_^QETFTOPEFTÜ petroleosdeleerusa. 1. Monto Estimado Referencial

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1 petroleosdeleerusa _^QETFTOPEFTÜ DE LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD EN EL PERÚ" "Año DE LA PRoMoclóru oe LA INDUSTRTA RESpoNSABLE y DEL compromtso cuuálco" LOG2-CS L4 Talara, 17 de Setiembre del 2014 Señores: PARTICIPANTES TALARA.- De nuestra consideración: Nos dirigimos a ustedes, para invitarlos al Proceso de Competencia Menor N" CME t4- OTL/PETROPERU Segunda Convocatoria, para contratar el "SERVICIO DE TELEVISION E INTERNET FIJO EN CONDOMINIO PUNTA ARENAS". El siguiente es el cronograma de actividades: 1. Monto Estimado Referencial RESERVADO 2. Cronograma Presentación de Consultas Hasta las l-6:00 horas del día 22 de Setiembre del 2074, en la oficina de Trámite Documentario ingreso Portón N" 5 - Refinería Talara Absolución de Consultas El día 26 de Setiembre del lntegración de Bases Eldía 30 de Setiembre del Presentación de Propuestas El día 06 de Octubre del 2014 hasta las 16:00 horas, en la oficina de Trámite Documentario ingreso Portón N' 5 - Refinería Talara Otorgamiento de la Buena Pro Eldía 14 de Octubre del lnformación del presente proceso Las Bases se podrán obtener en el Link N" 3 (Procesos de Selección), del Sistema Electrónico de Adquisiciones y Contrataciones del Estado (SEACE), dirección electrónica: http// En dicha dirección electrónica, se podrá consultar la Absolución de Consultas, lntegración de Bases y el otorgamiento de la Buena Pro, así como las modificaciones al cronograma del proceso, de ser el caso. Atentamente, José Martínez A. Jefe Unidad Contratación de Servicios y Obras Petróleos del Perú - PETROPERÚ S'A' Calle 4OO - Portón N' 5 Edificio Adminislrativo - Talara TELEFONO: 07 }2e/.aOO. FAX:

2 PETRÓLEOS DEL PERÚ - PETROPERÚ S.A. BASES INTEGRADAS DEL PROCESO POR COMPETENCIA MENOR CME OTL/PETROPERU CONTRATACION DEL SERVICIO DE TELEVISION E INTERNET FIJO EN CONDOMINIO PUNTA ARENAS SEGUNDA CONVOCATORIA Í N D I C E Página BASES ADMINISTRATIVAS 1. GENERALIDADES 2 2. MARCO LEGAL 2 3. DE LOS POSTORES 2 4. MONTO ESTIMADO REFERENCIAL 2 5. RECURSOS FINANCIEROS 2 6. VALIDEZ DE LA OFERTA 2 7. PLAZO DE EJECUCION 2 8. CONDICIONES DEL PROCESO 2 9. SISTEMA DE CONTRATACION EVALUACION DE PROPUESTAS METODOLOGIA DE EVALUACION OTORGAMIENTO DE LA BUENA PRO RECURSOS DE APELACION Y REVISION ORDEN DE TRABAJO A TERCEROS FORMA DE PAGO PENALIDAD POR MORA PERSONAL DE EL CONTRATISTA SEGURIDAD Y PROTECCION AMBIENTAL SEGUROS INEXISTENCIA DE RELACION LABORAL CON PETROPERU DISTINCION RESPECTO A LA INTERMEDIACION LABORAL SOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS DURANTE LA EJECUCIÓN CONTRACTUAL RECEPCION Y CONFORMIDAD DEL SERVICIO Y EFECTOS CUMPLIMIENTO OBLIGATORIO DE LA POLÍTICA CORPORATIVA DE SEGURIDAD DE LA 8 INFORMACIÓN Y DEL REGLAMENTO DE SEGURIDAD DE LA INFORMACIÓN DE PETROPERU S.A FORMATO Nº 1 MODELO DE DECLARACIÓN JURADA CON DATOS DEL POSTOR 9 ADJUNTO DEL FORMATO Nº 1 IMPEDIMENTOS PARA SER POSTORES Y/O CONTRATISTAS DE 10 PETROPERU S.A. FORMATO Nº 2 DATOS DEL POSTOR SOBRE CONSTITUCION DE EMPRESA 11 FORMATO Nº 3 PROMESA FORMAL DE CONSORCIO 12 FORMATO Nº 4 MODELO DE CARTA PROPUESTA ECONOMICA 13 FORMATO Nº 4-A MODELO DE PRESUPUESTO DETALLADO 14 FORMATO Nº 5 MODELO DE DECLARACION JURADA CON LISTADO DE CANALES DE TELEVISIÓN 15 ANEXO Nº 1 CRITERIOS Y PARAMETROS DE EVALUACION DE PROPUESTAS 16 ANEXO Nº 1-A RELACION DE DOCUMENTOS QUE ACREDITEN LA EXPERIENCIA DEL POSTOR 18 BASES TÉCNICAS 19 ADJUNTO ADMINISTRATIVO Nº 1 POLITICA INTEGRADA DE GESTION DE LA CALIDAD, AMBIENTE, 33 SEGURIDAD Y SALUD OCUPACIONAL ADJUNTO ADMINISTRATIVO Nº 2 CONDICIONES MINIMAS DE SEGURIDAD, SALUD EN EL TRABAJO 34 PROTECCIÓN AMBIENTAL EN LA CONTRATACIÓN DE OBRAS, SERVICIO Y ADQUISICIONES EN OPERACIONES TALARA. ADJUNTO ADMINISTRATIVO Nº 3 CÓDIGO DE INTEGRIDAD DE PETROLEOS DEL PERU 38 PETROPERU S.A. ADJUNTO ADMINISTRATIVO Nº 4 POLÍTICA CORPORATIVA DE SEGURIDAD DE LA INFORMACIÓN 41 DE PETROLEOS DEL PERÙ PETROPERU S. A. ADJUNTO ADMINISTRATIVO Nº 5 POLÍTICA DE RESPONSABILIDAD 42

