LA PRUEBA DEL ADN, UNA HERRAMIENTA CONTUNDENTE EN EL ESCLARECIMIENTO DE LOS DELITOS DE VIOLACION
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- Eva María Villanueva Godoy
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1 LA PRUEBA DEL ADN, UNA HERRAMIENTA CONTUNDENTE EN EL ESCLARECIMIENTO DE LOS DELITOS DE VIOLACION Laura Hernández Gómez Apartado: Zapote, San José, Costa Rica RESUMEN En Costa Rica, la utilización de la prueba del ADN en delitos de violación es poco utilizada, dado que no ha sido muy difundida en el área del Derecho Penal. Es por ello que en los últimos años ha provocado sorprendentes resultados en las sentencias por su exactitud. Esta prueba como huella identificadora sirve por tanto como puente entre el pensamiento jurídico y científico. Es así como la prueba del ADN, es una prueba biológica infalible, para la identificación de un imputado o la liberación de un inocente. Palabras claves: ADN (ácido desoxirribonucleico), delitos de violación, derecho penal, imputado. ABSTRACT In Costa Rica, the use of the DNA test in rope telonie, is seldom used, due to back of diffuse in the Penal Code. That s why during the last few years it has incited out standing results in the veredicts because of its accuracy. This test, like a fingerprint, helps as a link between the legal thought and the scientific though. This is how the DNA test, is a biological infallible prove, for the identification of a suspect or the release of an innocent person. Key words: DNA, Penal Code, suspect. Siempre presente en el diario vivir, la tecnología científica ha introducido en la ciencia forense procedimientos que han ido creciendo para contribuir en la administración de justicia, esto por cuanto el desarrollo científico ha facilitado la identificación no sólo de personas, sino de evidencias sumamente pequeñas, siendo así la gran novedad la prueba del ácido desoxirribonucleico (ADN). En la actualidad es la máxima técnica, utilizada para el esclarecimiento de investigaciones criminales, como es el caso de los delitos de violación. El ADN es una prueba que no difiere entre clases sociales, pues es sum amente poderosa, capaz de darse a conocer como el código de la vida, pues la misma esclarece, la identificación de cada ser humano, dando como resultado características únicas de cada uno. El estudio de la tecnología científica, en la actualidad, arroja resultados sumamente exactos del ADN analizados ya sea en sangre, semen, saliva o vestigios biológicos, que ningún juez podría rechazar, dado que aún cuando el informe médico legal, queda sujeto al análisis por medio del Sistema de la Sana Crítica, pues la verdad científica no admite cuestionamiento alguno. Por lo tanto es importante demostrar los alcances y exactitud de la prueba del ADN en la comparación de los marcadores genéticos de la víctima de violación con el sujeto activo de la misma. Rev.Latinoam.Der.Méd. Medic. Leg. 6 (2):, Dic (1), Junio 2002 : 15-20
2 Revista Latinoamericana de Derecho Médico y Medicina Legal 1 ) LA ESCENA Al ser las 7 pm del 10 de noviembre del 2001 cerca de la plaza de deportes en un lote baldío de Desamparados; una joven de 14 años conocida como MEK se dirigía hacia su casa, cuando de repente JAM un hombre de 30 años aproximadamente la interceptó. Abrazándola con fuerza y tomándola de sus muñecas la obligó a caminar hasta el lote donde la tumbó al suelo despojándola de inmediato de su ropa interior; pero sin desnudarla porque vestía enagua. De inmediato introduce carnalmente su miembro viril en la vagina. No conforme con ello decide colocar a la víctima de rodillas para penetrarla por detrás pero de manera incompleta porque súbitamente huyó al escuchar ruido. La joven de inmediato corre hacia su casa y cuenta a su madre lo ocurrido, al día siguiente su madre la acompaña para colocar la denuncia por lo ocurrido. A) Aspectos procesales y médico legales de la víctima Dentro de lo aspectos procesales y médico legales que producto de la violación la víctima debe enfrentar está la denuncia de la ofendida. Dada su condición, la misma será ejercida por sus representantes legales así como lo indica el artículo 17 del Código Procesal Penal. 