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1 34 Monday, October 26, 2015 Official Registry of Legal Notices JUDICIAL DE ARECIBO SALA JOSE CONCEPCION MORALES GARCIA T/C/C JOSE C. MORALES GARCIA, ZERIMAR MATOS RIVERA Y LA SOCIEDAD LEGAL CIVIL NÚM.: CCD SALA NÚM.: (404) SOBRE: CO- BRO DE DINERO Y EJECUCION DE HIPOTECA POR LA VIA OR- DINARIA EDICTO DE SUBASTA LOS ESTADOS UNIDOS DE LOS E.E. U.U. SS: EL ESTADO RICO. Yo, Luis E. Roman Carrero, Alguacil del Tribunal Superior de Puerto Rico, Sala de Arecibo, al Público HAGO SABER: Que en cumplimiento de la Sentencia Sumaria dictada el 20 de febrero de 2015, notifi cada el 24 de febrero de 2015, de la cual surge que la parte demandada adeuda a la demandante la suma principal de $87,406.20, intereses vencidos que al 26 de enero de 2015, ascienden a $3, y los que se continúen acumulando al tipo pactado hasta el pago total y completo de la obligación, la suma de $ por concepto de cargos por demora, más la suma de $9, por concepto de costas, gastos y honorarios de abogado y a tenor con el Mandamiento de Ejecución de Sentencia que se me libró con fecha 13 de abril de 2015, por la secretaria de este Honorable Tribunal de Arecibo, en el caso de epígrafe, venderé en pública subasta y al mejor postor, la siguiente propiedad inmueble, la cual se describe a continuación: RUSTICA : Parcela radicada en el Barrio Frontón, con una cabida superficial de mil punto trescientos sesenta y nueve metros cuadrados (1,369.00mc) y en lindes: por el Norte, en cuarenta punto noventa metros, (40.90m) con terrenos de la fi nca principal de la cual se segrega; propiedad de Francisco Rosa Reyes; por el Sur, en cuarenta punto once (40.11m), con la Calle número dos (2) de las Parcelas Seguí; por el Este, en veintiséis punto treinta nueve metros (26.39m), con la Parcela sesenta y siete (67) propiedad de Providencia Alvarez; y por el Oeste, en veintiséis punto veintinueve metros (26.29m), con la Parcela sesenta y cinco (65) propiedad de Miguel Otero. Inscrita al folio 150 del tomo 136 de Ciales, Finca 6,528, Registro de la Propiedad de Manatí. Por su procedencia está afecta a: Servidumbre a favor de la Autoridad de Fuentes Fluviales de Puerto Rico. Esta propiedad tiene el siguiente número de catastro en el Centro de Recaudación de Ingresos Municipales (CRIM) La dirección física del inmueble anteriormente descrito es: Barrio Frontón, SR 146 KM 14.5, Ciales, P.R Sobre la antes descrita propiedad se encuentra inscrito el siguiente gravamen posterior: AVISO DE DEMANDA: Al Asiento 545 del Diario 325, se presentó el día 19 de diciembre de 2014, Demanda del día 5 de diciembre de 2014, expedida en el Tribunal de Primera Instancia, Sala Superior de Arecibo, en el Caso Civil Número CCD (404), sobre Cobro de Dinero y Ejecución de Hipoteca por la Vía Ordinaria seguido por Oriental Bank versus José Concepción Morales García, Zerimar Matos Rivera, por la suma de $87, Esta anotación de Demanda corresponde al caso de epígrafe. Se apercibe a los licitadores para que procedan con la inspección física del inmueble objeto de ejecución previo a la celebración de la subasta. El precio mínimo de licitación con relación a la antes descrita propiedad y la fecha y hora de cada subasta es como sigue: PRIMERA SUBASTA: Se celebrará el día 2 de diciembre de 2015, a las 9:15 de la mañana. Precio Mínimo: $93, SE- el día 9 de diciembre de 2015, a las 9:15 de la mañana. Precio Mínimo: $62, TERCERA SUBASTA: Se celebrará el día 16 de diciembre de 2015, a las 9:15 de la mañana. Precio Mínimo: $46, Las subastas de dicha propiedad se llevarán a efecto en mi oficina situada en el local que ocupa este Tribunal en el Centro Judicial de Arecibo, advirtiéndose que el que obtuviere la buena pro de dicha propiedad consignará en el acto del remate el importe de su oferta en moneda legal, en adición a los gastos de la subasta, en cheque certificado, dinero en efectivo o giro postal a nombre del Alguacil del Tribunal, siendo éste el mejor postor. En cualquier momento luego de haberse comenzado el acto de la subasta, el Alguacil podrá requerir de los licitadores que le evidencien la capacidad de pago de sus posturas. Del producto obtenido en dicha venta, el Alguacil pagará en primer término los gastos del Alguacil, en segundo término las costas, gastos y honorarios de abogado hasta la suma convenida, devengados hasta la fecha de la sentencia, en cuarto término Tribunal. Los autos y todos los documentos correspondientes de Puerto Rico, Sala de Arecibo, durante horas laborables. Y PARA LA CONCURRENCIA, de los licitadores expido el presente Edicto que se publicará en el Tribunal Superior de Puerto Rico, Alcaldía y la Colecturía de Rentas Internas del Municipio donde se celebrará la subasta por espacio de dos semanas y en un del Estado Libre Asociado de Puerto Rico por espacio de dos semanas y por lo menos una vez por semana. En Arecibo, Puerto Rico, a 3 de septiembre de Luis E. Roman Carrero, Alguacil Superior. SUPERIOR DE LSREF2 ISLAND HOLDINGS, LTD., INC., por conducto de su agente autorizado, Hudson Puerto Rico, LLC, VICENTE CALDERON RODRIGUEZ, ELIZABETH ALICEA PONTE Y LA SOCIEDAD LEGAL DE BIENES GANANCIALES ELLOS D/B/A LABORATORIO CLINICO VALPARAISO CIVIL NÚM. DCD (502) SOBRE: COBRO DE DINERO,EJECUCIÓN DE PRENDA Y EJECUCIÓN DE HIPOTECA POR LA VIA OR- DINARIA IN REM AVISO DE SUBASTA ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA EL PRESIDENTE DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA S.S. EL PUEBLO DE PUERTO RICO. YO, ALG. FREDDY OMAR RODRÍGUEZ COLLAZO, el Alguacil que suscribe, por la presente anuncia y hace constar, que en cumplimiento de un Mandamiento de Ejecución de Sentencia sobre Bien Inmueble expedido el 10 de agosto de 2015, procederé a vender en pública subasta y al mejor postor, quien pagará el importe de la venta en dinero efectivo o en cheque certifi cado o en cheque de gerente a la orden del alguacil suscribiente en moneda de curso legal de los Estados Unidos de América el día 29 de marzo de 2016 a las 11:45 de la mañana, en mi ofi cina localizada en el Centro Judicial de Carolina, todo título, derecho o interés que corresponda a la parte demandada sobre el inmueble RUSTICA: Parcela de terreno Número 6-A compuesta de 1 cuerda y radicada en el Barrio Lomas del término municipal de Loíza, Puerto Rico, en colindancia por el NORTE, con la parcela número 6; por el SUR, con camino municipal; por el ESTE, con la Sucesión de Anacleto González, y por el OESTE, con parcela número 6. Finca número 7174, inscrita al folio 90 del tomo 141 de Canóvanas, Registro de la Propiedad de Carolina, Sección III. Dirección Física: Carr. 186 KM 4.7 Interior, Barrio Lomas, Loíza, Puerto Rico Por su procedencia: está LIBRE DE CARGAS. Por sí: HIPOTECA en garantía de un pagaré pagadero a favor del Portador, o a su orden y con vencimiento a la presentación, por la suma principal de $160,000.00, devengando interés a razón del 12% anual, vencedero a la presentación, constituida mediante la Escritura de Hipoteca Número 65, otorgada en San Juan, Puerto Rico, el día 13 de marzo de 1998, ante el Notario Ernesto A. Meléndez Pérez, inscrita al folio 93 vuelto del tomo 141 de Canóvanas, Inscripción 5ta. HIPOTECA en garantía de un pagaré pagadero a favor del Portador, o a su orden y con vencimiento a la presentación, por la suma principal de $ 93, con intereses al 12% anual, constituida por la Escritura de Hipoteca No.85 otorgada en San Juan el 29 de julio de 2004 ante el notario Antonio R. Escribá Oliver, inscrita al folio 94 del tomo 141 de Canóvanas, fi nca 7174 inscripción 6ta. El gravamen objeto de ejecución en este procedimiento es la que surge de la inscripción 5ta, arriba descrita y según pactado en la Escritura de Hipoteca número 65, otorgada en San Juan, Puerto Rico, el día 13 de marzo de 1998, ante el Notario Público Ernesto A. Meléndez Pérez, servirá como tipo mínimo para la primera subasta de la propiedad antes descrita la suma de $160, De no adjudicarse la propiedad en la primera subasta, se celebrará una segunda subasta, en las mismas ofi cinas de este Alguacil, el día 5 de abril de 2016 a las 3:45 de la tarde. El tipo mínimo para la segunda subasta serán dos terceras partes (2/3) del tipo mínimo de la primera subasta, o sea, $106, De no adjudicarse la propiedad en esa segunda subasta, se celebrará una tercera subasta en las mismas ofi cinas de este Alguacil, día 12 de abril de 2016 a las 3:45 de la tarde. El tipo mínimo para la tercera subasta será la mitad (1/2) del tipo mínimo que se pactara para la primera subasta, o sea, $80, Esta subasta se hará para satisfacer al demandante, hasta donde alcance, el importe adeudado a LSREF2 Island Holdings LTD, INC. ascendente a la suma de $152, por concepto de principal; más $26, de intereses acumulados al 3 de octubre de 2013, más aquellos intereses que se continúen acumulando a razón de $17.98 diario hasta el total y completo pago de la deuda, más la suma de $16, por concepto de abogado pactados. Se entiende que todo licitador que comparezca a la subasta señalada en este caso, acepta como bastante la titulación que da base a las mismas. La venta en pública subasta de la propiedad descrita anteriormente se verifi cará libre de toda carga o gravamen posterior que afecte dicha propiedad. Se entiende que cualquier carga y/o gravamen anterior y/o preferente, si lo hubiera, al crédito que da base a esta ejecución, continuará subsistente, entendiéndose además, que el rematante los precio del remate. Que los autos y todos los documentos correspondientes al procedimiento incoado estarán de manifi esto en la secretaría del tribunal durante las horas laborables. POR LA PRESENTE, se le notifi ca a los titulares de créditos y/o cargas registrales posteriores, si alguno, que se celebrarán las SUBASTAS en las fechas, horas y sitio anteriormente señalados, y se les invita a que concurran a dichas subastas, si les conviniere, o se les invita a satisfacer, antes del remate, el importe del crédito, sus intereses, otros cargos abogado asegurados, quedando entonces subrogados en los derechos del Acreedor ejecutante, siempre y cuando reúnan los requisitos y cualifi caciones de Ley para que se pueda efectuar tal subrogación. Y PARA SU PUBLICACIÓN en el tablón de edictos de este Tribunal y en dos (2) lugares públicos del Municipio dónde se celebrará la subasta señalada. Además en un en dos ocasiones y mediante correo certifi cado a la última dirección conocida de la parte demandada. EXPEDIDO el presente EDICTO DE SUBASTA en Carolina, Puerto Rico, a 24 de agosto de ALG. FREDDY OMAR RODRÍGUEZ COLLAZO, ALGUACIL TRIBUNAL DE PRI- MERA INSTANCIA SALA SUPE- RIOR DE CAROLINA. JUDICIAL DE HUMACAO SALA ALEXANDER ALVERIO GOMEZ CIVIL NÚM.: HSCI SALA NÚM.: (207) SOBRE: COBRO DE DINERO Y EJE- CUCIÓN DE HIPOTECA POR LA VIA ORDINARIA EDICTO DE SUBASTA LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA EL PRE- SIDENTE DE LOS E.E. U.U. SS: EL ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO. Yo, Maria del Pilar Rivera Rivera, Alguacil del Tribunal Superior de Puerto Rico, Sala de Humacao, al Público HAGO SABER: Que en cumplimiento de la Sentencia dictada el 6 de abril de 2015, notificada a las partes el 8 de abril de 2015, de la cual surge que la parte demandada adeuda a la demandante la suma principal de $145,748.35, intereses vencidos que al 1 de febrero de 2014, ascienden a $3, y los que se continúen acumulando al tipo pactado hasta el pago total y completo de la obligación, la suma de $ por concepto de cargos por demora, más la suma de $15, por concepto de costas, gastos y honorarios de abogado y a tenor con el Mandamiento de Ejecución de Sentencia que se me libró con fecha 13 de agosto de 2015, por la Secretaria de este Tribunal de Humacao, en el caso de epígrafe, venderé en pública subasta y al mejor postor, la siguiente propiedad inmueble, la cual se describe a continuación: URBANA : Solar identificado como el número cuarenta y uno (41) del plano de inscripción de la Urbanización Promised Land, situado en el Barrio Daguao, término municipal de Naguabo, Puerto Rico, con área superficial de cuatrocientos cuarenta y siete punto treinta y siete metros cuadrados (447.37mc). En lindes por el Norte, en una distancia de quince metros (15.00m) con el lote número cuarenta (40); por el Este, en medio arco, en una distancia de veintiséis punto cincuenta metros (26.50m) con la Calle Galilea; por el Sur, en medio arco, en una distancia de once punto cincuenta metros (11.50m), con la Calle Nazaret; SUPERIOR DE PUERTO RICO PARTE GERARDO SANTOS FLORAN; ZORALIS MARIE CRUZ CRUZ Y LA SOCIEDAD LEGAL PARTE DEMANDADA CIVIL NÚM. DCD (702) SOBRE: COBRO DE DINE- RO EJECUCIÓN DE HIPOTECA POR LA VÍA ORDINARIA ESTAy por el Oeste, en una distancia de treinta metros (30.00m), con el lote número cuarenta y dos (42). Enclava una casa para fines residenciales. Se Segrega de la finca número cinco mil doscientos treinta y dos (5,232,) Inscrita al Folio 151 del Tomo 99 de Naguabo, Registro de la Propiedad de Humacao. Inscrita al Folio 172 del tomo 249 de Naguabo, Finca 14,126, Registro de la Propiedad de Humacao. Por su procedencia está afecta a: Servidumbre para tubería subterránea a favor de los Estados Unidos de América; Servidumbre de Carretera a favor de los Estados Unidos de América; Servidumbre de paso de tubo de Acueductos a favor del Estado Libre Asociado de Puerto Rico. Esta propiedad tiene el siguiente número de catastro en el Centro de Recaudación de Ingresos Municipales (CRIM) La dirección física del inmueble anteriormente descrito es: Urb. Promised Land, #41 Calle Nazaret, Naguabo, P.R Sobre la antes descrita propiedad se encuentra inscrito el siguiente gravamen posterior: AVISO DE DEMANDA: de fecha 20 de junio de 2014 expedido en el Tribunal de Primera Instancia, Centro Judicial de Humacao, Sala Superior, en el caso civil número HSCI , sobre Cobro de Dinero y Ejecución de Hipoteca por la Vía Ordinaria seguido por Oriental Bank contra Alexander Alverio Gómez (casado bajo Capitulaciones Matrimoniales con Jo-Ann Sánchez Ríos), por la suma de $145,748.35, anotado el día 18 de agosto de 2014, al folio 172 del tomo 249 de Naguabo, finca número 14,126, anotación A y última. Esta anotación de Demanda corresponde al caso de epígrafe. Se apercibe a los licitadores para que procedan con la inspección física del inmueble objeto de ejecución previo a la celebración de la subasta. El precio mínimo de licitación con relación a la antes descrita propiedad y la fecha y hora de cada subasta es como sigue: PRIMERA SUBASTA: Se celebrará el día14 de enero de 2016, a las 9:30 de la mañana. Precio Mínimo: $157, SE- el día 21 de enero de 2016, a las 9:30 de la mañana. Precio Mínimo: $104, TERCERA SUBASTA: Se celebrará el día 28 de enero de 2016, a las 9:30 de la mañana. Precio Mínimo: $78, Las subastas de dicha propiedad se llevarán a efecto en mi oficina situada en el local que ocupa este Tribunal en el Centro Judicial de Humacao, advirtiéndose que el que obtuviere la buena pro de dicha propiedad consignará en el acto del remate el importe de su oferta en moneda legal, en adición a los gastos de la subasta, en cheque certificado, dinero en efectivo o giro postal a nombre del Alguacil del Tribunal, siendo éste el mejor postor. En cualquier momento luego de haberse comenzado el acto de la subasta, el Alguacil podrá requerir de los licitadores que le evidencien la capacidad de pago de sus posturas. Del producto obtenido en dicha venta, el Alguacil pagará en primer término los gastos del Alguacil, en segundo término las costas, gastos y honorarios de abogado hasta la suma convenida, devengados hasta la fecha de la sentencia, en cuarto término Tribunal. Los autos y todos los documentos correspondientes de Puerto Rico, Sala de Humacao, durante horas laborables. Y PARA LA CONCURRENCIA, de los licitadores expido el presente Edicto que se publicará en el Tribunal Superior de Puerto Rico, Alcaldía y la Colecturía de Rentas Internas del Municipio donde se celebrará la subasta por espacio de dos semanas y en un del Estado Libre Asociado de Puerto Rico por espacio de dos semanas y por lo menos una vez por semana. En Humacao, Puerto Rico, a 10 de septiembre de Maria del Pilar Rivera Rivera, ALGUACIL FOR MORE INFORMATION PLEASE CALL (787) staredictos@gmail.com

