AHORRAR ES FUTURO. Gustavo Bascuñán Educación Previsional Asociación AFP A.G. Fono: (56)

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1 AHORRAR ES FUTURO Gustavo Bascuñán Educación Previsional Asociación AFP A.G. Fono: (56)

2 LA SEGURIDAD SOCIAL EN CHILE Sistema de Salud Seguridad Laboral Seguro Cesantía Sistema de Pensiones FONASA Mutual de Seguridad AFC Instituto Previsión Social ISAPRES Acceso a la salud Licencias médicas Subsidio pre y post natal Reembolsos y compra de bonos ACHS Atención en salud en caso de accidentes o enfermedades laborales Pago de licencias médicas Pago de pensiones de invalide Seguro en caso de cesantía que es financiado por el empleador y el trabajador Considera pago de cotizaciones para evitar lagunas Instituto Seguridad Laboral AFP Compañías de Seguros Oferentes de APV Sistema de Pensiones: Mixto de 3 pilares. Pilar Solidario Pilar Contributivo Pilar Voluntario Estado Administradoras de Fondos de Pensiones Compañías de seguro, AFP, Bancos, Intermediarios de inversión

3 AFILIADOS DEL PILAR CONTRIBUTIVO Basado en el ahorro individual Cotizantes Voluntarios Cotizantes Independientes Fuerza de trabajo 8,7 millones Trabajadores independientes: 2,2 millones Cotizantes Dependientes

4 TRABAJADORES DEPENDIENTES En su contrato de trabajo se establece el pago de cotizaciones para la Seguridad Social, incluyendo Salud, Pensiones, Seguro de Cesantía y Seguro de Enfermedades laborales y accidentes profesionales LIQUIDACIÓN DE SUELDO TRABAJADOR DEPENDIENTE Renta imponible $ % Cotización AFP $ % Comisión AFP (promedio) $ % Salud $ ,6 % Cesantía $3.000 Total Remuneración Líquida $ APORTE DEL EMPLEADOR 1.41% SIS $ % Seguro de Cesantía $ % Seguro Accidentes Laborales $4.750 Total Aporte Empleador $23.800

5 BENEFICIOS DE COTIZAR Mientras antes comiences a ahorrar, mejor pensión podrás obtener por efecto de la rentabilidad a largo plazo PENSIONES VEJEZ 60 años las mujeres y 65 los hombre ANTICIPADA OTROS BENEFICIOS: Obtener incentivos al ahorro previsional voluntario Cuota mortuoria (15 UF) INVALIDEZ parcial o total SOBREVIVENCIA para sus beneficiarios (cónyuge, conviviente P civil, hijos) Herencia Excedentes de Libre Disposición SEGURIDAD SOCIAL Recibir Asignación Familiar y maternal Beneficios complementarios y de crédito social CCAF Atención en salud (licencias médicas, pre y post natal) Beneficios del Pilar Solidario: Bono por hijo, APS, Subsidio contratación y cotización de trabajadores jóvenes

6 $ $ $ $ $ $ $ $ $ PENSIÓN DE VEJEZ Pensiones por tramos de años cotizados Menor a 1 año Entre 1 y 5 años Entre 5 y 10 años Entre 10 y 15 años Entre 15 y 20 años Entre 20 y 25 años Entre 25 y 30 años Entre 30 y 35 años Entre 35 y 40 años Fuente: Superintendencia de Pensiones N Personas Pensión autofinanciada

7 CÓMO SE INVIERTE NUESTRA PLATA PEDIDO ROLANDO

8 EN QUÉ PUEDEN INVERTIR LAS AFP? Mayor riesgo Menor riesgo A B C D E Entre 40% y 80% renta variable Entre 25% y 60% renta variable Entre 15% y 40% renta variable Entre 5% y 20% renta variable Hasta 5% renta variable Instrumentos estatales: emitidos por el Banco Central, la Tesorería, los bonos de reconocimiento. Instrumentos de empresas: acciones, bonos, efectos de comercio. Instrumentos bancarios: depósitos, letras hipotecarias, bonos, acciones. Fondos de Inversión y Fondos Mutuos Instrumentos extranjeros

