DIARIO OFICIAL DIRECTOR: Lic. René O. Santamaría C.

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1 REPUBLICA DE EL SALVADOR EN LA AMERICA CENTRAL DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 2 de Julio de DIARIO OFICIAL 1 1 DIRECTOR: Lic. René O. Santamaría C. TOMO Nº 360 SAN SALVADOR, MIERCOLES 2 DE JULIO DE 2003 NUMERO 121 ORGANO EJECUTIVO MINISTERIO DE GOBERNACION Escritura Pública, Estatutos de la Fundación Nuevos Horizontes para los Pobres y Decreto Ejecutivo No. 38, declarándola legalmente establecida, aprobándole sus estatutos y confiriéndoles el carácter de persona jurídica. (nueva publicación). RAMO DE GOBERNACIÓN Estatutos de la Iglesia Profética Monte Hermón y Acuerdo Ejecutivo No. 098, aprobándolos y confiriéndoles el carácter de persona jurídica.... MINISTERIO DE ECONOMIA RAMO DE ECONOMÍA Acuerdos Nos. 473 y Se conceden beneficios a favor de las empresas Inversiones Materiales, Sociedad Anónima de Capital Variable e Inversiones El Olvido, Sociedad Anónima de Capital Variable.... MINISTERIO DE EDUCACION RAMO DE EDUCACIÓN S U M A R I O Pág Acuerdos Nos y Se aprueban planes de estudios a las Universidades Pedagógica de El Salvador y Francisco Gavidia.... ORGANO JUDICIAL CORTE SUPREMA DE JUSTICIA Acuerdos Nos. 166-D, 280-D y 284-D.- Autorizaciones para el ejercicio de la abogacía en todas sus Ramas.... INSTITUCIONES AUTONOMAS ALCALDIAS MUNICIPALES Estatutos del Comité Gestor para la Protección de la Sub- Cuenca del Río San Simón Alegría Berlín, Acuerdo No. 2, emitido por la Alcaldía Municipal de Mercedes Umaña, aprobándolos y confiriéndoles el carácter de persona jurídica.. SECCION CARTELES OFICIALES DE PRIMERA PUBLICACION Cartel No DECLARATORIA DEFINITIVA A FAVOR DE LOS MENORES ELSA PATRICIA, CESAR ALEXANDER, IRMA YESSENIA Y OSCAR ALBERTO, TODOS DE APELLIDOS GUEVARA GARCIA. (1 V.).... Pág Acuerdos Nos y Equivalencias de estudios.... Acuerdos Nos y Creación, nominación y funcionamiento de dos centros educativos Carteles Nos y ACEPTACION INTERINA A FAVOR DE LOS MENORES EDGARDO DE JESUS Y RAQUEL ESTEFANY CARDONA MOLINA Y ANA ESMERALDA MEDRANO DE PALACIOS Y OTROS. (3 V. Alt.) Dirección: 4a. C. Pte. y 15 Av. Sur # 829 S.S. Tel.: Página Web: Correo: diario.oficial@gobernacion.gob.sv

2 2 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 360 Pág. Pág. DE SEGUNDA PUBLICACION DE SEGUNDA PUBLICACION Carteles Nos. 1107, 1108, 1109 y ACEPTACION INTERINA A FAVOR DE ROSA CRUZ, JOSE RIGOBERTO GARCIA, ERICK ANTONIO MORALES BURGOS, ZULEYMA DEL TRANSITO SORTO HENRIQUEZ Y OTROS. (3 V. Alt.).... Cartel No TITULO SUPLETORIO A FAVOR DE SANTOS ULISES UMANZOR TURCIOS. (3 V. Alt.).... DE TERCERA PUBLICACION Cartel No DECLARATORIA YACENTE CAUSANTE OSCAR ROLANDO PERDIDO, CURADOR LIC. LILIAN GLORIBEL SALAZAR LEMUS. (3 V. Alt.).... Carteles Nos. 1084, 1085, 1086, 1087, 1088, 1089 y ACEPTACION INTERINA A FAVOR DE MARIA ANTONIA TERESA MARTINEZ, VILMA ESTER CASTANEDA DE MORALES, CARLOS EDUARDO TRIGUEROS, GLORIA ISABEL MARTINEZ, MARIA DEL ROSARIO NIÑO VDA. DE GONZALEZ, MARIA ALICIA RAMIREZ VASQUEZ, JOSE DANIEL CORADO HENRIQUEZ. (3 V. Alt.).... Carteles Nos y TITULO SUPLETORIO A FAVOR DE FABIO RECINOS TEJADA, VICTOR MANUEL GUEVARA CORTEZ. (3 V. Alt.).... SECCION CARTELES PAGADOS DE PRIMERA PUBLICACION Carteles Nos v, v, v, v, v, v, v, v, v, v, v, v, v, v, v, v, v, v, v, v, v, 22547, 22519, 22551, 22542, 22541, 22537, 22540, 22538, 22539, 22517, 22528, 22480, 22479, 22627, 22585, 22635, 22462, 22535, 22630, 22592, 22591, 22544, 22545, 22514, 22515, 22552, 22531, 22501, 22626, 22504, 22530, 22606, 22618, 22617, 22526, 22555, 22557, 22559, 22560, 22562, 22563, 22565, 22567, 22569, 22570, 22589, 22583, 22582, 22581, 22588, 22584, 22580, 22579, 22577, 22590, 22568, 22564, 22566, 22561, 22550, 22554, 22556, 22558, 22571, 22553, 22508, C, C, C, C, C, (3 V. 1 V. C 3/D.) Carteles Nos , 22221, 22219, 22237, 22149, 22140, 22125, 22133, 22096, 22094, 22092, 22091, 22090, 22116, 22101, 22109, 22105, 22085, 22331, 22323, 22318, 22279, 22264, 22261, 22308, 22158, 22178, 22174, 22230, 22278, 22108, 22102, 22099, 22097, 22266, 22276, 22282, 22285, 22327, 22180, 22306, 22131, 22048, 22047, 22046, 22044, 22043, 22042, 22041, 22050, 22052, 22056, 22054, 22053, 22058, 22049, 22061, 22059, 22191, 22127, 22117, 22111, 22119, 22140, 22145, 22148, 22203, 22204, 22206, 22210, 22202, 22247, 22146, 22144, 22142, 22126, 22139, 22211, 22242, 22243, 22122, 22120, 22137, 22132, 22130, 22129, 22124, 22123, 22138, 22321, 22319, 22288, 22289, 22283, 22293, 22062, 22064, 22066, 22068, 22177, 22175, 22173, 22172, 22179, 22192, 22181, 22186, 22184, 22182, 22190, 22188, 22187, 22155, 22156, 22165, 22153, 22151, 22167, 22168, 22170, 22157, 22159, 22160, 22161, 22162, C. DE TERCERA PUBLICACION SECCION DOCUMENTOS OFICIALES MINISTERIO DE EDUCACIÓN Carteles Nos , 21835, 21834, 21825, 21817, 21812, 21808, 21695, 21696, 21604, 21591, 21513, 21666, 21736, 21738, 21716, 21710, 21556, 21549, 21544, 21723, 21725, 21580, 21585, 21586, 21588, 21587, 21613, 21698, 21843, 21842, 21688, 21667, 21715, 21558, 21557, 21542, 21712, 21714, 21721, 21697, 21798, 21801, 21671, 21823, 21603, 21629, 21641, 21678, 21674, 21766, 21841, 21787, 21780, 21778, 21781, 21776, 21731, 21703, 21560, 21640, 21583, 21816, 21795, 21609, 21740, 21745, 21743, 21842, 21742, 21747, 21749, 21751, 21594, 21592, 21593, 21595, 21601, 21651, 21656, 21659, 21660, 21661, 21791, 21789, 21775, 21773, 21772, 21770, 21755, 21757, 21759, 21768, 21741, 21739, 21737, 21827, 21788, 21782, 21783, 21760, 21761, 21758, 21746, 21748, 21752, 21754, 21756, 21600, 21599, 21597, 21579, 21578, 21628, 21626, 21623, 21621, 21617, 21619, 21615, 21614, 21612, 21611, 21637, 21636, 21634, 21632, 21638, 21639, 21512, 21646, 21691, 21684, 21682, 21690, 21687, C, C, C, 5650-C Resoluciones Nos. 235, 236, 237, 238, 239, 240, 241, 242, 244, 246, 247, 248, 249, 251, 252, 253, 254, 255, 256, 257 y Reposiciones de títulos

3 DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 2 de Julio de ORGANO EJECUTIVO MINISTERIO DE GOBERNACIÓN Los presentes Estatutos se publican nuevamente por haber salidos en la ciudad de San Salvador departamento de San Salvador, la Fundación de nacionalidad Salvadoreña que se denominará FUNDACION errados en el Diario Oficial No. 104, Tomo No. 359, correspondiente al 9 de junio de 2003, quedando dicha publicación sin ningún efecto. NUEVOS HORIZONTES PARA LOS POBRES y que podrá abreviarse FUNHOPO, como una Entidad de Utilidad Pública, no Lucrativa, ni Religiosa, Apolítica, la que en los presentes Estatutos se denominará La NUMERO CIENTO SETENTA Y CINCO. LIBRO DECIMO PRIME- Fundación. Artículo DOS. El domicilio de la Fundación será la de RO. En la ciudad de San Salvador, a las once horas del día 20 de marzo Ciudad Delgado, departamento de San Salvador, pudiendo establecer del año dos mil tres. Ante mí, AMILCAR ERNESTO FRANCO ARA- filiales en todo el territorio de la República y fuera de él. Artículo TRES.- NA, Notario de este domicilio, comparecen los señores: LOUIS La Fundación se constituye por tiempo indefinido. CAPITULO II. CHIURATO, de setenta y ocho años de edad, Empresario, Residente FINALIDAD. Artículo. CUATRO.- Los fines de la Fundación serán: a) definitivo en El Salvador, y de este domicilio, quien entiende y habla Desarrollar programas, proyectos, actividades y acciones con el fin de perfectamente el idioma castellano, a quien no conozco pero identifico impulsar el bienestar y desarrollo social, para mejorar las condiciones de por medio de su Carné de Residente Número cero cero cero cero siete vida de las familias de escasos recursos económicos, de una manera nueve dos seis; ANA IRENE GARCIA PRIETO DE JACIR, de cuarenta integral. b) Gestionar y canalizar recursos económicos, materiales, y siete años de edad, Empresaria, de Nacionalidad Salvadoreña y de este alimentarios y otros, dentro y fuera del país con el fin último de domicilio, a quien no conozco pero identifico por medio de su Documento Unico de Identidad Número cero un millón doscientos noventa y tres proyectos integrales de viviendas para las familias de escasos recursos desarrollar las comunidades de escasos recursos. c) Gestionar y ejecutar mil cuatrocientos diecisiete-seis; EDGAR JAVIER JACIR SIMAN, de económicos, que no tengan acceso al sistema financiero, a fin de que cuarenta y nueve años de edad, Empresario, de Nacionalidad Salvadoreña y de este domicilio, a quien no conozco pero identifico por medio de desarrollar proyectos Ecológicos que permitan el equilibrio Humanidad- puedan acceder a sistemas habitacionales con dignidad. d) Impulsar y su Documento Unico de Identidad Número cero cero cero sesenta y cinco Naturaleza. e) Gestionar y desarrollar programas de nutrición con mil doscientos veintiuno-tres; AIDA IVETTE ORELLANA DE HE- atención materno-infantil en las comunidades pobres del sector, para RRERA, de cuarenta y un años de edad, Secretaria, de Nacionalidad contribuir a disminuir los índices de desnutrición y de morbimortalidad Salvadoreña, y de este domicilio, a quien no conozco pero identifico por infantil, haciendo énfasis en la medicina preventiva. f) Impulsar programas de capacitación y asesoría técnica en las artes del lenguaje con medio de su Documento Unico de Identidad Número cero dos uno dos uno seis cero cinco-seis; JOSE LEONEL HERNANDEZ, de treinta y énfasis en nuevas metodologías, técnicas y material didáctico con el nueve años de edad, Empleado, de Nacionalidad Salvadoreña, y del personal docente, población escolar y miembros de las comunidades de domicilio de Ciudad Delgado de este Departamento, a quien no conozco escasos recursos económicos, despertando interés en la literatura y pero identifico por medio de su Documento Unico de Identidad Número escritura, para profundizar el nivel de comprensión-aplicación, análisis cero un millón ochocientos veintiocho mil ciento cincuenta y seis-tres; de textos y su habilidad de expresarse, por medio de las artes, de la crítica SAUL ATILIO JUAREZ CACERES, de cuarenta y cuatro años de edad, y del análisis. g) Promover y desarrollar programas educativos en forma Empleado, de Nacionalidad Salvadoreña y del domicilio de Ciudad integral y en especial de la importancia que tiene el frijol de soya, Delgado de este Departamento, a quien no conozco pero identifico por contribuyendo de esta forma a minimizar los problemas de salud por la medio de su Documento Unico de Identidad Número cero un millón nutrición con soya. CAPITULO III. DEL PATRIMONIO. Artículo ciento ocho mil novecientos dieciocho-cero; RICARDO QUITEÑO CINCO.- El patrimonio de la Fundación estará constituido por: a) Un SIBRIAN, de treinta años de edad, Maestro, de Nacionalidad Salvadoreña y del domicilio de Ciudad Delgado de este domicilio, a quien no han pagado a razón de: UN MIL QUININTOS DOLARES DE LOS aporte inicial de DOCE MIL DOLARES, que los miembros fundadores conozco pero identifico por medio de su Documento Unico de Identidad ESTADOS UNIDOS DE AMERICA, cada uno en efectivo al momento Número cero dos cero ocho nueve cinco ocho cuatro-nueve; TENLEY de la Constitución. La aportación en dinero relacionado queda en poder MATHESON RUTH, de cuarenta y cinco años de edad, Religiosa y bajo la responsabilidad de la Junta Directiva. b) Donaciones, Fideicomisos, herencias, legados contribuciones de personas naturales o jurídi- Católica, residente definitiva en El Salvador y del domicilio de Suchitoto, Departamento de Cuscatlán, quien entiende y habla perfectamente el cas, nacionales o internacionales. c) Todos los bienes muebles e inmuebles que adquiera y las rentas provenientes de los mismos de conformi- idioma Castellano, a quien no conozco pero identifico por medio de su Carné de Residente definitivo Número cero cero cero dos siete uno siete dad con la ley. d) Por los incrementos del Fondo Patrimonial acordado ocho; y me DICEN: I) Que por medio de esta Escritura constituyen una por la Asamblea General. e) Por la venta de servicios que la Fundación FUNDACION de carácter apolítico, no lucrativo, ni religioso con el ofrece y por cualquier otra actividad lícita que realice la Fundación. nombre de FUNDACION NUEVOS HORIZONTES PARA LOS PO- Artículo SEIS.- El Patrimonio será administrado por la Junta Directiva BRES, cuyas siglas son FUNHOPO. II) Que la referida Fundación se conforme a las directrices que le manifieste la Asamblea General. Los regirá por los Estatutos que se transcriben a continuación, los cuales ingresos así obtenidos se destinarán exclusivamente a los fines de la constan de treinta y cuatro artículos: CAPITULO I. NATURALEZA, Fundación y en ningún caso se distribuirán directa o indirectamente entre DENOMINACION, DOMICILIO Y PLAZO. Artículo UNO.- Créase

4 4 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 360 los miembros que la integran. CAPITULO IV. DEL GOBIERNO DE LA FUNDACION. Artículo SIETE.- El Gobierno de la Fundación será ejercido por: a) La Asamblea General, y b) La Junta Directiva. CAPITU- LO V. DE LA ASAMBLEA GENERAL. Artículo OCHO.- La Asamblea General, debidamente convocada, es la autoridad máxima de la Fundación y estará integrada por la totalidad de los Miembros Fundadores. Artículo NUEVE.- La Asamblea General se reunirá ordinariamente una vez al año y extraordinariamente cuando fuere convocada por la Junta Directiva. La Asamblea General sesionará válidamente con la asistencia del cincuenta y uno por ciento como mínimo de los miembros en primera convocatoria y en segunda convocatoria el día siguiente con los miembros que asistan, excepto en los casos especiales en que se requiera mayor número de asistentes. Las resoluciones las tomará la Asamblea General, por mayoría simple de votos, excepto en los casos especiales en que se requiera una mayoría diferente. Artículo DIEZ.- Todo miembro que no pudiera asistir a cualquiera de las sesiones de Asamblea General por motivos justificados, podrá hacerse representar por otra persona previa notificación por escrito, pero éste tendrá derecho a voz, no al voto. Artículo ONCE.- Son atribuciones de la Asamblea General: a) Elegir, sustituir y destituir total o parcialmente a los miembros de la Junta Directiva. b) Aprobar, reformar o derogar los Estatutos y el Reglamento Interno de la Fundación, para lo cual se requiere de el Tesorero y/o el Director Ejecutivo las cuentas bancarias de la Funda- mayoría calificada, del setenta y cinco por ciento de la Asamblea ción. Artículo DIECIOCHO.- El Vicepresidente sustituirá al Presidente General. c) Aprobar y/o modificar los planes, programas y presupuesto anual de la Fundación. d) Aprobar o desaprobar la Memoria Anual de Labores de la Fundación, y los Estados Financieros, presentados por la Junta Directiva. e) Decidir sobre la compra, venta, arrendamiento o Llevar los libros de actas de las sesiones de Asamblea General y de Junta enajenación de los bienes pertenecientes a la Fundación. f) Decidir todos aquellos asuntos de interés para la Fundación y que no estan contemplados en los presentes Estatutos. g) Nombrar al auditor externo y fijar sus emolumentos. CAPITULO VI. DE LA JUNTA DIRECTIVA. Artículo a los miembros de la Junta Directiva y Asamblea General, para las DOCE.- La dirección y administración de la Fundación estará confiada sesiones ordinarias y extraordinarias; e) Ser el órgano de comunicación a la Junta Directiva, la cual estará integrada de la siguiente forma: de la Fundación. Artículo VEINTE.- Son atribuciones del Tesorero: a) Presidente, Vicepresidente, Secretario, Síndico, Tesorero, Primer Vocal, Recibir y depositar los fondos que la Fundación obtenga, en los Bancos Segundo Vocal. La Junta Directiva administrará y dispondrá del patri- que la Junta Directiva seleccione; b) Tener control directo de los libros monio de la misma, en los términos que establezcan las leyes y estos Estatutos para lo cual nombrará a un Director Ejecutivo. Artículo TRECE.- Los miembros de la Junta Directiva serán electos para un período de dos años pudiendo ser reelectos hasta por dos períodos Representar judicial y extrajudicialmente en forma conjunta o separada consecutivos. Artículo CATORCE.- La Junta Directiva sesionará ordinariamente una vez al mes y extraordinariamente cuantas veces sea necesario, convocada por el Presidente o el Síndico. Artículo QUINCE.- El quórum necesario para que la Junta Directiva pueda sesionar será la mitad más uno de sus miembros y sus acuerdos deberán ser tomados por la mayoría simple de los asistentes, salvo cuando amerite mayoría calificada. Artículo DIECISEIS.- La Junta Directiva tendrá las siguientes atribuciones: a) Desarrollar las actividades necesarias para el logro de los fines y objetivos de la Fundación; b) Velar por la administración eficiente y eficaz del patrimonio de la Fundación; c) Nombrar y Remover al Director Ejecutivo y fijar sus honorarios. El cargo de Director Ejecutivo no es compatible con el miembro de la Junta Directiva; d) Elaborar la Memoria Anual de Labores de la Fundación; e) Promover la elaboración de planes, programas, proyectos y presupuestos de la Fundación e informar a la Asamblea General; f) Velar por el cumplimiento de los Estatutos, Reglamento Interno acuerdos y resoluciones de la Asamblea General y de la misma Junta Directiva; g) Nombrar entre los miembros de la Fundación, personas honorables ; y técnicos de cualquier especialidad, los Comités de Trabajo para el cumplimiento de los fines y objetivos de ésta; h) Convocar a sesiones ordinarias y extraordinarias de Asamblea General; i) Resolver todos los asuntos que no sean competencia de la Asamblea General. Artículo DIECISIETE.- Son atribuciones del Presidente: a) Presidir las Sesiones Ordinarias y Extraordinarias de Asamblea General; y de Junta Directiva; b) Velar por el cumplimiento de los acuerdos, resoluciones de la Junta Directiva y de la Asamblea General, así como de los Estatutos y Reglamento Interno de la Fundación; c) Representar judicial y extrajudicialmente a la Fundación, en forma conjunta y separada con el Síndico, pudiendo otorgar poderes generales y/o especiales, previa autorización de la Junta Directiva; d) Convocar a Sesiones Ordinarias y Extraordinarias de la Asamblea General y de la Junta Directiva; e) Autorizar juntamente con el Tesorero y el Director Ejecutivo las erogaciones que tenga que hacer la Fundación que excedan de DOSCIENTOS CINCUENTA MIL COLONES y f) Presentar la Memoria de Labores de la Fundación y cualquier informe que le sea solicitado por la misma; g) Mantener mancomunadamente con en caso de muerte, ausencia, excusa, enfermedad o impedimento u otros casos en que las circunstancias lo ameriten previo acuerdo de Junta Directiva; Artículo DIECINUEVE.- Son atribuciones del Secretario: a) Directiva; b) Llevar el archivo de documentos y registros de los miembros de la Fundación; c) Extender todas las certificaciones que fueran necesarias, de carácter institucional; d) Hacer y enviar las convocatorias de contabilidad de la Fundación; c) Autorizar juntamente con el Presidente y/o el Director Ejecutivo las erogaciones que la Fundación tenga que realizar. Artículo VEINTIUNO.- Son atribuciones del Síndico: a) con el Presidente a la Fundación; b) Velar por el fiel cumplimiento de los Estatutos, resoluciones y demás acuerdos emitidos por la Asamblea General y Junta Directiva; c) Presentar propuestas de modificación a los Estatutos; d) Otras que le sean asignadas por la Asamblea General y la Junta Directiva. Artículo VEINTIDOS.- Son atribuciones de los Vocales: a) Colaborar directamente con todos los miembros de la Junta Directiva; b) Sustituir a cualquier Miembro de la Junta Directiva en casos de ausencia, renuncia o impedimento, por acuerdo de la Asamblea General y otros casos. CAPITULO VII. DE LOS MIEMBROS DE LA FUNDACION. Artículo VEINTITRES.- Son Miembros Fundadores todas aquellas personas que suscriban el Acta de Constitución de la Fundación y que han contribuido al fondo inicial con el cual se constituye la Fundación, son miembros Honorarios todas aquellas personas que por su honorabilidad, su labor y méritos a favor de la Fundación y de los

5 DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 2 de Julio de pobres sean nombrados por la Asamblea General a petición de la Junta Directiva. Artículo VEINTICUATRO.- Son derechos de los Miembros: a) Tener voz y voto en las deliberaciones de la Asamblea General; b) Optar a cargos Directivos llenando los requisitos que señalen los Estatutos de la Fundación; c) Los demás que les señalen los Estatutos de la Fundación. Artículo VEINTICINCO.- Son deberes de los Miembros: a) Asistir a las sesiones Ordinarias y Extraordinarias de la Asamblea General; b) Cooperar en el desarrollo de aquellas actividades propias de la Fundación; c) Cumplir y hacer cumplir los presentes Estatutos, Reglamento Interno, acuerdos y resoluciones de la Asamblea General y de la Junta Directiva; d) Desempeñar los cargos para los que fueren nombrados con responsabilidad eficiencia y honorabilidad y cumplir con las comisiones que se le encomienden; e) Contribuir con su esfuerzo personal al desarrollo engrandecimiento de la Fundación; f) Abstenerse de acciones u omisiones que puedan afectar la armonía, la estabilidad económica o financiera, las actividades, los intereses o el prestigio de la Fundación; g) Conservar los bienes de la Fundación y procurar que se incrementen los activos de la misma; h) Los demás que les señalen los Estatutos y Reglamento Interno de la Fundación. Artículo VEINTI- SEIS.- Son prohibiciones a los Miembros: a) Apropiarse o hacer mal uso del dinero y de otros bienes o valores de la Fundación; b) Disponer de los productos y recursos de la Fundación para su distribución o donación, por canales distintos a los establecidos o para otros fines no contemplados en hice saber los efectos legales de la Presente Escritura; la obligación de estos Estatutos; c) Recibir dádivas o comisiones personales por operaciones efectuadas a nombre de la Fundación y d) Realizar cualquier tipo de actividad disociadora o inducir, conspirar o ejecutar cualquier tipo de intereses de la Fundación; e) Apropiarse para beneficio propio o de terceros, de las donaciones recibidas por la Fundación, para la consecución de sus fines y objetivos. Artículo VEINTISIETE.- La calidad de VEINTIOCHO.- No podrá disolverse la Fundación sino por disposiciones de la ley o por resolución tomada en Asamblea General Extraordinaria, convocada a ese efecto y con un número de votos que represente por lo menos tres cuartas partes de sus miembros. Artículo VEINTINUE- AMILCAR ERNESTO FRANCO ARANA, VE.- En caso de acordarse la disolución de la Fundación se nombrará una Junta de Liquidación compuesta de cinco miembros y un Auditor Externo, electos por la Asamblea General Extraordinaria que acordó la disolución. Los bienes que sobraren después de cancelar todos sus compromisos se donarán a cualquier entidad Benéfica o Cultural de propósitos similares a los de la Fundación que la Asamblea General señale y en ningún caso se podrán distribuir beneficios, remanentes o utilidades entre los miembros, ni disponer la distribución del patrimonio de la Fundación entre los mismos al ocurrir la disolución y liquidación de ella. CAPITULO IX. DISPOSICIONES GENERALES. Artículo TREINTA.- Para reformar o derogar los presentes Estatutos será necesario el voto favorable de no menos del sesenta y cinco por ciento de los miembros en Asamblea General convocada para tal efecto. Artículo TREINTA Y UNO.- La Junta Directiva tiene la obligación de inscribir en el Registro de Asociaciones y Fundaciones sin Fines de Lucro del Ministerio de Gobernación, los presentes Estatutos y el Acta de Constitución, dentro de los cinco días después de electa, y en todo caso proporcionar al expresado Registro cualquier dato que se le pidiere, de conformidad a la Ley de Asociaciones y Fundaciones sin Fines de Lucro. Artículo TREINTA Y DOS.- Todo lo relativo al orden interno de la Fundación no comprendido en estos Estatutos, se establecerá en el Reglamento Interno de la misma, el cual deberá ser elaborado por la Junta Directiva y aprobado por la Asamblea General. Artículo TREINTA Y TRES.- La FUNDACION NUEVOS HORIZONTES PARA LOS POBRES se regirá por los presentes Estatutos y demás disposiciones legales aplicables. Artículo TREINTA Y CUATRO.- Los presentes Estatutos entrarán en vigencia desde el día de su publicación en el Diario Oficial. TERCERO de conformidad al artículo Once literal a de los Estatutos los comparecientes eligen la Junta Directiva, la cual, por decisión unánime de los concurrentes queda integrada de la siguiente manera; Presidente: doña ANA IRENE GARCIA PRIETO DE JACIR, Vicepresidente: Sr. LOUIS CHIURATO, Secretaria:TENLEY MATHESON RUTH: Tesorero:RICARDO QUITEÑO SIBRIAN, Síndico: JOSE LEONEL HERNANDEZ, Primer Vocal: SAUL ATILIO JUAREZ HERNANDEZ, y Segundo Vocal: AIDA IVETTE ORELLA- NA DE HERRERA. Así se expresaron los comparecientes, a quienes registrarla y las sanciones a que se refiere el Artículo noventa y uno de la Ley de Asociaciones y Fundaciones sin Fines de Lucro; y leído que les hube lo escrito en un solo acto ininterrumpido, manifestaron su confor- delito o falta o actividad que en cualquier forma afecte a los bienes e midad, ratificaron su contenido y firman conmigo. DOY FE.- Enmendados: Residente Definitivo-Definitivo-QUINIENTOS-y-TENLEY MATHESON RUTH-SAUL ATILIO JUAREZ CACERES-Segundo Vocal: AIDA IVETTE ORELLANA DE HERRERA-Entrelíneas: en El miembro se perderá por las causas siguientes: a) Por violación a estos Salvador-Valen.-Más enmendados: Carné de Residente Definitivo número cero cero cero dos siete uno siete ocho.-vale.-más Estatutos, Reglamento Interno, acuerdos y resoluciones de la Asamblea General; b) Por otras faltas graves cometidas, que a juicio de la Asamblea Enmendados:Veintisiete-electos-los presentes-más Entrelíneas:la-Estatutos y el acta de constitución.-vale.----///louis CHIURATO///IRENE General merezcan tal sanción y c) Por renuncia presentada por escrito a la Junta Directiva. CAPITULO VIII. DE LA DISOLUCION. Artículo DE JACIR///ED JACIR///A. HERRERA///ILEGIBLE///S.A. JUAREZ/ //RASSIK///MATHESON///A.E.F.///RUBRICADAS/// NOTARIO. PASO ANTE MI, de folios DOSCIENTOS SETENTA Y DOS FRENTE al folio DOSCIENTOS SETENTA Y SIETE VUELTO del LIBRO DECIMO PRIMERO DE MI PROTOCOLO, que vence el día siete de octubre del año dos mil tres; y para ser entregado a la FUNDA- CION NUEVOS HORIZONTES PARA LOS POBRES, exiendo, firmo y sello el presente TESTIMONIO en la ciudad de San Salvador, a los veinte días del mes de marzo del año dos mil tres. AMILCAR ERNESTO FRANCO ARANA, NOTARIO.

6 6 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 360 ESTATUTOS DE LA FUNDACION NUEVOS HORIZONTES PARA LOS POBRES FUNHOPO CAPITULO I NATURALEZA, DENOMINACION, DOMICILIO Y PLAZO. g) Promover y desarrollar programas educativos en forma integral y en especial de la importancia que tiene el fríjol de soya, contribuyendo de esta forma a minimizar los problemas de salud por la nutrición con soya. CAPITULO III Art. 1.- Créase en la ciudad de San Salvador, departamento de San Salvador, la Fundación de nacionalidad Salvadoreña que se denominará FUNDACION NUEVOS HORIZONTES PARA LOS POBRES y que podrá abreviarse FUNHOPO, como una Entidad de Utilidad Pública, no Lucrativa, ni Religiosa, Apolítica, la que en los presentes Estatutos se denominará La Fundación. Art. 2.- El domicilio de la Fundación será la de Ciudad Delgado, departamento de San Salvador, pudiendo establecer filiales en todo el territorio de la República y fuera de él. Art. 3.- La Fundación se constituye por tiempo indefinido. CAPITULO II FINALIDAD Art. 4.- Los fines de la Fundación serán: a) Desarrollar programas, proyectos, actividades y acciones con el fin de impulsar el bienestar y desarrollo social, para mejorar las condiciones de vida de las familias de escasos recursos económicos, de una manera integral. b) Gestionar y canalizar recursos económicos, materiales, alimentarios y otros, dentro y fuera del país con el fin último de desarrollar las comunidades de escasos recursos. c) Gestionar y ejecutar proyectos integrales de viviendas para las familias de escasos recursos económicos, que no tengan acceso al sistema financiero, a fin de que puedan acceder a sistemas habitacionales con dignidad. d) Impulsar y desarrollar proyectos Ecológico que permitan el equilibrio Humanidad- Naturaleza. e) Gestionar y desarrollar programas de nutrición con atención materno-infantil en las comunidades pobres del sector, para contribuir a disminuir los índices de desnutrición y de morbimortalidad infantil, haciendo énfasis en la medicina preventiva. DEL PATRIMONIO Art. 5.- El patrimonio de la Fundación estará constituido por: a) Un aporte inicial de DOCE MIL DOLARES, que los miembros fundadores han pagado a razón de: UN MIL QUINIEN- TOS DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AME- RICA, cada uno en efectivo al momento de la Constitución. La aportación en dinero relacionado queda en poder y bajo la responsabilidad de la Junta Directiva. b) Donaciones, Fideicomisos, herencias, legados, contribuciones de personas naturales o jurídicas, nacionales o internacionales. c) Todos los bienes muebles e inmuebles que adquiera y las rentas provenientes de los mismos de conformidad con la Ley. d) Por los incrementos del Fondo Patrimonial acordado por la Asamblea General. e) Por la venta de servicios que la Fundación ofrece y por cualquier otra actividad lícita que realice la Fundación. Art. 6.- El Patrimonio será administrado por la Junta Directiva conforme a las directrices que le manifieste la Asamblea General: Los ingresos así obtenidos se destinarán exclusivamente a los fines de la Fundación y en ningún caso se distribuirán directa o indirectamente entre los miembros que la integran. CAPITULO IV DEL GOBIERNO DE LA FUNDACION Art. 7.- El Gobierno de la Fundación será ejercido por: a) La Asamblea General, y b) La Junta Directiva CAPITULO V DE LA ASAMBLEA GENERAL f) Impulsar programas de capacitación y asesoría técnica en las artes de lenguaje con énfasis en nuevas metodologías, técnicas y material didáctico con el personal docente, población escolar y miembros de las comunidades de escasos recursos económicos, despertando interés en la literatura y escritura, para profundizar el nivel de comprensión-aplicación, análisis de textos y su habilidad de expresarse, por medio de las artes, de la crítica y del análisis. Art. 8.- La Asamblea General, debidamente convocada, es la autoridad máxima de la Fundación y estará integrada por la totalidad de los Miembros Fundadores. Art. 9.- La Asamblea General se reunirá ordinariamente una vez al año y extraordinariamente cuando fuere convocada por la Junta Directiva.

7 DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 2 de Julio de La Asamblea General sesionará válidamente con la asistencia del cincuenta y uno por ciento como mínimo de los Miembros en primera convocatoria y en segunda convocatoria el día siguiente con los miembros que asistan, excepto en los casos especiales en que se requiera mayor número de asistentes. Las resoluciones las tomará la Asamblea General, por mayoría simple de votos, excepto en los casos especiales en que se requiera una mayoría diferente. Art Los miembros de la Junta Directiva serán electos para un período de dos años pudiendo ser reelectos hasta por dos períodos consecutivos. Art La Junta Directiva sesionará ordinariamente una vez al mes y extraordinariamente cuantas veces sea necesario, convocada por el Presidente o el Síndico. Art Todo miembro que no pudiera asistir a cualquiera de las sesiones de Asamblea General por motivos justificados, podrá hacerse representar por otra persona previa notificación por escrito, pero éste tendrá derecho a voz, no al voto. Art Son atribuciones de la Asamblea General: a) Elegir, sustituir y destituir total o parcialmente a los miembros de la Junta Directiva. b) Aprobar, reformar o derogar los Estatutos y el Reglamento Interno de la Fundación, para lo cual se requiere de mayoría calificada, del setenta y cinco por ciento de la Asamblea General. c) Aprobar y/o modificar los planes, programas y presupuesto anual de la Fundación. d) Aprobar o desaprobar la Memoria Anual de Labores de la Fundación, y los Estados Financieros, presentadas por la Junta Directiva. e) Decidir sobre la compra, venta, arrendamiento o enajenación de los bienes pertenecientes a la Fundación. f) Decidir todos aquellos asuntos de interés para la Fundación y que no estén contemplados en los presentes Estatutos. g) Nombrar al auditor externo y fijar sus emolumentos. CAPITULO VI DE LA JUNTA DIRECTIVA Art La dirección y administración de la Fundación estará confiada a la Junta Directiva, la cual estará integrada de la siguiente forma: Presidente Vicepresidente Secretario Síndico Tesorero Primer Vocal Segundo Vocal La Junta Directiva administrará y dispondrá del patrimonio de la misma, en los términos que establezcan las leyes y estos Estatutos para lo cual nombrará un Director Ejecutivo. Art El quórum necesario para que la Junta Directiva pueda sesionar será la mitad más uno de sus miembros y sus acuerdos deberán ser tomados por la mayoría simple de los asistentes, salvo cuando amerite mayoría calificada. Art La Junta Directiva tendrá las siguientes atribuciones: a) Desarrollar las actividades necesarias para el logro de los fines y objetivos de la Fundación; b) Velar por la administración eficiente y eficaz del patrimonio de la Fundación; c) Nombrar y Remover al Director Ejecutivo y fijar sus honorarios; El cargo de Director Ejecutivo no es compatible con el de miembro de la Junta Directiva; d) Elaborar la Memoria Anual de Labores de la Fundación; e) Promover la elaboración de planes, programas, proyectos y presupuestos de la Fundación e informar a la Asamblea General; f) Velar por el cumplimiento de los Estatutos, Reglamento Interno acuerdos y resoluciones de la Asamblea General y de la misma Junta Directiva; g) Nombrar entre los miembros de la Fundación, personas honorables y técnicos de cualquier especialidad, los Comités de Trabajo para el cumplimiento de los fines y objetivos de ésta; h) Convocar a sesiones ordinarias y extraordinarias de la Asamblea General; i) Resolver todos los asuntos que no sean competencia de la Asamblea General; Art Son atribuciones del Presidente: a) Presidir las Sesiones Ordinarias y Extraordinarias de Asamblea General; y de Junta Directiva; b) Velar por el cumplimiento de los acuerdos, resoluciones de la Junta Directiva y de la Asamblea General, así como de los Estatutos y Reglamento Interno de la Fundación; c) Representar judicial y extrajudicialmente a la Fundación, en forma conjunta y separada con el Síndico, pudiendo otorgar poderes generales y/o especiales, previa autorización de la Junta Directiva; d) Convocar a Sesiones Ordinarias y Extraordinarias de la Asamblea General y de la Junta Directiva;

8 8 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 360 e) Autorizar juntamente con el Tesoro y el Director Ejecutivo las erogaciones que tenga que hacer la Fundación que excedan de 250,000.00; f) Presentar la Memoria de Labores de la Fundación y cualquier informe que le sea solicitado por la misma; g) Mantener mancomunadamente con el Tesorero y/o el Director Ejecutivo las cuentas bancarias de la Fundación. CAPITULO VII DE LOS MIEMBROS DE LA FUNDACION Art Son Miembros Fundadores todas aquellas personas que suscriban el Acta de Constitución de la Fundación y que han contribuido al fondo inicial con el cual se constituye la Fundación, son miembros Honorarios todas aquellas personas que por su honorabilidad, su labor y méritos a favor de la Fundación y de los pobres sean nombrados por la Asamblea General a petición de la Junta Directiva. Art El Vicepresidente sustituirá al Presidente en caso de muerte, ausencia, excusa, enfermedad o impedimento u otros casos en que las circunstancias lo ameriten previo acuerdo de Junta Directiva; Art Son atribuciones del Secretario: a) Llevar los libros de actas de las sesiones de Asamblea General y de Junta Directiva; b) Llevar el archivo de documentos y registros de los miembros de la Fundación; c) Extender todas las certificaciones que fueran necesarias, de carácter institucional; d) Hacer y enviar las convocatorias a los miembros de la Junta Directiva y Asamblea General, para las sesiones ordinarias y extraordinarias; e) Ser el órgano de comunicación de la Fundación. Art Son atribuciones del Tesorero: a) Recibir y depositar los fondos que la Fundación obtenga, en los Bancos que la Junta Directiva seleccione; b) Tener control directo de los libros de contabilidad de la Fundación; c) Autorizar juntamente con el Presidente y/o el Director Ejecutivo las erogaciones que la Fundación tenga que realizar. Art Son atribuciones del Síndico: a) Representar judicial y extrajudicialmente en forma conjunta y separada con el Presidente a la Fundación; b) Velar por el fiel cumplimiento de los Estatutos, resoluciones y demás acuerdos emitidos por la Asamblea General y la Junta Directiva; c) Presentar propuestas de modificación a los Estatutos; d) Otras que le sean asignadas por la Asamblea General y la Junta Directiva. Art Son atribuciones de los Vocales: a) Colaborar directamente con todos los miembros de la Junta Directiva; b) Sustituir a cualquier Miembro de la Junta Directiva en casos de ausencia, renuncia o impedimento, por acuerdo de la Asamblea General y otros casos. Art Son derechos de los Miembros: a) Tener voz y voto en las deliberaciones de la Asamblea General; b) Optar a cargos Directivos llenando los requisitos que señalen los Estatutos de la Fundación; c) Los demás que les señalen los Estatutos de la Fundación. Art Son deberes de los Miembros: a) Asistir a las sesiones Ordinarias y Extraordinarias de la Asamblea General; b) Cooperar en el desarrollo de aquellas actividades propias de la Fundación; c) Cumplir y hacer cumplir los presentes Estatutos, Reglamento Interno, acuerdos y resoluciones de la Asamblea General y de la Junta Directiva; d) Desempeñar los cargos para los que fueren nombrados con responsabilidad eficiencia y honorabilidad y cumplir con las comisiones que se le encomienden; e) Contribuir con su esfuerzo personal al desarrollo engrandecimiento de la Fundación; f) Abstenerse de acciones u omisiones que puedan afectar la armonía, la estabilidad económica o financiera, las actividades, los intereses o el prestigio de la Fundación; g) Conservar los bienes de la Fundación y procurar que se incrementen los activos de la misma; h) Los demás que les señalen los Estatutos y Reglamento Interno de la Fundación. Art Son prohibiciones a los Miembros: a) Apropiarse o hacer mal uso del dinero y de otros bienes o valores de la Fundación; b) Disponer de los productos y recursos de la Fundación para su distribución o donación, por canales distintos a los establecidos o para otros fines no contemplados en estos Estatutos; c) Recibir dadivas o comisiones personales por operaciones efectuadas a nombre de la Fundación; d) Realizar cualquier tipo de actividad disociadora o inducir, conspirar o ejecutar cualquier tipo de delito o falta o actividad que en cualquier forma afecte a los bienes e intereses de la Fundación;

9 DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 2 de Julio de e) Apropiarse para su beneficio propio o de terceros, de las donaciones recibidas por la fundación, para la consecución de sus fines y objetivos. Art La FUNDACION NUEVOS HORIZONTES PARA LOS POBRES se regirá por los presentes Estatutos y demás disposiciones legales aplicables. Art La calidad de miembro se perderá por las causas siguientes: a) Por violación a estos Estatutos, Reglamento Interno, acuerdos y resoluciones de la Asamblea General; b) Por otras faltas graves cometidas, que a juicio de la Asamblea General merezcan tal sanción; y c) Por renuncia presentada por escrito a la Junta Directiva. CAPITULO VIII DE LA DISOLUCION Art No podrá disolverse la Fundación sino por disposiciones de la ley o por resolución tomada en Asamblea General Extraordinaria, convocada a ese efecto y con un número de votos que represente por lo menos tres cuartas partes de sus miembros. Art En caso de acordarse la disolución de la Fundación se nombrará una Junta de Liquidación compuesta de cinco miembros y un Auditor Externo, electos por la Asamblea General Extraordinaria que acordó la disolución. Los bienes que sobraren después de cancelar todos sus compromisos se donarán a cualquier entidad Benéfica o Cultural de propósitos similares a los de la Fundación que la Asamblea General señale y en ningún caso se podrán distribuir beneficios, remanentes o utilidades entre los miembros, ni disponer la distribución del patrimonio de la Fundación entre los mismos al ocurrir la disolución y liquidación de ella. CAPITULO IX DISPOSICIONES GENERALES Art Para reformar o derogar los presentes Estatutos será necesario el voto favorable de no menos del sesenta y cinco por ciento de los miembros en Asamblea General convocada para tal efecto. Art La Junta Directiva tiene la obligación de inscribir en el Registro de Asociaciones y Fundaciones sin Fines de Lucro del Ministerio de Gobernación los presentes Estatutos y el Acta de Constitución, dentro de los cinco días después de electa, y en todo caso proporcionar al expresado Registro cualquier dato que se le pidiere, de conformidad a la Ley de Asociaciones y Fundaciones sin Fines de Lucro. Art Los presente Estatutos entrarán en vigencia desde el día de su publicación en el Diario Oficial. DECRETO No. 38 EL ORGANO EJECUTIVO DE LA REPUBLICA DE EL SALVADOR, en uso de sus facultades legales, DECRETA: Art Declárase legalmente establecida la Entidad de Utilidad Pública FUNDACION NUEVOS HORIZONTES PARA LOS POBRES, instituida en la ciudad de San Salvador, Departamento de San Salvador, a las once horas del día 20 de marzo del 2003, por Escritura Pública otorgada ante los oficios del Notario AMILCAR ERNESTO FRANCO ARANA. Art Apruébense en todas sus partes los Estatutos de la citada institución, los cuales constan de TREINTA Y CUATRO Artículos, por no contener nada contrario al orden público, a las leyes del país, ni a las buenas costumbres y confiéresele el carácter de Persona Jurídica de conformidad con el Art. 65 de la Ley de Asociaciones y Fundaciones sin Fines de Lucro. Art Publíquense los referidos Estatutos en el Diario Oficial e inscríbase en el Registro de Asociaciones y Fundaciones sin Fines de Lucro la FUNDACION NUEVOS HORIZONTES PARA LOS PO- BRES. Art El presente Decreto entrará en vigencia desde el día de su publicación en el Diario Oficial. DADO EN CASA PRESIDENCIAL: San Salvador, a los tres días del mes de junio del dos mil tres. FRANCISCO GUILLERMO FLORES PEREZ, Art Todo lo relativo al orden interno de la Fundación no comprendido en estos Estatutos, se establecerá en el Reglamento Interno de la misma, el cual deberá ser elaborado por la Junta Directiva y aprobado por la Asamblea General. Presidente de la República. CONRADO LOPEZ ANDREU, MINISTRO DE GOBERNACION.

10 10 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 360 ESTATUTOS DE LA IGLESIA PROFETICA MONTE HERMON. CAPITULO I NATURALEZA, DENOMINACION, DOMICILIO Y PLAZO Art. 1.- Créase en la Ciudad de Santa Ana, Departamento de Santa Ana, La Iglesia de nacionalidad salvadoreña, que se denominará Iglesia Profética Monte Hermón como una Entidad de interés particular y religiosa, la que en los presentes Estatutos se denominará La Iglesia. Art. 2.- El domicilio de La Iglesia será la Ciudad de Santa Ana, Departamento de Santa Ana, pudiendo establecer filiales en todo el territorio de la República y fuera de él. Art. 3.- La Iglesia se constituye por tiempo indefinido. CAPITULO II FINES Art. 4.- Los fines de La Iglesia serán: a) Rendir públicamente Culto de Adoración a Dios. b) Difundir y propagar el Santo Evangelio de Nuestro Señor Jesucristo, conforme a las Sagradas Escrituras. c) La enseñanza de las Doctrinas Bíblicas. d) Para realizar dichos fines La Iglesia podrá hacer uso de cualquier medio de comunicación. CAPITULO III DE LOS MIEMBROS Art. 5.- Podrán ser miembros todas las personas mayores de 18 años, sin distinción de raza, credo, religión e ideología política que lo soliciten por escrito a la Junta Directiva. Art. 6.- La Iglesia tendrá las siguientes clases de miembros: a) Miembros Fundadores. b) Miembros Activos. c) Miembros Honorarios. Serán MIEMBROS FUNDADORES: Todas las personas que suscriban el acta de Constitución de La Iglesia. Serán MIEMBROS ACTIVOS: Todas las personas que la Junta Directiva acepte como tales en La Iglesia. Serán MIEMBROS HONORARIOS: Todas las personas que por su labor y méritos en favor de La Iglesia sean así nombrados por la Asamblea General. Art. 7.- Son derechos de los miembros Fundadores y Activos: a) Tener voz y voto en las deliberaciones de la Asamblea General. b) Optar a cargos Directivos llenando los requisitos que señalen los Estatutos de La Iglesia. c) Los demás que les señalen los Estatutos y Reglamento Interno de La Iglesia. Art. 8.- Son deberes de los miembros Fundadores y Activos: a) Asistir a las sesiones Ordinarias y Extraordinarias de Asamblea General. b) Cooperar en el desarrollo de aquellas actividades propias de La Iglesia. c) Cancelar las cuotas acordadas en Asamblea General. d) Cumplir y hacer cumplir los presentes Estatutos, Reglamento interno, acuerdos y resoluciones de la Asamblea General. e) Los demás que les señalen los Estatutos y Reglamento Interno de La Iglesia. RAMO DE GOBERNACION Art. 9.- La calidad de miembro se perderá por las causas siguientes: a) Por violación a estos Estatutos, Reglamento Interno, acuerdos y resoluciones de la Asamblea General. b) Por otras faltas graves cometidas, que a juicio de la Asamblea General merezcan tal sanción. c) Por renuncia presentada por escrito a la Junta Directiva. CAPITULO IV DEL GOBIERNO DE LA IGLESIA Art El gobierno de La Iglesia será ejercido por: a) La Asamblea General; y b) La Junta Directiva. CAPITULO V DE LA ASAMBLEA GENERAL Art La Asamblea General, debidamente convocada, es la autoridad máxima de La Iglesia y estará integrada por la totalidad de los miembros Activos y Fundadores. Art La Asamblea General se reunirá ordinariamente una vez al año y extraordinariamente cuando fuere convocada por la Junta Directiva. Las resoluciones las tomará la Asamblea General por mayoría absoluta de votos, excepto en los casos especiales en que se requiera una mayoría diferente. Art Todo miembro que no pudiere asistir a cualquiera de las sesiones de Asamblea General por motivos justificados podrá hacerse representar por escrito por otro miembro. El límite de representaciones es de un miembro, llevando la voz y el voto de su reprensentado. Art Son atribuciones de La Asamblea General: a) Elegir, Sustituir y destituir total o parcialmente a lo miembros de la Junta Directiva. b) Aprobar, reforma o derogar los Estatutos y el Reglamento Interno de La Iglesia. c) Aprobar y/o modificar los planes, programas o presupuesto anual de La igleisa. d) Aprobar o desaprobar la Memoria Anual de Labores de La Iglesia, presentada por la Junta Directiva. e) Fijar las cuotas mensuales y contribuciones eventuales de los miembros. f) Decidir sobre la compra, venta o enajenación de los bienes inmuebles pertenecientes a La Iglesia. g) Decidir todo aquellos asuntos de interés para La Iglesia y que no estén contemplados en los presentes Estatutos. CAPITULO VI DE LA JUNTA DIRECTIVA Art La dirección y administración de La Iglesia estará confiada a la Junta Directiva, la cual estará integrada de la siguiente forma: Un Presidente, un Secretario, un Tesorero y dos Vocales. Art Los miembros de la Junta Directiva serán electos para un período de dos años pudiendo ser reelectos. Art La Junta Directiva sesionará ordinariamente una vez al mes y extraordinariamente cuantas veces sea necesario. Art El quórum necesario para que la Junta Directiva pueda sesionar será la mitad más uno de sus miembros y sus acuerdos deberán ser tomados por la mayoría de los asistentes.

11 DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 2 de Julio de Art La Junta Directiva tendrá las siguientes atribuciones: a) Desarrollar las actividades necesarias para el logro de los fines de La Iglesia. b) Velar por la administración eficiente y eficaz del patrimonio de La Iglesia. c) Elaborar la Memoria Anual de Labores de La Iglesia. d) Promover la elaboración de planes, programas, proyectos y presupuestos de La Iglesia e informar a la Asamblea General. e) Velar por el cumplimiento de los Estatutos, Reglamento Interno, acuerdos y resoluciones de la Asamblea General y de la misma Junta Directiva. f) Nombrar de entre los miembros de La Iglesia los Comités o Comisiones que consideren necesarios para el cumplimiento de los fines de La Iglesia. g) Convocar a sesiones ordinarias y extraordinarias de Asamblea General. h) Decidir sobre las solicitudes de incorporación de nuevos miembros y proponerlos a la Asamblea General. i) Resolver todos los asuntos que no sean competencia de la Asamblea General. Art Son atribuciones del Presidente: a) Presidir las Sesiones Ordinarias y Extraordinarias de Asamblea General. b) Velar por el cumplimiento de los acuerdos, resoluciones de la Junta Directiva y de la Asamblea General, así como de los Estatutos y Reglamento Interno de La Iglesia. c) Representar Judicial y extrajudicialmente a La Iglesia, pudiendo otorgar poderes previa autorización de la Junta Directiva. d) Convocar a Sesiones Ordinarias y Extraordinarias de la Asamblea General y de la Junta Directiva. e) Autorizar juntamente con el Tesorero las erogaciones que tenga que hacer La Iglesia. f) Presenta la Memoria de Labores de La Iglesia y cualquier informe que le sea solicitado por la misma. Art Son Atribuciones del Secretario: a) Llevar los libros de actas de sesiones de Asamblea General y de Junta Directiva. b) Llevar el archivo de documentos y registros de los miembros de La Iglesia. c) Extender todas las certificaciones que fueren solicitadas a La Iglesia. d) Hacer y enviar las convocatorias a los miembros para las sesiones. e) Ser el órgano de comunicación de La Iglesia. Art Son atribuciones del Tesorero: a) Recibir y depositar los fondos que La Iglesia obtenga, en el Banco que la Junta Directiva Seleccione. b) Llevar o tener el control directo de los libros de contabilidad de La Iglesia. c) Autorizar juntamente con el Presidente las erogaciones que La Iglesia tenga que realizar. Art Son atribuciones de los Vocales: a) Colaborar directamente con todos los miembros de la Junta Directiva. b) Sustituir a cualquier miembro de la Junta Directiva en caso de ausencia o impedimento, de conformidad al artículo catorce literal a) de estos Estatutos. CAPITULO VII DEL PATRIMONIO Art El patrimonio de La Iglesia estará constituido por: a) Las cuotas de los miembros. b) Donaciones, herencias, legados, contribuciones de personas naturales o jurídicas, nacionales o extranjeras, respectivamente. c) Todos los bienes e inmuebles que adquiera y las rentas provenientes de los mismos de conformidad con la Ley. Art El patrimonio será administrado por la Junta Directiva conforme a las directrices que le manifieste La Asamblea General. CAPITULO VIII DE LA DISOLUCION Art No podrá disolverse La Iglesia sino por disposición de la Ley o por resolución tomada en Asamblea General Extraordinaria, convocada a ese efecto y con un número de votos que represente por lo menos tres cuartas partes de sus miembros. Art En caso de acordarse la disolución de La Iglesia se nombrará una Junta de Liquidación compuesta de cinco personas, electas por la Asamblea General Extraordinaria que acordó la disolución. Los bienes que sobraren después de cancelar todos sus compromisos se donarán a cualquier entidad Benéfica o Cultural que la Asamblea General señale. CAPITULO IX DISPOSICIONES GENERALES Art Para reformar o derogar los presentes Estatutos será necesario el voto favorable de no menos del sesenta por ciento de los miembros en Asamblea General convocada para tal efecto. Art La Junta Directiva tiene la obligación de enviar al Ministerio de Gobernación, en los primeros días del mes de enero de cada año, la Nómina de los miembros y dentro de los cinco días después de electa la nueva Junta Directiva, una Certificación del Acta de Elección de la misma, y en todo caso proporcionar al expresado Ministerio cualquier dato que se le pidiere relativo a la Entidad. Art Todo lo relativo al orden interno de La Iglesia no comprendido en estos Estatutos, se establecerá en el Reglamento Interno de la misma, el cual deberá ser elaborado por la Junta Directiva y aprobado por la Asamblea General. Art La Iglesia Profética Monte Hermón se regirá por los presentes Estatutos y demás disposiciones legales aplicables. Art Los presentes Estatutos entrarán en vigencia desde el día de su publicación en el Diario Oficial. ACUERDO No. 098 San Salvador, 6 de junio de Vistos los anteriores ESTATUTOS de la IGLESIA PROFETICA MONTE HERMON, compuestos de TREINTA Y DOS artículos, fundada en la Ciudad de Santa Ana, Departamento de Santa Ana, y no encontrando en ellos ninguna disposición contraria a las leyes del país, de conformidad con el Art. 543 del Código Civil, el Organo Ejecutivo en el Ramo de Gobernación, ACUERDA: Aprobarlos en todas partes confiriendo a dicha Entidad el carácter de PERSONA JURIDICA. COMUNIQUESE. (Rubricado por el señor Presidente de la República.) EL VICEMINISTRO DE GOBERNACION, FIGUEROA FIGUEROA. (Registro No )

12 12 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 360 ACUERDO N EL ORGANO EJECUTIVO EN EL RAMO DE ECONOMIA, San Salvador, 27 de mayo de 2003 Vista la solicitud e información complementaria presentadas a este Ministerio en fechas 2 y 16 de mayo de 2003, por el señor Jorge Alejandro Aguilar Zarco, actuando en carácter de Representante Legal de la Sociedad Inversiones Materiales, Sociedad Anónima de Capital Variable, que puede abreviarse INVEMA, S.A. DE C. V., registrada con Número de Identificación Tributaria , la primera relativa a que se le conceda los beneficios de la Ley de Reactivación de las Exportaciones, para aplicarlos a la exportación de desperdicios y desechos de aluminio, bronce y cobre; y el segundo escrito con el objeto de presentar información complementaria a su petición; CONSIDERANDO: I. Que la solicitud e información complementaria fueron admitidas en este Ministerio en fechas 2 y 16 de mayo de 2003; II. III. POR TANTO, Que se han llenado los requisitos exigidos por la Ley de Reactivación de las Exportaciones y su Reglamento; Que este Ministerio ha emitido su respectivo dictamen en sentido favorable; De conformidad a las razones expuestas y artículos 2 y 3 de la Ley de Reactivación de las Exportaciones, 3 y 4 de su Reglamento, este Ministerio, ACUERDA: 1. Conceder a la Sociedad Inversiones Materiales, Sociedad Anónima de Capital Variable, que puede abreviarse INVEMA, S.A. DE C.V., el beneficio que establece la Ley de Reactivación de las Exportaciones, en su artículo 3 literal a) Devolución del 6% del valor libre a bordo o valor FOB exportado, y calificarla como Empresa de Comercialización Internacional, beneficio que se le otorga para aplicarlo a la comercialización de productos de origen salvadoreño, tales como: desperdicio de aluminio, bronce y cobre, el cual será destinado fuera del Area Centroamericana; 2. La Sociedad beneficiaria tendrá derecho a la devolución del 6%, por las exportaciones que realice a partir de la fecha de presentación de su solicitud de beneficios; 3. La Sociedad beneficiaria deberá dar cumplimiento a las disposiciones de la Ley de Reactivación de las Exportaciones, su Reglamento y demás Leyes de la República, así como también las obligaciones que se le imponen por medio de este Acuerdo y en Resoluciones o Instructivos que emitan las Instituciones competentes; 4. El presente Acuerdo entrará en vigencia el día de su publicación en el Diario Oficial.- COMUNIQUESE. ACUERDO Nº EL ORGANO EJECUTIVO EN EL RAMO DE ECONOMIA, MINISTERIO DE ECONOMÍA RAMO DE ECONOMIA BLANCA IMELDA DE MAGAÑA, VICEMINISTRA DE COMERCIO E INDUSTRIA. (Registro Nº ) San Salvador, 6 de junio de 2003 Visto los escritos presentados el 9 y 28 de mayo de 2003, por el señor Ricardo Antonio Lucio Quiñónez Guirola, actuando en carácter de Apoderado General Administrativo de la Sociedad Inversiones El Olvido, Sociedad Anónima de Capital Variable, que puede abreviarse Inversiones El Olvido, S.A. de C.V., registrada con el Número de Identificación Tributaria , el primero relativo a que se le concedan los beneficios de la Ley de Reactivación de las Exportaciones, para aplicarlos al beneficiado y exportación de café orgánico, el segundo remitiendo documentación complementaria a petición inicial; CONSIDERANDO: I. Que la solicitud e información complementaria fueron admitidas en este Ministerio el 9 y 28 de mayo de 2003; II. Que se han llenado los requisitos exigidos por la Ley de Reactivación de las Exportaciones y su Reglamento; III. Que este Ministerio ha emitido su respectivo dictamen en sentido favorable;

13 DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 2 de Julio de POR TANTO, En base a las razones antes expuestas y a los Artículos 2 y 3 de la Ley de Reactivación de las Exportaciones, 3 y 4 de su Reglamento, este Ministerio, ACUERDA: 1. Conceder a la Sociedad INVERSIONES EL OLVIDO, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE, que se abrevia INVERSIO- NES EL OLVIDO, S.A. DE C.V., el beneficio que establece la Ley de Reactivación de las Exportaciones en su Artículo 3, literal a) Devolución del 6% del valor libre a bordo o valor FOB exportado, y calificarla de conformidad a la Ley como Empresa que Exporta una Parte de su Producción; beneficio que se le otorga para el cultivo, beneficiado y exportación de productos de origen salvadoreño, siendo este café orgánico, que será destinado fuera del Area Centroamericana; 2. La Sociedad beneficiaria tendrá derecho a la devolución del 6%, por las exportaciones que realice a partir de la fecha de presentación de la solicitud de beneficios; 3. La Sociedad beneficiaria deberá dar cumplimiento a las disposiciones de la Ley de Reactivación de las Exportaciones, su Reglamento y demás Leyes de la República, así como las que se le imponen por medio de este Acuerdo y en Resoluciones o Instructivos que emitan las Instituciones competentes; 4. El presente Acuerdo entrará en vigencia el día de su publicación en el Diario Oficial.- COMUNIQUESE. ACUERDO N BLANCA IMELDA DE MAGAÑA, VICEMINISTRA DE COMERCIO E INDUSTRIA. (Registro Nº ) San Salvador, 20 de enero de El Organo Ejecutivo de la República de El Salvador en el Ramo de Educación, CONSIDERANDO: que a la División de Acreditación Académica se ha presentado KEVIN MAURICIO LOPEZ BENITEZ, solicitando EQUIVALENCIA de sus Estudios de Segundo Grado, realizados en la Escuela El Buen Pastor, República de Panamá en el año de 2002, con los de Segundo Grado de Educación Básica de nuestro país. Y luego de examinar la documentación presentada y satisfechos los requisitos legales, ACUERDA: Dar como Equivalente los Estudios de Segundo Grado realizados por KEVIN MAURICIO LOPEZ BENITEZ en la República de Panamá con los de Segundo Grado de Educación Básica de nuestro país. Se le autoriza matricularse en Tercer Grado de Educación Básica. COMUNIQUESE. (Rubricado por el señor Presidente de la República). El Ministro de Educación, R.MARIN. ACUERDO N MINISTERIO DE EDUCACIÓN RAMO DE EDUCACION (Registro Nº ) San Salvador, 20 de enero de El Organo Ejecutivo de la República de El Salvador en el Ramo de Educación, CONSIDERANDO: que a la División de Acreditación Académica se ha presentado LINDA JESSICA LOPEZ BENITEZ, solicitando EQUIVALENCIA de sus Estudios de Sexto Grado, realizados en la Escuela El Buen Pastor, República de Panamá en el año de 2002, con los de Sexto Grado de Educación Básica de nuestro país. Y luego de examinar la documentación presentada y satisfechos los requisitos legales, ACUERDA: Dar como Equivalente los Estudios de Sexto Grado realizados por LINDA JESSICA LOPEZ BENITEZ en la República de Panamá con los de Sexto Grado de Educación Básica de nuestro país. Se le autoriza matricularse en Séptimo Grado de Educación Básica. COMUNIQUESE. (Rubricado por el señor Presidente de la República). El Ministro de Educación, R. MARIN. (Registro Nº )

14 14 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 360 ACUERDO No San Salvador, 1 de abril de 2003 El Organo Ejecutivo de la República de El Salvador en el Ramo de Educación, CONSIDERANDO: que mediante Resolución N 175 de fecha 31 de marzo del 2002, emitida por la Unidad de Acreditación y Coordinación de Centros Educativos, se aprobó la Creación y Funcionamiento del Centro Educativo Oficial CENTRO ESCOLAR "COLONIA LAGUNA SECA", ubicado en Colonia Laguna Seca, Municipio de Chalchuapa, Departamento de Santa Ana, para que funcione en el Nivel de Educación Básica el Primero y Segundo Ciclo, jornada diurna. Todo lo anterior de conformidad con la Ley General de Educación; POR TANTO, con base en las razones expuestas y a las facultades que la Ley le concede, ACUERDA: 1) Autorizar a partir del 6 de enero del 2003, la Creación y Funcionamiento del Centro Educativo Oficial CENTRO ESCOLAR "COLONIA LAGUNA SECA", en el Nivel de Educación Básica el Primero y Segundo Ciclo, jornada diurna; 2) Su infraestructura será identificada con el Código N 14843; 3) Tramítese posteriormente ante la Comisión Nominadora de Centros Educativos la aprobación del nombre de dicho Centro Educativo. COMUNIQUESE. (Rubricado por el señor Presidente de la República). El Ministro de Educación, R. MARIN. ACUERDO No San Salvador, 13 de mayo de 2003 El Organo Ejecutivo de la República de El Salvador en el Ramo de Educación, CONSIDERANDO: I) Que mediante Resolución N de fecha 8 de mayo de 2003, emitida por la Dirección de Acreditación, se aprobó la Creación y Funcionamiento del Centro Educativo PRIVADO COLEGIO S.O.S. "DR. HERMANN GMEINER", ubicado en KM. 61 1/2 CARRETERA HACIA SAN SALVADOR, CANTON HUISCOYOLATE, del municipio de IZALCO, Departamento de SONSONATE, para que funcione en el Nivel de Educación PARVULARIA, en la jornada DIURNA; II) Que según certificación de Acta No 165, Punto VI, de fecha 9 de abril de 2003, la Comisión Nominadora de Centros Educativos aprobó la nominación del Centro Educativo referido en el considerando anterior como COLEGIO S.O.S. "DR. HERMANN GMEINER"; III) Que con fecha 26 de marzo de 2003, se practicó inspección en las instalaciones del citado Centro Educativo; IV) Que del resultado de esa inspección se determinó que es procedente aprobar los servicios solicitados; V) Que en la misma Resolución se reconoce como Director/a a el/la Profesor/a IRMA YANIRA VEGA, NIP No, , PDN 2; Todo lo anterior de conformidad con la Ley General de Educación. POR TANTO, con base en las razones expuestas y a las facultades que la Ley le concede, ACUERDA: 1) Autorizar a partir del 6 de enero de 2003, la Creación, Nominación y Funcionamiento del Centro Educativo PRIVADO COLEGIO S.O.S. "Dr. HERMANN GMEINER", en el nivel de Educación PARVULARIA, en la jornada DIURNA; 2) Reconocer coo Directora a la Profesora Irma Yanira Vega, NIP No , PDN 2; 3) Su infraestructura será identificada con el Código No COMUNIQUESE. (Rubricado por el señor Presidente de la República). El Ministro de Educación, R. MARIN. ACUERDO No (Registro No ) San Salvador, 26 de mayo de 2003 El Organo Ejecutivo de la República de El Salvador, en el Ramo de Educación, CONSIDERANDO: I) Que por Acuerdo Ejecutivo N de fecha 21 de julio de 1997, el Organo Ejecutivo en el Ramo de Educación aprobó los nuevos Estatutos de la UNIVERSIDAD PEDAGOGICA DE EL SALVADOR, y reconoció su personalidad jurídica; II) Que por Acuerdo Nº 4064 de fecha 14 de agosto de 1986, con efectos a partir del 1 de febrero de 1983, el Organo Ejecutivo en el Ramo de Educación autorizó el funcionamiento a la referida Universidad III) Que por Acuerdos Ejecutivos Nos , y , todos de fecha 23 de diciembre de 1996, le fueron aprobados los planes de estudio de las carreras de LICENCIATURA EN ADMINISTRACION DE EMPRESAS; LICENCIATURA EN CONTADURIA PUBLICA Y LICENCIATURA EN MERCADEO, III) Que la UNIVERSIDAD PEDAGOGICA DE EL SALVADOR, ha presentado a la Dirección Nacional de Educación Superior para su aprobación, los Planes de Estudio actualizados de las referidas carreras; POR TANTO, con base en las consideraciones antes expuestas, facultades que la Ley le confiere y oída la opinión del Consejo de Educación Superior, ACUERDA: l ) Aprobar los Planes de estudio actualizados de las carreras de LICENCIATURA EN ADMINISTRACION DE EMPRESAS, LICENCIATURA EN CONTADURIA PUBLICA Y LICENCIATURA EN MERCADEO, presentado por la UNIVERSIDAD PEDAGOGICA DE EL SALVADOR; 2 ) Autorizar a la Facultad de Educación de la referida Institución para que ofrezca los Planes actualizados de las carreras aprobada en el numeral anterior, únicamente en plan regular, en su sede central; 3º) Aprobar el Plan de Absorción que se encuentra anexo al documento de cada Plan Actualizado; 4 ) Tanto los Planes de Estudio como los respectivos Planes de Absorción deberán encontrarse a disposición de los estudiantes en biblioteca u otro centro de consulta pública de la Institución; 5 ) Dichos Planes de Estudio deberán ser revisados durante el plazo de duración de las carreras. El presente Acuerdo Ejecutivo entrará en vigencia ocho días después de su publicación en el Diario Oficial. COMUNIQUESE. (Rubricado por el señor Presidente de la República). El Ministro de Educación, R. MARIN. (Registro No )

15 DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 2 de Julio de ACUERDO No San Salvador, 3 de junio de 2003 El Organo Ejecutivo de la República de El Salvador, en el Ramo de Educación, CONSIDERANDO: I) Que por Acuerdo Ejecutivo N de fecha 13 de noviembre de 1997, el Organo Ejecutivo en el Ramo de Educación aprobó los nuevos Estatutos de la UNIVERSIDAD "FRANCISCO GAVIDIA", y reconoció su personalidad jurídica; II) Que por Acuerdo N 1011 de fecha 12 de abril de 1983, con efectos a partir del 20 de abril de 1981, el Poder Ejecutivo en el Ramo de Educación autorizó el funcionamiento a la referida Universidad; III) Que la UNIVERSIDAD FRANCISCO GAVIDIA, ha presentado a la Dirección Nacional de Educación Superior el Plan de Estudio de la carrera nueva de MAESTRIA EN ADMINlSTRACION DE NEGOCIOS CON ESPECIALIDAD EN COMERCIO ELECTRONICO, solicitando su respectiva aprobación; POR TANTO, con base en las consideraciones antes expuestas, las facultades que la ley le confiere, y oída la opinión del Consejo de Educación Superior, ACUERDA: 1 ) Aprobar el plan de estudio de la carrera nueva de MAESTRIA EN ADMINISTRACION DE NEGOCIOS CON ESPECIALIDAD EN COMERCIO ELECTRONICO, solicitada por la UNIVERSIDAD "FRANCISCO GAVIDIA"; 2 ) Autorízase a la Facultad de Ciencias Económicas de la referida Universidad, para que ofrezca la carrera aprobada en el literal anterior en su sede central; 3 ) El referido Plan de Estudio deberá encontrarse a disposición de los estudiantes en biblioteca u otro centro de consulta pública de la Institución y deberá ser revisado durante el plazo de duración de la carrera. El presente Acuerdo Ejecutivo entrará en vigencia ocho días después de su publicación en el Diario Oficial. COMUNIQUESE.(Rubricado por el señor Presidente de la República). El Ministro de Educación, R. MARIN. (Registro No ) ORGANO JUDICIAL CORTE SUPREMA DE JUSTICIA ACUERDO No.166-D.- CORTE SUPREMA DE JUSTICIA: San Salvador, ocho de abril de dos mil tres.- El Tribunal ACUERDA: autorizar a la Licenciada YESENIA YAMILETH RIVERA BARRERA, para que ejerza la profesión de ABOGADO en todas sus ramas, en vista de haber cumplido con todos los requisitos legales y a lo resuelto por esta Corte en el expediente respectivo. COMUNIQUESE Y PUBLIQUESE.- J. E. TENORIO.- VELASCO.- J. ENRIQUE ACOSTA.- DE BUITRAGO.- GUSTAVE T.- BERNAL SILVA.- RENE FORTIN MAGAÑA.- M. CLARA.- Pronunciado por los señores Magistrados que lo suscriben. E. DINORAH BONILLA DE AVELAR. (Registro No ) ACUERDO No. 280-D.- CORTE SUPREMA DE JUSTICIA: San Salvador, veinte de junio de dos mil tres.- El Tribunal ACUERDA: autorizar al Licenciado JOSE NELSON MARROQUIN MEJIA, para que ejerza la profesión de ABOGADO en todas sus ramas, en vista de haber cumplido con todos los requisitos legales y a lo resuelto por esta Corte en el expediente respectivo. COMUNIQUESE Y PUBLIQUESE. A. G. CALDERON.- R. HERNANDEZ VALIENTE.- J. E. TENORIO.- MARIO SOLANO.- J. ENRIQUE ACOSTA.- VELASCO.- DE BUITRAGO.- GUSTAVE T.- M. CLARA.- E. CIERRA.- Pronunciado por los señores Magistrados que lo suscriben. E. DINORAH BONILLA DE AVELAR. (Registro No ) ACUERDO No. 284-D.- CORTE SUPREMA DE JUSTICIA: San Salvador, veinte de junio de dos mil tres.- El Tribunal ACUERDA: autorizar al Licenciado JAIME RICARDO AMAYA NIEVES, para que ejerza la profesión de ABOGADO en todas sus ramas, en vista de haber cumplido con todos los requisitos legales y a lo resuelto por esta Corte en el expediente respectivo. COMUNIQUESE Y PUBLIQUESE.- A. G. CALDERON.- MARIO SOLANO.- J. ENRIQUE ACOSTA.- VELASCO.- E. CIERRA.- GUSTAVE T.- BERNAL SILVA.- M. CLARA.- Pronunciado por los señores Magistrados que lo suscriben. E. DINORAH BONILLA DE AVELAR. (Registro No )

16 16 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 360 INSTITUCIONES AUTONOMAS ALCALDÍAS MUNICIPALES ESTATUTOS DEL COMITE GESTOR PARA LA CAPITULO III PROTECCION DE LA SUB-CUENCA DEL RIO SAN SIMON ALEGRIA - BERLIN, MERCEDES UMAÑA, DEPARTAMENTO DE USULUTAN CAPITULO I NATURALEZA, DENOMINACION, DOMICILIO Y PLAZO Art. 1.- Créase en la ciudad de Mercedes Umaña, departamento de Usulután, el Comité de nacionalidad salvadoreña, que se denominará Comité Gestor para la Protección de la Sub-Cuenca del Río San Simón- Alegría- Berlín-Mercedes Umaña y que podrá abreviarse Comité Gestor, como una Entidad no partidarista, no lucrativa, ni religiosa, la que en los presentes Estatutos se denominará "El Comité". Art. 2.- El domicilio del Comité será la ciudad de Mercedes Umaña, Departamento de Usulután, pudiendo establecer filiales en todo el territorio de la República, y fuera de él. Art. 3.- El Comité se constituye por tiempo indefinido. CAPITULO II FINES U OBJETIVOS Art. 4.- Los fines u objetivos del Comité serán: a) Velar por la protección y el aprovechamiento racional de los recursos naturales renovables de la Sub-Cuenca, del Río San Simón con énfasis en el recurso agua. b) Contribuir al mejoramiento de la calidad de vida de las familias residentes en la Sub-Cuenca del Río San Simón, a través de acciones educativas, saneamiento ambiental y de conservación de la Sub-Cuenca. c) Gestionar, ejecutar y coordinar con organizaciones gubernamentales y no gubernamentales, nacionales y extranjeras proyectos y programas que contribuyen a la sostenibilidad de la Subcuenca del Río San Simón, especialmente con aquellas empresas que estén haciendo uso de los recursos de la misma. DEL PATRIMONIO Art.5.- El Patrimonio del Comité estará constituido por: a) Donaciones, herencias, legados, contribuciones de personas naturales o jurídicas, nacionales o extranjeras, respectivamente. b) Todos los bienes muebles e inmuebles que adquiera y las rentas provenientes de los mismos de conformidad con la ley. Art. 6.- El Patrimonio será administrado por la Junta Directiva conforme a las directrices que le manifieste la Asamblea General. CAPITULO IV DEL GOBIERNO DEL COMITE Art. 7.- El gobierno del Comité será ejercido por: a) La Asamblea General y b) La Junta Directiva. CAPITULO V DE LA ASAMBLEA GENERAL Art.8.- La Asamblea General, debidamente convocada, es la autoridad máxima del Comité y estará integrada por la totalidad de los Miembros Activos y Fundadores. Art.9.- La Asamblea General se reunirá ordinariamente dos veces al año y extraordinariamente cuando fuere convocada por la Junta Directiva. La Asamblea General sesionará válidamente con la asistencia de la mitad más uno como mínimo de los Miembros en primera convocatoria y en segunda convocatoria dos horas después con los miembros que asistan, excepto en los casos especiales en que se requiera mayor número de asistentes. Las resoluciones las tomará la Asamblea General por mayoría simple de votos, excepto en los casos especiales en que se requiera una mayoría diferente. d) Promover la participación equitativa de hombres y mujeres en la organización del comité. e) velar especialmente por la protección del recurso agua entendiendo éste, como un bien de servicio público. f) Promover la educación ambiental en coordinación con Escuelas, Comité de Agua y otros organismos sociales presentes en la Subcuenca del Río San Simón, así como todas entidades que hagan uso de ellas. g) Promover acciones orientadas a fortalecer el Turismo Ecológico. Art Todo miembro que no pudiera asistir a cualquiera de las sesiones de Asamblea General por motivos justificados podrá hacerse representar por escrito por otro miembro. El límite de representaciones es de un miembro, llevando la voz y el voto de su representado. Art Son atribuciones de la Asamblea General: a) Elegir, sustituir y destituir total o parcialmente a los miembros de la Junta Directiva.

