CENTRAL DE COMPRAS BADIA, S.L.U. Procedimiento Concursal nº 524/14 1

Tamaño: px
Comenzar la demostración a partir de la página:

Download "CENTRAL DE COMPRAS BADIA, S.L.U. Procedimiento Concursal nº 524/14 1"

Transcripción

1 Autos de Concurso Voluntario 524/2014 Negociado 7 Concurso de acreedores: CENTRAL DE COMPRAS BADIA S.L.U. NIG M AL JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 2 DE SEVILLA PEDRO MONTERO COBO, en representación de SILVA VALDES & MONTERO SLP, Administrador Concursal designado en el Procedimiento Concursal de la entidad mercantil CENTRAL DE COMPRAS BADIA S.L.U., Autos de Concurso nº 524/2014-7, tramitado ante el Juzgado de lo Mercantil nº 2 de Sevilla, comparece y, como mejor proceda en Derecho, DIGO: 1. Que con fecha 27 de diciembre de 2016, se notificó a esta parte Auto del 21 de diciembre del mismo año, por el que se declaraba finalizada la fase común del procedimiento concursal, así como la apertura de la Fase de Liquidación, requiriendo a esta Administración Concursal para que formulase el correspondiente Plan de liquidación. 2. Que por medio del presente escrito, esta Administración Concursal procede a someter a este Juzgado el PLAN PARA LA REALIZACIÓN DE LOS BIENES Y DERECHOS INTEGRADOS EN LA MASA ACTIVA DEL CONCURSADO. Los aspectos más importantes de la parte dispositiva del Auto que apertura la fase de liquidación, son los siguientes: A. Se declara disuelta la sociedad concursada. B. Cesan en sus funciones los administradores sociales, que son sustituidos por la administración concursal. C. Se anuncia por edictos la apertura de la fase de liquidación. D. Se inscriba en el Registro Mercantil la apertura de la fase de liquidación. E. Se presente este Plan en el plazo de quince días desde la notificación de la resolución para la realización de los bienes y derechos integrados en la masa activa del concursado conforme a lo dispuesto en el art. 148 de la Ley Concursal. CENTRAL DE COMPRAS BADIA, S.L.U. Procedimiento Concursal nº 524/14 1

2 Por lo expuesto, SUPLICO AL JUZGADO, que teniendo por presentado este escrito, se sirva admitirlo y de conformidad con el contenido del mismo, tenga por cumplimentado el requerimiento que se contenía en la Auto de fecha 21 de diciembre de 2016 y por presentado el Plan para la realización de los bienes y derechos integrados en la masa activa del concursado, con cuanto además proceda en Ley y Justicia que pedimos en Sevilla a 17 de enero de PEDRO MONTERO COBO SILVA VALDES MONTERO S.L.P. Administrador Concursal. CENTRAL DE COMPRAS BADIA, S.L.U. Procedimiento Concursal nº 524/14 2

3 CONCURSO VOLUNTARIO ORDINARIO DE CENTRAL DE COMPRAS BADIA, S.L.U. JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 2 DE SEVILLA Procedimiento Concursal nº 524/2014. NIG: M PLAN DE LIQUIDACION DE CONFORMIDAD CON LO SEÑALADO EN EL CAPÍTULO II DEL TITULO V DE LA LEY 22/2003, CONCURSAL ADMINISTRACIÓN CONCURSAL: PEDRO MONTERO COBO, Economista y Abogado En representación de SILVA VALDES & MONTERO SLP I. CONSIDERACIONES GENERALES. INDICE II. RELACIÓN DE BIENES Y DERECHOS III. PROCEDIMIENTO DE LIQUIDACIÓN 1. Realización de activos afectos a privilegio especial. 2. Realización de activos no afectos a privilegio especial. a. Realización de activos que necesitan para su efectividad de la transmisión a terceros. b. Realización de activos que necesitan par su efectividad de gestiones directas de cobro. IV. DIPOSICIONES COMUNES A TODAS LAS ENAJENACIONES. V. DISPOSICIÓN ADICIONAL. VI. NORMAS SUPLETORIAS VII. PLAN DE PAGOS. CENTRAL DE COMPRAS BADIA, S.L.U. Procedimiento Concursal nº 524/14 3

4 I. CONSIDERACIONES GENERALES. Ha de comenzar señalándose que la liquidación es un modo normal de terminación del concurso, siendo la finalidad del concurso la satisfacción de los acreedores. A tal fin, la fase de liquidación supone la realización ordenada del patrimonio del deudor o masa activa, de cara a la satisfacción de los créditos de la masa pasiva. Es por ello por lo que se justifica así la adopción de medidas excepcionales de cara a evitar conflictos de intereses, siendo una de ellas la suspensión de las facultades patrimoniales de administración y disposición del deudor sobre su patrimonio y su sustitución por la Administración Concursal (art. 145,2 LC). No obstante, dada la situación acaecida durante parte de la fase común ya conocida por todas las partes, debemos recordar que dichas facultades de administración y disposición ya habían sido suspendidas por Auto de fecha 4 de abril de El artículo 148 y siguientes de la Ley Concursal (en adelante LC) establecen que dentro de los quince días siguientes al de notificación de la resolución de apertura de la fase de liquidación a la Administración Concursal, ésta presentará un plan para la realización de los bienes y derechos integrados en la masa activa del concurso. Dicho precepto recoge los aspectos que deben contemplar el Plan de Liquidación y los trámites al que el mismo debe ser sometido. Es por ello, que en toda liquidación ha de distinguirse dos etapas: a) La liquidación propiamente dicha, esto es hacer liquido el patrimonio del deudor (Arts 148 a 153 LC). b) El pago a los acreedores distribuyendo entre ellos el producto de la realización de los bienes en el orden de prelación que la Ley Concursal establece (art. 154 a 162 LC). El citado artículo LC da prioridad, siempre que sea factible, a la enajenación unitaria del conjunto de los establecimientos y explotaciones, no obstante en el caso que nos ocupa esta Administración Concursal no considera viable dicha posibilidad de liquidación por dos motivos, en primer lugar debido a que a día de hoy no se ha recibido ninguna oferta por la unidad de negocio, y por otra parte por el alto importe de la deuda de la concursada y de las cargas que soportan sus bienes. Es por ello, que a nuestro entender la enajenación unitaria sería menos ventajosa que si se produce la liquidación por separado, es decir, conforme a los CENTRAL DE COMPRAS BADIA, S.L.U. Procedimiento Concursal nº 524/14 4

5 parámetros que se detallan a continuación, asumiendo las circunstancias imperantes en el mercado actual y las concretas del concurso en cuestión. No obstante a lo anterior, para el supuesto caso en el que se recibiera una oferta para la adquisición de la unidad de negocio, la misma será estudiada, decidiéndose a favor de la opción que resulte mas favorable para el concurso. A tal efecto la Administración Concursal establece como medio para la recepción de las mismas el correo electrónico concursal. Transcurrido el plazo de 15 días tras la aprobación del presente Plan, sin la recepción de ninguna oferta o habiéndola recibido, si la misma no fuera lo suficientemente satisfactoria, se procederá a la enajenación directa de los bienes que integran la masa activa. Debido a que durante la fase común se ha mantenido la actividad de la concursada con el fin de generar ingresos, tras la entrada en la fase de liquidación, se procederá a la realización del consiguiente expediente de regulación de empleo que conllevara la extinción de los contratos de trabajo de los empleados que aun mantenían relación laboral con la concursada. Asimismo, una vez valorada su conveniencia y/o utilidad también se procederá a la resolución de los demás contratos aún vigentes (electricidad centros de trabajo, agua, demás suministros, etc.) Dada la importancia que los bienes afectos a garantía real tienen en la masa activa hemos de recordar que, abierta la fase de liquidación, los acreedores hipotecarios que no hayan instado su ejecución, sean o no los bienes afectos a la actividad, pierden el derecho de ejecución separada (art LC) quedando sujetos a las reglas de la ejecución colectiva. Como mecanismo de seguimiento de la liquidación la LC establece que la Administración Concursal presentará cada tres meses los informes a los que se refiere el art. 152 de la LC., lo que se llevará a cabo en dicho plazo. A efectos de presentación de ofertas o comunicaciones se reitera el correo electrónico del concurso central.badia@svmconcursal.org CENTRAL DE COMPRAS BADIA, S.L.U. Procedimiento Concursal nº 524/14 5

6 II. RELACIÓN DE BIENES Y DERECHOS. En el Anexo I adjunto al presente Plan se detalla la relación de los derechos y bienes muebles e inmuebles propiedad de la concursada, siendo esta básicamente la presentada por la instante con las modificaciones introducidas en el informe de la Administración Concursal, tras los procedimientos incidentales planteados, las variaciones consecuencia de la evolución de la actividad que ha llevado a cabo la Sociedad durante estos meses, así como los acuerdos de resolución y ventas autorizadas judicialmente que se han producido. En este sentido se excluyen los bienes de propiedad ajena sobre los que tenga derecho de uso (por ejemplo bienes objeto de leasing o renting), sin perjuicio de la realización del derecho de uso y opción de compra titularidad del concursado, así como los bienes que sean ya objeto de ejecución separada real por concurrencia de los presupuestos del art LC, ya se tramiten en pieza separada por este Juzgado ya se siga ante los Juzgados de Primera Instancia por no ser afectos, respecto de los que procede requerir - en caso de no haberse realizado- la remisión del sobrante, una vez atendida la responsabilidad garantizada. De esta manera debemos excluir del activo de la concursada (s.e.u.o.) los siguientes bienes que están siendo objeto de ejecución: -Finca del Registro de la Propiedad nº 1 de Sanlucar la Mayor, sobre la que se sigue ejecución hipotecaria instada por Banco de Popular en los autos 372/14, acordada su acumulación al concurso por Auto de fecha 14 de noviembre de Finca del Registro de la Propiedad nº 5 de Sevilla, sobre la que se sigue ejecución hipotecaria instada por BBVA en los autos 2653/15. No obstante, la venta de dicha finca ha sido autorizada durante la fase común en los autos /14 y se encuentra cercana a su formalización. Además, debemos hacer mención a que existe otro elemento como es la marca Badia, la cual tras averiguaciones realizadas por esta Administración Concursal, se pudo conocer que con anterioridad a la declaración de concurso había sido desligada del activo de la concursada sin ningún tipo de beneficio patrimonial por Don Víctor Badia, circunstancia por la cual se consideró oportuno la presentación de la respectiva demanda de reintegración. Dicha solicitud esta siendo CENTRAL DE COMPRAS BADIA, S.L.U. Procedimiento Concursal nº 524/14 6

