Ganancia Ocasional Impuesto del 10%. Utilidad por venta de activos. Analisis para el costo
|
|
- Héctor Montes Vera
- hace 6 años
- Vistas:
Transcripción
1 ARTÍCULO UTILIDAD EN LA VENTA DE LA CASA O APARTAMENTO. <Artículo adicionado por el artículo 105 de la Ley 1607 de El nuevo texto es el siguiente:> Estarán exentas las primeras siete mil quinientas (7.500) UVT de la utilidad generada en la venta de la casa o apartamento de habitación de las personas naturales contribuyentes del impuesto sobre la renta y complementarios, siempre que la totalidad de los dineros recibidos como consecuencia de la venta sean depositados en las cuentas de ahorro denominadas Ahorro para el Fomento de la Construcción, AFC, y sean destinados a la adquisición de otra casa o apartamento de habitación, o para el pago total o parcial de uno o más créditos hipotecarios vinculados directamente con la casa o apartamento de habitación objeto de venta. En este último caso, no se requiere el depósito en la cuenta AFC, siempre que se verifique el abono directo al o a los créditos hipotecarios, en los términos que establezca el reglamento que sobre la materia expida el Gobierno Nacional. El retiro de los recursos a los que se refiere este artículo para cualquier otro propósito, distinto a los señalados en esta disposición, implica que la persona natural pierda el beneficio y que se efectúen, por parte de la respectiva entidad financiera las retenciones inicialmente no realizadas de acuerdo con las normas generales en materia de retención en la fuente por enajenación de activos que correspondan a la casa o apartamento de habitación. PARÁGRAFO. Lo dispuesto en este artículo se aplicará a casas o apartamentos de habitación cuyo valor catastral o autoavalúo no supere quince mil (15.000) UVT. ANALISIS DEL COSTO POR LA VENTA DE UN BIEN (poseido más de 2 años). ARTICULO 312. CASOS EN LOS CUALES NO SE ACEPTAN PÉRDIDAS OCASIONALES. Para efectos de determinar la ganancia ocasional, no se aceptarán pérdidas en los siguientes casos: 1. En la enajenación de derechos sociales o acciones de sociedades de familia. 2. En la enajenación de activos fijos, cuando la respectiva transacción tenga lugar entre una sociedad u otra entidad asimilada y personas naturales o sucesiones ilíquidas que sean económicamente vinculadas a la sociedad o entidad. 3.En la enajenación de activos fijos, cuando la respectiva transacción tenga lugar entre una sociedad limitada o asimilada, y sus socios que sean sucesiones ilíquidas o personas naturales, el cónyuge o los parientes de los socios dentro del cuarto grado civil de consanguinidad, segundo de afinidad o único civil. 1 / 6
2 ANALISIS DEL COSTO POR LA VENTA DE UN BIEN (poseido más de 2 años) ( si es menor a 2 años se declara como renta LIQUIDA- INGRESOS y en costos el valor correspondiente al valor declarado el año inmediatamente anterior). Artículo 300. ET. Se determina por la diferencia entre el precio de enajenación y el costo fiscal del activo. Se consideran ganancias ocasionales para los contribuyentes sujetos a este impuesto, las provenientes de la enajenación de bienes de cualquier naturaleza, que hayan hecho parte del activo fijo del contribuyente por un término de dos años o más. Su cuantía se determina por la diferencia entre el precio de enajenación y el costo fiscal del activo enajenado. No se considera ganancia ocasional sino renta líquida, la utilidad en la enajenación de bienes que hagan parte del activo fijo del contribuyente y que hubieren sido poseídos por menos de 2 años. Parágrafo. Para determinar el costo fiscal de los activos enajenados a que se refiere este artículo, se aplicarán las normas contempladas en lo pertinente, en el Título I del presente Libro. El costo se analiza según lo establece el ET. Titulo 1- Artículos 69, 70, 71, 72, 73 y 277. Artículo 69 Costo de los activos fijos. Artículo 70 Ajuste al costo de los activos fijos. Artículo 71 Utilidad en la enajenación de inmuebles. 2 / 6
3 Artículo 72 Avalúo como costo fiscal. Artículo 73 Ajuste de bienes raíces, acciones y aportes que sean activos fijos de personas naturales. Articulo 277 Valor patrimonial de los inmuebles. Caso 1 Art 69 El precio de adquisición o el costo declarado en el año inmediatamente anterior, según el caso, más los siguientes valores: a) El valor de los ajustes a que se refiere el artículo siguiente. b) El costo de las adiciones y mejoras, en el caso de bienes muebles. c) El costo de las construcciones, mejoras, reparaciones locativas no deducidas y el de las contribuciones por valorización, en el caso de inmuebles. Caso 2 Art 70 3 / 6
4 Los contribuyentes podrán ajustar anualmente el costo de los bienes muebles e inmuebles, que tengan el carácter de activos fijos en el porcentaje señalado en el artículo 868. ( Unidad de Valor Tributario, UVT.). Caso 3 Art 71 Se restará al precio de venta el costo fiscal, establecido de acuerdo con las alternativas previstas en este Capítulo. Cuando se trate de inmuebles adquiridos mediante contratos de arrendamiento financiero o leasing, retroarriendo o lease-back, que hayan sido sometidos al tratamiento previsto en el numeral 1o. del artículo del Estatuto Tributario, el costo de enajenación para el arrendatario adquirente será el de adquisición, correspondiente a la opción de compra y a la parte capitalizada de los cánones, más las adiciones y mejoras, las contribuciones de valorización pagadas y los ajustes por inflación, cuando haya lugar a ello. Caso 4 Art 72 El avalúo declarado para los fines del Impuesto Predial Unificado..., y los avalúos formados o actualizados por las autoridades catastrales, en los términos del artículo 5o. de la Ley 14 de 1983, podrán ser tomados como costo fiscal para la determinación de la renta o ganancia ocasional que se produzca en la enajenación de inmuebles que constituyan activos fijos para el 4 / 6
