REGLAS DE OPERACIÓN PARA OTORGAR APOYOS PARA ESTUDIOS E INVESTIGACIONES SUBSIDIOS - BECAS DEL CADE

Tamaño: px
Comenzar la demostración a partir de la página:

Download "REGLAS DE OPERACIÓN PARA OTORGAR APOYOS PARA ESTUDIOS E INVESTIGACIONES SUBSIDIOS - BECAS DEL CADE"

Transcripción

1 REGLAS DE OPERACIÓN PARA OTORGAR APOYOS PARA ESTUDIOS E INVESTIGACIONES SUBSIDIOS - BECAS DEL CADE La Unidad Institucional que otorga las becas es la Dirección Académica de este Centro con el presupuesto anual asignado en la partida 4000, de acuerdo a la disponibilidad presupuestal. 2.- En base a lo establecido en el Reglamento del CADE la cuota máxima a que tiene derecho cada investigador, es de una beca completa para tesista de licenciatura. 3.- Para recibir la beca el estudiante deberá comprobar con algún documento de la Institución de procedencia (boleta, constancia, ó certificado parcial), que cuenta con un promedio mínimo de 80 puntos. 4.- En caso de ser necesario, se otorgarán becas de complementación a estudiantes de doctorado que se encuentren en los últimos semestres de su plan de estudios y que no cuenten con beca de CONACYT.

2 REGLAMENTO GENERAL DEL CONSEJO DE ASUNTOS DE ESTUDIANTES (CADE) Capítulo 1. Definición y estructura del CADE. Articulo 1 El CADE es el órgano que coordina, regula y administra los asuntos de los estudiantes de nivel medio superior, de licenciatura y postgrado externo. Artículo 2 El CADE estará integrado por un investigador de cada una de las Unidades de investigación del Centro y el jefe del Departamento de Servicios Docentes. Artículo 3 El CADE estará presidido por el Director Académico del Centro. Artículo 4 El Investigador que sea representante ante el CADE, deberá ser nombrado por el director de la unidad para este fin. Artículo 5 El cargo de representante ante el CADE tendrá una duración máxima de dos años, y podrá ser ratificado para un período adicional. Capítulo 2 TITULO I DE LAS ATRIBUCIONES Y OBLIGACIONES DEL CADE Artículo 6 Son atribuciones y obligaciones del CADE: 1. Analizar y dictaminar los siguientes tipos de solicitudes de ingreso de estudiantes al CICY: a) Entrenamiento. b) Servicio social. c) Prácticas profesionales. d) Elaboración de tesis de licenciatura. e) Elaboración de tesis de posgrado externo. 2. Generar mensualmente el listado de estudiantes con las resoluciones de cada caso.

3 TITULO II 3. Hacer del conocimiento de los estudiantes el Reglamento General del CADE. 4. Coadyuvar a la resolución de las necesidades de los estudiantes, mediante las siguientes acciones. a) Orientar y proporcionar la información necesaria al estudiante para tramitar su solicitud de ingreso al Centro. b) Proporcionar la documentación necesaria que certifique su estancia en el Centro, así como tramitar la credencial de identificación del estudiante. Administrar las becas que proporciona el Centro. Conciliar, cuando el caso lo amerite, las relaciones de los estudiantes con sus asesores, previa solicitud por escrito de alguna de las partes. 5. Informar mensualmente a la Biblioteca y al Departamento de Cómputo y los miembros del Consejo Interno del padrón de estudiantes y los movimientos de categorías y de los seminarios estudiantes de posgrados. 6. Informar mensualmente a la dirección Administrativa, del padrón de estudiantes y los movimientos de categorías, así como del importe de las becas. 7. Actualizar la información presupuestal para mantener el número de estudiantes de licenciatura en un rango económicamente operativo para el Centro. DE LOS ESTUDIANTES. Artículo 7. El ingreso a la institución en cualquiera categoría deberá ser aprobado por el CADE de acuerdo a los lineamientos de admisión. Artículo 8º Las categorías de los estudiantes admitidos al CADE, son las siguientes: 1. Entrenamiento o estancias de investigación 2. Servicio social. 3. Prácticas o residencias profesionales. 4. Tesista de licenciatura o trabajo equivalente 5. Tesista de posgrado externo

4 Artículo 9.- La categoría de entrenamiento incluye a todos aquellos estudiantes que realizan una estancia en el Centro, diferente a la de servicio social, práctica profesional o elaboración de tesis de licenciatura o posgrado externo. Artículo 10 Los requisitos para que un estudiante sea admitido en el CADE en las primeras tres categorías mencionadas, son los siguientes: a) Presentar constancia de tener un promedio mínimo general de 80 puntos, especificando el porcentaje de créditos cubiertos. Sólo a petición del investigador serán considerados como candidatos aquellos estudiantes con promedio menor a 80 y mayor a 75, y únicamente se aceptará un estudiante por investigador bajo estas condiciones. Los estudiantes con promedios menores a 75 no serán considerados como candidatos, bajo ninguna circunstancia. b) Llenar la solicitud de ingreso. c) Proporcionar dos fotografías a color, tamaño infantil. d) Llenar el formato de credencial. e) Llenar una boleta del seguro contra accidentes. f) Entregar oficio de la Institución de procedencia que avale que ha concluido el 6º semestre de la carrera, o bien, que ha cubierto los créditos necesarios para realizar la actividad académica que solicita. g) Firmar el convenio de derechos de autor que estipula que el estudiante se restringe de divulgar o usar con fines de lucro, comercial o industrial la información científica recabada en sus notas, bitácora, reportes o tesis, durante su estancia en este Centro. Artículo 11 La estancia de los estudiantes de entrenamiento, servicio social, o prácticas profesionales, dependerá del programa aprobado por el CADE con base en los requerimientos de la Institución de procedencia. Previo a su aceptación en el CADE, los estudiantes de servicio social y prácticas profesionales deberán elaborar con el asesor un programa de trabajo que esté de acuerdo con los requerimientos de la Institución de adscripción. Artículo 12 Los requisitos para que un estudiante sea admitido en el CADE en calidad de tesista de licenciatura son: a) Presentar constancia con promedio general mínimo de 80 puntos y estar cursando el último semestre de la carrera ó haber concluido el 100% de los créditos de la misma. En el caso de los alumnos que hayan realizado sus prácticas profesionales y/o servicio social en el Centro, no será necesario haber cubierto el total de los créditos. b) Presentar un anteproyecto de tesis, avalado por el asesor responsable.

5 c) Llenar la solicitud de ingreso firmado por el asesor y con el visto bueno del director de la unidad correspondiente. d) Proporcionar dos fotografías a color, tamaño infantil. e) Llenar el formato de gafete de identificación. f) Llenar una boleta del seguro contra accidentes. g) Entregar el acuerdo o convenio de la institución de procedencia, cuando sea el caso. h) Firmar el convenio de derechos de autor donde se estipula que el estudiante reconoce al CICY como propietario de éstos y se restringe de divulgar o usar con fines de lucro, comercial o industrial la información científica recabada durante su estancia en este Centro en sus notas, bitácora, reportes o tesis. Artículo 13. El período de elaboración de la tesis de licenciatura será de 12 meses, con una posible y única prórroga de seis meses, ésta sin beca de CADE. El asesor deberá solicitar y justificar ante el CADE dicha prórroga. Artículo 14 Los requisitos para que un estudiante sea admitido en el CADE en calidad de tesista de posgrado externo, son: a) Presentar constancia de estudios de la institución de procedencia. b) Entregar una copia de su proyecto de tesis avalada por su (s) asesor (es), uno de los cuales debe ser investigador del Centro. c) Llenar la solicitud de ingreso firmado por el asesor y con el visto bueno del director de la unidad correspondiente. d) Proporcionar dos fotografías a color, tamaño infantil. e) Llenar el formato de gafete de identificación. f) Llenar una boleta del seguro contra accidentes g) Firmar el convenio de derechos de autor donde se estipula que el estudiante reconoce al CICY como propietario de éstos y se restringe de divulgar o usar con fines de lucro, comercial o industrial la información científica recabada durante su estancia en este Centro en sus notas, bitácora, reportes o tesis.

