EL TRATAMIENTO DE DATOS PERSONALES CON FINES DE VIGILANCIA A TRAVÉS DE SISTEMAS DE CÁMARAS O VIDEOCÁMARAS

Tamaño: px
Comenzar la demostración a partir de la página:

Download "EL TRATAMIENTO DE DATOS PERSONALES CON FINES DE VIGILANCIA A TRAVÉS DE SISTEMAS DE CÁMARAS O VIDEOCÁMARAS"

Transcripción

1 EL TRATAMIENTO DE DATOS PERSONALES CON FINES DE VIGILANCIA A TRAVÉS DE SISTEMAS DE CÁMARAS O VIDEOCÁMARAS Curso CIFSE Madrid, 24 de abril de 2014 Emilio del Val Puerto Jefe de Área Agencia Española de Protección de Datos

2 2 ALGUNAS IDEAS GENERALES El tratamiento de la imagen de las personas como realidad cotidiana: Expansión en el ámbito privado y en el público. Aspectos positivos y negativos (seguridad vs. intimidad). Sometimiento a la normativa sobre protección de datos: Existencia de tratamiento de datos: soporte físico y tratamiento (Medios digitales vs. Medios analógicos no estructurados) Necesario desarrollo de la LOPD en este punto: Instrucción 1/2006 de la AEPD.

3 3 OTRAS NORMAS: su aplicación práctica Ley Orgánica 4/1997, de 4 de agosto, sobre utilización de videocámaras por parte de las FF y CC de Seguridad (y su reglamento RD 596/1999). Ley Orgánica 1/1992, de Protección de la Seguridad Ciudadana. Ley 23/1992, de Seguridad Privada (y su reglamento RD 2364/1994). Nueva Ley 5/2014, de 4 de abril, de Seguridad Privada.

4 4 ESPECIAL REFERENCIA AL PRINCIPIO DE PROPORCIONALIDAD (I) Siempre que resulte posible, deben adoptarse otros medios menos intrusivos para la protección de los datos de carácter personal, con el fin de prevenir interferencias injustificadas en los derechos y libertades fundamentales. En consecuencia, el uso de cámaras o videocámaras no debe suponer el medio inicial para llevar a cabo sus funciones por los responsables de los tratamientos, debiéndose valorar la utilización de estos sistemas en atención a su proporcionalidad en relación con el fin perseguido.

5 5 ESPECIAL REFERENCIA AL PRINCIPIO DE PROPORCIONALIDAD (II) Los criterios de legitimación y proporcionalidad a la hora de valorar la captación de imágenes a través de cámaras o videocámaras, han sido considerados determinantes por la Jurisprudencia del Tribunal Constitucional: Sentencias STC 186/2000, de 10 de julio, FFJJ. 6 y 7, y STC 98/2000, de 10 de abril, FJ. 8. A su vez, con carácter general, dichos criterios han sido considerados como determinantes de cualquier medida restrictiva de derechos fundamentales en otras muchas Sentencias del Alto Tribunal (STC 66/1995, de 8 de mayo FJ. 5; SSTC 55/1996, de 28 de marzo FFJJ. 6, 7, 8 y 9; SSTC 207/1996, de 16 de diciembre FJ. 4.e; y SSTC 37/1998, de 17 de febrero FJ. 8).

6 6 ESPECIAL REFERENCIA AL PRINCIPIO DE PROPORCIONALIDAD (III) De acuerdo con dicha Jurisprudencia, para comprobar si una medida restrictiva de un derecho fundamental supera el juicio de proporcionalidad, debe constatarse si cumple las tres condiciones siguientes: si tal medida es susceptible de conseguir el objetivo propuesto (juicio de idoneidad); si, además, es necesaria, en el sentido de que no exista otra medida más moderada para la consecución de tal propósito con igual eficacia (juicio de necesidad); y, finalmente, si la misma es ponderada o equilibrada, por derivarse de ella más beneficios o ventajas para el interés general que perjuicios sobre otros bienes o valores en conflicto (juicio de proporcionalidad en sentido estricto). Principio de proporcionalidad: consideración de los bienes jurídicos protegidos y del grado de injerencia en relación con los mismos.

