Normativa de la Biblioteca de la Universidad Loyola Andalucía

Tamaño: px
Comenzar la demostración a partir de la página:

Download "Normativa de la Biblioteca de la Universidad Loyola Andalucía"

Transcripción

1 Normativa de la Biblioteca de la Universidad Loyola Andalucía Aprobado por el Consejo de Gobierno en sesión ordinaria celebrada el 15 de octubre de 2014 y publicado en el Boletín Oficial de la Universidad Loyola Andalucía INDICE TÍTULO I. DEFINICIÓN, OBJETIVOS Y FUNCIONES Artículo 1. Definición Artículo 2. Objetivos Artículo 3. Funciones TÍTULO II. ESTRUCTURA Y GOBIERNO Artículo 4. Estructura Artículo 5. Gobierno TÍTULO III. LOS USUARIOS Artículo 6. Clasificación de los usuarios Artículo 7. Derechos de los usuarios Artículo 8. Deberes de los usuarios Artículo 9. Incumplimiento de las normas y régimen sancionador TÍTULO IV. SERVICIOS Artículo 10. Tipos de servicios Artículo 11. Servicios técnicos Artículo 12. Servicios a los usuarios Artículo 13. Servicios de extensión Bibliotecaria TÍTULO V. DISPOSICIONES Disposición final primera Disposición final segunda Normativa de la Biblioteca de la Universidad Loyola Andalucía Página 1

2 TÍTULO I. DEFINICIÓN, OBJETIVOS Y FUNCIONES Artículo 1. Definición La Biblioteca es una unidad funcional de apoyo a la docencia, el aprendizaje e investigación y las actividades relacionadas con el funcionamiento y la gestión de la Universidad Loyola Andalucía en su conjunto. La Biblioteca está constituida por un conjunto de infraestructuras físicas, personal, servicios y los fondos bibliográficos y documentales cualquiera que sea su soporte y con independencia de su procedencia, de la iniciativa y el procedimiento para su adquisición. Artículo 2. Objetivos El objetivo de la Biblioteca es facilitar a los miembros de la Comunidad Universitaria el acceso a documentación y recursos de información internos y externos necesarios para la docencia, el aprendizaje y la investigación con el fin de contribuir a la consecución de los objetivos de la Universidad. La Biblioteca quiere convertirse en un Centro de Recursos para el Aprendizaje y la Investigación, y estar plenamente integrada en la estructura informativa de la Institución, en la innovación docente y contribuir a que el conocimiento generado en la Institución revierta en la sociedad formando a personas competentes y comprometidas socialmente. Artículo 3. Funciones Son funciones de la Biblioteca: 1. Reunir, mantener, incrementar, poner en servicio y expurgar las colecciones en las que se recojan las publicaciones científicas y de información de más frecuencia de uso previsible, en consonancia con las líneas de estudio e investigación de la Universidad. 2. Facilitar a la Comunidad Universitaria y a la sociedad el acceso a la información bibliográfica y documental, manteniendo y desarrollando las herramientas necesarias para asegurar su difusión. 3. Facilitar el acceso a la Comunidad Universitaria a fondos e información que se encuentren en otras bibliotecas. 4. Promover, en nombre de la Universidad y en el marco de sus relaciones institucionales, convenios, acuerdos y programas con otras instituciones que redunden en la mejor consecución de sus objetivos, incluyendo la participación en redes, consorcios y sistemas bibliotecarios. 5. Impulsar la formación de los miembros de la Comunidad Universitaria en el uso de los recursos y servicios de la Biblioteca, y organizar actividades complementarias (charlas, conferencias, mesas redondas, etc.). Normativa de la Biblioteca de la Universidad Loyola Andalucía Página 2

3 6. Estudiar, proponer y poner en práctica todas aquellas innovaciones tecnológicas que conduzcan a una mejora de los servicios bibliotecarios y a su mayor difusión. 7. Elaborar, mantener y aplicar los manuales de procedimiento de sus procesos con el fin de avanzar en la mejora continua de sus servicios. 8. Cualquier otra función que le pudiera corresponder dentro de su ámbito de actividad. TÍTULO II. ESTRUCTURA Y GOBIERNO. Artículo 4. Estructura 1. La Biblioteca de la Universidad Loyola Andalucía se organiza como unidad funcional compuesta por una Dirección, un servicio centralizado con secciones técnicas y puntos de servicio en cada Campus de la Universidad. 2. La Biblioteca de la Universidad Loyola Andalucía está liderada por la Dirección, que la componen el Director y Subdirector. 3. El servicio centralizado de la Biblioteca de la Universidad Loyola Andalucía se estructurará al menos en las siguientes secciones técnicas: Administración y Adquisiciones Informatización Proceso Técnico Atención al Usuario 4. Cada punto de servicio contará con un coordinador. 5. La estructura de la Biblioteca de la Universidad Loyola Andalucía podrá variar en función de la creación o modificación de un punto de servicio, sección o unidad, según las necesidades de la Universidad. Artículo 5. Gobierno 1. El Servicio de Biblioteca de la Universidad Loyola Andalucía depende orgánicamente del Rector o Vicerrector en quien delegue, y se regirá a través de los siguientes órganos: Órganos unipersonales Director de la Biblioteca Subdirector de la Biblioteca Coordinadores de las Secciones Técnicas Coordinadores de Puntos de Servicio Normativa de la Biblioteca de la Universidad Loyola Andalucía Página 3

4 Órganos colegiados Comisión Técnica de Biblioteca Comisión Académica del Consejo de Gobierno de la Universidad Loyola Andalucía 2. El Director de la Biblioteca, que será nombrado por el Rector, es el responsable de la gestión de todos los servicios de la Biblioteca y de su correcto funcionamiento, así como de la implementación, desarrollo y mejora continua del Sistema de Gestión de Calidad, de acuerdo con las disposiciones y directrices que al efecto aprueben los Órganos de Gobierno de la Universidad. 3. El Subdirector de la Biblioteca, que será nombrado por el Rector a propuesta del Director, desempeñará las funciones que orgánicamente se determinen, así como las que el Director, dentro de su ámbito de competencias, le delegue. 4. Los Coordinadores de las Secciones Técnicas, que serán nombrados por el Director, son los responsables de la organización, gestión y correcto funcionamiento de su Sección y las tareas que del mismo dependan. 5. Los Coordinadores de Puntos de Servicio son los responsables del correcto funcionamiento de su unidad y las tareas que de la misma dependan. 6. La Comisión Técnica de Biblioteca es el órgano colegiado de participación y asesor de apoyo a la Dirección en la planificación, desarrollo y gestión de la Biblioteca de la Universidad Loyola Andalucía. La Comisión Técnica de Biblioteca estará compuesta por el Director de la Biblioteca, el Subdirector de la Biblioteca, los Coordinadores de las Secciones Técnicas y los Coordinadores de los Puntos de Servicio. Serán funciones de la Comisión Técnica de Biblioteca: Proponer al Consejo de Gobierno de la Universidad, para su aprobación, las posibles modificaciones de la Normativa de la Biblioteca Universitaria Aprobar las normativas de desarrollo de esta normativa. Definir las directrices generales de la política bibliotecaria en cuanto a política general de adquisiciones, de préstamo y los criterios y recomendaciones generales para la elaboración y distribución del presupuesto. Estudiar las necesidades de infraestructura de la Biblioteca Universitaria. Elevar a la Comisión Académica del Consejo de Gobierno de la Universidad propuestas y aspectos que deban ser debatidos. Cualesquiera otras funciones que no estando atribuidas específicamente a otros órganos tengan relación con el funcionamiento de la Biblioteca Universitaria. La Comisión Técnica de la Biblioteca deberá reunirse al menos una vez al año. Normativa de la Biblioteca de la Universidad Loyola Andalucía Página 4

5 7. La Comisión Académica del Consejo de Gobierno de la Universidad Loyola Andalucía es el órgano consultivo en el funcionamiento y desarrollo de la gestión de la Biblioteca. La Biblioteca solicitará que se incluya en el orden del día un asunto concreto a petición del Vicerrector encargado de la Biblioteca o del Director de la Biblioteca en su caso. TÍTULO III. USUARIOS Artículo 6. Clasificación de los usuarios. 1. Los usuarios de la Biblioteca de la Universidad Loyola Andalucía se clasifican en usuarios de pleno derecho y usuarios autorizados. 2. Son usuarios de pleno derecho todas las personas que integran la comunidad universitaria. 3. Serán usuarios autorizados aquellas personas a quienes se les permita el uso de cualquiera de los servicios de la Biblioteca, en virtud de convenios, conciertos, acuerdos suscritos entre la Universidad Loyola Andalucía y otras Universidades, Instituciones o a título individual, siempre que se acredite la necesidad de utilización de dichos servicios para fines docentes, discentes o de investigación y la Biblioteca lo autorice. Estos usuarios perderán su condición en el momento en que deje de tener vigencia el convenio, concierto o acuerdo correspondiente, o una vez satisfecha la necesidad de utilización del Servicio. 4. Para hacer uso de los servicios de la Biblioteca Universitaria será necesario presentar el carné de la Universidad o el de Biblioteca en su caso, personal e intransferible, que será expedido automáticamente al formalizar la relación con la Universidad previa matrícula, contrato, acuerdo, etc. Artículo 7. Derechos de los usuarios Los usuarios de la Biblioteca Universitaria tienen los siguientes derechos: 1. Recibir un trato correcto y una atención eficiente por parte del personal de la Biblioteca. 2. Acceder a la consulta y uso de los recursos disponibles en la Biblioteca, así como al resto de servicios que se presten. 3. Disponer de unos recursos de información de calidad y adecuados a los ámbitos de docencia e investigación que se desarrollen en la Universidad. 4. Recibir el asesoramiento y formación necesarios para la correcta y óptima utilización tanto de los recursos como de los servicios de la Biblioteca. 5. Disponer de espacios e infraestructuras idóneos para el trabajo intelectual Normativa de la Biblioteca de la Universidad Loyola Andalucía Página 5

