F.VIII IBA) PERÚ SISTEMA ELECTRÓNICO DE CONTRATACIÓN DEL ESTADO BAXTER FEIBA (F.VIII IBA) CHILE CENABAST: CENTRAL DE ABASTECIMIENTO DEL SISTEMA NACIONAL DE SERVICIOS DE SALUD BAYER VENTAVIS URUGUAY UCAMAE: UNIDAD CENTRALIZADA DE ADQUISICIONES Otra solicitud recurrente asociada a las fuentes de información, se refiere a promediar los precios encontrados en varias fuentes de un solo país. Es decir si para un solo país, como es el caso de Brasil o USA el GT tenía varias fuentes, se solicitó que los precios en ellas contenidos se promediaran y el precio promedio resultante se tomara como el precio de ese país. La Comisión no aceptó esa solicitud. Como se explicó varias veces y se evidencia en el aplicativo público, se prioriza una fuente por país. Los criterios de priorización son los siguientes: 1) se prefieren fuentes que sean oficiales 2) se priorizan las fuentes más cercanas al punto de regulación mayorista 3) se prefieren fuentes de precios

5 observados en el mercado, sobre fuentes de precios regulados. Solo correspondería promediar en el caso en que varias fuentes de un país cumplan de igual manera con los criterios de priorización y correspondan al mismo punto de regulación. Un caso como este no se presentó en este ejercicio. c. Factores de ajuste Varios actores cuestionaron las fuentes de información de precios de otros países utilizadas por el GT, especialmente las fuentes que se consideraron como representativas del punto mayorista según la definición de la Circular 03 (artículos 14 y 20), es decir a las que no se les aplicó ningún factor de ajuste. Sostuvieron que esas fuentes no son representativas del mercado/cadena de distribución de Colombia y que por lo tanto deben ser ajustadas según márgenes variados, que fueron sugeridos en los comentarios. La Comisión consideró que, con excepción de Francia, las fuentes que no fueron ajustadas efectivamente corresponden a precios mayoristas según la definición de la circular 03, es decir contienen precios representativos del punto de regulación y por lo tanto no accedió a las solicitudes de agregarles un factor de ajuste. Este argumento se desarrollará en detalle la segunda parte del presente documento. En las respuestas a las solicitudes particulares de los interesados que se pronunciaron sobre este tema y cuestionaron fuentes puntuales por las razones expuestas, se explicará porqué la fuente cuestionada sí refleja un precio mayorista en el país respectivo. Frente a Francia, es explícito, como puede verse en la base de datos Márgenes para Factores de Ajuste, que en las transacciones en el punto mayorista en ese país no se reconoce ningún margen a los medicamentos con un valor superior a los $400 Euros. En este caso la Comisión instruyó al GT incluir un margen del 5,14% para Francia, el cual se aplica, en la Circular 04, a todos los medicamentos regulados que tienen como fuente dicho país y que valen más de $400 Euros. Dicho margen se obtuvo de la siguiente manera: A todos los precios ex fábrica levantados en el ejercicio de referenciación internacional (convertidos a pesos colombianos y superiores a COP$ Euros-), se les calculó la diferencia con el precio en el punto mayorista. Luego se sacó el promedio simple de estas diferencias porcentuales. El resultado fue 5,14% d. Punto de Regulación: A pesar de que este fue uno de los aspectos más discutidos durante el proceso de construcción de la Circular 03, varios actores solicitaron adicionar al Precio Máximo de Venta un margen de distribución para el mercado nacional. La Comisión decidió no acceder a esa solicitud pues el precio regulado en el punto mayorista contempla los márgenes de la cadena. Con el fin de aclarar este debate, la Comisión decidió incluir un artículo en la Circular 04 según el cual El precio regulado es el precio máximo posible para

6 realizar transacciones en la cadena, excepto en lo relativo a las consideraciones para el canal comercial establecidas en el artículo 20 de la circular 03 de Por lo tanto, ningún actor de la cadena del canal institucional, ni ninguna venta al por mayor en el canal comercial, podrán sobrepasar el precio regulado en sus transacciones. El cálculo del precio en el punto mayorista contempla los factores de ajuste asociados, por lo cual no corresponde incrementarlo en ningún porcentaje. La Comisión concluyó que la regulación en este punto es una manera eficiente de garantizar la reducción de los precios en los demás eslabones de la cadena, pues la experiencia con anteriores regulaciones que incluyeron el margen del 12% tanto de forma explícita como implícita, demuestran que las eficiencias de negociación por poder de compra no se trasladan a la cadena. En los procesos de venta de medicamentos de los laboratorios a los distribuidores, operadores logísticos y otros grandes compradores se producen descuentos y acuerdos financieros por pronto pago que no se conocen por los demás actores de la cadena y que deberían traducirse en menores precios tanto en los recobros al FOSYGA, como a otros eslabones. Adicionalmente, sin excepción, las cartas enviadas por los hospitales a la Comisión, establecían que los márgenes que, en principio se calcularon para reconocer los costos de adecuación y dispensación, no eran respetados por los laboratorios ni los mayoristas. De ahí que fijar un precio máximo de venta en el nivel mayorista estrecha los márgenes reduciendo los abusos detectados antes de la regulación y permite que las eficiencias logradas por todos los actores de la cadena se reflejen en los cobros a FOSYGA y deseablemente a los hospitales. Los hospitales argumentan que en la venta y dispensación de medicamentos encuentran la compensación a la desactualización de las tarifas de los servicios que prestan y las altas deudas que las EPS tienen con ellos. Los medicamentos deberían ser costos fijos de la prestación y no tendrían que apalancar estados financieros deficientes. Distinto es que el servicio de dispensación tendrían que pagarse de forma independiente. Este asunto no es competencia de la Comisión Nacional de Precios, es resorte de las relaciones contractuales EPS/IPS y de la definición de tarifas de servicios. Como se ha explicado, el precio regulado es el precio máximo al que se puede tranzar en toda la cadena (teniendo en cuenta las excepciones para el canal comercial del artículo 20) y los actores tendrán que negociar precios por debajo del precio regulado. Regular en el punto mayorista incentiva la negociación entre actores con poder transaccional similar (laboratorios, mayoristas y compradores institucionales) y permite que se beneficien otros sin el expertise o capacidad negociadora de aquellos. Adicionalmente ésta figura le permitirá a la Comisión contar con información más certera de los márgenes de intermediación en la cadena y del valor real que cada eslabón agrega. e. No comparabilidad de países/mercados/cadenas de distribución. Otro argumento reiterado es la imposibilidad de comparar los precios de otros países con los de Colombia debido a las particularidades de nuestro mercado.

7 La metodología de precio de referencia internacional consiste, precisamente, en hacer comparaciones entre precios de distintos mercados a partir supuestos de comportamiento semejante en la estructura de cada uno de esos mercados y de la cadena del medicamento. Presumir que cada mercado y cadena de distribución es única e irrepetible, conduciría simplemente la no aplicación de la metodología. Adoptarla tampoco implica asumir a ultranza que todos los mercados y cadenas de comercialización son idénticos. El punto medio, si se quiere pragmático, desde la perspectiva regulatoria, es aceptar que existen factores de ajuste (extrapolados de los márgenes establecidos en la cadena en cada país) que permiten ponerse en el mismo punto en Colombia, asumiendo las consideraciones de la regulación de márgenes en los países referenciados, los cuales en la mayoría de los casos son definidos proporcionalmente al nivel de precio del medicamento y no a la cadena logística. Se suma a esta consideración que, dados los abusos en la intermediación detectados antes de la regulación, es deseable estrechar y establecer en su justa dimensión el valor agregado atribuible al eslabón mayorista. En todo caso es importante considerar que el precio referencia y sus márgenes son un techo. Se destaca que en la primera fase de aplicación de la regulación los medicamentos objeto de análisis en general son de manejo de IPS especializadas, la mayoría beneficiarias de las recientes decisiones de giro directo y con capacidades de gestión sea vía operadores logísticos o sea por capacidades propias. Las sucesivas aplicaciones a grupos de medicamentos de características distintas, en las que por ejemplo la distribución se realice a IPS dispersas geográficamente, de menor complejidad o baja capacidad de gestión, requerirán retomar el análisis de las consideraciones especiales para efectos de la aplicación de los factores de ajuste para determinadas fuentes utilizadas.

8 2. RESPUESTA A COMENTARIOS/SOLICITUDES PARTICULARES SOLICITANTE RESUMEN SOLICITUD RESPUESTAS / OBSERVACIONES Para Reminyl (Galantamina) Cápsulas de liberación modificada. 1 Janssen Cilag S.A. Janssen hizo primero una solicitud consistente en lo siguiente: SOLICITUD PRINCIPAL: Recalcular el precio utilizando información del fabricante (previo acuerdo de confidencialidad), pues la utilizada está contaminada con precios de genéricos en 4 países. Esos deberían excluirse porque no hay genérico de Galantamina en Colombia. SOLICITUD SECUNDARIA: Utilizar un punto medio entre el precio calculado con las fuentes de información usadas por la Comisión y la información confidencial del laboratorio. Ese precio sería el del sustituto POS de Galantamina. SOLICITUD ESPECIAL No usar la información de VMR relativa a los CUMS que no se comercializan en Colombia. Sin embargo, esta solicitud estaba basada en la creencia de Janssen de 1) Para NOMA se toma el precio mayorista y no de reembolso pues el precio de reembolso se basa en precio de venta minorista, es decir el que facturan las farmacias a los consumidores (de nominado en Noruega Maximun Pharmacy Retail Price PRP) el cual no corresponde al punto de regulación. 2) Para CMED ANVISA se toma el precio institucional porque es el que equivale al punto de regulación, el cual ya contiene el factor de ajuste correspondiente al eslabón de la cadena exfábrica mayorista. Adicionalmente de manera consistente los precios de CMED ANVISA (precios techos de regulación en Brasil) son más altos que los precios observados en el mercado (recogidos en el Banco de Precios) porque son literalmente precios techo. En los casos en los que no se encontró precio en el Banco de Precios de Brasil, se tomaron los datos de CMED- ANVISA y ello en sí mismo resulta más favorable al laboratorio. Tal es el caso de este medicamento. 3) No procede aplicar un factor de ajuste a FSS. El FSS es un Comprador Institucional, por lo tanto, los precios de venta al FSS no requieren aplicación de factores de ajuste (margen de distribución mayorista), ya que el punto de regulación que se definió en Colombia es el Nivel Mayorista, según el artículo 14 de la Circular 03. Los factores de ajuste solo se aplican a aquellos precios que no están en el mismo punto de regulación de Colombia como el FSS El FSS es un acuerdo marco para entidades federales, donde los precios techo de pago negociados no son el resultado de una compra de gran volumen, ni una compra con pago anticipado. Es decir, no existe una reducción de precio especial causada por la compra de grandes volúmenes ni por un pago anticipado. Se aclara que: "The Federal Supply Schedule (FSS) is a federal contract and list of prices for prescription drugs available for purchase by certain federal agencies, which include the VA, Department of Defense (DOD), Public Health Service (PHS),