7 7 REFERENCIA AL INTERÉS LEGÍTIMO DEL ART. 7 F) DE LA DIRECTIVA De acuerdo con el artículo 7 f) de la Directiva 95/46/CE del parlamento europeo y del consejo, relativa a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos: Artículo 7 Los Estados miembros dispondrán que el tratamiento de datos personales sólo pueda efectuarse si: ( ) f) es necesario para la satisfacción del interés legítimo perseguido por el responsable del tratamiento o por el tercero o terceros a los que se comuniquen los datos, siempre que no prevalezca el interés o los derechos y libertades fundamentales del interesado que requieran protección con arreglo al apartado 1 del artículo 1 de la presente Directiva. El control ex ante vs el control ex post facto.

8 8 Instrucción 1/2006 de la AEPD (I) Ámbito objetivo. Fuerzas y Cuerpos de Seguridad por sus disposiciones (Ley Orgánica 4/1997), pero cumpliendo también las garantías y principios básicos de la LOPD. Mención al artículo 2.3 e) LOPD. Sistemas de cámaras y videocámaras. También medios análogos. Aplicable a cualquier otro dato distinto de la imagen también captado. Sin perjuicio de otras competencias y/o autorizaciones. Exclusión del uso personal o doméstico: Exclusiones: Referencia al video-portero. Referencia a la captación sin grabación: reproducción o emisión en tiempo real. Tratamientos realizados por las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad. Tratamientos en el ámbito personal o doméstico. Libertad de información: artículo 20 C.E.

9 9 Instrucción 1/2006 de la AEPD (II) Formas de legitimación: Remisión a los artículos 6.1 y 2 y 11.1 y 2 de la LOPD. Otros requisitos (Vg.: técnicos y administrativos). Nueva referencia a la proporcionalidad y al interés legítimo. Información: Cumplimiento del artículo 5 LOPD. Carteles informativos. Disposición de impresos.

10 10 Instrucción 1/2006 de la AEPD (III) Principios de calidad, proporcionalidad y finalidad: Referencia al artículo 4 LOPD. Ausencia de otros medios eficaces. Tratamiento en espacios públicos (de manera imprescindible). Derechos de las Personas: Remisión a los artículos 15 y ss. de la LOPD. Posible tutela ante AEPD. Cancelación de datos: Plazo máximo de un mes desde la captación.

11 11 Instrucción 1/2006 de la AEPD (IV) Notificación de ficheros al Registro General de Protección de Datos. En los de titularidad pública, cumpliéndose con lo dispuesto en el artículo 20 LOPD. En los de titularidad privada, cumpliéndose con lo dispuesto en los artículos 25 y 26 LOPD. No se considera fichero al tratamiento consistente exclusivamente en la reproducción o emisión de imágenes en tiempo real. Seguridad y Secreto: Reproducción de las obligaciones generales de la LOPD (artículo 9 y 10 de la LOPD; formación-información de las personas con acceso a los datos).

12 12 Algunos matices y especialidades Junto al fin de seguridad se aprecian otras posibles finalidades. Existencia de especialidades en diferentes ámbitos (Instituciones de crédito, Otras entidades privadas, Tráfico, Sanidad, etc.). No existen especialidades en el procedimiento para la elaboración de la disposición de carácter general (Real Decreto 1720/2007; Acuerdo o Disposición General, en el caso de Administraciones Públicas). Especialidades en relación con el tratamiento de la voz.

13 13 Responsable vs. Encargado del Tratamiento (I) Responsable del tratamiento. De acuerdo con definición LOPD: quien decide sobre finalidad, contenido y uso previsto : quien ostenta la competencia administrativa a cuyo fin sirve la instalación de la cámara. Posible Encargo de Tratamiento : requisitos del artículo 12 LOPD y correlativos del RD 1720/2007. Algunos supuestos. Una empresa externa puede prestar servicios consistentes en: Instalación y/o mantenimiento técnico de los equipos y sistemas de videovigilancia con utilización de los equipos o acceso a las imágenes. La empresa es considerada encargada del tratamiento. Instalación y/o mantenimiento técnico de los equipos y sistemas de videovigilancia sin acceso a las imágenes. En este caso, la empresa no será encargada del tratamiento.

