Capítulo I Disposiciones Fundamentales
|
|
- Carolina Jiménez Espejo
- hace 6 años
- Vistas:
Transcripción
1 El Consejo Universitario de la Universidad Centroccidental Lisandro Alvarado, reunido en su sesión Nº 2068, Ordinaria, celebrada el día 03 de Noviembre de dos mil diez y en uso de las atribuciones legales y reglamentarias que le confiere la Ley de Universidades y el Reglamento General de la Universidad Centroccidental Lisandro Alvarado, APROBÓ la Normativa Interna de Becas Académicas para los Participantes de Postgrado de la UCLA. Capítulo I Disposiciones Fundamentales Artículo 1 El Programa Becarios Académicos de Postgrado tiene como propósito fundamental, el desarrollo de los postgrados de la Universidad Centroccidental Lisandro Alvarado a través de incentivos que promuevan las actividades académicas en general, atendiendo a la programación de las diferentes Coordinaciones de Programas de Postgrado que propicien la mayor dedicación de sus docentes investigadores a las actividades del programa respectivo y a su vez fomenten una mayor articulación con el pregrado y con el sector público y privado. Artículo 2 La Universidad Centroccidental Lisandro Alvarado (UCLA) podrá otorgar becas académicas destinadas a los participantes regulares inscritos en un programa de postgrado de la institución y a egresados de pregrado aceptados para cursar el respectivo postgrado. Artículo 3 Los participantes de postgrado beneficiarios de estas subvenciones se denominarán BECARIOS ACADÉMICOS DE POSTGRADO. Artículo 4 Los Becarios Académicos de Postgrado realizarán actividades de docencia e investigación bajo la coordinación de un profesor responsable de dichas actividades quien participa en postgrado. 1/6
2 Artículo 5 Cada Coordinación de Postgrado presentará al Consejo de Estudios de Postgrado un listado de postulados, interesados en ingresar al programa de Becas Académicas de la UCLA, indicando además en un resumen curricular, el área de conocimiento o unidad(es) curricular(es) en la(s) cual(es) pueda desempeñar la actividad académica prevista en la presente normativa. El Consejo de Estudios de Postgrado de la UCLA podrá iniciar los trámites y procedimientos previstos para la apertura y selección de los Becarios Académicos de Postgrado, cuando exista la disponibilidad presupuestaria y financiera respectiva y se tenga la justificación de la solicitud por parte de la Coordinación de Postgrado correspondiente, previo acuerdo con la Jefatura del Departamento y la Dirección de programa de pregrado. Parágrafo Primero: Cada solicitud debe ir acompañada por el Plan de Actividades Académicas a ser realizadas por el Becario Académico de Postgrado y con el nombre del profesor responsable, quien debe tener una categoría mínima de Profesor Asistente con dedicación a Tiempo Completo o Dedicación Exclusiva, quien se encargará de la coordinación, supervisión y control del Becario en la ejecución y cumplimiento del plan correspondiente. En el caso de que no exista un profesor a dedicación exclusiva o tiempo completo para asumir esta función, se podría designar a un profesor a medio tiempo o tiempo convencional siempre que tenga la categoría mínima de Asistente. Parágrafo Segundo: Siempre que la solicitud para un Becario Académico de Postgrado estipule actividades docentes de pregrado, ésta debe llevar el aval y la justificación de la Jefatura de Departamento respectivo y la Dirección del Programa de Pregrado. Articulo 6 La Comisión de Estudios de Postgrado será la instancia que analizará y decidirá sobre el o los programas que recibirán el beneficio del Programa de Becarios Académicos. 2/6
3 Capítulo II Del Proceso de Selección Artículo 7 Para participar en los procesos de selección de Becarios Académicos de Postgrado, el participante deberá haber cursado y aprobado al menos un lapso académico de los estudios de postgrado que realiza en la UCLA y además cumplir con los requisitos exigidos y establecidos por el Consejo de Postgrado a tales efectos. Parágrafo Único: Los egresados de pregrado que a juicio de la Comisión de Estudios de Postgrado del Decanato respectivo posean reconocido mérito académico, podrán ser considerados para dicho proceso sin haber cumplido el lapso académico a que hace referencia este artículo. El mérito académico al que se hace mención será valorado por un baremo elaborado por la Comisión de Estudios de Postgrado del respectivo decanato. Artículo 8 El Consejo de Estudios de Postgrado convocará al proceso de registro de candidatos a través de la Coordinación de Postgrado de los Decanatos, una vez se cuente con la disponibilidad presupuestaria y financiera correspondiente. Parágrafo Único: En caso que las actividades académicas del becario incluyan docencia en pregrado, el perfil del candidato deberá establecerse en acuerdo con la Jefatura de Departamento y la Dirección de Programa al que se encuentre adscrita la unidad curricular. Artículo 9 Los mecanismos o procedimientos de selección serán establecidos por la Comisión de Estudios de Postgrado del Decanato, la cual deberá establecer un baremo para la evaluación y puntuación de las credenciales. Esta evaluación deberá ser realizada por una comisión designada por el Consejo de Estudios de Postgrado integrada por el Coordinador de Postgrado como representante del Consejo de Estudios de Postgrado y el Coordinador o los Coordinadores del programa(s) que solicita(n) la beca. Parágrafo Único: Cuando en el Plan de Actividades del Becario se incluyan actividades docentes en pregrado, el Jefe del Departamento y el Director de 3/6