7 juzgada en el incidente concursal con número de autos 967/16 que se encuentra pendiente de resolución, por lo que hasta que no se produzca un fallo positivo, la marca no podrá ser adherida a la masa activa de la concursada para su posible enajenación conforme a las reglas del presente Plan. En relación a la deuda de los Clientes y Deudores, a pesar de haberse gestionado durante la fase común diversos cobros, el porcentaje de éxito de cobro de estas gestiones ha sido escaso hasta el punto en el que dicha partida lejos de verse reducida ha aumentado. Dicho aumento se debe principalmente a que tras la separación del anterior Administrador social y acceso a la contabilidad real se pudo constatar los importes reales que se les adeudaban a la concursada eran superiores a lo inicialmente señalados (Grupo familiar Badia, Isbilia Carnicas.- Nuevas Líneas de Negocio Badia SLU -en liquidación- JamonBadi SL y personas físicas del grupo familiar) o la entrada en concurso de alguna de estas entidades deudoras (Nuevas Líneas de Negocio Badia SLU, Jamones Badia SLU). Por ultimo, para la confección del Plan de Liquidación no está prevista en la ley la elaboración de un nuevo inventario, de esta manera se evita la generación de nuevos gastos, por lo que el valor de referencia de los activos será el que figure en informe de valoración que acompaña al informe definitivo y que se acompaña en el Anexo I. En resumen, los bienes y derechos a realizar son los siguientes: RESUMEN INVENTARIO DE LA MASA ACTIVA VALOR EN EUROS Inmovilizado material: ,78 Fincas y naves ,13 Mobiliario y enseres ,07 Vehículos ,58 Clientes y deudores: ,11 Clientes y deudores ,30 Deudas grupo ,81 TOTAL MASA ACTIVA ,89 CENTRAL DE COMPRAS BADIA, S.L.U. Procedimiento Concursal nº 524/14 7

8 III. PROCEDIMIENTO DE LIQUIDACIÓN. 1. Realización de activos afectos a Privilegio Especial Nos referimos a la fincas que se enumeran en el anexo 1 del presente Plan, las cuales se encuentran comprendidas en el cuadro anterior en el apartado Fincas y naves, con la excepciones ya expuestas. El privilegio del que gozan estos bienes, se refleja en los créditos calificados como tal en los Textos a favor las distintas entidades bancarias, siendo originarios de las deudas contraídas por impagos, en su mayoría, de los distintos préstamos con garantía hipotecaria que le fueron otorgados a la concursada. En consecuencia, los anteriores activos estarán sometidos a la siguiente propuesta de liquidación: 1º. En primer lugar, para el caso de que el conjunto de las unidades productivas de la empresa no se pudiese enajenar de manera unitaria, se abrirá un periodo de 3 meses para la presentación de ofertas de compra por separado de los distintos bienes afectos a privilegio de la empresa, siendo consideradas asimismo, con carácter preferente las que supongan mejor satisfacción de créditos de los acreedores. Las ofertas por estos bienes deberán cubrir al menos el importe del privilegio más un 10% de dicha cantidad. El importe obtenido por tales bienes, en su caso, estará destinado al pago del privilegio que dichos bienes garantizan. Todos los bienes se venderán libres de cargas, siendo todos los gastos (IBI, notaria, cancelación registral, etc.) e impuestos de la transmisión del bien por cuenta de la parte compradora. 2º. Dación en pago: Transcurrido el plazo de los 3 meses posteriores a la aprobación del Plan, como segunda fase y durante el periodo de también de 3 meses, se negociará con las entidades bancarias como acreedores titulares de créditos privilegiados sobre los bienes, la dación en pago de los mismos, que conllevará la consiguiente extinción del crédito privilegiado que los grava. Tal dación en pago se produciría sin gastos para la concursada, haciéndose cargo el adquiriente tanto de la deuda del impuesto de bienes inmuebles correspondiente como de la Plusvalía correspondiente a la operación de los mismos. 3º.Subasta Pública: Si no fuera posible ninguna de las anteriores propuestas, una vez transcurrido el plazo acumulado de 6 meses, se procederá a la enajenación mediante subasta pública. Por tratarse de bienes afectos al pago de créditos con privilegio especial, previo inicio de la subasta, se pondrá la misma en conocimiento de la entidad que ostente el crédito a CENTRAL DE COMPRAS BADIA, S.L.U. Procedimiento Concursal nº 524/14 8

9 efectos de que pueda optar/considerar por la dación en pago como último término ya que pudiera no haber tenido conocimiento de la misma. Asimismo, dicha comunicación servirá a esta Administración Concursal como medio fehaciente para confirmar la renuncia del acreedor de excluir dichos bienes garantizados de la subasta, ya manifieste o no su intención de no proceder a la dación en pago. En consecuencia, los bienes respecto de los que no se consiguiera su venta conforme al apartado primero o aquellos cuyo acreedor privilegiado no manifestase su intención de quedárselos en pago de la deuda que garantizan en las condiciones establecidas en el punto segundo, se procederá a la enajenación con garantías de publicidad ante todos los acreedores a través de persona o entidad especializada que será designará y comunicara llegado el momento en informe trimestral, siempre en la forma dispuesta en el art. 641 LEC, con las siguientes especialidades: 1.- La determinación de ésta entidad y las condiciones en las que la enajenación deba de llevarse a cabo se entenderá definitivamente eficaz de conformidad con los términos propuestos en el presente Plan de Liquidación, sin necesidad de comparecencia previa y sin que sean de aplicación los precios mínimos de venta en relación con el avalúo que figure en el Inventario. La subasta se llevará a cabo por la entidad especializada designada con sometimiento exclusivo a las condiciones establecidas en éste plan. 2.- La venta en subasta pública podrá realizarse por la entidad especializada "online", esto es a través de la página web que la entidad designé y que será comunicada. Las bases de dicha subasta se publicarán con la debida antelación en la página web, así como en cualesquiera otros medios que así se consideren convenientes por dicha entidad, siendo los gastos de la publicidad de cuenta de la entidad especializada. En cualquier caso, la Administración Concursal indicará al Juzgado para su publicación en el tablón de anuncios lo siguiente: 1º) Fecha y hora del inicio de la subasta. 2º) Fecha y hora de la finalización de la subasta. 3º) URL o dirección de internet en la que puedan consultarse las bases o condiciones concretas de la subasta. 3.- La venta de los bienes que se subasten se realizará en todo caso en las condiciones en que se hallen dichos bienes, libre de cargas y gravámenes, siendo por cuenta de la compradora todos los gastos e impuestos que puedan producir la transmisión de dichos bienes. Antes de proceder a la venta, la Administración Concursal solicitará del Juzgado la expedición de los oportunos mandamientos de cancelación. Si alguna de las cargas no pudiera cancelarse, se CENTRAL DE COMPRAS BADIA, S.L.U. Procedimiento Concursal nº 524/14 9

10 vendería el bien con dicha carga descontándose del precio el importe de la misma. 4.- Se entenderá aceptado expresamente por los ofertantes el estado físico y jurídico en que se encuentren los bienes objeto de subasta desde el momento de su intervención en la misma, sin que pueda revisarse el precio o desistir de la venta por ninguna circunstancia, teniendo las ofertas realizadas carácter de irrevocables. 5.- El periodo mínimo para la presentación de ofertas será de un mes desde la apertura del periodo apto para la licitación. 6.- El tipo a efectos de la subasta de cada uno de los bienes relacionados será, al menos, el establecido como valor a efectos de liquidación que se incluya en el anuncio de subasta. 7.- En lo no regulado en el presente plan que, en cuanto a sus reglas mínimas deberá de someterse necesariamente a la entidad especializada, la enajenación de los bienes se acomodará a la previa autorización de la Administración Concursal, a las reglas y usos de la casa o entidad que subaste o enajene dichos bienes. 8.- La entidad encargada de la subasta pública podrá exigir la prestación de garantías o depósitos para la intervención en la subasta. Los acreedores concursales que ostenten créditos con privilegio especial sobre los bienes objeto de la subasta, podrán concurrir a la misma sin que en éste caso le sea exigible la prestación de depósitos o garantías para su intervención. La dirección de correo electrónico que se designe a efecto de comunicaciones por los ofertantes en la página web a través de la cual se realice la subasta será plenamente válida y eficaz a los efecto de cualquier notificación que se pueda producir tanto por la entidad especializada como por la Administración Concursal hasta la conclusión del concurso. 9.- Todos los gastos de la venta pública y los derivados de la cancelación de las cargas serán de cuenta y cargo de la parte compradora. La entidad especializada hará públicos los gastos correspondientes a la prestación de sus servicios en la subasta en el momento de apertura del periodo de licitación y a través de la propia página web. Todos los impuestos serán igualmente de cuenta de la parte comparadora La Administración Concursal declarará aprobado el remate de las subasta a favor del mejor postor, quien deberá de satisfacer el precio integro de CENTRAL DE COMPRAS BADIA, S.L.U. Procedimiento Concursal nº 524/14 10

11 la venta de contado en el momento de otorgamiento, en su caso, de escritura pública de compraventa, a cuyo acto concurrirá el acreedor con privilegio especial afecto para recibir el precio y otorgar los documentos precisos para la cancelación de cargas en los registros públicos Los bienes no podrán ser enajenados por este cauce por precio inferior al 50% de su valor de liquidación sin que antes se cumpla el trámite al que a continuación nos referiremos, salvo autorización expresa del acreedor con privilegio especial respecto del bien afecto. En defecto de autorización expresa del acreedor con privilegio especial y, para el caso de que la mejor oferta recibida sea inferior al 50% del valor a efectos de liquidación previamente anunciado, la Administración Concursal con carácter previo al otorgamiento de escritura de venta pondrá en conocimiento de dichos acreedores con privilegio especial la ofertas recibidas, quienes podrán presentar a un mejor postor en plazo de 10 dias naturales desde dicha comunicación. Si dentro del plazo de 10 dias se presentase mejor postor, la Administración Concursal acordará abrir la licitación entre los oferentes a través de la página web de la entidad especializada designada. Dicha subastilla, limitada exclusivamente al que haya presentado la mejor oferta durante el periodo normal de licitación y al acreedor o acreedores con privilegio especial, o persona o personas pro ellos designadas, se llevará a cabo según las reglas y usos de la casa especializada o entidad que subasta, siendo el precio mínimo de venta el resultante de la mejor oferta recibida por éste ultimo mejor postor (el acreedor con privilegio especial o persona representada por éste). Transcurrido dicho plazo sin que se hubiera presentado mejor oferta por el acreedor con privilegio especial, la Administración Concursal declarará aprobado el remate y se llevará a cabo la venta a favor del mejor postor, debiendo concurrir la firma del acreedor con privilegio especial a los efectos indicados anteriormente acerca de la cancelación de las cargas registrales o de cualquier otra índole y recepción del precio hasta el límite de su crédito privilegiado. Concluida a subasta restringida, la Administración Concursal declarará aprobado el remate a favor del mejor postor, con los efectos y obligaciones previstos en el apartado 10. En caso de incumplimiento de los acreedores con privilegio especial de la obligación prevista en el párrafo anterior y en el apartado 10, la cancelación registral del privilegio especial y demás cargas anteriores/posteriores constituidas a favor de créditos concursales se verificará por el Sr. Secretario del juzgado por medio de Decreto, tras la acreditación de la venta a favor del mejor postor, todo ello en aplicación analógica del art. 642 de la Leci. y de la LC. CENTRAL DE COMPRAS BADIA, S.L.U. Procedimiento Concursal nº 524/14 11

