COOPERATIVA DE AHORRO Y CREDITO CORPORACIÓN CENTRO LTDA

Tamaño: px
Comenzar la demostración a partir de la página:

Download "COOPERATIVA DE AHORRO Y CREDITO CORPORACIÓN CENTRO LTDA"

Transcripción

1 COOPERATIVA DE AHORRO Y CREDITO CORPORACIÓN CENTRO LTDA Coop. Corporación Centro Emprendiendo Contigo desde 1993 REGLAMENTO DE ELECCIONES 1

2 REGLAMENTO DE ELECCIONES DE LA COOPERATIVA DE AHORRO Y CRÉDITO CORPORACIÓN CENTRO LTDA. CONSIDERANDO Que la institución requiere de un reglamento que regule los procesos electorales internos y determine las funciones y atribuciones de los organismos electorales; Que la Cooperativa debe mantener sus reglamentos de acuerdo a las disposiciones contenidas en la Ley Orgánica y Reglamento General de la Economía Popular y Solidaria y del Sector Financiero Popular y Solidario ;y, En ejercicio de las atribuciones establecidas en el Estatuto de la Cooperativa Artículos 14, 15 y, Artículo 7 ítems 7 y 8. Artículo 1 LA ASAMBLEA GENERAL EXPIDE EL REGLAMENTO DE ELECCIONES Contenido en los siguientes Títulos con su respectivo articulado TÍTULO I OBJETIVOS Y FINES El presente Reglamento normará el Proceso de Elecciones para Representantes a Asamblea General de la Cooperativa, y la conformación de Consejos de Administración y Vigilancia. Artículo 2 TÍTULO II DE LOS ORGANISMOS ELECTORALES CAPÍTULO PRIMERO DE LOS REPRESENTANTES A LA ASAMBLEA GENERAL La Asamblea General de la Cooperativa estará conformada por 30 Representantes de acuerdo a lo que disponen los artículos 34 y 35 de la Ley de Economía Popular y Solidaria y al Artículo 14 del Estatuto, de acuerdo al siguiente detalle: Región Sierra 19 2

3 Artículo 3 Región Costa 9 Región Amazónica 3 El Consejo de Administración publicará la convocatoria en un medio de comunicación masivo a nivel nacional con ocho días de anticipación al proceso electoral a los socios de la Cooperativa de las diferentes regiones del país, señalando lugar, fecha y horario en que se realizarán las mismas, con la finalidad de elegir a los Representantes que conformarán la Asamblea General de Representantes. El proceso electoral se efectuará en el día y hora señalados en la Convocatoria, con el número de socios que se presenten y las resoluciones tomadas serán acatadas por todos. CAPÍTULO SEGUNDO DE LA JUNTA GENERAL ELECTORAL Artículo 4 La Junta General Electoral es el organismo máximo electoral dentro de la institución y goza de autonomía e independencia administrativa para el cumplimiento de sus funciones específicas en cuanto a organizar, dirigir, vigilar, dirimir controversias y garantizar el proceso electoral. Artículo 5.La Junta electoral estará conformada por tres vocales principales y sus respectivos suplentes designados por el Consejo de Administración. El presidente y Secretario de la Junta General Electoral serán nombrados de entre ellos en la primera sesión. Artículo 6: Los vocales de la Junta General Electoral no deberán encontrarse incursos en ninguna de las prohibiciones para ser Representantes, ni tener relación de dependencia contractual con la Cooperativa, ni conflicto de intereses. Artículo 7 Son funciones y atribuciones de las Juntas General Electoral: a. Conformar las Juntas Electorales de las tres regiones, supervisar su funcionamiento y organizarlas b. Elaborar el cronograma de actividades del proceso electoral; c. Requerir a la Administración de la Cooperativa los padrones electorales respectivos y la información necesaria para llevar adelante el proceso electoral; d. Recibir la inscripción de candidatos a Representantes, de acuerdo la importancia de la Matriz y de las Oficinas que se encuentren en cada región, dentro de las 48 horas 3

4 posteriores a la convocatoria a elecciones y verificar su idoneidad en cumplimiento a lo estipulado en el presente Reglamento; e. Imponer las sanciones, que se estipulen en este Reglamento que sean de su competencia a quienes infrinjan el mismo; f. Revisar las Actas con de los escrutinios regionales, proclamar los resultados y comunicar al Consejo de Administración para los fines consiguientes; g. Resolver en primera instancia sobre las reclamaciones que se formulen sobre anomalías que pudieran presentarse en el proceso electoral. h. Presentar su informe de actividades a la siguiente asamblea de representantes i. Las demás previstas en este Reglamento y en el Estatuto social CAPITULO TERCERO DE LAS JUNTAS ELECTORALES REGIONALES Artículo 8 Las Juntas Electorales Regionales estarán conformadas por tres vocales principales y tres vocales suplentes, designados por la Junta General Electoral, de entre los socios de la Cooperativa, de acuerdo a la terna presentada por el Representante Regional respectivo de la Junta General Electoral. El Presidente y Secretario de la Junta serán electos de entre sus miembros. Artículo 9 Para ser miembro de la Junta Regional Electoral deberán cumplir los mismos requisitos establecidos para los miembros de la Junta General Electoral. Artículo 10: Son funciones y atribuciones de las juntas electorales regionales: a. Dirigir y vigilar, dentro de su ámbito de de acción, los actos electorales, así como impartir las instrucciones necesarias para su correcta realización; b. Coordinar con la Junta General todo el proceso electoral; c. Cumplir y hacer cumplir las disposiciones contenidas en este Reglamento y las resoluciones dadas por la Junta General Electoral d. Levantar las actas de instalación y del escrutinio parcial e. Receptar el sufragio dentro del día y horario previstos para las elecciones, usando como referencia única el padrón electoral y previa presentación de la cédula de ciudadanía de los votantes. f. Entregar al votante la papeleta electoral g. Entregar los escrutinios parciales una vez concluida la votación 4

5 h. Entregar a la junta electoral las papeletas electorales, juntamente con las actas de instalación y escrutinio, así como el padrón electoral y las papeletas no utilizadas en el proceso. i. Vigilar que las actas de instalación y escrutinio, los sobres que contengan dichas actas, los votos válidos, los emitidos en blanco y los anulados, lleven las firmas del Presidente y del secretario; y, j. Vigilar que el acto electoral se realice con normalidad y orden; para lo cual adoptará las medidas que considere necesarias. Artículo 11 Son prohibiciones de las Juntas Regionales Electorales: 1. Negar el derecho al voto a los socios que porten su cédula ciudadanía y se encuentren registrados en el Padrón Electoral; 2. Recibir el voto de las personas que no consten en el padrón electoral; 3. Recibir el voto de los socios antes y después del día y hora señalados para las elecciones; 4. Permitir el sufragio a socios que se presenten en estado etílico o bajo los efectos de haber consumido sustancias sicotrópicas o estupefacientes; 5. Realizar el escrutinio fuera de los recintos electorales; 6. Influir de alguna manera en la decisión del elector. Artículo 12 CAPÍTULO TERCERO DEL PROCESO ELECTORAL TÍTULO I DE LA INSCRIPCIÓN DE CANDIDATOS Para la elección de Representantes se deberá preceder la inscripción de candidatos ante la Junta General Electoral dentro de las 48 horas posteriores a la convocatoria a elecciones. Pasado este tiempo no se recibirán inscripciones de candidatos. Artículo 13 La Junta General Electoral, una vez presentada las candidaturas tendrán 24 horas para calificarlas, verificando que el socio cumpla con los requisitos señaladas en la Ley Orgánica y Reglamento General de la Economía Popular y Solidaria y del Sector Financiero Popular y Solidario. Si uno o varios candidatos no califican, la Junta notificará por cualquier medio y en forma inmediata al socio, para que presente los debidos justificativos, dentro de las 24 horas posteriores 5

6 Artículo 14 El número de candidatos se hará de acuerdo a la región a la que el socio pertenezca, así: Artículo principales y 38 suplentes para la región sierra 9 principales y 18 suplentes para la para la región costa 3 principales y 6 suplentes para la región amazónica Para ser candidato a Representante a la Asamblea de la Cooperativa, el socio deberá cumplir con los siguientes requisitos: a) Ser socio de la cooperativa durante dos años ininterrumpidos y registrar operaciones en las cuentas de ahorro y certificados de aportación durante los 12 meses previos a la fecha señalada para las elecciones; b) Tener conocimiento y experiencia en administración o carreras afines; c) Cumplir oportunamente con todas las obligaciones económicas adquiridas en la cooperativa; d) No haber sido sancionado judicial o administrativamente por actos de corrupción, malversación de fondos, peculado, estafa, abuso de confianza, hurto, o actos cometidos dentro del sistema cooperativo y no haber sido acusado por otros delitos. e) No registrar calificaciones: D y E en la central de riesgos como deudor; f) No haber atentado contra la imagen de la institución, sus directivos y autoridades; g) Las personas jurídicas que tengan calidad de socios de la cooperativa podrán ejercer el derecho a elegir a través de su representante legal, mismo que deberá estar debidamente acreditado. Artículo 16 De acuerdo al Art. 36 de la Ley Orgánica de Economía Popular y Solidaria no podrán ser candidatos a Representante: a) Los socios que se encontraren en proceso de exclusión; b) Los socios que se encuentren litigando contra la cooperativa; c) Los socios que mantengan vínculos contractuales con la cooperativa no inherentes a la calidad de socio; d) Los funcionarios o empleados; e) Los cónyuges, convivientes en unión de hecho o parientes hasta el cuarto grado de consanguinidad y segundo de afinidad de los representantes, vocales de los consejos, gerente y empleados de la cooperativa; y, f) Los que estuvieren incursos en otras prohibiciones estatutarias. 6