4 Programa correspondiente formarán parte de la comisión de evaluación y puntuación de las credenciales. Artículo 10 Los resultados de la evaluación serán informados por la Comisión Ad-hoc al Consejo de Estudios de Postgrado y al Consejo de Decanato, a los fines de la consideración y del otorgamiento de las becas respectivas. Capítulo III De las Obligaciones, Duración de la Beca y demás Beneficios Artículo 11 El Becario Académico está obligado a cumplir con las funciones propias de la actividad que desempeña, mantener su condición de participante regular del programa de postgrado correspondiente, cumplir con el plan de actividades académicas establecido y actuar en todo momento regido por los principios de la ética y el profesionalismo. Parágrafo Único La distribución de las actividades del Becario Académico de Postgrado será coordinada por el profesor que lo supervisa y hace el seguimiento, según lo establecido en el Plan de Actividades Académicas. Articulo 12 Las actividades académicas del becario podrán tener una dedicación máxima de ocho (08) horas semanales. Artículo 13 Las Becas se otorgarán por un lapso de seis (6) meses y podrán renovarse hasta un máximo de dos (2) años para especialización técnica, tres (3) años para Maestría y Especialización y un máximo de cuatro (4) años para Doctorado, siempre y cuando se tenga un rendimiento académico satisfactorio y exista la disponibilidad presupuestaria y financiera. Este rendimiento será evaluado por el profesor encargado de la supervisión de las actividades del Becario Académico y por el Coordinador del Programa de Postgrado, al cual está adscrito. 4/6
5 Parágrafo Único: Una vez vencido el lapso de beca acordado y no sea requerida la asignación académica de actividades en el área en la cual le fue otorgada la beca, el participante podrá optar a otra beca siguiendo el proceso establecido en esta normativa. Artículo 14 Los Becarios Académicos de Postgrado recibirán una beca cuyo monto mensual no excederá el equivalente a 20 UT; y además, serán exonerados del pago de matrícula de postgrado, mientras dure la beca. Parágrafo Primero: El Consejo de Estudios de Postgrado podrá modificar el monto asignado a la beca, basado en una justificación razonada del Coordinador de Postgrado del Decanato. Parágrafo Segundo: Este beneficio económico no tendrá incidencia alguna en prestaciones sociales, así como tampoco para el cálculo de alguna pensión ni para ningún otro concepto de índole económico, administrativo ni laboral. La duración de la Beca Académica de Postgrado para el participante de postgrado no tendrá efectos de antigüedad. Parágrafo Tercero: A los efectos del presente Capítulo, el participante de postgrado firmará un compromiso de Becario Académico con la UCLA, en el que se incluirán las obligaciones, beneficios y duración de la beca. Artículo 15 El incumplimiento de las obligaciones establecidas en la presente normativa, ocasionará la suspensión de la beca, así como las sanciones académicas o administrativas que fueren aplicables. Capítulo IV Del Procedimiento Administrativo y los Fondos Artículo 16 Los recursos necesarios para respaldar el programa de Becas Académicos de Postgrado provendrán de un fondo especialmente destinado para ello denominado Fondo para la Subvención de Becas Académicos de Postgrado, constituido con aportes provenientes del presupuesto ordinario anual asignado 5/6
6 por el Consejo Universitario a la Dirección General de Postgrado y/o con aportes provenientes de los ingresos propios generados por los postgrados y recursos externos obtenidos mediante proyectos. Parágrafo Único: Los programas de postgrado que generen recursos podrán considerar ofertar becas para apoyar actividades de investigación y extensión inherentes a dichos programas. Artículo 17 El programa de Becas Académicos de Postgrado será coordinado, para su administración y seguimiento académico, por el Consejo de Estudios de Postgrado, siendo la Dirección General de Postgrado la responsable de la ejecución financiera y presupuestaria y de informar al Consejo Universitario sobre la evolución del mismo. Capitulo V Disposiciones Finales Artículo 18: La Normativa de Becas Académicas de Postgrado regirá a partir de la fecha de su aprobación por parte del Consejo Universitario y su publicación en Gaceta Universitaria de la UCLA. Artículo 19: Lo no previsto en la presente Normativa será resuelto por el Consejo Universitario. Dado, sellado y firmado en la sala de sesiones del Consejo Universitario de la Universidad Centroccidental Lisandro Alvarado, en su sesión No. 2068, Ordinaria, celebrada el día tres de noviembre del año dos mil diez. Dr. Francesco Leone Rector Dr. Francisco Ugel Garrido Secretario General 6/6
Perfil del Jefe de Departamento Académico
El Consejo Universitario de la Universidad Centroccidental "Lisandro Alvarado", reunido en su sesión N 1631, Ordinaria, celebrada, el día veintitrés de junio del año dos mil cinco, en uso de sus atribuciones
Más detallesNormas de funcionamiento del programa de post-grado Maestria en Inmunologia. De las definiciones, de los objetivos y de los requisitos.
Normas de funcionamiento del programa de post-grado Maestria en Inmunologia CAPITULO I De las definiciones, de los objetivos y de los requisitos. ARTICULO 1.- El Curso de Maestría en Inmunología es un
Más detallesPROGRAMA DE BECAS. REGLAMENTO DE BECAS ESTUDIOS DE POSGRADO
PROGRAMA DE BECAS. REGLAMENTO DE BECAS ESTUDIOS DE POSGRADO OBJETIVO DEL PROGRAMA: El Ministerio de Comercio, Industria y Turismo, dentro del objetivo de hacer de Colombia un destino turístico de clase
Más detallesREGLAMENTO DE LA DIVISIÓN DEL DOCTORADO DE LA FACULTAD DE MEDICINA 1 CAPÍTULO I OBJETO
REGLAMENTO DE LA DIVISIÓN DEL DOCTORADO DE LA FACULTAD DE MEDICINA 1 CAPÍTULO I OBJETO Artículo 1º.- La División del Doctorado de la Escuela Nacional de Medicina tiene por fines principales los siguientes:
Más detalles1. Ser alumno regular de tiempo completo de licenciatura, maestría o doctorado con promedio mínimo de 8.5
PROGRAMA DE MOVILIDAD ESTUDIANTIL NACIONAL OBJETIVO El Espacio Común de Educación Superior tiene dentro de sus objetivos, el de impulsar la movilidad de estudiantes a través del apoyo a la realización
Más detallesArticulo 4. Articulo 5 Articulo 6. Articulo 7. Articulo 8 Articulo 9. Articulo 10. Articulo 11.