3 BASES DEL PROCESO Nº CME OTL/PETROPERU (Nº. INTERNO CME RT-ADM2-SV 2 BASES ADMINISTRATIVAS PROCESO POR COMPETENCIA MENOR Nº CME OTL/PETROPERU SEGUNDA CONVOCATORIA 1. GEN ER AL I D AD ES Petróleos del Perú - PETROPERU S.A., en adelante PETROPERU, con RUC , domiciliado en calle 400 portón Nº 5 área industrial Ref inería Talara, conv oca la contratación del SERVICIO DE TELEVISION E INTERNET FIJO EN CONDOMINIO PUNTA ARENAS, que se realizará mediante proceso por Competencia Menor en los términos y condiciones que se detallan en las presentes Bases Administrativ as y Técnicas. 2. MAR C O L EGAL Reglamento de Contrataciones de Petróleos del Perú - PETROPERU S.A., aprobado por Resolución Nº OSCE/PRE, v igente desde el , en adelante el Reglamento. Adjuntos Administrativ os Nº 1, 2, 3, 4 y 5. Los postores y las propuestas deberán cumplir con todas las disposiciones de las Bases Administrativ as y Técnicas, así como con las disposiciones legales v igentes, aplicables al presente Serv icio. 3. DE LOS POSTORES Las empresas que deseen participar en el presente Proceso de Contratación deberán contar con su RNP VIGENTE, de acuerdo a lo establecido en la normativ a que rige las contrataciones públicas Toda comunicación referente al Proceso, deberá ser remitida al correo electrónico: contratosot@petroperu.com.pe El envío de consultas, o cualquier otra comunicación referente al Proceso que sea remitida a correos electrónicos distintos al indicado en el párrafo anterior, serán no admitidos. Es responsabilidad del postor el permanente seguimiento del Proceso a través del SEACE y de la revisión de su correo electrónico. La notificación a través del SEACE prevalece sobre cualquier medio que se haya utilizado adicionalmente, siendo responsabilidad del participante y postor el permanente seguimiento del proceso de contratación a través del SEACE, medio por el cual será oficial y legalmente notificado, así como también es de su responsabilidad la revisión de la información que será enviada a su correo electrónico que consignó al momento de su inscripción. 4. MON TO ESTI MAD O R EF ER EN C I AL El monto estimado ref erencial es RESERVADO. En caso el Monto Total de la mejor of erta supere el Monto Estimado Referencial (Reservado), el otorgamiento de la Buena Pro estará sujeto a la aprobación de PETROPERU. 5. RECURSOS FINANCIEROS Recursos propios de PETROPERÚ 6. VAL I D EZ D E L A OF ER TA El Plazo mínimo de v alidez de of erta será hasta la firma del contrato o emisión de la Orden de Trabajo a Terceros. 7. PL AZ O D E EJEC U C I ON Plazo máximo de ejecución del serv icio es de veinticuatro (24) meses calendario. 8. C ON D I C I ON ES D EL PR OC ESO 8.1 Las consultas a las Bases serán f ormuladas por escrito a la siguiente dirección: - Petróleos del Perú PETROPERU S.A. Ref inería Talara. Ref inería Talara - Of icina de Trámite Documentario - Calle Portón Nº 5 Talara Piura - Perú. Ref erencia: Competencia Menor Nº CME OTL/PETROPERÚ. - O al Telef ax: (073) O al contratosot@petroperu.com.pe El plazo para la presentación de consultas se indica en el av iso de conv ocatoria publicado en el SEACE. Las respuestas a las consultas se notificarán a través del SEACE en la f echa indicada en el av iso de conv ocatoria. Las respuestas a las consultas f ormarán parte de las presentes Bases y se integrarán a éstas en la f echa indicada en av iso de conv ocatoria publicado en el SEACE. 8.2 El proceso de contratación podrá ser declarado desierto por las causales a que se contrae el numeral 12 del Reglamento, asimismo, podrá cancelarse el proceso de contratación hasta antes del otorgamiento de la Buena Pro, según las causales prev istas en el numeral 13 del Reglamento. El proceso de contratación podrá ser declarado nulo por las causales a que se contrae el numeral 14 del Reglamento. 8.3 PETROPERU podrá postergar las etapas del proceso, incluso hasta momentos previos a la realización del acto respectiv o; las nuevas fechas serán dadas a conocer por los mismos medios en que se ef ectuó la convocatoria. En caso de que el día señalado en el cronograma resulte no laborable para PETROPERU, el acto se ef ectuará al día hábil siguiente, dejándose constancia de esta circunstancia en el acta. 8.4 El acto de presentación de propuestas se realizará en la Of icina de trámite documentario sito en Calle 400 S/N Portón Nº 5 Talara, hasta el día y hora señalados en el av iso de conv ocatoria publicado en el SEACE.

4 BASES DEL PROCESO Nº CME OTL/PETROPERU (Nº. INTERNO CME RT-ADM2-SV 3 Forma de Presentación: Las propuestas serán presentadas en dos sobres cerrados de la siguiente manera: Sobre Nº 1: Propuesta Técnica y Sobre Nº 2: Propuesta Económica, los mismos que deberán estar rotulados e identif icados tal como se indica a continuación: SOBRE Nº 01 PROPUESTA TÉCNICA Petróleos del Perú PETROPERU S.A. REFINERÍA TALARA COMPETENCIA MENOR Nº CME OTL/PETROPERU SEGUNDA CONVOCATORIA SERVICIO DE <Nombre del Postor> <RUC> SOBRE Nº 02 PROPUESTA ECONÓMICA Petróleos del Perú PETROPERU S.A. REFINERÍA TALARA COMPETENCIA MENOR Nº CME OTL/PETROPERU SEGUNDA CONVOCATORIA SERVICIO DE <Nombre del Postor> <RUC> 8.5 Contenido de las propuestas. Las propuestas serán presentadas en original. Deben estar selladas y f irmadas por el postor o su representante legal o apoderado y serán f oliadas correlativ amente empezando por el número uno. A) CONTENIDO DEL SOBRE Nº 1 - PROPUESTA TÉCNICA Indicar Nº propuesta. La propuesta técnica deberá contener, los siguientes documentos: a) De presentación obligatoria: - Declaración Jurada de Datos del Postor según modelo del Formato Nº 1. (*)(**). - Datos del Postor sobre Constitución de Empresa según Formato Nº 2. Para el caso de Personas Naturales, deberán presentar copia de f icha RUC. (*)(**). Requerimientos Técnicos Mínimos: El Postor, deberá acreditar una experiencia mínima por un monto de S/. 55, (Cincuenta y seis mil nov ecientos noventa y nueve con 99/100 Nuevos Soles) en servicios relacionados al suministro de señal de telev isión (por cable y /o satelital) y/o suministro de internet f ijo, en un periodo de diez (10) años a la f echa de la presentación de propuestas. Dicha experiencia mínima solicitada deberá ser acreditada de acuerdo a lo indicado en el literal A del Anexo Nº 1 de las presentes bases. El Postor del Ítem Nº 2: Deberá declarar en el Formato Nº 5 un listado que contenga como mínimo cincuenta (50) canales de telev isión. Deberá presentar las autorizaciones y licencias necesarias del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, para prov eer el serv icio de telev isión satelital o por cable en el país. MUY IMPORTANTE, la omisión de alguno de los documentos enunciados causará la descalificación de la propuesta. b) De ser el caso: - Declaración Jurada con listado de canales de telev isión a ofrecer en el servicio. Formato Nº 5 (Para los postores del Ítem Nº 2). - Promesa Formal de Consorcio, de acuerdo a la normativ a en materia de Contrataciones del Estado, cuando corresponda, Formato Nº 3. c) Para efectos de evaluación: Deberá presentar los siguientes documentos: - Documentación que acredite los f actores de ev aluación establecidos, con un máximo de diez (10) trabajos, según Anexos Nº 1 y 1-A. (*) En caso de consorcio la documentación será presentada de acuerdo a lo dispuesto en la Directiva Nº OSCE/CD, sobre consorcios. (**) Se debe tener en cuenta que, estos documentos deben ser presentados por cada integrante del consorcio. B) CONTENIDO DEL SOBRE Nº 2 - PROPUESTA ECONÓMICA Indicar Nº propuesta. Este sobre debe contener el Monto total de la propuesta a Precios Unitarios, expresado en Nuevos Soles de acuerdo al Modelo de presentación indicado en los Formatos Nº 4 y 4-A. 8.6 Todos los documentos que contengan inf ormación esencial sobre las propuestas se presentarán en idioma español o, en su def ecto, acompañados de traducción por un traductor público juramentado, salv o el caso de la inf ormación complementaria contenida en f olletos, instructiv os, catálogos o similares, que podrá ser presentada en idioma español o inglés. El postor será responsable de la exactitud y v eracidad de dichos documentos. Toda información entregada por el postor en su propuesta tendrá carácter de declaración jurada.