2 The San Juan Daily Star DOS UNIDOS DE AMÉRICA EL PRESIDENTE DE LOS ESTA- DOS UNIDOS SS. EL ESTADO RICO AVISO DE PÚBLICA SU- BASTA. El Alguacil que suscribe por la presente anuncia y hace constar que en cumplimiento de la Sentencia Sumaria con fecha de 10 febrero de 2015; la Orden de Ejecución de Sentencia 15 de abril de 2015 y el Mandamiento de Ejecución de 1 de mayo de 2015 en el caso de epígrafe, procederé a vender el día 10 DE NOVIEMBRE DE 2015, a las 9:40 de la mañana en mi ofi cina, localizada en el Tribunal de Primera Instancia, Centro Judicial de Bayamón, Sala Superior, en la carretera #2 Km , Esquina Esteban Padilla, Bayamón, Puerto Rico, al mejor postor en pago de contado y en moneda de los Estados Unidos de América todo título, derecho o interés de la parte demandada sobre la siguiente propiedad: URBANA: PROPIEDAD HORIZONTAL: Apartamento residencial número Apartamento residencial de dos niveles de forma sustancialmente rectangular, localizado en el cuarto piso del Edifi cio 5, identificado con el número en el Condominio Vistas del Pinar, situado en el Barrio Mucarabones del término municipal de Toa Alta, Puerto Rico, con un área aproximada de pies cuadrados, equivalentes a metros cuadrados; en lindes por el: NORTE: En una distancia aproximada de metros, con pared que lo separa del apartamento número 5-403, pasillo donde se localiza la puerta de entrada y que conduce a la vía pública y paredes exteriores que dan al área verde; SUR: En una distancia aproximada de metros, con paredes exteriores que dan hacia el área verde y que es la fachada derecha del edificio entrando; ESTE: En una distancia de aproximada de 9.04 metros, con paredes exteriores que dan hacia el área verde y son la fachada posterior del edificio; OESTE: En una distancia aproximada de 9.04 metros, con paredes exteriores que dan hacia el área verde y constituyen la fachada delantera del edifi cio. Consiste de sala-comedor, cocina, balcón, donde tiene la escalera en espiral que conduce al segundo nivel, pasillo, tres dormitorios, dos baños, área para lavandería y walk in closets. La puerta de entrada está localizada en su colindancia Norte, por donde tiene acceso a la vía pública. El segundo nivel linda, por el Sur y Oeste con la azotea del edificio, por el Norte con pared que lo separa del segundo nivel del apartamento y de la azotea de dicho apartamento, por el Este con pared exterior del edificio. Le corresponde un porcentaje en los elementos comunes generales de %. Tiene asignado el estacionamiento número para dos automóviles. 5. La propiedad y la escritura de hipoteca antes descritas constan inscritas al Folio 171 del Tomo 513 (ágora) de Toa Alta. Finca#25,866. Registro de la Propiedad de Bayamón, Sección III. Inscripción Primera y Segunda. El tipo mínimo para la primera subasta será de $164, De no haber adjudicación en la primera subasta se celebrará una segunda subasta, el día 17 DE NOVIEMBRE DE 2015, a las 1:45 de la tarde en el mismo lugar, en la cual el tipo mínimo será de dos terceras partes del tipo mínimo fijado en la primera subasta, o sea, $109, De no haber adjudicación en la segunda subasta, se celebrará una tercera subasta el día 24 DE NOVIEMBRE DE 2015, a las 1:45 de la tarde, en el mismo lugar, en la cual el tipo mínimo será la mitad del precio pactado, o sea, $85, Si se declarase desierta la tercera subasta se dará por terminado el procedimiento, pudiendo adjudicarse el acreedor la finca dentro de los diez (10) días siguientes, si así lo estimare conveniente, por la totalidad de la cantidad adeudada si ésta fuera igual o menor que el monto del tipo de la tercera subasta, y abonándose dicho monto a la cantidad adeudada si ésta fuera mayor. Dicho remate se llevará a cabo para con su producto satisfacer a la demandante el importe de la Sentencia Sumaria, dictada el 10 de febrero de 2015, por la suma de $153, de principal, intereses sobre dicha suma al 7.50 % anual desde el 1 de abril de 2013 hasta su completo pago, más $47.99 mensual por seguros contra riesgos, más el pago mensual por contribuciones territoriales, más $57.61 mensual por concepto de recargos por demora adeudados desde el día 1 de mayo de 2013 hasta su total pago, más $ por concepto de recargos acumulados y hasta la cantidad estipulada de $16, para costas, gastos y honorarios de abogados; así como cualquier otra suma que contenga el contrato de préstamo. Para mayor información los interesados podrán referirse al expediente del caso que obra en los archivos de la Secretaría del Tribunal bajo el número de epígrafe, durante horas laborables, y para su publicación en un periódico de circulación general en Puerto Rico por espacio de dos semanas y por lo menos una vez por semana; y para su fijación en los sitios públicos requeridos por ley; EXPIDO el presente Aviso de Pública Subasta en Bayamón, Puerto Rico, hoy 12 de mayo de Alg. Freddy Omar Rodriguez Collazo, Alguacil, Tribunal De Primera Instancia Sala Superior De Bayamón. SUPERIOR DE LARES. PUERTO RICO ANDRES ANTONIO VELEZ MOLINA CIVIL NUM. L3CI SOBRE: COBRO DE DINERO (Ejecución de Hipoteca por la Vía Ordinaria) EDICTO DE SU- BASTA. Al: Público en General A: ANDRES ANTONIO VELEZ MOLINA; AUTORIDAD PARA EL FINANCIAMIENTO DE LA VIVIENDA DE PUERTO RICO, por tener Hipoteca en Garantía de Pagaré a su favor por la suma de $15,000.00; ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO, por tener Hipoteca en Garantía de Pagaré a su favor por la suma de $20, Yo, ELLIOT LOPEZ QUILES, Alguacil Confi dencial #241, Alguacil de este Tribunal, a la parte demandada y a los acreedores y personas con interés sobre la propiedad que más adelante se describe, y al público en general, HAGO SABER: Que el día 10 de noviembre de 2015, a las 11:00 de la mañana en mi ofi cina, sita Sala Superior de Lares, Lares, Puerto Rico, venderé en Pública Subasta la propiedad inmueble que más adelante se describe y cuya venta en pública subasta se ordenó por la vía ordinaria al mejor postor quien hará el pago en dinero en efectivo, giro postal o cheque certifi cado a nombre del o la Alguacil del Tribunal de Primera Instancia. Los autos y todos los documentos correspondientes al procedimiento incoado, estarán de manifiesto en la Secretaría durante horas laborables. Que en caso de no producir remate ni adjudicación en la primera subasta a celebrarse, se celebrará una segunda subasta para la venta de la susodicha propiedad, el día 17 de noviembre de 2015, a las 11:00 de la mañana y en caso de no producir remate ni adjudicación, se celebrará una tercera subasta el día 24 de noviembre de 2015 a las 11:00 de la mañana en mi ofi cina sita en el lugar antes indicado. La propiedad a venderse en pública subasta se describe como sigue: URBANA: Solar marcado con el número D guión Trece (D-13) en el plano de inscripción de la Urbanización Palmas del Sol del Barrio Pueblo del término municipal de Lares, Puerto Rico, con una cabida de DOSCIENTOS SETENTA Y CINCO PUNTO CERO CERO (275.00) METROS CUADRA- DOS. En lindes por el NORTE, en veinticinco punto cero cero (25.00) metros, con el lote marcado D guión Catorce (D-14); por el SUR, en veinticinco punto cero cero (25.00) metros, con el lote marcado D guión Doce (D-12); por el ESTE, en once punto cero cero (11.00) metros, con el lote marcado D guión Cinco (D-5); y por el OESTE, en once punto cero cero (11.00) metros, con la Calle marcada número Cuatro (4). Afecta a servidumbre de teléfono de cinco pies (5 ) de ancho a favor de la Puerto Rico Telephone Company, la cual discurre por el frente del solar. En dicho solar enclava una residencia de un nivel, la cual está compuesta de sala, comedor, cocina, tres cuartos, un baño y una marquesina. La escritura de hipoteca se encuentra inscrita al folio 106 del tomo 374 de Lares, Registro de la Propiedad de Utuado, fi nca número 17,930, inscripción segunda. La subasta se llevará a efecto para satisfacer a la parte demandante la suma de $27, de principal, intereses al 6.25% anual, desde el día 1ro. de julio de 2014, hasta su completo pago, más la cantidad de $3, estipulada para costas, gastos y honorarios de abogado, más recargos acumulados, todas cuyas sumas están líquidas y exigibles. Que la cantidad mínima de licitación en la primera subasta para el inmueble será de $37, y de ser necesaria una segunda subasta, la cantidad mínima será equivalente a 2/3 partes de aquella, o sea, la suma de $24, y de ser necesaria una tercera subasta, la cantidad mínima será la mitad del precio pactado, es decir, la suma de 18, La propiedad se adjudicará al mejor postor, quien deberá satisfacer el importe de su oferta en moneda legal y corriente de los Estados Unidos de América en el momento de la adjudicación y que las cargas y gravámenes preferentes, si los hubiese, continuarán subsistentes, La propiedad hipotecada a ser vendida en pública subasta se encuentra afecta a los siguientes gravámenes posteriores: Hipoteca en Garantía de Pagaré a favor de la Autoridad Para el Financiamiento de la Vivienda de Puerto Rico a su orden, por la suma principal de $15,000.00, sin intereses, vencedero el 24 de octubre de 2011, según consta de la Escritura Número 1,191, otorgada en San Juan, Puerto Rico, el día 24 de octubre de 2003, ante el Notario Público José Rubén Vélez Marrero, inscrita al folio 106 del tomo 374 de Lares, Registro de la Propiedad de Utuado, fi nca 17,930, inscripción 3ra. Hipoteca en Garantía de Pagaré a favor del Estado Libre Asociado de Puerto Rico o a su orden, por la suma principal de $20,000.00, sin intereses, vencedero en un término de 10 años, según consta de la Escritura Número 88, otorgada en San Juan, Puerto Rico, el día 24 de octubre de 2003, ante la Notario Público Ruth Noemí Morillo Limardo, inscrita al folio 77 del tomo 375 de Lares, Registro de la Propiedad de Utuado, fi nca 17,930, inscripción 4ta. EN TES- TIMONIO DE LO CUAL, expido el presente Edicto para conocimiento y comparecencia de los licitadores, bajo mi fi rma y sello del Tribunal, en Lares, Puerto Rico, a 12 de agosto de Elliot Lopez Quiles, Alguacil Confi dencial #241, Alguacil Tribunal Sala Superior De Lares. CHRISTOPHER VEGA JOHNSON CIVIL NUM.: DCD (401) SOBRE: COBRO DE DI- NERO - EJECUCIÓN DE HIPO- TECA POR LA VÍA ORDINARIA ESTADOS UNIDOS DE AMERI- CA EL PRESIDENTE DE LOS ESTADOS UNIDOS SS ESTADO RICO AVISO DE SUBASTA. Yo, Edgardo E. Vargas Santana, Alguacil Instancia, Sala de Bayamón, notifico a los demandados, público en general y personas con algún interés, que cumpliré con un Mandamiento librado por el Secretario del Tribunal de epígrafe, el 6 de mayo de 2015, para satisfacer la Sentencia dictada el 20 de febrero de 2015, notificada el 25 de febrero de En dicha Sentencia se condena a la parte demandada a satisfacer la suma de $119,750.67, adeudada al 1 de junio de 2014, más las costas, gastos, honorarios de abogado; y demás créditos accesorios Conforme a lo anterior, venderé en pública subasta, al mejor postor en pago de contado y en moneda del curso legal de los Estados Unidos de América, todo derecho, título e interés que hayan tenido tengan o puedan tener los deudores demandados en cuanto al bien inmueble que ubica C-721, Apto. Colinas del Sol, Bayamón, Puerto Rico, que se describe a continuación: RUSTICA: PRO- PIEDAD HORIZONTAL: Apartamento número 721, localizado en el segundo piso del Edificio número 7 del Condominio Colinas del Sol I, el cual está situado en el Barrio Buena Vista del Municipio de Bayamón, Puerto Rico. Unidad individual de vivienda residencial de un nivel de altura construida de hormigón reforzado y bloques de concreto, con puertas de madera y ventanas de aluminio y cristal, compuesto de sala-comedor, cocina, cuarto de lavandería (laundry) con closet, baño en el área de pasillo, dos dormitorios con closet cada uno y un dormitorio principal (master bedroom) con closets con pasillo (walk-in closet). Según se detalla en el plano, este apartamento colinda por el NORTE, con área común general, en una distancia de 30 pies 4 pulgadas equivalentes a 9.25 metros; por el SUR, con área común gene- Monday, October 26, 2015 ral, en una distancia de 30 pies 4 pulgadas equivalentes a 9.25 metros; por el ESTE, con área común general, Apartamento número 722, escaleras y pasillo (hallway), en una distancia de 35 pies 00 pulgadas equivalentes a metros y por el OESTE, con pared medianera que lo divide del Apartamento número 622, en una distancia de 34 pies 10 pulgadas equivalentes a metros. La entrada principal de este apartamento está localizada en su lindero Este, la cual conecta la sala-comedor del apartamento con el pasillo (hallway) del segundo piso del Edificio número 7 del Condominio Colinas