Informe Semanal (SAIE)
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- Luz Soler Blanco
- hace 6 años
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1 Si su empresa exporta o importa mercancías con zonas económicas no pertenecientes a la UE, deberá tener muy en cuenta las modificaciones que, en materia aduanera, se han introducido en la legislación comunitaria, principalmente con la creación de la figura del operador económico autorizado. Desde el año 2002, a nivel comunitario, se han ido desarrollando diferentes iniciativas relacionadas con la legislación de aduanas, que pretenden el establecimiento de un nuevo modelo de gestión de seguridad en las fronteras exteriores de la Unión Europea, así como una gestión armonizada del riesgo, reconociendo, de un modo expreso, el papel relevante que las aduanas tienen en el campo de la seguridad de la cadena logística, que abarca desde la fabricación de los bienes hasta su entrega al consumidor final, incluida la importación y exportación de los mismos. Así, entre estas medidas introducidas en el ámbito de la seguridad, se puede destacar la creación de la figura del operador económico autorizado (en lo sucesivo, OEA), que entrará en vigor a partir del próximo 1 de enero de El hecho de que una empresa sea titular de un certificado OEA le reportará un valor añadido a su negocio, ya que dicho estatuto le confiere a su titular la prueba de que cumple con criterios y controles rigurosos de seguridad, lo que le permitirá ser considerado como un socio de confianza en la cadena de suministros a nivel internacional. Antes de entrar a analizar en detalle el estatuto de OEA, señalar que no existe obligación para ningún operador de ser operador económico autorizado, puesto que es una cuestión que debe ser decidida por cada uno atendiendo a sus circunstancias específicas. Asimismo, los OEA tampoco podrán exigir a sus socios comerciales que soliciten la condición de OEA. Qué son los operadores económicos autorizados? Según la definición contenida en las disposiciones de aplicación del Código Aduanero Comunitario (artículo 5 bis del Código Aduanero Comunitario, modificado por el Reglamento (CE) nº 648/2005 y en los artículos 14 bis a 14 septendecies de sus disposiciones de aplicación, modificadas mediante el Reglamento (CE) nº 1875/2006), operador económico autorizado es aquel a quien, en el contexto de sus operaciones aduaneras, se considera fiable en todo el territorio de la Comunidad y que, gracias a ello, tiene derecho a disfrutar de una serie de ventajas en el mismo. Así, el certificado OEA permite acogerse con mayor facilidad a las simplificaciones aduaneras o da derecho a su titular al uso de facilitaciones en lo que respecta a los controles en materia de protección y seguridad. Por qué se ha creado el estatuto de operador económico autorizado? Los riesgos de diferente índole a los que se enfrentan los países de la Unión Europea han obligado, además de efectuar los controles aduaneros tradicionales, a incrementar el papel de las aduanas en materia de seguridad de la cadena logística internacional, no sólo para luchar contra la amenaza terrorista, sino también para colaborar en la lucha contra el crimen organizado y frente a otros peligros para los ciudadanos, por ejemplo, en ámbitos tan sensibles como los de la protección a los consumidores o al medio ambiente. 1 de 5
2 La figura del operador económico autorizado es uno de los mecanismos, seguramente el más importante, a través del cual las aduanas van a desarrollar este nuevo papel en beneficio del comercio legítimo. Qué tipos de certificados operador económico autorizado existen y qué requisitos se exigen? Existen tres tipos de certificados, atendiendo a la exigencia de requisitos y de los beneficios que de ellos se derivan: o Certificado operador económico autorizado simplificaciones (en lo sucesivo AEOC). o Certificado operador económico autorizado seguridad (en lo sucesivo AEOS). o Certificado operador económico autorizado simplificaciones y seguridad (en lo sucesivo AEOF). Para cada tipo de certificado, los requisitos exigidos serán distintos. Estos requisitos vienen recogidos en el Reglamento 648/2005, al señalar: «Entre los criterios para la concesión del estatuto de operador económico autorizado se contarán: Un historial satisfactorio de cumplimiento de los requisitos aduaneros. Un sistema adecuado de gestión de los registros comerciales y, en su caso, de los registros de transportes, que permita un control aduanero apropiado. En su caso, una solvencia financiera acreditada. Si procede, unos niveles de seguridad adecuados». Dichos requisitos han sido posteriormente desarrollados en el Reglamento 1875/2006 (véase cuadro «Criterios para la concesión del estatuto de OEA»). Criterios para la concesión de estatuto de OEA Requisitos OEA simplificaciones OEA seguridad OEA simplificaciones y seguridad Historial de cumplimiento Sí Sí Sí Gestión administrativa Sí Sí Sí Solvencia Sí Sí Sí Seguridad Sí Sí Fuente: AEAT y Comisión Europea. 2 de 5