12 Para el supuesto de que en cualquier de los estados previstos para la subasta de los bienes al mejor postor, designado adjudicatario de los mismos no concurriese al otorgamiento de los documentos públicos o privados necesarios para la tradición de los mismos y el pago del precio de remate, la Administración Concursal, con independencia del derecho a exigir las responsabilidades que procedan por el incumplimiento del antedicho mejor postor (en la forma que se establezca en las bases y condiciones de intervención en la subasta pública), podrá declarar adjudicatario a los subsiguientes mejores postores habidos en la subasta pública celebrada, por el orden de sus respectivas posturas El otorgamiento por la Administración Concursal de los documentos públicos o privados precisos para la consumación de las ventas se entenderá aprobado judicialmente a los efectos de lo establecido en el art. 641,4 de la Leci. sin necesidad de resolución expresa del Juzgado En cualquier caso la Administración Concursal se reserva la facultad de desistir de la venta pública si el resultado de la subasta, según su criterio, fuere contrario al interés del concursado. En ningún caso se podrá desistir si el precio obtenido fuese superior al valor previsto a efecto de liquidación La Administración Concursal, concluida la subasta sin la realización de los bienes, podrá repetir una o más veces el proceso de venta en subasta pública siempre con respeto a las bases mínimas establecidas en los apartados anteriores. En todo caso el importe obtenido con la realización de los bienes afectos al pago de créditos con privilegio especial, se destinará íntegramente a satisfacer los respectivos créditos con privilegio especial reconocidos. Igualmente se satisfarán con arreglo a dichos bienes los intereses que se hayan ido devengando tras la declaración de concurso, de conformidad con el art. 59 LC. En el caso de que finalmente no hubiese postores en la subasta o en éstas no se alcanzase un mínimo, ésta Administración Concursal se plantearía de nuevo la dación en pago a la entidad que ostenta el privilegio sobre los bienes. 4º. Venta sin sujeción a precio mínimo por la AC: Si no fuera posible ninguna de las anteriores propuestas señaladas, una vez transcurrido un plazo de tiempo suficientemente justificado, nunca inferior a 18 meses y siempre haciéndose expresa mención de la apertura de esta opción en los informes trimestrales, se aprobará la primera oferta que reciba la AC, cualquiera que sea su importe, entendiéndose que se han cumplido las prescripciones del art. CENTRAL DE COMPRAS BADIA, S.L.U. Procedimiento Concursal nº 524/14 12

13 155.4 LC, a los efectos de la cancelación de cargas, puesto que, desde la anterior fase, se habrá dado cumplimiento al requisito de celebración de subasta prevista en el párrafo primero de dicho precepto. Transcurrido dicho plazo se entenderá que los bienes/derechos están desprovistos de valor de mercado lo que no impedirá la conclusión de la liquidación. 2. Realización de activos no afectos a privilegio especial. En este apartado pueden hacerse dos categorías a efectos de la liquidación de la masa activa de la concursada. Las propias que para hacerlas efectivas necesitan de la transmisión a terceros y las que se tratan de gestionar o recaudar derechos de cobro. A) Realización de activos libres de cargas que necesitan para su efectividad de la transmisión a terceros, pudiendo distinguirse entre los siguientes lotes: a. Se refiere a VEHÍCULOS. b. Se refiere al MOBILIARIO, MAQUINARIA Y ENSERES. El procedimiento que se propone para la realización de estos elementos de la masa activa de la concursada es la siguiente: 1º Durante el plazo de los 3 meses posteriores a la aprobación del plan de liquidación, los elementos anteriores se transmitirán de forma directa a la mayor de las ofertas que se presenten, estando condicionada la oferta a que se obtenga el 50 % del valor reflejado en la masa activa para cada bien que se recoge en el presente plan. Para ellos se podrá encargar a una sociedad especializada la venta de dichos activos. Los gastos que se pudieran generar correrán a cargo de la adquiriente. 2º Transcurrido el plazo de 3 meses iniciales, si quedará algún bien sin enajenar conforme a las condiciones establecidas en el apartado primero, se transmitirá de forma directa los elementos activos restantes a la mayor de las ofertas que se representen o incluso encargar a una sociedad especializada la venta de dichos activos, hasta su completa CENTRAL DE COMPRAS BADIA, S.L.U. Procedimiento Concursal nº 524/14 13

14 liquidación, incluso pudiéndole dar valor de chatarra por su obsolescencia temporal. Los gastos que se pudieran generar correrán a cargo de la adquiriente. En ambos casos, dado que se pretende la transmisión libre de cargas, si fuera necesario por existir sobre alguno de los bienes, se procederá a solicitar al juzgado el levantamiento de los embargos que hubieran podido causarse sobre ellos mediante solicitud judicial. B) La realización de activos que necesitan para su efectividad de gestiones directas de cobros. Se refieren las Deudas de clientes, del Grupo Badia y de otros, las cuales se continúa gestionando su cobro por la Administración Concursal, incluso en algunos casos por la vía judicial. Además dadas las circunstancias, siempre que se estime procedente conforme a las posibilidades de recobro a fin de no generar gastos innecesarios e insoportables por la concursada, se podrá acudir a la vía judicial a través de sus respectivos procedimientos. Las gestiones de cobro de las mismas se continuarán llevando a cabo hasta la finalización de las mismas o la liquidación total de la entidad. En los correspondientes informes trimestrales de liquidación se informará de las actuaciones realizadas y de los resultados obtenidos. CENTRAL DE COMPRAS BADIA, S.L.U. Procedimiento Concursal nº 524/14 14

15 IV. CONDICIONES APLICABLES A TODAS LAS OPERACIONES DE LIQUIDACION Con carácter general los adquirentes o compradores de cualquiera de los bienes que suponen la masa activa de la concursada, referida en el presente plan de liquidación, deberán asumir las siguientes condiciones que se detallan a las que se entenderán sometidas todas las ventas y adjudicaciones: - Gastos de compra: Los adquirentes asumirán todos los gastos e impuestos derivados de la operación de compraventa y así como en el coste del impuesto sobre el valor de los terrenos de Naturaleza urbana. - Renuncia de acciones: Los adquirentes asumirán igualmente las cargas que en su caso pendan sobre los mismos y deberán declarar en el documento en que formalice la transacción que conocen el estado del bien en cuestión, que lo han examinado y que renuncian expresamente al ejercicio de cualquier acción frente a la concursada, incluso el saneamiento por vicios ocultos. - Garantías: Los bienes y derechos se venden en el estado en el que se encuentren y sin garantías. Los ofertantes deberán hacer a su propio riesgo las comprobaciones y evaluaciones que consideren necesarias. - En todo caso las adquisiciones estarán condicionadas al pago total del precio incrementado con los impuestos que resulten aplicables. - Embargos: Para poder liquidar todos los bienes de la concursada conforme a lo establecido en el presente Plan de Liquidación es necesario proceder al levantamiento de los embargos que hubieran podido causarse sobre ellos mediante solicitud judicial, lo que se verificara una vez se vayan adjudicando. DISPOSICIÓN ADICIONAL: Una vez aprobado este Plan de Liquidación, los actos llevados a cabo por la Administración concursal se regirán por lo establecido en el mismo, por lo que no requerirán la previa autorización judicial. NORMAS SUPLETORIAS: Las normas supletorias del art. 149 LC sólo resultarán de aplicación en lo no previsto en este Plan de liquidación. Ante cualquier duda o aspecto no regulado en este Plan se atenderá al principio de mayor beneficio para la masa activa. Pese a todo, si el problema fuera insoluble se presentarán ante el Juzgado unas nuevas normas reguladoras solicitando su autorización. CENTRAL DE COMPRAS BADIA, S.L.U. Procedimiento Concursal nº 524/14 15

16 V. PLAN DE PAGOS. En relación a la fórmula de liquidación y con independencia de la alternativa de enajenación efectuada, se habrá de proceder conforme al PLAN DE PAGO DE LOS CRÉDITOS con el siguiente orden: a). Créditos con privilegio especial. El pago a éstos acreedores se producirá tras la venta directa o, en su caso, tras la subasta, el importe así conseguido por la venta de bienes afectos se aplicará íntegramente al pago de estos créditos. Los importes que no resulten cubiertos por la venta directa o por la subasta, pasarán en su caso a ser créditos ordinarios, sometiéndose al régimen establecido en el presente plan de liquidación para este tipo de créditos. En el caso en que el titular del crédito se adjudicase el bien en subasta, también pasará a ser ordinario el importe que reste para cubrir el importe de la deuda. b).créditos contra la masa. El pago de dichos créditos se hará mediante la enajenación de bienes no afectos a créditos con privilegio especial. El pago se hará conforme a las prioridades establecidas en el apartado segundo del art. 176 bis tras la solicitud realizada por esta Administración Concursal el pasado 20 de octubre de c).créditos con privilegio general: por el orden establecido en el artículo 91 LC y, en su caso, a prorrata dentro de cado número. d).créditos ordinarios: con cargo o los bienes y derechos de la masa activa que resten una vez satisfechos los créditos contra la masa y los privilegiados. Se realizará a prorrata en la parte en que éstos no hubieren sido satisfechos con cargo o los bienes y derechos afectos. e).créditos subordinados. El pago de los créditos subordinados no se hará hasta que hayan quedado íntegramente satisfechos los créditos ordinarios y dentro del orden que se establece en el artículo 92 LC y, en su caso, a prorrata dentro de cada número. El pago de las cantidades anteriores se efectuará por transferencia a una cuenta corriente abierta a nombre del acreedor, el cual comunicará su número a la administración concursal junto con certificado de la entidad bancaria, indicando que dicha cuenta pertenece a dicho acreedor. Transcurridos 30 días desde se hayan liquidado todos los bienes y derechos y no CENTRAL DE COMPRAS BADIA, S.L.U. Procedimiento Concursal nº 524/14 16

