DOCUMENTO 3.1 CUMPLIMIENTO DEL CTE Y REGLAMENTOS RELACIONADOS.

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1 DOCUMENTO 3.1 CUMPLIMIENTO DEL CTE Y REGLAMENTOS RELACIONADOS. arquitecto agcar, S.L.P. ARNALDO GUAL CAPLLONCH. (AUTOR MATERIAL Y REPRESENTANTE LEGAL) promotor EXCMO. AYUNTAMIENTO DE SANTA MARGARITA. trabajo PROYECTO BÁSICO Y DE EJECUCIÓN DE EDIFICIO DE CENTRO CULTURAL DE SON SERRA DE MARINA. emplazamiento C/ DEL ANCLA, C/ DE LA OLIVERA, C/ DEL DOCTOR FLEMING. SON SERRA DE MARINA. TÉRMINO MUNICIPAL DE SANTA MARGARITA.

2 3. CUMPLIMIENTO DEL CTE Y OTROS REGLAMENTOS Y DISPOSICIONES. 3.1 CUMPLIMIENTO DEL CTE OPCIÓN CTE. Opción 1. Al solicitarse licencia de obras con posterioridad al 29/03/07, el CTE se aplica íntegramente (parte I y parte II) INSTRUCCIONES DE USO Y MANTENIMIENTO. En Illes Balears es vigente el Decreto 35/2001 de 9 de marzo, de la Conselleria d Obres, Habitatge i Transport, referente a medidas reguladoras del uso y mantenimiento de los edificios, el cual se superpone con las exigencias del CTE, y a la espera de la modificación o concreción de la administración competente, se adjuntarán a la documentación del Final de Obra las instrucciones de uso y mantenimiento del edificio terminado, las cuales se realizarán según el mencionado decreto y cumplirán los requerimientos del CTE.

3 3.1.3 DB SE SEGURIDAD ESTRUCTURAL. REAL DECRETO 314/2006, de 17 de marzo, por el que se aprueba el Código Técnico de la Edificación.( BOE núm. 74,Martes 28 marzo 2006) Artículo 10. Exigencias básicas de seguridad estructural (SE). El objetivo del requisito básico «Seguridad estructural» consiste en asegurar que el edificio tiene un comportamiento estructural adecuado frente a las acciones e influencias previsibles a las que pueda estar sometido durante su construcción y uso previsto. Para satisfacer este objetivo, los edificios se proyectarán, fabricarán, construirán y mantendrán de forma que cumplan con una fiabilidad adecuada las exigencias básicas que se establecen en los apartados siguientes. Los Documentos Básicos «DB SE Seguridad Estructural», «DB-SE-AE Acciones en la edificación», «DBSE-C Cimientos», «DB-SE-A Acero», «DB-SE-F Fábrica» y «DB-SE-M Madera», especifican parámetros objetivos y procedimientos cuyo cumplimiento asegura la satisfacción de las exigencias básicas y la superación de los niveles mínimos de calidad propios del requisito básico de seguridad estructural. Las estructuras de hormigón están reguladas por la Instrucción de Hormigón Estructural vigente. La presente memoria de cálculo corresponde al proyecto de Ejecución que se adjunta y es uno más de los documentos del mismo Seguridad estructural (SE) Análisis estructural y dimensionado Proceso -determinación de situaciones de dimensionado -establecimiento de las acciones -análisis estructural -dimensionado Situaciones de dimensionado Periodo de servicio por por por condiciones normales de uso condiciones aplicables durante un tiempo limitado. condiciones excepcionales en las que se puede encontrar o estar expuesto el edificio. 50 Años Método de comprobación Estados límites

4 Acciones en la edificación (SE-AE) Acciones Clasificación de las acciones PERMANENTES VARIABLES ACCIDENTALES Aquellas que actúan en todo instante, con posición constante y valor constante (pesos propios) o con variación despreciable: acciones reológicas Aquellas que pueden actuar o no sobre el edificio: uso y acciones climáticas Aquellas cuya probabilidad de ocurrencia es pequeña pero de gran importancia: sismo, incendio, impacto o explosión. Valores característicos de las acciones Datos geométricos de la estructura Características de los materiales Los valores de las acciones se recogen en la justificación del cumplimiento del DB SE-AE La definición geométrica de la estructura esta indicada en los planos de proyecto Las valores característicos de las propiedades de los materiales se detallarán en la justificación del DB correspondiente o bien en la justificación de la EHE. Modelo análisis estructural Se realiza un cálculo espacial en tres dimensiones por métodos matriciales de rigidez, formando las barras los elementos que definen la estructura: pilares, vigas, brochales y viguetas. Se establece la compatibilidad de deformación en todos los nudos considerando seis grados de libertad y se crea la hipótesis de indeformabilidad del plano de cada planta, para simular el comportamiento del forjado, impidiendo los desplazamientos relativos entre nudos del mismo. A los efectos de obtención de solicitaciones y desplazamientos, para todos los estados de carga se realiza un cálculo estático y se supone un comportamiento lineal de los materiales, por tanto, un cálculo en primer orden. Combinación de acciones El valor de calculo de las acciones correspondientes a una situación persistente o transitoria y los correspondientes coeficientes de seguridad se han obtenido de la formula 4.3 y de las tablas 4.1 y 4.2 del presente DB. El valor de cálculo de las acciones correspondientes a una situación extraordinaria se ha obtenido de la expresión 4.4 del presente DB y los valores de cálculo de las acciones se han considerado 0 o 1 si su acción es favorable o desfavorable respectivamente. Verificación de la aptitud de servicio Flechas desplazamientos horizontales La limitación de flecha activa establecida en general es de 1/500 de la luz El desplome total limite es 1/500 de la altura total ACCIONES EN LA EDIFICACIÓN (SE-AE) Acciones Permanentes (G): Peso Propio de la estructura: Cargas Muertas: Corresponde generalmente a los elementos de hormigón armado, calculados a partir de su sección bruta y multiplicados por 25 (peso específico del hormigón armado) en pilares, paredes y vigas. En losas macizas será el canto h (cm) x 25 kn/m 3. Se estiman uniformemente repartidas en la planta. Son elementos tales como el pavimento y la tabiquería (aunque esta última podría considerarse una carga variable, sí su posición o presencia varía a lo largo del tiempo).