5 contribuyente. Para estos fines, el autoavalúo o avalúo aceptable como costo fiscal, será el que figure en la declaración del Impuesto Predial Unificado y/o declaración de renta, según el caso, correspondiente al año anterior al de la enajenación. Para este propósito no se tendrán en cuenta las correcciones o adiciones a las declaraciones tributarias ni los avalúos no formados a los cuales se refiere el artículo 7o. de la Ley 14 de Caso 5. Art 73 Los contribuyentes que sean personas naturales podrán ajustar el costo de adquisición de tales activos, en el incremento porcentual del valor de la propiedad raíz, o en el incremento porcentual del índice de precios al consumidor para empleados, respectivamente, que se haya registrado en el período comprendido entre el 1o. de enero del año en el cual se haya adquirido el bien y el 1o. de enero del año en el cual se enajena. El costo así ajustado, se podrá incrementar con el valor de las mejoras y contribuciones por valorización que se hubieren pagado, cuando se trate de bienes raíces. El ajuste previsto en este artículo podrá aplicarse, a opción del contribuyente, sobre el costo fiscal de los bienes que figure en la declaración de renta del año gravable de En este evento, el incremento porcentual aplicable será el que se haya registrado entre el 1o. de enero de 1987 y el 1o. de enero del año en el cual se enajene el bien. Los ajustes efectuados de conformidad con el inciso primero del artículo 70, no serán aplicables para determinar la renta o la ganancia ocasional prevista en este artículo. 5 / 6
6 Caso 6. Art 277. Valor patrimonial de los inmuebles. Los contribuyentes obligados a llevar libros de contabilidad deben declarar los inmuebles por el costo fiscal, determinado de acuerdo con lo dispuesto en los Capítulos I y III del Título II del Libro I de este Estatuto y en el artículo 65 de la Ley 75 de Los contribuyentes no obligados a llevar libros de contabilidad deben declarar los inmuebles por el mayor valor entre el costo de adquisición, el costo fiscal, el autoavalúo o el avalúo catastral actualizado al final del ejercicio, sin perjuicio de lo dispuesto en los artículos 72 y 73 de este Estatuto. Las construcciones o mejoras no incorporadas para efectos del avalúo o el costo fiscal del respectivo inmueble deben ser declaradas por separado. Lo previsto en este artículo se aplicará sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 90-2 de este Estatuto. 6 / 6
MINISTERIO DE HACIENDA Y CREDrTO PÚBLICO
REPÚBLICA DE COLOMBIA ':') l-!! ~ " r;.,1i'!...a"'\ ta'ii t,ril!i ~~;IiI'if.;;l\~ ~ ~ C ~~ Y'Mu A ~u tt c~9~m MINISTERIO DE HACIENDA Y CREDrTO PÚBLICO DECRETO NÚME'Rb') '. ~~ 3 ~ 4 DE 2014 ( Por medio
Más detallesDr. Jairo Casanova. Bogotá D.C. 20 de Mayo de 2014.
Dr. Jairo Casanova Bogotá D.C. 20 de Mayo de 2014. Nuevas retenciones D.R. 2418 de 2013 ART. 1º Modifíquese el art. 4 D. R. 260 de 2001, el cual quedará así: ART. 4º Retención en la fuente sobre otros
Más detallesMINISTERIO DE HACIENDA Y CREDITO PÚBLICO DECRETO NÚMERO DE 2014 ( )
REPÚBLICA DE COLOMBIA MINISTERIO DE HACIENDA Y CREDITO PÚBLICO DECRETO NÚMERO DE 2014 ( ) Por medio del cual se reglamenta el artículo 311-1 del estatuto tributario. EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE COLOMBIA,
Más detallesMODIFICACIONES A LA DEPURACION ORDINARIA EN RENTA PERSONAS NATURALES JUAN CAMILO SERRANO VALENZUELA
MODIFICACIONES A LA DEPURACION ORDINARIA EN RENTA PERSONAS NATURALES CONTRIBUYENTES PERSONAS NATURALES + Depuración con IMAN y Retención + Empleados + Trabajadores por cuenta propia + Los demás personas
Más detallesRESOLUCIÓN NÚMERO ( )
RESOLUCIÓN NÚMERO ( ) Por la cual se modifica la Resolución 000004 de enero 08 de 2016 Por la cual se prescriben y habilitan los formularios y formatos para el cumplimiento de las obligaciones tributarias,
Más detallesCámara de Comercio de Santiago. Ganancias de Capital Adolfo Sepúlveda Zavala Septiembre 9, 2016
Cámara de Comercio de Santiago Ganancias de Capital Adolfo Sepúlveda Zavala Septiembre 9, 2016 Impuesto Único de Primera Categoría 1.) Derogación a contar del 1 de Enero de 2017 2.) Se suprime el artículo
Más detallesVALOR PATRIMONIAL DE LAS ACCIONES
Artículo VALOR 76. PATRIMONIAL costo promedio de las DE acciones. ACCIONES DIAN N 062060 JULIO 25 DE 2006 TEMA IMPUESTO SOBRE LA RENTA Y COMPLEMENTARIOS DESCRIPTORES VALOR PATRIMONIAL DE LAS ACCIONES FUENTES
Más detallesDEVOLUCIONES Y COMPENSACIONES MARCO NORMATIVO
MARCO NORMATIVO . Art. 850 ESTATUTO TRIBUTARIO. DEVOLUCIÓN DE SALDOS A FAVOR. Impuesto de renta. SALDOS A FAVOR Impuesto sobre las ventas. Solicitar devolución. SALDOS A FAVOR EN RENTA Solicitar compensación