5 BASES DEL PROCESO Nº CME OTL/PETROPERU (Nº. INTERNO CME RT-ADM2-SV En mérito al principio de presunción de v eracidad, PETROPERU admitirá la inf ormación y documentación presentada por los postores con sus propuestas en el proceso de contratación, reserv ándose el derecho de v erif icar la v alidez y v eracidad de las mismas. De adv ertirse información f alsa o inexacta se descalif icará al postor, sin que ello pueda dar derecho a los postores a demandar pérdidas o intereses por los gastos en que hubieran podido incurrir, como consecuencia de la preparación y presentación de las of ertas, de la constitución de garantías o de cualquier otro concepto; e inf ormándose al OSCE para la iniciación del procedimiento administrativ o sancionador. De adv ertirse inf ormacion falsa o inexacta durante la ejecucion contractual, PETROPERU declarará la nulidad del contrato en la v ía administrativ a aprobada por el niv el señalado en el cuadro de niv eles de aprobacion v igente. 8.8 PETROPERU, podrá solicitar a los postores documentos aclaratorios o subsanaciones por def ectos de f orma tales como omisiones o errores subsanables en los documentos presentados, siempre que ello no constituy a modif icación de su propuesta técnico económica. Se entiende por modif icación, la v ariación de precios, condiciones de pago, f inanciamiento, requerimientos técnicos mínimos, plazo de entrega exigido en las bases u of ertado por los postores y otras condiciones determinantes para la ev aluación de la mejor propuesta. La f acultad de solicitar aclaraciones respecto de la propuesta técnica se podrá ejercer durante la etapa de ev aluación técnica y hasta antes de la apertura del sobre económico. En el caso de la propuesta económica se podrá solicitar aclaración durante la etapa de ev aluación económica y hasta antes del otorgamiento de la Buena Pro. 8.9 Los def ectos de f orma tales como omisiones o errores subsanables en los documentos presentados, que no modif iquen el alcance de la propuesta serán subsanados por el postor en el plazo no may or a dos (02) días hábiles contados desde el día siguiente de la notif icación para que el postor aclare o subsane, en cuy o caso la propuesta continuará v igente para todo ef ecto, a condición de la ef ectiv a aclaración o subsanación en el plazo prev isto, salv o que lo observ ado pueda corregirse en el mismo acto. 9. SISTEMA DE CONTRATACION El sistema de contratación es a Precios Unitarios. 10. EVAL U AC I ÓN D E PR OPU ESTAS PETROPERU ev aluará y calificará las propuestas técnicas y económicas que cumplan con lo especif icado en las Bases, en actos priv ados, considerando los criterios y parámetros de ev aluación detallados en el numeral 11. Las propuestas técnicas serán descalificadas cuando: 10.1 No cumplan los Requerimientos Técnicos Mínimos; 10.2 No incluy an la documentación requerida como obligatoria indicada en el numeral 8.5 A de estas Bases Contengan inf ormación discrepante con los f olletos, instructiv os, catálogos o similares, que no permitan determinar si la propuesta cumple los Requerimientos Técnicos Mínimos; 10.4 Contengan inf ormación f alsa o inexacta No alcancen el puntaje técnico mínimo requerido para acceder a la ev aluación económica, cuando corresponda. Las propuestas económicas serán descalificadas cuando: 10.6 Presenten errores no subsanables, salv o que se configure el supuesto previsto en el numeral 29 del Anexo N 1 del Reglamento Cuando no señalen cualquiera de los datos ref eridos a cantidad, precio unitario, unidad de medida, subtotal, gastos generales y utilidad, de ser el caso, o modif iquen las cantidades y omitan alguna(s) de las partidas prev istas en las Bases. 11. METODOLOGÍA DE EVALUACIÓN 11.1 Sólo se ev aluarán las propuestas que han cumplido la TOTALIDAD de los Requerimientos Técnicos Mínimos (RTM) y los documentos requeridos. Las propuestas que no cumplan con lo indicado no serán admitidas La ev aluación de las propuestas se realizará en dos etapas: La primera es la ev aluación técnica, cuy a f inalidad es seleccionar las propuestas que cumplan los Requerimientos Técnicos Mínimos y los f actores, criterios y puntajes establecidos en las Bases. La segunda etapa es la de ev aluación económica, cuy o objeto es calif icar el monto de la propuesta, asignando el puntaje máximo a la propuesta económica de menor monto y al resto de las propuestas se le asignará el puntaje de f orma inv ersamente proporcional Los f actores y criterios de ev aluación, así como la metodología, se encuentran desarrolladas en los Anexos Nº 1 Y 1-A. 12. OTOR GAMI EN TO D E L A B U EN A PR O PETROPERU otorgará la Buena Pro por Ítem a la propuesta que obtenga el may or puntaje total, de acuerdo a lo establecido en las presentes Bases. En el supuesto que dos o más propuestas empaten, el otorgamiento de la Buena Pro se ef ectuará observ ando estrictamente el siguiente orden: a) Con pref erencia a f av or de las micro o pequeñas empresas ganadoras. b) A f av or del postor que haya obtenido el mejor puntaje técnico, cuando las Bases hayan establecido calif icación técnica. c) A trav és del sorteo, en el mismo acto, para lo cual es obligatorio inv itar a dicho acto a la totalidad de postores empatados. La inasistencia de algún postor no impide la realización del sorteo.

6 BASES DEL PROCESO Nº CME OTL/PETROPERU (Nº. INTERNO CME RT-ADM2-SV 5 En caso de ser necesario determinar la Buena Pro en sorteo, ésta se realizará con presencia de los postores que asistan al acto del sorteo. Para tal ef ecto, prev iamente PETROPERU comunicará a los postores que empaten a apersonarse al lugar, f echa y hora, con su respectiva carta simple de acreditación y documento de identidad. En el sorteo participarán todos los postores que lleguen hasta esa etapa, así no asista el representante de algún postor. La Buena Pro se registrará en el SEACE el mismo día de su otorgamiento y se entenderá notificada al día siguiente. Su registro incluirá el acta y el cuadro comparativ o detallado con los resultados de la ev aluación. En caso de haberse presentado una sola propuesta, el consentimiento de la Buena Pro se producirá el mismo día de su notif icación. 13. R EC U R SOS D E APEL AC I ÓN Y R EVI SI ÓN Los postores podrán interponer los recursos de apelación y rev isión, según lo establecido en el Reglamento, de acuerdo a lo siguiente: - Los postores podrán presentar recursos de apelación ante PETROPERÚ solo después de otorgada la Buena Pro o declarado desierto por descalif icación o inadmisibilidad de propuestas. El plazo para su interposición es de tres (03) días hábiles siguientes a la notif icación de la Buena Pro a trav és del SEACE. La interposición del recurso de apelación en la oportunidad antes señalada suspende la tramitación del proceso. En caso se interponga el recurso de apelación antes del otorgamiento de la Buena Pro, será declarado improcedente y no suspenderá el trámite del proceso. - El recurso de Apelación será presentado en documentos originales únicamente en la Of icina de Trámite Documentario de Ref inería Talara, sito en Calle 400 Ref inería Talara - Acceso por Portón Nº 5, Talara, dentro del horario de atención (de 8:00 a.m. hasta las 4:00 p.m.) - Al momento de la presentación del recurso de apelación, los postores adjuntarán Carta Fianza irrev ocable, solidaria, incondicional y de realización automática, por el 1% del Monto Estimado Ref erencial a f av or del OSCE. Las Garantías que presenten los consorcios, para la f irma del contrato, durante la ejecución contractual y para la interposición de los recursos administrativ os, además de cumplir con las condiciones establecidas en el artículo 39 de la Ley de Contrataciones del Estado, deberán consignar expresamente el nombre completo o la denominación o razón social de los integrantes del consorcio, en calidad de garantizados, de lo contrario no podrán ser aceptadas por las Entidades. No se cumple el requisito antes indicado si se consigna únicamente la denominación del consorcio de conf ormidad con el numeral de la Directiv a Nº OSCE/CD - Dentro de los tres (03) días hábiles contados a partir del día siguiente de publicada en el SEACE la resolución que resuelv e el recurso de apelación, se podrá interponer recurso de rev isión ante el Tribunal de Contrataciones del Estado. - Vencido el plazo máximo de diez (10) días hábiles sin que PETROPERÚ publique en el SEACE su resolución, el postor apelante tendrá por denegado su recurso y podrá interponer recurso de rev isión contra la denegatoria f icta ante el Tribunal de Contrataciones del Estado. PETROPERÚ elev ará todo lo actuado al Tribunal de Contrataciones del Estado, incluy endo la garantía, en un plazo no may or de tres (03) días hábiles, luego de haber recibido el requerimiento del Tribunal. - Es procedente el desistimiento del recurso de apelación dentro de los cinco (5) días hábiles de admitido el recurso; en este caso, PETROPERU dev olv erá la Carta Fianza directamente al postor. - El desistimiento se solicitará mediante escrito con firma legalizada ante Notario Público. PETROPERU lo aceptará, salv o que considere de interés público que el recurso de apelación sea resuelto. 14. OR D EN D E TR AB AJO A TER C ER OS Para la emisión de la Orden de Trabajo a Terceros (OTT), el Contratista ganador de la Buena Pro deberá entregar la siguiente documentación: Copia del DNI del Representante Legal. (*) Copia de f icha RUC de la empresa, VIGENTE a la f echa del proceso.(*) Contrato de Consorcio con f irmas legalizadas ante Notario Público de los representantes legales de los postores que se consorcian, de acuerdo con los dispuesto en la Directiva Nº OSCE/CD, cuando corresponda. Constancia de Vigencia de Poder del Representante Legal que suscriba el Contrato; la misma que deberá tener una antigüedad no may or a tres (03) meses, contados desde la fecha de su expedición por la correspondiente Zona Registral de SUNARP. En el poder otorgado al representante legal, deberá indicarse, la facultad para suscribir Contratos y otros actos administrativos derivados de los procesos de contratación en el que participa el postor. Constancia de Inscripción en el REMYPE, cuando corresponda. (*) En caso de consorcio la documentación será presentada de acuerdo a lo dispuesto en la Directiva Nº OSCE/CD, sobre consorcios Dentro de los tres (03) días hábiles de consentida la Buena Pro, el Contratista ganador de la Buena Pro deberá entregar los documentos indicados en el numeral Este plazo podrá ser ampliado en dos (02) días hábiles, a solicitud del Contratista y prev ia aprobación de PETROPERU, siempre que medie una causa justif icada para otorgar dicha ampliación Una v ez cumplido con lo indicado en el numeral 14.2, el Contratista suscribirá la OTT dentro de los dos (02) días hábiles siguientes. Cuando el Contratista ganador no se presenta a suscribir el contrato dentro del plazo otorgado, perderá automáticamente la Buena Pro, sin perjuicio de la Sanción Administrativ a aplicable, de acuerdo al numeral 10.1 del Reglamento, en tal caso PETROPERU citará al postor que ocupó el segundo lugar en el orden de Prelación Antes de iniciar el Serv icio, el CONTRATISTA ganador de la buena Pro, deberá presentar al Administrador del Contrato, los siguientes documentos: Copia del DNI y foto tamaño carnet del personal propuesto por la contratista para la ejecución del serv icio. Declaración Jurada de Antecedentes Penales del personal propuesto por la contratista para la ejecución del serv icio.