17 se haya comunicado a esta AC el número de cuenta corriente, se procederá a depositar el importe del pago en la c/c del Juzgado Mercantil. LA ADMINISTRACIÓN CONCURSAL PEDRO MONTERO COBO SILVA VALDES MONTERO S.L.P. CENTRAL DE COMPRAS BADIA, S.L.U. Procedimiento Concursal nº 524/14 17

18

19

20

21

22

23

24

25

26

CONDICIONES PARTICULARES DE LA SUBASTA PÚBLICA:

CONDICIONES PARTICULARES DE LA SUBASTA PÚBLICA: CONDICIONES PARTICULARES DE LA SUBASTA PÚBLICA: La subasta pública será protocolizada ante Notario de acuerdo con las reglas establecidas en las presentes condiciones y se prevé la posibilidad de llevarla

Más detalles

CONDICION ES PÚBLICA: PARTICULARES DE LA SUBASTA

CONDICION ES PÚBLICA: PARTICULARES DE LA SUBASTA CONDICION ES PÚBLICA: PARTICULARES DE LA SUBASTA La subasta pública será protocolizada ante Notario de acuerdo con las reglas establecidas en las presentes condiciones y se prevé la posibilidad de llevarla

Más detalles

JAMONES BADIA, S.L.U. Procedimiento Concursal nº 90/16 1

JAMONES BADIA, S.L.U. Procedimiento Concursal nº 90/16 1 Autos de Concurso Voluntario Abreviado 90/2016 Negociado 7 Concurso de acreedores: JAMONES BADIA S.L.U. NIG 4109142M20130003463 AL JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 2 DE SEVILLA PEDRO MONTERO COBO, en representación

Más detalles

CONDICIONES PARTICULARES DE LA SUBASTA PÚBLICA: FINCAS Y 14191

CONDICIONES PARTICULARES DE LA SUBASTA PÚBLICA: FINCAS Y 14191 CONDICIONES PARTICULARES DE LA SUBASTA PÚBLICA: FINCAS 4574-14182 Y 14191 La subasta pública será protocolizada ante Notario de acuerdo con las reglas establecidas en las presentes condiciones y se prevé

Más detalles

TRIBUNAL DE INSTANCIA MERCANTIL DE SEVILLA ACUERDO 6/2016

TRIBUNAL DE INSTANCIA MERCANTIL DE SEVILLA ACUERDO 6/2016 TRIBUNAL DE INSTANCIA MERCANTIL DE SEVILLA ACUERDO 6/2016 PRIMERO.- ÁMBITO DE APLICACIÓN La realización de los bienes y derechos de carácter patrimonial titularidad del concursado se efectuará con sujeción

Más detalles

PLAN DE LIQUIDACIÓN DE CONSTRURIEL, S.L. Autos 148/2010 PLAN DE LIQUIDACIÓN

PLAN DE LIQUIDACIÓN DE CONSTRURIEL, S.L. Autos 148/2010 PLAN DE LIQUIDACIÓN PLAN DE LIQUIDACIÓN QUE PRESENTA LA ADMINISTRACION CONCURSAL DE CONSTRURIEL, S.L. EN AUTOS DEL CONCURSO VOLUNTARIO NUMERO 148/2010 SEGUIDOS ANTE EL JUZGADO DE LO MERCANTIL DE CIUDAD REAL PRIMERO.- DESCRIPCIÓN

Más detalles

JUZGADO MERCANTIL Nº 1 DE GIRONA PROCEDIMIENTO CONCURSAL Nº 73/2014

JUZGADO MERCANTIL Nº 1 DE GIRONA PROCEDIMIENTO CONCURSAL Nº 73/2014 JUZGADO MERCANTIL Nº 1 DE GIRONA PROCEDIMIENTO CONCURSAL Nº 73/2014 PLAN DE LIQUIDACIÓN QUE PRESENTA LA ADMINISTRACIÓN CONCURSAL DESIGNADA EN EL EXPEDIENTE DE CONCURSO VOLUNTARIO DE LA ENTIDAD TALLERES

Más detalles

INFORMACIÓN SUBASTA. C/Bárbara de Braganza Madrid. Telf Página 1 de 4

INFORMACIÓN SUBASTA.   C/Bárbara de Braganza Madrid. Telf Página 1 de 4 INFORMACIÓN SUBASTA Por el presente se anuncia la subasta que será celebrada por la Administración Concursal a través de la plataforma www.webconcurso.es/cantprosa.html, con las siguientes condiciones:

Más detalles

JUZGADO MERCANTIL Nº 7 DE BARCELONA PROCEDIMIENTO CONCURSAL Nº 301/2016

JUZGADO MERCANTIL Nº 7 DE BARCELONA PROCEDIMIENTO CONCURSAL Nº 301/2016 JUZGADO MERCANTIL Nº 7 DE BARCELONA PROCEDIMIENTO CONCURSAL Nº 301/2016 PLAN DE LIQUIDACIÓN QUE PRESENTA LA ADMINISTRACIÓN CONCURSAL DESIGNADA EN EL EXPEDIENTE DE CONCURSO VOLUNTARIO DE LA ENTIDAD: MADRE

Más detalles

ANEXO 4.- PLAN DE LIQUIDACIÓN

ANEXO 4.- PLAN DE LIQUIDACIÓN ANEXO 4.- PLAN DE LIQUIDACIÓN JUZGADO MERCANTIL Nº 4 DE BARCELONA PROCEDIMIENTO CONCURSAL Nº 447/2014-I PLAN DE LIQUIDACIÓN QUE PRESENTA LA ADMINISTRACIÓN CONCURSAL DESIGNADA EN EL EXPEDIENTE DE CONCURSO

Más detalles

CONVOCATORIA PÚBLICA VENTA DE ACTIVOS

CONVOCATORIA PÚBLICA VENTA DE ACTIVOS TESELIA 2013, S.L. Concurso Voluntario 1299/2014 Juzgado Mercantil nº 2 Málaga COMUNICADO DE LA ADMINISTRACIÓN CONCURSAL CONVOCATORIA PÚBLICA VENTA DE ACTIVOS Málaga, 17 de marzo de 2016 CONVOCATORIA PUBLICA

Más detalles

JUZGADO MERCANTIL Nº 3 DE BARCELONA PROCEDIMIENTO CONCURSAL Nº 712/2014-C2

JUZGADO MERCANTIL Nº 3 DE BARCELONA PROCEDIMIENTO CONCURSAL Nº 712/2014-C2 JUZGADO MERCANTIL Nº 3 DE BARCELONA PROCEDIMIENTO CONCURSAL Nº 712/2014-C2 PLAN DE LIQUIDACIÓN QUE PRESENTA LA ADMINISTRACIÓN CONCURSAL DESIGNADA EN EL EXPEDIENTE DE CONCURSO VOLUNTARIO DE LA ENTIDAD CEVEDIS,

Más detalles

Juzgado Mercantil nº 9 de BARCELONA CONCURSO VOLUNTARIO 662/2015-C1

Juzgado Mercantil nº 9 de BARCELONA CONCURSO VOLUNTARIO 662/2015-C1 Juzgado Mercantil nº 9 de BARCELONA CONCURSO VOLUNTARIO 662/201-C1 PLAN DE LIQUIDACIÓN DE LOS BIENES Y DERECHOS INTEGRADOS EN LA MASA ACTIVA DEL CONCURSO DE «VYCA INGENIERIA Y PROYECTO DE SEGURIDAD, S.L.»

Más detalles

JUZGADO MERCANTIL Nº1 DE BARCELONA

JUZGADO MERCANTIL Nº1 DE BARCELONA JUZGADO MERCANTIL Nº1 DE BARCELONA PLAN DE LIQUIDACIÓN CONCURSO VOLUNTARIO DE ACREEDORES: 579/2015-G SOCIEDAD CONCURSADA: BOSSA VERDE SERVICIOS INMOBILIARIOS, S.L. ADMINISTRADOR CONCURSAL: MARTA CRESPO

Más detalles

AL JUZGADO DE LO MERCANTIL Nº 1 DE MALAGA / 1 BIS

AL JUZGADO DE LO MERCANTIL Nº 1 DE MALAGA / 1 BIS AUTOS (CONCURSO ORDINARIO 89/2014) AL JUZGADO DE LO MERCANTIL Nº 1 DE MALAGA / 1 BIS D. JOSÉ Mª ELOLA ELIZALDE, administrador concursal, designado en el expediente del concurso voluntario de LA YEDRA 2007

Más detalles

JUZGADO MERCANTIL Nº 6 DE BARCELONA PROCEDIMIENTO CONCURSAL Nº 11/2015-D

JUZGADO MERCANTIL Nº 6 DE BARCELONA PROCEDIMIENTO CONCURSAL Nº 11/2015-D JUZGADO MERCANTIL Nº 6 DE BARCELONA PROCEDIMIENTO CONCURSAL Nº 11/2015-D PLAN DE LIQUIDACIÓN QUE PRESENTA LA ADMINISTRACIÓN CONCURSAL DESIGNADA EN EL EXPEDIENTE DE CONCURSO VOLUNTARIO DE LA PERSONA FÍSICA

Más detalles

CONCURSO ABREVIADO 0187/2013 CONCORDIA PROMOCIONES Y GESTIONES INMOBILIARIAS S.L. PLAN DE LIQUIDACIÓN

CONCURSO ABREVIADO 0187/2013 CONCORDIA PROMOCIONES Y GESTIONES INMOBILIARIAS S.L. PLAN DE LIQUIDACIÓN PARA LA REALIZACIÓN DE LOS BIENES Y DERECHOS INTEGRADOS EN LA MASA ACTIVA DEL CONCURSO (ART. 148 LEY CONCURSAL) QUE PRESENTA EL ADMINISTRADOR CONCURSAL NOMBRADO EN EL CONCURSO DE CONCURSO NÚM. 187/2013

Más detalles

Al Juzgado. D. Carlos Ferrándiz Gabriel. JUZGADO MERCANTIL Nº 2 DE BARCELONA Gran Via de les Corts Catalanes, 111

Al Juzgado. D. Carlos Ferrándiz Gabriel. JUZGADO MERCANTIL Nº 2 DE BARCELONA Gran Via de les Corts Catalanes, 111 JUZGADO MERCANTIL Nº 2 DE BARCELONA Gran Via de les Corts Catalanes, 111 Concurso Voluntario 227/2014- Sección B «ESPINET DOS 2005, S.L.» Al Juzgado D. CARLOS FERRÁNDIZ GABRIEL, Abogado designado Administrador

Más detalles

PLAN DE LIQUIDACIÓN QUE PRESENTA LA ADMINISTRACIÓN CONCURSAL DE PANELES FRIGORÍFOCOS, S.A.