7 TÍTULO II DE LAS VOTACIONES Artículo 18 Las Juntas Regionales Electorales deberán observar el siguiente procedimiento: a) Previo al inicio del proceso de elecciones, deberán contar con el padrón electoral de cada región, el que comprenderá el registro de socios con derecho a voto, y que incluirá: nombres y apellidos completos y número de cédula de ciudadanía. Dicho padrón se elaborará y actualizará para cada proceso electoral por el Secretario de la Cooperativa. b) Es competencia de estas Juntas levantar y firmar las Actas de instalación y de resultados del escrutinio regional; c) Las Juntas Regionales Electorales receptarán el sufragio de los socios dentro del día previsto por el Consejo de Administración en la convocatoria para las elecciones, desde las nueve horas hasta las catorce horas, usando como referencia única el padrón electoral y previa la presentación de la cédula de ciudadanía de los votantes; d) Entregar en sobre cerrado al Consejo de Administración las papeletas electorales, las actas de instalación y escrutinio, así como el padrón electoral y las papeletas no utilizadas en el proceso; e) Verificar que las actas de instalación y escrutinio, los sobres que contengan dichas actas, los votos válidos, los emitidos en blanco y los nulos lleven las firmas del Presidente y del Secretario: f) Velar que el proceso electoral se lleve a cabo con orden y normalidad, para lo cual, tomarán las medidas de seguridad que consideren pertinentes. Artículo 19 El Presidente y el Secretario de cada Junta Regional Electoral comprobarán que la urna o las urnas se encuentren vacías, las cerrarán con llave y procederán a recibir la votación. Artículo 20 TÍTULO III DEL ESCRUTINIO DE LAS JUNTAS REGIONALES ELECTORALES Inmediatamente terminadas las votaciones en la hora prevista para el efecto, se dará inicio al escrutinio en cada una de las Juntas Regionales Electorales, empleando para ello el tiempo que fuera necesario hasta concluirlo. Se procederá de la siguiente manera: 7

8 a) La Junta Electoral verificará si el número de papeletas depositadas en la urna es la misma que el de votantes de acuerdo al padrón electoral. Cuando el número de papeletas fuere mayor que el de los socios que hubieren votado, se eliminarán las papeletas que no hubieran sido suministradas por la Junta Electoral. b) El Secretario leerá en voz alta el voto que corresponde a cada papeleta y la pasará al Presidente y al otro vocal para que comprueben su exactitud. c) Concluido el escrutinio se realizará por duplicado el Acta correspondiente debidamente suscrita por todos los miembros de la Junta, detallando el número de votos válidos, el de votos en blanco y el de los nulos; d) El original del Acta de instalación y de escrutinios, las papeletas utilizadas que representen los votos válidos, y los votos emitidos en blanco, los anulados y las papeletas no utilizadas serán colocadas en sobres diferentes debidamente firmados por el Presidente y el Secretario de la Junta y se remitirán inmediatamente al Consejo de Administración; e) Se entenderán como votos válidos los emitidos en las papeletas suministradas por la Junta Electoral y que expresen de manera evidente la voluntad del votante. Serán nulos los que llevaren la palabra nulo a anulado u otros similares y, además los que tuvieren tachaduras que demuestren claramente la voluntad de anular el voto. Se consideran votos en blanco los que no tuvieren señal alguna. Artículo 21 TITULO IV DE LA PROCLAMACIÓN Y ADJUDICACIÓN DE REPRESENTANTES. Una vez conocidos los resultados definitivos, la Junta General Electoral proclamará los resultados y adjudicará el número de puestos de representantes principales y suplentes, de conformidad con las disposiciones contenidas en este reglamento. El sistema para la asignación de puestos obedecerá al resultado de la votación que cada candidato obtuviere; los candidatos con mayor votación serán elegidos como principales y los que les sigan en forma inmediata quedarán electos como suplentes hasta completar el número establecido en el Estatuto, vigilando que tanto la matriz como sus oficinas operativas se encuentren representadas. TITULO CUARTO DE LOS RECURSOS CAPÍTULO I 8

9 DE LA IMPUGNACIÓN Artículo 22 Impugnación es la objeción que se presenta ante la Junta General Electoral para que ésta tome una resolución, respecto de decisiones, actuaciones u omisiones de los organismos electorales. Artículo 23 Podrán presentar este recurso: a. Socios que presentan su candidatura para la Asamblea de Representantes b. El Consejo de Administración por intermedio de su Presidente Artículo 24 La impugnación, debidamente motivada, se presentará por escrito ante la Junta General Electoral en el término de 24 horas siguientes a la proclamación de resultados, actuación u omisión que ocasionó su presentación. La impugnación deberá acompañarse con las pruebas y documentos que fundamenten su presentación y el tribunal resolverá el recurso en las 24 horas siguientes. El candidato que se considere afectado podrá impugnar el resultado que le afecte directamente. Artículo 25 La Junta General Electoral rechazará los recursos que no sean presentados dentro del término legal, así como los que no cuenten con los documentos justificativos del caso. TITULO QUINTO DE LAS ELECCIONES DE VOCALES CAPITULO ÚNICO DE LOS VOCALES DE LOS CONSEJOS DE ADMINISTRACIÓN Y VIGILANCIA Artículo 26 El Presidente de la Cooperativa convocará a Asamblea General de Representantes, para entre otros puntos, se conozca el Informe de la Junta General Electoral y se elijan vocales del Consejo de Administración y Vigilancia. 9

10 En la Asamblea General de Representantes se elegirá cinco vocales principales para el Consejo de Administración, tres vocales para el Consejo de Vigilancia y a sus respectivos suplentes. Artículo 27 Para ser Vocal Principal o Suplente de los Consejos de Administración y Vigilancia, se requiere cumplir con todas y cada una de las disposiciones determinadas en la Ley Orgánica y Reglamento General de la Economía Popular y Solidaria y del Sector Financiero Popular y Solidario, y las demás regulaciones y normas dictadas por los Organismos de Control. Artículo 28 Para que un Representante sea designado vocal de los consejos, debe por lo menos cumplir los siguientes requisitos: a) Tener al menos dos años como socio en la cooperativa; b) Acreditar al menos veinte horas de capacitación en el área de sus funciones, antes de su posesión; c) Estar al día en sus obligaciones económicas con la cooperativa; d) Acreditar la formación académica necesaria solicitada por el organismo de control; e) No tener relación de parentesco, hasta el cuarto grado de consanguinidad y segundo de afinidad, ni relación conyugal o unión de hecho con otro de los vocales ni con el gerente. Artículo 30 La elección de los Consejos de Administración y Vigilancia se hará en forma individual o por lista y mediante votación secreta. TÍTULO II DISPOSICIONES GENERALES 1. Todas las disposiciones que no se encuentren estipuladas en el presente Reglamento, se aplicarán conforme los establecido en la Ley Orgánica de Economía Popular y Solidaria y su Reglamento. 10

ELECCIONES DE REPRESENTANTES DE LOS SOCIOS A LA ASAMBLEA GENERAL

ELECCIONES DE REPRESENTANTES DE LOS SOCIOS A LA ASAMBLEA GENERAL JUNTA GENERAL ELECTORAL INSTRUCTIVO ELECTORAL ELECCIONES DE REPRESENTANTES DE LOS SOCIOS A LA ASAMBLEA GENERAL La Junta General Electoral de la Cooperativa de ahorro y crédito Policía Nacional, elegida

Más detalles

CONSIDERANDO ACUERDA CAPITULO I DE LA ASAMBLEA DE REPRESENTANTES.