5 Peso propio de tabiques pesados y muros de cerramiento: Éstos se consideran al margen de la sobrecarga de tabiquería. En el anejo C del DB-SE-AE se incluyen los pesos de algunos materiales y productos. El pretensado se regirá por lo establecido 15/00037/09 en la Instrucción EHE. Las acciones del terreno se tratarán de acuerdo con lo establecido en DB-SE-C. Acciones Variables (Q): La sobrecarga de uso: Las acciones climáticas: Las acciones químicas, físicas y biológicas: Acciones accidentales (A): Se adoptarán los valores de la tabla 3.1. Los equipos pesados no están cubiertos por los valores indicados. Las fuerzas sobre las barandillas y elementos divisorios: Se considera una sobrecarga lineal de 2 kn/m en los balcones volados de toda clase de edificios. Viento: Zona eólica Grado aspereza C maritimo Térmicas No reconsideran las acciones térmicas ya que su dimensión máxima no supera los 40 metros Nieve: Se adoptar una sobrecarga de 0.40 Kn/m2 Las acciones químicas que pueden causar la corrosión de los elementos de acero se pueden caracterizar mediante la velocidad de corrosión que se refiere a la pérdida de acero por unidad de superficie del elemento afectado y por unidad de tiempo. La velocidad de corrosión depende de parámetros ambientales tales como la disponibilidad del agente agresivo necesario para que se active el proceso de la corrosión, la temperatura, la humedad relativa, el viento o la radiación solar, pero también de las características del acero y del tratamiento de sus superficies, así como de la geometría de la estructura y de sus detalles constructivos. El sistema de protección de las estructuras de acero se regirá por el DB-SE-A. En cuanto a las estructuras de hormigón estructural se regirán por el Art del DB-SE-AE. Los impactos, las explosiones, el sismo, el fuego. Las acciones debidas al sismo están definidas en la Norma de Construcción Sismorresistente NCSE-02. En este documento básico solamente se recogen los impactos de los vehículos en los edificios, por lo que solo representan las acciones sobre las estructuras portantes. Los valores de cálculo de las fuerzas estáticas equivalentes al impacto de vehículos están reflejados en la tabla 4.1 Cargas gravitatorias por niveles. Conforme a lo establecido en el DB-SE-AE en la tabla 3.1 y al Anexo A.1 y A.2 de la EHE, las acciones gravitatorias, así como las sobrecargas de uso, tabiquería y nieve que se han considerado para el cálculo de la estructura de este edificio son las indicadas: Niveles y uso Suelo planta baja (saneamiento) Sobrecarga de Uso Sobrecarga de Tabiquería Peso propio del Forjado Peso propio del revestimient o Carga Total 4,00 KN/m KN/m KN/m KN/m 2 9,60 KN/m 2

6 Techo planta baja Techo piso 1º plano Techo piso 1º inclinada 4,00 KN/m 2 1,00 KN/m 2 3,60 KN/m KN/m 2 9,60 KN/m KN/m 2 0,00 KN/m KN/m KN/m KN/m KN/m 2 0,00 KN/m KN/m KN/m KN/m Cimentaciones (SE-C) Bases de cálculo Método de cálculo: Verificaciones: Acciones: El dimensionado de secciones se realiza según la Teoría de los Estados Limites Últimos (apartado DB-SE) y los Estados Límites de Servicio (apartado DB-SE). El comportamiento de la cimentación debe comprobarse frente a la capacidad portante (resistencia y estabilidad) y la aptitud de servicio. Las verificaciones de los Estados Límites están basadas en el uso de un modelo adecuado para al sistema de cimentación elegido y el terreno de apoyo de la misma. Se ha considerado las acciones que actúan sobre el edificio soportado según el documento DB-SE-AE y las acciones geotécnicas que transmiten o generan a través del terreno en que se apoya según el documento DB-SE en los apartados ( ). Estudio geotécnico realizado Empresa: Nº visado colegio profesional: Descripción de los terrenos: Blau Q Pendiente de visado Definida en estudio geotécnico Resumen geotécnicos: parámetros Cota de cimentación En estudio geotécnico Estrato previsto para cimentar Nivel freático No se ha detectado. Tensión admisible considerada En estudio geotécnico Agresividad No se prevén agentes agresivos expansividad No se prevé posibilidad de expansividad del terreno Densidad del terreno En estudio geotécnico 3 Cimentación: Descripción: Riostras corridas por debajo de los muros del forjado sanitario y pilares Material adoptado: Dimensiones y armado: Condiciones de ejecución: Hormigón armado. Las dimensiones y armados se indican en planos de estructura. Se han dispuesto armaduras que cumplen con las cuantías mínimas indicadas en la tabla de la instrucción de hormigón estructural (EHE) atendiendo a elemento estructural considerado. Se ha calculado con el programa informatico CYPE considerándola como una estructura invertida. Se deberá comprobar la uniformidad del terreno en el momento de la excavación.

7 Acción sísmica (NCSE-02) Clasificación de la construcción: Tipo de Estructura: Situación Aceleración Sísmica Básica (ab): Edificio público (Construcción de normal importancia) pórticos de hormigón y forjado bidireccional BALEARES ab=0.04 g, (siendo g la aceleración de la gravedad) Coeficiente de contribución (K): K=1 Coeficiente adimensional de riesgo (ρ): ρ=1, (en construcciones de normal importancia) Terreno tipo IV (C=1,3 1,6) Suelo granular suelto ó cohesivo blando Coeficiente de tipo de terreno (C): Medidas constructivas consideradas: a) Arriostramiento de la cimentación mediante un anillo perimetral con vigas riostras y centradoras b) Atado de los pórticos exentos de la estructura mediante vigas perpendiculares a las mismos. c) Concentración de estribos en el pie y en cabeza de los pilares. d) Pasar las hiladas alternativamente de unos tabiques sobre los otros. Observaciones: Cumplimiento de la instrucción de hormigón estructural EHE Estructura Descripción del sistema estructural: Pórticos de hormigón armado constituidos por pilares de sección cuadrada y por vigas planas en función de las luces a salvar. Sobre estos pórticos se apoyan forjados bidireccionales con nervios in situ de 14 cm de base y canto 25+5 y entrevigado con cajetones de hormigón vibrado de 70 cm. El forjado de saneamiento será a base de viguetas pretensazas autoportantes y bovedilla de hormigón tipo Hourdis. Se apoyan en muretes de bloques de Hormigón vibrado de 25 cm. rellenos de hormigón. La caja del ascensor se realizará tambien con bloques de Hormigón vibrado de 25 cm. rellenos de hormigón Programa de cálculo: Nombre comercial: Cypecad Espacial d Empresa Cype Ingenieros Avenida Eusebio Sempere nº5 Alicante. Descripción del programa: idealización de la El programa realiza un cálculo espacial en tres dimensiones por métodos matriciales de rigidez, formando las barras los elementos