6 DE LAS OBLIGACIONES DEL ESTUDIANTE ARTÍCULO 15º Son obligaciones de los estudiantes: a) Llevar una bitácora con observaciones y resultados derivados de su actividad. b) Reconocer al CICY como propietario de los derechos de autor y se restringe de divulgar o usar con fines de lucro, comercial o industrial la información científica recabada durante su estancia en este Centro en sus notas, bitácora, reportes o tesis. c) Los estudiantes de posgrado externo admitidos en el CADE, contraen por este hecho la obligación de presentar sus avances, cuando menos una vez al año, mediante un seminario programado de acuerdo con su asesor y el Director de la Unidad correspondiente. Artículo 16 Todo estudiante admitido en el CADE queda sujeto al estatuto y los reglamentos internos de la institución y podrá participar únicamente en actividades académicas en la Unidad correspondiente; por lo tanto debe conocer y acatar todas las disposiciones contenidas en este Reglamento. Artículo 17 Durante su estancia en el Centro, el estudiante con beca del CADE tendrá los siguientes derechos: a) Una ayuda económica mensual. b) Un seguro contra accidentes dentro de las instalaciones del CICY o en campo. Artículo 18 El estudiante que no goce de beca del CADE, también tendrá derecho a un seguro contra accidentes dentro de las instalaciones del CICY o en campo Artículo 19 Al terminar su estancia, el estudiante, dependiendo de su categoría, deberá entregar en el formato correspondiente: a) Una copia del informe de actividades a su(s) asesor(es) y al Presidente del CADE, con el visto bueno del asesor (es) y del representante del CADE. b) Una copia de la tesis a la Unidad donde realizó su trabajo, una copia(s) a su asesor (es) y una a la Biblioteca, dando reconocimiento en su investigación tanto al asesor como al propio Centro. c) Cuando el estudiante haya recibido apoyo económico a través de proyecto externo, también deberá dar reconocimiento a la institución otorgante, mencionando la clave del proyecto.

7 TITULO III DE LOS ASESORES Y COASESORES Artículo 20 Podrán ser asesores y coasesores de los tesistas de licenciatura, así como de los estudiantes de entrenamiento, servicio social o prácticas profesionales, los Profesores-investigadores, los Ingenieros y los técnicos académicos respectivamente, siempre y cuando estos últimos cuenten con la autorización del investigador que los coordina. Artículo 21º Únicamente se podrán dirigir tesis cuando el tema de la misma sea parte de un proyecto de investigación o desarrollo tecnológico aprobado por el centro. Artículo 22. En ningún caso los estudiantes de posgrado interno podrán ser asesores.o coasesores de aquellos que realicen actividades de entrenamiento, prácticas profesionales, servicio social o tesis. Artículo 23. Podrán desempeñarse como asesores de tesis de posgrado únicamente los Profesores-investigadores. Artículo 24º. Son obligaciones de todo asesor o coasesor, las siguientes: a) Vigilar el estricto cumplimiento de lo dispuesto por los reglamentos que rigen la estancia de todo estudiante. b) Informar en el plazo de un mes al CADE, todo cambio en la situación escolar de los estudiantes a su cargo. c) Asumir la responsabilidad por el desempeño académico de sus estudiantes y por el cumplimiento satisfactorio y oportuno de sus compromisos. d) Solicitar al CADE las prórrogas para tesistas de licenciatura, mediante el Formato de CADE correspondiente. e) Avalar con su firma el Formato de CADE, en el cual conste la devolución de la credencial de identificación, la bitácora, medio de almacenamiento informático, equipos y materiales de trabajo que estuviesen a cargo de sus estudiantes en el momento de concluir su estancia en el CICY. f) Exhortar a sus estudiantes que hayan abandonado sus actividades en el Centro, a cumplir las obligaciones contraídas al inicio de su estancia. En caso de no haber una respuesta positiva, el asesor procederá a tramitar la baja definitiva del estudiante. Artículo 25 Para formalizar ante el CADE una coasesoría de tesis de licenciatura o posgrado externo, deberán cumplirse los requisitos siguientes: a) Entregar al CADE la solicitud de coasesoría avalada por el asesor durante los tres primeros meses del desarrollo de la tesis.

8 b) Ningún tesista tendrá más de un coasesor. TITULO IV c) El asesor y el coasesor de la tesis compartirán los mismos créditos y responsabilidades por esta actividad. DE LAS OBLIGACIONES DE LOS REPRESENTANTES DEL CADE. Artículo 26.-Serán obligaciones de los representantes en el CADE, las siguientes: TITULO V a) Turnar oportunamente al Presidente del CADE las solicitudes y movimientos de la Unidad que representa. b) Supervisar el funcionamiento de las áreas destinadas a los estudiantes y vigilar el estricto cumplimiento de las disposiciones reglamentarias del Centro. c) Turnar al CADE las solicitudes de conciliación que presenten los asesores o estudiantes de su Unidad. d) Solicitar al Presidente del CADE, convocar a reunión para tratar asuntos cuya urgencia o importancia lo ameriten. e) Mantener informado a los investigadores de sus respectivas Unidades sobre cualquier resolución del CADE. f) En caso de vencimiento de prórroga de tesistas de licenciatura, o de posgrado externo, solicitar un oficio al asesor donde indique su próxima fecha de examen. DEL NUMERO DE ESTUDIANTES POR ASESOR O TUTOR Artículo 27.- El número de estudiantes becados al que tiene derecho cada asesor dependerá de: a) Del presupuesto anual disponible para la formación de recursos humanos. En todo caso, la cuota máxima a que tendrá derecho cada investigador será de un tesista de licenciatura por año pagado con recursos fiscales. b) Un investigador, miembro del SNI, con infraestructura y recursos propios, podrá admitir más estudiantes, solicitando a la dirección de la Unidad su autorización y realizar ante la Dirección Administrativa el trámite correspondiente. c) En el caso de los investigadores de recién ingreso que no sean miembros del SNI, durante los primeros tres años de su estancia en el centro,

9 podrán admitir más estudiantes, si cuentan con recursos propios y con la autorización del Director de la Unidad. TITULO VI DE LAS SANCIONES Artículo 28º.- A cualquier investigador que haya contado con el apoyo del CADE y que en forma reiterativa no haya logrado culminar la titulación del estudiante se le negará el apoyo económico. Artículo 29.- Cualquier violación al presente Reglamento por parte de los estudiantes podrá ser sancionada por el CADE con: 1. - Amonestación por escrito Anulación de los derechos establecidos en este Reglamento y baja inmediata del Centro. Artículo 30º.- Cualquier persona de la institución (académico o administrativo) que viole el presente Reglamento, será sancionada por el Consejo Técnico Consultivo Interno, a solicitud del CADE, a través de: 1.- Amonestación por escrito, o 2.- Inhabilitación temporal de los derechos y facultades establecidos en este Reglamento. Artículo 31.- Las sanciones a los estudiantes de CADE referidas en el artículo 28 serán aplicadas, según la gravedad de la falta en que se incurra, por el representante del CADE o por el CADE mismo. Artículo 32.- No existirá ningún tipo de relación laboral entre el Centro y el estudiante, quien tampoco podrá disfrutar de ninguna de las prestaciones otorgadas al personal académico y administrativo adscrito al Centro. Cualquier excepción a estas disposiciones reglamentarias, previa solicitud justificada y debidamente documentada por parte del interesado, será sometida a la consideración del Consejo Interno, instancia superior que resolverá definitivamente sobre el particular.

10 TRANSITORIOS PRIMERO.- El presente Reglamento entrará en vigor al día siguiente de ser aprobado por el Consejo Interno de este Centro. SEGUNDO.- Se abrogan todas las disposiciones del Reglamento del CADE anterior a éste, así como los acuerdos y ordenamientos que se opongan al presente. ESTE REGLAMENTO FUE APROBADO EN SESION ORDINARIA DEL CONSEJO TÉCNICO CONSULTIVO INTERNO DE ESTE CENTRO, CELEBRADA EL 24 DE MAYO DE 2004.

Econ. SEGUNDO IPANAQUE ZAPATA Jefe Área Académica de Computación e Informática

Econ. SEGUNDO IPANAQUE ZAPATA Jefe Área Académica de Computación e Informática Econ. SEGUNDO IPANAQUE ZAPATA Jefe Área Académica de Computación e Informática 2013 OBJETIVOS El presente ordenamiento tiene por objeto regular las diferentes actividades y las competencias que corresponde

Más detalles

1. Ser alumno regular de tiempo completo de licenciatura, maestría o doctorado con promedio mínimo de 8.5

1. Ser alumno regular de tiempo completo de licenciatura, maestría o doctorado con promedio mínimo de 8.5 PROGRAMA DE MOVILIDAD ESTUDIANTIL NACIONAL OBJETIVO El Espacio Común de Educación Superior tiene dentro de sus objetivos, el de impulsar la movilidad de estudiantes a través del apoyo a la realización

Más detalles

CENTRO DE INGENIERÍA Y DESARROLLO INDUSTRIAL REGLAMENTO DE B E C A S PARA EMPLEADOS DEL CENTRO

CENTRO DE INGENIERÍA Y DESARROLLO INDUSTRIAL REGLAMENTO DE B E C A S PARA EMPLEADOS DEL CENTRO CENTRO DE INGENIERÍA Y DESARROLLO INDUSTRIAL REGLAMENTO DE B E C A S PARA EMPLEADOS DEL CENTRO DIRECCIÓN ADMINISTRATIVA SUBDIRECCIÓN DE DESARROLLO ORGANIZACIONAL I. P R E S E N T A C I O N El propósito