CONSIDERANDO ACUERDA CAPITULO I DE LA ASAMBLEA DE REPRESENTANTES. REGLAMENTO DE ELECCIÓN DE VOCALES REPRESENTANTES DE LA CIUDADANÍA ANTE EL DIRECTORIO DE LA EMPRESA MUNICIPAL DE AGUA POTABLE Y ALCANTARILLADO DE GUARANDA. CONSIDERANDO 1. Que el Art. 225 de la Constitución

Más detalles

CLUB DEPORTIVO UNIVERSITARIOS DE CHILE REGLAMENTO ELECTORAL - ELECCIÓN DE DIRECTORIO

CLUB DEPORTIVO UNIVERSITARIOS DE CHILE REGLAMENTO ELECTORAL - ELECCIÓN DE DIRECTORIO CLUB DEPORTIVO UNIVERSITARIOS DE CHILE REGLAMENTO ELECTORAL - ELECCIÓN DE DIRECTORIO SANTIAGO DE CHILE, DICIEMBRE DE 2012 CLUB DEPORTIVO UNIVERSITARIOS DE CHILE REGLAMENTO ELECTORAL - ELECCIÓN DE DIRECTORIO

Más detalles

CLUB DE ATLETISMO RÍA FERROL ELECCIONES A PRESIDENTE NORMATIVA ELECTORAL

CLUB DE ATLETISMO RÍA FERROL ELECCIONES A PRESIDENTE NORMATIVA ELECTORAL El Presidente del Club de Atletismo Ría Ferrol se elegirá en Asamblea General Extraordinaria mediante sufragio libre, igual, directo y secreto de los socios de número con derecho a voto. El Presidente

Más detalles

REGLAMENTO PARA ELEGIR A LOS REPRESENTANTES DE LOS TRABAJADORES ANTE EL COMITE DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO PARA EL PERIODO

REGLAMENTO PARA ELEGIR A LOS REPRESENTANTES DE LOS TRABAJADORES ANTE EL COMITE DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO PARA EL PERIODO REGLAMENTO PARA ELEGIR A LOS REPRESENTANTES DE LOS TRABAJADORES ANTE EL COMITE DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO PARA EL PERIODO 2013-2014 En Arequipa, a los 13 días del mes de febrero del 2013, el Comité

Más detalles

La Junta Directiva del Fondo de Empleados Fondexo, en uso de sus atribuciones legales y las conferidas en los Estatutos y, CONSIDERANDO

La Junta Directiva del Fondo de Empleados Fondexo, en uso de sus atribuciones legales y las conferidas en los Estatutos y, CONSIDERANDO FONDO DE EMPLEADOS DE SODEXO FONDEXO ACUERDO No. 001 REGLAMENTO DE ELECCION DE DELEGADOS PARA LAS ASAMBLEAS GENERALES ORDINARIAS Y/O EXTRAORDINARIAS DEL FONDO DE EMPLEADOS DE SODEXO FONDEXO La Junta Directiva

Más detalles

REGLAMENTO DE ELECCIONES A PRESIDENTE DEL CLUB NATACIÓN CORUÑA CALENDARIO ELECTORAL

REGLAMENTO DE ELECCIONES A PRESIDENTE DEL CLUB NATACIÓN CORUÑA CALENDARIO ELECTORAL REGLAMENTO DE ELECCIONES A PRESIDENTE DEL CLUB NATACIÓN CORUÑA 2013 1.- CALENDARIO ELECTORAL 16 Febrero Publicación del Censo Electoral 19 Febrero Plazo de reclamaciones al Censo 20 Febrero Resolución

Más detalles

CAPITULO I GENERALIDADES

CAPITULO I GENERALIDADES REGLAMENTO PARA LA ELECCIÓN DE LOS REPRESENTANTES DE LOS TRABAJADORES ANTE EL SUB-COMITÉ DE ADMINISTRACIÓN DEL FONDO DE ASISTENCIA Y ESTÍMULO DEL HOSPITAL NACIONAL DOCENTE MADRE NIÑO SAN BARTOLOMÉ CAPITULO

Más detalles

REGLAMENTO ELECTORAL AVILÉS STADIUM CLUB DE FÚTBOL

REGLAMENTO ELECTORAL AVILÉS STADIUM CLUB DE FÚTBOL REGLAMENTO ELECTORAL AVILÉS STADIUM CLUB DE FÚTBOL INDICE Artículo 1. Articulo 2. Articulo 3. Articulo 4. Artículo 5. Artículo 6. Artículo 7. Artículo 8. Artículo 9. Artículo 10. Artículo 11. Artículo

Más detalles

ARTICULO 2º.- La designación como miembro del Comité Electoral es irrenunciable y su asistencia es obligatoria durante el proceso eleccionario.

ARTICULO 2º.- La designación como miembro del Comité Electoral es irrenunciable y su asistencia es obligatoria durante el proceso eleccionario. REGLAMENTO PARA LA ELECCION DE LOS REPRESENTANTES DE LOS TRABAJADORES ANTE EL COMITÉ DE ADMINISTRACION DEL FONDO DE ASISTENCIA Y ESTIMULO DE LA DIRECCION REGIONAL DE SALUD TACNA (CAFAE) PERIODO 2009 2011

Más detalles

UNIVERSIDAD ANDINA SIMÓN BOLÍVAR CONSEJO SUPERIOR REGLAMENTO DE CONSULTA PREVIA A LA DESIGNACIÓN DE RECTOR

UNIVERSIDAD ANDINA SIMÓN BOLÍVAR CONSEJO SUPERIOR REGLAMENTO DE CONSULTA PREVIA A LA DESIGNACIÓN DE RECTOR UNIVERSIDAD ANDINA SIMÓN BOLÍVAR CONSEJO SUPERIOR REGLAMENTO DE CONSULTA PREVIA A LA DESIGNACIÓN DE RECTOR 1. Para la elección de rector de la Sede Central y de las Sedes nacionales, el presidente del

Más detalles

Instructivo para la elección de Representantes Laborales ante el Honorable Consejo Universitario de la Universidad San Gregorio de Portoviejo

Instructivo para la elección de Representantes Laborales ante el Honorable Consejo Universitario de la Universidad San Gregorio de Portoviejo UNIVERSIDAD Resolución USG-H.C.U-No 0105-08- tomada por el Honorable Consejo Universitario en su Sesión Ordinaria del día 18 del mes de agosto del año, la misma que dice literalmente: "Aprobar el Representantes

Más detalles

REGLAMENTO DE FUNCIONAMIENTO DEL CLAUSTRO DE LA UNIVERSIDAD SAN PABLO-CEU

REGLAMENTO DE FUNCIONAMIENTO DEL CLAUSTRO DE LA UNIVERSIDAD SAN PABLO-CEU REGLAMENTO DE FUNCIONAMIENTO DEL CLAUSTRO DE LA UNIVERSIDAD SAN PABLO-CEU Exposición de motivos De conformidad a lo dispuesto por el artículo 16 de la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades,

Más detalles

RESUMEN DEL PROCESO ELECTORAL PARA LA ELECCIÓN DEL PRESIDENTE DE FADE SEGÚN LO RECOGIDO EN LOS ESTATUTOS

RESUMEN DEL PROCESO ELECTORAL PARA LA ELECCIÓN DEL PRESIDENTE DE FADE SEGÚN LO RECOGIDO EN LOS ESTATUTOS RESUMEN DEL PROCESO ELECTORAL PARA LA ELECCIÓN DEL PRESIDENTE DE FADE SEGÚN LO RECOGIDO EN LOS ESTATUTOS OVIEDO / Noviembre de 2013 La elección del presidente de la federación se inicia con la promoción

Más detalles

RESUMEN DEL PROCESO ELECTORAL EN CRUZ ROJA

RESUMEN DEL PROCESO ELECTORAL EN CRUZ ROJA RESUMEN DEL PROCESO ELECTORAL EN CRUZ ROJA RÉGIMEN ELECTORAL -1 (Capítulo V, R.G.O.) Cuándo se convocan las elecciones en Cruz Roja? (Art. 39, RGO) Cada cuatro años el/la presidente/a de Cruz Roja Española,

Más detalles

REGLAMENTO DE ELECCIONES DE LOS GOBIERNOS ESTUDIANTILES DE LA UNIVERSIDAD DE LA SALLE1 CAPÍTULO I. DEL DERECHO AL SUFRAGIO

REGLAMENTO DE ELECCIONES DE LOS GOBIERNOS ESTUDIANTILES DE LA UNIVERSIDAD DE LA SALLE1 CAPÍTULO I. DEL DERECHO AL SUFRAGIO REGLAMENTO DE ELECCIONES DE LOS GOBIERNOS ESTUDIANTILES DE LA UNIVERSIDAD DE LA SALLE1 CAPÍTULO I. DEL DERECHO AL SUFRAGIO Artículo 1: El sufragio es un derecho y un deber, que tienen todos los alumnos

Más detalles

REGLAMENTO DE ELECCIONES DE LA ASOCIACIÓN MUTUALISTA DE AHORRO Y CRÉDITO PARA LA VIVIENDA PICHINCHA

REGLAMENTO DE ELECCIONES DE LA ASOCIACIÓN MUTUALISTA DE AHORRO Y CRÉDITO PARA LA VIVIENDA PICHINCHA REGLAMENTO DE ELECCIONES DE LA ASOCIACIÓN MUTUALISTA DE AHORRO Y CRÉDITO PARA LA VIVIENDA PICHINCHA La Junta General Extraordinaria de Socios de la Asociación Mutualista de Ahorro y Crédito para la Vivienda

Más detalles

Reglamento de Elecciones del Sindicato SINAUT-SUNAT. Proceso Electoral para elección de la Junta Directiva Período

Reglamento de Elecciones del Sindicato SINAUT-SUNAT. Proceso Electoral para elección de la Junta Directiva Período Reglamento de Elecciones del Sindicato SINAUT-SUNAT Proceso Electoral para elección de la Junta Directiva Período 2011-2013 Artículo 1.- El Comité Electoral es el órgano responsable de la organización,

Más detalles

REGLAMENTO ELECCIONES PARA LA RENOVACIÓN DE LOS SECTORES DE PROFESORES Y DOCTORANDOS EN EL COMITÉ DE DIRECCIÓN DE LA EDUC

REGLAMENTO ELECCIONES PARA LA RENOVACIÓN DE LOS SECTORES DE PROFESORES Y DOCTORANDOS EN EL COMITÉ DE DIRECCIÓN DE LA EDUC REGLAMENTO ELECCIONES PARA LA RENOVACIÓN DE LOS SECTORES DE PROFESORES Y DOCTORANDOS EN EL COMITÉ DE DIRECCIÓN DE LA EDUC Elecciones para la renovación del sector de: 1) Los Profesores de los programas

Más detalles

PROPUESTA PARA ELABORAR EL PROYECTO DE REGLAMENTO DE ELECCIONES DE APAFA "Institución Educativa " CAPITULO I GENERALIDAD

PROPUESTA PARA ELABORAR EL PROYECTO DE REGLAMENTO DE ELECCIONES DE APAFA Institución Educativa  CAPITULO I GENERALIDAD PROPUESTA PARA ELABORAR EL PROYECTO DE REGLAMENTO DE ELECCIONES DE APAFA 2015-2016. "Institución Educativa " CAPITULO I GENERALIDAD Artículo 1 o.- El presente Reglamento de elecciones tiene por finalidad

Más detalles

REGLAMENTO ELECTORAL DEL COLEGIO DE NUTRICIONISTAS DE LA PROVINCIA DE CÓRDOBA.