1 Después de tomada su declaración el Ministerio Público remitirá a la víctima al Complejo de Ciencias Forenses. Una vez allí será atendida en la Clínica Médico Forense donde fue acompañada por su madre. En el lugar, a ambas se les tomaron sus datos personales. Para que el médico forense pueda efectuar el examen; deberá contar con una orden judicial que exprese por cual delito atenderá a la ofendida; esto con el fin de realizar el interrogatorio y la inspección. Además del examen físico, este quizás el más importante para nuestro caso dado que en él se encontraron evidencias que se podrán utilizar para la práctica del ADN. En los genitales se logró encontrar restos de semen depositados en la vulva. Además se lograron identificar hematomas en muslos y muñecas así como excoriaciones en sus rodillas. La muestra será remitida al laboratorio de ADN. B ) El escenario de los hechos Al mismo tiempo el Ministerio Público en la persona del Fiscal se dirigirá al escenario de los hechos donde inspeccionará detalladamente el lugar. En el mismo fue localizado un calzón blanco que aparentemente pertenece a la víctima dicha evidencia deberá ser asegurada cumpliendo con la cadena de custodia. B.1 )Cadena de Custodia: Según el Voto 368- F de la Sala Tercera 2 este indica que para asegurarse la autenticidad del material a utilizar como prueba debe garantizarse, desde el momento de la recolección, preservación y empaque además de la fase de transporte y finalmente la entrega de la misma. Con esto lo que se pretende es averiguar la verdad real como fin esencial del proceso. Para cumplir con las reglas mínimas en la cadena de custodia, la evidencia deberá estar etiquetada e identificada; además en el supuesto de encontrarse la evidencia en estado de humedad deberá de secarse en estado natural y nunca utilizar ningún preservante. El llevar una cadena de custodia de modo correcto es con el fin de evitar posibles contaminaciones que pueda degradar la prueba. De inmediato la prenda encontrada se remitió al Laboratorio de ADN para los análisis respectivos. C) Aspectos procesales y medico legales del imputado Es importante tomar en consideración los aspectos procesales y médico legales del imputado dado que el Ministerio Público hará el mandamiento del mismo para que se presente a rendir declaración y a su vez lo remitirá al Complejo de Ciencias Forenses para que se le realice el examen físico pertinente. 16
3 Laura Hernández Gómez / La prueba del ADN, una herramienta contundente en los delitos de violación Al igual que con la victima se realiza con el fin de encontrar alguna evidencia que pueda ayudar para el esclarecimiento del ilícito. Si el médico forense considera pertinente tomar alguna muestra de sangre ahora lo podrá hacer aun sin el consentimiento del acusado, esto porque el imputado puede ser utilizado como objeto de prueba. C.1) El imputado como objeto de prueba: Esto porque en ocasiones el mismo puede traer consigo evidencias que pueden ser utilizadas como pruebas en el proceso penal. Así lo confirma el Código Procesal Penal 3 en su artículo 88, cuando indica que se podrá ordenar la investigación corporal del imputado. Además el imputado como objeto de prueba es utilizado en casos en que no se dañe psíquica y físicamente sus derechos propios como ser humano, pues así lo confirma el Voto de la Sala Constitucional. 4 Por su parte la Convención Americana sobre Derechos Humanos 5 establece que toda persona tiene derecho a que se respete su integridad física psíquica y moral ( Artículo 8.2.g). Con esto queda claro que la obtención de sangre y saliva puede realizarse sin el consentimiento del imputado; confirmándolo el voto Sala Constitucional. 6 Después de haber analizado cada una de las partes : escenario de los hechos, víctima e imputado se procederá a realizar un análisis de las muestras (semen encontrado en la víctima, la evidencia encontrada en el escenario (calzón de la supuesta víctima) y por último la extracción de sangre que se le efectuó al imputado; las cuales se remitirán al Laboratorio de ADN). 2 ) EL ACIDO DESOXIRRIBONUCLEICO Para poder analizar las evidencias es importante tomar en consideración aspectos generales del ácido desoxiribonucleico (ADN) para ello veremos a groso modo el descubrimiento y evolución que el mismo ha tenido a través de los años. El ADN es un ácido nucleico que constituye el código de la vida y que lo podemos localizar en el núcleo de la célula. 