9 Forma de Financiamiento Cálculo de Beneficio Reparto Tradicional Reparto Pensiones se financian a partir del aporte de los jovenes. Beneficio Definido (BD) Pensión = Tasa de reemplazo * Ingreso Base Sistema de AFP Prefondeo Pensiones se financian a partir de venta de activos comprados cuando joven Contribución Definida (CD) Pensión = Saldo/Factor Administración Pública Privada Organización ALTERNATIVAS DE LOS PILARES CONTRIBUTIVOS DE AHORRO PREVISIONAL EN EL MUNDO Sistemas de pensiones están pensados en 3 situaciones: Vejez, invalidez y sobrevivencia. A nivel nacional o por sector industrial A nivel nacional, salvo esquemas por empresas (ocupacionales)

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11 TRABAJADORES EXTRANJEROS Preguntas frecuentes QUÉ DEBE HACER CUANDO INICIO LABORES POR PRIMERA VEZ PARA AFILIARME A UNA AFP? QUÉ PASA SI NO ME AFILIO? CÓMO REALIZAR EL PAGO DE COTIZACIÓN DE UN TRABAJADOR EXTRANJERO SIN RUT? CUÁL ES EL PROCESO DE DEVOLUCIÓN DE FONDOS? CÓMO DECIDO NO COTIZAR?

12 TRABAJADORES EXTRANJEROS Preguntas frecuentes Si está en trámite la solicitud de residencia y pidió Permiso de Trabajo, podrá realizar sus cotizaciones a salud y pensiones con un RUN provisorio o Rol interno entregado por la AFP. Con ese RUN se inscribe en FONASA o ISAPRE, y el empleador efectúa las cotizaciones por el momento. El trámite puede hacerse en agencia, sitio web o mediante su empleador. Se requiere copia del contrato de trabajo, fotocopia pasaporte o documento que lo identifique del país de origen, declaración jurada simple indicando fecha de inicio de labores.

13 TRABAJADORES EXTRANJEROS Preguntas frecuentes Al obtener la Visa, se solicita el carné de identidad otorgándosele su RUN definitivo. El trabajador deberá dar aviso de ese RUN a la AFP y FONASA o ISAPRE para que le transfieran sus cotizaciones anteriores y el empleador comience a realizar los futuros pagos.

14 TRABAJADORES EXTRANJEROS Preguntas frecuentes Si un empleador tiene trabajadores extranjeros que cumplan las condiciones señaladas en la Ley N para eximirse de la obligación de cotizar, deberá poner este hecho en conocimiento de la AFP correspondiente mediante comunicación escrita que será archivada en la carpeta individual del afiliado. (Junto con la documentación) Sólo a contar de la fecha de esa comunicación regirá la exención. (Sólo para pensiones)

15 TRABAJADORES EXTRANJEROS Preguntas frecuentes Si un trabajador quiere la devolución de sus fondos, debe suscribir en la correspondiente AFP el formulario Solicitud de devolución de fondos previsionales. También puede ser presentada por tercero que cuente con poder especial otorgado por Notario Público donde queda expresada la autorización de retirar fondos previsionales. Los fondos quedan a disposición de la persona días después de aprobada la solicitud (5 días). Los fondos están constituidos por los aportes y la rentabilidad obtenida.

16 TRABAJADORES EXTRANJEROS Preguntas frecuentes Por la devolución se pagan los impuestos respectivos, por lo que la AFP retiene el Impuesto Único de Segunda Categoría que afecta al afiliado de acuerdo a la tasa que le corresponde. Requisitos para gozar del Subsidio por Incapacidad Laboral, trabajador dependiente: Contar con una licencia médica autorizada. 6 meses de afiliación al Sistema Previsional (AFP o en el Instituto de Previsión Social IPS-) y, Tener 3 meses, continuos o discontinuos (90 días contados), de cotizaciones, dentro de los 6 meses anteriores al mes en que se inicia la licencia.

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18 TRABAJADORES EXTRANJEROS Preguntas frecuentes Reconocen los períodos cotizados en un Estado Parte para poder adquirir derechos previsionales en el otro Estado Parte. Permite presentar solicitudes y acceder a pensiones en el país de residencia, para requerir beneficios previsionales en otro Estado Parte. Totalización de períodos de seguro sumando las cotizaciones registradas en todos los Estados con el fin de tener derecho a pensión en cada uno de ellos: la exigencia de número de año de cotización y el cálculo de la pensión se rige por cada ley interna y el pago se efectúa prorrateado en función de los años efectivamente cotizados en cada Parte.