17 DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 2 de Julio de b) Aprobar, reformar o derogar los Estatutos y el Reglamento Interno del Comité. c) Aprobar y/o modificar los planes, programas o presupuesto anual del Comité. d) Aprobar o desaprobar la Memoria Anual de Labores del Comité, presentada por la Junta Directiva. g) Convocar a sesiones ordinarias y extraordinarias de Asamblea General. h) Decidir sobre las solicitudes de incorporación de nuevos miembros y proponerlos a la Asamblea General. i) Resolver todos los asuntos que no sean competencia de la Asamblea General. e) Decidir sobre la compra, venta o enajenación de los bienes inmuebles pertenecientes al Comité. f) Decidir todos aquellos asuntos de interés para el Comité y que no estén contemplados en los presentes Estatutos. CAPITULO VI DE LA JUNTA DIRECTIVA Art La dirección y administración del Comité estará confiada a la Junta Directiva, la cual estará integrada de la siguiente forma: un Coordinador General, un Secretario de Actas, un Secretario de Finanzas, un Secretario de Asuntos Legales, un Secretario de Medio Ambiente y cuatro Vocales. Art Los miembros de la Junta Directiva serán electos para un período de tres años pudiendo ser reelectos. Art La Junta Directiva sesionará ordinariamente una vez al mes y extraordinariamente cuantas veces sea necesario. Art El quórum necesario para que la Junta Directiva pueda sesionar será la mitad más uno de sus miembros y sus acuerdos deberán ser tomados por la mayoría simple de los asistentes. Art La Junta Directiva tendrá las siguientes atribuciones: a) Desarrollar las actividades necesarias para el logro de los fines del Comité. b) Velar por la administración eficiente y eficaz del patrimonio del Comité. c) Elaborar la Memoria Anual de Labores del Comité. d) Promover la elaboración de planes, progamas, proyectos y presupuestos del Comité e informar a la Asamblea General. e) Velar por el cumplimiento de los Estatutos, Reglamento Interno, acuerdos y resoluciones de la Asamblea General y de la misma Junta Directiva. Art.17.- Son atribuciones del Coordinador General: a) Presidir las Sesiones Ordinarias y Extraordinarias de Asamblea General. b) Velar por el cumplimiento de los acuerdos, resoluciones de la Junta Directiva y de la Asamblea General, así como de los Estatutos y el Reglamento Interno del Comité. c) Representar judicial y extrajudicialmente al Comité pudiendo otorgar poderes previa autorización de la Junta Directiva. d) Convocar a sesiones ordinarias y extraordinarias de la Asamblea General y de la Junta Directiva. e) Autorizar juntamente con el Secretario de Finanzas las erogaciones que tenga que hacer el Comité. f) Presentar la Memoria de Labores del Comité y cualquier informe que le sea solicitado por la misma. Art Son atribuciones del Secretario de Actas: a) Llevar los libros de actas de las sesiones de Asamblea General y de Junta Directiva. b) Llevar el archivo de documentos y registros de los miembros del Comité. c) Extender todas las certificaciones solicitadas al Comité. d) Hacer y enviar las convocatorias a los miembros para las sesiones. e) Ser el órgano de comunicación del Comité. Art Son atribuciones del Secretario de Finanzas: a) Recibir y depositar los fondos que el Comité obtenga en el Banco que la Junta Directiva seleccione. b) Llevar o tener control directo de los libros de contabilidad del Comité. c) Autorizar juntamente con el Coordinador General las erogaciones que el Comité tenga que realizar. f) Nombrar de entre los miembros del Comité las comisiones que consideren necesarios para el cumplimiento de los fines del Comité. Art Son atribuciones del Secretario de Asuntos Legales: a) Representar judicial y extrajudicial al Comité.

18 18 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 360 b) Velar por el debido cumplimiento de los Estatutos y el Reglamento Interno del Comité, así como de las resoluciones de la Asamblea General y de la Junta Directiva. c) Los demás que le señale la Asamblea General y la Junta Directiva. Art Son atribuciones del Secretario de Medio Ambiente: c) Optar a cargos directivos llenando los requisitos que señalen los Estatutos del Comité. d) Los demás que les señalen los Estatutos y Reglamento Interno del Comité. Art Son deberes de los Miembros Fundadores y Activos: a) Denunciar y velar por el respeto a las leyes que protegen el Medio Ambiente, lo mismo que de Ordenanzas y Reglamentos en la materia. b) Promover procesos educativos y actividades ambientales que sensibilicen y rescaten la protección del ambiente. Art Son atribuciones de los Vocales: a) Colaborar directamente con todos los miembros de la Junta Directiva. b) Sustituir a cualquier miembro de la Junta Directiva en caso de ausencia o impedimento, de conformidad al artículo once literal a) de estos Estatutos. CAPITULO VII DE LOS MIEMBROS Art Podrán ser miembros todas las personas mayores de dieciocho años, sin distinción de raza, credo, religión o ideología política, que lo soliciten por escrito a la Junta Directiva. Art El Comité tendrá las siguientes clases de miembros: a) Miembros Fundadores. Serán MIEMBROS FUNDADORES: todas las personas que suscriban el Acta de Constitución del Comité. Serán MIEMBROS ACTIVOS: todas las personas que la Junta Directiva acepte como tales en el Comité. Serán MIEMBROS HONORARIOS: todas las personas que por su labor y méritos a favor de la sensibilización, conservación y protección de la Sub-cuenca del Río San Simón, sean así nombrados por la Asamblea General. siguientes: a) Asistir a las Sesiones Ordinarias y Extraordinarias de Asamblea General. b) Cooperar en el desarrollo de aquellas actividades propias del Comité. c) Cumplir y hacer cumplir los presentes Estatutos, Reglamento Interno, Acuerdos y Resoluciones de la Asamblea General. d) Los demás que les señalen los Estatutos y Reglamento Interno del Comité. Art La calidad de Miembro Fundador se perderá por las causas a) Por violación a estos Estatutos, Reglamento Interno, Acuerdos y Resoluciones de la Asamblea General. b) Por otras faltas graves cometidas, que a juicio de la Asamblea General merezcan tal sanción. c) Por renuncia presentada por escrito a la Junta Directiva. CAPITULO VIII SANCIONES A LOS MIEMBROS, MEDIDAS DISCIPLINARIAS, CAUSALES Y PROCEDIMIENTO DE APLICACION b) Miembros Activos. Art Los miembros del Comité podrán ser retirados de él por c) Miembros Honorarios. acuerdo de la Junta Directiva, tomado por mayoría de votos y previa audiencia del interesado, por infracciones a los Estatutos y el Reglamento Interno. Se consideran además como causales de retiro o expulsión las siguientes: a) Mala conducta del Socio que se traduzca en perjuicio grave del Comité. b) Negarse sin motivo justificado a desempeñar los cargos de elección o comisiones que le encomienden la Asamblea General o la Junta Directiva. c) Promover actividades políticas o de otra naturaleza que vayan en perjuicio del Comité. Art Son derechos de los Miembros Fundadores y Activos: a) Gozar de los beneficios derivados del Comité. b) Tener voz y voto en las deliberaciones de la Asamblea General. d) Obtener por medio fraudulento beneficio del Comité para sí o para terceros. e) Cometer algún delito o falta grave en perjuicio del Comité. f) Inasistencia a dos reuniones consecutivas, ya sea Junta Directiva o Asamblea General sin causa justificada.

19 DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 2 de Julio de Art Para proceder a la suspensión temporal, la Junta Directiva nombrará una Comisión de tres de sus miembros, para que investigue los hechos y oyendo el dictamen de éstos y las razones que el supuesto infractor exponga en su defensa, se resolverá. Art En caso de acordarse la disolución del Comité se nombrará una Junta de Liquidación compuesta de cinco personas, electas por la Asamblea General Extraordinaria que acordó la disolución. Los bienes que sobraren después de cancelar todos sus compromisos se donarán a cualquier entidad benéfica o cultural que la Asamblea General señale. En caso de suspensión definitiva, la Junta Directiva seguirá el procedimiento a que se refiere el inciso anterior; pero en este caso la Asamblea General resolverá por sobre tal suspensión. Art Sobre el retiro de asociados y sobre la suspensión temporal decretada por la Junta Directiva, podrá interponerse únicamente el Recurso de Revisión ante la misma, dentro de tres días contados desde el día siguiente de la notificación respectiva. De las resoluciones de la Asamblea General, no se admitirá ningún recurso. Art Los miembros de la Junta Directiva electos por la Asamblea General, podrán ser suspendidos en forma temporal o definitiva, según la gravedad del caso. Con el mismo procedimiento anterior se seguirá cuando de acuerdo a las infracciones, debe conocerse sobre la suspensión temporal o definitiva de toda la Junta Directiva o cuando por tratarse de un número considerable de miembros, los que quedan no puedan o no inicien el procedimiento dentro del plazo que establece el inciso anterior. CAPITULO IX REFORMA DE ESTATUTOS Art Para reformar o derogar los presentes Estatutos será necesario el voto favorable de no menos del sesenta por ciento de los miembros en Asamblea General convocada para tal efecto. CAPITULO X DISPOSICIONES GENERALES Art Todo lo relativo al orden interno del Comité no comprendido en estos Estatutos, se establecerá en el Reglamento Interno de la misma, el cual deberá ser elaborado por la Junta Directiva y aprobado por la Asamblea General. Art El Comité para la protección de la Sub-cuenca del Río San Simón se regirá por el Código Municipal, por los presentes Estatutos y demás disposiciones legales aplicables. La suspensión definitiva únicamente podrá ser acordada por la Asamblea General y la suspensión temporal, por la Junta Directiva. Art Los presentes Estatutos entrarán en vigencia desde el día de su publicación en el Diario Oficial. Art En caso de que la Junta Directiva, dentro del plazo de diez días de conocida la infracción, no procede a dar cumplimiento a los artículos anteriores, un número de diez asociados, por lo menos, podrá pedir al Concejo Municipal correspondiente, que se les autorice: a) Para nombrar de entre los mismos la Comisión Investigadora, y b) Para que ACUERDO NUMERO DOS. ésta convoque a la Asamblea General, que concederá la suspensión basándose en los informes de la Comisión Investigadora. Vistos los Estatutos del Comité Gestor para la protección de la Subcuenca del Río San Simón - Alegría - Berlín - Mercedes Umaña, compuesto de 38 artículos y no encontrando en ellos ninguna disposición contraria a las leyes del país, el orden público, ni a las buenas costumbres de conformidad, a los artículos 119 y 130 numeral 23 del Código Municipal vigente, ACUERDA: aprobarlos en todas sus partes y conferirle al mencionado Comité el carácter de Persona Jurídica. Publíquese.- En todos los casos de este Artículo, será la Asamblea General la que resolverá sobre tal suspensión temporal o definitiva de los miembros y en la misma sesión elegirá y dará posesión a los sustitutos por el tiempo de la suspensión o por el resto del período de los directivos suspendidos. Alcaldía Municipal de Mercedes Umaña, a las nueve horas del día veinte de junio del año dos mil tres. CONCEPCION DE JESUS AGUILAR HERNANDEZ, ALCALDE MUNICIPAL. Art No podrá disolverse el Comité si no por disposición legal o por resolución tomada en Asamblea General Extraordinaria, convocada a ese efecto y con un número de votos que represente tres cuartas partes de sus miembros. ELBA OLIMPIA RODRIGUEZ, SECRETARIA MUNICIPAL. (Registro No )

20 20 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 360 SECCION CARTELES OFICIALES DE PRIMERA PUBLICACIÓN LA INFRASCRITA JUEZA DE PRIMERA INSTANCIA DEL DIS- TRITO JUDICIAL DE LA LIBERTAD, LINA. Cítense a las personas que se crean con derecho en la sucesión para que se presenten a deducirla a este Tribunal, dentro de los quince días subsiguientes a la publicación del edicto respectivo. HACE SABER: que por resolución de las nueve horas del día nueve de junio del corriente año, fueron declarados HEREDEROS DEFINITIVOS Y CON BENEFICIO DE INVENTARIO los herederos menores, ELSA PATRICIA, CESAR ALEXANDER, IRMA YESSENIA y OSCAR ALBERTO, todos de apellidos GUEVARA GARCIA, en su calidad de hijos del causante y a los señores JOSE MARIA GUEVARA MEDRANO e ISIDORA EUGENIA GUEVARA MEDRANO, conocida por ISIDORA MEDRANO y por ISIDORA EUGENIA MEDRANO DE GUEVARA, en su calidad de padres sobrevivientes del mismo; de la herencia intestada que a su defunción dejó el causante SALVADOR GUEVARA MEDRANO, el cual falleció el trece de enero de dos mil uno, a la edad de treinta y tres años, soltero, siendo la ciudad de Zaragoza su último domicilio. Mientras no cumplan su mayoría de edad, los menores supramencionados serán representados legalmente por su señora madre BLANCA MAR GARCIA TURCIOS. Confiriéndose a los herederos anteriormente mencionados, la administración y representación definitiva de la sucesión referida. Librado en el Juzgado de Primera Instancia de esta ciudad, a las nueve horas y diez minutos del día nueve de junio de dos mil tres.- Licda. DIGNA GLADIS MEDRANO RIVERA DE GOMEZ, JUEZA DE PRIMERA INSTANCIA.- Lic. EDUARDO ALFONSO GALGAMEZ MEBIUS, Of. 1 v. No EL INFRASCRITO JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA DE ESTE DISTRITO, HACE SABER: que por resolución de este Juzgado de las diez horas de este día, se ha tenido por aceptada expresamente y con beneficio de inventario, por medio del Bachiller VICTOR MANUEL GUEVARA CORTEZ, en su concepto de Agente Auxiliar del señor Procurador General de la República en representación de la señora MARIA DEL CARMEN MOLINA MISMITE, como Representante Legal de los menores EDGARDO DE JESUS y RAQUEL ESTEFANY, ambos de apellido CARDONA MOLINA, la herencia intestada dejada a su defunción por el señor ROMEO EDGARDO CARDONA ARDON, fallecido el día veinticuatro de noviembre del dos mil dos, en kilómetro treinta y seis y medio, Carretera Panamericana, siendo Ciudad Arce, Depto. La Libertad, su último domicilio en concepto de hijos del causante. Confiriéndoseles a los aceptantes expresados la administración y representación interinas de la indicada sucesión, con las facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente, debiendo ser ejercida ésta por medio de la señora MARIA DEL CARMEN MOLINA MISMITE, en su calidad y Representante Legal de sus menores hijos EDGARDO DE JESUS y RAQUEL ESTEFANY, ambos de apellido CARDONA MO- Lo que se pone en conocimiento del público para los efectos de ley. Librado en el Juzgado de Primera Instancia: San Juan Opico, a las diez horas treinta minutos del día tres de junio del año dos mil tres.- Lic. JOSE ORLANDO HERNANDEZ BUSTAMANTE, JUEZ DE PRIME- RA INSTANCIA.- Lic. CARLOS ARNULFO SOSA FLORES, SE- CRETARIO. Of. 3 v. alt. No CONCEPCION ALVAREZ MOLINA, JUEZ DE LO CIVIL DEL DISTRITO JUDICIAL DE CIUDAD DELGADO, al público para los efectos de ley, HACE SABER: que por resolución de las diez horas y treinta y cinco minutos del día diecinueve de mayo del presente año; se ha tenido por aceptada expresamente con beneficio de inventario la herencia intestada que a su defunción dejó el señor ARQUIMIDES PALACIOS HERNANDEZ, quien fue de veinticinco años de edad, Asesor de Ventas, de Nacionalidad Salvadoreña, quien falleció el día diecinueve de agosto del dos mil dos, siendo Ciudad Delgado el lugar de su último domicilio, de parte de los señores ANA ESMERALDA MEDRANO DE PALA- CIOS, JESUS PALACIOS o JESUS PALACIOS CARMONA, GUA- DALUPE COREAS o GUADALUPE HERNANDEZ COREAS y los menores ANTHONY EMMANUEL y LUIS DAVID de apellidos PA- LACIOS MEDRANO, la primera como cónyuge sobreviviente del causante, el segundo y tercero como padres del causante y los menores como hijos del causante. Confiéresele al aceptante la administración y representación interina de la sucesión con las facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente, la que ejercerán los menores ANTHONY EMMANUEL y LUIS DAVID, a través de su representante legal señora ANA ESMERALDA PALACIOS HERNANDEZ, hasta su completa mayoría de edad. Lo que hago de su conocimiento para los efectos legales consi- guientes.- JUZGADO DE LO CIVIL: CIUDAD DELGADO, a las diez horas y cincuenta minutos del día diecinueve de mayo del año dos mil tres.- Licda. CONCEPCION ALVAREZ MOLINA, JUEZ DE LO CIVIL DE CIUDAD DELGADO.- Licda. SANTOS ELIZABETH QUITEÑO ARIAS, SECRETARIA. Of. 3 v. alt. No

21 DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 2 de Julio de LUIS SALVADOR PEÑA, Juez de lo Civil de este Distrito Judicial, AVISA: que este día he tenido por aceptada expresamente con beneficio de inventario la herencia intestada del señor PABLO CRUZ o PABLO CRUZ HERNANDEZ, que falleció el dos de marzo de dos mil dos, en el Cantón La Palma, jurisdicción de San Rafael Obrajuelo, su último domicilio, por parte de ROSA CRUZ o ROSA CRUZ RIVAS DE ESCOBAR, hija del causante, confiriéndole la administración y representación interinas de la sucesión.- Se cita a quienes se consideren con derecho a tal herencia, para que dentro del término de quince días contados a partir del siguiente de la tercera publicación de este aviso, se presenten a deducirlo.- Juzgado de lo Civil: Zacatecoluca, a los veintitrés días del mes de abril de dos mil tres.- Dr. LUIS SALVADOR PEÑA, JUEZ DE LO CIVIL.- JORGE ALBERTO RODRIGUEZ, Of. 3 v. alt. No MARIA ESTHER FERRUFINO VIUDA DE PARADA, JUEZ SE- GUNDO DE LO CIVIL DEL DISTRITO JUDICIAL DE SAN MI- GUEL, HACE SABER: que por resolución de las once horas treinta minutos del día dieciocho de los corrientes, se ha tenido por aceptada expresamente y con beneficio de inventario la herencia testamentaria que a su defunción dejó el señor LORENZO ANTONIO CALDERON conocido por ANTONIO CALDERON, quien falleció a las una hora del día veintitrés de diciembre del años dos mil uno, en el Barrio La Mercede de esta ciudad, siendo ésta su último domicilio; de parte del señor JOSE RIGOBERTO GARCIA conocido por JOSE RIGOBERTO GARCIA CALDERON, como heredero testamentario del causante.. Y se le ha conferido al aceptante en el carácter antes indicado, la administración y representación interina de la sucesión, con las facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente. Lo que se pone en conocimiento del público para los efectos de ley. Librado en el Juzgado Segundo de lo Civil: San Miguel, a las once horas treinta y nueve minutos del día dieciocho de junio del dos mil tres. Dr. MARIA ESTHER FERRUFINO VIUDA DE PARADA, JUEZ SEGUNDO DE LO CIVIL.- Licda. MARTA DOLORES COREAS, SECRETARIA.- Of. 3 v. alt. No CONCEPCION ALVAREZ MOLINA, JUEZ DE LO CIVIL DEL DISTRITO JUDICIAL DE CIUDAD DELGADO. Al público para los efectos de Ley, HACE SABER: que por resolución de las diez horas y treinta y cinco minutos de este día; se ha tenido por aceptada expresamente con beneficio de inventario la herencia intestada que a su defunción dejó el señor LAZARO ANTONIO MORALES, quien fue de treinta y un años de edad, soltero, Empleado, fallecido el día veintiséis de Noviembre del año dos mil dos, siendo Ciudad Delgado el lugar de su último domicilio. De parte de los menores ERICK ANTONIO y CRISTIAN ALEXIS ambos de apellidos MORALES BURGOS, en calidad de hijos de causante, representados legalmente por la madre de éstos señora JUANA MARIELA BURGOS HERNANDEZ, representados los aceptantes en estas diligencias por la Licenciada VERA LUDMILA CASTRO DE MENA, como Agente Auxiliar de la Procuraduría General de la República. Confiéresele a los aceptantes la administración y representación INTERINA de la sucesión con las facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente. La que ejercerán los menores ERICK ANTONIO y CRISTIAN ALEXIS ambos de apellidos MORALES BURGOS a través de su representante legal, hasta que cumplan la mayoría de edad. DE SEGUNDA PUBLICACIÓN LIBRADO EN EL JUZGADO DE LO CIVIL; Ciudad Delgado a las once horas del día trece de Junio del año dos mil tres.- Licda. CONCEPCION ALVAREZ MOLINA, JUEZ DE LO CIVIL DE CIU- DAD DELGADO.- Licda. SANTOS ELIZABETH QUITEÑO ARIAS, SECRETARIA.- Of. 3 v. alt. No MANUEL PAZ CANALES, JUEZ SEGUNDO DE PRIMERA INS- TANCIA DE ESTE DISTRITO JUDICIAL, Al público para los efectos de Ley, HACE SABER: que por resolución de este Tribunal de las ocho horas y treinta minutos del día cinco de Junio del dos mil tres; se ha tenido por aceptada expresamente y con beneficio de inventario, la Herencia Intestada que a su defunción dejó la señora MARTA REYNA SORTO DIAZ, quien a la fecha de su fallecimiento fue de cuarenta y siete años de edad, soltera, Empleada, Salvadoreña, hija de NICOLAS SORTO y de MARIA EUSTAQUIA DIAZ, originaria de Yoloaiquín y del domicilio de esta ciudad, quien falleció intestada a las trece horas del día veinticuatro de Noviembre de mil novecientos noventa y nueve, en el Cantón El Volcancillo de la Jurisdicción de Jocoaitique, Departamento de Morazán, siendo esta ciudad lugar de su último domicilio; de parte de las señoritas ZULEYMA DEL TRANSITO SORTO HENRIQUEZ y MARIA GRISELDA SORTO HENRIQUEZ, de la señora GLADIS MARISOL SORTO ARGUETA, representada por su Curador Especial Licenciado HERBER MAURICIO VILLACORTA, ésta por derecho Propio que les corresponde en los bienes de la mencionada causante, en concepto de hijas de la de Cujus.- Confiérese a las aceptantes mencionadas y en la forma establecida la administración y Representación INTE- RINA, de la sucesión, con las facultades y restricciones de los Curadores de la Herencia Yacente.- Librado en el Juzgado Segundo de Primera Instancia: San Francisco Gotera, a las ocho horas y treinta minutos del día veinte de Junio del dos mil tres. - Lic. MANUEL PAZ CANALES, JUEZ SEGUNDO DE 1a. INSTANCIA.- Licda. ROSA ERMELINDA GUTIERREZ, SE- CRETARIA.- Of. 3 v. alt. No ANGEL ALBINO ALVARENGA: JUEZ DE LO CIVIL DE ESTE DISTRITO JUDICIAL AL PUBLICO PARA LOS EFECTOS DE LEY, HACE SABER: que ha este Juzgado se ha presentado la Licenciada MIRIAN SALVADORA GOMEZ MENDOZA, Abogado, del domicilio de La Unión en calidad de Procurador Auxiliar en nombre y representación del señor SANTOS ULISES UMANZOR TURCIOS, mayor de edad, soltero, agricultor, de este domicilio, solicitando Título Supletorio de un terreno de naturaleza rústica, situado en el Cantón El Algodón, Caserío El Espinal Jurisdicción y Distrito de Santa Rosa de lima, Departamento de La Unión, de la capacidad superficial de DOSCIEN- TOS SETENTA Y NUEVE METROS, CINCUENTA Y CINCO DECI- METROS, OCHENTA Y CUATRO CENTIMETROS CUADRADOS, que tiene las medidas y linderos siguientes. AL ORIENTE: dieciséis metros, setenta y dos centímetros, con terreno de la señor FIDELINA UMANZOR; AL NORTE, dieciséis metros, setenta y dos centímetros con terreno de la señora FIDELINA UMANZOR; AL PONIENTE: dieciséis metros, setenta y dos centímetros, con terreno de la señora FIDELINA UMANZOR, callejón de por medio; y AL SUR: dieciséis metros, setenta y dos centímetros, con terreno del señor ESTEBAN SARMIENTO, cerco de alambre del colindante de por medio. El inmueble descrito existe una casa paredes de tierra, techo de tejas, con su respectivo servicio de luz eléctrica y demás accesorios, la casa mide seis por cinco varas cuadradas. Valúa dicho inmueble en la cantidad de CINCO MIL COLONES, y lo adquirió por compraventa hecha a la señora FIDELINA UMANZOR, según Escritura Pública el día veinte de Febrero de mil novecientos noventa y siete. Librado en el Juzgado de lo Civil; Santa Rosa de Lima, a las once horas y treinta y dos minutos del día veintiséis de Mayo del dos mil tres.- Lic. ANGEL ALBINO ALVARENGA, JUEZ DE LO CIVIL.- Licda. MARINA CONCEPCION MARTINEZ DE MARTINEZ, SECRETA- RIA.- Of. 3 v. alt. No

22 22 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 360 JOSE HERNAN PALACIOS LIMA, JUEZ DE LO CIVIL DEL DIS- TRITO JUDICIAL DE METAPAN, HACE SABER: que en este Juzgado se ha presentado la señora MARIA OFELIA CASTELLON DE GALDAMEZ, en representación de su menor hijo EVER ADIEL CASTELLON, por medio de su Procurador Licenciado REMBERTO ANTONIO RAMIREZ AMAYA, pidiendo que se declare yacente la herencia que a su defunción dejó el señor OSCAR ROLANDO PERDIDO, quien fue de veintiún años de edad, agricultor, del domicilio de Masahuat, siendo dicha ciudad su último domicilio, fallecido en el Cantón Honduritas de la comprensión territorial de Masahuat, el día ocho de marzo de mil novecientos noventa sin haber formalizado testamento alguno, y hasta la fecha no se ha presentado ninguna persona aceptando o repudiando dicha herencia, por lo que se ha declarado yacente la misma; habiéndose nombrado curador de ésta a la Licenciada LILIAN GLORIBEL SALAZAR LEMUS, a quien se juramentó en legal forma. Lo que se hace del conocimiento del público para los efectos de ley.- Librado en el Juzgado de lo Civil: Metapán, a las ocho horas con cuarenta minutos del día seis de junio del año dos mil tres. Lic. JOSE HERNAN PALACIOS LIMA, JUEZ DE LO CIVIL. Licda. MARIA LETICIA FIGUEROA FIGUEROA, SECRETARIA. Of. 3 v. alt. No GUILLERMO ALFARO SANTOS, Juez de lo Civil de este Municipio Judicial, HACE SABER: que por resolución proveída por este Juzgado a las diez horas y treinta minutos del día nueve de junio de dos mil tres. Se ha tenido por aceptada expresamente y con beneficio de inventario, la herencia intestada que a su defunción ocurrida el día uno de enero de mil novecientos ochenta y dos, en la ciudad de San Salvador, siendo esta ciudad de San Marcos, su último domicilio, dejó el señor VICTOR MANUEL SERRANO, conocido por VICTOR MANUEL JIMENEZ SERRANO y por VICTOR MANUEL JIMENEZ, de parte de los señores MARIA ANTONIA TERESA MARTINEZ, conocida por TE- RESA MARTINEZ DE SERRANO, MARIA TERESA MARTINEZ, MARIA TERESA MARTINEZ MARTINEZ, MARIA TERESA MAR- TINEZ VIUDA DE SERRANO y por MARIA ANTONIA TERESA MARTINEZ DE SERRANO; MARIA ISABEL JIMENEZ DE PEREZ; ROSA LUZ JIMENEZ MARTINEZ; MIGUEL ANGEL JIMENEZ MARTINEZ y JUAN RAMON JIMENEZ MARTINEZ, la primera en su calidad de cónyuge sobreviviente y los demás en sus calidades de hijos del causante. Se ha conferido a los solicitantes la administración y representación interina de la sucesión, con las facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente. Cítense a los que se crean con derecho a la herencia en mención para que transcurridos el término de quince días contados a partir desde el siguiente a la tercera publicación de este edicto, concurran a este Tribunal a hacer uso de sus derechos. Lo que se hace del conocimiento del público para los efectos de ley. Librado en el Juzgado de lo Civil: Ciudad de San Marcos, Departamento de San Salvador, a las ocho horas y treinta minutos del día diecisiete de junio del año dos mil tres. Dr. GUILLERMO ALFARO SANTOS, JUEZ DE LO CIVIL. Lic. IRMA ELENA DOÑAN BELLO- SO, SECRETARIA. Of. 3 v. alt. No JOSE HERNAN PALACIOS LIMA, JUEZ DE LO CIVIL DEL DIS- TRITO JUDICIAL DE METAPAN, HACE SABER: que por resolución proveída por este Juzgado a las catorce horas del día once de junio del dos mil tres; se ha tenido por aceptada expresamente y con beneficio de inventario la herencia intestada que dejó la causante MODESTA HERRERA MOLINA conocida por MODESTA HERRERA, quien fue de sesenta años de edad, de oficios domésticos, soltera, fallecida el día cuatro de mayo de mil novecientos noventa y ocho, siendo Yonkers, Nueva York de Estados Unidos, su último domicilio; por parte de las señoras VILMA ESTER CASTANEDA DE MORALES, ROSA MARINA HERRERA y DE TERCERA PUBLICACIÓN MAYBELI ESMERALDA HERRERA, en calidad de hijas de la referida causante.- En consecuencia se les confiere a dichas aceptantes la administración y representación interina de la sucesión, con las facultades y restricciones que la ley confiere a los curadores de la herencia yacente.- Se cita a las personas que se crean con derecho a la herencia para que se presenten a este Juzgado a deducirlo en el término de quince días contados desde el siguiente a la tercera publicación de este edicto.- Librado en el Juzgado de lo Civil: Metapán, a las nueve horas del día diecinueve de junio del dos mil tres. Lic. JOSE HERNAN PALA- CIOS LIMA, JUEZ DE LO CIVIL. Licda. MARIA LETICIA FIGUE- ROA FIGUEROA, SECRETARIA. Of. 3 v. alt. No FRANCISCO ALBERTO ALEGRIA MENDOZA, Juez Primero de lo Civil del Distrito Judicial de Santa Ana, al público, PARA LOS EFEC- TOS DE LEY, HACE SABER: que por resolución de este Tribunal de las once horas de este día, se ha tenido por aceptada expresamente y con beneficio de inventario la herencia intestada del causante, señor RICARDO MORENO, quien falleció el día seis de marzo de mil novecientos noventa y uno, en el Barrio Santa Cruz de esta ciudad, lugar de su último domicilio, de parte del señor CARLOS EDUARDO TRIGUEROS, como cesionario de los derechos hereditarios que en esta mortual les correspondería a los señores JUANA HAYDEE ACOSTA VIUDA DE MORENO, CAROLINA ACOSTA MORENO, FABRICIO ENRIQUE ACOSTA MORENO, RICARDO ADIEL MORENO ACOSTA y RILDO ERNESTO MORENO ACOSTA, la primera como cónyuge sobreviviente y los demás como hijos del de cujus; en el carácter dicho se le confiere interinamente la administración y representación de la sucesión con las formalidades y restricciones que la ley confiere a los curadores de la herencia yacente. LIBRADO en el Juzgado Primero de lo Civil: Santa Ana, a las once horas treinta minutos del día tres de junio de dos mil tres. Lic. FRANCISCO ALBERTO ALEGRIA MENDOZA, JUEZ PRIMERO DE LO CIVIL. Licda. CARMEN GUADALUPE NUÑEZ MONTE- RROSA, SECRETARIA. Of. 3 v. alt. No FRANCISCO ALBERTO ALEGRIA MENDOZA, JUEZ PRIMERO DE LO CIVIL DE ESTE DISTRITO, HACE SABER: que por resolución de este Tribunal de las quince horas del día dos de junio del corriente año, se ha tenido por aceptada expresamente con beneficio del inventario la herencia intestada de la señora LUISA MARTlNEZ, fallecida en el Hospital San Juan de Dios de esta ciudad, el día ocho de noviembre del año dos mil dos, habiendo sido el Cantón Comecayo de esta jurisdicción, lugar de su último domicilio; de PABLO MARTINEZ en su calidad de hijo y de la señora PAULA CRUZ TRUJILLO MARTINEZ, ésta como cesionaria de los derechos hereditarios que en la presente herencia le correspondía a la señora GLORIA ISABEL MARTlNEZ en su calidad de hija y habiendose nombrado a los aceptantes interinamente administradores y representantes de la sucesión con las facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente. Juzgado Primero de lo Civil: Santa Ana, a las quince horas y diez minutos del día dos de junio del año dos mil tres. Lic. FRANCISCO ALBERTO ALEGRIA MENDOZA, JUEZ PRIMERO DE LO CIVIL. Lic. CARMEN GUADALUPE NUÑEZ MONTERROSA, SECRETA- RIA. Of. 3 v. alt. No HENRY EDMUNDO MACALL ZOMETA, JUEZ DE LO CIVIL DEL DISTRITO JUDICIAL DE CHALCHUAPA, HACE SABER: al público para los efectos de ley, que por resolución proveída por este Tribunal, a las once horas treinta y tres minutos del día treinta de mayo de dos mil tres, se ha tenido por aceptada expresamen-

23 DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 2 de Julio de te, con beneficio de inventario la Herencia Intestada, que a su defunción ocurrida a una hora ignorada del día cinco de mayo de mil novecientos noventa y cinco, en el Cantón Montelargo de la población de San Sebastián Salitrillo, correspondiente a este Distrito Judicial, siendo dicha Población el lugar de su último domicilio; dejó el señor FRANCISCO PEDRO GONZALEZ, quien fue de cincuenta y un años de edad, Empleado, Casado, de parte de las señoras MARIA DEL ROSARIO NIÑO VIUDA DE GONZALEZ y MARIA DEL CARMEN GONZA- LEZ NIÑO, la primera en su concepto de Cónyuge y la segunda en su calidad de hija del expresado Causante; a quienes se les nombra INTE- RINAMENTE Administradoras y Representantes de la Sucesión, con las facultades y restricciones de los Curadores de la herencia yacente.- Se cita a todas las personas que se crean con derecho a la herencia, para que se presenten a este Juzgado a deducirlo en el término de quince días contados desde el siguiente a la tercera publicación de este edicto.- Juzgado de lo Civil: Chalchuapa, a las diez horas cinco minutos del día dos de junio de dos mil tres. Lic. HENRY EDMUNDO MACALL ZOMETA, JUEZ DE LO CIVIL. Lic. HENRY OVIDIO GARCIA RODRIGUEZ, Of. 3 v. alt. No CONCEPCION ALVAREZ MOLINA, JUEZ DE LO CIVIL DEL DISTRITO JUDICIAL DE CIUDAD DELGADO, al público para los efectos de ley, HACE SABER: que por resolución de las diez horas y treinta y cinco minutos del día veintiuno de marzo del presente año, se ha tenido por aceptada expresamente con beneficio de inventario la herencia intestada que a su defunción dejó el señor JUAN RAMIREZ o JUAN RAMIREZ VASQUEZ, quien fue de sesenta y uno años de edad, soltero, Jornalero, fallecido el día veintiocho de octubre de mil novecientos noventa y siete, siendo Cuscatancingo el lugar de su último domicilio, de parte de la señora MARIA ALICIA RAMIREZ VASQUEZ, en calidad de hija de la causante, y como cesionaria de los derechos que les correspondían a los señores ENMA RAMIREZ VASQUEZ y HERMOGENES RAMIREZ VASQUEZ, ambos en calidad de hijos del causante, siendo Representada la señora MARIA ALICIA RAMIREZ VASQUEZ, por la Licenciada LEONOR MAGDALENA ORELLANA MELENDEZ en su calidad de Agente Auxiliar, del señor Procurador de la República. Confiriéndosele a la aceptante la administración y representación interina de la sucesión con las facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente. Lo que hago de su conocimiento para los electos legales consiguientes. JUZGADO DE LO CIVIL: CIUDAD DELGADO, a las diez horas y cuarenta minutos del día veintiuno de marzo del año dos mil tres. Licda. CONCEPCION ALVAREZ MOLINA, JUEZ DE LO CIVIL DE CIU- DAD DELGADO. Licda. SANTOS ELIZABETH QUITEÑO ARIAS, SECRETARIA. Of. 3 v. alt. No JOSE HERNAN PALACIOS LIMA, JUEZ DE LO CIVIL DEL DIS- TRITO JUDICIAL DE METAPAN, HACE SABER: que en este Juzgado se ha presentado el señor FABIO RECINOS TEJADA, de sesenta y cinco años de edad, Agricultor, de este domicilio, solicitando que se extienda a su favor título supletorio sobre un inmueble de naturaleza rústica, situado en el Cantón El Limo, Caserío Tablón Chagüite de esta jurisdicción, de la extensión superficial de SEISCIENTOS CINCUENTA Y TRES METROS SE- SENTA Y DOS DECIMETROS CUADRADOS CINCUENTA CEN- TIMETROS CUADRADOS, que especialmente mide y linda: AL NOR- TE, mide veinticuatro metros cincuenta centímetros, y linda con sucesión del señor MOISES MOLINA; AL SUR, mide diecisiete metros, y linda con propiedad de ELVIRA SANDOVAL CRUZ; AL ORIENTE, mide treinta y nueve metros y linda con propiedad de SANTIAGO HEREDIA y con propiedad de MARGARITA GUTIERREZ, Calle Antigua de por medio, que de Metapán, conducía a Frontera Anguiatú; y AL PONIENTE, mide veinticuatro metros, y linda con propiedad de ELVIRA SANDOVAL CRUZ; tiene como accesorio construída una casa de adobe techo de tejas, con energía eléctrica y agua potable; el referido inmueble no es predio dominante, ni sirviente, ni está en proindivisión con persona alguna; y lo valúa en la suma de DIECIOCHO MIL COLONES.- Lo que se hace del conocimiento del público para los efectos de Ley.- Juzgado de lo Civil: Metapán, a las diez horas con quince minutos del día cuatro de Abril del año dos mil dos. Lic. JOSE HERNAN PALACIOS LIMA, JUEZ DE LO CIVIL. Lic. EDGAR GUILLERMO MOLINA, SECRETARIO INTERINO. Of. 3 v. alt. No EL INFRASCRITO JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA DE ESTE DISTRITO JUDICIAL. HACE SABER: que a este Juzgado se ha presentado el Bachiller VICTOR MANUEL GUEVARA CORTEZ, mayor de edad, Bachiller, en carácter de Agente Auxiliar del Procurador General de la República en representación de la señora CARLOTA OCTAVIA AGUILAR DE CONTRERAS, de setenta y uno años de edad, de Oficios Domésticos, de este domicilio, portadora de su Documento Unico de Identidad número cero dos millones seiscientos once mil trescientos uno guión siete, solicitando a favor de su representada Título Supletorio de un inmueble rural, situado en Cantón San Antonio de esta jurisdicción, compuesto de una extensión superficial de TRESCIENTOS CINCUENTA Y DOS METROS CUADRADOS de las medidas y linderos siguientes: AL NORTE: veintisiete metros con ochenta centímetros, linda con propiedad de SEGUNDO FELIX ALVARADO PLEYTEZ, JOSE DIMAS VASQUEZ PARADA, ENCARNACION VASQUEZ, sucesión de NICOLAS CLAVEL HERCULES, DOMINGA CLAVEL DE ZOMETA, camino vecinal de por medio; AL ORIENTE: dieciocho metros con cincuenta y cuatro centímetros, linda con propiedad de JUAN HERCULES ARTEAGA, camino vecinal de por medio; AL SUR: veintisiete metros ochenta, centímetros, linda con propiedad de JOSE SEGUNDO RODAS MINAS; AL PONIENTE: dieciocho metros, linda con propiedad de SALOMON ZOMETA dicho inmueble lo adquirió por herencia que obtuvo de su madre, señora FRANCISCA AGUILAR quien falleció el día once de abril de mil novecientos setenta y ocho, fecha desde la cual se encuentra en posesión exclusiva, quieta, pacífica y no interrumpida del referido inmueble, ejerciendo actos de verdadera dueña, lo posee sin proindivisión con nadie y lo estima en la cantidad de VEINTICINCO MIL COLONES. Lo que se pone en conocimiento del público para los efectos de ley. Librado en el Juzgado de Primera Instancia: San Juan Opico, a las catorce horas y veinticinco minutos del día treinta de mayo de dos mil tres. Licdo. JOSE ORLANDO HERNANDEZ BUSTAMANTE, JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA. Licdo. CARLOS ARNULFO SOSA FLORES, Of. 3 v. alt. No VIOLETA DEL CARMEN DERAS DE REYES SANTOS, JUEZ DE LO CIVIL DE APOPA, HACE SABER: que por resolución proveída por este Tribunal, a las once horas y veinte minutos del día doce de junio del presente año, se tuvo por aceptada expresamente y con beneficio de inventario la herencia intestada que a su defunción dejó la señora ANA ELSA HENRIQUEZ GIRON, quien fue de cincuenta y un años de edad, Soltera, Profesora en Costura, fallecida el día veintiocho de agosto del año dos mil dos; siendo Apopa su último domicilio; de parte del señor JOSE DANIEL CORADO HENRIQUEZ, en calidad de hijo de la causante. Y se le confirió al aceptante en el carácter indicado la Administración y Representación interina de los bienes de la sucesión, con las facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente.- Lo que se hace del conocimiento al público para los efectos de Ley.- Librado en el Juzgado de lo Civil de Apopa, a las once horas y veintinueve minutos del día doce de junio del año dos mil tres.- Dra. VIOLETA DEL CARMEN DERAS DE REYES SANTOS, JUEZ DE LO CIVIL. Lic. JOSE DULEY CERNA FERNANDEZ, SECRETA- RIO. Of. 3 v. alt. No

24 24 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 360 SECCION CARTELES PAGADOS DE PRIMERA PUBLICACIÓN YOALMO ANTONIO HERRERA, JUEZ DE LO CIVIL DE ESTA CIUDAD, AL PUBLICO PARA LOS EFECTOS DE LEY, AVISA: que por resolución proveída por este Juzgado a las once horas quince minutos del día dieciséis de mayo del corriente año, se han declarado herederos abintestato, con beneficio de inventario, de la herencia intestada dejada a su defunción por la causante, señora MARTA NAVARRO ANGEL DE CALDERON, ocurrida el día quince de enero de dos mil uno, en esta ciudad, lugar de su último domicilio, a la señorita KATYA ROCIO CALDERON NAVARRO y a los menores FAUSTO ALEJANDRO CALDERON NAVARRO y ANNABELLA CALDE- RON NAVARRO, en calidad de hijos de la causante; y se ha conferido a los herederos declarados, la administración y representación definitivas de la sucesión, los menores antes relacionados deberán ejercerla a través de su tutora, señora FRANCY TATIANA NAVARRO ANGEL. Librado en el Juzgado de lo Civil de Nueva San Salvador, a las once horas y cincuenta minutos del día veintisiete de mayo de dos mil tres. - Lic. YOALMO ANTONIO HERRERA, JUEZ DE LO CIVIL. - Lic. SANDRA ELIZABETH SANCHEZ DIAZ, 1 v. No RAMON HERMINIO PORTILLO CAMPOS, JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA SUPLENTE DE LA CIUDAD DE ARMENIA. HACE SABER: que a las nueve horas con veinticinco minutos de este día, se emitió de parte de este Tribunal resolución en la cual se declara heredero definitivo abintestato y con beneficio de inventario al señor FRANCISCO ZEPEDA conocido por FRANCISCO ELNE ZEPEDA BARAHONA y FRANCISCO ELNE BARAHONA ZEPE- DA, de los bienes que al momento de su defunción dejara el causante SALVADOR ERNESTO ZEPEDA BARAHONA, el cual falleció a las quince horas con treinta minutos del día veinte de agosto del año dos mil dos, en el Barrio San Sebastián, Calle Alberto Masferrer, de esta ciudad, siendo su último domicilio el de esta ciudad, dicho heredero en los conceptos de hermano sobreviviente del causante y como cesionario de los derechos hereditarios que le correspondían a los señores TRANSITO ZEPEDA GONZALEZ y JOSEFINA BARAHONA DE ZEPEDA como padres del referido causante. Se le ha conferido al heredero declarado en los conceptos antes expresados la administración y representación definitiva de la sucesión. Lo que se informa al público en general para los efectos de Ley. Librado a las nueve horas con treinta y nueve minutos del día veinticuatro de junio del año dos mil tres, en el Juzgado de Primera Instancia de la ciudad de Armenia. - Lic. RAMON HERMINIO PORTI- LLO CAMPOS, JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA SUPLENTE. - Lic. RAFAEL ANTONIO CUELLAR ANGEL, 1 v. No EDGAR ORLANDO ZUNIGA RIVAS, Juez de Primera Instancia del Distrito Judicial de San Sebastián, AL PUBLICO, para los efectos de Ley, AVISA: que por resolución proveída por este Tribunal a las nueve horas y diez minutos de este día se ha DECLARADO HEREDERA DEFINITIVA Y CON BENEFICIO DE INVENTARIO de la herencia intestada que a su defunción ocurrida el día veinticinco de junio del año dos mil uno, en la ciudad de Santo Domingo, Departamento de San Vicente, su último domicilio dejó la señora PETRONILA MELENDEZ de parte de la señora DORA ALICIA DEL CARMEN MELENDEZ, en calidad de hija de la causante. Confiriéndosele a la aceptante la administración y representación DEFINITIVA de la sucesión con las facultades y restricciones de ley. Juzgado de Primera Instancia del Distrito Judicial de San Sebastián, a las nueve horas y veinte minutos del día cuatro de marzo del dos mil tres.- Lic. EDGAR ORLANDO ZUNIGA RIVAS, JUEZ DE PRI- MERA INSTANCIA. - Br. BESSY CECILIA FABIAN FUENTES, SECRETARIA. 1 v. No Luis Salvador Peña, Juez de lo Civil de este Distrito Judicial, al público para los efectos de ley; HACE SABER: que hoy ha declarado al señor MILTON RODRI- GUEZ ALFARO, heredero beneficiario e intestado en la sucesión del causante PASTOR ALFARO, que falleció el día treinta y uno de mayo de mil novecientos noventa y ocho, en el Cantón Pineda de esta jurisdicción, su último domicilio; en concepto de hijo del causante. El heredero declarado, tiene la administración y representación definitivas de la sucesión. Juzgado de lo Civil: Zacatecoluca, 7 de abril del Dr. LUIS SALVADOR PEÑA, JUEZ DE LO CIVIL. - JORGE ALBERTO RODRIGUEZ, 1 v. No LUIS MARIO SORIANO GARCIA, Notario de este domicilio, con oficina situada en Once Avenida Norte número un mil seiscientos sesenta y cuatro, Colonia Layco, San Salvador, HACE SABER: que por acta notarial otorgada en esta ciudad a las dieciséis horas de este día, ante mis oficios notariales, se ha declarado heredera definitiva, con beneficio de inventario de la herencia intestada que a su defunción, ocurrida el día dieciocho de diciembre del año dos mil dos, en esta ciudad, dejó el señor JOSE ANTONIO QUITEÑO, conocido por JOSE QUITEÑO y por JOSE ANTONIO QUITEÑO GUTIERREZ, quien a esa fecha era de noventa años de edad, contador y del domicilio de Antiguo Cuscatlán, Departamento de La Libertad, a la señora DINA GERTRUDIS QUITEÑO MEJIA, en su carácter de hija del mismo y se le ha conferido a la heredera declarada, la administración y representación definitivas de tal sucesión; lo que se pone en conocimiento del público para los efectos de ley. Librado en la oficina del Notario en la ciudad de San Salvador, a los veintitrés días del mes de mayo del año dos mil tres.- LUIS MARIO SORIANO GARCIA, NOTARIO. 1 v. No

25 DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 2 de Julio de YOALMO ANTONIO HERRERA, JUEZ DE LO CIVIL DE ESTA CIUDAD, AL PUBLICO PARA LOS EFECTOS DE LEY, AVISA: que por resolución proveída por este Juzgado a las catorce horas cuarenta minutos del día seis de junio del presente año, se han declarado herederos con beneficio de inventario, de la herencia testamentaria dejada a su defunción por la señora SONIA ELIZABETH PORTILLO GONZALEZ DE CHINCHILLA, conocida por SONIA ELIZABETH PORTILLO DE CHINCHILLA, SONIA ELIZABETH PORTILLO y por SONIA PORTILLO, ocurrida el día diecinueve de abril de dos mil uno, en la ciudad de Los Angeles, Estado de California de los Estados Unidos de América, quien tuvo su último domicilio en esta ciudad, a los menores GERARDO JOSE y GUADALUPE MARIA, ambos de apellidos CHINCHILLA PORTILLO, en testamentarios; y se ha conferido a los herederos calidad de herederos declarados, la administración y representación definitivas de la sucesión. Librado en el Juzgado de lo Civil de Nueva San Salvador, a las ocho horas y cincuenta y cinco minutos del día veintisiete de junio de dos mil tres. - Lic. YOALMO ANTONIO HERRERA, JUEZ DE LO CIVIL. - Lic. SANDRA ELIZABETH SANCHEZ DIAZ, El infrascrito Notario, al público para los efectos de Ley, 1 v. No AVISA: que por resolución de las quince horas del día veintiséis de junio del presente año, se han declarado herederos definitivos, con beneficio de inventario a los señores KATHLEEN HOGUE GONZA- LEZ, CARLOS ANTONIO GONZALEZ, JAIME MAURICIO RA- FAEL GONZALEZ y COLLEEN MELINDA GONZALEZ, por medio de su Apoderado señor JAIME ADALBERTO GONZALEZ, en la calidad de esposa e hijos sobrevivientes, en la sucesión intestada que dejó al fallecer en la ciudad de Sonsonate, departamento de Sonsonate, su último domicilio, el día doce de julio del año dos mil dos, dejó el señor MAURlCIO GONZALEZ conocido por MAURICIO GONZALEZ SASSO, MAURICIO SASSO GONZALEZ y por MAURICIO S GON- ZALEZ, confiriéndoseles a los herederos declarados la representación y administración definitiva de dicha sucesión con las facultades de Ley.- Librado en la oficina del Doctor MANUEL FRANCISCO CAR- DONA, situada en Séptima Avenida Norte, Condominio Centro de Gobierno, tercera planta, local número treinta y cuatro, de esta ciudad. San Salvador, a los veintiséis días del mes de junio del año dos mil tres. Dr. MANUEL FRANCISCO CARDONA, NOTARIO. su defunción ocurrida en esta ciudad de Cojutepeque, siendo su último domicilio esta misma ciudad de Cojutepeque, el día veintidós de junio del año mil novecientos noventa y uno, dejó el señor JOSE ADRIAN BARAHONA BARAHONA, conocido por JOSE ADRIAN BARAHO- NA; de parte de la señora Juana Francisca Nolasco viuda de Barahona, en su calidad de cónyuge sobreviviente, y del señor José Roberto Barahona Nolasco, en su calidad de hijo del causante; habiéndoles conferido la administración y representación interina de la sucesión, con las facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente. Lo que se avisa al público para los efectos de ley. Librado en la oficina del Notario OSCAR ARMANDO CRUZ JUAREZ: Cojutepeque, a uno de julio del año dos mil tres. OSCAR ARMANDO CRUZ JUAREZ, NOTARIO. 1 v. No JOSE ROBERTO BARAHONA NOLASCO, Notario de este domicilio, con Oficina Notarial en el Edificio NIZA, Local DOSCIENTOS DOCE, entre Primera Avenida Norte y Diecinueve Calle Poniente, Centro de Gobierno de esta ciudad de San Salvador, HACE SABER: que por resolución proveída a las diez horas del día treinta de junio del presente año dos mil tres; se ha tenido por aceptada expresamente y con beneficio de inventario, la herencia intestada, que a su defunción dejó el señor SALVADOR LOPEZ VALENCIA, ocurrida en San Juan Tepezontes, Departamento de La Paz, siendo ese lugar su último domicilio, el día dieciséis de octubre del año dos mil uno; de parte de los señores RAUL LOPEZ SORIANO y SALVADOR ERNESTO LOPEZ SORIANO, en sus calidades de hijos del causante; habiéndoseles conferido la administración y representación interina de la sucesión, con las facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente. Lo que se avisa al público para los efectos de ley. Librado en la Oficina del Notario JOSE ROBERTO BARAHONA NOLASCO: San Salvador, a uno de julio del año dos mil tres. JOSE ROBERTO BARAHONA NOLASCO, NOTARIO. 1 v. No v. No OSCAR ARMANDO CRUZ JUAREZ, Notario de este domicilio, con Oficina Notarial sobre la Cuarta Avenida Sur, Edificio Peña, Local Uno de la ciudad de Cojutepeque, Departamento de Cuscatlán, HACE SABER: que por resolución proveída a las diez horas del día treinta de junio del presente año dos mil tres, se ha tenido por aceptada expresamente y con beneficio de inventario, la herencia intestada que a OSCAR ALBERTO PACHECO CORDERO, Notario, del domicilio de Mejicanos y del de San Salvador, con oficina ubicada en Colonia España Uno, Polígono A, casa número uno, Mejicanos, Departamento de San Salvador; HACE SABER: que por resolución del suscrito Notario, proveída a las trece horas del día treinta de junio de dos mil tres, se ha tenido por aceptada expresamente y con beneficio de inventario, la herencia intestada que a su defunción, ocurrida en San Salvador el día quince de marzo

26 26 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 360 de dos mil tres, dejó el señor EDGAR DANILO JIMENEZ SOLIS conocido por EDGAR DANILO SOLIS JIMENEZ, de parte de la señora JULIA ISABEL ALVARENGA DE JIMENEZ conocida por JULIA ISABEL ALVARENGA, en calidad de cónyuge; habiéndosele conferido la administración y representación interina de la sucesión, con las facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente. En consecuencia por este medio se cita a todos los que se crean con derechos a la referida herencia para que se presenten a la referida oficina en el término de quince días, contados desde el día siguiente a la última publicación del presente edicto. Librado en la oficina del suscrito Notario, en la ciudad de Mejicanos, a las catorce horas del día treinta de junio del año dos mil tres. Lic. OSCAR ALBERTO PACHECO CORDERO, NOTARIO. 1 v. No HENRI PAUL FINO SOLORZANO, Notario, del domicilio de San Salvador, con oficina notarial ubicada en el Instituto de Derechos Humanos de la Universidad Centroamericana José Simeón Cañas (IDHUCA), ubicado en Final Boulevard Los Próceres, Jardines de Guadalupe, Antiguo Cuscatlán, HACE SABER: que por resolución proveída a las diez horas del treinta de junio de dos mil tres, se ha tenida por aceptada expresamente y con beneficio de inventario, la herencia intestada que a su defunción, dejó el señor ANTONIO ORLANDO CARRILLO RIVERA conocido por ANTONIO ORLANDO CARRILLO, ORLANDO ANTONIO CARRILLO y ORLANDO ANTONIO RIVERA CARRILLO, quien fue de sesenta y tres años de edad, empleado, originario de Verapaz, Departamento de San Vicente, salvadoreño por Nacimiento, Casado, hijo de Sarita Carrillo y Antonio Rivera, siendo su último domicilio la ciudad de Apopa, quien falleció el día veintiuno de febrero de dos mil tres, sin que haya expresado su voluntad en testamento, de parte de la señora VIRGINIA MARTINEZ DE CARRILLO, como cónyuge sobreviviente. En consecuencia, por este medio se cita a todos los que se crean con derechos a la referida herencia, para que se presenten a mi oficina notarial, por el término de quince días contados a partir de la tercera publicación del presente edicto. Librado en la Ciudad de San Salvador, uno de julio de dos mil tres. NELSON ZACAPA APARICIO, con oficinas en el Condominio Monte María, Edificio B, local número cinco-b, cuarta planta, en Primera Calle Poniente, número dos mil novecientos cuatro, de esta ciudad, HACE CONSTAR: que por resolución pronunciada en esta ciudad, a las ocho horas del día dieciséis de junio del corriente año, se ha tenido por aceptada expresamente y con beneficio de inventario, la herencia intestada del señor SANTOS ORELLANA LANDAVERDE, quien fue de sesenta y siete años de edad, Agricultor en pequeño, fallecido en la ciudad de San José Guayabal, jurisdicción de Cuscatlán, su último domicilio, el día veintiséis de marzo del año dos mil uno; de parte del señor JOSE ALFONSO ORELLANA ORELLANA, de cuarenta y cuatro años de edad, Bachiller, del domicilio de San José Guayabal, jurisdicción de Cuscatlán, en concepto de heredero intestado y a quien se le ha conferido la administración y representación legal de dicha sucesión, en forma interina, con las facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente. Lo que hace del conocimiento del público, para que si alguna persona se cree con derecho en dicha sucesión, se presente a su oficina de Notario, dentro del término de quince días, contados a partir de la publicación de este edicto. San Salvador, dieciocho de junio del dos mil tres. Dr. NELSON ZACAPA APARICIO, ABOGADO Y NOTARIO. 1 v. No RITA DEL CARMEN ORANTES MONTANO, Notario, del domicilio de Soyapango, con oficina jurídica situada en Calle José Francisco Lopez, número tres, Cojutepeque, HACE SABER: que por resolución de la suscrita Notario, proveída a las quince horas del día veintiséis de junio del dos mil tres, se ha tenido por aceptada expresamente y con beneficio de inventario, la herencia intestada que a su defunción ocurrida en el Cantón San Jacinto de la jurisdicción de Apastepeque, departamento de San Vicente, a las dieciséis horas del día primero de abril del año dos mil tres, dejó el señor ISAAC UMAÑA, de parte de la señora MARIA BETY UMAÑA DE OCHOA, en su concepto de hija del causante y como cesionaria de los derechos hereditarios que les corresponde en la herencia deferida por el causante ISAAC UMAÑA, a la señora NATIVIDAD UMAÑA, en concepto de madre del causante, habiéndosele conferido la administración y representación interina de la sucesión, con las facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente. Por lo que se avisa al público para los efectos de Ley. Librado en la ciudad de Cojutepeque el día veintiséis de junio de dos mil tres. Lic. HENRI PAUL FINO SOLORZANO, NOTARIO. Lic. RITA DEL CARMEN ORANTES MONTANO, NOTARIO. 1 v. No v. No

27 DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 2 de Julio de JOSE HERIBERTO REYES CISNEROS, Notario, de este domicilio, cinco: rumbo Noreste setenta y dos grados: treinta y un minutos ocho con oficina ubicada en Calle Padres Aguilar, número cuatrocientos segundos y una distancia de trece punto noventa y cinco metros, veinte, Colonia Escalón, de esta ciudad, colindando con terreno propiedad de ABELINA MOLINA. Tramo seis: rumbo Sureste cincuenta y tres grados cuarenta y tres minutos cincuenta HACE SABER: que por resolución del suscrito Notario, proveída y tres segundos y una distancia de diez punto veintisiete metros, colindando con terreno propiedad de ABELINA MOLINA. Tramo siete: a las ocho horas del día veinticinco de junio de dos mil tres, se ha tenido por aceptada expresamente y con beneficio de inventario, la herencia rumbo Noreste ochenta y cinco grados, veintisiete minutos cinco segundos y una distancia de diecisiete punto cero nueve metros, colindando testamentaria que a su defunción, ocurrida en esta ciudad, el día dos de junio de dos mil tres, dejó la señora MARIA DE LAS MERCEDES con terreno propiedad de ABELINA MOLINA. AL ORIENTE: partiendo del vértice Nororiente está formado por un tramo con el siguiente CONCEPCION ROSITO MELENDEZ, a su hijo legítimo y sobreviviente el señor VICTOR RAPHAËL MELENDEZ HELLEBUYCK, en rumbo y distancia: Sureste trece grados nueve minutos y cinco segundos su concepto de heredero testamentario único y universal. y una distancia de cincuenta y dos punto sesenta y seis metros, colindando con parcela número sesenta y cinco cero cero, propiedad de MIGUEL En consecuencia, por este medio se cita a todos los que se crean con ANGEL GUZMAN FLORES, calle al Cerro Colorado de por medio. AL derechos a la referida herencia, para que se presenten a mi oficina en el SUR: partiendo del vértice Suroriente está formado por un tramo con el término de quince días, contados desde el siguiente a la última publicación del presente edicto. siguiente rumbo y distancia: Suroeste ochenta y ocho grados, veinte minutos seis segundos y una distancia de ciento cuarenta y nueve punto Librado en la oficina del Notario JOSE HERIBERTO REYES ochenta y cinco metros, colindando con parcela número ciento treintacero cuatro, propiedad de SANTIAGO GARCIA CASTRO. AL PO- CISNEROS. En la ciudad de San Salvador, a las nueve horas del día veintiséis de junio de dos mil tres. NIENTE: partiendo del vértice Surponiente está formado por dos tramos. Tramo uno: rumbo Noreste quince grados treinta y dos minutos treinta y ocho segundos y una distancia de cincuenta y nueve punto JOSE HERIBERTO REYES CISNEROS, sesenta y nueve metros, colindando con terrenos propiedad de NAPOLEON NAVARRO y MARDOQUEO GUARDADO. Tramo NOTARIO. dos: rumbo Noreste siete grados veintidós minutos cincuenta y nueve segundos y una distancia de cuatro punto sesenta y seis metros, colindan- 1 v. No JOSE NICOLAS ASCENCIO HERNANDEZ, Notario:, de este domicilio, con oficina ubicada en Séptima Avenida Norte, Edificio Dos-C, local número ocho. Centro de Gobierno, HACE SABER: que ante mí ha comparecido el señor PAULINO RIVAS LOBATO, mayor de edad, Albañil de domicilio de San Rafael Cedros, solicitando TITULO SUPLETORIO de un terreno de naturaleza rústica sin construcciones, situado en el Camón Cerro Colorado, jurisdicción de San Rafael Cedros; de una extensión superficial de OCHO MIL TRESCIENTOS VEINTICUATRO PUNTO OCHENTA Y UN ME- TROS CUADRADOS, que mide y linda al NORTE: partiendo del vértice Norponiente está formado por siete tramos con los siguientes rumbos y distancias: Tramo uno: Noreste ochenta y tres grados cincuenta y tres minutos un segundo con una distancia de veintitrés punto sesenta y cinco metros, colindando con terreno propiedad de MARDOQUEO GUARDADO. Tramo dos: rumbo Noreste cincuenta y un grados, cincuenta y nueve minutos cincuenta y nueve segundos con una distancia de veinticinco punto cincuenta y siete metros; colindando con terreno propiedad de MARDOQUEO GUARDADO; Tramo tres: rumbo Sureste cuarenta grados, nueve minutos cincuenta y tres segundos y una distancia de sesenta y cinco punto cincuenta y seis metros, colindando con terreno propiedad de ABELINA MOLINA: Tramo cuatro; rumbo Noreste cuarenta y siete grados cincuenta y cuatro minutos un segundo y una distancia de treinta y ocho punto cincuenta y ocho metros, colindando con terreno propiedad de ABELINA MOLINA. Tramo do con terreno propiedad de MARDOQUEO GUARDADO. El terreno descrito no es dominante ni sirviente, ni está en proindivisión y no tiene cargas o derechos que pertenezcan a terceras personas y se valúa en la suma de setenta y cinco mil colones; no tiene antecedente inscrito y fue adquirido el día veinticinco de agosto de mil novecientos ochenta y siete por compra que hizo a la señora MARIA DEL CARMEN MOLINA, por lo que dicha posesión ya tiene más de diez años de ser quieta, pacífica y no interrumpida. Lo que se hace del conocimiento del público para los efectos de ley. Librado en la Ciudad de San Salvador, a los veinticinco días del mes de junio de dos mil tres. JOSE NICOLAS ASCENCIO HERNANDEZ, NOTARIO. 1 v. No MIGUEL ANGEL MEDRANO GRANADOS, Notario de este domicilio, con despacho Notarial situado en Boulevard Constitución y Calle Castro Moran, Colonia Santa Matilde, casa número siete-m, Mejicanos, HACE SABER: que a mi oficina profesional se ha presentado la señora LUCIA PALOMO DE LARA, de setenta y seis años de edad, con domicilio en la ciudad de Usulután, quien a las catorce horas del día seis

28 28 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 360 de febrero del dos mil dos, fue declarada heredera definitiva de los bienes cero cero mil treinta y seis, a iniciar DILIGENCIAS DE TITULO que a su defunción dejara su esposo señor JUAN ANTONIO LARA, SUPLETORIO, sobre un terreno rústico, situado en Cantón El Carrizo, resolución inscrita en el Registro de la Propiedad Raíz e Hipotecas de la jurisdicción de Tepecoyo, Departamento de La Libertad, de una extensión superficial de MIL CINCUENTA Y OCHO METROS CUADRA- ciudad de Usulután, bajo el número SETENTA Y SEIS, FOLIOS TRESCIENTOS OCHENTA Y CUATRO, DEL LIBRO MIL SETE- DOS, de las medidas y colindancias siguientes: AL NORTE: diecisiete CIENTOS CUARENTA Y UNO, y en tal carácter ha iniciado ante mis metros, con terreno de GODOFREDO GARCIA; AL ORIENTE: cincuenta y dos metros; con terreno de A. GON "B" S.A. DE C.V.; AL SUR: oficios diligencias de jurisdicción voluntaria para la obtención de TITU- LO SUPLETORIO, de un solar de naturaleza rústica, dicho terreno está diecisiete metros con terreno propiedad de JESUS GARCIA; y AL situado en el Cantón La Preza, de esta jurisdicción, distrito y Departamento de Usulután, de la capacidad de DOSCIENTAS DIEZ AREAS, terreno de ANDRES PINTO PERDOMO. El inmueble lo hubo por PONIENTE: cincuenta y cuatro metros cincuenta centímetros, con más o menos, que linda: AL ORIENTE: con terrenos de MANUEL compra que le hizo al señor ISABEL ADIAS FLORES y lo posee de ROSALES, y RAMON VASQUEZ GAVIDIA, hoy de JOSE HUM- forma quieta, pacífica e ininterrumpida por más de diez años, lo valúa en BERTO ROSALES AYALA y LUCIA PALOMO DE LARA, cerco de NUEVE MIL COLONES, que el lote descrito no es dominante ni alambre propio de por medio; AL NORTE: con terreno de ROSA sirviente, no lo posee en proindivisión con otra persona y no tiene cargas MARIA CASTILLO DE AREVALO, antes de FIDELIA ARCE, y hoy o derechos que pertenezcan a terceras personas. Se previene a las de SUCESION VELA, cerco de alambre propio y camino de por medio personas que deseen presentar oposición a la pretensión del solicitante, que de esta ciudad conduce al Puerto El Triunfo; AL PONIENTE: con lo hagan dentro del término legal y en la dirección expresada. terreno de JUAN ANTONIO LARA, hoy de LUCIA PALOMO DE Librado en la ciudad de San Salvador, a los dieciséis días del mes LARA, cerco de alambre de por medio propio del colindante; y AL SUR: de octubre de dos mil dos. con terreno de LUISA QUINTANILLA, hoy de LUCIA PALOMO DE LARA, cerco de alambre de por medio propio de la colindante. Que dicho inmueble lo adquirió su difunto esposo, por compra hecha a MATIAS Lic. HENRI PAUL FINO SOLORZANO, VALENZUELA, segun escritura pública número cuarenta, otorgada a las once horas del día nueve de abril de mil novecientos cincuenta y NOTARIO. cuatro, ante los oficios notariales de RAUL ALFONSO JOVEL; la cual no es inscribible por carecer de antecedente inscrito. 1 v. No En consecuencia por este medio CITA: a todos los que se crean con igual o mejor derecho al mismo para que se presenten a la dirección antes mencionada en el término de QUINCE DIAS contados desde el día siguiente de la última publicación del presente edicto, a hacerlo saber. Y para que lo proveído por el suscrito Notario tenga efectos legales se EL SUSCRITO NOTARIO, publiquen por tres veces consecutivas en un periódico de mayor circulación nacional y una vez en el Diario Oficial. Librado en la ciudad de Usulután, a los treinta días del mes de junio del dos mil tres. MIGUEL ANGEL MEDRANO GRANADOS, NOTARIO. 1 v. No HENRI PAUL FINO SOLORZANO, Notario, de este domicilio, al público para los efectos de ley, HACE SABER: en las oficinas del Instituto de Derechos Humanos de la Universidad Centroamericana José Simeón Cañas, San Salvador, se ha presentado el señor ALFONSO PEREZ, de setenta años de edad, Jornalero, del domicilio de Tepecoyo, Departamento de La Libertad, portador de su Cédula de Identidad Personal Número cuatro- doce- cero HACE SABER: que en esta oficina ha comparecido el señor EDGARDO SASSO MARROQUIN, quien es de cincuenta y un años de edad, Mecánico, de este domicilio, persona a quien no conozco, pero identifico por medio de su Documento Unico de Identidad Número cero un millón novecientos ochenta y seis mil quinientos noventa y cuatroseis, y con Número de Identificación Tributaria cero seiscientos catorceveintisiete cero nueve cincuenta y uno- cero cero uno-nueve, MANIFES- TANDO: I) Ser dueño y actual poseedor, de buena fé, en forma quieta, pacífica, continua e ininterrumpida, de un inmueble de naturaleza urbana, situado en Boulevard Constitución, marcado con el Número CUATRO, del Reparto Marroquín, de esta jurisdicción y Departamento, que consta de una extensión superficial de QUINIENTOS CUARENTA Y CINCO METROS CUADRADOS, equivalentes a SETECIENTAS SETENTA Y NUEVE PUNTO SETENTA Y OCHO VARAS CUA- DRADAS. II) El inmueble tiene una descripción de la manera siguiente: al NORTE: un tramo recto, del mojón uno al dos, con una distancia de treinta y uno punto ochenta y nueve metros, con rumbo Norte cincuenta y siete grados, cincuenta y siete minutos diecisiete segundos Este, colindando con la señora AMBROSIA JACINTO LOPEZ, hoy de la Sucesión; al ORIENTE: un tramo recto, del mojón dos al tres, con una distancia de dieciocho punto ochenta y dos metros, con rumbo Sur cuarenta y nueve grados, treinta y dos minutos, cincuenta segundos Este,

29 DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 2 de Julio de colindando con el señor JUAN JORGE SAFIE BENDEK; al SUR: línea recta, del mojón tres al cuatro, con una distancia de cuarenta y uno punto sesenta y siete metros, con rumbo Sur sesenta y seis grados, cero ocho minutos, cero siete segundos Oeste, colindando por este rumbo con el señor JOSE ARMANDO MARROQUIN MARTINEZ; y al PONIEN- TE: un tramo recto, del mojón cuatro al uno, con una distancia de doce punto cincuenta y siete metros, con rumbo Norte catorce grados, cincuenta y cinco minutos, cincuenta y tres segundos Oeste, Boulevard Constitución de por medio, colindando con propiedad de los señores EDGARDO SASSO MARROQUIN, RAFAEL MARROQUIN o MARROQUIN AGUIRRE, MARIA EMMA MARROQUIN MARTINEZ DE SANCHEZ, JOSE ARMANDO MARROQUIN Identidad Número cero cero trescientos ochenta mil setecientos treintacuatro, y con Número de Identificación Tributaria cero seiscientos catorce-quince once cincuenta y ocho-cero catorce-cero, quien actúa por sí, y en nombre y representación del señor OSCAR LEOPOLDO ESCALANTE MARTINEZ, mayor de edad, Empleado, de este domicilio, con Número de Identificación Tributaria cero seiscientos catorceveintiocho cero nueve cincuenta y seis-cero cero dos-uno; personería que doy fé de ser legítima y suficiente por haber tenido a la vista el Testimonio de la Escritura Pública de Poder General Judicial y Administrativo con Cláusula Especial, otorgado en esta ciudad a las quince horas del día veinticinco de enero de dos mil dos, ante los oficios del Notario JORGE ALBERTO MORAN FUNES, en el cual se le faculta al compareciente MARTINEZ, MIGUEL ANGEL MARTINEZ, RAFAEL para realizar actos como el presente; poder que no agregaré a las MARROQUIN MARTINEZ, conocido por RAFAEL MARROQUIN hijo, ROSA MARINA SAMOUR DE SAFIE y VICTOR MANUEL presentes Diligencias por contener otras facultades aún no cumplidas, y en el carácter en que comparece, MANIFESTANDO: I) Ser dueños y LOPEZ VILLALTA. Del cual solicita TITULO DE PROPIEDAD; actuales poseedores conjuntamente con su poderdante señor OSCAR presentando la ficha catastral respectiva. Todos los colindantes son del LEOPOLDO ESCALANTE MARTINEZ, de buena fé, en forma quieta, domicilio de San Salvador, el inmueble descrito no es dominante, ni pacífica, continua e ininterrumpida, en proindivisión y por partes iguales, sirviente, no tiene carga ni derechos reales de ajena pertenencia, ni está equivalentes al cincuenta por ciento para cada uno de ellos del inmueble en proindivisión con ninguna otra persona y lo adquirió por compraventa de naturaleza urbana, situado en Boulevard Constitución, marcado con en escritura privada que se le extravió, de parte de los herederos de la el Número OCHO, del Reparto Marroquín, de esta jurisdicción y señora ANSELMA MARTINEZ DE MARROQUIN, POSESION que Departamento, que consta de una extensión superficial de QUINIENes por más de veinte años consecutivos. El inmueble lo valúa en la TOS CINCUENTA Y SEIS PUNTO TREINTA METROS CUADRAcantidad de CINCUENTA Y SIETE MIL CIENTO CUARENTA Y DOS, equivalentes a SETECIENTAS NOVENTA Y CINCO PUNTO DOS DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA CON NOVENTA Y SEIS VARAS CUADRADAS. II) El inmueble tiene una OCHENTA Y SEIS CENTAVOS DE DOLAR DE LOS ESTADOS descripción de la manera siguiente: al NORTE: dos tramos rectos, el UNIDOS DE AMERICA, equivalentes a QUINIENTOS MIL COLO- NES. primer tramo, del mojón uno al dos, tramo recto cuarenta punto ochenta y tres metros, rumbo Norte, setenta grados cero tres minutos, cincuenta Lo que se avisa al público para los fines de ley. y tres segundos Este; el segundo tramo, del mojón dos al tres de uno punto Se previene a las personas que desean presentar oposición a las pretensiones del solicitante, lo haga dentro del término legal en mi despacho notarial situado en Quince Avenida Norte Número Un mil trescientos trece, Colonia Layco, San Salvador, entre Veinticinco y Veintitrés Calle Poniente. Librado en la ciudad de San Salvador, a los nueve días de junio de dos mil tres. JORGE ALBERTO SANTILLANA AQUINO, NOTARIO. 1 v. No EL SUSCRITO NOTARIO, HACE SABER: que en esta oficina ha comparecido el señor GUILLERMO ANTONIO MENDEZ MARROQUIN, quien es de cuarenta y cuatro años de edad, Mecánico, de este domicilio, persona a quien no conozco, pero identifico por medio de su Documento Unico de noventa y uno metros, con rumbo Norte setenta y seis grados cincuenta y ocho minutos, cincuenta y ocho segundos Este, colinda en ambos tramos con el señor VICTOR MANUEL LOPEZ VILLALTA; al ORIEN- TE: un tramo recto, del mojón tres al cuatro, tramo recto de veinticuatro punto noventa y cinco metros, con rumbo Sur cero dos grados, cero seis minutos cuarenta y ocho segundos Este, colindando con propiedad del señor JUAN JORGE SAFIE BENDEK; al SUR: seis tramos rectos, el primer tramo, del mojón cuatro al cinco con una distancia de trece punto cuarenta y siete metros, con rumbo Norte cincuenta y ocho grados, cincuenta y dos minutos, cincuenta y nueve segundos Oeste; el segundo tramo, del mojón cinco al seis, con una distancia de dos punto treinta metros y rumbo Norte ochenta y seis grados cero cero minutos, doce segundos Oeste; el tercer tramo, del mojón seis al siete, con una distancia dos punto ochenta metros con rumbo Norte setenta y cinco grados, diecinueve minutos cero ocho segundos Oeste; el cuarto tramo, del mojón siete al ocho, con una distancia de dos punto ochenta y dos metros, con rumbo Sur ochenta y ocho grados, diez minutos, diecinueve segundos Oeste; el quinto tramo, del mojón ocho al nueve, con una distancia de dos punto cero ocho metros, rumbo Sur cincuenta y siete grados, cuarenta y cinco minutos, cuarenta segundos Oeste; el sexto tramo, del mojón nueve al diez una distancia de quince punto sesenta y ocho metros, con rumbo Sur, cincuenta y ocho grados, cero ocho minutos, cero dos segundos Oeste, colindando por los seis tramos con propiedad de los señores GUILLERMO ANTONIO MENDEZ MARROQUIN, OSCAR