Más detallesEL IMPUESTO A LA RENTA PARA LA EQUIDAD CREE Art. 20 Ley 1607 de 2012
EL IMPUESTO A LA RENTA PARA LA EQUIDAD CREE Art. 20 Ley 1607 de 2012 1 EL IMPUESTO SOBRE LA RENTA PARA LA EQUIDAD «CREE» (Art. 20 Ley 1607 de 2012 Es un Impuesto diferente al impuesto de Renta ordinario
Más detallesNOTA DE CLASE 130 GANANCIAS OCASIONALES. 1. La utilidad en la venta de activos fijos poseídos por más de dos años. La base
NOTA DE CLASE 130 GANANCIAS OCASIONALES Fecha: Jueves 16 de Octubre de 2014 Área: Consultorio Contable Fiscal Se considera Ganancia Ocasional: 1. La utilidad en la venta de activos fijos poseídos por más
Más detallesARTÍCULO 10. Adiciónese el Título V del Libro I del Estatuto Tributario con el siguiente Capítulo:
LEY 1607 DE 2012 (Artículo 10, Artículo11). ARTÍCULO 10. Adiciónese el Título V del Libro I del Estatuto Tributario con el siguiente Capítulo: CAPÍTULO I Empleados Artículo 329. Clasificación de las personas
Más detalles1. La persona natural como sujeto pasivo del impuesto sobre la renta puede ser:
DECLARACIÓN DE RENTA PERSONAS NATURALES AÑO GRAVABLE 2010 Consideraciones iniciales: 1. La persona natural como sujeto pasivo del impuesto sobre la renta puede ser: Contribuyente no declarante: no cumple
Más detallesDECRETO 2243 de
TEMARIO Generalidades del Impuesto de Renta Obligados a presentar declaración de renta año gravable 2015 Clasificación de las personas naturales Sistema de determinación de la base gravable Ganancias Ocasionales
Más detallesCONCEPTO DE 21 DE AGOSTO DE 2015 DIRECCIÓN DE IMPUESTOS Y ADUANAS NACIONALES. Bogotá, D.C. Ref.: Radicado del 09/06/2015
CONCEPTO 24300 DE 21 DE AGOSTO DE 2015 DIRECCIÓN DE IMPUESTOS Y ADUANAS NACIONALES Bogotá, D.C. Ref.: Radicado 100016836 del 09/06/2015 Tema Impuesto sobre la Renta y Complementarios Descriptores Tarifa
Más detallesUNIVERSIDAD DISTRITAL FRANCISCO JASE DE CALDAS Sección de Contabilidad Tabla de Tarifas de Retención en la Fuente para el año gravable 2016
UNIVERSIDAD DISTRITAL FRANCISCO JASE DE CALDAS Sección de Contabilidad Tabla de Tarifas de Retención en la Fuente para el año gravable 206 Valor UVT = $ 29.753 Concepto Bases UVT Pesos ($) Tarifas SALARIALES
Más detallesDECRETO 3032 DE 2013 (Diciembre 27) Por el cual se reglamenta parcialmente el Estatuto Tributario.
DECRETO 3032 DE 2013 (Diciembre 27) Por el cual se reglamenta parcialmente el Estatuto Tributario. El Presidente de la República de Colombia, en uso de sus facultades constitucionales y legales, en especial
Más detallesDECLARACIÓN DE RENTA PARA PERSONAS NATURALES AÑO GRAVABLE 2014
DECLARACIÓN DE RENTA PARA PERSONAS NATURALES AÑO GRAVABLE 2014 Alberto Valencia Casallas. Bogotá, Junio 19 de 2015 TEMAS A ABORDAR 1. Clasificación de las personas naturales. 2. El concepto de residencia.
Más detallesCESIÓN GRATUITA DE BIENES MUEBLES
-CESION GRATUITA DE BIENES - VALOR DE MERCADO DE LAS OPERACIONES - RETENCIONES - RETENCION ENEJENACION INMUEBLES DE NO DOMICILIADOS - CREDITOS POR RETENCIONES - RESPONSABILIDAD SOLIDARIA DE LOS NOTARIOS
Más detallesAPARTES DE LA LEY 1607 DE 2012
Artículo 13. Tarifa de retención en la fuente. APARTES DE LA LEY 1607 DE 2012 Modifica el inciso primero del artículo 383 del E.T. Redacción nueva Tarifa. La retención en la fuente aplicable a los pagos
Más detallesHONORARIOS CONSULTORIA 16. Por servicios de licenciamiento o derecho de uso de software. Los pagos o abonos en cuenta que se realicen a contribuyentes
Tabla de Retención en la Fuente para el 2015 COMPRAS 1. Compras y otros ingresos tributarios en generaldeclarante (Dcto 260 de 2001 Art. 4), Ver Concepto DIAN 67699 de 2012, Dcto 2418 de 2013 Art. 1 27
Más detallesREFORMA TRIBUTARIA LEY 1739 DEL 23 DICIEMBRE DE 2014
REFORMA TRIBUTARIA LEY 1739 DEL 23 DICIEMBRE DE Los cambios significativos son los siguientes: IMPUESTO A LA RIQUEZA: Se retoma el impuesto al patrimonio, solo que con una denominación diferente: Impuesto
Más detallesA partir de UVT. A partir de UVT
UVT AÑO 2016 29.753 SALARIALES A partir de UVT A partir de pesos Tarifas Aplicable a los pagos gravables, efectuados por las personas naturales o jurídicas, las sociedades de hecho, las comunidades organizadas
Más detallesPor el cual se reglamentan parcialmente la Ley 75 de 1986, el Decreto 2503 de 1987 y se dictan otras disposiciones en materia tributaria.
DECRETO REGLAMENTARIO 1189 DE 1988 (Junio 17) Por el cual se reglamentan parcialmente la Ley 75 de 1986, el Decreto 2503 de 1987 y se dictan otras disposiciones en materia tributaria. EL PRESIDENTE DE
Más detallesPREPARACIÓN DE LA DOCUMENTACIÓN PARA LA DECLARACIÓN DE RENTA
PREPARACIÓN DE LA DOCUMENTACIÓN PARA LA DECLARACIÓN DE RENTA Para preparar la documentación se requiere conocer muy bien a la persona natural con el fin de conocer la información de sus activos, pasivos,
Más detallesACUSE DE RECIBO DECLARACIÓN DEL EJERCICIO DE IMPUESTOS FEDERALES. R.F.C. : RUAE520625J74 Hoja 1 de 1 ERNESTO RUFFO APPEL ISR PERSONAS FÍSICAS
ACUSE DE RECIBO DECLARACIÓN DEL EJERCICIO DE IMPUESTOS FEDERALES R.F.C. : RUAE52625J74 Hoja 1 de 1 Nombre: ERNESTO RUFFO APPEL Tipo de Declaración: Normal Período de la Declaración: Del Ejercicio Ejercicio:
Más detallesCONCEPTO DE 11 DE ABRIL DE 2016 DIRECCIÓN DE IMPUESTOS Y ADUANAS NACIONALES. Bogotá, D.C.