14 14 Responsable vs. Encargado del Tratamiento (II) Encargo de Tratamiento: Cuando se capten o registren imágenes con fines de seguridad privada y la empresa contratada utilice las videocámaras y/o acceda a las imágenes por medio de su personal, deben cumplirse los requisitos del artículo 12 LOPD y correlativos del RD 1720/2007. Este contrato es regulado en detalle por el RDLOPD (artículos 20 a 22). El contenido del contrato se determina atendiendo a las características concretas. Esto obliga a verificar por el responsable el cumplimiento de la LOPD por parte de la empresa de seguridad y si reúne los requisitos legales que habilitan para la prestación de estos servicios. No cabe la subcontratación con terceros salvo que: Se atribuya esta posibilidad al encargado, en nombre del responsable. Se autorice en el contrato a subcontratar con una determinada empresa, o bien se trate de una autorización genérica con la obligación de contar con la posterior autorización del responsable. Además de cumplir con alguna de las anteriores condiciones, debe formalizarse un contrato de acceso a los datos por cuenta de terceros entre el encargado y el subcontratista. Además, se han de seguir siempre las instrucciones del responsable.

15 15 Supuestos de Legitimación y Finalidad Supuestos de Legitimación y Finalidad en el tratamiento de imágenes. Enumeración de supuestos más habituales: Vigilancia para la seguridad: videovigilancia en sentido estricto. Cámaras en recintos estrictamente privados. Cámaras con acceso a la vía pública. Cámaras en recintos privados pero con posibilidad de acceso público. Tráfico, circulación y seguridad vial; aforos vehículos. Disposición Adicional Octava de LO 4/1997, y Disposición Adicional Única de su reglamento de desarrollo. Mantenimiento de relaciones negociales, laborales o administrativas vinculadas a la competencia del Órgano (laboral). Así por ejemplo, art E.T. para el control de los trabajadores. Otros: por norma con rango de ley formal o habilitada por norma comunitaria de aplicación directa (Así, Ley de Seguridad Privada, Estatuto de los Trabajadores, etc.).

16 16 Cancelación de imágenes Supresión y borrado cuando dejen de ser necesarias o pertinentes. Regla general: en el plazo máximo de un mes. Posibles reglas específicas: plazos establecidos en normas sectoriales (Vg: en establecimientos de importancia neurálgica, en relación con la investigación científica, etc.) Excepción: conservación más allá de dichos plazos durante el tiempo en que pueda exigirse alguna responsabilidad derivada de una relación u obligación jurídica, de la ejecución de un contrato, etc.-, siempre que exista prueba documental sobre tal necesidad. Obligación de bloqueo en atención a responsabilidades nacidas del tratamiento durante el plazo de prescripción de responsabilidades y/o acciones (a disposición de AA PP, Jueces o Tribunales). Excepción: conservación de imagen para atender los derechos del afectado.

17 Deber de informar (cuestiones generales) Deber de Información: Distintivos necesarios: Uno o varios: referencia a los lugares con varios accesos. Naturaleza o estructura de las zonas y espacios videovigilados. No se exige que coincidan con la disposición física de las cámaras. Tener a disposición documentación: referencia a la conexión a Internet como forma de puesta a disposición. Menciones del distintivo. Diseño del distintivo. Cuando la instalación la realicen las FF y CC de Seguridad. Sometimiento a la Ley Orgánica 4/1997, de utilización de videocámaras por las FF y CC de Seguridad. El público deberá ser informado de manera clara y permanente de la existencia de videocámaras fijas, sin especificar su emplazamiento, y de la autoridad responsable. Especialidad en el caso de sus inmuebles. 17