PLAN DE LIQUIDACIÓN QUE PRESENTA LA ADMINISTRACIÓN CONCURSAL DE PANELES FRIGORÍFOCOS, S.A. PLAN DE LIQUIDACIÓN QUE PRESENTA LA ADMINISTRACIÓN CONCURSAL DE PANELES FRIGORÍFOCOS, S.A. EN EL PROCEDIMIENTO DE CONCURSO VOLUNTARIO NÚM. 114/2017-J SEGUIDO EN EL JUZGADO MERCANTIL NÚM. 4 DE BARCELONA

Más detalles

Rafael C. Gil Sánchez Administración Concursal AC CONCURSAL TEAM, S.L.P. Informe Art. 75 LC de la Administración Concursal

Rafael C. Gil Sánchez Administración Concursal AC CONCURSAL TEAM, S.L.P. Informe Art. 75 LC de la Administración Concursal JuzgadoMercantilnº4deBarcelona ConcursoVoluntarioNúm.518/2016J RafaelC.GilSánchez AdministraciónConcursalACCONCURSALTEAM,S.L.P. INDICE. 1. ANTECEDENTES InformeArt.75LCdelaAdministraciónConcursal PLANDELIQUIDACIÓN

Más detalles

PROCEDIMIENTO CONCURSAL Nº 234/2017 JUZGADO MERCANTIL Nº 1 DE GIRONA

PROCEDIMIENTO CONCURSAL Nº 234/2017 JUZGADO MERCANTIL Nº 1 DE GIRONA PROCEDIMIENTO CONCURSAL Nº 234/2017 JUZGADO MERCANTIL Nº 1 DE GIRONA PLAN DE LIQUIDACIÓN DE PEDRES ARTIFICIALS JOAN CASELLAS XIRGU, S.L. Girona, a 12 de junio de 2017. ÍNDICE 1.- CONTEXTO DE LA LIQUIDACION.

Más detalles

AL JUZGADO DE LO MERCANTIL Nº 1 DE PAMPLONA

AL JUZGADO DE LO MERCANTIL Nº 1 DE PAMPLONA AUTOS (CONCURSO ORDINARIO 63/2013) AL JUZGADO DE LO MERCANTIL Nº 1 DE PAMPLONA D. JOSÉ Mª ELOLA ELIZALDE, administrador concursal, en nombre de ABOGADOS JEA, S.L.P., designado en el expediente del concurso

Más detalles

A U T O. En Murcia, a 16 de junio de ANTECEDENTES DE HECHO

A U T O. En Murcia, a 16 de junio de ANTECEDENTES DE HECHO JDO. DE LO MERCANTIL N. 2 DE MURCIA - AVD. DE LA JUSTICIA S/N, FASE 2, MÓDULO 2,2ª PLANTA, 30011 MURCIA Teléfono: 968277312 Fax: 968277325 M66430 N.I.G.: 30030 47 1 2014 0001473 S5L SECCION V LIQUIDACION

Más detalles

RELACION DE FINCAS REGISTRALES EN SALINAS DEL MANZANO- CUENCA ( Y 794).

RELACION DE FINCAS REGISTRALES EN SALINAS DEL MANZANO- CUENCA ( Y 794). 2ª SUBASTA PUBLICA ALQUILER Y TRABAJOS EN ELEVACION S.L. EN LIQUIDACION (INICIO 10/05/2018 09:00:00 FINALIZACION 28/05/2018 11:59:59), INMUEBLES OBJETO DE SUBASTA PUBLICA FINCAS RUSTICAS REGISTRO CUENCA

Más detalles

CONCURSO ORDINARIO 011 / 2012 GONZALEZ Y PAZ S.L. PLAN DE LIQUIDACIÓN

CONCURSO ORDINARIO 011 / 2012 GONZALEZ Y PAZ S.L. PLAN DE LIQUIDACIÓN PARA LA REALIZACIÓN DE LOS BIENES Y DERECHOS INTEGRADOS EN LA MASA ACTIVA DEL CONCURSO (ART. 148 LEY CONCURSAL) QUE PRESENTA EL ADMINISTRADOR CONCURSAL NOMBRADO EN EL CONCURSO DE GONZALEZ Y PAZ, S.L. CONCURSO

Más detalles

PLAN DE REALIZACIÓN DE LOS BIENES Y DERECHOS INTEGRADOS EN LA MASA ACTIVA (Artículo 148 de la Ley 22/2003, de 9 de julio, concursal)

PLAN DE REALIZACIÓN DE LOS BIENES Y DERECHOS INTEGRADOS EN LA MASA ACTIVA (Artículo 148 de la Ley 22/2003, de 9 de julio, concursal) PLAN DE REALIZACIÓN DE LOS BIENES Y DERECHOS INTEGRADOS EN LA MASA ACTIVA (Artículo 148 de la Ley 22/2003, de 9 de julio, concursal) JUZGADO MERCANTIL NÚMERO 2 DE BARCELONA Procedimiento Concurso Voluntario

Más detalles

JUEZ QUE LO DICTA: Dª MARIA DOLORES DE LAS HERAS GARCIA Lugar: MURCIA Fecha: 18 de julio de ANTECEDENTES DE HECHO

JUEZ QUE LO DICTA: Dª MARIA DOLORES DE LAS HERAS GARCIA Lugar: MURCIA Fecha: 18 de julio de ANTECEDENTES DE HECHO JDO. DE LO MERCANTIL N. 1 DE MURCIA AVD. DE LA JUSTICIA S/N, FASE 2, MÓDULO 2,2ª PLANTA, 30011 MURCIA Teléfono: 9682722/71/72/73/74 Fax: 968231153 M66430 N.I.G.: 30030 47 1 2010 0000550 SECCION V LIQUIDACION

Más detalles

AL JUZGADO. Que evacuado dicho requerimiento, por medio del presente escrito la AC viene a proponer el siguiente

AL JUZGADO. Que evacuado dicho requerimiento, por medio del presente escrito la AC viene a proponer el siguiente JUZGADO MERCANTIL Nº 3 DE BARCELONA Gran Via de les Corts Catalanes, 111 Concurso Voluntario/Abreviado 740/2014-C2 PROMOCIONES COSTA PACHECO, S.L. AL JUZGADO D. XAVIER PERNA BERTRAN, en nombre y representación

Más detalles

PLAN DE LIQUIDACIÓN. Administración Concursal: D. Antoni Seguí Alcaraz

PLAN DE LIQUIDACIÓN. Administración Concursal: D. Antoni Seguí Alcaraz JUZGADO DE LO MERCANTIL Nº 7 DE MADRID Autos 217/2012. Procedimiento: Concurso Necesario PLANET BOWLING ESPAÑA, S.A. EN LIQUIDACIÓN PLAN DE LIQUIDACIÓN (en cumplimiento del artículo 148 de la Ley 22/2003,

Más detalles

CONCURSO MASSEGUR SAU MERCANTIL 1 GIRONA AUTOS CONCURSO VOLUNTARIO 247/2016

CONCURSO MASSEGUR SAU MERCANTIL 1 GIRONA AUTOS CONCURSO VOLUNTARIO 247/2016 CONCURSO MASSEGUR SAU MERCANTIL 1 GIRONA AUTOS CONCURSO VOLUNTARIO 247/2016 EXTRACTO OFERTA VINCULANTE DE COMPRA DE UNIDAD PRODUCTIVA CONDICIONES DE VENTA DON JAUME LLOP BARCONS, en representación de AC

Más detalles

JUZGADO INSTANCIA Nº 6 TARRAGONA

JUZGADO INSTANCIA Nº 6 TARRAGONA JUZGADO INSTANCIA 6 CONCURSO ORDINARIO 1032/2016 JUZGADO INSTANCIA Nº 6 TARRAGONA PLAN DE LIQUIDACIÓN CONCURSADO: D MARIO SANCHO MENDOZA MEDIADOR CONCURSAL: Carlos Gallego Martínez En Tarragona, a 06 de

Más detalles

3ª SUBASTA PUBLICA ALQUILER Y TRABAJOS EN ELEVACION S.L. EN LIQUIDACION (INICIO 12/06/ :00:00 FINALIZACION 29/06/ :59:59),

3ª SUBASTA PUBLICA ALQUILER Y TRABAJOS EN ELEVACION S.L. EN LIQUIDACION (INICIO 12/06/ :00:00 FINALIZACION 29/06/ :59:59), 3ª SUBASTA PUBLICA ALQUILER Y TRABAJOS EN ELEVACION S.L. EN LIQUIDACION (INICIO 12/06/2018 18:00:00 FINALIZACION 29/06/2018 18:59:59), INMUEBLES OBJETO DE SUBASTA PUBLICA NAVE INDUTRIAL REGISTRO TARANCON

Más detalles

Juzgado Mercantil nº 5 Barcelona Concurso Voluntario nº 688/2011-6ª Desarrollos Helios, S.L. Sección Quinta - De la Liquidación AL JUZGADO

Juzgado Mercantil nº 5 Barcelona Concurso Voluntario nº 688/2011-6ª Desarrollos Helios, S.L. Sección Quinta - De la Liquidación AL JUZGADO Juzgado Mercantil nº 5 Barcelona Concurso Voluntario nº 688/2011-6ª Desarrollos Helios, S.L. Sección Quinta - De la Liquidación AL JUZGADO El que suscribe, Administrador Concursal designado en el expediente

Más detalles

PLAN DE LIQUIDACIÓN DE ASTUR MUNDOS, S.L.

PLAN DE LIQUIDACIÓN DE ASTUR MUNDOS, S.L. PLAN DE LIQUIDACIÓN DE ASTUR MUNDOS, S.L. ADMINISTRADOR CONCURSAL MARCOS FERNÁNDEZ FERNÁNDEZ GIJÓN, 6 DE JULIO DE 2015 PÁGINA 1 DE 1 1. OPERACIONES DE LIQUIDACIÓN En el presente informe se describen las

Más detalles

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA NUM.- 8 Y MERCANTIL DE LEON

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA NUM.- 8 Y MERCANTIL DE LEON PLAN DE LIQUIDACIÓN QUE AL JUZGADO DE LO MERCANTIL Nº 11 DE MADRID PRESENTA LA ADMINISTRACION CONCURSAL VERTICE CONCURSAL, S.L.P Francisco-Javier Tortuero Martínez (ECONOMISTA) Jesús Sánchez Rodríguez

Más detalles

PLAN DE LIQUIDACIÓN RIO ARENTEIRO,S.L.