REGLAMENTO ELECTORAL DEL COLEGIO DE NUTRICIONISTAS DE LA PROVINCIA DE CÓRDOBA. REGLAMENTO ELECTORAL DEL COLEGIO DE NUTRICIONISTAS DE LA PROVINCIA DE CÓRDOBA. Página 1 Modificado por Asamblea Anual Ordinaria del 21 de noviembre de 2013. ARTÍCULO 1: La Junta Electoral, conformada por

Más detalles

ASAMBLEA GENERAL VITORIA GASTEIZ, 22 de enero de 2013 Orden del Día

ASAMBLEA GENERAL VITORIA GASTEIZ, 22 de enero de 2013 Orden del Día ASAMBLEA GENERAL VITORIA GASTEIZ, 22 de enero de 2013 Orden del Día PUNTO UNICO - Elección de Presidente y Junta Directiva de la Federación Vasca de Futbol DESARROLLO DE LA ASAMBLEA GENERAL DE LA EFF-FVF

Más detalles

REGLAMENTO DE ELECCIONES PARA EL PROCESO ELECTORAL DEL AÑO 2016 VOTO ELECTRONICO NO PRESENCIAL VENP- DISPOSICIONES GENERALES

REGLAMENTO DE ELECCIONES PARA EL PROCESO ELECTORAL DEL AÑO 2016 VOTO ELECTRONICO NO PRESENCIAL VENP- DISPOSICIONES GENERALES REGLAMENTO DE ELECCIONES PARA EL PROCESO ELECTORAL DEL AÑO 2016 VOTO ELECTRONICO NO PRESENCIAL VENP- DISPOSICIONES GENERALES Artículo 1.- El presente Reglamento establece las normas y procedimientos para

Más detalles

JUNTA DIRECTIVA FONDO DE EMPLEADOS DE INGEOMINAS "FEINGE" REGLAMENTO DEL COMITÉ DE BIENESTAR SOCIAL. ACUERDO No.035

JUNTA DIRECTIVA FONDO DE EMPLEADOS DE INGEOMINAS FEINGE REGLAMENTO DEL COMITÉ DE BIENESTAR SOCIAL. ACUERDO No.035 JUNTA DIRECTIVA FONDO DE EMPLEADOS DE INGEOMINAS "FEINGE" REGLAMENTO DEL COMITÉ DE BIENESTAR SOCIAL ACUERDO No.035 Por medio del cual se adopta el reglamento interno del COMITÉ DE BIENESTAR SOCIAL del

Más detalles

REGLAMENTO DE ELECCIONES DEL DIRECTORIO NACIONAL DE LA SOCIEDAD DE INGENIEROS DE BOLIVIA CAPITULO I DEFINICIONES

REGLAMENTO DE ELECCIONES DEL DIRECTORIO NACIONAL DE LA SOCIEDAD DE INGENIEROS DE BOLIVIA CAPITULO I DEFINICIONES REGLAMENTO DE ELECCIONES DEL DIRECTORIO NACIONAL DE LA CAPITULO I DEFINICIONES ARTICULO 1º El Presente Reglamento tiene por finalidad regular y establecer el procedimiento de elecciones del Directorio

Más detalles

DIRECTRICES PARA EL DESARROLLO DE LAS ELECCIONES DE DELEGADOS DE GRUPO, DE TITULACIÓN Y DE FACULTAD O ESCUELA DE LA URJC.

DIRECTRICES PARA EL DESARROLLO DE LAS ELECCIONES DE DELEGADOS DE GRUPO, DE TITULACIÓN Y DE FACULTAD O ESCUELA DE LA URJC. DIRECTRICES PARA EL DESARROLLO DE LAS ELECCIONES DE DELEGADOS DE GRUPO, DE TITULACIÓN Y DE FACULTAD O ESCUELA DE LA URJC. El Consejo de Gobierno de la Universidad Rey Juan Carlos, en cumplimiento del artículo

Más detalles

Y C O N S I D E R A N D O: 1. Que es función de la Junta Directiva aprobar su propio reglamento y los demás que crea necesarios y convenientes.

Y C O N S I D E R A N D O: 1. Que es función de la Junta Directiva aprobar su propio reglamento y los demás que crea necesarios y convenientes. REGLAMENTACIÓN PARA LA INSCRIPCIÓN Y ELECCIÓN DE DELEGADOS PARA LAS ASAMBLEAS DE FONDO DE EMPLEADOS DE GASES INDUSTRIALES DE COLOMBIA FONCRYOGAS La Junta Directiva del Fondo De Empleados De Gases Industriales

Más detalles

REGLAMENTO DE ELECCIONES

REGLAMENTO DE ELECCIONES REGLAMENTO DE ELECCIONES La Asamblea General de Representantes de la Cooperativa de Ahorro y Crédito Cámara de Comercio de Ambato Ltda., por las atribuciones que le confieren los Arts. 32, 34 y 35 de la

Más detalles

MANUAL DE PROCEDIMIENTOS DEL FONDO PyME 2012 APROBADO POR EL CONSEJO DIRECTIVO DEL FONDO PYME EL 24 DE ENERO DE 2012 ANEXO 1

MANUAL DE PROCEDIMIENTOS DEL FONDO PyME 2012 APROBADO POR EL CONSEJO DIRECTIVO DEL FONDO PYME EL 24 DE ENERO DE 2012 ANEXO 1 ANEXO 1 OPERACIÓN Y FUNCIONES DEL SUBCOMITÉ TÉCNICO ESTATAL Página 87 de 97 A. Conformación. ANEXO 1 Operación y funciones del Subcomité La conformación del Subcomité prevé la participación del Secretario

Más detalles

Representantes de partidos políticos ante las Mesas Directivas de Casilla

Representantes de partidos políticos ante las Mesas Directivas de Casilla Representantes de partidos políticos ante las Mesas Directivas de Casilla Tiraje de 30000 ejemplares Coordinación del Proyecto: Dirección de Capacitación Electoral Diseño: Unidad de Comunicación Social

Más detalles

UNIVERSIDAD DE LOS LLANOS

UNIVERSIDAD DE LOS LLANOS RESOLUCIÓN RECTORAL No. 3072 de 2016 Por la cual se convoca a los profesores de las Facultades de Ciencias de la Salud, Ciencias Económicas y Ciencias Agropecuarias y Recursos Naturales, para que elijan

Más detalles

CARTILLA PARA APODERADOS DE MESA PACTO CONCERTACION Y JUNTOS PODEMOS POR MAS DEMOCRACIA LISTA A

CARTILLA PARA APODERADOS DE MESA PACTO CONCERTACION Y JUNTOS PODEMOS POR MAS DEMOCRACIA LISTA A CARTILLA PARA APODERADOS DE MESA PACTO CONCERTACION Y JUNTOS PODEMOS POR MAS DEMOCRACIA LISTA A MENTALICEMOS NUESTRAS LISTAS PRESIDENTE : LISTA JUNTOS PODEMOS MAS Nº 1 DIPUTADOS: PACTO CONCERTACION Y JUNTOS

Más detalles

PONTIFICIA UNIVERSIDAD CATÓLICA DEL ECUADOR SEDE IBARRA CONSIDERANDO

PONTIFICIA UNIVERSIDAD CATÓLICA DEL ECUADOR SEDE IBARRA CONSIDERANDO PONTIFICIA UNIVERSIDAD CATÓLICA DEL ECUADOR SEDE IBARRA REGLAMENTO PARA LAS ELECCIONES DEL COGOBIERNO CONSIDERANDO Que, la Constitución de la República del Ecuador, en su artículo 355, señala que: El Estado

Más detalles

INSTRUCTIVO DE ESTIMULOS, SANCIONES Y MOVILIZACIONES DE LA CACEP

INSTRUCTIVO DE ESTIMULOS, SANCIONES Y MOVILIZACIONES DE LA CACEP INSTRUCTIVO DE ESTIMULOS, SANCIONES Y MOVILIZACIONES DE LA CACEP El Consejo de Administración de la Cooperativa de Ahorro y Crédito Educadores de Pastaza Ltda. En usos de sus atribuciones que le confiere

Más detalles

CONVOCATORIA. Quito, 25 de febrero del Señor PRESIDENTE CLUB DEPORTIVO LDBA Presente.- De nuestras consideraciones:

CONVOCATORIA. Quito, 25 de febrero del Señor PRESIDENTE CLUB DEPORTIVO LDBA Presente.- De nuestras consideraciones: CONVOCATORIA Quito, 25 de febrero del 2014 Señor PRESIDENTE CLUB DEPORTIVO LDBA Presente.- De nuestras consideraciones: Se CONVOCA a la Asamblea General Ordinaria de Elecciones, en la cual se procederá

Más detalles

INFORMATIVO PARA APODERADOS DE MESA

INFORMATIVO PARA APODERADOS DE MESA INFORMATIVO PARA APODERADOS DE MESA Quiénes pueden ser designados apoderados de mesa? Para ser nombrado apoderado, se requiere ser : Ciudadano mayor de 18 años No haber sido condenado por delitos sancionados

Más detalles

C O N V O C A T O R I A

C O N V O C A T O R I A C O N V O C A T O R I A ELECCIÓN EXTRAORDINARIA DE REPRESENTANTES PROPIETARIOS Y SUPLENTES DE LOS ALUMNOS POR LOS DEPARTAMENTOS DE PROCESOS PRODUCTIVOS, RECURSOS DE LA TIERRA, Y SISTEMAS DE INFORMACIÓN

Más detalles

REGLAMENTO DE LA COORDINACIÓN NACIONAL DE AUTORIDADES MUNICIPALES DE MOVIMIENTO CIUDADANO. TÍTULO PRIMERO Capítulo Único Disposiciones Generales

REGLAMENTO DE LA COORDINACIÓN NACIONAL DE AUTORIDADES MUNICIPALES DE MOVIMIENTO CIUDADANO. TÍTULO PRIMERO Capítulo Único Disposiciones Generales REGLAMENTO DE LA COORDINACIÓN NACIONAL DE AUTORIDADES MUNICIPALES DE MOVIMIENTO CIUDADANO TÍTULO PRIMERO Capítulo Único Disposiciones Generales Artículo 1- La Coordinación Nacional de Autoridades Municipales

Más detalles

REGLAMENTACION DEL PROCEDIMIENTO ELECTORAL PARA ELECCION DE DELEGADOS A LA ASAMBLEA

REGLAMENTACION DEL PROCEDIMIENTO ELECTORAL PARA ELECCION DE DELEGADOS A LA ASAMBLEA REGLAMENTACION DEL PROCEDIMIENTO ELECTORAL PARA ELECCION DE DELEGADOS A LA ASAMBLEA Inscripción de Candidatos a Delegados y Suplentes: Cada seccional es una zona electoral que podrá inscribir un número

Más detalles

COOPERATIVA DE AHORRO Y CRÉDITO DE LOS EMPLEADOS DE CERVECERÍA NACIONAL CN S.A. Y DINADEC S.A. CRECER REGLAMENTO INTERNO DE ELECCIONES

COOPERATIVA DE AHORRO Y CRÉDITO DE LOS EMPLEADOS DE CERVECERÍA NACIONAL CN S.A. Y DINADEC S.A. CRECER REGLAMENTO INTERNO DE ELECCIONES COOPERATIVA DE AHORRO Y CRÉDITO DE LOS EMPLEADOS DE CERVECERÍA NACIONAL CN S.A. Y DINADEC S.A. CRECER REGLAMENTO INTERNO DE ELECCIONES La Asamblea General de Representantes de la Cooperativa de Ahorro

Más detalles

La Junta Plenaria de la Casa de la Cultura Ecuatoriana 'Benjamín Carrión' Considerando:

La Junta Plenaria de la Casa de la Cultura Ecuatoriana 'Benjamín Carrión' Considerando: 1 Reglamento de elecciones de la Casa de la Cultura Ecuatoriana 'Benjamín Carrión' para elegir presidente y vicepresidente nacional, y presidente y directorio de los Núcleos Provinciales La Junta Plenaria

Más detalles

Normativa para la elección de delegados de titulación (Aprobada en Comisión Gestora de 20/12/96)

Normativa para la elección de delegados de titulación (Aprobada en Comisión Gestora de 20/12/96) Normativa para la elección de delegados de titulación (Aprobada en Comisión Gestora de 20/12/96) Título I: De la Elección de Delegados/as de Titulación en la Universidad de huelva. Capítulo I: Normas Generales.

Más detalles

ANEXO ÚNICO. 2. Para los efectos de los presentes Lineamientos se entenderá por:

ANEXO ÚNICO. 2. Para los efectos de los presentes Lineamientos se entenderá por: ANEXO ÚNICO LINEAMIENTOS PARA EL EJERCICIO DEL DERECHO QUE TIENEN LOS OTRORA PARTIDOS POLÍTICOS NACIONALES PARA OPTAR POR EL REGISTRO COMO PARTIDO POLÍTICO LOCAL ESTABLECIDO EN EL ARTÍCULO 95, PÁRRAFO

Más detalles

INSTRUCCIONES DE DESARROLLO PARA LAS ELECCIONES A REPRESENTANTES DEL CLAUSTRO EN LA COMISIÓN DE CALIDAD 2016 ACUERDA

INSTRUCCIONES DE DESARROLLO PARA LAS ELECCIONES A REPRESENTANTES DEL CLAUSTRO EN LA COMISIÓN DE CALIDAD 2016 ACUERDA INSTRUCCIONES DE DESARROLLO PARA LAS ELECCIONES A REPRESENTANTES DEL CLAUSTRO EN LA COMISIÓN DE CALIDAD 2016 La Mesa del Claustro de la Universidad Politécnica de Cartagena, en ejercicio de las funciones

Más detalles

PROCEDIMIENTO DE ELECCIONES

PROCEDIMIENTO DE ELECCIONES PROCEDIMIENTO DE ELECCIONES Abril 2009-1 - ÍNDICE 1. Objetivo Pág. 3 2. Extensión Pág. 3 3. Documento de Apoyo Pág. 3 4. Definiciones Pág. 3 5. Método Operativo Pág. 3 6. Documentación Pág. 5-2 - 1.- OBJETIVO

Más detalles

REGLAMENTO DE REGIMEN INTERNO DE LA ASOCIACIÓN CLUSTER EMPRESARIAL DE TURISMO DE GALICIA (CTG)

REGLAMENTO DE REGIMEN INTERNO DE LA ASOCIACIÓN CLUSTER EMPRESARIAL DE TURISMO DE GALICIA (CTG) REGLAMENTO DE REGIMEN INTERNO DE LA ASOCIACIÓN CLUSTER EMPRESARIAL DE TURISMO DE GALICIA (CTG) CAPITULO I. DE LA ASOCIACION EN GENERAL Artículo 1. Fuentes normativas y prelación de normas 1. La Asociación

Más detalles

A N E X O PARA LA ELECCIÓN DE RECTOR, VICERRECTORES Y DECANOS

A N E X O PARA LA ELECCIÓN DE RECTOR, VICERRECTORES Y DECANOS A N E X O PARA LA ELECCIÓN DE RECTOR, VICERRECTORES Y DECANOS DE LA CONVOCATORIA: ARTICULO 1.- La convocatoria la efectúa el Rector, con sujeción a la fecha fijada por la Asamblea Universitaria para la

Más detalles

GUIA DEL REPRESENTANTE ANTE LA CASILLA ELECTORAL Y DEL REPRESENTANTE GENERAL

GUIA DEL REPRESENTANTE ANTE LA CASILLA ELECTORAL Y DEL REPRESENTANTE GENERAL GUIA DEL REPRESENTANTE ANTE LA CASILLA ELECTORAL Y DEL REPRESENTANTE GENERAL 2013 REPRESENTANTES DE PARTIDOS Los partidos políticos o las coaliciones, podrán acreditar en cada uno de los Distritos Electorales

Más detalles

Reglas para Elecciones de Miembros de la Comisión Directiva

Reglas para Elecciones de Miembros de la Comisión Directiva Reglas para Elecciones de Miembros de la Comisión Directiva ESTATUTO SOCIAL: Artículo 15 Son atribuciones y deberes de la Comisión Directiva: A. Ejecutar las resoluciones de las Asambleas, cumplir y hacer

Más detalles

ELECCIONES A CLAUSTRO, JUNTAS DE FACULTAD Y CONSEJOS DE DEPARTAMENTO 2015 INSTRUCCIONES PARA EL DESARROLLO DEL PROCESO ELECTORAL

ELECCIONES A CLAUSTRO, JUNTAS DE FACULTAD Y CONSEJOS DE DEPARTAMENTO 2015 INSTRUCCIONES PARA EL DESARROLLO DEL PROCESO ELECTORAL ELECCIONES A CLAUSTRO, JUNTAS DE FACULTAD Y CONSEJOS DE DEPARTAMENTO 2015 INSTRUCCIONES PARA EL DESARROLLO DEL PROCESO ELECTORAL Por Resolución del Rector de 24 de septiembre de 2015 se convocan elecciones

Más detalles

ADMINISTRACIÓN INTEGRAL DE RIESGOS EN LAS COOPERATIVAS DE AHORRO Y CRÉDITO Y CAJAS CENTRALES

ADMINISTRACIÓN INTEGRAL DE RIESGOS EN LAS COOPERATIVAS DE AHORRO Y CRÉDITO Y CAJAS CENTRALES ADMINISTRACIÓN INTEGRAL DE RIESGOS EN LAS COOPERATIVAS DE AHORRO Y CRÉDITO Y CAJAS CENTRALES Intendencia de Riesgos de la EPS y SFPS Dirección Nacional de Riesgos del Sector Financiero Popular y Solidario