CONCEPTO 00279 DE 11 DE ABRIL DE 2016 DIRECCIÓN DE IMPUESTOS Y ADUANAS NACIONALES Bogotá, D.C. Señor RICARDO ANDRES VANEGAS rvanegap@gmail.com Bogotá D.C. Ref: Radicado 56865 del 07/04/2015. Tema: Impuesto
Más detallesPensiones en la Reforma Tributaria 2012
Pensiones en la Reforma Tributaria 2012 1) Voluntarios en fondos de pensiones pasan de ingresos no constitutivos de renta ni ganancia ocasional a renta exenta y se limitan. ART. 3. Modificase el art. 126-1
Más detallesMINISTERIO DE HACIENDA Y CRÉDITO PÚBLICO. DECRETO 2701 DE 2013 (Noviembre 22) por el cual se reglamenta la Ley 1607 de 2012.
MINISTERIO DE HACIENDA Y CRÉDITO PÚBLICO DECRETO 2701 DE 2013 (Noviembre 22) por el cual se reglamenta la Ley 1607 de 2012. El Presidente de la República de Colombia, en uso de sus facultades constitucionales
Más detallesDECRETO Nº DE 2015
La Alcaldesa Mayor del Distrito Especial, Industrial y Portuario de Barranquilla en ejercicio de sus facultades legales y en especial las conferidas por el Artículo 91 literal a, numeral 6 de la Ley 136
Más detallesSEMINARIO LEGIS REFORMA TRIBUTARIA 2012
SEMINARIO LEGIS REFORMA TRIBUTARIA 2012 Modificaciones en Fiducia Mercantil FELIPE AROCA Febrero de 2013 TRATAMIENTO PARA UTILIDADES Y PÉRDIDAS Régimen anterior. Artículo 102 del Estatuto Tributario (
Más detallesDeclaración Jurada Anual sobre Inversiones, Seguros, Derechos, Activos, y Otras Operaciones en el Exterior, y Rentas Relacionadas con Estos.
Declaración Jurada Anual sobre Inversiones, Seguros, Derechos, Activos, y Otras Operaciones en el Exterior, y Rentas Relacionadas con Estos. Declaración Jurada Anual sobre Inversiones, Seguros, Derechos,
Más detallesBOLETÍN INFORMATIVO. No. 222 Bogotá D.C., 01 de noviembre de NORMAS SOBRE EL MERCADO DE VALORES Y DEL SECTOR FINANCIERO
BOLETÍN INFORMATIVO No. 222 Bogotá D.C., 01 de noviembre de 2013 02. NORMAS SOBRE EL MERCADO DE VALORES Y DEL SECTOR FINANCIERO Por considerarlo de su interés, les informamos que el Gobierno Nacional expidió
Más detallesRetención en la fuente Retención del impuesto sobre las ventas en operaciones con tarjetas de crédito o débito.
CONCEPTO 34880 DE 29 DE DICIEMBRE DE 2015 DIRECCIÓN DE IMPUESTOS Y ADUANAS NACIONALES Bogotá, D.C. Doctor LEONARDO SICARD ABAD Director de Gestión de Fiscalización Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales
Más detallesDECLARACIÓN DEL EJERCICIO PERSONAS FÍSICAS
DATOS DE IDENTIFICACIÓN RFC PELF8512BM8 CURP PELF8512MJCLPL2 APELLIDO PATERNO PELAYO APELLIDO MATERNO LOPEZ NOMBRE(S) FELA PATRICIA TIPO DE DECLARACIÓN Normal DATOS GENERALES TIPO DE COMPLEMENTARIA EJERCICIO
Más detallesPROYECTO DE REFORMA TRIBUTARIA 2012
Página 1 de 75 PROYECTO DE REFORMA TRIBUTARIA 2012 PROYECTO DE LEY NORMA ACTUAL OBSERVACIONES CAPITULO I PERSONAS NATURALES ARTÍCULO 1. Modifíquese el artículo 6 del Estatuto Tributario, el cual quedará
Más detallesMinisterio de Hacienda y Crédito Público DECRETO ( )
República de Colombia Ministerio de Hacienda y Crédito Público DECRETO ( ) Por medio del cual se reglamenta el artículo 126-4 del Estatuto Tributario y el artículo 2º de la Ley EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
Más detallesREPÚBLICA DE COLOMBIA. "~~la; )4 ~ ~"""""_uu._...1i MINISTERIO DE HACIENDA Y CREDITO PÚBLlCO--,."...""~"!"!'I,,~=,~.~-.
REPÚBLICA DE COLOMBIA "~~la; )4 ~ ~"""""_uu._...1i MINISTERIO DE HACIENDA Y CREDITO PÚBLlCO--,."...""~"!"!'I,,~=,~.~-. DECRETO NÚMERO 2101 DE 2013 ( 22 NOV 2013 Por el cual se reglamenta la Ley 1607 de
Más detallesDocente-Instructor: Jaime Posada. No obligados a declarar PERSONAS NATURALES QUE NO DECLARAN RENTA POR EL AÑO GRAVABLE 2011
Docente-Instructor: Jaime Posada. No obligados a declarar PERSONAS NATURALES QUE NO DECLARAN RENTA POR EL AÑO GRAVABLE 2011 COMERCIANTES Y PERSONAS NATURALES QUE EN EL AÑO: 2011 HAYAN TENIDO INGRESOS BRUTOS
Más detalles- / COSTO FISCAL DEL ARTICULO 73 DEL E.T. - / UTILIDAD EN VENTA DE ACTIVOS FIJOS
COSTO FISCAL DE ACTIVOS FIJOS - Para su determinación se tienen tres alternativas: las previstas en los artículos 69, 72 y 73 del E.T. / COSTO FISCAL DEL ARTICULO 69 DEL E.T. - Se determina por el precio
Más detallesCalendario Tributario 2016 Plazos para presentación y pago de declaraciones tributarias nacionales
Calendario Tributario Grandes Contribuyentes (Art., Decreto de ) Pago primera cuota en Declaración y pago segunda cuota % en Pago tercera cuota % en Último dígito NIT Último dígito NIT Último dígito NIT
Más detallesCalendario Tributario 2015 Plazos para presentación y pago de declaraciones tributarias nacionales
Calendario Tributario Grandes Contribuyentes (Art., Decreto de ) Pago primera cuota en Declaración y pago segunda cuota % en Pago tercera cuota % en Feb. Feb. Feb. Feb. Feb. Feb. Feb. Feb. Feb. Feb. Abr.