PLAN DE LIQUIDACIÓN RIO ARENTEIRO,S.L. PLAN DE LIQUIDACIÓN RIO ARENTEIRO,S.L. Que presenta MARIA DEL VAL MAYORAL ARRIBAS como Administrador Concursal de la empresa RIO ARENTEIRO, S.L., de conformidad con el art. 75 Lco., dentro del plazo al

Más detalles

JUZGADO MERCANTIL Nº 6 DE BARCELONA

JUZGADO MERCANTIL Nº 6 DE BARCELONA JUZGADO MERCANTIL Nº 6 DE BARCELONA PLAN DE LIQUIDACIÓN CONCURSO VOLUNTARIO DE ACREEDORES: 230/2016-B SOCIEDAD CONCURSADA: D. JORDI ILLA SUBATELLA ADMINISTRADOR CONCURSAL: MARTA CRESPO GUIJARRO En Barcelona,

Más detalles

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA NUMERO 3 DE CADIZ

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA NUMERO 3 DE CADIZ JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA NUMERO 3 DE CADIZ C/ Los Balbo s/n Fax: 956,013081. Tel.: 956.01.30.20.- 956.01.30.18 N.I.G.: 1101242C20120004423 Procedimiento: Ejecución hipotecaria 949/2012. Negociado:

Más detalles

Aspectos prácticos relacionados con la liquidación del concurso ALFONSO GÓMEZ BILBAO (AUDITOR DE CUENTAS)

Aspectos prácticos relacionados con la liquidación del concurso ALFONSO GÓMEZ BILBAO (AUDITOR DE CUENTAS) Aspectos prácticos relacionados con la liquidación del concurso ALFONSO GÓMEZ BILBAO (AUDITOR DE CUENTAS) Jornada del 23 de junio de 2015 Aspectos prácticos relacionados con la liquidación del concurso

Más detalles

ECONOMISTAS ABOGADOS AUDITORES ASESORES FISCALES

ECONOMISTAS ABOGADOS AUDITORES ASESORES FISCALES Concurso: TESELIA 2013, S.L. Proc: 1299/2014 Juzgado: Mercantil 2- Málaga Doc: Convocatoria Venta Inmuebles CONVOCATORIA VENTA INMUEBLES POR LA ADMINISTRACIÓN CONCURSAL 1. Antecedentes: El deudor Teselia

Más detalles

MAGISTRADA-JUEZ QUE LO DICTA: Dª CONCEPCION MONERRI GUILLEN Lugar: MURCIA Fecha: 17 de marzo de ANTECEDENTES DE HECHO

MAGISTRADA-JUEZ QUE LO DICTA: Dª CONCEPCION MONERRI GUILLEN Lugar: MURCIA Fecha: 17 de marzo de ANTECEDENTES DE HECHO JDO. DE LO MERCANTIL N. 1 DE MURCIA AVD. DE LA JUSTICIA S/N, FASE 2, MÓDULO 2,2ª PLANTA, 30011 MURCIA Teléfono: 9682722/71/72/73/74 Fax: 968231153 M66430 N.I.G.: 30030 47 1 2014 0000770 SECCION V LIQUIDACION

Más detalles

EDICTO. -Con un valor de tasación a efectos de subasta de ,00 euros.

EDICTO. -Con un valor de tasación a efectos de subasta de ,00 euros. TABLÓN Juzgado Primera Instancia 1 Vilafranca del Penedès Av. d'europa, 10 Vilafranca del Penedès Ejecución Hipotecaria 506/2012 Parte ejecutante SOCIEDAD DE GESTIÓN DE ACTIVOS PROCEDENTES DE LA REESTRUCTURACIÓN

Más detalles

AL JUZGADO DE LO MERCANTIL Nº 1 DE MURCIA

AL JUZGADO DE LO MERCANTIL Nº 1 DE MURCIA S5L Nº 339/13 SOLICITUD DE PUBLICIDAD OFERTA DE VENTA DIRECTA INSTALACIONES FOTOVOLTAICAS AL JUZGADO DE LO MERCANTIL Nº 1 DE MURCIA La ADMINISTRACIÓN CONCURSAL de la mercantil ESCUDERO PROMOTORES, S.L.

Más detalles

Ayuntamiento de Sevilla la Nueva

Ayuntamiento de Sevilla la Nueva Con fecha 9 de abril de 2018 se adoptó definitivamente el siguiente acuerdo: ACUERDO PRIMERO. Aprobar la valoración practicada sobre los bienes inmuebles y muebles embargados y, dado que no existen cargas

Más detalles

DÉCIMOCUARTO COMUNICADO DE LA ADMINISTRACIÓN CONCURSAL DE ARTE Y NATURALEZA GESPART S.L.

DÉCIMOCUARTO COMUNICADO DE LA ADMINISTRACIÓN CONCURSAL DE ARTE Y NATURALEZA GESPART S.L. DÉCIMOCUARTO COMUNICADO DE LA ADMINISTRACIÓN CONCURSAL DE ARTE Y NATURALEZA GESPART S.L. En Madrid, a 1 de marzo de 2012. Mediante el presente comunicado, queremos poner en su conocimiento la situación

Más detalles

E D I C T O S U B A S T A J U D I C I A L

E D I C T O S U B A S T A J U D I C I A L JDO. DE LO MERCANTIL N. 1 DE BADAJOZ C/ CASTILLO PUEBLA DE ALCOCER, 20 Tfno: 924286421 Fax: 924286455 76000J N.I.G.: 06015 47 1 2012 0000225 Procedimiento: SECCION V LIQUIDACION 0000165 /2012 Sobre OTRAS

Más detalles

JUZGADO INSTANCIA TARRAGONA

JUZGADO INSTANCIA TARRAGONA JUZGADO INSTANCIA TARRAGONA PLAN DE LIQUIDACIÓN CONCURSADO: D. BARTOLOMÉ JIMÉNEZ CASTILLA MEDIADOR CONCURSAL: Carlos Gallego Martínez En Tarragona, a 24 de abril de 2017 PLAN DE LIQUIDACIÓN D. BARTOLOMÉ

Más detalles

E D I C T O S U B A S T A J U D I C I A L

E D I C T O S U B A S T A J U D I C I A L JDO. DE LO MERCANTIL N. 1 DE BADAJOZ - C/ CASTILLO PUEBLA DE ALCOCER, 20 Teléfono: 924286421, Fax: 924286455 Equipo/usuario: 1 Modelo: N65925 N.I.G.: 06015 47 1 2012 0000013 S5L SECCION V LIQUIDACION 0000011

Más detalles

Emilio Pedro Palomar Joyanes.

Emilio Pedro Palomar Joyanes. PRECIOS DE VENTA. PROMOCIONES Y OBRAS LAPACHARES, S.L. Versión 1 Juzgado de lo Mercantil Nº1de Granada NIG: 1808742M20140001854 CONCURSO ABREVIADO Nº 1.666/2014 NEGOCIADO : CA Emilio Pedro Palomar Joyanes.

Más detalles

AL JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO UNO DE SANTA CRUZ DE TENERIFE

AL JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO UNO DE SANTA CRUZ DE TENERIFE AL JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO UNO DE SANTA CRUZ DE TENERIFE JUAN CARLOS CABRERA LABORY, administrador concursal de COMUNIDAD DE HEREDEROS A BENEFICIO DE INVENTARIO JOSÉ LUIS DÍAZ DUQUE GONZÁLEZ, en

Más detalles

TÍTULO V. FASES DE CONVENIO O DE LIQUIDACIÓN

TÍTULO V. FASES DE CONVENIO O DE LIQUIDACIÓN José María Ferrer Vicente TÍTULO V. FASES DE CONVENIO O DE LIQUIDACIÓN Artículos del 98 al 163 de la Ley Concursal Fase de convenio, finalización de la fase común del concurso, propuesta de convenio y

Más detalles

AL JUZGADO DE LO MERCANTIL Nº 1 DE MADRID

AL JUZGADO DE LO MERCANTIL Nº 1 DE MADRID ADMINISTRACIÓN CONCURSAL BANCO MADRID, S.A.U Juzgado Mercantil nº1 MADRID Concurso Voluntario 203/2015 AL JUZGADO DE LO MERCANTIL Nº 1 DE MADRID D. PEDRO BAUTISTA MARTÍN MOLINA en representación de LEGAL

Más detalles

JDO. DE LO MERCANTIL N. 2 DE MURCIA AVD. DE LA JUSTICIA S/N, FASE 2, MÓDULO 2,2ª PLANTA, MURCIA Teléfono: Fax:

JDO. DE LO MERCANTIL N. 2 DE MURCIA AVD. DE LA JUSTICIA S/N, FASE 2, MÓDULO 2,2ª PLANTA, MURCIA Teléfono: Fax: JDO. DE LO MERCANTIL N. 2 DE MURCIA AVD. DE LA JUSTICIA S/N, FASE 2, MÓDULO 2,2ª PLANTA, 30011 MURCIA Teléfono: 968277312 Fax: 968277325 6360A0 N.I.G.: 30030 47 1 2014 0000708 S5L SECCION V LIQUIDACION

Más detalles

PLIEGO DE CONDICIONES DEL CONCURSO-SUBASTA PARA LA REALIZACIÓN DE LA Villa UNIVERSITARIA.

PLIEGO DE CONDICIONES DEL CONCURSO-SUBASTA PARA LA REALIZACIÓN DE LA Villa UNIVERSITARIA. PLIEGO DE CONDICIONES DEL CONCURSO-SUBASTA PARA LA REALIZACIÓN DE LA Villa UNIVERSITARIA. 1.- La realización pública de la unidad productiva se llevará a efecto a través de entidad especializada en la

Más detalles

Relativo a la sociedad ELECTRICITAT ESTEVE CARBONELL S.L.