El Consejo Universitario de la Universidad Centroccidental Lisandro Alvarado, reunido en su sesión Nº 2035, Ordinaria, celebrada el día treinta de junio año dos mil diez, en uso de las atribuciones legales
Más detallesREGLAMENTO DE MEDIOS DE APOYO
www.uladech.edu.pe RECTORADO REGLAMENTO DE MEDIOS DE APOYO VERSIÓN 008 Aprobado por el Consejo Universitario con Resolución N 0940-2016-CU-, de fecha 24 de junio de 2016 CHIMBOTE PERÚ Pág. 1 de 7 CAPÍTULO
Más detallesCONSEJO ADMINISTRATIVO RESOLUCIÓN No. 8 de 2012
CONSEJO ADMINISTRATIVO POR MEDIO DE LA CUAL SE ACTUALIZAN LAS POLÍTICAS DE DESCUENTO PARA LOS PROGRAMAS DE PREGRADO, POSGRADO Y EDUCACIÓN PERMANENTE El Consejo Administrativo de la Universidad Tecnológica
Más detallesUNIVERSIDAD PEDAGÓGICA NACIONAL FRANCISCO MORAZAN PROCESO DE SELECCIÓN DEL DOCENTE DISTINGUIDO PARA EL AÑO 2016
UNIVERSIDAD PEDAGÓGICA NACIONAL FRANCISCO MORAZAN PROCESO DE SELECCIÓN DEL DOCENTE DISTINGUIDO PARA EL AÑO 2016 Fundamentos legales de los reconocimientos a los docentes de la UPNFM Art. 145.- La UPNFM
Más detallesCódigo: NI Revisión: 00 Emisión: 24/01/2008
3 Í n d i c e TÍTULO PRIMERO DISPOSICIONES GENERALES...5 DE LAS DISPOSICIONES...5 DE LAS ORIENTACIONES GENERALES DE PRÁCTICAS PROFESIONALES...5 TÍTULO SEGUNDO FUNCIONES...6 DEL DECANO...6 DEL JEFE DE DEPARTAMENTO...6
Más detallesSOLICITUD DE SUBSIDIO 2014 AYUDA para Viajes/Estadías Julio 2014 Junio 2015
ANEXO I PAUTAS PARA LA PRESENTACIÓN DE PEDIDOS DE SUBSIDIOS DE AYUDA PARA VIAJES, ESTADÍAS E INSCRIPCIÓN A CONGRESOS 1. Los beneficiarios serán docentes de la U.N.L.P que realicen tareas de investigación
Más detallesREGLAMENTO DEL DEPARTAMENTO ACADÉMICO DE ARTE TITULO I DEL DEPARTAMENTO ACADÉMICO DE ARTE
REGLAMENTO DEL DEPARTAMENTO ACADÉMICO DE ARTE TITULO I DEL DEPARTAMENTO ACADÉMICO DE ARTE Artículo 1º.- El Departamento Académico de Arte es la unidad de trabajo académico de la Pontificia Universidad
Más detallesUniversidad del Salvador Facultad de Ciencias de la Administración Especialización en Gestión de Organizaciones con Fines Sociales
Universidad del Salvador Facultad de Ciencias de la Administración Especialización en Gestión de Organizaciones con Fines Sociales Especialización en Gestión de Organizaciones con Fines Sociales Reglamento
Más detallesCONVOCATORIA No. DRU - 041
CONVOCATORIA No. DRU - 041 La Subdirección de Gestión Humana de la Corporación Universitaria Minuto de Dios Seccional Bello, invita a las personas interesadas a participar en el siguiente proceso de selección:
Más detallesVISTO el Expediente N 827-1539/13, la Resolución (CS) N 247/05, la Resolución (CS) Nº 097/09, y
QUILMES, 25 de septiembre de 2013 VISTO el Expediente N 827-1539/13, la Resolución (CS) N 247/05, la Resolución (CS) Nº 097/09, y CONSIDERANDO: Que existe una demanda de formación continua por parte de
Más detallesCENTRO DE INVESTIGACIONES Y ESTUDIOS SUPERIORES EN ANTROPOLOGÍA SOCIAL REGLAMENTO GENERAL DEL PROGRAMA BECAS DEL CIESAS
CENTRO DE INVESTIGACIONES Y ESTUDIOS SUPERIORES EN ANTROPOLOGÍA SOCIAL REGLAMENTO GENERAL DEL PROGRAMA BECAS DEL CIESAS CONSIDERANDO: - Que el CIESAS es un organismo público descentralizado, con personalidad
Más detallesCRITERIOS GENERALES DE VALORACIÓN DE MERITOS PARA LA CONTRATACIÓN DE PROFESORADO DE LA UNIVERSIDAD DE GRANADA
CRITERIOS GENERALES DE VALORACIÓN DE MERITOS PARA LA CONTRATACIÓN DE PROFESORADO DE LA UNIVERSIDAD DE GRANADA (Aprobados en Consejo de Gobierno de 23 de julio de 2004 y modificados en Consejo de Gobierno
Más detallesA LOS ALUMNOS DE LA UNAM. PROGRAMA DE MOVILIDAD ESTUDIANTIL NACIONAL Ciclo enero junio de 2017
A LOS ALUMNOS DE LA UNAM PROGRAMA DE MOVILIDAD ESTUDIANTIL NACIONAL Ciclo enero junio de 2017 La Coordinación del Espacio Común de Educación Superior, ECOES informa de los requisitos generales que los
Más detallesFecha. Edición. Beta Pag. Código.