7 BASES DEL PROCESO Nº CME OTL/PETROPERU (Nº. INTERNO CME RT-ADM2-SV 6 Original de Certif icado de Antecedentes Policiales (vigente) del personal propuesto por la contratista para la ejecución del serv icio, expedido por la Comisaría del Sector. Original de Certif icado Médico (antigüedad no may or a seis meses), donde se indique la realización del examen médico al personal propuesto para la ejecución del serv icio. Asimismo, de ser el caso, deberá presentar los documentos necesarios para el cumplimiento de las condiciones propias para el inicio del servicio, las mismas que se encuentra detalladas en las Bases Técnicas del Proceso. SEGUROS Seguro Complementario de Trabajo de Riesgo (*): Copia del Contrato de Seguro Complementario de Trabajo de Riesgo-SCTR debidamente suscrito por el Representante de la Empresa ganadora de la Buena Pro y emitida por ESSALUD o con una Compañía de Seguros, vigente, a la que adjuntarán copia del comprobante de pago del aporte/prima, mensual, según corresponda. Copia de la Póliza de Seguro Complementario de Trabajo de Riesgo emitida por la Of icina de Normalización Prev isional ONP ó una Compañía de Seguros, con los que se acrediten la contratación de la cobertura de invalidez y sepelio en concordancia con lo normado a Ley, por el tiempo que dure la prestación del serv icio. Vigencia: La v igencia para tener derecho a las coberturas de salud o pensiones del SCTR, lo da el pago mensual, obligatorio, que debe hacer el CONTRATISTA a ESSALUD o Compañía de Seguros con quien celebró el contrato anual por este seguro de alto riesgo. (*)De conformidad con lo dispuesto por el Artículo 19 de la Ley 26790, el Anexo Nº 05 y los Artículos 82, 83 y 84 de su Reglamento, aprobado por D.S. No SA y modificado por el D.S. No SA, las refinerías de petróleo están consideradas como actividades de alto riesgo; por lo que, los contratistas y subcontratistas que destacan su personal a las instalaciones de Operaciones Talara, están obligados a contratar para este personal, las pólizas del Seguro Complementario de Trabajo de Riesgo (SCTR) con las correspondientes coberturas para las prestaciones de salud y para la de invalidez y sepelio. 15. F OR MA D E PAGO 15.1 PLAZO PARA LOS PAGOS: El CONTRATISTA presentará valorizaciones quincenales, según numeral 15 de las Bases Técnicas. No se otorgará adelantos por este serv icio. PETROPERU ef ectuará el pago de la f actura a los 10 días posteriores de su correcta presentación y prev ia conf ormidad de los serv icios prestados. Dichos pagos tendrán el carácter de pagos a cuenta. Para tal ef ecto, los encargados de emitir la conformidad de recepción de servicios, deberán hacerlo en un plazo que no excederá de los diez (10) días de ser éstos recibidos, a f in de permitir que el pago se realice puntualmente. El CONTRATISTA consignará obligatoriamente en su f actura el número y descripción del contrato. La f actura no será tramitada si no cumple con estos requisitos. El CONTRATISTA tendrá derecho al pago de intereses conf orme a lo establecido en los Artículos 1244º, 1245º y 1246º del Código Civ il en caso de retraso en el pago, contado desde la oportunidad en que éste debió ef ectuarse. 16. PEN AL I D AD POR MOR A En caso de retraso injustif icado en la ejecución de las prestaciones objeto del contrato, PETROPERU aplicará al CONTRATISTA una penalidad por cada día de atraso, hasta por un monto máximo equiv alente al diez por ciento (10%) del monto contractual, o de ser el caso, del ítem, tramo, etapa o lote que debió ejecutarse o de la prestación parcial en el caso de ejecución periódica. Esta penalidad será deducida de los pagos a cuenta, del pago f inal o en la liquidación f inal. En todos los casos, la penalidad se aplicará automáticamente y se calculará de acuerdo a la siguiente f órmula: Penalidad diaria = 0.10 x Monto del Contrato 0.25 x Plazo en días Cuando se llegue a cubrir el monto máximo de la penalidad, PETROPERU podrá resolv er el contrato por incumplimiento. 17. PERSONAL DE EL CONTRATISTA El CONTRATISTA proporcionará para la ejecución de los trabajos el personal, los equipos, las herramientas, etc., por su cuenta y responsabilidad, asumiendo todas las responsabilidades inherentes a su personal, el cual dependerá exclusiv amente de él y respecto del cual PETROPERU no tiene relación laboral alguna. 18. SEGU R I D AD Y PR OTEC C I ON AMB I EN TAL El Contratista está obligado a cumplir y hacer cumplir a su personal las "Normas Básicas de Seguridad y Protección Ambiental para Contratistas de PETROPERU", contenidas en el manual M-040 v igente, copia del cual le será entregado a la f irma del Contrato. Sin embargo, esto no libera al CONTRATISTA de la obligación de adoptar las medidas de seguridad que requiera el Serv icio. Deberá contar con los implementos de protección personal y de seguridad necesarios para la ejecución del Serv icio. El personal del CONTRATISTA tendrá presente toda la Legislación sobre Protección Ambiental, así como de los delitos contra la ecología, contenida en el DL. 635 Delitos contra los Recursos Naturales y el Medio Ambiente así como el cumplimiento de lo señalado en la Guía de Comportamiento Ambiental para Contratistas. Adicionalmente, de requerirse el uso de plásticos, papeles o cartones para la ejecución del serv icio, estos deberán cumplir con lo indicado en el D.S. Nº MINAM artículo 4º numeral a) y numeral b), que establecen utilizar obligatoriamente plásticos, papeles, cartones con un porcentaje de material reciclado y bolsas de plástico biodegradables.