Más detalles

UNIVERSIDAD DE LOS LLANOS

UNIVERSIDAD DE LOS LLANOS DE 2015 Por la cual se convoca a los Directores de Programa del Campó de Conocimiento definido por el Consejo Académico (Biología, Ingeniería Electrónica, Ingeniería de Sistemas, Administración de Empresas,

Más detalles

El Control Interno en las Entidades de Economía Popular y Solidaria

El Control Interno en las Entidades de Economía Popular y Solidaria El Control Interno en las Entidades de Economía Popular y Solidaria Luis Coronel Andrade Septiembre 2015 Código Orgánico Monetario y Financiero Art. 228.- Las entidades del sistema financiero nacional

Más detalles

GUÍA PARA LOS MIEMBROS DE LAS MESAS ELECTORALES EN LAS ELECCIONES A JUNTAS DE FACULTAD Y ESCUELA Y CONSEJOS DE DEPARTAMENTO

GUÍA PARA LOS MIEMBROS DE LAS MESAS ELECTORALES EN LAS ELECCIONES A JUNTAS DE FACULTAD Y ESCUELA Y CONSEJOS DE DEPARTAMENTO GUÍA PARA LOS MIEMBROS DE LAS MESAS ELECTORALES EN LAS ELECCIONES A JUNTAS DE FACULTAD Y ESCUELA Y CONSEJOS DE DEPARTAMENTO CONSTITUCIÓN DE LA MESA Para cada Mesa electoral serán designados un Presidente

Más detalles

TRIBUNAL SUPREMO ELECTORAL 6a. Avenida 0-32 zona 2, Ciudad de Guatemala Teléfonos: /4

TRIBUNAL SUPREMO ELECTORAL 6a. Avenida 0-32 zona 2, Ciudad de Guatemala Teléfonos: /4 TRIBUNAL SUPREMO ELECTORAL 6a. Avenida 0-32 zona 2, Ciudad de Guatemala Teléfonos: 2232 0380 /4 1. OBJETIVO INSTITUCIONAL Velar por el fiel cumplimiento de la normativa que regula el ejercicio de los derechos

Más detalles

Juntas Directivas para Pymes. Mag Jaime González Ortiz Escuela de Negocios Universidad del Norte

Juntas Directivas para Pymes. Mag Jaime González Ortiz Escuela de Negocios Universidad del Norte Juntas Directivas para Pymes Mag Jaime González Ortiz Escuela de Negocios Universidad del Norte 2014 Junta Directivas 1. Es un organismo colegiado, de existencia obligatoria en las sociedades anónimas

Más detalles

Universidad Surcolombiana Nit

Universidad Surcolombiana Nit 1 09001 SC 7384 - GP 205-1 CO - SC 7384-1 ACUERDO 021 DE 2016 (10 DE JUNIO) "Por el cual se aprueba el proceso para seleccionar y designar Decanos en las Facultades de Ciencias Sociales y Humanas, Educación,

Más detalles

PROPUESTA MODIFICACIÓN PUNTUAL ESTATUTOS MAYO DE 1014

PROPUESTA MODIFICACIÓN PUNTUAL ESTATUTOS MAYO DE 1014 PROPUESTA MODIFICACIÓN PUNTUAL ESTATUTOS MAYO DE 1014 4.- RÉGIMEN ELECTORAL. MESAS ELECTORALES, VOTO POR CORREO, VOTO ELECTRÓNICO. ARTS. 95 Y 98 A 100. REDACCIÓN ACTUAL. MESAS ELECTORALES ART. 95 En cada

Más detalles

ELECCIONES PARA EL CONSEJO DE CONSULTA CONVOCATORIA

ELECCIONES PARA EL CONSEJO DE CONSULTA CONVOCATORIA CONSULADO GENERAL DEL PERU ATLANTA ELECCIONES PARA EL CONSEJO DE CONSULTA CONVOCATORIA El Consulado General del Perú en Atlanta convoca a la Comunidad Peruana a la elección del Consejo de Consulta para

Más detalles

INSTITUTO TECNOLÓGICO SUPERIOR DE IRAPUATO REGLAMENTO JUNTA DIRECTIVA REGLAMENTO DE LA JUNTA DIRECTIVA DEL INSTITUTO TECNOLÓGICO SUPERIOR DE IRAPUATO

INSTITUTO TECNOLÓGICO SUPERIOR DE IRAPUATO REGLAMENTO JUNTA DIRECTIVA REGLAMENTO DE LA JUNTA DIRECTIVA DEL INSTITUTO TECNOLÓGICO SUPERIOR DE IRAPUATO REGLAMENTO DE LA JUNTA DIRECTIVA DEL INSTITUTO TECNOLÓGICO SUPERIOR DE IRAPUATO I. CAPÍTULO PRIMERO DISPOSICIONES GENERALES CAPÍTULO SEGUNDO DE LA JUNTA DIRECTIVA Y SUS ATRIBUCIONES CAPÍTULO TERCERO DE

Más detalles

9 10 de mayo La Junta Directiva acuerda convocar elecciones y la fecha de

9 10 de mayo La Junta Directiva acuerda convocar elecciones y la fecha de ACTA DE CONSTITUCIÓN DE JUNTA ELECTORAL EN LAS ELECCIONES PARA LA RENOVACIÓN PARCIAL DE LOS CARGOS ELEGIBLES DE LA JUNTA DIRECTIVA, 2013 En cumplimiento de los acuerdos de la Junta Directiva de AIDIPE,

Más detalles

Documentos Exigidos para actualizar la Directiva de Organizaciones Territoriales y Funcionales regidas por la ley

Documentos Exigidos para actualizar la Directiva de Organizaciones Territoriales y Funcionales regidas por la ley Dirección de Desarrollo Comunitario Programa Organizaciones Comunitarias Documentos Exigidos para actualizar la Directiva de Organizaciones Territoriales y Funcionales regidas por la ley 19.418 Se marcará

Más detalles

Opositas Andujar, S.L. Avda. Puerta de Madrid 15, pasaje. Andujar. Quien puede promover las elecciones a Delegados de Personal y Junta de Personal

Opositas Andujar, S.L. Avda. Puerta de Madrid 15, pasaje. Andujar. Quien puede promover las elecciones a Delegados de Personal y Junta de Personal ELECCIONES SINDICALES Ley 9/1987, de 12 de Junio, de órganos de representación. Los órganos de representación de los funcionarios públicos son: Delegados de Personal. Juntas de Personal. Quien puede promover

Más detalles

REGLAMENTO ELECTORAL

REGLAMENTO ELECTORAL REGLAMENTO ELECTORAL DE LAS DISPOSICIONES GENERALES Artículo 1. Ámbito de aplicación El presente Reglamento regirá los procesos electorales de la Academia Nacional de la Ingeniería y el Hábitat, y servirá

Más detalles

REGLAMENTO DE ELECCIONES DE PRESIDENTE Y VOCALES DEL DIRECTORIO DE LA CASA DE LA CULTURA ECUATORIANA "BENJAMÍN CARRIÓN" NÚCLEO DEL CHIMBORAZO

REGLAMENTO DE ELECCIONES DE PRESIDENTE Y VOCALES DEL DIRECTORIO DE LA CASA DE LA CULTURA ECUATORIANA BENJAMÍN CARRIÓN NÚCLEO DEL CHIMBORAZO REGLAMENTO DE ELECCIONES DE PRESIDENTE Y VOCALES DEL DIRECTORIO DE LA CASA DE LA CULTURA ECUATORIANA "BENJAMÍN CARRIÓN" NÚCLEO DEL CHIMBORAZO El Directorio de la Casa de la Cultura Ecuatoriana "Benjamín

Más detalles

Consejo de Gobierno Sesión Ordinaria de 19/12/03 Punto 6 ANEXO 9

Consejo de Gobierno Sesión Ordinaria de 19/12/03 Punto 6 ANEXO 9 Consejo de Gobierno Sesión Ordinaria de 19/12/03 Punto 6 ANEXO 9 ACUERDO PARA LA RENOVACIÓN DE JUNTAS DE FACULTAD O ESCUELA DE LA UNIVERSIDAD DE CÓRDOBA La disposición transitoria 7.2 de los Estatutos

Más detalles

REGLAMENTO INTERNO DE FUNCIONAMIENTO DEL CONSEJO

REGLAMENTO INTERNO DE FUNCIONAMIENTO DEL CONSEJO REGLAMENTO INTERNO DE FUNCIONAMIENTO DEL CONSEJO El Reglamento Interno de Funcionamiento del Consejo regulará las cuestiones relativas al funcionamiento de este Órgano, cuyas reglas generales están contenidas

Más detalles

ANEXO 1. Reglamento para la elección de Presidente de la Asociación Española de la Clase Snipe- SCIRA ESPAÑA

ANEXO 1. Reglamento para la elección de Presidente de la Asociación Española de la Clase Snipe- SCIRA ESPAÑA ANEXO 1 Reglamento para la elección de Presidente de la Asociación Española de la Clase Snipe- SCIRA ESPAÑA Artículo 1. Derecho electoral 1.1 Son electores todos las personas determinadas en los Estatutos

Más detalles

REGLAMENTO SOBRE EL PROCEDIMIENTO ELECTORAL

REGLAMENTO SOBRE EL PROCEDIMIENTO ELECTORAL REGLAMENTO SOBRE EL PROCEDIMIENTO ELECTORAL DEL CONSEJO GENERAL DE COLEGIOS OFICIALES DE MEDICOS DE ESPAÑA Enero, 2007 REGLAMENTO SOBRE EL PROCEDIMIENTO ELECTORAL Artículo 1. Condiciones generales. 1.