UNIVERSIDAD CATÓLICA DE PEREIRA Sistema de Gestión de Calidad de la Gestión Administrativa y Financiera Proceso: Secretaría Procedimiento: Revisión jurídica de s. Fecha. Edición. Beta Pag. Código. Objetivo:
Más detallesEstancias Posdoctorales Vinculadas al Fortalecimiento de la Calidad del Posgrado Nacional C O N V O C A B A S E S G E N E R A L E S
Estancias Posdoctorales Vinculadas al Fortalecimiento de la Calidad del Posgrado Nacional CONVOCATORIA 2016 (1) Con base a los principios establecidos en el Plan Nacional de Desarrollo 2013-2018, publicado
Más detallesDEPARTAMENTO ACADÉMICO DE VETERINARIA Y ZOOTECNIA MANUAL DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES (MOF)
FACULTAD DE VETERINARIA Y DEPARTAMENTO Versión: 01 /22.11. 2012 Página : Página 1 de 9 DEPARTAMENTO ACADÉMICO DE VETERINARIA Y FUNCIONES (MOF) Av. Honorio Delgado 430 Urb. Ingeniería San Martin de Porres
Más detallesLineamientos Opciones de Grado en la Sede Cundinamarca
Lineamientos Opciones de Grado en la Sede Cundinamarca Aprobados en el Consejo Académico del Abril 30 de 2013 1. La Opción de Grado La opción de grado es un espacio académico que tiene como objetivos i)
Más detallesREGLAMENTO DE BECAS Mayo 2012
REGLAMENTO DE BECAS Mayo 2012 Universidad Marista de San Luis Potosí 1 TITULO I CAPÍTULO I DEL OBJETO, FINES Y CONCEPTO Artículo 1. El presente Reglamento establece las bases y criterios que regulan el
Más detallesPROGRAMA REGLAMENTADO DE BECAS
PROGRAMA REGLAMENTADO DE BECAS La Facultad de Medicina de la Universidad Autónoma de San Luis Potosí, en colaboración con el Comité de Padres de Familia de la Facultad de Medicina, ha creado un Programa
Más detallesINDICE DIRECTIVA ACADÉMICA
INDICE DIRECTIVA ACADÉMICA No. 01 No. 02 No. 03 No. 04 No. 05 No. 06 No. 07 No. 08 No. 09 No. 10 No. 11 No. 12 No. 13 No. 14 No. 15 No. 16 MATRÍCULA DE CURSO SEMESTRAL MATRÍCULA DE CURSO MODULAR MATRÍCULA
Más detallesUNIVERSIDAD PRIVADA DE TACNA
UNIVERSIDAD PRIVADA DE TACNA ESCUELA PROFESIONAL DE ARQUITECTURA Y URBANISMO REGLAMENTO DE CONVALIDACION DE ASIGNATURAS 1997-I TACNA - PERU REGLAMENTO DE CONVALIDACION DE ASIGNATURAS DE LA ESCUELA PROFESIONAL
Más detallesUNIVERSIDAD CENTRAL DE VENEZUELA CONSEJO UNIVERSITARIO Ciudad Universitaria de Caracas
El Consejo Universitario de la Universidad Central de Venezuela, de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 15, numeral 7 de la Ley del Servicio Comunitario del Estudiante de Educación Superior, dicta
Más detallesPROGRAMA BECAS IBEROAMÉRICA. ESTUDIANTES DE GRADO. SANTANDER UNIVERSIDADES
PROGRAMA BECAS IBEROAMÉRICA. ESTUDIANTES DE GRADO. SANTANDER UNIVERSIDADES Convocatoria 2011 Por medio de este Programa, el Santander Río asigna a la Universidad de Buenos Aires la cantidad de 15 (quince)
Más detallesREGLAMENTO GENERAL DE BECAS PARA ALUMNOS
REGLAMENTO GENERAL DE BECAS PARA ALUMNOS Colegio Juan Pablo II 2016 Índice Introducción Capítulo I Tipos de Becas Capítulo II Montos de las becas Capítulo III Fechas límite para la recepción de solicitudes
Más detallesPROCEDIMIENTO INTERNO PARA SOLICITUD DE BECAS PARA ESTUDIANTES EXTERNOS
COMISIÓN DE BECARIOS PROCEDIMIENTO INTERNO PARA SOLICITUD DE BECAS PARA ESTUDIANTES EXTERNOS Elaborado por la Subdirección de Docencia Revisado por la Dirección Académica e integrantes de la Comisión de
Más detallesCONVOCATORIA Programa de Becas para la Formación y Desarrollo de Capital Humano del IMP Becas
CONVOCATORIA Programa de Becas 01-2016 El Instituto Mexicano del Petróleo (IMP), organismo público descentralizado de la Administración Pública Federal reconocido como Centro Público de Investigación,
Más detallesReglamento del Programa de Becas de Investigación
1/5 Reglamento del Programa de Becas de Investigación I. OBJETIVO GENERAL El Programa de Becarios de Investigación del Tecnológico de Monterrey tiene como objetivo ofrecer a alumnos profesionistas una
Más detallesREGLAMENTO DE LA EVALUACIÓN DEL DESEMPEÑO EN LA UNIVERSIDAD INTERNACIONAL DE ANDALUCÍA
REGLAMENTO DE LA EVALUACIÓN DEL DESEMPEÑO EN LA UNIVERSIDAD INTERNACIONAL DE ANDALUCÍA Aprobado por Acuerdo de Consejo de Gobierno de 26 de septiembre de 2012 REGLAMENTO DE LA EVALUACIÓN DEL DESEMPEÑO
Más detallesPOR LA CUAL SE REGLAMENTA LA APERTURA, EL FUNCIONAMIENTO Y CIERRE DE LAS INSTITUCIONES TÉCNICAS SUPERIORES
RESOLUCIÓN N :237/04 POR LA CUAL SE REGLAMENTA LA APERTURA, EL FUNCIONAMIENTO Y CIERRE DE LAS INSTITUCIONES TÉCNICAS SUPERIORES Asunción, 02 de junio del 2004 VISTA: La disposición del artículo 50 de la
Más detallesReglamento de Prácticas Profesionales. Aprobado el 14 de agosto de 2014
Reglamento de Prácticas Profesionales Aprobado el 14 de agosto de 2014 Leyes y Reglamentos de la Universidad Autónoma de Nuevo León Reglamento de Prácticas Profesionales -1 Reglamento de Prácticas Profesionales
Más detallesQue instituye y regula la carrera de Registros y Estadísticas de Salud
No 26314-A Gaceta Oficial Digital, martes 30 de junio de 2009 1 LEY 41 De 30 de junio de 2009 Que instituye y regula la carrera de Registros y Estadísticas de Salud LA ASAMBLEA NACIONAL DECRETA: Artículo