6 6. Respeto a la confidencialidad de la información y datos de carácter personal. 7. Reclamar, sugerir mejoras y/o exponer quejas y que éstas sean contestadas con la mayor prontitud Artículo 8. Deberes de los usuarios 1. Mantener un entorno adecuado y de silencio, evitando cualquier actividad que perturbe la lectura, la consulta y el estudio 2. Respetar el patrimonio bibliográfico de la biblioteca y su equipamiento e instalaciones, velando por su integridad, utilizándolos adecuadamente para los fines que le son propios y evitando situaciones de riesgo para los mismos. 3. Respetar la legislación vigente de propiedad intelectual y, en especial, la referida a la consulta, el escaneo y las fotocopias y, en el caso de documentos digitales, la referida al uso, la distribución y la copia. 4. Respetar los plazos de préstamo y responder de la pérdida o deterioro de las obras que se les presten. 5. Cumplir las indicaciones del personal de Biblioteca y las normativas que regulan los distintos servicios de la Biblioteca Artículo 9. Incumplimiento de las normas y régimen sancionador 1. Incumplimiento. La utilización de los servicios de la Biblioteca de la Universidad Loyola Andalucía estará sujeta a lo establecido en la presente norma, en las normativas que lo desarrollen y demás normas reguladoras que sean de aplicación. El incumplimiento de los deberes y demás normas generales de uso de la Biblioteca podrán llevar aparejada la adopción de alguna o algunas de las medidas o sanciones que se especifican en esta normativa, sin perjuicio de las responsabilidades administrativas de orden académico, civiles o penales que sean exigibles en cada caso. 2. Infracciones Se considerarán infracciones las conductas que atenten contra el buen funcionamiento de la Biblioteca. Las infracciones se clasifican en leves, graves o muy graves. Se consideran infracciones leves: Alteración de las normas de respeto hacia el resto de usuarios y el personal de la Biblioteca. Alteración del orden de la Biblioteca mediante un comportamiento ruidoso, inapropiado o molesto para los demás, consumo de bebidas, comidas o tabaco en las instalaciones. Uso indebido de las salas de lectura ocupando puestos de lectura mediante la colocación de objetos personales o reservando puestos de lectura para terceras personas. Incumplimiento de los plazos de devolución de documentos Normativa de la Biblioteca de la Universidad Loyola Andalucía Página 6

7 Se consideran infracciones graves: Incumplimiento reiterado de los plazos de devolución de documentos Pérdida o deterioro de documentos La reiteración de faltas leves Se consideran infracciones muy graves: No devolución de los documentos después de tres reclamaciones Actos de violencia verbal o física contra el resto de los usuarios y el personal de la Biblioteca Conductas que originen daños o deterioros en las instalaciones y el mobiliario Intentos de sustracción de material de Biblioteca Suplantación de la identidad en el uso de los servicios de la Biblioteca Utilización inadecuada de las tecnologías de la información La reiteración de faltas graves 3. Sanciones Las sanciones por las infracciones recogidas en el artículo anterior se gradúan de acuerdo con lo dispuesto en los apartados siguientes: Sanciones por faltas leves: Las conductas que correspondan a alteración de las normas de respeto hacia el resto de usuarios y el personal de la Biblioteca, alteración del orden de la Biblioteca mediante un comportamiento ruidoso, inapropiado o molesto para los demás, consumo de bebidas, comidas o tabaco en las instalaciones, y uso indebido de las salas de lectura ocupando puestos de lectura mediante la colocación de objetos personales o reservando puestos de lectura para terceras personas, darán lugar al apercibimiento verbal sobre el comportamiento indebido, y la reiteración de dichas conductas dará lugar a la expulsión de las instalaciones de la Biblioteca. La adopción y ejecución de estas medidas corresponderá al personal de Biblioteca o, en su caso, al personal responsable de la vigilancia del servicio en el momento en el que se produzca el incidente. El incumplimiento de los plazos de devolución de documentos se sanciona con la imposibilidad de utilizar el servicio de préstamo durante cinco días por cada documento y día de retraso. La adopción y ejecución de esta medida corresponderá al personal de Biblioteca. Sanciones por faltas graves: El incumplimiento reiterado de los plazos de devolución de documentos se sanciona con la imposibilidad de utilizar el servicio de préstamo durante un periodo de tres meses a un año. La adopción y ejecución de esta medida corresponderá a la Dirección de Biblioteca. La pérdida o deterioro de documentos obliga al usuario a restituirlos por otro igual al perdido o deteriorado, o en su defecto, adquirir otro de características similares, que le será propuesto por la Biblioteca. En cualquier caso, el usuario quedará en situación de suspensión indefinida de los derechos de usuario de la biblioteca hasta la reposición del fondo. La adopción y ejecución de esta medida corresponderá a la Dirección de la Biblioteca, previa audiencia del interesado. Normativa de la Biblioteca de la Universidad Loyola Andalucía Página 7

8 La reiteración de faltas leves dará lugar a la medida de suspensión de los derechos de usuario de un periodo de hasta tres meses. La adopción y ejecución de esta medida corresponderá a la Dirección de la Biblioteca, previa audiencia del interesado. Sanciones por faltas muy graves: La no devolución de documentos después de tres reclamaciones se sanciona con el bloqueo del acceso personal al portal web hasta que tenga lugar la devolución. La adopción y ejecución de esta medida corresponderá al personal de Biblioteca. La suplantación de la identidad en el uso de los servicios de la Biblioteca dará lugar a la suspensión de los derechos de usuario de tres meses a un año. La adopción de esta medida corresponderá a la Dirección de la Biblioteca, previa audiencia del interesado. Los actos de violencia verbal o física contra el resto de los usuarios y el personal de la Biblioteca, las conductas que originen daños o deterioros en las instalaciones y el mobiliario, los intentos de sustracción de material de Biblioteca, la utilización inadecuada de las tecnologías de la información y la reiteración de faltas graves, darán lugar a la suspensión de los derechos de usuario de tres meses a un año. La adopción de esta medida corresponderá a la Dirección de la Biblioteca, previa audiencia del interesado. La ulterior reiteración de estas infracciones se sancionará con la suspensión indefinida de los derechos de usuario. La adopción y ejecución de esta medida corresponderá a la Comisión Académica del Consejo de Gobierno de la Universidad, previa audiencia del interesado. Estos casos se pondrán en conocimiento de la autoridad académica competente para que se establezcan las sanciones disciplinarias o académicas que sean pertinentes, sin perjuicio de las responsabilidades civiles o penales que sean exigibles en función de cada caso. TÍTULO IV. SERVICIOS La Biblioteca tiene su razón de ser en la prestación a la Comunidad Universitaria de los servicios necesarios para garantizar el cumplimiento de sus objetivos y funciones. Cada servicio podrá regularse por normativas específicas que complementen y amplíen la presente norma y que serán aprobadas por la Comisión Técnica de la Biblioteca, previo informe de la Dirección de la Biblioteca. La Biblioteca Universitaria cuenta con una Carta de Servicios que publicita los compromisos de la Biblioteca en la prestación de los mismos. Artículo 10. Tipos de servicios La Biblioteca Universitaria presta servicios técnicos, servicios al usuario y servicios de extensión bibliotecaria Normativa de la Biblioteca de la Universidad Loyola Andalucía Página 8

9 Artículo 11. Servicios técnicos Son los relacionados con la adquisición, proceso técnico y conservación de los fondos bibliográficos 1. La adquisición. La adquisición del fondo bibliográfico se llevará a cabo de forma centralizada, basando la selección en las peticiones y sugerencias del profesorado, de los alumnos y el criterio de la Biblioteca, según la Normativa de Adquisiciones definida en su Normativa sobre Gestión de la Colección (adquisiciones, donaciones y expurgo) (ver Anexo I) Todos los fondos adquiridos deberán ser registrados y sellados en la Biblioteca, para su incorporación al fondo bibliográfico de la Biblioteca Universitaria. 2. El proceso técnico. El proceso técnico comprende las labores internas que se llevan a cabo desde la recepción de una obra hasta quedar a disposición de los usuarios. La catalogación y clasificación del fondo se llevará a cabo siguiendo las reglas internacionales vigentes, ISBD, RDA y CDU. El catálogo de la Biblioteca Universitaria estará formado por las referencias bibliográficas de todas las obras existentes en las diferentes bibliotecas de la Universidad. 3. La conservación. La Universidad asegurará la conservación del fondo bibliográfico proporcionando los locales y medios adecuados. Artículo 12. Servicios a los usuarios Los servicios que presta la Biblioteca Universitaria a sus usuarios son los relativos a referencia bibliográfica y atención al usuario, lectura en sala y el préstamo de obras. 1. La referencia bibliográfica y atención al usuario La referencia u orientación bibliográfica se proporcionará desde las propias bibliotecas y se dará respuesta a todas las consultas que se realicen a través de cualquier vía (presencial, telefónica, electrónica) 2. La lectura en sala Todas las bibliotecas dispondrán del servicio de lectura en sala. 3. El préstamo. Mediante el préstamo, la Biblioteca facilitará el acceso al fondo bibliográfico a todos sus usuarios. Se establecen las siguientes modalidades de préstamo, que serán reguladas por la Norma de Préstamo (Ver anexo IIa) a. Préstamo en Sala. Mediante el préstamo en sala se podrá consultar el fondo bibliográfico de depósito en las salas de lectura. Normativa de la Biblioteca de la Universidad Loyola Andalucía Página 9