del Sol I, el cual es un elemento común general del Condominio Colinas del Sol I. Este apartamento consta de un área de construcción bruta de 1, pies cuadrados equivalentes a metros cuadrados, como área privada de vivienda. Le corresponde a este apartamento como anejo al mismo y como un elemento privado de uso exclusivo, un espacio de estacionamiento al descubierto de tamaño sencillo identificado con el número 721, con una cabida de pies cuadrados equivalentes a metros cuadrados y dimensiones aproximadas de 2.74 metros de ancho y 5.33 metros de largo. A este apartamento le corresponde una participación de %, en los elementos comunes generales del Condominio Colinas del Sol I. Inscrito al folio 39 del tomo 1,926 de Bayamón, finca número #80,258, Registro de la Propiedad de Puerto Rico, Sección Primera de Bayamón. El tipo mínimo para la subasta será la suma de $109, De declararse la subasta desierta, y de celebrarse una segunda subasta, el tipo mínimo será dos terceras (2/3) partes del tipo mínimo establecido para la primera subasta, el cual asciende a $72, Si tampoco hubiere remate ni adjudicación en la segunda subasta, regirá como tipo mínimo de la tercera subasta la mitad (1/2) del tipo mínimo pactado para la primera subasta el cual asciende a $54, Si se declarase desierta la tercera subasta se dará por terminado el procedimiento, pudiendo adjudicarse el bien subastado a opción del demandante. Art. 221 de la Ley Hipotecaria, 30 L.P.R.A. sec La cantidad adeudada según la Sentencia, asciende a la suma de $119,750.67; la cual se desglosa en: $107, por concepto de principal; $ por concepto de intereses acumulados, $ por concepto de cargos por demora los cuales al igual que los intereses continúan acumulándose hasta el saldo total de la deuda reclamada en este pleito; $97.51 por concepto de Escrow Advances y la suma $10, para costas, gastos y honorarios de abogado; y demás créditos accesorios La primera subasta se llevará a 35 cabo el día 10 de noviembre de 2015, a la(s) 11:15 de la mañana. De declararse desierta, se llevará a efecto una segunda subasta el día 17 de noviembre de 2015, a la(s) 3:15 de la tarde. De declararse desierta, se llevará a cabo una tercera subasta el día 24 de noviembre de 2015, a la(s) 3:15 de la tarde. La subasta o subastas efecto en mi oficina, localizada Sala de Bayamón. Se le advierte a los postores o licitadores de la propiedad subastada, libre de cargas y gravámenes posteriores, dentro del término de veinte (20) días a partir de celebrada facultado, de ser necesario, para romper candados y cerraduras conocimiento de los licitadores y el público en general, y para su siete (7) días entre ambas publicaciones, y para su fijación en tres (3) lugares públicos del municipio en que ha de celebrarse el Tribunal y la Colecturía, así como en la Colecturía más cercana al lugar de residencia de la parte demandada, cuando ésta fuera conocida, y se le notificara además a la parte demandada vía correo certificado con acuse de recibo a la última dirección conocida. Y para conocimiento de los demandados, de los acreedores posteriores, de los licitadores, partes interesadas y público en general, expido el Legal Notice presente Aviso para su publicación en los lugares públicos correspondientes. Librado en Bayamón, Puerto Rico, a 12 de mayo de Edgardo E. Vargas Santana, Alguacil Tribunal De Primera Instancia Sala De Bayamón. SUCESIÓN DE FÉLIX M. CASTILLO SANTIAGO, T/C/C FÉLIX CASTILLO SANTIAGO T/C/C FÉLIX MONSERRATE CASTILLO SANTIAGO, COMPUESTA POR RAMONITA MONTES RODRÍGUEZ, POR SÍ, Y EN LA CUOTA VIUDAL USUFRUCTUARIA, MIRIAM CASTILLO MONTES, FÉLIX CASTILLO MONTES, COMO ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS DE LA SUCESIÓN; HONORABLE SECRETARIO DEL DEPARTAMENTO DE HACIENDA DEL ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO, Y CENTRO DE RECAUDACIONES DE INGRESOS MUNICIPALES (CRIM) CIVIL NUM.: DCD (506) SOBRE: COBRO DE DINERO - EJECUCIÓN DE HIPOTECA POR LA VÍA ORDI- NARIA ESTADOS UNIDOS DE LOS ESTADOS UNIDOS SS PUERTO RICO AVISO DE SU- BASTA. Yo, Alg. Freddy Omar Rodriguez Collazo, Alguacil del Tribunal de Primera Instancia, Sala de Bayamón, notifico a los demandados, público en general y personas con algún interés, que cumpliré con un Mandamiento librado por el Secretario del Tribunal de epígrafe, el 1 de mayo de 2015, para satisfacer la Sentencia dictada el 17 de febrero de 2015, notificada el 24 de febrero de En dicha Sentencia se condena a la parte demandada a satisfacer la suma de $33,158.24, adeudada al 1ro de noviembre de 2013, más las costas, gastos, honorarios de abogado; y demás créditos accesorios Conforme a lo anterior, venderé en pública subasta, al mejor postor en pago de contado y en moneda del curso legal de todo derecho, título e interés que hayan tenido tengan o puedan

3 Legal Notice 36 Monday, October 26, 2015 The San Juan Daily Star en cuanto al bien inmueble que ubica Alturas de Flamboyan Calle 9 G-11 Bayamón, Puerto Rico, URBANA: Solar marcado con el número 11 de la Manzana G en la Urbanización Flamboyán Gardens, Etapa al Este, Barrio Juan Sánchez, Bayamón, con un área de metros cuadrados. En lindes por el NORTE, con el solar número G-10, en metros; por el SUR, con los solares números G-12 y G-13, en metros; por el ESTE, con la Calle número 9, en metros y por el OESTE, con el solar número G-9, en metros. Inscrito al folio 262 del tomo 1,754 de Bayamón, fi nca número #37,671 Registro de la Propiedad de Puerto Rico, El tipo mínimo para la subasta será la suma de $61, De declararse la subasta desierta, y de celebrarse una segunda subasta, el tipo mínimo será dos terceras (2/3) partes del tipo mínimo establecido para la primera subasta, el cual asciende a $40, Si tampoco hubiere remate ni adjudicación en la segunda subasta, regirá como tipo mínimo de la tercera subasta la mitad (1/2) del tipo mínimo pactado para la primera subasta el cual asciende a $30, Si subasta se dará por terminado el procedimiento, pudiendo adjudicarse el bien subastado a opción del demandante. Art. 221 de la Ley Hipotecaria, 30 L.P.R.A. sec La cantidad adeudada según la Sentencia, asciende a la suma de $33,158.24; la cual se desglosa en: $26, por concepto de principal; $ por concepto de intereses acumulados, $88.40 por concepto de cargos por demora los cuales al igual que los intereses continúan acumulándose hasta el saldo total de la deuda reclamada en este pleito; $40.30 por concepto de Escrow Advances y la suma $6, para costas, gastos y honorarios de abogado; y demás créditos accesorios garantizados hipotecariamente. La primera subasta se llevará a cabo el día 10 de noviembre de 2015, a la(s) 10:15 de la mañana. De declararse desierta, se llevará a efecto una segunda subasta el día 17 de noviembre de 2015, a la(s) 2:15 de la tarde. De declararse desierta, se llevará a cabo una tercera subasta el día 24 de noviembre de 2015, a la(s) 2:15 de la tarde. La subasta o subastas efecto en mi ofi cina, localizada Sala de Bayamón. Se le advierte a los postores o licitadores entendiéndose que el de la propiedad subastada, libre de cargas y gravámenes posteriores, dentro del término de veinte (20) días a partir de celebrada facultado, de ser necesario, para romper candados y cerraduras conocimiento de los licitadores y el público en general, y para su siete (7) días entre ambas publicaciones, y para su fijación en tres (3) lugares públicos del municipio en que ha de celebrarse el Tribunal y la Colecturía, así como en la Colecturía más cercana al lugar de residencia de la parte demandada, cuando ésta fuera conocida, y se le notificara además a la parte demandada vía correo certificado con acuse de recibo a la última dirección conocida. Y para conocimiento de los demandados, de los acreedores posteriores, de los licitadores, partes interesadas y público en general, expido el presente Aviso para su publicación en los lugares públicos correspondientes. Librado en Bayamón, Puerto Rico, a 7 de mayo de Alg. Freddy Omar Rodriguez Collazo, Alguacil Sala De Bayamón. VICTOR MOISÉS SANTOS FIGUEROA, T/C/C VICTOR SANTOS FIGUEROA CIVIL NUM.: DCD (502) SOBRE: COBRO DE DINERO - EJECUCIÓN DE HIPOTECA POR LA VÍA ORDINARIA ES- TADOS UNIDOS DE AMERICA EL PRESIDENTE DE LOS ES- TADOS UNIDOS SS ESTADO RICO AVISO DE SUBASTA. Yo, Edgardo E. Vargas Santana, Alguacil Instancia, Sala de Bayamón, notifico a los demandados, público en general y personas con algún interés, que cumpliré con un Mandamiento librado por el Secretario del Tribunal de epígrafe, el 5 de mayo de 2015, para satisfacer la Sentencia dictada el 12 de septiembre de 2014, notifi - cada el 10 de marzo de En dicha Sentencia se condena a la parte demandada a satisfacer la suma de $139, adeudada al 1ro de marzo de 2014, más las costas, gastos, honorarios de abogado; y demás créditos accesorios Conforme a lo anterior, venderé en pública subasta, al mejor postor en pago de contado y en moneda del curso legal de todo derecho, título e interés que hayan tenido tengan o puedan en cuanto al bien inmueble que ubica Urb. Santa Juanita, NO5, Calle Horda, Bayamón, Puerto Rico, que se describe a continuación: URBANA: Solar número 5 del Bloque NO de la Urbanización Santa Juanita, Barrio Minillas de Bayamón, con un área de metros cuadrados. En lindes por el NOROES- TE, con solar número 4; por el NORESTE, con solar número 12; por el SURESTE, con solar número 6 y por el SUROESTE, con Calle Honda. Inscrito al folio 201 del tomo 550 de Bayamón, finca número #25,013 Registro El tipo mínimo para la subasta será la suma de $127, De declararse la subasta desierta, y de celebrarse una segunda subasta, el tipo mínimo será dos terceras (2/3) partes del tipo mínimo establecido para la primera subasta, el cual asciende a $85, Si tampoco hubiere remate ni adjudicación en la segunda subasta, regirá como tipo mínimo de la tercera subasta la mitad (1/2) del tipo mínimo pactado para la primera subasta el cual asciende a $63, Si subasta se dará por terminado el procedimiento, pudiendo adjudicarse el bien subastado a opción del demandante. Art. 221 de la Ley Hipotecaria, 30 L.P.R.A. sec La cantidad adeudada según la Sentencia, asciende a la suma de $139,159.46; la cual se desglosa en: $124, por concepto de principal; $1, por concepto de intereses acumulados; $ por concepto de cargos por demora; los cuales al igual que los intereses continúan acumulándose hasta el saldo total de la deuda reclamada en este pleito, $38.44 por concepto de Escrow Advances y la suma de $12, para abogado; y demás créditos accesorios La primera subasta se llevará a cabo el día 10 de noviembre de 2015, a la(s) 11:00 de la mañana. De declararse desierta, se llevará a efecto una segunda subasta el día 17 de noviembre de 2015, a la(s) 3:00 de la tarde. De declararse desierta, se llevará a cabo una tercera subasta el día 24 de noviembre de 2015, a la(s) 3:00 de la tarde. La subasta o subastas efecto en mi ofi cina, localizada Sala de Bayamón. Se le advierte a los postores o licitadores entendiéndose que el de la propiedad subastada, libre de cargas y gravámenes posteriores, dentro del término de veinte (20) días a partir de celebrada facultado, de ser necesario, para romper candados y cerraduras interesados quedan notifi cados conocimiento de los licitadores y el público en general, y para su siete (7) días entre ambas publicaciones, y para su fi jación en tres (3) lugares públicos del municipio en que ha de celebrarse el Tribunal y la Colecturía, así como en la Colecturía más cercana al lugar de residencia de la parte demandada, cuando ésta fuera conocida, y se le notifi cara además a la parte demandada vía correo certifi cado con acuse de recibo a la última dirección conocida. Y para conocimiento de los demandados, de los acreedores posteriores, de los licitadores, partes interesadas y público en general, expido el presente Aviso para su publicación en los lugares públicos correspondientes. Librado en Bayamón, Puerto Rico, a 12 de mayo de Edgardo E. Vargas Santana, Alguacil Tribunal De Primera Instancia Sala De Bayamón. LUIS JAVIER AMADOR QUIÑONES, T/C/C LUIS AMADOR QUIÑONES; MYRNA ENID RIVERA FIGUEROA, T/C/C MYRNA RIVERA FIGUEROA Y LA SOCIEDAD LEGAL DE BIENES GANANCIALES CIVIL NUM.: DCD (504) SOBRE: COBRO DE DINERO - EJECUCIÓN DE HIPOTECA POR LA VÍA ORDI- NARIA ESTADOS UNIDOS DE LOS ESTADOS UNIDOS SS PUERTO RICO AVISO DE SU- BASTA. Yo, Alg. Freddy Omar Rodriguez Collazo, Alguacil del Tribunal de Primera Instancia, Sala de Bayamón, notifi co a los demandados, público en general y personas con algún interés, que cumpliré con un Mandamiento librado por el Secretario del Tribunal de epígrafe, el 29 de abril de 2015, para satisfacer la Sentencia dictada el 12 de febrero de 2015, notifi cada el 24 de febrero de En dicha Sentencia se condena a la parte demandada a satisfacer la suma de $141, más las costas, gastos, honorarios de abogado; y demás créditos accesorios Conforme a lo anterior, venderé en pública subasta, al mejor postor en pago de contado y en moneda del curso legal de todo derecho, título e interés que hayan tenido tengan o puedan en cuanto al bien inmueble que ubica Valles De Santa Olaya, 132 G, Bayamón, Puerto Rico, URBANA: Solar identifi cado con el número 132 del Bloque letra G, localizado en la Calle número 3 de la Urbanización Valles de Santa Olaya, Barrio Santa Olaya, Bayamón, Puerto Rico, con un área de metros cuadrados. En lindes por el NORTE, en metros, con el solar número G-133; por el SUR, en metros, con el solar número G-131; por el ESTE, en metros, con el solar número G-142 y por el OESTE, en metros, con la Calle número 3. Inscrito al folio 89 del tomo 1,871 de Bayamón, finca número #77,017 Registro El tipo mínimo para la subasta será la suma de $120, De declararse la subasta desierta, y de celebrarse una segunda subasta, el tipo mínimo será dos terceras (2/3) partes del tipo mínimo establecido para la primera subasta, el cual asciende a $80, Si tampoco hubiere remate ni adjudicación en la segunda subasta, regirá como tipo mínimo de la tercera subasta la mitad (1/2) del tipo mínimo pactado para la primera subasta el cual asciende a $60, Si subasta se dará por terminado el procedimiento, pudiendo adjudicarse el bien subastado a opción del demandante. Art. 221 de la Ley Hipotecaria, 30 L.P.R.A. sec La cantidad adeudada según la Sentencia, asciende a la suma de $141,607.68; la cual se desglosa en: $113, por concepto de principal; $10, por concepto de intereses acumulados, $1, por concepto de cargos por