Más detalles

UNIVERSIDAD AUTÓNOMA DEL ESTADO DE HIDALGO REGLAMENTO DE REVALIDACIÓN DE ESTUDIOS

UNIVERSIDAD AUTÓNOMA DEL ESTADO DE HIDALGO REGLAMENTO DE REVALIDACIÓN DE ESTUDIOS UNIVERSIDAD AUTÓNOMA DEL ESTADO DE HIDALGO ÍNDICE CAPÍTULO I DISPOSICIONES GENERALES CAPÍTULO II REQUISITOS DE REVALIDACIÓN CAPÍTULO III DEL PROCEDIMIENTO TRANSITORIOS GLOSARIO 2 CAPÍTULO I DISPOSICIONES

Más detalles

A LOS ALUMNOS DE LA UNAM. PROGRAMA DE MOVILIDAD ESTUDIANTIL NACIONAL Ciclo enero junio de 2017

A LOS ALUMNOS DE LA UNAM. PROGRAMA DE MOVILIDAD ESTUDIANTIL NACIONAL Ciclo enero junio de 2017 A LOS ALUMNOS DE LA UNAM PROGRAMA DE MOVILIDAD ESTUDIANTIL NACIONAL Ciclo enero junio de 2017 La Coordinación del Espacio Común de Educación Superior, ECOES informa de los requisitos generales que los

Más detalles

CENTRO DE INVESTIGACIONES Y ESTUDIOS SUPERIORES EN ANTROPOLOGÍA SOCIAL REGLAMENTO GENERAL DEL PROGRAMA BECAS DEL CIESAS

CENTRO DE INVESTIGACIONES Y ESTUDIOS SUPERIORES EN ANTROPOLOGÍA SOCIAL REGLAMENTO GENERAL DEL PROGRAMA BECAS DEL CIESAS CENTRO DE INVESTIGACIONES Y ESTUDIOS SUPERIORES EN ANTROPOLOGÍA SOCIAL REGLAMENTO GENERAL DEL PROGRAMA BECAS DEL CIESAS CONSIDERANDO: - Que el CIESAS es un organismo público descentralizado, con personalidad

Más detalles

REGLAMENTO GENERAL PARA EL OTORGAMIENTO DE BECAS Y ESTÍMULOS INSTITUCIONALES PARA ALUMNOS

REGLAMENTO GENERAL PARA EL OTORGAMIENTO DE BECAS Y ESTÍMULOS INSTITUCIONALES PARA ALUMNOS REGLAMENTO GENERAL PARA EL OTORGAMIENTO DE BECAS Y ESTÍMULOS INSTITUCIONALES PARA ALUMNOS 1 EXPOSICIÓN DE MOTIVOS La Universidad Estatal de Sonora es una Institución de Educación Superior orientada a promover

Más detalles

Estos requisitos aplican a los planes de estudio de las cinco maestrías del Programa con sus respectivos campos de conocimiento.

Estos requisitos aplican a los planes de estudio de las cinco maestrías del Programa con sus respectivos campos de conocimiento. Requisitos Estos requisitos aplican a los planes de estudio de las cinco maestrías del Programa con sus respectivos campos de conocimiento. Requisitos de ingreso Los aspirantes a ingresar a alguna de las

Más detalles

EL INSTITUTO TECNOLOGICO DE APIZACO. a través de la División de Estudios Profesionales C O N V O C A

EL INSTITUTO TECNOLOGICO DE APIZACO. a través de la División de Estudios Profesionales C O N V O C A EL INSTITUTO TECNOLOGICO DE APIZACO a través de la Profesionales C O N V O C A A los estudiantes regulares de los planes de estudio 2009-2010 basados en competencias profesionales, que tienen un avance

Más detalles

REGLAMENTO DEL PROGRAMA DE BECAS DE LA DIRECCION MUNICIPAL DE EDUCACION DEL H. AYUNTAMIENTO DE LOS CABOS, B.C.SUR.

REGLAMENTO DEL PROGRAMA DE BECAS DE LA DIRECCION MUNICIPAL DE EDUCACION DEL H. AYUNTAMIENTO DE LOS CABOS, B.C.SUR. REGLAMENTO DEL PROGRAMA DE BECAS DE LA DIRECCION MUNICIPAL DE EDUCACION DEL H. AYUNTAMIENTO DE LOS CABOS, B.C.SUR. DISPOSICIONES GENERALES Artículo 1. El presente Reglamento, tiene por objeto, establecer

Más detalles

UNIVERSIDAD DE SONORA DIRECCIÓN DE SERVICIOS ESTUDIANTILES LINEAMIENTOS PARA LA ASIGNACIÓN DE BECAS ESTUDIANTILES DISPOSICIONES GENERALES

UNIVERSIDAD DE SONORA DIRECCIÓN DE SERVICIOS ESTUDIANTILES LINEAMIENTOS PARA LA ASIGNACIÓN DE BECAS ESTUDIANTILES DISPOSICIONES GENERALES UNIVERSIDAD DE SONORA DIRECCIÓN DE SERVICIOS ESTUDIANTILES LINEAMIENTOS PARA LA ASIGNACIÓN DE BECAS ESTUDIANTILES DISPOSICIONES GENERALES 1. El presente reglamento tiene como objeto regular las bases,

Más detalles

1. Ser alumno regular de tiempo completo de licenciatura, maestría o doctorado con promedio mínimo de 8.5

1. Ser alumno regular de tiempo completo de licenciatura, maestría o doctorado con promedio mínimo de 8.5 PROGRAMA DE MOVILIDAD ESTUDIANTIL NACIONAL OBJETIVO El Espacio Común de Educación Superior tiene dentro de sus objetivos, el de impulsar la movilidad de estudiantes a través del apoyo a la realización

Más detalles

Benemérita Universidad Autónoma de Puebla

Benemérita Universidad Autónoma de Puebla Benemérita Universidad Autónoma de Puebla VICERRECTORÍA DE INVESTIGACIÓN Y ESTUDIOS DE POSGRADO Formato de Solicitud de Apoyos para Participación en Eventos Académicos o para Realizar Estancias Cortas

Más detalles

PROCEDIMIENTO INTERNO PARA SOLICITUD DE BECAS PARA ESTUDIANTES EXTERNOS

PROCEDIMIENTO INTERNO PARA SOLICITUD DE BECAS PARA ESTUDIANTES EXTERNOS COMISIÓN DE BECARIOS PROCEDIMIENTO INTERNO PARA SOLICITUD DE BECAS PARA ESTUDIANTES EXTERNOS Elaborado por la Subdirección de Docencia Revisado por la Dirección Académica e integrantes de la Comisión de

Más detalles

Reglamento Interno del Programa de Becas de la DGTIC

Reglamento Interno del Programa de Becas de la DGTIC Reglamento Interno del Programa de Becas de la DGTIC CAPÍTULO V DE LOS PARTICIPANTES DEL PROGRAMA Artículo 18. El prebecario es el alumno o estudiante, que participa en la primera etapa del proceso de

Más detalles

REGLAMENTO DE PRESTACIÓN DEL SERVICIO DE BECARIO

REGLAMENTO DE PRESTACIÓN DEL SERVICIO DE BECARIO DIRECCIÓN DE RECURSOS HUMANOS Y BECAS DEPARTAMENTO DE BECAS REGLAMENTO DE PRESTACIÓN DEL SERVICIO DE BECARIO Tuxtla Gutiérrez, Chiapas, Julio 8 del 2009. DIRECCIÓN DE RECURSOS HUMANOS Y BECAS DEPARTAMENTO

Más detalles

EL INSTITUTO TECNOLOGICO DE APIZACO. a través de la División de Estudios Profesionales C O N V O C A

EL INSTITUTO TECNOLOGICO DE APIZACO. a través de la División de Estudios Profesionales C O N V O C A EL INSTITUTO TECNOLOGICO DE APIZACO a través de la Profesionales C O N V O C A A los estudiantes regulares de los planes de estudio 2004-2005, que tienen un avance de al menos el 75% de créditos, a participar

Más detalles

LA BENEMÉRITA UNIVERSIDAD AUTÓNOMA DE PUEBLA A TRAVÉS DE LA VICERRECTORÍA DE INVESTIGACIÓN Y ESTUDIOS DE POSGRADO.