18 Deber de informar Deber de Información: En el caso de videovigilancia amparada en diferentes normas: Instituciones de crédito (art. 120 RSP, que desarrolla en este punto la Ley Orgánica 1/1992, de Seguridad Ciudadana). Análisis del régimen aplicable a otras entidades: joyerías, galerías de arte, gasolineras, farmacias, etc. (art. 127 RSP). Vía pública por Fuerzas y Cuerpos de Seguridad. Regla general. Especialidad en el caso de sus inmuebles. Cámaras de control de tráfico. Minimización de requisitos formales. 18

19 Cámaras en recintos estrictamente privados Exclusión general. Excepción: cuando se alcance la vía pública de manera proporcional para la finalidad que se pretende y resulte imposible evitarlo: se aplica la Instrucción 1/2006. Cámara en domicilio para vigilar tareas de empleado/a doméstico/a. Aplicación del art del E.T. Procede informar y atender a la proporcionalidad. Consideración del lugar de trabajo fuera de horario: doméstico. Grabación o visionado de imágenes en domicilio o finca particular: Con carácter general es doméstico. Excepciones: finca rústica en la que trabajan operarios, vivienda con empleada de hogar, etc. Peculiaridad de la Instalación de cámara en plaza de garaje. 19

20 20 Cámaras con acceso a vía pública (I) Regla general. Excepciones: Parte imprescindible para la finalidad de vigilancia que se pretende. Se aplica la Instrucción 1/2006. Polígonos industriales o urbanizaciones: con autorización gubernativa, siempre que no se haga uso público de las calles por tráfico o circulación de vehículos ajenos al polígono o urbanización (art. 80 RSP).

21 21 Cámaras con acceso a vía pública (II) Algunas cuestiones: En el caso de videovigilancia en vía pública por persona privada (física o jurídica) Quién debe sancionar (AEPD o Mº Interior)? La AEPD. Es necesario acreditar la captación/grabación de imágenes para poder sancionar? Esta es la regla general, pero basta con la visualización. Requisitos de la instalación por ayuntamientos para control de tráfico: Información, Inscripción de Ficheros y Medidas de Seguridad. Las FF y CC de seguridad pueden utilizar las cámaras de tráfico a efectos de seguridad ciudadana? Sí. Lo ampara la Ley O. 4/1997, y el art. 104 de la C.E.

22 22 Cámaras con acceso a vía pública (III) Algunas cuestiones (cont.): La AEPD controla la utilización por las FF y CC de Seguridad de cámaras en lugares públicos en el marco de la Ley 4/1997? Establecimiento de garantías. Especialidades. Condiciones para la captación por las FF y CC de Seguridad de imágenes para la protección de inmuebles: Régimen similar al de la Instrucción 1/2006. Instalación de cámaras en edificio público: Habilitación directa por la LOPD. Utilización posterior de las grabaciones como medio de prueba y exigencia de responsabilidad (a usuarios, policías, etc.) en procedimientos administrativos y judiciales: referencia a la finalidad declarada; referencia a los artículos 11 y 21 de la LOPD (cesión a FF y CC de Seguridad, a Jueces y Tribunales).

23 23 Cámaras en recintos privados con acceso público (I) Es el caso, entre otros, de Comunidades de Propietarios, Urbanizaciones, Comercios, Establecimientos abiertos al público, etc. Legitimación para el tratamiento: Improcedencia de relación negocial o consentimiento. No es necesaria la actuación de empresas de seguridad, salvo conexión a central de alarmas (modificación operada por Ley 25/2009, Ley Ómnibus ). Resulta necesario seguir cumpliendo con la LOPD y su normativa de desarrollo: Principio de proporcionalidad e interés legítimo de la Directiva 95/46/CE. Habilitación para el visionado de imágenes: designación de personas concretas.