30 30 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 360 LEOPOLDO ESCALANTE MARTINEZ, FERNANDO SANCHEZ MARROQUIN, LILIAN RUTH PALACIOS DE PEÑA y JUAN JOSE MENDEZ MARROQUIN; y al PONIENTE: un tramo recto, del mojón número diez al uno con una distancia de trece punto noventa y seis metros, con rumbo Norte veintiocho grados, cuarenta y nueve minutos, veinticuatro segundos Oeste, Boulevard Constitución de por medio, colindando con propiedad de los señores EDGARDO SASSO MARROQUIN, RAFAEL MARROQUIN o MARROQUIN AGUIRRE, MARIA EMMA MARROQUIN MARTINEZ DE SANCHEZ, JOSE ARMANDO MARROQUIN MARTINEZ, MIGUEL ANGEL MARTINEZ, RAFAEL MARROQUIN MARTINEZ, conocido por RAFAEL MARROQUIN hijo, ROSA MARINA SAMOUR DE SAFIE y VICTOR MANUEL LOPEZ VILLALTA. Del cual solicita TITULO DE PROPIEDAD; presentando la ficha catastral respectiva. Todos los colindantes son del domicilio de San Salvador, el inmueble descrito no es dominante, ni sirviente, no tiene carga ni derechos reales de ajena pertenencia, ni está en proindivisión con ninguna otra persona que no sea el compareciente y el señor OSCAR LEOPOLDO ESCALANTE MARTINEZ, y lo adquirieron por compra venta en escritura privada que se les extravió, a la Sucesión de la señora ANSELMA MARTINEZ DE MARROQUIN, POSESION que es por más de veinte años consecutivos. El inmueble lo valúa en la cantidad de CINCUENTA Y SIETE MIL CIENTO CUARENTA Y DOS DOLARES DE LOS ESTADOS UNI- DOS DE AMERICA CON OCHENTA Y SEIS CENTAVOS DE DOLAR DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA, equivalentes a QUINIENTOS MIL COLONES. actuales poseedores conjuntamente con sus poderdantes antes mencionados, de buena fé, en forma quieta, pacífica, continua e ininterrumpida, Lo que se avisa al público para los fines de ley. en proindivisión y por partes iguales, equivalentes al veinte por ciento para cada uno de ellos del inmueble de naturaleza urbana, situado en Se previene a las personas que desean presentar oposición a las Boulevard Constitución, marcado con el Número NUEVE, del Reparto pretensiones del solicitante, lo haga dentro del término legal en mi Marroquín, de esta jurisdicción y Departamento, que consta de una despacho notarial situado en Quince Avenida Norte Número Un mil extensión superficial de UN MIL CUARENTA PUNTO QUINCE trescientos trece, Colonia Layco, San Salvador, entre Veinticinco y METROS CUADRADOS, equivalentes a UN MIL CUATROCIEN- Veintitrés Calle Poniente. TAS OCHENTA Y OCHO PUNTO VEINTICINCO VARAS CUA- Librado en la ciudad de San Salvador, a los nueve días de junio de DRADAS. II) El inmueble tiene una descripción de la manera siguiente: dos mil tres. al NORTE: seis tramos rectos, el primer tramo, del mojón uno al dos, con JORGE ALBERTO SANTILLANA AQUINO, NOTARIO. 1 v. No EL SUSCRITO NOTARIO, HACE SABER: que en esta oficina ha comparecido el señor GUILLERMO ANTONIO MENDEZ MARROQUIN, quien es de cuarenta y cuatro años de edad, Mecánico, de este domicilio, persona a quien no conozco, pero identifico por medio de su Documento Unico de Identidad Número cero cero trescientos ochenta mil setecientos treintacuatro, y con Número de Identificación Tributaria cero seiscientos catorce-quince once cincuenta y ocho-cero catorce-cero, quien actúa por sí, y en nombre y representación de los señores OSCAR LEOPOLDO ESCALANTE MARTINEZ, mayor de edad, Empleado, de este domicilio, con Número de Identificación Tributaria cero seiscientos catorceveintiocho cero nueve cincuenta y seis-cero cero dos-uno; FERNANDO SANCHEZ MARROQUIN, mayor de edad, Empleado, de este domicilio, con Número de Identificación Tributaría cero seiscientos catorceveintinueve cero cuatro setenta-cero cero cuatro-cinco; LILIAN RUTH PALACIOS DE PEÑA, mayor de edad, Empleada, de este domicilio, con Número de Identificación Tributaria cero seiscientos catorce-trece cero tres cincuenta y dos-cero cero seis-dos; y JUAN JOSE MENDEZ MARROQUIN, mayor de edad, Empleado, de este domicilio, con Número de Identificación Tributaría cero seiscientos catorce-cero cinco cero siete sesenta y uno-cero once-cero; personería que doy fé de ser legítima y suficiente por haber tenido a la vista el Testimonio de la Escritura Pública de Poder General Judicial y Administrativo con Cláusula Especial, otorgado en esta ciudad a las quince horas del día veinticinco de enero de dos mil dos, ante los oficios del Notario JORGE ALBERTO MORAN FUNES, en el cual se le faculta al compareciente para realizar actos como el presente; poder que no agregaré a las presentes Diligencias por contener otras facultades aún no cumplidas, y en el carácter en que comparece, MANIFESTANDO: I) Ser dueños y una distancia de quince punto sesenta y ocho metros, con rumbo Norte cincuenta y ocho grados, cero ocho minutos, cero dos segundos Este; el segundo tramo, del mojón dos al tres, con una distancia de dos punto cero ocho, con rumbo Norte, cincuenta y siete grados cuarenta y cinco minutos, cuarenta segundos Este; el tercer tramo, del mojón tres al cuatro, con una distancia dos punto ochenta y dos metros, con rumbo Norte ochenta y ocho grados, diez minutos diecinueve segundos Este; el cuarto tramo, del mojón cuatro al cinco, con una distancia de dos punto ochenta metros, con rumbo Sur setenta y cinco grados, diecinueve minutos, cero ocho segundos Este; el quinto tramo, del mojón cinco al seis, con una distancia de dos punto treinta metros, con rumbo Sur ochenta y seis grados, cero cero minutos, doce segundos Este; el sexto tramo, del mojón seis al siete, con una distancia de trece punto cuarenta y siete metros con rumbo Sur, cincuenta y ocho grados, cincuenta y dos minutos, cincuenta y nueve segundos Este, colindando por este rumbo con propiedad de los señores GUILLERMO ANTONIO MENDEZ

31 DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 2 de Julio de MARROQUIN y OSCAR LEOPOLDO ESCALANTE MARTINEZ; al ORIENTE: dos tramos rectos, el primer tramo, del mojón siete al ocho, con una distancia dieciséis punto cincuenta y cinco metros, con rumbo Sur cero cero grados, dieciséis minutos, treinta y siete segundos Oeste; el segundo tramo, del mojón ocho al nueve, con una distancia de dieciséis punto cero seis metros, con rumbo Sur cero cero grados, cero ocho minutos, treinta y cuatro segundos Oeste, colindando con propiedad del señor JUAN JORGE SAFIE BENDEK; al SUR: dos tramos rectos, el primer tramo, del mojón nueve al diez, con una distancia de uno punto cuarenta y cuatro metros, con rumbo Sur cincuenta y un grados, cuarenta y seis minutos, treinta y dos segundos Oeste; el segundo tramo, del mojón diez al once, con una distancia de once punto setenta y cinco metros, con rumbo Sur cuarenta y dos grados cero dos minutos cero cuatro segundos Oeste, colindando por este rumbo con el señor JUAN JORGE SAFIE BENDEK; y al PONIENTE: de cinco tramos rectos, el primer tramo, del mojón once al doce, con una distancia de diecinueve punto treinta y ocho metros, con rumbo Norte treinta y dos grados, veintidós minutos, cuarenta y dos segundos Oeste; el segundo tramo, del mojón doce al trece, con una distancia de tres punto cero dos metros, con rumbo Norte treinta grados, cincuenta y tres minutos cincuenta y cinco segundos Oeste; el tercer tramo, del mojón trece al catorce, con una distancia de dieciséis punto setenta y un metros, con rumbo Norte treinta y un grados cuarenta y seis minutos cero nueve segundos Oeste; el cuarto tramo, del mojón catorce al uno, con una distancia de ocho punto setenta y un metros con rumbo Norte, treinta y un grados, cuarenta y tres minutos diez segundos Oeste; Boulevard Constitución de por medio, colindando por este rumbo con los señores EDGARDO SASSO MARROQUIN, RA- FAEL MARROQUIN o MARROQUIN AGUIRRE, MARIA EMMA MARROQUIN MARTINEZ DE SANCHEZ, JOSE ARMANDO MARROQUIN MARTINEZ, MIGUEL ANGEL MARTINEZ, RA- FAEL MARROQUIN MARTINEZ, conocido por RAFAEL MARROQUIN hijo, ROSA MARINA SAMOUR DE SAFIE y VICTOR MANUEL LOPEZ VILLALTA, donde finaliza la presente descripción. Del cual solicita TITULO DE PROPIEDAD; presentando la ficha catastral respectiva. Todos Ios colindantes son del domicilio de San Salvador, el inmueble descrito no es dominante, ni sirviente, no tiene carga ni derechos reales de ajena pertenencia, ni está en proindivisión con ninguna otra persona que no sean el compareciente y sus poderdantes, y lo adquirieron por compraventa en escritura privada que se les extravió, a la Sucesión de la señora ANSELMA MARTINEZ DE MARROQUIN, POSESION que es por más de veinte años consecutivos. El inmueble lo valúa en la cantidad de CINCUENTA Y SIETE MIL CIENTO CUA- RENTA Y DOS DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AME RICA CON OCHENTA Y SEIS CENTAVOS DE DOLAR DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA, equivalentes a QUINIENTOS MIL COLONES. trescientos trece, Colonia Layco, San Salvador, entre Veinticinco y Veintitrés Calle Poniente. Librado en la ciudad de San Salvador, a los nueve días de junio de dos mil tres. Clase: 29 JORGE ALBERTO SANTILLANA AQUINO, No. de Exp.: No. de Pres.: NOTARIO. LA INFRASCRITA REGISTRADORA, 1 v. No HACE SABER: que DISTRIBUIDORA NACIONAL, SOCIE- DAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE que se abrevia: DISNA, S.A. DE C.V., del domicilio de BOULEVARD ORDEN DE MALTA, SANTA ELENA, ANTIGUO CUSCATLAN, DEPARTAMENTO DE LA LIBERTAD, propietaria(o) de la MARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO, consistente en LA PALABRA REGGI, SIN DISEÑO ESPECIAL ALGUNO, ESCRITA EN LETRAS MAYUSCULAS Y DE MOLDE, cuyo País de Origen es EL SALVADOR, inscrita al número del Libro de INSCRIPCION DE MARCAS, traspasó por venta a FABRICA MOLINERA SALVADOREÑA, SO- CIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE-FABRICA MOLI- NERA SALVADOREÑA, S.A. DE C.V., del domicilio de Zona Industrial La Laguna, Antiguo Cuscatlán, Departamento de La Libertad, de nacionalidad SALVADOREÑA. TRASPASO que se encuentra inscrito al número del Libro de RESOLUCIONES DEFINITIVAS. ley. Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de San Salvador, a los trece días del mes de marzo del año dos mil tres. Lic. MARIA DAFNE RUIZ, Lo que se avisa al público para los fines de ley. Se previene a las personas que desean presentar oposición a las pretensiones del solicitante, lo haga dentro del término legal en mi despacho notarial situado en Quince Avenida Norte Número Un mil JUANA LETICIA VILLATORO, SECRETARIA. 1 v. No

32 32 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 360 FRANCISCO ALBERTO ALEGRIA MENDOZA, JUEZ PRIMERO DE LO CIVIL DE ESTE DISTRITO: Al público para los efectos de ley, HACE SABER: que por resolución de este Tribunal de las doce horas treinta minutos del día diecinueve de los corrientes, se ha declarado yacente la herencia del señor ALBERTO FRANCISCO PEREZ, fallecido el día dos de mayo del año dos mil dos, en esta ciudad, el lugar de su último domicilio, y al efecto se nombró Curador para que represente a la referida Sucesión al Licenciado ALFREDO PABLO ANTONIO FRAN- CISCO BRACAMONTE RIVERA, a quien se le hizo saber dicho nombramiento, para su aceptación, juramentación, y demás efectos legales consiguientes.- Juzgado Primero de lo Civil: Santa Ana, a las nueve horas del día veintitrés de junio del año dos mil tres. Lic. FRANCISCO ALBERTO ALEGRIA MENDOZA, JUEZ PRIMERO DE LO CIVIL. Lic. CAR- MEN GUADALUPE NUÑEZ MONTERROSA, SECRETARIA. El infrascrito Juez, al público para los efectos de ley, 3 v. alt. No HACE SABER: que por resolución de este Juzgado de las quince horas y cinco minutos del día diecisiete de este mes, se ha declarado yacente la herencia del causante DAMASO DOÑO ALVARENGA o DAMASO DOÑO, quien falleció el día uno de diciembre de mil novecientos ochenta y tres, en el Cantón Liévano de esta jurisdicción, habiendo tenido como último domicilio esta ciudad, sin que hasta la fecha se haya presentado persona alguna aceptando su herencia o una cuota de ella; y se ha nombrado curador para que la represente a la Licenciada ZOILA EMELINA PARADA PEREZ, en consecuencia, se citan a todas las personas que se crean con derecho a la herencia de que se trata, para que dentro del término de quince días contados a partir de la última publicación de este aviso, se presenten a deducirlo a este Juzgado. JUZGADO DE LO CIVIL: Zacatecoluca, veinticuatro de febrero del año dos mil tres. Dr. LUIS SALVADOR PEÑA, JUEZ DE LO CIVIL. JORGE ALBERTO RODRIGUEZ, 3 v. alt. No YOALMO ANTONIO HERRERA, JUEZ DE LO CIVIL DE ESTA CIUDAD, AL PUBLICO PARA LOS EFECTOS DE LEY, HACE SABER: que por resolución proveída por este Juzgado a las quince horas veinte minutos del día nueve de junio del corriente año, se ha tenido por aceptada expresamente y con beneficio de inventario, la herencia Intestada dejada a su defunción por el causante, señor FAUSTO ALIRIO CALDERON, conocido por FAUSTO ALIRIO CALDERON MIRA, ocurrida el día quince de enero de dos mil uno, en esta ciudad, lugar de su último domicilio, de parte de la señorita KATYA ROCIO CALDERON NAVARRO y de los menores ANNABELLA y FAUSTO ALEJANDRO, ambos de apellidos CALDERON NAVARRO, en calidad de hijas del causante y además como cesionarios del derecho hereditario que le correspondía a la señora MARIA DEL CARMEN MIRA GAVARRETE, como madre del causante; y se ha conferido a los aceptantes, la Administración y Representación Interinas de la Sucesión, con las facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente, los menores ANNABELLA y FAUSTO ALEJANDRO, ambos de apellidos CALDERON NAVARRO, deberán ejercerla a través de su tutora, señorita FRANCY TATIANA NAVARRO ANGEL.- Librado en el Juzgado de lo Civil de Nueva San Salvador, a las diez horas del día veintiséis de junio de dos mil tres. Lic. YOALMO ANTONIO HERRERA, JUEZ DE LO CIVIL. Lic. SANDRA ELIZA- BETH SANCHEZ DIAZ, 3 v. alt. No NUBIA GLORIA HERNANDEZ DE ORELLANA, JUEZA DE LO CIVIL SUPLENTE DE ESTE DISTRITO JUDICIAL, AL PUBLICO PARA LOS EFECTOS DE LEY, HACE SABER: que por resolución proveída por este Tribunal a las doce horas del día veintinueve de abril del presente año, se ha tenido por aceptada expresamente y con beneficio de inventario la herencia Intestada que a su defunción dejó el causante SALVADOR PEREZ RAMOS, ocurrida el día dieciocho de noviembre del año dos mil, en el Barrio Concepción de esta ciudad, siendo éste su último domicilio; de parte de la señora YESENIA SUJEY CHAVEZ hoy viuda DE PEREZ, en su calidad de cónyuge sobreviviente del causante; y como cesionaria de los derechos hereditarios que le correspondían a la señora BLANCA ALI- CIA PEREZ, conocida por ALICIA PEREZ, en su calidad de madre de dicho causante; a los menores ALIS STEPHANIE y KENNET SALVA- DOR, ambos de apellidos PEREZ CHAVEZ, en su calidad de hijos del causante, representados legalmente por su madre, señora YESENIA SUJEY CHAVEZ hoy viuda DE PEREZ, y al señor JOSE ANTONIO RAMOS, en su calidad de padre del referido causante; habiéndoseles conferido a los aceptantes la Administración y Representación Interina de la Sucesión, con las facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente.- Se citan a los que se crean con derecho a la herencia para que en el término legal se presenten a este Tribunal a hacer uso de su derecho.- Librado en el Juzgado de lo Civil: Cojutepeque, a las once horas del día dos de mayo del año dos mil tres.- Licda. NUBIA GLORIA HERNANDEZ DE ORELLANA, JUEZA DE LO CIVIL SUPLENTE. Lic. JOSE ORLANDO BELTRAN MEJIA, 3 v. alt. No ELSA IRMA GONZALEZ DE HENRIQUEZ, JUEZ DE LO CIVIL DEL DISTRITO JUDICIAL DE SOYAPANGO. HACE SABER: que por resolución proveída por este Tribunal a las nueve horas del día veinticinco de abril de dos mil tres, se ha tenido por aceptada expresamente y con beneficio de inventario la sucesión Intestada que a su defunción dejó el señor GABRIEL CARPIO HERNAN- DEZ conocido por GABRIEL CARPIO, quien fue de ochenta y cinco años de edad, soltero, jornalero, quien falleció el día dieciocho de octubre de mil novecientos noventa y seis, siendo San Martín su último domicilio; de parte de la señora MARIA ALICIA MEJIA DE FLORES conocida por MARIA ALICIA MEJIA CARPIO, de cincuenta años de edad, de oficios domésticos y del domicilio de San Martín, en su calidad de sobrina del causante y como cesionaria de los derechos hereditarios que en su calidad de sobrinos les correspondían a los señores MARIA LUZ MEJIA DE CARPIO conocida por MARIA LUZ MEJIA, MARIA CONCEPCION MEJIA DE CARPIO conocida por MARIA CONCEP- CION MEJIA, ANTONIO MEJIA CARPIO y MARINA MEJIA DE MOTTO conocida por MARINA MEJIA. Confiriéndose a la aceptante la Administración y Representación Interina de la Sucesión Intestada con las facultades y restricciones de los curadores de la herencia Yacente.

33 DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 2 de Julio de Cítense a los que se crean con derecho a la sucesión Intestada para que dentro del término de ley se presenten a este Tribunal a deducir sus derechos. Lo que se hace del conocimiento del público para los efectos de ley. Librado en el Juzgado de lo Civil de Soyapango, a las diez horas del día nueve de mayo de dos mil tres. Lic. ELSA IRMA GONZALEZ DE HENRIQUEZ, JUEZ DE LO CIVIL. Lic. MARIA ESTELA SORIANO NAVARRETE, SECRETARIA. 3 v. alt. No JOSE FRANCISCO AYALA MEJIA, Notario del domicilio de la ciudad de Santa Ana, con oficina situada en la callejuela Sur de la Iglesia Catedral entre Primera y Tercera Avenida Norte, local número tres, en la ciudad de Santa Ana, al público para los efectos de ley; HACE SABER: que por resolución dictada por el suscrito Notario a las diecisiete horas del día veinticinco de junio del corriente año, se ha tenido por aceptada expresamente y con beneficio de inventario la herencia Intestada, que a su defunción el dieciocho de enero del corriente año, en la Ciudad de Santa Ana, lugar de su último domicilio, dejara el causante NEFTALI ROLANDO CORLETO TOBAR conocido por ROLANDO CORLETO TOBAR, de parte de WERNER ROLANDO CORLETO PALMA, en su calidad de hijo del causante por medio de su apoderado al Licenciado SALVADOR DE JESUS TOBAR RUIZ, confiriéndosele interinamente la Administración y Representación de la mortual expresada con las facultades de ley. Lo anterior se pone del conocimiento del público para los efectos de ley. Por lo que se cita a los que se crean con derecho a la herencia para que comparezcan a hacer valer sus derechos. Lic. JOSE FRANCISCO AYALA MEJIA, NOTARIO. 3 v. alt. No ELSA IRMA GONZALEZ DE HENRIQUEZ, JUEZA DE LO CIVIL DEL DISTRITO JUDICIAL DE SOYAPANGO.- HACE SABER: que por resolución proveída por este Tribunal a las nueve horas del día treinta de abril de dos mil tres, se ha tenido por aceptada expresamente y con beneficio de inventario la sucesión Intestada que a su defunción dejó la causante VIRGINIA CARPIO DE MEJIA, conocida por VIRGINIA CARPIO, quien fue de ochenta y un años de edad, casada, de oficios del hogar, de nacionalidad salvadoreña, originaria de San Martín, hija de Fernando Carpio y Petrona Hernández, quien falleció el día nueve de diciembre de mil novecientos noventa y nueve, siendo su último domicilio San Martín; de parte de la señora MARIA ALICIA MEJIA DE FLORES, conocida por MARIA ALICIA MEJIA CARPIO, de cincuenta años de edad, de oficios domésticos, del domicilio de San Martín, en calidad de hija de la causante y como cesionaria de los derechos hereditarios que como hijos de la causante les correspondían a los señores MARIA LUZ MEJIA DE CARPIO, conocida por MARIA LUZ MEJIA; MARIA CONCEPCION MEJIA DE CARPIO, conocida por MARIA CONCEPCION MEJIA; ANTONIO MEJIA CARPIO y MARINA MEJIA DE MOTTO, conocida por MA- RINA MEJIA.- Confiérese a la aceptante la Administración y Representación Interina, de la Sucesión Intestada, con las facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente.- Cítese a los que se crean con derecho a la herencia, para que se presenten a este Tribunal dentro del término de ley a hacer uso de sus derechos.- Librado en el Juzgado de lo Civil de Soyapango, a las diez horas del día nueve de mayo de dos mil tres.- Licda. ELSA IRMA GONZALEZ DE HENRIQUEZ, JUEZ DE LO CIVIL. Licda. MARIA ESTELA SORIANO NAVARRETE, SECRETARIA. 3 v. alt. No MARIA ESTHER FERRUFINO viuda DE PARADA, JUEZ SEGUN- DO DE LO CIVIL SAN MIGUEL HACE SABER: que por resolución de las doce horas y quince minutos del día veintiséis de mayo del dos mil tres, se ha tenido por aceptada expresamente y con beneficio de inventario la herencia Intestada que a su defunción dejó TIMOTEO MORALES VELASQUEZ, quien falleció a las seis horas del día diecisiete de marzo de mil novecientos noventa y cinco, en el Cantón El Jute, Jurisdicción de San Miguel, siendo este lugar su último domicilio; de parte del señor JOSE MANUEL CANALES, como cesionaria de los derechos hereditarios que le correspondían a ANA JULIA CANALES en calidad de cónyuge sobreviviente del causante y se le ha conferido al aceptante en el carácter antes indicado la Administración y Representación Interinas de la Sucesión con las facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente. Lo que se pone en conocimiento del público para los efectos de ley. Librado en el Juzgado Segundo de lo Civil: San Miguel, a las doce horas y veinte minutos del día veintiséis de mayo del dos mil tres. Dra. MARIA ESTHER FERRUFINO viuda DE PARADA, JUEZ SEGUN- DO DE LO CIVIL. Licda. MARTA DOLORES COREAS, SECRETA- RIA. 3 v. alt. No MARIA ESTHER FERRUFINO viuda DE PARADA, JUEZ SEGUN- DO DE LO CIVIL DE SAN MIGUEL, HACE SABER: que por resolución de las nueve horas y veinte minutos del día dieciséis de junio del dos mil tres, se ha tenido por aceptada expresamente y con beneficio de inventario la herencia Intestada que e su defunción dejó FLORINDA GALEAS, conocida por FLORINDA GALEAS DE SANCHEZ, quien falleció a las dos horas del día diez de diciembre de mil novecientos noventa y nueve, en el Hospital Nacional San Juan de Dios, de esta ciudad, siendo su último domicilio esta ciudad de parte de los señores VILMA DEL ROSARIO GALEAS DE ZAMORA, GRISELDA SANCHEZ DE MIRANDA y WILFREDO GALEAS, en calidad de hijos de la causante y se les ha conferido a los aceptantes en el carácter antes indicado conjuntamente la Administración y Representación Interinas de la Sucesión, con las facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente.- Lo que se pone en conocimiento del público para los efectos de ley.- Librado en el JUZGADO SEGUNDO DE LO CIVIL: San Miguel, a las nueve horas y cuarenta minutos del día dieciséis de junio del dos mil tres.- Dra. MARIA ESTHER FERRUFINO viuda DE PARADA, JUEZ SEGUNDO DE LO CIVIL. Licda. MARTA DOLORES COREAS, SECRETARIA. 3 v. alt. No

34 34 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 360 AGUSTIN ARTURO ORELLANA LIEVANO, Notario, de este domicilio, con bufete ubicado en la Avenida Juan Manuel Rodríguez, Número Diecisiete, de esta ciudad, DELMY ESPERANZA CANTARERO MACHADO, JUEZ DE LO CIVIL INTERINA DE ESTE DISTRITO JUDICIAL, AL PUBLICO PARA LOS EFECTOS DE LEY, HACE SABER: que por resolución dictada por el suscrito, en Zacatecoluca, a las ocho horas del treinta de junio del corriente año, se ha tenido por aceptada, expresamente y con beneficio de inventario, de parte de ROGELIA VAQUERANO, de sesenta y siete años de edad, de oficios domésticos, del domicilio de Santa María Ostuma, la herencia intestada que a su defunción dejó el causante INOCENCIO FABIAN JUAREZ, quien falleció a las trece horas y cincuenta minutos del diecinueve de abril del corriente año, en el Cantón Concepción, jurisdicción de Santa María Ostuma, su último domicilio, Departamento de La Paz, en su calidad de cónyuge sobreviviente de dicho causante, y se le ha conferido a la aceptante la administración y representación interina de tal sucesión, con las facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente. Zacatecoluca, primero de julio del año dos mil tres. Lic. AGUSTIN ARTURO ORELLANA LIEVANO, NOTARIO. 3 v. alt. No JOSE ARTURO VILLEDA POSADA, Notario, del domicilio de San Salvador; al público HACE SABER: que por resolución proveída en mi oficina notarial, a las diez horas y cinco minutos del día dieciocho de junio del año dos mil tres, se ha tenido por aceptada expresamente y con beneficio de inventario de parte de los señores JUAN ANGEL SANTOS CASTRO FERNANDEZ, y ANA LILIAN DE LA CRUZ CASTRO DE VILLEDA, la herencia Intestada que a su defunción dejó el causante señor JUAN ANGEL CRUZ, conocido por JUAN ANGEL CASTRO y por JUAN ANGEL CASTRO CRUZ, quien fue de ochenta y cuatro años de edad, casado, pensionado o Jubilado, de nacionalidad salvadoreña, originario de Santiago de María, Departamento de Usulután, y del domicilio de Mejicanos, el cual fue su último domicilio. Aceptación que se da en calidad de Herederos Abintestato, a quienes se les ha conferido la administración y representación interina de la Sucesión Intestada, con las facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente. Se cita con quince días de plazo a partir de la tercera publicación, a todas aquellas personas que se crean con derecho a la sucesión, a mi Oficina de Notario, ubicada en Autopista Norte Número Mil Cuarenta y Cinco, frente a Café Don Pedro, de esta ciudad. Librado en la oficina del Notario JOSE ARTURO VILLEDA POSADA, en San Salvador, a las dieciséis horas y siete minutos del día diecinueve de junio del año dos mil tres. Lic. JOSE ARTURO VILLEDA POSADA, NOTARIO. HACE SABER: que por resolución proveída por este Tribunal a las nueve horas del día veintiséis de junio del presente año, se tuvo por aceptada expresamente y con beneficio de inventario de la herencia testamentaria de los bienes que a su defunción dejó el causante señor EDUARDO SOTO LOPEZ, quien falleció en el Hospital Médico Quirúrgico del Instituto Salvadoreño del Seguro Social, a las seis horas con cincuenta minutos del día dos de abril del presente año, siendo su último domicilio la ciudad de Mejicanos, de parte de la menor SARA NATALIA MENJIVAR VILLALTA, de trece años de edad, estudiante y de este domicilio, en su calidad de heredera universal testamentaria; quien ejercerá su derecho a través de sus representantes legales señores EDGAR ALONSO MENJIVAR ALEGRIA y NATALIA VILMA VILLALTA IGLESIAS, padres de la misma. Habiéndose conferido a la aceptante en el carácter antes indicado la administración y representación INTERINA de la herencia testamentaria con las facultades y restricciones de los Curadores de la herencia yacente. Y CITA: a todos los que se crean con derecho a la referida herencia a deducirla dentro del término de quince días contados a partir de la última publicación del presente edicto. Librado en el Juzgado de lo Civil de Mejicanos, a las doce horas del día veintiséis de junio de dos mil tres. Lic. DELMY ESPERANZA CANTARERO MACHADO, JUEZ DE LO CIVIL INTERINA. Lic. JORGE ALBERTO GONZALEZ MENDEZ, 3 v. alt. No CONCEPCION ALVAREZ MOLINA, JUEZ DE LO CIVIL DEL DISTRITO JUDICIAL DE CIUDAD DELGADO. Al público para los efectos de Ley, HACE SABER: que por resolución de las quince horas y doce minutos del día dieciséis de junio del presente año; se ha tenido por aceptada expresamente con beneficio de inventario la herencia intestada que a su defunción dejó la señora PETRONA RIVERA LOPEZ conocida por PETRONA RIVERA, quien fue de sesenta y cuatro años de edad, de oficios domésticos, de Nacionalidad Salvadoreña, quien falleció el día veintiocho de diciembre de mil novecientos noventa y nueve, siendo Ciudad Delgado el lugar de su último domicilio, de parte de los señores JOSE EFRAIN LOPEZ RIVERA y MARCOS ANTONIO RIVERA RIVERA, en su calidad de hijos de la referida causante, representados por el Abogado JOSE HORACIO DIAZ. Confiéresele a la aceptante la administración y representación interina de la sucesión con las facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente. Lo que hago de su conocimiento para los efectos legales consi- guientes.- JUZGADO DE LO CIVIL: CIUDAD DELGADO, a las quince horas y veinte minutos del día dieciséis de junio del año dos mil tres.- Licda. CONCEPCION ALVAREZ MOLINA, JUEZ DE LO CIVIL DE CIUDAD DELGADO. Licda. SANTOS ELIZABETH QUITEÑO ARIAS, SECRETARIA. 3 v. alt. No v. alt. No

35 DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 2 de Julio de VIOLETA DEL CARMEN DERAS DE REYES SANTOS, JUEZ DE LO CIVIL DE APOPA.- HACE SABER: que por resolución proveída por este Tribunal, a las ocho horas y tres minutos del día veintiséis de junio del presente año, se tuvo por aceptada expresamente y con beneficio de inventario, la Herencia Intestada que a su defunción dejó el señor LUIS ALONSO RIVERA VASQUEZ, quien fue de cuarenta y siete años de edad, Electromecánico, casado, fallecido en San Salvador, el día doce de enero del año dos mil tres, siendo la ciudad de Apopa su último domicilio; de parte de la señora MARTA DEYSI AGUILAR DE RIVERA, de treinta y siete años de edad, Cosmetóloga, del domicilio de San Salvador; de los menores: MARTA ANDREA RIVERA AGUILAR, de catorce años de edad, LUIS ALBERTO RIVERA AGUILAR, de trece años de edad; LUIS JAVIER RIVERA AGUILAR, de doce años de edad, todos Estudiantes y del domicilio de Ciudad Delgado; y de los señores: KAREN AMERICA RIVERA ORTIZ, de dieciocho años de edad, Estudiante, del domicilio de Nejapa; y WILFREDO ALONSO RIVERA LOBO, de veintidós años de edad, Estudiante, del domicilio de Apopa; en calidad de Cónyuge sobreviviente e hijos del Causante, respectiva- mente.- Y se les confirió a los aceptantes en el carácter indicado, la Administración y Representación Interina de los bienes de la Sucesión, con las facultades y restricciones de los Curadores de la Herencia Yacente; debiendo los menores: MARTA ANDREA, LUIS ALBERTO y LUIS JAVIER, todos de apellidos RIVERA AGUILAR; ejercer sus derechos a través de su Representante Legal, señora MARTA DEYSI AGUILAR DE RIVERA.- Lo que se hace del conocimiento al público para los efectos de Ley.- Librado en el Juzgado de lo Civil de Apopa, a las ocho horas y siete minutos del día veintiséis de junio del año dos mil tres.- Dra. VIOLETA DEL CARMEN DERAS DE REYES SANTOS, JUEZ DE LO CIVIL. Lic. JOSE DULEY CERNA FERNANDEZ, 3 v. alt. No SAMUEL MARCELINO GODOY LARA, Juez Tercero de lo Civil de este Distrito Judicial al público para los efectos de ley, HACE SABER: que por resolución proveída por este Juzgado este mismo día, se ha tenido por aceptada expresamente y con beneficio de inventario la herencia intestada que a su defunción ocurrida el día siete de mayo de mil novecientos ochenta y cinco en esta ciudad. Siendo el Cantón Los Apoyos de esta jurisdicción el lugar de su último domicilio dejó INES CASTILLO conocido por INES CASTILLO ORTIZ de parte de FELICITA TEJADA DE CASTILLO, cónyuge sobreviviente del causante. Confiriéndosele a la referida aceptante INTERINAMENTE la administración y representación de la sucesión expresada con las facultades y restricciones de ley. LIBRADO EN EL JUZGADO TERCERO DE LO CIVIL: Santa Ana, a las doce horas treinta minutos del día nueve de mayo de dos mil tres.- Lic. SAMUEL MARCELINO GODOY LARA, JUEZ TERCERO DE LO CIVIL. BLANCA ALICIA GRANADOS DE AMAYA, SE- CRETARIA. 3 v. alt. No EL INFRASCRITO JUEZ PRIMERO DE LO CIVIL DE ESTE DIS- TRITO JUDICIAL AL PUBLICO EN GENERAL; PARA LOS EFEC- TOS DE LEY, HACE SABER: que en el JUICIO CIVIL EJECUTIVO promovido inicialmente por la Abogada MAGALY YANIRA MORALES REVE- LO, y continuado por el Abogado OSCAR EDGARDO SILVA GRA- NADOS, como Apoderados de la ASOCIACION COOPERATIVA DE AHORRO, CREDITO Y APROVISIONAMIENTO Y COMERCIALI- ZACION DEL COLEGIO MEDICO DE EL SALVADOR, DE RES- PONSABILIDAD LIMITADA, en contra de los señores CECILIA IVETTE ROMERO CAÑADA conocida por CECILIA IVETTE RO- MERO CAÑADA DE SOBENES y MIGUEL EDUARDO SOBENES GOMAR, reclamándole cumplimiento de obligaciones y demás accesorios se venderá en pública subasta en este Tribunal el Inmueble que se describe a continuación: Un inmueble de naturaleza rústica, hoy urbana, situado entre las urbanizaciones Santa Mónica y La Sabana, al Sur del Proyecto de la Autopista Este-Oeste de San Salvador y al Norte de la Novena Calle Oriente, también llamada Avenida Chiltiupán de la ciudad de Nueva San Salvador, departamento de La Libertad, de una extensión superficial de CIENTO SESENTA Y UN METROS CUADRADOS CUARENTA Y CINCO DECIMETROS CUADRADOS equivalentes a DOSCIENTAS TREINTA Y UNA VARAS CUADRADAS, que se identifica en el plano respectivo como lote número DIECINUEVE del Polígono K DE LA URBANIZACION RESIDENCIAL SANTA TERESA, cuya descripción técnica es la siguiente: Partiendo de la intersección formada por los ejes de la Novena Calle Oriente y Veintiuna Avenida Norte y con una distancia sobre este último eje de ciento diecisiete punto cero metros, rumbo Norte, grados, cuarenta y seis punto cuatro minutos Oeste, llegamos a la estación cero más ciento diecisiete punto cero cincuenta y siete, en donde hacemos una deflexión derecha de noventa grados y distancia de seis punto cincuenta metros, llegamos al vértice Suroeste de la porción que mide y linda: AL OESTE: cinco metros cincuenta centímetros rumbo Norte cuarenta y seis punto cuatro minutos Oeste, lindando con la porción de terreno formada por los lotes números veintiuno, veintidós y veintitrés del, polígono L-tres, veintiuna Avenida Norte, de trece metros de ancho de por medio; AL NORTE: veintinueve punto quinientos sesenta y cinco metros rumbo Norte ochenta y nueve grados trece punto seis minutos Este, lindando con la porción de terreno formada por el lote número veinte del mismo polígono K ; AL ESTE: cinco punto quinientos quince metros con rumbo Sur, cero tres grados treinta y tres punto dos minutos Oeste, lindando con terrenos de la Sucesión Deininger; y AL SUR: veintinueve punto ciento cuarenta y cinco metros con rumbo Sur ochenta y nueve grados trece punto seis minutos Oeste, lindando con la porción de terreno formada por el lote número dieciocho del mismo polígono K, Llegando así al punto de partida de la presente descripción. El inmueble antes relacionado se encuentra inscrito a favor de los señores CECILIA IVETTE ROMERO CAÑADA conocida por CECILIA IVETTE ROMERO CAÑADA DE SOBENES y MIGUEL EDUARDO SOBENES GOMAR, bajo el número DOS del Libro UN MIL SETECIENTOS SETENTA Y TRES del Registro de la Propiedad Raíz e Hipotecas de la Cuarta Sección del Centro.- Librado en el Juzgado Primero de lo Civil: San Salvador, a las ocho horas treinta minutos del día siete de mayo del año dos mil tres.- MARIO AGUILAR MOLINA, JUEZ PRIMERO DE LO CIVIL. Lic. JOSE DANILO ESCOBAR MIRANDA, SECRETARIO INTERINO. 3 v. alt. No LA INFRASCRITA JUEZ TERCERO DE LO MERCANTIL DE ESTE DISTRITO JUDICIAL AL PUBLICO EN GENERAL; HACE SABER: que en el Juicio Mercantil Ejecutivo marcado con el número 502-E-00, promovido por el Licenciado JORGE ALBERTO GARCIA FLORES como Apoderado de SCOTIABANK EL SALVA- DOR S.A.; contra el señor JUAN JOSE MENDEZ AGUILAR; se venderá en Pública subasta en este Tribunal en fecha que más adelante se señalará el bien inmueble que a continuación se localiza y describe así: Un Inmueble de naturaleza urbana, situado en Jurisdicción de Ilopango, ubicado AL NORTE de la Carretera Panamericana y del Boulevard del Ejercito Nacional que conduce al Oriente del país y al Oriente de la Ciudad de Soyapango en este Departamento, inmueble en el que se ha desarrollado la Urbanización denominada BOSQUES DE LA PAZ, II ETAPA de la cual forma parte el lote que se identifica como lote número CINCUENTA Y CINCO del Polígono DIECINUEVE de la Urbanización Bosques de la Paz, II etapa, el cual tiene las medidas siguientes: LOTE CINCUENTA Y CINCO DEL POLIGONO DIECINUEVE: AL NORTE y AL SUR: Una distancia de seis punto cero cero metros AL ORIENTE y AL PONIENTE una distancia de quince punto cero metros. El inmueble antes descrito tiene una extensión superficial de NOVENTA PUNTO CERO CERO METROS CUADRADOS. El inmueble anteriormente descrito es propiedad del señor JUAN JOSE MENDEZ AGUI- LAR, inscrito a su favor bajo la Matrícula número M CERO UNO CERO OCHO SEIS SIETE CERO NUEVE del Registro Social de Inmuebles de este Departamento de San Salvador. Se admitirán posturas siendo legales. LIBRADO EN EL JUZGADO TERCERO DE LO MERCANTIL: San Salvador, a las doce horas y cuarenta minutos del día veintiséis de febrero de dos mil tres. Lic. ANA MARIA CORDON ESCOBAR, JUEZ TERCERO DE LO MERCANTIL. Lic. ANA CECILIA FIGUEROA DE BARAHONA, SECRETARIA. 3 v. alt. No

36 36 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 360 YOALMO ANTONIO HERRERA, JUEZ DE LO CIVIL DE ESTA cincuenta y cuatro metros Norte veintinueve grados treinta y cuatro CIUDAD, AL PUBLICO PARA LOS EFECTOS DE LEY, punto siete minutos Oeste; Quinto: ocho punto cero seis metros norte, HACE SABER: que por resolución proveída por este Juzgado a las siete grados siete punto cinco minutos Este; Sexto: Veintidós punto dos doce horas cinco minutos del día once de abril del presente año, en el metros Norte, cincuenta grados treinta y uno punto siete minutos Este; Juicio Civil Ejecutivo promovido por el Licenciado JOSE MATEO Séptimo: Cuarenta y tres punto cero un metros, sur ochenta y ocho grados CABRERA ESCALON, en calidad de Apoderado de la Sociedad FO- cuarenta punto un minuto Este; Octavo: setenta y dos punto ochenta y MENTO RURAL INMOBILIARIO, SOCIEDAD ANONIMA DE seis metros Norte cuarenta y tres grados diecinueve punto nueve minutos CAPITAL VARIABLE, que se abrevia FRI, S.A. DE C.V., antes Este; Noveno: ciento trece punto dieciséis metros Norte, once grados denominada FINANCIERA RURAL INMOBILIARIA, SOCIEDAD doce punto seis minutos Este; Décimo: cuarenta y uno punto cero metros ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE, contra el señor CARLOS Norte, cuarenta y cinco grados cero minutos Este; Décimo Primero: ALBERTO PORTILLO GRANDE, SE VENDERA EN PUBLICA Cincuenta punto sesenta y cuatro metros, Norte, ochenta grados cincuenta y cuatro punto seis minutos Este, con lote número cinco, calle de siete SUBASTA EN ESTE JUZGADO, Y EN FECHA QUE OPORTUNA- MENTE SE SEÑALARA, LOS SIGUIENTES INMUEBLES: Lotes metros de ancho de por medio, a treinta y cuatro metros rumbo Norte, de terreno, de naturaleza rústica, incultos y sin construcciones, desmembrados de la parcelación, denominada SAN LUIS EL COYOLAR, Dos descrita anteriormente atravieza el terreno calle de acceso público ochenta grados veinte punto cuatro minutos Este, sobre tramo número cuyos números y descripciones son los siguientes: PRIMERO: Lote denominado El Cacahuate, de siete metros de ancho, en dos tramos cuyas número VEINTICUATRO, ubicado en Cantones Las Islitas, Cimarrón, distancias y rumbos son: Primero: ciento veintinueve punto cincuenta y Santa Adela, jurisdicción de Zaragoza, Departamento de La Libertad, a seis metros Sur, cinco grados dieciocho punto nueve minutos Oeste; partir del esquinero Nor-Poniente, el terreno mide y linda: AL NORTE: Segundo: Cuarenta y seis punto cuatro metros Sur, cero dos grados en tramos cuyas distancias y rumbos son: Primer tiro, cuarenta y nueve veintinueve punto cuatro minutos Oeste; AL ORIENTE: Once tramos punto cuarenta y ocho metros Norte, setenta y cinco grados cincuenta y rectos, cuyas distancias y rumbos son: Primero: nueve punto cuarenta y siete punto ocho minutos Este, segundo tramo, cincuenta y seis punto nueve metros Sur, dieciocho grados veintiséis punto un minutos Oeste, sesenta metros Sur, cincuenta y siete grados cincuenta y nueve punto segundo setenta y ocho punto sesenta y cuatro metros, Sur, siete grados siete minutos Este, con lote veintidós, Calle Principal San Luis El dieciocho punto tres minutos Este; Tercero: cuarenta y nueve punto Coyolar, de siete metros de ancho de por medio; AL ORIENTE: Ciento cuarenta metros sur, veintiún grados veintidós punto dos minutos Oeste; treinta y dos metros Sur franco con lote número Seis; AL SUR: ciento Cuarto: cuarenta y seis punto ochenta y dos metros Sur diecinueve grados sesenta y cuatro metros Oeste franco con lote número Veinticinco; y AL cincuenta y nueve punto cero minutos Este, Quinto, veintiocho punto PONIENTE: en tres tramos rectos cuyas distancias y rumbos son: Primer sesenta y cuatro metros Sur, veinticuatro grados cuarenta y seis punto Tramo, dieciséis punto veintiséis metros Norte diez grados cero punto cinco minutos Este, Sexto: cuarenta y seis punto sesenta y nueve metros cinco minutos Este, Segundo tramo, setenta y siete punto setenta y nueve sur, cero nueve grados cincuenta y uno punto nueve minutos Oeste, metros norte diecisiete grados cincuenta y ocho punto un minutos Este; Séptimo: treinta y cuatro punto setenta y nueve metros sur, setenta y un Tercer tramo setenta y uno punto ochenta y cinco metros, Norte treinta grados treinta y tres punto nueve minutos Oeste, Octavo: sesenta nueve y cuatro grados cuarenta y siete punto ocho minutos Este con lote número punto cuarenta y seis metros, Sur, seis grados treinta y seis punto ocho veintidós, calle principal San Luis El Coyolar de siete metros de ancho minutos Oeste, noveno, cuarenta y cuatro punto dieciocho metros Sur, de por medio. Todos los lotes colindantes pertenecieron a la misma cinco grados once punto siete minutos Oeste, Décimo: veinticuatro Lotificación, propiedad de las señoras EMILIA MARIA MADRIZ, punto setenta metros Sur, veintiún grados veintidós punto dos minutos conocida por MARIA EMILIA MADRIZ, MARIA MADRIZ DE RI- Este, Décimo Primero: cincuenta y cuatro punto trece metros Sur once VAS, conocida por MARIA JOSEFINA MADRIZ, CARMEN MADRIZ, grados cuarenta y tres punto cinco minutos Este, con don JOSE CONconocida por MARIA DEL CARMEN MADRIZ e HILDA MADRIZ, TRERAS, quebrada de por medio; AL SUR, doscientos ochenta y tres conocida por ILDA MARGARITA MADRIZ. El área del terreno descrito es de DOS HECTAREAS OCHO AREAS SEIS CENTIAREAS veintinueve metros, Norte franco con lote número veinticuatro. Todos metros Oeste franco con lote diecisiete; y AL PONIENTE, ciento equivalentes a DOS MANZANAS NUEVE MIL SETECIENTOS SE- los lotes colindantes pertenecen o pertenecieron a la misma Lotificación SENTA Y NUEVE PUNTO VEINTITRES VARAS CUADRADAS. San Luis El Coyolar, propiedad de las señoras EMILIA MARIA MADRIZ, SEGUNDO: LOTE NUMERO SEIS, ubicado en Cantón Las Islitas, conocida por MARIA EMILIA MADRIZ, MARIA MADRIZ DE RI- Cimarrón Santa Adela, jurisdicción de Zaragoza, Departamento de La VAS, conocida por MARIA JOSEFINA MADRIZ, CARMEN MADRIZ Libertad. A partir del esquinero Nor-poniente el terreno mide y linda: AL conocida por MARIA DEL CARMEN MADRIZ e HILDA MADRIZ, NORTE: en once tramos rectos cuyas distancias y rumbos son: Primero, conocida por ILDA MARGARITA MADRIZ. El área del terreno descrito es de SIETE HECTAREAS NOVENTA Y SEIS AREAS DIECISEIS sesenta y siete punto cuarenta y dos metros Norte, cincuenta y cuatro grados treinta y nueve punto seis minutos Este; Segundo: cuarenta y siete CENTIAREAS, equivalentes a ONCE MANZANAS TRES MIL NOpunto sesenta y ocho metros Norte, ochenta grados veinte punto cuatro VECIENTOS CATORCE PUNTO CINCUENTA Y SIETE VARAS minutos Este; Tercero: Quince punto veintitrés metros Norte, veintitrés CUADRADAS. Los lotes descritos se encuentran inscritos a favor del grados once punto nueve minutos Este; Cuarto: cuarenta y dos punto

37 DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 2 de Julio de señor CARLOS ALBERTO PORTILLO GRANDE, al número CUA- TRO del Libro DOS MIL del Registro de la Propiedad del Departamento de la Libertad. Librado en el Juzgado de lo Civil de Nueva San Salvador, a las doce horas y cincuenta y cinco minutos del día diez de Junio de dos mil tres. Lic. YOALMO ANTONIO HERRERA, JUEZ DE LO CIVIL.- Lic. SANDRA ELIZABETH SANCHEZ DIAZ, SECRETARIA.- 3 v. alt. No LA INFRASCRITA JUEZ TERCERO DE LO MERCANTIL DE ESTE DISTRITO JUDICIAL AL PUBLICO EN GENERAL, HACE SABER: que en el Juicio Mercantil Ejecutivo marcado con el número 447 -E-01, promovido por los Doctores RODOLFO MISAEL ABREGO OLMEDO y ERNESTO RAMIREZ GUATEMALA como Apoderados del HOSPITAL BAUTISTA DE EL SALVADOR, S.A. DE C.V.; contra el señor FAUSTO CEA GIL; se venderá en Pública subasta en este Tribunal en fecha que más adelante se señalará el bien inmueble LIBRADO EN EL JUZGADO TERCERO DE LO MERCANTIL: que a continuación se localiza y describe así: Un terreno de naturaleza rústica situado en la Jurisdicción de Santo Tomás; con área de MIL METROS CUADRADOS o MIL OCHOCIENTOS DIECIOCHO PUN- DOSCIENTOS SETENTA Y UNO PUNTO CERO CUATRO ME- MERCANTIL.- Lic. ANA CECILIA FIGUEROA DE BARAHONA, TROS CUADRADOS o MIL OCHOCIENTOS DIECIOCHO PUNTO SECRETARIA.- SESENTA VARAS CUADRADAS de superficie cuya localización y 3 v. alt. No descripción es como sigue: situado en la Jurisdicción de Santo Tomás para localizarla se parte hacia el Sur del vértice Nor Poniente del Inmueble General formado por la línea de colindancia de éste con el camino vecinal que del Cantón Palones, conduce a Panchimalco estando de por medio dicho camino y al otro lado del mismo terreno de, EVA MORALES y por la línea de colindancia también del Inmueble General con terreno de BALBINO PASCUAL y se miden sobre la mencionada línea de colindancia del Inmueble General con el camino vecinal dicho, ciento setenta y tres metros cincuenta centímetros distancia de cuyo punto final se dobla con rumbo Oriente sobre el eje del camino secundario del Inmueble General y se miden cuarenta y dos metros sobre este eje y luego se dobla en ángulo recto hacia el Sur y se miden tres metros para llegar al vértice Nor-Oriente de la parcela que localizamos. Se parte de dicho vértice Nor-Oriente con dirección hacia el Sur en una distancia de treinta y dos metros que es la medida del rumbo Oriente de la parcela que se describe, se parte del punto final de esta medida en ángulo recto con dirección hacia el Poniente en una distancia de treinta y tres metros que es la medida del rumbo Sur de la parcela en descripción: Se parte del punto final de esta última medida en ángulo recto con rumbo Norte o con dirección hacia el Norte en una distancia de cincuenta metros cuarenta centímetros y ésta es la medida del rumbo Poniente de la misma parcela que se describe: y finalmente se parte del punto final de la medida de la distancia recién dicha con dirección Sur Oriente en un primer tiro de treinta metros y luego del final de este tiro se sigue con dirección hacia el Oriente en un segundo tiro de doce metros, para completar así un total de cuarenta y dos metros que es la medida del rumbo Norte siempre de la parcela en descripción cuyos colindantes son. AL ORIENTE: Con el Inmueble General de por medio vía secundaria abierta en el mismo Inmueble General; AL SUR: También con el Inmueble General; AL PONIENTE, de por medio el camino vecinal relacionado, también con el Inmueble General y AL NORTE: asimismo de por medio vía o camino secundario abierto en el Inmueble General, también linda con el mismo Inmueble General la parcela descrita y desmembrada contiene una casa de habitación de sistema mixto y en su favor dejan construido derecho de servidumbre de tránsito sobre las vías o caminos secundarios relacionados en su descripción para que tenga acceso al camino vecinal susodicho. Dicho Inmueble relacionado se encuentra inscrito en el LIBRO TRES MIL SESENTA Y DOS INSCRIPCION SETENTA Y UNO, con un área MIL DOSCIENTOS SETENTA Y UNO PUNTO CERO CUATRO TO SESENTA VARAS CUADRADAS e inscrito en el Registro de la Propiedad Raíz e Hipotecas de San Salvador, el cual se encuentra en propiedad del señor FAUSTO CEA GIL. Se admitirán posturas siendo legales. San Salvador, a las nueve horas del día catorce de mayo de dos mil tres. Lic. ANA MARIA CORDON ESCOBAR, JUEZ TERCERO DE LO LA INFRASCRITA ALCALDESA MUNICIPAL, HACE SABER: que a esta Alcaldía se ha presentado el Abogado y Notario ALFREDO MENDEZ MELENDEZ, actuando como Apoderado General Judicial de la señora VITA ROSALES MEJIA conocida por VITA ROSALES, de sesenta y cinco años de edad, Profesora, del domicilio de Santa Cruz Analquito, Departamento de Cuscatlán, con Documento Unico de Identidad Número cero dos siete siete cinco cuatro ocho ocho dos, expedido en esta ciudad el 21 de Febrero/2003, solicitando se le extienda TITULO DE DOMINIO DE UN SOLAR URBANO, situado en Avenida Rafael Cabrera, casa número veintiuno, del Barrio San Juan, de esta ciudad, de la extensión superficial de DOSCIENTOS DIECIOCHO METROS CINCUENTA Y SEIS CENTIMETROS, NO- VENTA Y OCHO DECIMETROS CUADRADOS, que mide y linda: AL ORIENTE, ocho metros trece centímetros, linda con SOTERA DE JESUS VILLEDA DE HERNANDEZ; AL NORTE, trece metros cero tres centímetros, linda con ANA FLORIDA MARROQUIN; AL PO- NIENTE, ocho metros treinta y un centímetros, linda con BLANCA LIDIA ROSALES, Avenida Rafael Cabrera de por medio y DORA

38 38 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 360 AIDA MARTINEZ MENA y otra; y AL SUR, trece metros cincuenta y seis centímetros, linda con MARIA LIDIA ROGEL JUAREZ, todos los colindantes son de este domicilio. El predio descrito no es dominante ni sirviente, ni está en proindivisión con persona alguna, que el inmueble lo hubo por compra que le hizo al señor JOSE MARIA ROSALES, cuya posesión sumada a la que actualmente ejerce la señora VITA ROSALES MEJIA conocida por VITA ROSALES, suman más de diez años consecutivos, en forma quieta, pacífica y no interrumpida, conteniendo en su interior una casa de adobe y parte sistema mixto, y lo valora en la suma de CINCUENTA MIL COLONES EXACTOS. Lo que hace saber al público en general para los efectos legales consiguientes. Alcaldía Municipal de Cojutepeque, a los diecisiete días del mes de junio de dos mil tres. Licda. LETICIA CRISTINA RIVAS, ALCALDE- SA MUNICIPAL.- Lic. MIGUEL ANGEL MEZA QUEZADA, SE- CRETARIO MUNICIPAL.- 3 v. alt. No LA INFRASCRITA ALCALDESA MUNICIPAL, HACE SABER: que a esta Alcaldía se ha presentado el Abogado y Notario ALFREDO MENDEZ MELENDEZ, actuando como Apoderado General Judicial y Administrativo de la señora VITA ROSALES MEJIA conocida por VITA ROSALES, de sesenta y cinco años de edad, Profesora, del domicilio de Santa Cruz Analquito, Departamento de Cuscatlán, con Documento Unico de Identidad Número cero dos siete siete cinco cuatro ocho ocho dos, expedido en ésta ciudad el 21 de Febrero/2003, solicitando se le extienda TITULO DE DOMINIO DE UN SOLAR URBANO, situado en final Sexta Calle Oriente, pasaje número uno, Colonia Rosales, casa número diecisiete, del Barrio San Juan, de esta ciudad, de la extensión superficial de TRESCIENTOS CUARENTA Y SIETE METROS OCHENTA CENTIMETROS CUA- DRADOS, que mide y linda: AL ORIENTE, veintidós metros cuarenta y cuatro centímetros, linda con JOSE MARTELL PEÑA y JOSE DE JESUS FIGUEROA HUEZO, pasaje uno de por medio; AL NORTE, diecisiete metros, linda con MARIA REYES DE CARPIO, ROSA NAVARRO ARTIGA, y JOSE AURELIO CLIMACO, calle de por medio; AL PONIENTE, veintidós metros ochenta y seis centímetros, linda con María Elena Alvarado de Delgado; y AL SUR, trece metros setenta y un centímetros, linda con MARIA LIDIA RAMIREZ DE CHICAS, todos los colindantes son de este domicilio. El predio descrito no es dominante ni sirviente, ni está en proindivisión con persona alguna, que el inmueble lo hubo por compra que le hizo al señor ANTONIO MEJIA CARPIO, cuya posesión sumada con la que actualmente ejerce la señora VITA ROSALES MEJIA conocida por VITA ROSALES, suman más de diez años consecutivos, en forma quieta, pacífica y no interrumpida, conteniendo en su interior una casa de adobe, y lo valora en la suma de SESENTA MIL COLONES EXACTOS. Lo que hace saber al público en general para los efectos legales consiguientes. Alcaldía Municipal de Cojutepeque, a los diecisiete días del mes de junio de dos mil tres.- Licda. LETICIA CRISTINA RIVAS, ALCALDE- SA MUNICIPAL.- Lic. MIGUEL ANGEL MEZA QUEZADA, SE- CRETARIO MUNICIPAL.- 3 v. alt. No EL INFRASCRITO ALCALDE MUNICIPAL, HACE SABER: que la señora MARTA ALICIA CRUZ DE FERNANDEZ, mayor de edad, Profesora de este domicilio, portadora de su Documento Unico de Identidad Personal número cero cero novecientos cuarenta y nueve mil seiscientos cincuenta y seis-siete, solicita Título de un Inmueble Urbano, situado en Calle Doctor Luis Velasco número trece Barrio San Antonio de esta ciudad, de una extensión superficial de DOSCIENTOS TREINTA Y CINCO METROS CUADRADOS VEIN- TINUEVE DECIMETROS CUADRADOS Y NOVENTA Y TRES CENTIMETROS CUADRADOS, que mide y linda: AL ORIENTE: veinte punto setenta y cinco metros, colinda con propiedad de la señora ISABEL LOPEZ, divididos por pared mixta propia de la porción que se describe; PONIENTE: catorce punto siete metros, colinda con propiedad del señor DOLORES CRUZ, divididos por línea imaginaria; NORTE: dieciséis punto ocho metros, calle Doctor Luis Velasco de por medio, con propiedad de la señora CATALINA RECINOS DE AMAYA; y AL SUR: nueve punto setenta y cinco metros, Calle El Cementerio, con propiedades de JORGE SARAVIA e ISABEL ESCALANTE. En dicho inmueble se encuentra construida una casa de habitación de sistema mixto. No es dominante ni sirviente, ni posee derechos o cargas reales a favor de otras personas, ni está en proindivisión, lo hubo por compra que hizo al señor JESUS CRUZ, actualmente fallecido y lo estima en CIENTO CINCUENTA MIL COLONES EXACTOS o su equivalente en Dólares de los Estados Unidos de Norte América, todos los colindantes son de este domicilio. Se avisa al público para efectos de Ley. Alcaldía Municipal de Sensuntepeque, Departamento de Cabañas, a nueve de junio del año dos mil tres.- Dr. RENE OSWALDO RODRI- GUEZ VELASCO, ALCALDE MUNICIPAL.- Lic.-SALVADOR CABEZAS RAMIREZ, SECRETARIO MUNICIPAL.- 3 v. alt. No

39 DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 2 de Julio de EL INFRASCRITO ALCALDE MUNICIPAL, AVISO HACE SABER: que la señora: MARIA SANTOS TORRES,, mayor de edad, comerciante de este domicilio, solicita Título de un Inmueble Urbano, situado Final Sexta Calle Poniente Barrio El Calvario de esta ciudad, de una extensión superficial de ciento diecinueve punto treinta y cinco metros cuadrados, que mide y linda: AL NORTE: parte del lindero general ocho metros de longitud, con terreno de la Financiera Nacional de Tierras Agrícolas calle interna de por medio; AL PONIEN- TE: once metros con terreno de RUBEN CONTRERAS calle interna de por medio: AL ORIENTE: diez metros setenta centímetros, línea recta con inmueble de JESUS SANTOS RAMOS cerco de alambre de por medio: AL SUR: parte del lindero general catorce metros línea recta con terreno de ALADINO ASCENCIO, divididos por cerco de alambre propio. En dicho inmueble se encuentra construida una casa, de tejas, paredes sistema mixto, cubre un área de cuarenta y cinco metros cuadrados, no es dominante ni sirviente, ni posee derechos o cargas reales a favor de otras personas, ni está en proindivisión, lo hubo por compra que hizo al señor: LUIS ALONSO PINEDA MORALES, mayor de edad, de domicilio ignorado y lo estima en sesenta mil colones o su equivalente en Dólares de los Estados Unidos de Norte América, todos los colindantes son de este domicilio. Se avisa al público para efectos de ley. Alcaldía Municipal de Sensuntepeque, Departamento de Cabañas, a seis de mayo de dos mil tres.- RENE OSWALDO RODRIGUEZ VELASCO, ALCALDE MUNICIPAL.- SALVADOR CABEZAS RAMIREZ, SECRETARIO MUNICIPAL. AVISO 3 v. alt. No EL BANCO DE COMERCIO DE EL SALVADOR, S.A., comunica que a nuestra agencia se ha presentado el propietario del certificado de depósito a plazo número emitido en agencia SAN MIGUEL/ CENTRO, el día tres del mes de julio del año dos mil dos, por una cantidad de $ 3, , a un plazo de 180 días, solicitando la reposición de dicho certificado, por habérsele extraviado. En consecuencia de lo anterior, se hace del conocimiento del público en general para los efectos legales del caso. Transcurridos treinta días después de la sexta publicación de este AVISO si no hubiere ninguna oposición, se procederá a reponer el certificado en referencia. En la Ciudad de San Miguel, a los treinta y un días del mes de mayo de dos mil tres. ELVIA DE ALFARO, BANCO DE COMERCIO DE EL SALVADOR, AGENCIA SAN MIGUEL. 3 v. alt. No EL BANCO DE COMERCIO DE EL SALVADOR, S.A., Comunica que a nuestra agencia se ha presentado el propietario del certificado de depósito a plazo número emitido en agencia SAN MIGUEL /CENTRO, el día veintidós del mes de octubre del año dos mil dos, por una cantidad de $ 28, , a un plazo de 90 días, solicitando la reposición de dicho certificado, por habérsele extraviado, En consecuencia de lo anterior, se hace del conocimiento del público en general para los efectos legales del caso. Transcurridos treinta días después de la sexta publicación de este AVISO si no hubiere ninguna oposición, se procederá a reponer el certificado en referencia. En la Ciudad de San Miguel, a los treinta y un días del mes de mayo de dos mil tres. ELVIA ALFARO, BANCO DE COMERCIO DE EL SALVADOR, EL BANCO CUSCATLAN S.A., AGENCIA SAN MIGUEL. AVISO 3 v. alt. No Comunica: que a sus oficinas ubicadas en Km 10 Carretera a Santa Tecla, se ha presentado el propietario de CERTIFICADO DE DEPOSI- TO A PLAZO FIJO DOLARES Número 004PLA , solicitando la reposición de dicho CERTIFICADO por DOS MIL SEISCIEN- TOS CUARENTA Y OCHO 71/100 DOLARES (US$2,648.71) DOS MIL SEISCIENTOS CUARENTA Y OCHO 71/100 DOLARES. En consecuencia de lo anterior, se hace del conocimiento al público en general, para los efectos legales del caso, que trascurridos treinta días después de la tercera publicación de este aviso y si no hubiere ninguna oposición, se procederá a reponer el certificado en referencia. San Salvador, 1 de julio de 2003 EDNA RUTH DE SANDOVAL, BANCO CUSCATLAN S.A., AGENCIA ROOSEVELT. 3 v. alt. No EL INFRASCRITO SECRETARIO DE LA JUNTA GENERAL ORDI- NARIA Y EXTRAORDINARIA DE ACCIONISTAS DE LA SOCIE- DAD PERFILES INTERNACIONALES, S.A. DE C.V., HACE SABER: que según acta número tres del Libro de juntas generales de accionistas de la sociedad, se llevó a cabo Junta General Ordinaria y Extraordinaria en la Ciudad de San Salvador, a las ocho horas

40 40 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 360 del día once de junio de dos mil tres, en la cual se acordó aumentar el capital social en su parte fija en la suma de SETECIENTOS MIL colones, en virtud de la compensación de créditos que se tienen contra la sociedad por parte de sus obligacionistas, y que unido al capital social de fundación, suma OCHOCIENTOS MIL COLONES, y para los efectos legales, se extiende la presente en la Ciudad de San Salvador, a los veintiocho días del mes de junio del año dos mil tres. JOSE CARLOS AGUILAR CHAVEZ, 3 v. alt. No LA INFRASCRITA ADMINISTRADORA DEL CONDOMINIO COM- PLEJO RESIDENCIAL EL PORTICO DE SAN BENITO, CERTIFICA: que en la Asamblea de Propietarios del Condominio Complejo Residencial El Pórtico de San Benito, celebrado en esta Ciudad a las veinte horas del día veinte de abril de dos mil tres, se encuentran los puntos II y III que literalmente dicen: PUNTO NUMERO II) "Se acuerda por unanimidad legalizar la personería del Administrador del Condominio para los efectos del Artículo treinta y tres de la Ley de Propiedad Inmobiliaria por Pisos y Apartamentos, quien deberá cumplir con el reglamento de Administración del condominio y con las demás normativas contenidas en el cuerpo de ley relacionado antes y en el Reglamento de Administración del Condominio que se relacionó en el apartado anterior. Se hace constar que los planos de construcción del condominio son parte de dicho reglamento." PUNTO NUMERO III) "A continuación y por unanimidad de los presentes se acuerda elegir como Administradora del Condominio a la Arquitecto FRANCISCA TORRES JIMENEZ, quien es de cincuenta y seis años de edad, Arquitecta, de este domicilio, a quien se le faculta para otorgar el Poder General Judicial correspondiente en la persona del Abogado que ésta designe para que se promuevan las acciones judiciales correspondiente a los propietarios que estén incumpliendo con lo establecido en el Reglamento Interno del Condominio, el cual se ha relacionado en el segundo literal de esta acta". Y para efecto de presentar este documento en el Diario Oficial, se extiende, firma y sella la presente, en San Salvador, a las once horas del día treinta de junio de dos mil tres. Arq. FRANCISCA TORRES JIMENEZ. 3 v. alt. No ASIENTO DE EMPRESA ESTABLECIMIENTO ,020 EL INFRASCRITO REGISTRADOR DEL DEPARTAMENTO DE REGISTRO DE MATRICULAS DE EMPRESA Y ESTABLECIMIEN- TOS: HACE SABER: que a esta oficina se ha presentado JOSE MARIA COMA MARTIN en su calidad de Representante Legal de la Sociedad TELEMOVIL EL SALVADOR, SOCIEDAD ANONIMA que puede abreviarse TELEMOVIL EL SALVADOR, S.A., de nacionalidad SAL- VADOREÑA, del domicilio de SAN SALVADOR, cuya escritura social está inscrita bajo el número 33 del Libro 772 del Registro de Sociedades Registro de Comercio, con Número de Identificación Tributaria: , ha presentado solicitud a las once horas y quince minutos del día diecinueve de junio de dos mil tres. Con la cual se otorgaron los asientos de Empresa No y Establecimiento No , 020; a favor de la Empresa denominada TELEMOVIL EL SALVADOR, SOCIEDAD ANONIMA, la cual se dedica a TELEFONIA CELULAR, con dirección en Alameda Roosevelt y 63a. Avenida Sur, Edificio Torre "D", Centro Financiero, Nivel "9" del domicilio de San Salvador, y que tiene los establecimientos siguientes: 019-) SUCURSAL DADA ubicado en 3a. Calle Poniente, Planta Baja, Edificio Ericsson, del domicilio de San Salvador, 020-) SUCURSAL CREDITOS Y COBROS ubicado en 65 Avenida Norte #164, Colonia Escalón, del domicilio de San Salvador. Lo que se le hace saber al público para los efectos de ley. San Salvador, diecinueve de junio de dos mil tres. LEONOR JIMENEZ BARRIOS, REGISTRADOR ASIENTO DE EMPRESA ESTABLECIMIENTO v. alt. No EL INFRASCRITO REGISTRADOR DEL DEPARTAMENTO DE REGISTRO DE MATRICULAS DE EMPRESA Y ESTABLECIMIEN- TOS, HACE SABER: que a esta oficina se ha presentado MORALES, JAVIER ORLANDO en su calidad de Representante Legal de la sociedad COMERCIALIZADORA INTERNACIONAL DE MATE- RIALES ELECTRICOS DE CENTRO AMERICA, SOCIEDAD ANO- NIMA DE CAPITAL VARIABLE que puede abreviarse CIMECA, S.A. DE C.V., de nacionalidad SALVADOREÑA, del domicilio de San Salvador, cuya escritura social está inscrita bajo el número 36 del Libro 1784 del Registro de Sociedades del Registro de Comercio, con Número de Identificación Tributaria: , ha presentado solicitud a las quince horas y treinta minutos del día dos de mayo de dos mil tres. Con la cual se otorgaron los asientos de Empresa No y Establecimiento No ; a favor de la Empresa denominada COMERCIALIZADORA INTERNACIONAL DE MATERIA- LES ELECTRICOS DE CENTRO AMERICA, SOCIEDAD ANONI- MA DE CAPITAL VARIABLE, la cual se dedica a COMPRAVENTA DE MATERIALES ELECTRICOS, con dirección en Boulevard Venezuela No. 2230, Local No. 7 del domicilio de San Salvador, cuyo activo asciende a VEINTICUATRO MIL DOLARES CON 00/100 $ 24, y que tiene el establecimiento siguiente: 001-) CIMECA, S.A. DE C.V. ubicado en Boulevard Venezuela No. 2230, Local No. 7, del domicilio de San Salvador. Lo que se le hace saber al público para los efectos de ley. San Salvador, once de junio de dos mil tres. Lic. ANA ELIZABETH RIVERA PEÑA, 3 v. alt. No

41 DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 2 de Julio de Clase: 30. No. de Exp.: No. de Pres.: EL INFRASCRITO REGISTRADOR: HACE SABER: que a esta oficina se ha presentado SALVADOR ANTONIO LAINEZ RODRIGUEZ, en su calidad de APODERADO de PRODUCTOS ALIMENTICIOS DIANA, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE que se abrevia: PRODUCTOS ALIMENTI- CIOS DIANA S.A. DE C.V., DIANA, S.A. DE C.V., de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el Registro de la MARCA INDUS- TRIAL O DE FABRICA, Consistente en: la expresión Conga Mix, ESCRITA EN LETRAS ESTILIZADAS DE MOLDE, LA PRIMERA LETRA DE LA PALA- BRA Conga EN MAYUSCULA Y LAS DEMAS MINUSCULAS, Y LA PRIMERA LETRA DE LA PALABRA MIX ESCRITA EN MAYUSCULAS, Y LAS DEMAS EN MINUSCULAS, TODAS LAS LETRAS EN COLOR AMARILLO CON BORDES NEGROS, ESCRI- TOS SOBRE UNA SUPERFICIE DE COLORES, ROJO, ANARAN- JADO Y AMARILLO Y DE FORMAS INDETERMINADAS. La solicitud fue presentada el día once de diciembre del año dos mil. San Salvador, doce de mayo del año dos mil tres. Clase: 26. No. de Exp.: No. de Pres.: JOSE RAUL ROSALES PEREZ, GUILLERMO ALFONSO LOPEZ, 3 v. alt. No NERAL JUDICIAL de EMPRESAS ADOC, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE, de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO, ADOC Consistente en: la palabra ADOC. La solicitud fue presentada el día veintitrés de abril del año dos mil tres. Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Sginos Distintivos, San Salvador, veintinueve de abril del año dos mil tres. Clase: 30. Lic. JOSE EMILIO TAMAYO AGUILERA, REGISTRADOR, No. de Exp.: No. de Pres.: ALVARO ERNESTO FRANCO DIAZ, 3 v. alt. No HACE SABER: que a esta oficina se ha presentado JOSE HERI- BERTO REYES CISNEROS, en su calidad de APODERADO GENE- RAL JUDICIAL de CAFECO, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPI- TAL VARIABLE, que se abrevia: CAFECO, S. A. DE C.V., de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO, SALVADOREAN ESTATE COFFEE Consistente en: las palabras SALVADOREAN ESTATE COFFEE escritas en letra de molde y mayúsculas, color negro. dos. La solicitud fue presentada el día catorce de marzo del año dos mil San Salvador, dos de junio del año dos mil tres. ALICIA ESTHER GARCIA COREAS, HACE SABER: que a esta oficina se ha presentado CARMEN AIDA GRANILLO BARRERA, en su calidad de APODERADO GE- GUILLERMO ALFONSO LOPEZ, 3 v. alt. No

42 42 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 360 No. de Expediente: No. de Presentación: HACE SABER: que a esta oficina se ha presentado JOSE HERIBERTO REYES CISNEROS, en su calidad de APODERADO GENERAL JUDICIAL de DANIEL HERNANDEZ MEDRANO, de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro del NOMBRE COMERCIAL, CLASE: 05 No. de Expediente: No. de Presentación: HACE SABER: que a esta oficina se ha presentado RENE MAU- RICIO CASTILLO PANAMEÑO, en su calidad de APODERADO de BAYER CORPORATION, de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA: Consiste en: la palabra COPACABANA, que servirá para: IDEN- TIFICAR UNA EMPRESA DEDICADA A LA PRESTACION DE SERVICIOS DE BAR, RESTAURANTE, DISCOTECA, CERVECE- RIA, UBICADA EN COLONIA GENERAL ARCE, CALLE DOUGLAS VLADIMIR VARELA Y AVENIDA CABALLERIA, EN EL PAR- QUEO DE LA COOPERATIVA DE LA FUERZA ARMADA, CONTI- GUO A GASOLINERA TEXACO, SAN SALVADOR.. La solicitud fue presentada el día nueve de enero del año dos mil tres. DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de San Salvador, diez de marzo del año dos mil tres.- ALICIA ESTHER GARCIA COREAS, GUILLERMO ALFONSO LOPEZ, 3 v. alt. No CLASE: 12 No. de Expediente: No. de Presentación: HACE SABER: que a esta oficina se ha presentado ARISTIDES CORTEZ MINEROS, en su calidad de DIRECTOR PRESIDENTE Y REPRESENTANTE de CORTEZ BLANCA ESTELA, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE que se abrevia: CORBES, S.A. DE C.V., de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO: CASTELLI Consistente en: la palabra CASTELLI escrita en letras de molde mayúsculas. La solicitud fue presentada el día veintinueve de octubre del año dos mil dos. San Salvador, veintiséis de noviembre del año dos mil dos.- TABCIN ACTIVE Consistente en: Las Palabras TABCIN ACTIVE en letras mayúsculas de tipo corriente. La solicitud fue presentada el día treinta y uno de enero del año dos mil dos. San Salvador, primero de noviembre del año dos mil dos.- Lic. PEDRO BALMORE HENRIQUEZ RAMOS, XIOMARA GUADALUPE FABIAN DE GOMEZ, SECRETARIA. 3 v. alt. No CLASE: 30 No. de Expediente: No. de Presentación: HACE SABER: que a esta oficina se ha presentado JOSE ENRI- QUE MADRIGAL GOMEZ, en su calidad de APODERADO de Kraft Foods Schweiz Holding AG, de nacionalidad SUIZA, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA, Consistente en: la expresión T DISC y diseño, que se traduce disco. La solicitud fue presentada el día veintiocho de abril del año dos mil tres. San Salvador, treinta de abril del año dos mil tres. JOSE RAUL ROSALES PEREZ,. ALVARO ERNESTO FRANCO DIAZ, 3 v. alt. No JOSE RAUL ROSALES PEREZ, ALVARO ERNESTO FRANCO DIAZ, 3 v. alt. No

43 DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 2 de Julio de CLASE: 05 No. de Expediente: No. de Presentación: HACE SABER: que a esta oficina se ha presentado MARIA ELENA CUELLAR PARADA, en su calidad de APODERADO de LABORATORIO CHILE, S.A., de nacionalidad CHILENA, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA, TERLOC Consistente en: la palabra TERLOC. La solicitud fue presentada el día ocho de enero del año dos mil tres. San Salvador, catorce de mayo del año dos mil tres.- Lic. JOSE EMILIO TAMAYO AGUILERA, ALVARO ERNESTO FRANCO DIAZ, CLASE: 43 No. de Expediente: No. de Presentación: v. alt. No HACE SABER: que a esta oficina se ha presentado MANUEL ANTONIO PINEDA HERRERA, en su calidad de APODERADO de ACCOR, de nacionalidad FRANCESA, solicitando el registro de la MARCA DE SERVICIOS, TICKET ALIMENTACION Consistente en: la palabra TICKET ALIMENTACION, que en castellano significa ALIMENTACION POR BOLETO. La solicitud fue presentada el día veintiséis de noviembre del año dos mil dos. San Salvador, siete de mayo del año dos mil tres.- CLASE: 09 No. de Expediente: No. de Presentación: HACE SABER: que a esta oficina se ha presentado MANUEL ANTONIO PINEDA HERRERA, en su calidad de APODERADO de ACCOR, de nacionalidad FRANCESA, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO, TICKET RESTAURANT Consistente en: las palabras TICKET RESTAURANT, se traduce al castellano como RESTAURANTE DE BOLETOS. La solicitud fue presentada el día veintiséis de noviembre del año dos mil dos. San Salvador, seis de mayo del año dos mil tres.- Lic. JOSE EMILIO TAMAYO AGUILERA, JOSE FIDEL MELARA MORAN, 3 v. alt. No CLASE: 16 No. de Expediente: No. de Presentación: HACE SABER: que a esta oficina se ha presentado MANUEL ANTONIO PINEDA HERRERA, en su calidad de APODERADO de ACCOR, de nacionalidad FRANCESA, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO, TICKET RESTAURANT Consistente en: las palabras TICKET RESTAURANT, se traduce al castellano como RESTAURANTE DE BOLETOS. La solicitud fue presentada el día veintiséis de noviembre del año dos mil dos. San Salvador, seis de mayo del año dos mil tres.- Lic. JOSE EMILIO TAMAYO AGUILERA, ALVARO ERNESTO FRANCO DIAZ, 3 v alt. No Lic. JOSE EMILIO TAMAYO AGUILERA, JOSE FIDEL MELARA MORAN, 3 v. alt. No

44 44 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 360 CLASE: 43 CLASE: 10 No. de Expediente: No. de Presentación: HACE SABER: que a esta oficina se ha presentado MANUEL ANTONIO PINEDA HERRERA, en su calidad de APODERADO de ACCOR, de nacionalidad FRANCESA, solicitando el registro de la MARCA DE SERVICIOS, VALE DESPENSAS Consistente en: las palabras VALE DESPENSAS. La solicitud fue presentada el día veintiséis de noviembre del año dos mil dos. San Salvador, seis de mayo del año dos mil tres.- CLASE: 05 Lic. JOSE EMILIO TAMAYO AGUILERA, No. de Expediente: No. de Presentación: JOSE FIDEL MELARA MORAN, 3 v. alt. No HACE SABER: que a esta oficina se ha presentado ERNESTO ALFONZO BUITRAGO, en su calidad de APODERADO de AstraZeneca AB, de nacionalidad SUECA, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO, VERAZAIR Consistente en: la palabra VERAZAIR. La solicitud fue presentada el día diecinueve de diciembre del año dos mil dos. San Salvador, siete de mayo del año dos mil tres.- Lic. PEDRO BALMORE HENRIQUEZ RAMOS, XIOMARA GUADALUPE FABIAN DE GOMEZ, SECRETARIA. 3 v. alt. No No. de Expediente: No. de Presentación: HACE SABER: que a esta oficina se ha presentado EMILIO ARTURO CUCHILLA, en su calidad de APODERADO de CORDIS CORPORATION, de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA, VISTA BRITE TIP Consistente en: las palabras VISTA BRITE TIP, se traduce al castellano como PUNTA VISTA BRITE. La solicitud fue presentada el día ocho de mayo del año dos mil tres. San Salvador, trece de mayo del año dos mil tres.- CLASE: 08 Lic. JOSE EMILIO TAMAYO AGUILERA, No. de Expediente: No. de Presentación: JOSE FIDEL MELARA MORAN, 3 v. alt. No HACE SABER: que a esta oficina se ha presentado RICARDO ABRAHAM LOPEZ RAMOS, en su calidad de APODERADO de STERLING FOUR MEXICANA, S.A. DE C.V., de nacionalidad MEXI- CANA, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA, ZORRIK Consistente en: la palabra ZORRIK escrita en letras de molde mayúsculas. La solicitud fue presentada el día dieciséis de marzo del año mil novecientos noventa y nueve. San Salvador, primero de abril del año dos mil tres.- ALICIA ESTHER GARCIA COREAS, GUILLERMO ALFONSO LOPEZ, 3 v. alt. No