Relativo a la sociedad ELECTRICITAT ESTEVE CARBONELL S.L. Concurso de Acreedores 966/2015 a AC Barcelona a 5 de febrero de 2016 JUZGADO MERCANTIL Nº 4 DE BARCELONA D. Marta Crespo Guijarro, como administrador concursal nombrado en los Autos nº 966/2015 a de declaración

Más detalles

AL JUZGADO DE LO MERCANTIL Nº 1 DE GIRONA

AL JUZGADO DE LO MERCANTIL Nº 1 DE GIRONA AUTOS (CONCURSO ABREVIADO 264/2015) AL JUZGADO DE LO MERCANTIL Nº 1 DE GIRONA D. JOSÉ Mª ELOLA ELIZALDE, administrador concursal, designado en nombre de ABOGADOS JEA, SLP, en el expediente del concurso

Más detalles

ARTº. 12.1: 5 días para que el deudor pueda interponer la declinatoria, a contar desde el siguiente día al que hubiere sido emplazado.

ARTº. 12.1: 5 días para que el deudor pueda interponer la declinatoria, a contar desde el siguiente día al que hubiere sido emplazado. Autor: Ignacio López Chocarro Fecha: 01/04/2004 PRINCIPALES PLAZOS CONTENIDOS EN LA NUEVA LEY CONCURSAL 22/2003 de 9 de Julio. Titulo I- De la declaración del concurso. Capítulo I- Presupuestos del Concurso

Más detalles

PLAN DE REALIZACIÓN DE LOS BIENES Y DERECHOS INTEGRADOS EN LA MASA ACTIVA (Artículo 148 de la Ley 22/2003, de 9 de julio, concursal)

PLAN DE REALIZACIÓN DE LOS BIENES Y DERECHOS INTEGRADOS EN LA MASA ACTIVA (Artículo 148 de la Ley 22/2003, de 9 de julio, concursal) PLAN DE REALIZACIÓN DE LOS BIENES Y DERECHOS INTEGRADOS EN LA MASA ACTIVA (Artículo 148 de la Ley 22/2003, de 9 de julio, concursal) JUZGADO MERCANTIL NÚMERO 10 DE BARCELONA Procedimiento Concurso Voluntario

Más detalles

JUZGADO MERCANTIL Nº1 DE PALMA DE MALLORCA

JUZGADO MERCANTIL Nº1 DE PALMA DE MALLORCA JUZGADO MERCANTIL Nº1 DE PALMA DE MALLORCA PLAN DE LIQUIDACIÓN CONCURSO NECESARIO DE ACREEDORES: 904/2015D SOCIEDAD CONCURSADA: SPRING BUCK, S.L. ADMINISTRADOR CONCURSAL: XAVIER DOMÈNECH ORTÍ, en representación

Más detalles

E D I C T O S U B A S T A J U D I C I A L

E D I C T O S U B A S T A J U D I C I A L JDO. DE LO MERCANTIL N. 1 DE BADAJOZ C/ CASTILLO PUEBLA DE ALCOCER, 20 Teléfono: 924286421, Fax: 924286455 Equipo/usuario: 1 Modelo: N65925 N.I.G.: 06015 47 1 2012 0000013 S5L SECCION V LIQUIDACION 0000011

Más detalles

JUZGADO MERCANTIL PLAN DE LIQUIDACIÓN CONCURSADO: DON DIEGO MARTINEZ BLASCO MEDIADOR CONCURSAL: CARLOS GALLEGO MARTINEZ

JUZGADO MERCANTIL PLAN DE LIQUIDACIÓN CONCURSADO: DON DIEGO MARTINEZ BLASCO MEDIADOR CONCURSAL: CARLOS GALLEGO MARTINEZ JUZGADO MERCANTIL PLAN DE LIQUIDACIÓN CONCURSADO: DON DIEGO MARTINEZ BLASCO MEDIADOR CONCURSAL: CARLOS GALLEGO MARTINEZ En Tarragona, a 29 de enero de 2017 PLAN DE LIQUIDACIÓN DON DIEGO MARTINEZ BLASCO

Más detalles

LOTE Nº 3 AEAT VENTA EN GLOBO O POR LOTES LONTANA SURESTE, S.L.

LOTE Nº 3 AEAT VENTA EN GLOBO O POR LOTES LONTANA SURESTE, S.L. LOTE Nº 3 AEAT VENTA EN GLOBO O POR LOTES LONTANA SURESTE, S.L. JUZGADO MERCANTIL Nº 6 DE MADRID PROCEDIMIENTO DE CONCURSO ORDINARIO VOLUNTARIO 549/2014 CONDICIONES PARA LA RECEPCIÓN DE OFERTAS Y TRANSMISIÓN

Más detalles

CONCURSO DE ACREEDORES DE LUZ DE GRANADA, S.L.

CONCURSO DE ACREEDORES DE LUZ DE GRANADA, S.L. Concurso Voluntario Ordinario Nº 986/2014 CONCURSO DE ACREEDORES DE LUZ DE GRANADA, S.L. PLAN DE LIQUIDACIÓN (Arts. 148 a 162 LC) QUE AL JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚM. 1 DE GRANADA PRESENTAN: FRANCISCO JAVIER

Más detalles

AL JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA Nº 4 DE GUADALAJARA

AL JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA Nº 4 DE GUADALAJARA AL JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA Nº 4 DE GUADALAJARA NIEVES GÓMEZ DE SEGURA SÁNCHEZ, Administradora concursal de PAPELERIA DE MINGO SL, tal y como tengo acreditado en el concurso voluntario 325/2017, comparezco

Más detalles

CURSO/GUÍA PRÁCTICA SUBASTAS INMOBILIARIAS

CURSO/GUÍA PRÁCTICA SUBASTAS INMOBILIARIAS SISTEMA EDUCATIVO inmoley.com DE FORMACIÓN CONTINUA PARA PROFESIONALES INMOBILIARIOS. CURSO/GUÍA PRÁCTICA SUBASTAS INMOBILIARIAS PARTE PRIMERA. Las subastas inmobiliarias judiciales. Capítulo 1. Introducción

Más detalles

JUZGADO DE 1ª INSTANCIA Nº 10 Y MERCANTIL A U T O

JUZGADO DE 1ª INSTANCIA Nº 10 Y MERCANTIL A U T O JUZGADO DE 1ª INSTANCIA Nº 10 Y MERCANTIL CONCURSO VOLUNTARIO Nº 388/2008 A U T O María Del Mar Hernández Rodríguez, Magistrado del Juzgado de Primera Instancia nº 10 (Mercantil) de Santander. En Santander,

Más detalles

EDICTO DE SUBASTA DE BIENES

EDICTO DE SUBASTA DE BIENES EDICTO DE SUBASTA DE BIENES saber: El Servicio de Gestión Tributaria de Huelva, en el ejercicio de las funciones delegadas por el organismo acreedor, hace Que en el expediente administrativo de apremio

Más detalles

1) SEPARACIÓN DE LOS BIENES EN LOTES:

1) SEPARACIÓN DE LOS BIENES EN LOTES: Conclusiones de los magistrados y letrados judiciales de los Juzgados Mercantiles de Barcelona, respecto a la adaptación del plan de liquidación a la subasta judicial electrónica. En nuestro seminario

Más detalles

La insolvencia (II) Juan Bataller Grau Catedrático Derecho mercantil CEGEA Universidad Politécnica de Valencia

La insolvencia (II) Juan Bataller Grau Catedrático Derecho mercantil CEGEA Universidad Politécnica de Valencia La insolvencia (II) Juan Bataller Grau Catedrático Derecho mercantil CEGEA Universidad Politécnica de Valencia Los efectos del concurso sobre el deudor Limitación de las facultades patrimoniales Si concurso

Más detalles

LEGISLACIÓN CONSOLIDADA. TEXTO CONSOLIDADO Última modificación: sin modificaciones

LEGISLACIÓN CONSOLIDADA. TEXTO CONSOLIDADO Última modificación: sin modificaciones Real Decreto 1860/2004, de 6 de septiembre, por el que se establece el arancel de derechos de los administradores concursales. Ministerio de Justicia «BOE» núm. 216, de 7 de septiembre de 2004 Referencia:

Más detalles

ÍNDICE. B) LICITACIÓN Y CLASIFICACIÓN DE OFERTAS - Solicitud de ofertas - Presentación de ofertas - Apertura y valoración de ofertas

ÍNDICE. B) LICITACIÓN Y CLASIFICACIÓN DE OFERTAS - Solicitud de ofertas - Presentación de ofertas - Apertura y valoración de ofertas SUBSECRETARIA MINISTERIO DE HACIENDA Y FUNCIÓN PÚBLICA DIRECCIÓN GENERAL DE RACIONALIZACIÓN Y CENTRALIZACIÓN DE LA CONTRATACIÓN INSTRUCCIONES PARA LA TRAMITACIÓN DE LOS CONTRATOS BASADOS EN EL ACUERDO

Más detalles

INFORME QUE FORMULA EL CONSEJO DE ADMINISTRACIÓN DE DISTRIBUIDORA INTERNACIONAL DE ALIMENTACIÓN, S.A

INFORME QUE FORMULA EL CONSEJO DE ADMINISTRACIÓN DE DISTRIBUIDORA INTERNACIONAL DE ALIMENTACIÓN, S.A INFORME QUE FORMULA EL CONSEJO DE ADMINISTRACIÓN DE DISTRIBUIDORA INTERNACIONAL DE ALIMENTACIÓN, S.A. EN RELACIÓN CON LA PROPUESTA DE ACUERDO DE REDUCCIÓN DE CAPITAL SOCIAL MEDIANTE LA AMORTIZACIÓN DE

Más detalles

CURSO PRÁCTICO DE LOS PROCESOS DE LIQUIDACIÓN DE SOCIEDADES EN EL AMBITO CONCURSAL. Jornada del 1 de diciembre de 2016

CURSO PRÁCTICO DE LOS PROCESOS DE LIQUIDACIÓN DE SOCIEDADES EN EL AMBITO CONCURSAL. Jornada del 1 de diciembre de 2016 CURSO PRÁCTICO DE LOS PROCESOS DE LIQUIDACIÓN DE SOCIEDADES EN EL AMBITO CONCURSAL Jornada del 1 de diciembre de 2016 Alfonso Gómez Bilbao Auditor de Cuentas Administrador Concursal ADMINISTRADORES CONCURSALES.

Más detalles

MADRID 5 JUNIO DE COSITAL NETWORK LA POSICIÓN DE LAS AA.LL. EN EL CONCURSO A PROPÓSITO DE LAS DISTINTAS REFORMAS DE LA LEY CONCURSAL.