24 Cámaras en recintos privados con acceso público (II) Es el caso, entre otros, de Comunidades de Propietarios, Urbanizaciones, Comercios, Establecimientos abiertos al público, etc. Supuestos de prestación de servicios entre responsable y empresa de seguridad. Determinación del sujeto sancionado en caso de infracción. En su caso Hasta dónde llega la responsabilidad de la empresa de seguridad? Oposición de un propietario o de un inquilino al sistema implantado. No concurrencia de non bis in idem en caso de sanción por la Delegación del Gobierno por incumplimiento de la LSP. Instalación de cámaras en taxis: sus condiciones deben entenderse liberalizadas con la Ley Ómnibus. No es necesaria e. de s. si no hay conexión a c. alarmas. Efectos de la autorización gubernativa (Comisión de Videovigilancia): supone de facto una habilitación para el tratamiento. Habilitación al empresario para control de trabajadores (art. 20 E.T.). 24

25 25 Comunidades de Propietarios y Urbanizaciones Que requisitos se deben cumplir para instalar videovigilancia visualizando el portal de un inmueble? La Junta de Propietarios es el órgano de gobierno que debe legitimar la instalación de las videocámaras. El acuerdo para la instalación de las cámaras deberá reflejarse en el acta de la Junta de Propietarios en los términos que determina la Ley de Propiedad horizontal. En consecuencia, se aplica lo dispuesto en el art. 17 de la Ley 49/1960, de Propiedad Horizontal. Las cámaras pueden captar imágenes de zonas comunes pero en ningún caso podrán captar imágenes del interior de los domicilios. Las imágenes serán accesibles únicamente por las personas que determine la Junta de Propietarios que se especificarán en el documento de seguridad. Con carácter general se dará cumplimiento a lo previsto en la Instrucción 1/2006 en lo que respecta al deber de información e inscripción de fichero.

26 26 Tráfico, circulación y seguridad vial; aforos vehículos (I) Disposición Adicional Octava de LO 4/1997, y Disposición Adicional Única de su reglamento de desarrollo. La instalación y uso de videocámaras y de cualquier otro medio de captación y reproducción de imágenes para el control, regulación, vigilancia y disciplina del tráfico se efectuará por la autoridad encargada de la regulación del tráfico a los fines previstos en el texto articulado de la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial, aprobado por Real Decreto Legislativo 339/1990, de 2 de marzo, y demás normativa específica en la materia, y con sujeción a lo dispuesto en las Leyes Orgánicas 5/1992, de 29 de octubre, de Regulación del Tratamiento Automatizado de los Datos de Carácter Personal, y 1/1982, de 5 de mayo, de Protección Civil del Derecho al Honor, a la Intimidad Personal y Familiar y a la Propia Imagen.

27 Tráfico, circulación y seguridad vial; aforos vehículos (II) Ello supone la aplicación de algunas previsiones específicas de la citada Ley y de la Disposición adicional única del Real Decreto 596/1999, de 16 de abril, por el que se aprueba el Reglamento de desarrollo y ejecución de la Ley Orgánica 4/1997, de 4 de agosto, por la que se regula la utilización de videocámaras por las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad en lugares públicos: Las cámaras deberán utilizarse con respeto al principio de proporcionalidad en su doble versión de idoneidad y de intervención mínima. Corresponderá a las Administraciones públicas con competencia para la regulación del tráfico, autorizar la instalación y el uso de estos dispositivos. La resolución que ordene la instalación y uso de los dispositivos fijos de captación y reproducción: Identificará genéricamente las vías públicas o los tramos de aquellas cuya imagen sea susceptible de ser captada. Las medidas tendentes a garantizar la preservación de la disponibilidad, confidencialidad e integridad de las grabaciones o registros obtenidos. El órgano encargado de su custodia y de la resolución de las solicitudes de acceso y cancelación. 27

28 28 Tráfico, circulación y seguridad vial; aforos vehículos (III) En cualquier caso, para la instalación de estas videocámaras resulta de plena aplicación el conjunto de lo dispuesto por la LOPD y en particular: Creación de los ficheros mediante una disposición de carácter general publicada en el diario oficial que corresponda. Inscripción ante el Registro General de Protección de Datos de la Agencia Española de Protección de Datos. Adopción de medidas de seguridad y documentación de las mismas. Satisfacción de los derechos de las personas. Señalización del espacio vigilado.