10 b. Préstamo Domiciliario. Mediante el préstamo domiciliario el usuario podrá retirar de la Biblioteca el material bibliográfico que necesite por un periodo de tiempo determinado. Los plazos de préstamo, deben ser respetados por los usuarios y su incumplimiento se penaliza con la suspensión del derecho a préstamo e incluso el bloqueo del acceso personal al portal web de la Universidad. Quedan excluidas del préstamo domiciliario las obras de referencia, publicaciones periódicas y los fondos especiales (fondo antiguo, inédito, microformas, soportes informáticos). Una modalidad de préstamo domiciliario será el préstamo de fin de semana que se aplica a algunos ejemplares de manuales (marcados de punto rojo en el lomo) recomendados en las guías docentes, que entre semana sólo se pueden consultar en sala. c. Préstamo Intercampus. Mediante el préstamo intercampus se permite al usuario, previa petición, disponer en un breve plazo de material bibliográfico solicitado a otra biblioteca de la Universidad. d. Préstamo Interbibliotecario. Mediante el préstamo interbibliotecario se facilita el acceso a fondos bibliográficos de otras bibliotecas. Artículo 13. Servicios de extensión bibliotecaria Son aquellos que permiten la divulgación de los fondos, servicios y actividades de la Biblioteca Universitaria: boletines de novedades bibliográficas, exposiciones, cursos de formación de usuarios, coloquios, presentaciones, concursos. Así mismo la Biblioteca incluirá en su planificación anual un plan de formación que incluya la celebración de cursos, seminarios, conferencias, en algunos casos con reconocimiento académico. TITULO V. DISPOSICIONES Disposición final primera. Reforma y modificaciones La iniciativa de reforma de esta norma o modificación de alguno de sus artículos, será adoptada por la Comisión Técnica de Biblioteca, y una vez aprobadas por ésta, se elevarán al Consejo de Gobierno para su aprobación definitiva. Se exceptúan las normativas que lo regulan y desarrollan cuya aprobación, reforma o modificación corresponderá a la Comisión Técnica de Biblioteca a propuesta de la Dirección de Biblioteca. Normativa de la Biblioteca de la Universidad Loyola Andalucía Página 10

11 Disposición final segunda. Esta normativa entrará en vigor a partir de su aprobación por el Consejo de Gobierno y su publicación en el Boletín Oficial de la Universidad Loyola Andalucía. Normativa de la Biblioteca de la Universidad Loyola Andalucía Página 11

REGLAMENTO DE LA BIBLIOTECA DE LA ESCUELA SUPERIOR DE CANTO DE MADRID

REGLAMENTO DE LA BIBLIOTECA DE LA ESCUELA SUPERIOR DE CANTO DE MADRID REGLAMENTO DE LA BIBLIOTECA DE LA ESCUELA SUPERIOR DE CANTO DE MADRID Aprobado por el Consejo Escolar el 17 de octubre de 2014 Índice TÍTULO I. DEFINICIÓN, MISIÓN Y OBJETIVOS... 2 TÍTULO II. ESTRUCTURA

Más detalles

Procedimiento para la para la coordinación de actividades empresariales en instalaciones de la universidad

Procedimiento para la para la coordinación de actividades empresariales en instalaciones de la universidad Página: 1/17 Procedimiento para la para la coordinación Índice 1. OBJETO... 2 2. CLIENTES / ALCANCE... 2 3. NORMATIVA... 2 4. RESPONSABLES... 3 5. DESCRIPCIÓN DEL PROCESO... 3 6. DIAGRAMA DE FLUJO... 13

Más detalles

NORMAS DE USO Y CONSULTA

NORMAS DE USO Y CONSULTA NORMAS DE USO Y CONSULTA DEPENDENCIA ORGÁNICA La Biblioteca Central y el Servicio de Documentación y Estudios están integrados en la Subdirección General de Asociaciones, Archivos y Documentación de la

Más detalles

ELIMINACIÓN DE DOCUMENTOS EN LA UNIVERSIDAD DE ALMERÍA

ELIMINACIÓN DE DOCUMENTOS EN LA UNIVERSIDAD DE ALMERÍA ELIMINACIÓN DE DOCUMENTOS EN LA UNIVERSIDAD DE ALMERÍA La eliminación de la documentación, aun tratándose de copias, deberá realizarse asegurándose la destrucción física que imposibilite su reconstrucción.

Más detalles

SERVICIO DE INFORMACIÓN BIBLIOGRÁFICA Y DOCUMENTAL. NORMATIVA DE USO DE LOS FONDOS BIBLIOGRÁFICOS Y

SERVICIO DE INFORMACIÓN BIBLIOGRÁFICA Y DOCUMENTAL. NORMATIVA DE USO DE LOS FONDOS BIBLIOGRÁFICOS Y SERVICIO DE INFORMACIÓN BIBLIOGRÁFICA Y DOCUMENTAL. NORMATIVA DE USO DE LOS FONDOS BIBLIOGRÁFICOS Y DOCUMENTALES DE LA UNIVERSIDAD DE ALICANTE. PREÁMBULO El SIBID en cumplimiento de su función de custodia

Más detalles

Aviso Legal. Entorno Digital, S.A.

Aviso Legal. Entorno Digital, S.A. Aviso Legal En relación al cumplimiento de la Ley de Protección de Datos, le informamos que los datos personales facilitados por Ud. en cualquiera de los formularios incluidos en este sitio web son incluidos

Más detalles

INSTRUCCIÓN DE GOBIERNO DEL ARCHIVO GENERAL DE LA UNIVERSIDAD DE NAVARRA

INSTRUCCIÓN DE GOBIERNO DEL ARCHIVO GENERAL DE LA UNIVERSIDAD DE NAVARRA INSTRUCCIÓN DE GOBIERNO DEL ARCHIVO GENERAL DE LA UNIVERSIDAD DE NAVARRA TÍTULO I. NATURALEZA, DEFINICIÓN, ÁMBITO Y FUNCIONES.... 1 CAPÍTULO I. NATURALEZA.... 1 CAPÍTULO II. DEFINICIÓN.... 1 CAPÍTULO III

Más detalles

MARCO NORMATIVO PARA LA PARTICIPACIÓN ANDALUCÍA

MARCO NORMATIVO PARA LA PARTICIPACIÓN ANDALUCÍA MARCO NOATIVO PARA LA PARTICIPACIÓN DECRETO 328/2010, DE 13 DE JULIO, POR EL QUE SE APRUEBA EL REGLAMENTO ORGÁNICO DE LAS ESCUELAS INFANTILES DE SEGUNDO CICLO, DE LOS COLEGIOS DE EDUCACIÓN PRIMARIA, DE

Más detalles

NORMATIVA DEL SERVICIO DE PRÉSTAMO INTERBIBLIOTECARIO DE LA UNIVERSIDAD DE MÁLAGA UNIVERSIDAD DE MÁLAGA

NORMATIVA DEL SERVICIO DE PRÉSTAMO INTERBIBLIOTECARIO DE LA UNIVERSIDAD DE MÁLAGA UNIVERSIDAD DE MÁLAGA NORMATIVA DEL SERVICIO DE PRÉSTAMO INTERBIBLIOTECARIO DE LA UNIVERSIDAD DE MÁLAGA UNIVERSIDAD DE MÁLAGA NORMATIVA DE PRÉSTAMO INTERBIBLIOTECARIO DE LA UNIVERSIDAD DE MÁLAGA 1. DEFINICIÓN Y OBJETIVOS DEL

Más detalles

CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN

CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN 5991 CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN ORDEN de 2 de marzo de 2010 por la que se regula el desarrollo del Practicum correspondiente al título de Máster Universitario de Formación del Profesorado de Educación Secundaria

Más detalles

REGLAMENTO DE LA BIBLIOTECA DE LA E.U. POLITÉCNICA / E.T.S.I. INDUSTRIALES

REGLAMENTO DE LA BIBLIOTECA DE LA E.U. POLITÉCNICA / E.T.S.I. INDUSTRIALES 1 REGLAMENTO DE LA BIBLIOTECA DE LA E.U. POLITÉCNICA / E.T.S.I. INDUSTRIALES Aprobado por Junta de E.T.S.I.I. de 9 de febrero de 2005 y por Junta de E.U.P. de 12 de abril de 2005. (Modificado en 19 de

Más detalles

PROCEDIMIENTO DE PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES. Edición: 1 Fecha aprobación: Página 1 de 10

PROCEDIMIENTO DE PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES. Edición: 1 Fecha aprobación: Página 1 de 10 Edición: 1 Fecha aprobación: Página 1 de 10 Elaborado por: Antonio Jesús Peñalver García Revisado por: Aprobado por: Fecha: 4 de Abril de 2013 Fecha: Fecha: Firma Firma Firma Procedimiento PROCEDIMIENTO

Más detalles

Propuesta de Orden de personal consensuada con los sindicatos UGT y CCOO, para presentar a la Consejería de Cultura.