demora los cuales al igual que los intereses continúan acumulándose hasta el saldo total de la deuda reclamada en este pleito; $4, por concepto de Escrow Advances y la suma $12, para costas, gastos y honorarios de abogado; y demás créditos accesorios garantizados hipotecariamente. La primera subasta se llevará a cabo el día 5 de noviembre de 2015, a la(s) 10:30 de la mañana. De declararse desierta, se llevará a efecto una segunda subasta el día 12 de noviembre de 2015, a la(s) 2:30 de la tarde. De declararse desierta, se llevará a cabo una tercera subasta el día 19 de noviembre de 2015, a la(s) 2:30 de la tarde. La subasta o subastas efecto en mi oficina, localizada Sala de Bayamón. Se le advierte a los postores o licitadores entendiéndose que el de la propiedad subastada, libre de cargas y gravámenes posteriores, dentro del término de veinte (20) días a partir de celebrada facultado, de ser necesario, para romper candados y cerraduras conocimiento de los licitadores y el público en general, y para su siete (7) días entre ambas publicaciones, y para su fijación en tres (3) lugares públicos del municipio en que ha de celebrarse el Tribunal y la Colecturía, así como en la Colecturía más cercana al lugar de residencia de la parte demandada, cuando ésta fuera conocida, y se le notificara además a la parte demandada vía correo certificado con acuse de recibo a la última dirección conocida. Y para conocimiento de los demandados, de los acreedores posteriores, de los licitadores, partes interesadas y público en general, expido el presente Aviso para su publicación en los lugares públicos correspondientes. Librado en Bayamón, Puerto Rico, a 4 de mayo de Alg. Freddy Omar Rodriguez Collazo, Alguacil Sala De Bayamón. JUDICIAL DE SAN JUAN SALA LSREF2 ISLAND HOLDINGS LTD., INC., por conducto de su agente autorizado Hudson Puerto Rico LLC LUIS JAVIER PÉREZ DELGADO ( PEREZ ), PR1 INVESTMENT ROOMS COPR. ( PR1 ), INVERSIONES ARAXI GROUP CORP. ( ARAXI ) Y BUENA VISTA PLANTATION CORP. ( BUENA VISTA ) CIVIL NÚM.: KCD (508) SOBRE: SENTENCIA POR CONSENTIMIENTO RE- GLA 35.4 DE PROCEDIMIENTO CIVIL AVISO DE SUBASTA ES- TADOS UNIDOS DE AMÉRICA EL PRESIDENTE DE LOS ES- TADOS UNIDOS DE AMÉRICA S.S. EL PUEBLO DE PUERTO RICO. A: LOS CO- Y AL PÚBLICO EN GENERAL YO, Pedro Hieye González, el Alguacil que suscribe, por la presente anuncia y hace constar, que en cumplimiento del Mandamiento de Ejecución de Sentencia sobre Bienes Inmuebles y Muebles, expedido el 3 de septiembre de 2015, procederé a vender en pública subasta y al mejor postor, quien pagará el importe de la venta en dinero efectivo o en cheque certificado o de gerente, a la orden del Alguacil suscribiente, en moneda del curso legal de los Estados Unidos de América, el día 18 de noviembre de 2015, a las 9:30 de la mañana, en mi oficina localizada en el Centro Judicial de San Juan, todo título, derecho o interés que corresponda a la parte demandada sobre el inmueble que se describe a continuación: Finca Número 537: URBANA: Parcela de terreno de una medida superficial de tres (3) cuerdas, radicada en el Barrio Quebrada Arenas del término municipal de Río Piedras. En lindes por el Norte, con camino municipal que la separa de la finca principal de la cual se segrega; por el Sur, con Jesús López; por el Este, con Medardo Vélez y por el Oeste, con camino municipal que la separa de la finca principal de la cual se segrega. Su equivalencia según el documento que motiva la inscripción tercera es de 1 hectárea, 17 áreas, 91 centiáreas y 17 miliáreas. Enclavan cuatro (4) estructuras de hormigón y bloques que se describen como sigue: Estructura de hormigón y bloques con paredes planificadas para ubicar 15 unidades con facilidades de motel, consistente cada unidad de garaje, recibidor, dormitorio y baño. Estructura de hormigón y bloques con paredes planificadas para ubicar 13 unidades con facilidades de motel, consistente cada unidad de garaje, recibidor, dormitorio y baño. Estructura de hormigón y bloques en las paredes, de uso residencial comercial, consistente de área de servicio de área de almacenamiento, un baño, sala, un dormitorio y lavandería, para dar servicio al motel. Estructura de dos (2) niveles de hormigón y bloques, consistente de cuatro (4) garajes, un almacén y una maquinaria en su primer nivel y de almacén en su segundo nivel. Finca número 537 (antes 18,768) inscrita al folio 187 del tomo 676 de Río Piedras Sur, Registro de la Propiedad, Sección Cuarta de San Juan. Dirección Física: Carretera #1, Kilómetro 25.8, Quebrada Arenas, San Juan, Puerto Rico. Por sí: HIPOTECA en garantía de un pagaré a favor de Westernbank, Puerto Rico, o a su orden, por la suma de $3,175,000.00, intereses al 2% sobre el prime rate, vencedero el 15 de junio de 2040, según

4 The San Juan Daily Star Monday, October 26, Legal Notice la escritura número 7, otorgada en San Juan, Puerto Rico, el 15 de junio de 2005, ante el notario Héctor E. Ramírez Carbo, inscrita al folio 187 del tomo 676 de Río Piedras Sur, inscripción 20a. HIPOTECA en garantía de un pagaré a favor de FirstBank Puerto Rico, o a su orden, por la suma de $185,000.00, intereses al 7.40% anual, vencedero a la presentación, según la escritura número 112, otorgada en San Juan, Puerto Rico, el 30 de abril de 2007, ante el notario Jorge L. Mendín, inscrita al folio 189 del tomo 676 de Río Piedras Sur, inscripción 21ra. Al Asiento 200 del Diario 483, se presentó el 2 de octubre de 2014, Certificación de Embargo a favor del Estado Libre Asociado de Puerto Rico, de fecha 17 de septiembre de 2014, contra PR1 Investment Rooms Corporation, por la suma de $34,844.23, por concepto de Contribución sobre Ingresos. El gravamen objeto de ejecución en este procedimiento es la que surge de la inscripción 20a, arriba descrita y según pactado en la Escritura de Hipoteca número 7, otorgada en San Juan, Puerto Rico, el día 15 de junio de 2005, ante el Notario Público Héctor F. Ramírez, y servirá como tipo mínimo para la primera subasta de la propiedad antes descrita la suma de $3,175, De no adjudicarse la propiedad en la primera subasta, se celebrará una segunda subasta, en las mismas oficinas de este Alguacil, el día 30 de noviembre de 2015, a las 9:30 de la mañana. El tipo mínimo para la segunda subasta será dos terceras partes (2/3) del tipo mínimo de la primera subasta, o sea, $2,116, De no adjudicarse la propiedad en la segunda subasta, se celebrará una tercera subasta en las mismas ofi cinas de este Alguacil, día 7 de diciembre de 2015, a las 9:30 de la mañana. El tipo mínimo para la tercera subasta será la mitad (1/2) del tipo mínimo que se pactara para la primera subasta, o sea, $1,587, Esta subasta se hará para satisfacer al demandante, hasta donde alcance, el importe adeudado a LSREF2 Island Holdings LTD, INC., ascendente al 30 de marzo de 2012 a la suma de $8,982, distribuida como se indica a continuación: $8,499, por concepto de balance de principal; más $444, por concepto de intereses acumulados, más los intereses que en adelante se acumulen hasta el total y completo pago de la deuda; más $37, por concepto de recargos y penalidades; y, la suma de $949, por concepto de costas, gastos y honorarios de abogado, según pactados. Se entiende que todo licitador que comparezca a la subasta señalada en este caso, acepta como bastante la titulación que da base a las mismas. La venta en pública subasta de la propiedad descrita anteriormente se verificará libre de toda carga o gravamen posterior que afecte dicha propiedad. Se entiende que cualquier carga y/o gravamen anterior y/o preferente, si lo hubiera, al crédito que da base a esta ejecución, continuará subsistente, entendiéndose además, que el rematante los precio del remate. Que los autos y todos los documentos correspondientes al procedimiento incoado estarán de manifiesto en la Secretaría del Tribunal durante horas laborables. POR LA PRESENTE, se les notifica a los titulares de créditos y/o cargas registrales posteriores, si alguno, que se celebrará la SUBASTA en la fecha, hora y sitio anteriormente señalados, y se les invita a que concurran a dicha subasta, si les conviniere, o se les invita a satisfacer, antes del remate, el importe del crédito, sus intereses, otros cargos abogado asegurados, quedando entonces subrogados en los derechos del Acreedor ejecutante, siempre y cuando reúnan los requisitos y cualificaciones de Ley para que se pueda efectuar tal subrogación. Y PARA SU PUBLICACIÓN en el tablón de edictos de este Tribunal y en dos (2) lugares públicos del Municipio donde se celebrará la subasta señalada. Además, en un en dos (2) ocasiones y mediante correo certificado a la última dirección conocida de la parte demandada. EXPEDIDO el presente EDICTO DE SUBASTA en San Juan, Puerto Rico, a 13 de octubre de Pedro Hieye González, Alguacil Tribunal De Primera Instancia Sala Superior De San Juan. SUPERIOR DE SAN JUAN. LSREF2 ISLAND HOLDINGS, LTD., INC., DEMANDANTE, vs. CARLOS ALBERTO DESIGNER, INC,; CARLOS ALBERTO OTERO BRUNET. CIVIL NÚM. KCD (508) SOBRE: COBRO DE DINE- RO EJECUCIÓN DE HIPOTECA POR LA VÍA ORDINARIA AVISO DE SUBASTA ESTADOS UNI- DOS DE AMÉRICA ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA EL PRE- UNIDOS DE AMÉRICA S.S. EL PUEBLO DE PUERTO RICO. YO, Diana I. Navarro Cruz, Alguacil Auxiliar, el Alguacil que suscribe, por la presente anuncia y hace constar, que en cumplimiento con Mandamiento de Venta Judicial expedido el 12 de marzo de 2015, procederé a vender en pública subasta y al mejor postor, quien pagará el importe de la venta en dinero efectivo o en cheque certificado o en cheque de gerente a la orden del alguacil suscribiente en moneda de curso legal de los Estados Unidos de América el día 18 de noviembre de 2015, a la 2:00 de la tarde, en Extra Space Storage, 108 Calle Trinidad, San Juan, Puerto Rico 00917, teléfono (787) , lugar donde ubican y están disponibles para inspección y venta los bienes muebles que se describen a continuación: 1. Traje largo azul con pedrerías azul royal y azul aqua; 2. Traje largo blanco; 3. Traje largo amarillo pálido; 4. Traje largo rosa fucha con cristales; 5. Traje largo lentejuelas azul y nude; 6. Traje largo rojo; 7. Traje largo nude con pedrería; 8. Traje largo rojo con dorado, espalda escotada; 9. Traje semi largo rosa, fucha y negro; 10. Traje largo gris (plateado); 11. Pantallas azul turquesa (Bogot); 12. Pulsera fantasía plateada (Ringstone) (2); 13. Pulsera fantasía dorado con azul marino (2); 14. Collar fantasía dorado pendiente azul marino ovalado; 15. Collar dorado con cristales forma hoja (4); 16. Pulsera azul marino/oro/bolas perladas; 17. Collar dorado en cadena gruesa charms, cartera, zapato, lipstick; 18. Pantallas largas negras (toi collection); 19. Pulseras doradas (4); 20. Pantallas doradas con rosa (3 pares); 21. Pulseras doradas piedras azules (ringstone) (4); 22. Dormilonas azul marino (Tint); 23. Maquina coser marca JUKI con mueble y lámpara Modelo DDL- 8300N; 24. Pulseras doradas con piedras azules en hojas y centro redondo (3); 25. Pulsera dorada piedras negras; 26. Traje largo transparente peach; 27. Tres (3) brazaletes metal dorado; 28. Pulsera dorada tipo oriental; 29. Pantalla larga plateada; 30. Brazalete metal dorado con piedras; 31. Pantallas redondas ringstone plateada; 32. Pantallas en forma hoja (3); 33. Sortija de tres (3) flores ringstone; 34. Pantallas negras piedras colores; 35. Traje blanco largo con cristales piedras cadenas doradas; 36. Dos (2) accesorios rosas de trajes; 37. Un (1) Brazalete dorado (Pavati) 38. Caja de piedras swarovski y elementos con muestrario 2; 39. Pieza con piedras amarillas pálidas para trajes; 40. Muestrario de piedras (cristal lizo); 41. Traje corto rosa con lentejuelas plateadas y rosa; 42. Traje corto negro con cadena. Esta subasta se hará para satisfacer al demandante, hasta donde alcance, el importe adeudado al LSREF2 ISLAND HOLDINGS LTD., INC. según la sentencia dictada a su favor en este caso y luego de abonar la suma de $167,500.00, cantidad por la cual LSREF2 se adjudicó la propiedad ejecutada objeto de la presente acción, al 29 de enero de 2014, la parte demandada aún le adeuda a la parte demandante las siguientes sumas: a. Por el Préstamo : $276,480.20, más los intereses que se continúen acumulando a razón de $73.00 por día ( per diem ) hasta el pago total de la deuda (en adelante la Deficiencia del Préstamo ) hasta el saldo total de la deuda. b. Por el Préstamo : $57, más los intereses que se continúen acumulando a razón de $16.59 por día. ( per diem ) hasta el pago total de la deuda (en adelante la Deficiencia del Préstamo ) hasta el saldo total de la deuda. Se entiende que todo licitador que comparezca a la subasta señalada en este caso, acepta como bastante la titulación que da base a las mismas. Los bienes objeto de subasta están a la vista de los postores y se venderán por lotes. Y PARA SU PUBLICACIÓN en el tablón de edictos de este Tribunal y en dos (2) lugares públicos del Municipio dónde se celebrará la subasta señalada. Además general en dos ocasiones y mediante correo certificado a la última dirección conocida de la parte demandada. EXPEDIDO el presente EDICTO DE SUBASTA en San Juan, Puerto Rico, a 7 de octubre de Diana I. Navarro Cruz, Alguacil Auxiliar, Alguacil Sala Superior De San Juan. BAYAMON. TRM, LLC Parte Demandante Vs. MIGUEL ANGEL COSME CALDERON Parte Demandada CIVIL NUM. DCD SOBRE: EJECUCION DE HIPO- TECA POR LA LA ORDINARIA Y COBRO DE DINERO ANUNCIO DE SUBASTA. El suscribiente, Alguacil Instancia de Puerto Rico, Sala de Bayamón, a los demandados de epígrafe y al público en general hace saber que los autos y documentos del caso de epígrafe estarán de manifi esto en la Secretaría del Tribunal durante horas laborables y que venderá en pública subasta al mejor postor, los Estados Unidos de América en efectivo, cheque certifi cado, o giro postal a nombre del Alguacil Instancia, en mi ofi cina en este Tribunal el derecho que tenga la parte demandada en el inmueble que se relaciona más adelante para pagar la SENTENCIA por $76,355.38, de balance principal, los intereses adeudados sobre dicho principal y computados al 4.50% anual desde el día primero de mayo de 2012 hasta su total pago y completo pago; más el 5% computado sobre cada mensualidad de $324.79; cargos por demora a razón de $16.24 mensuales hasta su total pago, más la suma de $6, como cantidad estipulada para honorarios de abogado, pactada en la escritura de hipoteca; y cuales quiera