8 estructura: simplificaciones efectuadas. que definen la estructura: pilares, vigas, brochales y viguetas. Se establece la compatibilidad de deformación en todos los nudos considerando seis grados de libertad y se crea la hipótesis de indeformabilidad del plano de cada planta, 15/00037/09 para simular el comportamiento del forjado, impidiendo los desplazamientos relativos entre nudos del mismo. A los efectos de obtención de solicitaciones y desplazamientos, para todos los estados de carga se realiza un cálculo estático y se supone un comportamiento lineal de los materiales, por tanto, un cálculo en primer orden Memoria de cálculo Método de cálculo El dimensionado de secciones se realiza según la Teoría de los Estados Limites de la vigente EHE, articulo 8, utilizando el Método de Cálculo en Rotura. Redistribución de esfuerzos: Se realiza una plastificación de hasta un 15% de momentos negativos en vigas, según el articulo 24.1 de la EHE. Deformaciones Lím. flecha total Lím. flecha activa Máx. recomendada L/250 L/400 1cm. Valores de acuerdo al articulo 50.1 de la EHE. Cuantías geométricas Serán como mínimo las fijadas por la instrucción en la tabla de la Instrucción vigente. Estado de cargas consideradas en el programa informático: Niveles y uso Suelo planta baja Techo planta baja Techo piso 1º Cubierta plano Techo piso 1º Cubierta invlinado Sobrecargas Cargas muertas Peso propio del Forjado s prog. infomt Carga Total 4,00 KN/m KN/m 2 -- KN/m KN/m 2 4,00 KN/m 2 2,00 KN/m 2 -- KN/m KN/m KN/m KN/m KN/m2 -- KN/m 1.40 KN/m KN/m KN/m2 -- KN/m Cargas lineales introducidas Arranque losas escalera Bordes terrazas y balcones Muros sobre forjados 1.00 T/ ml.. T ml.. T/ml Verticales: Cerramientos Horizontales: Barandillas Horizontales: Viento Viento: Zona eólica Grado aspereza C Borde del mar

9 Cargas Térmicas No reconsideran las acciones térmicas ya que su dimensión máxima no supera los 40 metros Características de los materiales: -Hormigón HA-30 III a en cimentación HA-25 II a en resto estructura -tipo de cemento... CEMII/S en cimentación CEMII en resto estructura -tamaño máximo de 20 mm. árido... -máxima relación 0.50 agua/cemento -mínimo contenido de 300 kg/m 3 en cimentación cemento 250 kg/m 3 en resto estructura -F CK... -tipo de acero... B-500S -F YK N/mm Coeficientes de seguridad y niveles de control El nivel de control de ejecución de acuerdo al artº 95 de EHE para esta obra es normal. El nivel control de materiales es estadístico para el hormigón y normal para el acero de acuerdo a los artículos 88 y 90 de la EHE respectivamente Coeficiente de minoración 1.60 Hormigón Nivel de control ESTADISTI CO Acero Coeficiente de minoración 1.15 Nivel de control NORMAL Coeficiente de mayoración Ejecución Cargas 1.6 Cargas variables 1.6 Permanentes... Nivel de control... NORMAL Durabilidad Recubrimientos: Cantidad mínima de cemento: Cantidad máxima de cemento: Resistencia mínima recomendada: Relación agua cemento: A los efectos de determinar los recubrimientos exigidos en la tabla de la vigente EHE, se considera toda la estructura en ambiente IIa: esto es exteriores sometidos a humedad alta (>65%) excepto los elementos previstos con acabado de hormigón visto, estructurales y no estructurales, que por la situación del edificio próxima al mar se los considerará en ambiente IIIa. Para el ambiente IIa se exigirá un recubrimiento mínimo de 25 mm, lo que requiere un recubrimiento nominal de 35 mm. Para los elementos de hormigón visto que se consideren en ambiente IIIa, el recubrimiento mínimo será de 35 mm, esto es recubrimiento nominal de 45 mm, a cualquier armadura (estribos). Para garantizar estos recubrimientos se exigirá la disposición de separadores homologados de acuerdo con los criterios descritos en cuando a distancias y posición en el articulo 66.2 de la vigente EHE. Para el ambiente considerado III, la cantidad mínima de cemento requerida es de kg/m 3. Para el tamaño de árido previsto de 20 mm. la cantidad máxima de cemento es de 375 kg/m 3. Para ambiente IIIa la resistencia mínima es de 30 Mpa. la cantidad máxima de agua se deduce de la relación a/c 0.60

10 Características de los forjados. RD 642/2002, de 5 de Julio, por el que se aprueba instrucción para el proyecto y la ejecución de forjados unidireccionales de hormigón estructural realizados con elementos prefabricados Características técnicas de los forjados (viguetas y bovedillas). Material adoptado: Sistema de unidades adoptado: Dimensiones y armado: SANITARIO: Forjados unidireccionales compuestos de viguetas AUTOPORTANTES de hormigón, más piezas de entrevigado aligerantes (bovedillas de hormigón vibroprensado), con armadura de reparto y hormigón vertido en obra en relleno de nervios y formando la losa superior (capa de compresión). RESTO Forjados bidireccionales compuestos de viguetas IN SITU de hormigón, más piezas de entrevigado aligerantes (bovedillas de hormigón vibroprensado), con armadura de reparto y hormigón vertido en obra en relleno de nervios y formando la losa superior (capa de compresión). Se indican en los planos de los forjados los valores de MOMENTOS FLECTORES en kn por metro de ancho y grupo de viguetas, con objeto de poder evaluar su adecuación a partir de las solicitaciones de cálculo y respecto a las FICHAS de CARACTERÍSTICAS TÉCNICAS y de AUTORIZACIÓN de USO de las viguetas/semiviguetas a emplear. Canto Total 30cm Hormigón vigueta fabricante Capa de 5 cm H30 Hormigón in situ Compresión Intereje Ver plano Acero pretensado fabricante Arm. c. d 6 20x20 fabricante Fys. acero pretensado compresión semirresistent Tipo de Vigueta e Acero refuerzos 500 Bovedilla 350 Tipo de hourdis Peso propio Bovedilla hormigón El hormigón de las viguetas cumplirá las condiciones especificadas en el Art.30 de la Instrucción EHE. Las armaduras activas cumplirán las condiciones especificadas en el Art.32 de la Instrucción EHE. Las armaduras pasivas cumplirán las condiciones especificadas en el Art.31 de la Instrucción EHE. El control de los recubrimientos de las viguetas cumplirá las condiciones especificadas en el Art.34.3 de la Instrucción EFHE. El canto de los forjados unidireccionales de hormigón con viguetas armadas o pretensadas será superior al mínimo establecido en la norma EFHE (Art ) para las condiciones de diseño, materiales y cargas previstas; por lo que no es necesaria su comprobación de flecha. Observaciones: No obstante, dado que en el proyecto se desconoce el modelo de forjado definitivo (según fabricantes) a ejecutar en obra, se exigirá al suministrador del mismo el cumplimiento de las deformaciones máximas (flechas) dispuestas en la presente memoria, en función de su módulo de flecha EI y las cargas consideradas; así como la certificación del cumplimiento del esfuerzo cortante y flector que figura en los planos de forjados. Exigiéndose para estos casos la limitación de flecha establecida por la referida EFHE en el artículo En las expresiones anteriores L es la luz del vano, en centímetros, (distancia entre ejes de los pilares sí se trata de forjados apoyados en vigas planas) y, en el caso de voladizo, 1.6 veces el vuelo. Límite de flecha total a plazo infinito Límite relativo de flecha activa flecha L/250 f L / cm flecha L/500 f L / cm flecha L/250 flecha L/400 flecha 1 cm