Más detallesI.Antecedentes 5. II. Introducción 6. III. Artículos de la Ley del Impuesto Sobre la Renta 8
Compendio Fiscal 1 Indice I.Antecedentes 5 II. Introducción 6 III. Artículos de la Ley del Impuesto Sobre la Renta 8 «Artículo 218- Cuentas personales para el ahorro y primas de seguros para el retiro»
Más detallesCAPITULO I I I DE LOS INGRESOS POR ARRENDAMIENTO Y EN GENERAL POR OTORGAR EL USO O GOCE TEMPORAL DE INMUEBLES
CAPITULO I I I DE LOS INGRESOS POR ARRENDAMIENTO Y EN GENERAL POR OTORGAR EL USO O GOCE TEMPORAL DE INMUEBLES ARRENDAMIENTO SUBARRENDAMIENTO RENDIMIENTO DE CERTIFICADOS DE PARTICIPACION INMOBILIARIA NO
Más detallesGANANCIAS OCASIONALES LEY 1607. JULIO ROBERTO PIZA R. Enero 2013
GANANCIAS OCASIONALES LEY 1607 JULIO ROBERTO PIZA R. Enero 2013 Contenido I. Concepto de ganancias ocasionales y diagnóstico de la situación II. Reforma y comentarios I. Concepto Como la tarifa del impuesto
Más detallesGESTIÓN Y ADQUISCIÓN DE RECURSOS. Instructivo para aplicar retenciones a los contratos de Prestación de Servicios
CONTROL DE CAMBIOS VERSIÓN 1 FECHA DESCRIPCIÓN DE LA MODIFICACION 1 02 de septiembre de 2014 Primera versión del documento 1 Si este documento se encuentra impreso se considera Copia no Controlada. La
Más detallesArt. 1.- Ámbito de aplicación.- La Resolución regula los porcentajes de retención de IVA.
El Registro Oficial No. 660 del 31 de diciembre de 2015 publica la Resolución del Servicio de Rentas Internas - SRI No. NAC- DGERCGC15-3235, por la cual se reforma la Resolución No. NAC- DGERCGC15-0284,
Más detallesPROYECTO DE LEY N EL CONGRESO DE COLOMBIA D E C R E T A: PARTE I IMPUESTO SOBRE LA RENTA DE PERSONAS NATURALES
PROYECTO DE LEY N POR MEDIO DE LA CUAL SE ADOPTA UNA REFORMA TRIBUTARIA ESTRUCTURAL, SE FORTALECEN LOS MECANISMOS PARA LA LUCHA CONTRA LA EVASIÓN Y LA ELUSIÓN FISCAL, Y SE DICTAN OTRAS DISPOSICIONES EL
Más detallesBoletín Jurídico Enero 2016
1. CONSULTA TRIBUTARIA TARIFAS PARA EL AÑO 2016 DE IMPUESTO A LA RENTA PARA PERSONAS NATURALES Y SUCESIONES INDIVISAS, Y PARA HERENCIAS, DONACIONES Y LEGADOS a) Para liquidar el impuesto a la renta de
Más detallesNOVEDADES LABORALES. No están obligados a pago del CREE y siguen pagando los aportes parafiscales:
NOVEDADES LABORALES Vicepresidencia Asuntos Jurídicos y Sociales Presentamos a continuación, los aspectos laborales más relevantes de la Reforma Tributaria - Ley 1607 de 2012, sancionada el miércoles 26
Más detallesSociedades por Acciones (SpA) Aspectos Tributarios. Octubre 10, 2007
Sociedades por Acciones (SpA) Aspectos Tributarios Octubre 10, 2007 Impuesto al Valor Agregado Relación con el giro Artículo 425, inciso 2, N 2 Código de Comercio El objeto de la sociedad, que será considerado
Más detallesTeniendo presente que el H. Congreso Nacional ha dado su aprobación al siguiente
Biblioteca del Congreso Nacional -------------------------------------------------------------------------------- Identificación de la Norma : LEY-20171 Fecha de Publicación : 16.02.2007 Fecha de Promulgación
Más detallesOFICIO N DIAN Dirección de Gestión Jurídica Bogotá, D. C. Oficio número Señora MARCELA MARÍA ESCOBAR URUEÑA
OFICIO N 022872 19-04-2013 DIAN Dirección de Gestión Jurídica Bogotá, D. C. Oficio número 100208221-483 Señora MARCELA MARÍA ESCOBAR URUEÑA marcela.escobaruruena@telefonica.com E-mail Referencia: Radicado
Más detallesCOMUNICADOS TRIBUTARIOS
INSOTAX SAS COMUNICADOS TRIBUTARIOS De: JOSE LIBARDO HOYOS RAMIREZ Fecha: 19 de Noviembre de 2015 TEMA: VALORES ABSOLUTOS AÑO GRAVABLE 2016 SUB TEMA: SUB TEMA: NUEVOS VALORES FISCALES EN UVT PARA EL AÑO
Más detallesPROYECTO DE LEY EL CONGRESO DE LA REPÚBLICA DE COLOMBIA DECRETA: CAPITULO I PERSONAS NATURALES
PROYECTO DE LEY "Por la cual se expiden normas en materia tributaria y se dictan otras disposiciones" EL CONGRESO DE LA REPÚBLICA DE COLOMBIA DECRETA: CAPITULO I PERSONAS NATURALES ARTÍCULO 1. Modifíquese
Más detallesNovedades en el Cálculo del Impuesto de Renta 2010 y Ganancia Ocasional
Novedades en el Cálculo del Impuesto de Renta 2010 y Ganancia Ocasional Dr. José Hernando Zuluaga CEO 1 Taller 1 Cálculo del Impuesto de Ganancia Ocasional por Venta de Activos Fijos Personas Jurídicas
Más detallesDECRETO 99 DE (enero 25) Diario Oficial No de 25 de enero de 2013 MINISTERIO DE HACIENDA Y CRÉDITO PÚBLICO
DECRETO 99 DE 2013 (enero 25) Diario Oficial No. 48.684 de 25 de enero de 2013 MINISTERIO DE HACIENDA Y CRÉDITO PÚBLICO Por el cual se reglamenta parcialmente el Estatuto Tributario. EL PRESIDENTE DE LA
Más detallesdiciembre 30 de 2009 del presente, que fue de 3,33%.