LA BENEMÉRITA UNIVERSIDAD AUTÓNOMA DE PUEBLA A TRAVÉS DE LA VICERRECTORÍA DE INVESTIGACIÓN Y ESTUDIOS DE POSGRADO. LA BENEMÉRITA UNIVERSIDAD AUTÓNOMA DE PUEBLA A TRAVÉS DE LA VICERRECTORÍA DE INVESTIGACIÓN Y ESTUDIOS DE POSGRADO. Con fundamento en el artículo 13, fracción II, del Estatuto Orgánico de la Benemérita

Más detalles

Reglamento del Programa de Becas de Investigación

Reglamento del Programa de Becas de Investigación 1/5 Reglamento del Programa de Becas de Investigación I. OBJETIVO GENERAL El Programa de Becarios de Investigación del Tecnológico de Monterrey tiene como objetivo ofrecer a alumnos profesionistas una

Más detalles

REGLAMENTO DE BECAS Mayo 2012

REGLAMENTO DE BECAS Mayo 2012 REGLAMENTO DE BECAS Mayo 2012 Universidad Marista de San Luis Potosí 1 TITULO I CAPÍTULO I DEL OBJETO, FINES Y CONCEPTO Artículo 1. El presente Reglamento establece las bases y criterios que regulan el

Más detalles

NORMAS DEL LABORATORIO DE INTERPRETACIÓN DEL SUBSUELO DEL DEPARTAMENTO DE GEOFÍSICA

NORMAS DEL LABORATORIO DE INTERPRETACIÓN DEL SUBSUELO DEL DEPARTAMENTO DE GEOFÍSICA NORMAS DEL LABORATORIO DE INTERPRETACIÓN DEL SUBSUELO DEL DISPOSICIONES GENERALES ARTÍCULO 1 El Laboratorio de Interpretación del Subsuelo está adscrito administrativamente al Departamento de Geofísica,

Más detalles

COORDINACIÓN GENERAL DE FOMENTO AL DESARROLLO INDÍGENA PROYECTO BECAS A ESTUDIANTES INDÍGENAS DE NIVEL SUPERIOR

COORDINACIÓN GENERAL DE FOMENTO AL DESARROLLO INDÍGENA PROYECTO BECAS A ESTUDIANTES INDÍGENAS DE NIVEL SUPERIOR 1. Nombre o denominación del Programa: Proyecto Becas a Estudiantes Indígenas de Nivel Superior 2. Unidad Administrativa que otorga y/o administra: Coordinación General de Fomento al Desarrollo Indígena.

Más detalles

GESTIÓN DE SERVICIO SOCIAL Y PRÁCTICAS PROFESIONALES

GESTIÓN DE SERVICIO SOCIAL Y PRÁCTICAS PROFESIONALES Hoja: 1 de 9 Elaboró: Revisó: Autorizó: Puesto Coordinador de Subdirectora de Educación paramédica Directora de Educación en Salud Firma Hoja: 2 de 9 1. Propósito Establecer las actividades coordinadas

Más detalles

Programa de Apoyo para Estudios de Posgrado (PAEP) - UNAM

Programa de Apoyo para Estudios de Posgrado (PAEP) - UNAM 1 Programa de Apoyo para Estudios de Posgrado (PAEP) - UNAM Requisitos y procedimiento para otorgar apoyos económicos a los alumnos para realizar prácticas escolares. 1. Se dará prioridad a las estancias

Más detalles

III PARTE: ESTUDIANTES REGULARES Y DE OTRAS CATEGORÍAS

III PARTE: ESTUDIANTES REGULARES Y DE OTRAS CATEGORÍAS EXTRACTO, MANUAL GENERAL DE PROCEDIMIENTOS DE ADMISIÓN PARA EL INGRESO A LAS CARRERAS DE GRADO DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL, III PARTE: ESTUDIANTES REGULARES Y DE OTRAS CATEGORÍAS 3. Estudiantes especiales

Más detalles

REGLAMENTO GENERAL PARA EL OTORGAMIENTO DE BECAS Y ESTÍMULOS INSTITUCIONALES PARA ALUMNOS

REGLAMENTO GENERAL PARA EL OTORGAMIENTO DE BECAS Y ESTÍMULOS INSTITUCIONALES PARA ALUMNOS REGLAMENTO GENERAL PARA EL OTORGAMIENTO DE BECAS Y ESTÍMULOS INSTITUCIONALES PARA ALUMNOS EXPOSICIÓN DE MOTIVOS La Universidad Estatal de Sonora es una Institución de Educación Superior orientada a promover

Más detalles

LINEAMIENTOS GENERALES PARA LA PRESTACIÓN DE SERVICIO SOCIAL

LINEAMIENTOS GENERALES PARA LA PRESTACIÓN DE SERVICIO SOCIAL LINEAMIENTOS GENERALES PARA LA PRESTACIÓN DE SERVICIO SOCIAL CAPÍTULO I DISPOSICIONES GENERALES Artículo 1.- En el presente documento se establecen los Lineamientos Generales para la Prestación del Servicio

Más detalles

CONVOCATORIA Programa de Becas para la Formación y Desarrollo de Capital Humano del IMP Becas

CONVOCATORIA Programa de Becas para la Formación y Desarrollo de Capital Humano del IMP Becas CONVOCATORIA Programa de Becas 01-2016 El Instituto Mexicano del Petróleo (IMP), organismo público descentralizado de la Administración Pública Federal reconocido como Centro Público de Investigación,

Más detalles

REG. DE PERIODO SABÁTICO. El Comité Académico decidió revisar el Reglamento de Periodo Sabático, vigente desde 1994.

REG. DE PERIODO SABÁTICO. El Comité Académico decidió revisar el Reglamento de Periodo Sabático, vigente desde 1994. REG. DE PERIODO SABÁTICO JUSTIFICACIÓN El Comité Académico decidió revisar el Reglamento de Periodo Sabático, vigente desde 1994. Los propósitos básicos que se buscan con esta revisión son: Buscar que

Más detalles

REGLAMENTO DE BECAS DE LOS ESTUDIANTES DE LA UNIVERSIDAD TECNOLÓGICA DEL SUR DE SONORA

REGLAMENTO DE BECAS DE LOS ESTUDIANTES DE LA UNIVERSIDAD TECNOLÓGICA DEL SUR DE SONORA CAPITULO I DISPOSICIONES GENERALES Artículo 1.- La Universidad Tecnológica del Sur de Sonora, por el presente ordenamiento establecerá y regulará la forma para otorgar apoyos económicos denominados becas.

Más detalles

CENTRO UNIVERSITARIO DE DESARROLLO INTELECTUAL MANUAL DE LAS NORMAS DE OPERACIÓN PRÁCTICAS PROFESIONALES Y DEL SERVICIO SOCIAL

CENTRO UNIVERSITARIO DE DESARROLLO INTELECTUAL MANUAL DE LAS NORMAS DE OPERACIÓN PRÁCTICAS PROFESIONALES Y DEL SERVICIO SOCIAL MANUAL DE LAS NORMAS DE OPERACIÓN PRÁCTICAS PROFESIONALES Y DEL SERVICIO SOCIAL VIGENCIA 2013 1 P á g i n a ÍNDICE INTRODUCCIÓN... 2 I. FUNDAMENTO DE LAS NORMAS DE OPERACIÓN... 2 II. NORMAS DE OPERACIÓN

Más detalles

REGLAMENTO DE ESTADÍA CAPITULO I DEFINICIONES GENERALES

REGLAMENTO DE ESTADÍA CAPITULO I DEFINICIONES GENERALES REGLAMENTO DE ESTADÍA CAPITULO I DEFINICIONES GENERALES Cuando en este Reglamento se utilice el término Universidad, se entenderá que se refiere a la Universidad Tecnológica de Oriental, la cual es miembro

Más detalles

PRONTUARIO DE BECAS. División de Estudios Profesionales. Ubicada en el segundo nivel del edificio E, cubículos del 213 al 217.

PRONTUARIO DE BECAS. División de Estudios Profesionales. Ubicada en el segundo nivel del edificio E, cubículos del 213 al 217. PRONTUARIO DE BECAS División de Estudios Profesionales. Ubicada en el segundo nivel del edificio E, cubículos del 213 al 217. Se encarga de la difusión y seguimiento de: 1. Programa de Fortalecimiento

Más detalles

CONSEJO QUINTANARROENSE DE CIENCIA Y TECNOLOGÍA

CONSEJO QUINTANARROENSE DE CIENCIA Y TECNOLOGÍA MANUAL PARA CALIFICAR LA INVESTIGACIÓN CIENTÍFICA, TECNOLÓGICA E INNOVACIÓN. Noviembre de 2011 1 INTRODUCCIÓN Con la finalidad de cumplir con lo establecido en la Ley de Ciencia y Tecnología del Estado

Más detalles

REGLAMENTO DE LA DIRECCIÓN MUNICIPAL DE EDUCACIÓN GÓMEZ PALACIO, DURANGO.