9 que los precios levantados en los países de referencia eran para el principio activo. El GT aclaró aclaración a Janssen de que la información de otros países se busca medicamento por medicamento. Frente a esto Janssen corrigió su solicitud para Reminyl y de manera definitiva solicitó: 1) Para la fuente de Noruega (NOMA) tomar el precio de reembolso y no el mayorista, 2) en Brasil (Fuente CMED-ANVISA) tomar los datos del fabricante y no el precio institucional y aplicarle a aquél un factor de ajuste del 7% para llevarlo al punto de regulación y 3) Aplicar un factor de ajuste del 25% a la fuente de USA (FSS) Bureau of Prisons, the District of Columbia, U.S. territorial governments, and some Indian Tribal governments. Drug manufacturers are effectively required to limit their FSS price to the lowest price that is charged to any private purchaser in the US, net of all rebates or other price concessions." (1) Por lo tanto (en especial debido al aparte subrayado) este es un precio alcanzable por el fabricante dentro del cual ya están contemplados los costos de distribución. (1) Walid, Schneeweiss, Brawarsky, Lipsitz and Haas, (2007 )"What if the Federal Government Negotiated Pharmaceutical Prices for Seniors? An Estimate of National Savings" Journal of General Intern Medicine 1a Janssen Cilag S.A. Reminyl (Galantamina). 1) Hay unos CUMs que no comercializan, por lo cual solicitan su exclusión de la regulación. 2) Solicitan no utilizar el valor de Galantamina fijado por anteriores regulaciones como precio promedio en Colombia, pues en diferentes oportunidades han informado que ese precio ostensiblemente superior al precio de venta de Janssen al precio de venta que ellos fijan. El uso de ese Ver respuesta genera 1 a. El precio nacional usado para comparar los precios internacionales de referencia fue el precio regulado dado que en el período de referencia no se observaron transacciones de venta del laboratorio a mayoristas. El laboratorio titular manifestó que por escrito había informado en su momento al Ministerio y la CRES que el precio regulado (Valor Máximo de Recobro al inicio y posteriormente Precios Máximos de Venta) era muy superior al establecido por el laboratorio. Sin embargo se observaron transacciones a esos precios altos, tanto de transacciones en SISMED como recobros, para aquellos CUMs considerados como inactivos (aunque vigentes) por el laboratorio. Por esta razón

10 precio genera distorsiones en los porcentajes de reducción del precio de Reminyl, luego de la aplicación de la metodología de la Circular 03 de 2013 se usaron dichos precios en los cálculos del precio nacional a comparar con los precios internacionales. Este caso, y otros similares, merecen especial análisis y estudio por parte de la Comisión, el INVIMA y la SIC 1b Janssen Cilag Para Ramicade (Infliximab): 1) La Circular no establece una priorización de fuentes de datos de un mismo país y el artículo 9 de la Circular 03 establece que habiendo más de un precio, se obtendrá el promedio simple. 2) En Brasil no usar como fuente el Banco de Precios. Usar CMED-ANVISA, tomando el precio el precio del fabricante. 2) Aplicar un factor de ajuste del 25% para la FSS de USA. 3) Adicionar un factor de ajuste del 10% para la fuente IMSS de México. 1c Janssen Cilag S.A. Para Velcade (Bortezomib): Para Brasil, tomar como precio el promedio entre el los valores que aparecen en el Banco de Precios y los valores del fabricante de CMED- ANVISA. 2) Aplicar un factor de ajuste del 25% para la FSS de USA. 1) El Art.9a de la Circular 03 de 2013 dice: "En cada país de referencia, se obtendrá el promedio simple de los precios, normalizados por unidad mínima de concentración, de los medicamentos del mercado relevante o de un subconjunto del mismo." De esta manera, el articulo es explicito en señalar que el promedio simple es para los medicamentos de un mismo Mercado Relevante, por lo tanto, la interpretación de Janssen sobre el promedio entre dos o más fuentes de un mismo país, no es adecuada. 2) Frente a la fuente de Brasil, dados los criterios de priorización enumerados en la respuesga general b. se prefieren el Banco de Precios de Brasil, cuado se haya observado datos, frente a CMED- ANC VISA porque es un precio observado. 3) No procede adicionar ningún factor de ajuste para México porque los precios allí reportados están en el punto mayorista. Recoge precio de licitaciones públicas y compras emergentes de las delegaciones del IMSS, pero no hay entrega inmediata. Tan sólo se negocia un precio para todo el año y luego los laboratorios y distribuidores están obligados a entregar los medicamentos. Por ello el precio negociado incluye los costos de distribución. 1) El Art.9a de la Circular 03 de 2013 dice: "En cada país de referencia, se obtendrá el promedio simple de los precios, normalizados por unidad mínima de concentración, de los medicamentos del mercado relevante o de un subconjunto del mismo." De esta manera, el articulo es explicito en señalar que el promedio simple es para los medicamentos de un mismo Mercado Relevante, por lo tanto, la interpretación de Janssen sobre el promedio entre dos o más fuentes de un mismo país, no es adecuada.

11 3) Corregir error en la fuente de México. 4) Adicionar un factor de ajuste del 6% para la fuente IMSS de México. Como se explica en la respuesta general b. efectivamente se toma una fuente por país. De acuerdo con los criterios de priorización señalados en esa respuesta, se prefieren fuentes de precios observados (resultados de transacciones reales en el mercado, e.g. Banco de Precios en Salud) a precios techo de regulación (e.g. CMED ANVISA) y por eso se usan los datos del Banco de Precios. 2) Ver respuesta sobre FSS dada para Revlimid (Galantamina) 3) Se corrigió el error para México 1d 1e Janssen Cilag S.A. Janssen Cilag S.A. Prograf (Tacrolimus) de liberación prolongada: 1) Excluir la información reportada en el Banco de Precios de Brasil. 2) Excluir la información de FSS porque dicho medicamento no se comercializa en USA. Prograf (Tacrolimus) estándar: 1) En Brasil CMED-ANVISA no usar como el precio institucional, sino el del fabricante llevado al punto de regulación mediante un factor de ajuste. 2) Adicionar un factor de ajuste del 25% para la FSS de USA. 2 AFIDRO Los factores de ajuste utilizados desconocen el modelo de distribución de Colombia y 4) Ver respuesta sobre IMSS para Ramicade (Infliximab) 1) No se hizo levantamiento de precios del Banco de Precios en Salud, ya que evidentemente en esta fuente no se encontró dato. Para Brasil, se tomó la fuente de CMED-ANVISA (Precio Máximo de Venta al Gobierno), como se puede evidenciar en la Hoja 2.1 Precios Inter de la Ficha General de Regulación de Precios.xls. 2) En la fuente del FSS sí se encontró precio para Prograf (Tacrolimus), el cual es comercializado por Astellas Pharma. Por lo tanto, no se debe excluir este dato. 1) Ver respuesta sobre CMED ANVISA para Revlimid (Galantamina) 2) Ver respuesta sobre FSS para Revlimid (Galantamina) Ver respuesta general e.

12 establecen de manera artificial un precio local a nivel mayorista. El ejercicio debería incluir el margen de comercialización en Colombia (con base en SISMED). La operación de la distribución no puede cargarse como un descuento adicional al precio exfábrica, ello equivaldría a cortar por debajo del percentil 25. 2a Afidro 1) Solicita que la Comisión de a conocer la lista de los productos que tiene proyectado poner bajo control 1) Se darán a conocer en las próximas dos semanas. 2) Los 45 no regulados se incluyeron en la Circular 04 en lo que resta de este año, con el fin de que las compañías puedan hacer la planeación del caso. 2) Quisiera conocer los nombres de los 45 productos que no quedaron regulados. 3 Novartis Para Xolair (Omalizumab), error de digitación en la circular, en la cual aparece precio y debería ser Se corrigió el error. 3a Novartis Para Tasigna (Nilotinib), corregir la descripción del CUM. Mercados relevantes 44 y 53 deben ser uno solo y ello produciría un recálculo del precio. 4 Cafam 1) Modifcar el plazo para entrada en vigor de la circular, de 15 a 45 días con el fin de agotar inventarios. 2) Que la fecha a tener en cuenta por el Se accede a la solicitud de unir los dos mercados relevantes porque evidentemente se trata del mismo ATC5 FF. 1) No se acepta alargar el plazo de la entrada en vigor debido a que para las anteriores regulaciones, en su momento, se realizaron consultas con los interesados los cuales manifestaron como suficiente el plazo de 15 días para hacer los acuerdos comerciales requeridos. En todo caso no es posible desde las

13 Fosyga y entidades prestadoras sea la de la dispensación. 3) Ratificar que al entrar en vigor la circular, las otras disposiciones relativas a los mismos productos quedan sin regir. 4) Informan sobre algunos CUMs que están inactivos. 5) Consolidar en un mismo documentos todas las regulaciones (VMR y precios) 5 Colsubsidio 1) Solicita aclaración sobre el punto de regulación y cómo aplica. 2) Pregunta si la regulación aplica a CUMs vencidos, en trámite de renovación, cancelados e inactivos (que relaciona). Relaciona problemas con los CUMs de Enbrel 6 Ely Lilly Para Forteo () Los factores de ajuste desconocen la realidad del modelo de distribución en Colombia. Forteo requiere cadena de frío y dado que algunos de los países de referencia no tienen climas tan variados como el de Colombia, no serían comparables. Debe considerarse un factor de ajuste a nivel nacional (similar al 12% del VMR) calculado con valores promedio a partir de información de SISMED. No hacerlo implica una reducción adicional del precio y un corte por debajo del percentil 25. En el precio regulado circulares garantizar que haya agotamiento de inventarios sino un plazo para realizar aquellos acuerdos que se requieran. 2) La Circular no modifica las normas para el pago por parte del Fosyga 3) Ver art. 2 circular 04 de ) Ver respuesta general d. y artículo 4 de la Circular 04 de ) Ver respuesta general a. Frente a la realidad del modelo de distribución de Forteo y el 3,5% correspondiente a costos adicionales, ver respuesta general d. Frente al factor de ajuste adicional a nivel nacional, ver respuesta general e. Frente a las presentación que no se comercializa, ver respuesta general a.