Más detallesPLAN DE ACTUACIONES DE LA INSPECCIÓN DE SERVICIOS DE LA UNIVERSIDAD DE MÁLAGA
PLAN DE ACTUACIONES DE LA DE LA UNIVERSIDAD DE MÁLAGA Curso académico 2015/2016 1 INTRODUCCIÓN El Reglamento de la Inspección de Servicios de la Universidad de Málaga, aprobado por el Consejo de Gobierno,
Más detallesREQUISITOS GENERALES DE ADMISIÓN MAESTRÍA EN CIENCIAS EN INGENIERÍA MECÁNICA
EL INSTITUTO POLITÉCNICO NACIONAL A TRAVÉS DE LA ESCUELA SUPERIOR DE INGENIERÍA MECÁNICA Y ELÉCTRICA UNIDAD ZACATENCO CONVOCA A TODOS LOS INTERESADOS A INGRESAR A LOS PROGRAMAS DE POSGRADO EN INGENIERÍA
Más detallesREGLAMENTO DE PRÁCTICA PROFESIONAL
REGLAMENTO DE PRÁCTICA PROFESIONAL Del Objetivo de la Práctica Profesional. Artículo 1.- La práctica profesional es una instancia de naturaleza práctica y de campo, que se materializa en el área de integración,
Más detallesREGLAMENTO DE BECAS Y AYUDAS ASISTENCIALES
REGLAMENTO DE BECAS Y AYUDAS ASISTENCIALES Reglamento de becas y ayudas asistenciales REGLAMENTO DE BECAS Y AYUDAS ASISTENCIALES ARTÍCULO PRIMERO: Definición: El Reglamento es el conjunto de normas que
Más detallesESPECIALIZACIÓN CURRÍCULUM Y PRÁCTICAS ESCOLARES EN CONTEXTO
FACULTAD LATINOAMERICANA DE CIENCIAS SOCIALES Sede Argentina Ayacucho 551 (1026) Buenos Aires Tel.: 5238-9300 Fax: 4375-1373 flacso@flacso.org.ar www.flacso.org.ar ESPECIALIZACIÓN CURRÍCULUM Y PRÁCTICAS
Más detallesReglamento Interno de la Comisión de Comercio del Mercosur
MERCOSUR/GMC/Res. 61/96 Reglamento Interno de la Comisión de Comercio del Mercosur VISTO, el Tratado de Asunción, el Protocolo de Ouro Preto; la Directiva CCM 1/94 que adoptó el Reglamento Interno de la
Más detallesREGLAMENTO DE BECAS PARA LOS ESTUDIANTES DEL INSTITUTO DE ESTUDIOS BANCARIOS GUILLERMO SUBERCASEAUX Decreto de 31 de julio 2013
REGLAMENTO DE BECAS PARA LOS ESTUDIANTES DEL INSTITUTO DE ESTUDIOS BANCARIOS GUILLERMO SUBERCASEAUX Decreto de 31 de julio 2013 TITULO I - DE LOS OBJETIVOS Artículo 1.- El presente reglamento establece
Más detallesPROGRAMA NACIONAL DE BECAS 2014 BECAS DE CAPACITACIÓN PARA LA EDUCACIÓN SUPERIOR
BECAS DE CAPACITACIÓN BECAS DE EXCELENCIA. El alumno o el docente debe estar cursando un proyecto de capacitación (curso, taller, diplomado) o estar inscrito para su próximo inicio, en el cual se deberán
Más detallesREGLAMENTO BECA FALLECIMIENTO DE SOSTENEDOR ECONÓMICO
REGLAMENTO BECA FALLECIMIENTO DE SOSTENEDOR ECONÓMICO Modificado por Resolución de Rectoría Nº 13/2016, del 11 de abril de 2016. Modificado por Resolución de Rectoría Nº 01/2009, del 06 de enero de 2009.
Más detallesREGLAMENTO PARA TRASLADO DEL PERSONAL ACADÉMICO DE LA UNIVERSIDAD DE PANAMÁ. Capítulo I
REGLAMENTO PARA TRASLADO DEL PERSONAL ACADÉMICO DE LA UNIVERSIDAD DE PANAMÁ Capítulo I Traslados de una Sede a otra dentro de un Área de Especialidad. Artículo 1: Los traslados de Profesores, Regulares,
Más detallesREGLAMENTO DE BECAS Y CREDITOS UNIVERSITARIOS INSTITUTO DE CIENCIAS PARA LA FAMILIA UNIVERSIDAD AUSTRAL
REGLAMENTO DE BECAS Y CREDITOS UNIVERSITARIOS INSTITUTO DE CIENCIAS PARA LA FAMILIA UNIVERSIDAD AUSTRAL TITULO I Parte General ARTÍCULO 1.- universitarios Con el objeto de impulsar la enseñanza sobre temas
Más detallesArtículo 2: A los efectos del artículo anteriores se entiende como Sellos de la Universidad los siguientes:
El Consejo Universitario de la Universidad Centroccidental Lisandro Alvarado, reunido en su sesión Nº 1495, Ordinaria, celebrada el día diez de diciembre de dos mil tres, en uso de las atribuciones que
Más detallesINSTRUCTIVO DE EVALUACIÓN
PROGRAMA FORMACIÓN CAPITAL HUMANO AVANZADO - CONICYT INSTRUCTIVO DE EVALUACIÓN BECA DE DOCTORADO NACIONAL AÑO ACADÉMICO 2014 1 INSTRUCTIVO DE EVALUACIÓN CONCURSO BECA DE DOCTORADO NACIONAL AÑO ACADÉMICO
Más detallesCONVOCATORIA PARA PEQUEÑOS PROYECTOS DE INVESTIGACIÓN PRESENTADOS POR ESTUDIANTES DE PREGRADO DE LA UNIVERSIDAD DE ANTIOQUIA
CONVOCATORIA PARA PEQUEÑOS PROYECTOS DE INVESTIGACIÓN PRESENTADOS POR ESTUDIANTES DE PREGRADO DE LA UNIVERSIDAD DE ANTIOQUIA Aprobada por el Comité para el Desarrollo de la Investigación, CODI, Acta 526,
Más detallesQué normativa rige las operaciones que se realicen a través del SITME por parte de las personas naturales hasta el 31/12/2011?
ABC para realizar Operaciones de compra y venta en bolívares de Títulos en Moneda Extranjera a través del Sistema de Transacciones con Títulos en Moneda Extranjera (SITME) para las Personas Naturales A
Más detallesUniversidad Nacional Autónoma de México Facultad de Medicina. División de Estudios de Posgrado
Universidad Nacional Autónoma de México Facultad de Medicina División de Estudios de Posgrado Lineamientos Operativos de los Cursos de Posgrado de Alta Especialidad en Medicina Este documento obedece a
Más detallesReglamento Programa de Becas en Manejo del Dolor 2015 Centro de Entrenamiento en Anestesiología WFSA - CLASA Buenos Aires, Argentina.