REGLAMENTO DE LA DIRECCIÓN MUNICIPAL DE EDUCACIÓN GÓMEZ PALACIO, DURANGO. EL C. P. RICARDO ARMANDO REBOLLLO MENDOZA, PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DEL REPUBLICANO AYUNTAMIENTO DEL MUNICIPIO DE GÓMEZ PALACIO, DGO., A LOS HABITANTES HACE SABER: QUE EL PROPIO AYUNTAMIENTO, CON FUNDAMENTO

Más detalles

REGLAMENTO PARA LOS LABORATORIOS DE CÓMPUTO ACADÉMICO DE LA FACULTAD DE MEDICINA VETERINARIA Y ZOOTECNIA

REGLAMENTO PARA LOS LABORATORIOS DE CÓMPUTO ACADÉMICO DE LA FACULTAD DE MEDICINA VETERINARIA Y ZOOTECNIA REGLAMENTO PARA LOS LABORATORIOS DE CÓMPUTO ACADÉMICO DE LA FACULTAD DE MEDICINA VETERINARIA Y ZOOTECNIA OBJETIVOS, SERVICIOS Y ACTIVIDADES DE LOS LABORATORIOS DE CÓMPUTO ACADÉMICO Artículo 1. Propósito

Más detalles

BECAS EXTERNAS http://www.cnbes.sep.gob.mx/ CONVOCATORIA ANUAL APOYO ECONOMICO de $9,000.00 (en dos exhibiciones de $4,500.00) REQUISITOS: Ser estudiante inscrito Promedio mínimo general de 8.0 Especificar

Más detalles

Requisitos de ingreso Cumplir con lo estipulado en el Reglamento General de Servicios Escolares de la Universidad Autónoma de Sinaloa.

Requisitos de ingreso Cumplir con lo estipulado en el Reglamento General de Servicios Escolares de la Universidad Autónoma de Sinaloa. 5.1 Proceso de admisión Requisitos de ingreso Cumplir con lo estipulado en el Reglamento General de Servicios Escolares de la Original y copia de: Título de licenciatura en el área de ciencias de la salud

Más detalles

FUNDACIÓN JOSÉ ORTIZ ÁVILA A.C. CONVOCATORIA PARA BECAS DE EDUCACIÓN SUPERIOR CICLO ESCOLAR

FUNDACIÓN JOSÉ ORTIZ ÁVILA A.C. CONVOCATORIA PARA BECAS DE EDUCACIÓN SUPERIOR CICLO ESCOLAR Página 1 de 5 FUNDACIÓN JOSÉ ORTIZ ÁVILA A.C. CONVOCATORIA PARA BECAS DE EDUCACIÓN SUPERIOR CICLO ESCOLAR 2016 2017 La Fundación José Ortiz Ávila A.C., con fundamento en sus estatutos y demás disposiciones

Más detalles

LEGISLACIÓN ACADÉMICO LABORAL UNIVERSITARIA

LEGISLACIÓN ACADÉMICO LABORAL UNIVERSITARIA SECRETARÍA ADMINISTRATIVA DIRECCIÓN GENERAL DE PERSONAL DIRECCIÓN DE RELACIONES LABORALES LEGISLACIÓN ACADÉMICO LABORAL UNIVERSITARIA ASOCIACIÓN AUTÓNOMA DEL PERSONAL ACADÉMICO DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL

Más detalles

BECAS DE EDUCACIÓN DUAL

BECAS DE EDUCACIÓN DUAL CE:203/F/011/16 CONVOCATORIA DE BECAS DE EDUCACIÓN DUAL SEGUNDA PROMOCIÓN 2016 El Gobierno del Estado de México a través del Consejo Mexiquense de Ciencia y Tecnología (Comecyt), de conformidad con lo

Más detalles

ARTICULO 3. PROCEDIMIENTO PARA SOLICITAR INTERCAMBIO ACADÉMICO.

ARTICULO 3. PROCEDIMIENTO PARA SOLICITAR INTERCAMBIO ACADÉMICO. VICERRECTORÍA ACADÉMICA RESOLUCIÓN No. 013 DE 2005 (25 de mayo) Por la cual se reglamentan los intercambios académicos de estudiantes de pregrado y posgrado de la Universidad Nacional de Colombia realizados

Más detalles

Reglamento de Prácticas Profesionales. Aprobado el 14 de agosto de 2014

Reglamento de Prácticas Profesionales. Aprobado el 14 de agosto de 2014 Reglamento de Prácticas Profesionales Aprobado el 14 de agosto de 2014 Leyes y Reglamentos de la Universidad Autónoma de Nuevo León Reglamento de Prácticas Profesionales -1 Reglamento de Prácticas Profesionales

Más detalles

PROGRAMA DE APOYO A INSTITUCIONES PARA LA REALIZACIÓN DE EVENTOS CIENTÍFICOS O TECNOLÓGICOS

PROGRAMA DE APOYO A INSTITUCIONES PARA LA REALIZACIÓN DE EVENTOS CIENTÍFICOS O TECNOLÓGICOS PROGRAMA DE APOYO A INSTITUCIONES PARA LA REALIZACIÓN DE EVENTOS CIENTÍFICOS O TECNOLÓGICOS El Gobierno del Estado de México a través del Consejo Mexiquense de Ciencia y Tecnología, y con fundamento en

Más detalles

UNIVERSIDAD AUTÓNOMA DEL ESTADO DE HIDALGO REGLAMENTO DE BECAS PARA ALUMNOS

UNIVERSIDAD AUTÓNOMA DEL ESTADO DE HIDALGO REGLAMENTO DE BECAS PARA ALUMNOS UNIVERSIDAD AUTÓNOMA DEL ESTADO DE HIDALGO ÍNDICE EXPOSICIÓN DE MOTIVOS CAPITULO I DISPOSICIONES GENERALES CAPITULO II DE LA COMISIÓN DE BECAS CAPITULO III DEL TIPO DE BECAS DE LA BECA BACHILLERATO, BECA

Más detalles

MANUAL DE PROCEDIMIENTOS DEL FONDO PyME 2012 APROBADO POR EL CONSEJO DIRECTIVO DEL FONDO PYME EL 24 DE ENERO DE 2012 ANEXO 1

MANUAL DE PROCEDIMIENTOS DEL FONDO PyME 2012 APROBADO POR EL CONSEJO DIRECTIVO DEL FONDO PYME EL 24 DE ENERO DE 2012 ANEXO 1 ANEXO 1 OPERACIÓN Y FUNCIONES DEL SUBCOMITÉ TÉCNICO ESTATAL Página 87 de 97 A. Conformación. ANEXO 1 Operación y funciones del Subcomité La conformación del Subcomité prevé la participación del Secretario

Más detalles

REGLAMENTO DEL SISTEMA DE APOYOS Y ESTÍMULOS PARA ESTUDIANTES DE POSGRADO

REGLAMENTO DEL SISTEMA DE APOYOS Y ESTÍMULOS PARA ESTUDIANTES DE POSGRADO REGLAMENTO DEL SISTEMA DE APOYOS Y ESTÍMULOS PARA ESTUDIANTES DE POSGRADO Con fundamento en los artículos 17 y 58 de la Ley Federal de las Entidades Paraestatales, 22 de su Reglamento y Quinto, Fracción

Más detalles

CONVOCATORIA CONVOCA BASES

CONVOCATORIA CONVOCA BASES CONVOCATORIA CAMBIO DE ADSCRIPCIÓN EN LA SECRETARÍA DE EDUCACIÓN DEL PODER EJECUTIVO DEL GOBIERNO DEL ESTADO DE YUCATÁN, CON FUNDAMENTO EN LOS ARTÍCULOS 61 DE LA LEY GENERAL DEL SERVICIO PROFESIONAL DOCENTE,

Más detalles

SECRETARÍA GENERAL DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS DEL PERSONAL ACADÉMICO SUBDIRECCIÓN DE DESARROLLO ACADÉMICO REGISTRO DE PARTICIPANTES Y BECAS

SECRETARÍA GENERAL DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS DEL PERSONAL ACADÉMICO SUBDIRECCIÓN DE DESARROLLO ACADÉMICO REGISTRO DE PARTICIPANTES Y BECAS SECRETARÍA GENERAL DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS DEL PERSONAL ACADÉMICO SUBDIRECCIÓN DE DESARROLLO ACADÉMICO REGISTRO DE PARTICIPANTES Y BECAS ABRIL 2013 Contenido Ingreso al sistema... 3 Registro de participantes...