29 29 Entidades Financieras y de Crédito (I) Ley Orgánica 1/1992, de Seguridad Ciudadana por razones de seguridad pública prevé su instalación, en virtud de la autorización reglamentaria de desarrollo contenida en el R. de Seguridad Privada (art. 120). Estas instalaciones son de titularidad privada siendo estas entidades responsables de las mismas. El artículo 120 del Reglamento de Seguridad Privada define peculiaridades en su régimen jurídico: Las imágenes estarán exclusivamente a disposición de las autoridades judiciales y de las dependencias de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad, a las que facilitarán inmediatamente aquellas que se refieran a la comisión de hechos delictivos. El contenido de los soportes será estrictamente reservado, y las imágenes grabadas únicamente podrán ser utilizadas como medio de identificación de los autores de delitos contra las personas y contra la propiedad. En principio las imágenes sólo podrán ser visualizadas por las FF y CC de Seguridad, los Jueces y Tribunales, por la Inspección de la AEPD en ejercicio de sus competencias y por el personal legitimado por la Ley de Seguridad Privada. En estos ficheros, debido a las anteriores restricciones, el derecho de acceso de los afectados no es posible, sin perjuicio de que quepa invocar en su caso la tutela de la AEPD. La cancelación se produce transcurridos quince días desde la grabación, salvo que hubiesen dispuesto lo contrario las autoridades judiciales o las FF y CC de Seguridad competentes. En lo no específicamente previsto por el Reglamento de Seguridad Privada se aplicará el régimen de la LOPD y de la Instrucción 1/2006.

30 30 Entidades Financieras y de Crédito (II) Éste régimen especial requiere el cumplimiento de dos requisitos adicionales: La presencia de información específica disponible para el público que, eventualmente, puede sustituir a la prevista en la Instrucción 1/2006. Que los empleados o responsables de la entidad bancaria no accedan a las imágenes en cuyo caso les es de plena aplicación la Instrucción 1/2006. Se exceptúan los casos en los que la entidad disponga de personal propio con la categoría de director de seguridad conforme a Ley de Seguridad Privada y a su Reglamento de desarrollo.

31 31 ENTIDADES FINANCIERAS Y DE CRÉDITO (III): Resumen La instalaciones de videovigilancia utilizadas en Bancos, Cajas de Ahorro y demás entidades de crédito están sujetas a reglas específicas (Ley Seguridad Privada). Estas instalaciones son de titularidad privada siendo estas entidades responsables de las mismas. El artículo 120 del Reglamento de Seguridad Privada define peculiaridades en su régimen jurídico. Entre ellas se encuentra que las imágenes estarán exclusivamente a disposición de las autoridades judiciales y de las dependencias de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad, a las que facilitarán inmediatamente aquellas que se refieran a la comisión de hechos delictivos.

32 Joyerías, Galerías de Arte, Gasolineras, etc. La instalaciones de videovigilancia utilizadas en Joyerías, Platerías, Galerías de arte, Tiendas de antigüedades. Estas instalaciones son de titularidad privada siendo las propias entidades las responsables de las mismas. El artículo 127 del Reglamento de Seguridad Privada se refiere a su régimen jurídico. Sin perjuicio de la normativa específica de aplicación, se debe informar conforme a la regla general:.-cartel Informativo.-Formularios Disponibles. Farmacias, Gasolineras, Parking, etc. 32

33 33 Derechos de las personas afectadas. Algunas especialidades.. (no rectificación). Plazo de prescripción de las infracciones: Un año, si no se facilita información, con independencia de que luego se puedan imputar otras infracciones con fechas de prescripción posteriores. Seguridad y Deber de secreto. Nivel de Seguridad exigible. Documento de seguridad. La descripción de las funciones del personal con acceso a datos de carácter personal tienen que estar incluidas en el documento de seguridad y formarán parte de las medidas organizativas que el responsable del fichero y, en su caso, el encargado del tratamiento debe implantar.