11 3.1.4 DB SI SEGURIDAD EN CASO DE INCENDIO. REAL DECRETO 314/2006, de 17 de marzo, por el que se aprueba el Código Técnico de la Edificación.( BOE núm. 74, martes 28 marzo 2006) Artículo 11. Exigencias básicas de seguridad en caso de incendio (SI). 1. El objetivo del requisito básico «Seguridad en caso de incendio» consiste en reducir a límites aceptables el riesgo de que los usuarios de un edificio sufran daños derivados de un incendio de origen accidental, como consecuencia de las características de su proyecto, construcción, uso y mantenimiento. 2. Para satisfacer este objetivo, los edificios se proyectarán, construirán, mantendrán y utilizarán de forma que, en caso de incendio, se cumplan las exigencias básicas que se establecen en los apartados siguientes. 3. El Documento Básico DB-SI especifica parámetros objetivos y procedimientos cuyo cumplimiento asegura la satisfacción de las exigencias básicas y la superación de los niveles mínimos de calidad propios del requisito básico de seguridad en caso de incendio, excepto en el caso de los edificios, establecimientos y zonas de uso industrial a los que les sea de aplicación el «Reglamento de seguridad contra incendios en los establecimientos industriales», en los cuales las exigencias básicas se cumplen mediante dicha aplicación Exigencia básica SI 1: Propagación interior: se limitará el riesgo de propagación del incendio por el interior del edificio Exigencia básica SI 2: Propagación exterior: se limitará el riesgo de propagación del incendio por el exterior, tanto en el edificio considerado como a otros edificios Exigencia básica SI 3: Evacuación de ocupantes: el edificio dispondrá de los medios de evacuación adecuados para que los ocupantes puedan abandonarlo o alcanzar un lugar seguro dentro del mismo en condiciones de seguridad Exigencia básica SI 4: Instalaciones de protección contra incendios: el edificio dispondrá de los equipos e instalaciones adecuados para hacer posible la detección, el control y la extinción del incendio, así como la transmisión de la alarma a los ocupantes Exigencia básica SI 5: Intervención de bomberos: se facilitará la intervención de los equipos de rescate y de extinción de incendios Exigencia básica SI 6: Resistencia al fuego de la estructura: la estructura portante mantendrá su resistencia al fuego durante el tiempo necesario para que puedan cumplirse las anteriores exigencias básicas

12 INSTALACIONES CONTRAINCENDIOS Propagación interior. Introducción. Caracterización Las instalaciones contra-incendios cumplirán con lo dispuesto en el Código Técnico de la Edificación (CTE) (RD314/2006) y en el Decret 12/1985 de la CAIB. El uso del establecimiento, a efectos de aplicación del CTE, según Anejo SI A, es de: - Pública Concurrencia destinado a servicios culturales. Compartimentación en sectores de incendio El edificio, de pública concurrencia, constituye un único sector de incendio al tener una superficie construida inferior a m2 Locales con riesgo especial En el edificio se identifican las siguientes zonas de riesgo especial: - El Cuarto de Instalaciones 1, en planta baja y donde se ubica, entre otras instalaciones, el cuadro eléctrico general, se considera zona de riesgo especial bajo. - El Cuarto de Instalaciones 2, en planta primera y donde se ubican, entre otras, las instalaciones de producción de agua caliente sanitaria se considera zona de riesgo especial bajo. Propagación exterior. El edificio objeto de este proyecto está aislado, no existen medianeras con edificios vecinos y las distancias entre edificios son en todo caso mayores de 3 metros, por lo que se garantiza la no propagación de incendio a los edificios colindantes. Evacuación de ocupantes. Cálculo de la ocupación El aforo se ha estimado según punto 2 Cálculo de la Ocupación de la sección SI3 Evacuación de ocupantes del Código Técnico de la Edificación. A continuación se describe la ocupación asignada a cada dependencia: PLANTA BAJA: Descripción Ocupación Recibidor ocasional Local 1 50 Distribuidor 1 ocasional Baño 1 ocasional Baño 2 ocasional Cuarto de Instalaciones 1 ocasional MÁXIMA OCUPACIÓN SIMULTÁNEA 50 PLANTA PISO: Descripción Ocupación Distribuidor 2 ocasional Distribuidor 3 ocasional Local 2 50 Baño 3 ocasional Baño 4 ocasional Cuarto de Instalaciones 2 ocasional MÁXIMA OCUPACIÓN SIMULTÁNEA 50 La altura entre forjados es de 3.05 m.