diciembre 30 de 2009 Este valor es el resultado de aplicar a la actual UVT, la variación acumulada del índice de precios al consumidor para ingresos medios entre el 1º de octubre del año inmediatamente
Más detallesConcepto CONCEPTO Nº DIAN. Ref: Radicado del 11/02/ del 19/02/15
Concepto 11676 CONCEPTO Nº 011676 23-04-2015 DIAN Subdirección de Gestión Normativa y Doctrina Bogotá D. C. 100208221-000535 Señor MANUEL PEÑA CHUECA CL 103 19 60 PS Bogotá D.C Ref: Radicado 100003147
Más detallesDIRECCIÓN NACIONAL DE PERSONAL ACADÉMICO Y ADMINISTRATIVO DIVISIÓN NACIONAL SALARIAL Y PRESTACIONAL
DIRECCIÓN NACIONAL DE PERSONAL ACADÉMICO Y ADMINISTRATIVO DIVISIÓN NACIONAL SALARIAL Y PRESTACIONAL CIRCULAR No. 001 PARA: DE: EMPLEADOS PÚBLICOS DOCENTES, ADMINISTRATIVOS, EDUCADORES DE ENSEÑANZA BÁSICA
Más detallesLímites en las deducciones por pagos al exterior con y sin CDI s. Juan Manuel Idrovo 13 Junio 2013
Límites en las deducciones por pagos al exterior con y sin CDI s Juan Manuel Idrovo 13 Junio 2013 Generalidades Artículo 121. Deducción de gastos en el exterior Tengan relación de causalidad con rentas
Más detallesRESOLUCIÓN No. NAC-DGER Dr. Carlos León Acosta DIRECTOR GENERAL (E) DEL SERVICIO DE RENTAS INTERNAS. Considerando:
RESOLUCIÓN No. NAC-DGER2007-0411 Dr. Carlos León Acosta DIRECTOR GENERAL (E) DEL SERVICIO DE RENTAS INTERNAS Considerando: Que de conformidad con el Art. 8 de la Ley de Creación del Servicio de Rentas
Más detallesManual de Actualización Tributaria
Manual de Actualización Tributaria 2016 ÍNDICE DATOS DE INTERÉS PARA EL AÑO GRAVABLE 2015 2 I. CONTRIBUYENTES NO OBLIGADOS A DECLARAR II. IMPUESTO SOBRE LA RENTA Y COMPLEMENTARIO.................. 2 PLAZOS
Más detallesProcedimiento para elaborar Declaración de ISLR
Ramirez y Asociados Colegio de Contadores Públicos Del Estado Bolívar Instituto de Desarrollo Profesional Luis Lizardi Mc Callums Procedimiento para elaborar Declaración de ISLR Ponente: Presidente CCPEB
Más detallesRESOLUCION No (ABRIL 30 DE 2009)
RESOLUCION No. 0100-143-97-089 (ABRIL 30 DE 2009) Por medio del cual se reglamenta el Cobro, los procedimientos, topes y régimen del sistema de retenciones a terceros del Impuesto de Industria y Comercio
Más detallesFORMULARIO INSTRUCTIVO DECLARACIÓN DEL IMPUESTO A LA RENTA PERSONAS NATURALES Y SUCESIONES INDIVISAS
FORMULARIO 102 - INSTRUCTIVO DECLARACIÓN DEL IMPUESTO A LA RENTA PERSONAS NATURALES Y SUCESIONES INDIVISAS NOTAS IMPORTANTES: Los formularios podrán ser llenados a máquina (de escribir o impresora), en
Más detallesINSTRUCTIVO DEFINICIONES TRIBUTARIAS DEL CERTIFICADO DEL FONDO DE PENSIONES VOLUNTARIAS
INSTRUCTIVO DEFINICIONES TRIBUTARIAS DEL CERTIFICADO DEL FONDO DE PENSIONES VOLUNTARIAS Conscientes de lo complejo que resulta la elaboración de la declaración de renta, hemos diseñado para usted un instructivo
Más detallesAsociada. A.- Dividendos y retiros de utilidades.
Artículo 41 A Documentación Asociada Artículo 41 A.- Los contribuyentes domiciliados o residentes en Chile que obtengan rentas del exterior que hayan sido gravadas en el extranjero, en la aplicación de
Más detallesDETERMINACIÓN DEL ISR DEL EJERCICIO
DETERMINACIÓN DEL ISR DEL EJERCICIO El cálculo del ISR del ejercicio es un procedimiento que todos los contribuyentes obligados a presentar declaración anual deben llevar a cabo al finalizar su ejercicio
Más detallesSeminario- Taller: RENTA PERSONAS NATURALES 2013, SUCESIONES ILIQUIDAS, TRABAJADORES POR CUENTA PROPIA Y EMPLEADOS.