Propuesta de Orden de personal consensuada con los sindicatos UGT y CCOO, para presentar a la Consejería de Cultura. Propuesta de Orden de personal consensuada con los sindicatos UGT y CCOO, para presentar a la Consejería de Cultura. Artículo 1. Niveles profesionales. Los niveles profesionales del personal técnico de

Más detalles

ORGANIZACIÓN DE PREVENCIÓN DE RIESGOS DE LA UNIVERSIDAD DE VALLADOLID

ORGANIZACIÓN DE PREVENCIÓN DE RIESGOS DE LA UNIVERSIDAD DE VALLADOLID ORGANIZACIÓN DE PREVENCIÓN DE RIESGOS DE LA UNIVERSIDAD DE VALLADOLID Aprobado por Consejo de Gobierno de 25 de octubre de 2005 La Universidad de Valladolid cumpliendo con sus compromisos y con sus obligaciones

Más detalles

REGLAMENTO PARA LA REALIZACIÓN DEL TRABAJO DE FIN DE GRADO

REGLAMENTO PARA LA REALIZACIÓN DEL TRABAJO DE FIN DE GRADO REGLAMENTO PARA LA REALIZACIÓN DEL TRABAJO DE FIN DE GRADO PREÁMBULO El Real decreto 1393/2007, del 29 de octubre, por el que se establece la ordenación de las enseñanzas universitarias oficiales, dispone

Más detalles

Normativa del Archivo General de la Universidad de Navarra

Normativa del Archivo General de la Universidad de Navarra Normativa del Archivo General de la Universidad de Navarra Fecha de aprobación: septiembre de 2006 I. NATURALEZA, DEFINICIÓN, ÁMBITO Y FUNCIONES a. Naturaleza 1. A los efectos de esta normativa, se entiende

Más detalles

Condiciones de préstamo y consultas al acervo del Centro de Estudios Brasileños de la Universidad de Salamanca.

Condiciones de préstamo y consultas al acervo del Centro de Estudios Brasileños de la Universidad de Salamanca. Condiciones de préstamo y consultas al acervo del Centro de Estudios Brasileños de la Universidad de Salamanca. El presente documento dispone las formas y condiciones de préstamo y consulta de materiales

Más detalles

NORMATIVA DEL SISTEMA INTERNO DE GESTIÓN DE CALIDAD DE LAS TITULACIONES DE LA ESCUELA POLITÉCNICA SUPERIOR

NORMATIVA DEL SISTEMA INTERNO DE GESTIÓN DE CALIDAD DE LAS TITULACIONES DE LA ESCUELA POLITÉCNICA SUPERIOR NORMATIVA DEL SISTEMA INTERNO DE GESTIÓN DE CALIDAD DE LAS TITULACIONES DE LA ESCUELA POLITÉCNICA SUPERIOR Aprobada en Junta de Escuela de fecha 4 de noviembre de 2009, modificada en Junta de Escuela de

Más detalles

TÍTULO: PROCEDIMIENTO DE COORDINACIÓN DE ACTIVIDADES EMPRESARIALES PARA LA CONTRATAS

TÍTULO: PROCEDIMIENTO DE COORDINACIÓN DE ACTIVIDADES EMPRESARIALES PARA LA CONTRATAS Edición: Fecha: 25.08.11 Página 1 de 15 Procedimiento Coordinación de las actividades empresariales y preventivas para las contratas y subcontratas de los Centros de Trabajo del y sus Organismos Autónomos

Más detalles

NORMATIVA DE LOS TRABAJOS FINALAL DE GRADO Y FINAL DE MASTER DE LA UNIVERSITAT JAUME I

NORMATIVA DE LOS TRABAJOS FINALAL DE GRADO Y FINAL DE MASTER DE LA UNIVERSITAT JAUME I NORMATIVA DE LOS TRABAJOS FINALAL DE GRADO Y FINAL DE MASTER DE LA UNIVERSITAT JAUME I (Aprobada por el Consejo de Gobierno núm. de 26 de julio de 2012 y modificada por el Consejo de Gobierno num. 30 de

Más detalles

CARTA DE SERVICIOS DE PUBLICACIONES DE LA UNIVERSIDAD CATÓLICA DE ÁVILA

CARTA DE SERVICIOS DE PUBLICACIONES DE LA UNIVERSIDAD CATÓLICA DE ÁVILA CARTA DE SERVICIOS DE PUBLICACIONES DE LA UNIVERSIDAD CATÓLICA DE ÁVILA Fecha de elaboración: 26-3-2012 PRÓLOGO El Servicio de Publicaciones de la Universidad Católica Santa Teresa de Jesús de Ávila es

Más detalles

DISPOSICIONES GENERALES. En primer lugar se determina que la UNED contará para realizar sus funciones y competencias con:

DISPOSICIONES GENERALES. En primer lugar se determina que la UNED contará para realizar sus funciones y competencias con: LA ESTRUCTURA ACADÉMICA DE LA UNED II. INSTITUTOS UNIVERSITARIOS DE INVESTIGACIÓN. CENTRO ADSCRITOS Y SERVICIOS DE ASISTENCIA A LA COMUNIDAD UNIVERSITARIA. En desarrollo del Capítulo I del Título II de

Más detalles

REGLAMENTO DE RESIDENCIAS DE LA UNIA APROBADO EN CONSEJO DE GOBIERNO DE 15 DE DICIEMBRE DE 2009

REGLAMENTO DE RESIDENCIAS DE LA UNIA APROBADO EN CONSEJO DE GOBIERNO DE 15 DE DICIEMBRE DE 2009 REGLAMENTO DE RESIDENCIAS DE LA UNIA APROBADO EN CONSEJO DE GOBIERNO DE 15 DE DICIEMBRE DE 2009 REGLAMENTO DE LAS RESIDENCIAS DE LA UNIVERSIDAD INTERNACIONAL DE ANDALUCÍA. CAPÍTULO I. NATURALEZA. Artículo

Más detalles

NORMATIVA DE ASOCIACIONES DE ESTUDIANTES DE LA UNIVERSIDAD DE JAÉN PREÁMBULO

NORMATIVA DE ASOCIACIONES DE ESTUDIANTES DE LA UNIVERSIDAD DE JAÉN PREÁMBULO 1 NORMATIVA DE ASOCIACIONES DE ESTUDIANTES DE LA UNIVERSIDAD DE JAÉN PREÁMBULO El artículo 125 de los Estatutos de la Universidad de Jaén (en adelante UJA) establece que ésta fomentará el asociacionismo,

Más detalles

INFORME UCSP Nº: 2011/0070

INFORME UCSP Nº: 2011/0070 MINISTERIO DE LA POLICÍA CUERPO NACIONAL DE POLICÍA COMISARÍA GENERAL DE SEGURIDAD CIUDADANA INFORME UCSP Nº: 2011/0070 FECHA 07/07/2011 ASUNTO Centro de control y video vigilancia integrado en central

Más detalles

CONVENIO DE COLABORACIÓN ENTRE LA AGENCIA DE PROTECCIÓN DE DATOS DE LA COMUNIDAD DE MADRID Y LA UNIÓN INTERPROFESIONAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

CONVENIO DE COLABORACIÓN ENTRE LA AGENCIA DE PROTECCIÓN DE DATOS DE LA COMUNIDAD DE MADRID Y LA UNIÓN INTERPROFESIONAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID CONVENIO DE COLABORACIÓN ENTRE LA AGENCIA DE PROTECCIÓN DE DATOS DE LA COMUNIDAD DE MADRID Y LA UNIÓN INTERPROFESIONAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID En Madrid, a de dos mil dos. REUNIDOS De una parte, D. Luís

Más detalles

FICHAS DE PUESTOS DE TRABAJO

FICHAS DE PUESTOS DE TRABAJO Catálogo de Puestos de Trabajo del Personal de Administración y Servicios Funcionario 13 de Marzo de 2007 I N D I C E FICHAS DE PUESTOS DE TRABAJO Grupo A Grupo B Grupo C Jefe de Servicio 11 Jefe de la

Más detalles

REGLAMENTO DE FUNCIONAMIENTO DEL CONSEJO ASESOR DE MEDIO AMBIENTE.