8 BASES DEL PROCESO Nº CME OTL/PETROPERU (Nº. INTERNO CME RT-ADM2-SV SEGU R OS El CONTRATISTA es responsable de cualquier daño que pueda suf rir el personal a su cargo, que interv iene en la ejecución del serv icio u obra, para lo cual debe contar con los seguros pertinentes, que establecen las ley es y el contrato, quedando liberado PETROPERU de cualquier responsabilidad. El personal del CONTRATISTA deberá estar inscrito obligatoriamente en el Seguro Complementario Trabajo de Riesgo (SCTR), tanto en la cobertura de salud (ESSALUD o EPS) como en la cobertura de pensión por inv alidez, sobrev ivencia y sepelio (ONP y Empresas de Seguro debidamente acreditadas), para lo cual deberán contar con las respectiv as pólizas de seguro. Estas pólizas deberán tener v alidez para todas las áreas inv olucradas en el contrato. Es obligación del CONTRATISTA presentar, antes de iniciar la ejecución del contrato, copia de la póliza del Seguro Complementario de Trabajo de Riesgo (SCTR) emitida por la ONP o una compañía de Seguros y copia de la Ficha de Af iliación al Seguro Complementario de Trabajo de Riesgo Salud, emitida por ESSALUD o EPS. 20. I N EXI STEN C I A D E R EL AC I ON L AB OR AL C ON PETR OPER U Las partes contratantes dejan constancia expresa que el contrato suscrito es de naturaleza civ il, y por tanto no existe relación laboral entre PETROPERU y EL CONTRATISTA ; tampoco existe relación contractual ni laboral alguna entre PETROPERU y el personal de El Contratista y /o subcontratista si lo hubiera; precisándose que, el personal de El Contratista depende exclusiv amente de éste. 21. D I STI N C I ÓN R ESPEC TO A L A I N TER MED I AC I ÓN L AB OR AL El presente contrato NO CONSTITUYE UN CONTRATO DE INTERMEDIACIÓN LABORAL, no siendo aplicable lo dispuesto en la Ley N (Ley que regula la activ idad de las Empresas Especiales de Serv i cios y de las Cooperativ as de Trabajadores) y el Decreto Supremo N TR (Reglamento de Intermediaci ón Laboral.) 22. SOL U C I ON D E C ON TR OVER SI AS D U R AN TE L A EJEC U C I ON C ON TR AC TU AL Las controv ersias que surjan entre las partes sobre la ejecución, interpretación, resolución, inexistencia, inef icacia, nulidad o inv alidez del contrato, se resuelv en mediante conciliación o arbitraje, según el acuerdo de las partes. La conciliación debe realizarse en un centro de conciliación público o acreditado por el Ministerio de Justicia. CONCILIACIÓN: La conciliación se desarrollará ante un Centro de Conciliación con sede en la Ciudad de Talara o Piura, por su cercanía con el lugar de ejecución del Contrato (Ref inería Talara). ARBITRAJE: El arbitraje será de derecho e INSTITUCIONAL, bajo la organización y administración de los Órganos del Sistema Nacional de Arbitraje del Organismo Superv isor de las Contrataciones del Estado, SNCA-OSCE; de acuerdo con su Reglamento SNCA-OSCE; y conducido por Tribunal Unipersonal. Si el contrato se trata de ejecución de prestaciones técnicas muy complejas y /o muy especializadas, podría acordarse la conducción del arbitraje por un Tribunal Arbitral; para lo cual, las partes se cursarán prev iamente comunicación escrita para tomar la decisión a f in de que el arbitraje no resulte oneroso. TODOS LOS PLAZOS PREVISTOS SON DE CADUCIDAD. Los procedimientos de conciliación y/o arbitraje deben solicitarse en cualquier momento anterior a la f echa de culminación del contrato. Si la materia controv ertida se refiera a: nulidad de contrato, resolución de contrato, ampliación de plazo contractual, recepción y conformidad de la prestación, valorizaciones o metrados, liquidación del contrato y pago, se debe iniciar el respectiv o procedimiento dentro del plazo de quince (15) días hábiles (conf orme a lo señalado en los artículos 214º y 215º del Reglamento de la Ley aprobado por Decreto Supremo Nº EF, sus modif icatorias y ampliatorias). La parte que solicita la conciliación y /o el arbitraje debe ponerla en conocimiento del Organismo Superv isor de las Contrataciones del Estado (OSCE). Para los reclamos que f ormulen las Entidades, el plazo de caducidad es el que se f ije en f unción del artículo 50 (Responsabilidad del contratista) establecido en la Ley. Se computa a partir de la conf ormidad otorgada por la Entidad. El arbitraje será de derecho conf orme lo dispone Ley de Contrataciones del Estado y será resuelto mediante la aplicación de la Constitución Política del Perú, la Ley de Contrataciones del Estado y su Reglamento, así como las normas de derecho público y las de derecho priv ado; manteniendo obligatoriamente este orden de pref erencia en la aplicación del derecho. Esta disposición es de orden público. El incumplimiento de lo dispuesto en este numeral es causal de anulación del laudo. Cuando exista un arbitraje en curso y surja una nuev a controversia derivada del mismo contrato, sólo procederá la acumulación de las pretensiones a dicho arbitraje, cuando ambas partes estén de acuerdo a f in de no dilatar el proceso innecesariamente. Una v ez iniciada la actuación de pruebas, los árbitros podrán decidir sobre la acumulación tomando en cuenta la naturaleza de las nuev as pretensiones, el estado de av ance en que se encuentre el arbitraje y las demás circunstancias que sean pertinentes. (Art. 229º del Reglamento). El laudo arbitral es inapelable, def initiv o y obligatorio para las partes desde el momento de su notif icación, debiéndose notif icar a las partes en f orma personal y a trav és del Sistema Electrónico de Contrataciones del Estado (SEACE) para ef ecto de su v alidez. ( ). La notif icación se dará por ef ectuada desde ocurrido el último acto. Contra dicho laudo solo cabe interponer recurso de anulación de acuerdo a lo establecido en la Ley de Contrataciones del Estado y al Decreto Legislativ o Nº 1071, Ley de Arbitraje. El arbitraje a que se ref iere la Ley de Contrataciones del Estado, se desarrolla en cumplimiento del Principio de Transparencia. El Organismo Superv isor de las Contrataciones del Estado (OSCE) dispone la publicación de los laudos y actas de conciliación, así como su utilización para el desarrollo de estudios especializados en materia de arbitraje administrativ o. El Sistema Nacional de Arbitraje del Organismo Superv isor de las Contrataciones del Estado (SNA-OSCE) constituy e un régimen institucional de arbitraje especializado para la resolución de controv ersias en las contrataciones con el Estado. Es autónomo, especializado y se rige por su propio reglamento que es aprobado por el Organismo Superv isor de Contrataciones del Estado (OSCE) y supletoriamente por la Ley de Arbitraje. El reglamento establece su conf ormación y atribuciones.

9 BASES DEL PROCESO Nº CME OTL/PETROPERU (Nº. INTERNO CME RT-ADM2-SV 8 Los procedimientos de conciliación y arbitraje se sujetan supletoriamente a lo dispuesto por las ley es de la materia, siempre que no se opongan a lo establecido en Ley de Contrataciones del Estado y su Reglamento (Ley 29873). 23. RECEPCION Y CONFORMIDAD DEL SERVICIO Y EFECTOS La recepción y conf ormidad del Serv icio estará a cargo de la Unidad Servicios quien, conjuntamente con el contratista, suscribirán el Acta de Recepción. La conf ormidad requiere del inf orme del funcionario responsable del área usuaria, quién v erificará (DEPENDIENDO DE LA NATURALEZA DE LA PRESTACION), la calidad, cantidad y cumplimiento de las condiciones contractuales, debiendo realizar las pruebas que f ueran necesarias. De existir observ aciones se consignarán en el acta respectiva, indicándose claramente el sentido de éstas, y se dará al contratista un plazo (prudencial de dos (2) a diez (10) calendario para su subsanación, en f unción a la complejidad del bien o del serv icio). Si pese al plazo otorgado, el contratista no cumpliese a cabalidad con la subsanación, PETROPERU podrá resolv er el contrato, sin perjuicio de aplicar las penalidades que correspondan. Este procedimiento no será aplicable cuando los bienes y /o servicios manifiestamente no cumplan con las características y condiciones of recidas, en cuy o caso PETROPERU no ef ectuará la recepción, debiendo considerarse como no ejecutada la prestación, aplicando las penalidades que correspondan. La recepción conf orme por PETROPERU no enerv a su derecho a reclamar posteriormente por def ectos o v icios ocultos. Efectos de la conformidad.- Luego de haberse dado la conf ormidad a la prestación se genera el derecho al pago del contratista. Efectuado el pago, culmina el contrato y se cierra el expediente de contratación respectiv o. Toda recomendación o controv ersia derivada del contrato inclusive los v icios ocultos se resolv erá mediante conciliación y /o arbitraje, en los plazos prev istos en cada caso. 24. CUMPLIMIENTO OBLIGATORIO DE LA POLITICA CORPORATIVA DE SEGURIDAD DE LA INFORMACION Y DEL REGLAMENTO DE SEGURIDAD DE LA INFORMACION DE PETROPERU S.A. El contratista deberá cumplir con la Política Corporativ a, Reglamento y Procedimientos de Seguridad de la Inf ormación de PETROPERU, guardar confidencialidad y reserv a de la inf ormación a la que acceda en v irtud del presente contrato y reportar de inmediato cualquier irregularidad de seguridad de la inf ormación detectada. No mantener el riguroso cuidado de los activ os de inf ormación de PETROPERU otorgados para su uso, ni av isar a tiempo de f allas en los mismos al área de Tecnologías de Inf ormación y Comunicaciones de la dependencia donde suministra serv icios, es considerado un incumplimiento de la Política Corporativa, Reglamento y Procedimientos de Seguridad de la Inf ormación de PETROPERU.