19 TRABAJADORES EXTRANJEROS Preguntas frecuentes Beneficios que otorgan los Convenios: Pensiones de vejez, invalidez y sobrevivencia (orfandad y viudez). Estos deben ser solicitados ante el IPS o AFP según sea el caso. Si la persona nunca ha cotizado en un sistema previsional chileno, deberá acudir a la Superintendencia de Pensiones Permiten la realización de exámenes médicos en el país de residencia, para pensionarse por invalidez en otro Estado Parte.

20 TRABAJADORES EXTRANJEROS Preguntas frecuentes Beneficios que otorgan los Convenios: Prestaciones de salud para pensionados, en las mismas condiciones que para los chilenos. Las prestaciones otorgadas en virtud de los Convenios de Seguridad Social son pagadas en la moneda del país que se paga el beneficio, y en el lugar de residencia. Continuidad Previsional y evitar la doble cotización internacional, eximiendo de cotizar a trabajadores domiciliado en uno de los Estados que prestan servicios temporales en el territorio de la otra Parte.

21 TRABAJADORES EXTRANJEROS Preguntas frecuentes Primer Convenio que permite al trabajador transferir sus cotizaciones previsionales de sus cuentas individuales del sistema de capitalización individual (AFP) de un Estado a otro. Requisitos : Sólo procede en el sistema de capitalización individual (AFP) Acreditar aportes al sistema de capitalización individual (mínimo 60 cotizaciones). Traspaso definitivo al país que será su residencia permanente. Transferencia de la totalidad de sus fondos previsionales.

22 LEY DE INCLUSIÓN LABORAL PARA PERSONAS CON DISCAPACIDAD OBJETIVO: Promover la inclusión laboral eficaz de las personas en situación de discapacidad, tanto en el ámbito público como privado. PRINCIPALES PUNTOS: Organismos públicos y empresas, con 100 o más trabajadores deberán contratar al menos el 1% de personas con discapacidad. Elimina la discriminación salarial de personas con discapacidad mental e intelectual. Fija en 26 años la edad limite para Suscribir Contrato de Aprendizaje con personas con discapacidad mental. Prohíbe toda discriminación hacia personas con discapacidad. Las personas con discapacidad contarán con garantías en los procesos de selección laboral del estado.

23 SITUACIÓN ACTUAL DE LA LEY Aún hay dudas por resolver A través del Ministerio del Trabajo y Previsión Social tienen obligación de dictar el Reglamento Oficial, que deberá ser suscrito por los ministros de Hacienda y Desarrollo Social, estos organismos tienen como plazo entregar el documento dentro de 6 meses contados desde la publicación de la ley (desde junio 2017), una vez que sea entregado este reglamento al mes subsiguiente entrará en vigencia la ley. Por qué es importante el Reglamento Oficial? En el quedarán establecidas las medidas ante lo que hoy son incertidumbres, como por ejemplo la cotización previsional en caso de contar con PBSI

24 LEY DE INCLUSIÓN LABORAL BENEFICIARIOS. 1. Personas en situación de discapacidad: Poseer pensión de invalidez de cualquier régimen previsional (IPS o AFP). Contar con cualquier discapacidad calificada previamente por las Comisiones de Medicina Preventiva e Invalidez (COMPIN), dependientes del Ministerio de Salud y a las instituciones públicas o privadas reconocidas para efectos por ese Ministerio. 2. Se deroga la Ley : Esto significa que las personas con discapacidad mental o intelectual tienen desde ingreso base en el sueldo mínimo. 3. Se limitan los contratos de aprendizajes a los 26 años para personas con discapacidad intelectual o mental. Periodos que igual serán limitados.