otras sumas que por cualesquiera concepto legal se devenguen hasta el día de la subasta. La propiedad a venderse en pública subasta se describe como sigue: RUSTICA: Lote de terreno radicado en el Barrio Padilla del término Municipal de Corozal, con una cabida de DOS MIL DOSCIENTOS ME- TROS CON CINCUENTA Y DOS CENTIMETROS CUADRADOS (2, m/c). En lindes por el Norte, en noventa y tres (93) metros con cincuenta y un (51) centímetros con la fi nca principal; por el Sur, en ochenta y un (81) metros con treinta y siete (37) centímetros con el Lote A ; por el Este, en veinticinco (25) metros con la carretera estatal número quinientos sesenta y ocho (568) y por el Oeste, en veintiocho (28) metros con treinta y cinco (35) centímetros con una quebrada que la separa de los terrenos propiedad del señor Castillo. Enclava una casa. Inscrita al folio setenta y cuatro (74) del tomo ciento dos (102) de Corozal, fi nca número cinco mil ochenta y seis (5,086), Registro de la Propiedad Sección de Barranquitas. La primera subasta se llevará a cabo el día 10 de noviembre de 2015 a las 9:15 de la mañana, y servirá de tipo mínimo para la misma la suma de $64, sin admitirse oferta inferior. En el caso de que el inmueble a ser subastado no fuera adjudicado en la primera subasta, se celebrará una segunda subasta el día 17 de noviembre de 2015 a las 1:15 de la tarde y el precio mínimo para esta segunda subasta será el de dos terceras partes del precio mínimo establecido para la primera subasta, o a sea la suma de $42, Si tampoco hubiera remate ni adjudicación en la segunda subasta, se celebrará una tercera subasta el día 24 de noviembre de 2015 a las 1:15 de la tarde y el tipo mínimo para esta tercera subasta será la mitad del precio establecido para la primera subasta, o sea, la suma de $32, Si subasta, se dará por terminado el procedimiento, pudiendo adjudicarse el inmueble al acreedor hipotecario dentro de los diez días siguientes a la fecha de la última subasta, si así lo estimase conveniente, por la totalidad de la cantidad adeudada conforme a la sentencia, si ésta fuera igual o menor que el monto del tipo de la tercera subasta y abonándose dicho monto a la cantidad adeudada si ésta fuera mayor. Se avisa a cualquier licitador que la propiedad queda sujeta al gravamen del Estado Libre Asociado y CRIM sobre la propiedad inmueble por contribuciones adeudadas y que el pago de dichas contribuciones es la responsabilidad del licitador. Que se entenderá por todo licitador acepte como sufi ciente la titulación y que los cargos y gravámenes anteriores y los preferentes al crédito del ejecutante continuarán subsistentes en rematador los acepta y queda de los mismos, sin destinarse su extinción al precio rematante. Y para conocimiento de licitadores, del público en general y para su publicación en un periódico de circulación general diaria en Puerto Rico y en los sitios públicos de acuerdo a las disposiciones de la Regla 51.7 de las de Procedimiento Civil, así como para la publicación en un periódico de circulación general diaria y en el Estado Libre Asociado de Puerto Rico, por espacio de dos semanas con antelación a la fecha de la primera subasta y por lo menos una vez por semana. Expedido el presente en Bayamón, Puerto Rico a 18 de agosto de Alg. Freddy Omar Rodriguez Collazo, Alguacil Del Tribunal. **** ARECIBO. LIME RESIDENTIAL, LTD. Demandante VS. SONIA RODRÍGUEZ MEDINA y WALDO ROMÁN FIGUEROA Y LA SOCIEDAD LEGAL CIVIL NÚM. CDC (401) SOBRE: EJECUCIÓN DE HIPOTECA (IN REM) EDICTO DE SUBASTA ESTADOS UNI- DOS DE AMÉRICA EL PRE- UNIDOS SS ESTADO LIBRE ASOCIADO DE P.R. A: SONIA RODRÍGUEZ MEDINA Y WALDO ROMÁN FIGUEROA Y LA SOCIEDAD LEGAL ; ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO; El Alguacil que suscribe, anuncia y hace constar que en cumplimiento de Mandamiento de Ejecución de Sentencia que me ha sido dirigido por la Secretaría del Tribunal, procederé a vender en pública subasta y al mejor postor, de contado y en moneda del curso legal de los Estados Unidos de América. Todo pago recibido por el (la) Alguacil por concepto de subastas será en efectivo, giro postal o cheque certificado a nombre del (de la) Alguacil Instancia. Todo derecho, título e interés que tenga la parte demandada sobre la siguiente propiedad: Urbanización Catalana, Calle 91, Solar #3, Barceloneta, P.R URBANA: Solar radicado en la Calle número tres (3) de la Nueva Urbanización Catalana, también conocida por la Urbanización Cataluña, zona urbana del término municipal de Barceloneta, compuesta de metros cuadrados; en lindes por el NORTE, metros con el solar número 89, hoy José Luis Molina; por el SUR, en dos (2) alineaciones, una de 6.83 metros y otra de 7.18 metros con la calle número tres (3); por el ESTE, en dos (2) alineaciones una de metros con el solar número 92 de la urbanización hoy Luis Martínez; y otra de metros con el solar número 93 de la urbanización, hoy Artemio Ramos; y por el OESTE, metros con el solar número 90 de la urbanización, hoy Zoraida Oquendo. Este solar está marcado con el número 91, del Bloque A en el plano de dicha urbanización. Consta inscrita al folio 71 del tomo 63 de Barceloneta, finca #2,437, Registro Sección de Manatí. La PRIME- RA SUBASTA, se llevará a cabo el día 1ro de diciembre de 2015, a las 9:15 de la mañana, en mis oficinas sitas en el Tribunal de Primera Instancia, Sala de Arecibo. En relación a la finca a subastarse, la cantidad mínima de licitación en la Primera Subasta será la suma de $82, Dicha venta se llevará a efecto, para con su producto satisfacer a la parte demandante el importe de su Sentencia, a saber: Suma Principal: $84,955.03, más los intereses correspondientes a razón de 7.375% anual, desde el 1ro de agosto de 2011 y los que se continúen acumulando hasta su total y completo pago, más una suma equivalente 5% de cualquier pago que esté en mora por más de quince (15) días desde la fecha de su vencimiento. Más una suma estipulada para costas, gastos y honorarios de abogado de $8,550.00, más cualquier otra suma que resulte por cualesquiera otros adelantos que se hayan hecho la demandante, en virtud de las disposiciones de la escritura de hipoteca y del Pagaré hipotecario. Si la primera subasta del inmueble no produjere remate, ni adjudicación, se celebrará una SEGUNDA SUBASTA el día 8 de diciembre de 2015, a las 9:15 de la mañana, en el mismo sitio y servirá de tipo mínimo las dos terceras partes del precio pactada para la primera subasta, o sea, la suma de $54, Si la segunda subasta no produjere remate, ni adjudicación, se celebrará una TERCERA SUBASTA el día 8 de diciembre de 2015, a las 9:15 de la mañana, en el mismo lugar y regirá como tipo de la tercera subasta la mitad del precio pactado para la primera, o sea, la suma de $41, De declararse desierta la tercera subasta, se dará por terminado el proceso de subastas, pudiendo adjudicarse el inmueble a la parte demandante dentro de los diez (10) días siguientes, si así lo estimare conveniente por la totalidad de las cantidades adeudadas, si ésta fuera igual o menor que el monto del tipo de la tercera subasta o abonándose dicho monto a las cantidades adeudadas, si éstas fueran mayores. Una vez ejecutada la venta de dicha propiedad, proceda a poner al licitador victorioso en posesión física de la propiedad dentro del plazo de veinte (20) días contados a partir de la venta en pública subasta. GRAVÁ- MENES POSTERIORES Esta propiedad está afecta con los siguientes gravámenes posteriores a la hipoteca que es objeto de ejecución: Embargo Estatal bajo la Ley 12 del 2010, contra Waldo Román Figueroa y su esposa Sonia Rodríguez Medina, por la suma de $13,103.81, por concepto de contribución sobre ingresos, según certificación del día 25 de febrero de 2011, anotado al folio 88 del tomo 1 de la Ley 12 del día 1 de marzo de Sentencia del día 31 de diciembre de 2014, expedida en el Tribunal de Primera Instancia, Sala de Morovis, contra Sonia Rodríguez, por una cuantía de $1,800.33, al folio 121 del tomo 2, del Libro de Sentencias número 2. Para más información, a las personas interesadas se les notifica que las Actas y demás constancias del expediente de este caso están disponibles en la Secretaría del Tribunal durante horas laborables para ser examinadas por los interesados. Este EDICTO DE SUBASTA, se publicará en los lugares públicos correspondientes y en un periódico de circulación general en la jurisdicción de Puerto Rico. En Arecibo, Puerto Rico, a 14 de agosto de Luis E. Roman Carrero, Alguacil Tribunal De Primera Instancia Sala Superior De Arecibo. JUDICIAL DE SAN LORENZO SALA E.M.I. EQUITY MORTGAGE INC. JOSEAN CLAUDIO ACOSTA Y JOSUE CLAUDIO ACOSTA CIVIL NUM.: E2CI (201) SOBRE: COBRO DE DI- NERO Y EJECUCION DE HIPO- TECA (Vía Ordinaria) EDICTO DE SUBASTA. El Alguacil que suscribe por la presente CERTI- FICA, ANUNCIA y hace CONS- TAR: Que en cumplimiento de un Mandamiento de Ejecución de Sentencia que le ha sido dirigido al Alguacil que suscribe por la Secretaría del TRIBUNAL DE JUDICIAL DE SAN LORENZO, SALA SUPERIOR, en el caso de epígrafe procederá a vender en pública subasta al mejor postor en efectivo, cheque certificado en moneda legal de los Estados Unidos de América el día 2 de diciembre de 2015 a las 10:30 de la mañana en su oficina sita en el local que ocupa en el edificio del TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA CENTRO JUDICIAL DE SAN LORENZO, SALA SU- PERIOR, todo derecho, título e interés que tenga la parte demandada de epígrafe en el inmueble de su propiedad que

5 Legal Notice 38 Monday, October 26, 2015 The San Juan Daily Star ubica en: Bo. Quebranda Honda, PR 181 Km. 11.9, San Lorenzo, PR y que se describe a continuación: RUSTICA: Parcela número 1: Predio de terreno sin nombre conocido, radicado en el Barrio Quebrada Honda de San Lorenzo, PR, compuesto de metros cuadrados, en lindes por el NORTE, con Isidro Torres; por el SUR, con parcela número 2; por el ESTE, con Carretera Estatal número 181 que de San Lorenzo conduce a Patillas; y por el OESTE, con Emilio Rodríguez.. La propiedad antes relacionada consta inscrita al folio 150 del tomo 300 de San Lorenzo, Finca número 15,004, en el Registro de la Propiedad de Caguas, Sección Segunda. El embargo a ejecutarse consta presentado al asiento 639 del diario 683 de San Lorenzo, Registro de la Propiedad de Caguas, Sección Segunda. La hipoteca objeto del embargo fue constituida mediante la escritura número 585, otorgada el día 8 de diciembre de 2011, ante el Notario Reinaldo Segurola Pérez y consta presentada en el Asiento 465 del Diario 661 de San Lorenzo, finca número 15,004, en el Registro de la Propiedad de Caguas, Sección Segunda. Dicha subasta se llevará a cabo para con su producto satisfacer al Demandante total o parcialmente según sea el caso el importe de la Sentencia que ha obtenido ascendente a la suma $116, de principal, más intereses sobre dicha suma al tipo convenido de 4.50% porciento anual desde el primero (1ro.) de septiembre de 2014, hasta su complete pago, más $1, de intereses devengados hasta el 30 de noviembre de 2014, la suma de $ por concepto de cargos devengados hasta la misma fecha y la cantidad líquida y estipulada de $12, por concepto de honorarios de abogado así como cualesquiera otras sumas que aparezcan de la faz del contrato. Que los autos y todos los documentos correspondientes al Procedimiento incoado estarán de manifiesto en la SECRETARIA DEL TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA CENTRO JUDICIAL DE SAN LORENZO, SALA SU- PERIOR durante las horas laborables. la titulación del inmueble y que las cargas y gravámenes anteriores y los preferentes, si los hubiere, al crédito del ejecutante continuarán subsistentes entendiéndose que el rematante los precio de remate. La propiedad no está sujeta a gravámenes anteriores y/o preferentes según surge de las constancias del Registro de la Propiedad en un estudio de título efectuado a la finca antes descrita. Por la presente se notifi ca a los acreedores que tengan inscritos o anotados sus derechos sobre los bienes hipotecados con posterioridad a la inscripción del crédito del ejecutante o acreedores de cargos o derechos reales que los hubiesen pospuesto a la hipoteca del actor y a los dueños, poseedores, tenedores de o interesados en títulos transmisibles por endoso o al portador garantizados hipotecariamente con posterioridad al crédito del actor que se celebrarán las subastas en las fechas, horas y sitios señalados para que puedan concurrir a la subasta si les conviniere o se les invita a satisfacer antes del remate el importe del crédito, de sus intereses, otros cargos abogado asegurados quedando subrogados en los derechos del acreedor ejecutante. Y para conocimiento de licitadores del público en general se publicará este Edicto de acuerdo con la ley por espacio de dos semanas en tres sitios públicos del municipio en que ha de celebrarse la venta, tales como la alcaldía, el Tribunal y la colecturía. Este Edicto será publicado mediante edictos dos veces en un diario de circulación general en el Estado Libre Asociado de Puerto Rico, por espacio de dos semanas consecutivas. Expido el presente Edicto de subasta bajo mi firma y sello de este Tribunal en San Lorenzo, Puerto Rico, hoy día 31 de agosto de Ángel Gómez Gómez, Alguacil Placa 593. JUDICIAL DE MAYAGÜEZ SALA EDMY JEZREEL FERRER TORRES Y EDGAR OSVALDO FERRER TORRES como herederos y miembros de la sucesión de Edgar Osvaldo Ferrer Torres t/c/c Edgar O. Ferrer Torres a Fulano de Tal, Sutano de Tal, Mengano de Tal y Perencejo de Tal denominados así ficticiamente por desconocerse su verdadera identidad, como herederos y miembros desconocidos de la Sucesión del finado Edgar Osvaldo Ferrer Torres t/c/c Edgar O. Ferrer Torres CIVIL NUM.: ISCI SALA NÚM.: (207) SOBRE: CO- BRO DE DINERO Y EJECUCION DE HIPOTECA POR LA VIA OR- DINARIA EDICTO DE SUBASTA LOS ESTADOS UNIDOS DE LOS E.E. U.U. SS: EL ESTADO RICO. Yo, Walter Marrero Gonzalez, Alguacil del Tribunal Superior de Puerto Rico, Sala de Bayamón, al Público HAGO SA- BER: Que en cumplimiento de la Sentencia Sumaria dictada el 23 de abril de 2015 notificada a las partes mediante Sentencia por Edicto dictada el 30 de abril de 2015, y publicada en el periódico The San Juan Daily Star el 7 de mayo de 2015, de la cual surge que la parte demandada adeuda a la demandante la suma principal de $69,366.68, intereses vencidos que al 1 de julio de 2014, ascienden a $1, y los que se continúen acumulando al tipo pactado