10 BASES DEL PROCESO Nº CME OTL/PETROPERU (Nº. INTERNO CME RT-ADM2-SV 9 Lugar, de del 2014 Señores Petróleos del Perú - PETROPERU S.A. Talara. - FORMATO Nº 1 MODELO DE DECLARACION JURADA CON DATOS DEL POSTOR Ref.: COMPETENCIA MENOR N CME OTL/PETROPERU SERVICIO DE... Estimados Señores: (Indicar Razón Social), con RUC Nº. Y domicilio f iscal en., correo electrónico., teléf ono y /o f ax Nº ; representada por el Sr...., identificado con DNI. Nº..con domicilio en.,declaro bajo juramento lo siguiente: a) No tengo impedimento para participar en el proceso de contratación ni para contratar con el Estado¹ b) No he participado en la elaboración (Expediente Técnico/Términos de Ref erencia/especif icaciones Técnicas) prev ios que dan origen al proceso de (adquisición o contratación) y sirv ieron de base para el objeto del contrato, salv o en el caso de los contratos de superv isión. c) Conozco, acepto y me someto a las Bases, condiciones y procedimientos del proceso de contratación, d) Soy responsable de la v eracidad de los documentos e inf ormación que presento para ef ecto del proceso de contratación e) Me comprometo a mantener mi of erta hasta (Firma del contrato/emisión de la Orden de Compra/Orden de Trabajo a Terceros, según corresponda); y, f ) Conozco las sanciones que estipula el Reglamento de Gestión de Base de Datos de Contratistas de Petroperú², la normativ a en materia de Contrataciones y Adquisiciones del Estado y la Ley Nº g) Mi número de inscripción v igente en el Registro Nacional de Prov eedores del OSCE, como prov eedor es el siguiente:. 1 De acuerdo al numeral 7.7 del Reglamento de Contrataciones de PETROPERU S.A., están impedidos de ser postores y/o contratistas, las personas (naturales o jurídicas) referidas en el artículo 10º de la Ley de Contrataciones del Estado. 2 El Reglamento de Gestión de Base de Datos de Proveedores de PETROPERU S.A., todavía no se encuentra implementado. Por otro lado, de acuerdo a lo establecido en el numeral 16.1 del Reglamento de Contrataciones de PETROPERU S.A., la inscripción en la Base de Datos de Proveedores Calificados de PETROPERU S.A., no será condición para participar como postor en los procesos de contrataciones hasta su implementación. Asimismo, declaro bajo juramento ser una, cuando corresponda³ : PEQUEÑA EMPRESA MICROEMPRESA 3 En caso requiera acceder a los Beneficios de la Ley deberá presentar su constancia de Inscripción en REMYPE, previa a la firma de contrato. (Nombre/ Razón Social) POSTOR Ruc / DNI Firma del Representante Legal NOTA: Reglamento de la Ley MYPE, Artículo 18º.- Las MYPES para acceder al beneficio de acceso a las Compras Públicas, deberán tener Registro vigente en el REMYPE Ley Nº 30056, publicada el Artículo 11º establece la existencia de: - MICROEMPRESA: ventas anuales hasta el monto máximo de 150 Unidades Impositivas Tributarias (UIT). - PEQUEÑA EMPRESA: ventas anuales superiores a 150 UIT y hasta el monto máximo de 1700 Unidades Impositivas Tributarias (UIT) - MEDIANA EMPRESA: ventas anuales superiores a 1700 UIT y hasta el monto máximo de 2300 UIT.

11 BASES DEL PROCESO Nº CME OTL/PETROPERU (Nº. INTERNO CME RT-ADM2-SV 10 ADJUNTO DEL FORMATO N 1 IMPEDIMENTOS PARA SER POSTORES Y/O CONTRATISTAS DE PETROPERU S.A.: ARTÍCULO 10º Artículo 10º.- Impedimentos para ser postor y/o contratista.- Cualquiera sea el régimen legal de contratación aplicable, están impedidos de ser participantes como postores y/o contratistas en todo proceso de contratación pública: Literales a), b), c),- Hasta doce (12) meses después de haber dejado el cargo: El Presidente y los Vicepresidentes de la República, los Congresistas de la República, los Ministros y Viceministros de Estado, los Vocales de la Corte Suprema de Justicia de la República, los titulares y los miembros del órgano colegiado de los Organismos Constitucionales Autónomos; En el ámbito regional: los Presidentes, Vicepresidentes y los Consejeros de los Gobiernos Regionales. En el ámbito de su jurisdicción: los Vocales de las Cortes Superiores de Justicia, los Alcaldes y Regidores; Literales d).- En la Entidad a la que pertenecen, los titulares de instituciones o de organismos públicos del Poder Ejecutivo, los directores, gerentes y trabajadores de las empresas del Estado, los funcionarios públicos, empleados de confianza y servidores públicos, según la ley especial de la materia; Literal e).- En el correspondiente proceso de contratación, las personas naturales o jurídicas que tengan intervención directa en la determinación de las características técnicas y valor referencial, elaboración de Bases, selección y evaluación de ofertas de un proceso de selección y en la autorización de pagos de los contratos derivados de dicho proceso, salvo en el caso de los contratos de supervisión; Literal f).- En el ámbito y tiempo establecidos para las personas señaladas en los literales precedentes, el cónyuge, conviviente o los parientes hasta el cuarto grado de consanguinidad y segundo de afinidad; Literal g).- En el ámbito y tiempo establecidos para las personas señaladas en los literales precedentes, las personas jurídicas en las que aquellas tengan o hayan tenido una participación superior al cinco por ciento (5%) del capital o patrimonio social, dentro de los doce (12) meses anteriores a la convocatoria Literal h), i), j).- ( ) Literal K).- Las personas jurídicas cuyos socios, accionistas, participacionistas, titulares, integrantes de los órganos de administración, apoderados o representantes legales formen o hayan formado parte, en los últimos doce (12) meses de impuesta la sanción, de personas jurídicas que se encuentren sancionadas administrativamente con inhabilitación temporal o permanente para participar en procesos de selección y para contratar con el Estado; o que habiendo actuado como personas naturales hayan sido sancionadas por la misma infracción; conforme a los criterios señalados en el presente Decreto Legislativo y su Reglamento. Para el caso de socios, accionistas, participacionistas o titulares, este impedimento se aplicará siempre y cuando la participación sea superior al cinco por ciento (5%) del capital o patrimonio social y por el tiempo que la sanción se encuentre vigente; Artículo 237º. Impedimentos Adicionalmente a los impedimentos establecidos en el artículo 10º de la Ley, se encuentran impedidos de ser participantes, postores y/o contratistas aquellas personas naturales o jurídicas a través de las cuales una autoridad, funcionario público, empleado de confianza, servidor público o proveedor pretenda eludir su condición de impedido valiéndose de cualquier modalidad de reorganización societaria y/o la utilización de testaferros para participar en un proceso de selección. NOTA.- Las propuestas que contravengan lo dispuesto en el presente artículo se tendrán por no presentadas. Los contratos celebrados en contravención de lo dispuesto por el presente artículo son nulos, sin perjuicio de las responsabilidades a que hubiere lugar de los funcionarios y servidores de la Entidad contratante y de los contratistas que celebraron dichos contratos. GRADOS DE PARENTESCO DEL TRABAJADOR DE PETROPERU: CONSANGUINIDAD O AFINIDAD Primer grado de consanguinidad PADRES HIJOS Segundo grado de consanguinidad ABUELOS HERMANOS NIETOS Tercer grado de consanguinidad TIOS SOBRINOS Cuarto grado de consanguinidad PRIMOS HERMANOS TIOS ABUELOS Primer grado de afinidad SUEGROS HIJOS DEL CONYUGE YERNO/ NUERA Segundo grado de afinidad ABUELOS DEL CONYUGE CUÑADOS