14 no se refleja un 3.5% adicional que corresponde a costos asociados a servicios adicionales para los pacientes (Colombia es uno de los pocos países en donde esto ser presenta). Una de las presentaciones comerciales reguladas en el proyecto de circular no se comercializa. Sugieren precio para Forteo de Alexion Pharam Colombia SAS Para Soliris (Eculizumab). 1) Incluir información de Alemania, Candá y Francia (provee las fuentes públicas) 2) Para USA, usar el precio WAC y no el FSS. 3) Sumar el 7% equivalente a los costos de importación Respecto de las fuentes, ver respuesta general b. Canadá: Se valida y se acepta la fuente Ontario, Drug Benefit Formulary Exceptional Acces Program, dado que es una fuente oficial y accesible, ésta fue incluida en los cálculos. Francia: Alexion en comunicación del 13 de agosto de 2013, envío la ruta del Diario Oficial de Francia (Journal Officiel) La Comisión no puede aceptar tal fuente en la medida que la misma no corresponde al periodo de regulación. Alemania: Las fuente suministrada por Alexion (Rote-Liste) es de acceso restringido y no es oficial. Por lo anterior, la Comisión no puede aceptar la inclusión de dicha base de datos, ya que no puede acceder para validar la información aportada. Fuente para Estados Unidos y Precio WAC: La fuente que de manera general utilizó la Comisión para Estados Unidos fue el FSS. Durante el proceso de consulta y observaciones de la Circular 04, algunos interesados informaron sobre la existencia de otras fuentes de información relevantes particularmente

15 AnalySource, MediCare y MediCaid. Así mismo, se solicitó que se les aplicara el precio WAC en vez del precio registrado en FSS. En el caso de Alexion particularmente se enviaron las siguientes fuentes para obtener el precio WAC: 1. First Databank ( 2. RedBook ( / redbook /) 3. Analysource ( (software), similar a la lista roja de Alemania Todas estas fuentes son de acceso restringido, por lo que no puede ser validada la información. Por lo anterior, la Comisión procedió a buscar el precio WAC de Soliris en MediCaid / MadiCare que son fuentes oficiales y de acceso libre, inclusive si no habían sido señaladas por Alexion. Sin embargo, no fue posible encontrar tal medicamento en estas fuentes. En vista de lo anterior, no fue posible modificar el precio FSS por el WAC como lo solicitó Alexion. Vale la pena señalar que el precio FSS 1, no solo es un precio que existe para esta entidad gubernamental, sino que por la definición misma de este precio, debe corresponder al precio observado en al menos un comprador privado. Por lo tanto, este es un precio alcanzable por el fabricante. Inclusión del 7% por costos de importación No procede por las siguientes razones: 1 "The Federal Supply Schedule (FSS) is a federal contract and list of prices for prescription drugs available for purchase by certain federal agencies, which include the VA, Department of Defense (DOD), Public Health Service (PHS), Bureau of Prisons, the District of Columbia, U.S. territorial governments, and some Indian Tribal governments. Drug manufacturers are effectively required to limit their FSS price to the lowest price that is charged to any private purchaser in the US, net of all rebates or other price concessions." (1) Walid, Schneeweiss, Brawarsky, Lipsitz and Haas, (2007 )"What if the Federal Government Negotiated Pharmaceutical Prices for Seniors? An Estimate of National Savings" Journal of General Intern Medicine.

16 a) En su momento, bajo la metodología de Valores Máximos de Recobro que se aplicó en la Circular 03 de 2012, se le reconoció a Soliris (Eculizumab) dicho porcentaje porque esta metodología se basaba en precios locales tomados del SISMED, los cuales para este caso particular coincidían con el incoterm DAP. Por lo tanto, se procedió a aceptar la solicitud de Alexion y se adicionaron los gastos e impuestos de importación. Actualmente, bajo una metodología basada en precios internacionales de referencia, este razonamiento no aplica. b) Encuentra la Comisión que de acuerdo con la página web de Alexion 2, se cuenta con una planta de producción en Estados Unidos. La Comisión invita al laboratorio a realizar la importación desde ese país beneficiándose del Tratado de Libre Comercio con que cuenta Colombia, de esta manera el medicamento estará exento del pago de arancel. c) Todas las fuentes utilizadas en la aplicación de la Circular 03 de 2013 son de precios que ya incluyen los gastos e impuestos de nacionalización, por lo tanto, no es acorde con esta metodología adicionar dichos gastos. Particularmente para el caso de Alexion, por debajo del precio fijado en la Circular 04 de 2013 se encuentran Reino Unido donde, de acuerdo con la información que tiene la Comisión, tendría que haber incurrido en algunos gastos de importación. 8 Merk Sharp Dhome Colombia S.A Para Temodal IV Para Reconstruir a Solución Inyectable. Debe tener un mercado relevante aparte debido a la forma farmacéutica, pues se Efectivamente los mercados relevantes deben estar separados, por tratarse de formas farmacéuticas distintas. Se procedió a excluir la solución inyectable, debido a que el CUM cumplía con las características para ser excluido según la respuesta general a. 2 Headquartered in Cheshire, Connecticut, Alexion employs more than 1,100 people around the world. In addition to our corporate headquarters, Alexion s facilities include a global manufacturing plant in Smithfield, Rhode Island; the Alexion Translational Medicine Group, in Cambridge, Massachusetts; EMEA (Europe, Middle East & Africa) regional headquarters in Lausanne, Switzerland; a European shared service center in Paris, France; distribution and sales operations in major markets throughout Europe, and new operations in Tokyo, Japan, Sydney, Australia, São Paulo, Brazil, Ontario, Canada and other countries. The company is also expanding its reach in Latin America, the Middle East and Africa.

17 8a SOLICITANTE RESUMEN SOLICITUD RESPUESTAS / OBSERVACIONES incluyó en el mismo mercado con tabletas/cápsulas. Hacen reconstrucción del PRI (hacen todo el ejercicio) tomándolo como un mercado relevante independiente. Aportan documento de soporte para justificar la diferenciación del mercado según la forma farmacéutica. Merk Sharp Dhome Colombia S.A. Para Rebif, sostienen que no son los titulares del registro sanitario de ese producto, ni los importadores. 9 ACEMI Solicita que se haga claridad sobre cuál es el punto de la cadena que se regula. Interpreta que del mayorista para adelante, la cadena queda libre (no regulada). Sería deseable que, en especial para medicamentos no POS, se regule toda la cadena hasta llegar a al pagador final (FOSYGA) o que se establezca un margen explícito de intermediación. Solicita revisión de algunos CUMs que relaciona. 10 Abbie SAS Para Humira (Adalimumab): 1) Solicita revisar las fuentes usadas así: Perú: aporta fuente que refleja mejor el mercado Sistema Electrónico de Contratación del Estado); USA: no usar FSS sino WAC; Portugal: proveen fuente nueva de Se hace la corrección. Ver respuesta general e. y artículo 4 de la Circular 04 Fuentes: Ver respuesta general b. Se valida y acepta la fuente de Perú "SE@CE" (Sistema Electrónico de Contratación del Estado, dado que es una fuente oficial, accesible y de precios observados, lo que la hace una mejor fuente que el Observatorio de DIGEMID; por lo tanto, el precio del "SE@CE" sustituye el de DIGEMID en los cálculos

18 reporte de ventas del laboratorio del Sistema de Salud; Francia: incluir un margen (el que se usó es 0%), aportan datos para construir un margen nacional. Se rechazan las fuentes sugeridas de Portugal y USA por ser de acceso restringido. Sin embargo para USA se incluyó el precio WAC encontrado en MedicAid. La fuente que para USA utilizó el GT fue el FSS. Durante el proceso de consulta y observaciones de la Circular 04, algunos interesados informaron sobre la existencia de otras fuentes de información, que la Comisión no conocía. Tal es el caso de AnalySource, MediCare y MediCaid para USA. Así mismo, en relación con USA, varios pidieron que se les aplicara el precio WAC en vez del precio registrado en FSS. Señalaron que dicho precio puede encontrarse en AnalySource. Sin embargo esa es una fuente no oficial (en caso de haber varias fuentes para un país, la Comisión prefiere las fuentes oficiales), y cuyo acceso requiere previo pago y suscripción. Por esta razón la Comisión no aceptó el uso de AnalySource, incluso en los casos en los que los interesados aportaron el pantallazo, pues no puede acceder para validar la información aportada. Sin embargo, algunos interesados señalaron que el precio WAC puede encontrarse también en MediCaid / MadiCare (que son fuentes oficiales y de acceso libre). La Comisión definió entonces que para aquéllos interesados que, dentro del plazo de comentarios, solicitaron la utilización del precio WAC en vez del registrado, se buscaría dicho precio en MediCaid /MediCare incluso si sólo señalaron como fuente para el precio WAC AnalySource. Así se hizo con el Adalimumab de Abbie, el sí aparece en dichas fuentes. Por lo tanto se procedió a hacer el recálculo del precio, utilizando el precio WAC para USA que aparecen en MedicAid 11 Bayer Para Sorafenib, Intereferón Beta 1B e Iloprost. Usar otras fuentes oficiales para algunos países, que no fueron tenidas en cuenta y que Factor de ajuste para Francia: Ver respuesta general c. Fuentes: Ver respuesta general b. Por los criterios esgrimidos en esa respuesta se acepta la fuente sugerida par Uruguay y se rechaza la fuente de Alemania.

19 aportan. Corregir el uso de algunos factores de ajuste. Para Iloprost, corregir un error en la presentación comercial. Frente a márgenes: 1) en los países en los que el Estado hace compras directas el margen es 0%, lo cual no es reproducible en Colombia y debe agregarse un margen del 12%. 2) En los países que hacen negociaciones directas con laboratorios (así no compren) también se regulan los márgenes de manera explícita, que no puede ser trasladada a Colombia porque las características de cada cadena son únicas. Por lo tanto debe aplicarse un margen del 12% también (que es el margen acostumbrado en Colombia) Factores de ajuste: No procede la petición de adicionar un factor de ajuste a ninguna de las fuentes. Muchas de ellas ya fueron ajustadas de acuerdo con la tabla de factores de ajuste. Las que o fueron ajustadas por estar el precio en el punto mayorista son las que se señalan: Chile (Cenabast): La fuente registra precios de compras al mejor oferente, que pude ser un laboratorio o un distribuidor. El mejor oferente debe luego distribuir los medicamentos hasta el punto de dispensación, por lo cual el precio de esa fuente incluye esos costos. No procede entonces adicionar el 12% por razones de costos de intermediación, pues se estaría remunerando doblemente. Brasil (CMED ANVISA): La fuente registra 3 precios máximos de regulación: fabricante, consumidor y precio para compras públicas. Se tomó de manera preferente el precio máximo para comprar públicas, que es un precio techo de regulación. No procede adicionar un factor de ajuste a ese precio pues ningún comprador público puede pagar por encima de ese techo. Ello implica que todos los costos asociados a la intermediación están incluidos en ese precio. Brasil (Banco de Precios) refleja transacciones reales del mercado, que no corresponden, de manera general a compras centralizadas. USA FSS: El FSS es un Comprador Institucional, por lo tanto, los precios de venta al FSS no requieren aplicación de factores de ajuste (margen de distribución mayorista), ya que el punto de regulación que se definió en Colombia es el Nivel Mayorista, según el artículo 14 de la Circular 03. Los factores de ajuste solo se aplican a aquellos precios que no están en el mismo punto de regulación de Colombia como el FSS