Seminario- Taller: RENTA PERSONAS NATURALES 2013, SUCESIONES ILIQUIDAS, Club de ejecutivos, Bogotá DC. Junio de 2014 Formularios: 110 - Persona Natural Obligada a llevar contabilidad 210 - Persona Natural
Más detallesEn relación con el tratamiento de las diferencias de cambio para efecto de la determinación del Impuesto a la Renta, se consulta lo siguiente:
INFORME N. 101-2012-SUNAT/4B0000 MATERIA: En relación con el tratamiento de las diferencias de cambio para efecto de la determinación del Impuesto a la Renta, se consulta lo siguiente: 1. En el caso de
Más detallesRETENCIONES EN LA FUENTE EN LA LEY 1607 DE 2012
RETENCIONES EN LA FUENTE EN LA LEY 1607 DE 2012 Javier González Valencia, febrero de 2013. RF del CREE FACULTAD PARA ESTABLECER RF (Art 37 Ley 1607) ART. 37. Facultad para establecer retención en la fuente
Más detalles7.2 Clasificación de las ganancias ocasionales. 1- Utilidad en venta de activos fijos poeídos por 2 años ó más
7- Ganancias Ocasionales art 299 a 318 ET 1-2- 3-7.1 Orígen de las ganancias ocasionales Actividades esporádicas ó extraodinarias Mera liberalidad de una persona para incrementar el patrimonio de quien
Más detallesJuan Arturo Rivera Figueroa.
Juan Arturo Rivera Figueroa. Licenciado en Derecho por la Universidad del Noroeste y Licenciado en Administración de empresas por el Instituto Tecnológico de Nogales; Representante de la Asociación Nacional
Más detallesDecreto por el que se otorgan diversos beneficios fiscales en material de impuestos sobre la renta y empresarial a tasa única
Decreto por el que se otorgan diversos beneficios fiscales en material de impuestos sobre la renta y empresarial a tasa única C on la intensión de que el impuesto empresarial a tasa única coadyuve en el
Más detallesRESOLUCIÓN EJERCICIO Nº ANTICIPOS EN UNA SUCESIÓN INDIVISA
RESOLUCIÓN EJERCICIO Nº 5.01. ANTICIPOS EN UNA SUCESIÓN INDIVISA NORMATIVA APLICABLE: Arts 33-36 LIG; Arts. 52-55 DR; RG (AFIP) N 327 DATOS DEL EJERCICIO: Cálculo de los Anticipos Concepto Impuesto determinado
Más detallesCOMUNICADOS TRIBUTARIOS
INSOTAX S.A.S COMUNICADOS TRIBUTARIOS De: JOSE LIBARDO HOYOS RAMIREZ Fecha: 6 de ENERO de 2016 TEMA: RENTA PERSONAS NATURALES RESIDENTES EN COLOMBIA SUB TEMA: PERSONAS NATURALES RESIDENTES EN COLOMBIA
Más detallesPLAZO PARA DECLARAR Y PAGAR EL IMPUESTO SOBRE LAS VENTAS - IVA- DECLARACIÓN y PAGO BIMESTRAL DEL IVA.
PLAZO PARA DECLARAR Y PAGAR EL IMPUESTO SOBRE LAS VENTAS - IVA- DECLARACIÓN y PAGO BIMESTRAL DEL IVA. Los responsables de este impuesto, grandes contribuyentes y aquellas personas jurídicas y naturales
Más detallesColombian_Tax_Flash. "Por la cual se expiden normas en materia tributaria y se dictan otras disposiciones" EL CONGRESO DE LA REPÚBLICA DE COLOMBIA
PROYECTO DE LEY "Por la cual se expiden normas en materia tributaria y se dictan otras disposiciones" EL CONGRESO DE LA REPÚBLICA DE COLOMBIA DECRETA: CAPITULO I PERSONAS NATURALES ARTÍCULO 1. Modifíquese
Más detallesCreemos de suma importancia analizar lo dicho en el oficio, para lo cual debemos en primer lugar considerar la norma en mención:
Fecha: Lunes 5 de abril de 2015 Título: Opinión CETA Realización del Ingreso en Rendimientos de Fondos de Inversión Colectiva Asociado: EDUAR BENJUMEA BENJUMEA El pasado 26 de marzo la Subdirección de
Más detallesArtículo 1. Modifíquese el artículo 6º del Estatuto Tributario, el cual quedará así:
CONGRESO DE LA REPÚBLICA LEY 1607 DE 2012 (Diciembre26) por la cual se expiden normas en materia tributaria y se dictan otras disposiciones. El Congreso de Colombia DECRETA: CAPÍTULO I Personas naturales
Más detallesAgenda Tributaria 2016
Dirección Seccional de Impuestos y Aduanas Nacionales de Bucaramanga Agenda Tributaria 2016 Nos acercamos a los coontribuyentes, para que los coontribuyentes se acerquen al País. V.22.01.2016 Página 2
Más detallesMINISTERIO DE HACIENDA Y CREDITO PÚBLICO DECRETO NÚMERO DE 2013 ( )
REPÚBLICA DE COLOMBIA MINISTERIO DE HACIENDA Y CREDITO PÚBLICO DECRETO NÚMERO DE 2013 ( ) Por el cual se reglamenta parcialmente el Estatuto Tributario EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE COLOMBIA En uso
Más detallesAl revisar el artículo 383 del Estatuto Tributario, el cual fue modificado por la Ley 1111 de 2006, señala que:
CONCEPTO 242966 DE 2011 (enero 26) SERVICIO NACIONAL DE APRENDIZAJE Para: De: Asunto: Dra. Maria Ignacia Valencia, Jefe oficina de Control Interno. Coordinadora
Más detallesVISTA HERMOSA META 2014