25 PENSIÓN DE INVALIDEZ Quiénes tienen derecho a Pensión Invalidez? Afiliados no pensionados Menoscabo permanente de su capacidad de trabajo por accidente, enfermedad o debilitamiento físico o intelectual El saldo faltante se complementa con el aporte adicional del SIS Si la persona no estaba trabajando y/o se encontraba sin cobertura, la pensión se financia con saldo de la cuenta individual Requisitos: <65 años, calificado por una comisión médica regional Invalidez Parcial Ha perdido entre un 50% y un 66,6% de su capacidad de trabajo (inferior a 2/3) Al estar protegido por el SIS, su pensión será el 50% del promedio de las remuneraciones en los últimos 10 años. Invalidez Total Ha perdido 2/3 (66,6%) o más de su capacidad de trabajo. Al estar protegido por el SIS, su pensión será el 70% del promedio de las remuneraciones en los últimos 10 años.

26 LEY DE INCLUSIÓN LABORAL ROL DE LAS EMPRESAS Las empresas de 100 o más trabajadores deberán contratar o mantener contratados, según corresponda al menos al 1% de personas con discapacidad o que sean asignatarias de una pensión de invalidez de cualquier régimen previsional, en relación al total de sus trabajadores. El empleador deberá registrar los contratos de trabajo celebrados (15 días después) en el sitio web de la Dirección del Trabajo. Qué pasará con aquellas empresas que no puedan cumplir con la obligación establecida? Podrán celebrar contratos de prestación de servicios con empresas que tengan contratadas personas con discapacidad (contrato no podrá ser inferior al equivalente a 24 ingresos mínimos respecto de cada trabajador que debía ser contratado por la empresa). Efectuar donaciones en dinero a proyectos o programas de Asociaciones, Corporaciones o Fundaciones Proyectos o programas cuyo objetivo social incluya la capacitación, rehabilitación, promoción y fomento para la creación de empleos, contratación o inserción laboral de las personas con discapacidad.

27 LEY DE INCLUSIÓN LABORAL COTIZACIÓN PREVISIONAL? El número de afiliados, declarados Inválidos Definitivos al 31 julio de 2017 es de: Las pensiones de invalidez (parcial y definitiva) representan el 11% del total de pensiones que paga el sistema de capitalización individual (Al 31 julio 2017). TIPO PENSIÓN PAGADAS A JULIO 2017 NÚMERO PROMEDIO VEJEZ EDAD $ VEJEZ ANTICIPADA $ INVALIDEZ DEFINITIVA TOTAL $ INVALIDEZ DEFINITIVA PARCIAL $

28 LEY DE INCLUSIÓN LABORAL BENEFICIARIOS PBS INVALIDEZ A diciembre de 2016 el número de beneficiarios del Pilar Solidario son: personas, de los cuales el 18% recibe beneficios a causa de invalidez con PBS Invalidez con APS Invalidez Entre 2008 y 2016 se han otorgado, a través del Pilar Solidario: PBSI: ( solicitudes). APSI ( solicitudes). Si el trabajador con PBSI trabaja Qué sucede? Mantiene El 100% de la PBS o APS de invalidez, aquellos beneficiarios que perciben un ingreso laboral mensual igual o inferior a un ingreso mínimo mensual. La PBS o el APS se reducen de manera gradual (en forma lineal) cuando el trabajador gana entre un ingreso mínimo mensual y 2 ingresos mínimos mensuales. Las personas inválidas que perciban un ingreso laboral mensual superior a dos veces el ingreso mínimo mensual, dejarán de percibir la pensión básica solidaria de invalidez o el aporte previsional solidario de invalidez.

29 LEY DE INCLUSIÓN LABORAL TRABAJADOR EXENTO DE COTIZACIÓN Pasos a seguir: La exención de cotizar sólo produce efectos desde que se manifiesta sin que sea procedente efectuar la devolución de lo pagado con anterioridad por este concepto. Los afiliados pensionados por invalidez definitiva total, que deseen continuar cotizando, deberán así comunicarlo por escrito a su empleador y a la respectiva Administradora. Si la AFP recauda cotizaciones de un afiliado registrado como pensionado y no cuenta con la copia de la notificación que debiera haberle remitido el afiliado, ésta deberá requerírsela por escrito, debiendo indicarle además que, si en el futuro decidiera dejar de cotizar acogiéndose a la exención establecida y deberá también comunicarlo por escrito a su empleador con copia a la AFP. Este afiliado sólo podrá cotizar en fondos C, D y E.

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