20 El FSS es un acuerdo marco para entidades federales, donde los precios techo de pago negociados no son el resultado de una compra de gran volumen, ni una compra con pago anticipado. Es decir, no existe una reducción de precio especial causada por la compra de grandes volúmenes ni por un pago anticipado. Se aclara que: "The Federal Supply Schedule (FSS) is a federal contract and list of prices for prescription drugs available for purchase by certain federal agencies, which include the VA, Department of Defense (DOD), Public Health Service (PHS), Bureau of Prisons, the District of Columbia, U.S. territorial governments, and some Indian Tribal governments. Drug manufacturers are effectively required to limit their FSS price to the lowest price that is charged to any private purchaser in the US, net of all rebates or other price concessions." (1) Por lo tanto (en especial debido al aparte subrayado) este es un precio alcanzable por el fabricante dentro del cual ya están contemplados los costos de distribución. (1) Walid, Schneeweiss, Brawarsky, Lipsitz and Haas, (2007 )"What if the Federal Government Negotiated Pharmaceutical Prices for Seniors? An Estimate of National Savings" Journal of General Intern Medicine México (IMSS): los precios allí reportados están en el punto mayorista. Recoge precio de licitaciones públicas y compras emergentes de las delegaciones del IMSS, pero no hay entrega inmediata. Tan sólo se negocia un precio para todo el año y luego los laboratorios y distribuidores están obligados a entregar los medicamentos. Por ello el precio negociado incluye los costos de distribución. 12 Astroga Clínica de Oncología La circular no contempla márgenes de intermediación para las IPS. Pregunta si se tomaron en consideración tarifas de servicios (como honorarios médicos y gastos hospitalarios). Estas tarifas no han sido actualizadas en mucho tiempo, Francia: ver respuesta general c. Ver respuesta general d. Los medicamentos deberían ser costos fijos de la prestación y no tendrían que apalancar estados financieros deficientes. Distinto es que el servicio de dispensación tendrían que pagarse de forma independiente. Este asunto no es competencia de la Comisión Nacional de Precios, es resorte de las relaciones contractuales EPS/IPS y de la definición de tarifas de servicios.

21 por lo cual, para compensar, han sido cargadas a los márgenes de los medicamentos e insumos. Si no se establece un margen explícito, no tendrán maniobrabilidad para cubrir los costos. La única manera en que podrían ser viables es mediante el incremento de las tarifas. 13 Fundación Colombiana de Cancerología Clínica Vida La regulación de precios actual llevará a la quiebra de las IPS de oncología. Aunque está de acuerdo con la necesidad de impactar el costo de los recobros al Fosyga, una reducción tan abrupta impacta negativamente la prestación de servicios. Los márgenes de los medicamentos cubren, en la IPS oncológicas lo siguientes: 1) La diferencia entre los honorarios de los oncólogos y el valor de la tarifa por consulta. 2) Las inversiones que se requieren para cumplir los cada vez más estrictos requisitos de habilitación. 3) Los servicios de soporte a los pacientes como nutricionistas, psicólogos, trabajo social etc. Por esto, los márgenes deben estar regulados y no quedar a voluntad de la industria farmacéutica. La reducción propuesta implicará un incremento Ver respuesta general d. Los medicamentos deberían ser costos fijos de la prestación y no tendrían que apalancar estados financieros deficientes. Distinto es que el servicio de dispensación tendrían que pagarse de forma independiente. Este asunto no es competencia de la Comisión Nacional de Precios, es resorte de las relaciones contractuales EPS/IPS y de la definición de tarifas de servicios.

22 del 70% en los precios de los serviciso 14 Stendhal Para Avonex, conformar un mercado relevante distinto al de los Intereferones Beta 1ª, con el fin de aumentar el precio regulado, que es significativamente inferior al precio de Avonex en los países de referencia e inferior al precio de adquisición, lo que obligaría a sacarlo del mercado. La razón para construir un mercado relevante aparte es la diferencia en la vía de administración y la frecuencia de las dosis (explican en detalle las razones). También se diferencian por ser biológicos, pues las diferencias en la producción y otros llevan a diferencias bioquímicas y de biodisponibilidad. También hay problemas matemáticos en el cálculo del precio, en relación con el cálculo hecho a competidores, en razón de las dosis requeridas. 15 Genzyme de Colombia S.A. Para Cerezyme, uno de los CUMs regulados no se comercializa en el país desde marzo de Observan que durante los años 2012 y 2013 algunas EPS reportaron erróneamente operaciones con ese CUM. Adjuntan sus reportes a Se acepta la solicitud. Ver concepto técnico. Se decide realizar un análisis diferencial de los precios para las marcas Avonex y Rebif considerando las diferencias de potencia de los productos. Ver respuesta general a.

23 SISMED y de no considerarse suficientes, sugieren pedir facturas de venta EPS para comprobar que el producto efectivamente no se comercializó. 16 Bristol Myers Squibb de Colombia S.A. 16a Bristol Myers Squibb de Colombia S.A. 17 Biopas Laboratoires Solicita que se diferencien en dos mercados relevantes distintos los productos Orencia polvo liofilizado para reconstitución de 250 mg. para administración Intravenosa con Orencia jeringa pre-llena de 125 mg Solución para administración Subcutánea Argumenta las ventajas en costos de la presentación subcutánea por requerir menos cantidad en miligramos, reducción de riesgos derivados de la preparación de la presentación de 250 miligramos y seguridad en la aplicación del dispositivo de aplicación (jeringa). Aclarar información relativa a la presentación regulada. Se hicieron comparaciones entre el precio de una caja por 30 tabletas (antes de la regulación) con el precio de una tableta (precio regulado) Para Cimzia (Cetrolizumab Pegol). El precio asignado no es objetivo y de mantenerse la decisión, podría resultar insostenible permanecer en Se acepta solicitud. Ver concepto técnico. Se decide realizar un análisis diferencial de los precios para Abatacept 250 mg. polvo liofilizado y Abatacept jeringa pre-llena considerando que los países de referencia reconocen las diferencias por precio por miligramo para la presentación de 125 mg y la presentación de 250 mg, posiblemente debido al dispositivo de aplicación, aunque la magnitud de la diferencia no se encuentre aún plenamente explicada. Se acepta solicitud Fuentes: ver respuesta general b. De acuerdo con lo allí señalado, no es posible aceptar la fuente para Alemania (Lauer Fischer) por ser de acceso restringido. Frente a USA se procedió a incluir el precio WAC tomando la fuente de Medicaid ya que las otras fuentes aportadas corresponden a bases de

24 el mercado. 1) Adicionar precio de Alemania. 2) Usar un promedio de los precios de USA que señalan. 3) Añadir un 15% como factor de ajuste a todos los países de referencia. Biopas considera que ninguna de la fuentes de precios utilizadas para esos países es representativa del mercado colombiano dadas las especiales condiciones de comercialización de Cimizia en Colombia. Debido a que es un medicamento de reciente lanzamiento, las negociaciones han sido directas, sin intervención de mayorista, por lo que la información utilizad podría estar distorsionada y corresponde a precio del fabricante Por lo tanto solicita: a) Usar otra clase de precios distintos a los ya utilizados y agregarles un factor de ajuste (Noreuga) b) Usar factores de ajuste distintos a los contenidos en la base de datos (Australia, España, Francia, Portugal, Reino Unido). c) Adicionar un factor de ajuste a las fuentes usadas que están en punto mayorista, y que por lo tanto no fueron ajustadas (Brasil). datos de acceso restringido. No fue posible acceder al precio ASP porque las fuentes aportadas por Biopas solo corresponden a bases de datos de acceso restringido. Factores de ajuste: Biopas estima que ninguno de los 8 países de referencia utilizados representa el mercado Colombia y por lo tanto no es posible comparar los precios. Frente a esto, ver respuestas generales c. y e. Considerar el mercado colombiano como único, especial e irrepetible hace inviable la metodología de control de precios. De los 8 países utilizados para referenciar el precio de Cimizia, a 6 países se les aplicó el factor de ajuste que sus propias regulaciones contemplan. La Comisión (con excepción de Francia) no consideró que las particularidades de la comercialización de Cimzia en Colombia fueran lo suficientemente distintas a las de otros países y por eso no accedió a modificar los factores de ajustes utilizados y los propios países de referencia establecen. Frente a Francia, ver respuesta general c. A los 2 países restantes (Brasil y Estados Unidos) no se les aplicó factor de ajuste, por estar el precio de referencia en el punto mayorista. Frente a Estados Unidos, como se explicó, el GT pudo acceder al precio WAC, tal y como lo solicitó Biopas y aplicó dicho precio. Frente a Brasil, ver respuesta a Bayer en la que se justifica porqué no procede aplicarle ningún factor de ajuste. Costo de Importación e Intermediación: Todas las fuentes utilizadas en la aplicación de la Circular 03 de 2013 son de precios que ya incluyen los

RESPUESTAS A SOLICITUDES CIRCULAR 04 DE 2013. Se realiza el ajuste solicitado.

RESPUESTAS A SOLICITUDES CIRCULAR 04 DE 2013. Se realiza el ajuste solicitado. RESPUESTAS A SOLICITUDES CIRCULAR 04 DE 2013 SOLICITANTE RESUMEN DE LA SOLICITUD RESPUESTA 1 Baxter. Para Feiba (Factor viii inhibidor activado por bypass (b02bd03) - polvo liofilizado para reconstituir

Más detalles

(agosto 23) Diario Oficial No. 48.891 de 23 de agosto de 2013 COMISIÓN NACIONAL DE PRECIOS DE MEDICAMENTOS Y DISPOSITIVOS MÉDICOS

(agosto 23) Diario Oficial No. 48.891 de 23 de agosto de 2013 COMISIÓN NACIONAL DE PRECIOS DE MEDICAMENTOS Y DISPOSITIVOS MÉDICOS CIRCULAR 4 DE 2013 (agosto 23) Diario Oficial No. 48.891 de 23 de agosto de 2013 COMISIÓN NACIONAL DE PRECIOS DE MEDICAMENTOS Y DISPOSITIVOS MÉDICOS Referencia: por la cual se incorporan unos medicamentos

Más detalles

COMISIÓN NACIONAL DE PRECIOS DE MEDICAMENTOS Y DISPOSITIVOS MÉDICOS CIRCULAR NÚMERO 04 DE 2013

COMISIÓN NACIONAL DE PRECIOS DE MEDICAMENTOS Y DISPOSITIVOS MÉDICOS CIRCULAR NÚMERO 04 DE 2013 REPÚBLICA DE COLOMBIA COMISIÓN NACIONAL DE S DE MEDICAMENTOS Y DISPOSITIVOS MÉDICOS CIRCULAR NÚMERO 0 DE 0 [PROPUESTA DEL GRUPO TÉCNICO ASESOR DE LA COMISIÓN PARA CONSULTA PÚBLICA DE 0 DÍAS CALENDARIO

Más detalles

I. DISPOSICIONES GENERALES

I. DISPOSICIONES GENERALES POLÍTICA DE CLASIFICACIÓN DE CLIENTES I. DISPOSICIONES GENERALES 1.1. El propósito de esta Política de Clasificación de Clientes de DELTASTOCK es establecer normas internas para la clasificación de los