MADRID 5 JUNIO DE COSITAL NETWORK LA POSICIÓN DE LAS AA.LL. EN EL CONCURSO A PROPÓSITO DE LAS DISTINTAS REFORMAS DE LA LEY CONCURSAL. LOGO MADRID 5 JUNIO DE 2018. COSITAL NETWORK LA POSICIÓN DE LAS AA.LL. EN EL CONCURSO A PROPÓSITO DE LAS DISTINTAS REFORMAS DE LA LEY CONCURSAL. LEY 38/2011, DE 10 DE OCTUBRE. INCIDENCIAS EN EL ÁMBITO

Más detalles

JUZGADO MERCANTIL Nº 6 DE BARCELONA

JUZGADO MERCANTIL Nº 6 DE BARCELONA JUZGADO MERCANTIL Nº 6 DE BARCELONA INVENTARIO DE BIENES Y DERECHOS de la MASA ACTIVA CONCURSO VOLUNTARIO DE ACREEDORES: 232/2016-B SOCIEDAD CONCURSADA: RESMAGRA S.L. ADMINISTRADOR CONCURSAL: MARTA CRESPO

Más detalles

El proceso concursal. Jaime Vegas Torres Catedrático de Derecho Procesal Universidad Rey Juan Carlos

El proceso concursal. Jaime Vegas Torres Catedrático de Derecho Procesal Universidad Rey Juan Carlos El proceso concursal Jaime Vegas Torres Catedrático de Derecho Procesal Universidad Rey Juan Carlos Tribunal competente Competencia objetiva Regla general: Juzgados de lo mercantil Concurso de persona

Más detalles

A U T O ANTECEDENTES DE HECHO

A U T O ANTECEDENTES DE HECHO JDO. DE LO MERCANTIL N. 1 DE MURCIA AVD. DE LA JUSTICIA S/N, FASE 2, MÓDULO 2,2ª PLANTA, 30011 MURCIA Teléfono: 9682722/71/72/73/74 Fax: 968231153 M66430 N.I.G.: 30030 47 1 2012 0000378 SECCION V LIQUIDACION

Más detalles

1. Obligaciones Garantizadas. Ley de Protección al Ahorro Bancario

1. Obligaciones Garantizadas. Ley de Protección al Ahorro Bancario Artículos relevantes de la legislación aplicable a los procesos de Pago de Obligaciones Garantizadas y de Liquidación de Instituciones de Banca Múltiple 1. Obligaciones Garantizadas Ley de Protección al

Más detalles

PLAN DE LIQUIDACIÓN VIMAC, S.A

PLAN DE LIQUIDACIÓN VIMAC, S.A PLAN DE LIQUIDACIÓN VIMAC, S.A (Juzgado de lo Mercantil 1 Sevilla, Concurso Ordinario 625/2016) (Aprobado por Auto de 6 de junio de 2017) PRIMERO: De la transmisión de la Unidad Productiva de VIMAC. Mediante

Más detalles

La insolvencia III. Juan Bataller Grau Catedrático Derecho mercantil CEGEA Universidad Politécnica de Valencia

La insolvencia III. Juan Bataller Grau Catedrático Derecho mercantil CEGEA Universidad Politécnica de Valencia La insolvencia III Juan Bataller Grau Catedrático Derecho mercantil CEGEA Universidad Politécnica de Valencia La solución del concurso Existen dos soluciones al concurso: el convenio y la liquidación.

Más detalles

D E C R E T O. Sra. Letrado de la Administración de Justicia: Dña. LUCIA PECES GOMEZ. ANTECEDENTES DE HECHO

D E C R E T O. Sra. Letrado de la Administración de Justicia: Dña. LUCIA PECES GOMEZ. ANTECEDENTES DE HECHO JDO. DE LO MERCANTIL N. 1 DE BADAJOZ C/ CASTILLO PUEBLA DE ALCOCER, 20 Teléfono: 924286421, Fax: 924286455 Equipo/usuario: 1 Modelo: YCA030 N.I.G.: 06015 47 1 2012 0000013 S5L SECCION V LIQUIDACION 0000011

Más detalles

INSTRUCCIONES INTERNAS POR LAS QUE SE REGULAN LOS PROCEDIMIENTOS DE CONTRATACION DE LA EMPRESA GESTIÓN DE INFRAESTRUCTURAS DE CCASTILLA LAMANCHA, S.A.

INSTRUCCIONES INTERNAS POR LAS QUE SE REGULAN LOS PROCEDIMIENTOS DE CONTRATACION DE LA EMPRESA GESTIÓN DE INFRAESTRUCTURAS DE CCASTILLA LAMANCHA, S.A. INSTRUCCIONES INTERNAS POR LAS QUE SE REGULAN LOS PROCEDIMIENTOS DE CONTRATACION DE LA EMPRESA GESTIÓN DE INFRAESTRUCTURAS DE CCASTILLA LAMANCHA, S.A. La Empresa Publica Gestión de Infraestructuras de

Más detalles

AL JUZGADO DE LO MERCANTIL Nº 7 (MADRID)

AL JUZGADO DE LO MERCANTIL Nº 7 (MADRID) JUZGADO DE LO MERCANTIL Nº 7 (MADRID) NIG.: (2807900220170124658) Procedimiento: (732/2017) Concurso: (RUBIO MOTOR COSLADA, S.L.) AL JUZGADO DE LO MERCANTIL Nº 7 (MADRID) Carlos Caicoya Cecchini, en calidad

Más detalles

Página 1 de 8 3. CARACTERES DE SU REGULACIÓN LEGAL. DIFERENCIAS CON LA REGULACIÓN ANTERIOR A LA LEY DE ENJUICIAMIENTO CIVIL 1/2000

Página 1 de 8 3. CARACTERES DE SU REGULACIÓN LEGAL. DIFERENCIAS CON LA REGULACIÓN ANTERIOR A LA LEY DE ENJUICIAMIENTO CIVIL 1/2000 Página 1 de 8 PRIMERA PARTE ESTUDIO prólogo PRESENTACIÓN 1. PRECEDENTES 1.1. El Reglamento Hipotecario de 1915 1.2. La Ley Hipotecaria de 1.944-1946 y su Reglamento de 14 de febrero de 1947 1.3. La modificación

Más detalles

1.2. En el Concurso Necesario de Acreedores se devengará:

1.2. En el Concurso Necesario de Acreedores se devengará: PROCEDIMIENTOS CONCURSALES 1. Honorarios correspondientes al Letrado del deudor. 1.1. Concurso Voluntario. En el Concurso Voluntario de Acreedores el Letrado del deudor devengará los honorarios que resulten

Más detalles

AL JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA Nº 4 DE GUADALAJARA Y DE LO MERCANTIL

AL JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA Nº 4 DE GUADALAJARA Y DE LO MERCANTIL AL JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA Nº 4 DE GUADALAJARA Y DE LO MERCANTIL DÑA. NIEVES GÓMEZ DE SEGURA SÁNCHEZ, Administradora concursal de CARRASCOSA MORENO PROMOCIONES INMOBILIARIAS SL, tal y como tengo acreditado

Más detalles

PLAN DE LIQUIDACIÓN CONSTRUCCIONES METÁLICAS VALDEPEÑAS, S.A.L

PLAN DE LIQUIDACIÓN CONSTRUCCIONES METÁLICAS VALDEPEÑAS, S.A.L JUZGADO DE LO MERCANTIL DE CIUDAD REAL PROCEDIMIENTO CONCURSAL 234/2012. PLAN DE LIQUIDACIÓN CONSTRUCCIONES METÁLICAS VALDEPEÑAS, S.A.L Emitido de conformidad con lo dispuesto en el art. 148 y siguientes

Más detalles

D E C R E T O. Sra. Letrado de la Administración de Justicia: Dña. LUCIA PECES GOMEZ. ANTECEDENTES DE HECHO

D E C R E T O. Sra. Letrado de la Administración de Justicia: Dña. LUCIA PECES GOMEZ. ANTECEDENTES DE HECHO JDO. DE LO MERCANTIL N. 1 DE BADAJOZ C/ CASTILLO PUEBLA DE ALCOCER, 20 Teléfono: 924286421, Fax: 924286455 Equipo/usuario: CAS Modelo: S40030 N.I.G.: 06015 47 1 2012 0000225 S5L SECCION V LIQUIDACION 0000165

Más detalles

ORDENANZA REGULADORA DE LA PRESTACIÓN COMPENSATORIA POR EL USO Y APROVECHAMIENTO DE CARÁCTER EXCEPCIONAL DEL SUELO NO URBANIZABLE

ORDENANZA REGULADORA DE LA PRESTACIÓN COMPENSATORIA POR EL USO Y APROVECHAMIENTO DE CARÁCTER EXCEPCIONAL DEL SUELO NO URBANIZABLE ORDENANZA REGULADORA DE LA PRESTACIÓN COMPENSATORIA POR EL USO Y APROVECHAMIENTO DE CARÁCTER EXCEPCIONAL DEL SUELO NO URBANIZABLE Página 1 de 6 Exposición de Motivos. La Ley 7/2002, de 17 de diciembre,

Más detalles

LA FASE DE LIQUIDACIÓN CONCURSAL. LA NUEVA NORMATIVA DE SUBASTAS ELECTRÓNICAS Y SU APLICACIÓN AL PROCEDIMIENTO CONCURSAL

LA FASE DE LIQUIDACIÓN CONCURSAL. LA NUEVA NORMATIVA DE SUBASTAS ELECTRÓNICAS Y SU APLICACIÓN AL PROCEDIMIENTO CONCURSAL LA FASE DE LIQUIDACIÓN CONCURSAL. LA NUEVA NORMATIVA DE SUBASTAS ELECTRÓNICAS Y SU APLICACIÓN AL PROCEDIMIENTO CONCURSAL. EL RÉGIMEN DE PAGO DE BIENES CON PRIVILEGIO ESPECIAL Sr. Francisco Javier Vaquer

Más detalles

5.- Declarar la disolución y el cese de los administradores

5.- Declarar la disolución y el cese de los administradores NIG: 1808742M20120000796 Concurso Abreviado Voluntario nº 779/2012- C HISPACOM ALMERIA, SL AL JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO UNO DE GRANADA DOÑA ANA MARIA POYATOS ARIZA, miembro de la administración concursal

Más detalles

Plan de liquidación SEMATEL SERVICIOS DE TELEFONÍA S.L. Antonio García Moro

Plan de liquidación SEMATEL SERVICIOS DE TELEFONÍA S.L. Antonio García Moro Plan de liquidación SEMATEL SERVICIOS DE TELEFONÍA S.L. Antonio García Moro 1 Esta administración concursal desarrolla el presente plan de liquidación diferenciando los siguientes apartados: 1.- Plan de

Más detalles