7 Fue en el año 1945 cuando Frederick Sanger se dedicaba a realizar trabajos de secuenciación principalmente en proteínas. Secuenciar es para los genetistas lo mismo que deletrear para un niño. Con ello se creía que la estructura del ADN podría tomar la forma de una hélice. Fue sino hasta que Rosaline Franklin y Morice Wilking aplicaron técnicas de rayos X que confirmaron que la molécula de ADN era una gigantesca hélice. 8 Así en 1953 James Watson y Francis Crick, se encargaron de realizar investigaciones acerca de la estructura molecular del ADN. Lograron determinar que la molécula era larga grande y fina y que formaba una doble hélice. La estructura de la misma, se da a través de un grupo fosfato un azúcar y una base nitrogenada. Las bases nitrogenadas pueden ser divididas en purinas y pirimidicas. Las purinas adenina -timina y guanina y citosina respectivamente. Toda esta información es para indicar que las bandas de ADN son únicas para cada persona como es la huella dactilar, logrando realizar por lo tanto una identificación individual clara y precisa. Esta prueba es realmente poco conocida en el área penal de hecho la cantidad de casos resueltos con ella ha sido en materia de familia. A ) Reacción en cadena de la polimerasa (PCR) Para poder reconocer el ADN en los individuos es necesario hacer varias copias de la misma, para ello el bioquímico Kari Mullis en 1983, utilizó el proceso de la reacción en cadena de la polimerasa. 17
4 Revista Latinoamericana de Derecho Médico y Medicina Legal Mullis había descubierto que la polimerasa era una enzima de origen biológico. Dicha enzima ayudaba a copiar secuencias del ADN. Este a su vez planteó la hipótesis de utilizar dos veces la enzima polimerasa en un único tubo de ensayo, obteniendo resultados positivos, dado que con la polimeriza, una mínima gota de sangre, saliva o semen puede reproducirse cientos de veces amplificando así segmentos cortos de ADN. 9 La importancia del proceso por PCR, es que permite amplificar evidencias pequeñas e incluso degradadas, además de que da una identificación más específica para cada persona. A.1 ) Procedimiento: El procedimiento que debe llevar las muestras que se encuentran en el Laboratorio de ADN es a través de cinco pasos : La amplificación permite la separación de fragmentos a través de electroforesis sobre gel de acrilamida al 4%. La visualización de los fragmentos de ADN separados de la muestra se puede observar a través de una auto radiografía. La amplificación del ADN se realiza por medio de la separación de las cadenas a 95º C donde además se romperán los puentes de hidrógeno. A.1.2) Electroforésis: Está parte se realiza a 72 ºC; una vez colocados los cebadores o primers, estos indican a la polimerasa, el sitio exacto que se debe amplificar, es decir el sitio para iniciar el proceso. A.1.3) Tinción o revelado con plata: En este paso los genes de acrilamida se visualizan en un vidrio donde se pondrán a secar. Una vez seco se pasa al quinto paso la interpretación. Extracción Amplificación Interpretación Tinción con plata A.1.4) Interpretación :Este se lleva a cabo mediante una técnica comparativa. Es el microbiólogo quien la realiza fungiendo como perito esto porque el artículo 213 del Código Procesal Penal 11 establece que en ocasiones para descubrir la verdad es necesaria la presencia de una persona que posea conocimientos técnicos y científicos. Electroforesis Para ello es necesario contar con un termociclador una encima polimerasa, las cadenas del ADN y los cebadores o primers. A.1.1) Extracción y Amplificación del ADN: La extracción consiste en la separación del ADN de las muestras de semen y sangre. La extracción se realiza en Costa Rica por medio de una resina llamada Chelex la cual tiene la función de ser captadora; es decir, que logra degradar al máximo las muestras dejándola apta para su amplificación pues separa por completo todos los restos que no contienen ADN. 10 Esta parte del proceso es realizada en una cámara de secado. La interpretación se realiza gracias al descubrimiento de Alex Jeffreys el cual descubrió en 1984 que para poder interpretar los marcadores genéticos después de realizar todo el proceso estos podrían leerse imaginando los códigos de barras de los supermercados. 12 Así tenemos que en Costa Rica para realizar la prueba del ADN y lograr su interpretación el microbiólogo y sus técnicos realizan en cada muestra el análisis de 12 marcadores genéticos pues después de muchos estudios se ha comprobado que con ellos es suficiente la identificación del sujeto; en el caso de ser necesario se amplían, pero esto en la actualidad ha quedado superado dado que el proceso por PCR permite una amplificación más exacta. Queda claro entonces que en nuestro país la prueba del ADN realmente logra cumplir con 18