Más detalles

CONCLUSIONES. De la información total que acabamos de facilitar al lector podemos realizar el siguiente resumen:

CONCLUSIONES. De la información total que acabamos de facilitar al lector podemos realizar el siguiente resumen: CONCLUSIONES De la información total que acabamos de facilitar al lector podemos realizar el siguiente resumen: 1º. Ha habido un incremento en el número total de consultas y reclamaciones ante las asociaciones

Más detalles

LOGISTICA D E COMPRAS

LOGISTICA D E COMPRAS LOGISTICA D E COMPRAS 1. - Concepto de compras OBTENER EL (LOS) PRODUCTO(S) O SERVICIO(S) DE LA CALIDAD ADECUADA, CON EL PRECIO JUSTO, EN EL TIEMPO INDICADO Y EN EL LUGAR PRECISO. Muchas empresas manejan

Más detalles

Una de las operaciones cuyo tratamiento fiscal

Una de las operaciones cuyo tratamiento fiscal ANÁLISIS Y OPINIÓN Costo fiscal de las acciones: Su determinación y algunas distorsiones previsibles en su resultado fiscal 60 La determinación del costo fiscal de las acciones constituye uno de los procedimientos

Más detalles

ANEXO 26-A COMITÉ PERMANENTE DE INTERPRETACIÓN SIC N 32 ACTIVOS INTANGIBLES COSTOS DE SITIOS WEB. (Modificada en 2008) (IV Difusión)

ANEXO 26-A COMITÉ PERMANENTE DE INTERPRETACIÓN SIC N 32 ACTIVOS INTANGIBLES COSTOS DE SITIOS WEB. (Modificada en 2008) (IV Difusión) ANEXO 26-A COMITÉ PERMANENTE DE INTERPRETACIÓN SIC N 32 ACTIVOS INTANGIBLES COSTOS DE SITIOS WEB (Modificada en 2008) (IV Difusión) Interpretación SIC-32 Activos Intangibles - Costos de Sitios Web Referencias

Más detalles

DEBILIDADES Y DESAFIOS TECNOLOGICOS DEL SECTOR PRODUCTIVO

DEBILIDADES Y DESAFIOS TECNOLOGICOS DEL SECTOR PRODUCTIVO DEBILIDADES Y DESAFIOS TECNOLOGICOS DEL SECTOR PRODUCTIVO INDUSTRIA FARMACEUTICA Ciudad Autónoma de Buenos Aires - 0 - Sin industria no hay Nación INDICE Perfil sectorial Debilidades cuya superación implica

Más detalles

ADMIRAL MARKETS AS. Normas de Ejecución Óptima. medida en que ha actuado de acuerdo con las correspondientes instrucciones del cliente.

ADMIRAL MARKETS AS. Normas de Ejecución Óptima. medida en que ha actuado de acuerdo con las correspondientes instrucciones del cliente. ADMIRAL MARKETS AS Normas de Ejecución Óptima 1. Disposiciones Generales 1.1. Estas Normas de Ejecución Óptima (de aquí en adelante Normas ) estipularán los términos, condiciones y principios sobre los

Más detalles

NORMA INTERNACIONAL DE AUDITORÍA 520

NORMA INTERNACIONAL DE AUDITORÍA 520 NORMA INTERNACIONAL DE AUDITORÍA 520 PROCEDIMIENTOS ANALíTICOS (En vigor para auditorías de estados financieros por periodos que comiencen en, o después del, 15 de diciembre de 2004)* CONTENIDO Párrafo

Más detalles

ENTIDAD DE CONTRAPARTIDA CENTRAL CONDICIONES GENERALES. Contratos de Operaciones con Valores de Renta Fija

ENTIDAD DE CONTRAPARTIDA CENTRAL CONDICIONES GENERALES. Contratos de Operaciones con Valores de Renta Fija ENTIDAD DE CONTRAPARTIDA CENTRAL CONDICIONES GENERALES Contratos de Operaciones con Valores de Renta Fija Grupo de Contratos de Valores de Renta Fija 16 Septiembre 2014 ÍNDICE 1. CARACTERÍSTICAS GENERALES

Más detalles

Las siguientes definiciones se aplican a estos términos y condiciones generales:

Las siguientes definiciones se aplican a estos términos y condiciones generales: CONDICIONES GENERALES MS-TRANSLATIONS 1. Definiciones Las siguientes definiciones se aplican a estos términos y condiciones generales: - Contratista: agencia de traducción MS-Translations. - Principal:

Más detalles

FUNCIONES DEL RESPONSABLE TECNICO DE IMPORTACIÓN/FABRICACIÓN DE PRODUCTOS COSMETICOS.

FUNCIONES DEL RESPONSABLE TECNICO DE IMPORTACIÓN/FABRICACIÓN DE PRODUCTOS COSMETICOS. FUNCIONES DEL RESPONSABLE TECNICO DE IMPORTACIÓN/FABRICACIÓN DE PRODUCTOS COSMETICOS. FUNDAMENTOS JURIDICOS ESPAÑOLES La Ley 14/1986, de 25 de abril, General de Sanidad, en su artículo 40, atribuye a la

Más detalles

Comparador: Un producto de investigación o comercializado (por ejemplo control activo) o placebo utilizado conferencia en un estudio clínico.

Comparador: Un producto de investigación o comercializado (por ejemplo control activo) o placebo utilizado conferencia en un estudio clínico. 1. OBJETIVO Brindar los lineamientos necesarios para la presentación de solicitudes de importación de suministros y exportación de muestras biológicas para el desarrollo de protocolos de investigación.

Más detalles

Auditoría de cuentas a pagar

Auditoría de cuentas a pagar Unidad 11 Auditoría de cuentas a pagar 11.1. Descripción Básicamente se incluyen todas las cuentas que corresponden a deudas contraídas por las compras de mercancías necesarias para el desarrollo de la

Más detalles

Certificados para la exportación de dispositivos médicos por David Racine

Certificados para la exportación de dispositivos médicos por David Racine Certificados para la exportación de dispositivos médicos por David Racine Diapositiva 1 Buenos días/buenas tardes. Mi nombre es David Racine y trabajo para la Administración de Alimentos y Medicamentos

Más detalles

Antecedentes. A continuación presentó una nueva petición que no fue atendida, lo que dio lugar a que acudiese a esta institución.

Antecedentes. A continuación presentó una nueva petición que no fue atendida, lo que dio lugar a que acudiese a esta institución. Resolución del Ararteko, de 31 de marzo de 2011, por la que se recomienda al SVS/Osakidetza que se adecue la aplicación de los criterios de acceso a la historia clínica recogidos en los procedimientos

Más detalles

REGLAMENTO DELEGADO (UE) Nº /.. DE LA COMISIÓN. de 18.12.2014

REGLAMENTO DELEGADO (UE) Nº /.. DE LA COMISIÓN. de 18.12.2014 COMISIÓN EUROPEA Bruselas, 18.12.2014 C(2014) 9802 final REGLAMENTO DELEGADO (UE) Nº /.. DE LA COMISIÓN de 18.12.2014 por el que se completa el Reglamento (UE) nº 575/2013 del Parlamento Europeo y del

Más detalles

2. SELECCIÓN Y ADMINISTRACIÓN DEL CANAL SELECCIÓN

2. SELECCIÓN Y ADMINISTRACIÓN DEL CANAL SELECCIÓN 2. SELECCIÓN Y ADMINISTRACIÓN DEL CANAL SELECCIÓN La selección de los Canales de Distribución de los productos es uno de los retos de mayor trascendencia, que ha de afrontar la alta Gerencia, de entre

Más detalles

CRITERIOS GENERALES PARA LA DETERMINACIÓN DE POSICIÓN DE DOMINIO

CRITERIOS GENERALES PARA LA DETERMINACIÓN DE POSICIÓN DE DOMINIO CRITERIOS GENERALES PARA LA DETERMINACIÓN DE POSICIÓN DE DOMINIO De acuerdo a lo dispuesto por la Ley Nº 18.159 de 20 de julio de 2007 Promoción y Defensa de la Competencia se entiende que uno o varios

Más detalles

SIIGO Pyme. Informes de Saldos y Movimientos de Inventarios. Cartilla I

SIIGO Pyme. Informes de Saldos y Movimientos de Inventarios. Cartilla I SIIGO Pyme Informes de Saldos y Movimientos de Inventarios Cartilla I Tabla de Contenido 1. Presentación 2. Qué son Inventarios? 3. Qué son Informes? 4. Qué son Informes de Saldos y Movimientos en Inventarios?

Más detalles

ANEXO A de la. propuesta de REGLAMENTO UE Nº / DEL PARLAMENTO EUROPEO Y DEL CONSEJO

ANEXO A de la. propuesta de REGLAMENTO UE Nº / DEL PARLAMENTO EUROPEO Y DEL CONSEJO ES ES ES COMISIÓN EUROPEA Bruselas, 20.12.2010 COM(2010) 774 final Anexo A / Capítulo 14 ANEXO A de la propuesta de REGLAMENTO UE Nº / DEL PARLAMENTO EUROPEO Y DEL CONSEJO relativo al Sistema Europeo de

Más detalles

Soporte Técnico de Software HP

Soporte Técnico de Software HP Soporte Técnico de Software HP Servicios Tecnológicos HP Servicios contractuales Datos técnicos El Soporte Técnico de Software HP ofrece servicios integrales de soporte remoto de para los productos de

Más detalles

Términos y condiciones

Términos y condiciones Términos y condiciones ENTREGA DE CAMISETAS DE LA SELECCIÓN COLOMBIA DE FÚTBOL CON LA TARJETA DE CRÉDITO OFICIAL DE NUESTRA SELECCIÓN COLOMBIA Y CON LAS TARJETAS E-PREPAGO, DÉBITO MAESTRO Y DÉBITO MASTERCARD

Más detalles

MINISTERIO DE ECONOM~A Y HACIENDA

MINISTERIO DE ECONOM~A Y HACIENDA SECRETARIA, DE ESTADO DE ECONOMIA Y En relación con su consulta sobre adaptación de las normas de funcionamiento de los fondos de pensiones a las modificaciones del Reglamento de Planes y Fondos de Pensiones

Más detalles

Análisis de los datos

Análisis de los datos Universidad Complutense de Madrid CURSOS DE FORMACIÓN EN INFORMÁTICA Análisis de los datos Hojas de cálculo Tema 6 Análisis de los datos Una de las capacidades más interesantes de Excel es la actualización

Más detalles

Norma Internacional de Contabilidad 27 Estados Financieros Separados. Objetivo. Alcance. Definiciones NIC 27

Norma Internacional de Contabilidad 27 Estados Financieros Separados. Objetivo. Alcance. Definiciones NIC 27 Norma Internacional de Contabilidad 27 Estados Financieros Separados Objetivo 1 El objetivo de esta Norma es prescribir los requerimientos de contabilización e información a revelar para inversiones en

Más detalles

Bolsa POLÍTICA DE EJECUCIÓN DE ÓRDENES BANESTO BOLSA

Bolsa POLÍTICA DE EJECUCIÓN DE ÓRDENES BANESTO BOLSA BANESTO BOLSA INDICE 1. ALCANCE... 3 2. AMBITO DE APLICACIÓN... 4 3. CONSIDERACIÓN DE FACTORES... 6 a. Precio... 6 b. Costes... 6 c. Rapidez... 6 d. Probabilidad de la ejecución y la liquidación... 6 e.