hasta el pago total y completo de la obligación, la suma de $ por concepto de cargos por demora, más la suma de $9, por concepto de costas, gastos y honorarios de abogado y a tenor con el Mandamiento de Ejecución de Sentencia que se me libró con fecha 10 de julio de 2015, por la Secretaria de este Honorable Tribunal de Mayagüez, en el caso de epígrafe, venderé en pública subasta y al mejor postor, la siguiente propiedad inmueble, la cual se describe a continuación: URBANA: Solar número C guión dos (C-2) del proyecto residencial denominado Paseo Los Robles II, sito en el Barrio Algarrobo, Carretera Estatal Número ciento cuatro (104), kilometro uno punto cuatro (1.4) interior, del término municipal de Mayagüez, Puerto Rico. En el solar enclava una vivienda construida toda en hormigón, para una sola familia. Este solar está sujeto a servidumbres en equidad establecidas mediante la escritura número once (11) de doce (12) de marzo de 1996 ante el Notario Luis M. Polanco Ortiz. El solar número C guión dos (C-2) tiene una cabida superficial de quinientos ocho metros cuadrados con cincuenta (508.50) céntimos de otro metros cuadrados. El Solar colinda por el Norte en veinticuatro (24.00) metros lineales, con el solar C guión tres (C-3) de Paseo Los Robles II; por el Sur, en veinticuatro metros lineales con treinta y un céntimos de otro metro lineal(24.31ml), con el solar C guión uno (C-1) de Paseo Los Robles II; por el Este, en diecisiete metros lineales con cuarenta y seis (17.46) céntimos de otro metro lineal, con el solar C guión ocho (C-8) de Paseo Los Robles II; por el Oeste, en veintitrés metros lineales (23.00ml), con la Calle uno (1) de Paseo Los Robles II. Inscrita al tomo de hoja móvil 1450 de Mayagüez, finca 39,976, Registro de la Propiedad de Mayagüez. Por su procedencia está afecta a: Servidumbre a favor de la Autoridad de Fuentes Fluviales de Puerto Rico; Servidumbre a favor de la Autoridad de Energía Eléctrica de Puerto Rico; Servidumbre a favor de la Puerto Rico Telephone Company; Servidumbre de Equidad y Derecho de Control de Acceso; Condiciones Restrictivas de Edificación y Uso. Esta propiedad tiene el siguiente número de catastro en el Centro de Recaudación de Ingresos Municipales (CRIM) La dirección física del inmueble anteriormente descrito es: Paseo Los Robles, 1503 Calle Epifanio Vidal, Mayagüez, PR Sobre la antes descrita propiedad se encuentra inscrito el siguiente gravámenes posterior: i. AVISO DE DEMANDA: al Asiento 965 del Diario 758, se presentó el día 6 de octubre de 2014, Demanda certificada del día 18 de septiembre de 2014, expedida Sala de Mayagüez, en el Caso Civil Número ISCI , sobre Cobro de Dinero y Ejecución de Hipoteca, seguido por Oriental Bank (demandante) versus Edgar Osvaldo Ferrer Torres y su esposa Myrna Esther Torres Rivas (demandados) por la suma de $69, y otras sumas, finca número 39,976. Esta anotación de Demanda corresponde al caso de epígrafe. ii. Observación: Sentencia del día 17 de diciembre de 2013, expedida en el Tribunal de Primera Instancia, Sala Municipal de Mayagüez, en el caso civil número IACI , seguido por Asociación de Residentes Paseo Los Robles, Inc., versus Edgar Osvaldo Ferrer Torres, por una cuantía de $1, y otras sumas, anotado el día 3 de julio de 2015 al folio 76, línea 2 del tomo 4, del Registro de Sentencias. Se le notifica a la ASOCIACIÓN DE RESIDENTES PASEO LOS ROBLES, INC., en relación con el gravamen posterior inscrito a su favor para que comparezcan a proteger sus derechos de acuerdo a la ley y se le advierte que se habrá de solicitar la cancelación de sus derechos en el Registro de la Propiedad una vez celebrada la subasta. Se apercibe a los licitadores para que procedan con la inspección física del inmueble objeto de ejecución previo a la celebración de la subasta. El precio mínimo de licitación con relación a la antes descrita propiedad y la fecha y hora de cada subasta es como sigue: PRIMERA SUBASTA: Se celebrará el día 4 de febrero de 2016, a las 2:00 de la tarde. Precio Mínimo: $91, SE- el día 11 de febrero de 2016, a las 2:00 de la tarde. Precio Mínimo: $61, TERCERA SUBASTA: Se celebrará el día 18 de febrero de 2016, a las 2:00 de la tarde. Precio Mínimo: $45, Las subastas de dicha propiedad se llevarán a efecto en mi oficina situada en el local que ocupa este Tribunal en el Centro Judicial de Mayagüez, advirtiéndose que el que obtuviere la buena pro de dicha propiedad consignará en el acto del remate el importe de su oferta en moneda legal, en adición a los gastos de la subasta, en cheque certificado, dinero en efectivo o giro postal a nombre del Alguacil del Tribunal, siendo éste el mejor postor. En cualquier momento luego de haberse comenzado el acto de la subasta, el Alguacil podrá requerir de los licitadores que le evidencien la capacidad de pago de sus posturas. Del producto obtenido en dicha venta, el Alguacil pagará en primer término los gastos del Alguacil, en segundo término las costas, gastos y honorarios de abogado hasta la suma convenida, devengados hasta la fecha de la sentencia, en cuarto término Tribunal. la titulación y las cargas al crédito ejecutante continuarán subsistentes, de los mismos, toda vez que el precio de remate no se destina a su extinción. Los autos y todos los documentos correspondientes de Puerto Rico, Sala de Mayagüez, durante horas laborables. Y PARA LA CONCURRENCIA, de los licitadores expido el presente Edicto que se publicará en el Tribunal Superior de Puerto Rico, Alcaldía y la Colecturía de Rentas Internas del Municipio donde se celebrará la subasta por espacio de dos semanas y general del Estado Libre Asociado de Puerto Rico por espacio de dos semanas y por lo menos una vez por semana. En Mayagüez, Puerto Rico, a 3 de septiembre de Walter Marrero Gonzalez, Alguacil Superior. GUAYAMA. EDNY MINERVA RAMIREZ PAGAN Demandante V. BANCO DE LA VIVIENDA DE PUERTO RICO; JUAN DEL PUEBLO Y JUANA DEL PUEBLO y cualesquier persona desconocida con posible interés en la obligación cuya cancelación por decreto judicial se solicita. CIVIL NUM. GCD (307) SOBRE: CANCELACION DE PAGARE HIPOTECARIO EXTRAVIADO EMPLAZAMIEN- TO POR EDICTO ESTADOS UNIDOS DE AMERICA EL PRE- UNIDOS SS EL ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO. A: JUAN DEL PUEBLO Y JUANA DEL PUEBLO como posibles tenedores y cualesquier persona desconocida con posible interés en la obligación cuya cancelación por decreto judicial se solicita En este caso la parte demandante ha radicado Demanda para que se decrete judicialmente el saldo de un (1) pagaré hipotecario a favor de Banco de la Vivienda de Puerto Rico, o a su orden, por la suma principal de $21,425.00, con intereses al 8 1/2% anual, vencedero el día 1 de enero de Dicho pagaré fue suscrito mediante la Escritura número 484, otorgada en San Juan, Puerto Rico, el día 17 de agosto de 1976, ante el Notario Mildred Goyco de Maldonado, e inscrita al folio 25 vuelto del tomo 262 de Guayama, finca número 8,212, inscripción 2a, sobre la propiedad que se describe a continuación: URBANA: Solar marcado con el número dieciocho (18) de la manzana E del plano preparado por la Corporación Urbana y Vivienda de Puerto Rico para su proyecto de solares denominado PR guión siete (PR-7). Carioca, radicado en la zona urbana del término municipal de Guayama, Puerto Rico, con una cabida superficial de doscientos noventa metros cuadrados con nueve mil cuatrocientos cincuenta y cinco centésimas de metros cuadrados ( ). En lindes por el NORTE, con el solar número E diecisiete (E-l7) y la Calle Baldorioty de Castro de la mencionada urbanización; por el SUR, con el solar número E diecinueve (E-19) de dicho proyecto, distancia de veinticinco metros con doce centímetros (25.12); por el ESTE, con la acera de travesía número cuatro (4) de la mencionada urbanización, distancia de once metros con sesenta y nueve centímetros (11.69);y por el OESTE, en la servidumbre de paso del sistema pluvial mencionado proyecto R siete (R-7), Carioca, distancia de once metros con cincuenta y siete centímetros (11.57). Afectado por servidumbre eléctrica en su esquina Noreste. Franja de terreno que comienza en la colindancia Norte del solar número E dieciocho (E-18) y diecinueve (E-19) dirección Oeste, con una distancia de ocho metros con seis centímetros (8.06), con un ancho uniforme de un metro con cincuenta centímetros (1.50), afectando un área de doce metros con nueve centésimas de metros cuadrados (12.09) del mencionado solar. Contiene una edificación con un valor de Treinta y Dos Mil Dólares ($32,000.00), según la escritura número seis (6), otorgada en Guayama, Puerto Rico, el día 14 de marzo de 1978, ante el notario Ivonne Del Morel Colon, e inscrito al folio 26 vuelto del tomo 262 de Guayama, finca número 8,212, inscripción 3a. Inscrita al folio 25 del tomo 262 de Guayama, finca número 8,212, Registro de la Propiedad de Guayama. La parte demandante alega que dicho pagare ha sido saldado según mas detalladamente consta en la Demanda radicada que puede examinarse en la Secretaria de este Tribunal. Por tratarse de una obligación hipotecaria y pudiendo usted tener interes en este caso o quedar afectado por el remedio solicitado, se Ie emplaza por este edicto que se publicara una vez diaria general de Puerto Rico y se Ie requiere para que radique en este Tribunal su contestación y notifique con copia de ella al licenciado Carlos M. Rivera Corujo, PMB 293, 405 Avenida Esmeralda Suite 102, Guaynabo, PR 00969, Tel. (787) , dentro de los treinta (30) días siguientes a la publicación de este Edicto, apercibiendole que de no hacerlo así dentro del termino indicado, el Tribunal podrá anotar su rebeldia y dictar sentencia concediendo el remedio solicitado en la Demanda sin mas citarle ni oírle. EN TESTIMONIO DE LO CUAL, expido el presente Edicto por Orden del Tribunal, bajo mi firma y sello del Tribunal, en Guayama, Puerto Rico, hoy 7 de octubre de Marisol Rosado Rodriguez, Secretaria Regional I. Por: Shirly Ann Rodriguez Mendoza, Secretaria Auxiliar del Tribunal I. SAN JUAN. Urban Financial of America, LLC Sucesión de Antonia Lebrón Rivera compuesta por Luis Vazquez Lebrón y Fulano de Tal y Sutano de Tal como posible herederos de nombres desconocidos, Centro de Recaudaciones Municipales; Oficina de Herencia y Donaciones del Departamento de Hacienda de Puerto Rico; y a los Estados Unidos de América CIVIL NUM. KCD SO- BRE: Cobro de Dinero y Ejecución de Hipoteca por la Vía Ordinaria EMPLAZAMIENTO POR EDICTO ESTADOS UNIDOS DE AMERICA EL PRESIDENTE DE LOS ESTADOS UNIDOS EL PUERTO RICO. A: Fulano de Tal y Sutano de Tal como cualquier miembro aún desconocido de la Sucesión de Antonia Lebrón Rivera y/o como cualquier otra persona con interés en este caso. Desconocidos. POR LA PRESENTE, se les emplaza y se les notifica que se ha presentado en la Secretaria de este Tribunal la Demanda del caso del epígrafe solicitando la ejecución de hipoteca y el cobro de dinero relacionado al pagaré suscrito a favor de Senior Mortgage Bankers, Inc., o a su orden, por la suma principal de $135,000.00, más intereses computados sobre la misma desde su fecha hasta su total y completo pago a razón de la tasa de interés de 3.191% anual, los cuales se ajustan mensualmente, obligándose además al pago de costas, gastos y desembolsos del litigio, mas honorarios de abogados en una suma de $13, equivalente al 10% de la suma principal original. Lo anterior surge de hipoteca en garantía de pagare suscrito bajo el afidávit número 3,143 ante el notario público Samuel Soto Alonso constituida mediante la escritura número 127 otorgada el 29 de julio de 2013, inscrita al folio 63 del tomo 659 de Rio Piedras Sur del Registro de la Propiedad de San Juan IV. Se apercibe y advierte a ustedes como personas desconocidas, que no contestar la demanda radicando el original de la contestación ante la secretaria Instancia, Sala de San Juan, y notificar copia de la contestación de esta a la parte demandante por conducto de su abogada, GLS LEGAL SERVICES, LLC, Atención: Lcda. Carla Colón Gómez, Dirección: P.O. Box , San Juan, P.R , Telefono: , dentro de los próximos 30 días a partir de la publicación de este emplazamiento por edicto que será publicado una sola vez en un periódico de circulación diaria general en la isla de Puerto Rico, se Ie anotara la rebeldia y se dictara sentencia, concediendo el remedio solicitando en la Demanda sin mas citarle ni oírle. Expedido bajo mi firma y sello del Tribunal hoy 17 de septiembre de Griselda Rodriguez Collado, Secretaria. Estado Libre Asociado de Puerto Rico, TRIBUNAL GENERAL DE JUSTICIA, Tribunal de Primera Instancia, Sala Superior de CA- GUAS. E.M.I. EQUITY MORTGAGE INC. Demandante V. CARMEN MARIA MELENDEZ ROSARIO E IDALIZ ZAVALA BURGOS (a) Civil: ECD Sobre: COBRO DE DINERO Y EJECU- CION DE HIPOTECA (VIA OR- DINARIA) NOTIFICACION DE SENTENCIA POR EDICTO. A: CARMEN MARIA