12 BASES DEL PROCESO Nº CME OTL/PETROPERU (Nº. INTERNO CME RT-ADM2-SV 11 FORMATO Nº 2 DATOS DEL POSTOR SOBRE CONSTITUCION DE EMPRESA DENOMINACION O RAZÓN SOCIAL. TIPO DE EMPRESA O SOCIEDAD 1 : Nº RUC DOMICILIO FISCAL 2 INSCRITA EN LOS REGISTROS PÚBLICOS DE según consta en la Ficha (electrónica) Nº..Asiento Nº desde (f echa). INSCRITA EN EL REMYPE a) SI B) NO Código OBJETO SOCIAL DE CONSTITUCIÓN FECHA INICIO DE SUS ACTIVIDADES COMERCIALES... DOMICILIO COMERCIAL.. REPRESENTANTE LEGAL DE LA EMPRESA (DNI). Según Poder Inscrito en la Ficha (Nombre/ Razón Social) POSTOR Ruc / DNI Firma del Representante Legal 1 Señalar si se trata de una Sociedad Anónima, Sociedad Anónima Cerrada, Sociedad Anónima Abierta, Empresa Indiv idual de Responsabilidad Limitada o Sociedad Comercial de Responsabilidad Limitada, u otra. 2 Lugar en que se hará llegar cualquier notif icación y que se entiende es el domicilio contractual. 3 Ref erido a la contratación que se está conv ocando. NOTA: La presente declaración Jurada no es aplicable a las Personas Naturales que estén concursando, quienes acreditarán su activ idad comercial con documentos de v alidez tributaria.

13 BASES DEL PROCESO Nº CME OTL/PETROPERU (Nº. INTERNO CME RT-ADM2-SV 12 FORMATO Nº 3 PROMESA FORMAL DE CONSORCIO (Esta Declaración Jurada, sólo se incluirá cuando sea pertinente) Lugar,..... de... del 2014 Señores Petróleos del Perú PETROPERÚ S.A. Presente.- Ref.: COMPETENCIA MENOR N CME OTL/PETROPERU SERVICIO DE Estimados Señores: Por la presente, nos dirigimos a ustedes para hacer de su conocimiento que las empresas que representamos hemos acordado constituir un Consorcio para interv enir en el proceso de la ref erencia, y nos comprometemos a cumplir con las disposiciones de la Directiv a Nº OSCE/CD y el Reglamento de Contrataciones de Petróleos del Perú PETROPERU S.A., responsabilizándonos solidariamente por todas las acciones y omisiones que prov engan del citado proceso. Asimismo en caso de obtener la Buena Pro, nos comprometemos a f ormalizar el contrato Asociativ o Consorcio para la prestación correcta y oportuna de los serv icios correspondientes de la ref erencia, bajo las siguientes condiciones: Nombre del Consorcio Representante legal común del Consorcio Domicilio legal común del Consorcio Nombre DNI El nombre de las empresas que f orman el consorcio y su participación porcentual en este acto es como sigue: Nombre de la Empresa Representante Legal Participación (%) Obligaciones Nombre DNI TOTAL 100% Representante Legal del Postor A Nombre y Firma Representante Legal del Postor B Nombre y Firma

14 BASES DEL PROCESO Nº CME OTL/PETROPERU (Nº. INTERNO CME RT-ADM2-SV 13 FORMATO Nº 4 MODELO DE CARTA PROPUESTA ECONOMICA Lugar, de del Señores Petróleos del Perú - PETROPERU S.A. Presente.- Ref.: COMPETENCIA MENOR N CME OTL/PETROPERU SERVICIO DE De nuestra consideración: El presente tiene por objeto presentarles nuestra propuesta, para proporcionar el serv icio de la ref erencia, de acuerdo a las condiciones establecidas en las presentes bases. Nuestra propuesta a Precios Unitarios incluy e los costos y gastos directos e indirectos que debamos realizar para el debido cumplimiento del serv icio, materia de esta contratación. El Monto Total de la propuesta es de S/ (En números y letras). Incluy e IGV. Adicionalmente se adjunta, ref erencialmente el presupuesto detallado de acuerdo al modelo del Formato Nº 4-A. Atentamente Nombre de la Empresa / Consorcio. Nombre y f irma del representante legal:. Nº Propuesta: Nota: El monto de la of erta debe incluir todos los tributos, seguros, transporte, inspecciones, pruebas y costos laborales conf orme a la legislación v igente; así como cualquier otro concepto que le sea aplicable y que pueda incidir sobre el v alor del serv icio a contratar

15 BASES DEL PROCESO Nº CME OTL/PETROPERU (Nº. INTERNO CME RT-ADM2-SV 14 FORMATO Nº 4-A PRESUPUESTO DETALLADO (EVALUACIÓN POR ÍTEM) NOTAS.- - El PRECIO MENSUAL es el producto de CANTIDAD por el PRECIO UNITARIO. - El PRECIO EN 24 MESES es el producto de PRECIO MENSUAL por El COSTO DIRECTO MENSUAL es la sumatoria de PRECIO MENSUAL ITEM 1 + PRECIO MENSUAL ITEM 2. - El IGV se obtiene del TOTAL SIN IGV x El TOTAL es la suma del PRECIO EN 24 MESES ITEM 1 + PRECIO EN 24 MESES ITEM 2 + IGV. Nombre y f irma del Representante Legal:... Nombre de la Compañía:... Los Sub Totales, deberán ser expresados con dos decimales, el resultado que se obtenga de multiplicar el costo unitario que podrá ser expresado con más de dos decimales de cada activ idad por la cantidad prev ista para cada partida, deberá ser redondeado a la segunda cif ra decimal; de esta manera, el costo de cada partida constituy e un subtotal. Si el Sub Total de una partida contiene más de dos (2) decimales, se ef ectuará el redondeo, siendo que si el primer decimal siguiente es igual o superior a 5, el v alor será incrementado en un centésimo. Si se usa la hoja de cálculo Microsof t Excel, en la celda correspondiente a Sub-total se utilizará la sintaxis: =redondear([cantidad]*[precio Unitario];2). El Costo Directo será expresado con dos decimales, siendo la sumatoria de los Sub Totales debidamente redondeados a dos decimales. Se aclara que las cantidades, no están sujetas a modificación o corrección alguna.

16 BASES DEL PROCESO Nº CME OTL/PETROPERU (Nº. INTERNO CME RT-ADM2-SV 15 FORMATO Nº 5 MODELO DE DECLARACION JURADA CON LISTADO DE CANALES DE TELEVISIÓN Lugar, de del 2014 Señores Petróleos del Perú - PETROPERU S.A. Talara. - Ref.: COMPETENCIA MENOR N CME OTL/PETROPERU SERVICIO DE... Estimados Señores: (Indicar Razón Social), con RUC Nº. Y domicilio f iscal en., correo electrónico., teléf ono y /o f ax Nº ; representada por el Sr...., identificado con DNI. Nº..con domicilio en.,declaro bajo juramento prov eeer del siguiente número de canales de telev isión: CANALES/VIDEO CANTIDAD DETALLE (*) 1) CANALES NACIONALES 2) CANALES DE DEPORTES 3) CANALES DE CINE 4) CANALES DE NOTICIA Indicar los nombres de los canales de televisión a ofrecer Indicar los nombres de los canales de televisión a ofrecer Indicar los nombres de los canales de televisión a ofrecer Indicar los nombres de los canales de televisión a ofrecer TOTAL DE CANALES (Nombre/ Razón Social) POSTOR Ruc / DNI Firma del Representante Legal NOTA: No se considerarán los canales de audio, canales de v ideo, canales de programación, canales interactiv os, ni canales Pay -Per-View (Pago-por-v er). En caso de tener la modalidad Pago por v er, debe restringirla. EL CONTRATISTA proporcionará por cada punto, la programación diaria de los canales, mediante una rev ista o un canal de programación.