Federación Mundial de Sociedades de Anestesiología WFSA Confederación Latinoamericana de Sociedades de Anestesiología CLASA Comisión de Educación Reglamento Programa de Becas en Manejo del Dolor 2015 Centro
Más detallesDESCRIPCIÓN DEL PUESTO IDENTIFICACIÓN DEL PUESTO
Jefe del Departamento de Documentación y Biblioteca DESCRIPCIÓN DEL PUESTO IDENTIFICACIÓN DEL PUESTO DENOMINACIÓN DEL PUESTO: CATEGORÍA: UBICACIÓN: PUESTO DE JEFE INMEDIATO: Jefe del Departamento de Documentación
Más detallesNORMAS DEL LABORATORIO DE INTERPRETACIÓN DEL SUBSUELO DEL DEPARTAMENTO DE GEOFÍSICA
NORMAS DEL LABORATORIO DE INTERPRETACIÓN DEL SUBSUELO DEL DISPOSICIONES GENERALES ARTÍCULO 1 El Laboratorio de Interpretación del Subsuelo está adscrito administrativamente al Departamento de Geofísica,
Más detallesCONVOCATORIA ESTATAL
SECRETARÍA DE EDUCACIÓN DEL GOBIERNO DEL ESTADO DE YUCATÁN CONSEJO ESTATAL DE EDUCACIÓN BÁSICA PROGRAMA ESTATAL DE APOYO PARA LA GESTIÓN ESCOLAR (PEAGE) CONVOCATORIA ESTATAL 2014-2015 En el marco de la
Más detallesCentro de Enseñanza para Extranjeros. Biblioteca Simón Bolívar Reglamento interno
Centro de Enseñanza para Extranjeros Biblioteca Simón Bolívar Reglamento interno CAPÍTULO PRIMERO Disposiciones generales Artículo 1. La biblioteca "Simón Bolívar" del Centro de Enseñanza para Extranjeros
Más detallesArtículo 8 Los estudiantes beneficiarios realizarán una labor de apoyo en las Facultades y en algunas dependencias de la universidad según
REGLAMENTO DEL PROGRAMA DE BECA Y MEDIA BECA, BOLSA DE TRABAJO, COMEDOR UNIVERSITARIO Y AYUDANTÍA DE CÁTEDRA QUE OFERTA LA OFICINA DE BIENESTAR UNIVERSITARIO PARA ESTUDIANTES DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL
Más detallesINSTITUTO DE MEDICINA TROPICAL MINISTERIO DE SALUD PÚBLICA Y BIENESTAR SOCIAL
INSTITUTO DE MEDICINA TROPICAL MINISTERIO DE SALUD PÚBLICA Y BIENESTAR SOCIAL DIRECCION GENERAL DIRECCION MÉDICA DIRECCION DE SALUD PÚBLICA COMITÉ DE DOCENCIA DEPARTAMENTO DE DOCENCIA E INVESTIGACION REGLAMENTO
Más detallesB A S E S. Sobre las promociones
ANEXO Convocatoria para que los miembros del Servicio Profesional Electoral participen en el proceso para el otorgamiento de las promociones en rango que derivan del modelo del Estatuto de 2010, correspondiente
Más detallesUniversidad Centroamericana José Simeón Cañas REGLAMENTO DE SERVICIO SOCIAL
Universidad Centroamericana José Simeón Cañas REGLAMENTO DE SERVICIO SOCIAL Í N D I C E Página CAPÍTULO I Naturaleza y objetivos... 105 CAPÍTULO II Modalidades... 106 CAPÍTULO III Registro... 106 CAPÍTULO
Más detallesNormativa sobre el profesorado del Instituto de Idiomas
Normativa sobre el profesorado del Instituto de Idiomas Fecha de aprobación: noviembre de 2006 DISPOSICIONES GENERALES 1. El profesorado vinculado al Instituto de Idiomas de la Universidad de Navarra mediante
Más detallesESCUELA DE POSGRADO. (Aprobado en sesión del Consejo de Gobierno de 27 de noviembre de 2008)
ESCUELA DE POSGRADO (Aprobado en sesión del Consejo de Gobierno de 27 de noviembre de 2008) Artículo 1. Objeto La Escuela de Posgrado de la Universidad de Granada tiene por objeto la gestión y coordinación
Más detallesPROCESO CAS N ANA COMISION CONVOCATORIA PARA LA CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA DE SERVICIOS DE UN (01) ESPECIALISTA EN PRESUPUESTO
PROCESO CAS N 135-2015-ANA COMISION CONVOCATORIA PARA LA CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA DE SERVICIOS DE UN (01) ESPECIALISTA EN PRESUPUESTO 1. Objeto de la convocatoria Contratar los servicios de UN (01)
Más detallesREGLAMENTO DE AÑO SABÁTICO PARA DOCENTES REGLAMENTO DE AÑO SABÁTICO PARA DOCENTES DE LA UNIVERSIDAD BOLIVIANA
REGLAMENTO DE AÑO SABÁTICO PARA DOCENTES REGLAMENTO DE AÑO SABÁTICO PARA DOCENTES DE LA UNIVERSIDAD BOLIVIANA 379 XI CONGRESO NACIONAL DE UNIVERSIDADES REGLAMENTO DE AÑO SABÁTICO PARA DOCENTES DE LA UNIVERSIDAD
Más detallesREGLAMENTO DE PROYECCIÓN SOCIAL Y EXTENSION UNIVERSITARIA
REGLAMENTO DE PROYECCIÓN SOCIAL Y EXTENSION UNIVERSITARIA REGLAMENTO DE PROYECCIÓN SOCIAL Y EXTENSION UNIVERSITARIA CAPITULO I: GENERALIDADES Artículo 1 : Artículo 2 : El presente Reglamento tiene como
Más detallesREGLAMENTO INTERNO COMITÉ DE SOLIDARIDAD
REGLAMENTO INTERNO COMITÉ DE SOLIDARIDAD La Junta Directiva del FEPEP, en uso de sus facultades estatutarias, establece el presente Reglamento del COMITÉ DE SOLIDARIDAD. TÍTULO I GENERALIDADES ARTÍCULO
Más detallesConvocatoria Becas a estudiantes de Maestría y Doctorado en proyectos de investigación.
Convocatoria Becas a estudiantes de Maestría y Doctorado en proyectos de investigación. ESCUELA DE ECONOMÍA Y FINANZAS DEPARTAMENTO DE ECONOMÍA MAESTRÍA EN ECONOMÍA El Departamento de Economía presenta
Más detallesBeca de Reconocimiento a la Investigación Estudiantes Pregrado Convocatoria Semestre
Beca de Reconocimiento a la Investigación Estudiantes Pregrado Convocatoria Semestre 2016 1 Por medio de esta distinción se hace un reconocimiento al graduando de pregrado que durante su carrera, ha tenido
Más detallesAsignatura Prácticas en Empresa Normativa Curso
Escuela Técnica Superior de Ingeniería Aeronáutica y del Espacio. Máster Universitario en Ingeniería Aeronáutica. Asignatura de 2º curso. Prácticas en Empresa Asignatura Prácticas en Empresa Normativa
Más detallesPROGRAMA INSTITUCIONAL DE TUTORÍAS
PROGRAMA INSTITUCIONAL DE TUTORÍAS Lineamientos Generales El Programa Institucional de Tutorías (PIT) es uno de los programas prioritarios contenidos en el Plan de Desarrollo Institucional 2001-2005, teniendo
Más detallesREGLAMENTO GENERAL DE INVESTIGACIÓN
UNIVERSIDAD AUTONOMA DE ASUNCIÓN FACULTAD DE CIENCIAS DE LA SALUD CARRERA ODONTOLOGIA REGLAMENTO GENERAL DE INVESTIGACIÓN 2011 ASUNCIÓN PARAGUAY INDICE Prólogo... 3 CAPITULO I GENERALIDADES Y OBJETIVOS...