34 34 ALGUNOS SUPUESTOS PRÁCTICOS (I) El tiempo máximo de almacenamiento de imágenes es de 30 días, pero el mínimo, está definido o queda a libre elección? No existe obligación de grabar según la LOPD por lo tanto tampoco de almacenamiento mínimo. El responsable del fichero es quien determina si almacena o no almacena imágenes y, en su caso, el tiempo mínimo de almacenamiento. Cabe la posibilidad de la colocación de cámaras privadas sin estar conectadas a una central de alarmas, que no hayan sido instaladas por una empresa registrada en el Ministerio del Interior? Según el artículo 14 de la Ley 25/2009 (Ley Ómnibus), que modifica el art. 5.1 de la Ley de Seguridad Privada y añade una Disposición Adicional Sexta a dicha Ley, la concurrencia de una empresa de seguridad para la instalación de videocámaras es exigible únicamente cuando las mismas se encuentran conectadas con Centrales Receptoras de Alarmas.

35 ALGUNOS SUPUESTOS PRÁCTICOS (II) Videocámaras en zonas comunes de un centro municipal de mayores para que los familiares puedan vigilarlos. Requisitos de los sistemas de videovigilancia que permiten visualizar en tiempo real, pero no graban. Grabación de imágenes para volcar en Internet. Servidumbres de paso: - De acceso libre: consideración de vía pública. - De acceso limitado: aplicación Instrucción 1/2006. Algunos supuestos concretos: proporcionalidad? - Baños. - Pasillos Instituto. - Zonas comunes de centros de mayores. - Zonas de café y ocio en centro de trabajo. Qué ocurre si la cámara no graba ni visualiza? - Cámara ficticia. - En qué caso se admiten las cámaras ficticias. 35

36 ALGUNOS SUPUESTOS PRÁCTICOS (III) Acceso a Edificios y Salas de Juego: Instrucción 1/2006 e Instrucción 2/2006 Cámaras conectadas a Internet. Entornos Escolares y Menores. Con finalidad de seguridad. Con fin distinto de la seguridad. Espectáculos deportivos. Referencia al art. 61 RD 769/1993, de prevención de la violencia en espectáculos deportivos. Circuitos cerrados de televisión con cámaras fijas y móviles. El Consejo de Administración o la Junta Directiva designarán al Jefe de Seguridad. El responsable del fichero será el titular de la instalación. Deben cumplirse todas las previsiones de la Instrucción 1/2006 AEPD. Investigación científica y usos afines. Promoción turística. 36

37 37 ALGUNOS SUPUESTOS PRÁCTICOS (IV) Legalidad de las cámaras de videovigilancia que también graban la voz. La definición de dato personal se recoge en el artículo 5.1.f) del Real Decreto 1720/2007, de 21 de diciembre: cualquier información numérica, alfabética, gráfica, fotográfica, acústica o de cualquier otro tipo concerniente a personas físicas identificadas o identificables. Las grabaciones de voz son consideradas grabaciones de datos personales. La omisión de la referencia a la voz en la Instrucción 1/2006 de la Agencia, no supone su exclusión del régimen de la LOPD. La grabación del sonido de voz en un soporte informatizado constituye un almacenamiento de datos personales (tratamiento). En el supuesto planteado, el hecho de que resulte legítima la videovigilancia no implica necesariamente que se legitime la grabación de la voz, tratamiento que tendría que tener su justificación propia.

38 38 ALGUNOS SUPUESTOS PRÁCTICOS (V) En sistemas de videovigilancia activada por sensores de movimiento, (alarmas con captación de imágenes o videograbaciones), es necesario notificar los ficheros a la AEPD, y poner cartel informativo si no se graba continuamente, sino que solo graba en el momento que se activa la alarma, ante un intruso o fuera del horario laboral? Sí, en todo caso al no resultar aplicable la excepción prevista en la Instrucción 1/2006, que dispone que 7.2. A estos efectos, no se considerará fichero el tratamiento consistente exclusivamente en la reproducción o emisión de imágenes en tiempo real. En consecuencia, el régimen vigente resulta aplicable con independencia de la concurrencia del suceso o incidencia que ponga en marcha el sistema de grabación de imágenes, incluido también el deber de informar mediante cartel informativo.