13 PLANTA CUBIERTA: Descripción Ocupación Zona cubierta transitable ocasional MÁXIMA OCUPACIÓN SIMULTÁNEA 0 MÁXIMA OCUPACIÓN SIMULTÁNEA EDIFICIO MÁXIMA OCUPACIÓN SIMULTÁNEA 100 Número de salidas y longitud de recorridos de evacuación. Planta baja: Dispone de 1 salida de planta. La longitud de los recorridos de evacuación hasta la salida de planta no excede de 25 m. Planta piso: Salida de edificio por planta baja (directa a espacio exterior seguro) Nº de personas a evacuar: 100 Ancho paso (A): 1.20 m > 100 / 200 = 0.5 m. Dispone de 1 salida de planta. La longitud de los recorridos de evacuación hasta la salida de planta no excede de 25 m. Las puertas de evacuación de edificio serán abatibles con el eje de giro vertical, y su sistema de cierre consistirá en un dispositivo de fácil y rápida apertura desde el lado del cual provenga dicha evacuación, sin tener que utilizar llaves y sin tener que actuar sobre mas de un mecanismo. Estos mecanismos cumplirán lo dispuesto en la norma UNE EN 1125:2003 VC1. Dimensionado de los medios de evacuación. En el edificio, de uso de pública concurrencia, no se consideran escaleras protegidas puesto que se trata de evacuación descendente con altura de evacuación inferior a 10m. La anchura de la escalera no protegida será de 1,2 metros. Las puertas, en todos los recorridos y salidas para la evacuación de más de 100 personas (o bien con más de 50 personas asignadas recinto en el que estén situadas dichas puertas), abrirán en el sentido de la evacuación. Todo ello indicado en los planos correspondientes. Señalización de salidas, vías de evacuación, medios de extinción. Las salidas de recinto, planta o edificio tendrán una señal con el rótulo SALIDA. En toda salida prevista para uso exclusivo en caso de emergencia se utilizará la señal SALIDA DE EMERGENCIA. Junto a las puertas que no deban utilizarse como salida de evacuaciones utilizará la señal SIN SALIDA. Control del humo en caso de incendio. Al ser la ocupación prevista inferior a personas, no será preceptiva su instalación. Detección, control y extinción. Extintores portátiles. Se colocarán extintores de 6 kg y eficacia 21A 113B en los lugares señalados en planos, de manera que no existan distancias superiores a 15 m desde puntos ocupables hasta ellos. Junto al cuadro general y a los diferentes subcuadros se colocarán extintores de 2 kg y eficacia 34B. Cada extintor dispondrá de pictograma de señalización normalizado, y la parte alta de la boca del extintor no superará la altura de 1,70m.

14 Instalación de bocas de incendio equipadas. Al ser la superficie construida del edificio inferior a 500 m2, no será preceptiva 15/00037/09 su instalación. Hidrantes Exteriores. Al ser la superficie construida del edificio inferior a m2, no será preceptiva su instalación Columna seca. Al ser la altura de evacuación en todo caso inferior a 24 m, no será preceptiva su instalación. Sistema de detección y alarma de incendio. Al ser la superficie construida del edificio inferior a m2, no será preceptiva su instalación. Elementos no modificables. Cumplimento de la normativa contra incendios. La clase de reacción al fuego de los elementos constructivos estructurales será, según capítulo 3 de SI-6 del CTE: Uso del sector Bajo rasante Sobre rasante <15m Residencial público R 120 R 60 Pública concurrencia R 120 R 90 Aparcamiento (bajo un uso distinto) R 120 R 120 Zonas de riesgo especial bajo R90 R90 Zonas de riesgo especial medio R 120 R 120 Zonas de riesgo especial alto R 180 R 180 La clase de reacción al fuego deberá cumplir lo establecido en el capítulo 4 de SI-1 del CTE: Situación del elemento Revestimiento De techos y paredes De suelos Zonas ocupables C-s2,d0 E FL Aparcamientos A2-s1,d0 A2 FL -s1 Recintos de riesgo especial B-s1,d0 B FL -s1 Falsos techos no estancos B-s3,d0 B FL -s2 Alumbrado de señalización y emergencia Se dispondrán de aparatos autónomos automáticos de alumbrado y señalización, repartidos por todo el edificio. La instalación cumplirá las condiciones de servicio que se indica a continuación, durante 1 hora, como mínimo, a partir del instante en que tenga lugar el fallo. Proporcionará una iluminancia de 1 lx, como mínimo, en el nivel del suelo en los recorridos de evacuación, medida en el eje en pasillos y escaleras, y en todo punto cuando dichos recorridos discurran por espacios distintos de los citados. La iluminancia será, como mínimo, de 5 lx en los puntos en los que estén situados los equipos de las instalaciones de protección contra incendios que exijan utilización manual y en los cuadros de distribución del alumbrado. La uniformidad de la iluminación proporcionada en los distintos puntos de cada zona será tal que el cociente entre la iluminancia máxima y la mínima sea menor que 40. Los niveles de iluminación establecidos deben obtenerse considerando nulo el factor de reflexión sobre paredes y techos y contemplando un factor de mantenimiento que englobe la reducción del rendimiento luminoso debido a la suciedad de las luminarias y al envejecimiento de las lámparas. Para cumplir las condiciones del articulado puede aplicarse la siguiente regla práctica para la distribución de las luminarias: Dotación: 5 lúmenes/m². Flujo luminoso de las luminarias: F ³30 lúmenes.

15 Separación de las luminarias 4h, siendo h la altura a la que estén instaladas las luminarias, comprendida entre 2,00 m y 2,50 m. Si la instalación se realiza con aparatos o equipos autónomos automáticos, las 15/00037/09 características exigibles a dichos aparatos y equipos serán las establecidas en las normas UNE , UNE y UNE-EN Se instalarán según se indica en la ICT BT 25. La sección del cable será de 1,5 mm 2. Tendrán las siguientes características: Baterías de Cadmio - Níquel Enganche automático Estancas al polvo, a las fibras volátiles y a la humedad Todos los aparatos de alumbrado de emergencia se someterán a inspección una vez al año como mínimo. Riesgo de incendio, deflagración o explosión. No existirán recipientes o elementos susceptibles de producir incendios, deflagraciones o explosiones.