Más detalles

CAPÍTULO I Organización

CAPÍTULO I Organización 62. RESOLUCIÓN DE LA MESA DEL PARLAMENTO DE CANARIAS, DE 5 DE MARZO DE 1997, POR LA QUE SE APRUEBA EL REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO DEL DIPUTADO DEL COMÚN (BOPC núm. 47, de 17 de marzo de

Más detalles

CAPÍTULO 1 DE LOS USUARIOS CAPÍTULO 2 DE LOS SERVICIOS BIBLIOTECARIOS

CAPÍTULO 1 DE LOS USUARIOS CAPÍTULO 2 DE LOS SERVICIOS BIBLIOTECARIOS BIBLIOTECA CENTRAL REGLAMENTO DE SERVICIOS BIBLIOTECARIOS CAPÍTULO 1 DE LOS USUARIOS ART. 1º. SON USUARIOS INTERNOS DE LOS SERVICIOS DE LA BIBLIOTECA, LOS ALUMNOS INSCRITOS EN LA ESCUELA NACIONAL DE CIENCIAS

Más detalles

CAMPUS MÉRIDA CONVOCA a nuestra comunidad estudiantil a participar en el proceso de selección para la obtención de una BECA ACADÉMICA

CAMPUS MÉRIDA CONVOCA a nuestra comunidad estudiantil a participar en el proceso de selección para la obtención de una BECA ACADÉMICA CONVOCA a nuestra comunidad estudiantil a participar en el proceso de selección para la obtención de una. BECA ACADÉMICA Aplicable al ciclo 02/14 1. Ser alumno regular (no adeudar materias) teniendo promedio

Más detalles

SOLICITUD DE SUBSIDIO 2014 AYUDA para Viajes/Estadías Julio 2014 Junio 2015

SOLICITUD DE SUBSIDIO 2014 AYUDA para Viajes/Estadías Julio 2014 Junio 2015 ANEXO I PAUTAS PARA LA PRESENTACIÓN DE PEDIDOS DE SUBSIDIOS DE AYUDA PARA VIAJES, ESTADÍAS E INSCRIPCIÓN A CONGRESOS 1. Los beneficiarios serán docentes de la U.N.L.P que realicen tareas de investigación

Más detalles

Políticas generales de administración para el personal académico

Políticas generales de administración para el personal académico Miguel Eduardo Equihua Zamora, Director General del Instituto de Ecología A.C., con fundamento en el artículo cuarto transitorio del Estatuto del Personal Académico y los criterios para prestaciones autorizadas

Más detalles

UNIVERSIDAD DE LOS ANDES FACULTAD DE CIENCIAS ECONOMICAS Y SOCIALES DECANATO REGLAMENTO PARA SOLICITAR LA REINCORPORACION POR CAUSAS NO IMPUTABLES

UNIVERSIDAD DE LOS ANDES FACULTAD DE CIENCIAS ECONOMICAS Y SOCIALES DECANATO REGLAMENTO PARA SOLICITAR LA REINCORPORACION POR CAUSAS NO IMPUTABLES UNIVERSIDAD DE LOS ANDES FACULTAD DE CIENCIAS ECONOMICAS Y SOCIALES DECANATO REGLAMENTO PARA SOLICITAR LA REINCORPORACION POR CAUSAS NO IMPUTABLES TITULO I DISPOSICIONES FUNDAMENTALES Artículo 1. El presente

Más detalles

Reglamento de Residencia Profesional. Ing. Arnoldo Solís Covarrubias Instituto Tecnológico Superior de san luis potosí, capital

Reglamento de Residencia Profesional. Ing. Arnoldo Solís Covarrubias Instituto Tecnológico Superior de san luis potosí, capital Ing. Arnoldo Solís Covarrubias Instituto Tecnológico Superior de san luis potosí, capital DOC-DEP-08A REVISIÓN 0 2008 CONTENIDO CAPÍTULO I INTRODUCCION CAPÍTULO II DE LOS REQUISITOS DEL ESTUDIANTE PARA

Más detalles

Universidad Nacional Autónoma de México Facultad de Medicina. División de Estudios de Posgrado

Universidad Nacional Autónoma de México Facultad de Medicina. División de Estudios de Posgrado Universidad Nacional Autónoma de México Facultad de Medicina División de Estudios de Posgrado Lineamientos Operativos de los Cursos de Posgrado de Alta Especialidad en Medicina Este documento obedece a

Más detalles

REGLAMENTO DE ESTUDIO INDEPENDIENTE DE LA UNIVERSIDAD TÉCNICA NACIONAL

REGLAMENTO DE ESTUDIO INDEPENDIENTE DE LA UNIVERSIDAD TÉCNICA NACIONAL 1 REGLAMENTO DE ESTUDIO INDEPENDIENTE DE LA UNIVERSIDAD TÉCNICA NACIONAL (Aprobado por el Consejo Universitario mediante acuerdo VII de la Sesión Ordinaria No.35, según acta No.43-2012, del 20 de noviembre

Más detalles

UNIVERSIDAD AUTÓNOMA DE BAJA CALIFORNIA Facultad de Ciencias Administrativas. Administrador. Director

UNIVERSIDAD AUTÓNOMA DE BAJA CALIFORNIA Facultad de Ciencias Administrativas. Administrador. Director Página : 1 de 5 Ubicación del puesto:, Mexicali. Unidad Rio Nuevo. Nivel del puesto: IV Jefe inmediato: Director Subordinados inmediatos: Contactos permanentes: Responsable del Sistema de Información Académica.

Más detalles

BASES PARA EL CONCURSO DE MÉRITOS Y OPOSICIÓN DE PROFESORES TITULARES A TIEMPO COMPLETO DE LA USM-CAMPUS GUAYAQUIL

BASES PARA EL CONCURSO DE MÉRITOS Y OPOSICIÓN DE PROFESORES TITULARES A TIEMPO COMPLETO DE LA USM-CAMPUS GUAYAQUIL BASES PARA EL CONCURSO DE MÉRITOS Y OPOSICIÓN DE PROFESORES TITULARES A TIEMPO COMPLETO DE LA USM-CAMPUS GUAYAQUIL En sesión de Consejo Académico de la Universidad Santa María-Campus Guayaquil, celebrada

Más detalles

Procedimiento para: Realización del Servicio Social Plan

Procedimiento para: Realización del Servicio Social Plan Responsable: Jefe de Código: SIG-CA-P-19 Página: 1 de 9 1. Propósito Establecer los lineamientos para la operación y acreditación del Servicio Social; con la finalidad de fortalecer la formación integral

Más detalles

VISTO el Expediente N 827-1539/13, la Resolución (CS) N 247/05, la Resolución (CS) Nº 097/09, y

VISTO el Expediente N 827-1539/13, la Resolución (CS) N 247/05, la Resolución (CS) Nº 097/09, y QUILMES, 25 de septiembre de 2013 VISTO el Expediente N 827-1539/13, la Resolución (CS) N 247/05, la Resolución (CS) Nº 097/09, y CONSIDERANDO: Que existe una demanda de formación continua por parte de

Más detalles

PROGRAMA DE BECAS CONACYT ALIANZA FIIDEM Control de Expedientes. 1. Llenado del Formato Electrónico de Solicitud de Beca

PROGRAMA DE BECAS CONACYT ALIANZA FIIDEM Control de Expedientes. 1. Llenado del Formato Electrónico de Solicitud de Beca 1. Llenado del Formato Electrónico de Solicitud de Beca GENERAL 1.1 Crear o actualizar el Currículum Vitae Único (CVU) disponible en el Portal del CONACYT (www.conacyt.gob.mx) Trámites y Servicios 1.2

Más detalles

CENTRO DE ENSEÑANZA TÉCNICA Y SUPERIOR. Reglamento de Servicio Becario del CETYS Universidad

CENTRO DE ENSEÑANZA TÉCNICA Y SUPERIOR. Reglamento de Servicio Becario del CETYS Universidad CENTRO DE ENSEÑANZA TÉCNICA Y SUPERIOR Mexicali Tijuana Ensenada Reglamento de Servicio Becario del CETYS Universidad CAPITULO I Generalidades Agosto de 2011 El objetivo del presente reglamento es normar

Más detalles

REGLAMENTO INTERNO COMITÉ DE SOLIDARIDAD

REGLAMENTO INTERNO COMITÉ DE SOLIDARIDAD REGLAMENTO INTERNO COMITÉ DE SOLIDARIDAD La Junta Directiva del FEPEP, en uso de sus facultades estatutarias, establece el presente Reglamento del COMITÉ DE SOLIDARIDAD. TÍTULO I GENERALIDADES ARTÍCULO

Más detalles

REGLAMENTO DE INGRESOS PROPIOS DE LA UNIVERSIDAD TECNOLOGICA DE JALISCO

REGLAMENTO DE INGRESOS PROPIOS DE LA UNIVERSIDAD TECNOLOGICA DE JALISCO REGLAMENTO DE INGRESOS PROPIOS DE LA UNIVERSIDAD TECNOLOGICA DE JALISCO CAPÍTULO I Disposiciones Generales ARTICULO 1. El presente reglamento tiene por objeto establecer las normas, principios y criterios

Más detalles

SUBSECRETARÍA DE RELACIONES INSTITUCIONALES PROGRAMA DE INTERCAMBIO PARA ALUMNOS (P.I.A.) CONSIDERACIONES GENERALES OBJETIVO FUNCIONAMIENTO DEL PIA

SUBSECRETARÍA DE RELACIONES INSTITUCIONALES PROGRAMA DE INTERCAMBIO PARA ALUMNOS (P.I.A.) CONSIDERACIONES GENERALES OBJETIVO FUNCIONAMIENTO DEL PIA SUBSECRETARÍA DE RELACIONES INSTITUCIONALES PROGRAMA DE INTERCAMBIO PARA ALUMNOS (P.I.A.) CONSIDERACIONES GENERALES OBJETIVO El Programa de Intercambio para Alumnos (PIA) tiene como objetivo posibilitar

Más detalles

Tiene beca o comisión de alguna institución para realizar sus estudios?