Más detallesBASES DE LAS BECAS DE FORMACIÓN
BASES DE LAS BECAS DE FORMACIÓN Aprobado en el Consejo de Gobierno de 8 de octubre de 2004. El Programa de Becas Formación de la Oficina de Prácticas Externas y Orientación Profesional (OPE), financiado
Más detallesREGLAMENTO DE ESTADÍA CAPITULO I DEFINICIONES GENERALES
REGLAMENTO DE ESTADÍA CAPITULO I DEFINICIONES GENERALES Cuando en este Reglamento se utilice el término Universidad, se entenderá que se refiere a la Universidad Tecnológica de Oriental, la cual es miembro
Más detallesIII PARTE: ESTUDIANTES REGULARES Y DE OTRAS CATEGORÍAS
EXTRACTO, MANUAL GENERAL DE PROCEDIMIENTOS DE ADMISIÓN PARA EL INGRESO A LAS CARRERAS DE GRADO DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL, III PARTE: ESTUDIANTES REGULARES Y DE OTRAS CATEGORÍAS 3. Estudiantes especiales
Más detallesEL CONSEJO UNIVERSITARIO DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL EXPERIMENTAL DEL TÁCHIRA. En uso de las facultades Reglamentarias, dicta las siguientes
EL DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL EXPERIMENTAL En uso de las facultades Reglamentarias, dicta las siguientes NORMAS DE REVÁLIDAS DE TÍTULOS Capítulo I De las Disposiciones Generales Artículo 1: Artículo 2:
Más detallesOBJETIVO CONDICIONES Y CARACTERISTICAS GENERALES
La Pontificia Universidad Católica de Valparaíso a través de la Dirección de Estudios Avanzados ha creado un conjunto de instrumentos de financiamiento, para el fortalecimiento y aseguramiento de la calidad
Más detallesNORMAS PARA CREACION, APROBACIÓN Y MANEJO DE UN FONDO ROTATORIO
NORMAS PARA CREACION, APROBACIÓN Y MANEJO DE UN FONDO ROTATORIO SE DICTAN LAS PRESENTES NORMAS PARA LA CREACIÓN, APROBACIÓN Y MANEJO DE UN FONDO ROTATORIO DE LA CREACIÓN 1. La creación de los FONDOS ROTATORIOS
Más detallesNORMAS COMPLEMENTARIAS AL REGLAMENTO GENERAL DE ESTUDIOS DE POSGRADO PARA LOS PROGRAMAS QUE SE IMPARTEN EN LA FACULTAD DE DERECHO, CAMPUS MEXICALI
NORMAS COMPLEMENTARIAS AL REGLAMENTO GENERAL DE ESTUDIOS DE POSGRADO PARA LOS PROGRAMAS QUE SE IMPARTEN EN LA FACULTAD DE DERECHO, CAMPUS MEXICALI CAPÍTULO I DISPOSICIONES GENERALES Artículo 1. Las presentes
Más detallesREGLAMENTO DEL CONSEJO TÉCNICO CONSULTIVO DEL CIESAS. ARTÍCULO l. FUNCIONES
REGLAMENTO DEL CONSEJO TÉCNICO CONSULTIVO DEL CIESAS ARTÍCULO l. FUNCIONES El Consejo Técnico Consultivo es el máximo órgano colegiado académico del CIESAS para la asesoría y consulta obligada de la Dirección
Más detallesREFORMA AL REGLAMENTO DEL FONDO ESPECIAL PARA LA ELABORACIÓN DE PROGRAMAS (FEP)
REFORMA AL REGLAMENTO DEL FONDO ESPECIAL PARA LA ELABORACIÓN DE PROGRAMAS (FEP) ARTÍCULO 1. La Caja de Ahorro y Previsión del Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria -SENIAT-
Más detallesReglamento de Actividades Paraacadémicas
Pág. Nº 1 de 20 REGLAMENTO DE ACTIVIDADES PARAACADÉMICAS N 7-R-2011 Pág. Nº 10 de 20 mismo medio. El responsable de realizar la evaluación, nombrado por la organización, evaluará al estudiante y certificará
Más detallesGERENCIA NACIONAL DE BECAS
GERENCIA NACIONAL DE BECAS PROGRAMA DE BECAS NACIONALES BECA BONO DE DESARROLLO HUMANO (BDH) Quiénes son beneficiarios de la beca Bono de Desarrollo Humano (BDH)? Los beneficiarios de la beca Bono de Desarrollo
Más detallesREPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA UNIVERSIDAD PEDAGÓGICA EXPERIMENTAL LIBERTADOR CONSEJO UNIVERSITARIO
GACETA UNIVERSIDAD PEDAGÓGICA EXPERIMENTAL LIBERTADOR Caracas, 02 de mayo de 2001 Depósito legal pp 88-0343 Año XIV Número I Resolución N 2000.215.685.74 REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA UNIVERSIDAD
Más detallesREGLAMENTO DE BECAS INSTITUTO UNIVERSITARIO ITALIANO DE ROSARIO. Aprobado por Resolución Rectoral Nº 06/12 de fecha 11/04/2012 REGLAMENTO DE BECAS
REGLAMENTO DE BECAS INSTITUTO UNIVERSITARIO ITALIANO DE ROSARIO Aprobado por Resolución Rectoral Nº 06/12 de fecha 11/04/2012 REGLAMENTO DE BECAS 1.-) Podrá ser candidato a obtener una de las becas de
Más detallesFUNDACIÓN JOSÉ ORTIZ ÁVILA A.C. CONVOCATORIA PARA BECAS DE EDUCACIÓN SUPERIOR CICLO ESCOLAR
Página 1 de 5 FUNDACIÓN JOSÉ ORTIZ ÁVILA A.C. CONVOCATORIA PARA BECAS DE EDUCACIÓN SUPERIOR CICLO ESCOLAR 2016 2017 La Fundación José Ortiz Ávila A.C., con fundamento en sus estatutos y demás disposiciones
Más detallesCONTRATACIÓN DE PERSONAL
Hoja: 1 de 6 CONTRATACIÓN DE Puesto Elaboró: Revisó: Autorizó: Jefe de Departamento de Subdirector de Recursos Humanos Director de Administración Firma Hoja: 2 de 6 1. Propósito Establecer los lineamientos
Más detallesAsignatura Prácticas en Empresa Normativa Curso
Escuela Técnica Superior de Ingeniería Aeronáutica y del Espacio. Máster Universitario de Sistemas de Transporte. Asignatura de 2º curso. Prácticas en Empresa Asignatura Prácticas en Empresa Normativa
Más detallesREGLAMENTO INTERNO DEL COMITÉ DE COMPENSACIONES DE LA JUNTA DIRECTIVA DE EEB S.A. E.S.P.