45 DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 2 de Julio de Clase: 03. No. de Exp.: No. de Pres.: HACE SABER: que a esta oficina se ha presentado JERONIMO ERNESTO REYES, en su calidad de APODERADO de ALBERTO- CULVER COMPANY, de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA, HYDROLOGY Consistente en: la palabra HYDROLOGY, que se traduce al castellano como HIDROLOGIA. dos. La solicitud fue presentada el día seis de noviembre del año dos mil San Salvador, veintiocho de abril del año dos mil tres. Lic. JOSE EMILIO TAMAYO AGUILERA, JOSE FIDEL MELARA MORAN, 3 v. alt. No Clase: 30. No. de Exp.: No. de Pres.: HACE SABER: que a esta oficina se ha presentado MARIO CARMONA RIVERA, en su calidad de APODERADO de NISSIN FOOD PRODUCTS CO., LTD., de nacionalidad JAPONESA, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA, Consistente en: las palabras Noodle Crunch y diseño, se traduce como Crujido de Fideos. La solicitud fue presentada el día ocho de mayo del año dos mil tres. San Salvador, doce de mayo del año dos mil tres. Lic. JOSE EMILIO TAMAYO AGUILERA, JOSE FIDEL MELARA MORAN, 3 v. alt. No Clase: 05. No. de Exp.: No. de Pres.: HACE SABER: que a esta oficina se ha presentado JOSE DANIEL VEGA GUERRA, en su calidad de APODERADO de LABORATO- RIOS BUSSIÉ S.A., de nacionalidad COLOMBIANA, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA, PROCINET Consistente en: la palabra PROCINET. La solicitud fue presentada el día seis de diciembre del año dos mil dos. San Salvador, nueve de mayo del año dos mil tres. Lic. PEDRO BALMORE HENRIQUEZ RAMOS, XIOMARA GUADALUPE FABIAN DE GOMEZ, SECRETARIA. Clase: 03. No. de Exp.: No. de Pres.: v. alt. No HACE SABER: que a esta oficina se ha presentado DINA CAS- TRO DE CALLEJAS, en su calidad de APODERADO de HOYU KABUSHIKI KAISHA (también comerciando como Hoyu Co., Ltd.), de nacionalidad JAPONESA, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA, PROMINOUS Consistente en: la palabra PROMINOUS. La solicitud fue presentada el día ocho de mayo del año dos mil tres. San Salvador, trece de mayo del año dos mil tres. Lic. JOSE EMILIO TAMAYO AGUILERA, JOSE FIDEL MELARA MORAN, 3 v. alt. No

46 46 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 360 Clase: 01. No. de Exp.: No. de Pres.: HACE SABER: que a esta oficina se ha presentado MARIA ELENA CUELLAR PARADA, en su calidad de APODERADO de Químicos y Lubricantes, S.A. (Quilubrisa), de nacionalidad GUATE- MALTECA, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO, MAGNUM Consistente en: La palabra MAGNUM. La solicitud fue presentada el día dieciséis de octubre del año dos mil dos. San Salvador, veintidós de abril del año dos mil tres. Lic. JOSE EMILIO TAMAYO AGUILERA, ALVARO ERNESTO FRANCO DIAZ, 3 v. alt. No Clase: 05. No. de Exp.: No. de Pres.: HACE SABER: que a esta oficina se ha presentado VICENTE DE JESUS PALENCIA, en su calidad de APODERADO de AstraZeneca AB, de nacionalidad SUECA, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA, MELEXANTA Consistente en: la palabra MELEXANTA. La solicitud fue presentada el día treinta de abril del año dos mil tres. San Salvador, dos de mayo del año dos mil tres. Lic. JOSE EMILIO TAMAYO AGUILERA, ALVARO ERNESTO FRANCO DIAZ, Clase: 29. No. de Exp.: No. de Pres.: HACE SABER: que a esta oficina se ha presentado ULISES SALVADOR ALAS, en su calidad de GESTOR OFICIOSO de Qualtia Alimentos, S de R.L. de C.V., de nacionalidad MEXICANA, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA, dos. QUALTIA Consistente en: la palabra QUALTIA. La solicitud fue presentada el día dos de octubre del año dos mil San Salvador, veintinueve de abril del año dos mil tres. Clase: 44. Lic. JOSE EMILIO TAMAYO AGUILERA, No. de Exp.: No. de Pres.: JOSE FIDEL MELARA MORAN, 3 v. alt. No HACE SABER: que a esta oficina se ha presentado EMILIO ARTURO CUCHILLA, en su calidad de APODERADO de CENTOCOR, INC., de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solicitando el registro de la MARCA DE SERVICIOS, REMICARE Consistente en: la palabra REMICARE. La solicitud fue presentada el día doce de septiembre del año dos mil dos. San Salvador, ocho de mayo del año dos mil tres. Lic. JOSE EMILIO TAMAYO AGUILERA, ALVARO ERNESTO FRANCO DIAZ, 3 v. alt. No v. alt. No

47 DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 2 de Julio de Clase: 30. No. de Exp.: No. de Pres.: La solicitud fue presentada el día trece de septiembre del año dos mil dos. San Salvador, tres de abril del año dos mil tres. HACE SABER: que a esta oficina se ha presentado RICARDO ABRAHAM LOPEZ RAMOS, en su calidad de APODERADO de MOLINOS DE COSTA RICA, SOCIEDAD ANONIMA, de nacionalidad COSTARRICENSE, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO, MOCRISA MARFIL Consistente en: la frase MOCRISA MARFIL. La solicitud fue presentada el día veintinueve de agosto del año dos mil dos. San Salvador, trece de mayo del año dos mil tres. Clase: 32 Lic. PEDRO BALMORE HENRIQUEZ RAMOS, XIOMARA GUADALUPE FABIAN DE GOMEZ, No. de Exp.: No. de Pres.: v. alt. No HACE SABER: que a esta oficina se ha presentado ULISES SALVADOR ALAS, en su calidad de APODERADO de PARMALAT NICARAGUA, S.A., de nacionalidad NICARAGUENSE, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO, Clase: 12 No. de Exp.: No. de Pres.: Lic. JOSE RAUL ROSALES PEREZ, ALVARO ERNESTO FRANCO DIAZ, 3 v. alt. No HACE SABER: que a esta oficina se ha presentado ULISES SALVADOR ALAS, en su calidad de Apoderado de KIA MOTORS CORPORATION, de nacionalidad KOREANA, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA, KIA Consistente en: la palabra KIA. La solicitud fue presentada el día treinta y uno de octubre del año dos mil dos. San Salvador, siete de mayo del año dos mil tres. Lic. JOSE EMILIO TAMAYO AGUILERA, ALVARO ERNESTO FRANCO DIAZ, Consistente en: la palabra LA PERFECTA y diseño (en forma oblicua). 3 v. alt. No

48 48 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 360 CLASE: 09 No. de Expediente: No. de Presentación: San Salvador, catorce de mayo del año dos mil tres.- Lic. JOSE EMILIO TAMAYO AGUILERA, HACE SABER: que a esta oficina se ha presentado MANUEL ANTONIO PINEDA HERRERA, en su calidad de GESTOR OFICIO- SO de APLICACIONES TECNICAS DE LA ENERGIA, S.L., de nacionalidad ESPAÑOLA, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA: dos. Consistente en: la palabra ATERSA y diseño. La solicitud fue presentada el día once de octubre del año dos mil San Salvador, doce de mayo del año dos mil tres.- Lic. JOSE EMILIO TAMAYO AGUILERA, JOSE FIDEL MELARA MORAN, CLASE: 05 No. de Expediente: No. de Presentación: v. alt. No HACE SABER: que a esta oficina se ha presentado MARIA ELENA CUELLAR PARADA, en su calidad de APODERADO de LABORATORIO CHILE, S.A., de nacionalidad CHILENA, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA: ALVARO ERNESTO FRANCO DIAZ, CLASE: 03 No. de Expediente: No. de Presentación: v. alt. No HACE SABER: que a esta oficina se ha presentado DINA CAS- TRO DE CALLEJAS, en su calidad de APODERADO de UNILEVER N.V., de nacionalidad HOLANDESA, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO: COMFORT SECADO FACIL Consistente en: las palabras COMFORT SECADO FACIL. La solicitud fue presentada el día nueve de diciembre del año dos mil dos. San Salvador, nueve de mayo del año dos mil tres.- Lic. PEDRO BALMORE HENRIQUEZ RAMOS. XIOMARA GUADALUPE FABIAN DE GOMEZ, SECRETARIA. 3 v. alt. No ACTIPRAM Consistente en: la palabra ACTIPRAM. La solicitud fue presentada el día ocho de enero del año dos mil tres. CLASE: 29 No. de Expediente: No. de Presentación: HACE SABER: que a esta oficina se ha presentado DINA CAS- TRO DE CALLEJAS, en su calidad de APODERADO de Conopco, Inc.,

49 DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 2 de Julio de de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA: CLASE: 05 No. de Expediente: No. de Presentación: Consistente en: la palabra HELLMANN S y diseño. La solicitud fue presentada el día veintidós de octubre del año dos mil dos. San Salvador, siete de abril del año dos mil tres.- JOSE RAUL ROSALES PEREZ, ALVARO ERNESTO FRANCO DIAZ, CLASE: 30 No. de Expediente: No. de Presentación: v. alt. No HACE SABER: que a esta oficina se ha presentado DINA CAS- TRO DE CALLEJAS, en su calidad de APODERADO de Conopco, Inc., de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA: HELLMANN S, BRING OUT THE BEST Consistente en: la expresión HELLMANN S, BRING OUT THE BEST, se traduce como HELLMANN S, SACA LO MEJOR. La solicitud fue presentada el día dos de mayo del año dos mil tres. San Salvador, seis de mayo del año dos mil tres.- HACE SABER: que a esta oficina se ha presentado MARIA ELENA CUELLAR PARADA, en su calidad de APODERADO de LABORATORIO CHILE, S.A., de nacionalidad CHILENA, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA: FUNGOPIROX Consistente en: la palabra FUNGOPIROX. La solicitud fue presentada el día ocho de enero del año dos mil tres. San Salvador, catorce de mayo del año dos mil tres. Lic. JOSE EMILIO TAMAYO AGUILERA, ALVARO ERNESTO FRANCO DIAZ, CLASE: 05 No. de Expediente: No. de Presentación: v. alt. No HACE SABER: que a esta oficina se ha presentado VICENTE DE JESUS PALENCIA, en su calidad de APODERADO de AstraZeneca AB, de nacionalidad SUECA, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA: Lic. JOSE EMILIO TAMAYO AGUILERA, ALVARO ERNESTO FRANCO DIAZ, 3 v. alt. No tres. EXANTINE Consistente en: la palabra EXANTINE. La solicitud fue presentada el día treinta de abril del año dos mil

50 50 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 360 San Salvador, dos de mayo del año dos mil tres. Lic. JOSE EMILIO TAMAYO AGUILERA, JOSE FIDEL MELARA MORAN, CLASE: 03 No. de Expediente: No. de Presentación: v. alt. No HACE SABER: que a esta oficina se ha presentado RICARDO ABRAHAM LOPEZ RAMOS, en su calidad de APODERADO de HELENE CURTIS, INC., de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA: K48 Consistente en: la palabra K48. La solicitud fue presentada el día dieciocho de diciembre del año dos mil dos. San Salvador, doce de mayo del año dos mil tres. Lic. PEDRO BALMORE HENRIQUEZ RAMOS, XIOMARA GUADALUPE FABIAN DE GOMEZ, SECRETARIA. 3 v. alt. No de nacionalidad ALEMANA, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO: ROXFLAN Consistente en: la palabra ROXFLAN. La solicitud fue presentada el día once de noviembre del año dos mil dos. San Salvador, cinco de mayo del año dos mil tres. Lic. JOSE EMILIO TAMAYO AGUILERA, JOSE FIDEL MELARA MORAN, No. de Expediente: No. de Presentación: v. alt. No HACE SABER: que a esta oficina se ha presentado RODOLFO GARCIA BONILLA, en su calidad de APODERADO GENERAL de INSTITUTO DE PREVISION SOCIAL DE LA FUERZA ARMADA (IPSFA), de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro del NOMBRE COMERCIAL: HOTEL PACIFIC PARADISE Consistente en: la palabra HOTEL PACIFIC PARADISE escrita en letras corrientes de forma mayúsculas, que servirá para: IDENTIFI- CAR UNA EMPRESA DEDICADOS ACTIVIDADES DE PREVI- SION Y SEGURIDAD SOCIAL, HOTELERIA Y TURISMO; UBICA- DO EN KM. 75 BOULEVARD COSTA DEL SOL, LA HERRADURA, DEPARTAMENTO DE LA PAZ. La solicitud fue presentada el día tres de octubre del año dos mil uno. San Salvador, tres de abril del año dos mil tres. CLASE: 05 No. de Expediente: No. de Presentación: HACE SABER: que a esta oficina se ha presentado JERONIMO ERNESTO REYES, en su calidad de APODERADO de Merck KGaA, Lic. PEDRO BALMORE HENRIQUEZ RAMOS, XIOMARA GUADALUPE FABIAN DE GOMEZ, SECRETARIA. 3 v. alt. No

51 DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 2 de Julio de ANTONIO LINQUI VELASQUEZ, Notario, del domicilio de San Salvador, con oficina situada en la Alameda Roosevelt número tres mil veintidós de esta ciudad, al público, Librado en San Salvador, a los veintiséis días del mes de junio del año dos mil tres. HACE SABER: que por acta notarial de las nueve horas del veintitrés de junio de este año se ha tenido por aceptado expresamente y con beneficio la herencia intestada que a su defunción ocurrida el día veintiuno de enero del año dos mil uno en esta ciudad, siendo la ciudad de La Unión, su último domicilio, dejó don ADAN MOLINA GUAR- DADO, conocido por ADAN MOLINA AGUILAR, de parte de CAN- DIDA ROSA MOLINA, por sí y como cesionario de los derechos de herencia de su hermano JOSE ADAN MOLINA CHAVEZ, ambos en su concepto de hijos del causante. Confiérese a la aceptante la administración y representación interina de la sucesión, con las facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente. SE CITA: a los que se crean con derecho a la herencia, para que se presenten a deducir sus derechos dentro del término de ley. Librado en San Salvador, a los veintiséis días del mes de junio del año dos mil tres. HACE SABER: que por acta notarial de las once horas del día veintitrés de junio del año dos mil tres, se ha tenido por aceptada expresamente y con beneficio de inventario la herencia intestada que a su defunción ocurrida el día veinticuatro de julio del año dos mil, en Conchagua, Departamento de La Unión, su último domicilio, dejó el causante don DOMINGO GRANADOS, de parte de MARIA MAIRA CHAVEZ, MARIA MAGDALENA GRANADOS CHAVEZ, INGRID MARITZA CHAVEZ, JOSE SANTOS CHAVEZ y REINA DE LA PAZ CHAVEZ, en su concepto de hijas e hijo del causante. Confiérese a los aceptantes la administración y representación interina de la sucesión, con las facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente. Dr. ANTONIO LINQUI VELASQUEZ, NOTARIO. 3 v. c. No EDUARDO ERNESTO PERALTA VELASQUEZ, Notario, con Despacho Notarial ubicado en casa número cuatro-seis de la Calle Alberto Masferrer Oriente, en la ciudad de Sonsonate, al público, para los fines de ley, HACE SABER: que por resolución pronunciada a las ocho horas de este día, SE HA TENIDO POR ACEPTADA EXPRESAMENTE, CON BENEFICIO DE INVENTARIO, LA HERENCIA INTESTADA DEFERIDA POR EL SEÑOR FRANCISCO ARTURO CICILIANO, conocido por FRANCISCO ARTURO SICILIANO MANGANDI, por FRANCISCO ARTURO SICILIANO y por ARTURO SICILIANO, quien fue hasta de setenta años de edad, salvadoreño, divorciado, Dr. ANTONIO LINQUI VELASQUEZ, Pensionado, fallecido el día once de enero del año dos mil dos, en el NOTARIO. Hospital Médico Quirúrgico del Instituto Salvadoreño del Seguro Social, en la ciudad de San Salvador, en el Departamento de San Salvador, siendo esta ciudad su último domicilio; DE PARTE DE LOS SEÑORES: 3 v. c. No FRANCISCO ARTURO SICILIANO CALLES, ADILIA ESPERAN- ZA SICILIANO CALLES y CARLOS ALBERTO SICILIANO CA- LLES, de treinta y siete, cuarenta y veintiocho años de edad, respectivamente; Abogado, Ama de Casa y Estudiante, en su orden; todos del ANTONIO LINQUI VELASQUEZ, Notario del domicilio de San Salvador, con oficina situada en la Alameda Roosevelt número tres mil CAUSANTE, Y EL PRIMERO DE ELLOS, ADEMAS, EN CONCEP- domicilio de esta ciudad; TODOS EN CONCEPTO DE HIJOS DEL veintidós de esta ciudad, al público, TO DE CESIONARIO DE LOS DERECHOS HEREDITARIOS ABS- TRACTOS, CORRESPONDIENTES A LOS SEÑORES: NORA DEL CARMEN SICILIANO CALLES y CESAR ANTONIO ESCOBAR SICILIANO, EN CARACTER DE HIJOS DEL CAUSANTE; habiéndoseles conferido a dichos aceptantes la administración y representación interinas de la Sucesión, con las facultades y restricciones de ley. Y cítanse a los que pretendan derecho en la aludida Herencia, para que lo aleguen en el despacho señalado durante el término de quince días contados a partir de la última publicación de este Edicto. Librado en la ciudad de Sonsonate, Departamento de Sonsonate, a los catorce días del mes de junio del año dos mil tres. Licdo. EDUARDO ERNESTO PERALTA VELASQUEZ, SE CITA: a los que se crean con derecho a la herencia, para que se presenten a deducir sus derechos dentro del término de ley. NOTARIO. 3 v. c. No

52 52 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 360 FERNANDO ANTONIO FLORES ESPINOLA, Notario, de este domicilio, con oficina en Colonia Médica, Diagonal Dr. Arturo Romero, número ciento treinta, Edificio OQUELI, segunda planta local cinco, de esta ciudad, al público para los efectos de ley, administración y representación interinas, de la sucesión testamentaria que a su defunción dejó la señora MARIA ORBELINA GUEVARA SALAZAR, conocida por MARIA ORBELINA GUEVARA y por ORBELINA GUEVARA, con las facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente. HACE SABER: que por resolución proveída a las ocho horas del día veintidós de enero de dos mil tres, se ha tenido por aceptada interina y expresamente, con beneficio de inventario de parte de la señora DOROTEA SANTAMARIA VIUDA DE CORTEZ, la herencia intestada que a su defunción dejó don GABRIEL CORTEZ ROSALES, ocurrida el veintiséis de agosto de dos mil, en Comasagua, Departamento de La Libertad, siendo su último domicilio. Confiérese a la aceptante la administración y representación interina en su calidad de Cónyuge sobreviviente y renunciado el derecho a la misma por sus hijos, con las facultades y restricciones de los curadores de la Herencia Yacente. Librado en San Salvador, a los treinta días de enero de dos mil tres. FERNANDO ANTONIO FLORES ESPINOLA, NOTARIO. MARIA EDDA ORELLANA PROCARIONE, Notaria, de este domicilio, HACE SABER: I) Que a su despacho notarial, sito en Avenida "A" número nueve, de la Urbanización Jardines de Miramonte, de esta ciudad, se han presentado los señores doña ROSA ARGELIA LEIVA AVILA, conocida por ROSA ARGELIA LEIVA GUEVARA y por ARGELIA AVILA; doña HILDA ALICIA AVILA DE ZAVALETA, conocida por HILDA ALICIA LEIVA GUEVARA; y don EDUARDO SALVADOR LEIVA AVILA, conocido por EDUARDO SALVADOR LEIVA GUEVARA, aceptando la herencia testamentaria que a su defunción ocurrida en la ciudad de Mejicanos, en este Departamento, el veinticinco de mayo del año dos mil tres, dejó la causante señora MARIA ORBELINA GUEVARA SALAZAR, conocida por MARIA ORBELINA GUEVARA y por ORBELINA GUEVARA, quien fue de noventa y un años de edad, de Oficios del Hogar, del domicilio de San Salvador. II) Que previo informe de la Honorable Corte Suprema de Justicia, y habiéndose establecido la calidad de herederos testamentarios de la mencionada causante, de parte de los señores doña ROSA ARGE- LIA LEIVA AVILA, conocida por ROSA ARGELIA LEIVA GUEVA- RA y por ARGELIA AVILA; doña HILDA ALICIA AVILA DE ZAVALETA, conocida por HILDA ALICIA LEIVA GUEVARA; y don EDUARDO SALVADOR LEIVA AVILA, conocido por EDUARDO SALVADOR LEIVA GUEVARA, se ha tenido de su parte por aceptada expresamente y con beneficio de inventario, y se les ha conferido la Lo cual SE HACE SABER, para que quienes crean tener derechos en tal herencia, se presenten a deducirlos en el término de quince días contados desde el siguiente de la última publicación del presente edicto. Dado en San Salvador, a los veintisiete días del mes de junio del año dos mil tres. Lic. MARIA EDDA ORELLANA PROCARIONE, NOTARIO. AVISO 3 v. c. No v. c. No La infrascrito Subjefe del Departamento Jurídico del Ministerio de Hacienda, a quien interese para los efectos de ley, HACE SABER: que a este Departamento se ha presentado el señor FELIX RODRIGUEZ NAVAS, en su calidad de padre sobreviviente, solicitando se le autorice firmar los documentos respectivos para que se le haga efectiva la devolución por la cantidad de TRESCIENTOS OCHO 00/100 DOLARES ($308.00), en concepto de excedente del Impuesto sobre la Renta del ejercicio 2002, según devolución número 57098, que su extinto hijo, señor JOSE ANTONIO RODRIGUEZ MINA, dejó pendiente de cobro por haber fallecido el día 17 de noviembre de Lo anterior, se hace de conocimiento del público para que toda persona que se crea con igual o mejor derecho, se presente a este Departamento a más tardar dentro de los quince días subsiguientes, contados a partir del día siguiente al de la tercera y última publicación del presente aviso, a fin de ejercer su derecho. Ministerio de Hacienda. San Salvador, a los veintiséis días del mes de junio de dos mil tres. NORA LIZETH PEREZ DE LOPEZ, SUBJEFE DEPARTAMENTO JURIDICO MINISTERIO DE HACIENDA. 3 v. 1 v. c/3 d. No

53 DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 2 de Julio de MARIO MOISA MARTINEZ JUEZ DE LO CIVIL DE ESTE DISTRITO, HACE SABER: que por resolución de las ocho horas cuarenta y cinco minutos del día veintinueve de Mayo del dos mil tres, se ha tenido por aceptada expresamente y con beneficio de inventario la herencia intestada dejada por la señora ROSA DEL CARMEN ORTIZ, quien fue conocida por ROSA ORTIZ, fallecida el día veintinueve de Junio del año recién pasado, en el Cantón Los Naranjos, jurisdicción de Juayúa su último domicilio, de parte de la señora LUCIA ALAS DE AREVALO, como cesionaria de los derechos hereditarios que en la referida herencia les correspondían a los señores EVA JOSEFINA ORTIZ DE CEA, BLANCA LIDIA ORTIZ DE RODRIGUEZ, JOAQUIN ANTONIO ORTIZ y FRANCISCO ANTONIO ORTIZ, como hijos de la causante. Confiérese a la aceptante la administración y representación interinas de la sucesión con las facultades y restricciones de ley. Publíquese los edictos respectivos y extiéndase la certificación solicitada. JUZGADO DE LO CIVIL: Sonsonate, a las once horas cuarenta y cinco minutos del día trece de junio del dos mil tres.- Dr. MARIO MOISA MARTINEZ, JUEZ DE LO CIVIL.- Lic. CECILIA DEL CARMEN CEREN DE ESCOBAR, SECRETARIA.- 3 v. alt. No ANGEL ALBINO ALVARENGA, Juez de lo Civil, de este Distrito Judicial, al Público para los efectos de ley, HACE SABER: que por resolución de este Juzgado, da las doce horas con diez minutos del día diez de los corrientes, se tuvo por aceptada expresamente y con beneficio de inventario de la herencia intestada que al fallecer a las diecisiete horas del día veinticinco de Abril de mil novecientos noventa y nueve, en el Cantón Santa Rosita, de la jurisdicción de El Sauce, siendo dicho lugar su último domicilio, dejara el causante MERCEDES ORTEZ, a la heredera METODIA GARCIA DE ORTEZ hoy viuda de Ortez, en concepto de cónyuge del expresado causante, de conformidad al Art, 988 No. 1o. del Código Civil; se le confirió a la aceptante en el carácter dicho la administración y representación interina de los bienes de la indicada sucesión, con las facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente. Librado en el Juzgado de lo Civil: Santa Rosa de Lima, a las once horas con cuarenta y cinco minutos del día doce de junio de dos mil tres.- Lic. ANGEL ALBINO ALVARENGA, JUEZ DE LO CIVIL.- Lic. MARINA CONCEPCION MARTINEZ DE MARTINEZ, SECRETA- RIA.- DE SEGUNDA PUBLICACIÓN de Mayo del año dos mil uno, en el Cantón Cedros de la Jurisdicción de Anamorós, siendo su último domicilio la Población de Anamorós, dejara el señor LUIS ALONSO ALVAREZ conocido por LUIS ALON- SO ALVAREZ CONTRERAS, de parte de la señora DORILA ALVA- REZ en concepto de hija del causante, de conformidad con lo establecido en el Art. 988 No 1 o del Código Civil. Se le confirió a la aceptante en tal carácter la administración y representación interina de los bienes de la indicada sucesión con las facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente. Librado en el Juzgado de lo Civil: Santa Rosa de Lima, a las ocho horas y cuarenta minutos del día nueve de junio del dos mil tres. Lic. ANGEL ALBINO ALVARENGA, JUEZ DE LO CIVIL.- Licda. MA- RINA CONCEPCION MARTINEZ DE MARTINEZ, SECRETARIA.- 3 v. alt. No YOALMO ANTONIO HERRERA, JUEZ DE LO CIVIL DE ESTA CIUDAD, AL PUBLICO PARA LOS EFECTOS DE LEY, HACE SABER: que por resolución dictada por este Juzgado a las quince horas y cincuenta minutos del día nueve de abril del corriente año, se ha tenido por aceptada expresamente y con beneficio de inventario, la herencia intestada dejada a su defunción por el causante, señor RAFAEL MAURICIO TORRES HENRIQUEZ, ocurrida el día siete de abril del año dos mil dos, en el Hospital Médico Quirúrgico del Seguro Social, de la ciudad de San Salvador, siendo esta ciudad el lugar de su último domicilio, de parte de las señoras ANA CELIA IGLESIAS DE TORRES, YOHANNA ELIZABETH TORRES DE RUIZ, conocida por YOHANNA ELIZABETH TORRES IGLESIAS, y del menor MAURICIO ALBERTO TORRES IGLESIAS, en su calidad de cónyuge sobreviviente la primera e hijos del causante los dos últimos, y además, los tres como cesionarios de los derechos hereditarios que le correspondían a la señora ROSALBA TORRES DE HERRERA, conocida por ROSALBA TORRES, en calidad de madre del causante; y se ha conferido a los aceptantes, la administración y representación interinas de la sucesión, con las facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente, debiendo ejercerlas el menor antes mencionado, a través de su representante legal, señora ANA CELIA IGLESIAS DE TORRES. Librado en el Juzgado de lo Civil de Nueva San Salvador, a las doce horas y quince minutos del día veinte de mayo de dos mil tres. Lic. YOALMO ANTONIO HERRERA, JUEZ DE LO CIVIL.- Lic. SAN- DRA ELIZABETH SANCHEZ DIAZ, SECRETARIA.- 3 v. alt. No v. alt. No ANGEL ALBINO ALVARENGA JUEZ DE LO CIVIL DE ESTE DISTRITO JUDICIAL AL PUBLICO PARA LOS EFECTOS DE LEY, HACE SABER: que por resolución de este Juzgado a las quince horas y veintidós minutos del día veintinueve de Mayo del corriente año se tuvo por aceptada expresamente y con beneficio de inventario la herencia intestada que al fallecer a las veintitrés horas del día veinticinco CLAUDIA YANIRA LARA MONTOYA, Notaria, de este domicilio, con oficina ubicada en Colonia diez de Septiembre, dieciséis Calle Poniente, casa número doscientos dieciséis, San Salvador, HACE SABER: que por resolución de la suscrita Notaria, proveída a las doce horas del día dieciséis de mayo de dos mil tres, se ha tenido por aceptada expresamente y con beneficio de inventario, la herencia intestada que dejara a su defunción, ocurrida en el Hospital Nacional Rosales, el día quince de junio de dos mil dos, el señor ARMANDO NAVARRO ORTIZ, de parte de la señora JOSEFINA ESPERANZA NAVARRO

54 54 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 360 VIUDA DE CARDONA quien actúa en su concepto de hermana sobreviviente del causante, habiéndosele conferido la administración y representación de la sucesión interina, con las facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente. En consecuencia, por este medio se cita a todos los que se crean con derechos a la referida herencia, para que se presenten a esta oficina en el término de quince días, contados desde el siguiente a la última publicación del presente edicto. Librado en la oficina de la Notaria CLAUDIA YANIRA LARA MONTOYA. En la ciudad de San Salvador, a las catorce horas del día veinticinco de junio de dos mil tres. Lic. CLAUDIA YANIRA LARA MONTOYA, ABOGADA Y NOTARIA. 3 v. alt. No El Infrascrito Notario Público de la República de El Salvador, CERTIFICA: que en las diligencias de aceptación de herencia del causante General Fidel Sánchez Hernández, seguidas por la señora doña MARINA URIARTE CLARA DE SANCHEZ HERNANDEZ, conocida socialmente por MARINA URIARTE DE SANCHEZ y como MA- RINA URIARTE ELLERBROCK DE SANCHEZ HERNANDEZ, se encuentra la resolución que literalmente dice: "a) Tiénese por recibido el oficio número Dos mil doscientos setenta del dieciocho de los corrientes de la Corte Suprema de Justicia en la que me informa que no existen otras diligencias de aceptación de herencia del General FIDEL SANCHEZ HERNANDEZ, B) Tiénese por aceptada expresamente y con beneficio de inventario la herencia testamentaria del General FIDEL SANCHEZ HERNANDEZ, quien falleció en esta ciudad, siendo su último domicilio Nueva San Salvador, el veintiocho de febrero del año dos mil tres, de parte de su heredera testamentaria, doña MARINA URIARTE CLARA DE SANCHEZ HERNANDEZ, conocida socialmente como MARINA URIARTE DE SANCHEZ y como MARINA URIARTE ELLERBROCK DE SANCHEZ HERNANDEZ, a quien se le confiere la administración y representación interina de la sucesión en los términos señalados por el Art. 1163C. Publíquense los edictos de ley, y extiéndase certificación a la aceptante de la herencia. "Es conforme con su original con el cual se confrontó y en virtud de lo ordenado expido la presente certificación en la ciudad de San Salvador, a las quince horas del día veintitrés de junio del año dos mil tres. ABRAHAM RODRIGUEZ, NOTARIO. 3 v. alt. No JORGE ADALBERTO RIVAS ALFARO, en concepto de hijos del causante; a quienes se les confiere la administración y representación interina de la sucesión, con las facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente. Cítense a los que se crean con derecho a la herencia, para que dentro del término de ley, se presenten a este Juzgado a hacer uso de sus derechos, lo que se pone en conocimiento del público, para los efectos legales consiguientes. Librado en el Juzgado de Primera Instancia del Distrito: Berlín, a las quince horas del día once de junio del año dos mil tres.- Lic. MERCEDES CONCEPCION SERPAS DE GUEVARA, JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA.- Br. ANA MARGARITA BERMUDEZ DE HENRIQUEZ, SECRETARIA.- 3 v. alt. No TILSA ANABELLA ALFARO ESCOBAR, Notario, con dirección de su bufete en Primera Calle Oriente Número seis-a, frente a Banco Salvadoreño, Cojutepeque, Departamento de Cuscatlán. Al público, HACE CONSTAR: que por resolución proveída en Acta Notarial en la oficina de la Suscrita, de las diez horas del día seis de junio del dos mil tres, se ha tenido por aceptada expresamente y con beneficio de inventario la Herencia Intestada dejada a su defunción por el señor OSCAR CASTRO MOLINA, quien fue de sesenta y nueve años de edad, Motorista, Salvadoreño, quien falleció a consecuencia de Cirrosis Hepática y Sangramiento del tubo Digestivo, en el Hospital Nacional de esta ciudad, el día catorce de agosto del dos mil, siendo Cojutepeque, - Departamento de Cuscatlán el lugar de su último domicilio, de parte del señor ALONSO FABIAN LOPEZ, como cesionario de los Derechos - que le corresponden al señor LUIS ALONSO HERNANDEZ CASTRO, como hijo del causante se le ha conferido al Aceptante la Administración y resolución Interina de la Sucesión con las facultades y restricciones de los curadores de la Herencia Yacente. LIBRADO: En la ciudad de Cojutepeque, a los siete días del mes de junio del año dos mil tres.- TILSA ANABELLA ALFARO ESCOBAR, NOTARIO. 3 v. alt. No MERCEDES CONCEPCION SERPAS DE GUEVARA, JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA DE ESTE DISTRITO JUDICIAL, al público para los efectos de ley, HACE SABER: que por resolución de las quince horas del día diez de junio del corriente año, se ha tenido por aceptada expresamente y con beneficio de inventario, la herencia Ab-intestato de los bienes que a su defunción dejó el causante MATILDE DE JESUS RIVAS, quien falleció a las siete horas del día doce de julio de mil novecientos ochenta y uno, en el Barrio Concepción de Mercedes Umaña, siendo esta misma ciudad su último domicilio, de parte de GLORIA MARINA RIVAS ALFARO, conocida por GLORIA MARINA ALFARO DE HERNANDEZ y JUAN CARLOS FLORES ESPINAL, JUEZ PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE SAN FRANCISCO GOTERA, DEPARTAMENTO DE MORAZAN, HACE SABER: que por resolución pronunciada en este Juzgado a las ocho horas y treinta minutos del día nueve del mes y año en curso, se ha tenido por aceptada expresamente y con beneficio de inventario de parte de la señora EDITH MOLINA DE LAZO, conocida por EDITH MOLINA RIVERA y por EDYTH MOLINA RIVERA; la herencia que en forma intestada dejó la señora EUSEBIA MOLINA, quien fue de setenta y un años de edad, soltera, oficios del hogar, hija de SIXTO

55 DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 2 de Julio de MOLINA y de BRAULIA GARCIA, originaria de Lolotiquillo, Departamento de Morazán, quien falleció a la una hora con treinta minutos del día veintiséis de junio de mil novecientos noventa y seis, en el Cantón Gualindo Jurisdicción de Lolotiquillo, Departamento de Morazán, siendo la Población de Lolotiquillo Departamento de Morazán, el lugar de su último domicilio; en concepto de hija de la referida causante; a quien se le ha conferido la administración y representación interina de dicha sucesión, con las facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente; y cita a las personas que se crean con derecho a la herencia, para que se presenten a este Juzgado a deducirlo dentro del término de quince días contados desde el siguiente a la tercera publicación de este edicto. Juzgado Primero de Primera Instancia: San Francisco Gotera, a las nueve horas del día nueve de enero del dos mil tres.- Lic. JUAN CARLOS FLORES ESPINAL, JUEZ 1º. DE 1a. INSTANCIA.- Br. YESENIA ROSIBEL VILLATORO DE ZUNIGA, SECRETARIA.- 3 v. alt. No MANUEL PAZ CANALES, JUEZ SEGUNDO DE PRIMERA INS- TANCIA DE ESTE DISTRITO JUDICIAL, al público para los efectos de Ley, HACE SABER: que por resolución de este Tribunal de las nueve horas y cincuenta minutos del día trece de Marzo del corriente año, se ha TENIDO POR ACEPTADA EXPRESAMENTE Y CON BENEFICIO DE INVENTARIO LA HERENCIA INTESTADA, que a su defunción dejó el señor BENITO ARGUETA DEL CID, quien a la fecha de su fallecimiento fue de sesenta y un años de edad, agricultor, originario y del domicilio de San Fernando, de nacionalidad salvadoreña, hijo de ENRIQUE ARGUETA y ROMAN DEL CID, y falleció a las trece horas del día veinte de abril del dos mil uno, en el Cantón Azacualpa, Caserío Adobera de la población de San Fernando, siendo esta población lugar de su último domicilio de parte de la señora MARIA DEL TRANSITO ALVARADO DE ARGUETA, conocida por MARIA DEL TRANSITO ALVARADO JIMENEZ, señorita SANTOS ADELINA JIMENEZ ARGUETA, conocida por SANTOS ADELINA ARGUETA JIME- NEZ y los menores FANI MABEL JIMENEZ ARGUETA, conocida por FANI MABEL ARGUETA JIMENEZ, DINA EMERITA AR- GUETA JIMENEZ y BENITO ARGUETA JIMENEZ, por medio de su representante legal señora MARIA DEL TRANSITO ALVARADO DE ARGUETA, conocida por MARIA DEL TRANSITO ALVARADO JIMENEZ, ésta en calidad de cónyuge sobreviviente y los restantes en concepto de hijos legítimos del mencionado causante por derecho propio y en los bienes que les corresponden.- Confiérese a los aceptantes arriba mencionados y en la forma establecida la administración y representación Interinas de la sucesión con las facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente. Librado en el Juzgado Segundo de Primera Instancia: San Francisco Gotera, a las once horas y cuarenta minutos del día veinte de Marzo del dos mil tres.- Lic. MANUEL PAZ CANALES, JUEZ 2º de 1a. INSTANCIA.- Licda. ROSA ERMELINDA GUTIERREZ SANCHEZ, SRIA. 3 v. alt. No JUAN CARLOS FLORES ESPINAL, JUEZ PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE SAN FRANCISCO GOTERA, DEPARTAMENTO DE MORAZAN, HACE SABER: que por resolución pronunciada en este Juzgado, a las diez horas de este día, se ha tenido por aceptada expresamente y con beneficio de inventario de parte de la señora FRANCISCA GONZA- LEZ DE BENITEZ; la herencia que en forma intestada dejó el señor GENARO IGLESIAS FUENTES, quien fue de sesenta y siete años de edad, soltero, jornalero, hijo de WENCESLAO IGLESIAS y de REGINA FUENTES, originario de Cacaopera, Departamento de Morazán, quien falleció el día veinte de febrero de mil novecientos noventa y dos, en el Cantón Gualindo Arriba, Jurisdicción de Lolotiquillo, Departamento de Morazán, siendo ese lugar su último domicilio; en concepto de cesionaria de los Derechos Hereditarios que le correspondían a la señora ELIAS FUENTES, hermana del referido causante; a quien se le ha conferido la administración y representación interina de dicha sucesión, con las facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente; y cita a las personas que se crean con derecho a la herencia, para que se presenten a este Juzgado a deducirlo dentro del término de quince días contados desde el siguiente a la tercera publicación de este edicto. Juzgado Primero de Primera Instancia: San Francisco Gotera, a las once horas y treinta minutos del día treinta de mayo del dos mil tres.- Lic. JUAN CARLOS FLORES ESPINAL, JUEZ 1º. de 1a. INSTANCIA.- Br. YESENIA ROSIBEL VILLATORO DE ZUNIGA, SECRETARIA. 3 v. alt. No JUAN CARLOS FLORES ESPINAL, JUEZ PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE SAN FRANCISCO GOTERA, DEPARTAMENTO DE MORAZAN. HACE SABER: que por resolución pronunciada en este Juzgado, a las nueve horas de este día, se ha tenido por aceptada expresamente y con beneficio de inventario de parte de la señora MARIA PRISCILA VASQUEZ DE ROSA, la herencia que en forma intestada dejó el señor ESTEBAN VASQUEZ ROSA, conocido por ESTEBAN ROSA VAS- QUEZ, quien fue de cuarenta y tres años de edad, casado, originario de Chilanga, Departamento de Morazán, hijo de los señores JUAN ALBERTO ROSA y PRISCILA VASQUEZ, quien falleció a las once horas y catorce minutos del día quince de mayo de dos mil dos; en Glendale, Los Angeles California de Estados Unidos, siendo su último domicilio Chilanga; en concepto de madre del causante y como cesionaria de los derechos hereditarios que le correspondían a la señora ROSA EMELY VASQUEZ DE ROSA, conocida por ROSA EMELY VASQUEZ, en concepto de cónyuge del causante. A quien se le ha conferido la administración y representación interina de dicha sucesión, con las facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente. Y cita a todas las personas que se crean con derecho a la herencia, para que se presenten a este Juzgado a deducirlo dentro del término de quince días contados desde el siguiente a la tercera publicación de este edicto. Juzgado Primero de Primera Instancia: San Francisco Gotera, a las catorce horas del día veinticinco de marzo de dos mil tres.- Lic. -JUAN CARLOS FLORES ESPINAL, JUEZ 1º. de 1a. INSTANCIA.- Br. YESENIA ROSIBEL VILLATORO DE ZUNIGA, SECRETARIA.- 3 v. alt. No

56 56 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 360 MANUEL PAZ CANALES, JUEZ SEGUNDO DE PRIMERA INS- TANCIA DE ESTE DISTRITO JUDICIAL. Al Público para los efectos de Ley, HACE SABER: que por resolución de las catorce horas y diez minutos del día nueve de Junio del corriente año, se ha tenido por ACEPTADA EXPRESAMENTE Y CON BENEFICIO DE INVENTA- RIO la Herencia Intestada que a su defunción dejó el señor CARLOS AMAYA ARGUETA, quien a la fecha de su fallecimiento era de dieciocho años de edad, Soltero, Carpintero, originario y del domicilio de Delicias de Concepción, siendo hijo de María Enma Amaya, y Concepción Argueta, y falleció el día seis de Febrero de mil novecientos ochenta y siete, en el Caserío Comidera Cantón Volcán de Delicias de Concepción, siendo esta misma población lugar de su último domicilio; de parte de la señora REINA MARIBEL AMAYA ARGUETA, por derecho propio en los bienes que le corresponden y como hermana del mencionado causante.- Confiérese a la aceptante antes mencionada y en la forma establecida la administración y Representación interinas de la Sucesión con las facultades y restricciones para los Curadores de la Herencia Yacente. Librado en el Juzgado Segundo de Primera Instancia: San Francisco Gotera, a las once horas y cuarenta y cinco minutos del día doce de Junio del dos mil tres. Lic. MANUEL PAZ CANALES, JUEZ 2o. DE 1a. INSTANCIA. Licda. ROSA ERMELINDA GUTIERREZ SANCHEZ, Sria. 3 v. alt. No RODOLFO ERNESTO CHACON, JUEZ SEGUNDO DE LO CIVIL DEL DISTRITO JUDICIAL DE SANTA ANA, AL PUBLICO PARA LOS EFECTOS DE LEY, HACE SABER: que por resolución de este Juzgado, de las quince horas catorce minutos de este día, se ha tenido por aceptada, con beneficio de inventario, de parte de la señora ESPERANZA TRIGUE- ROS, conocida por ESPERANZA VIDES TRIGUEROS, la herencia intestada que a su defunción dejó la causante, señora ENCARNACION TRIGUEROS, conocida por CONCEPCION TRIGUEROS, quien fue de sesenta y siete años de edad, de Oficios Domésticos, del domicilio de Candelaria de La Frontera, siendo dicha ciudad el lugar de su último domicilio, y falleció en el Cantón La Parada, jurisdicción de Candelaria de La Frontera, el día cuatro de junio de mil novecientos setenta y seis. La señora ESPERANZA TRIGUEROS, conocida por ESPERAN- ZA VIDES TRIGUEROS, es hija y cesionaria de los derechos hereditarios que les corresponderían a las señoras MERCEDES TRIGUEROS Hoy de ALVAREZ, JULIA AMPARO TRIGUEROS, conocida por MARIA JULIA TRIGUEROS MARTINEZ, por MARIA JULIA TRI- GUEROS SIFONTES y por MARIA JULIA TRIGUEROS y LINDAURA TRIGUEROS, en su calidad de hijas de la de cujus; y en ese carácter se les confiere la administración y representación interina de la sucesión, con las facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente. Lo que hace del conocimiento del público, para que todo aquel que se crea con derecho a la sucesión, se presente a deducirlo dentro de los quince días subsiguientes al de la tercera publicación de este edicto. LIBRADO en el Juzgado Segundo de lo Civil: Santa Ana, a las quince horas treinta y cinco minutos del día once de abril de dos mil tres. Dr. RODOLFO ERNESTO CHACON, JUEZ SEGUNDO DE LO CIVIL. Br. ELBA LUZ LEMUS DE CHAVEZ, SECRETARIA. 3 v. alt. No MARIA ESTHER FERRUFINO Vda. de PARADA, JUEZ SEGUNDO DE LO CIVIL DEL DISTRITO JUDICIAL DE SAN MIGUEL, HACE SABER: que por resolución de las diez horas del día once de junio del dos mil tres; se ha tenido par aceptada expresamente y con beneficio de Inventario, la herencia intestada que a su defunción dejó el señor JOSE SANTOS FUNES, quien falleció el día trece de diciembre del año dos mil dos, en la Colonia Santa Julia de esta ciudad, siendo éste su último domicilio; de parte de la señora MERCEDES ROMERO DE FUNES, de setenta años de edad, de oficios domésticos, y de este domicilio, portadora de su documento único de identidad personal número cero dos millones trescientos ochenta y tres mil cincuenta y uno guión tres; en calidad de cónyuge sobreviviente del causante, y como cesionaria de los derechos hereditarios que como hijos del causante le correspondían a MANUEL DE JESUS, JOSE FRANCISCO, DAYSI MARIBEL, ANA ELSY, LILIAM MARGOT, MIRIAM DEL CAR- MEN, JOSE NAZARIO, MARIA ELIZABETH, e IRIS MARLENE, todos de apellidos FUNES ROMERO. Y se le ha conferido a la aceptante en el carácter antes indicado, la administración y representación interina de la sucesión, debiendo ejercerla con las facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente. Lo que pone en conocimiento del público para los efectos de ley. Librado en el Juzgado Segundo de lo Civil: San Miguel, a las diez horas con siete minutos del día once de junio del dos mil tres. Dra. MARIA ESTHER FERRUFINO Vda. DE PARADA, JUEZ SEGUN- DO DE LO CIVIL. Licda. MARTA DOLORES COREAS, SECRETA- RIA. 3 v. alt. No MARIA ESTHER FERRUFINO Vda. de PARADA; JUEZ SEGUNDO DE LO CIVIL DEL DISTRITO JUDICIAL DE SAN MIGUEL, HACE SABER: que por resolución de las nueve horas del día once de Junio del dos mil tres, se ha tenido por aceptada expresamente y con beneficio de inventario, la herencia intestada que a su defunción dejó el señor JOSE ANGEL CHAVEZ, quien falleció el día Veintitrés de diciembre del año dos mil dos, en el Cantón San Antonio Silva, Colonia Santa Lucía, de esta Jurisdicción, siendo ese el lugar de su último domicilio; de parte de VIRGILIA REYES VIUDA DE CHAVEZ, de sesenta y un años de edad, de oficios domésticos, de este domicilio, portadora de su documento único de identidad número cero dos millones setecientos ochenta y siete mil ciento seis guión seis; en concepto de madre del causante. Y se le ha conferido a la aceptante en el carácter antes indicado la administración y representación interina de la sucesión, debiendo ejercerla con las facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente.

57 DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 2 de Julio de Lo que pone en conocimiento del público para los efectos de ley. Librado en el Juzgado Segundo de lo Civil: San Miguel, a las nueve horas con siete minutos del día nueve de junio del dos mil tres. Dra. MARIA ESTHER FERRUFINO Vda. DE PARADA, JUEZ SEGUN- DO DE LO CIVIL. Licda. MARTA DOLORES COREAS, SECRETA- RIA. Librado en el Juzgado Tercero de lo Civil: San Salvador, a las once horas del día diez de junio de dos mil tres. Dr. JOSE MANUEL MOLINA LOPEZ, JUEZ TERCERO DE LO CIVIL. Br. ALEX ALBERTO SORTO MELARA, 3 v. alt. No v. alt. No DARIO VILLALTA BALDOVINOS, JUEZ CUARTO DE LO CIVIL DE ESTE DISTRITO JUDICIAL, HACE SABER: que por resolución pronunciada a las diez horas cuarenta y cinco minutos del día dieciséis de junio de dos mil tres, se ha tenido por aceptada expresamente y con beneficio de inventario de parte de los señores ALAN GUILLERMO ARBIZU ECHEVERRIA conocido por GUILLERMO ARBIZU ECHEVERRIA, CRISTINA MARGA- RITA ARBIZU ECHEVERRIA y PATRICIA EUGENIA ARBIZU ECHEVERRIA, la herencia Testamentaria que a su defunción defirió el causante señor GUILLERMO AUGUSTO ARBIZU, quien falleció en la Ciudad de Gilroy, California, Estados Unidos de Norteamérica, siendo esta ciudad, su último domicilio, el día veintiocho de abril del dos mil dos, en concepto de herederos testamentarios. Confiérase a los aceptantes la administración y representación interinas de la sucesión con las facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente. Y, CITA: a los que se crean con mejor derecho a la herencia referida para que se presenten en el término de Ley, a hacer uso de sus derechos en la sucesión. Librado en el Juzgado cuarto de lo Civil: San Salvador, a las diez horas cinco minutos del día veinte de junio de dos mil tres. Dr. DARIO VILLALTA BALDOVINOS, JUEZ CUARTO DE LO CIVIL. Lic. VICTORINO ALEXANDER PERAZA, 3 v. alt. No JOSE MANUEL MOLINA LOPEZ, JUEZ TERCERO DE LO CIVIL DE ESTE DISTRITO JUDICIAL, HACE SABER: Al público para efectos de ley, que por resolución de este Juzgado dictada a las diez horas con veinte minutos del día veintiocho de mayo del corriente año; se ha tenido por aceptada expresamente y con beneficio de inventario la herencia INTESTADA que a su defunción, ocurrida en esta ciudad, su último domicilio, el día diecinueve de junio de dos mil dos, dejó el señor SEBASTIAN MELENDEZ CARRILLO, conocido por SEBASTIAN MELENDEZ y por SEBAS- TIAN CARRILLO, de parte de SIMONA ESCOBAR DE MELENDEZ conocida por SIMEONA ESCOBAR DE MELENDEZ, en su concepto de cónyuge del causante, y como cesionaria de los derechos hereditarios de los señores SARBELIO MELENDEZ ESCOBAR conocido por SARVELIO MELENDEZ CARRILLO, MARIA DOLORES CARRI- LLO ESCOBAR, LUIS ANTONIO MELENDEZ, ERNESTINA CA- RRILLO DE PEREZ y ADELINA CARRILLO ESCOBAR, en su calidad de hijos del causante. Se ha conferido a la aceptante la administración y representación INTERINA de la sucesión, con las facultades y restricciones de los Curadores de la herencia yacente. HUMBERTO GIOVANNI FLORES ARANA, Notario, del domicilio de la Ciudad de Santa Ana, y con oficina establecida en Centro Bancario Tomás Regalado, local Cinco-A, Primera Planta, de la Ciudad de Santa Ana, al público para los efectos de ley, HACE SABER: que por resolución dictada el día veintitrés de junio de dos mil tres, se ha tenido por aceptada con beneficio de inventario, la herencia intestada del señor JOSE URBANO ARGUETA GARCIA, quien fuera conocido por JOSE URBANO ARGUETA y por JOSE ARGUETA; fallecido en el Hospital San Juan de Dios de esta ciudad, siendo esta ciudad el de su último domicilio; y cuya fecha de fallecimiento fue el día treinta de junio de mil novecientos ochenta y ocho; por parte de la señora ANGELA ARGUETA GASCA, en su carácter de hija y como cesionaria de los derechos que le correspondían a los señores: JOSE URBANO ARGUETA GAZCA, GUIDO MANUEL ARGUETA GASCA, ERNESTO AQUILES ARGUETA GASCA y RICARDO ARISTIDES ARGUETA GASCA, en sus calidades de hijos del causante; y nómbrase a la aceptante interinamente administradora y representante de la sucesión, con las facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente. Librado en la Oficina del Suscrito Notario, Santa Ana, a las quince horas del día veinticuatro de junio de dos mil tres. Lic. HUMBERTO GIOVANNI FLORES ARANA, NOTARIO. 3 v. alt. No EL INFRASCRITO JUEZ DE LO CIVIL: Al público para los efectos de ley, HACE SABER: que por resolución de las nueve horas y diez minutos de este día, se ha tenido por aceptada expresamente y con beneficio de inventario, en la herencia intestada que dejó al fallecer el señor PEDRO MEJIA, el día veintiuno de abril del mil novecientos noventa, en el Cantón Joya Ancha Abajo, de la jurisdicción de Santa Elena, siendo esa misma ciudad su último domicilio, de parte del señor ENRIQUE ANTONIO BRAN SORIANO, en calidad de cesionario del derecho hereditario que les correspondían a los señores: LUIS ROBER- TO AVALOS, DORIS DEL CARMEN COREAS MEJIA conocida por DORIS DEL CARMEN COREAS, JOSE RENE COREAS MEJIA, en calidad de hijos del causante. Confiriéndole al aceptante dicho la administración y representación interina de la sucesión con las facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente.

58 58 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 360 Se citan a los que se crean con derecho a la herencia, para que se presenten a este Juzgado a deducirlo en el término de quince días contados después de la última publicación de este edicto. Librado en el Juzgado de lo Civil: Usulután, diecisiete de junio del dos mil tres. Lic. JOSE ANTONIO GAMEZ, JUEZ DE LO CIVIL. Br. MIRNA MARISOL SIGARAN HERNANDEZ, 3 v. alt. No MORENA CONCEPCION LAINEZ RAMIREZ, JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA DE ESTE DISTRITO JUDICIAL, HACE SABER; que por resolución de las ocho horas y treinta minutos del día seis de este mes, dictada por este Tribunal, se ha tenido por aceptada expresamente y con beneficio de inventario, la herencia intestada que a su defunción dejó el señor OCTAVIANO MOLINA, quien falleció el día dieciocho de Noviembre de mil novecientas cincuenta y seis, en el Barrio El Centro, de la población de Potonico, municipio de este Departamento, siendo dicha población su último domicilio; de parte de la señora MARIA PAULA SIBRIAN VIDES, en su concepto de cesionaria de los derechos hereditarios que en la misma sucesión le correspondían al señor JOSE ANTONIO MOLINA ORELLANA, en su concepto de hijo sobreviviente del citado causante. Confiérese a la heredera declarada la administración y representación interina de la sucesión, con las facultades y restricciones de los Curadores de la herencia yacente. Lo que se pone al conocimiento del público para los efectos de ley. Librado en el Juzgado de Primera Instancia: Chalatenango, a las diez horas del día seis de Junio del dos mil tres. Lic. MORENA CONCEPCION LAINEZ RAMIREZ, JUEZ DE PRIMERA INSTAN- CIA. Lic. DANIEL ERNESTO LOPEZ DURAN, 3 v. alt. No LUIS SALVADOR PEÑA, Juez de lo Civil de este distrito judicial, al público para los efectos de ley, HACE SABER: que por resolución de las diez horas y quince minutos del día cuatro de este mes, se ha tenido por aceptada expresamente y con beneficio de inventario la herencia intestada que a su defunción dejó JUANA AGUSTINA CASTRO, quien falleció el día tres de abril de este año, en el Hospital Militar de San Salvador, habiendo tenido como último domicilio esta ciudad, por parte de MARIA ISABEL CASTRO, y MARCIA ESTEFANY CASTRO FLORES, en concepto la primera de hija de la causante y la segunda en concepto de cesionaria del derecho hereditario que le correspondía a ROSA MATILDE CASTRO RODRIGUEZ o ROSA MATILDE MENDEZ, hija del causante; y se ha nombrado a las aceptantes en el concepto expresado, interinamente, administradoras y representantes de la sucesión, con las facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente. Se cita a quienes se consideren con derecho a tal herencia, para que dentro del término de quince días contados a partir del siguiente de la tercera publicación de este aviso, se presenten a deducirlo. JUZGADO DE LO CIVIL: Zacatecoluca, dieciséis de junio del año dos mil tres. Dr. LUIS SALVADOR PEÑA, JUEZ DE LO CIVIL. JORGE ALBERTO RODRIGUEZ, ANA FELICITA ESTRADA, Juez de lo Civil de este Distrito Judicial, al público para los efectos de ley, HACE SABER: que por resolución de las doce horas de este día, se ha tenido por aceptada expresamente y con beneficio de inventario de parte de la señora SANTOS ANDREA RAMIREZ, de sesenta y dos años de edad, de oficios domésticos y del domicilio de San Cayetano Istepeque de este Departamento, la herencia intestada que a su defunción dejó el señor JAIME ELISEO RAMIREZ, quien fue de veintidós años de edad, Bachiller Comercial-Contador, soltero y de este domicilio, quien falleció el día dos de Febrero del corriente año, en esta ciudad de San Vicente, lugar de su último domicilio, en concepto de madre sobreviviente del causante. Y se ha nombrado a la aceptante administradora y representante interina de la sucesión con las facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente. Juzgado de lo Civil: San Vicente, a los veinticinco días del mes de junio del año dos mil tres. Dra. ANA FELICITA ESTRADA, JUEZ DE LO CIVIL. Lic. LILIAN MABEL RUIZ DE SALINAS, SECRETA- RIA. 3 v. alt. No MARIA ESTHER FERRUFINO v. DE PARADA, JUEZ SEGUNDO DE LO CIVIL DE SAN MIGUEL, HACE SABER: que en el Juicio Civil Ejecutivo que promueve el Licenciado LUIS SANTIAGO ESCOBAR ROSA como APODERADO General Judicial del señor JOSE DE LA CRUZ HERRERA conocido por JOSE DE LA CRUZ HERRERA RAMOS, contra el señor ADOLFO RIVAS, reclamándole cantidad de colones intereses y costas procesales, se venderá en pública subasta el siguiente inmueble: Un terreno de naturaleza rústica hoy urbanizado, situado en los suburbios de esta ciudad, distrito y departamento de San Miguel. en el Cantón El Amate descrito como lote número TREINTA de la extensión superficial de DOSCIENTOS OCHENTA METROS CUADRADOS, de las medidas y linderos siguientes: Al NORTE, mide veintiocho metros, linda con lote número treinta y uno, propiedad de la vendedora; Al SUR, mide veintiocho metros linda, con lote número veintinueve propiedad de MANUEL DE JESUS GUTIERREZ; Al ORIENTE, mide diez metros y linda con lote número diez propiedad de la vendedora Avenida Medina de por medio y Al PONIENTE, mide diez metros linda con lote número cincuenta propiedad de JORGE ARTURO VARGAS SANTOS, en esta, porción no hay ninguna construcción ni cultivos, inscrito a su favor en el Registro de la Propiedad Raíz e Hipotecas de la Primera Sección de Oriente bajo el número SESENTA Y CUATRO del Libro UN MIL CINCUENTA Y UNO de propiedad del departamento de San Miguel. Lo que se pone en conocimiento del público para los efectos de Ley: Librado en el Juzgado segundo de lo Civil: San Miguel, a las doce horas veintidós minutos del día diecisiete de Junio del dos mil tres. Dra. MARIA ESTHER FERRUFINO v. DE PARADA, JUEZ SEGUNDO DE LO CIVIL. Lic. MARTA DOLORES COREAS, SECRETARIA. 3 v. alt. No v. alt. No

59 DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 2 de Julio de EDUARDO JAIME ESCALANTE DIAZ JUEZ CUARTO DE LO MERCANTIL DE ESTE DISTRITO JUDICIAL, AL PUBLICO EN GENERAL, HACE SABER: Que en el Juicio Ejecutivo Mercantil promovido por la Licenciada BLANCA ESTELA FIGUEROA ALAS, Apoderada Especial Judicial de la CAJA DE CREDITO DE SUCHITOTO, SOCIE- DAD COOPERATIVA DE RESPONSABILIDAD LIMITADA DE CAPITAL VARIABLE, contra el señor MIGUEL ANGEL CORVERA RAMOS, se venderá en Pública Subasta en este Tribunal, una porción de terreno rústico, que formó parte de la Hacienda "EL OBRAJE", situado en el Cantón Palacios, jurisdicción de San Rafael Cedros, Departamento de Cuscatlán y que se describe así: PARCELA NUMERO NOVECIEN- TOS SETENTA Y SIETE PLICA VEINTISEIS, con la descripción técnica siguiente: Partiendo del esquinero Nor-Poniente según plano levantado de la propiedad de la cual se desmembra la que se describe, linda: AL NORTE, con lote novecientos setenta y siete sobre veintidós propiedad de FINATA, camino vecinal de por medio; AL ORIENTE, con lotes novecientos setenta y siete sobre veinticinco y novecientos setenta y siete sobre treinta y ocho; ambos propiedad de FINATA, camino vecinal de por medio; AL SUR, con lotes novecientos setenta y siete sobre treinta y siete y novecientos setenta y siete sobre veintinueve ambos propiedad de FINATA, el último con camino vecinal de por medio: AL PONIENTE, con lotes novecientos setenta y siete sobre veintinueve y novecientos setenta y siete sobre veintisiete ambos propiedad de FINATA, camino vecinal de por medio, llegando con este último lindante descrito al punto donde se inició la presente descripción siendo el área de una hectárea veinticinco áreas noventa y ocho punto veinticinco centiáreas equivalentes a una manzana ocho mil veinticinco punto noventa y cuatro varas cuadradas. Dicha porción de terreno rústico está inscrita a favor del señor MIGUEL ANGEL CORVERA RAMOS, en la Matrícula número M CERO CINCO CERO NOVENTA Y SEIS MIL QUINIENTOS CINCUENTA Y TRES del Registro de la Propiedad Raíz e Hipotecas de la Primera Sección del Centro. Lo que se avisa al Público para los efectos legales consiguientes. LIBRADO: En el Juzgado Cuarto de lo Mercantil: San Salvador, a las diez horas y treinta minutos del día veintinueve de mayo de dos mil tres. Lic. EDUARDO JAIME ESCALANTE DIAZ, JUEZ CUARTO DE LO MERCANTIL. Lic. ELENA ELIZABETH AYALA ORELLA- NA, SECRETARIA. 3 v. alt. No JOSE MANUEL MOLINA LOPEZ, JUEZ TERCERO DE LO CIVIL DE ESTE DISTRITO JUDICIAL. HACE SABER: Al público para efectos de ley, que por ejecución seguida en este Tribunal por el Licenciado JOSE ATILANO MEJIA VIDES, como apoderado del FONDO SOCIAL PARA LA VIVIENDA, Institución de Crédito Autónoma, de este domicilio, que se abrevia "El Fondo", contra el señor JOSE GALILEO RENDEROS CORCIO, conocido por JOSE GALILEO CORCIO RENDEROS, mayor de edad, Empleado, del domicilio de Apopa, actualmente de domicilio ignorado y representado por su Curador Especial Doctor RENE AYALA MEN- DOZA, reclamándole cantidad de colones y demás accesorios legales, se venderá en Pública Subasta en este Juzgado, el bien inmueble embargado siguiente: """""" Un lote de terreno urbano y construcciones que contiene, marcado con el número QUINCE, Polígono OCHO, de la URBANI- ZACION VALLE VERDE, PRIMERA ETAPA, situado en el Cantón San Nicolás, jurisdicción de Apopa, de este Departamento, de una extensión superficial de CINCUENTA METROS CUADRADOS, con un área de construcción de VEINTISIETE METROS CUADRADOS, cuya descripción técnica es la siguiente: LOTE NUMERO QUINCE POLIGONO OCHO: Partiendo de la intersección formada por los ejes de la Calle Principal y Pasaje "E", se mide sobre el eje de este último con rumbo Norte treinta grados veinticuatro punto nueve minutos Este una distancia de setenta y ocho punto cincuenta metros. Haciendo estación en este punto se hace una deflexión de noventa grados positiva y distancia de dos punto cincuenta metros, se llega al vértice suroeste de donde se inicia la presente descripción. LADO PONIENTE: Tramo recto con rumbo Norte treinta grados veinticuatro punto nueve minutos Este y distancia de cinco metros, se llega al vértice Noroeste. Linda en este costado con lote número veintisiete del Polígono seis pasaje E de cinco metros de ancho de por medio, LADO NORTE: Tramo recto con rumbo Sur cincuenta y nueve grados treinta y cinco punto un minuto este y distancia de diez metros, se llega al vértice Noreste, linda en este costado con lote número dieciséis del mismo polígono. LADO ORIENTE: Tramo recto con rumbo Sur treinta grados veinticuatro punto nueve minutos Oeste y distancia de cinco metros se llega al vértice Sureste, linda en este costado con lote número cincuenta y tres del mismo polígono. LADO SUR: Tramo recto con rumbo Norte cincuenta y nueve grados treinta y cinco punto un minuto Oeste y distancia de diez metros, se llega al vértice Suroeste, de donde se inició la presente descripción. Linda en este costado con lote número catorce del mismo polígono. El área del lote descrito es de CINCUENTA METROS CUADRADOS, equivalentes a SETENTA Y UNA PUNTO CINCUENTA Y CUATRO VARAS CUADRADAS. Dicho inmueble se encuentra inscrito a favor del señor JOSE GALILEO RENDEROS CORCIO, conocido por JOSE GALILEO CORCIO RENDEROS, bajo la Matrícula CERO UNO - UNO CERO CUATRO OCHO UNO TRES - CERO CERO CERO, del Registro Social de Inmuebles de este Departamento. Se admitirán posturas que se hagan siendo legales. Librado en el Juzgado Tercero de lo Civil: San Salvador, a las diez horas y treinta y cinco minutos del día doce de junio de dos mil tres.- Dr. JOSE MANUEL MOLINA LOPEZ, JUEZ TERCERO DE LO CIVIL. Br. ALEX ALBERTO SORTO MELARA, 3 v. alt. No CARLOS ROBERTO URBINA AVILES, JUEZ QUINTO DE LO CIVIL DE ESTE DISTRITO JUDICIAL, HACE SABER: Al público para efectos de Ley, que por ejecución seguida en este Tribunal por el Licenciado JOSE MARIO DENIS MOLINA, en su carácter de Apoderado Especial Judicial del FONDO SOCIAL PARA LA VIVIENDA, contra el señor MANUEL DE JESUS APARICIO, conocido por MANUEL DE JESUS MARTINEZ APARI- CIO, reclamándole cantidad de colones y demás accesorios legales, se venderá en pública subasta en este Tribunal, en fecha que oportunamente se indicará, el bien inmueble embargado siguiente: Lote urbano y construcciones que contiene marcado con el número treinta del grupo treinta y tres, de la Urbanización Bosques del Río, número tres, situada en jurisdicción de Soyapango y en él hay construida una casa de sistema mixto completamente nueva y con todos sus servicios y tiene la localización, medidas y linderos siguientes: LOTE NUMERO TREINTA DEL GRUPO NUMERO TREINTA Y TRES, a partir de la intersección de la Calle Circunvalación y el pasaje número veintitrés abiertos en la Urbanización, se mide sobre el eje del pasaje número veintitrés, ochenta y dos punto cincuenta metros; con deflexión derecha de noventa grados y con distancia de tres metros se llega al esquinero Nor-Este del lote que se describe el cual tiene los siguientes linderos y medidas: AL ESTE, linda con lote número veintinueve del grupo número treinta y dos da la Colonia Bosques del Río número tres, pasaje numero veintitrés de por medio de seis metros de ancho, AL SUR, quince metros, rumbo Sur, setenta y dos grados veintiuno punto ocho minutos Oeste, linda con lote número treinta y dos del grupo número treinta y tres de la Colonia Bosques del Río número tres: AL OESTE, cinco metros rumbo Norte diecisiete grados treinta y ocho punto dos minutos Oeste, linda con lote número veintinueve del grupo número treinta y tres de la Colonia Bosques del Río número tres: AL NORTE, quince metros, rumbo Norte setenta y dos grados veintiuno punto ocho minutos Este linda con lote número veintiocho del grupo número treinta y tres de la Colonia Bosques del Río número tres. El lote así descrito tiene un área de SETENTA Y

60 60 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 360 CINCO METROS CUADRADOS, equivalentes a CIENTO SIETE PUNTO TREINTA Y UNA VARAS CUADRADAS, y linda por todos sus rumbos con lotes que son o han sido propiedad de la Sociedad Orfilio Valiente y Compañía, Sociedad en Comandita. El lote antes descrito está inscrito a favor del ejecutado bajo el número SESENTA Y CINCO del Libro CUATRO MIL DOSCIENTOS VEINTINUEVE, del Registro de la Propiedad Raíz e Hipotecas de la Primera Sección del Centro de este Departamento. Lo que se hace del conocimiento del público para los efectos de Ley. Librado en el Juzgado Quinto de lo Civil: San Salvador, a las diez horas y treinta minutos del día ocho de mayo del año dos mil tres-. Lic. CARLOS ROBERTO URBINA AVILES, JUEZ QUINTO DE LO CIVIL. Lic. ANGEL ANTONIO CORNEJO CAÑENGUEZ, SECRE- TARIO. 3 v. alt. No JOSE MANUEL MOLINA LOPEZ, JUEZ TERCERO DE LO CIVIL DE ESTE DISTRITO JUDICIAL: HACE SABER: al público para efectos de ley, que por ejecución seguida en este Tribunal, por el Licenciado JOSE MARIO DENIS MOLINA, como Apoderado del FONDO SOCIAL PARA LA VIVIEN- DA, Institución de Crédito Autónoma, creada por ley, de este domicilio que se abrevia " EL FONDO" contra el señor TEODORO GARCIA RIVAS, de treinta y nueve años de edad, Vigilante, del domicilio de Candelaria, reclamándole cantidad de colones y demás accesorios legales, se venderá en este Juzgado en pública subasta, el bien inmueble embargado siguiente: "Un inmueble de naturaleza urbana, situado en la Urbanización San Bartolo, Polígono CINCO, Jurisdicción de Ilopango, Departamento de San Salvador, en el cual se encuentra construida una casa de sistema mixto, marcada con el número NOVENTA Y TRES-A, con todos sus servicios, que contiene y tiene la localización, medidas y linderos siguientes: Partiendo de la intersección de los pasajes números Cuatro y Pasaje "A", ambos abiertos en esta urbanización y midiendo sobre este último una distancia de quince metros y con rumbo Norte cero cuatro grados cuarenta y tres punto cinco minutos Oeste, partiendo de este punto con deflexión derecha de noventa grados, rumbo Norte ochenta y cinco grados dieciséis punto cinco minutos Este y distancia de tres metros se llega al vértice Noroeste del lote que se describe: LADO NORTE, con una distancia de diez metros y con rumbo Norte ochenta y cinco grados dieciséis punto cinco minutos Este se llega al vértice Noroeste, lindando con lote número Noventa y tres del Polígono Cinco propiedad de P.M.V.- Constructora S.A. de C.V.- LADO ORIENTE: con una distancia de seis metros con rumbo Sur cero cuatro grados cuarenta y tres punto cinco minutos Este se llega al vértice Sureste, lindando con lote número Noventa y dos del polígono Cinco, propiedad de P.M.V. Constructora S.A. DE C.V.- LADO SUR: con una distancia de diez metros y con rumbo Sur ochenta y cinco grados dieciséis punto cinco minutos Oeste se llega al vértice Suroeste, lindando con lote número Noventa y Tres- B, del Polígono Cinco, propiedad P.M.V. Constructora S.A. DE C.V.- LADO PONIENTE: con una distancia de seis metros y con rumbo Norte cero cuatro grados cuarenta y tres punto cinco minutos Oeste se llega al vértice Noroeste, lindando con lote número Dieciséis del Polígono Cinco, propiedad del Fondo Social Para la Vivienda, Pasaje A, de seis metros de ancho de por medio. El lote así descrito tiene un área de SESENTA METROS CUADRADOS, equivalentes a OCHENTA Y CINCO PUNTO OCHENTA CINCO VARAS CUADRADAS y es propiedad del señor TEODORO GARCIA RIVAS, según inscripción número CINCUENTA Y SIETE del Libro CUATRO MIL DOSCIENTOS VEINTITRES y actualmente inscrito al Asiento número cero cero CERO UNO de las Matrícula número M CERO CINCO UNO SEIS NUEVE DOS TRES OCHO, de la Propiedad de este Departamento. Se admitirán posturas que se hagan siendo legales. Librado en el Juzgado Tercero de lo Civil: San Salvador, a las nueve horas y quince minutos del día nueve de julio del año de dos mil dos.- Dr. JOSE MANUEL MOLINA LOPEZ, JUEZ TERCERO DE LO CIVIL. Br. ALEX ALBERTO SORTO MELARA, 3 v. alt. No CARLOS ROBERTO URBINA AVILES, JUEZ QUINTO DE LO CIVIL DE ESTE DISTRITO JUDICIAL; HACE SABER: Al público para efectos de Ley, que por ejecución seguida en este Tribunal por el Licenciado JOSE EDGARDO SALI- NAS, en su carácter de Apoderado Especial Judicial del FONDO SOCIAL PARA LA VIVIENDA, contra el señor VICTOR MANUEL PERALTA FLORES, mayor de edad, estudiante, del domicilio de esta ciudad, reclamándole cantidad de colones y demás accesorios legales, se venderá en pública subasta en este Tribunal, en fecha que oportunamente se indicará, el bien inmueble embargado siguiente: Lote de terreno urbano y construcciones que contiene marcado con el número SEIS- CIENTOS DOS, Calle Arturo Ambrogi, Block D, de la URBANIZA- CION denominada VALLE DEL SOL, situada en los Cantones San Nicolás y Las Tres Ceibas, jurisdicción de Apopa, de este Departamento, de una extensión superficial de CINCUENTA Y CINCO PUNTO CERO CERO METROS CUADRADOS, con un área de construcción de VEINTISEIS PUNTO CERO CERO METROS CUADRADOS, y un valor de construcción de TREINTA Y UN MIL DOSCIENTOS DIECI- SEIS COLONES QUINCE CENTAVOS. Y cuya descripción se inicia: Partiendo de la intersección de los ejes de la Avenida Santa Catarina y la Calle Arturo Ambrogi de la Urbanización VALLE DEL SOL, y midiendo una distancia de sesenta y uno punto cincuenta metros, sobre el eje de la calle, con rumbo Norte ochenta grados cincuenta y siete minutos cincuenta y cinco segundos Este se llega a un punto en el cual se hace una deflexión POSITIVA de noventa grados y midiendo una distancia de once punto cincuenta metros, se llega al esquinero NOROESTE, del lote que se describe, el cual mide y linda: AL NORTE: Recta de cinco punto cero cero metros, rumbo Norte ochenta grados cincuenta y siete minutos cincuenta y cinco segundos Este, linda con el lote número veinte del Block "E". Calle Arturo Ambrogi de dieciocho punto cero cero metros, de ancho de por medio, AL ORIENTE; Recta de once punto cero cero metros, rumbo Sur nueve grados cero dos minutos cero cinco segundos Este, linda con el lote número seiscientos uno de este mismo BIock, AL SUR; Recta de cinco punto cero cero metros, rumbo Sur ochenta grados cincuenta y siete minutos cincuenta y cinco segundos Oeste, linda con el lote número quinientos sesenta y dos de este mismo Block. AL PONIEN- TE. Recta de once punto cero cero metros, rumbo Norte nueve grados cero dos minutos cero cinco segundos Oeste, linda con el lote número seiscientos tres de este mismo Block.- Los lotes que se mencionan en las colindancias son o han sido propiedad de CONSTRUCTORA TENZE, S.A. DE C.V. El inmueble anteriormente descrito está inscrito a favor del ejecutado señor VICTOR MANUEL PERALTA FLORES, bajo el Sistema de Folio Real con la Matrícula Número CERO UNO- CIENTO TRECE MIL DOSCIENTOS SESENTA Y TRES-CERO CERO CERO INSCRIPCION DOS, del Registro de la Propiedad Raíz e Hipotecas de la Primera Sección del Centro de este Departamento. Lo que se hace del conocimiento del público para los efectos de Ley. Librado en el Juzgado Quinto de lo Civil: San Salvador, a las doce horas del día veintinueve de mayo del año dos mil dos.- Lic. CARLOS ROBERTO URBINA AVILES, JUEZ QUINTO DE LO CIVIL. Lic. ANGEL ANTONIO CORNEJO CAÑENGUEZ, 3 v. alt. No