REGLAMENTO DE FUNCIONAMIENTO DEL CONSEJO ASESOR DE MEDIO AMBIENTE. REGLAMENTO DE FUNCIONAMIENTO DEL CONSEJO ASESOR DE MEDIO AMBIENTE. INDICE CAPITULO I. ORGANIZACIÓN CAPITULO II. MIEMBROS CAPITULO III. PLENO Y GRUPOS DE TRABAJO CAPITULO IV. REUNIONES DEL PLENO Y DE LOS

Más detalles

Sistema Interno de Garantía de Calidad de la UIMP. Máster Universitario en Enseñanza del Español como Lengua Extranjera

Sistema Interno de Garantía de Calidad de la UIMP. Máster Universitario en Enseñanza del Español como Lengua Extranjera de la UIMP Máster Universitario en Enseñanza del Español como Lengua Extranjera Versión 01_09/10/2014 Índice 1. El funcionamiento del SIGC... 5 1.1. La Comisión de Calidad de la UIMP y la gestión institucional

Más detalles

COLEGIO DE ABOGADOS Y ABOGADAS DE COSTA RICA

COLEGIO DE ABOGADOS Y ABOGADAS DE COSTA RICA COLEGIO DE ABOGADOS Y ABOGADAS DE COSTA RICA NORMATIVA PARA EL USO DEL CENTRO DE INFORMACIÓN JURÍDICA EN LÍNEA El presente documento regula los deberes y derechos de los usuarios del servicio del Centro

Más detalles

Biblioteca Pública de la Ciudad Autónoma de Melilla

Biblioteca Pública de la Ciudad Autónoma de Melilla Biblioteca Pública de la Ciudad Autónoma de Melilla Cartas de Servicios 1. Presentación Desde la Consejería de Cultura y Festejos de la Ciudad Autónoma de Melilla se dirigen, gestionan y evalúan una serie

Más detalles

Normativa de Préstamo de la Biblioteca de la E.U. Universitaria de Magisterio ESCUNI

Normativa de Préstamo de la Biblioteca de la E.U. Universitaria de Magisterio ESCUNI ESCUELA UNIVERSITARIA DE MAGISTERIO ESCUNI Adscrita a la Universidad Complutense de Madrid Normativa de de la Biblioteca de la E.U. Universitaria de Magisterio ESCUNI Artículo 1.- Objetivo El servicio

Más detalles

REGLAMENTO DE LAS PRÁCTICAS EXTERNAS EN LOS ESTUDIOS DE GRADO, APROBADO POR EL CONSEJO DE GOBIERNO EN SESIÓN DE 30 DE SEPTIEMBRE DE 2010

REGLAMENTO DE LAS PRÁCTICAS EXTERNAS EN LOS ESTUDIOS DE GRADO, APROBADO POR EL CONSEJO DE GOBIERNO EN SESIÓN DE 30 DE SEPTIEMBRE DE 2010 REGLAMENTO DE LAS PRÁCTICAS EXTERNAS EN LOS ESTUDIOS DE GRADO, APROBADO POR EL CONSEJO DE GOBIERNO EN SESIÓN DE 30 DE SEPTIEMBRE DE 2010 El Real Decreto 1393/2007, por el que se establece la ordenación

Más detalles

Norma Básica de Auditoría Interna

Norma Básica de Auditoría Interna Norma Básica de Auditoría Interna DE IBERDROLA, S.A. Y SU GRUPO (aprobada por el Consejo de Administración el 21 de julio de 2015, a propuesta de la Comisión de Auditoría y Supervisión del Riesgo de 16

Más detalles

BIBLIOTECA DEL CENTRO ASOCIADO DE LA UNED DE PONTEVEDRA

BIBLIOTECA DEL CENTRO ASOCIADO DE LA UNED DE PONTEVEDRA BIBLIOTECA DEL CENTRO ASOCIADO DE LA UNED DE PONTEVEDRA Normativa El Servicio de Biblioteca del Centro Asociado de la UNED de Pontevedra, está compuesto por la Biblioteca y la Fonoteca/Mediateca, y se

Más detalles

Nº Delegados de Prevención

Nº Delegados de Prevención NOTAS 1.1 1 Se constituirá un Comité de Seguridad y Salud en todas las empresas o centros de trabajo que cuenten con 50 o más trabajadores. El Comité de Seguridad y Salud es el órgano paritario y colegiado

Más detalles

LINEAMIENTOS PARA EL SERVICIO DE LA BIBLIOTECA

LINEAMIENTOS PARA EL SERVICIO DE LA BIBLIOTECA LINEAMIENTOS PARA EL SERVICIO DE LA BIBLIOTECA CAPITULO I. DEL HORARIO DE ATENCIÓN Y LOS SERVICIOS DE LA BIBLIOTECA Artículo 1. El horario de atención de la Biblioteca es de: Lunes a viernes, de 8:00 a

Más detalles

Por la cual se adopta la Política de Gestión Documental en la Universidad Central. EL RECTOR DE LA UNIVERSIDAD CENTRAL,

Por la cual se adopta la Política de Gestión Documental en la Universidad Central. EL RECTOR DE LA UNIVERSIDAD CENTRAL, Página 1 de 6 Por la cual se adopta la Política de Gestión Documental en la Universidad Central. EL RECTOR DE LA UNIVERSIDAD CENTRAL, en uso de sus facultades estatutarias, y CONSIDERANDO: Que la Ley 594

Más detalles

2.11.1 CONTRATAS Y SUBCONTRATAS NOTAS

2.11.1 CONTRATAS Y SUBCONTRATAS NOTAS NOTAS 1 Cuando en un mismo centro de trabajo desarrollen actividades trabajadores de dos o más empresas, éstas deberán cooperar en la aplicación de la normativa sobre prevención de riesgos laborales. A

Más detalles

CENTRO DE INVESTIGACION y DE ESTUDIOS AVANZADOS DEL IPN UNIDAD SALTILLO CENTRO DE INFORMACION

CENTRO DE INVESTIGACION y DE ESTUDIOS AVANZADOS DEL IPN UNIDAD SALTILLO CENTRO DE INFORMACION CENTRO DE INVESTIGACION y DE ESTUDIOS AVANZADOS DEL IPN UNIDAD SALTILLO CENTRO DE INFORMACION INDICE Objetivos Políticas Reglamento Capítulo I. Horario Capítulo II. Servicios Capítulo III. Obligaciones

Más detalles

Régimen Interior. las instalaciones deportivas existentes en dicha universidad, así como el personal adscrito al mismo.

Régimen Interior. las instalaciones deportivas existentes en dicha universidad, así como el personal adscrito al mismo. Régimen Interior Naturaleza y composición Artículo 1. 1. El Servicio de Deportes de la Universidad de La Laguna es único y comprende todas las instalaciones deportivas existentes en dicha universidad,

Más detalles

NORMATIVA PARA LA OBTENCIÓN Y RECONOCIMIENTO DE CRÉDITOS DE LIBRE CONFIGURACIÓN

NORMATIVA PARA LA OBTENCIÓN Y RECONOCIMIENTO DE CRÉDITOS DE LIBRE CONFIGURACIÓN NORMATIVA PARA LA OBTENCIÓN Y RECONOCIMIENTO DE CRÉDITOS DE LIBRE CONFIGURACIÓN (Consejo de Gobierno de 17 de Diciembre de 2004, modificada por Consejo de Gobierno de 2 de marzo de 2007) El Real Decreto

Más detalles

Información de interés para Corredores de Seguros que comercialicen. Planes de Pensiones.

Información de interés para Corredores de Seguros que comercialicen. Planes de Pensiones. Información de interés para Corredores de Seguros que comercialicen Planes de Pensiones. -Novedades introducidas por la recién aprobada Ley de Economía Sostenible- Desde FECOR se ha realizado el presente

Más detalles

MINISTERIO DE TRABAJO Y ASUNTOS SOCIALES

MINISTERIO DE TRABAJO Y ASUNTOS SOCIALES MINISTERIO DE TRABAJO Y ASUNTOS SOCIALES 4525 REAL DECRETO 216/1999, de 5 de febrero, sobre disposiciones mínimas de seguridad y salud en el trabajo en el ámbito de las empresas de trabajo temporal El

Más detalles

1. Alumnos: Esta categoría agrupa alumnos desde Primero a Cuarto año medio.

1. Alumnos: Esta categoría agrupa alumnos desde Primero a Cuarto año medio. NORMAS PARA EL BUEN USO DEL CRA La Biblioteca CRA del Instituto San José de Cañete, está a disposición de la comunidad educativa del establecimiento, la cual debe sentirse motivada a aprovechar sus materiales,

Más detalles

(Aprobado por Consejo de Gobierno, en sesión de 3 de mayo de 2006)

(Aprobado por Consejo de Gobierno, en sesión de 3 de mayo de 2006) (Aprobado por Consejo de Gobierno, en sesión de 3 de mayo de 2006) PROCEDIMIENTO DE COORDINACIÓN DE ACTIVIDADES EMPRESARIALES CON CONTRATAS Y CONCESIONES ADMINISTRATIVAS DE SERVICIOS EN MATERIA DE RIESGOS

Más detalles

Estudiantes de grado, máster universitario, doctorado, ciclos formativos, externos. Profesores Alumni e invitados Personal no docente

Estudiantes de grado, máster universitario, doctorado, ciclos formativos, externos. Profesores Alumni e invitados Personal no docente La misión de la biblioteca es proporcionar un servicio Excelente a nuestros usuarios/clientes, como agente activo en los procesos de aprendizaje, investigación e innovación, mediante la gestión integral

Más detalles

La normativa reguladora que rigen las cartas de servicios son:

La normativa reguladora que rigen las cartas de servicios son: NORMATIVA PARA LA IMPLANTACIÓN DE LAS CARTAS DE SERVICIOS EN LAS UNIDADES ADMINISTRATIVAS DE LOS SERVICIOS DE LA UNIVERSIDAD DE HUELVA Y SU CERTIFICACIÓN Las Universidades españolas han ido priorizando