REGLAMENTO INTERNO DEL COMITÉ DE COMPENSACIONES DE LA JUNTA DIRECTIVA DE EEB S.A. E.S.P. Artículo 1.- Objeto del Comité de Compensaciones El Comité de Compensaciones de la Junta Directiva (en adelante
Más detallesUNIVERSIDAD DE LOS ANDES FACULTAD DE CIENCIAS ECONOMICAS Y SOCIALES DECANATO REGLAMENTO PARA SOLICITAR LA REINCORPORACION POR CAUSAS NO IMPUTABLES
UNIVERSIDAD DE LOS ANDES FACULTAD DE CIENCIAS ECONOMICAS Y SOCIALES DECANATO REGLAMENTO PARA SOLICITAR LA REINCORPORACION POR CAUSAS NO IMPUTABLES TITULO I DISPOSICIONES FUNDAMENTALES Artículo 1. El presente
Más detalles1.06. y que a juicio de las unidades académicas de las Universidades, tengan credenciales suficientes y/o experiencia laboral.
REPÚBLICA DE VENEZUELA, CONSEJO NACIONAL DE UNIVERSIDADES SECRETARIADO PERMANENTE, Nro. 49, Caracas, 18 de septiembre de 1996 El Consejo Nacional de Universidades en uso de las atribuciones que le confiere
Más detallesVicerrectorado de Docencia y Profesorado
UNIVERDAD DE JAÉN BAREMO PARA PROFESOR SUSTITUTO INTERINO Cód. Tipo de mérito Valor unitario Afinidad Individualizado [9] I. FORMACIÓN ACADÉMICA I.1. Titulación I.1.1. Nota media de las asignaturas cursadas
Más detallesREGLAMENTO DE PRÁCTICA PROFESIONAL/FINAL
REGLAMENTO DE PRÁCTICA PROFESIONAL/FINAL T Í T U L O I DEL CONCEPTO, PROPÓSITO Y REQUISITOS. Artículo 1 : La Práctica Profesional/Final es el conjunto de actividades educativas que el alumno debe realizar
Más detallesREGLAMENTO DE BECAS PARA LOS ESTUDIANTES DE LA UNIVERSIDAD TÉCNICA DEL NORTE CAPÍTULO I. De la creación y naturaleza
REGLAMENTO DE BECAS PARA LOS ESTUDIANTES DE LA UNIVERSIDAD TÉCNICA DEL NORTE CAPÍTULO I De la creación y naturaleza Art. 1.- Se crea en la Universidad Técnica del Norte, la beca estudiantil que consiste
Más detallesUNIVERSIDAD DE SONORA DIRECCIÓN DE SERVICIOS ESTUDIANTILES LINEAMIENTOS PARA LA ASIGNACIÓN DE BECAS ESTUDIANTILES DISPOSICIONES GENERALES
UNIVERSIDAD DE SONORA DIRECCIÓN DE SERVICIOS ESTUDIANTILES LINEAMIENTOS PARA LA ASIGNACIÓN DE BECAS ESTUDIANTILES DISPOSICIONES GENERALES 1. El presente reglamento tiene como objeto regular las bases,
Más detallesUNIVERSIDAD DE LIMA REGLAMENTO
UNIVERSIDAD DE LIMA REGLAMENTO GENERAL DE GRADOS Y TÍTULOS ENERO 2016 ÍNDICE TÍTULO I Generalidades 3 TÍTULO II Condición de egresado 3 TÍTULO III Grado académico de Bachiller 4 TÍTULO IV Título profesional
Más detallesREGLAMENTO DEL PROGRAMA DE ESTUDIOS SEMIPRESENCIALES. CAPITULO I Disposiciones Generales
REGLAMENTO DEL PROGRAMA DE ESTUDIOS SEMIPRESENCIALES CAPITULO I Disposiciones Generales Artículo 1. El Programa de Estudios Semipresenciales se refiere a una modalidad educativa mixta con elementos de
Más detallesREGLAMENTO DEL PROGRAMA DE BECAS DE LA DIRECCION MUNICIPAL DE EDUCACION DEL H. AYUNTAMIENTO DE LOS CABOS, B.C.SUR.
REGLAMENTO DEL PROGRAMA DE BECAS DE LA DIRECCION MUNICIPAL DE EDUCACION DEL H. AYUNTAMIENTO DE LOS CABOS, B.C.SUR. DISPOSICIONES GENERALES Artículo 1. El presente Reglamento, tiene por objeto, establecer
Más detallesNormas para la Reubicación de Estudiantes que ya ingresaron al Sub- Sistema de Educación Superior y que desean realizar cambio de carrera.
Normas para la Reubicación de Estudiantes que ya ingresaron al Sub- Sistema de Educación Superior y que (Consejo Universitario No. 296, 20-10-83) La reubicación por cambio de carreras solo puede ser autorizada
Más detallesCARTA FUNDAMENTAL DE LOS JUEGOS DEPORTIVOS NACIONALES INTERCOLEGIOS DE ABOGADOS DE VENEZUELA
CARTA FUNDAMENTAL DE LOS JUEGOS DEPORTIVOS NACIONALES INTERCOLEGIOS DE ABOGADOS DE VENEZUELA CARTA FUNDAMENTAL DE LOS JUEGOS DEPORTIVOS NACIONALES INTERCOLEGIOS DE ABOGADOS DE VENEZUELA DISPOSICIONES GENERALES
Más detalles