61 DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 2 de Julio de JOSE HERNAN PALACIOS LIMA, JUEZ DE LO CIVIL DEL DIS- TRITO JUDICIAL DE METAPAN, Juzgado Primero de Primera Instancia: San Francisco Gotera, a las diez horas y veinte minutos del día nueve de junio de dos mil tres. Lic. JUAN CARLOS FLORES ESPINAL, JUEZ 1o. DE 1a. INSTANCIA. Br. YESENIA ROSIBEL VILLATORO DE ZUNIGA, SECRETARIA. HACE SABER: que a este Juzgado se ha presentado el Licenciado JORGE ERNESTO CARPIO SANDOVAL, actuando como Apoderado del señor JUAN JOSE HERNANDEZ GUTIERREZ, quien es de treinta y dos años de edad, comerciante, de este domicilio; solicitando se extienda a favor de su poderdante Título Supletorio de UN Inmueble de naturaleza rústica, situado en el lugar denominado El Infiernillo o Los Rincones de Teconalá, Cantón Las Piedras de esta comprensión, de una extensión superficial de VEINTE MANZANAS o su equivalente a CATORCE HECTAREAS, con los linderos siguientes: AL NORTE, con terreno de José Luis Galdámez, hoy su sucesión, cerco medianero; AL ORIENTE, con el señor Juan Recinos, cerco medianero; AL PO- NIENTE, con la sucesión del señor José Luis Galdámez, y una pequeña parte con Juan Gómez, a éstos los divide el camino vecinal por un cerco de piedra propiedad de la sucesión Galdámez, cerco de alambre de por medio; y AL SUR, con terrenos que fueron de Catarino Flores, luego de Petrona Flores, y en una pequeña parte con Juan Gómez; dicho inmueble es atravesado por un camino vecinal que conduce de Caserío El Cóbano al Desagüe el cual está cercado con cercos de alambre. No es predio dominante ni sirviente, ni se encuentra en proindivisión con persona alguna y lo valúa en la cantidad de CIENTO VEINTE MIL COLONES. Lo que se hace del conocimiento del público para los efectos de Ley. Juzgado de lo Civil: Metapán, a las diez horas con cuarenta minutos del día veintiuno de enero del año dos mil dos. Lic. JOSE HERNAN PALACIOS LIMA, JUEZ DE LO CIVIL. Lic. EDGAR GUILLERMO MOLINA, SECRETARIO Into. 3 v. alt. No JUAN CARLOS FLORES ESPINAL, JUEZ PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA; DE SAN FRANCISCO GOTERA, DEPARTAMENTO DE MORAZAN. HACE SABER: que a este Juzgado se ha presentado el Licenciado HENRY ALEXANDER ZAPATA FUENTES, Apoderado General Judicial del señor JULIO ALBERTO ROSA MORALES, solicitando TITULO SUPLETORIO, de un terreno de naturaleza rústica, situado en el Cantón San Pedro Río Seco, jurisdicción de El Divisadero, Departamento de Morazán, de la capacidad superficial de SEISCIENTOS TREINTA METROS, SETENTA CENTIMETROS, de los linderos y medidas siguientes: AL PONIENTE, cuarenta y dos metros, con Imelda Guevara; AL NORTE, un metro, linda con terrenos de Juan Miranda Berrios, calle de por medio; AL ORIENTE, cuarenta y cinco metros, linda con Gregoria Rivera, y AL SUR, veintiocho metros, linda con Florinda Martínez. Dicho inmueble lo adquirió por compra que le hizo al señor JUAN MIRANDA BERRIOS, y la valúa en la cantidad de QUINCE MIL COLONES. 3 v. alt. No MANUEL PAZ CANALES, JUEZ SEGUNDO DE PRIMERA INS- TANCIA, DE ESTE DISTRITO JUDICIAL, al público para los efectos de Ley, HACE SABER: que en este Juzgado se ha presentado el Doctor ANGEL ALFONSO ESPINAL JUAREZ en calidad de Apoderado General Judicial del señor MIGUEL ANGEL ROMERO conocido por MIGUEL ANGEL ROMERO PORTILLO. Solicitando a favor de éste, se le extienda Título Supletorio, de tres Inmuebles: EL PRIMERO: Un terreno de naturaleza rústica, ubicado en el Cantón Zapotal de la jurisdicción de Joateca, Distrito de Jocoaitique, Departamento de Morazán de la capacidad Superficial de TREINTA Y UN MIL DOSCIENTOS DIECIOCHO METROS CUADRADOS, de las medidas y linderos siguientes: AL ORIENTE, mide trescientos metros, linda con Francisca Argueta y Sucesión de Eusebio Argueta, representada por Agustina Argueta, cerco de alambre de por medio del terreno que se describe; AL NORTE, mide ciento noventa metros, con la sucesión de Eusebio Argueta, representada por Agustina Argueta, cerco de alambre de por medio del terreno que se describe; AL PONIENTE, mide doscientos, dieciséis metros, linda con terrenos de la sucesión de Eusebio Argueta representada por Agustina Argueta, cerco de alambre de por medio del terreno que se describe; y AL SUR, mide cincuenta y dos metros, linda con la sucesión de Concepción Amaya, cerco de alambre de por medio del terreno que se describe, hasta llegar donde se comenzó. Dicho terreno lo valora en la cantidad de CINCO MIL COLONES. EL SEGUNDO: Un terreno de naturaleza rústica, ubicado en el Cantón Zapotal de la jurisdicción de Joateca, Distrito de Jocoaitique, Departamento de Morazán, de la capacidad Superficial de TREINTA MIL SETENTA Y DOS METROS SETENTA Y CINCO DECIMETROS CUADRADOS, de las medidas y linderos siguientes; AL ORIENTE, mide trescientos veinte metros, con terrenos de Salvador Argueta, cerco de alambre de por medio; AL NORTE, mide ciento cincuenta y nueve metros, con terrenos de Arnulfo Romero y Aquileo Argueta, cerco de alambre de por medio; AL PONIENTE, mide setenta y siete metros, linda con Miguel Chicas, cerco de alambre de por medio y AL SUR, mide ciento cuarenta y cuatro metros, con terreno de Aniceto Saenz y Martina Argueta, cerco de alambre de por medio, hasta llegar donde se comenzó. Dicho Terreno lo valora en la cantidad de CINCO MIL COLONES. EL TERCERO: Un terreno de naturaleza rústica, ubicado en el lugar Chupadero, Cantón Zapotal, de la jurisdicción de Joateca, Distrito de Jocoaitique, Departamento de Morazán, de la capacidad Superficial de TREINTA Y TRES MIL NOVECIENTOS SETENTA Y DOS METROS CUADRADOS, de las medidas y linderos siguientes; AL ORIENTE, mide doscientos treinta y un metros, linda con José María Romero, cerco de alambre de por medio; AL NORTE, mide ciento cuarenta metros, linda con terreno de Julio Blanco y Salvador Argueta, cerco de alambre de por medio con los colindantes, AL PONIENTE, mide doscientos dieciséis metros, linda con la sucesión de Cándida Romero, representada por Cecilio Romero, cerco de alambre de por medio; y AL SUR, mide ciento sesenta y cuatro metros, linda con la sucesión de Cándida Romero, representada por Cecilio Romero, cerco de alambre de por medio, hasta llegar donde se comenzó. Lo valora en la cantidad de CINCO MIL COLONES. Los

62 62 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 360 inmuebles antes relacionados los adquirió por Escritura Pública de compraventa de posesión Material, otorgada en esta ciudad, a las diez horas del día veintiuno de noviembre del año dos mil dos, por el señor Santos Ligorio Reyes, no son ejidales, baldíos, ni comunales no tienen cargas ni derechos reales ajenos, no son predios dominantes ni sirvientes. La posesión de dichos inmuebles data desde el mes de noviembre del año dos mil dos, más agregando la posesión de su antecesor dueño hasta esta fecha suman más de veinte años consecutivos, en una forma quieta, pacífica e interrumpida sin proindivisión con persona alguna, consistiendo dicha posesión en sembrarlos, cercarlos, arrendarlos y pastar algunos animales todo sin pedirle consentimiento a nadie. Lo que se hace del conocimiento del público para los efectos legales consiguientes. Librado en el Juzgado Segundo de Primera Instancia: San Francisco Gotera, a las once horas del día cinco de mayo del dos mil tres. Lic. MANUEL PAZ CANALES, JUEZ 2o. DE 1a. INSTANCIA. Lic. ROSA ERMELINDA GUTIERREZ, SECRETARIA. 3 v. alt. No MANUEL PAZ CANALES, JUEZ SEGUNDO DE PRIMERA INS- TANCIA DE ESTE DISTRITO JUDICIAL, al público para los efectos de Ley, HACE SABER: que en este Juzgado se ha presentado el Doctor ANGEL ALFONSO ESPINAL JUAREZ, en calidad de Apoderado General Judicial del señor ADAN VILLELAZ, solicitando a favor de éste se le extienda Título Supletorio, de un terreno de naturaleza rústica, situado en el Cantón Agua Zarca, Caserío El Tablón de la jurisdicción de Osicala, Distrito del mismo nombre, Departamento de Morazán, de la capacidad de VEINTISEIS MIL CUATROCIENTOS CUARENTA Y TRES METROS SETENTA DECIMETROS CUADRADOS, de las medidas y linderos siguientes: AL ORIENTE: mide doscientos sesenta y cuatro metros, cuarenta y tres centímetros setenta milímetros, con propiedad de Gregorio Villelas Portillo, antes hoy con la sucesión de éste; AL NORTE, mide cien metros, con propiedad de Apolonio Romero, José León Argueta, Victoriano Díaz Argueta y Manuel Israel Díaz Del Cid, calle de por medio; AL PONIENTE, mide doscientos sesenta y cuatro metros cuarenta y tres centímetros setenta milímetros, con propiedad de Oscar Vásquez y María Nicolasa Vásquez Villalta, brotones de jiote de por medio; y AL SUR, mide cien metros, con Rosa Cándida Portillo Díaz de Rivera y Cooperativa San Carlos, camino vecinal de por medio, hasta llegar a donde se comenzó. Dentro de este terreno existen cuatro casas construidas, la primera techo de tejas, paredes de adobe, piso de ladrillo de cemento de diecisiete varas de largo por nueve varas de ancho, la segunda techo de tejas, paredes de bloque, piso de ladrillo de cemento, que mide dieciséis varas de largo por nueve varas de ancho; la tercera techo de tejas, paredes de bloque, piso fraguado de cemento, de nueve varas de largo por seis varas de ancho y la cuarta techo de tejas, paredes de bloque de cemento, piso de tierra de diecisiete de varas de largo, por once varas de ancho. Dicho inmueble lo valora en el precio de VEINTE MIL COLONES EXACTOS, y al estar arrendado produciría de renta anual la suma de MIL SEISCIENTOS SESENTA Y SEIS COLO- NES CON SESENTA Y SEIS CENTAVOS. El Inmueble antes relacionado lo adquirió por Escritura Pública de compraventa de Posesión Material, otorgada en esta ciudad, a las diez horas con treinta minutos, del día nueve de septiembre del año dos mil dos, por el señor JOSE ANTONIO BACA VILLELAS, de la cual agrega original con su copia. No es ejidal, baldío, ni comunal, no tiene cargas ni derechos reales ajenos, no es predio dominante ni sirviente. La posesión de dicho inmueble data desde el mes de Septiembre del año dos mil dos., más agregando la posesión de su antecesor dueño, hasta esta fecha suman más de treinta años consecutivos, en una forma quieta, pacífica e ininterrumpida sin proindivisión con persona alguna, consistiendo dicha posesión en sembrarlo, cercarlo, arrendarlo y pastar algunos animales todo sin pedirle consentimiento a nadie. Lo que se hace del conocimiento del público para los efectos de legales consiguientes. Librado en el Juzgado Segundo de Primera Instancia: San Francisco Gotera, a las diez horas y veinte minutos del día cuatro de marzo del dos mil tres. Lic. MANUEL PAZ CANALES, JUEZ 2o. DE 1a. INS- TANCIA. Lic. ROSA ERMELINDA GUTIERREZ, SECRETARIA. 3 v. alt. No MANUEL PAZ CANALES, Juez Segundo de Primera Instancia de este Distrito Judicial. Al público para los efectos de Ley, HACE SABER: que a este Tribunal se ha presentado el Doctor ANGEL ALFONSO ESPINAL JUAREZ, como Apoderado General Judicial del señor FRANCISCO VASQUEZ, a solicitar a favor de éste TITULO SUPLETORIO, sobre tres lotes de terrenos de naturaleza rústica, situados, el PRIMERO: en el Cantón Azacualpa jurisdicción de San Fernando, Distrito de Jocoaitique, Departamento de Morazán, de la capacidad de VEINTIUN MIL CIENTO CINCUENTA METROS CUA- DRADOS de las medidas y linderos siguientes; AL ORIENTE, mide setenta metros, linda con Virgilio Ramírez y Marcial Argueta, divididos por calle de por medio; AL NORTE, mide doscientos diez metros, linda con Marina Ramos y Sabino Vásquez, divididos con la primera por quebrada de por medio y con el segundo por brotones de Izote de por medio; AL PONIENTE, mide ciento diez metros, linda con Sabino Vásquez, divididos por cerco de alambre de por medio y AL SUR, mide doscientos sesenta metros, linda con Cleotilde Vásquez y Juan de Dios Vásquez, divididos por Zanjuela de Agua de por medio, hasta llegar donde se comenzó. Que dicho inmueble lo valora en la cantidad de OCHO MIL COLONES, y lo adquirió por Escritura Pública de Compraventa de la posesión material otorgada en esta ciudad el día diecinueve de Septiembre de mil novecientos noventa y ocho, por la señora Margalida Vásquez Del Cid; EL SEGUNDO: de la capacidad de NUEVE MIL CIENTO SETENTA Y CUATRO METROS CUADRADOS, de las medidas y linderos siguientes; AL ORIENTE, mide ciento sesenta y cinco metros, linda con Raúl Arturo Nolasco, quebrada de por medio; AL PONIENTE, mide ciento trece metros, linda con resto de terreno que le quedó a la vendedora que lo fue María del Rosario Carranza Ventura, cerco de alambre de por medio; AL NORTE, mide cuarenta y siete metros, linda con Raúl Arturo Nolasco, quebrada de por medio y AL SUR, mide ochenta y cinco metros, linda con terreno de la señora María Rosario Carranza Ventura, calle de por medio hasta llegar donde se comenzó. Dicho inmueble lo valora en la cantidad de TRES MIL COLONES, y lo adquirió por compraventa de la posesión material en escritura pública otorgada en esta ciudad ante los oficios notariales del Doctor ANGEL ALFONSO ESPINAL JUAREZ, por la señora María del Rosario Carranza Ventura el día veinticinco de Julio del año dos mil dos. y EL TERCERO: Un terreno de naturaleza rústica, ubicado en el Cantón Azacualpa de la jurisdicción de San Fernando, Distrito de Jocoaitique, Departamento de Morazán, de la capacidad de VEINTI-

63 DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 2 de Julio de SIETE MIL TRESCIENTOS NUEVE METROS CINCUENTA DECI- METROS CUADRADOS de las medidas y linderos siguientes: AL ORIENTE, mide ciento cuarenta y tres metros linda con terreno de Esteban Iglesias y Marcial Argueta, carretera de por medio que va al Caserío Tiembla Tierra; AL NORTE, doscientos noventa metros, linda con Francisco Vásquez, o sea el titulante, zanjuela de agua permanente de por medio, como también con terrenos de Sabino Vásquez, cerco de alambre en parte y zanjuela de agua de por medio; AL PONIENTE, cincuenta metros linda con Santiago Ventura, callejón de por medio y AL SUR, doscientos setenta y seis metros, linda con Santiago Ventura en parte callejón y cerco de alambre de por medio, como también linda con María Santos Ramos, zanjuela de agua medianera, de por medio y también linda con la sucesión de Marco Fermán representada por Isabel Fermán, divididos por una zanjuela artificial de por medio hasta llegar donde se comenzó. Existen dos casas construidas la primera techo de tejas, paredes de adobe, piso de tierra de ocho metros de largo por seis metros de ancho; la segunda casa de techo de tejas, paredes de zacual, piso de tierra de cinco metros de largo por cuatro metros de ancho. En el predio descrito hay un callejón de salida de cinco metros de ancho por doscientos cincuenta metros de largo, comenzando del rumbo Poniente del fundo descrito atravezando todo el inmueble, hasta llegar a la calle real donde hay un árbol de amate, también existen dos ojos de agua y dicho inmueble lo valora en el precio de CINCO MIL COLONES, lo adquirió por compraventa de la posesión material en Escritura Pública otorgada en esta ciudad ante los oficios notariales del mencionado Doctor ESPINAL JUAREZ, el día diecinueve de abril del año dos mil dos, por el señor Juan de Dios Vásquez. Librado en el Juzgado Segundo de Primera Instancia; San Francisco Gotera a las nueve horas y treinta y cinco minutos del día catorce de enero del año dos mil tres. Lic. MANUEL PAZ CANALES, JUEZ 2o. DE 1a. INSTANCIA. Licda. ROSA ERMELINDA GUTIERREZ SAN- CHEZ, SECRETARIA. EL INFRASCRITO ALCALDE MUNICIPAL: 3 v. alt. No HACE SABER: que a esta oficina se ha presentado el señor Ramiro Alfonso, conocido por Ramiro Alfonzo y por Amílcar Alfonso y por Amílcar Alfonso, de setenta y tres años de edad, motorista, del domicilio de la ciudad de Nejapa, Departamento de San Salvador, con Carnet Electoral número cero ocho cero-uno treinta y uno diez veintinueve cero cero cero -uno y con su Número de Identificación Tributaria cero ocho veintiuno treinta y uno diez veintinueve cero cero uno- tres solicitando por sí y por escrito Título de Propiedad de un Inmueble de naturaleza urbana, situado en Avenida Isaac Esquivel N a 30, Barrio El Rosario, de esta jurisdicción que consta de UN MIL CIENTO CUARENTA Y CUATRO PUNTO CUARENTA Y CINCO METROS CUADRADOS equivalentes a UN MIL SEISCIENTOS TREINTA Y SIETE PUNTO CUARENTA Y SIETE VARAS CUADRADAS, siendo su descripción técnica como sigue: Partiendo del esquinero Norponiente de la propiedad, Identificado como el mojón número uno del plano respectivo, en el sentido horario AL NORTE: Línea quebrada compuesta de siete tramos; el primero con rumbo Norte setenta y siete grados veintinueve minutos treinta y siete segundos Este y una distancia de once metros noventa y nueve centímetros ; el segundo con rumbo Sur ochenta y nueve grados treinta y seis minutos cincuenta y siete segundos Este y una distancia de veintidós metros veintiún centímetros; el tercero con rumbo Norte cero grados veintiún minutos cuarenta y seis segundos Este y una distancia de diez metros noventa y dos centímetros; el cuarto con rumbo Sur sesenta y tres grados veintisiete minutos treinta y nueve segundos Este y una distancia de dos metros ochenta y un cantímetros, el quinto con rumbo Sur sesenta y dos grados diecisiete minutos veinticuatro segundos Este y una distancia de siete metros setenta y dos centímetros ; el sexto con rumbo Sur sesenta grados veintitrés minutos cuatro segundos Este y una distancia de dieciocho metros setenta y un centímetros; el séptimo con rumbo Sur cincuenta y ocho grados cincuenta y cuatro minutos veinticuatro segundos Este y una distancia de quince metros dos centímetros; lindando en estos tramos con Ramiro Alfonso Natividad Martínez Cruz, Juan Antonio Ríos Clavel, Gonzalo Quijada Solís y Carmen Rodríguez, los cuatro últimos colindantes, cerco de por medio. AL ORIENTE; línea quebrada compuesta de dos tramos; el primero con rumbo Sur treinta y seis grados cuarenta y un minutos trece segundos Oeste y una distancia de catorce metros veintiocho centímetros; el segundo con rumbo Sur cuarenta y seis grados dieciocho minutos cuatro segundos Este y una distancia de siete metros veintiocho centímetros, lindando en estos tramos con Delia Esquivel Cortés y Otros, cerco de por medio AL SUR: línea semirecta compuesta de dos tramos; el primero con rumbo Sur ochenta y siete grados cuarenta y siete minutos veintisiete segundos Oeste y una distancia de diecisiete metros dieciséis centímetros ; el segundo con rumbo Sur ochenta y siete grados cincuenta minutos tres segundos Oeste y una distancia de diecisiete metros sesenta y un centímetro, lindando en estos tramos con: Angela Maldonado y Carlos Salazar González, pared de ladrillo de por medio. AL PONIENTE: línea quebrada compuesta de seis tramos; el primero con rumbo Norte cinco grados diecisiete minutos cuarenta y ocho segundos Este y una distancia de seis metros diecisiete centímetros, el segundo con rumbo Norte cinco grados veintinueve minutos treinta y cinco segundos Oeste y una distancia de seis metros veintiocho centímetros; el tercero con rumbo Norte tres grados cuarenta minutos veinte segundos Oeste y una distancia de diez metros ochenta y siete centímetros; el cuarto con rumbo Norte ochenta y nueve grados treinta y seis minutos cincuenta y siete segundos Oeste y una distancia de veintidós metros nueve centímetros; el quinto con rumbo Sur setenta y siete grados veintinueve minutos treinta y siete segundos Oeste y una distancia de diez metros noventa y siete centímetros; el sexto con rumbo Norte diecinueve grados cuarenta y ocho minutos cuarenta y siete segundos Oeste y una distancia de cuatro metros veintiocho centímetros, llegando así al mojón número uno que es nuestro inicio y cierre de la presente descripción técnica, lindando en estos tramos con: VICENTE MEDINA; ROSARIO QUIJADA MENJIVAR, MAURICIO ORLANDO GONZALEZ, pared de ladrillos de por medio y con RINA ESCALANTE, Avenida Issac Esquivel de por medio. No es dominante ni sirviente, no tiene carga ni derechos reales de ajena pertenencia, ni está en proindivisión con ninguna otra persona, al inmueble anteriormente descrito lo hubo por compra hecha a RAFAELA ALFONSO VELASQUEZ; fallecida, y con quien no otorgamos ninguna clase de instrumento por manifestarme que el inmueble carecía de documento inscrito en el Registro de la Propiedad Raíz e Hipotecas de este Departamento. El inmueble lo estima en la Cantidad de VEINTI- CINCO MIL 00/100 COLONES. Los colindantes son todos de este domicilio y se avisa al público para los efectos de Ley. ALCALDIA MUNICIPAL DE NEJAPA, a los diecinueve días del mes de junio de dos mil tres. RENE CANJURA, ALCALDE MUNICI- PAL.- DORE SANTIAGO GONZALEZ, SECRETARIO MUNICI- PAL.- 3 v. alt. No

64 64 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 360 El Infrascrito Alcalde Municipal, AVISA: que a esta oficina se ha presentado la señora FRANCIS- CA HERNANDEZ CORETO, de treinta y tres años de edad, Ama de Casa, del domicilio de Cuisnahuat, departamento de Sonsonate, con Documento Unico de Identidad número cero cero nueve uno tres seis seis cero cinco guión dos, con Número de Identificación Tributaria cero trescientos cuatro guión cero setenta mil ciento setenta guión ciento uno guión cuatro ;solicitando a su favor Título de Propiedad y Dominio de Un Inmueble de Naturaleza Urbana, situado en el Barrio El Calvario, de la Población de Cuisnahuat, departamento de Sonsonate, con extensión superficial de TRESCIENTOS SESENTA Y CINCO PUNTO SESEN- TA Y DOS METROS CUADRADOS, pero según medida catastral es de TRESCIENTOS SETENTA Y TRES PUNTO SETENTA Y CINCO METROS CUADRADOS, de las medidas y colindancias siguientes: NORTE: mide dieciséis metros con cincuenta centímetros, linda con Santos Inocencio Sinecio Sierra, PONIENTE: diecisiete metros cincuenta centímetros linda con Remberto Hernández Quintanilla y Hugo Abiel Hernández Ferrer, SUR: veintiún metros cero centímetros, linda con Remberto Hernández Quintanilla, y ORIENTE: veintiún metros cincuenta centímetros, linda con Cándido Hernández, cerco de alambre de púa de por medio, ajeno; en dicho Inmueble se encuentra construida una casa paredes de bahareque y techo de lámina. -El Inmueble antes descrito no es predio sirviente ni dominante, no tiene carga ni derecho real que respetar no está en proindivisión con nadie, lo tiene por compra hecha a la señora Francisca Javier Hernández Martír, la cuál a ejercido por más de diez años en forma continua e ininterrumpida, los colindantes son de este domicilio, lo estima en Diez mil colones Exactos. Alcaldía Municipal: Cuisnahuat, departamento de Sonsonate, a veintisiete de Marzo del año dos mil tres.- SANTOS INOCENCIO SINECIO SIERRA, ALCALDE MUNICIPAL. JOAQUIN ADALBERTO MOLINA, SECRETARIO MUNICIPAL. AVISO 3 v. alt. No En Junta General Extraordinaria de la Sociedad Encomiendas Internacionales Urgentes, S.A. DE C.V., del domicilio de San Salvador y que cuya denominación se abrevia; ENCOINTUR, S.A. DE C.V. Celebrada en esta ciudad a las quince horas del día tres de marzo del año dos mil dos. Por unanimidad se acordó aumentar el capital de la sociedad de; Veinte mil colones a cien mil colones equivalentes a; dos mil doscientos ochenta y cinco punto setenta y un dolar a; once mil cuatrocientos veintiocho punto cincuenta y siete dólares americanos, siendo el aumento de; Ochenta mil colones, equivalentes a; Nueve mil ciento cuarenta y dos punto ochenta y seis, Dólares americanos y por consiguiente el capital mínimo será de; Cien mil colones equivalentes a; once mil cuatrocientos veintiocho punto cincuenta y siete dólares americanos esto por emisión de nuevas acciones. Designada como ejecutora especial del acuerdo al Administrador único de la sociedad a; ANA DEL TRANSITO SALAZAR CORLETO para que otorge la escritura de modificación correspondiente. Lo que se hace del conocimiento público para los efectos legales correspondientes. San Salvador 20 de Enero del ANA DEL TRANSITO SALAZAR CORLETO, EJECUTORA ESPECIAL, ADMINISTRADOR UNICO. 3 v. alt. No CERTIFICACION La infrascrita Secretaria de la Junta General Extraordinaria de Accionistas de la Sociedad anónima, de este domicilio, que gira con la denominación de INTER TEKNOLOGIES, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE, por este medio, CERTIFICA: que en el libro de actas correspondiente, se encuentra asentada el acta número SIETE, de la sesión de Junta General Extraordinaria de Accionistas de la sociedad, celebrada en esta ciudad, a las diez horas del treinta de mayo de dos mil tres, cuyo punto primero literalmente dice: PUNTO PRIMERO. AUMENTO DEL CAPITAL MINIMO DE LA SOCIEDAD DE VEINTE MIL COLONES A CIEN MIL COLONES Y AUMENTO DE LA PARTE VARIABLE DEL CAPITAL. La Junta General Extraordinaria de Accionistas acuerda AUMENTAR el capital mínimo de la sociedad, que en la actualidad es de VEINTE MIL COLONES, el cual se encuentra totalmente suscrito y pagado, en la suma de OCHENTA MIL COLONES, totalizando el capital social mínimo en CIEN MIL COLONES, representado y dividido en MIL ACCIONES nominativas de un valor nominal de CIEN colones cada una, lo cual se llevará a cabo por medio del traslado de la suma de ochenta mil colones de la porción variable del capital. Asimismo, unánimemente se acuerda aumentar el capital en su parte variable en la suma de CIEN MIL COLONES, representado y dividido en mil acciones nominativas, de un valor de cien colones cada una, y se hará por medio de la emisión de nuevas acciones por aportes en efectivo, así: El accionista señor JORGE ALEJANDRO MUYSHONDT ALVAREZ y doña PATRICIA ELENA ALVAREZ DE MUYSHONDT, actuales accionistas de la sociedad, quienes son titulares del cien por ciento del capital social, renuncian en este acto, a su derecho preferente de suscripción. En consecuencia, don LUIS ANTONIO TONA ALVAREZ suscribe las MIL nuevas acciones que se emitirán por el aumento, aportando la suma de CIEN MIL COLONES. En virtud de lo anterior la sociedad girará con un capital mínimo de CIEN MIL COLONES y un capital total de DOSCIENTOS MIL COLONES, representado y dividido en dos mil acciones de un valor de cien colones cada una. Es conforme con su original con el cual se confrontó, y para los usos que se estimen convenientes, se expide la presente en San Salvador a los cinco días del mes de junio de dos mil tres.- PATRICIA ELENA ALVAREZ MUYSHONDT, SECRETARIA JUNTA GENERAL EXTRAORDINARIA DE ACCIONISTAS. 3 v. alt. No NUMERO CIENTO VEINTISIETE, LIBRO OCTAVO. En San Salvador, a las diez horas del día veinte de mayo del dos mil tres. Ante mí, JOSE MAURICIO EMILIO SERMEÑO PEREZ, Notario, de este domicilio, comparece el señor MIGUEL ANGEL GARCIA LOPEZ, de

65 DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 2 de Julio de cuarenta y seis años de edad, Técnico Industrial, de nacionalidad española, de este domicilio, a quien conozco portador de su Pasaporte español número ESPX cero setenta y cinco mil setecientos setenta y tres, expedido por el Consulado de España en El Salvador, el diecisiete de abril del dos mil dos; Y ME DICE: Que me presenta certificación del acta que contiene el acuerdo de la Junta General Extraordinaria de la Sociedad RADIOTRONICA DE EL SALVADOR, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE, de este domicilio, y desea que dicho documento sea incorporado en mi Protocolo en consecuencia el suscrito Notario procede a incorporar íntegramente el referido documento escrito en una hoja de papel simple, que literalmente dice El infrascrito Gerente Especial de la Sociedad RADIOTRONICA DE EL SALVADOR, SO- CIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE, que puede abreviarse, RADIOTRONICA DE EL SALVADOR S.A. DE C.V., del domicilio de San Salvador, República de El Salvador, CERTIFICA: que de la Junta General Extraordinaria de Accionistas de la Sociedad RADIOTRONICA DE EL SALVADOR, SOCIE- DAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE, celebrada en la ciudad de Madrid, Reina de España, a las diez horas del día veintitrés de marzo del dos mil tres; en la que se encontraron representadas el cien por ciento de las acciones, se transcribe el acuerdo de su punto único que literalmente dice: "Establecido el quórum y analizada la situación de la Sociedad en la República de El Salvador, se acuerda por unanimidad, LA DISOLU- CION Y LIQUIDACION DE LA SOCIEDAD RADIOTRONICA DE EL SALVADOR, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIA- BLE, de conformidad con la cláusula trigésima segunda contenida en la Escritura Pública de su Constitución, inscrita al número VEINTICUA- TRO del Libro MIL QUINIENTOS VEINTIOCHO del Registro de Sociedades; nombrándose en cumplimiento a lo establecido en la referida cláusula el Consejo de Liquidadores, integrado por el Licenciado OSCAR EDGARDO CALDERON NUÑEZ y la señora MIRNA ESTE- LA BONILLA MOLINA, ambos mayores de edad, salvadoreños y del domicilio de San Salvador; el primero Abogado y Notario y la segunda Contador, quienes actuaran conjuntamente con el objetivo de darle cumplimiento a este acuerdo y cumplan con los requisitos legales correspondientes; liquidación que se ejecutará en el plazo de tres meses contados a partir de la inscripción de este acuerdo en el Registro de Comercio. Se autoriza al Gerente Especial de la Sociedad señor MI- GUEL ANGEL GARCIA LOPEZ, a realizar todos los actos legales y administrativos y comparecer ante Notario para otorgar la escritura de disolución respectiva. Y para los efectos legales consiguientes en la República de El Salvador, se extiende la presente certificación, en la ciudad de Madrid, Reino de España, a los veintitrés días del mes de marzo del dos mil tres Hay una firma que se lee: MAGALOPEZ --- MIGUEL ANGEL GARCIA LOPEZ, Gerente Especial--El suscrito Notario da fe: De haber tenido a la vista el documento que me presentó el compareciente el cual ha sido transcrito íntegramente en el presente instrumento y no lo agregaré al legajo de anexos de mi protocolo por solicitármelo el compareciente, a quien se lo devuelvo. Así se expresó el compareciente a quien expliqué los efectos legales de este instrumento y leído que le fue por mí íntegramente lo escrito en un solo acto ininterrumpido, ratifica su contenido y firmamos. DOY FE MAGALOPEZ J. M. SERMEÑO---- RUBRICADAS PASO ANTE MI, de los folios doscientos frente y vuelto del Libro OCTAVO de mi Protocolo que vence el día diecinueve de julio del dos mil tres. Y para ser entregado a la Sociedad RADIOTRONICA DE EL SALVADOR, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE, extiendo, firmo y sello el presente testimonio en la ciudad de San Salvador, a los veintitrés días del mes de mayo del dos mil tres. JOSE MAURICIO EMILIO SERMEÑO PEREZ, NOTARIO. AVISO 3 v. alt. No El BANCO DE COMERCIO DE EL SALVADOR, S. A. comunica que a nuestra agencia se ha presentado el (los) propietario (s) del certificado de depósito a plazo número emitido en agencia SAN MIGUEL CENTRO el día 30 del mes de MAYO del año 2003, por una cantidad de $1, dólares a un plazo de 90 días, solicitando la reposición de dicho certificado, por habérsele extraviado. En consecuencia de lo anterior, se hace del conocimiento del público en general para los efectos legales del caso. Transcurridos treinta días después de la sexta publicación de este AVISO si no hubiere ninguna oposición, se procederá a reponer el certificado en referencia. En la Ciudad de San Miguel, a los cinco días del mes de junio de dos mil tres.- JOSE GERMAN OSORIO, GERENTE AGENCIA SAN MIGUEL. ASIENTO DE EMPRESA ESTABLECIMIENTO v. alt. No EL INFRASCRITO REGISTRADOR DEL DEPARTAMENTO DE REGISTRO DE MATRICULAS DE EMPRESA Y ESTABLECIMIEN- TOS: HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado WILFREDO HERNANDEZ CHACHAGUA, en su calidad de Representante Legal de la Sociedad TECNOLOGIA Y DESARROLLO COMERCIAL, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE que puede abreviarse TECNOCOMER, S.A. DE C.V., de nacionalidad SALVA- DOREÑA, del domicilio de SAN SALVADOR, cuya escritura social está inscrita bajo el número 46 del Libro 1797 del Registro de Sociedades del Registro de Comercio, con Número de Identificación Tributaria: , ha presentado solicitud a las quince horas y dos minutos del día treinta de abril de dos mil tres. Con la cual se otorgaron los asientos de Empresa No y Establecimiento No ; a favor de la Empresa denominada TECNOLOGIA Y DESARROLLO COMERCIAL, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPI- TAL VARIABLE, la cual se dedica a LA COMPRAVENTA DE

66 66 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 360 EQUIPO MEDICO Y MATERIAL DESCARTABLE, con dirección en COLONIA EL REFUGIO No. 810, AUTOPISTA NORTE, del domicilio de SAN SALVADOR, y cuyo activo asciende a DOCE MIL DOLARES CON 00/100 ($12,000.00), y que tiene el establecimiento siguiente: OO1-) TECNOLOGIA Y DESARROLLO COMERCIAL, S.A. DE C.V. ubicado en COLONIA EL REFUGIO N º 810, AUTOPIS- TA NORTE, del domicilio de SAN SALVADOR. Clase: 25 Lo que se le hace saber al público para los efectos de Ley. San Salvador, veintiocho de mayo de dos mil tres.- LIC. ROSA MAURA CABRERA MARTINEZ, No. de Exp.: No. de Pres.: LA INFRASCRITA REGISTRADOR, 3 v. alt. No HACE SABER: que a esta oficina se ha presentado CARLOS HUMBERTO HENRIQUEZ LOPEZ, mayor de edad, ABOGADO, del domicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA, actuando como APODERADO GENERAL JUDICIAL de INDUS- TRIAS CARICIA, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIA- BLE, del domicilio de SOYAPANGO, DEPARTAMENTO DE SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando RENO- VACION, para la inscripción Número del Libro de INS- CRIPCION DE MARCAS, consistente en LA PALABRA "CANVAS", LA CUAL NO TIENE TRADUCCION Y PODRA IR ESCRITA EN LETRAS ESTILIZADAS; que ampara productos comprendidos en la Clase 25 de la Clasificación Internacional de Niza. Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de Ley. San Salvador, a los once días del mes de junio del año dos mil tres.- Lic. MARIA DAFNE RUIZ, Clase: 36 No. de Exp.: No. de Pres.: HACE SABER: que a esta oficina se ha presentado MORENA GUADALUPE ZAVALETA NOVA, en su calidad de APODERADO ESPECIAL de INVERSIONES ALTAS CUMBRES (CHILE) S.A., de nacionalidad CHILENA, solicitando el registro de la MARCA DE SERVICIOS, Consistente en: la expresión ALTAS CUMBRES y diseño. La solicitud fue presentada el día veinticinco de julio del año dos mil dos. San Salvador, dos de junio del año dos mil tres.- Clase: 25 Lic. JOSE EMILIO TAMAYO AGUILERA, No. de Exp.: ALVARO ERNESTO FRANCO DIAZ, 3 v. alt. No No. de Pres.: HACE SABER: que a esta oficina se ha presentado MORENA GUADALUPE ZAVALETA NOVA, en su calidad de APODERADO de HIRSCH Y GASSMANN LTDA, de nacionalidad CHILENA, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO, ERIKA SUSANA MOLINA, SECRETARIA. FST 3 v. alt. No Consistente en: las letras FST.

67 DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 2 de Julio de La solicitud fue presentada el día siete de enero del año dos mil tres. San Salvador, cuatro de junio del año dos mil tres.- La solicitud fue presentada el día veintiséis de septiembre del año dos mil dos. San Salvador, veinticinco de marzo del año dos mil tres. Lic. JOSE EMILIO TAMAYO AGUILERA, XIOMARA GUADALUPE FABIAN DE GOMEZ, SECRETARIA Clase: 05 No. de Exp.: No, de Pres.: v. alt. No HACE SABER: que a esta oficina se ha presentado MORENA GUADALUPE ZAVALETA NOVA, en su calidad de APODERADO ESPECIAL de DROGUERIA Y LABORATORIO PHARMALAT, SOCIEDAD ANONIMA, de nacionalidad GUATEMALTECA, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO, CEFCEF Consistente en: la palabra CEFCEF. La solicitud fue presentada el día veinte de febrero del año dos mil tres. San Salvador, cinco de marzo del año dos mil tres. Lic. PEDRO BALMORE HENRIQUEZ RAMOS, XIOMARA GUADALUPE FABIAN DE GOMEZ, SECRETARIA. 3 v. alt. No Clase: 32 No. de Exp.: No. de Pres.: HACE SABER: que a esta oficina se ha presentado MORENA GUADALUPE ZAVALETA NOVA, en su calidad de APODERADO de LA CONSTANCIA, SOCIEDAD ANONIMA que se abrevia: LA CONSTANCIA, S.A., de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO, CANTINA Lic. JOSE EMILIO TAMAYO AGUILERA, JOSE FIDEL MELARA MORAN, No. de Exp.: No. de Pres.: v. alt. No HACE SABER: que a esta oficina se ha presentado MORENA GUADALUPE ZAVALETA NOVA, en su calidad de APODERADO ESPECIAL de EMBOTELLADORA SALVADOREÑA, SOCIEDAD ANONIMA, de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro del NOMBRE COMERCIAL, Consistente en: las palabras Embotelladora Salvadoreña, escrita en letras de color blanco, siendo la letra E y S mayúsculas y las demás minúsculas, en una forma horizontal, en la parte inferior se encuentra una cinta de color blanco y la parte superior una botella de bebida gaseosa en color blanco, el color rojo del mencionado cuadro pareciera estar opaco, que servirá para: IDENTIFICAR UN ESTABLECIMIENTO: COMER- CIAL DEDICADO EXCLUSIVAMENTE A LA VENTA, COMPRA, FABRICACION Y DISTRIBUCION DE BEBIDAS GASEOSAS, UBICADO EN BOULEVARD DEL EJERCITO NACIONAL, KILO- METRO CUATRO Y MEDIO, SOYAPANGO, SAN SALVADOR. La solicitud fue presentada el día tres de octubre del año dos mil. San Salvador, catorce de marzo del año dos mil tres. Lic. PEDRO BALMORE HENRIQUEZ RAMOS, XIOMARA GUADALUPE FABIAN DE GOMEZ, SECRETARIA. Consistente en: la palabra CANTINA, 3 v. alt. No

68 68 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 360 Clase: 32. No. de Exp.: No. de Pres.: dos. La solicitud fue presentada el día seis de noviembre del año dos mil San Salvador, tres de febrero del año dos mil tres. HACE SABER: que a esta oficina se ha presentado MORENA GUADALUPE ZAVALETA NOVA, en su calidad de APODERADO de EMBOTELLADORA SALVADOREÑA, SOCIEDAD ANONIMA, de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro de la MAR- CA DE FABRICA Y DE COMERCIO, EMBOTELLADORA SALVADOREÑA Consistente en: las palabras EMBOTELLADORA SALVADO- REÑA. dos. La solicitud fue presentada el día seis de noviembre del año dos mil San Salvador, tres de febrero del año dos mil tres. Lic. PEDRO BALMORE HENRIQUEZ RAMOS, XIOMARA GUADALUPE FABIAN DE GOMEZ, Clase: 32. No. de Exp.: No. de Pres.: SECRETARIA. 3 v. alt. No Clase: 05. Lic. PEDRO BALMORE HENRIQUEZ RAMOS, XIOMARA GUADALUPE FABIAN DE GOMEZ, No. de Exp.: No. de Pres.: SECRETARIA. 3 v. alt. No HACE SABER: que a esta oficina se ha presentado MORENA GUADALUPE ZAVALETA NOVA, en su calidad de APODERADO de BAXTER INTERNATIONAL INC., de nacionalidad ESTADO- UNIDENSE, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO, dos. KASELE Consistente en: la palabra KASELE. La solicitud fue presentada el día veinte de marzo del año dos mil San Salvador, quince de mayo del año dos mil tres. HACE SABER: que a esta oficina se ha presentado MORENA GUADALUPE ZAVALETA NOVA, en su calidad de APODERADO de EMBOTELLADORA SALVADOREÑA, SOCIEDAD ANONIMA, de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro de la MAR- CA DE FABRICA Y DE COMERCIO, EMBOSALVA JOSE RAUL ROSALES PEREZ, GUILLERMO ALFONSO LOPEZ, Consistente en: la palabra EMBOSALVA. 3 v. alt. No

69 DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 2 de Julio de Clase: 05. No. de Exp.: No. de Pres.: La solicitud fue presentada el día diez de enero del año dos mil tres. San Salvador, diecinueve de mayo del año dos mil tres. Lic. JOSE EMILIO TAMAYO AGUILERA, HACE SABER: que a esta oficina se ha presentado MORENA GUADALUPE ZAVALETA NOVA, en su calidad de APODERADO de BAXTER INTERNATIONAL INC., de nacionalidad ESTADO- UNIDENSE, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO, dos. BAXI-K Consistente en: la palabra BAXI-K. La solicitud fue presentada el día veinte de marzo del año dos mil San Salvador, quince de mayo del año dos mil tres. Clase: 05. No. de Exp.: No. de Pres.: JOSE RAUL ROSALES PEREZ, GUILLERMO ALFONSO LOPEZ, 3 v. alt. No HACE SABER: que a esta oficina se ha presentado MORENA GUADALUPE ZAVALETA NOVA, en su calidad de APODERADO ESPECIAL de SANOFI-SYNTHELABO, de nacionalidad FRANCE- SA, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA Y DE COMER- CIO, Clase: 10. No. de Exp.: No. de Pres.: ALVARO ERNESTO FRANCO DIAZ, 3 v. alt. No HACE SABER: que a esta oficina se ha presentado MORENA GUADALUPE ZAVALETA NOVA, en su calidad de APODERADO de BAXTER INTERNATIONAL INC., de nacionalidad ESTADO- UNIDENSE, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO, dos. CLEARSHOT Consistente en: la palabra CLEARSHOT. La solicitud fue presentada el día dieciocho de abril del año dos mil San Salvador, veinte de mayo del año dos mil tres. JOSE RAUL ROSALES PEREZ, CoPlavix Consistente en: la palabra CoPlavix. GUILLERMO ALFONSO LOPEZ, 3 v. alt. No

70 70 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 360 Clase: 05. No. de Exp.: No. de Pres.: La solicitud fue presentada el día trece de enero del año dos mil tres. San Salvador, veinte de mayo del año dos mil tres. Lic. JOSE EMILIO TAMAYO AGUILERA, HACE SABER: que a esta oficina se ha presentado MORENA GUADALUPE ZAVALETA NOVA, en su calidad de APODERADO de BAXTER INTERNATIONAL INC., de nacionalidad ESTADO- UNIDENSE, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO, BON-KER Consistente en: la palabra BON-KER, consistentes en las letras BON seguidas de un guión y de las letras KER, todas están escritas en letras de molde, corriente y mayúsculas. dos. La solicitud fue presentada el día veinte de marzo del año dos mil San Salvador, veinte de mayo del año dos mil tres. Clase: 37. No. de Exp.: No. de Pres.: JOSE RAUL ROSALES PEREZ, GUILLERMO ALFONSO LOPEZ, 3 v. alt. No Clase: 05. No. de Exp.: No. de Pres.: ALVARO ERNESTO FRANCO DIAZ, 3 v. alt. No HACE SABER: que a esta oficina se ha presentado MORENA GUADALUPE ZAVALETA NOVA, en su calidad de APODERADO de BAXTER INTERNATIONAL INC., de nacionalidad ESTADO- UNIDENSE, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO, dos. BIBAXOL Consistente en: la palabra BIBAXOL. La solicitud fue presentada el día veinte de marzo del año dos mil San Salvador, cuatro de junio del año dos mil tres. HACE SABER: que a esta oficina se ha presentado MORENA GUADALUPE ZAVALETA NOVA, en su calidad de APODERADO de BENQ INCORPORATED, de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solicitando el registro de la MARCA DE SERVICIOS, BENQ ALICIA ESTHER GARCIA COREAS, GUILLERMO ALFONSO LOPEZ, Consistente en: la palabra BENQ. 3 v. alt. No

71 DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 2 de Julio de No. de Exp.: No. de Pres.: dos. La solicitud fue presentada el día dieciséis de abril del año dos mil San Salvador, veintiuno de mayo del año dos mil tres. HACE SABER: que a esta oficina se ha presentado MORENA GUADALUPE ZAVALETA NOVA, en su calidad de APODERADO ESPECIAL de AUTOSELECT, SOCIEDAD ANONIMA, de nacionalidad GUATEMALTECA, solicitando el registro del NOMBRE CO- MERCIAL, Consistente en: la palabra AUTOSELECT y diseño, que servirá para: UN ESTABLECIMIENTO DEDICADO A LA IMPORTACION, EXPORTACION, DISTRIBUCION, COMERCIALIZACION, COM- PRA Y VENTA DE ACCESORIOS PARA AUTOMOVILES Y TAPI- CERIAS DE CUERO, UBICADO EN 5 AVENIDA 16-11, ZONA 10, CIUDAD DE GUATEMALA, GUATEMALA. La solicitud fue presentada el día veinte de febrero del año dos mil tres. San Salvador, cuatro de marzo del año dos mil tres. Clase: 42. No. de Exp.: No. de Pres.: JOSE RAUL ROSALES PEREZ, ALVARO ERNESTO FRANCO DIAZ, 3 v. alt. No HACE SABER: que a esta oficina se ha presentado MORENA GUADALUPE ZAVALETA NOVA, en su calidad de APODERADO de BENQ INCORPORATED, de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solicitando el registro de la MARCA DE SERVICIOS, No. de Exp.: No. de Pres.: ALICIA ESTHER GARCIA COREAS, GUILLERMO ALFONSO LOPEZ, 3 v. alt. No HACE SABER: que a esta oficina se ha presentado KARLA SUSANA PINEDA DE SALAZAR, de nacionalidad SALVADORE- ÑA, en su calidad de PROPIETARIO, solicitando el registro del NOM- BRE COMERCIAL, Consistente en: la expresión CENTRO ESPECIALIZADO en OJOS, que servirá para: IDENTIFICAR UN ESTABLECIMIENTO COMERCIAL UBICADO EN CALLE SAN ANTONIO ABAD # 1965, SAN SALVADOR, DEDICADO A MEDICINA, CIRUGIA DE OJOS Y OPTICA. La solicitud fue presentada el día veinte de febrero del año dos mil tres. San Salvador, cinco de marzo del año dos mil tres. Lic. PEDRO BALMORE HENRIQUEZ RAMOS, BENQ Consistente en: la palabra BENQ escrita en letras de molde, mayúsculas de color negro. XIOMARA GUADALUPE FABIAN DE GOMEZ, SECRETARIA. 3 v. alt. No

72 72 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 360 Clase: 25 No. de Exp.: No. de Pres.: HACE SABER: que a esta oficina se ha presentado RICARDO ABRAHAM LOPEZ RAMOS, en su calidad de APODERADO de FOOTSTAR CORPORATION, de nacionalidad ESTADOUNIDEN- SE, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA, Clase: 12 No. de Exp.: No. de Pres.: HACE SABER: que a esta oficina se ha presentado MARIA ELENA CUELLAR PARADA, en su calidad de APODERADO de INCOLBESTOS, S.A., de nacionalidad COLOMBIANA, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA, SHOE ZONE Consistente en: las palabras SHOE ZONE en letras mayúsculas tipo corriente. La solicitud fue presentada el día doce de diciembre del año dos mil uno. San Salvador, seis de noviembre del año dos mil dos. Lic. MARILENA DUARTE URRUTIA, REGISTRADORA. ANABELIS DIONNE LOVO SARAVIA DE AGUILAR, SECRETARIA. 3 v. alt. No Clase: 05 No. de Exp.: No. de Pres.: HACE SABER: que a esta oficina se ha presentado EMILIO ARTURO CUCHILLA, en su calidad de APODERADO de SPEYWOOD GROUP LIMITED, de nacionalidad BRITANICA, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA, DYSLOR Consistente en: la palabra DYSLOR en letras mayúsculas tipo corriente. La solicitud fue presentada el día diecisiete de septiembre del año dos mil uno. San Salvador, primero de noviembre del año dos mil dos. Lic. MARILENA DUARTE URRUTIA, REGISTRADORA. ANABELIS DIONNE LOVO SARAVIA DE AGUILAR, SECRETARIA. 3 v. alt. No Consistente en la palabra InCOLBEST en letras sólidas negras, de trazo grueso, en estilo especial y mayúsculas, excepto la n que es minúscula aunque del mismo tamaño que las demás; y hacia el lado superior derecho de la letra T se observa una letra R mayúscula de tamaño muy pequeño encerrada en un círculo también pequeño. Esta palabra que además es en letras grandes, aparece desplegada hacia la derecha, dentro de una faja de fondo gris sólo un poco más ancha que el tamaño de las letras, la cual presenta una línea fina un poco arriba de su lado superior como un marco, misma que le sirve de borde en su lado izquierdo. Hacia el extremo izquierdo de esta faja, aparece un rectángulo horizontal, aproximadamente del mismo ancho de ésta, pero colocado de manera que sobresale un poco arriba y a la izquierda de ella. Este rectángulo es de fondo negro y presenta dentro de sí, dos franjas grisáceas, curvas y paralelas, que sobresalen al lado superior e inferior del mismo; siendo gruesas abajo y se adelgazan gradualmente a medida que suben, dando la impresión de un alejamiento, lo cual hace ver a la franja de la derecha más ancha y menos curva que la de la izquierda. Y el extremo superior de ambas, se torna negro al salir del rectángulo y se detiene al tocar el marco antes mencionado. La solicitud fue presentada el día veintidós de marzo del año dos mil dos. San Salvador, cuatro de noviembre del año dos mil dos. Lic. PEDRO BALMORE HENRIQUEZ RAMOS, XIOMARA GUADALUPE FABIAN DE GOMEZ, SECRETARIA. 3 v. alt. No Clase: 25 No. de Exp.: No. de Pres.: HACE SABER: que a esta oficina se ha presentado RICARDO ABRAHAM LOPEZ RAMOS, en su calidad de APODERADO de FOOTSTAR CORPORATION, de nacionalidad ESTADOUNIDEN- SE, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA, ISLAND CLUB Consistente en: las palabras ISLAND CLUB, en letras mayúsculas de tipo corriente. La solicitud fue presentada el día ocho de agosto del año dos mil uno.

73 DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 2 de Julio de San Salvador, veintiocho de octubre del año dos mil dos. Lic. PEDRO BALMORE HENRIQUEZ RAMOS, XIOMARA GUADALUPE FABIAN DE GOMEZ, SECRETARIA. 3 v. alt. No Clase: 25 No. de Exp.: No. de Pres.: HACE SABER: que a esta oficina se ha presentado RICARDO ABRAHAM LOPEZ RAMOS, en su calidad de APODERADO de FOOTSTAR CORPORATION, de nacionalidad ESTADOUNIDEN- SE, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA, KINSMAN Consistente en: la palabra KINSMAN, en letras mayúsculas de tipo corriente. La solicitud fue presentada el día ocho de agosto del año dos mil uno. San Salvador, veintiocho de octubre del año dos mil dos. Lic. PEDRO BALMORE HENRIQUEZ RAMOS, XIOMARA GUADALUPE FABIAN DE GOMEZ, SECRETARIA. 3 v. alt. No Clase: 25 No. de Exp.: No. de Pres.: HACE SABER: que a esta oficina se ha presentada RICARDO ABRAHAM LOPEZ RAMOS, en su calidad de APODERADO de PORON, de nacionalidad FRANCESA, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA, borde color celeste aqua; y arriba de esta palabra centrada horizontalmente aparece la figura de una esfera formada por tres colores: arriba azul, abajo rojo y en medio una franja color blanco ostra que a la vez parece un corte transversal que separa los colores rojo y azul. Por la posición en que se encuentran los colores se entiende que la esfera está inclinada hacia la derecha. La solicitud fue presentada el día catorce de marzo del año dos mil dos. San Salvador cuatro de noviembre del año dos mil dos. ALICIA ESTHER GARCIA COREAS, GUILLERMO ALFONSO LOPEZ, 3 v. alt. No Clase: 25 No. de Exp.: No. de Pres.: HACE SABER: que a esta oficina se ha presentado DINA CAS- TRO DE CALLEJAS, en su calidad de APODERADO de SARAMAR L.L.C., de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA, LOVABLE Consistente en: la palabra LOVABLE en letras mayúsculas tipo corriente. La solicitud fue presentada el día dieciséis de marzo del año dos mil uno. San Salvador, ocho de noviembre del año dos mil dos. ALICIA ESTHER GARCIA COREAS, GUILLERMO ALFONSO LOPEZ, 3 v. alt. No Clase: 34 No. de Exp.: No. de Pres.: HACE SABER: que a esta oficina se ha presentado RICARDO ABRAHAM LOPEZ RAMOS, en su calidad de APODERADO de N.V. SUMATRA TOBACCO TRADING COMPANY, de nacionalidad INDONESA, solicitando el registros de la MARCA DE FABRICA, Consistente en: una viñeta rectangular horizontal de color blanco ostra, conteniendo, desplegada a lo largo de la parte inferior, la palabra absorba en letras minúsculas de tipo huecas, delineadas por un fino LUCKY DRAW Consistente en: las palabras LUCKY DRAW en letras mayúsculas tipo corriente.

74 74 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 360 La solicitud fue presentada el día veintisiete de agosto del año dos mil uno. San Salvador, trece de noviembre del año dos mil dos. Lic. PEDRO BALMORE HENRIQUEZ RAMOS, XIOMARA GUADALUPE FABIAN DE GOMEZ, SECRETARIA. 3 v. alt. No Clase: 33 No. de Exp.: No. de Pres.: HACE SABER: que a esta oficina se ha presentado MANUEL ANTONIO PINEDA HERRERA, en su calidad de APODERADO de UNION VITIVINICOLA, SOCIEDAD ANONIMA VIÑEDOS EN CENICERO, de nacionalidad ESPAÑOLA, solicitando el registro de la MARGA DE FABRICA, MARQUES DE CACERES Consistente en: las palabras MARQUES DE CACERES en letras mayúsculas tipo corriente. La solicitud fue presentada el día diez de enero del año dos mil dos. San Salvador, seis de noviembre del año dos mil dos. JOSE RAUL ROSALES PEREZ, ALVARO ERNESTO FRANCO DIAZ, 3 v. alt. No Clase: 05 No. de Exp.: No. de Pres.: HACE SABER: que a esta oficina se ha presentado MARIO CARMONA RIVERA, en su calidad de APODERADO de Syngenta Limited, de nacionalidad BRITANICA, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA, MERISTO Consistente en: la palabra MERISTO en letras mayúsculas tipo corriente. La solicitud fue presentada el día veinticinco de enero del año dos mil dos. Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, cuatro de noviembre del año dos mil dos. Lic. PEDRO BALMORE HENRIQUEZ, XIOMARA GUADALUPE FABIAN DE GOMEZ, SECRETARIA. 3 v. alt. No Clase: 04 No. de Exp.: No. de Pres.: HACE SABER: que a esta oficina se ha presentado VICENTE DE JESUS PALENCIA, en su calidad de APODERADO ESPECIAL de INDUSTRIAS CERTANIUM, S.A. DE C.V., de nacionalidad MEXI- CANA, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA, METATRON Consistente en: la palabra METATRON en letras mayúsculas de tipo corriente. La solicitud fue presentada el día seis de julio del año dos mil uno. San Salvador, siete de noviembre del año dos mil dos. Lic. PEDRO BALMORE HENRIQUEZ RAMOS, XIOMARA GUADALUPE FABIAN DE GOMEZ, SECRETARIA. 3 v. alt. No Clase: 42 No. de Exp.: No. de Pres.: HACE SABER: que a esta oficina se ha presentado MANUEL ANTONIO PINEDA HERRERA, en su calidad de APODERADO de ORGANIZACION NACIONAL DE CIEGOS ESPAÑOLES (ONCE), de nacionalidad ESPAÑOLA, solicitando el registro de la MARCA DE SERVICIOS, ONCE Consistente en: la palabra ONCE en letras mayúsculas tipo corriente. La solicitud fue presentada el día veinte de marzo del año dos mil dos. San Salvador, cuatro de noviembre del año dos mil dos. ALICIA ESTHER GARCIA COREAS, GUILLERMO ALFONSO LOPEZ, 3 v. alt. No

75 DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 2 de Julio de Clase: 10. No. de Exp.: No. de Pres.: dos. La solicitud fue presentada el día veinte de marzo del año dos mil San Salvador, cuatro de noviembre del año dos mil dos. HACE SABER: que a esta oficina se ha presentado EDUARDO MORALES EHRLICH, en su calidad de APODERADO de DePuy, Inc., de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA, NEUFLEX Consistente en: la palabra NEUFLEX en letras mayúsculas de tipo corriente. La solicitud fue presentada el día siete de mayo del año dos mil dos. San Salvador, dieciséis de octubre del año dos mil dos. Clase: 37. No. de Exp.: No. de Pres.: ALICIA ESTHER GARCIA COREAS, GUILLERMO ALFONSO LOPEZ, 3 v. alt. No HACE SABER: que a esta oficina se ha presentado RICARDO ABRAHAM LOPEZ RAMOS, en su calidad de APODERADO de AMANCO HOLDING INC., de nacionalidad BRITANICA, solicitando el registro de la MARCA DE SERVICIOS, Clase: 98. No. de Exp.: No. de Pres.: ALICIA ESTHER GARCIA COREAS, GUILLERMO ALFONSO LOPEZ, 3 v. alt. No HACE SABER: que a esta oficina se ha presentado JOSE ENRI- QUE MADRIGAL GOMEZ, en su calidad de APODERADO de PUMA ENERGY INTERNATIONAL S.A., de nacionalidad BAHAMEÑA, solicitando el registro del NOMBRE COMERCIAL, Consistente en: PUMA en letras blancas de molde mayúsculas, en la parte superior de la figura de un trapecio el cual está pegado a un triángulo rectangular de color negro que lleva en su base la figura de un puma en actitud de ir corriendo a la derecha. Que ambas figuras en su conjunto forman un rectángulo horizontal. dos. La solicitud fue presentada el día cinco de febrero del año dos mil San Salvador, cuatro de noviembre del año dos mil dos. Lic. PEDRO BALMORE HENRIQUEZ RAMOS, XIOMARA GUADALUPE FABIAN DE GOMEZ, Consistente en: la palabra PLYCEM en letras mayúsculas de molde y a su izquierda una letra G caprichosa llevando en su extremo superior derecho la fachada de una casita. SECRETARIA. 3 v. alt. No

76 76 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 360 Clase: 05. No. de Exp.: No. de Pres.: CORPORATION, de nacionalidad KOREANA, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA, SORENTO HACE SABER: que a esta oficina se ha presentado MARIO CARMONA RIVERA, en su calidad de APODERADO de ALLERGAN, INC., de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA, Consistente en: LA PALABRA Restasis EN LETRAS DE TRAZO GRUESO, MINUSCULAS, EXCEPTO LA R QUE SI ES MAYUSCULA, Y HACIA LA IZQUIERDA APARECE UNA FIGU- RA FORMADA POR LA SILUETA DE UNA MUJER EN POSICION INCLINADA, DE MEDIO PERFIL Y CUYAS EXTREMIDADES TERMINAN EN PICO; SU BRAZO IZQUIERDO ESTA LEVANTA- DO Y SE ALARGA HACIA ABAJO HASTA TERMINAR EN UNA PEQUEÑA ESFERA SOBRE LA LETRA R. ESTA FIGURA ESTA FORMADA EN UN SOLO TRAZO, PERO SU CABEZA QUE TIENE FORMA DE GOTA APARECE DESLIGADA DE EL. La solicitud fue presentada el día dos de abril del año dos mil uno. San Salvador, seis de noviembre del año dos mil dos. Clase: 12. No. de Exp.: No. de Pres.: ALICIA ESTHER GARCIA COREAS, GUILLERMO ALFONSO LOPEZ, 3 v. alt. No Consistente en: la palabra SORENTO en letras mayúsculas tipo corriente. La solicitud fue presentada el día quince de noviembre del año dos mil uno. San Salvador, treinta de octubre del año dos mil dos. Clase: 35. No. de Exp.: No. de Pres.: ALICIA ESTHER GARCIA COREAS, GUILLERMO ALFONSO LOPEZ, 3 v. alt. No HACE SABER: que a esta oficina se ha presentado RICARDO ABRAHAM LOPEZ RAMOS, en su calidad de APODERADO de FOOTSTAR CORPORATION, de nacionalidad ESTADOUNIDEN- SE, solicitando el registro de la MARCA DE SERVICIOS, SHOE MART Consistente en: la palabra SHOE MART en letras mayúsculas tipo corriente. La solicitud fue presentada el día veintitrés de enero del año dos mil dos. San Salvador, treinta y uno de octubre del año dos mil dos. JOSE RAUL ROSALES PEREZ, HACE SABER: que a esta oficina se ha presentado ULISES SALVADOR ALAS, en su calidad de APODERADO de KIA MOTORS ALVARO ERNESTO FRANCO DIAZ, 3 v. alt. No

77 DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 2 de Julio de Clase: 25. No. de Exp.: No. de Pres.: ORGANIZACION NACIONAL DE CIEGOS ESPAÑOLES (ONCE), de nacionalidad ESPAÑOLA, solicitando el registro de la MARCA DE SERVICIOS, ONCE HACE SABER: que a esta oficina se ha presentado DINA CAS- TRO DE CALLEJAS, en su calidad de APODERADO de CONFEC- CIONES ZAMAEL, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIA- BLE, de nacionalidad MEXICANA, solicitando el registro de la MAR- CA DE FABRICA, Consistente en: LA PALABRA NAVIGARE EN LETRAS MA- YUSCULAS, DE TRAZO GRUESO Y ESTILIZADAS, DE LAS CUALES LA LETRA V SE ALARGA HACIA ABAJO, INTERRUMPIENDO UNA LINEA GRUESA HORIZONTAL QUE SUBRAYA TODA LA PALABRA, ARRIBA DE ESTA PALABRA APARECE LA FIGURA ESQUEMATICA DE UNA EMBARCACION MUY PEQUEÑA CON UNA VELA MUY GRANDE FORMADA POR FRANJAS HORIZONTA- LES DE DIFERENTE GROSOR, DE COLOR PLATEADO, BLANCO Y NEGRO, DICHA FIGURA SE ENCUENTRA DENTRO DE UN RECTAN- GULO HORIZONTAL CON ESQUINAS REDONDEADAS, SOBRESA- LIENDO DE EL, SOLAMENTE EL EXTREMO SUPERIOR DE LA VELA. La solicitud fue presentada el día diecinueve de abril del año dos mil uno. San Salvador, veintitrés de octubre del año dos mil dos. Lic. MARILENA DUARTE URRUTIA, REGISTRADORA. ANABELIS DIONNE LOVO SARAVIA DE AGUILAR, SECRETARIA. 3 v. alt. No Consistente en: la palabra ONCE en letras mayúsculas tipo corriente. dos. La solicitud fue presentada el día veinte de marzo del año dos mil San Salvador, cuatro de noviembre del año dos mil dos. Clase: 12. No. de Exp.: No. de Pres.: ALICIA ESTHER GARCIA COREAS, GUILLERMO ALFONSO LOPEZ, 3 v. alt. No HACE SABER: que a esta oficina se ha presentado MARIA ELENA CUELLAR PARADA, en su calidad de APODERADO de INCOLBESTOS, S.A., de nacionalidad COLOMBIANA, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA, Clase: 41. No. de Exp.: No. de Pres.: HACE SABER: que a esta oficina se ha presentado MANUEL ANTONIO PINEDA HERRERA, en su calidad de APODERADO de Consistente en: una etiqueta rectangular horizontal de fondo negro, sobre la cual hacia la derecha se observan dos franjas blancas y curvas que van paralelas desde el borde del lado inferior del rectángulo hasta sobresalir al lado superior del mismo, siendo abajo gruesas y adelgazándose gradualmente a medida que suben, dando la impresión de un alejamiento, lo cual hace ver a la franja derecha más ancha y menos curva que la franja izquierda. Hacia la izquierda de estas franjas, colocada en forma diagonal sobre la etiqueta aparece la palabra NOVEX en letras mayúsculas de trazo grueso y de color blanco; y bajo esta palabra, unos números, que no se pretende registrar.

78 78 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 360 La solicitud fue presentada el día veintidós de marzo del año dos mil dos. San Salvador, cinco de noviembre del año dos mil dos. Clase: 17. Lic. PEDRO BALMORE HENRIQUEZ RAMOS, XIOMARA GUADALUPE FABIAN DE GOMEZ, No. de Exp.: No. de Pres.: SECRETARIA. 3 v. alt. No HACE SABER: que a esta oficina se ha presentado MARIA ELENA CUELLAR PARADA, en su calidad de APODERADO de INCOLBESTOS, S.A., de nacionalidad COLOMBIANA, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA, FERAX Consistente en: la palabra FERAX en letras mayúsculas de tipo corriente. La solicitud fue presentada el día veintidós de marzo del año dos mil dos. San Salvador, cuatro de noviembre del año dos mil dos. Lic. PEDRO BALMORE HENRIQUEZ RAMOS, Clase: 01. No. de Exp.: No. de Pres.: HACE SABER: que a esta oficina se ha presentado EDUARDO MORALES EHRLICH, en su calidad de APODERADO de UNIROYAL CHEMICAL COMPANY, INC., de nacionalidad ESTADOUNIDEN- SE, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA, FAZOR Consistente en: la palabra FAZOR en letras mayúsculas de tipo corriente. La solicitud fue presentada el día treinta y uno de julio del año dos mil uno. San Salvador, veintiocho de octubre del año dos mil dos. Lic. PEDRO BALMORE HENRIQUEZ RAMOS, XIOMARA GUADALUPE FABIAN DE GOMEZ, SECRETARIA. Clase: 41. No. de Exp.: No. de Pres.: v. alt. No HACE SABER: que a esta oficina se ha presentado MANUEL ANTONIO PINEDA HERRERA, en su calidad de APODERADO de ORGANIZACION NACIONAL DE CIEGOS ESPAÑOLES (ONCE), de nacionalidad ESPAÑOLA, solicitando el registro de la MARCA DE SERVICIOS, Consistente en: la figura esquematizada de un hombre de perfil con bastón en actitud de ir caminando hacia a la derecha; y va dentro de un cuadrado cuyos vértices son ligeramente hondulados a excepción del inferior derecho. La solicitud fue presentada el día veinte de marzo del año dos mil dos. San Salvador, siete de noviembre del año dos mil dos. XIOMARA GUADALUPE FABIAN DE GOMEZ, SECRETARIA. 3 v. alt. No Lic. PEDRO BALMORE HENRIQUEZ RAMOS, XIOMARA GUADALUPE FABIAN DE GOMEZ, SECRETARIA. 3 v. alt. No

79 DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 2 de Julio de Clase: 16 No. de Exp.: No. de Pres.: San Salvador; veintiocho de octubre del año dos mil dos. HACE SABER: que a esta oficina se ha presentado ULISES SALVADOR ALAS, en su calidad de APODERADO de J.S. STAEDTLER GmbH & Co., de nacionalidad ALEMANA, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA, Consistente en: LA REPRESENTACION DE UN PERFIL HU- MANO ESTILIZADO, DESDE EL CUELLO HASTA LA CARA Y ATRAVEZANDO UNA LINEA BLANCA EN SU FRENTE, CU- BRIENDO LA OREJA Y LLEGANDO HASTA DETRAS DE LA NUCA, SOBRE SU CABEZA TIENE UNA FIGURA SIMILAR A UN CASCO Y POR ENCIMA DE ESTE UNA FIGURA COMO CIMERA, O SEA EL ADORNO EN LA PARTE SUPERIOR DEL CASCO, DANDO LA IMPRESION DE SER LA CABEZA DE UN SOLDADO ROMANO. TODO ESTO EN COLOR NEGRO. La solicitud fue presentada el día doce de noviembre del año dos mil uno. San Salvador, treinta de octubre del año dos mil dos. Clase: 25 No. de Exp.: No. de Pres.: ALICIA ESTHER GARCIA COREAS, GUILLERMO ALFONSO LOPEZ, 3 v. alt. No HACE SABER: que a esta oficina se ha presentado RICARDO ABRAHAM LOPEZ RAMOS, en su calidad de APODERADO de FOOTSTAR CORPORATION, de nacionalidad ESTADOUNIDEN- SE, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA, FUN STEPS Consistente en: las palabras "FUN STEPS", en letras mayúsculas de tipo corriente. La solicitud fue presentada el día ocho de agosto del año dos mil uno. Lic. PEDRO BALMORE HENRIQUEZ RAMOS, XIOMARA GUADALUPE FABIAN DE GOMEZ, SECRETARIA. Clase: 29 No. de Exp.: No. de Pres.: v. alt. No HACE SABER: que a esta oficina se ha presentado MANUEL ANTONIO PINEDA HERRERA, en su calidad de APODERADO de FONTERRA BRANDS LIMITED, de nacionalidad NEOZELANDESA, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA, Consistente en: La palabra "Fonterra" en letras de tipo corriente, minúsculas, excepto la "F" que sí es mayúscula; y hacia la izquierda de esta palabra, aparece la figura de un hexágono formado por tres trazos sólidos y gruesos, que presentan redondez en uno de sus extremos y en el otro extremo son rectos con un leve alargamiento en una de sus esquinas; acomodándose de tal manera que forman el hexágono sin unirse entre sí. La solicitud fue presentada el día veintidós de febrero del año dos mil dos. San Salvador, primero de noviembre del año dos mil dos. JOSE RAUL ROSALES PEREZ, ALVARO ERNESTO FRANCO DIAZ, 3 v. alt. No

80 80 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 360 Clase: 25 No. de Exp.: No. de Pres.: La solicitud fue presentada el día cinco de noviembre del año dos mil dos, San Salvador, veintiséis de mayo del año dos mil tres. HACE SABER: que a esta oficina se ha presentado RICARDO ABRAHAM LOPEZ RAMOS, en su calidad de APODERADO de FOOTSTAR CORPORATION, de nacionalidad ESTADOUNIDEN- SE, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA, FIRESIDE Consistente en: la palabra "FIRESIDE", en letras mayúsculas de tipo corriente. La solicitud fue presentada el día ocho de agosto del año dos mil uno. San Salvador, veintiocho de octubre del año dos mil dos. Lic. PEDRO BALMORE HENRIQUEZ RAMOS, XIOMARA GUADALUPE FABIAN DE GOMEZ, Clase: 32 No. de Exp.: No. de Pres.: SECRETARIA. 3 v. alt. No HACE SABER: que a esta oficina se ha presentado JOSE ENRI- QUE MADRIGAL GOMEZ, en su calidad de APODERADO de COMPANHIA BRASILEIRA DE BEBIDAS, de nacionalidad BRASI- LEÑA, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA, Lic. JOSE EMILIO TAMAYO AGUILERA, Clase: 42 No. de Exp.: No. de Pres.: JOSE FIDEL MELARA MORAN, 3 v. alt. No HACE SABER: que a esta oficina se ha presentado MANUEL ANTONIO PINEDA HERRERA, en su calidad de APODERADO de ORGANIZACION NACIONAL DE CIEGOS ESPAÑOLES (ONCE), de nacionalidad ESPAÑOLA, solicitando el registro de la MARCA DE SERVICIOS, Consistente en: la figura esquematizada de un hombre de perfil con bastón en actitud de ir caminando hacia la derecha; y va dentro de un cuadrado cuyos vértices son ligeramente ondulados a excepción del inferior derecho. dos. La solicitud fue presentada el día veinte de marzo del año dos mil San Salvador, siete de noviembre del año dos mil dos. Lic. PEDRO BALMORE HENRIQUEZ RAMOS, XIOMARA GUADALUPE FABIAN DE GOMEZ, SECRETARIA. Consistente en: Figura de Globo. 3 v. alt. No

81 DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 2 de Julio de Clase: 45 No. de Exp.: No. de Pres.: SAN SALVADOR, DEDICADO A LA ACTIVIDAD COMERCIAL E INDUSTRIAL PRINCIPALMENTE LA PRESTACION DE SERVI- CIOS DE SEGURIDAD A PERSONAS JURIDICAS. dos. La solicitud fue presentada el día trece de diciembre del año dos mil HACE SABER: que a esta oficina se ha presentado RAMON ANTONIO MORALES QUINTANILLA, en su calidad de APODERA- DO de WACKENHUT DE EL SALVADOR, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE, de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro de la MARCA DE SERVICIOS, Consistente en: la palabra Wackenhut y diseño. La solicitud fue presentada el día trece de diciembre del año dos mil dos. San Salvador, doce de junio del año dos mil tres. Lic. JOSE EMILIO TAMAYO AGUILERA, No. de Exp.: No. de Pres.: JOSE FIDEL MELARA MORAN, 3 v. alt. No HACE SABER: que a esta oficina se ha presentado RAMON ANTONIO MORALES QUINTANILLA, en su calidad de APODERA- DO de WACKENHUT DE EL SALVADOR, S. A. DE C. V., de nacionalidad, SALVADOREÑA, solicitando el registro del NOMBRE COMERCIAL, San Salvador, trece de mayo del año dos mil tres. Lic. JOSE EMILIO TAMAYO AGUILERA, Clase: 32 No. de Exp.: No. de Pres.: JOSE FIDEL MELARA MORAN, 3 v. alt. No HACE SABER: que a esta oficina se ha presentado JUAN FRAN- CISCO EUGENIO HERNANDEZ AGUIRRE, conocido por JUAN FRANCISCO HERNANDEZ AGUIRRE, en su calidad de APODERA- DO de KIMPEN, S.A. DE C.V., de nacionalidad MEXICANA, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO, SHANDY Consistente en: la palabra SHANDY. La solicitud fue presentada el día seis de junio del año dos mil tres. San Salvador, trece de junio del año dos mil tres. Lic. JOSE EMILIO TAMAYO AGUILERA, ALVARO ERNESTO FRANCO DIAZ, Consistente en: la palabra Wackenhut y diseño, que servirá para: IDENTIFICAR UN ESTABLECIMIENTO COMERCIAL UBICADO EN AVENIDA OLIMPICA NUMERO 3765, COLONIA ESCALON, 3 v. alt. No

82 82 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 360 Clase: 03 No, de Exp.: No. de Pres.: La solicitud fue presentada el día ocho de noviembre del año dos mil dos. San Salvador, siete de mayo del año dos mil tres. HACE SABER: que a esta oficina se ha presentado JUAN FRAN- CISCO EUGENIO HERNANDEZ AGUIRRE, conocido por JUAN FRANCISCO HERNANDEZ AGUIRRE, en su calidad de APODERA- DO de NOXELL CORPORATION, de nacionalidad ESTADOUNI- DENSE, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO, CG FANTASTIC LASH Consistente en: las palabras CG FANTASTIC LASH, traducción al castellano de las palabras es: FANTASTICO LATIGAZO. La solicitud fue presentada el día quince de mayo del año dos mil tres. San Salvador, diez de junio del año dos mil tres. Lic. JOSE EMILIO TAMAYO AGUILERA, Clase: 25 No. de Exp.: No. de Pres.: ALVARO ERNESTO FRANCO DIAZ, 3 v. alt. No HACE SABER: que a esta oficina se ha presentado MANUEL ANDRES RUIZ SUAREZ, de nacionalidad SALVADOREÑA, en su calidad de PROPIETARIO, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO, Lic. PEDRO BALMORE HENRIQUEZ RAMOS, XIOMARA GUADALUPE FABIAN DE GOMEZ, Clase: 30 No. de Exp.: No. de Pres.: SECRETARIA. 3 v. alt. No HACE SABER: que a esta oficina se ha presentado RICARDO STALIN ORELLANA MONTENEGRO, en su calidad de APODERA- DO GENERAL JUDICIAL de SOCIEDAD COOPERATIVA CHALCHUAPANECA DE PRODUCTORES DE CAFE CUZCACHAPA DE RESPONSABILIDAD LIMITADA, de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro de la MARCA DE FA- BRICA Y DE COMERCIO, DOS PINOS HIGH GROWN Consistente en: la frase " DOS PINOS HIGH GROWN" escrita en letras normales de color negro y no tiene ningún signo especial ni elemento esencial por el cual deba distinguirse. La solicitud fue presentada el día diez de julio del año dos mil dos. San Salvador, veintiocho de abril del año dos mil tres. Lic. PEDRO BALMORE HENRIQUEZ RAMOS, XIOMARA GUADALUPE FABIAN DE GOMEZ, SECRETARIA. Consistente en: las palabras SUMMA Tex. 3 v. alt. No