Más detalles

AVISO LEGAL y POLITICA DE PRIVACIDAD

AVISO LEGAL y POLITICA DE PRIVACIDAD AVISO LEGAL y POLITICA DE PRIVACIDAD AVISO LEGAL. OBJETO: La presente página Web ha sido diseñada para dar a conocer los servicios ofertados por la entidad Análisis de Riesgos para Entidades Aseguradoras

Más detalles

UNIVERSIDAD REY JUAN CARLOS NORMATIVA DEL SERVICIO DE PRÉSTAMO DE LA BIBLIOTECA UNIVERSITARIA

UNIVERSIDAD REY JUAN CARLOS NORMATIVA DEL SERVICIO DE PRÉSTAMO DE LA BIBLIOTECA UNIVERSITARIA UNIVERSIDAD REY JUAN CARLOS NORMATIVA DEL SERVICIO DE PRÉSTAMO DE LA BIBLIOTECA UNIVERSITARIA Aprobada por la Comisión General de la Biblioteca Universitaria en su reunión del día 16 de marzo de 2005 Modificada

Más detalles

REGLAMENTO DEL COMITÉ DE SEGURIDAD Y SALUD DE LA UNIVERSIDAD DE VALLADOLID. INTRODUCCIÓN

REGLAMENTO DEL COMITÉ DE SEGURIDAD Y SALUD DE LA UNIVERSIDAD DE VALLADOLID. INTRODUCCIÓN REGLAMENTO DEL COMITÉ DE SEGURIDAD Y SALUD DE LA UNIVERSIDAD DE VALLADOLID. (Aprobado por el Pleno de Comité de Seguridad y Salud de la Universidad de Valladolid el 13 de octubre de 1998 y modificado en

Más detalles

PROTOCOLO DE EVALUACIÓN PARA LA VERIFICACIÓN DE TÍTULOS OFICIALES (GRADO Y MÁSTER)

PROTOCOLO DE EVALUACIÓN PARA LA VERIFICACIÓN DE TÍTULOS OFICIALES (GRADO Y MÁSTER) PROTOCOLO DE EVALUACIÓN PARA LA VERIFICACIÓN DE TÍTULOS OFICIALES (GRADO Y MÁSTER) V.01.02/12/10 Página 2 de 17 Para facilitar la labor que desarrollan los evaluadores, nombrados por AGAE, en el proceso

Más detalles

NORMATIVA DE MATRÍCULA Y PERMANENCIA EN LOS ESTUDIOS DE GRADO DE LA ESERP, centro adscrito a la UNIVERSIDAD REY JUAN CARLOS

NORMATIVA DE MATRÍCULA Y PERMANENCIA EN LOS ESTUDIOS DE GRADO DE LA ESERP, centro adscrito a la UNIVERSIDAD REY JUAN CARLOS NORMATIVA DE MATRÍCULA Y PERMANENCIA EN LOS ESTUDIOS DE GRADO DE LA ESERP, centro adscrito a la UNIVERSIDAD REY JUAN CARLOS La entrada en vigor del Real Decreto 1393/2007, de 29 de octubre, por el que

Más detalles

PE06. RESPONSABILIDAD SOCIAL

PE06. RESPONSABILIDAD SOCIAL Índice 1. Objeto 2. Alcance 3. Referencias/Normativa 4. Definiciones 5. Desarrollo de los procesos 6. Seguimiento y Medición 7. Archivo 8. Responsabilidades 9. Flujograma ANEXOS: No proceden Edición Fecha

Más detalles

POLÍTICA INSTITUCIONAL DE ACCESO ABIERTO DE LA UNIVERSITAT AUTÒNOMA DE BARCELONA

POLÍTICA INSTITUCIONAL DE ACCESO ABIERTO DE LA UNIVERSITAT AUTÒNOMA DE BARCELONA POLÍTICA INSTITUCIONAL DE ACCESO ABIERTO DE LA UNIVERSITAT AUTÒNOMA DE BARCELONA Aprobada por el Consell de Govern el 25 de abril de 2012, acord 46/2012 La necesidad de promover la difusión de la investigación

Más detalles

Informe final de evaluación del seguimiento de la implantación de títulos oficiales

Informe final de evaluación del seguimiento de la implantación de títulos oficiales Informe final de evaluación del seguimiento de la implantación de títulos oficiales 2013 MASTER UNIVERSITARIO EN EFICIENCIA ENERGÉTICA Y ARQUITECTURA Escuela Superior de Arquitectura y Tecnología UCJC

Más detalles

NORMATIVA DE PRESTAMO INTERBIBLIOTECARIO DE LA UNIVERSIDAD DE VALLADOLID

NORMATIVA DE PRESTAMO INTERBIBLIOTECARIO DE LA UNIVERSIDAD DE VALLADOLID REGLAMENTO DE PRESTAMO INTERBIBLIOTECARIO UVA Página 1 de 5 NORMATIVA DE PRESTAMO INTERBIBLIOTECARIO DE LA UNIVERSIDAD DE VALLADOLID 1.- OBJETIVO DEL SERVICIO El servicio de préstamo interbibliotecario

Más detalles

CONTRATO DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS CON ACCESO A DATOS ART. 12 LOPD

CONTRATO DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS CON ACCESO A DATOS ART. 12 LOPD CONTRATO DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS CON ACCESO A DATOS ART. 12 LOPD REUNIDOS De una parte, la parte contratante del servicio online E-conomic como EL RESPONSABLE DEL FICHERO. De otra parte, E-conomic Online

Más detalles

NORMAS REGULADORAS. de la. INSTITUCIÓN de MEDIACIÓN de INGENIEROS (In.Me.In.) del CONSEJO GENERAL de la INGENIERÍA TÉCNICA INDUSTRIAL.

NORMAS REGULADORAS. de la. INSTITUCIÓN de MEDIACIÓN de INGENIEROS (In.Me.In.) del CONSEJO GENERAL de la INGENIERÍA TÉCNICA INDUSTRIAL. ( REVISION 2, DOCUMENTO ) NORMAS REGULADORAS de la INSTITUCIÓN de MEDIACIÓN de INGENIEROS (In.Me.In.) del CONSEJO GENERAL de la INGENIERÍA TÉCNICA INDUSTRIAL Indice CAPÍTULO I, Ámbito de aplicación y naturaleza...3

Más detalles

REGLAMENTO DEL TRABAJO DE FIN DE GRADO

REGLAMENTO DEL TRABAJO DE FIN DE GRADO REGLAMENTO DEL TRABAJO DE FIN DE GRADO Exposición de motivos El Real Decreto 1393/2007, de 29 de octubre, por el cual se establece la ordenación de las enseñanzas universitarias oficiales, modificado por

Más detalles

REGLAMENTO DE MEDIDAS DE SEGURIDAD DE LOS FICHEROS AUTOMATIZADOS QUE CONTENGAN DATOS DE CARÁCTER PERSONAL CAPÍTULO I.- DISPOSICIONES GENERALES

REGLAMENTO DE MEDIDAS DE SEGURIDAD DE LOS FICHEROS AUTOMATIZADOS QUE CONTENGAN DATOS DE CARÁCTER PERSONAL CAPÍTULO I.- DISPOSICIONES GENERALES REGLAMENTO DE MEDIDAS DE SEGURIDAD DE LOS FICHEROS AUTOMATIZADOS QUE CONTENGAN DATOS DE CARÁCTER PERSONAL CAPÍTULO I.- DISPOSICIONES GENERALES Artículo 1.- Ámbito de aplicación y fines. El presente Reglamento

Más detalles

Normativa de Seguridad de los Usuarios de los Recursos Informáticos de la EUSS

Normativa de Seguridad de los Usuarios de los Recursos Informáticos de la EUSS Normativa de Seguridad de los Usuarios de los Recursos Informáticos de la EUSS Aprobada por el Consejo Mixto en la reunión del 17 de diciembre de 1997 1. ÁMBITO DE APLICACIÓN Los recursos informáticos

Más detalles

DO. Generalitat Valenciana 7 enero 1987, núm. 500/1987. Ley 10/1986, de 30 diciembre 1986. Centros integrados en el sistema bibliotecario valenciano.