6 The San Juan Daily Star MELENDEZ ROSARIO E IDALIZ ZAVALA BURGOS / URBANIZACION DELGADO A-19 CALLE 3 CAGUAS PR (Nombre de las partes a las que se le notifican la sentencia por edicto) EL SECRETARIO (A) que suscribe le notifica a usted que el 6 de octubre de 2015, este Tribunal ha dictado Sentencia, Sentencia Parcial o Resolución en este caso, que ha sido debidamente registrada y archivada en autos donde podrá usted enterarse detalladamente de los términos de la misma. Esta notifi cación se publicará una sola vez en un periódico de circulación general en la Isla de Puerto Rico, dentro de los 10 días siguientes a su notifi - cación. Y, siendo o representado usted una parte en el procedimiento sujeta a los términos de la Sentencia, Sentencia Parcial o Resolución, de la cual puede establecerse recurso de revisión o apelación dentro del término de 30 días contados a partir de la publicación por edicto de esta notificación, dirijo a usted esta notificación que se considerará hecha en la fecha de la publicación de este edicto. Copia de esta notificación ha sido archivada en los autos de este caso, con fecha de 21 de octubre de En CAGUAS, Puerto Rico, el 21 de octubre de Carmen Ana Pereira Ortiz, Secretaria. Haydee Colon Rodriguez, Secretaria Auxiliar. Estado Libre Asociado de Puerto Rico TRIBUNAL GENERAL DE JUSTICIA Tribunal de Primera Instancia Sala Superior de AGUADA. LIME RESIDENTIAL, LTD. Demandante VS. WILFREDO ROSA HERNANDEZ, (a) Civil Núm. ABCI Sobre: COBRO DE DINERO, EJE- CUCION DE HIPOTECA. NO- TIFICACION DE SENTENCIA ENMENDADA POR EDICTO. A: WILFREDO ROSA HERNANDEZ, EDRIZ PEREZ ALDARONDO y LA SOCIEDAD LEGAL GANANCIAL EL SECRETARIO (A) que suscribe le notifi ca a usted que el 13 de octubre de 2015, este Tribunal ha dictado Sentencia o Sentencia Parcial en este caso, que ha sido debidamente registrada y archivada en autos donde podrá usted enterarse detalladamente de los términos de la misma. Esta notificación se publicará una sola vez en un periódico de circulación general en la Isla de Puerto Rico, dentro de los 10 días siguientes a su notifi cación. Y, siendo o representando usted una parte en el procedimiento sujeta a los términos de la Sentencia o Sentencia Parcial, de la cual puede establecerse recurso de revisión o apelación dentro del término de 30 días contados a partir de la publicación por edicto de esta notificación, dirijo a usted esta notificación que se considerará hecha en la fecha de la publicación de este edicto. Copia de esta notificación ha sido archivada en los autos de este caso, con fecha de 21 de octubre de En Aguada, Puerto Rico, el 21 de octubre de ROSA B. SANCHEZ ACE- VEDO, Secretaria Regional. Por: ERIKA I. CRUZ PEREZ, Secretaria Auxiliar. SUPERIOR DE SAN JUAN. JOSUE NEVAREZ SANTIAGO Demandante V. HOUSING INVESTMENT CORP; JUAN DEL PUEBLO Y JUANA DEL PUEBLO Y cualesquier persona desconocida con posible interés en la obligación cuya cancelación por decreto judicial se solicita. CIIVL NUM. KCP SOBRE: CANCELACION DE PAGARE EXTRAVIADO EMPLA- ZAMIENTO POR EDICTO ESTA- DOS UNIDOS DE AMÉRICA, EL PRE UNIDOS, SS. EL ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO. A: JUAN DEL PUEBLO Y JUANA DEL PUEBLO COMO POSIBLES TENEDORES Y CUALESQUIER PERSONA DESCONOCIDA CON POSIBLE INTERÉS EN LA OBLIGACIÓN CUYA CANCELACIÓN POR DECRETO JUDICIAL SE SOLICITA. Por la presente se le notifica que ha sido presentada en este Tribunal una Demanda en su contra en el pleito de epígrafe. En este caso la parte demandante ha radicado una Demanda para que se decrete judicialmente el saldo de un (1) pagaré hipotecario a favor de de HOUSING IN- VESTMENT CORP., por la suma de $13, Dicho pagaré fue suscrito el día 19 de septiembre de 1969, ante el notario Cristóbal Colón, garantizado por hipoteca constituida mediante la Escritura número 1113, sobre la siguiente propiedad: URBANA: Porción de terreno de forma irregular radicada en el Barrio Santurce Norte, Sector el Checo, del término municipal de San Juan, Puerto Rico, compuesto de una cabida superficial de ciento ochenta y siete metros cuadrados con ocho mil cuatrocientos ochenta y dos diez milésimas de metros cuadrado ( ), en lindes por el NORTE, en diez (10.00) metros, con el solar número trescientos diecinueve (319) del Callejón Lutz de dicho Proyecto; por el SUR, en diez metros con cuarenta y cinco centésimas de metro (10.45 m), con la Calle Barbosa del Sector El Checo de Santurce; por el ESTE, en quince metros con ochenta y nueve centésimas de metro (15.89 m), con el solar numero trescientos veinticuatro (324) de dicho Proyecto; y por el OESTE, en dieciocho metros con diez centésimas de metro (18.10 m), con el callejón Lutz, formando esquina con la Calle Barbosa del Barrio Obrero, Sector El Checo de Santurce. Enclava una edificación de dos plantas con frente y entrada principal por la Calle Barbosa. En el primer piso hay un apartamento que consta de tres (3) dormitorios, sala-comedor y un baño. Tiene una marquesina y al fondo de esta un local pequeño destinado a almacén del propietario. En la segunda planta existe otro apartamento que tiene dos dormitorios, sala, comedor y baño. Tiene un balcón extendido. En la parte posterior de la estructura hay otra marquesina que tiene acceso por el Callejón Lutz, con valor de ochenta mil dólares ($80,000.00), mediante la escritura número cinco (5), otorgada en Carolina, Puerto Rico, a el día cinco (5) de diciembre de dos mil dos (2002), ante l notario Sonia Rodríguez Vallecillo, e inscrita al folio quince (15) vuelto del tomo seiscientos tres (603) de Santurce Norte, finca numero veintiún mil quinientos sesenta y dos (21,562), inscripción octava (8va). Finca 21,562, inscrita al folio 11 del tomo 603 de Santurce, Registro de la propiedad 1 de San Juan. La parte demandante alega que dicho pagare ha sido saldado según mas detalladamente consta en la Demanda radicada que puede examinarse en la Secretaria de este Tribunal. Por tratarse de una obligación hipotecaria y pudiendo usted tener interés en este caso o quedar afectado por el remedio solicitado, se Ie emplaza por este edicto que se publicara una vez diaria general de Puerto Rico y se Ie requiere para que radique en este Tribunal su contestación y notifique con copia de ella al abogado de la parte demandante la Lcda. Saideth Cristobal Martinez, PO Box , San Juan ; Tel (787) , dentro de los treinta (30) días siguientes a la publicación de este Edicto, apercibiendole que de no hacerlo así dentro del termino indicado, el Tribunal podrá anotar su rebeldía y dictar sentencia concediendo el remedio solicitado en la Demanda sin mas citarle ni oírle. EXPEDIDO bajo mi firma y sello de este Tribunal, en San Juan, Puerto Rico, hoy 1 de octubre de Griselda Rodriguez Collado, Secretaria Auxiliar del Tribunal. I. SUPERIOR DE ARECIBO. CITIFINANCIAL SERVICES OF PUERTO RICO, INC. D/B/A CITIFINANCIAL PLUS LA SUCESION DE JUAN CARLOS SERRANO MORALES DELIA SOLIS TORRES POR SI Y EN CUANTO A LA CUOTA VIUDAL USUFRUCTUARIA; SU HIJA YARA SERRANO SOLIS, JOHN DOE Y JANE DOE COMO POSIBLES HEREDEROS DESCONOCIDOS, DEPARTAMENTO DE HACIENDA Y CRIM CIVIL NUM. CD SO- BRE: COBRO DE DINERO V EJECUCION DE HIPOTECA POR LA VIA ORDINARIA EM- PLAZAMIENTO POR EDICTO ESTADOS UNIDOS DE AMÉ- RICA EL PRESIDENTE DE LOS ESTADOS UNIDOS SS. EL ES- TADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO. A: JANE DOE Y JOHN DOE Queden emplazados y notifi cados que en este Tribunal se ha radicado Demanda sobre Cobro de Dinero y Ejecución de Hipoteca, en la que se alega que usted(es) le adeuda(n) a la demandante lo siguiente: La suma de $32, de principal mas los intereses sobre dichas sumas devengados desde el día 11 de julio de 2013, más aquellos a devengarse hasta el pago total de la deuda a razón % anual, mas las primas de seguro hipotecario y riesgo, recargos por demora y cualesquiera otras cantidades pactadas en la escritura de hipoteca desde la fecha antes mencionada y hasta la fecha del total pago de las mismas, mas la suma estipulada de $3, por concepto de abogado incurridos por concepto de un préstamo hipotecario, se advierte que si no contesta(n) la demanda, radicando el original de la contestación en este Tribunal enviando copia de la contestación a Carmen Aponte- Reyes, 1499 W. Palmetto Park Road, Suite 300, Boca Raton, FL 33486, telefono , dentro del termino de treinta (30) dias de la publicación de este Edicto, se le anotara la rebeldia y se dictara Sentencia en su contra, concediendo el remedio solicitado, sin mas citarle ni oírle. EXPEDIDO BAJO MI FIRMA, y el sello de este Tribunal, en Arecibo, Puerto Rico, hoy dia 8 de octubre de Vivian Y. Fresse Gonzalez, Secretaria Regional. Yanitza Iglesias Maldonado, Secretaria Auxiliar. SAN JUAN. Urban Financial of America, LLC Sucesión de Luis Angel Toledo Olivieri t/c/c Luis A. Toledo Olivieri, t/c/c Luis Toledo Olívíeri, t/c/c Luis Angel Toledo, t/c/c Luis A. Toledo t/c/c Luis Toledo compuesta por: Ana Toledo, Matilde Toledo, Sonia Margarita Toledo, y Fulano de Tal y Sutano de Tal como posible herederos de nombres desconocidos, Centro de Recaudaciones de Ingresos Municipales; Oficina de Herencia Donaciones del Departamento de Hacienda de Puerto Rico; y a los Estados Unidos de América CIVIL NUM.: KCD (806) SOBRE: Cobro de Dinero y Ejecución de Hipoteca por la Vía Ordinaria EMPLAZAMIEN- TO POR EDICTO ESTADOS UNIDOS DE AMERICA EL PRE- UNIDOS EL ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO. A: Matilde Toledo, Sonia Margarita Toledo, y Fulano de Tal y Sutano de Tal como posible herederos de nombres desconocidos de la Sucesión de Luis Angel Toledo Olivieri t/c/c Luis A. Toledo Olivieri, t/c/c Luis Toledo Olivieri, t/c/c Luis Angel Toledo, t/c/c Luis A. Toledo t/c/c Luis Toledo y/o como cualquier otra persona con interés en este caso. POR LA PRESENTE, se les emplaza y se les notifi ca que se ha presentado en la Secretaria de este Tribunal la Demanda del caso del epígrafe solicitando la ejecución de hipoteca y el cobro de dinero relacionado al pagaré suscrito a favor de The Money House, Inc., o a su orden, por la suma principal de $214,500.00, más intereses computados sobre la misma desde su fecha hasta su total y completo pago a razón de la tasa de interés de 3.204% anual, obligándose además al pago de costas, gastos y desembolsos del litigio, mas honorarios de abogados en una suma de $21, equivalente al 10% de la suma principal original. Lo anterior surge de hipoteca en garantía de pagare suscrito bajo el afi dávit número 7108 ante el notario público Lizbet Avilés Vega constituida mediante la Monday, October 26, 2015 escritura número 119 otorgada el 5 de marzo de 2013, inscrita al folio 183 del tomo 920 de Monacillos, San Juan, Registro de la Propiedad Tercera de San Juan, finca número 6210, inscripción 9a. Se apercibe y advierte a ustedes como personas desconocidas, que no contestar la demanda radicando el original de la contestación ante la secretaria del Tribunal de Primera Instancia, Sala de San Juan, y notificar copia de la contestación de esta a la parte demandante por conducto de su abogada, GLS LEGAL SERVI- CES, LLC, Atención: Lcda, Genevieve Lopez Stipes, Dirección: P.O. Box , San Juan, P.R , Telefono: , dentro de los próximos 30 días a partir de la publicación de este emplazamiento por edicto que será publicado una sola vez diaria general en la isla de Puerto Rico, se Ie anotara la rebeldia y se dictara sentencia, concediendo el remedio solicitando en la Demanda sin mas citarle ni oírle. Expedido bajo mi firma y sello del Tribunal hoy 14 de octubre de Griselda Rodriguez Collado, Secretaria. Gloriam Martinez Rivera, Secretaria de Servicios a Sala. BAYAMON. RAMÓN ANTONIO VÁZQUEZ TORRES, T/C/C/ RAMÓN A. VÁZQUEZ TORRES, T/C/C RAMÓN VÁZQUEZ TORRES, ALEXANDRA VELÁZQUEZ SANTIAGO, Y LA SOCIEDAD LEGAL DE BIENES GANANCIALES CIVIL NUM.: DCD (402) SOBRE: COBRO DE DI- NERO - EJECUCIÓN DE HIPO- TECA POR LA VÍA ORDINARIA ESTADOS UNIDOS DE AMERI- CA EL PRESIDENTE DE LOS ESTADOS UNIDOS SS ESTADO RICO AVISO DE SUBASTA. Yo, Alg. Freddy Omar Rodriguez Collazo, Alguacil del Tribunal de Primera Instancia, Sala de Bayamón, notifico a los demandados, público en general y personas con algún interés, que cumpliré con un Mandamiento librado por el Secretario del Tribunal de epígrafe, el 13 de mayo de 2015, para satisfacer la Sentencia dictada el 5 de diciembre de 2014, la cual fue notificada y archivada en autos el 20 de enero de En dicha Sentencia se condena a la parte demandada a satisfacer la suma de $74, adeudada al 1ro 39 Legal Notice de julio de 2013, más las costas, gastos, honorarios de abogado; y demás créditos accesorios Conforme a lo anterior, venderé en pública subasta, al mejor postor en pago de contado y en moneda del curso legal de todo derecho, título e interés que hayan tenido tengan o puedan en cuanto al bien inmueble que ubica en el J-29 Tudor, Urb. Villa Contessa, Bayamón, Puerto Rico, que se describe a continuación: URBANA: Solar número 29 de la Manzana J de la Urbanización Villa Contessa, Barrio Pájaros y Cerro Gordo, Bayamón, Puerto Rico, compuesto de metros cuadrados. En lindes por el NORTE, con solar número 28, en metros; por el SUR, con solar número 30, en igual medida; por el ESTE, con la Calle número 79, en metros y por el OESTE, con los solares números 6 y 7, en metros. Inscrito al folio 231 del tomo 437 de Bayamón, finca número #19,796, Registro La finca antes relacionada se encontrará afecta a un gravamen posterior al que se pretende ejecutar, el cual se describe de la siguiente manera: Hipoteca: Mediante la cual se inscriba hipoteca a favor del SECRETA- RIO DEL DEPARTAMENTO DE DESARROLLO URBANO Y VI- VIENDA DE ESTADOS UNIDOS DE AMERICA, por la suma de $2, de principal, sin intereses y vencedero el día 1 de julio de 2031, según consta de la escritura número 46, otorgada en San Juan, el día 28 de marzo de 2008, ante el notario José V. Gorbea Varona. (Fue presentado al Asiento 11 del Diario 1,275, el 22 de abril de 2008). El tipo mínimo para la subasta será la suma de $76, De declararse la subasta desierta, y de celebrarse una segunda subasta, el tipo mínimo será dos terceras (2/3) partes del tipo mínimo establecido para la primera subasta, el cual asciende a $50, Si tampoco hubiere remate ni adjudicación en la segunda subasta, regirá como tipo mínimo de la tercera subasta la mitad (1/2) del tipo mínimo pactado para la primera subasta el cual asciende a $38, Si se declarase desierta la tercera subasta se dará por terminado el procedimiento, pudiendo adjudicarse el bien subastado a opción del demandante. Art. 221 de la Ley Hipotecaria, 30 L.P.R.A. sec La primera subasta se llevará a cabo el día 2 de diciembre de 2015, a la(s) a las 2 de la mañana. De declararse desierta, se llevará a efecto una segunda subasta el día 9 de diciembre de 2015, a la(s) 2:00 de la tarde. De declararse desierta, se llevará a cabo una tercera subasta el día 16 de diciembre de 2015, a la(s) 2:00 d ela tarde. La subasta o subastas antes indicadas se llevarán a efecto en mi oficina, localizada en el Tribunal de Primera Instancia, Sala de Bayamón. Se le advierte a los postores o licitadores de la propiedad subastada, libre de cargas y gravámenes posteriores, dentro del término de veinte (20) días a partir de celebrada facultado, de ser necesario, para romper candados y cerraduras conocimiento de los licitadores y el público en general, y para su siete (7) días entre ambas publicaciones, y para su fijación en tres (3) lugares públicos del municipio en que ha de celebrarse el Tribunal y la Colecturía, así como en la Colecturía más cercana al lugar de residencia de la parte demandada, cuando ésta fuera conocida, y se le notificara además a la parte demandada vía correo certificado con acuse de recibo a la última dirección conocida. Y para conocimiento de los demandados, de los acreedores posteriores, de los licitadores, partes interesadas y público en general, expido el presente Aviso para su publicación en los lugares públicos correspondientes. Librado en Bayamón, Puerto Rico, a 10 de mayo de Alg. Freddy Omar Rodriguez Collazo, Alguacil Sala De Bayamón.