5 Laura Hernández Gómez / La prueba del ADN, una herramienta contundente en los delitos de violación los parámetros requeridos y el fin destinado, aún cuando los tribunales en muchas ocasiones desperdicia el esfuerzo de los que la realizan; así como los gastos que ésta implica dado que es sumamente costosa. Así el microbiólogo teniendo el peritaje listo envía a los tribunales de justicia indicando que de doce marcadores genéticos analizados se confirma que el acusado coincide en un 99.99% con la víctima y la evidencia encontrada, es decir la prueba del ADN no excluye en ningún momento al imputado. Con los resultados en la mano el fiscal levanta acusación contra JAM por dos delitos de violación esto por cuanto el ilícito coincide con el tipo penal ya que este indica que será sancionado con Pena de Prisión de 10 a 16 años quien se haga acceder o tenga acceso carnal por vía oral, anal o vaginal con una persona de cualquier sexo ( art 156 CP ). Esto según la reforma del 17 de agosto de 1999, publicada en el Diario La Gaceta. Además este ilícito coincide con el tipo penal 156.3, que establece la agravante de cuando existe violencia corporal (ofendida presentó evidencia de maltrato). Recordemos que hay violencia cuando el sujeto activo doblega a la víctima a sus intenciones, es decir, se da una violencia corporal pues se está ante la presencia del dominio total del agresor sobre su víctima. Es por ello que después de que el Tribunal ha tomado en consideración todos los elementos de prueba que procede a declarar a JAN como el autor responsable de dos delitos de violación en perjuicio de MEK. Con este trabajo lo que pretendo es que el lector consientise sobre la importancia que tiene la Prueba del ADN, en estos momentos en Costa Rica y que en muchas ocasiones es desperdiciada por nuestros tribunales. Como recomendaciones deseo presentar las siguientes: Es necesario que se de una capacitación a jueces, fiscales y defensores de la impor- tancia, aplicación y relevancia que la prueba del ADN suministra a través de los análisis de la muestras de sangre, semen y saliva principalmente. Conviene dar una serie de alineamientos o normas que regulen la forma en que deben ser tomadas las muestras, ya sea de la víctima, imputados o el escenario de los hechos; aclarando que de no cumplirlos se les podrá acusar por negligencia. Esta recomendación es sumamente pertinente y necesaria. De manera análoga como la huella dactilar es tomada cuando la persona nace, la huella genética del ADN deberá ser tomada y custodiada junto con la dactilar, para ser incorporada en una base de datos que puedan ser utilizados en el esclarecimiento de delitos. LITERATURA CITADA 1. Código Procesal Penal, San José, Costa Rica, Editec Editores S.A, Argurola Valverde (Allan). La Prueba y los Principios Probatorios en Materia Penal, San José, Costa Rica, Obras Jurídicas Probatorias S.A, Código Procesal Penal, San José, Costa Rica, Editec Editores S.A, Voto Número , de la Sala Constitucional de la Corte Suprema de Justicia, de las 14 horas 10 minutos del 20 de marzo de Convención Americana Sobre Derechos Humanos, San José, Costa Rica, Editec Editores S.A, Voto Número , de la Sala Constitucional de la Corte Suprema de Justicia, de las 8 horas 45 minutos del 10 de abril de Gisbert Calabuig (J.A). Medicina Legal y Toxicología. Quinta Edición, Barcelona España, Quevedo. 1996, PAG 77, Citado por MARTINEZ JARRETA, (María B). La prueba del ADN en 19
6 Revista Latinoamericana de Derecho Médico y Medicina Legal Medicina Forense. Editorial Masson S.A, Barcelona España, Villanueva Cañadas, Lorente Acosta, citado por GISBERT CALABUING, Medicina Legal y Toxicología. Quinta Edición, Barcelona España, Código Procesal Penal, San José, Costa Rica, Editec Editores S.A, Quevedo. 1996, PAG 35, Citado por Martínez Jarreta, (María B). La prueba del ADN en Medicina Forense. Editorial Masson S.A, Barcelona España,
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