17 BASES DEL PROCESO Nº CME OTL/PETROPERU (Nº. INTERNO CME RT-ADM2-SV 16 ANEXO Nº 1 CRITERIOS Y PARAMETROS DE EVALUACIÓN DE PROPUESTAS Sólo se ev aluarán las propuestas que han cumplido con la TOTALIDAD de los Requerimientos Técnicos Mínimos (RTM) y de las especif icaciones técnicas requeridas. La propuesta que no cumpla con lo indicado será desestimada. La ev aluación de las propuestas se realizará en dos (2) etapas. La primera es la ev aluación técnica, cuy a f inalidad es calif icar la calidad de la propuesta, y la segunda es la ev aluación económica, cuy o objeto es calif icar el monto de la propuesta. Las propuestas técnicas y económicas se ev alúan asignándoles puntajes de acuerdo a los f actores y criterios de ev aluación y calif icación que se establecen a continuación: 1 EVALUACIÓN TÉCNICA. (Sobre Nº 01) Máximo: 100 puntos Ítem Criterio Técnico Parámetro PUNTAJE Monto Facturado Incluido IGV. May or o igual a S/. 70, A Experiencia del postor en la Especialidad FORMA DE ACREDITAR: Menor a S/. 70, y mayor o igual a S/. 56, A. Experiencia del Postor en la Especialidad (EPE) (80 puntos) El puntaje se asignará de acuerdo a trabajos por serv icios válidos en: suministro de señal de telev isión (por cable y /o satelital) y /o suministro de internet fijo, en un periodo de diez (10) años a la f echa de la presentación de propuestas. Indicar hasta un máximo de diez (10) serv icios; en caso de indicar más de diez (10) se considerarán los (10) primeros. - La experiencia del postor será acreditada de cualquiera de las siguientes f ormas: Regla de Tres Simple 1. Copia del contrato y su respectiva conformidad de culminación de la prestación del servicio (Acta de Recepción), donde se especif ique claramente el período de ejecución y el monto ejecutado; en caso algún contrato no cuente con la respectiv a conformidad de culminación (Acta de Recepción), no se considerará válido. Las v alorizaciones debidamente aprobadas podrán cumplir la f unción del Acta de Recepción, debiendo estar acompañadas de los Contratos u Orden de Trabajo u Orden de Serv icio; 2. Copia simple de los comprobantes de pago cancelados (la cancelación será acreditada documental y f ehacientemente para lo cual bastará con adjuntar los Voucher de depósito o reporte de estados de cuenta donde pueda v erif icarse el pago ef ectuado, o que la cancelación por parte de la entidad Bancaria o de la Institución a cargo del cumplimiento de dicha prestación conste en el mismo comprobante). - Los montos indicados serán acreditados con copia simple de los comprobantes de pago cancelados o, en su def ecto, con copia del contrato y su respectiva conformidad de culminación de la prestación del servicio (acta de recepción ), con un máximo de diez (10) serv icios. En los casos de contratos de ejecución periódica deberán adjuntar, además del contrato respectivo, la presentación de los comprobantes de pago cancelados que sustenten los montos ef ectiv amente ejecutados (Según Directiv a Nº /CONSUCODE/PRE. - El contratista es responsable de que la descripción de los trabajos y/o partidas consignadas en los contratos y /o comprobantes de pagos presentados, sean lo suficientemente claras para que pueda ser calif icada el tipo de experiencia que se pretende acreditar. Si PETROPERU lo estima conveniente podrá solicitar aclaraciones a los postores según lo estipula el numeral 18 del Anexo 1 del Reglamento de Contrataciones de PETROPERU aprobado por Resolución Nº OSCE/PRE. - No se aceptarán otros documentos distintos a los solicitados, estos documentos deben cumplir con las siguientes características: ser legibles, indicar f echa, razón social del postor y descripción detallada de la prestación, caso contrario no se tomarán en cuenta para la Ev aluación Técnica. - No se aceptarán declaraciones juradas u otros documentos en reemplazo de constancias, certif icados o contratos u órdenes de serv icio ref eridos a la prestación del serv icio materia de la conv ocatoria. - En caso de documentos sustentatorios con montos en Dólares Americanos (US$), se utilizará el tipo de cambio v enta v igente publicada en la página web de la SUNAT, tomando como base la f echa de documento presentado. PARA EL CASO DE CONSORCIOS Para los casos en que los postores se presenten como consorcios y/o acrediten trabajos realizados como parte de un consorcio, se aplicará lo siguiente: De conf ormidad con la Directiva Nº OSCE/CD y para ef ectos de acreditar la Experiencia del postor, sólo se ev aluará la documentación presentada por el o los integrantes del consorcio que se hubieran comprometido a ejecutar las obligaciones v inculadas directamente al objeto de la conv ocatoria, de acuerdo con lo declarado en la promesa f ormal del consorcio. En tal sentido, para ev aluar dicha experiencia no se tomará en cuenta la documentación presentada por el o los consorciados que asumen las obligaciones ref eridas a las activ idades de carácter administrativ o o de gestión o activ idades relacionadas con asuntos de organización interna. En el caso que los integrantes del consorcio acrediten experiencia respecto de contrataciones ejecutadas, y a sea en f orma indiv idual y/o en consorcio, vinculadas directamente al objeto de la conv ocatoria, se deberá ponderar los montos de f acturación teniendo en cuenta el porcentaje de las obligaciones declarado en la promesa f ormal de consorcio, de acuerdo a lo indicado en el numeral 4 del acápite de la Directiv a Nº OSCE/CD. La sumatoria de los montos de f acturación ponderados para cada integrante del consorcio conforme a lo mencionado anteriormente, constituy e la experiencia del consorcio.

18 BASES DEL PROCESO Nº CME OTL/PETROPERU (Nº. INTERNO CME RT-ADM2-SV 17 PUNTAJE TOTAL DE LA EVALUACION TECNICA (PT) El puntaje de la Ev aluación Técnica (PT) del postor está dado por la sumatoria de los puntajes parciales, de acuerdo a lo siguiente: NOTA.- PT = EPE a) Para acceder a la ev aluación de las propuestas económicas, las propuestas técnicas deberán alcanzar el puntaje mínimo de ochenta (80) puntos. Las propuestas técnicas que no alcancen dicho puntaje serán descalif icadas y rechazadas en esta etapa. 2 EVALUACIÓN ECONÓMICA. (Sobre Nº 02) Máximo: 100 puntos La ev aluación económica consistirá en asignar el puntaje máximo establecido a la propuesta económica de menor monto. Al resto de propuestas se le asignará puntaje de f orma inv ersamente proporcional, según la siguiente fórmula: Puntaje Económico (PEi)= 100 x (Propuesta Económica de Monto o precio más bajo) (Propuesta Económica del postor i ) El puntaje de la propuesta económica será calculado hasta el tercer decimal. 3 CÁLCULO DEL PUNTAJE TOTAL El puntaje total será el promedio ponderado de las ev aluaciones técnica y económica, obtenido de la aplicación de la siguiente f órmula: PTPi = c1 PTi + c2 PEi Donde: PTPi = Puntaje total del postor i PTi = Puntaje de la ev aluación técnica del postor i PEi = Puntaje de la ev aluación económica del postor i c1 = 0.70 Coef iciente de ponderación de la ev aluación técnica c2 = 0.30 Coef iciente de ponderación de la ev aluación económica El puntaje total será calculado hasta el tercer decimal y la Buena Pro será otorgada a la propuesta que obtenga el may or puntaje total.

19 BASES DEL PROCESO Nº CME OTL/PETROPERU (Nº. INTERNO CME RT-ADM2-SV 18 ANEXO Nº 1-A RELACIÓN DE DOCUMENTOS QUE ACREDITEN LA EXPERIENCIA DEL POSTOR EN LA ESPECIALIDAD. Nº DE SERVICIO EJECUTADO FOLIO Nº DESCRIPC. TIPO DEL DOCUMENTO NÚMERO DEL DOCUMENTO TIPO MONEDA MONTO CON IGV FECHA DEL DOCUMENTO TIEMPO DE EJECUCIÓN TOTAL MONTO S/.

20 BASES DEL PROCESO Nº CME OTL/PETROPERU (Nº. INTERNO CME RT-ADM2-SV 19 BASES TÉCNICAS (TERMINOS DE REFERENCIA)

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