7 Legal Notice 40 Monday, October 26, 2015 The San Juan Daily Star JUDICIAL DE SAN LORENZO SALA PUERTO RICO ROBERTO CARLOS OSORIO OQUENDO CIVIL NUM.: E2CI SOBRE: COBRO DE DINERO Y EJECUCION DE HIPOTECA (Vía Ordinaria) EDICTO DE SU- BASTA. El Alguacil que suscribe por la presente CERTIFICA, ANUNCIA y hace CONSTAR: Que en cumplimiento de un Mandamiento de Ejecución de Sentencia que le ha sido dirigido al Alguacil que suscribe por la Secretaría del TRIBUNAL DE JUDICIAL DE SAN LORENZO, SALA SUPERIOR, en el caso de epígrafe procederá a vender en pública subasta al mejor postor en efectivo, cheque certifi cado en moneda legal de los Estados Unidos de América el día 2 de diciembre de 2015 a las 10:45 de la mañana en su ofi cina sita en el local que ocupa en el edifi cio del TRIBUNAL DE PRIMERA INS- TANCIA CENTRO JUDICIAL DE SAN LORENZO, SALA SUPE- RIOR, todo derecho, título e interés que tenga la parte demandada de epígrafe en el inmueble de su propiedad que ubica en: Urb. Estancias de La Ceiba, G-32 Calle Tito Puente (#8), Juncos, PR y que se describe a continuación: RUSTICA: Solar radicado en la Urbanización Estancias de la ceiba, situada en el Barrio Ceiba Sur del término municipal de Juncos, Puerto Rico, marcado con el número 32-G de la calle número 8, con un área de metros cuadrados. En lindes por el NORTE, con el solar 31, en una distancia de metros; por el SUR, con el solar número 33, en una distancia de metros; por el ESTE, con área verde, en una distancia de metros y por el OESTE, con la calle número 8, en una distancia de metros. La propiedad antes relacionada consta presentada al Asiento 1478 del Diario 627 de Juncos San Lorenzo, a segregarse de la Finca número 2,011, en el Registro de la Propiedad de Caguas, Sección Segunda. El embargo a ejecutarse consta presentado al asiento 259 del diario 682 de Juncos, Registro de la Propiedad de Caguas, Sección Segunda. La hipoteca objeto del embargo fue constituida mediante la escritura número 35, otorgada el día 23 de noviembre de 2011, ante el Notario Jesús A. Ledesma Amador y consta presentada en el Asiento 1464 del Diario 660 de Juncos, a segregarse de la finca número 2,011, en el Registro de la Propiedad de Caguas, Sección Segunda. Dicha subasta se llevará a cabo para con su producto satisfacer al Demandante total o parcialmente según sea el caso el importe de la Sentencia que ha obtenido ascendente a la suma $110, de principal, más intereses sobre dicha suma al tipo convenido de 4.50% porciento anual desde el día primero (1ro) de mayo de 2014, más $2, de intereses devengados hasta el 30 de septiembre de 2014, la suma de $ por concepto de cargos por demora devengados hasta la misma fecha y la cantidad líquida y estipulada de $11, para las costas, gastos y honorarios de abogado así como cualesquiera otras sumas que aparezcan de la faz del contrato. Que los autos y todos los documentos correspondientes al Procedimiento incoado estarán de manifiesto en la SECRETARIA DEL TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA CENTRO JUDICIAL DE SAN LORENZO, SALA SU- PERIOR durante las horas laborables. la titulación del inmueble y que las cargas y gravámenes anteriores y los preferentes, si los hubiere, al crédito del ejecutante continuarán subsistentes entendiéndose que el rematante los precio de remate. La propiedad está sujeta a los siguientes gravámenes anteriores y/o preferentes según las constancias del Registro de la Propiedad. HIPO- TECA en garantía de un pagaré a favor de Banco Bilbao Vizcaya Argentaria, o a su orden por la suma principal de $92, con intereses al 7% anual y vencedero el 1 de noviembre de 2036 según escritura número 236, otorgada en San Juan, Puerto Rico, ante el Notario José Garcia Noya, el 30 de octubre de Presentada al Asiento 1480 de Diario 627 y la cual se encuentra pendiente de calificación y Despacho. Dicha hipoteca esta salda y fue cancelada mediante la Escritura número 133 otorgada en Caguas, Puerto Rico ante el Notario Reinaldo Segurola Pérez, el 15 de marzo de 2012, presentada al Asiento 675 del Diario 662 de San Lorenzo, el 16 de marzo de A los acreedores que tengan inscritos o anotados sus derechos sobre los bienes hipotecados con posterioridad a la inscripción del crédito del ejecutante o acreedores de cargos o derechos reales que los hubiesen pospuesto a la hipoteca del actor y a los dueños, poseedores, tenedores de, o interesados en títulos transmisibles por endoso, o al portador, garantizados hipotecariamente con posterioridad al crédito del actor por la presente se notifica, que se celebrarán las subastas en las fechas, horas y sitios señalados para que puedan concurrir a la subasta si les conviniere o se les invita a satisfacer antes del remate el importe del crédito, de sus intereses, otros cargos abogado asegurados quedando subrogados en los derechos del acreedor ejecutante. Y para conocimiento de licitadores del público en general se publicará este Edicto de acuerdo con la ley por espacio de dos semanas en tres sitios públicos del municipio en que ha de celebrarse la venta, tales como la alcaldía, el Tribunal y la colecturía. Este Edicto será publicado mediante edictos dos veces en un diario de circulación general en el Estado Libre Asociado de Puerto Rico, por espacio de dos semanas consecutivas. Expido el presente Edicto de subasta bajo mi fi rma y sello de este Tribunal en San Lorenzo, Puerto Rico, hoy día 31 de agosto de Ángel Gómez Gómez, Alguacil Placa 593. JUDICIAL DE SAN LORENZO SALA ANNETTE MARIE FERNANDEZ ROLON T/C/C ANNETTE M. FERNANDEZ ROLON CIVIL NÚM.: E2CI SALA NÚM.: 201 SOBRE: CO- BRO DE DINERO Y EJECU- CION DE HIPOTECA POR LA VIA ORDINARIA EDICTO DE SUBASTA LOS ESTADOS UNI- DOS DE AMERICA EL PRESI- DENTE DE LOS E.E. U.U. SS: EL ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO. Yo, Angel Gomez Gomez, Alguacil del Tribunal Superior de Puerto Rico, San Lorenzo, al Público HAGO SABER: Que en cumplimiento de la Sentencia dictada el 6 de junio de 2014, notifi cada a las partes el 8 de julio de 2015, de la cual surge que la parte demandada adeuda a la demandante la suma principal de $412,004.14, intereses vencidos que al 1 de septiembre de 2013, ascienden a $19, y los que se continúen acumulando al tipo pactado hasta el pago total y completo de la obligación, la suma de $3, por concepto de cargos por demora, más la suma de $41, por concepto de abogado y a tenor con el Mandamiento de Ejecución de Sentencia que se me libró con fecha 18 de septiembre de 2015, por la Secretaria de este Tribunal de San Lorenzo, en el caso de epígrafe, venderé en pública subasta y al mejor postor, la siguiente propiedad inmueble, la cual se describe a continuación: URBA- NA: Solar marcado con el número G guión veinticinco (G-25) del complejo urbano conocido como Villas de Golf de Ciudad Jardín de Gurabo, localizado en el Barrio Mamey, del Municipio de Juncos, Puerto Rico, con una cabida superfi cial de trescientos veinte punto ochenta y nueve metros cuadrados. (320.89mc). En lindes por el Norte, en una distancia de ocho punto novecientos noventa y seis metros (8.996m), con una área verde; por el Sur, en dos (2) alineaciones distintas, en una distancia de cuatro punto novecientos ochenta y ocho metros (4.988m), y en un arco de longitud de cuatro punto cero cero cuatro metros (4.004m),con la Calle Principal de dicha Urbanización; por el Este, en una distancia de treinta y cinco punto setecientos setenta y ocho metros (35.778m), con el solar número G guión veintiséis (G-26); y por el Oeste, en una distancia de treinta y cinco punto quinientos cuarenta y nueve metros (35.549m), con le solar número G guión veinticuatro (G-24), todos estos solares y la calle perteneciente al referido desarrollo Urbano. Contiene una Casa de Concreto. Inscrita al folio 77 del tomo 443 de Juncos, Finca Número 17,210, Registro Sección II de Caguas. Por su procedencia está afecta a: Servidumbre de Paso, Servidumbre de equidad, Condiciones Restrictivas. Esta propiedad tiene el siguiente número de catastro en el Centro de Recaudación de Ingresos Municipales (CRIM) La dirección física del inmueble anteriormente descrito es: CIUDAD JARDIN, 625 VILLAS GOLF, GURABO, PR Sobre la antes descrita propiedad se encuentran inscritos los siguientes gravámenes posteriores: (A) AVISO DE DEMANDA: de fecha 20 de noviembre de 2013 expedido en el Tribunal de Primera Instancia, Centro Judicial de Caguas, Sala Superior, en el caso civil número E2CI , sobre Cobro de Dinero y Ejecución de Hipoteca por la Vía Ordinaria seguido por Oriental Bank contra Annette Marie Fernández Rolón, por la suma de $412,004.14, anotado al folio 77 del tomo 443 de Juncos, fi nca número 17,210, anotación A. Esta anotación de Demanda corresponde al caso de epígrafe. (B) Sentencia del día 13 de agosto de 2013, expedida en el Tribunal de Primera Instancia, sala de Caguas, en Caso Civil número ECD , sobre cobro de dinero, Asociación de Residentes de Ciudad Jardín, versus Annette Marie Fernández Rolón, por una cuantía de $19,100.00, más intereses y otras cantidades, anotado el día 2 de mayo de 2014, al folio 48 Orden número 144, del tomo 6 del Registro de Sentencias. Se apercibe a los licitadores para que procedan con la inspección física del inmueble objeto de ejecución previo a la celebración de la subasta. El precio mínimo de licitación con relación a la antes descrita propiedad y la fecha y hora de cada subasta es como sigue: PRIMERA SUBASTA: Se celebrará el día 14 de enero de 2016, a las 10:30 de la mañana. Precio Mínimo: $441, SE- el día 21 de enero de 2016, a las 2:00 de la tarde. Precio Mínimo: $294, TERCE- RA SUBASTA: Se celebrará el día 28 de enero de 2016, a las 2:00 de la tarde. Precio Mínimo: $220, Las subastas de dicha propiedad se llevarán a efecto en mi ofi cina situada en el local que ocupa este Tribunal en el Centro Judicial de San Lorenzo, advirtiéndose que el que obtuviere la buena pro de dicha propiedad consignará en el acto del remate el importe de su oferta en moneda legal, en adición a los gastos de la subasta, en cheque certifi cado, dinero en efectivo o giro postal a nombre del Alguacil del Tribunal, siendo éste el mejor postor. En cualquier momento luego de haberse comenzado el acto de la subasta, el Alguacil podrá requerir de los licitadores que le evidencien la capacidad de pago de sus posturas. Del producto obtenido en dicha venta, el Alguacil pagará en primer término los gastos del Alguacil, en segundo término las abogado hasta la suma convenida, devengados hasta la fecha de la sentencia, en cuarto término Tribunal. la titulación y las cargas al crédito ejecutante continuarán subsistentes, de los mismos, toda vez que el precio de remate no se destina a su extinción. Los autos y todos los documentos correspondientes de Puerto Rico, Sala de San Lorenzo, durante horas laborables. Y PARA LA CONCURRENCIA, de los licitadores expido el presente Edicto que se publicará en el Tribunal Superior de Puerto Rico, Alcaldía y la Colecturía de Rentas Internas del Municipio donde se celebrará la subasta por espacio de dos semanas y general del Estado Libre Asociado de Puerto Rico por espacio de dos semanas y por lo menos una vez por semana. En San Lorenzo, Puerto Rico, a 29 de septiembre de Angel Gomez Gomez, Alguacil Placa 593, Alguacil Superior. PRI- MERA INSTANCIA SALA SUPERIOR DE SAN JUAN. TRM LLC, COMO AGENTE DE SERVICIO DE RNPM, LLC. JULIO DE CARDENAS PEREZ, SU ESPOSA AGNES MARRERO SANCHEZ Y LA SOCIEDAD LEGAL DE BIENES GANANCIALES CIVIL NUM.: KCD (906). SOBRE: COBRO DE DI- NERO Y EJECUCION DE HIPO- TECA POR LA VIA ORDINARIA. EDICTO ANUNCIANDO PRI- MERA, SEGUNDA Y TERCERA SUBASTA. El Alguacil que suscribe, funcionario del Tribunal de San Juan, Puerto Rico, por la presente anuncia y hace saber al público en general que en cumplimiento con la Sentencia dictada en este caso con fecha 22 de julio de 2015, y según Orden y Mandamiento del 17 de septiembre de 2015 librado por este honorable Tribunal, procederé a vender en pública subasta al mejor postor, y por dinero en efectivo, cheque certificado o giro postal a nombre del Alguacil del Tribunal con todo título derecho y/o interés de la parte demandada sobre la propiedad URBANA: PROPIEDAD HORI- ZONTAL: Apartamento número ocho (8) de dos niveles, ubicado en los pisos segundo y tercero del Condominio Miel, el cual está localizado en el Barrio Santurce del término municipal de San Juan, Puerto Rico, con un área superficial de novecientos noventa y dos punto doce (992.12) pies cuadrados, equivalentes a noventa y dos metros ochenta decímetros cuadrados, colindando por el NORTE, en sus dos niveles, con elementos exteriores del edificio que colinda con Martín Franco, en su primer y segundo nivel, en una distancia de veinte punto setenta y cinco pies, equivalentes a seis punto treinta y cinco metros; por el SUR, en su primer nivel con pasillo de acceso comunal, en una distancia de catorce punto veinticinco pies, equivalentes a cuatro punto treinta y seis metros y seis punto cinco pies equivalentes a uno punto noventa y nueve metros con elementos exteriores del edificio y en su segundo nivel en una distancia de veinte punto setenta y cinco pies equivalentes a seis punto treinta y cinco metros con elementos exteriores del edificio sobre el estacionamiento comunal; por el ESTE, con el pasillo de acceso comunal en una distancia de veintitrés punto diez y seis pies equivalentes a siete punto cero ocho metros en su primer nivel y en su segundo nivel con elementos exteriores del edificio sobre el estacionamiento comunal en veintiséis punto diez y seis pies equivalentes a ocho metros; y por el OESTE, con el apartamento número Siete, en sus dos niveles en una distancia de veintitrés punto diez y sies pies cuadrados equivalentes a siete punto cero ocho metros en su primer nivel y en su segundo nivel, en veintiséis punto diez y seis pies equivalentes a ocho metros. Contiene además una terraza en su techo de cuatrocientos noventa y seis pies cuadrados, equivalentes a cuarenta y seis punto cuatro metros cuadrados, colindando por el NORTE, con elementos exteriores del edificio que colinda con Martín Franco; por el SUR, con elementos exteriores del edificio sobre el estacionamiento comunal; por el ESTE, con elementos exteriores sobre el estacionamiento comunal; por el OESTE, con terraza del apartamento número siete. El primer nivel consiste de sala, comedor, cocina, balcón, closet, medio baño y una escalera interior por la que se sube al segundo nivel que consiste de un cuarto dormitorio, baño, family y balcón y una escalera interior por la que conduce a la terraza en el techo. La puerta principal está en su lado Sur, la cual da al pasillo de acceso comunal que conduce al estacionamiento por el cual se va a la vía pública. Le corresponde a este apartamento, el espacio de estacionamiento marcado con el número ocho. Al apartamento antes descrito le corresponde en el porcentaje en los elementos comunes, el 15.5%. Según Registro así surge la descripción. FINCA NÚMERO: 41,649, inscrita al folio 49 del tomo 1017 de Santurce Norte, sección I de San Juan. Nota aclaratoria: La descripción registral antes mencionada, consta tal y como se describe en el Registro de la Propiedad de San Juan, sección I. En la Escritura número 305, otorgada el 31 de diciembre de 2007, se indica que por el Este, tenemos un pasillo de acceso comunal en una distancia de pies, equivalentes a 8 metros, cuando en el Registro antes mencionado, se indica que es en pies, equivalentes a 7.8 metros. Dirección Física: COND. MIEL APT. 8 SAN JUAN PR Se anuncia por medio de este edicto que la primera subasta habrá de celebrarse el día 24 de noviembre a las 9 de la mañana, en mi oficina sita en el edificio que ocupa el Tribunal Superior de Puerto Rico, Sala de San Juan. Siendo ésta la primera subasta que se celebrará en este caso, será el precio mínimo aceptable como oferta en la Primera Subasta, eso es el tipo mínimo pactado en la Escritura de Hipoteca para la propiedad, la suma de $113, De no haber remanente o adjudicación en esta primera subasta por dicha suma mínima, se celebrará una segunda subasta el día 2 de diciembre a las 9 de la mañana, en el mismo lugar antes señalado en la cual el precio mínimo serán dos terceras (2/3) partes del tipo mínimo pactado en la escritura de hipoteca. De no haber remanente o adjudicación en esta segunda subasta por el tipo mínimo indicado en el párrafo anterior, se celebrará una tercera subasta en el mismo lugar antes señalado el día 9 de diciembre a las 9 de la mañana, en la cual el tipo mínimo aceptable como oferta será la mitad (1/2) del precio mínimo pactado en la escritura de hipoteca. Si tampoco hubiese remate o adjudicación en la tercera subasta y se declare desierta, se dará por terminado el procedimiento pudiendo el acreedor adjudicarse la propiedad dentro de los diez (10) días siguientes por la totalidad de la cantidad adeudada. Con el importe de esta venta se habrá de satisfacer el balance de la sentencia dictada en este caso el cual consiste en el pago de $116, de principal, más intereses convenidos al 6.00% anual más recargos hasta su pago, más el pago de lo pactado en la sentencia para abogados. Se dispone que una vez celebrada la subasta y vendido el inmueble relacionado, los adjudicatarios serán puestos en posesión del inmueble dentro del término de veinte (20) días a partir de dicha subasta, por el Alguacil de este Tribunal quien efectuará el lanzamiento de los ocupantes de ser necesario. Por la presente también se notifica e informa a First Bank de Puerto Rico por éstos contar con dos anotaciones de demanda. La primera por la suma de $112,877.65, más intereses, en el caso civil #KCD , inscrito al folio 170 del tomo 1164 ágora. La segunda anotación de demanda es por la suma de $110, más intereses, en el caso civil #KCD , inscrito al folio 170 del tomo 1164 ágora. Además, se notifica e informa a Fulano de Tal y Sutano de Tal, personas desconocidas que puedan tener derechos en la propiedad o título objeto de este edicto. La Venta en Pública Subasta de la referida propiedad se verificará libre de toda carga y gravamen posterior que afecte la mencionada finca, a cuyo efecto se notifica y se hace saber la fecha, hora y sitio de la Primera, Segunda y Tercera Subasta, si eso fuera necesario, a los efectos de cualquier persona o personas con algún interés puedan comparecer a la celebración de dicha Subasta. Los autos y todos los documentos correspondientes al procedimiento del caso de epígrafe están disponibles en la Secretaría de este Tribunal durante horas laborables y para la concurrencia de los licitadores expido el presente Edicto que se publicará diaria en toda la Isla de Puerto Rico por espacio dos (2) semanas y por lo menos una vez por semana y se fijará, además, Alcaldía y la Colecturía de Rentas Internas del Municipio donde se celebrará la Subasta y en la Colecturía más cercana del lugar de la residencia de la parte demandada. EN TESTIMONIO DE LO CUAL, expido el presente que firmo y sello, hoy día 22 de octubre de PEDRO HIEYE GONZALEZ, ALGUACIL, TRIBUNAL DE PRIMERA INS- TANCIA, SALA SUPERIOR DE SAN JUAN.

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