IMPUESTO PREDIAL IMPUESTO DE INDUSTRIA VISTA HERMOSA META 2014 SISTEMA DE INFORMACIÓN AL SERVICIO DEL CIUDADANO IMPUESTO PREDIAL E INDUSTRIA REPUBLICA DE COLOMBIA DEPARTAMENTO DEL META MUNICIPIO DE VISTA
Más detallesDESUSO Y VENTA Y REEMPLAZO
DESUSO Y VENTA Y REEMPLAZO Bienes muebles amortizables fuera de uso. Tratamiento impositivo: cuando alguno de los bienes amortizables, salvo los inmuebles, quedara fuera de uso (desuso), el contribuyente
Más detallesJOHN ALIRIO PINZÓN PINZÓN
Oficio N 040924 Julio 11 de 2014 Dirección de impuestos y aduanas nacionales Subdirección de Gestión Normativa y Doctrina Bogotá D.C. 100208221-000525 Señor JOHN ALIRIO PINZÓN PINZÓN j_pinzon2007@hotmail.com
Más detallesTABLA DE RESOLUCIONES Y CIRCULARES MÁS IMPORTANTES RELATIVAS A LAS DECLARACIONES JURADAS Y CERTIFICADOS 1 RESOL. EX. N 065, D.O. 18.01.93, MODIFICADA POR RESOLS. EXS. N s. 4.571, 7.211 y 5316, D.O. 31.10.94,
Más detallesArtículo 296. Impuesto patrimonial por fracción de año (Derogado Ley 6/92 art. 140)
Artículo 296. Impuesto patrimonial por fracción de año (Derogado Ley 6/92 art. 140) Artículo 297. Descuento al impuesto de patrimonio (Derogado Ley 6/92 Art. 140) Artículo 298. Facultades para eliminar
Más detallesINDICE DE CONTENIDO OBJETIVO 3 * RETENCIONES EN MATERIA DE IMPUESTO SOBRE LA RENTA
INDICE DE CONTENIDO OBJETIVO 1 * IMPUESTO AL VALOR AGREGADO OBJETIVO 2 * IMPUESTO SOBRE LA RENTA OBJETIVO 3 * RETENCIONES EN MATERIA DE IMPUESTO SOBRE LA RENTA OBJETIVO 4 * DÉBITO BANCARIO OBJETIVO 5 IMPUESTOS
Más detallesNORMA FORAL 3/2016, de 18 de mayo, del Catastro Inmobiliario Foral del Territorio Histórico de Bizkaia (BOB 24/05/2016)
Se han aprobado las normas forales correspondientes al Catastro Inmobiliario e IBI (Impuesto sobre Bienes Inmuebles) que tendrán ahora normas separadas lo que agilizará en el futuro cualquier cambio que
Más detallesDerechos reservados. Prohibida su reproducción.
AMNISTÍA EN PAGO DE OBLIGACIONES TRIBUTARIAS CONDICIÓN ESPECIAL PARA EL PAGO CESAR MAURICIO OCHOA PÉREZ Quién podrá acceder a la condición especial para el pago? ARTICULO 57. Condición especial para el
Más detallesOBLIGACIONES TRIBUTARIAS FEBRERO-MARZO
OBLIGACIONES TRIBUTARIAS FEBRERO-MARZO Resumen de obligaciones tributarias de los meses de febrero y marzo de 2015 Gros & Monserrat Área Fiscal Febrero 2015 Gros Monserrat, S.L. Contenido 1 OPCIÓN/RENUNCIA
Más detallesCAUSACIÓN DE LA RETENCIÓN EN LA FUENTE. Consejo de Estado, expediente 15884, mayo 28/09
CAUSACIÓN DE LA RETENCIÓN EN LA FUENTE Consejo de Estado, expediente 15884, mayo 28/09 Junio de 2009 - No. 227 Como se comentó (Boletín 173 frente al concepto 90997 de 2004 que cita la sentencia 10032de
Más detallesBoletín No. 33 Cali, 01 de mayo Las personas obligadas a retener el CREE, artículo 3º, decreto 862 de 2013, son las siguientes:
Boletín No. 33 Cali, 01 de mayo 2013 Retención en la fuente del impuesto sobre la renta para la equidad, CREE Decreto 862 de abril 26 de 2013 Como el impuesto de renta para la equidad, CREE, comienza a
Más detallesPágina 1 de 2 Nueva Consulta Ver Consulta.EN NUM-CONSULTA (V0853-13) NUM-CONSULTA V0853-13 ORGANO SG de Impuestos sobre las Personas Jurídicas FECHA-SALIDA 19/03/2013 NORMATIVA RDLey 12/2012 art. 1.Primero.Cuatro
Más detallesIMPUESTO SOBRE LA RENTA DE LAS PERSONAS FÍSICAS 2014
15/04/2015 IMPUESTO SOBRE LA RENTA DE LAS PERSONAS FÍSICAS 2014 PLAZO El plazo para la presentación de la declaración de Renta de 2014, cualquiera que sea el resultado de la misma será, con carácter general,
Más detallesDECRETO POR EL QUE SE OTORGAN DIVERSOS BENEFICIOS FISCALES EN MATERIA DE LOS IMPUESTOS SOBRE LA RENTA Y EMPRESARIAL A TASA ÚNICA
DECRETO POR EL QUE SE OTORGAN DIVERSOS BENEFICIOS FISCALES EN MATERIA DE LOS IMPUESTOS SOBRE LA RENTA Y EMPRESARIAL A TASA ÚNICA El pasado 5 de noviembre se publicó en el Diario Oficial de la Federación
Más detallesLos VEN-NIF y el. en Venezuela. Norelly Pinto Vargas
Los VEN-NIF y el Impuesto sobre la Renta en Venezuela ENTES EMISORES DE PRINCIPIOS DE CONTABILIDAD EN VENEZUELA ENTIDADES REGULADAS ENTIDADES NO REGULADAS Art. 39 LMV 05/11/2010 Art. 49 LCAFAAAYS 16/11/2010
Más detallesTÉRMINO DE GIRO: SUSTITUCIÓN DEL ARTÍCULO 38 BIS DE LA LIR.
TÉRMINO DE GIRO: SUSTITUCIÓN DEL ARTÍCULO 38 BIS DE LA LIR. Los contribuyentes obligados a declarar su renta efectiva según contabilidad completa, que a contar del 1 de enero de 2015 y hasta el 31 de diciembre
Más detalles