Más detalles

REGLAMENTO DE ELECCIONES DE LA FEDERACION NACIONAL DE PERIODISTAS DEL ECUADOR (versión codificada)

REGLAMENTO DE ELECCIONES DE LA FEDERACION NACIONAL DE PERIODISTAS DEL ECUADOR (versión codificada) REGLAMENTO DE ELECCIONES DE LA FEDERACION NACIONAL DE PERIODISTAS DEL ECUADOR (versión codificada) DE LOS ORGANOS DE LA FEDERACION Artículo 1. - Son organismos de la Federación: la Asamblea Nacional, el

Más detalles

Comité Electoral COMITÉ DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO REGLAMENTO DE ELECCIONES DE LOS REPRESENTANTES DE LOS TRABAJADORES ANTE EL COMITÉ

Comité Electoral COMITÉ DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO REGLAMENTO DE ELECCIONES DE LOS REPRESENTANTES DE LOS TRABAJADORES ANTE EL COMITÉ DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL REGLAMENTO DE ELECCIONES DE LOS REPRESENTANTES DE LOS TRABAJADORES ANTE EL COMITÉ DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO CORPAC S.A. 2007 TRABAJO 1 ART. 01 ART. 02 ART. 03 ART. 04

Más detalles

COOPERATIVA DE SERVICIOS EDUCACIONALES ABRAHAM LINCOLN LTDA COLEGIO PERUANO NORTEAMERICANO ABRAHAM LINCOLN COMITÉ DE ADMISION Y BECAS

COOPERATIVA DE SERVICIOS EDUCACIONALES ABRAHAM LINCOLN LTDA COLEGIO PERUANO NORTEAMERICANO ABRAHAM LINCOLN COMITÉ DE ADMISION Y BECAS COOPERATIVA DE SERVICIOS EDUCACIONALES ABRAHAM LINCOLN LTDA COLEGIO PERUANO NORTEAMERICANO ABRAHAM LINCOLN COMITÉ DE ADMISION Y BECAS REGLAMENTO INTERNO CAPITULO I GENERALIDADES Art. 1.- El Comité de Admisión

Más detalles

ANUNCIO DEL PROCESO ELECTORAL PARA LA RENOVACION DE LA "JUNTA DIRECTIVA" DE LA SECCION DE ASISTENCIA PRIVADA DE LA SEGO PARA 2016.

ANUNCIO DEL PROCESO ELECTORAL PARA LA RENOVACION DE LA JUNTA DIRECTIVA DE LA SECCION DE ASISTENCIA PRIVADA DE LA SEGO PARA 2016. ANUNCIO DEL PROCESO ELECTORAL PARA LA RENOVACION DE LA "JUNTA DIRECTIVA" DE LA SECCION DE ASISTENCIA PRIVADA DE LA SEGO PARA 2016. En Madrid, a 5 de Noviembre de 2015. Estimados Socios de la Sección, Por

Más detalles

-1- ANEXO TÍTULO I DEL PERSONAL ACADÉMICO CLAUSTRO PROFESORES

-1- ANEXO TÍTULO I DEL PERSONAL ACADÉMICO CLAUSTRO PROFESORES -1- ANEXO REGLAMENTO ELECTORAL DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DEL LITORAL PRIMERA PARTE DISPOSICIONES RELATIVAS A LA ELECCIÓN DE CONSEJEROS ANTE EL CONSEJO DIRECTIVO TÍTULO I DEL PERSONAL ACADÉMICO CLAUSTRO

Más detalles

A Ñ O ABRIL MAYO MIÉRCOLES 24

A Ñ O ABRIL MAYO MIÉRCOLES 24 A Ñ O 2 0 1 3 ABRIL MIÉRCOLES 24 Vence el plazo para que los partidos políticos comuniquen al Servicio Electoral las nuevas afiliaciones o desafiliaciones que se hubieren producido, con miras a la determinación

Más detalles

REGLAMENTO SERVICIO DE ATENCIÓN AL CLIENTE DE LA ASOCIACIÓN MUTUALISTA DE AHORRO Y CRÉDITO PARA LA VIVIENDA AZUAY CAPITULO I

REGLAMENTO SERVICIO DE ATENCIÓN AL CLIENTE DE LA ASOCIACIÓN MUTUALISTA DE AHORRO Y CRÉDITO PARA LA VIVIENDA AZUAY CAPITULO I REGLAMENTO SERVICIO DE ATENCIÓN AL CLIENTE DE LA ASOCIACIÓN MUTUALISTA DE AHORRO Y CRÉDITO PARA LA VIVIENDA AZUAY Objeto y Ámbito de aplicación.- CAPITULO I Art. 1.- De conformidad con la CODIFICACIÓN

Más detalles

REGLAMENTO REGULADOR DE LOS ÓRGANOS DE PARTICIPACIÓN DEL COLECTIVO DE PERSONAS MAYORES DE QUART DE POBLET

REGLAMENTO REGULADOR DE LOS ÓRGANOS DE PARTICIPACIÓN DEL COLECTIVO DE PERSONAS MAYORES DE QUART DE POBLET Aprobado inicialmente, por el Pleno del Ayuntamiento, en sesión celebrada el día 27 de septiembre de 2011, el Reglamento regulador de los órganos de participación del colectivo de personas mayores de Quart

Más detalles

COMISIÓN MIXTA PARA LA ADMINISTRACIÓN DEL FONDO DE AHORRO DE LOS TRABAJADORES DE LA UNIVERSIDAD DEL MAR

COMISIÓN MIXTA PARA LA ADMINISTRACIÓN DEL FONDO DE AHORRO DE LOS TRABAJADORES DE LA UNIVERSIDAD DEL MAR COMISIÓN MIXTA PARA LA ADMINISTRACIÓN DEL FONDO DE AHORRO DE LOS TRABAJADORES DE LA UNIVERSIDAD DEL MAR R E G L A M E N T O CAPITULO I DISPOSICIONES GENERALES ARTICULO 1: Las disposiciones de este Reglamento

Más detalles

COORDINACIÓN DE RECONOCIMIENTOS DEPORTIVOS

COORDINACIÓN DE RECONOCIMIENTOS DEPORTIVOS Página 1 de 1 COORDINACIÓN DE RECONOCIMIENTOS DEPORTIVOS Es la dependencia encargada de asesorar a la comunidad de la ciudad de Popayán para la conformación de Clubes Deportivos al igual que controla el

Más detalles

BOE 5 marzo 1996, núm. 56, [pág ]

BOE 5 marzo 1996, núm. 56, [pág ] Orden de 28 febrero 1996. MINISTERIO EDUCACIÓN Y CIENCIA BOE 5 marzo 1996, núm. 56, [pág. 8581 ] CENTROS DE EDUCACION INFANTIL, PRIMARIA Y SECUNDARIA. Normas para elección de los Consejos Escolares y órganos

Más detalles

PROCEDIMIENTO PARA LA CONFORMACIÓN Y FUNCIONAMIENTO DEL COMITÉ PARITARIO DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO

PROCEDIMIENTO PARA LA CONFORMACIÓN Y FUNCIONAMIENTO DEL COMITÉ PARITARIO DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO TALENTO HUMANO / SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO Revisó: Jefe División Recursos Humanos Profesional Seguridad y Salud en el Trabajo Aprobó: Rector Página 1 de 7 Fecha de aprobación: Enero 24 de 2008 No.

Más detalles

BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO

BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO Núm. 93 Jueves 17 de abril de 2014 Sec. III. Pág. 31431 III. OTRAS DISPOSICIONES JUNTA ELECTORAL CENTRAL 4188 Resolución de 14 de abril de 2014, de la Presidencia de la Junta Electoral Central, por la

Más detalles

REGLAMENTO DE ELECCIONES DE REPRESENTANTES PARA LA ASAMBLEA GENERAL Y DE LOS MIEMBROS PRINCIPALES Y SUPLENTES DE LOS CONSEJOS DE ADMINISTRACION Y

REGLAMENTO DE ELECCIONES DE REPRESENTANTES PARA LA ASAMBLEA GENERAL Y DE LOS MIEMBROS PRINCIPALES Y SUPLENTES DE LOS CONSEJOS DE ADMINISTRACION Y REGLAMENTO DE ELECCIONES DE REPRESENTANTES PARA LA ASAMBLEA GENERAL Y DE LOS MIEMBROS PRINCIPALES Y SUPLENTES DE LOS CONSEJOS DE ADMINISTRACION Y VIGILANCIA Aprobado por: Asamblea General 27/03/2016 La

Más detalles

EL PRESIDENTE Y EL GERENTE DE HELM FONDO DE EMPLEADOS

EL PRESIDENTE Y EL GERENTE DE HELM FONDO DE EMPLEADOS EL PRESIDENTE Y EL GERENTE DE HELM FONDO DE EMPLEADOS Se permiten CONVOCAR a todos los asociados a la Asamblea General Ordinaria la cual se llevará a cabo el día jueves 17 de marzo de 2016 a las 4:00 p.m.