Más detalles

NIC 39 Valor razonable

NIC 39 Valor razonable NIC 39 Valor razonable Medición inicial y posterior de activos y pasivos financieros Se medirá por su valor razonable más, (si no se contabiliza al valor razonable con cambios en resultados) los costos

Más detalles

LA IMPORTANCIA DE CONTROLAR LAS PÉRDIDAS DE ENERGÍA EN LAS EMPRESAS DISTRIBUIDORAS

LA IMPORTANCIA DE CONTROLAR LAS PÉRDIDAS DE ENERGÍA EN LAS EMPRESAS DISTRIBUIDORAS LA IMPORTANCIA DE CONTROLAR LAS PÉRDIDAS DE ENERGÍA EN LAS EMPRESAS DISTRIBUIDORAS Objetivo El presente informe se ha escrito con la finalidad de establecer un marco objetivo como punto de partida para

Más detalles

Proyecto de Ley que permite la emisión de medios de pago con provisión de fondo por entidades no bancarias

Proyecto de Ley que permite la emisión de medios de pago con provisión de fondo por entidades no bancarias Proyecto de Ley que permite la emisión de medios de pago con provisión de fondo por entidades no bancarias Rodrigo Vergara Presidente Banco Central de Chile 21 de enero de 2014 B A N C O C E N T R A L

Más detalles

REGULACIÓN Y NORMALIZACIÓN CONTABLE

REGULACIÓN Y NORMALIZACIÓN CONTABLE REGULACIÓN Y NORMALIZACIÓN CONTABLE Aplicación por primera vez de las NIIF Consejo Técnico de la Contaduría Pública (Colombia) Resumen La importancia de la NIIF 1 radica en el establecimiento de un conjunto

Más detalles

(BOE, de 15 de febrero de 2008)

(BOE, de 15 de febrero de 2008) Circular 1/2008, de 30 de enero, de la Comisión Nacional del Mercado de Valores, sobre información periódica de los emisores con valores admitidos a negociación en mercados regulados relativa a los informes

Más detalles

INVENTARIOS. NEC 11 Norma Ecuatoriana de Contabilidad 11

INVENTARIOS. NEC 11 Norma Ecuatoriana de Contabilidad 11 INVENTARIOS NEC 11 Norma Ecuatoriana de Contabilidad 11 CONTENIDO Inventarios Objetivo Alcance Definiciones Cuantificación de Inventarios Costo de Inventarios Costo de Compra Costo de Conversión Otros

Más detalles

Exceso del importe en libros del activo apto sobre el importe recuperable

Exceso del importe en libros del activo apto sobre el importe recuperable Norma Internacional de Contabilidad 23 Costos por Préstamos Principio básico 1 Los costos por préstamos que sean directamente atribuibles a la adquisición, construcción o producción de un activo apto forman

Más detalles

Adaptación al NPGC. Introducción. NPGC.doc. Qué cambios hay en el NPGC? Telf.: 93.410.92.92 Fax.: 93.419.86.49 e-mail:atcliente@websie.

Adaptación al NPGC. Introducción. NPGC.doc. Qué cambios hay en el NPGC? Telf.: 93.410.92.92 Fax.: 93.419.86.49 e-mail:atcliente@websie. Adaptación al NPGC Introducción Nexus 620, ya recoge el Nuevo Plan General Contable, que entrará en vigor el 1 de Enero de 2008. Este documento mostrará que debemos hacer a partir de esa fecha, según nuestra

Más detalles

Número 49 ABRIL 2012 ES CHILE EL SEGUNDO PAÍS MÁS CARO DEL MUNDO EN PRESTACIONES DE SALUD?

Número 49 ABRIL 2012 ES CHILE EL SEGUNDO PAÍS MÁS CARO DEL MUNDO EN PRESTACIONES DE SALUD? ES CHILE EL SEGUNDO PAÍS MÁS CARO DEL MUNDO EN PRESTACIONES DE SALUD? El jueves 8 de marzo apareció en el diario La Tercera una noticia que informaba que, de acuerdo a un estudio de la Federación Internacional

Más detalles

CAMPAÑA DE PLANES DE PENSIONES APORTACIONES PERIÓDICAS 2014

CAMPAÑA DE PLANES DE PENSIONES APORTACIONES PERIÓDICAS 2014 CAMPAÑA DE PLANES DE PENSIONES APORTACIONES PERIÓDICAS 2014 Bankia va a llevar a cabo una acción comercial específica con la finalidad de conseguir aportaciones periódicas en planes de pensiones, o incrementar

Más detalles

4.4.1 Servicio de Prevención Propio.

4.4.1 Servicio de Prevención Propio. 1 Si se trata de una empresa entre 250 y 500 trabajadores que desarrolla actividades incluidas en el Anexo I del Reglamento de los Servicios de Prevención, o de una empresa de más de 500 trabajadores con

Más detalles

Preguntas que se hacen con frecuencia sobre los estudios clínicos

Preguntas que se hacen con frecuencia sobre los estudios clínicos Preguntas que se hacen con frecuencia sobre los estudios clínicos Son seguros? Todos los ensayos clínicos deben ser aprobados por el gobierno federal y deben cumplir con una reglamentación estricta que

Más detalles

Información de Servicios de Inversión. Perfiles

Información de Servicios de Inversión. Perfiles Información de Servicios de Inversión Perfiles Introducción En la Información de Servicios de Inversión, DEGIRO ofrece información detallada de los acuerdos contractuales que DEGIRO ha suscrito con usted

Más detalles

UTILIDAD BRUTA, GASTOS Y UTILIDAD NETA MARGEN BRUTO

UTILIDAD BRUTA, GASTOS Y UTILIDAD NETA MARGEN BRUTO UTILIDAD BRUTA, GASTOS Y UTILIDAD NETA MARGEN BRUTO Margen y alza se aplican a lo que un operador de tienda produce en una sola venta de un solo artículo. Margen Bruto y Utilidad Bruta se refieren a lo

Más detalles

Cómo ingresar a la Sucursal Electrónica?

Cómo ingresar a la Sucursal Electrónica? Tabla de Contenidos Cómo ingresar a la Sucursal Electrónica? 2 Página Principal 3 Cómo consultar o eliminar colaboradores o proveedores en mi plan de Proveedores o Planillas? 4 Consultas y Exclusiones

Más detalles

IV. Indicadores Económicos y Financieros

IV. Indicadores Económicos y Financieros IV. Indicadores Económicos y Financieros IV. Indicadores Económicos y Financieros Los indicadores económicos - financieros expresan la relación entre dos o más elementos de los estados financieros. Son

Más detalles

Elementos requeridos para crearlos (ejemplo: el compilador)

Elementos requeridos para crearlos (ejemplo: el compilador) Generalidades A lo largo del ciclo de vida del proceso de software, los productos de software evolucionan. Desde la concepción del producto y la captura de requisitos inicial hasta la puesta en producción

Más detalles

Revisión de las Directrices de Naciones Unidas para la Protección del Consumidor

Revisión de las Directrices de Naciones Unidas para la Protección del Consumidor Revisión de las Directrices de Naciones Unidas para la Protección del Consumidor Documento sobre el grupo de trabajo de otros temas Como parte de las propuestas de revisión de las Directrices de Naciones

Más detalles

4.1 Primer año de operación: Periodos uno cuatro. 4.1.1 Departamento de Finanzas

4.1 Primer año de operación: Periodos uno cuatro. 4.1.1 Departamento de Finanzas En cualquier empresa se ejecutan distintas tomas de decisiones y se elaboran estrategias que pueden afectar de manera positiva o negativa a dicha organización. En el juego de simulación, ocurre lo mismo,

Más detalles

RESOLUCIÓN 01/2003. El Consejo de Autorregulación, en uso de la atribución que le confiere el

RESOLUCIÓN 01/2003. El Consejo de Autorregulación, en uso de la atribución que le confiere el CONSEJO DE AUTORREGULACIÓN DE LAS COMPAÑÍAS DE SEGUROS RESOLUCIÓN 01/2003 El Consejo de Autorregulación, en uso de la atribución que le confiere el artículo 46 del Código de Autorregulación, y con el objeto

Más detalles

En este sentido, el Estatuto de los trabajadores establece en su artículo 37.3.b) como supuesto de concesión de permiso retribuido que:

En este sentido, el Estatuto de los trabajadores establece en su artículo 37.3.b) como supuesto de concesión de permiso retribuido que: Instrucción 2/2009, de 21 de diciembre de 2009, de la Agencia de Protección de Datos de la Comunidad de Madrid, sobre el tratamiento de datos personales en la emisión de justificantes médicos. I La Ley

Más detalles

Folleto Explicativo Tarjeta de Crédito. Según Decreto del MEIC No.35867 del 30 de marzo de 2010

Folleto Explicativo Tarjeta de Crédito. Según Decreto del MEIC No.35867 del 30 de marzo de 2010 Contenido Qué es una tarjeta de crédito?... 4 Los productos de tarjetas de crédito que ofrece el BCR son:... 4 Beneficios de las tarjetas de crédito... 4 Tasas de interés que cobra BCR para los distintos

Más detalles

Guía sobre los cambios del nuevo sitio Web de Central Directo

Guía sobre los cambios del nuevo sitio Web de Central Directo Guía sobre los cambios del nuevo sitio Web de Central Directo Con el respaldo del La presente guía contiene información sobre los cambios que introduce la puesta en funcionamiento del nuevo sitio Web de

Más detalles

K2BIM Plan de Investigación - Comparación de herramientas para la parametrización asistida de ERP Versión 1.2

K2BIM Plan de Investigación - Comparación de herramientas para la parametrización asistida de ERP Versión 1.2 K2BIM Plan de Investigación - Comparación de herramientas para la parametrización asistida de ERP Versión 1.2 Historia de revisiones Fecha VersiónDescripción Autor 08/10/2009 1.0 Creación del documento.

Más detalles

CONTRATO DE ACEPTACIÓN DE SERVICIOS DE ATENCIÓN DENTAL CHILE SONRIE

CONTRATO DE ACEPTACIÓN DE SERVICIOS DE ATENCIÓN DENTAL CHILE SONRIE CONTRATO DE ACEPTACIÓN DE SERVICIOS DE ATENCIÓN DENTAL CHILE SONRIE En Santiago, a. de.. de 2012, el firmante, don(a) RUT declara conocer y aceptar las condiciones del contrato de servicios de atención

Más detalles

CONSTRUCCIÓN DEL PROCESO PAGO DE FACTURAS. BizAgi Process Modeler

CONSTRUCCIÓN DEL PROCESO PAGO DE FACTURAS. BizAgi Process Modeler CONSTRUCCIÓN DEL PROCESO PAGO DE FACTURAS BizAgi Process Modeler TABLA DE CONTENIDO 1. DIAGRAMA DEL PROCESO... 3 1.1 SUB PROCESO DEVOLVER FACTURA AL PROVEEDOR... 4 2. MODELO DE DATOS... 5 2.1 TABLAS PARAMÉTRICAS...

