Detectives privados Diplomados Universitarios en Investigación Privada, Universidad Complutense de Madrid
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- Gerardo Cano Alarcón
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2 Diplomados Universitarios en Investigación Privada, Universidad Complutense de Madrid Diplomados Universitarios en Criminología, Universidad Complutense de Madrid La actividad profesional de la Agencia A&A MARWELL-DETECTIVES, se encuentra regulada por la Ley de Seguridad Privada 5/2014 Detectives privados Diplomados Universitarios en Investigación Privada, Universidad Complutense de Madrid Diplomados Universitarios en Criminología, Universidad Complutense de Madrid La
3 Somos una Agencia de Detectives, compuesta por un grupo de profesionales de dilatada experiencia en el mundo de la investigación, debidamente legitimados por la Dirección General de la Policía con el número de Licencia 922.Nuestros detectives, hombres y mujeres, se encuentran titulados por la Universidad Complutense de Madrid. A & A Marwell, desarrolla todo tipo de investigaciones legítimas y a instancia de partes, en el campo empresarial, comercial, financiero, laboral, familiar, etc garantizando en todo momento la más absoluta reserva y secreto profesional. El resultado de nuestras investigaciones, es redactado por escrito en un Informe detallado, acompañado en su caso por las pruebas fotográficas, audio-visuales, etc obtenidas en el transcurso del servicio, debidamente sellado y firmado por nuestros profesionales, los cuales podrán ser requeridos en cualquier momento para su Ratificación Judicial ante el Tribunal de Justicia competente.
4 El artículo 101 del Real Decreto 2364/1994 que aprueba el Reglamento de Seguridad Privada, y la Ley 5/2014 regulan las funciones que deben realizar los detectives privados, resumiéndose las mismas en la obtención de pruebas e información para la resolución de asuntos privados a instancia de parte, debidamente legitimada para la contratación, y siempre con la utilización de medios legales que no atenten contra derechos constitucionales del honor y la intimidad. El Real Decreto 2364/1994, como también los reales decretos 938/1997 y 1123/2001 establecen que el detective privado tiene potestad para investigar asuntos privados, tales como conductas o hechos privados dentro del ámbito económico, laboral, mercantil, financiero, personal, familiar o social, siempre que no estén dentro de la tipología de delitos.
5 A & A Marwell, como miembro de La Asociación Profesional de Detectives Privados de España (APDPE) cuenta con un Código Deontológico que contiene un listado de deberes y obligaciones que pretenden garantizar el correcto ejercicio de esta profesión. Según este código, el detective está obligado a cumplir los Estatutos de la Asociación y los Reglamentos de Régimen Interior, como también los acuerdos y decisiones tomados por los órganos asociativos. Además, entre otros puntos, el investigador debe cumplir las normas vigentes de aplicación a la profesión y denunciar a la Asociación Profesional cualquier acto de intrusismo del que tenga conocimiento así como de casos de ejercicio ilegal de la profesión.
6 El Detective Privado ofrecerá al cliente sus conocimientos y experiencia para la buena realización de los asuntos que le sean encomendados. Sólo podrá encargarse de asuntos por legítimo mandato del cliente u otro profesional del sector. Está obligado a proteger los intereses de su cliente mientras no se opongan a sus deberes profesionales. El investigador no debe aceptar asuntos que sean de intereses contrapuestos a los suyos. El Detective Privado debe informar de forma veraz y exclusivamente al cliente sobre los resultados de la investigación. También encontramos las obligaciones del Detective Privado con los Tribunales u Órganos Jurisdiccionales y las Administraciones Públicas. Los investigadores deben guardar lealtad y veracidad en sus informes y declaraciones. Deben cumplir y hacer cumplir el principio de legalidad.
7 Informes laborales» - Control rendimiento empleados» - Bajas fingidas» - Absentismos» - Competencia desleal» Arrendamientos urbanos» - Duplicidad de vivienda» - Subarriendos ilegales» - Utilizaciones indebidas» - Informe previo inquilino» Informes financieros» - Solvencias física/jurídica» - Quiebras/suspensión de pagos» - Localización de bienes» - Patentes y Marcas» - Insolvencias fingidas» - Localizac. sociedades/administradores»
8 Aspecto técnico -pericial» - Sabotaje industrial» - Plagio Patentes y Marcas» - Dactiloscopia» - Contraespionaje industrial» - Estudios caligráficos» - Análisis de audio» Informes familiares» - Prematrimoniales» - Separaciones/divorcios» - Consumo estupefacientes» - Control de menores» Otros servicios» - Localización de micrófonos» - Barridos telefónicos-ambientales» - Control comerciales/vendedores» - Siniestros fraudulentos» - Sistemas localización por GPS»
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10 1. OBSERVACIONES Y VIGILANCIAS 1.1. Honorarios De 1 a 3 horas por persona y día 120,00 Por cada hora siguiente y persona 40,00 Por cada Km recorrido en el servicio 0,40 Las horas comprendidas entre las 22:00 y 08:00 horas, así como festivos y fines de semana, se incrementarían un 40% Gastos Los gastos ocasionados con motivo del servicio se facturarán por separado, debidamente justificados.
11 2. BUSQUEDAS Y LOCALIZACIONES Las partes establecerán, en función del grado de dificultad del servicio, un presupuesto de actuación al que quedaran sometidos conforme a la legislación vigente 3. SERVICIOS DE INFORMACION Se aplicara con carácter general lo dispuesto para observaciones y vigilancias, respetando los mínimos que se detallan: Verificación de antecedentes laborales 270,00 Financieros (solvencias, alzamientos ) 600,00 Personales (circunstancias de persona física) 500,00 Ley de arrendamientos 500,00 Sin perjuicio de lo dispuesto en el punto anterior las partes podrán establecer, en función del grado de dificultad del servicio, un presupuesto de actuación al que quedaran sometidas las partes conforme a la legislación vigente
12 4. SERVICIOS DE SEGURIDAD ELECTRONICA Servicios de detección de escuchas clandestinas, ambientales o telefónicas y otros dispositivos de observación y control Revisión por habitáculo 550,00 Sin perjuicio de lo anterior, y en función de las dimensiones, sistemas informáticos y de comunicación existentes, las partes podrán establecer un presupuesto de actuación acorde, al que quedaran sometidos conforme a la legislación vigente 5. CONSULTAS El tiempo dedicado por el detective o personal de la Agencia en la atención de clientes no se considera facturable, por lo que se entiende sin costo ni compromiso alguno por parte del cliente. 6. RATIFICACION JUDICIAL Se facturara al cliente la cantidad de 200,00 por comparecencia. Cualquier Ratificación fuera de la C.C.A.A. Madrid, conllevará los gastos ocasionados debidamente justificados.
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