Más detalles

COMISIÓN ESTATAL DE PROCESOS INTERNOS GUANAJUATO

COMISIÓN ESTATAL DE PROCESOS INTERNOS GUANAJUATO PROCESO INTERNO DE POSTULACIÓN DE CANDIDATOS A PRESIDENTES MUNICIPALES, PARA EL PERIODO CONSTITUCIONAL 2015-2018. CONVOCATORIA A LA ASAMBLEA ELECTORAL TERRITORIAL PARA LA ELECCIÓN DE DELEGADOS ELECTORES

Más detalles

REGLAMENTO NACIONAL DE COPASOS SALUD OCUPACIONAL ELABORADO POR REVISADO POR APROBADO P. Jose Fernando Ospina Gomez Vicepresidente de Talento Humano

REGLAMENTO NACIONAL DE COPASOS SALUD OCUPACIONAL ELABORADO POR REVISADO POR APROBADO P. Jose Fernando Ospina Gomez Vicepresidente de Talento Humano PÁGINA 1 de 11 REGLAMENTO NACIONAL DE COPASOS PÁGINA 2 de 11 CAPITULO I INTEGRACIÓN Y RESPONSABILIDAD ARTICULO 1. DEFINICION. Uno de los elementos organizativos del Programa de Salud Ocupacional en Copservir

Más detalles

MINISTERIO DEL TRABAJO RESOLUCIÓN NÚMERO DE 2014

MINISTERIO DEL TRABAJO RESOLUCIÓN NÚMERO DE 2014 República de Colombia MINISTERIO DEL TRABAJO RESOLUCIÓN NÚMERO DE 2014 ( ) Por la cual se dictan medidas para fortalecer la participación en la designación y elección de miembros de los Consejos Directivos

Más detalles

REGLAMENTO DEL XII CONGRESO LOCAL DEL PP DE VIGO TÍTULO PRELIMINAR. DISPOSICIONES GENERALES

REGLAMENTO DEL XII CONGRESO LOCAL DEL PP DE VIGO TÍTULO PRELIMINAR. DISPOSICIONES GENERALES REGLAMENTO DEL XII CONGRESO LOCAL DEL PP DE VIGO TÍTULO PRELIMINAR. DISPOSICIONES GENERALES Artículo 1º De conformidad con los vigentes Estatutos nacionales del PP y con el Reglamento Marco de Congresos

Más detalles

ELECCIONES PARA EL CARGO DE RECTOR 2015 INSTRUCCIONES PARA LAS MESAS ELECTORALES

ELECCIONES PARA EL CARGO DE RECTOR 2015 INSTRUCCIONES PARA LAS MESAS ELECTORALES ELECCIONES PARA EL CARGO DE RECTOR 2015 INSTRUCCIONES PARA LAS MESAS ELECTORALES Estas indicaciones se han elaborado para que usted pueda desempeñar correctamente las funciones que se derivan de su nombramiento

Más detalles

CONSEJOS ESCOLARES (E S C U E L A S) M O D E L O S

CONSEJOS ESCOLARES (E S C U E L A S) M O D E L O S (E S C U E L A S) M O D E L O S 1. Anuncio del sorteo para la composición de la Junta Electoral. 2. Convocatoria de los componentes de la Junta Electoral. 3. Acta de constitución de la Junta Electoral.

Más detalles

El Consejo de Administración de la Cooperativa del Sistema Nacional de Justicia, en uso de sus facultades legales y estatutarias, y CONSIDERANDO

El Consejo de Administración de la Cooperativa del Sistema Nacional de Justicia, en uso de sus facultades legales y estatutarias, y CONSIDERANDO COOPERATIVA DEL SISTEMA NACIONAL DE JUSTICIA JURISCOOP ACUERDO 10-00177 (Diciembre 20 de 2010) REGLAMENTO DE RIESGOS GLOBALES Y DE CONGLOMERADO COOPERATIVA DEL SISTEMA NACIONAL DE JUSTICIA - JURISCOOP

Más detalles

UNIVERSIDAD NACIONAL EXPERIMENTAL SIMÓN RODRÍGUEZ COORDINACIÓN GENERAL DE PASANTÍA LICENCIATURA EN ADMINISTRACIÓN NÚCLEO VALLE DE LA PASCUA

UNIVERSIDAD NACIONAL EXPERIMENTAL SIMÓN RODRÍGUEZ COORDINACIÓN GENERAL DE PASANTÍA LICENCIATURA EN ADMINISTRACIÓN NÚCLEO VALLE DE LA PASCUA UNIVERSIDAD NACIONAL EXPERIMENTAL SIMÓN RODRÍGUEZ COORDINACIÓN GENERAL DE PASANTÍA LICENCIATURA EN ADMINISTRACIÓN NÚCLEO VALLE DE LA PASCUA REQUISITOS A CUMPLIR POR EL PARTICIPANTE PARA REALIZAR PASANTÍAS

Más detalles

PROCEDIMIENTO DE ELECCIÓN DE DIRECTORES EN REPRESENTACIÓN DE LOS TRABAJADORES AFILIADOS

PROCEDIMIENTO DE ELECCIÓN DE DIRECTORES EN REPRESENTACIÓN DE LOS TRABAJADORES AFILIADOS PROCEDIMIENTO DE ELECCIÓN DE DIRECTORES EN REPRESENTACIÓN DE LOS TRABAJADORES AFILIADOS 2014 1 PROCEDIMIENTO DE ELECCIÓN DE DIRECTORES EN REPRESENTACIÓN DE LOS TRABAJADORES AFILIADOS 1. Convocatoria a

Más detalles

DECRETO QUE CREA EL CONSEJO DE ARMONIZACIÓN CONTABLE DEL ESTADO DE SONORA

DECRETO QUE CREA EL CONSEJO DE ARMONIZACIÓN CONTABLE DEL ESTADO DE SONORA DECRETO QUE CREA EL CONSEJO DE ARMONIZACIÓN CONTABLE DEL ESTADO DE SONORA Artículo 1.- Se crea el Consejo Estatal de Armonización Contable para Sonora cuyo objeto es auxiliar al Consejo Nacional de Armonización

Más detalles

ESTATUTO DE LOS CLUBES MUNICIPALES DE JUBILADOS Y PENSIONISTAS.

ESTATUTO DE LOS CLUBES MUNICIPALES DE JUBILADOS Y PENSIONISTAS. ESTATUTO DE LOS CLUBES MUNICIPALES DE JUBILADOS Y PENSIONISTAS. SUMARIO: CAPITULO I: DE LOS CLUBES Y SUS SOCIOS CAPITULO II: DE LOS ORGANOS DE GOBIERNO CAPITULO III: NORMAS REGULADORAS DEL PROCESO ELECTORAL

Más detalles

GUÍA PARA LOS MIEMBROS DE LAS MESAS ELECTORALES EN LAS ELECCIONES A RECTOR O RECTORA

GUÍA PARA LOS MIEMBROS DE LAS MESAS ELECTORALES EN LAS ELECCIONES A RECTOR O RECTORA GUÍA PARA LOS MIEMBROS DE LAS MESAS ELECTORALES EN LAS ELECCIONES A RECTOR O RECTORA CONSTITUCIÓN DE LA MESA Para cada Mesa electoral serán designados un Presidente y dos Vocales y sus respectivos suplentes,

Más detalles

ÍNDICE DE DOCUMENTOS ORIENTATIVOS PARA LAS ELECCIONES A CONSEJOS ESCOLARES Y CONSEJOS DE RESIDENCIAS.

ÍNDICE DE DOCUMENTOS ORIENTATIVOS PARA LAS ELECCIONES A CONSEJOS ESCOLARES Y CONSEJOS DE RESIDENCIAS. ÍNDICE DE DOCUMENTOS ORIENTATIVOS PARA LAS ELECCIONES A CONSEJOS ESCOLARES Y CONSEJOS DE RESIDENCIAS. 1. Convocatoria para la designación, mediante sorteo público, de la Junta Electoral. 2. Convocatoria

Más detalles

Manual de conformación, organización y funcionamiento del Comité de Tecnologías de Información del IDA

Manual de conformación, organización y funcionamiento del Comité de Tecnologías de Información del IDA Manual de conformación, organización y funcionamiento del Comité de Tecnologías de Información del IDA Octubre 2012 Contenido Pág. 1. Capítulo I. 3 Disposiciones Generales...3 2. Capítulo II....4 Funciones

Más detalles

C O N S I D E R A N D O

C O N S I D E R A N D O COMISIÓN NACIONAL DE VIGILANCIA ACUERDO 3-EXT94: 07/09/2012 Acuerdo de la Comisión Nacional de Vigilancia por el que se aprueba realizar la supervisión y el seguimiento de las actividades que lleva a cabo

Más detalles

REGLAMENTO GENERAL DE ELECCIONES

REGLAMENTO GENERAL DE ELECCIONES REGLAMENTO GENERAL DE ELECCIONES REGLAMENTO GENERAL DE ELECCIONES Economista Ericka Almeida Argüello Junio 2013 REGLAMENTO GENERAL DE ELECCIONES Página 1 EL PRESENTE REGLAMENTO GENERAL DE ELECCIONES ES

Más detalles