Más detalles

REPÚBLICA DE COLOMBIA. CORTE CONSTITUCIONAL Sala Especial de Seguimiento AUTO 015 DE 2014

REPÚBLICA DE COLOMBIA. CORTE CONSTITUCIONAL Sala Especial de Seguimiento AUTO 015 DE 2014 REPÚBLICA DE COLOMBIA CORTE CONSTITUCIONAL Sala Especial de Seguimiento AUTO 015 DE 2014 Referencia: Seguimiento a la Sentencia T- 760 de 2008, orden vigésima tercera. Asunto: Requerimiento de información

Más detalles

Tema 4: De esa comparación se pueden determinar las causas de posibles diferencias y efectuar las correcciones cuando correspondan.

Tema 4: De esa comparación se pueden determinar las causas de posibles diferencias y efectuar las correcciones cuando correspondan. Tema 4: A qué llamamos CONCILIACIÓN? A un procedimiento de control que consiste en comparar: 1. el mayor auxiliar que lleva una empresa A, referido a sus operaciones con una empresa B, con 2. el Estado

Más detalles

Pharmaceutical Benefits and the Crisis in European Countries THE ITALIAN CASE

Pharmaceutical Benefits and the Crisis in European Countries THE ITALIAN CASE Pharmaceutical Benefits and the Crisis in European Countries THE ITALIAN CASE Coyuntura económica Italiana Italia es uno de los paises europeos con: Gasto Publico mas grande (cerca del 120% del PIB) Crecimiento

Más detalles

SIC 32 Activos Intangibles Costos de Sitios Web

SIC 32 Activos Intangibles Costos de Sitios Web SIC 32 Activos Intangibles Costos de Sitios Web La Interpretación SIC-32 Activos Intangibles Costos de Sitios Web se encuentra en los párrafos 7 a 10. La SIC-32 viene acompañada de Fundamentos de las Conclusiones

Más detalles

CONTABILIDAD ANALISIS VERTICAL Y HORIZONTAL DE ESTADOS CONTABLES

CONTABILIDAD ANALISIS VERTICAL Y HORIZONTAL DE ESTADOS CONTABLES CONTABILIDAD ANALISIS VERTICAL Y HORIZONTAL DE ESTADOS CONTABLES El análisis de Estados Contables dispone de dos herramientas que ayudan a interpretarlos y analizarlos. Estas herramientas, denominadas

Más detalles

Técnicas de valor presente para calcular el valor en uso

Técnicas de valor presente para calcular el valor en uso Normas Internacionales de Información Financiera NIC - NIIF Guía NIC - NIIF NIC 36 Fundación NIC-NIIF Técnicas de valor presente para calcular el valor en uso Este documento proporciona una guía para utilizar

Más detalles

SEMINARIO PARA PERIODISTAS

SEMINARIO PARA PERIODISTAS SEMINARIO PARA PERIODISTAS Mitos y realidades d de los medicamentos genéricos éi Madrid, 5 de noviembre de 2009 La opinión de los farmacéuticos en cuanto a la prescripción de medicamentos Equivalencia

Más detalles

MARCO NORMATIVO RESPONSABLE DE LA PORTABILIDAD:

MARCO NORMATIVO RESPONSABLE DE LA PORTABILIDAD: MARCO NORMATIVO De acuerdo a lo consagrado en el Artículo 22 de la Ley 1438 de 2011, la cual establece que: Todas las Entidades Promotoras de Salud deberán garantizar el acceso a los servicios de salud

Más detalles

Manual básico de gestión económica de las Asociaciones

Manual básico de gestión económica de las Asociaciones Manual básico de gestión económica de las Asociaciones El control económico de una Asociación se puede ver desde dos perspectivas: Necesidades internas de información económica para: * Toma de decisiones

Más detalles

INFORME SOBRE LA NATURALEZA Y MAGNITUD ASOCIADAS AL SUBSIDIO DE LA GASOLINA EN VENEZUELA

INFORME SOBRE LA NATURALEZA Y MAGNITUD ASOCIADAS AL SUBSIDIO DE LA GASOLINA EN VENEZUELA INFORME SOBRE LA NATURALEZA Y MAGNITUD ASOCIADAS AL SUBSIDIO DE LA GASOLINA EN VENEZUELA Caracas, Enero de 2012 1 INTRODUCCIÓN El juego de la oferta y demanda de bienes y servicios puede llegar generar

Más detalles

ASIGNACIÓN GRATUITA DE DERECHOS E INGRESOS DE LOS GENERADORES POR QUÉ RECIBEN LOS GENERADORES DERECHOS DE EMISIÓN GRATUITOS?

ASIGNACIÓN GRATUITA DE DERECHOS E INGRESOS DE LOS GENERADORES POR QUÉ RECIBEN LOS GENERADORES DERECHOS DE EMISIÓN GRATUITOS? ASIGNACIÓN GRATUITA DE DERECHOS E INGRESOS DE LOS GENERADORES POR QUÉ RECIBEN LOS GENERADORES DERECHOS DE EMISIÓN GRATUITOS? La legislación europea (Directiva 2003/87/CE sobre Comercio de Derechos de Emisión)

Más detalles

Funcionalidades Software SAT GotelGest.Net (Software de Servicio de Asistencia Técnica)

Funcionalidades Software SAT GotelGest.Net (Software de Servicio de Asistencia Técnica) Funcionalidades Software SAT GotelGest.Net (Software de Servicio de Asistencia Técnica) Servinet Sistemas y Comunicación S.L. www.softwaregestionsat.com Última Revisión: Octubre 2014 FUNCIONALIDADES SAT

Más detalles

UNIDAD III INVENTARIOS. Laura Martínez

UNIDAD III INVENTARIOS. Laura Martínez UNIDAD III INVENTARIOS INVENTARIO: Concepto Representa la existencia de bienes tangibles que tiene la empresa para comercializar con ellos, comprándolos y vendiéndolos tal cual o procesándolos primero

Más detalles

NIC 36. Deterioro en el valor de los activos

NIC 36. Deterioro en el valor de los activos NIC 36 Deterioro en el valor de los activos NIC 36 Objetivo El objetivo de la NIC es asegurar que una empresa tenga valuados sus activos por un importe no mayor a su valor recuperable. Alcance Se aplica

Más detalles

Capítulo 2 Tratamiento Contable de los Impuestos. 2.1 Normas Internacionales de Contabilidad

Capítulo 2 Tratamiento Contable de los Impuestos. 2.1 Normas Internacionales de Contabilidad Capítulo 2 Tratamiento Contable de los Impuestos 2.1 Normas Internacionales de Contabilidad Las Normas Internacionales de Contabilidad (NIC) o International Financial Reporting Standard (IFRS) son los

Más detalles

La NIC 32 acompaña a la NIC 39, instrumentos financieros: reconocimiento y medición.

La NIC 32 acompaña a la NIC 39, instrumentos financieros: reconocimiento y medición. Como clausura del Quinto Curso de la Normas Internacionales de Información Financiera a través de fundación CEDDET y el IIMV, se realizó del 30 de octubre al 1 de noviembre de 2012, en Montevideo Uruguay,

Más detalles

DATOS DE CONSUMO DE LOS GRANDES CONSUMIDORES: SERVICIOS DE CATERING, CENTROS EDUCATIVOS Y OTRAS ENTIDADES DE LANZAROTE OCTUBRE NOVIEMBRE 2011

DATOS DE CONSUMO DE LOS GRANDES CONSUMIDORES: SERVICIOS DE CATERING, CENTROS EDUCATIVOS Y OTRAS ENTIDADES DE LANZAROTE OCTUBRE NOVIEMBRE 2011 DATOS DE CONSUMO DE LOS GRANDES CONSUMIDORES: SERVICIOS DE CATERING, CENTROS EDUCATIVOS Y OTRAS ENTIDADES DE LANZAROTE OCTUBRE NOVIEMBRE 2011 PROYECTO MERCALANZAROTE Elaborado por el personal del Proyecto

Más detalles

ÍNDICE. Introducción. Alcance de esta NIA Fecha de vigencia

ÍNDICE. Introducción. Alcance de esta NIA Fecha de vigencia NORMA INTERNACIONAL DE AUDITORÍA 706 PARRAFOS DE ÉNFASIS EN EL ASUNTO Y PARRAFOS DE OTROS ASUNTOS EN EL INFORME DEL AUDITOR INDEPENDIENTE (En vigencia para las auditorías de estados financieros por los

Más detalles

PUBLICACIONES EN EL BOLETIN DE INFORMACIONES COMERCIALES. I.- ENVIO DE INFORMACION AL BOLETIN DE INFORMA- CIONES COMERCIALES.

PUBLICACIONES EN EL BOLETIN DE INFORMACIONES COMERCIALES. I.- ENVIO DE INFORMACION AL BOLETIN DE INFORMA- CIONES COMERCIALES. CAPITULO 20-6 (Bancos y Financieras) MATERIA: PUBLICACIONES EN EL BOLETIN DE INFORMACIONES COMERCIALES. I.- ENVIO DE INFORMACION AL BOLETIN DE INFORMA- CIONES COMERCIALES. 1.- Envío de nómina de cheques

Más detalles

Unidad 18. Clasificación según el momento en que se determinan los costos.