16 DB SU SEGURIDAD DE UTILIZACIÓN. Sección SU 1 Seguridad frente al riesgo de caídas 1 Resbaladicidad de los suelos Con el fin de limitar el riesgo de resbalamiento, los suelos de los edificios o zonas de uso Sanitario, Docente, Comercial, Administrativo, Aparcamiento y Pública Concurrencia, excluidas las zonas de uso restringido, tendrán una clase adecuada conforme al punto 3 de este apartado. Los suelos se clasifican, en en función de su valor de resistencia al deslizamiento Rd, de acuerdo con lo establecido en la tabla 1.1: Tabla 1.1 Clasificación de los suelos según su resbaladicidad. Resistencia al deslizamiento Rd Clase Rd < Rd < Rd 45 2 Rd > 45 3 El valor de resistencia al deslizamiento Rd se determina mediante el ensayo del péndulo descrito en el Anejo A de la norma UNE-ENV 12633:2003 empleando la escala C en probetas sin desgaste acelerado. La muestra seleccionada será representativa de las condiciones más desfavorables de resbaladicidad. La tabla 1.2 indica la clase que tendrán los suelos, como mínimo, en función de su localización. Dicha clase se mantendrá durante la vida útil del pavimento. Tabla 1.2 Clase exigible a los suelos en función de su localización Localización y características del suelo Clase Zonas interiores secas -Superficies con pendiente menor que el 6% 1 -Superficies con pendiente igual o mayor que el 6% y escaleras 2 Zonas interiores húmedas, tales como las entradas a los edificios desde el espacio exterior (1), terrazas cubiertas, vestuarios, duchas, baños, aseos, cocinas, etc. -Superficies con pendiente menor que el 6% 2 -Superficies con pendiente igual o mayor que el 6% y escaleras 3 Zonas interiores donde, además de agua, pueda haber agentes (grasas, lubricantes, etc.) que reduzcan la resistencia al deslizamiento, tales como cocinas 3 industriales, mataderos, aparcamientos, zonas de uso industrial, etc. Zonas exteriores. Piscinas (2) 3 (1) Excepto cuando se trate de accesos directos a zonas de uso restringido. (2) En zonas previstas para usuarios descalzos y en el fondo de los vasos, en las zonas en las que la profundidad no exceda de 1,50 m 2 Discontinuidades en el pavimento Excepto en zonas de uso restringido y con el fin de limitar el riesgo de caídas como consecuencia de traspiés o de tropiezos, el suelo cumplirá las condiciones siguientes: a) No presentará imperfecciones o irregularidades que supongan una diferencia de nivel de más de 6 mm. b) Los desniveles que no excedan de 50 mm se resolverán con una pendiente que no exceda el 25%. c) En zonas interiores para circulación de personas, el suelo no presentará perforaciones o huecos por los que pueda introducirse una esfera de 15 mm de diámetro. Cuando se dispongan barreras para delimitar zonas de circulación, tendrán una altura de 800 mm como mínimo. En zonas de circulación no se dispondrá un escalón aislado, ni dos consecutivos, excepto en los casos siguientes:

17 a) En zonas de uso restringido. b) En las zonas comunes de los edificios de uso Residencial Vivienda. c) En los accesos y salidas de los edificios. d) En el acceso a un estrado o escenario. 3 Desniveles 3.1 Protección de los desniveles Con el fin de limitar el riesgo de caída, existirán barreras de protección en los desniveles, huecos y aberturas (tanto horizontales como verticales) balcones, ventanas, etc. con una diferencia de cota mayor que 550 mm. En las zonas de público (personas no familiarizadas con el edificio) se facilitará la percepción de las diferencias de nivel que no excedan de 550 mm y que sean susceptibles de causar caídas, mediante diferenciación visual y táctil. La diferenciación estará a una distancia de 250 mm del borde, como mínimo. 3.2 Características de las barreras de protección Altura Las barreras de protección tendrán, como mínimo, una altura de 900 mm cuando la diferencia de cota que protegen no exceda de 6 m y de mm en el resto de los casos, excepto en el caso de huecos de escaleras de anchura menor que 400 mm, en los que la barrera tendrá una altura de 900 mm, como mínimo. La altura se medirá verticalmente desde el nivel de suelo o, en el caso de escaleras, desde la línea de inclinación definida por los vértices de los peldaños, hasta el límite superior de la barrera (véase figura 3.1).

18 3.2.2 Resistencia Las barreras de protección tendrán una resistencia y una rigidez suficiente para resistir la fuerza horizontal establecida en el apartado del Documento Básico SE-AE, en función 15/00037/09 de la zona en que se encuentren Características constructivas En cualquier zona de los edificios de uso Residencial Vivienda o de escuelas infantiles, así como en las zonas de público de los establecimientos de uso Comercial o de uso Pública Concurrencia, las barreras de protección, incluidas las de las escaleras y rampas, estarán diseñadas de forma que: a) No pueden ser fácilmente escaladas por los niños, para lo cual no existirán puntos de apoyo en la altura comprendida entre 200 mm y 700 mm sobre el nivel del suelo o sobre la línea de inclinación de una escalera. b) No tienen aberturas que puedan ser atravesadas por una esfera de 100 mm de diámetro, exceptuándose las aberturas triangulares que forman la huella y la contrahuella de los peldaños con el límite inferior de la barandilla, siempre que la distancia entre este límite y la línea de inclinación de la escalera no exceda de 50 mm (véase figura 3.2). Las barreras de protección situadas en zonas destinadas al público en edificios o establecimientos de usos distintos a los citados anteriormente únicamente precisarán cumplir la condición b) anterior, considerando para ella una esfera de 150 mm de diámetro Barreras situadas delante de una fila de asientos fijos La altura de las barreras de protección situadas delante de una fila de asientos fijos podrá reducirse hasta 700 mm si la barrera de protección incorpora un elemento horizontal de 500 mm de anchura, como mínimo, situado a una altura de 500 mm, como mínimo. En ese caso, la barrera de protección será capaz de resistir una fuerza horizontal en el borde superior de 3 kn/m y simultáneamente con ella, una fuerza vertical uniforme de 1,0 kn/m, como mínimo, aplicada en el borde exterior (véase figura 3.3).

19 4 Escaleras y rampas 4.1 Escaleras de uso restringido No existen escaleras de uso restringido. 4.2 Escaleras de uso general Peldaños En tramos rectos, la huella medirá 280 mm como mínimo, y la contrahuella 130 mm como mínimo, y 185 mm como máximo. La huella H y la contrahuella C cumplirán a lo largo de una misma escalera la relación 540 mm 2C + H 700 mm. siguiente: No existen tramos curvos Tramos En estos casos no será necesario cumplir las siguientes condiciones: a) En zonas de uso restringido. b) En las zonas comunes de los edificios de uso Residencial Vivienda. c) En los accesos a los edificios, bien desde el exterior, bien desde porches, aparcamientos, etc. d) En salidas de uso previsto únicamente en caso de emergencia. e) En el acceso a un estrado o escenario. Cada tramo tendrá 3 peldaños como mínimo y salvará una altura de 3,20 m como máximo. La máxima altura que puede salvar un tramo es 2,50 m en uso Sanitario y 2,10 m en escuelas infantiles, centros de enseñanza primaria y edificios utilizados principalmente por ancianos. En el resto de los casos cada tramo tendrá 3 peldaños como mínimo y salvará una altura de 3,20 m como máximo. Los tramos podrán ser rectos, curvos o mixtos. En una misma escalera, todos los peldaños tendrán la misma contrahuella y todos los peldaños de los tramos rectos tendrán la misma huella. En tramos mixtos, la huella medida en el eje del tramo en las partes curvas no será menor que la huella en las partes rectas. La anchura útil del tramo se determinará de acuerdo con las exigencias de evacuación establecidas en el apartado 4 de la Sección SI 3 del DB-SI y será, como mínimo, mm en uso comercial y mm en uso vivienda. La anchura de la escalera estará libre de obstáculos.