Tiene beca o comisión de alguna institución para realizar sus estudios? INSTITUTO NACIONAL DE CIENCIAS PENALES SECRETARÍA GENERAL ACADÉMICA DIRECCIÓN DE POSGRADO Maestría en Ciencias Penales por Investigación I. DATOS PERSONALES Nombre (s): Apellido paterno: Apellido materno:

Más detalles

PROCESO DE PRESTACIÓN DEL SERVICIO SOCIAL, RESIDENCIA O PRÁCTICAS PROFESIONALES SIN BECA

PROCESO DE PRESTACIÓN DEL SERVICIO SOCIAL, RESIDENCIA O PRÁCTICAS PROFESIONALES SIN BECA PROCESO DE PRESTACIÓN DEL SERVICIO SOCIAL, RESIDENCIA O PRÁCTICAS PROFESIONALES SIN BECA Inicio Recepción de Documento * Si Ubicar al estudiante No Generar formato Envío digital de Documentos Tiempo de

Más detalles

CENTRO DE PRODUCCIÓN Y SERVICIOS

CENTRO DE PRODUCCIÓN Y SERVICIOS UNIVERSIDAD NACIONAL DE HUANCAVELICA (Creado por Ley 25665) FACULTAD DE ENFERMERÍA CENTRO DE PRODUCCIÓN Y SERVICIOS CICLO DE TITULACIÓN VIA TESIS PARA OPTAR EL TÍTULO PROFESIONAL DE LICENCIADO (A) EN ENFERMERÍA

Más detalles

INDICE DIRECTIVA ACADÉMICA

INDICE DIRECTIVA ACADÉMICA INDICE DIRECTIVA ACADÉMICA No. 01 No. 02 No. 03 No. 04 No. 05 No. 06 No. 07 No. 08 No. 09 No. 10 No. 11 No. 12 No. 13 No. 14 No. 15 No. 16 MATRÍCULA DE CURSO SEMESTRAL MATRÍCULA DE CURSO MODULAR MATRÍCULA

Más detalles

REGLAMENTOS DEL DEPARTAMENTO DE RELACIONES INTERNACIONALES, CONVENIOS Y BECAS.

REGLAMENTOS DEL DEPARTAMENTO DE RELACIONES INTERNACIONALES, CONVENIOS Y BECAS. El REGLAMENTO DEL DEPARTAMENTO DE RELACIONES INTERNACIONES, CONVENIOS Y BECAS, fue discutido y aprobado por el H. Consejo Universitario en sesiones del 10 de octubre de 1994 y del 15 de septiembre de 1997.

Más detalles

PROGRAMA REGLAMENTADO DE BECAS

PROGRAMA REGLAMENTADO DE BECAS PROGRAMA REGLAMENTADO DE BECAS La Facultad de Medicina de la Universidad Autónoma de San Luis Potosí, en colaboración con el Comité de Padres de Familia de la Facultad de Medicina, ha creado un Programa

Más detalles

PROGRAMA SEMESTRAL DE RESIDENCIAS PROFESIONALES AGOSTO DICIEMBRE 2016

PROGRAMA SEMESTRAL DE RESIDENCIAS PROFESIONALES AGOSTO DICIEMBRE 2016 El Instituto Tecnológico de Querétaro, buscando fortalecer la vinculación entre la Educación Superior y los Sectores productivos de bienes y servicios C O N V O C A A todos los alumnos de nivel Licenciatura

Más detalles

ESPECIALIZACIÓN CURRÍCULUM Y PRÁCTICAS ESCOLARES EN CONTEXTO

ESPECIALIZACIÓN CURRÍCULUM Y PRÁCTICAS ESCOLARES EN CONTEXTO FACULTAD LATINOAMERICANA DE CIENCIAS SOCIALES Sede Argentina Ayacucho 551 (1026) Buenos Aires Tel.: 5238-9300 Fax: 4375-1373 flacso@flacso.org.ar www.flacso.org.ar ESPECIALIZACIÓN CURRÍCULUM Y PRÁCTICAS

Más detalles

La concesión y disfrute de las Becas se regirá por las siguientes BASES 1. REQUISITOS DE LOS ESTUDIANTES BENEFICIARIOS

La concesión y disfrute de las Becas se regirá por las siguientes BASES 1. REQUISITOS DE LOS ESTUDIANTES BENEFICIARIOS CONVOCATORIA PARA LA EJECUCIÓN DE PROGRAMAS DE PRÁCTICAS FORMATIVAS EXTRACURRICULARES DE INSERCIÓN LABORAL DE ESTUDIANTES UNIVERSITARIOS EN EMPRESAS E INSTITUCIONES DE ANDALUCÍA (PRAEM-2014) El Vicerrectorado

Más detalles

POLÍTICAS DE PAGO 2016

POLÍTICAS DE PAGO 2016 POLÍTICAS DE PAGO POLÍTICAS DE PAGO 2016 MEJORAR EL PRESENTE PENSANDO EN EL FUTURO 1.- OBJETIVO GENERAL Estandarizar criterios y procedimientos en las políticas de pago de los estudiantes de la Universidad

Más detalles

La Universidad Nacional Autónoma de México. a través del. Programa de Maestría y Doctorado en Ingeniería

La Universidad Nacional Autónoma de México. a través del. Programa de Maestría y Doctorado en Ingeniería La Universidad Nacional Autónoma de México a través del Programa de Maestría y Doctorado en Ingeniería Con el objetivo de formar investigadores con una sólida formación profesional, científica y metodológica,

Más detalles

Instructivo de Procedimientos

Instructivo de Procedimientos Código del Manual de Marco: Elaborado por: 1 de 25 Revisado por: Aprobado por: Vicedecanatura Académica TABLA DE CONTENIDO 1. OBJETIVO... 3 2. ALCANCE... 3 3. DEFINICIONES... 3 3.1. EGRESADO... 3 3.2.

Más detalles

CONVOCATORIA DE BECAS DE EDUCACIÓN DUAL NUEVAS Y RENOVACIÓN 2015

CONVOCATORIA DE BECAS DE EDUCACIÓN DUAL NUEVAS Y RENOVACIÓN 2015 CONVOCATORIA DE BECAS DE EDUCACIÓN DUAL NUEVAS Y RENOVACIÓN 2015 El Gobierno del Estado de México a través del Consejo Mexiquense de Ciencia y Tecnología (COMECYT) y con fundamento en los numerales 5,

Más detalles

MANUAL ADMINISTRATIVO

MANUAL ADMINISTRATIVO PAG: Nombre del Procedimiento: Registro, Coordinacion y Liberación del Servicio Social y Prácticas Profesionales de s a Nivel Técnico y Profesional. OBJETIVO: Registrar, coordinar y liberar el Servicio

Más detalles

P.S.O. DOCUMENTOS QUE SERVIRÁN PARA NORMAR LA ACEPTACIÓN DE PERSONAL CIVIL ASPIRANTE A DESEMPEÑARSE COMO DOCENTE EN EL SISTEMA EDUCATIVO MILITAR.

P.S.O. DOCUMENTOS QUE SERVIRÁN PARA NORMAR LA ACEPTACIÓN DE PERSONAL CIVIL ASPIRANTE A DESEMPEÑARSE COMO DOCENTE EN EL SISTEMA EDUCATIVO MILITAR. DIR. GRAL. EDUC. MIL. Y RECTORÍA DE LA U.D.E.F.A. P.S.O. DOCUMENTOS QUE SERVIRÁN PARA NORMAR LA ACEPTACIÓN DE PERSONAL CIVIL ASPIRANTE A DESEMPEÑARSE COMO DOCENTE EN EL SISTEMA EDUCATIVO MILITAR. MARZO

Más detalles

Instrumento para determinar la Evaluación Favorable, con base en el artículo 98, Fracciones IV del RIPPPA.