Unidad 18. Clasificación según el momento en que se determinan los costos. Unidad 18 Clasificación según el momento en que se determinan los costos. Desde este punto de vista, los costos de producción pueden determinarse con posterioridad a la conclusión del periodo de costos,

Más detalles

NORMA INTERNACIONAL DE AUDITORÍA 805

NORMA INTERNACIONAL DE AUDITORÍA 805 NORMA INTERNACIONAL DE AUDITORÍA 805 CONSIDERACIONES ESPECIALES- AUDITORÍAS DE UN SOLO ESTADO FINANCIERO O DE UN ELEMENTO, CUENTA O PARTIDA ESPECÍFICOS DE UN ESTADO FINANCIERO. (Aplicable a las auditorías

Más detalles

Observatorio Bancario

Observatorio Bancario México Observatorio Bancario 2 junio Fuentes de Financiamiento de las Empresas Encuesta Trimestral de Banco de México Fco. Javier Morales E. fj.morales@bbva.bancomer.com La Encuesta Trimestral de Fuentes

Más detalles

Servicio de Alta, Baja, Modificación y Consulta de usuarios Medusa

Servicio de Alta, Baja, Modificación y Consulta de usuarios Medusa Documentos de Proyecto Medusa Documentos de: Serie: Manuales Servicio de Alta, Baja, Modificación y Consulta del documento: Fecha 22 de febrero de 2007 Preparado por: José Ramón González Luis Aprobado

Más detalles

ESTÁNDAR DE PRÁCTICA ACTUARIAL NO. 02

ESTÁNDAR DE PRÁCTICA ACTUARIAL NO. 02 ESTÁNDAR DE PRÁCTICA ACTUARIAL NO. 02 CÁLCULO ACTUARIAL DE LA RESERVA DE RIESGOS EN CURSO PARA LOS SEGUROS DE CORTO PLAZO (VIDA Y NO-VIDA) Desarrollado por el Comité de Estándares de Práctica Actuarial

Más detalles

Consolidación Entidades de Cometido Específico

Consolidación Entidades de Cometido Específico SIC-12 Documentos publicados para acompañar a la Interpretación SIC-12 Consolidación Entidades de Cometido Específico Esta versión incluye las modificaciones resultantes de las NIIF emitidas hasta el 31

Más detalles

Costos del Impuesto al Valor Agregado para la Pyme industrial de la Región del Maule Estudio Económico de Asicent

Costos del Impuesto al Valor Agregado para la Pyme industrial de la Región del Maule Estudio Económico de Asicent Costos del Impuesto al Valor Agregado para la Pyme industrial de la Región del Maule Estudio Económico de Asicent Diciembre de 2008 Asociación de Industriales del Centro Comité de Estudios Económicos 1

Más detalles

Versión final 8 de junio de 2009

Versión final 8 de junio de 2009 GRUPO DE EXPERTOS «PLATAFORMA PARA LA CONSERVACIÓN DE DATOS ELECTRÓNICOS PARA CON FINES DE INVESTIGACIÓN, DETECCIÓN Y ENJUICIAMIENTO DE DELITOS GRAVES» ESTABLECIDO POR LA DECISIÓN 2008/324/CE DE LA COMISIÓN

Más detalles

COSTOS DE FINANCIAMIENTO

COSTOS DE FINANCIAMIENTO Norma Internacional de Contabilidad Nº 23 COSTOS DE FINANCIAMIENTO Esta versión incluye las modificaciones resultantes de las NIIFs nuevas y modificadas emitidas hasta el 31 de marzo de 2004. La sección

Más detalles

Derechos por la Participación en Fondos para el Retiro del Servicio, la Restauración y la Rehabilitación Medioambiental

Derechos por la Participación en Fondos para el Retiro del Servicio, la Restauración y la Rehabilitación Medioambiental CINIIF 5 Documentos publicados para acompañar a la Interpretación CINIIF 5 Derechos por la Participación en Fondos para el Retiro del Servicio, la Restauración y la Rehabilitación Medioambiental El texto

Más detalles

Anexo de la Iniciativa Microsoft Software and Services Advisor (consultor de servicios y software de Microsoft)

Anexo de la Iniciativa Microsoft Software and Services Advisor (consultor de servicios y software de Microsoft) Anexo de la Iniciativa Microsoft Software and Services Advisor (consultor de servicios y software de Microsoft) SI SE DESPLAZA HASTA LA PARTE INFERIOR DEL PRESENTE ANEXO DEL ACUERDO DEL PROGRAMA DE PARTNERS

Más detalles

COMUNICADO Nro. 49763 08/11/2010. Ref.: Tarjetas de crédito. Tasas y costos promedio de las tarjetas de crédito a agosto de 2010. Tarjetas de Crédito

COMUNICADO Nro. 49763 08/11/2010. Ref.: Tarjetas de crédito. Tasas y costos promedio de las tarjetas de crédito a agosto de 2010. Tarjetas de Crédito "2010 - AÑO DEL BICENTENARIO DE LA REVOLUCION DE MAYO" COMUNICADO Nro. 49763 08/11/2010 Ref.: Tarjetas de crédito. Tasas y costos promedio de las tarjetas de crédito a agosto de 2010. Tarjetas de Crédito

Más detalles

INTERRUPCION A LA EXPLOTACION

INTERRUPCION A LA EXPLOTACION Mantener la Independencia es Poder Elegir INTERRUPCION A LA EXPLOTACION NEWSLETTER La COBERTURA correcta al momento del SINESTRO. Introducción. El objetivo de todo seguro es simple, compensar el asegurado

Más detalles

CONTABILIZACIÓN DE INVERSIONES EN ASOCIADAS. NEC 20 Norma Ecuatoriana de Contabilidad 20

CONTABILIZACIÓN DE INVERSIONES EN ASOCIADAS. NEC 20 Norma Ecuatoriana de Contabilidad 20 CONTABILIZACIÓN DE INVERSIONES EN ASOCIADAS CONTENIDO NEC 20 Norma Ecuatoriana de Contabilidad 20 Contabilización de Inversiones en Asociadas Alcance Definiciones Influencia significativa Métodos de contabilidad

Más detalles

Qué es Scrum? Basado en el texto Explicando Scrum a mi abuela de Jorge Serrano - MVP Visual Developer - Visual Basic

Qué es Scrum? Basado en el texto Explicando Scrum a mi abuela de Jorge Serrano - MVP Visual Developer - Visual Basic Qué es Scrum? Basado en el texto Explicando Scrum a mi abuela de Jorge Serrano - MVP Visual Developer - Visual Basic http://geeks.ms/blogs/jorge/archive/2007/05/09/explicando-scrum-a-mi-abuela.aspx Por

Más detalles

IMPUESTO SOBRE SOCIEDADES (2015) (OPERACIONES VINCULADAS)

IMPUESTO SOBRE SOCIEDADES (2015) (OPERACIONES VINCULADAS) IMPUESTO SOBRE SOCIEDADES (2015) (OPERACIONES VINCULADAS) (Septiembre 2015) Fecha: 16/09/2015 VI. DOCUMENTACIÓN DE LAS OPERACIONES VINCULADAS (EJERCICIOS INICIADOS A PARTIR DE 01/01/2015) El Reglamento

Más detalles

Interpretación CINIIF 12 Acuerdos de Concesión de Servicios

Interpretación CINIIF 12 Acuerdos de Concesión de Servicios Interpretación CINIIF 12 Acuerdos de Concesión de Servicios Referencias Marco Conceptual para la Preparación y Presentación de Estados Financieros NIIF 1 Adopción por Primera vez de las Normas Internacionales

Más detalles

Bases Legales. Solicita ahora tu factura electrónica y participa en el sorteo de una Tablet. Organizada por. Iberbanda, S.A. Bases de la promoción.

Bases Legales. Solicita ahora tu factura electrónica y participa en el sorteo de una Tablet. Organizada por. Iberbanda, S.A. Bases de la promoción. Bases Legales Solicita ahora tu factura electrónica y participa en el sorteo de una Tablet Organizada por Iberbanda, S.A. ÍNDICE Bases de la promoción.2 1 Ámbito territorial...2 2 Duración...2 3 Legitimación

Más detalles

QUÉ ES LA RENTABILIDAD Y CÓMO MEDIRLA. La rentabilidad mide la eficiencia con la cual una empresa utiliza sus recursos financieros.

QUÉ ES LA RENTABILIDAD Y CÓMO MEDIRLA. La rentabilidad mide la eficiencia con la cual una empresa utiliza sus recursos financieros. QUÉ ES LA RENTABILIDAD Y CÓMO MEDIRLA La rentabilidad mide la eficiencia con la cual una empresa utiliza sus recursos financieros. Qué significa esto? Decir que una empresa es eficiente es decir que no

Más detalles

TABLA DE DECISION. Consideremos la siguiente tabla, expresada en forma genérica, como ejemplo y establezcamos la manera en que debe leerse.

TABLA DE DECISION. Consideremos la siguiente tabla, expresada en forma genérica, como ejemplo y establezcamos la manera en que debe leerse. TABLA DE DECISION La tabla de decisión es una herramienta que sintetiza procesos en los cuales se dan un conjunto de condiciones y un conjunto de acciones a tomar según el valor que toman las condiciones.

Más detalles

Las diez cosas que usted debe saber sobre las LICENCIAS de los derechos de Propiedad Industrial e Intelectual

Las diez cosas que usted debe saber sobre las LICENCIAS de los derechos de Propiedad Industrial e Intelectual Las diez cosas que usted debe saber sobre las LICENCIAS de los derechos de Propiedad Industrial e Intelectual 1.- Qué se entiende por Transferencia de Tecnología?. La transferencia de tecnología es el

Más detalles

Cadena de Valor y Estrategias Genéricas 1. Prof. Marcelo Barrios

Cadena de Valor y Estrategias Genéricas 1. Prof. Marcelo Barrios Cadena de Valor y Estrategias Genéricas 1 1 Nota Técnica Preparada por el del Área de Política de Empresa de EDDE.. Primera versión: Noviembre 2001. Noviembre de 2003. 1 Cadena de Valor y Estrategias Genéricas

Más detalles

INFORME DE RESPUESTAS A OBSERVACIONES PRESENTADAS POR LOS POSIBLES PROPONENTES AL PLIEGO DE CONDICIONES

INFORME DE RESPUESTAS A OBSERVACIONES PRESENTADAS POR LOS POSIBLES PROPONENTES AL PLIEGO DE CONDICIONES INFORME DE RESPUESTAS A OBSERVACIONES PRESENTADAS POR LOS POSIBLES PROPONENTES AL PLIEGO DE CONDICIONES INVITACIÓN PÚBLICA PARA CONTRATAR UN CORREDOR DE SEGUROS LEGALMENTE CONSTITUIDO Y ESTABLECIDO EN

Más detalles

POLÍTICA DE EJECUCIÓN DE ÓRDENES

POLÍTICA DE EJECUCIÓN DE ÓRDENES POLÍTICA DE EJECUCIÓN DE ÓRDENES Avda. Diagonal 463 pral. 2ª - 08036 Barcelona 1. Introducción 2. Objetivo 3. Ámbito 3.1. Instrumentos financieros 3.2. Clientes a. Tipología: Minoristas y Profesionales

Más detalles

NORMA TÉCNICA DE AUDITORÍA SOBRE CONSIDERACIONES RELATIVAS A LA AUDITORÍA DE ENTIDADES QUE EXTERIORIZAN PROCESOS DE ADMINISTRACIÓN

NORMA TÉCNICA DE AUDITORÍA SOBRE CONSIDERACIONES RELATIVAS A LA AUDITORÍA DE ENTIDADES QUE EXTERIORIZAN PROCESOS DE ADMINISTRACIÓN Resolución de 26 de marzo de 2004, del Instituto de Contabilidad y Auditoría de Cuentas, por la que se publica la Norma Técnica de Auditoría sobre consideraciones relativas a la auditoría de entidades

Más detalles

2014 Néstor A. Jiménez J. Derechos reservados. Celular 3155003650

2014 Néstor A. Jiménez J. Derechos reservados. Celular 3155003650 Diplomado Práctico en NORMAS INTERNACIONALES DE INFORMACIÓN FINANCIERA (NIIF) Tema 24: Estados financieros separados NIC 27 Estados financieros consolidados NIIF 10 Estados financieros separados y consolidados

Más detalles