83 DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 2 de Julio de Clase: 42 No. de Exp.: No. de Pres.: La solicitud fue presentada el día veintiséis de abril del año dos mil. dos. San Salvador, veintiocho de mayo del año dos mil tres. HACE SABER: que a esta oficina se ha presentado MORENA GUADALUPE ZAVALETA NOVA, en su calidad de APODERADO de HILACOL, S.A., de nacionalidad COLOMBIANA, solicitando el registro de la MARCA DE SERVICIOS, AZUCAR Y AZUQUITA Consistente en: las palabras "AZUCAR Y AZUQUITA". La solicitud fue presentada el día once de enero del año dos mil dos. San Salvador, seis de junio del año dos mil tres. Clase: 05 Lic. PEDRO BALMORE HENRIQUEZ RAMOS, XIOMARA GUADALUPE FABIAN DE GOMEZ, No. de Exp.: No. de Pres.: SECRETARIA. 3 v. alt. No No. de Exp.: No. de Pres.: JOSE RAUL ROSALES PEREZ, GUILLERMO ALFONSO LOPEZ, 3 v. alt. No HACE SABER: que a esta oficina se ha presentado MORENA GUADALUPE ZAVALETA NOVA, en su calidad de APODERADO de COMPAÑIA NACIONAL DE SEGUROS, C. POR A., de nacionalidad DOMINICANA, solicitando el registro del NOMBRE COMER- CIAL, SEGNA Consistente en: la palabra "SEGNA", escritas en letras mayúsculas, corrientes, de color negro, que servirá para: IDENTIFICAR UN ESTA- BLECIMIENTO QUE REALIZARA TODO GENERO DE OPERA- CIONES DE SEGUROS Y PROTECCIONES DE RIESGOS EN GE- NERAL, EN TODAS LAS FORMAS Y MODALIDADES PERMITI- DAS POR LA LEY. La solicitud fue presentada el día cuatro de abril del año dos mil dos. San Salvador, veinte de mayo del año dos mil tres. HACE SABER: que a esta oficina se ha presentado MORENA GUADALUPE ZAVALETA NOVA, en su calidad de APODERADO de SOCIETE ANONYME DES PRODUITS SCHLATTER, de nacionalidad FRANCESA, solicitando el registro de la MARCA DE FABRI- CA Y DE COMERCIO, METEOSPASMYL JOSE RAUL ROSALES PEREZ, GUILLERMO ALFONSO LOPEZ, Consistente en: la palabra METEOSPASMYL. 3 v. alt. No

84 84 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 360 No. de Exp.: No. de Pres.: HACE SABER: que a esta oficina se ha presentado MORENA GUADALUPE ZAVALETA NOVA, en su calidad de APODERADO de BANCO NACIONAL DE CREDITO, S. A., de nacionalidad DOMI- NICANA, solicitando el registro del NOMBRE COMERCIAL, consistente en: la expresión "BANCREDITO, S.A.", escritas en letras mayúsculas, corrientes, de color negro, que servirá para: IDENTIFICAR OPERACION DE UN BANCO DE SERVICIOS MULTIPLES Y REALIZAR LAS OPERACIONES PASIVAS Y ACTIVAS SIGUIEN- TES: RECIBIR DEPOSITOS A LA VISTA; RECIBIR DEPOSITOS DE AHORROS Y A PLAZO; RECIBIR FONDOS MEDIANTE LA EMISION TITULOS-VALORES DE RENTA FIJA; RECIBIR RE- CURSOS A TRAVES DE CUALQUIER OTRO INSTRUMENTO DE CAPTACION, APROBADO PREVIAMENTE POR LA JUNTA MO- NETARIA; ACEPTAR LETRAS GIRADAS A PLAZO CONTRA EL BANCO QUE PROVENGA DE OPERACIONES DE COMERCIO DE BIENES O SERVICIOS; DESCONTAR LETRAS DE CAMBIO, LI- BRANZAS, PAGARES Y OTROS DOCUMENTOS QUE REPRE- SENTAN OBLIGACIONES DE PAGO DE TERCEROS: ADQUIRIR, CEDER O TRANSFERIR EFECTOS DE COMERCIO, VALORES MOBILIARIOS DE RENTA FIJA, BONOS Y OTROS INSTRUMEN- TOS REPRESENTATIVOS DE OBLIGACIONES O CELEBRAR CONTRATOS DE RETROVENTAS SOBRE LOS MISMOS; RECI- 3 v. alt. No BIR, CREDITOS Y CONTRAER OBLIGACIONES CON EL BANCO CENTRAL, ASI COMO FRENTE A BANCOS E INSTITUCIONES FINANCIERAS DEL PAIS O DEL EXTRANJERO; CAPTAR DEPO- SITOS EN MONEDAS EXTRANJERAS LIBREMENTE CONVER- TIBLES Y CONCEDER PRESTAMOS EN LAS MISMAS MONE- DAS EXTRANJERAS CONVERTIBLES, PARA CUBRIR IMPOR- TACIONES DE BIENES Y SERVICIOS, A TRAVES DE LOS INS- TRUMENTOS DE PAGO INTERNACIONALES Y/O PARA TRANS- FERENCIAS AL EXTERIOR, ASI COMO CONCEDER PRESTA- MOS DESTINADOS A OTROS SECTORES DE LA ECONOMIA; REALIZAR OPERACIONES DE CONTRATOS A FUTURO, INTER- CAMBIO O COBERTURA EN MONEDAS EXTRANJERAS DE LIBRE CONVERTIBILIDAD QUE DETERMINE LA JUNTA MO- tres, cuyos puntos Primero y Segundo de Asuntos de Carácter Extraor- NETARIA; MANTENER ACTIVOS Y PASIVOS EN MONEDAS EXTRANJERAS DE LIBRE CONVERTIBILIDAD Y EFECTUAR OPERACIONES DE COMPRA Y VENTA DE DIVISAS; ACEPTAR, NEGOCIAR, EXPEDIR Y CONFIRMAR CARTAS DE CREDITOS; ASUMIR OBLIGACIONES PECUNIARIAS, OTORGAR AVALES, FINANZAS U OTRAS GARANTIAS, ASEGURANDO EL CUMPLI- MIENTO DE UNA OBLIGACION DETERMINADA, EN FAVOR DE TERCEROS A CARGO DE ALGUNOS DE SUS CLIENTES, EFEC- TUAR COBRANZAS, PAGOS GIROS CONTRA SUS PROPIAS OFICINAS O CORRESPONSALES; EMITIR TARJETAS DE CRE- DITO, DE DEBITO Y DE CARGO; RECIBIR VALORES Y EFEC- TOS EN CUSTODIA Y DAR EN ARRENDAMIENTO CAJAS DE SEGURIDAD; SERVIR DE AGENTES FINANCIEROS DE INSTI- TUCIONES Y EMPRESAS O PERSONAS FISICAS NACIONALES O EXTRANJERAS; ESTABLECER SERVICIOS DE CORRESPONSALIA CON BANCOS DEL EXTERIOR: REALIZAR OPERACIONES DE ARRENDAMIENTO FINANCIERO Y PRES- TAMOS A TODA PERSONA FISICA O JURIDICA; ACTUAR COMO REPRESENTANTE COMUN DE LOS TENEDORES DE CREDITOS Y HACER CORRETAJE DE VALORES SIN TOMAR POSICIONES UBICADO EN AVENIDA TIRADENTES ESQUINA AVENIDA JOHN F. KENNEDY, SANTO DOMINGO, REPUBLICA DOMINI- CANA. La solicitud fue presentada el día cuatro de abril del año dos mil dos. San Salvador, diecinueve de mayo del año dos mil tres. JOSE RAUL ROSALES PEREZ, GUILLERMO ALFONSO LOPEZ, El Infrascrito Secretario de la Junta General Ordinaria y Extraordinaria de Accionistas de la Sociedad INVERSIONES LA ARBOLEDA, SO- CIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE, de este domicilio, CERTIFICA: que en el Libro de Actas de Junta General de Accionistas, se encuentra asentada el Acta Número Cuatro de Junta General Ordinaria y Extraordinaria de accionistas celebrada a las diecisiete horas y treinta minutos del día veintiséis de mayo del año dos mil dinario, literalmente dicen: PUNTO PRIMERO: La Administración de la Sociedad sometió a consideración de los accionistas la conveniencia financiera y administrativa que para la Sociedad representaría unificar sus esfuerzos comerciales con otras sociedades afines; los accionistas presentes o representados, después de discutir ampliamente el tema en cuestión, por unanimidad acuerdan la fusión por absorción con las sociedades: LA CONS- TANCIA, S.A.; EMBOTELLADORA SALVADOREÑA, SOCIEDAD ANONIMA; INDUSTRIAS CRISTAL DE CENTRO AMERICA, SO- CIEDAD ANONIMA; CORCHO Y LATA, S.A.; PRODUCTOS AU- RORA, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE; INDUS- TRIAS SOYAPANGO, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VA- RIABLE; INVERSIONES Y VALORES SAN RAFAEL, SOCIEDAD

85 DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 2 de Julio de ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE; VALORES Y ACTIVOS INDUSTRIALES, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIA- BLE; INVERSIONES LA ABEJA, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPI- TAL VARIABLE; INVERSIONES LA ESTRELLA, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE; INVERSIONES CAPRICOR- NIO, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE y TRES MONTAÑAS, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE. La sociedad absorbente será TRES MONTAÑAS, SOCIEDAD ANO- NIMA DE CAPITAL VARIABLE, que se abrevia TRES MONTAÑAS, S.A. DE C.V., de nacionalidad salvadoreña, y de este domicilio, y adquirirá los derechos y contraerá todas las obligaciones de las sociedades fusionadas. Los accionistas presentes o representados acuerdan que la fusión a la que se ha hecho referencia anteriormente, se llevará a cabo, sin perjuicio que alguna de las sociedades antes mencionadas no considerare conveniente formar parte de la misma. """"PUNTO SEGUNDO: Los socios acuerdan por unanimidad encomendar a los señores Carlos Alfonso Quiñónez Hernández y Rodolfo Kopper Ramírez, para que en nombre y representación de la Sociedad, comparezcan conjunta o separadamente, en calidad de Ejecutores Especiales ante Notario a ejecutar el acuerdo extraordinario aquí tomado, facultándolos ampliamente para que puedan suscribir cualquier documento que sea necesario. Es conforme con su original con el cual se confrontó; y para los efectos legales correspondientes, extiendo la presente certificación en San Salvador, a los veintiséis días del mes de mayo de dos mil tres. RODOLFO KOPPER RAMIREZ, 3 v. alt. No El Infrascrito Secretario de la Junta General Ordinaria y Extraordinaria de Accionistas de la Sociedad PRODUCTOS AURORA, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE, de este domicilio, CERTIFICA: que en el Libro de Actas de Junta General de Accionistas, se encuentra asentada el Acta Número Catorce de Junta General Ordinaria y Extraordinaria de accionistas celebrada a las catorce horas del día veintiséis de mayo del año dos mil tres, cuyos puntos Primero y Segundo de Asuntos de Carácter Extraordinario, literalmente dice: PUNTO PRIMERO: La Administración de la Sociedad sometió a consideración de los accionistas la conveniencia financiera y administrativa que para la Sociedad representaría unificar sus esfuerzos comerciales con otras sociedades afines; los accionistas presentes o representados, después de discutir ampliamente el tema en cuestión, por unanimidad acuerdan la fusión por absorción con las sociedades: LA CONSTAN- CIA, S.A.; EMBOTELLADORA SALVADOREÑA, SOCIEDAD ANONIMA; INDUSTRIAS CRISTAL DE CENTRO AMERICA, SO- CIEDAD ANONIMA; CORCHO Y LATA, S.A.; INDUSTRIAS SOYAPANGO, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE; INVERSIONES Y VALORES SAN RAFAEL, SOCIEDAD ANONI- MA DE CAPITAL VARIABLE; VALORES Y ACTIVOS INDUS- TRIALES, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE; IN- VERSIONES LA ABEJA, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE; INVERSIONES LA ESTRELLA, SOCIEDAD ANONI- MA DE CAPITAL VARIABLE; INVERCIONES LA ARBOLEDA, SOCIEDAD, ANONIMA CAPITAL VARIABLE; INVERSIONES CAPRICORNIO, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE y TRES MONTAÑAS, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VA- RIABLE. La sociedad absorbente será TRES MONTAÑAS, SOCIE- DAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE, que se abrevia TRES MONTAÑAS, S.A. DE C.V., de nacionalidad salvadoreña, y de este domicilio, y adquirirá los derechos y contraerá todas las obligaciones de las sociedades fusionadas. Los accionistas presentes o representados acuerdan que la fusión a la que se ha hecho referencia anteriormente, se llevará a cabo, sin perjuicio que alguna de las sociedades antes mencionadas no considerare conveniente formar parte de la misma. PUNTO SEGUNDO: Los socios acuerdan por unanimidad encomendar a los señores Carlos Alfonso Quiñónez Hernández y Rodolfo Kopper Ramírez, para que en nombre y representación de la Sociedad, comparezcan conjunta o separadamente, en calidad de Ejecutores Especiales ante Notario a ejecutar el acuerdo extraordinario aquí tomado, facultándolos ampliamente para que puedan suscribir cualquier documento que sea necesario.""""" Es conforme con su original con el cual se confrontó; y para los efectos legales correspondientes, extiendo la presente certificación en San Salvador, a los veintiséis días del mes de mayo de dos mil tres. RODOLFO KOPPER RAMIREZ SECRETARIO 3 v. alt. No El Infrascrito Secretario de la Junta General Extraordinaria y Ordinaria de Accionistas de la Sociedad VALORES Y ACTIVOS INDUSTRIA- LES, S.A. DE C.V., de este domicilio, CERTIFICA: que en el Libro de Actas de Junta General de Accionistas, se encuentra asentada el Acta Número Trece de Junta General Extraordinaria y Ordinaria de Accionistas celebrada a las quince horas y treinta minutos del día veintiséis de mayo del año dos mil tres, cuyos puntos Segundo y Tercero de Asuntos de Carácter Extraordinario, literalmente dicen:

86 86 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 360 PUNTO SEGUNDO: La Administración de la Sociedad sometió a consideración de los accionistas la conveniencia financiera y administrativa que para la Sociedad representaría unificar sus esfuerzos comerciales con otras sociedades afines; los accionistas presentes o representados, después de discutir ampliamente el tema en cuestión, por unanimidad acuerdan la fusión por absorción con las sociedades: LA CONSTAN- CIA, S.A.; EMBOTELLADORA SALVADOREÑA, SOCIEDAD ANONIMA; INDUSTRIAS CRISTAL DE CENTROAMERICA, SO- CIEDAD ANONIMA; CORCHO Y LATA, S.A.; PRODUCTOS AU- RORA, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE; INDUS- TRIAS SOYAPANGO, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VA- RIABLE; INVERSIONES Y VALORES SAN RAFAEL, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE; INVERSIONES LA ABEJA, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE; INVERSIONES LA ESTRELLA, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE; INVERSIONES LA ARBOLEDA, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPI- TAL VARIABLE; INVERSIONES CAPRICORNIO, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE y TRES MONTAÑAS, SO- CIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE. La sociedad absorbente será TRES MONTAÑAS, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPI- TAL VARIABLE, que se abrevia TRES MONTAÑAS, S.A. DE C.V., de nacionalidad salvadoreña, y de este domicilio, y adquirirá los derechos y contraerá todas las obligaciones de las sociedades fusionadas. Los accionistas presentes o representados acuerdan que la fusión a la que se ha hecho referencia anteriormente, se llevará a cabo, sin perjuicio que alguna de las sociedades antes mencionadas no considerare conveniente formar parte de la misma. PUNTO TERCERO: Los Socios acuerdan por unanimidad encomendar a los señores Carlos Alfonso Quiñónez Hernández y Rodolfo Kopper Ramírez, para que en nombre y representación de la Sociedad, comparezcan conjunta o separadamente, en calidad de Ejecutores Especiales ante Notario a ejecutar los acuerdos extraordinarios aquí tomados, facultándolos ampliamente para que puedan suscribir cualquier documento que sea necesario. Es conforme con su original con el cual se confrontó; y para los efectos legales correspondientes, extiendo la presente certificación en San Salvador, a los veintiséis días del mes de mayo de dos mil tres. RODOLFO KOPPER RAMIREZ, y Extraordinaria de accionistas celebrada a las diecisiete horas del día veintiséis de mayo del año dos mil tres, cuyos puntos Primero y Segundo de Asuntos de Carácter Extraordinario, literalmente dicen: """"PUNTO PRIMERO: La Administración de la Sociedad sometió a consideración de los accionistas la conveniencia financiera y administrativa que para la Sociedad representaría unificar sus esfuerzos comerciales con otras sociedades afines; los accionistas presentes o representados, después de discutir ampliamente el tema en cuestión, por unanimidad acuerdan la fusión por absorción con las sociedades: LA CONS- TANCIA, S.A.; EMBOTELLADORA SALVADOREÑA, SOCIEDAD ANONIMA; INDUSTRIAS CRISTAL DE CENTRO AMERICA, SO- CIEDAD ANONIMA; CORCHO Y LATA, S.A.; PRODUCTOS AU- RORA, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE; INDUS- TRIAS SOYAPANGO, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VA- RIABLE; INVERSIONES Y VALORES SAN RAFAEL, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE; VALORES Y ACTIVOS INDUSTRIALES, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIA- BLE; INVERSIONES LA ABEJA, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPI- TAL VARIABLE; INVERSIONES LA ARBOLEDA, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE; INVERSIONES CAPRICOR- NIO, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE Y TRES MONTAÑAS, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE. La sociedad absorbente será TRES MONTAÑAS, SOCIEDAD ANO- NIMA DE CAPITAL VARIABLE, que se abrevia TRES MONTA- ÑAS, S.A. DE C.V., de nacionalidad salvadoreña, y de este domicilio, y adquirirá los derechos y contraerá todas las obligaciones de las sociedades fusionadas. Los accionistas presentes o representados acuerdan que la fusión a la que se ha hecho referencia anteriormente, se llevará a cabo, sin perjuicio que alguna de las sociedades antes mencionadas no considerare conveniente formar parte de la misma."""" """"PUNTO SEGUNDO: los socios acuerdan por unanimidad encomendar a los señores Carlos Alfonso Quiñónez Hernández y Rodolfo Kopper Ramírez, para que en nombre y representación de la Sociedad, comparezcan conjunta o separadamente, en calidad de Ejecutores Especiales ante Notario a ejecutar el acuerdo extraordinario aquí tomado, facultándolos ampliamente para que puedan suscribir cualquier documento que sea necesario.""""" Es conforme con su original con el cual se confrontó, y para los efectos legales correspondientes, extiendo la presente certificación en San Salvador, a los veintiséis días del mes de mayo de dos mil tres. 3 v. alt. No RODOLFO KOPPER RAMIREZ, El Infrascrito Secretario de la Junta General Ordinaria y Extraordinaria de Accionistas de la Sociedad INVERSIONES LA ESTRELLA, SO- CIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE, de este domicilio, CERTIFICA: Que en el Libro de Actas de Junta General de Accionistas, se encuentra asentada el Acta Número Cuatro de Junta General Ordinaria 3 v. alt. No

87 DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 2 de Julio de El Infrascrito Secretario de la Junta General Ordinaria y Extraordinaria de Accionistas de la Sociedad INVERSIONES Y VALORES SAN RAFAEL, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE, de este domicilio, CERTIFICA: que en el Libro de Actas de Junta General de Accionistas, se encuentra asentada el Acta Número Catorce de Junta General Ordinaria y Extraordinaria de accionistas celebrada a las quince horas del día veintiséis de mayo del año dos mil tres, cuyos puntos Primero y Segundo de Asuntos de Carácter Extraordinario, literalmente dicen: """"PUNTO PRIMERO: La Administración de la Sociedad sometió a consideración de los accionistas la conveniencia financiera y administrativa que para la Sociedad representaría unificar sus esfuerzos comerciales con otras sociedades afines; los accionistas presentes o representados, después de discutir ampliamente el tema en cuestión, por unanimidad acuerdan la fusión por absorción con las sociedades: LA CONSTAN- CIA, S.A.; EMBOTELLADORA SALVADOREÑA, SOCIEDAD ANONIMA; INDUSTRIAS CRISTAL DE CENTRO AMERICA, SO- CIEDAD ANONIMA; CORCHO Y LATA, S.A.; PRODUCTOS AU- RORA, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE; INDUS- TRIAS SOYAPANGO, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VA- RIABLE; VALORES Y ACTIVOS INDUSTRIALES, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE; INVERSIONES LA ABEJA, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE; INVERSIONES LA ESTRELLA, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE; INVERSIONES LA ARBOLEDA, SOCIEDAD ANONIMA DE CA- PITAL VARIABLE; INVERSIONES CAPRICORNIO, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE y TRES MONTAÑAS, SO- CIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE. La sociedad absorbente será TRES MONTAÑAS, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPI- TAL VARIABLE, que se abrevia TRES MONTAÑAS, S.A. DE C.V., de nacionalidad salvadoreña, y, de este domicilio, y adquirirá los derechos y contraerá todas las obligaciones de las sociedades fusionadas. Los accionistas presentes o representados acuerdan que la fusión a la que se ha hecho referencia anteriormente, se llevará a cabo, sin perjuicio que alguna de las sociedades antes mencionadas no considerare conveniente formar parte de la misma."""" """"PUNTO SEGUNDO: Los Socios acuerdan por unanimidad encomendar a los señores Carlos Alfonso Quiñónez y Rodolfo Kopper Ramírez, para que en nombre y representación de la Sociedad, comparezcan conjunta o separadamente, en calidad de Ejecutores Especiales ante Notario a ejecutar el acuerdo extraordinario aquí tomado, facultándolos ampliamente para que puedan suscribir cualquier documento que sea necesario.""""" Es conforme con su original con el cual se confrontó; y para los efectos legales correspondientes, extiendo la presente certificación en San Salvador, a los veintiséis días del mes de mayo de dos mil tres. El Infrascrito Secretario de la Junta General Ordinaria y Extraordinaria de Accionistas de la Sociedad INDUSTRIAS SOYAPANGO, SOCIE- DAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE, de este domicilio, CERTIFICA: que en el Libro de Actas de Junta General de Accionistas, se encuentra asentada el Acta Número Treinta y Siete de Junta General Ordinaria y Extraordinaria de accionistas celebrada a las catorce horas y treinta minutos del día veintiséis de mayo del año dos mil tres, cuyos puntos Primero y Segundo de Asuntos de Carácter Extraordinario, literalmente dicen: """PUNTO PRIMERO: La Administración de la Sociedad sometió a consideración de los accionistas la conveniencia financiera y administrativa que para la Sociedad representaría unificar sus esfuerzos comerciales con otras sociedades afines; los accionistas presentes o representados, después de discutir ampliamente el tema en cuestión, por unanimidad acuerdan la fusión por absorción con las sociedades: LA CONSTAN- CIA, S.A.; EMBOTELLADORA SALVADOREÑA, SOCIEDAD ANONIMA; INDUSTRIAS CRISTAL DE CENTRO AMERICA, SO- CIEDAD ANONIMA; CORCHO Y LATA, S.A.; PRODUCTOS AU- RORA, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE; INVER- SIONES Y VALORES SAN RAFAEL, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE; VALORES Y ACTIVOS INDUSTRIALES, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE; INVERSIONES LA ABEJA, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE; INVERSIONES LA ESTRELLA, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPI- TAL VARIABLE; INVERSIONES LA ARBOLEDA, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE; INVERSIONES CAPRICOR- NIO, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE y TRES MONTAÑAS, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE. La sociedad absorbente será TRES MONTAÑAS, SOCIEDAD ANO- NIMA DE CAPITAL VARIABLE, que se abrevia TRES MONTAÑAS, S.A. DE C.V., de nacionalidad salvadoreña, y de este domicilio, y adquirirá los derechos y contraerá todas las obligaciones de las sociedades fusionadas. Los accionistas presentes o representados acuerdan que la fusión a la que se ha hecho referencia anteriormente, se llevará a cabo, sin perjuicio que alguna de las sociedades antes mencionadas no considerare conveniente formar parte de la misma."""" """""PUNTO SEGUNDO: Los Socios acuerdan por unanimidad encomendar a los señores Carlos Alfonso Quiñónez Hernández y Rodolfo Kopper Ramírez, para que en nombre y representación de la Sociedad, comparezcan conjunta o separadamente, en calidad de Ejecutores Especiales ante Notario a ejecutar el acuerdo extraordinario aquí tomado, facultándolos ampliamente para que puedan suscribir cualquier documento que sea necesario."""""" Es conforme con su original con el cual se confrontó; y para los efectos legales correspondientes, extiendo la presente certificación en San Salvador, a los veintiséis días del mes de mayo de dos mil tres. RODOLFO KOPPER RAMIREZ, RODOLFO KOPPER RAMIREZ, 3 v. alt. No v. alt. No

88 88 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 360 El Infrascrito Secretario de la Junta General Ordinaria y Extraordinaria de Accionistas de la Sociedad LA CONSTANCIA, S.A., de este domicilio, CERTIFICA: que en el Libro de Actas de Junta General de Accionistas, se encuentra asentada el Acta Número Ciento Cincuenta y Uno de Junta General Ordinaria y Extraordinaria de accionistas celebrada a las diez horas y treinta minutos del día veintiséis de mayo del año dos mil tres, cuyos puntos Primero y Segundo de Asuntos de Carácter Extraordinario, literalmente dicen: """"PUNTO PRIMERO: La Administración de la Sociedad sometió a consideración de los accionistas la conveniencia financiera y administrativa que para la Sociedad representaría unificar sus esfuerzos comerciales con otras sociedades afines; los accionistas presentes o representados, después de discutir ampliamente el tema en cuestión, por unanimidad acuerdan la fusión por absorción con las sociedades: EMBOTELLADO- RA SALVADOREÑA, SOCIEDAD ANONIMA; INDUSTRIAS CRIS- TAL DE CENTRO AMERICA, SOCIEDAD ANONIMA; CORCHO Y LATA, S.A.; PRODUCTOS AURORA, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE; INDUSTRIAS SOYAPANGO, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE; INVERSIONES Y VALO- RES SAN RAFAEL, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIA- BLE; VALORES Y ACTIVOS INDUSTRIALES, SOCIEDAD ANO- NIMA DE CAPITAL VARIABLE; INVERSIONES LA ABEJA, SO- CIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE; INVERSIONES. LA ESTRELLA, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE; INVERSIONES LA ARBOLEDA, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPI- TAL VARIABLE; INVERSIONES CAPRICORNIO, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE y TRES MONTAÑAS, SO- CIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE. La sociedad absorbente será TRES MONTAÑAS, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPI- TAL VARIABLE, que se abrevia TRES MONTAÑAS, S.A. DE C.V., de nacionalidad salvadoreña, y de este domicilio, y adquirirá los derechos y contraerá todas las obligaciones de las sociedades fusionadas. Los accionistas presentes o representados acuerdan que la fusión a la que se ha hecho referencia anteriormente, se llevará a cabo, sin perjuicio que alguna de las sociedades antes mencionadas no considerare conveniente formar parte de la misma.""'"' """"PUNTO SEGUNDO: Los socios acuerdan por unanimidad encomendar a los señores Carlos Alfonso Quiñónez Hernández y Rodolfo Kopper Ramírez, para que en nombre y representación de la Sociedad, comparezcan conjunta o separadamente, en calidad de Ejecutores Especiales ante Notario a ejecutar el acuerdo extraordinario aquí tomado, facultándolos ampliamente para que puedan suscribir cualquier documento que sea necesario.""""" Es conforme con su original con el cual se confrontó; y para los efectos legales correspondientes, extiendo la presente certificación en San Salvador, a los veintiséis días del mes de mayo de dos mil tres. El Infrascrito Secretario de la Junta General Ordinaria y Extraordinaria de Accionistas de la Sociedad INDUSTRIAS CRISTAL DE CENTRO AMERICA, SOCIEDAD ANONIMA, de este domicilio, CERTIFICA: que en el Libro de Actas de Junta General de Accionistas, se encuentra asentada el Acta Número Sesenta y Uno de Junta General Ordinaria y Extraordinaria de accionistas celebrada a las once horas del día veintiséis de mayo del año dos mil tres, cuyos puntos Primero y Segundo de Asuntos de Carácter Extraordinario, literalmente dicen: """PUNTO PRIMERO: La Administración de la Sociedad sometió a consideración de los accionistas la conveniencia financiera y administrativa que para la Sociedad representaría unificar sus esfuerzos comerciales con otras sociedades afines; los accionistas presentes o representados, después de discutir ampliamente el tema en cuestión, por unanimidad acuerdan la fusión por absorción con las sociedades: EMBOTELLADO- RA SALVADOREÑA, SOCIEDAD ANONIMA; -INDUSTRIAS CRIS- TAL DE CENTRO AMERICA, SOCIEDAD ANONIMA; CORCHO Y LATA, S.A.; PRODUCTOS AURORA, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE; INDUSTRIAS SOYAPANGO, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE; INVERSIONES Y VALO- RES SAN RAFAEL, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIA- BLE; VALORES Y ACTIVOS INDUSTRIALES, SOCIEDAD ANO- NIMA DE CAPITAL VARIABLE; INVERSIONES LA ABEJA, SO- CIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE; INVERSIONES LA ESTRELLA, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE; INVERSIONES LA ARBOLEDA, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPI- TAL VARIABLE; INVERSIONES CAPRICORNIO, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE y TRES MONTAÑAS, SO- CIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE. La sociedad absorbente será TRES MONTAÑAS, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPI- TAL VARIABLE, que se abrevia TRES MONTAÑAS, S.A. DE C.V., de nacionalidad salvadoreña, y de este domicilio, y adquirirá los derechos y contraerá todas las obligaciones de las sociedades fusionadas. Los accionistas presentes o representados acuerdan que la fusión a la que se ha hecho referencia anteriormente, se llevará a cabo, sin perjuicio que alguna de las sociedades antes mencionadas no considerare conveniente formar parte de la misma."""" """"PUNTO SEGUNDO: Los Socios acuerdan por unanimidad encomendar a los señores Carlos Alfonso Quiñónez Hernández y Rodolfo Kopper Ramírez, para que en nombre y representación de la Sociedad, comparezcan conjunta o separadamente, en calidad de Ejecutores Especiales ante Notario a ejecutar el acuerdo extraordinario aquí tomado, facultándolos ampliamente para que puedan suscribir cualquier documento que sea necesario."""""" Es conforme con su original con el cual se confrontó; y para los efectos legales correspondientes, extiendo la presente certificación en San Salvador, a los veintiséis días del mes de mayo de dos mil tres. RODOLFO KOPPER RAMIREZ, RODOLFO KOPPER RAMIREZ, 3 v. alt. No v. alt. No

89 DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 2 de Julio de El Infrascrito Secretario de la Junta General Extraordinaria y Ordinaria de Accionistas de la Sociedad CORCHO Y LATA, S.A., del domicilio de la ciudad de Soyapango, Departamento de San Salvador, CERTIFICA: que en el Libro de Actas de Junta General de Accionistas, se encuentra asentada el Acta Número Ochenta y Seis de Junta General Extraordinaria y Ordinaria de Accionistas celebrada a las nueve horas del día veintiséis de mayo del año dos mil tres, cuyos puntos Segundo y Tercero de Asuntos de Carácter Extraordinario, literalmente dicen: PUNTO SEGUNDO: La Administración de la Sociedad sometió a consideración de los accionistas la conveniencia financiera y administrativa que para la Sociedad representaría unificar sus esfuerzos comerciales con otras sociedades afines; los accionistas presentes o representados, después de discutir ampliamente el tema en cuestión, por unanimidad acuerdan la fusión por absorción con las sociedades: LA CONSTAN- CIA, S.A.; EMBOTELLADORA SALVADOREÑA, SOCIEDAD ANONIMA; INDUSTRIAS CRISTAL DE CENTRO AMERICA, SO- CIEDAD ANONIMA; PRODUCTOS AURORA, SOCIEDAD ANO- NIMA DE CAPITAL VARIABLE; INDUSTRIAS SOYAPANGO, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE; INVERSIONES Y VALORES SAN RAFAEL, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE; VALORES Y ACTIVOS INDUSTRIALES, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE; INVERSIONES LA ABEJA, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE; INVERSIONES LA ESTRELLA, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE; INVERSIONES LA ARBOLEDA, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPI- TAL VARIABLE; INVERSIONES CAPRICORNIO, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE y TRES MONTAÑAS, SO- CIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE. La sociedad absorbente será TRES MONTAÑAS, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPI- TAL VARIABLE, que se abrevia TRES MONTAÑAS, S. A. DE C.V., de nacionalidad salvadoreña, y de este domicilio, y adquirirá los derechos y contraerá todas las obligaciones de las sociedades fusionadas. Los accionistas presentes o representados acuerdan que la fusión a la que se ha hecho referencia anteriormente, se llevará a cabo, sin perjuicio que alguna de las sociedades antes mencionadas no considerare conveniente formar parte de la misma.""" """PUNTO TERCERO: Los socios acuerdan por unanimidad encomendar a los señores Carlos Alfonso Quiñónez Hernández, mayor de edad, Licenciado en Administración de Empresas, de nacionalidad salvadoreña y de este domicilio; y Guillermo Arturo Angulo Solórzano, mayor de edad, Ejecutivo Empresarial, de nacionalidad salvadoreña y del domicilio de la ciudad de Nueva San Salvador, Departamento de La Libertad, para que en nombre y representación de la Sociedad, comparezcan conjunta o separadamente, en calidad de Ejecutores Especiales ante Notario a ejecutar los acuerdos extraordinarios aquí tomados, facultándolos ampliamente para que puedan suscribir cualquier documento que sea necesario.""" Es conforme con su original con el cual se confrontó; y para los efectos legales correspondientes, extiendo la presente certificación en San Salvador, a los veintiséis días del mes de mayo de dos mil tres. El Infrascrito Secretario de la Junta General Ordinaria y Extraordinaria de Accionistas de la Sociedad TRES MONTAÑAS, SOCIEDAD ANO- NIMA DE CAPITAL VARIABLE, de este domicilio, CERTIFICA: que en el Libro de Actas de Junta General de Accionistas, se encuentra asentada el Acta Número Dos de Junta General Ordinaria y Extraordinaria de accionistas celebrada a las trece horas del día veintiséis de mayo del año dos mil tres, cuyos puntos Primero y Segundo de Asuntos de Carácter Extraordinario, literalmente dicen: """"PUNTO PRIMERO: La Administración de la Sociedad sometió a consideración de los accionistas la conveniencia financiera y administrativa que para la Sociedad representaría unificar sus esfuerzos comerciales con otras sociedades afines; los accionistas presentes o representados, después de discutir ampliamente el tema en cuestión, por unanimidad acuerdan la fusión por absorción de la Sociedad con las sociedades: LA CONSTANCIA, S.A.; EMBOTELLADORA SALVADOREÑA, SO- CIEDAD ANONIMA; INDUSTRIAS CRISTAL DE CENTRO AME- RICA, SOCIEDAD ANONIMA; CORCHO Y LATA, S.A.; PRODUC- TOS AURORA, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE; INDUSTRIAS SOYAPANGO, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPI- TAL VARIABLE; INVERSIONES Y VALORES SAN RAFAEL, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE; VALORES Y ACTIVOS INDUSTRIALES, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE; INVERSIONES LA ABEJA, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE; INVERSIONES LA ESTRELLA, SOCIE- DAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE; INVERSIONES LA ARBOLEDA, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE; e INVERSIONES CAPRICORNIO, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPI- TAL VARIABLE, siendo la sociedad absorbente, y en consecuencia adquirirá los derechos y contraerá todas las obligaciones de las sociedades fusionadas. Los accionistas presentes o representados acuerdan que la fusión a la que se ha hecho referencia anteriormente, se llevará a cabo, sin perjuicio que alguna de las sociedades antes mencionadas no considerare conveniente formar parte de la misma."""" """"PUNTO SEGUNDO: Los socios acuerdan por unanimidad encomendar a los señores Carlos Alfonso Quiñónez Hernández y Rodolfo Kopper Ramírez, para que en nombre y representación de la Sociedad, comparezcan conjunta o separadamente, en calidad de Ejecutores Especiales ante Notario a ejecutar el acuerdo extraordinario aquí tomado, facultándolos ampliamente para que puedan suscribir cualquier documento que sea necesario. Es conforme con su original con el cual se confrontó; y para los efectos legales correspondientes, extiendo la presente certificación en San Salvador, a los veintiséis días del mes de mayo de dos mil tres. GUILLERMO ARTURO ANGULO SOLORZANO,, RODOLFO KOPPER RAMIREZ, 3 v. alt. No v. alt. No

90 90 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 360 El Infrascrito Secretario de la Junta General Ordinaria y Extraordinaria El Infrascrito Secretario de la Junta General Ordinaria y Extraordinaria de Accionistas de la Sociedad INVERSIONES CAPRICORNIO, SO- de Accionistas de la Sociedad INVERSIONES LA ABEJA, SOCIE- CIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE, de este domicilio, DAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE, de este domicilio, CER- TIFICA: Que en el Libro de Actas de Junta General de Accionistas, se CERTIFICA: que en el Libro de Actas de Junta General de encuentra asentada el Acta Número Cuatro de Junta General Ordinaria Accionistas, se encuentra asentada el Acta Número Dos de Junta General y Extraordinaria de accionistas celebrada a las dieciséis horas y treinta Ordinaria y Extraordinaria de accionistas celebrada a las dieciocho horas minutos del día veintiséis de mayo del año dos mil tres, cuyos puntos del día veintiséis de mayo del año dos mil tres, cuyos puntos Primero y Primero y Segundo de Asuntos de Carácter Extraordinario, literalmente Segundo de Asuntos de Carácter Extraordinario, literalmente dicen: dicen: """"PUNTO PRIMERO: La Administración de la Sociedad sometió a """"PUNTO PRIMERO: La Administración de la Sociedad sometió a consideración de los accionistas la conveniencia financiera y administrativa que para la Sociedad representaría unificar sus esfuerzos comercia- consideración de los accionistas la conveniencia financiera y administrativa que para la Sociedad representaría unificar sus esfuerzos comerciales con otras sociedades afines; los accionistas presentes o representados, les con otras sociedades afines; los accionistas presentes o representados, después de discutir ampliamente el tema en cuestión, por unanimidad después de discutir ampliamente el tema en cuestión, por unanimidad acuerdan la fusión por absorción con las sociedades: LA CONSTANacuerdan la fusión por absorción con las sociedades: LA CONSTAN- CIA, S.A.; EMBOTELLADORA SALVADOREÑA, SOCIEDAD CIA, S.A.; EMBOTELLADORA SALVADOREÑA, SOCIEDAD ANONIMA; INDUSTRIAS CRISTAL DE CENTRO AMERICA, SO- ANONIMA; INDUSTRIAS CRISTAL DE CENTRO AMERICA, SO- CIEDAD ANONIMA; CORCHO Y LATA, S.A.; PRODUCTOS AU- CIEDAD ANONIMA; CORCHO Y LATA, S.A.; PRODUCTOS AU- RORA, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE; INDUS- RORA, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE; INDUS- TRIAS SOYAPANGO, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VA- TRIAS SOYAPANGO, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VA- RIABLE; INVERSIONES Y VALORES SAN RAFAEL, SOCIEDAD RIABLE; INVERSIONES Y VALORES SAN RAFAEL, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE; VALORES Y ACTIVOS ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE; VALORES Y ACTIVOS INDUSTRIALES, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIA- INDUSTRIALES, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIA- BLE; INVERSIONES LA ABEJA, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPI- BLE; INVERSIONES LA ESTRELLA, SOCIEDAD ANONIMA DE TAL VARIABLE; INVERSIONES LA ESTRELLA, SOCIEDAD CAPITAL VARIABLE; INVERSIONES LA ARBOLEDA, SOCIE- ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE; INVERSIONES LA ARBO- DAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE; INVERSIONES CA- LEDA, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE y TRES PRICORNIO, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE y MONTAÑAS, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE. TRES MONTAÑAS, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIA- La sociedad absorbente será TRES MONTAÑAS, SOCIEDAD ANO- BLE. La sociedad absorbente será TRES MONTAÑAS, SOCIEDAD NIMA DE CAPITAL VARIABLE, que se abrevia TRES MONTAÑAS, ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE, que se abrevia TRES MON- S.A. DE C.V., de nacionalidad salvadoreña, y de este domicilio, y TAÑAS, S.A. DE C.V., de nacionalidad salvadoreña, y de este domicilio, y adquirirá los derechos y contraerá todas las obligaciones de las adquirirá los derechos y contraerá todas las obligaciones de las sociedades fusionadas. Los accionistas presentes o representados acuerdan que sociedades fusionadas. Los accionistas presentes o representados acuerdan que la fusión a la que se ha hecho referencia anteriormente, se llevará la fusión a la que se ha hecho referencia anteriormente, se llevará a cabo, sin perjuicio que alguna de las sociedades antes mencionadas no a cabo, sin perjuicio que alguna de las sociedades antes mencionadas no considerare conveniente formar parte de la misma."""" considerare conveniente formar parte de la misma."""" """"PUNTO SEGUNDO: Los Socios acuerdan por unanimidad encomendar a los señores Carlos Alfonso Quiñónez Hernández y Rodolfo Kopper Ramírez, para que en nombre y representación de la Sociedad, """""PUNTO SEGUNDO: Los Socios acuerdan por unanimidad encomendar a los señores Carlos Alfonso Quiñónez Hernández y Rodolfo Kopper Ramírez, para que en nombre y representación de la Sociedad, comparezcan conjunta o separadamente, en calidad de Ejecutores Especiales ante Notario a ejecutar el acuerdo extraordinario aquí tomado, ciales ante Notario a ejecutar el acuerdo extraordinario aquí tomado, comparezcan conjunta o separadamente, en calidad de Ejecutores Espe- facultándolos ampliamente para que puedan suscribir cualquier documento que sea necesario.""""" mento que sea facultándolos ampliamente para que puedan suscribir cualquier docu- necesario.""""" Es conforme con su original con el cual se confrontó; y para los efectos legales correspondientes, extiendo la presente certificación en San Salvador, a los veintiséis días del mes de mayo de dos mil tres. Es conforme con su original con el cual se confrontó; y para los efectos legales correspondientes, extiendo la presente certificación en San Salvador, a los veintiséis días del mes de mayo de dos mil tres. RODOLFO KOPPER RAMIREZ, RODOLFO KOPPER RAMIREZ, 3 v. alt. No v. alt. No

91 DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 2 de Julio de El Infrascrito Secretario de la Junta General Ordinaria y Extraordinaria VARIABLE y TRES MONTAÑAS, SOCIEDAD ANONIMA DE de Accionistas de la Sociedad EMBOTELLADORA SALVADORE- CAPITAL VARIABLE. La sociedad absorbente será TRES MONTA- ÑA, SOCIEDAD ANONIMA, del domicilio de Soyapango, CERTIFI- ÑAS, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE, que se CA: Que en el Libro de Actas de Junta General de Accionistas, se abrevia TRES MONTAÑAS, S.A. DE C.V., de nacionalidad salvadoreña, y de este domicilio, y adquirirá los derechos y contraerá todas las encuentra asentada el Acta Número Noventa y Uno de Junta General Ordinaria y Extraordinaria de accionistas celebrada a las diez horas del obligaciones de las sociedades fusionadas. Los accionistas presentes o día veintiséis de mayo del año dos mil tres, cuyos puntos Primero y representados acuerdan que la fusión a la que se ha hecho referencia Segundo de Asuntos de Carácter Extraordinario, literalmente dicen: anteriormente, se llevará a cabo, sin perjuicio que alguna de las sociedades antes mencionadas no considerare conveniente formar parte de la """PUNTO PRIMERO: La Administración de la Sociedad sometió a consideración de los accionistas la conveniencia financiera y administrativa que para la Sociedad representaría unificar sus esfuerzos comercia- """"PUNTO SEGUNDO: Los Socios acuerdan por unanimidad enco- misma."""" les con otras sociedades afines; los accionistas presentes o representados, mendar a los señores Carlos Alfonso Quiñónez Hernández y Rodolfo después de discutir ampliamente el tema en cuestión, por unanimidad Kopper Ramírez, para que en nombre y representación de la Sociedad, acuerdan la fusión por absorción con las sociedades: LA CONSTAN- comparezcan conjunta o separadamente, en calidad de Ejecutores Especiales ante Notario a ejecutar el acuerdo extraordinario aquí tomado, CIA, S.A.; INDUSTRIAS CRISTAL DE CENTRO AMERICA, SO- CIEDAD ANONIMA; CORCHO Y LATA, S.A.; PRODUCTOS AU- facultándolos ampliamente para que puedan suscribir cualquier documento que sea necesario."""""" RORA, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE; INDUS- TRIAS SOYAPANGO, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VA- Es conforme con su original con el cual se confrontó; y para los RIABLE; INVERSIONES Y VALORES SAN RAFAEL, SOCIEDAD efectos legales correspondientes, extiendo la presente certificación en ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE; VALORES Y ACTIVOS San Salvador, a los veintiséis días del mes de mayo de dos mil tres. INDUSTRIALES, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIA- BLE; INVERSIONES LA ABEJA, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPI- TAL VARIABLE; INVERSIONES LA ESTRELLA, SOCIEDAD CRISTINA PERLA DE CASANOVAS, ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE; INVERSIONES LA ARBO- LEDA, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE; INVER- SIONES CAPRICORNIO, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL 3 v. alt. No VALORES Y ACTIVOS INDUSTRIALES, S. A. DE C. V. Balance General al 31 de marzo de 2003 (Expresado en Dólares de los Estados Unidos) ACTIVO PATRIMONIO $ 4, CIRCULANTE $ 4, Capital Social Suscrito 11, Efectivo y equivalentes de efectivo 4, Capital Social Suscrito no pagado (6,857.14) TOTAL ACTIVO $ 4, TOTAL PASIVO Y PATRIMONIO $ 4, ROBERTO HENDERSON MURRAY MEZA, GILBERTO ENRIQUE LOPEZ, LOPEZ SALGADO, S. A. DE C. V. REPRESENTANTE LEGAL. CONTADOR. AUDITOR EXTERNO. 3 v. alt. No

92 92 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 360 INVERSIONES Y VALORES SAN RAFAEL, S. A. DE C. V. Balance General al 31 de marzo de 2003 (Expresado en Dólares de los Estados Unidos) ACTIVO PASIVO CIRCULANTE $ 157, CIRCULANTE $ 34, Efectivo y equivalentes de efectivo 17, Cuentas por Cobrar 121, Cuentas por pagar 16, Gastos Pagados por anticipado 18, Gastos acumulados por pagar 17, Provisión para Obligaciones Laborales $ 105, PATRIMONIO $ 17, Capital Social Suscrito 11, Capital Social Suscrito no pagado -6, Utilidades Retenidas y Reservas 12, TOTAL ACTIVO $ 157, TOTAL PASIVO Y PATRIMONIO $ 157, ROBERTO HENDERSON MURRAY MEZA, GILBERTO ENRIQUE LOPEZ, LOPEZ SALGADO, S. A. de C. V. REPRESENTANTE LEGAL. CONTADOR. AUDITOR EXTERNO. ACTIVO INVERSIONES LA ARBOLEDA, S. A. DE C. V. BALANCE GENERAL AL 31 DE MARZO DE 2003 (Expresado en Dólares de los Estados Unidos) PASIVO 3 v. alt. No CIRCULANTE $ 7,600, CIRCULANTE $ 26,425, BANCOS 10, CUENTAS POR PAGAR 3, CUENTAS POR COBRAR RELACIONADAS 7,590, CUENTAS POR PAGAR RELACIONADAS 26,175, PRESTAMOS INTERGRUPO 246, PATRIMONIO (18,824,931.61) CAPITAL SOCIAL 11, UTILIDADES (PERDIDAS) RETENIDAS (18,836,360.18) TOTAL ACTIVO $ 7, PASIVO Y PATRIMONIO $ 7,600, KRISSIA LAGUARDIA DE CASTILLO, EDGARD ANTONIO GRANDE BERMUDEZ, LOPEZ SALGADO, S. A. de C. V. ADMINISTRADOR UNICO. CONTADOR. AUDITORES EXTERNOS. 3 v. alt. No

93 DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 2 de Julio de INDUSTRIAS SOYAPANGO, S. A. DE C. V. Balance General al 31 de marzo de 2003 (Expresado en Dólares de los Estados Unidos) ACTIVO PASIVO Y PATRIMONIO CIRCULANTE $ 2,239, CIRCULANTE $ 524, Efectivo y equivalentes de efectivo 740, Préstamos Bancarios (c.p.) 29, Cuentas por cobrar 1,493, Impuestos por Pagar 438, Gastos Pagados por anticipado 5, Cuentas por pagar 57, LARGO PLAZO $ 119, Préstamo Bancario ( L. P. ) 119, NO CIRCULANTE $ 2,396, PATRIMONIO $ 3,991, Terrenos, Edificios, Maquinaria, Mobiliario y Eq. 3,760, Capital Social 685, Depreciación acumulada (1,363,996.96) Utilidades retenidas y reservas 3,305, TOTAL ACTIVO $ 4,635, TOTAL PASIVO Y PATRIMONIO $ 4,635, JOSE CARLOS BONILLA, GILBERTO ENRIQUE LOPEZ, LOPEZ SALGADO, S. A. de C. V. REPRESENTANTE LEGAL. CONTADOR. AUDITOR EXTERNO. 3 v. alt. No INDUSTRIAS CRISTAL DE CENTROAMERICA, S. A. Balance General al 31 de marzo de 2003 (Expresado en Dólares de los Estados Unidos) ACTIVO PASIVO CIRCULANTE $ 20,843, CIRCULANTE $ 1,135, Cuentas por cobrar 20,535, Compañías Relacionadas por pagar 16, Gastos Pagados por anticipado 307, Cuentas por pagar 1,118, NO CIRCULANTE $ 6,403, PATRIMONIO $ 26,110, Terrenos, Edificios, Maquinaria, Mobiliario y Eq. 8,134, Capital Social 5,942, Depreciación acumulada (1,731,693.45) Utilidades Retenidas y Reservas 20,167, TOTAL ACTIVO $ 27,246, TOTAL PASIVO Y PATRIMONIO $ 27,246, RODOLFO JOSE KOPPER RAMIREZ, GILBERTO ENRIQUE LOPEZ, LOPEZ SALGADO, S. A. de C. V. ADMINISTRADOR UNICO. CONTADOR. AUDITOR EXTERNO. 3 v. alt. No

94 94 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 360 EMBOTELLADORA SALVADOREÑA, S. A. Balance General al 31 de marzo de 2003 (Expresado en Dólares de los Estados Unidos) ACTIVO PASIVO CIRCULANTE $105,705, CIRCULANTE $ 5,792, Efectivo y equivalentes de efectivo 239, Cuentas por Cobrar 102,115, Compañías Relacionadas por pagar 42, Gastos Pagados por anticipado 3,350, Cuentas por pagar 5,750, NO CIRCULANTE $ 14,514, PATRIMONIO $114,426, Terrenos, Edificios, Maquinaria, Mobiliario y Eq. 17,234, Capital Social 34,285, Depreciación acumulada (2,720,052.23) Utilidades retenidas y reservas 80,141, TOTAL ACTIVO $120,219, TOTAL PASIVO Y PATRIMONIO $120,219, ACTIVO JOSE CARLOS BONILLA, GILBERTO ENRIQUE LOPEZ, LOPEZ SALGADO, S. A. de C. V. REPRESENTANTE LEGAL. CONTADOR. AUDITOR EXTERNO. LA CONSTANCIA, S. A. Balance General al 31 de marzo de 2003 (Expresado en Dólares de los Estados Unidos) PASIVO 3 v. alt. No CIRCULANTE $ 63,819, CIRCULANTE $ 4,010, Efectivo y equivalentes de efectivo 191, Cuentas por pagar 3,966, Cuentas por cobrar 62,792, Compañías Relacionadas por pagar 44, Gastos Pagados por anticipado 835, NO CIRCULANTE $ 11,253, Pasivo Diferido $ 38, Terrenos, Edificios, Maquinaria, Mobiliario y Eq. 14,921, PATRIMONIO $ 71,023, Depreciación acumulada (3,668,219.13) Capital Social 27,120, Utilidades Retenidas y Reservas 43,903, TOTAL ACTIVO $ 75,072, TOTAL PASIVO Y PATRIMONIO $75,072, RODOLFO JOSE KOPPER RAMIREZ, GILBERTO ENRIQUE LOPEZ, LOPEZ SALGADO, S. A. de C. V. ADMINISTRADOR UNICO. CONTADOR. AUDITOR EXTERNO. 3 v. alt. No

95 DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 2 de Julio de TRES MONTAÑAS, S. A. DE C. V. BALANCE GENERAL AL 31 DE MAYO DE 2003 (Expresado en Dólares de los Estados Unidos) ACTIVO PATRIMONIO CIRCULANTE $ 11, $ 11, BANCOS 11, CAPITAL SOCIAL 11, TOTAL ACTIVO $ 11, TOTAL PATRIMONIO $ 11, Este Estado Financiero ha sido preparado conforme los registros contables de la Compañía y su uso será de conformidad a lo establecido en el Art. 486 del Código de Comercio. ANA MERCEDES LOPEZ DE FABREGAT, GILBERTO ENRIQUE LOPEZ, LOPEZ SALGADO, S. A. de C. V. ADMINISTRADOR UNICO. CONTADOR. AUDITORES EXTERNO. ACTIVO PRODUCTOS AURORA, S. A. DE C. V. Balance General al 31 de marzo de 2003 (Expresado en Dólares de los Estados Unidos) PASIVO 3 v. alt. No CIRCULANTE $ 573, CIRCULANTE $ 99, Efectivo y equivalentes de efectivo 137, Cuentas por pagar 99, Cuentas por Cobrar 434, Gastos Pagados por anticipado 1, NO CIRCULANTE $ 754, PATRIMONIO $ 1, Terrenos, Edificios, Maquinaria, Mobiliario y Eq. 933, Capital Social 44, Depreciación acumulada (179,082.32) Utilidades Retenidas y Reservas 1,182, TOTAL ACTIVO $ 1,327, TOTAL PASIVO Y PATRIMONIO $ 1,327, ANA VIOLETA ALVAREZ DE RODRIGUEZ, GILBERTO ENRIQUE LOPEZ, LOPEZ SALGADO, S. A. de C. V. ADMINISTRADOR UNICO. CONTADOR. AUDITOR EXTERNO. 3 v. alt. No

96 96 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 360 CORCHO Y LATA, S. A. BALANCE GENERAL AL 31 DE MARZO DE 2003 (Expresado en Dólares de los Estados Unidos) ACTIVO PASIVO CIRCULANTE $ 3,206, CIRCULANTE $ 1,696, CAJA Y BANCOS 881, CUENTAS POR PAGAR 666, CUENTAS POR COBRAR 1,853, PRESTAMOS CORTO PLAZO 1,029, INVENTARIOS 438, GASTOS ANTICIPADOS 32, PATRIMONIO 2,679, FIJO 865, CAPITAL SOCIAL 3,085, TERRENO, MAQUINARIA Y EQUIPO 1,131, UTILIDADES (PERDIDAS) Y RESERVAS (405,858.75) DEPRECIACION ACUMULADA ( 266,210.17) OTROS ACTIVOS 304, TOTAL ACTIVO $ 4,376, PASIVO Y PATRIMONIO $ 4,376, Lic. JOSE CARLOS BONILLA, OSCAR SAUL RENDEROS, LOPEZ SALGADO, S. A. de C. V. PRESIDENTE. CONTADOR. AUDITORES EXTERNOS. 3 v. alt. No INVERSIONES CAPRICORNIO, S. A. DE C. V. BALANCE GENERAL AL 31 DE MARZO DE 2003 (Expresado en Dólares de los Estados Unidos) ACTIVO PASIVO CIRCULANTE $ 3,095, CIRCULANTE $ 3,497, BANCOS 9, CUENTAS POR PAGAR 3, CUENTAS POR COBRAR RELACIONADAS 3,085, CUENTAS POR PAGAR RELACIONADAS 3, PRESTAMOS INTERGRUPO 3,491, PATRIMONIO (402,252.45) CAPITAL SOCIAL 11, UTILIDADES (PERDIDAS) RETENIDAS (413,681.02) TOTAL ACTIVO $ 3,095, PASIVO Y PATRIMONIO $ 3,095, KRISSIA LAGUARDIA DE CASTILLO, EDGARD ANTONIO GRANDE BERMUDEZ, LOPEZ SALGADO, S. A. de C. V. ADMINISTRADOR UNICO. CONTADOR. AUDITORES EXTERNOS. 3 v. alt. No

97 DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 2 de Julio de INVERSIONES LA ESTRELLA, S. A. DE C. V. BALANCE GENERAL AL 31 DE MARZO DE 2003 (Expresado en Dólares de los Estados Unidos) ACTIVO PASIVO CIRCULANTE $ 21,375, CIRCULANTE $114,328, BANCOS 2, CUENTAS POR PAGAR 3, CUENTAS POR COBRAR RELACIONADAS 21,372, CUENTAS POR PAGAR RELACIONADAS 98,992, PRESTAMOS INTERGRUPO 15,333, PATRIMONIO (92,952,665.71) CAPITAL SOCIAL 11, UTILIDADES (PERDIDAS) RETENIDAS (92,964,094.28) TOTAL ACTIVO $ 21,375, PASIVO Y PATRIMONIO $ 21,375, KRISSIA LAGUARDIA DE CASTILLO, EDGARD ANTONIO GRANDE BERMUDEZ, LOPEZ SALGADO, S. A. de C. V. ADMINISTRADOR UNICO. CONTADOR. AUDITORES EXTERNOS. 3 v. alt. No INVERSIONES LA ABEJA, S. A. DE C. V. BALANCE GENERAL AL 31 DE MARZO DE 2003 (Expresado en Dólares de los Estados Unidos) ACTIVO PASIVO CIRCULANTE $ 29,080, CIRCULANTE $ 78,496, BANCOS 4, CUENTAS POR PAGAR 3, CUENTAS POR COBRAR RELACIONADAS 29,076, CUENTAS POR PAGAR RELACIONADAS 78,048, PRESTAMOS INTERGRUPO 444, PATRIMONIO (49,415,736.28) CAPITAL SOCIAL 11, UTILIDADES (PERDIDAS) RETENIDAS (49,427,164.85) TOTAL ACTIVO $ 29,080, PASIVO Y PATRIMONIO $ 29,080, KRISSIA LAGUARDIA DE CASTILLO, EDGARD ANTONIO GRANDE BERMUDEZ, LOPEZ SALGADO, S. A. de C. V. ADMINISTRADOR UNICO. CONTADOR. AUDITORES EXTERNOS. 3 v. alt. No

98 98 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 360 ANA EMILIA PADILLA LINARES, Notario, del domicilio de Santa Ana, con oficina situada en Cuarta Avenida Norte, entre Quinta y Séptima Calle Poniente número dieciocho-a de Santa Ana, al público para los efectos de ley, HACE SABER: que por resolución del suscrito Notario proveída a las diez horas del día veinticinco de febrero del año dos mil tres se ha tenido por aceptada expresamente y con beneficio de inventario la herencia intestada que a su defunción dejó la señora MARIA HORTEN- SIA ALEMAN o MARIA HORTENSIA ALEMAN ALBANES, quien falleció el día veinticinco de abril del año dos mil dos en el Hospital San Juan de Dios de esta ciudad, siendo éste su último domicilio de parte de los señores GUILLERMO ARMANDO ALEMAN, ANGELA ELENA CARBALLO ALEMAN y EDITH NOEMY CARBALLO ALEMAN, en su concepto de hijos de la causante; confiérase a los aceptantes la MARIO AGUILAR MOLINA, JUEZ PRIMERO DE LO CIVIL DE ESTE DISTRITO JUDICIAL, AL PUBLICO EN GENERAL PARA LOS EFECTOS DE LEY, HACE SABER: que por resolución pronunciada en este Tribunal a las doce horas y cinco minutos del día trece de junio del presente año, se ha tenido por aceptada expresamente con beneficio de inventario la herencia intestada que a su defunción ocurrida en Inglewood, Los Angeles, Estado de California, Estados Unidos de Norteamérica, siendo esta ciudad su último domicilio, el día veintitrés de noviembre de mil novecientos noventa y nueve, dejara el señor JOAQUIN ANTONIO MARTINEZ LOPEZ, de parte de la señora ANA DEL CARMEN PEREZ PINEDA conocida por ANA DEL CARMEN PEREZ hoy VIUDA DE MARTINEZ, en su calidad de cónyuge sobreviviente del causante. Confiriéndosele a la aceptante la Administración y Representación Interina de la sucesión, con las facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente. LIBRADO EN EL JUZGADO PRIMERO DE LO CIVIL: San Salvador, a las nueve horas cincuenta minutos del día diecinueve de junio del año dos mil tres.- MARIO AGUILAR MOLINA, JUEZ PRIMERO DE LO CIVIL. Licda. CONCEPCION PALMA CRUZ, SECRETARIA. AVISO DE TERCERA PUBLICACIÓN 3 v alt. No AGUSTIN ARTURO ORELLANA LIEVANO, Notario, de este domicilio con bufete ubicado en la Avenida Juan Manuel Rodríguez, número diecisiete de Zacatecoluca, administración y representación interina de la sucesión con las facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente. Lo que se avisa al público para los efectos de ley. Librado en la oficina de la Notario ANA EMILIA PADILLA LINARES, en la ciudad de Santa Ana, a las once horas del día veinticinco de febrero del año dos mil tres. ANA EMILIA PADILLA LINARES, NOTARIO. 3 v. c. No de esta ciudad, habiendo sido esta ciudad su último domicilio, en su calidad de cónyuge sobreviviente de dicho causante, y se le ha conferido a dicha aceptante, la administración y representación interina de tal sucesión con las facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente. Zacatecoluca, diez de junio del dos mil tres. Lic. AGUSTIN ARTURO ORELLANA LIEVANO, NOTARIO. 3 v alt. No AGUSTIN ARTURO ORELLANA LIEVANO, Notario, de este domicilio, con oficina Notarial ubicada en la Avenida Juan Manuel Rodríguez número diecisiete de Zacatecoluca. HACE SABER: que por resolución del suscrito Notario, dada en Zacatecoluca, a las ocho horas del día quince de marzo del año dos mil tres, se ha tenido por aceptada, expresamente y con beneficio de inventario, de parte de JUAN PINEDA DIAZ, MORENA GUADALUPE PINEDA SERVELLON e ISSIS SIBELIS PINEDA SERVELLON, la herencia intestada, que a su defunción dejó la causante MARIA DEL CARMEN SERVELLON DE PINEDA, quien falleció el dieciséis de agosto del dos mil dos, en el Cantón Santa Teresa, jurisdicción de Santiago Nonualco, Departamento de La Paz, su último domicilio, en su calidad de cónyuge sobreviviente, en el caso del primero, y de hijas legítimas en el caso la segunda y tercera, antes mencionado, y se les ha conferido, a los aceptantes la administración y representación interinas de tal sucesión, con las facultades y restricciones de los curadores de la Herencia Yacente. Zacatecoluca, veintinueve de marzo del dos mil tres. HACE SABER: que por resolución de las nueve horas del día veinte de mayo del dos mil tres, se ha tenido por aceptada, expresamente y con beneficio de inventario de parte de MARINA VILMA GUZMAN DE MARTINEZ, la herencia intestada que a su defunción dejó el causante JORGE ALBERTO MARTINEZ, quien falleció el veintisiete de noviembre de mil novecientos noventa y ocho, en el Barrio El Calvario Lic. AGUSTIN ARTURO ORELLANA LIEVANO, NOTARIO. 3 v alt. No

99 DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 2 de Julio de AGUSTIN ARTURO ORELLANA LIEVANO, Notario, de este domicilio, con bufete ubicado en la Avenida Juan Manuel Rodríguez, número diecisiete, de esta ciudad, ELSA IRMA GONZALEZ DE HENRIQUEZ, JUEZ DE LO CIVIL DEL DISTRITO JUDICIAL DE SOYAPANGO. HACE SABER: que por resolución dictada por el Suscrito, en Zacatecoluca, a las ocho horas del veintidós de mayo del corriente año, se ha tenido por aceptada, expresamente y con beneficio de inventario, de parte de ANA LILIAN DE LA O DE MARTINEZ, de cuarenta y un años de edad, de oficios domésticos, de este domicilio, la herencia intestada que a su defunción dejó el causante JUAN JOSE DE LA O, quien falleció el once de octubre de mil novecientos noventa y siete, en el Barrio San José, de esta ciudad, su último domicilio, en su calidad de hija de la causante, y se le ha conferido a la aceptante la administración y representación interinas de tal sucesión, con las facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente. Zacatecoluca, diez de junio del año dos mil tres. Lic. AGUSTIN ARTURO ORELLANA LIEVANO, NOTARIO. 3 v alt. No SILVIA ROSSANA RODRIGUEZ ABREGO DE ARTIGA, JUEZA DE LO CIVIL INTERINA DE ESTE DISTRITO JUDICIAL AL PU- BLICO PARA LOS EFECTOS DE LEY, HACE SABER: que por resolución proveída por este Tribunal a las quince horas del día tres de los corrientes, se ha tenido por aceptada expresamente y con beneficio de inventario la herencia intestada que a su defunción dejó la causante ESTEBANA MOLINA, ocurrida el día tres de agosto de mil novecientos sesenta y uno; en el Cantón Palacios, de San Rafael Cedros, jurisdicción de este Departamento; siendo ese lugar su último domicilio, de parte del señor ABEL HUEZO, en su carácter personal y como cesionario de los derechos hereditarios que les correspondían a los señores JUAN PABLO LOPEZ; TEODORA MAR- TA LOPEZ DE HUEZO; LEONOR LOPEZ MOLINA; VALENTIN LOPEZ; y SABAS LOPEZ, todos en su calidad de hijos de la referida causante; habiéndosele conferido al aceptante la administración y representación interina de la sucesión con las facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente.- Se citan a los que se crean con derecho a la herencia para que en el término legal se presenten a este Tribunal a hacer uso de su derecho.- Librado en el Juzgado de lo Civil: Cojutepeque, a las doce horas del día dieciséis de junio del año dos mil tres.- Licda. SILVIA ROSSANA RODRIGUEZ ABREGO DE ARTIGA, JUEZA DE LO CIVIL INTE- RINA. Lic. JOSE ORLANDO BELTRAN MEJIA, HACE SABER: que por resolución proveída por este Tribunal a las once horas quince minutos del día veintiséis de mayo de dos mil tres, se ha tenido por aceptada expresamente y con beneficio de inventario de parte de los señores JOSE ARMANDO ORELLANA HERNANDEZ, conocido por, JOSE ARMANDO HERNANDEZ GARCIA, CECILIA LIZETT ORELLANA QUIJADA y JOHANNA ANGELICA MARIA ORELLANA QUIJADA, en calidad de hijos del causante, de la Sucesión Intestada, que a su defunción dejó el señor MIGUEL ANGEL ORELLA- NA GARCIA, conocido por MIGUEL ANGEL GARCIA ORELLANA, quien fue de setenta y seis años de edad, Comerciante, Soltero, Originario de Azacualpa, Chalatenango, de nacionalidad salvadoreña, hijo de IGNACIO GARCIA y BENITA ORELLANA, quien falleció el día dieciocho de diciembre de dos mil, y cuyo último domicilio fue Ilopango. Confiérese a los aceptantes declarados la representación y administración Interina de la Sucesión, con las facultades y restricciones de los Curadores de la Herencia Yacente. Cítese a los que se crean con derecho a la Sucesión para que dentro del término de ley se presenten a deducir sus derechos. Librado en el Juzgado de lo Civil de Soyapango, a las diez horas del día tres de junio de dos mil tres.- Lic. ELSA IRMA GONZALEZ DE HENRIQUEZ, JUEZ DE LO CIVIL. Lic. MARIA ESTELA SORIANO NAVARRETE, SECRETARIA. 3 v alt. No DANILO ANTONIO VELADO, JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA, HACE SABER: que por resolución de este Juzgado, proveída a las once horas y cincuenta minutos de este día, se ha tenido por aceptada expresamente y con beneficio de inventario la herencia intestada que a su defunción dejó el señor FIDEL LANDAVERDE conocido por FIDEL LANDAVERDE VASQUEZ, quien fue de sesenta y tres años de edad, agricultor en pequeño, y su último domicilio San Ignacio, Departamento de Chalatenango, falleció a las trece horas del día nueve de octubre de mil novecientos ochenta y uno, casado, a la señora ADELA FLORES GUILLEN, en su calidad de cónyuge sobreviviente. Confiérese a la aceptante la administración y representación interina de la sucesión, con las facultades y restricciones legales que le corresponden a los curadores de la herencia yacente. Fíjense y publíquense los edictos de ley. Librado en el Juzgado de Primera Instancia de Tejutla, Departamento de Chalatenango, a los dieciocho días del mes de junio del dos mil tres.- Dr. DANILO ANTONIO VELADO, JUEZ DE PRIMERA INS- TANCIA. Licda. ERLINDA GUADALUPE GUERRERO DE JIME- NEZ, SECRETARIA. 3 v alt. No v alt. No

100 100 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 360 EL INFRASCRITO JUEZ, al público para los efectos de ley, CONCEPCION ALVAREZ MOLINA, JUEZA DE LO CIVIL DE DELGADO. Al público para los efectos de ley, HACE SABER: que por resolución de las catorce horas y cinco minutos de este día, se ha tenido por aceptada expresamente y con beneficio de inventario la herencia intestada que dejó al fallecer la señora LIDIA DEL CARMEN SEGUNDO, el día veintiséis de marzo del año dos mil uno, en el Cantón Santa Bárbara de esta jurisdicción, teniendo como último domicilio la ciudad de Usulután, de parte de la señora MARIA LUISA SEGUNDO DE CERNA, conocida por MARIA LUI- SA SEGUNDO, en calidad de hija de la causante.- Confiriéresele a la aceptante antes dicha la administración y representación interina de la sucesión con las facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente. Se citan a los que se crean con derecho a la herencia para que se presenten a deducirlo en el término de quince días después de la tercera publicación de este edicto. Librado en el Juzgado de lo Civil: Usulután, a los dos días del mes de junio del dos mil tres.- Lic. JOSE ANTONIO GAMEZ, JUEZ DE LO CIVIL. Br. CARLOS MARIO CEDILLOS, SRIO. INTO. 3 v alt. No EL INFRASCRITO JUEZ AL PUBLICO PARA LOS EFECTOS DE LEY, HACE SABER: que por resolución de las quince horas y veinte minutos de este día se ha tenido por aceptada expresamente y con beneficio de inventario la herencia intestada que a su defunción dejó la señora ROSA ELVIRA SEGUNDO DE SILVA C/P ROSA ELVIRA SEGUNDO, al fallecer el día dieciséis de septiembre del año dos mil dos en el Cantón Santa Bárbara de esta Jurisdicción, siendo su último domicilio esta ciudad de Usulután, de parte de la señora GLORIA ESPERANZA SILVA DE ZELAYA C/P GLORIA ESPERANZA SE- GUNDO, en calidad de hija de la causante y como cesionaria del derecho Hereditario que le correspondía al señor JUAN RAMON SILVA C/P RAMON SILVA, en calidad de cónyuge de la causante, Confiriéndole a la aceptante antes dicha la administración y representación interina de la sucesión, con las restricciones y facultades de los curadores de la Herencia Yacente. Se cita a los que se crean con derecho a la Herencia, para que se presenten a deducirlo en el término de quince días después de la última publicación de este edicto.- HACE SABER: que por resolución de las ocho horas y cuarenta y cinco minutos del día treinta de mayo del presente año, se ha tenido por aceptada expresamente con beneficio de inventario la herencia Intestada que a su defunción dejó el causante señor CARLOS ERNESTO QUIN- TANILLA PAZ, quien fue de sesenta y un años de edad, Casado, Mecánico, fallecido el día veintiocho de noviembre de mil novecientos noventa y nueve, en esta Ciudad, lugar de su último domicilio, de parte del señor CARLOS AUGUSTO QUINTANILLA CALDERON, en calidad de hijo del causante; herencia que fue repudiada por la señora LIDIA ESPERANZA CALDERON VIUDA DE QUINTANILLA, como Cónyuge sobreviviente del causante; siendo el aceptante representado por su Apoderado General Judicial Doctor JOSE CRUZ FUENTES REYES. Confiriéndosele al aceptante la administración y representación INTERINA de la sucesión, con las facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente. JUZGADO DE LO CIVIL: Delgado, a las nueve horas y quince minutos del día treinta de mayo del año dos mil tres. Licda. CONCEP- CION ALVAREZ MOLINA, JUEZA DE LO CIVIL. Licda. SANTOS ELIZABETH QUITEÑO ARIAS, SECRETARIA. 3 v alt. No MARIO AGUILAR MOLINA JUEZ PRIMERO DE LO CIVIL DE ESTE DISTRITO JUDICIAL: AL PUBLICO EN GENERAL PARA EFECTOS DE LEY, HACE SABER: que por resolución de este Juzgado de las ocho horas y treinta minutos del día dieciséis de junio del año dos mil tres, se ha tenido por aceptada expresamente y con beneficio de inventario la Herencia Testamentaria que a su defunción ocurrida en la Ciudad de San Francisco, California, Estados Unidos de Norte América, siendo su último domicilio esta ciudad, dejó la causante señora LUZ DEL ROSA- RIO HERRADOR conocida por LUZ HERRADOR viuda DE TOVAR, de parte del señor PEDRO TOVAR, conocido por PEDRO TOVAR HERRADOR, en concepto de Heredero por Derecho de Transmisión de la señora BERTA DOMINGUEZ HERRADOR. Confiéresele al aceptante la administración y representación Interina de la sucesión, con las facultades y restricciones de los curadores de la Herencia Yacente. Librado en el Juzgado Primero de lo Civil: San Salvador, a las doce horas y cuarenta y cinco minutos del día diecisiete de junio del año dos mil tres. MARIO AGUILAR MOLINA, JUEZ PRIMERO DE LO CIVIL. Lic. CONCEPCION PALMA CRUZ, SECRETARIA. 3 v alt. No Librado en el Juzgado de lo Civil: Usulután, a los nueve días del mes de junio del año dos mil tres.- Lic. JOSE ANTONIO GAMEZ, JUEZ DE LO CIVIL. Br. MIRNA MARISOL SIGARAN HERNANDEZ, SECRETARIA. 3 v alt. No VIOLETA DEL CARMEN DERAS DE REYES SANTOS, JUEZ DE LO CIVIL DE APOPA, HACE SABER: que por resolución de las quince horas diez minutos del día cinco de junio del presente año, se tuvo por aceptada expresamente y con beneficio de inventario, la Herencia Intestada que a su defunción dejó el señor JOSE MARIA PEÑATE, conocido por JOSE

101 DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 2 de Julio de M. PEÑATE, quien fue de sesenta años de edad, Casado, Agricultor, fallecido el día dieciocho de julio de mil novecientos veinticinco, siendo Apopa su último domicilio; de parte del señor JESUS PEÑATE, de cincuenta años de edad, Jornalero, del domicilio de Mejicanos y de esta Ciudad, en calidad de nieto del Causante, por el Derecho de Representación de su Madre, señora ROSALIA PEÑATE, en la Sucesión del De- Cujus. Y se le confirió al aceptante en el carácter indicado, la Administración y Representación Interina de los bienes de la Sucesión, con las facultades y restricciones de los Curadores de la Herencia Yacente. Lo que se hace del conocimiento al público para los efectos de Ley. Librado en el Juzgado de lo Civil de Apopa, a las quince horas treinta minutos del día cinco de junio del año dos mil tres.- Dra. VIOLETA DEL CARMEN DERAS DE REYES SANTOS, JUEZ DE LO CIVIL. Lic. JOSE DULEY CERNA FERNANDEZ, SECRETA- RIO. 3 v. alt. No ANGEL ALBINO ALVARENGA, JUEZ DE LO CIVIL de este Distrito Judicial, al público para los efectos de ley, HACE SABER: que por resolución de las diez horas del día diecinueve del corriente mes; se tuvo por aceptada expresamente, y con beneficio de inventario, la herencia intestada que al fallecer el día diecinueve de febrero de mil novecientos noventa y nueve, en esta ciudad, siendo éste su último domicilio, dejó la causante GLORIA MARIBEL ESCOBAR ZETINO, de parte de MAMERTA BANEGAS en su calidad de cesionaria del derecho hereditario que le correspondía a EUSEBIO ESCOBAR. En consecuencia, se le confirió a la aceptante, en el carácter dicho, la administración y representación interina de los bienes de la indicada sucesión, con las facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente. Librado en el Juzgado de lo Civil de Santa Rosa de Lima, Departamento de La Unión, a los veintinueve días de mayo de dos mil tres.- Lic. ANGEL ALBINO ALVARENGA, JUEZ DE LO CIVIL. Licda. MARI- NA CONCEPCION MARTINEZ DE MARTINEZ, 3 v. alt. No GUILLERMO PRIETO MARTINEZ, Notario de este domicilio, AL PUBLICO, para los efectos de Ley, HACE SABER: que por resolución del suscrito, dictada a las doce horas del día cuatro de octubre del dos mil dos. Se ha tenido por aceptada expresamente y con beneficio de inventario, la Herencia Intestada, que a su defunción ocurrida el día veinte de abril de mil novecientos ochenta y nueve, en Ilopango, Departamento de San Salvador, siendo éste su último domicilio, dejara la señora MARIA DELFINA SANTOS, de parte de los señores ZOILA AMANDA SANTOS VILLEDA, MIGUEL ANGEL SANDOVAL SANTOS y OSCAR ERNESTO SANTOS MARTEL, hijos de la causante, por medio de la Apoderada General Judicial de los mismos, señora MARIA TERESA FLAMENCO PORTI- LLO DE MOTTOS. Y se les ha conferido a los aceptantes la administración y representación interinas de la sucesión, con las facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente. Librado en la oficina de notariado del Doctor GUILLERMO PRIETO MARTINEZ, situada en Condominio Plaza Real, Local LA- Veintiocho, Calle Arce y Veintiuna Avenida Norte, de esta ciudad. San Salvador, a los ocho días del mes de octubre del dos mil dos. Dr. GUILLERMO PRIETO MARTINEZ, NOTARIO. 3 v. alt. No FRANCISCO ALBERTO ALEGRIA MENDOZA, JUEZ PRIMERO DE LO CIVIL DE ESTE DISTRITO: Al público para los efectos de ley; HACE SABER: que por resolución de este Tribunal de las once horas de este mismo día, se ha tenido por aceptada expresamente y con beneficio de inventario la herencia intestada del causante JAIME AN- TONIO VASQUEZ MIRON, fallecido en el Hospital del Seguro Social de esta ciudad del día dieciséis de enero del año dos mil dos, siendo el Barrio San Lorenzo de esta ciudad el lugar de su último domicilio, de parte de la señora ANA GLORIA BOLAÑOS VIANA, conocida por ANA GLORIA BOLAÑOS VIUDA DE VASQUEZ, como cónyuge sobreviviente del causante y además como Cesionaria del derecho hereditario que en la sucesión referida correspondía a JAIME ADOLFO MARTIN VASQUEZ BOLAÑOS y MARIO ROBERTO VASQUEZ BOLAÑOS, éstos como hijos del causante, a quien se le confiere interinamente la administración y representación de la sucesión, con las facultades y restricciones que la Ley confiere a los curadores de la herencia yacente. Juzgado Primero de lo Civil: Santa Ana, a las doce horas del día cuatro de junio del año dos mil tres.- Lic. FRANCISCO ALBERTO ALEGRIA MENDOZA, JUEZ PRIMERO DE LO CIVIL. Lic. CAR- MEN GUADALUPE NUÑEZ MONTERROSA, SECRETARIA. 3 v. alt. No MARIO MOISA MARTINEZ, JUEZ DE LO CIVIL DE ESTE DISTRI- TO; HACE SABER: que por resolución de este Tribunal de las diez horas veinte minutos del día tres de los corrientes, se ha tenido por aceptada expresamente y con beneficio de inventario la herencia intestada dejada por la señora JUANA ELISA VILLEDA que también fue conocida como ELISA VILLEDA y por ELISA VIUDA DE REINA, fallecida el día quince de diciembre de mil novecientos sesenta y seis, en esta ciudad su último domicilio de parte del señor MARIO VILLEDA, en concepto de cesionario de los derechos hereditarios que en dicha sucesión correspondían a la señora MARIA LUISA VILLEDA como hija de la causante. Y se ha conferido a la aceptante la administración y representación interinas de la sucesión con las facultades y restricciones de ley.