Instrumento para determinar la Evaluación Favorable, con base en el artículo 98, Fracciones IV del RIPPPA. NOMBRE DEL PROFESOR ID UNIDAD ACADÉMICA SEDE/MUNICIPIO DEPARTAMENTO O ACADEMIA FECHA a) La evaluación del cumplimiento de las funciones y actividades académicas, estará dirigida al personal académico con

Más detalles

CONVOCATORIA. JUEGOS NACIONALES POPULARES Un proyecto de Integración Juvenil

CONVOCATORIA. JUEGOS NACIONALES POPULARES Un proyecto de Integración Juvenil CONVOCATORIA La Comisión Nacional de Cultura Física y Deporte, CONVOCA a participar en las actividades recreativo deportivas de carácter Nacional: 1.- Participantes. JUEGOS NACIONALES POPULARES Un proyecto

Más detalles

REGLAMENTO DE BECAS DE ESTUDIO, APOYOS ECONÓMICOS Y LICENCIAS CON GOCE DE SUELDO DEL PERSONAL ACADÉMICO DEL INSTITUTO POLITÉCNICO NACIONAL

REGLAMENTO DE BECAS DE ESTUDIO, APOYOS ECONÓMICOS Y LICENCIAS CON GOCE DE SUELDO DEL PERSONAL ACADÉMICO DEL INSTITUTO POLITÉCNICO NACIONAL REGLAMENTO DE BECAS DE ESTUDIO, APOYOS ECONÓMICOS Y LICENCIAS CON GOCE DE SUELDO DEL PERSONAL ACADÉMICO DEL INSTITUTO POLITÉCNICO NACIONAL CAPITULO I Disposiciones Generales. Artículo 1. El presente Reglamento

Más detalles

CENTRO DE INVESTIGACIÓN Y DE ESTUDIOS AVANZADOS DEL INSTITUTO POLITÉCNICO NACIONAL. Departamento de Ingeniería Eléctrica

CENTRO DE INVESTIGACIÓN Y DE ESTUDIOS AVANZADOS DEL INSTITUTO POLITÉCNICO NACIONAL. Departamento de Ingeniería Eléctrica CENTRO DE INVESTIGACIÓN Y DE ESTUDIOS AVANZADOS DEL INSTITUTO POLITÉCNICO NACIONAL Departamento de Ingeniería Eléctrica Reglamento Académico del Programa de Maestría en Ciencias en Ingeniería Eléctrica

Más detalles

MOVILIDAD E INTERCAMBIO ACADÉMICO

MOVILIDAD E INTERCAMBIO ACADÉMICO La Universidad Autónoma de Zacatecas convoca a sus estudiantes a presentar solicitudes para cursar el ciclo escolar enero-junio 2016 en alguna IES nacional o internacional a través del Programa de Movilidad

Más detalles

REGLAMENTO DE PRACTICAS PROFESIONALES

REGLAMENTO DE PRACTICAS PROFESIONALES 1 TITULO PRIMERO CAPITULO I DISPOSICIONES GENERALES ::::.. 3 CAPITULO II DE LOS OBJETIVOS DE LAS PRÁCTICAS PROFESIONALES 3 CAPITULO III DE LA DURACION Y LOS REQUISITOS PARA LA PRESTACION DE..... 4 CAPITULO

Más detalles

Convocatoria Becas Santander de Movilidad Nacional Santander Universidades CONVOCA

Convocatoria Becas Santander de Movilidad Nacional Santander Universidades CONVOCA Convocatoria Becas Santander de Movilidad Nacional 2015-2 Como parte de la Responsabilidad Social Corporativa de Banco Santander, por medio del Plan de Apoyo a la Educación Superior, apoya la movilidad

Más detalles

COLEGIO DE BACHILLERES DEL ESTADO DE VERACRUZ PROGRAMA JÓVENES ADELANTE REGLAS DE OPERACION

COLEGIO DE BACHILLERES DEL ESTADO DE VERACRUZ PROGRAMA JÓVENES ADELANTE REGLAS DE OPERACION COLEGIO DE BACHILLERES DEL ESTADO DE VERACRUZ PROGRAMA JÓVENES ADELANTE REGLAS DE OPERACION DISPOSICIONES GENERALES El Programa Jóvenes Adelante cuenta con reglas de operación, para poder llevar a cabo

Más detalles

CONSEJO NACIONAL DE CIENCIA Y TECNOLOGÍA

CONSEJO NACIONAL DE CIENCIA Y TECNOLOGÍA CONSEJO NACIONAL DE CIENCIA Y TECNOLOGÍA Becas CONACYT para estudios de Posgrado en México Dolores Manjarrez Alvarez Directora de Vinculación Marzo 2011 Políticas del Programa de Formación y Desarrollo

Más detalles

CONVOCATORIA DE BECAS TESIS PRIMERA PROMOCIÓN 2016

CONVOCATORIA DE BECAS TESIS PRIMERA PROMOCIÓN 2016 CONVOCATORIA DE BECAS TESIS PRIMERA PROMOCIÓN 2016 El Gobierno del Estado de México a través del Consejo Mexiquense de Ciencia y Tecnología (COMECYT) y con fundamento en los numerales 3, 3.1, 3.3, 4, 4.1,

Más detalles

Fondos PIFI (posgrados) CRITERIOS

Fondos PIFI (posgrados) CRITERIOS Con el objetivo de que los posgrados del Centro Universitario de Ciencias Sociales y Humanidades garanticen su pertenencia al PNPC (Padrón Nacional de Posgrados de Calidad) este 2009 contamos con fondos

Más detalles

Coordinación de Estudios de Posgrado Reglamento de Titulación REGLAMENTO DE TITULACIÓN

Coordinación de Estudios de Posgrado Reglamento de Titulación REGLAMENTO DE TITULACIÓN REGLAMENTO DE TITULACIÓN 1 CONTENIDO I. DISPOSICIONES GENERALES 3 II. DEL TRABAJO DE INVESTIGACIÓN PARA TITULACIÓN. 3 III. DE LOS TRÁMITES 4 A) REGISTRO DEL TEMA DE TESIS 4 B. SEGUIMIENTO DE TESIS. 4 C.

Más detalles

INDUCCIÓN PARA LOS ALUMNOS DE NUEVO INGRESO

INDUCCIÓN PARA LOS ALUMNOS DE NUEVO INGRESO INDUCCIÓN PARA LOS ALUMNOS DE NUEVO INGRESO TRAMITE: PROCESO DE INSCRIPCIÓN AL SEMESTRE AGO DIC 2014 1) LOS ALUMNOS DE NUEVO INGRESO DEBERÁN CUBRIR LA CUOTA POR CONCEPTO DE INSCRIPCIÓN AL POSGRADO EN EL

Más detalles

El Colegio Mexiquense, A. C. LINEAMIENTOS NORMATIVOS DE DIPLOMADOS

El Colegio Mexiquense, A. C. LINEAMIENTOS NORMATIVOS DE DIPLOMADOS El Colegio Mexiquense, A. C. LINEAMIENTOS NORMATIVOS DE DIPLOMADOS 19 DE MARZO DE 2002 I. Disposiciones generales. 1. Los diplomados, son programas curriculares que estructuran unidades de enseñanza-aprendizaje

Más detalles

UNIVERSIDAD CENTRAL DE VENEZUELA CONSEJO UNIVERSITARIO Ciudad Universitaria de Caracas

UNIVERSIDAD CENTRAL DE VENEZUELA CONSEJO UNIVERSITARIO Ciudad Universitaria de Caracas El Consejo Universitario de la Universidad Central de Venezuela, de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 15, numeral 7 de la Ley del Servicio Comunitario del Estudiante de Educación Superior, dicta

Más detalles

C O N T E N I D O. 1. Propósito. 2. Alcance. 3. Responsabilidad y autoridad. 4. Normatividad aplicable. 5. Políticas

C O N T E N I D O. 1. Propósito. 2. Alcance. 3. Responsabilidad y autoridad. 4. Normatividad aplicable. 5. Políticas Versión vigente No. 03 Fecha: 30/09/2010 C O N T E N I D O 1. Propósito 2. Alcance 3. Responsabilidad y autoridad 4. Normatividad aplicable 5. Políticas 6. Diagrama de bloque del procedimiento 7. Glosario

Más detalles

UNIVERSIDAD TECNOLÓGICA DE TABASCO REGLAMENTO DE INGRESOS PROPIOS DE LA UNIVERSIDAD TECNOLÓGICA DE TABASCO

UNIVERSIDAD TECNOLÓGICA DE TABASCO REGLAMENTO DE INGRESOS PROPIOS DE LA UNIVERSIDAD TECNOLÓGICA DE TABASCO UNIVERSIDAD TECNOLÓGICA DE TABASCO 1 CAPÍTULO I DEFINICIÓN DE INGRESOS PROPIOS Artículo 1.- Se consideran Ingresos Propios, aquellos recursos financieros, materiales que perciba la Universidad Tecnológica

Más detalles

REGLAMENTO DEL SISTEMA DE BECAS DE EXCLUSIVIDAD PARA ESTIMULAR LA PERMANENCIA DEL PERSONAL ACADÉMICO DE LA UNIVERSIDAD AUTÓNOMA DE BAJA CALIFORNIA

REGLAMENTO DEL SISTEMA DE BECAS DE EXCLUSIVIDAD PARA ESTIMULAR LA PERMANENCIA DEL PERSONAL ACADÉMICO DE LA UNIVERSIDAD AUTÓNOMA DE BAJA CALIFORNIA REGLAMENTO DEL SISTEMA DE BECAS DE EXCLUSIVIDAD PARA ESTIMULAR LA PERMANENCIA DEL PERSONAL ACADÉMICO DE LA UNIVERSIDAD AUTÓNOMA DE BAJA CALIFORNIA SUR Reglamento del Sistema de Becas de Exclusividad para

Más detalles