DO. Generalitat Valenciana 7 enero 1987, núm. 500/1987. Ley 10/1986, de 30 diciembre 1986. Centros integrados en el sistema bibliotecario valenciano. BOE 13 febrero 1987, núm. 38/1987 [pág. 4391] DO. Generalitat Valenciana 7 enero 1987, núm. 500/1987 Ley 10/1986, de 30 diciembre 1986. Centros integrados en el sistema bibliotecario valenciano. La Constitución

Más detalles

Normas de Uso y Seguridad de la Red de Telecomunicaciones de la Universidad de Extremadura

Normas de Uso y Seguridad de la Red de Telecomunicaciones de la Universidad de Extremadura Vicerrectorado de Tecnología de la Información y las Comunicaciones Normas de Uso y Seguridad de la Red de Telecomunicaciones de la Universidad de Extremadura Febrero 2008 Tabla de contenido 1 Antecedentes

Más detalles

REGLAMENTO SOBRE ESTUDIOS DE POSTGRADO DE LA UNIVERSIDAD INTERNACIONAL DE ANDALUCÍA

REGLAMENTO SOBRE ESTUDIOS DE POSTGRADO DE LA UNIVERSIDAD INTERNACIONAL DE ANDALUCÍA REGLAMENTO SOBRE ESTUDIOS DE POSTGRADO DE LA UNIVERSIDAD INTERNACIONAL DE ANDALUCÍA (Aprobada por el Consejo de Gobierno de fecha 29 de enero de 2013 a propuesta de Comisión de Postgrado el 18 de enero

Más detalles

REGLAMENTO GENERAL DE ESTUDIOS DE POSGRADO DE LA UACH

REGLAMENTO GENERAL DE ESTUDIOS DE POSGRADO DE LA UACH REGLAMENTO GENERAL DE ESTUDIOS DE POSGRADO DE LA UACH CAPITULO I DISPOSICIONES GENERALES Artículo 1.- Son estudios de posgrado los que se realizan después de licenciatura, conforme a las disposiciones

Más detalles

REGLAMENTO GENERAL INSTITUTO PROFESIONAL LATINOAMERICANO DE COMERCIO EXTERIOR - IPLACEX TITULO I DE LA DEFINICIÓN Y ÁMBITO DEL REGLAMENTO

REGLAMENTO GENERAL INSTITUTO PROFESIONAL LATINOAMERICANO DE COMERCIO EXTERIOR - IPLACEX TITULO I DE LA DEFINICIÓN Y ÁMBITO DEL REGLAMENTO REGLAMENTO GENERAL INSTITUTO PROFESIONAL LATINOAMERICANO DE COMERCIO EXTERIOR - IPLACEX TITULO I DE LA DEFINICIÓN Y ÁMBITO DEL REGLAMENTO Artículo 1 El presente Reglamento es el conjunto de normas que

Más detalles

CONVENIO DE COLABORACIÓN ENTRE LA AGENCIA ESTATAL DE ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIA Y EL ILUSTRE COLEGIO DE ABOGADOS DE MADRID

CONVENIO DE COLABORACIÓN ENTRE LA AGENCIA ESTATAL DE ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIA Y EL ILUSTRE COLEGIO DE ABOGADOS DE MADRID CONVENIO DE COLABORACIÓN ENTRE LA AGENCIA ESTATAL DE ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIA Y EL ILUSTRE COLEGIO DE ABOGADOS DE MADRID Madrid, a 26 de Julio de 2000 ACUERDO DE COLABORACIÓN ENTRE LA AGENCIA ESTATAL

Más detalles

Informe final de evaluación del seguimiento de la implantación de títulos oficiales GRADO EN ARQUITECTURA

Informe final de evaluación del seguimiento de la implantación de títulos oficiales GRADO EN ARQUITECTURA Informe final de evaluación del seguimiento de la implantación de títulos oficiales 2013 GRADO EN ARQUITECTURA Escuela Superior de Arquitectura y Tecnología UCJC INFORMACIÓN PUBLICA Valoración Final Uno

Más detalles

C O N S I D E R A N D O

C O N S I D E R A N D O EL CONSEJO UNIVERSITARIO DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL EXPERIMENTAL DE GUAYANA En uso de la atribución que le confiere el artículo 14, numeral 28 del Reglamento General de la Institución, C O N S I D E R

Más detalles

REGLAMENTO COMISIÓN DE FIESTAS Y EVENTOS DE LA DELEGACIÓN DE ALUMNOS DE LA FACULTAD DE CIENCIAS ECONOMICAS Y EMPRESARIALES.

REGLAMENTO COMISIÓN DE FIESTAS Y EVENTOS DE LA DELEGACIÓN DE ALUMNOS DE LA FACULTAD DE CIENCIAS ECONOMICAS Y EMPRESARIALES. REGLAMENTO COMISIÓN DE FIESTAS Y EVENTOS DE LA DELEGACIÓN DE ALUMNOS DE LA FACULTAD DE CIENCIAS ECONOMICAS Y EMPRESARIALES. TITULO I: Naturaleza, y fines de las Comisiones de Fiestas y Eventos de la Delegación

Más detalles

Normas Generales de uso de las Salas y Aulas de Informática de la Universidad de Cantabria.

Normas Generales de uso de las Salas y Aulas de Informática de la Universidad de Cantabria. Normas Generales de uso de las Salas y Aulas de Informática de la Universidad de Cantabria. I. DEFINICIONES. Sala de Informática: Se denomina Sala de Informática al conjunto de ordenadores situados en

Más detalles

COMPETENCIAS EN MATERIA DE RESIDUOS.

COMPETENCIAS EN MATERIA DE RESIDUOS. COMPETENCIAS EN MATERIA DE RESIDUOS. DECRETO 73/2012, DE 22 DE MARZO, POR EL QUE SE APRUEBA EL REGLAMENTO DE RESIDUOS DE ANDALUCÍA. TÍTULO I, CAPÍTULO III: DE LAS COMPETENCIAS EN MATERIA DE RESIDUOS (ARTÍCULOS

Más detalles

Carta de Servicios. Quiénes somos y cuál es nuestra misión

Carta de Servicios. Quiénes somos y cuál es nuestra misión L Carta de Servicios as cartas de servicios constituyen unos documentos informativos para los ciudadanos sobre los servicios que tiene encomendada la Administración Pública, los compromisos de calidad

Más detalles

REGLAMENTO DE LOS COORDINADORES DE TITULACIÓN

REGLAMENTO DE LOS COORDINADORES DE TITULACIÓN REGLAMENTO DE LOS COORDINADORES DE TITULACIÓN La Universidad española está sometida en los últimos años a unos intensos cambios para adaptarse a la nueva normativa que surge a partir de la Ley de Universidades

Más detalles

LIBRO I.- NORMAS GENERALES PARA LA APLICACIÓN DE LA LEY GENERAL DE INSTITUCIONES DEL SISTEMA FINANCIERO

LIBRO I.- NORMAS GENERALES PARA LA APLICACIÓN DE LA LEY GENERAL DE INSTITUCIONES DEL SISTEMA FINANCIERO LIBRO I.- NORMAS GENERALES PARA LA APLICACIÓN DE LA LEY GENERAL DE INSTITUCIONES DEL SISTEMA FINANCIERO TITULO XIV.- CÓDIGO DE TRANSPARENCIA Y DE DERECHOS DEL USUARIO (reformado con resolución No. JB-2013-2393

Más detalles

En Madrid, a... de...de 20... REUNIDOS

En Madrid, a... de...de 20... REUNIDOS CONVENIO DE COLABORACIÓN ACADÉMICA ENTRE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE EDUCACIÓN A DISTANCIA Y LA UNIVERSIDAD AUTÓNOMA DE MADRID PARA LA REALIZACIÓN DE UN TÍTULO OFICIAL DE MÁSTER INTERUNIVERSITARIO EN CIENCIAS

Más detalles

EMPRESAS PÚBLICAS DE MEDELLÍN E.S.P. DIRECCIÓN CONTROL INTERNO PROYECTO NORMALIZACIÓN ACTIVIDAD DE AUDITORÍA INTERNA

EMPRESAS PÚBLICAS DE MEDELLÍN E.S.P. DIRECCIÓN CONTROL INTERNO PROYECTO NORMALIZACIÓN ACTIVIDAD DE AUDITORÍA INTERNA DCI-PN-EA-01 VERSIÓN 02 Página 2 de 12 TABLA DE CONTENIDO 1. INTRODUCCIÓN... 3 2. ROL... 3 3. PROFESIONALIDAD... 3 4. AUTORIDAD... 4 5. ORGANIZACIÓN... 4 6. INDEPENDENCIA Y OBJETIVIDAD... 5 7. ALCANCE...

Más detalles

REGLAMENTO DE ACCESO Y USO DE LA SALA DE ORDENADORES Y DEL SERVICIO DE INFORMÁTICA DE LA FACULTAD DE VETERINARIA DE LA UNIVERSIDAD DE EXTREMADURA.

REGLAMENTO DE ACCESO Y USO DE LA SALA DE ORDENADORES Y DEL SERVICIO DE INFORMÁTICA DE LA FACULTAD DE VETERINARIA DE LA UNIVERSIDAD DE EXTREMADURA. REGLAMENTO DE ACCESO Y USO DE LA SALA DE ORDENADORES Y DEL SERVICIO DE INFORMÁTICA DE LA FACULTAD DE VETERINARIA DE LA UNIVERSIDAD DE EXTREMADURA. Capítulo I DE LOS USUARIOS Artículo 1.- Se consideran

Más detalles

CONSEJO ACADÉMICO. RESOLUCIÓN No. 03 de 2010. (Abril 29 de 2010)

CONSEJO ACADÉMICO. RESOLUCIÓN No. 03 de 2010. (Abril 29 de 2010) CONSEJO ACADÉMICO RESOLUCIÓN No. 03 de 2010 (Abril 29 de 2010) Por la cual se reglamenta el servicio del Centro de Cómputo Académico, se crea el Comité del Centro de Cómputo Académico y se establecen sus

Más detalles

FUNDACIÓN TRIBUNAL ARBITRAL DEL ILUSTRE COLEGIO DE ABOGADOS DE MÁLAGA

FUNDACIÓN TRIBUNAL ARBITRAL DEL ILUSTRE COLEGIO DE ABOGADOS DE MÁLAGA FUNDACIÓN TRIBUNAL ARBITRAL DEL ILUSTRE COLEGIO DE ABOGADOS DE MÁLAGA CIF: G92663038 Dirección: Paseo de la Farola, nº 13, 29016-Málaga. Teléfono: 951017900 Fax: E-mail: secretaria@tribunalarbitraldemalaga.es