3 Para más información a este respecto, consultar documento de la Comisión Europea de 29 de junio de 2007 (TAUD/2006/1450: Operadores económicos autorizados-orientaciones). Por otro lado, teniendo en cuenta que el Reglamento (CE) nº 1875/2006 identifica a los OEA con operadores fiables para las autoridades aduaneras y, en consecuencia, para la Agencia Tributaria en el caso de España, a la hora de examinar la solicitud se tendrá en cuenta la situación tributaria global del solicitante. Es obligatorio ser operador económico autorizado? Como ya indicábamos anteriormente, ser OEA no es obligatorio. La decisión de serlo o no depende de un análisis coste beneficio, una vez que cada empresa haya determinado si las ventajas para su negocio son superiores a los costes de cumplir con los requisitos exigibles. En este sentido, cuáles son las ventajas que ofrece? Es preciso señalar que el certificado OEA se expide a favor del solicitante y no de sus clientes. Así pues, las ventajas que de él se derivan sólo pueden ser aprovechadas por el OEA. Este principio general se aplica a todas las categorías de operadores que intervienen en la cadena de suministro internacional. Así, las principales ventajas derivadas de la posesión del certificado de OEA, según lo que establece la normativa aduanera comunitaria, son las detalladas en el cuadro «Ventajas derivadas de la posesión del certificado OEA». Ventajas derivadas de la posesión del certificado OEA Ventajas OEAC OEAS OEAF Menor número de controles físicos y documentales Prioridad en los controles Posibilidad de elegir el lugar de la inspección (incluyendo el despacho centralizado nacional) Mayor facilidad para acogerse a procedimientos aduaneros simplificados Declaraciones sumarias de entrada o salida con datos reducidos Notificación previa de decisión de reconocimiento físico Fuente: AEAT y Comisión Europea. 3 de 5
4 Pero, junto a estas ventajas, cualquier operador económico podrá obtener ventajas indirectamente relacionadas con la vertiente aduanera de su actividad. Así, por ejemplo, se pueden destacar las siguientes: Menos robos y pérdidas. Menos envíos retrasados. Mejor planificación. Mayor fidelidad de los clientes. Mayor implicación del personal. Reducción de los incidentes en materia de protección y seguridad. Menos costes de inspección de los proveedores y mayor cooperación. Reducción de las actividades delictivas y de vandalismo, entre otras. Cómo se puede ser operador económico autorizado? En España, la Agencia Estatal de Administración Tributaria determinará si las personas físicas o jurídicas establecidas en la Península, Baleares y Canarias, que deseen ser OEA, reúnen los requisitos exigibles para serlo, mediante un examen pormenorizado de las condiciones. Para ello, los interesados deberán presentar la correspondiente solicitud, junto con la documentación que sea exigible. A la conclusión de este procedimiento de auditoría, los poseedores del certificado tendrán la consideración de operadores seguros, de operadores fiables, para el resto de integrantes de la cadena logística en toda la Unión Europea y, a través del mecanismo del reconocimiento mutuo, en buena parte del mundo. Quién puede solicitar ser operador económico autorizado en España? Cualquier persona, física o jurídica, que esté establecida en España, con independencia del tamaño de su negocio, y que esté implicada en la cadena logística internacional puede solicitar la expedición del certificado de OEA. En principio, se ha considerado por la Comisión Europea que los destinatarios del estatuto de OEA serían fabricantes, exportadores, transportistas, expedidores, representantes aduaneros, almacenistas e importadores. El proceso de acreditación y verificación efectuado por la Agencia Tributaria será gratuito. No obstante, puede que, como consecuencia de dicho proceso de verificación de condiciones, se exijan cambios o mejoras, tanto en procedimientos, sistemas o instalaciones del solicitante que sí pueden tener costes. Para obtener el certificado de OEA se debe residir en la Unión Europea, si bien, en el futuro, se espera llegar a acuerdos internacionales de mutuo reconocimiento con otros países. Hay una excepción del cumplimiento de esta condición: las compañías navieras o aéreas con oficina regional en la comunidad y que cumplan unas condiciones específicas. 4 de 5
5 Por otra parte, podrá ser OEA por la parte de actividad que realice en la Comunidad Europea, no extendiéndose el certificado a las empresas o actividades que tenga o realice en otros países por no estar reguladas por la normativa aduanera comunitaria. Cuándo y dónde se puede presentar la solicitud? Como se indicaba al principio del presente texto, la normativa que regula la figura del OEA entra en aplicación el 1 de enero de A partir de esa fecha, las empresas establecidas en la Península, Baleares y Canarias podrán presentar solicitudes la través de la página web de la AEAT Antes de esa fecha, no se puede presentar la solicitud, no tendría ningún efecto, no se admitiría por extemporánea y debería volverse a presentar a partir del 1 de enero de Es más: a fecha de hoy todavía no existe un formulario de solicitud, que se aprobará mediante orden ministerial y resolución del Director de la Agencia Estatal de Administración Tributaria y que será en formato electrónico. Dónde se puede obtener más información? El pasado 25 de septiembre, la Agencia Tributaria, a través del Departamento de Aduanas e IIEE, hizo público un Manual del operador económico autorizado, en el que se recogen todos los requisitos exigibles. Este manual es accesible a través de la web de la Agencia Tributaria: or_economico_autorizado/manual/manual_oea_v pdf. Más información puede encontrarse en la página web de la Comisión Europea 5 de 5
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