20 La anchura mínima útil se medirá entre paredes o barreras de protección, sin descontar el espacio ocupado por los pasamanos siempre que estos no sobresalgan más de 120 mm de la pared o barrera de protección Mesetas Las mesetas dispuestas entre tramos de una escalera con la misma dirección tienen al de la escalera y una longitud medida en su eje de mm, como mínimo. menos la anchura En las mesetas de planta de las escaleras de zonas de público (personas no familiarizadas con el edificio) se dispondrá una franja de pavimento táctil en el arranque de los tramos descendentes, con la misma anchura que el tramo y una profundidad de 80 mm, como mínimo. En dichas mesetas no habrá puertas ni pasillos de anchura inferior a mm situados a menos de 400 mm de distancia del primer peldaño de un tramo. Cuando exista un cambio de dirección entre dos tramos, la anchura de la escalera no se reducirá a lo largo de la meseta (véase figura 4.4). La zona delimitada por dicha anchura esta libre de obstáculos y sobre ella no barre el giro de apertura de ninguna puerta, excepto las de zonas de ocupación nula definidas en el anejo SI A del DB SI. 4.3 Rampas Las rampas cuya pendiente exceda del 6% cumplen lo que se establece en los apartados que figuran a continuación. Rampas de uso general Pendiente de las rampas. Las rampas tienen una pendiente del 12%, como máximo, excepto: a) Las previstas para usuarios en sillas de ruedas, cuya pendiente será, como máximo, del 10% si su longitud es menor que 3 m y del 8% cuando la longitud es menor que 6 m y del 6% en el resto de los casos. b) Las de circulación de vehículos en aparcamientos que también estén previstas para la circulación de personas, exceptuadas las discapacitadas, cuya pendiente será, como máximo, del 16% Tramos de las rampas. Los tramos tendrán una longitud de 15 m como máximo, excepto si la rampa está destinada a usuarios en sillas de ruedas, en cuyo caso la longitud del tramo será de 9 m, como máximo, así como en las de aparcamientos previstas para circulación de vehículos y de personas, en las cuales no se limita la longitud de los tramos. La anchura útil se determinará de acuerdo con las exigencias de evacuación establecidas en el apartado 4 de la Sección SI 3 del DB-SI y será, como mínimo, la indicada para escaleras en la tabla 4.1.

21 La anchura de la rampa estará libre de obstáculos. La anchura mínima útil se medirá entre paredes o barreras de protección, sin descontar el espacio ocupado por los pasamanos, siempre que estos no sobresalgan más de 120 mm de la pared o barrera de protección. Si la rampa está prevista para usuarios en sillas de ruedas los tramos serán rectos y de una anchura constante de mm, como mínimo. Si además tiene bordes libres, éstos contarán con un zócalo o elemento de protección lateral de 100 mm de altura, como mínimo Mesetas. Las mesetas dispuestas entre los tramos de una rampa con la misma dirección tendrán al menos la anchura de la rampa y una longitud, medida en su eje, de mm como mínimo. Cuando exista un cambio de dirección entre dos tramos, la anchura de la rampa no se reducirá a lo largo de la meseta. La zona delimitada por dicha anchura estará libre de obstáculos y sobre ella no barrerá el giro de apertura de ninguna puerta, excepto las de zonas de ocupación nula definidas en el anejo SI A del DB SI. No habrá puertas ni pasillos de anchura inferior a mm situados a menos de 400 mm de distancia del arranque de un tramo. Si la rampa está prevista para usuarios en sillas de ruedas, dicha distancia será de mm como mínimo Pasamanos. Las rampas que salven una diferencia de altura de más de 550 mm, o de 150 mm si se destinan a personas con movilidad reducida, dispondrán de un pasamanos continuo al menos en un lado. Cuando su anchura libre exceda de mm dispondrán de pasamanos en ambos lados. El pasamanos estará a una altura comprendida entre 900 y mm. Cuando la rampa esté prevista para usuarios en sillas de ruedas o usos en los que se dé presencia habitual de niños, tales como docente infantil y primaria, se dispondrá otro pasamanos a una altura comprendida entre 650 y 750 mm. El pasamanos será firme y fácil de asir, estará separado del paramento al menos 40 mm y su sistema de sujeción no interferirá el paso continuo de la mano. 4.4 Pasillos escalonados de acceso a localidades en graderíos y tribunas No exsite este tipo de pasillos 4.5 Escalas fijas Las escalas fijas cumplirán estas condiciones: La anchura de las escalas estará comprendida entre 400 mm y 800 mm. La distancia entre peldaños será 300 mm como máximo. Delante de la escala se dispondrá un espacio libre de 750 mm, como mínimo, medido desde el frente de los escalones. La distancia entre la parte posterior de los escalones y el objeto fijo más próximo será de 160 mm, como mínimo. Habrá un espacio libre de 400 mm a ambos lados del eje de la escala si no está provista de jaulas u otros dispositivos equivalentes (véase figura 4.5). Cuando el paso desde el tramo final de una escala hasta la superficie a la que da acceso supongaun riesgo de caída por falta de apoyos, la barandilla o el lateral de la escala se prolongará al menos1000 mm por encima del último peldaño. (véase figura 4.5). Las escalas que tengan una altura mayor que 4 m dispondrán de una protección circundante a partir de dicha altura. Esta medida no será necesaria en conductos, pozos angostos y otras instalaciones que, por su configuración, ya proporcionen dicha protección. Si se emplean escalas para alturas mayores de 9 m se instalarán plataformas de descanso al menos cada 9 m (véase figura 4.5).