Más detalles

Informe final de evaluación del seguimiento de la implantación de títulos oficiales

Informe final de evaluación del seguimiento de la implantación de títulos oficiales Informe final de evaluación del seguimiento de la implantación de títulos oficiales 2014 MÁSTER UNIVERSITARIO EN DIRECCIÓN DE PROTOCOLO, PRODUCCIÓN, ORGANIZACIÓN Y DISEÑO DE EVENTOS Facultad de Ciencias

Más detalles

Aprobación de la nueva Ley de Consumidores Novedades destacadas

Aprobación de la nueva Ley de Consumidores Novedades destacadas Aprobación de la nueva Ley de Consumidores Novedades destacadas Resumen de las Novedades Destacadas 1.Los servicios de atención al cliente 2.La obligación de suministrar las condiciones generales 3.La

Más detalles

Reglamento del Procedimiento de Control Interno CAPITULO I

Reglamento del Procedimiento de Control Interno CAPITULO I LEGISLACION APLICABLE: Texto Refundido de Ley General Presupuestaria, aprobada por Real Decreto Legislativo 1091/1988 de 23 de septiembre. Ley 47/2003 de 26 de noviembre General Presupuestaria. Decreto

Más detalles

1. Gestión Prevención

1. Gestión Prevención 1. Gestión Prevención 1.2 Guía de Actuación Inspectora en la coordinación de Actividades Empresariales SUBSECRETARIA 1. CONCURRENCIA DE TRABAJADORES DE VARIAS EMPRESAS EN UN CENTRO DE TRABAJO El artículo

Más detalles

CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN

CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN 6695 CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN ORDEN de 27 de febrero de 2009 por la que se regula la evaluación del alumnado en la Educación Infantil. (2009050103) El artículo 12.1 del Estatuto de Autonomía de Extremadura,

Más detalles

Informe final de evaluación del seguimiento de la implantación de títulos oficiales GRADO EN DERECHO. Facultad de Derecho UCM

Informe final de evaluación del seguimiento de la implantación de títulos oficiales GRADO EN DERECHO. Facultad de Derecho UCM Informe final de evaluación del seguimiento de la implantación de títulos oficiales 2013 GRADO EN DERECHO UCM INFORMACIÓN PUBLICA Valoración Final Uno de los compromisos esenciales que las universidades

Más detalles

BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO

BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO Núm. 274 Lunes 16 de noviembre de 2015 Sec. III. Pág. 107884 III. OTRAS DISPOSICIONES MINISTERIO DE SANIDAD, SERVICIOS SOCIALES E IGUALDAD 12394 Resolución de 3 de noviembre de 2015, de la Secretaría de

Más detalles

REGLAMENTO DEL SERVICIO DE PRÉSTAMO

REGLAMENTO DEL SERVICIO DE PRÉSTAMO REGLAMENTO DEL SERVICIO DE PRÉSTAMO (Documento aprobado por Comisión General de Biblioteca el 7 de Julio de 2005) 1 INTRODUCCIÓN Artículo1. USUARIOS DEL SERVICIO DE PRÉSTAMO Artículos 2 a 5. DOCUMENTOS

Más detalles

A.29/2015. Se modifica la normativa de creación y funciones de la Escuela de Doctorado de Navarra

A.29/2015. Se modifica la normativa de creación y funciones de la Escuela de Doctorado de Navarra A.29/2015. Se modifica la normativa de creación y funciones de la Escuela de Doctorado de Navarra ACUERDO DEL CONSEJO DE GOBIERNO POR EL QUE SE MODIFICA LA NORMATIVA DE CREACIÓN Y FUNCIONES DE LA ESCUELA

Más detalles

LEGAL FLASH I ÁREA LABORAL

LEGAL FLASH I ÁREA LABORAL LEGAL FLASH I ÁREA LABORAL Marzo de 2014 REAL DECRETO-LEY 3/2014, DE 28 DE FEBRERO, DE MEDIDAS URGENTES PARA EL FOMENTO DEL EMPLEO Y LA CONTRATACIÓN INDEFINIDA (BOE 1 DE MARZO DE 2014) ÍNDICE INTRODUCCIÓN

Más detalles

NORMAS DE FUNCIONAMIENTO DEL CLUB DEPORTIVO FILIAL DE LA UNIVERSIDAD PUBLICA DE NAVARRA

NORMAS DE FUNCIONAMIENTO DEL CLUB DEPORTIVO FILIAL DE LA UNIVERSIDAD PUBLICA DE NAVARRA NORMAS DE FUNCIONAMIENTO DEL CLUB DEPORTIVO FILIAL DE LA UNIVERSIDAD PUBLICA DE NAVARRA DISPOSICIONES GENERALES Art. 1.- El Club Deportivo Universidad Pública de Navarra es un club filial sin personalidad

Más detalles

SMV. Superintendencia del Mercado de Valores

SMV. Superintendencia del Mercado de Valores DIRECTIVA PARA ESTABLECER CRITERIOS Y LINEAMIENTOS PARA DETERMINAR ESPECIFICACIONES TÉCNICAS PARA LA ADQUISICION DE BIENES I. FINALIDAD Precisar y uniformizar los criterios que deberán seguir los órganos

Más detalles

1.- PRESENTACIÓN. Juan Manuel Corchado Rodríguez. Vicerrector de Investigación y Transferencia SERVICIOS INFORMÁTICOS, CPD CARTA DE SERVICIOS

1.- PRESENTACIÓN. Juan Manuel Corchado Rodríguez. Vicerrector de Investigación y Transferencia SERVICIOS INFORMÁTICOS, CPD CARTA DE SERVICIOS SERVICIOS INFORMÁTICOS, CPD Campus Miguel de Unamuno. Edificio Facultad De Derecho, Planta Sótano. 37007 Salamanca Tel. +34 923 29 45 43 Fax. +34 923 29 45 94 Web: http://lazarillo.usal.es E-mail: atencionsi@usal.es

Más detalles

Los proyectos podrán ser propuestos por el profesorado del ciclo formativo o por el alumnado.

Los proyectos podrán ser propuestos por el profesorado del ciclo formativo o por el alumnado. Instrucción nº 3/2011, de la Dirección General de Formación Profesional y Aprendizaje Permanente, sobre el módulo profesional de Proyecto incluido en los títulos de formación profesional de grado superior

Más detalles

UNIVERSIDAD DE LA REPUBLICA CENTRO UNIVERSITARIO DE PAYSANDU BIBLIOTECA

UNIVERSIDAD DE LA REPUBLICA CENTRO UNIVERSITARIO DE PAYSANDU BIBLIOTECA UNIVERSIDAD DE LA REPUBLICA CENTRO UNIVERSITARIO DE PAYSANDU BIBLIOTECA REGLAMENTO DE PRESTAMO Art. 1.- La Biblioteca del Centro Universitario de Paysandú a través de su Servicio de Préstamo ofrecerá los

Más detalles

UNICARIBE Reglamento Aprobado por El Consejo Ejecutivo Resolución 2004-34 d/f 14 de Abril del 2004.

UNICARIBE Reglamento Aprobado por El Consejo Ejecutivo Resolución 2004-34 d/f 14 de Abril del 2004. UNIVERSIDAD DEL CARIBE UNICARIBE Biblioteca Don José Andrés Aybar Castellanos Reglamento Aprobado por El Consejo Ejecutivo Resolución 2004-34 d/f 14 de Abril del 2004. INDICE: CAPITULO I: Naturaleza, Misión

Más detalles

REGLAMENTO PARA LA SUPERVISIÓN DE LA IDENTIDAD CORPORATIVA DE LA UNIVERSIDAD DE ALCALÁ (UAH)

REGLAMENTO PARA LA SUPERVISIÓN DE LA IDENTIDAD CORPORATIVA DE LA UNIVERSIDAD DE ALCALÁ (UAH) Aprobado en Consejo de Gobierno de 27 de junio de 2013 REGLAMENTO PARA LA SUPERVISIÓN DE LA IDENTIDAD CORPORATIVA DE LA UNIVERSIDAD DE ALCALÁ (UAH) PREÁMBULO La importancia de la comunicación y la imagen

Más detalles

Informe final de evaluación del seguimiento de la implantación de títulos oficiales GRADO EN COMUNICACIÓN AUDIOVISUAL

Informe final de evaluación del seguimiento de la implantación de títulos oficiales GRADO EN COMUNICACIÓN AUDIOVISUAL Informe final de evaluación del seguimiento de la implantación de títulos oficiales 2013 GRADO EN COMUNICACIÓN AUDIOVISUAL Facultad de Ciencias de la Comunicación UCJC INFORMACIÓN PUBLICA Valoración Final

Más detalles

UNIVERSIDAD DE CASTILLA-LA MANCHA Oficina de Evaluación de la Calidad

UNIVERSIDAD DE CASTILLA-LA MANCHA Oficina de Evaluación de la Calidad UNIVERSIDAD DE CASTILLA-LA MANCHA Oficina de Evaluación de la Calidad SISTEMA DE GARANTÍA DE LA CALIDAD DE LOS TÍTULOS DE GRADO Y MÁSTER UNIVERSITARIOS SGIC-Índice Índice ÍNDICE Portada Índice Tabla de

Más detalles