102 102 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 360 Juzgado de lo Civil: Sonsonate, a las once horas quince minutos del día diecinueve de junio del dos mil tres.- Dr. MARIO MOISA MARTI- NEZ, JUEZ DE LO CIVIL. Lic. CECILIA DEL CARMEN CEREN DE ESCOBAR, 3 v. alt. No MANUEL PAZ CANALES, JUEZ SEGUNDO DE PRIMERA INS- TANCIA, de este Distrito Judicial. Al público para los efectos de ley, HACE SABER: que por resolución de este Juzgado, de las catorce horas del día diecisiete de septiembre del corriente año, se ha tenido por ACEPTADA EXPRESAMENTE Y CON BENEFICIO DE INVENTA- RIO, la herencia Intestada que a su defunción dejó el señor JESUS ARGUETA, quien a la fecha de su fallecimiento fue de ochenta años de edad, Agricultor en pequeño, originario y del domicilio de Jocoaitique, siendo hijo de los señores CLAUDIO ARGUETA y JUANA MARIA PEREIRA, y falleció el día nueve de julio de mil novecientos noventa y cinco, en el Barrio El Centro de la ciudad de Jocoaitique, siendo la mencionada ciudad, lugar de su último domicilio; de parte de la señora ROSA LINA ARGUETA, por derecho propio en los bienes que le corresponden y como hija del mencionado causante. Confiérese a la aceptante antes indicada y en la forma establecida la administración y representación interinas de la sucesión, con las facultades y restricciones para los curadores de la herencia yacente. Librado en el Juzgado Segundo de Primera Instancia: San Francisco Gotera, a las diez horas y cinco minutos del día diecinueve de septiembre del dos mil dos.- Lic. MANUEL PAZ CANALES, JUEZ 2º DE PRIMERA INSTANCIA. Lic. ROSA ERMELINDA GUTIERREZ SANCHEZ, SECRETARIA. 3 v. alt. No ANGEL ALBINO ALVARENGA; JUEZ DE LO CIVIL, de este Distrito Judicial, al público para los efectos de Ley, HACE SABER: que por resolución de este Juzgado a las diez horas y quince minutos del día cinco de mayo de dos mil tres. Se tuvo por aceptada expresamente y con beneficio de inventario la herencia intestada que al fallecer a las cinco horas del día veinticuatro de noviembre de dos mil, siendo el Cantón Santa Clara, Jurisdicción de Pasaquina, su último domicilio dejó el causante JUAN ARAGON AGUILAR, conocido por JUAN ARAGON, de parte de los señores JOSE CLEMENTE LAZO y MARIA CELINA RIVAS, en concepto de cesionarios del derecho hereditario que en la referida sucesión le corresponde al señor LUCAS VILLATORO, de conformidad con el Artículo 1699 C.C. Se les confiere a los aceptantes, en el carácter dicho la administración y representación interina de los bienes de la indicada sucesión, con las facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente. Extiéndase para sus publicaciones los edictos respectivos. Librado en el Juzgado de lo Civil; Santa Rosa de Lima, a los dieciséis días del mes de mayo de dos mil tres.- Lic. ANGEL ALBINO ALVARENGA, JUEZ DE LO CIVIL. Licda. MARINA CONCEP- CION MARTINEZ, 3 v. alt. No NELLY EDITH POZAS HENRIQUEZ, JUEZA DE PRIMERA INS- TANCIA Suplente de este Distrito Judicial. HACE SABER: que por resolución de este Juzgado dictada a las nueve horas, cincuenta y dos minutos del día siete de mayo de dos mil tres, se ha tenido por aceptada expresamente con beneficio de inventario, la herencia intestada que a su defunción dejó JUANA MARIA ABARCA DE COLINDRES, quien falleció el día trece de enero del año dos mil uno, teniéndo su último domicilio en Ilobasco, departamento de Cabañas, por parte del Sacerdote FABIO REYNALDO COLINDRES ABAR- CA, en calidad de hijo del causante y cesionario de los derechos hereditarios de EZEQUIEL EDMUNDO COLINDRES ABARCA, FRANCIS ALBERTO COLINDRES ABARCA, CESAR ANTONIO COLINDRES ABARCA, ANA CELINA COLINDRES DE HERNAN- DEZ y JOSE HERBERT COLINDRES ABARCA. Al aceptante se le ha conferido la administración y representación interina de la sucesión, con las facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente. Librado en el Juzgado de Primera Instancia de Ilobasco, departamento de Cabañas, a las once horas del día siete de mayo de dos mil tres.- Licda. NELLY EDITH POZAS HENRIQUEZ, JUEZA DE PRIMERA INSTANCIA (suplente). Br.CELIO GERMAN MENJIVAR ROME- RO, SECRETARIO TITULAR. 3 v. alt. No JOSE MANUEL MOLINA LOPEZ, JUEZ TERCERO DE LO CIVIL DE ESTE DISTRITO JUDICIAL: HACE SABER: al público para efectos de ley, que por resolución dictada a las quince horas con veinte minutos del día treinta y uno de Enero de dos mil tres; se ha tenido por aceptada expresamente y con beneficio de inventario, la herencia intestada, que a su defunción ocurrida en esta ciudad, su último domicilio, el día veintidós de agosto de mil novecientos noventa y ocho, dejó el señor TOMAS ALFONSO AYON, o TOMAS ALFONSO RODRIGUEZ, de parte de BONY ELIZABETH AYON RODRIGUEZ, en concepto de hija del causante y como cesionaria de los derechos hereditarios que le correspondían a la señora ISABEL ARCADIA RODRIGUEZ DE AYON, como cónyuge sobreviviente del causante. Y se confiere a la aceptante la administración y representación interina de la sucesión, con las facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente. Librado en el Juzgado Tercero de lo Civil: San Salvador, a las nueve horas y treinta minutos del día trece de febrero del año dos mil tres.- Dr. JOSE MANUEL MOLINA LOPEZ, JUEZ TERCERO DE LO CIVIL. Br. ALEX ALBERTO SORTO MELARA, 3 v. alt. No DARIO VILLALTA BALDOVINOS, JUEZ CUARTO DE LO CIVIL, DE ESTE DISTRITO JUDICIAL; HACE SABER: que por resolución pronunciada en el Juicio Civil Ejecutivo promovido por el Licenciado RAUL ERNESTO MELARA MORAN, Apoderado del FONDO SOCIAL PARA LA VIVIENDA, contra el señor FIDEL ANTONIO RIVAS TEJADA, reclamándole cantidad de colones, se venderá en pública subasta en este Juzgado, el inmueble siguiente: Un lote de naturaleza urbana, construida por la Sociedad PARLA, S.A. DE C.V., marcado con el número VEINTI-

103 DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 2 de Julio de TRES, POLIGONO TREINTA Y DOS de la Urbanización CIUDAD FUTURA situado en los Cantones San Luis Mariona y Barranca Honda, jurisdicción de Cuscatancingo, Departamento de San Salvador, de un área de SESENTA METROS CUADRADOS, el cual se describe así: Partiendo de la Intersección de los ejes de Pasaje El Tempisque y Pasaje Número treinta y tres ambos abiertos en la Urbanización Ciudad Futura, se mide sobre el eje de este último con rumbo Norte ochenta y ocho grados cincuenta y cinco punto nueve minutos Oeste y distancia de sesenta y un punto cincuenta metros llegando a un punto se efectúa una deflexión derecha de noventa grados y distancia de dos punto cincuenta metros se llega al mojón número uno esquinero Suroriente del lote que a continuación se describe, AL SUR, partiendo del mojón número uno con rumbo Norte ochenta y ocho grados cincuenta y cinco punto nueve minutos Oeste y distancia de cinco punto cero metros se llega al mojón número dos, lindando por este lado con lote número cincuenta y siete polígono número treinta y uno pasaje número treinta y tres de por medio de cinco punto cero metros de ancho; AL PONIENTE, partiendo del mojón número dos con rumbo Norte un grado cuatro punto un minuto Este y distancia de doce punto cero metros se llega al mojón número tres, lindando por este lado con lote número veinticinco del mismo polígono, AL NORTE, partiendo del mojón número tres, con rumbo Sur ochenta y ocho grados cincuenta y cinco punto nueve minutos Este y distancia de cinco punto cero metros se llega al mojón número cuatro, lindando por este lado con lote número veinticuatro del mismo polígono, AL ORIEN- TE, partiendo del mojón número cuatro, con rumbo Sur un grado cuatro punto un minutos Oeste y distancia de doce punto cero metros se llega al mojón número uno, sitio donde se inició la presente descripción, lindando por este lado con lote número veintiuno del mismo polígono. El lote así descrito tiene una extensión superficial de SESENTA PUNTO CERO METROS CUADRADOS, equivalentes a OCHENTA Y CINCO PUN- TO OCHENTA Y CINCO VARAS CUADRADAS. El inmueble descrito contiene una casa de sistema mixto completamente nueva y con todos sus servicios sobre un área de construcción de TREINTA Y UNO PUNTO TREINTA Y CINCO METROS CUADRADOS. Inscrito dicho inmueble a favor del señor FIDEL ANTONIO RIVAS TEJADA bajo la Matrícula Número M CERO CINCO CERO CERO SIETE NUEVE SEIS SEIS del Registro de la Propiedad de este Departamento. Librado en el Juzgado Cuarto de lo Civil: San Salvador, a las once horas del día diecisiete de junio de dos mil tres.- Dr. DARIO VILLALTA BALDOVINOS, JUEZ CUARTO DE LO CIVIL. Lic. VICTORINO ALEXANDER PERAZA, 3 v. alt. No Juzgado, el inmueble siguiente: Un lote urbano y construcciones que contiene marcado con el Número CINCUENTA Y NUEVE del grupo CINCUENTA Y TRES, de la Urbanización denominada CIMA DE SAN BARTOLO II, situada parte en Valle La Unión y parte en Valle El Limón, ambos de la Jurisdicción de Tonacatepeque en este Departamento, de una extensión superficial de CINCUENTA Y DOS PUNTO CINCUENTA METROS CUADRADOS y con un área construida de VEINTISIETE PUNTO TREINTA Y CINCO METROS CUADRA- DOS, Y UN VALOR DE TREINTA Y CUATRO MIL OCHOCIEN- TOS CINCUENTA Y SEIS COLONES CON OCHENTA Y SEIS CENTAVOS, el lote es de naturaleza urbana en él hay construida una casa sistema mixto, completamente nueva y con todos sus servicios y cuyas medidas y linderos son los siguientes: LOTE NUMERO CIN- CUENTA Y NUEVE. GRUPO NUMERO CINCUENTA Y TRES URBANIZACION CIMA DE SAN BARTOLO II SEGUNDA ETAPA. Partiendo del punto de intersección de los ejes formado por la Avenida La Fuente y Pasaje Número TREINTA Y SEIS PONIENTE, ambos ejes abiertos en la urbanización se mide sobre el eje del segundo con rumbo Sur ochenta y siete grados cincuenta y nueve punto siete minutos Oeste una distancia de ciento treinta y dos punto cincuenta metros llegando a un punto en donde con una deflexión izquierda de noventa grados y una distancia de uno punto cincuenta metros. Se llega la vértice Noreste o mojón número uno del lote que se describe, mide y linda así: AL ORIENTE: Partiendo del mojón número uno, con rumbo Sur cero dos grados cero cero punto tres minutos Este y distancia de diez punto cincuenta metros se llega al mojón número dos, lindando este tramo con lote número SESENTA, grupo cincuenta y tres de la misma Urbanización. AL SUR: Partiendo del mojón número dos, con rumbo Sur ochenta y siete grados cincuenta y nueve punto siete minutos Oeste y distancia de cinco punto cero cero metros se llega al mojón número tres, lindando por este tramo con lote número VEINTISEIS, grupo CINCUENTA Y TRES de la misma urbanización. AL PONIENTE: Partiendo del mojón número tres, con rumbo Norte cero dos grados cero cero punto tres minutos Oeste y distancia de diez punto cincuenta metros se llega la mojón número cuatro, lindando por este tramo con lote número cincuenta y ocho, grupo cincuenta y tres de la misma urbanización. AL NORTE: Partiendo del mojón número cuatro, con rumbo Norte ochenta y siete grados cincuenta y nueve punto siete minutos Este y distancia de cinco punto cero cero metros se llega al mojón número uno, donde se inició la presente descripción lindando por este tramo con lote número VEINTISEIS, grupo cincuenta y dos de la misma urbanización, pasaje número TREIN- TA Y SEIS PONIENTE de tres punto cero cero metros de ancho de por medio. El lote así descrito tiene una Extensión Superficial de CINCUEN- TA Y DOS PUNTO CINCUENTA METROS CUADRADOS equivalentes a SETENTA Y CINCO PUNTO DOCE VARAS CUADRA- DAS. Inscrito dicho inmueble a favor de la señora YALILE NEWSETE CALDERON CAMPOS en el Sistema de Folio Real con Matrícula Número CERO UNO-UNO UNO OCHO DOS SIETE CUATRO- CERO CERO CERO, trasladado al Sistema de Folio Real Computarizado con Matrícula número M CERO CINCO UNO TRES SEIS CERO UNO SIETE del Registro de la Propiedad de este Departamento. DARIO VILLALTA BALDOVINOS, JUEZ CUARTO DE LO CIVIL, DE ESTE DISTRITO JUDICIAL. HACE SABER: que por resolución pronunciada en el Juicio Civil Ejecutivo promovido por el Licenciado RAUL ERNESTO MELARA MORAN, Apoderado del FONDO SOCIAL PARA LA VIVIENDA, contra la señora YALILE NEWSETE CALDERON CAMPOS, reclamándole cantidad de colones, se venderá en pública subasta en este Librado en el Juzgado Cuarto de lo Civil: San Salvador, a las once horas treinta minutos del día dieciocho de junio de dos mil tres.- Dr. DARIO VILLALTA BALDOVINOS, JUEZ CUARTO DE LO CIVIL. Lic. VICTORINO ALEXANDER PERAZA, 3 v. alt No

104 104 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 360 MARIA FLOR SILVESTRE LOPEZ BARRIERE, JUEZ PRIMERO DE LO MERCANTIL INTERINO DE ESTE DISTRITO JUDICIAL, HACE SABER: al público para los efectos de Ley que en el Juicio Ejecutivo Mercantil promovido por BANCO DE COMERCIO DE EL SALVADOR, SOCIEDAD ANONIMA quien absorvió por fusión al BANCO ATLACATL, SOCIEDAD ANONIMA antes FINANCIERA ATLACATL SOCIEDAD ANONIMA contra la señora TERESA DE JESUS LOPEZ DE REYES, reclamándole cantidad de colones y accesorios de ley se venderá en Pública Subasta en este Tribunal es fecha que oportunamente se determinará, el bien inmueble embargado siguiente: Un lote de naturaleza urbana ubicado en el Cantón Zamorán, jurisdicción de la Ciudad de San Miguel, Departamento del mismo nombre, donde se encuentra la urbanización Ciudad Satélite de Oriente Segunda Etapa, marcado como lote número TRECE, del polígono G-DOS. de una extensión superficial de NOVENTA PUNTO CERO CERO METROS CUADRADOS, equivalentes a CIENTO VEINTIOCHO PUNTO SE- TENTA Y SIETE VARAS CUADRADAS, que se localiza y describe así: Partiendo de la intersección de los ejes de la Avenida Géminis y la Calle Saturno, sobre el eje de esta última, medimos una distancia de ochenta y cuatro punto cincuenta metros, con rumbo Norte ochenta grados cero cero minutos cero segundos Este, luego con una deflexión de noventa grados a la derecha, medimos una deflexión de tres punto cincuenta metros, llegando al mojón uno del lote a describir cuyas medidas y linderos son los siguientes: AL NORTE: línea recta compuesta por un solo tramo que mide seis punto cero cero metros, con rumbo Norte ochenta grados cero cero minutos cero segundos Este, lindando con lote número veintidós del polígono G-uno de la misma Urbanización, con Calle Saturno de por medio; AL ORIENTE: línea recta compuesta por un solo tramo que mide quince punto cero cero metros con rumbo Sur diez grados cero cero minutos cero segundos Este; lindando con lote número catorce, quince y dieciséis del Polígono G-Dos de la misma Urbanización; AL SUR: línea recta compuesta por un solo tramo que mide seis punto cero cero metros con rumbo Sur ochenta grados cero cero minutos cero segundos Oeste, lindando con lote número dieciocho del polígono G-dos de la misma Urbanización: AL PONIEN- TE: línea recta compuesta por un solo tramo que mide quince punto cero cero metros con rumbo Norte diez grados cero cero minutos cero segundos Oeste, lindando con lote número doce del mismo polígono G- dos de la misma Urbanización. Que sobre dicho inmueble se encuentra una casa de sistema mixto, con un área construida de CINCUENTA PUNTO CUARENTA METROS CUADRADOS. Dicho inmueble se encuentra inscrito a favor de TERESA DE JESUS LOPEZ DE REYES, bajo el número OCHENTA Y CINCO del Libro UN MIL NOVECIEN- TOS CUARENTA Y NUEVE del Registro de la Propiedad Raíz e Hipotecas de la Primera Sección de Oriente, San Miguel. Librado en el Juzgado Primero de lo Mercantil: San Salvador, a las nueve horas del día treinta de abril de dos mil tres. Lic. MARIA FLOR SILVESTRE LOPEZ BARRIERE, JUEZ PRIMERO DE LO MER- CANTIL.- Lic. OSCAR EMILIO ZETINO URBINA, 3 v. alt. No MARIO AGUILAR MOLINA, JUEZ PRIMERO DE LO CIVIL DE ESTE DISTRITO JUDICIAL: AL PUBLICO EN GENERAL PARA LOS EFECTOS DE LEY, el señor HUGO ADIEL MARTINEZ IRAHETA, reclamándole cumplimiento de obligaciones y demás accesorios, se venderá en Pública Subasta en este Tribunal, el inmueble siguiente: Un lote de terreno urbano y construcciones que contiene marcado con el NUMERO TREIN- TA Y DOS, PASAJE CUATRO, POLIGONO SEIS, del proyecto de vivienda denominada URBANIZACION MAJUCLA, ubicado en los Cantones, San Luis Mariona, Barranca Honda y El Angel, jurisdicción de Cuscatancingo y Apopa de este Departamento. De una extensión superficial de CINCUENTA Y DOS PUNTO CINCUENTA METROS CUADRADOS, y tiene construida una casa de sistema mixto nueva con todos sus servicios con un área de VEINTIOCHO METROS CUADRA- DOS, valorada en VEINTISEIS MIL SETECIENTOS VEINTICINCO COLONES CON VEINTIDOS CENTAVOS, y cuyas medidas perimetrales son: AL NORTE: diez punto cincuenta metros; AL ESTE: cinco metros; AL SUR: diez punto cincuenta metros y AL OESTE: cinco metros. El inmueble antes descrito se encuentra inscrito a favor del demandado señor HUGO ADIEL MARTINEZ IRAHETA, bajo el Asiento número CERO CERO CINCO de la Matrícula número M CERO UNO CERO DOS CERO SIETE SIETE TRES del Registro de la Propiedad Raíz e Hipotecas Registro Social de Inmuebles. Librado en el Juzgado Primero de lo Civil; San Salvador, a las doce horas y cinco minutos del día cuatro de junio del año dos mil tres. MARIO AGUILAR MOLINA, JUEZ PRIMERO DE LO CIVIL.- Lic. IVONNE LIZZETTE FLORES GONZALEZ, SECRETARIA Inta. 3 v. alt. No ROSA MARGARITA ROMAGOZA DE LOPEZ BERTRAND, JUEZ CUARTO DE LO CIVIL DE ESTE DISTRITO JUDICIAL. HACE SABER: que por resolución pronunciada en el Juicio Civil Ejecutivo promovido por la Abogada SILVIA RAQUEL CHAVARRIA SANTOS hoy DE HERRERA, en su calidad de Apoderada del FONDO SOCIAL PARA LA VIVIENDA, Institución de Crédito Autónoma, de este domicilio, contra el señor SALVADOR EDMUNDO BELLOSO CONTRERAS, reclamándole cantidad de colones, se venderá en pública subasta en este Juzgado, el inmueble siguiente: Un lote de terreno urbano y construcciones que contiene marcado en el plano de lotificación respectivo con el número CIENTO SESENTA Y NUEVE, del polígono S de la Urbanización LAS MARGARITAS, situada en jurisdicción de Soyapango, de este departamento, de una extensión superficial de CUARENTA Y CINCO METROS CUADRADOS, y cuyas medidas perimetrales son: AL NORTE: cinco metros AL ORIENTE: nueve metros; AL SUR: cinco metros y al PONIENTE nueve metros. El lote así descrito tiene construida una casa de sistema mixto nueva con todos sus servicios con un área de construcción de VEINTISIETE METROS CUADRADOS.- Inscrito dicho inmueble a favor del demandado señor SALVADOR EDMUNDO BELLOSO CONTRERAS, inscrito al número Matrícula Código Catastral número /733 del Registro Social de Inmuebles. Lo que avisa al público para los efectos legales consiguientes. Librado en el Juzgado Cuarto de lo Civil; San Salvador, a las nueve horas del día once de febrero de mil novecientos noventa y ocho. Lic. ROSA MARGARITA ROMAGOZA DE LOPEZ BERTRAND, JUEZ CUARTO DE LO CIVIL.- Lic. JULIA CASTRO DE HENRIQUEZ, SECRETARIA.- HACE SABER: que en el JUICIO CIVIL EJECUTIVO, promovido por el Abogado JUAN CARLOS ANTONIO NIETO MENENDEZ, como Apoderado del FONDO SOCIAL PARA LA VIVIENDA, contra 3 v. alt. No

105 DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 2 de Julio de JOSE MANUEL MOLINA LOPEZ, JUEZ TERCERO DE LO CIVIL DE ESTE DISTRITO JUDICIAL. HACE SABER: al público para efectos de ley, que por ejecución en este Tribunal por el Licenciado JOSE ARMANDO AMAYA ZELA- YA y continuado por la Licenciada MARIA EUGENIA LEVY DE GUZMAN ambos como apoderados del FONDO SOCIAL PARA LA VIVIENDA, Institución de Crédito Autónoma de este domicilio que se abrevia EL FONDO contra el señor JOSE ANTONIO HERRERA HERNANDEZ conocido por JOSE ANTONIO HERNANDEZ HE- RRERA, mayor de edad, Mecánico Industrial, del domicilio de Nueva San Salvador del Departamento de La Libertad, reclamándole cantidad de colones y demás accesorios legales, se venderá en pública subasta en este Tribunal, el bien inmueble embargado siguiente: «Un inmueble de naturaleza urbana marcado en el plano respectivo como Lote número DIECISEIS, Polígono B, del COMPLEJO HABITACIONAL SAN JOSE, situado en el Cantón Las Dispensas, Jurisdicción de San José Villanueva, Departamento de La Libertad, de una extensión superficial de CIENTO SETENTA Y CUATRO PUNTO VEINTIOCHO ME- TROS CUADRADOS, y con un área construida de CINCUENTA Y CUATRO METROS CUADRADOS, cuyos tramos miden: AL NOR- TE: veintiuno punto cincuenta metros. AL ORIENTE: ocho punto cero dos metros. AL SUR: veintidós punto cero siete metros y AL PONIEN- TE: ocho punto cero metros, quedando reducido a CINCUENTA Y CUATRO MIL CUATROCIENTOS NOVENTA PUNTO DIECISEIS METROS CUADRADOS, siendo ésta la nueva cabida del inmueble general. El inmueble anteriormente descrito está inscrito a favor del señor JOSE ANTONIO HERRERA HERNANDEZ conocido por JOSE ANTONIO HERNANDEZ HERRERA, bajo la Matrícula número M CERO UN MILLON DOS MIL OCHOCIENTOS SETENTA Y TRES, del Registro Social de Inmuebles, de este Departamento. Se admitirán posturas que se hagan siendo legales. Librado en el Juzgado Tercero de lo Civil, San Salvador: a las diez horas del día dieciséis de mayo del dos mil tres. Dr. JOSE MANUEL MOLINA LOPEZ, JUEZ TERCERO DE LO CIVIL.- Br. ALEX AL- BERTO SORTO MELARA, 3 v. alt. No DARIO VILLALTA BALDOVINOS, JUEZ CUARTO DE LO CIVIL DE ESTE DISTRITO JUDICIAL, HACE SABER: que mediante resolución pronunciada en el Juicio Civil Ejecutivo promovido por el Licenciado JUAN CARLOS ANTO- NIO NIETO MENENDEZ, como apoderado del FONDO SOCIAL PARA LA VIVIENDA, contra la señora MARIA DEL CARMEN GARAY DE RIVAS, reclamándole cantidad de colones, se venderá en pública subasta en este Juzgado el inmueble siguiente: Lote construido por la Sociedad VICONUR S.A. DE C.V., marcado en el plano respectivo con el NUMERO VEINTISIETE DEL POLIGONO VEINTIO- CHO, de una extensión superficial de CINCUENTA METROS CUA- DRADOS. Dicho lote forma parte de la URBANIZACION EL LIMON TERCERA ETAPA, situado en lo que formó parte de la antigua Finca Venecia, jurisdicción de Soyapango, de este Departamento y en él hay construida una casa de sistema mixto, de VEINTIUNO PUNTO CIN- CUENTA Y CUATRO METROS CUADRADOS, tiene la localización medidas y linderos siguientes: LOTE NUMERO VEINTISIETE, POLI- GONO NUMERO VEINTIOCHO de la Urbanización EL LIMON, propiedad de PROMOTORA DE INMUEBLES S.A DE C.V, ubicada en el costado Sur del Reparto Monteblanco y al Poniente de Urbanización Guayacán, jurisdicción de Soyapango, Partiendo del punto de intersección de los ejes formados por la Avenida Principal y Pasaje número quince, ambos ejes abiertos de la urbanización, se mide sobre el eje del segundo con rumbo Norte sesenta y cuatro grados trece punto cinco minutos Este, una distancia se sesenta y dos punto cincuenta metros en donde con una deflexión izquierda de noventa grados y una distancia de dos punto cincuenta metros, se llega al vértice Suroeste o mojón número uno del lote que se describe mide y linda así: AL PONIENTE, partiendo del mojón número uno con rumbo Norte veinticinco grados cuarenta y seis punto cinco minutos Oeste y distancia de diez punto cero metros, se llega al mojón número dos, lindando por este tramo con lote número veintiséis, polígono número veintiocho de la misma urbanización. AL NORTE, partiendo del mojón número dos, con rumbo Norte sesenta y cuatro grados trece punto cinco minutos Este y distancia de cinco punto cero metros se llega al mojón número tres, lindando por este tramo con lote número doce, Polígono número veintiocho de la misma urbanización. AL ORIENTE, partiendo del mojón número tres, con rumbo Sur veinticinco grados cuarenta y seis punto cinco minutos Este y distancia de diez punto cero metros, se llega al mojón número cuatro, lindando por este tramo con lote número veintiocho, polígono número veintiocho de la misma urbanización. AL SUR, partiendo del mojón número cuatro, con rumbo Sur sesenta y cuatro grados trece punto cinco minutos Oeste y distancia de cinco punto cero metros, se llega al mojón número uno, donde se inició la presente descripción, lindando por este tramo con lote número doce, polígono número treinta de la misma urbanización, pasaje número quince de cinco punto cero metros de ancho de por medio. El lote así descrito tiene una extensión superficial de CINCUENTA PUNTO CERO METROS CUADRADOS, equivalentes a SETENTA Y UNA PUNTO CINCUENTA Y CUATRO VARAS CUADRADAS. Inscrito dicho inmueble a favor de la señora MARIA DEL CARMEN GARAY DE RIVAS según Folio Real, Matrícula número CERO UNO-CIENTO VEINTICINCO MIL TRESCIENTOS TREINTA Y UNO -CERO CERO CERO, inscripción UNO, del Registro de la Propiedad Raíz e Hipotecas de la Primera Sección del Centro. Librado en el Juzgado Cuarto de lo Civil: San Salvador, a las diez horas cincuenta minutos del día treinta de mayo de dos mil tres. Dr. DARIO VILLALTA BALDOVINOS, JUEZ CUARTO DE LO CIVIL. Lic. VICTORINO ALEXANDER PERAZA, 3 v. alt. No DARIO VILLALTA BALDOVINOS, JUEZ CUARTO DE LO CIVIL, DE ESTE DISTRITO JUDICIAL, HACE SABER: que por resolución pronunciada en el Juicio Civil Ejecutivo promovido por la Licenciada MARTA MILEYDI CAMPOS, apoderada de la señora INES CAMPOS, Posteriormente continuado por el DOCTOR MANUEL CORDOVA CASTELLANOS, Apoderado Judicial de la Sociedad CUMULOS INTERNACIONALES SOCIE- DAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE, contra el señor AGUS- TIN ESCOBAR QUIJANO, reclamándole cantidad de colones, se venderá en pública subasta en este Juzgado, el inmueble siguiente: un lote situado en Cantón Zacamil, Jurisdicción de Mejicanos, de este Departamento, que se localiza y describe así: RESIDENCIAL LOS ALAMOS, BLOCK A LOTE NUMERO ONCE, partiendo de la intersección formada por los ejes de Avenida Magisterial y Pasaje Número tres y midiendo hacia el Poniente y sobre el eje del Pasaje número tres, una distancia de cuarenta y tres metros definimos un punto desde el cual con una deflexión negativa de noventa grados y una distancia de dos punto cincuenta metros, llegamos al vértice NORESTE

106 106 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 360 del lote que se describe. Partiendo del vértice antes descrito y siguiendo en el sentido de las agujas del reloj, tenemos: AL ORIENTE, un tramo recto, con rumbo Sur dos grados cincuenta y seis punto siete minutos Este y distancia de doce punto cuarenta metros, llegamos al vértice Sureste. Lindando este tramo con Lote Diez del Block A. AL PONIENTE, un tramo recto, con rumbo Norte cuarenta y tres grados cuatro punto siete minutos Oeste y distancia de quince punto cincuenta y ocho metros, llegamos al vértice NOROESTE. Lindando este tramo con Sociedad de Mercados Sociedad Anónima de Capital Variable, AL NORTE, un tramo recto, con rumbo NORTE ochenta y siete grados tres punto tres minutos Este y distancia de diez punto diez metros, llegamos al vértice NORESTE, lindando este tramo con lotes ocho y siete del Block B, Pasaje tres de por medio. AL SUR, por ser de forma triangular termina en punta. Y llegamos al vértice desde donde se inició la descripción. El inmueble así descrito, tiene una extensión superficial de sesenta y dos punto sesenta y dos metros cuadrados equivalentes a ochenta y nueve punto sesenta varas cuadradas. Todos los lotes colindantes son o han sido propiedad del señor RICARDO MARTINEZ GONZALEZ. En el terreno descrito hay construida una casa de sistema mixto con todos sus servicios. Inscrito dicho inmueble a favor del señor AGUSTIN ESCO- BAR QUIJANO bajo la matrícula número M CERO CINCO MILLO- NES CIENTO TREINTA Y CINCO MIL SETENTA Y TRES del Registro de la Propiedad de este Departamento. Librado en el Juzgado Cuarto de lo Civil: San Salvador, a las once horas del día diez de junio de dos mil tres. Dr. DARIO VILLALTA BALDOVINOS, JUEZ CUARTO DE LO CIVIL. Lic. VICTORINO ALEXANDER PERAZA, 3 v. alt. No SAMUEL MARCELINO GODOY LARA, Juez Tercero de lo Civil de este Distrito Judicial, al público para los efectos de ley, HACE SABER: que en el presente procedimiento sumario de PARTICION DE BIENES promovido por la Licenciada SANDRA DEL CARMEN DUEÑAS CABALLERO como apoderada de ROBERTO ALEJANDRO MENDEZ SAADE en contra del menor CARLOS ALO- NSO MENDEZ SAADE, representado por su madre señora ANA MARLEN SAADE DE MENDEZ, se venderá por este Juzgado en SUBASTA PUBLICA en fecha que oportunamente se determinará el inmueble siguiente: Inmueble de naturaleza rústica ubicado en el cantón Barra de Santiago de la jurisdicción de Jujutla, departamento de Ahuachapán, de una extensión superficial de DOS MIL SETECIENTOS METROS CUADRADOS de las medidas y colindancias siguientes: AL NORTE: cuarenta y cinco metros colinda con el estero, existiendo por este rumbo malla ciclón; AL SUR, cuarenta y cinco metros cerco de alambre propio de por medio y calle colindando con terreno de Arturo Barrera y en otra parte con terreno del Doctor Edgar Romeo Herrera Padilla; AL ORIENTE, setenta metros calle de por medio cerco de alambre propio con terreno del señor Hananía Hananía; y, AL PONIEN- TE, sesenta metros, cerco de alambre propios de por medio con terreno de propiedad del señor Roberto Panamá Molina, dicho inmueble tiene como nombre DEL SOL y tiene construida una casa techo de palma con sus correspondientes instalaciones eléctricas, un pozo y una piscina, así como una casa para guardián y tiene sembrado distintas clases de árboles frutales. Inscrito al número DIECISIETE del Libro OCHO- CIENTOS SETENTA del Registro de Propiedad del departamento de Ahuachapán. LIBRADO EN EL JUZGADO TERCERO DE LO CIVIL; Santa Ana, a las doce horas del día veintisiete de mayo de dos mil tres. Lic. SAMUEL MARCELINO GODOY LARA, JUEZ TERCERO DE LO CIVIL. BLANCA ALICIA GRANADOS DE AMAYA, SECRETA- RIO. 3 v. alt. No YOALMO ANTONIO HERRERA, JUEZ DE LO CIVIL DE ESTA CIUDAD, AL PUBLICO PARA LOS EFECTOS DE LEY; HACE SABER: que por resolución proveída por este Tribunal a las catorce horas cincuenta minutos del día ocho de los corrientes, en el Juicio Civil Ejecutivo, promovido inicialmente por el Licenciado Marcelino Ramírez García, y continuado por el Doctor Víctor Douglas Gutiérrez Cisneros, ambos como apoderados generales del señor OS- CAR ARMANDO ZALDAÑA PADILLA, contra la señora Ana Teresa González Rodríguez, se venderá en pública subasta en este Tribunal, en fecha que oportunamente se señalará, el siguiente inmueble: Lote urbano, marcado con el número diez, del block K de la Urbanización Lomas de San Francisco, Jurisdicción de Antiguo Cuscatlán, Departamento de San Salvador, de trescientos sesenta y siete punto sesenta y ocho metros cuadrados, que contiene una casa nueva, de sistema mixto, con todos sus servicios, de setenta y ocho punto treinta y cuatro metros cuadrados de cabida, se localiza así: Partiendo del punto de intersección formado por los ejes del pasaje número dos y Senda San Francisco, con rumbo Sur cincuenta y seis grados cincuenta y tres minutos diez décimas de minuto Este, se mide sobre el eje de la senda, una distancia de setenta y seis punto setenta metros, llegando al punto de referencia donde se efectúo deflexión izquierda de noventa y grados y con distancia de tres punto cincuenta metros, se localiza el esquinero Surponiente del lote que mide y linda así: Al Poniente, línea recta de veintidós punto cincuenta y siete metros de longitud y rumbo Norte treinta y tres grados seis minutos nueve décimas de minuto Este, lindando con lote número nueve de la misma Urbanización, propiedad de Chacón Borja, S.A. de C.V.; Al Norte, línea recta de doce punto cuarenta metros de longitud y rumbo Sur ochenta y un grados cincuenta y ocho minutos cuatro décimas de minuto Este, lindando con lote número dos de la Urbanización Lomas de San Francisco que es o ha sido propiedad de Sol Millet e Hijos; AL ORIENTE, línea recta de dos tramos, el primero de once punto sesenta y dos metros de longitud y rumbo Sur veintisiete grados diez minutos una décima de minuto Este, lindando con terreno de la Urbanización Lomas de San Francisco que son o han sido propiedad de Sol Millet e Hijos, el segundo de dieciséis punto veintiocho metros de longitud y rumbo Sur, treinta y tres grados treinta y siete minutos cinco décimas de minuto Oeste, lindando con lote número cinco de la Urbanización Lomas de San Francisco propiedad de Sol Millet e Hijos; AL SUR, línea recta de catorce punto cincuenta metros de longitud, con rumbo Norte cincuenta y seis grados cincuenta y tres minutos diez décimas de minuto Oeste, lindando con lote número once de la misma Urbanización propiedad de Chacón Borja, S. A. de C.V., Senda San Francisco de siete metros de ancho de por medio. Llegando así el esquinero Suroeste, donde se inició la presente descripción. Inscrito en el sistema de Folio Real, según matrícula: cero uno-cero cero dos mil cuatrocientos veintiséis-cero cero cero- inscripción número dos, del Registro de la Propiedad del Departamento de San Salvador, a favor de la señora ANA TERESA GONZA- LEZ RODRIGUEZ, servirán de base para el remate, las dos terceras partes de su valúo. Se admitirán posturas siendo legales. Librado en el Juzgado de lo Civil: Nueva San Salvador, a las nueve horas treinta minutos del día doce de octubre de dos mil uno. Lic. YOALMO ANTONIO HERRERA, JUEZ DE LO CIVIL. Licda. SAN- DRA ELIZABETH SANCHEZ DIAZ, SECRETARIA. 3 v. alt. No

107 DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 2 de Julio de DARIO VILLALTA BALDOVINOS, JUEZ CUARTO DE LO CIVIL DEL DISTRITO JUDICIAL DE SAN SALVADOR, HACE SABER: que por resolución pronunciada en el Juicio Civil Ejecutivo promovido por la Abogado ANA JASMINA LOPEZ DE FLORES, como apoderada del FONDO SOCIAL PARA LA VIVIEN- DA, Institución Autónoma y de este domicilio, contra la señora JUANA PATRICIA DIAZ ROSALES conocida por JUANA PATRICIA ROSA- LES VENTURA, reclamándole cantidad de colones, se venderá en pública subasta en este Juzgado, el inmueble siguiente: Un apartamiento, marcado con el NUMERO VEINTIDOS, Edificio F, el cual forma parte del CONDOMINIO PRADO DE CANDELARIA, situado en Barrio de Candelaria, jurisdicción de esta ciudad, de una extensión superficial de veintiocho metros cuadrados. Dicho condominio ha sido sometido al régimen que regula la Ley de Propiedad Inmobiliaria por Pisos y Apartamentos. Rigiéndose por dichas disposiciones y por las leyes vigentes sobre la materia. Con un área de construcción de veintiocho metros cuadrados, el cual se describe así: partiendo de la intersección de los ejes de Calle Prado y Calle Proyectada y sobre el eje de esta última con rumbo catorce grados cuarenta y siete punto siete minutos Este y una distancia de setenta y cinco punto treinta metros, en este punto con rumbo Norte ochenta y ocho grados treinta punto cinco minutos Este y una distancia de treinta y uno punto cincuenta metros y con una medida vertical de dos punto setenta metros, se localiza el esquinero Surponiente del apartamento número veintidós, Edificio F segunda planta, que se describe: LADO PONIENTE, tramo recto con rumbo Norte un grados veintinueve punto cinco minutos Oeste y una distancia de seis punto cero cero metros, linda con apartamento número veintiuno, Edificio F del Condominio Prado de Candelaria, propiedad del Arquitecto JOSE AL- BERTO CALEDONIO ROMERO, teniendo de por medio pared medianera de bloque de concreto tipo saltex de diez centímetros de espesor; LADO NORTE, tramo recto con rumbo Norte ochenta y ocho grados treinta punto cinco minutos Este y una distancia de cinco punto cero cero metros, linda con apartamento número veintidós Edificio H, del Condominio Prado de Candelaria, propiedad del Arquitecto JOSE ALBERTO CALEDONIO ROMERO, teniendo de por medio pasillos de acceso para apartamentos de la segunda planta de los edificio F y H, de uno punto cero cero metros cada uno y espacio aéreo de uno punto cincuenta metros sobre arriate central; LADO ORIENTE, tramo recto con rumbo Sur un grados veintinueve punto cinco minutos Este y una distancia de cinco punto cero cero metros, linda con apartamento número veintitrés edificio F del Condominio Prado de Candelaria, propiedad del Arquitecto JOSE ALBERTO CALEDONIO ROMERO, teniendo de por medio pared medianera de bloque de concreto tipo saltex de diez centímetros de espesor; LADO SUR, formado de tres tramos; el primero con rumbo Sur ochenta y ocho grados treinta punto cinco minutos Oeste y una distancia de dos punto cero cero metros, el segundo con rumbo Sur un grados veintinueve punto cinco minutos Este y una distancia de uno punto cero cero metros; el tercer, con rumbo Sur ochenta y ocho grados treinta punto cinco minutos Oeste y una distancia de tres punto cero cero metros de ancho, linda con apartamento número veintitrés, edificio D del Condominio Prado de Candelaria, propiedad del Arquitecto JOSE ALBERTO CALEDONIO ROMERO, teniendo de por medio espacio aéreo sobre zona verde común de dos punto cero cero metros y tres punto cero cero metros de ancho de por medio, perteneciente al Condominio Prado de Candelaria. Llegando de nuevo al punto de inicio de la descripción. El Apartamento linda por la parte del piso con el Apartamento número doce, edificio F del Condominio Prado de Candelaria, propiedad del Arquitecto JOSE ALBERTO CALEDONIO ROMERO, existiendo estructura gruesa medianera o losa de entre piso de veinte centímetros de espesor y por la parte superior techo a dos aguas a una altura promedio de dos punto cincuenta metros, linda con espacio aéreo. Este Apartamento tiene un área de veintiocho punto cero cero metros cuadrados, equivalentes a cuarenta punto cero seis varas cuadradas y su medida cúbica es de sesenta y siete punto veinte metros cúbicos. Librado en el Juzgado Cuarto de lo Civil: San Salvador, a las doce horas ocho minutos del día veintinueve de abril de dos mil tres. Dr. DARIO VILLALTA BALDOVINOS, JUEZ CUARTO DE LO CIVIL.- Lic. VICTORINO ALEXANDER PERAZA, 3 v. alt. No ANGEL ALBINO ALVARENGA, JUEZ DE LO CIVIL DE ESTE DISTRITO JUDICIAL al público para los efectos de Ley, HACE SABER: que ha este Juzgado se ha presentado el Doctor LUIS REYES SANTOS, Abogado de este domicilio y del de la ciudad de San Salvador, como Apoderado General Judicial del señor JOSE GALEAS conocido por JOSE LUCIO GALEAS y por JOSE LUCIO GALEAS VELASQUEZ, mayor de edad, agricultor del domicilio de la ciudad de Miami, Estado de Florida, Estados Unidos de América, solicitando título supletorio de una porción de terreno sin nombre, de naturaleza rústica, situada en el lugar denominado El Tamarindo, del Cantón Gueripe, Jurisdicción de la Población de Concepción de Oriente, Distrito de Santa Rosa de Lima, Departamento de La Unión, de una extensión superficial de OCHO MIL CIENTO OCHENTA Y CUATRO METROS CUADRADOS, según los datos que proporciona el poderante; el documento que el mismo presentó al Apoderado manifiesta que compró a la señora MARIA ZELEDONIA BONILLA viuda de VELASQUEZ, UNA MANZANA O SEA SIETE MIL METROS CUA- DRADOS y la ficha catastral manifiesta que son SETECIENTOS CUARENTA Y SIETE METROS CUADRADOS, teniendo las medidas y linderos siguientes, según lo manifestado por el poderdante: AL PONIENTE cincuenta y dos metros, calle de por medio con terreno de MANUEL MADRID, cercos de alambre propio; AL SUR: ciento cincuenta y ocho metros, con terrenos del señor FRANCISCO CHAVEZ, ODILIA BONILLA y la vendedora, cercos de alambre y piña propios; AL ORIENTE: setenta y dos metros con propiedad del señor SANTOS ALVARADO, cercos de alambre y piña medianeros; y AL NORTE: ciento seis metros, con propiedad del señor MARCELINO CHAVEZ y CARLOS CHAVEZ, calle de por medio que de Concepción de Oriente conduce a Polorós y Nueva Esparta, en dicha porción hay construida una casa de sistema mixto de catorce punto veintiun metros de largo por cinco punto un metros de ancho, de tejas y su correspondiente corredor y servicio eléctrico. Valúan dicha porción en la suma de CINCUENTA MIL COLONES y lo adquirió por compra que hizo el titulante a la señora MARIA ZELEDONIA BONILLA viuda de VELASQUEZ, de noventa y dos años de edad, de oficios domésticos, del domicilio de la Población de Concepción de Oriente con residencia en el Cantón Gueripe, el día ocho de diciembre de mil novecientos noventa y tres.- Librado en el Juzgado de lo Civil: Santa Rosa de Lima, a las once horas y cincuenta minutos del día veintiseis de mayo del dos mil tres.- Lic. ANGEL ALBINO ALVARENGA, JUEZ DE LO CIVIL.- Licda. MARINA CONCEPCION MARTINEZ DE MARTINEZ, SECRETA- RIA. 3 v. alt. No ANGEL ALBINO ALVARENGA, JUEZ DE LO CIVIL, de este Distrito Judicial, al público para los efectos de Ley, Inscrito dicho inmueble a favor de la señora JUANA PATRICIA DIAZ ROSALES conocida por JUANA PATRICIA ROSALES VEN- TURA bajo el Sistema Folio Real Computarizado con Matrícula número M CERO UNO CERO UNO CINCO UNO SEIS UNO. HACE SABER: que se ha presentado el Doctor LUIS SIGIREDO NATIVI FUENTES, como Apoderado General Judicial de la señora ROSAURA AGUILERA REYES o ROSAURA AGUILERA, de setenta y siete años de edad, de oficios domésticos, del domicilio de

108 108 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 360 Anamorós, con residencia en el Caserío El Papalón Cantón Tulima, solicitando título Supletorio de dos terrenos de naturaleza rústica, situados en el Cantón Tulima, jurisdicción de Anamorós, de este Distrito, Departamento de La Unión, de la capacidad el Primero de DIEZ MIL OCHOCIENTOS SETENTA Y DOS METROS CUARENTA Y OCHO CENTIMETROS CUADRADOS, que mide y linda: Al Norte, cien metros, treinta y dos centímetros, con otro terreno de la titulante ROSAURA AGUILERA, camino vecinal de por medio; Al Oriente, ciento veinte metros, con terreno de la misma titulante; Al Sur, ciento diez metros, con terreno de LEONSO VASQUEZ y ANTONIO GAR- CIA; y Al Poniente, ochenta y seis metros once centímetros, linda con otro terreno de la titulante, no contiene costrucciones ni cultivos permanantes. Y el segundo terreno de la capacidad de DIECIOCHO MIL CIENTO DIEZ METROS TREINTA Y OCHO CENTIMETROS CUA- DRADOS, que mide y linda: Al Norte, ciento veinticinco metros, con terreno de la titulante ROSAURA AGUILERA, camino vecinal de por medio; Al Oriente, ciento cuarenta metros, con terreno de MARCELINO AGUILERA, ANTONIO GARCIA y ALFONSO CANTARERO, Al Sur, ciento treinta y ocho metros veinte centímetros, con ALFONSO CANTARERO y AURORA AGUILERA; y Al Poniente, ciento treinta y un metros, con terreno de JEREMIAS SORTO y ROSAURA AGUILERA, en este terreno hay construidas dos casas de habitación la primera mide cinco varas de largo por cinco varas de ancho, techo de tejas y parte de adobe y la segunda mide acho varas de largo por cinco varas y media de ancho, techo de tejas y paredes de adobe, además tiene árboles frutales de mango y huertas. Se valoran en la cantidad de Ciento Cuarenta Mil Colones, y los adquirió por posesión material que data desde hace cuarenta años consecutivos. Librado en el Juzgado de lo Civil; Santa Rosa de Lima, a las diez horas del día diecinueve de junio de dos mil tres. Lic. ANGEL ALBINO ALVARENGA, JUEZ DE LO CIVIL.- Licda. MARINA CONCEP- CION MARTINEZ, SECRETARIA. 3 v. alt. No MANUEL PAZ CANALES, JUEZ SEGUNDO DE PRIMERA INS- TANCIA DE ESTE DISTRITO JUDICIAL, al público para los efectos de Ley, HACE SABER: que a este Juzgado se ha presentado el Licenciado JESUS ANTONIO LOPEZ CAMPOS, en calidad de Apoderado General Judicial del señor MERCEDES FRANCO MARQUEZ, solicitando a favor de éste, se le extienda Título Supletorio, el que posee desde el mes de Abril de mil novecientos ochenta y siete, o sea desde hace más de quince años, en forma quieta, pacífica e ininterrumpida, sin interrupción ni proindivisión con nadie y sin el permiso de ninguna persona, el siguiente inmueble: un terreno de naturaleza rústica, situado en el lugar San Antonio,Cantón Carrizal, jurisdicción de San Simón, Distrito de Osicala, Departamento de Morazán,de la Capacidad Superficial de DOS MANZANAS, equivalentes a CIENTO CUARENTA AREAS, de los linderos siguientes: Al ORIENTE, con terreno de Sergio Márquez y Meradí Hermanos y Compañía lo del primero hoy de Mercedes Franco Márquez y Leonel Franco, y lo del segundo, hoy de Max Homberger, quebrada de agua de por medio; Al NORTE, con terreno de Eleuterio Argueta, antes, hoy de Víctor Manuel Gúzman, brotones de izote de por medio y mojones; Al PONIENTE, con terreno del mismo Eleuterio Argueta, hoy de Víctor Manuel Gúzman, calle de por medio, hoy de Humberto Argueta; y Al SUR, con terreno de Meardy Hermanos y Compañía antes, hoy de Max Homberger, zanjo artificial de por medio.- El Terreno descrito está cultivado de café la mitad y la otra inculto, careciendo de accesorio. Valorado en la suma de seis mil colones. La posesión ejercida sobre el inmueble antes descrito, ha consistido en que el señor Mercedes Franco Márquez, ha sembrado de árboles frutales, habiéndolos cuidado y arreglado sus cercas, cortado sus maderas sin que nadie le haya hecho reclamo alguno. Dicho Inmueble no tiene nombre propio, no hay otros poseedores proindivisos y el titulante lo adqurió por medio de Escritura Pública de Compraventa de POSESION, otorgada en esta ciudad, a las siete horas del día dieciséis de Abril de mil novecientos ochenta y siete, ante los oficios del Notario JOSE GUILLERMO ARAUJO ARAUJO, por la señora MARIA LUISA SORTO, y lo posee desde la fecha antes mencionada, y como tal terreno no tiene documento inscrito ni inscribible, por carecer de antecedente inscrito en el Registro de la Propiedad Raíz e Hipotecas respectivo, y por no haberse solicitado jamás por ninguna persona, ni por mi cliente, lo que se hace del conocimiento del público para los efectos de Ley consiguiente.- Librado en el Juzgado Segundo de Primera Instancia: San Francisco Gotera, a las quince horas del día siete de marzo del dos mil tres. Lic. MANUEL PAZ CANALES, JUEZ 2o. DE 1a. INSTANCIA. Lic. ROSA ERMELINDA GUTIERREZ, SECRETARIA. 3 v. alt. No ANGEL ALBINO ALVARENGA, JUEZ DE LO CIVIL, DE ESTE DISTRITO JUDICIAL, al público para los efectos de Ley, HACE SABER: que se ha presentado el Licenciado SIMON ULISES VILLATORO, mayor de edad, Abogado y Notario, del domicilio de esta ciudad y del de San Miguel, como Apoderado General Judicial del señor NOEL HERNAN ALVAREZ MORENO, de treinta años de edad, Albañil, de este domicilio con residencia en el Cantón La Chorrera, solicitando Título Supletorio de un terrerno de naturaleza rústica, situado en el Cantón La Chorrera, de este Distrito, Departamento de La Unión, de la capacidad superficial de CUATRO MANZANAS, equivalentes a DOS HECTAREAS OCHENTA AREAS, que mide y linda: al Oriente, doscientos treinta y cinco metros, con propiedad de ANTONIA MAJANO con ciento cuatro metros y con CATALINO DIAZ, con dos tramos el primero con cuarenta y el segundo tramo siempre con CATALINO DIAZ ochenta y tres metros, cercos propios del titulante; al Poniente, ciento diecinueve metros, cuarenta y cuatro centímetros, con ARTURO CRUZ quebrada invernal de por medio; al Norte, ciento veintisiete metros, con JOSE ROSALI CRUZ, cercos propios del colindante y al Sur, ciento ocheta y nueve metros, con ARTURO CRUZ, cercos propios del titulante, no tiene construcción. Se valora en la cantidad de Veinticinco Mil Colones, y lo adquirió por compra hecha al señor SERGIO ADAN ALVAREZ, según escritura pública. Librado en el Juzgado de lo Civil: Santa Rosa de Lima, a las doce horas y cinco minutos del día diecisiete de junio de dos mil tres. Lic. ANGEL ALBINO ALVARENGA, JUEZ DE LO CIVIL.- Licda. MA- RINA CONCEPCION MARTINEZ, SECRETARIA. 3 v. alt. No ANGEL ALBINO ALVARENGA, JUEZ DE LO CIVIL, DE ESTE DISTRITO JUDICIAL, al público para los efectos de Ley, HACE SABER: que a este Juzgado se ha presentado el Licenciado SIMON ULISES VILLATORO, mayor de edad, Abogado, de este domicilio y del de San Miguel, como Apoderado General Judicial de la señora VIRGINIA SORTO RODRIGUEZ, mayor de edad, de oficios domésticos, de este domicilio, con residencia en el Caserío Los Sortos, del Cantón Pasaquinita, solicitando Diligencias Civiles de Título Supletorio, de un terreno rústico, situado en el Cantón Pasaquinita, Caseríos Los Sortos, de esta Jurisdicción y Distrito, Departamento de La Unión, de la capacidad de CINCO MIL SEISCIENTOS NOVENTA Y CINCO

109 DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 2 de Julio de METROS VEINTICINCO CENTIMETROS, de las medidas y colindancias siguientes: Al Oriente, cincuenta y cinco metros, colinda con MARTINA SORTO, Calle pública de por medio, EMANUEL SORTO, FRANCISCO TURCIOS y ELIA ROMERO, cercos medianeros; Al Poniente, cincuenta metros, con MARTINA SORTO, Calle pública que colinda con Caserío Los Sortos; Al Norte, ciento ocho metros, colinda con FRANCISCO TURCIOS, cercos propios del colindante; y Al Sur, ciento diez metros, con MANUEL SORTO, cercos medianeros, no existen construcciones; que lo adquirió por compra informal que hizo a IGNACIO SORTO CASTRO, ya fallecido; y se valora en la cantidad de DIEZ MIL COLONES. Librado en el Juzgado de lo Civil: Santa Rosa de Lima, a los dieciseis días del mes de junio de dos mil tres.-lic. ANGEL ALBINO ALVARENGA, JUEZ DE LO CIVIL.- Lic. MARINA CONCEPCION MARTINEZ, SECRETARIA.- 3 v. alt. No ANA FELICITA ESTRADA, JUEZ DE LO CIVIL DE ESTE DISTRI- TO JUDICIAL, al público para los efectos de Ley, HACE SABER: que el señor CAMILO ELISEO ELIAS GONZA- LEZ, de treinta y seis años de edad, empleado, del domicilio de Verapaz, de este Departamento, solicita Título Supletorio de un terreno rústico situado en el Cantón San Jerónimo El Limón, Jurisdicción de Verapaz, de este Departamento, que es de una extensión superficial de TRESCIENTOS SESENTA Y CUATRO METROS CUADRADOS, cuyas medidas y linderos son: Al Oriente, mide catorce metros y colinda con el señor SEBASTIAN FLORES antes, hoy su sucesión, camino vecinal de por medio; Al Norte mide veintidós metros veinte centímetros y colinda con el señor ARNOLDO RODRIGUEZ; Al Poniente, mide trece metros cuarenta centímetros y colinda con el señor JOSE ELIAS; Al Sur, mide veintitrés metros y colinda con el señor CAMILO ELIAS. Asegura poseerlo por compra que de él hizo al señor JOSE ELIAS BARAHONA, el día veintinueve de mayo de dos mil dos y lo valúa en la suma de veinticinco mil colones. Librado en el Juzgado de lo Civil: San Vicente, a los cinco días del mes de junio del año dos mil tres. Dra. ANA FELICITA ESTRADA, JUEZ DE LO CIVIL.- Lic. LILIAN MABEL RUIZ DE SALINAS, - EL INFRASCRITO ALCALDE MUNICIPAL, 3 v. alt. No HACE SABER: que a esta oficina se ha presentado la señora ALBA IRIS GUZMAN DEL CID, de cincuenta y ocho años de edad, de oficios del hogar de este domicilio, portadora de su Documento Unico de Identidad Número: cero un millón ochocientos diez mil setecientos sesenta y siete guión cero, solicitando TITULO DE PROPIEDAD Y DOMINIO de un imnueble de naturaleza urbana, situado en Barrio Concepción de Ciudad Barrios, Distrito y Departamento de San Miguel, de la capacidad Superficial de DOSCIENTOS CINCUENTA Y NUEVE METROS SEIS CENTIMETROS CUADRADOS, de las medidas y colindancias siguientes: Al ORIENTE: once metros sesenta y cinco centímetros, linda con el señor ARNOLDO MEDRANO, NORTE: treinta y dos metros, con la señora JOSEFA ROMERO: PONIENTE: doce metros diez centímetros, Avenida Gerardo Barrios Calle Principal y AL SUR: once metros sesenta y cinco centímetros con el señor MILTON BARAHONA, que el inmueble antes descrito lo adquirí por compra que le hiciera a la señora CANDELARIA DE JESUS GUZMAN PADILLA, por medio de escritura pública otorgada en la Ciudad de San Miguel por el Notario FIDEL ARISTIDES ALVAREZ, a las ocho horas del día veintiséis de noviembre del año dos mil dos, que unida mi posesión con la de mi antecesora, esta data por más de quince años consecutivos, que la posesión ejercida sobre el inmueble la he venido ejerciendo quieta y pacífica sin perturbación de otras personas, no es dominante ni sirviente, no tiene cargas ni derechos reales de ajena pertenencia,ni esta en proindivisión con persona alguna, en el inmueble antes descrito existe una casa, techo de tejas, paredes de adobe, piso cemento, con sus respectivos servicios sanitarios, agua y energía eléctria, lo valora por la cantidad de MIL CIENTO CUARENTA Y DOS DOLARES EXACTOS. Por lo que se avisa al público para los efectos de Ley. Librado en la Alcaldía Municipal, Ciudad Barrios a los siete días del mes de enero de dos mil tres. MIGUEL ALONSO GARCIA MEDI- NA, ALCALDE MUNICIPAL.- ANA CECILIA ALVARADO IGLE- SIAS, SECRETARIA MUNICIPAL. EL INFRASCRITO ALCALDE MUNICIPAL, 3 v. alt. No HACE SABER: que a esta Oficina se ha presentado ISRAEL NOLASCO GARCIA, de treinta y cinco años de edad, agricultor en pequeño, portador de su Documento Unico de Identidad número: cero un millón seiscientos veintitrés mil ochocientos treinta y cuatro guión cuatro, de este domicilio, solicitando se le extienda certificación de Título de propiedad y dominio de dos terrenos de naturaleza rústica, situado en la Colonia Boillat, de Ciudad Barrios, Departamento de San Miguel, de la capacidad superficial de CUATRO MIL QUINIENTOS METROS OCHENTA DECIMETROS CUADRADOS, el primero de las medidas y colindancias siguientes: ORIENTE: cincuenta y ocho metros con terreno de la señora ANTONIA PORTILLO, brotones de izote, al NORTE: setenta y siete metros con sesenta centímetros, con la señora ANTONIA PORTILLO, Calle de por medio, al PONIENTE: cincuenta y ocho metros, con ANTONIA PORTILLO brotones de izote de por medio, al SUR: setenta y siete metros, sesenta centímetros con SEBASTIAN AYALA, río de por medio hasta llegar donde se comenzó y el segundo de DOSCIENTOS CUARENTA METROS CUADRA- DOS de las medidas y colindancias siguientes: NORTE: ocho metros con FRANCISCA ROSALES cerco de alambre del colindante, PONIENTE: treinta metros con FRANCISCA DE ROSALES cerco de alambre del colindante, al ORIENTE: treinta metros con CELSO CHICAS MA- CHADO y al SUR: ocho metros con propiedad de ALBERTO GARCIA. Todos los colindantes son de este domicilio, el terreno antes descrito, no es dominante ni sirviente, no tiene cargas ni derechos reales de ajena pertenencia, los adquirí por compra que hiciera a los señores VICTORINA ANDRADE RIVAS viuda DE PAZ y a BUENAVENTURA ORELLA- NA por medio de escritura pública otorgada por el Notario Dr. AUGUS- TO ANTONIO ROMERO BARRIOS, a las ocho horas del día trece de noviembre del dos mil dos y a las siete horas del día veintinueve de junio de mil novecientos ochenta y nueve, dichos inmuebles los valora por la cantidad de CINCO MIL COLONES EXACTOS, cada uno. Por lo que se pone en conocimiento al público para efectos de ley. Librado en la Alcaldía Municipal, Ciudad Barrios a doce de marzo de dos mil tres. MIGUEL ALONSO GARCIA MEDINA, ALCALDE MUNICIPAL.- ANA CECILIA ALVARADO IGLESIAS, SECRETA- RIA MUNICIPAL.- 3 v. alt. No

110 110 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 360 EL INFRASCRITO ALCALDE MUNICIPAL, HACE COSTAR: que a esta oficina se ha presentado la señora MARINA SINFOROSA MARQUEZ DE CRUZ, de cuarenta y tres años de edad, empleada, de este origen y domicilio, portadora de su documento único de identidad número. Cero un millón quinientos cuarenta y tres mil cuatrocientos cincuenta y cuatro guión nueve, solicitando se le extienda TITULO DE PROPIEDAD de un solar de Naturaleza Urbana situado en 4a. Av. Sur. del Barrio de Concepción de Ciudad Barrios, Distrito y departamento de San Miguel, de las medidas y colindancias siguientes: ORIENTE dieciséis metros, con terreno de FILOMENA POSADA, ENTIMO ORELLANA, MARIA ELISA HERNANDEZ, antes; hoy de MARTA ALVAREZ DE PORTILLO, 6a. Av. Sur de por medio, AL NORTE: diecinueve metros, con ESTER SORTO, ISABEL ROMERO ARGUETA, antes, hoy de LEONOR MARQUEZ DE VARGAS, brotones de izote y alambre de por medio, PONIENTE: diecinueve metros, con MIGUEL ANGEL ORELLANA, antes, hoy con HECTOR MANUEL MARQUEZ SOLANO y FLORENTINO AR- GUETA, brotones de izote y pared medianera de por medio, y SUR: con ADELA VIUDA DE LEIVA antes de NABOT AYALA, brotones de Izote y alambre de por medio, con una capacidad superficial de TRESCIENTOS TREINTA Y DOS METROS CON CINCUENTA DECIMETROS CUADRADOS, la posesión ejercida en el solar antes descrito, ésta data por más de diez años consecutivos, lo adquirió por compra que le hiciera al señor SILVERIO CASTILLO, por medio de escritura pública otorgada en la ciudad de San Salvador a las catorce horas del día once de julio de mil novecientos noventa y cuatro ante los oficios del Notario JOSE NICOLAS ASCENCIO HERNANDEZ, posee una casa mixta, Techo de Duralita, Pared de Bloque, con sus respectivos servicios básicos, lo valora por la cantidad de VEINTE MIL COLONES EXACTOS, el predio no es dominante, ni sirviente, no tiene carga ni derecho reales de ajena pertenencia, y no se encuentra proindiviso con persona alguna, por lo que se avisa para los efectos de ley. Dado en la Alcaldía Municipal de Ciudad Barrios a los veintinueve días del mes de mayo de dos mil tres. RENE WILFREDO GOMEZ ESCOBAR, ALCALDE MUNICIPAL. ANA CECILIA ALVARADO IGLESIAS, SECRETARIA. EL INFRASCRITO ALCALDE MUNICIPAL, 3 v. alt. No HACE SABER: que a esta Alcaldía se ha presentado el señor JOSE HERNANDEZ MEJIA solicitando que se extienda a su fabor, título de propiedad de un predio urbano situado en los suburbios del Barrio San Miguel de esta ciudad, comprendido dentro de los linderos siguientes: AL SUR, en línea de tres tiros, linda con propiedad de VICTOR ANTONIO GARCIA, ELENA ECHEVERRIA y ANTONIO MERCA- DO MEJIA; AL PONIENTE, linda con propiedad de la sucesión de MANUEL MERCADO GUERRA; AL NORTE, linda con propiedad de ANTONIO MERCADO MEJIA y al ORIENTE, linda con propiedad de OSCAR ESCOBAR. No es dominante ni sirviente no tiene cargas o derechos reales, ni está en proindivisión. Lo hubo por compra a MANUEL MERCADO MEJIA ya fallecido y lo estima en la suma de CIENTO CUARENTA MIL COLONES. El inmueble se compone de CIENTO CUARENTA AREAS. Todos los colindantes son de este domicilio. ALCALDIA MUNICIPAL: Ilobasco, a los dieciséis días del mes de junio de dos mil tres. JOSE MARIA DIMAS CASTELLANOS, ALCALDE MUNICIPAL. MANUEL DE J. ZETINO, 3 v. alt. No EL INFRASCRITO ALCALDE MUNICIPAL DEPOSITARIO, HACE SABER: que a esta Alcaldía Municipal se ha presentado el señor CARLOS MARTINEZ GUERRA, Abogado de este domicilio a comparecer en nombre y representación de la señora ANA VICTORIA CAÑAS LOPEZ, de cuarenta y siete años de edad, soltera, Ama de casa, de nacionalidad salvadoreña, del domicilio en Los Angeles, California, Estados Unidos de América, portadora de su Pasaporte Ordinario Número ciento cincuenta y cinco mil setecientos cuarenta y ocho, extendido en el Consulado General de El Salvador, solicitando TITULO DE PROPIE- DAD de un inmueble de naturaleza urbana, ubicado el Barrio las Delicias de esta jurisdicción; de la capacidad SUPERFICIAL DE DOSCIENTOS OCHENTA METROS CUADRADOS APROXIMADAMENTE, que tiene las medidas y líderos siguientes: AL NORTE; en línea quebrada de tres tiros: el primero de Poniente a Oriente en quince metros setenta centímetros; el segundo de Norte a Sur tres metros; y el tercero de Poniente a oriente en cuatro metros, pared de ladrillos propio del inmueble que se describe, de por medio, lindando con inmueble de NICOLAS COLOCHO; AL ORIENTE: en línea recta de veintidós metros cinco centímetros, linda con inmueble de MANUEL ALFARO AGUILAR, pared propia del terreno que se describe de por medio; AL SUR; en línea recta de once metros ochenta centimetros, linda con inmueble de ANTONIO SANCHEZ, Calle al Cerro Las Delicias de por medio; Y AL PONIENTE; en línea quebrada de tres tiros: el primero de Sur a norte, en veinte metros; el segundo un poco curvo de aproximadamente dos metros cuarenta centímetros; el tercero en línea recta de cuatro metros noventa centimetros, lindando por estos tiros con inmueble de JOSEFINA OSORIO; y el cuarto de Sur a Norte en doce metros sesenta centimetros, linda con inmueble de OSCAR ABRAHAM SANCHEZ, pared parte de adobe y parte de ladrillo propio del terreno que se describe, de por medio. Contiene casa de paredes de adobe y ladrillo, techo de tejas y piso de ladrillo de cemento y tierra. Dicho inmueble lo adquirió por herencia de su madre FILOMENA LOPEZ, quien falleció en esta población el día de junio de mil novecientos setenta y cinco, el cual se le adjudicó en escritura pública de Partición Extrajudicial, otorgada en San Salvador, a las nueve horas del día dieciséis de septiembre de mil novecientos noventa y tres, quien a su vez lo adquiró por compraventa del señor ROQUE CAÑAS NAVA- RRO.

111 DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 2 de Julio de Uniendo la posesión actual a la ejercida por la antecesora doña FILOMENA LOPEZ, tiene más de treinta años de estar en quieta, pacífica e ininterrumpida posesión de dicho inmueble, el cual no es predio dominante, ni sirviente, ni está gravado con derechos reales a fabor de terceros. Dicho inmueble lo valúa en VEINTE MIL COLONES. Todos los colindantes son del domicilio de esta ciudad. ALCALDIA MUNICIPAL, San Rafael Cedros, Departamento de Cuscatlán, a las nueve horas del día treinta de mayo del año dos mil tres. ARISTIDES ALFARO ACOSTA, ALCALDE MUNICIPAL DEPOSI- TARIO. Lic. JOSE ROBERTO CARLOS MEJIA, 3 v. alt. No EL INFRASCRITO ALCALDE MUNICIPAL, al público, HACE SABER: que a esta oficina se ha presentado la señorita MARLENY TEODOLINDA SANCHEZ DE PAZ, solicitando se le extienda a su fabor TITULO DE PROPIEDAD de un terreno rústico situado en el Cantón Miraflores de esta jurisdicción, de las medidas y linderos siguientes: AL ORIENTE, en tres tiros: el primero de 13:49 Mts. linda con MARGARITA ESPERANZA PORTILLO; el segundo de 9:62 Mtrs. y el tercero de 32:00 Mtrs. linda con la misma MARGARITA ESPERANZA PORTILLO; AL NORTE mide 22:60 Mtrs. linda con LEONOR PEREZ; AL PONIENTE, mide 37:60 Mtrs. linda con terreno de AURELIA HERNANDEZ; Y AL SUR, mide en dos tiros, el primero de 14:81 Mtrs. el segundo de 13:81 Mtrs. linda con PRICILIANO PEREZ; esquineros de izote por los cuatro rumbos, goza de una servidumbre de tránsito de 3 Mtrs. de ancho que da salida al camino vecinal que conduce al Río ElCacao. No es dominante ni sirviente, ni tiene cargas reales ajenas, ni está en proindivisión con otras personas; lo adquirió la titulante por compra que hizo a la señora MARGARITA ESPERANZA PORTILLO, mayor de edad, oficios domésticos y de este domicilio, lo valúa en la suma de OCHO MIL COLONES. El INFRASCRITO ALCALDE MUNICIPAL DE GUADALUPE HACE SABER: que esta Alcaldía Municipal, se ha presentado la señora PAULA ORTIZ FLORES, de cincuenta y cuatro años de edad, oficios domésticos, de este domicilio, portadora de Cédula de Identidad Personal número trece- diez- cero cero cero quinientos veinticuatro, y con número de identificación tributaria cero quinientos quince doscientos sesenta mil doscientos cuarenta y ocho-cientosdos- nueve. SOLICI- TANDO TITULO MUNICIPAL de un inmueble de naturaleza urbana, situado en la orilla y al rumbo Poniente de la jurisdicción de Guadalupe de las medidas y colindancias siguientes: el inmueble que poseo es de las medidas y colindancias siguientes: AL NORTE: mide diez metros ochenta y un centímetros y linda con terreno que fue de MANUEL VELASCO hoy de JOSE NESTOR TORRES, calle de por medio. AL ORIENTE: mide dieciocho metros cincuenta centimetros y linda con terreno que fue de FELIPE CARBALLO hoy de VICTORINA CARBALLO DE ASCENCIO. AL SUR: mide diez metros sesenta centimetros, linda con SUCESION ALEJANDRO ALFARO AYALA. AL PONIENTE: mide diecicho metros cincuenta centimetros, linda con terreno de CATARINO MELENDEZ CARBALLO. El inmueble objeto de la presente titulación es de una extensión superficial de QUINCE AREAS, no es dominante ni sirviente, y no tiene carga ni derecho que pertenezca a terceras personas. Que valúa el inmueble en DIEZ MIL COLONES EXACTOS. Que el inmueble lo adquirió por compra verbal hecha a MIGUEL ANGEL MELENDEZ CARBALLO. En consecuencia por este medio se cita a todos los que se crean con derecho en el inferido inmueble, para que se presenten a esta Alcaldía Municipal en el plazo de quince días contados a partir de la tercera publicación de este dicto. Librado en la Alcaldía Municipal de Guadalupe, departamento de San Vicente, a los treinta días del mes de octubre del año dos mil dos. PEDRO PABLO MALDONADO, ALCALDE MUNICIPAL. FRAN- CISCO RUTILIO PABLO BARAHONA, SECRETARIO MUNICI- PAL, GUADALUPE. 3 v. alt. No Todos los colindantes son del mismo domicilio. Lo que se hace del conocimiento del público para efectos de ley. ALCALDIA MUNICIPAL: San Pedro Perulapán, veintitrés de junio de dos mil tres. Ing. MIGUEL ANGEL HERNANDEZ V., AL- CALDE MUNICIPAL. CARLOS BORROMEO VIVAS, SECRETA- RIO MUNICIPAL. 3 v. alt. No AVISO EL BANCO DE COMERCIO DE EL SALVADOR, S.A. COMUNICA: que a sus oficinas se ha presentado el propietario de certificado de depósito a plazo fijo No No por un valor 30, ( treinta mil 00/100 colones ) A 180 días plazo emitido el día 09 de septiembre de el cual devenga un interés del 8.5%

112 112 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 360 solicitando la reposición de dicho certificado por habérsele extraviado. AVISO En consecuencia de lo anterior, se hace del conocimiento del público para efectos legales del caso. Transcurridos treinta días después de la tercera publicación de este aviso y si no hubiere ninguna oposición, se procederá a reponer el certificado en referencia. Santa Ana 23 de junio del MIRNA MARGARITA AVALOS DE ANAYA, Jefe de Operaciones Ag. Santa Ana, Banco de Comercio de El Salvador. 3 v. alt. No AVISO El Banco Cuscatlán S.A., COMUNICA: que a sus oficinas ubicadas en 3a. Av. SUR, No. 2-5, Nueva San Salvador, La Libertad, se ha presentado el propietario de En consecuencia de lo anterior, se hace del conocimiento al público en general, para los efectos legales del caso, que transcurridos treinta días después de la tercera publicación de este aviso y si no hubiere ninguna oposición, se procederá a reponer el certificado en referencia. AGRICOLA INDUSTRIAL SALVADOREÑA, SOCIEDAD ANONI- MA, QUE PUEDE ABREVIARSE AGRICOLA INDUSTRIAL SAL- VADOREÑA, S.A. o AGRISAL S.A., COMUNICA: que a sus oficinas situadas en Boulevard del Hipódromo número 539, Colonia San Benito, San Salvador, se ha presentado la señora MARIA EUGENIA DE SAGRERA, accionista de nuestra empresa y propietaria del CERTIFICADO de acciones número 44 que ampara 12 acciones, solicitando la reposición del mismo por haberse extraviado. Lo anterior se hace del conocimiento del público para los efectos legales del caso. San Salvador, diez de junio del año dos mil tres. ROBERT HENDERSON MURRAY MEZA, PRESIDENTE. 3 v. alt. No AVISO EL BANCO DE COMERCIO DE EL SALVADOR, S.A., COMUNICA: que a sus oficinas se han presentado los propietarios del depósito a plazo fijo número A/N de ROSA BIANCA CERTIFICADO DE DEPOSITOS A PLAZO FIJO DOLARES número DE PAGGI o RICARDO PAGGI o ALEXANDRA PAGGI o 016PLA , solicitando la reposición de dicho CERTIFICADO SIMONETTA PAGGI, emitido en Ag. ESCALON, el día 27 de abril de por CINCO MIL DOLARES ( US$5, ) a/n de SANTOS ISABEL 1999 por un valor original de VEINTIDOS MIL OCHOCIENTOS GONZALEZ, con vencimiento próximo 07/09/2003. CINCUENTA Y SIETE 14/100 DOLARES, a un plazo de 180 días, solicitando la reposición de dicho certificado por habérsele extraviado. En consecuencia de lo anterior, se hace del conocimiento del público para los efectos legales del caso. Transcurridos treinta días después de la tercera publicación de este AVISO y si no hubiere ninguna oposición, se procederá a reponer el certificado en referencia. Nueva San Salvador, 21 de junio de 2003 San Salvador, a los veinticuatro días del mes de abril de dos mil tres. MERY DE RIVERA Banco Cuscatlán S.A. Agencia Santa Tecla PATRICIA DE RIVERA, JEFE DE OPERACIONES. Ag. ESCALON. 3 v. alt. No v. alt. No

113 DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 2 de Julio de El Banco Cuscatlán S.A., A V I S O COMUNICA: que a sus oficinas ubicadas en Km 10 carretera a Santa Tecla, se ha presentado el propietario de CERTIFICADO DE DEPOSITO A PLAZO FIJO COLONES Número 020PLA , solicitando la reposición de dicho CERTIFICADO por DIECISEIS MIL 00/100 DOLARES (US$ 16,000.00). En consecuencia de lo anterior, se hace del conocimiento al público en general, para los efectos legales del caso, que transcurridos treinta días después de la tercera publicación de este aviso y si no hubiere ninguna oposición, se procederá a reponer el certificado en referencia. Sonsonate, 20 de junio de Banco Cuscatlán, Agencia Centro Sonsonate. CERTIFICACION 3 v. alt. No EL infrascrito Administrador Unico Suplente de la Sociedad Anónima de este domicilio, que gira con la denominación de SERVICIOS ESPECIALES NACIONALES, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPI- TAL VARIABLE, CERTIFICA: que en el libro de actas de la Sociedad, se encuentra asentada el acta número NUEVE, correspondiente a la sesión de Junta General Ordinaria y Extraordinaria de Accionistas, celebrada en esta ciudad, a las nueve horas del día treinta de abril de dos mil tres, cuyo punto primero de carácter Extraordinario literalmente dice así: "PUNTO PRIMERO DE CARACTER EXTRAORDINARIO, AUMENTO DEL CAPITAL MINIMO DE LA SOCIEDAD DE VEIN- TE MIL A CIENTO DIEZ MIL COLONES. La Junta General Extraordinaria de Accionistas conoce la necesidad de adecuar el pacto social a la nueva legislación mercantil que se refiere al Capital Mínimo de las Sociedades anónimas y en tal virtud unánimemente acuerda AUMEN- TAR el Capital Mínimo de la Sociedad, que en la actualidad es de VEINTE MIL COLONES, el cual se encuentra totalmente suscrito y pagado, en la suma de NOVENTA MIL COLONES, totalizando el Capital Social en CIENTO DIEZ MIL COLONES representado y dividido en MIL CIEN ACCIONES, nominativas de un valor nominal de cien colones cada una, lo cual se llevará a cabo por medio de la emisión de nuevas acciones por aportes en efectivo, por la suma de NOVENTA MIL COLONES, así: los actuales accionistas de la Sociedad que representan el cien por ciento del Capital Social, renuncian en este acto, a su derecho preferente de suscribir las nuevas acciones que se emitirán en virtud de dicho aumento. Por lo tanto, la Sociedad Phelps Dodge de El Salvador, suscribirá las NOVECIENTAS nuevas acciones que se emitirán de dicho aumento, aportando la suma de NOVENTA MIL COLO- NES". Y para los usos que se estimen convenientes, se expide la presente en San Salvador, a los diecinueve días del mes de junio de dos mil tres. JUAN CARLOS PEREZ ALFARO, ADMINISTRADOR UNICO SUPLENTE. AVISO DE AUMENTO DE CAPITAL 3 v. alt. No El infrascrito Administrador Unico de la Sociedad INMOBILIARIA VILLAVICENCIO, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIA- BLE, HACE SABER: que según consta en la Escritura Pública de Junta General Extraordinaria de Accionistas, celebrada en la ciudad de San Salvador, a las catorce horas del día primero de abril del año dos mil tres, ante los Oficios del Notario SALVADOR ENRIQUE AYALA MEN- DOZA, los comparecientes ACORDARON: Aumentar el Capital Mínimo en la cantidad de CINCUENTA MIL COLONES más, siendo el nuevo Capital Mínimo de CIEN MIL COLO- NES, y para los efectos de ley consiguientes se efectúa la presente publicación en San Salvador, a los doce días del mes de mayo del año dos mil tres. HORACIO ENRIQUE VILLAVICENCIO GARCIA, ADMINISTRADOR UNICO. AVISO 3 v. alt. No La Sociedad "CONSTRUCTORA DEL PACIFICO SUR, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE", que se abrevia "CONSTRUCPAC, S.A DE C.V.", Comunica que en Junta General Extraordinaria de Accionistas, celebrada el día veinte de mayo de dos mil tres, se acordó Aumentar el Capital Social en OCHENTA MIL COLONES, con lo cual su Capital Social se eleva a la cantidad de CIEN MIL COLONES.