22 5 Limpieza de los acristalamientos exteriores Existen acristalamientos a una altura superior de 6 m. Para la limpieza de los acristalamientos exteriores se han dispuesto estos sistemas: Se dispondrá una plataforma de mantenimiento, que tendrá una anchura de 400 mm, como mínimo, y una barrera de protección de mm de altura, como mínimo. La parte alta del acristalamiento estará a una altura sobre el nivel de la plataforma que no exceda la alcanzada en los procedimientos normales de limpieza y mantenimiento. Se dispondrán equipamientos de acceso especial, tales como góndolas, escalas, arneses, etc., para lo que estará prevista la instalación de puntos fijos de anclaje en el edificio que garanticen la resistencia adecuada. Sección SU 2 Seguridad frente al riesgo de impacto o de atrapamiento 1 Impacto 1.1 Impacto con elementos fijos La altura libre de paso en zonas de circulación será, como mínimo, mm en zonas de uso restringido y mm en el resto de las zonas. En los umbrales de las puertas la altura libre será mm, como mínimo. En zonas de circulación, las paredes carecerán de elementos salientes que no arranquen del suelo, que vuelen más de 150 mm en la zona de altura comprendida entre 150 mm y 2200 mm medida a partir del suelo y que presenten riesgo de impacto. Los elementos fijos que sobresalgan de las fachadas y que estén situados sobre zonas de circulación estarán a una altura de mm, como mínimo. Se limitará el riesgo de impacto con elementos volados cuya altura sea menor que 2000 mm, tales como mesetas o tramos de escalera, de rampas, etc., disponiendo elementos fijos que restrinjan el acceso hasta ellos. 1.2 Impacto con elementos practicables Excepto en zonas de uso restringido, las puertas de paso situadas en el lateral de los pasillos cuya anchura sea menor que 2,50 m se dispondrán de forma que el barrido de la hoja no invada el pasillo (véase figura).

23 Excepto en zonas de uso restringido, los pasillos cuya anchura exceda de 2,50 m, el barrido de las hojas de las puertas no invaden la anchura determinada, en función de las condiciones de evacuación, conforme al apartado 4 de la Sección SI 3 del DB SI. Las puertas de vaivén situadas entre zonas de circulación tendrán partes transparentes o translucidas que permitan percibir la aproximación de las personas y que cubran la altura comprendida entre 0,7 m y 1,5 m, como mínimo. 1.3 Impacto con elementos frágiles Existen áreas con riesgo de impacto. Identificadas estas según el punto 2 del Apartado 1.3 de la sección 2 del DB SU. Se identifican las siguientes áreas con riesgo de impacto (véase figura 1.2): a) En puertas, el área comprendida entre el nivel del suelo, una altura de mm y una anchura igual a la de la puerta más 300 mm a cada lado de esta. b) En paños fijos, el área comprendida entre el nivel del suelo y una altura de 900 mm. Las superficies acristaladas situadas en las áreas con riesgo de impacto indicadas en el punto 2 del Apartado 1.3 de la sección 2 del DB SU cumplen las condiciones necesarias al disponer de una barrera de protección conforme al apartado 3.2 de SU 1. Las partes vidriadas de puertas y de cerramientos de duchas y bañeras estarán constituidas por elementos laminados o templados que resistan sin rotura un impacto de nivel 3, conforme al procedimiento descrito en la norma UNE EN 12600:2003. Se cumple así el punto 3 del apartado 1.3 de la sección 2 del DB SU. 1.4 Impacto con elementos insuficientemente perceptibles No es necesaria señalización añadida en todas las grandes superficies acristaladas que se puedan confundir con puertas o aberturas al existir montantes separados una distancia de 600 mm, como máximo, o la superficie acristalada cuenta al menos con un travesaño situado a la altura inferior antes mencionada. Las puertas de vidrio disponen de elementos que permitan identificarlas, tales como cercos o tiradores, cumpliendo así el punto 2 del apartado 1.4 de la sección 2 del DB SU. 2 Atrapamiento Incluidos sus mecanismos de apertura y cierre, la distancia a hasta el objeto fijo más próximo será 200 mm, como mínimo (véase figura 2.1). Los elementos de apertura y cierre automáticos dispondrán de dispositivos de protección adecuados al tipo de accionamiento y cumplirán con las especificaciones técnicas propias.

24 Sección SU 3 Seguridad frente al riesgo de aprisionamiento en recintos 1 Aprisionamiento Existen puertas de un recinto que tendrán dispositivo para su bloqueo desde el interior y en donde las personas pueden quedar accidentalmente atrapadas dentro del mismo. En esas puertas existirá algún sistema de desbloqueo desde el exterior del recinto y excepto en el caso de los baños o los aseos de viviendas, dichos recintos tendrán iluminación controlada desde su interior.se cumple así el apartado 1 de la sección 3 del DB SU. Las dimensiones y la disposición de los pequeños recintos y espacios serán adecuadas para garantizar a los posibles usuarios en sillas de ruedas la utilización de los mecanismos de apertura y cierre de las puertas y el giro en su interior, libre del espacio barrido por las puertas. Se cumple así el apartado 2 de la sección 3 del DB SU. La fuerza de apertura de las puertas de salida será de 140 N, como máximo, excepto en las de los pequeños recintos y espacios, en las que será de 25 N, como máximo. Se cumple así el apartado 3 de la sección 3 del DB SU. Sección SU 4 Seguridad frente al riesgo causado por iluminación inadecuada Alumbrado normal en zonas de circulación La ilumanción proyectada proporcionará, como mínimo, los siguientes niveles de iluminación: Exterior Interior ZONA Exclusiva para personas Para vehículos o mixtas Exclusiva para personas Para vehículos o mixtas Iluminancia mínima lux Escaleras 10 Resto de zonas 5 10 Escaleras 75 Resto de zonas Al tratarse de un establecimiento de pública concurrencia se ha dispuesto de iluminación de balizamiento en las rampas y en cada uno de los peldaños de las escaleras. Alumbrados de emergencia Se dispondrá de equipos con fuentes propias de energía (bloques con baterías de una hora de autonomía mínima), los cuales entrarán en servicio en el momento en que se detecte un fallo o bajada en la tensión nominal de la red mayor del 70%. La señalización se realizará mediante carteles próximos a los bloques de emergencia, no estando prevista la utilización de adhesivos para dichos bloques. La instalación cumplirá las condiciones de servicio que se indica a continuación, durante 1 hora, como mínimo, a partir del instante en que tenga lugar el fallo. Proporcionará una iluminancia de 1 lx, como mínimo, en el nivel del suelo en los recorridos de evacuación, medida en el eje en pasillos y escaleras, y en todo punto cuando dichos recorridos discurran por espacios distintos de los citados. La iluminancia será, como mínimo, de 5 lx en los puntos en los que estén situados los equipos de las instalaciones de protección contra incendios que exijan utilización manual y en los cuadros de distribución del alumbrado. La uniformidad de la iluminación proporcionada en los distintos puntos de cada zona será tal que el cociente entre la iluminancia máxima y la mínima sea menor que 40. Los niveles de iluminación establecidos deben obtenerse considerando nulo el factor de

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