114 114 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 360 Lo que comunica al público en general, dándole así cumplimiento al Art. 176 del Código de Comercio y demás disposiciones legales. San Salvador, a los catorce días del mes de junio del año dos mil tres. AVISO DE DISMINUCION DE CAPITAL El infrascrito Secretario de la Junta General Extraordinaria de Accionistas de la Sociedad denominada "SALPAN S. A. de C. V.", del domicilio de Antiguo Cuscatlán, al público, Ing. FRANCISCO DOUGLAS JARQUIN ESCOBAR, REPRESENTANTE LEGAL. AVISO 3 v. alt. No El infrascrito Administrador Unico Propietario de la Sociedad ESPE- CIALISTAS PRIVADOS EN SEGURIDAD, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE, que puede abreviarse ESPRISE, S.A. DE C.V., con domicilio en la ciudad de San Salvador, por este medio hace del conocimiento público para los efectos legales consiguientes del Art. 176 del Código de Comercio; que en Junta General Extraordinaria de Accionistas, celebrada en la ciudad de San Salvador, a las quince horas del día doce de febrero de dos mil tres, se acordó por unanimidad aumentar el Capital Social Mínimo en la cantidad de 80,000 colones, mediante la capitalización de utilidades acumuladas. En consecuencia con el aumento al Capital Social acordado y juntamente con el Capital Social actual, que asciende a 20,000 colones, la Sociedad girará con un Capital Social de 100,000. representado en 1000 acciones comunes de valor nominal de 100 colones cada una totalmente pagadas. San Salvador, 19 de junio de CARLOS ALFREDO RIVAS NAJARRO, ADMINISTRADOR UNICO PROPIETARIO. AVISO DE DISMINUCION DE CAPITAL 3 v. alt. No El infrascrito Secretario de la Junta General Extraordinaria de Accionistas de la Sociedad denominada "ROSIL, S. A. de C. V.", del domicilio de Antiguo Cuscatlán, al público, HACE SABER: que por acuerdo de Junta General Extraordinaria de Accionistas, celebrada en Antiguo Cuscatlán, a las ocho horas y treinta minutos del día 6 de mayo de dos mil tres, se acordó disminuir el Capital Social de la Sociedad en la parte variable en DOS MILLONES CUA- TROCIENTOS CINCUENTA Y SEIS MIL SETECIENTOS COLO- NES EXACTOS equivalentes a 24,567 acciones con Valor Nominal de cada una; quedando después de esta disminución el Capital de la Sociedad en CIEN MIL COLONES EXACTOS dividido en 1,000 acciones con un Valor Nominal de cada una. HACE SABER: que por acuerdo de Junta General Extraordinaria de Accionistas, celebrada en Antiguo Cuscatlán, a las trece horas del día 7 de mayo de dos mil tres, se acordó disminuir el Capital Social de la Sociedad en la parte Variable en DOS MILLONES NOVECIENTOS VEINTICUATRO MIL COLONES EXACTOS equivalentes a 2,924 acciones con Valor Nominal de 1, cada una; quedando después de esta disminución el Capital de la Sociedad en DOSCIENTOS MIL COLONES EXACTOS dividido en 200 acciones con un Valor Nominal de 1, cada una. Antiguo Cuscatlán, a los siete días del mes de mayo del dos mil tres. ENRIQUE ERNESTO SOLER AVILA, AVISO DE DISMINUCION DE CAPITAL 3 v. alt. No El infrascrito Secretario de la Junta General Extraordinaria de Accionistas de la Sociedad denominada "MACARO, S. A. de C. V.", del domicilio de Antiguo Cuscatlán, al público, HACE SABER: que por acuerdo de Junta General Extraordinaria de Accionistas, celebrada en Antiguo Cuscatlán, a las diez horas y treinta minutos del día 8 de mayo de dos mil tres, se acordó disminuir el Capital Social de la Sociedad en la parte Variable en UN MILLON NOVECIEN- TOS CUARENTA MIL COLONES EXACTOS equivalentes a 19,400 acciones con Valor Nominal de cada una; quedando después de esta disminución el Capital de la Sociedad en CIEN MIL COLONES EXACTOS dividido en 1,000 acciones con un Valor Nominal de cada una. Antiguo Cuscatlán, a los ocho días del mes de mayo del dos mil tres. Antiguo Cuscatlán, a los seis días del mes de mayo del dos mil tres. ROBERTO SOLER GUIROLA, 3 v. alt. No ROBERTO SOLER GUIROLA, 3 v. alt. No

115 DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 2 de Julio de AVISO DE DISMINUCION DE CAPITAL El infrascrito Secretario de la Junta General Extraordinaria de Accionistas de la Sociedad denominada "NESOL S. A. de C. V.", de este domicilio, al público, Lo que se le hace saber al público para los efectos de ley. San Salvador, once de junio de dos mil tres. Lic. ROSA MAURA CABRERA MARTINEZ, HACE SABER: que por acuerdo de Junta General Extraordinaria de Accionistas, celebrada en San Salvador, a las trece horas con treinta minutos del día 7 de mayo de dos mil tres, se acordó disminuir el Capital Social de la Sociedad en la parte Variable en DOCE MILLONES CIENTO NOVENTA Y SEIS MIL COLONES EXACTOS equivalentes a 12,196 acciones con Valor Nominal de 1, cada una; quedando después de esta disminución el Capital de la Sociedad en CIEN MIL COLONES EXACTOS dividido en 100 acciones con un Valor Nominal de 1, cada una. En San Salvador, a las siete días del mes de mayo del dos mil tres. ROBERTO SOLER GUIROLA, ASIENTO DE EMPRESA ESTABLECIMIENTO v. alt. No EL INFRASCRITO REGISTRADOR DEL DEPARTAMENTO DE REGISTRO DE MATRICULAS DE EMPRESA Y ESTABLECIMIEN- TOS: HACE SABER: que a esta oficina se ha presentado REYNALDO ALFONSO SANTIAGO CABAÑAS BOLAÑOS en su calidad de Representante Legal de la Sociedad FINANCIEROS JOVENES, SO- CIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE que puede abreviarse FIJO, S.A. DE C.V., de nacionalidad SALVADOREÑA, del domicilio de SAN SALVADOR, cuya escritura social está inscrita bajo el número 8 del Libro 763 del Registro de Sociedades del Registro de Comercio, con Número de Identificación Tributaria: I04-7, ha presentado solicitud a las quince horas y veinticuatro minutos del día tres de junio de dos mil tres. Con la cual se otorgarán los Asientos de Empresa No y Establecimiento No ; a favor de la Empresa denominada FINANCIEROS JOVENES, SOCIEDAD ANO- NIMA DE CAPITAL VARIABLE, la cual se dedica a LA CONSTRUC- CION DE CASAS Y EDIFICIOS, con dirección en 79 AVENIDA SUR, N o 450, del domicilio de SAN SALVADOR, cuyo activo asciende a VEINTE MIL COLONES CON 00/100 20, y que tiene el establecimiento siguiente: 001-) FINANCIEROS JOVENES, S.A. DE C.V. ubicado en 79 AVENIDA SUR, # 450, del domicilio de SAN SALVADOR. ASIENTO DE EMPRESA ESTABLECIMIENTO , v. alt. No EL INFRASCRITO REGISTRADOR DEL DEPARTAMENTO DE REGISTRO DE MATRICULAS DE EMPRESA Y ESTABLECIMIEN- TOS: HACE SABER: que a esta oficina se ha presentado CARTAGE- NA, GUSTAVO, en su calidad de Representante Legal de la Sociedad DURALITA DE CENTROAMERICA, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE que puede abreviarse DURALITA, S.A. DE C.V., de nacionalidad SALVADOREÑA, del domicilio de SAN SAL- VADOR, cuya escritura social está inscrita bajo el número 96 del Libro 31 del Registro de Sociedades del Registro de Comercio, con Número de Identificación Tributaria: , ha presentado solicitud a las catorce horas y cincuenta minutos del día treinta y uno de mayo de dos mil uno. Con la cual se otorgaron los Asientos de Empresa No y Establecimiento No , 002; a favor de la Empresa denominada DURALITA DE CENTROAMERICA, SOCIEDAD ANO- NIMA DE CAPITAL VARIABLE, la cual se dedica a FABRICAR, DISTRIBUIR Y VENDER PRODUCTOS DE CEMENTO, DE FIBROCEMENTO Y OTROS AFINES, con dirección en 21 C. PTE, #1325 SAN SALVADOR del domicilio de SAN SALVADOR, cuyo activo asciende a CUARENTA Y NUEVE MIL SEISCIENTOS OCHEN- TA Y SEIS MIL SETECIENTOS TREINTA COLONES CON 95/100 ó 49,686, y que tiene DOS establecimientos: 001-) DURALITA DE CENTROAMERICA, S.A. DE C.V. OFICINAS ADMINISTRATI- VAS ubicado en 21 CALLE. PTE. #1325 S. S., del domicilio de SAN SALVADOR, 002-) DURALITA DE CENTROAMERICA, S.A. DE C.V. FABRICA ubicado en KM. 271/2 CARRETERA A SONSONATE, LOURDES, COLON, del domicilio de LOURDES. Lo que se le hace saber al público para los efectos de ley. San Salvador, quince de junio de dos mil uno. ROSA MAURA CABRERA MARTINEZ, 3 v. alt. No

116 116 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 360 ASIENTO DE EMPRESA ESTABLECIMIENTO EL INFRASCRITO REGISTRADOR DEL DEPARTAMENTO DE REGISTRO DE MATRICULAS DE EMPRESA Y ESTABLECIMIEN- TOS, HACE SABER: que a esta oficina se ha presentado AYALA MENDOZA, SAUL, de nacionalidad SALVADOREÑA, del domicilio de SAN SALVADOR, con Número de Identificación Tributaria: , ha presentado solicitud a las once horas y cuarenta y ocho minutos del día cinco de junio de dos mil tres. Con la cual se otorgaron los Asientos de Empresa Nº y Establecimiento Nº ; a favor de la Empresa denominada SAUL AYALA MENDOZA, la cual se dedica a SERVICIOS DE INGENIERIA CIVIL, con dirección en COL. Y AV. LA FLORESTA #4, del domicilio de SAN SALVADOR, cuyo activo asciende a VEINTIOCHO MIL CUAREN- TA Y CINCO DOLARES CON 00/100 $28, y que tiene el(los) establecimiento(s) siguiente(s) 001-) SAUL AYALA MENDOZA, ubicado en COL. Y AV. LA FLORESTA #4, del domicilio de SAN SALVADOR. Lo que se le hace saber al público para los efectos de ley. San Salvador, nueve de junio de dos mil tres. Lic. ANA ELIZABETH RIVERA PEÑA, 3 v. alt. Nº ASIENTO DE EMPRESA ESTABLECIMIENTO EL INFRASCRITO REGISTRADOR DEL DEPARTAMENTO DE REGISTRO DE MATRICULAS DE EMPRESA Y ESTABLECIMIEN- TOS, HACE SABER: que a esta oficina se ha presentado MAURICIO LOPEZ PARKER, en su calidad de Representante Legal de la Sociedad SERVICIOS EDUCATIVOS, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE, que puede abreviarse SED, S.A. DE C.V., de nacionalidad SALVADOREÑA, del domicilio de SANTA ANA, cuya Escritura Social está inscrita bajo el número del Libro 0309 del Registro de Sociedades del Registro de Comercio, con Número de Identificación Tributaria : , ha presentado solicitud a las once horas y ocho minutos del día veintiocho de junio del año dos mil uno. Con la cual se otorgaron los Asientos de Matrícula de Empresa No y Establecimiento No ; a favor de la Empresa denominada SERVICIOS EDUCATIVOS, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPI- TAL VARIABLE, la cual se dedica a ENSEÑANZA EN TODOS SUS NIVELES, con dirección en FINAL AVENIDA INDEPENDENCIA SUR SANTA ANA, cuyo activo es de DOCE MILLONES NOVE- CIENTOS SESENTA Y DOS COLONES OCHOCIENTOS NOVEN- TA Y OCHO COLONES VEINTIDOS CENTAVOS O SU EQUIVA- LENTE EN DOLLARES, y que tiene un Establecimiento Comercial denominado 1-) SERVICIOS EDUCATIVOS, SOCIEDAD ANONI- MA DE CAPITAL VARIABLE, ubicado en FINAL AVE. INDEPEN- DENCIA SUR CONTIGUO A CEMENTERIO JARDIN SANTA ANA. Lo que se hace saber al público para los efectos de ley. San Salvador, treinta y uno de agosto del año dos mil uno. Lic. ANA GLORIA ALVARADO DE GOMEZ, 3 v. alt. Nº ASIENTO DE EMPRESA ESTABLECIMIENTOS , 002, 003, 004, 005 EL INFRASCRITO REGISTRADOR DEL DEPARTAMENTO DE REGISTRO DE MATRICULAS DE EMPRESA Y ESTABLECIMIEN- TOS, HACE SABER: que a esta oficina se ha presentado JOSE ROBER- TO MERINO GARAY, en su calidad de Representante Legal de la Sociedad TALLER DIDEA, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE, que puede abreviarse TALLER DIDEA, S.A. DE C.V., de nacionalidad SALVADOREÑA, del domicilio de SAN SALVADOR, cuya Escritura Social está inscrita bajo el número 11 del Libro 2 del Registro de Sociedades del Registro de Comercio, con Número de Identificación Tributaria: , ha presentado solicitud a las quince horas y diecisiete minutos del día veinte de marzo de dos mil dos. Con la cual se otorgaron los Asientos de Empresa No y Establecimiento No , 002, 003, 004, 005; a favor de la Empresa denominada TALLER DIDEA, S.A. DE C.V., la cual se dedica a MANTENIMIENTO Y REPARACION AUTOMOTRIZ, con dirección en 4a. CALLE PONIENTE ENTRE 19 Y 21 AV. SUR del domicilio de SAN SALVADOR, y que tiene el(los) establecimiento (s) siguiente(s): 001-) TALLER DIDEA, S.A. DE C.V., ubicada en 4 CALLE PONIENTE ENTRE 19 Y 21 AV. SUR, del domicilio de SAN SALVADOR, 002-) TALLER DIDEA, S.A. DE C.V., ubicado en AVENIDA LOS ANDES Y 39 AVENIDA NORTE AL SUR DE METRO CENTRO, del domicilio de SAN SALVADOR, 003-) TA- LLER DIDEA, S.A. DE C.V., ubicado en 51A. AVENIDA NORTE Y AVENIDA LOS ANDES, ATRAS DE OFICINAS CENTRALES DE DIDEA., del domicilia de SAN SALVADOR, 004-) TALLER DIDEA, S.A. DE C.V., ubicado en KILOMETRO CIENTO TREINTA Y SEIS, CARRETERA PANAMERICANA, del domicilio de SAN MIGUEL, 005-) TALLER DIDEA, S.A. DE C.V. ubicado en 25 CALLE PONIEN- TE Y CALLE ALDEA SAN ANTONIO, del domicilio de SANTA ANA. Lo que se le hace saber al público para los efectos de ley. San Salvador, trece de noviembre de dos mil dos. Lic. LILIANA PATRICIA CACERES DE MONTOYA, REGISTRADORA. ASIENTO DE EMPRESA ESTABLECIMIENTO v. alt. Nº EL INFRASCRITO REGISTRADOR DEL DEPARTAMENTO DE REGISTRO DE MATRICULAS DE EMPRESA Y ESTABLECIMIEN- TOS, HACE SABER: que a esta oficina se ha presentado YU CHU, CHEN, en su calidad de Representante Legal de la Sociedad NINE SIX COMPANY, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE, que puede abreviarse NINE SIX COMPANY, S.A. DE C.V., nacionalidad SALVADOREÑA, del domicilio de SAN SALVADOR, cuya Escritura Social está inscrita bajo el número 33 Libro 1764 del Registro de Sociedades del Registro de Comercio, con Número de Identificación Tributaria: , a presentado solicitud a las doce horas y veintiún minutos del día cuatro de febrero de dos mil tres. Con la cual se otorgaron los Asientos de Empresa No y Establecimien-

117 DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 2 de Julio de to No ; a favor de la Empresa denominada NINE SIX COMPANY, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE, la cual se dedica a la IMPORTACION Y EXPORTACION DE MERCA- DERIA, con dirección en CALLE TEPECOYO N 47, COLONIA JARDINES DE LA LIBERTAD, CIUDAD MERLIOT, del domicilio de NUEVA SAN SALVADOR, cuyo activo asciende a ONCE MIL CUA- TROCIENTOS VEINTIOCHO DOLARES CON 57/100 $ 11, y que tiene el(los) establecimiento (s) siguiente(s): 001-) NINE SIX COMPANY, S.A. DE C.V., ubicado en CALLE TEPECOYO N 47, COLONIA JARDINES DE LA LIBERTAD, CIUDAD MERLIOT, del domicilio de NUEVA SAN SALVADOR. Lo que se le hace saber al público para los efectos de ley. San Salvador, veinticuatro de abril de dos mil tres. ROSA MAURA CABRERA MARTINEZ, ASIENTO DE EMPRESA ESTABLECIMIENTO v. alt. Nº EL INFRASCRITO REGISTRADOR DEL DEPARTAMENTO DE REGISTRO DE MATRICULAS DE EMPRESA Y ESTABLECIMIEN- TOS, HACE SABER: que a esta oficina se ha presentado MAURICIO ALBERTO VASQUEZ, en su calidad de Representante Legal de la Sociedad D CORA SERVI ASOCIADOS, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE, que puede abreviarse D, S.A. DE C.V., de nacionalidad SALVADOREÑA, del domicilio de SAN SALVADOR, cuya Escritura Social está inscrita bajo el número del Libro 1615 del Registro de Sociedades del Registro de Comercio, con Número de Identificación Tributaria : , ha presentado solicitud a las trece horas y treinta y un minutos del día veintiocho de junio del año dos mil uno. Con la cual se otorgaron los Asientos de Matrícula de Empresa No y Establecimiento No ; a favor de la Empresa denominada D CORA SERVI ASOCIADOS, SOCIE- DAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE, la cual se dedica a DISEÑO Y DECORACION DE INTERIORES, con dirección en AVE- NIDA 2 No. 54-I RESIDENCIAL SAN LUIS, cuyo activo es de ONCE MIL CUATROCIENTOS VEINTIOCHO 57/100 Dólares ($11,428.57); Y que tiene un Establecimiento Comercial denominado 1-) DSA, DE C.V. ubicado en AVENIDA 2 No. 54 -I RESIDENCIAL SAN LUIS. Lo que se hace saber al público para los efectos de ley. Nº. de Exp.: Nº. de Pres.: HACE SABER: que a esta oficina se ha presentado RICARDO FRANCISCO JAVIER MONTENEGRO PALOMO, en su calidad de REPRESENTANTE LEGAL de MATERIALES PARA CONSTRUC- CION, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE, que se abrevia: MPC, S.A. DE C.V., de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro de la EXPRESION O SEÑAL DE PROPAGANDA, Consistente en: un círculo de fondo negro, dentro del cual están las letras M y L, escritas en letras mayúsculas, de molde, de caracteres especiales, entrelazadas, y solamente la letra M en color blanco, así como la letra L en color gris y ambas rodeadas en su entorno por una línea delgada de color negro, por debajo del cual se observa la frase MEZCLA LISTA, escrita en letras mayúsculas, de molde de caracteres especiales, y sobre la cual no se pretende exclusividad, que servirá para: ATRAER LA ATENCION DE LOS CONSUMIDORES SOBRE PRODUCTOS, MERCANCIAS O SERVICIOS TALES COMO LA PRODUCCION, VENTA Y DISTRIBUCION DE MATERIALES DE CONSTRUC- CION. La solicitud fue presentada el día seis de septiembre del año dos mil uno. San Salvador, veinte de mayo del año dos mil tres. ALICIA ESTHER GARCIA COREAS, GUILLERMO ALFONSO LOPEZ, 3 v. alt. Nº San Salvador, tres de Julio del año dos mil uno. Lic. GUILLERMO ANTONIO YUDICE, 3 v. alt. Nº Clase: 29. Nº. de Exp.: Nº. de Pres.: HACE SABER: que a esta oficina se ha presentado RICARDO ABRAHAM LOPEZ RAMOS, en su calidad de APODERADO de

118 118 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 360 FABRICA DE JABON LA CORONA, S.A. DE C.V., de nacionalidad MEXICANA, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA, San Salvador, primero de octubre del año dos mil dos. ALICIA ESTHER GARCIA COREAS, REGISTRADOR, Consistente en: UNA ETIQUETA DE FORMA RECTANGU- LAR HORIZONTAL CON ESQUINAS REDONDEADAS, CUYO FONDO ES OSCURO Y CONTIENE LOS NUMEROS EN TAMAÑO GRANDE Y TRAZO GRUESO, SEPARADOS ENTRE SI POR UN PEQUEÑO CUADRO SOLIDO QUE SIMULA UN GUION. EN LA PARTE SUPERIOR DE LA ETIQUETA APARECE LA EX- PRESION ACEITE COMESTIBLE VEGETAL EN LETRAS MA- YUSCULAS DE TAMAÑO PEQUEÑO, Y HACIA EL LADO DERE- CHO DE LA MISMA, UN CODIGO DE BARRAS. SOBRE EL CODIGO DE BARRAS NO SE LE CONCEDE EXCLUSIVIDAD. La solicitud fue presentada el día dieciocho de mayo del año dos mil uno. San Salvador, primero de octubre del año dos mil dos. Lic. MARILENA DUARTE URRUTIA, REGISTRADORA. ANABELIS DIONNE LOVO SARAVIA DE AGUILAR, SECRETARIA. 3 v. alt. Nº Clase: 30. Nº. de Exp.: Nº. de Pres.: HACE SABER: que a esta oficina se ha presentado MARIO CARMONA RIVERA, en su calidad de APODERADO de PHARMACIA AB, de nacionalidad SUECA, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA, GUILLERMO ALFONSO LOPEZ, 3 v. alt. Nº Clase: 41. Nº. de Exp.: Nº. de Pres.: HACE SABER: que a esta oficina se ha presentada MARIO CARMONA RIVERA, en su calidad de APODERADO de CORDIANT PLC, de nacionalidad INGLESA, solicitando el registro de la MARCA DE SERVICIOS, SAATCHI & SAATCHI Consistente en: la expresión SAATCHI & SAATCHI en letras mayúsculas tipo corriente. El signo ampersand que aparece en medio de las palabras es parte de la marca. La solicitud fue presentada el día veintiocho de febrero del año dos mil dos. San Salvador, doce de noviembre del año dos mil dos. ALICIA ESTHER GARCIA COREAS, GUILLERMO ALFONSO LOPEZ, 3 v. alt. Nº Clase: 05. Consistente en: la palabra PHARMACIA que en la primera A está representada por el número 4 en letras de molde mayúsculas. La solicitud fue presentada el día veinte de diciembre del año dos mil uno. Nº. de Exp.: Nº. de Pres.: HACE SABER: que a esta oficina se ha presentado MARIO CARMONA RIVERA, en su calidad de APODERADO de HEXAL AG.

119 DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 2 de Julio de de nacionalidad ALEMANA, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA, La solicitud fue presentada el día veintiséis de octubre del año mil novecientos noventa y cinco. San Salvador, seis de noviembre del año dos mil dos. Consistente en: la palabra SALUTAS, en letras mayúsculas con la letra inicial S de mayor tamaño y de su curva inferior sale una línea horizontal que subraya a todas las otras letras que forman la palabra mencionada. dos. La solicitud fue presentada el día once de febrero del año dos mil DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL. Registro de la San Salvador, primero de noviembre del año dos mil dos. Clase: 29. Nº. de Exp.: Nº. de Pres.: JOSE RAUL ROSALES PEREZ, ALVARO ERNESTO FRANCO DIAZ, 3 v. alt. Nº HACE SABER: que a esta oficina se ha presentado RICARDO ROMERO GUZMAN, en su calidad de APODERADO de KRAFT FOODS, INC., de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO, Clase: 09. Nº. de Exp.: Nº. de Pres.: ALICIA ESTHER GARCIA COREAS, GUILLERMO ALFONSO LOPEZ, 3 v. alt. Nº HACE SABER: que a esta oficina se ha presentado VICENTE DE JESUS PALENCIA, en su calidad de APODERADO de NIKE INTERNATIONAL LTD., de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA, NIKE Consistente en: la palabra NIKE en letras mayúsculas tipo corriente. La solicitud fue presentada el día diecinueve de noviembre del año dos mil uno. San Salvador, veintinueve de octubre del año dos mil dos. Lic. PEDRO BALMORE HENRIQUEZ RAMOS, OSCAR MAYER Consistente en: la expresión OSCAR MAYER EN LETRAS MAYUSCULAS TIPO CORRIENTE. XIOMARA GUADALUPE FABIAN DE GOMEZ, SECRETARIA. 3 v. alt. Nº

120 120 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 360 Clase: 35. No. de Exp.: No. de Pres.: originada en su lado inferior un poco hacia la izquierda, llegando casi a su lado superior, dentro de la cual se encaja un pequeño triángulo de color anaranjado. La solicitud fue presentada el día tres de abril del año dos mil dos. HACE SABER: que a esta oficina se ha presentado VICENTE DE JESUS PALENCIA, en su calidad de APODERADO de SYNGENTA PARTICIPATIONS AG, de nacionalidad SUIZA, solicitando el registro de la MARCA DE SERVICIOS, Consistente en: las palabras MilpaSegura unidas en letras minúsculas, excepto las letras M y S y la letra M aparece la figura de un valde inclinado del cual está cayendo líquido. La solicitud fue presentada el día veintiuno de noviembre del año dos mil uno. San Salvador, veintinueve de octubre del año dos mil dos. Lic. PEDRO BALMORE HENRIQUEZ RAMOS, XIOMARA GUADALUPE FABIAN DE GOMEZ, SECRETARIA. Clase: 19. No. de Exp.: No. de Pres.: v. alt. No HACE SABER: que a esta oficina se ha presentado RICARDO ABRAHAM LOPEZ RAMOS, en su calidad de APODERADO de AMANCO HOLDING INC., de nacionalidad BRITANICA, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO, San Salvador, seis de noviembre del año dos mil dos. Clase: 39. No. de Exp.: No. de Pres.: ALICIA ESTHER GARCIA COREAS, GUILLERMO ALFONSO LOPEZ, 3 v. alt. No HACE SABER: que a esta oficina se ha presentado RICARDO ABRAHAM LOPEZ RAMOS, en su calidad de APODERADO de The AES Corporation, de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solicitando el registro de la MARCA DE SERVICIOS, AES Consistente en: letras AES en mayúsculas tipo corriente. La solicitud fue presentada el día veinticinco de enero del año dos mil dos. San Salvador, treinta y uno de octubre del año dos mil dos. Lic. PEDRO BALMORE HENRIQUEZ RAMOS, XIOMARA GUADALUPE FABIAN DE GOMEZ, Consistente en: la palabra AMATEK en letras mayúsculas de tipo especial, en color azul; y hacia la izquierda aparece un trazo corto rectangular con sus cuatro esquinas redondeadas, en color verde, presentando la misma altura de las letras, y con una incisión en forma triangular SECRETARIA. 3 v. alt. No

121 DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 2 de Julio de Clase: 37. No. de Exp.: AMANCO HOLDING INC., de nacionalidad BRITANICA, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO, No. de Pres.: HACE SABER: que a esta oficina se ha presentado RICARDO ABRAHAM LOPEZ RAMOS, en su calidad de APODERADO de AMANCO HOLDING INC., de nacionalidad BRITANICA, solicitando el registro de la MARCA DE SERVICIOS, Consistente en: la palabra AMANCO en letras mayúsculas, color azul, trazo grueso y tipo cursivas; y hacia la izquierda se originan dos trazos curvos paralelos que son gruesos en su base y se adelgazan gradualmente hacia la derecha extendiéndose por sobre las letras hasta terminar sobre la O, siendo el más cercano a las letras en color azul y el otro en color verde. La solicitud fue presentada el día tres de abril del año dos mil dos. San Salvador, seis de noviembre del año dos mil dos. ALICIA ESTHER GARCIA COREAS, GUILLERMO ALFONSO LOPEZ, 3 v. alt. No Consistente en: la palabra AMATEK en letras mayúsculas de tipo especial, en color azul; y hacia la izquierda aparece un trazo corto rectangular con sus cuatro esquinas redondeadas, en color verde, presentando la misma altura de las letras, con una incisión en forma triangular originada en su lado inferior un poco hacia la izquierda, llegando casi a su lado superior, dentro de la cual se encaja un pequeño triángulo de color anaranjado. La solicitud fue presentada el día tres de abril del año dos mil dos. San Salvador, seis de noviembre del año dos mil dos. Clase: 11. No. de Exp.: No. de Pres.: ALICIA ESTHER GARCIA COREAS, GUILLERMO ALFONSO LOPEZ, 3 v. alt. No HACE SABER: que a esta oficina se ha presentado RICARDO ABRAHAM LOPEZ RAMOS, en su calidad de APODERADO de ANGELO PO GRANDI CUCINE S.P.A., de nacionalidad ITALIANA, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA, Clase: 20. No. de Exp.: No. de Pres.: HACE SABER: que a esta oficina se ha presentado RICARDO ABRAHAM LOPEZ RAMOS, en su calidad de APODERADO de Consistente en: LAS PALABRA angelo PO, EN DONDE LAS LETRAS a Y n SON MINUSCULAS Y LAS DEMAS MAYUSCU- LAS, TODAS DE UN MISMO TAMAÑO, DE TRAZO GRUESO, COLOR NEGRO ESTILIZADAS, LLEVANDO LAS LETRAS a Y LAS DOS O UN PUNTO NEGRO AL CENTRO.

122 122 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 360 La solicitud fue presentada el día trece de agosto del año mil novecientos noventa y nueve. San Salvador, trece de noviembre del año dos mil dos. Clase: 05. No. de Exp.: No. de Pres.: Lic. PEDRO BALMORE HENRIQUEZ RAMOS, XIOMARA GUADALUPE FABIAN DE GOMEZ, Clase: 05. No. de Exp.: No. de Pres.: SECRETARIA. 3 v. alt. No HACE SABER: que a esta oficina se ha presentado RICARDO ROMERO GUZMAN, en su calidad de APODERADO de Novartis AG, de nacionalidad SUIZA, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA, Consistente en: la palabra AQUIFY en letras mayúsculas tipo corriente. La solicitud fue presentada el día veintisiete de julio del año dos mil uno. San Salvador, veintinueve de octubre del año dos mil dos. Lic. PEDRO BALMORE HENRIQUEZ RAMOS, HACE SABER: que a esta oficina se ha presentado ERNESTO ALFONZO BUITRAGO, en su calidad de APODERADO de AstraZeneca AB, de nacionalidad SUECA, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA, ATACAND PLUS Consistente en: las palabras ATACAND PLUS, en letras mayúsculas de tipo corriente. dos. La solicitud fue presentada el día catorce de mayo del año dos mil San Salvador, cinco de noviembre del año dos mil dos. Clase: 12. No. de Exp.: No. de Pres.: ALICIA ESTHER GARCIA COREAS, GUILLERMO ALFONSO LOPEZ, 3 v. alt. No HACE SABER: que a esta oficina se ha presentado ERNESTO ALFONZO BUITRAGO, en su calidad de APODERADO de AUDI AG, de nacionalidad ALEMANA, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA, XIOMARA GUADALUPE FABIAN DE GOMEZ, SECRETARIA. 3 v. alt. No AUDI Consistente en: la palabra AUDI en letras mayúsculas de tipo corriente.

123 DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 2 de Julio de dos. La solicitud fue presentada el día dieciséis de abril del año dos mil San Salvador, cuatro de noviembre del año dos mil dos. Clase: 25. No. de Exp.: No. de Pres.: Clase: 37. No. de Exp.: No. de Pres.: ALICIA ESTHER GARCIA COREAS, GUILLERMO ALFONSO LOPEZ, 3 v. alt. No HACE SABER: que a esta oficina se ha presentado ERNESTO ALFONZO BUITRAGO, en su calidad de APODERADO de AUDI AG, de nacionalidad ALEMANA, solicitando el registro de la MARCA DE SERVICIOS, AUDI Consistente en: la palabra AUDI en letras mayúsculas de tipo corriente. dos. La solicitud fue presentada el día dieciséis de abril del año dos mil San Salvador, cuatro de noviembre del año dos mil dos. ALICIA ESTHER GARCIA COREAS, HACE SABER: que a esta oficina se ha presentado RICARDO ABRAHAM LOPEZ RAMOS, en su calidad de APODERADO de FOOTSTAR CORPORATION, de nacionalidad ESTADOUNIDEN- SE, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA, BASICS EDITIONS Consistente en: las palabras BASICS EDITIONS en letras mayúsculas de tipo corriente. La solicitud fue presentada el día diez de agosto del año dos mil uno. San Salvador, veintiocho de octubre del año dos mil dos. Lic. PEDRO BALMORE HENRIQUEZ RAMOS, XIOMARA GUADALUPE FABIAN DE GOMEZ, SECRETARIA. Clase: 10. No. de Exp.: No. de Pres.: v. alt. No HACE SABER: que a esta oficina se ha presentado EMILIO ARTURO CUCHILLA, en su calidad de APODERADO de Cordis Corporation, de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA, CINCH Consistente en: la palabra CINCH en letras mayúsculas tipo corriente. La solicitud fue presentada el día dieciséis de noviembre del año dos mil uno. San Salvador, veintinueve de octubre del año dos mil dos. GUILLERMO ALFONSO LOPEZ, Lic. PEDRO BALMORE HENRIQUEZ RAMOS, XIOMARA GUADALUPE FABIAN DE GOMEZ, SECRETARIA. 3 v. alt. No v. alt. No

124 124 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 360 Clase: 29 No. de Exp.: No. de Pres.: HACE SABER: que a esta oficina se ha presentado MARIO CARMONA RIVERA, en su calidad de APODERADO de CAMPINA B.V., de nacionalidad HOLANDESA, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA, COAST Consistente en: la palabra COAST en letras mayúsculas de tipo corriente. La solicitud fue presentada el día veintidós de marzo del año dos mil dos. San Salvador, cuatro de noviembre del año dos mil dos. Lic. PEDRO BALMORE HENRIQUEZ RAMOS, XIOMARA GUADALUPE FABIAN DE GOMEZ, SECRETARIA. Clase: 41 No. de Exp.: No. de Pres.: v. alt. No HACE SABER: que a esta oficina se ha presentado MARIO CARMONA RIVERA, en su calidad, de APODERADO de EMERSON ELECTRIC CO., de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solicitando el registro de la MARCA DE SERVICIOS, San Salvador, cinco de noviembre del año dos mil dos. ALICIA ESTHER GARCIA COREAS, GUILLERMO ALFONSO LOPEZ, Clase: 16 No. de Exp.: No. de Pres.: v. alt. No HACE SABER: que a esta oficina se ha presentado EMILIO ARTURO CUCHILLA, en su calidad de APODERADO de SOCIETE BIC, de nacionalidad FRANCESA, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA, CONTE Consistente en: la palabra CONTE en letras mayúsculas de tipo corriente. La solicitud fue presentada el día ocho de abril del año dos mil dos. San Salvador, catorce de noviembre del año dos mil dos. Lic. PEDRO BALMORE HENRIQUEZ RAMOS, XIOMARA GUADALUPE FABIAN DE GOMEZ, SECRETARIA. 3 v. alt. No CONSIDER IT SOLVED Consistente en: la expresión CONSIDER IT SOLVED, en letras mayúsculas tipo corriente. dos. La solicitud fue presentada el día catorce de mayo del año dos mil Clase: 19 No. de Exp.: No. de Pres.: HACE SABER: que a esta oficina se ha presentado JOSE DANIEL VEGA GUERRA, en su calidad de APODERADO de BP AMOCO

125 DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 2 de Julio de P.L.C., de nacionalidad INGLESA, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA, LA VEZ SE RODEAN DE PETALOS VERDES EN TONO CLARO, Y ESTOS ULTIMOS SE BORDEAN DE PETALOS EN COLOR VERDE DE TONO MAS OSCURO. La solicitud fue presentada el día quince de febrero del año dos mil uno. San Salvador, catorce de noviembre del año dos mil dos. Consistente en: LA FIGURA DE UNA FLOR CIRCULAR, SIN TALLO NI HOJAS, CON SUS PETALOS DE FORMA PUNTIAGU- DA SEMEJANTES A LOS DEL GIRASOL; SIENDO EL CENTRO DE COLOR BLANCO CON PETALOS DEL MISMO COLOR Y ESTOS SE VEN RODEADOS DE PETALOS AMARILLOS, QUE A LA VEZ SE RODEAN DE PETALOS VERDES EN TONO CLARO, Y ESTOS ULTIMOS SE BORDEAN DE PETALOS EN COLOR VERDE DE TONO MAS OSCURO. La solicitud fue presentada el día quince de febrero del año dos mil uno. San Salvador, catorce de noviembre del año dos mil dos. JOSE RAUL ROSALES PEREZ, ALVARO ERNESTO FRANCO DIAZ, Clase: 39 No. de Exp.: No. de Pres.: v. alt. No HACE SABER: que a esta oficina se ha presentado JOSE DANIEL VEGA GUERRA en su calidad de APODERADO de BP AMOCO P.L.C., de nacionalidad INGLESA, solicitando el registro de la MARCA DE SERVICIOS, JOSE RAUL ROSALES PEREZ, ALVARO ERNESTO FRANCO DIAZ, 3 v. alt. No Clase: 05 No. de Exp.: No. de Pres.: HACE SABER: que a esta oficina se ha presentado MARIO CARMONA RIVERA, en su calidad de APODERADO de Syngenta Limited, de nacionalidad BRITANICA, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA, LUMICA Consistente en: la palabra LUMICA en letras mayúsculas tipo corriente. La solicitud fue presentada el día veinticinco de enero del año dos mil dos. San Salvador, primero de noviembre del año dos mil dos. Lic. PEDRO BALMORE HENRIQUEZ RAMOS, XIOMARA GUADALUPE FABIAN DE GOMEZ, SECRETARIA. 3 v. alt. No Consistente en: LA FIGURA DE UNA FLOR CIRCULAR, SIN TALLO NI HOJAS, CON SUS PETALOS DE FORMA PUNTIAGU- DA SEMEJANTES A LOS DEL GIRASOL; SIENDO EL CENTRO DE COLOR BLANCO CON PETALOS DEL MISMO COLOR Y ESTOS SE VEN RODEADOS DE PETALOS AMARILLOS, QUE A Clase: 05 No. de Exp.: No. de Pres.: HACE SABER: que a esta oficina se ha presentado MARIO CARMONA RIVERA, en su calidad de APODERADO de Syngenta

126 126 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 360 Limited, de nacionalidad BRITANICA, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA, LUMAX Consistente en: LUMAX en letras mayúsculas tipo corriente. La solicitud fue presentada el día veinticinco de enero del año dos mil dos. San Salvador, primero de noviembre del año dos mil dos. Lic. PEDRO BALMORE HENRIQUEZ RAMOS, XIOMARA GUADALUPE FABIAN DE GOMEZ, SECRETARIA. Clase: 06 No. de Exp.: No. de Pres.: v. alt. No HACE SABER: que a esta oficina se ha presentado JUAN HUM- BERTO CAMPOS MONTOYA, en su calidad de APODERADO de KABUSHIKI KAISHA HITACHI SEISAKUSHO (comerciando como Hitachi, Ltd.), de nacionalidad JAPONESA, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA, HITACHI Consistente en: la palabra HITACHI en letras mayúsculas de tipo corriente. La solicitud fue presentada el día cinco de julio del año dos mil uno. San Salvador, treinta de octubre del año dos mil dos. Lic. PEDRO BALMORE HENRIQUEZ RAMOS, XIOMARA GUADALUPE FABIAN DE GOMEZ, SECRETARIA. 3 v. alt. No Clase: 41 No. de Exp.: No. de Pres.: HACE SABER: que a esta oficina se ha presentado JOSE DANIEL VEGA GUERRA, en su calidad de APODERADO de BP AMOCO P.L.C., de nacionalidad INGLESA, solicitando el registro de la MARCA DE SERVICIOS, Consistente en: LA FIGURA DE UNA FLOR CIRCULAR, SIN TALLO NI HOJAS, CON SUS PETALOS DE FORMA PUNTIAGU- DA SEMEJANTES A LOS DEL GIRASOL; SIENDO EL CENTRO DE COLOR BLANCO CON PETALOS DEL MISMO COLOR Y ESTOS SE VEN RODEADOS DE PETALOS AMARILLOS, QUE A LA VEZ SE RODEAN DE PETALOS VERDES EN TONO CLARO, Y ESTOS ULTIMOS SE BORDEAN DE PETALOS EN COLOR VERDE DE TONO MAS OSCURO. La solicitud fue presentada el día quince de febrero del año dos mil uno. San Salvador, catorce de noviembre del año dos mil dos. JOSE RAUL ROSALES PEREZ, ALVARO ERNESTO FRANCO DIAZ, 3 v. alt. No Clase: 25 No. de Exp.: No. de Pres.: HACE SABER: que a esta oficina se ha presentado RICARDO ABRAHAM LOPEZ RAMOS, en su calidad de APODERADO de FOOTSTAR CORPORATION, de nacionalidad ESTADOUNIDEN- SE, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA, CARA MIA Consistente en: las palabras CARA MIA en letras mayúsculas tipo corriente.

127 DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 2 de Julio de La solicitud fue presentada el día dieciocho de diciembre del año dos mil uno. San Salvador, treinta y uno de octubre del año dos mil dos. San Salvador, doce de noviembre del año dos mil dos. JOSE RAUL ROSALES PEREZ, ALVARO ERNESTO FRANCO DIAZ, Lic. PEDRO BALMORE HENRIQUEZ RAMOS, XIOMARA GUADALUPE FABIAN DE GOMEZ, SECRETARIA. 3 v. alt. No Clase: 41 No. de Exp.: No. de Pres.: HACE SABER: que a esta oficina se ha presentado ULISES SALVADOR ALAS, en su calidad de APODERADO de BRACCO S.P.A., de nacionalidad ITALIANA, solicitando el registro de la MAR- CA DE SERVICIOS, Consistente en: La palabra BRACCO de color verde sombreadas en letras de molde mayúsculas, que interrumpen a la izquierda y derecha y al centro los lados de un hexágono de color azul a excepción de su lado derecho superior que es de trazo doble y colores verde y azul; y debajo de este hexágono las palabras THE IMAGE OF INNOVATION de color azul en letras de molde mayúsculas siendo de mayor tamaño la letra I iniciales. Clase: 42 No. de Exp.: No. de Pres.: v. alt. No HACE SABER: que a esta oficina se ha presentado ULISES SALVADOR ALAS, en su calidad de APODERADO de BRACCO S.P.A., de nacionalidad ITALIANA, solicitando el registro de la MAR- CA DE SERVICIOS, Consistente en: La palabra BRACCO de color verde sombreadas en letras de molde mayúsculas, que interrumpen a la izquierda y derecha y al centro los lados de un hexágono de color azul a excepción de su lado derecho superior que es de trazo doble y colores verde y azul; y debajo de este hexágono las palabras THE IMAGE OF INNOVATION de color azul en letras de molde mayúsculas siendo de mayor tamaño la letra I iniciales. La solicitud fue presentada el día veintinueve de agosto del año dos mil uno. San Salvador, doce de noviembre del año dos mil dos. JOSE RAUL ROSALES PEREZ, ALVARO ERNESTO FRANCO DIAZ, La solicitud fue presentada el día veintinueve de agosto del año dos mil uno. 3 v. alt. No

128 128 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 360 Clase: 05. Nº. de Exp.: Nº. de Pres.: HACE SABER: que a esta oficina se ha presentado CARLOS ALBERTO PANAMEÑO ORTIZ, en su calidad de APODERADO de LABORATORIOS SAN LUIS, SOCIEDAD ANONIMA, de nacionalidad GUATEMALTECA, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO, TRICOCID Consistente en: LA PALABRA TRICOCID, ESCRITA EN LE- TRAS MAYUSCULAS CORRIENTES DE COLOR NEGRO. La solicitud fue presentada el día veintiocho de noviembre del año dos mil. San Salvador, cuatro de marzo del año dos mil tres. Lic. PEDRO BALMORE HENRIQUEZ RAMOS, XIOMARA GUADALUPE FABIAN DE GOMEZ, SECRETARIA. 3 v. alt. Nº Clase: 30. Nº. de Exp.: Nº. de Pres.: HACE SABER: que a esta oficina se ha presentado JOSE ADOL- FO TORRES LEMUS, en su calidad de APODERADO de SUPER DE ALIMENTOS, S.A., de nacionalidad COLOMBIANA, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO, Consistente en: la frase YOGGER y diseño. La solicitud fue presentada el día dos de septiembre del año dos mil dos. San Salvador, seis de septiembre del año dos mil dos. Clase: 01. Nº. de Exp.: Nº. de Pres.: HACE SABER: que a esta oficina se ha presentado OSCAR HENRIQUEZ PORTILLO, en su calidad de REPRESENTANTE LE- GAL de FERTILIZANTES DE CENTRO AMERICA (EL SALVA- DOR), SOCIEDAD ANONIMA, que se abrevia: FERTICA (EL SAL- VADOR), S.A., de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO, Consistente en: la palabra FERTICA. La solicitud fue presentada el día quince de noviembre del año dos mil dos. San Salvador, seis de mayo del año dos mil tres. Lic. JOSE EMILIO TAMAYO AGUILERA, ALVARO ERNESTO FRANCO DIAZ, 3 v. alt. Nº Clase: 01. Nº. de Exp.: Nº. de Pres.: HACE SABER: que a esta oficina se ha presentado OSCAR HENRIQUEZ PORTILLO, en su calidad de REPRESENTANTE LE- GAL de FERTILIZANTES DE CENTRO AMERICA (EL SALVA- DOR), SOCIEDAD ANONIMA, que se abrevia: FERTICA (EL SAL- VADOR), S.A., de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO, Consistente en: la palabra FERTICA. La solicitud fue presentada el día quince de noviembre del año dos mil dos.. San Salvador, seis de mayo del año dos mil tres. JOSE RAUL ROSALES PEREZ, ALVARO ERNESTO FRANCO DIAZ, Lic. JOSE EMILIO TAMAYO AGUILERA, ALVARO ERNESTO FRANCO DIAZ, 3 v. alt. Nº v. alt. Nº

129 DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 2 de Julio de Clase: 05. Nº. de Exp.: Nº. de Pres.: HACE SABER: que a esta oficina se ha presentado JOSE SILVERIO ENRIQUE HENRIQUEZ TOLEDO, en su calidad de APODERADO GENERAL JUDICIAL de UNIPHARM DE EL SALVADOR, SOCIE- DAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE, de nacionalidad SAL- VADOREÑA, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO, FEXONAT Consistente en: la palabra FEXONAT. La solicitud fue presentada el día veintidós de mayo del año dos mil tres. San Salvador, dos de junio del año dos mil tres. Lic. JOSE EMILIO TAMAYO AGUILERA, ALVARO ERNESTO FRANCO DIAZ, 3 v. alt. Nº Clase: 05. Nº. de Exp.: Nº. de Pres.: HACE SABER: que a esta oficina se ha presentado JOSE SILVERIO ENRIQUE HENRIQUEZ TOLEDO, en su calidad de APODERADO de UNIPHARM DE EL SALVADOR, SOCIEDAD ANONIMA DE CA- PITAL VARIABLE, de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO, CARBUM Consistente en: la expresión CARBUM. La solicitud fue presentada el día veintidós de mayo del año dos mil tres. San Salvador, veintiocho de mayo del año dos mil tres. Clase: 05. Nº. de Exp.: Nº. de Pres.: HACE SABER: que a esta oficina se ha presentado JOSE SILVERIO ENRIQUE HENRIQUEZ TOLEDO, en su calidad de APODERADO GENERAL JUDICIAL de UNIPHARM DE EL SALVADOR, SOCIE- DAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE, de nacionalidad SAL- VADOREÑA, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO, PARCILINA Consistente en: la palabra PARCILINA. La solicitud fue presentada el día veintidós de mayo del año dos mil tres. San Salvador, dos de junio del año dos mil tres. Lic. JOSE EMILIO TAMAYO AGUILERA, ALVARO ERNESTO FRANCO DIAZ, 3 v. alt. Nº Clase: 05. Nº. de Exp.: Nº. de Pres.: HACE SABER: que a esta oficina se ha presentado JOSE SILVERIO ENRIQUE HENRIQUEZ TOLEDO, en su calidad de APODERADO GENERAL JUDICIAL de UNIPHARM DE EL SALVADOR, SOCIE- DAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE, de nacionalidad SAL- VADOREÑA, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO, UNILAR Consistente en: la palabra UNILAR. La solicitud fue presentada el día veintidós de mayo del año dos mil tres. San Salvador, veintisiete de mayo del año dos mil tres. Lic. JOSE EMILIO TAMAYO AGUILERA, ALVARO ERNESTO FRANCO DIAZ, Lic. JOSE EMILIO TAMAYO AGUILERA, ALVARO ERNESTO FRANCO DIAZ, 3 v. alt. Nº v. alt. Nº

130 130 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 360 Clase: 10. Nº. de Exp.: Nº. de Pres.: HACE SABER: que a esta oficina se ha presentado JOSE SILVERIO ENRIQUE HENRIQUEZ TOLEDO, en su calidad de APODERADO ESPECIAL de UNIPHARM, S.A., de nacionalidad GUATEMALTE- CA, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA Y DE COMER- CIO, UNIJECT Consistente en: LA PALABRA UNIJECT, ESCRITA EN LE- TRAS MAYUSCULAS TODAS, COMUNES NO ESTILIZADAS. La solicitud fue presentada el día cuatro de julio del año dos mil. San Salvador, seis de junio del año dos mil tres. Lic. JOSE EMILIO TAMAYO AGUILERA, JOSE FIDEL MELARA MORAN, 3 v. alt. Nº Clase: 05. Nº. de Exp.: Nº. de Pres.: HACE SABER: que a esta oficina se ha presentado JOSE SILVERIO ENRIQUE HENRIQUEZ TOLEDO, en su calidad de APODERADO GENERAL JUDICIAL de UNIPHARM DE EL SALVADOR, SOCIE- DAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE, de nacionalidad SAL- VADOREÑA, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO, UNIMECTINE Consistente en: la palabra UNIMECTINE. La solicitud fue presentada el día veintidós de mayo del año dos mil tres. San Salvador, veintiocho de mayo del año dos mil tres. Lic. JOSE EMILIO TAMAYO AGUILERA, ALVARO ERNESTO FRANCO DIAZ, 3 v. alt. Nº Clase: 05. Nº. de Exp.: Nº. de Pres.: HACE SABER: que a esta oficina se ha presentado JOSE SILVERIO ENRIQUE HENRIQUEZ TOLEDO, en su calidad de APODERADO GENERAL JUDICIAL de UNIPHARM DE EL SALVADOR, SOCIE- DAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE, de nacionalidad SAL- VADOREÑA, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO, UNILAM Consistente en: la palabra UNILAM. La solicitud fue presentada el día veintidós de mayo del año dos mil tres. San Salvador, veintisiete de mayo del año dos mil tres. Lic. JOSE EMILIO TAMAYO AGUILERA, ALVARO ERNESTO FRANCO DIAZ, 3 v. alt. Nº Clase: 05. Nº. de Exp.: Nº. de Pres.: HACE SABER: que a esta oficina se ha presentado JOSE SILVERIO ENRIQUE HENRIQUEZ TOLEDO, en su calidad de APODERADO GENERAL JUDICIAL de UNIPHARM DE EL SALVADOR, SOCIE- DAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE, de nacionalidad SAL- VADOREÑA, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO, FOLINAST Consistente en: la palabra FOLINAST. La solicitud fue presentada el día veintidós de mayo del año dos mil tres. San Salvador, dos de junio del año dos mil tres. Lic. JOSE EMILIO TAMAYO AGUILERA, ALVARO ERNESTO FRANCO DIAZ, 3 v. alt. Nº

131 DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 2 de Julio de Clase: 30. No. de Exp.: No. de Pres.: Clase: 29. No. de Exp.: No. de Pres HACE SABER: que a esta oficina se ha presentado JOSE ADOL- FO TORRES LEMUS, en su calidad de APODERADO de SUPER DE ALIMENTOS, S.A., de nacionalidad COLOMBIANA, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO, Consistente en: la palabra CHUPA 2 y DISEÑO la cual se encuentra formada por letras de molde y el número 2, en donde la letra "C" es mayúscula y las demás son minúsculas, todas de color blanco huecas, rodeadas por una línea de color negro y a su alrededor una sombra de color gris. Sobre lo anteriormente descrito se encuentra, simulando hacer equilibrio, el dibujo de un niño en una posición peculiar, vistiendo camisa a rayas, pantalón y zapatos tenis con sus cintas desatadas. Tres cuartas partes de la viñeta son de fondo color negro y lo restante es de fondo color gris. En la parte inferior de dicha viñeta se encuentran las palabras "Chupeta de Leche y Chocolate", en donde las letras iniciales C, L y C de cada palabra, son mayúsculas; las demás letras son minúsculas, de, molde, de fondo color gris, huecas; a su alrededor se encuentra una sombra de color negro. mil uno. La solicitud fue presentada el día veinte de septiembre del año dos San Salvador, siete de marzo del año dos mil tres. HACE SABER: que a esta oficina se ha presentado JOSE ADOL- FO TORRES LEMUS, en su calidad de APODERADO de SUPER DE ALIMENTOS, S.A., de nacionalidad COLOMBIANA, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO, Consistente en: la Palabra "TAKY y DISEÑO" que se encuentra formada por letras mayúsculas de molde, de fondo color blanco que posee un efecto de profundidad logrado mediante la aplicación de una pequeña sombra de un tono gris claro en los extremos del interior de las letras. Todas las letras se encuentran rodeadas por una sombra negra. La letra K posee uno de sus extremos alargado de forma tal que forma un círculo dentro del cual se encuentran los dibujos de unas semillas que son de color beige, unas de las cuales se salen del círculo. Todo esto se encuentra sobre un fondo de color gris.. La solicitud fue presentada el día veintiocho de noviembre del año dos mil uno. San Salvador, veintidós de abril del año dos mil tres. Lic. PEDRO BALMORE HENRIQUEZ RAMOS, Lic. PEDRO BALMORE HENRIQUEZ RAMOS, XIOMARA GUADALUPE FABIAN DE GOMEZ, SECRETARIA. XIOMARA GUADALUPE FABIAN DE GOMEZ, SECRETARIA. 3 v. alt. No v. alt. No

132 132 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 360 Distintivo: kanikas y diseño. Clase: 30. No. de Exp.: solicitando el registro de la EXPRESION O SEÑAL DE PUBLICIDAD COMERCIAL, MASESA...MOTOS DE TRABAJO Y TRANSPORTE LIVIANO HACE SABER: que a esta oficina se ha presentado el Abogado JOSE ADOLFO TORRES LEMUS, en su calidad de APODERADO de SUPER DE ALIMENTOS, SOCIEDAD ANONIMA, que se abrevia SUPER DE ALIMENTOS, S.A., de nacionalidad COLOMBIANA, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO, Consistente en la palabra KANIKAS. La solicitud fue presentada el día veintiocho de noviembre de dos mil uno. REGISTRO DE COMERCIO: DEPARTAMENTO DE REGIS- TRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL. San Salvador, a los seis 3 v. alt. No días del mes de diciembre de dos mil uno. Lic. MARILENA DUARTE URRUTIA, No. de Exp.: REGISTRADORA. No. de Pres.: JOSE FIDEL MELARA MORAN, 3 v. alt. No No. de Exp No. de Pres Consistente en: la expresión MASESA... MOTOS DE TRABAJO Y TRANSPORTE LIVIANO, que servirá para: ATRAER LA ATEN- CION DE LOS CONSUMIDORES EN LOS SIGUIENTES ARTICU- LOS: EN EL RAMO DE MOTOCICLETAS, SUS REPUESTOS Y ACCESORIOS QUE ELABORA LA SOCIEDAD SOLICITANTE. La solicitud fue presentada el día tres de junio del año dos mil tres. San Salvador, once de junio del año dos mil tres. Lic. JOSE EMILIO TAMAYO AGUILERA, GUILLERMO ALFONSO LOPEZ, HACE SABER: que a esta oficina se ha presentado OSCAR ANTONIO SAFIE, en su calidad de REPRESENTANTE LEGAL de RAYONES DE EL SALVADOR, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPI- TAL VARIABLE que se abrevia: RAYONES DE EL SALVADOR, S.A. DE C.V., de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro del NOMBRE COMERCIAL, HILANDERIAS DE EXPORTACION HACE SABER: que a esta oficina se ha presentado JUAN RA- MON SERRANO, en su calidad de APODERADO de MAYOR SERVI- CIO, SOCIEDAD ANONIMA, de nacionalidad GUATEMALTECA, Consistente en: las palabras HILANDERIAS DE EXPORTA- CION, que servirá para: IDENTIFICAR UN ESTABLECIMIENTO

133 DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 2 de Julio de COMERCIAL, DEDICADO A LA FABRICACION DE HILOS E HILADOS, UBICADO EN KILOMETRO ONCE DE LA CARRETE- RA PANAMERICANA, ILOPANGO, DEPARTAMENTO DE SAN SALVADOR, EL SALVADOR. La solicitud fue presentada el día doce de junio del año dos mil tres. San Salvador, ocho de abril del año dos mil tres. JOSE RAUL ROSALES PEREZ, San Salvador, diecisiete de junio del año dos mil tres. Lic. JOSE EMILIO TAMAYO AGUILERA, ALVARO ERNESTO FRANCO DIAZ, 3 v. alt. No Clase: 25. No. de exp.: No. de pres.: HACE SABER: que a esta oficina se ha presentado LUIS ENRI- QUE ALBERTO SAMOUR AMAYA, en su calidad de APODERADO de ALMACENES SIMAN, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE, que se abrevia: ALMACENES SIMAN, S.A. DE C.V., de Consistente en: la expresión: chú-chu y diseño. nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro de la MARCA DE COMERCIO, ALVARO ERNESTO FRANCO DIAZ, 3 v. alt. No Clase: 25. No. de exp.: No. de pres.: HACE SABER: que a esta oficina se ha presentado LUIS ENRI- QUE ALBERTO SAMOUR AMAYA, en su calidad de APODERADO de ALMACENES SIMAN, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE, que se abrevia: ALMACENES SIMAN, S.A. DE C.V., de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro de la MARCA DE COMERCIO, La solicitud fue presentada el día primero de abril del año dos mil tres. San Salvador, tres de abril del año dos mil tres. Lic. JOSE EMILIO TAMAYO AGUILERA, Consistente en: las palabras "one to six" y diseño que traducidas al castellano significan "de uno a seis". ALVARO ERNESTO FRANCO DIAZ, tres. La solicitud fue presentada el día primero de abril del año dos mil 3 v. alt. No

134 134 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 360 Clase: 25. No. de exp.: No. de pres.: La solicitud fue presentada el día primero de abril del año dos mil tres. San Salvador, tres de abril del año dos mil tres. HACE SABER: que a esta oficina se ha presentado LUIS ENRI- QUE ALBERTO SAMOUR AMAYA, en su calidad de APODERADO de ALMACENES SIMAN, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE, que se abrevia: ALMACENES SIMAN, S.A. DE C.V., de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro de la MARCA DE COMERCIO, Consistente en: la palabra pilluela y diseño. La solicitud fue presentada el día primero de abril del año dos mil tres. San Salvador, tres de abril del año dos mil tres. Lic. JOSE EMILIO TAMAYO AGUILERA, Clase: 25. No. de exp.: No. de pres.: ALVARO ERNESTO FRANCO DIAZ, 3 v. alt. No HACE SABER: que a esta oficina se ha presentado LUIS ENRI- QUE ALBERTO SAMOUR AMAYA, en su calidad de APODERADO de ALMACENES SIMAN, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE, que se abrevia: ALMACENES SIMAN, S.A. DE C.V., de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro de la MARCA DE COMERCIO, Lic. JOSE EMILIO TAMAYO AGUILERA, Clase: 25. No. de exp.: No. de pres.: ALVARO ERNESTO FRANCO DIAZ, 3 v. alt. No HACE SABER: que a esta oficina se ha presentado LUIS ENRI- QUE ALBERTO SAMOUR AMAYA, en su calidad de APODERADO de ALMACENES SIMAN, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE, que se abrevia: ALMACENES SIMAN, S.A. DE C.V., de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro de la MARCA DE COMERCIO, TWO OF US! Consistente en: las palabras TWO OF US!, que se traduce al castellano como nosotros dos. La solicitud fue presentada el día primero de abril del año dos mil tres. San Salvador, dos de abril del año dos mil tres. Lic. JOSE EMILIO TAMAYO AGUILERA, JOSE FIDEL MELARA MORAN, Consistente en: la expresión two of us!. 3 v. alt. No

135 DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 2 de Julio de Clase: 25 No. de Exp.: No. de Pres.: San Salvador, tres de abril del año dos mil tres. Lic. JOSE EMILIO TAMAYO AGUILERA, HACE SABER: que a esta oficina se ha presentado LUIS ENRI- QUE ALBERTO SAMOUR AMAYA, en su calidad de APODERADO de ALMACENES SIMAN, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE, de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro de la MARCA DE COMERCIO, Consistente en: la expresión chú-chú y diseño. La solicitud fue presentada el día primero de abril del año dos mil tres. San Salvador, tres de abril del año dos mil tres. Lic. JOSE EMILIO TAMAYO AGUILERA, Clase: 25 No. de Exp.: No. de Pres.: ALVARO ERNESTO FRANCO DIAZ, 3 v. alt. No HACE SABER: que a esta oficina se ha presentado LUIS ENRI- QUE ALBERTO SAMOUR AMAYA, en su calidad de APODERADO de ALMACENES SIMAN, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE, que se abrevia: ALMACENES SIMAN, S. A. DE C. V., de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro de la MARCA DE COMERCIO, Clase: 25 No. de Exp.: No. de Pres.: ALVARO ERNESTO FRANCO DIAZ, 3 v. alt. No HACE SABER: que a esta oficina se ha presentado LUIS ENRI- QUE ALBERTO SAMOUR AMAYA, en su calidad de APODERADO de ALMACENES SIMAN, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE, que se abrevia: ALMACENES SIMAN, S. A. DE C. V., de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro de la MARCA DE COMERCIO, PILLUELA Consistente en: la palabra PILLUELA. La solicitud fue presentada el día primero de abril del año dos mil tres. San Salvador, cuatro de abril del año dos mil tres. Lic. JOSE EMILIO TAMAYO AGUILERA, Clase: 25 No. de Exp.: No. de Pres.: ALVARO ERNESTO FRANCO DIAZ, 3 v. alt. No tres. Consistente en: la palabra chat y diseño. La solicitud fue presentada el día primero de abril del año dos mil HACE SABER: que a esta oficina se ha presentado LUIS ENRI- QUE ALBERTO SAMOUR AMAYA, en su calidad de APODERADO de ALMACENES SIMAN, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL

136 136 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 360 VARIABLE, que se abrevia: ALMACENES SIMAN, S. A. DE C. V., de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro de la MARCA DE COMERCIO, CHAT Clase: 16. No. de Exp.: No. de Pres.: Consistente en: la palabra CHAT. La solicitud fue presentada el día primero de abril del año dos mil tres. San Salvador, tres de abril del año dos mil tres. Lic. JOSE EMILIO TAMAYO AGUILERA, Clase: 25 No. de Exp.: No. de Pres.: ALVARO ERNESTO FRANCO DIAZ, 3 v. alt. No HACE SABER: que a esta oficina se ha presentado LUIS ENRI- QUE ALBERTO SAMOUR AMAYA, en su calidad de APODERADO de ALMACENES SIMAN, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE, que se abrevia: ALMACENES SIMAN, S. A. DE C. V., de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro de la MARCA DE COMERCIO, CHÚ - CHÚ Consistente en: la expresión CHÚ - CHÚ. La solicitud fue presentada el día primero de abril del año dos mil tres. San Salvador, dos de abril del año dos mil tres. HACE SABER: que a esta oficina se ha presentado MARISABELLA NOVOA HENRIQUEZ, en su calidad de APODERADO de EDITORIAL PERFIL, S.A., de nacionalidad ARGENTINA, solicitando el registro de la MARCA INDUSTRIAL O DE FABRICA. LUNA CELEBRIDADES Consistente en: las palabras LUNA CELEBRIDADES. La solicitud fue presentada el día once de marzo del año dos mil tres. San Salvador, diez de abril del año dos mil tres. Lic. JOSE EMILIO TAMAYO AGUILERA, Clase: 30. No. de Exp.: No. de Pres.: ALVARO ERNESTO FRANCO DIAZ, SECRETARIO 3 v. alt. No HACE SABER: que a esta oficina se ha presentado MARISABELLA NOVOA HENRIQUEZ, en su calidad de APODERADO de DORI INDUS- TRIA E COMERCIO DE PRODUCTOS ALIMENTICIOS LTDA., de nacionalidad BRASILEÑA, solicitando el registro de la MARCA INDUS- TRIAL O DE FABRICA, Lic. JOSE EMILIO TAMAYO AGUILERA, JOSE FIDEL MELARA MORAN, 3 v. alt. No Consistente en: la palabra "dori" escrita en letras estilizadas con la letra "d" formada por una circunferencia y una línea vertical a su derecha,

137 DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 2 de Julio de seguida por la circunferencia de la letra "o" formada por puntos dándole una apariencia arenosa, la letra "r" está formada por una línea vertical a la izquierda y una circunferencia pequeña arriba a la derecha y la letra "i" por una línea vertical coronada con una circunferencia a manera de punto. La solicitud fue presentada el día once de junio del año dos mil dos. San Salvador, a los veinticuatro días del mes de abril del año dos mil tres. Lic. MARIA DAFNE RUIZ, San Salvador, dos de mayo del año dos mil tres. Lic. PEDRO BALMORE HENRIQUEZ RAMOS, REGISTRADOR XIOMARA GUADALUPE FABIAN DE GOMEZ, SECRETARIA. Clase: 05. No. de Exp.: No. de Pres v. alt. No Clase: 05. No. de Exp.: No. de Pres.: ERIKA SUSANA MOLINA, SECRETARIA. LA INFRASCRITA REGISTRADOR, 3 v. alt. No HACE SABER: que a esta oficina se ha presentado MARISABELLA NOVOA HENRIQUEZ conocida por MARISABELLA NOVOA, mayor de edad, ABOGADO Y NOTARIO, del domicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA, actuando como APODERADO de OM PHARMA, del domicilio de 22, rue du Bois-du-Lan, CH-1217 Meyrin, Ginebra Suiza, de nacionalidad SUIZA, solicitando RENOVACION, para la inscripción Número del Libro de INSCRIPCION DE MARCAS, consistente en las palabras "URO-VAXON"; que ampara productos comprendidos en la Clase 05 de la Clasificación Internacional de Niza. LA INFRASCRITA REGISTRADOR, Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de HACE SABER: que a esta oficina se ha presentado ley. MARISABELLA NOVOA HENRIQUEZ, mayor de edad, ABOGA- DO Y NOTARIO, del domicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad San Salvador, a los veintinueve días del mes de abril del año dos mil SALVADOREÑA, actuando como APODERADO DE CHIESI ESPA- ÑA, S.A., del domicilio de Barcelona, España, Calle Berlín, Número 38- tres. 48, 7º, de nacionalidad ESPAÑOLA, solicitando RENOVACION, para la inscripción Número del Libro de INSCRIPCION DE MARCAS, consistente en la palabra "EDEMOX"; que ampara productos comprendidos en la Clase 05 de la Clasificación Internacional de Lic. MARIA DAFNE RUIZ, Niza. ley. Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de ERIKA SUSANA MOLINA, SECRETARIA. 3 v. alt. No

138 138 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 360 Clase: 05. No. de Exp.: No. de Pres.: La solicitud fue presentada el día diez de abril del año dos mil tres. San Salvador, veintitrés de abril del año dos mil tres. Lic. JOSE EMILIO TAMAYO AGUILERA, HACE SABER: que a esta oficina se ha presentado MARISABELLA NOVOA HENRIQUEZ, en su calidad de APODE- RADO de ROCHE VITAMINS AG., de nacionalidad SUIZA, solicitando el registro de la MARCA INDUSTRIAL O DE FABRICA, FOODLET Consistente en: la palabra FOODLET. La solicitud fue presentada el día diez de abril del año dos mil tres. San Salvador, veintitrés de abril del año dos mil tres. Clase: 29. Lic. JOSE EMILIO TAMAYO AGUILERA, No. de Exp.: No. de Pres.: ALVARO ERNESTO FRANCO DIAZ, 3 v. alt. No HACE SABER: que a esta oficina se ha presentado MARISABELLA NOVOA HENRIQUEZ, en su calidad de APODE- RADO de ROCHE VITAMINS AG., de nacionalidad SUIZA, solicitando el registro de la MARCA INDUSTRIAL O DE FABRICA, No. de Exp.: No. de Pres.: ALVARO ERNESTO FRANCO DIAZ, 3 v. alt. No HACE SABER: que a esta oficina se ha presentado ANA CAMILA DE LEON DE CASTRO GARAY, en su calidad de APODERADO de RIGOBERTO MONGE Y ASOCIADOS, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE que se abrevia: RIMO, S.A. DE C.V., de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro del NOMBRE COMERCIAL, Consistente en: la palabra COPADES y diseño, que servirá para: UN ESTABLECIMIENTO COMERCIAL DESTINADO A LA ASE- SORIA Y CONSULTORIA EMPRESARIAL, ASI COMO AL ANA- LISIS EN MATERIA ECONOMICA Y FINANCIERA. La solicitud fue presentada el día trece de mayo del año dos mil tres. San Salvador, quince de mayo del año dos mil tres. Lic. JOSE EMILIO TAMAYO AGUILERA, FOODLET Consistente en: la palabra FOODLET. ALVARO ERNESTO FRANCO DIAZ, 3 v. alt. No

139 DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 2 de Julio de Clase: 05. No. de Exp.: No. de Pres.: La solicitud fue presentada el día dieciocho de junio del año dos mil tres. San Salvador, veinte de junio del año dos mil tres. HACE SABER: que a esta oficina se ha presentado BERNARDA ADELA LIMA CASTANEDA, en su calidad de APODERADO de LABORATORIOS ARSAL, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE, que se abrevia: LABORETORIOS ARSAL, S.A. DE C.V., de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro de la MAR- CA DE FABRICA Y DE COMERCIO, VALIPESIA Consistente en: la palabra VALIPESIA. La solicitud fue presentada el día siete de abril del año dos mil tres. San Salvador, nueve de abril del año dos mil tres. Clase: 25. No. de Exp.: No. de Pres.: JOSE RAUL ROSALES PEREZ, ALVARO ERNESTO FRANCO DIAZ, 3 v. alt. No HACE SABER: que a esta oficina se ha presentado JAIME SALVADOR MEJIA MARMOL, de nacionalidad SALVADOREÑA, en su calidad de PROPIETARIO, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO, Clase: 05. Lic. JOSE EMILIO TAMAYO AGUILERA, No. de Exp.: No. de Pres.: ALVARO ERNESTO FRANCO DIAZ, 3 v. alt. No HACE SABER: que a esta oficina se ha presentado JUAN JOSE FRANCISCO GUERRERO CHACON, en su calidad de APODERA- DO ESPECIAL de MERMA, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE que se abrevia: MERMA, S.A. DE C.V., de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO, PHARMAQUINONA Consistente en: la palabra PHARMAQUINONA. La solicitud fue presentada el día siete de mayo del año dos mil tres. San Salvador, doce de mayo del año dos mil tres. Lic. JOSE EMILIO TAMAYO AGUILERA, ALVARO ERNESTO FRANCO DIAZ, Consistente en: las palabras Racer Jeans. 3 v. alt. No

140 140 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 360 Clase: 05. No. de Exp.: No. de Pres.: HACE SABER: que a esta oficina se ha presentado JUAN JOSE FRANCISCO GUERRERO CHACON, en su calidad de APODERA- DO ESPECIAL de LABORATORIOS RARPE, SOCIEDAD ANONI- MA, de nacionalidad NICARAGUENSE, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO, CILARYL Consistente en: la palabra CILARYL. La solicitud fue presentada el día dieciocho de marzo del año dos mil tres. San Salvador, veintiuno de marzo del año dos mil tres. Lic. JOSE EMILIO TAMAYO AGUILERA, No. de Exp.: No. de Pres.: ALVARO ERNESTO FRANCO DIAZ, 3 v. alt. No HACE SABER: que a esta oficina se ha presentado JOEL AR- MANDO HERRERA ALAS, en su calidad de REPRESENTANTE LEGAL Y ADMINISTRADOR UNICO PROPIETARIO de EMPRE- SAS UNIDAS SALVADOREÑAS, SOCIEDAD ANONIMA DE CA- PITAL VARIABLE que se abrevia: E.U., S.A. DE C.V., de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro del NOMBRE COMER- CIAL, San Salvador, dieciséis de mayo del año dos mil tres. Clase: 05. Lic. JOSE EMILIO TAMAYO AGUILERA, No. de Exp.: No. de Pres.: ALVARO ERNESTO FRANCO DIAZ, 3 v. alt. No HACE SABER: que a esta oficina se ha presentado JUAN JOSE FRANCISCO GUERRERO CHACON, en su calidad de APODERADO ESPECIAL de MERMA, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE que se abrevia: MERMA, S.A. DE C.V., de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO, CLOREXFAR Consistente en: la palabra CLOREXFAR. La solicitud fue presentada el día siete de mayo del año dos mil tres. San Salvador, doce de mayo del año dos mil tres. Lic. JOSE EMILIO TAMAYO AGUILERA, ALVARO ERNESTO FRANCO DIAZ, 3 v. alt. No GLORIA ALICIA BARRIERE GUERRA, Notario de este domicilio, con oficina en Urbanización Bosques de Santa Elena Dos, Calle Jucuarán, número cincuenta y ocho-b, Antiguo Cuscatlán, Departamento de La Libertad, al público para los efectos de Ley, Consistente en: las palabras Casa Real del Molino y diseño, que servirá para: IDENTIFICAR UN ESTABLECIMIENTO COMERCIAL, UBICADO EN KILOMETRO OCHENTA Y TRES, CARRETERA TRONCAL DEL NORTE, LA PALMA, CHALATENANGO, DEDI- CADO AL ALOJAMIENTO Y HOSPEDAJE DE PERSONAS, ASI COMO A LA EXPLOTACION DEL TURISMO. La solicitud fue presentada el día catorce de mayo del año dos mil tres. HACE SABER: que por resolución proveída a las nueve horas del día veintiuno de junio del año en curso, por la Suscrita Notario, se ha tenido por aceptada expresamente y con beneficio de inventario de parte de la señora RITA EVELIN HERRERA DE CASTRO BRUCE, en concepto de hija de la causante y cesionaria de los derechos de sus hermanos señores LUIS MARIANO HERRERA PACHECO y JOSE ADALBERTO HERRERA PACHECO, de la herencia intestada que a su defunción dejó la causante señora MARIA DELIA TENAS PA- CHECO, quien falleció en la ciudad de Antiguo Cuscatlán, Departamento de La Libertad, el día catorce de junio del dos mil dos, y fue de

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