39 39 GRACIAS POR SU ATENCIÓN 39

40 40 40

utilización de videocámaras por las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad, de conformidad con la legislación sobre la materia.

utilización de videocámaras por las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad, de conformidad con la legislación sobre la materia. Informe 0314/2009 I La primera cuestión que resulta de la consulta es la relativa a la normativa aplicable al tratamiento de datos mediante cámaras de videovigilancia. Se consulta, en particular, en que

Más detalles

1.- Objetivo y descripción del funcionamiento

1.- Objetivo y descripción del funcionamiento INFORME SOBRE LA PROTECCIÓN DE DATOS LIVECAM-PRO S.L. 1.- Objetivo y descripción del funcionamiento El presente informe tiene por objetivo elaborar recomendaciones y establecer pautas encaminadas a informar

Más detalles

LEGISLACIÓN CONSOLIDADA. TEXTO CONSOLIDADO Última modificación: sin modificaciones

LEGISLACIÓN CONSOLIDADA. TEXTO CONSOLIDADO Última modificación: sin modificaciones Instrucción 1/2006, de 8 de noviembre, de la Agencia Española de Protección de Datos, sobre el tratamiento de datos personales con fines de vigilancia a través de sistemas de cámaras o videocámaras. Agencia

Más detalles

Informe Jurídico: Instalación cámaras vigilancia

Informe Jurídico: Instalación cámaras vigilancia Servicio de Asistencia a Municipios Pza. Viriato s/n Tlf. 980 559300 Fax. 980 559310 Informe Jurídico: Instalación cámaras vigilancia ANTECEDENTES Primero.- El Alcalde del Ayuntamiento de XXX solicita

Más detalles

MINISTERIO DEL INTERIOR SECRETARÍA GENERAL TÉCNICA

MINISTERIO DEL INTERIOR SECRETARÍA GENERAL TÉCNICA En contestación al escrito de un determinado órgano de la Administración Periférica sobre la existencia de dos cámaras de vigilancia situadas en la fachada de un domicilio particular, esta Secretaría General

Más detalles

Reglamento de la Universidad de Murcia para la utilización de sistemas de videovigilancia y el tratamiento de las imágenes obtenidas

Reglamento de la Universidad de Murcia para la utilización de sistemas de videovigilancia y el tratamiento de las imágenes obtenidas Reglamento de la Universidad de Murcia para la utilización de sistemas de videovigilancia y el tratamiento de las imágenes obtenidas EXPOSICIÓN DE MOTIVOS En la actualidad, la ubicación y extensión de

Más detalles

Gabinete Jurídico. Informe 0630/2009

Gabinete Jurídico. Informe 0630/2009 Informe 0630/2009 En primer lugar se comunica que la Agencia Española de Protección de Datos carece de competencias para la autorización de sistemas de vidoevigilancia, siendo su competencia la de velar

Más detalles

Gabinete Jurídico. Informe jurídico 0161/2008

Gabinete Jurídico. Informe jurídico 0161/2008 Informe jurídico 0161/2008 La consulta plantea varias cuestiones relacionadas con la instalación de cámaras de videovigilancia en comunidades de propietarios, para actuar de conformidad con la Ley Orgánica

Más detalles

INFORME UCSP Nº: 2014/088

INFORME UCSP Nº: 2014/088 MINISTERIO COMISARÍA GENERAL DE SEGURIDAD CIUDADANA INFORME UCSP Nº: 2014/088 FECHA 22.10.2014 ASUNTO Visionado de sistemas de video vigilancia en Comunidades de Propietarios. ANTECEDENTES Consulta efectuada

Más detalles

Ficheros creados al amparo de la Ley 12/2003, de 21 de mayo, de prevención y bloqueo de la financiación del terrorismo.

Ficheros creados al amparo de la Ley 12/2003, de 21 de mayo, de prevención y bloqueo de la financiación del terrorismo. Ficheros creados al amparo de la Ley 12/2003, de 21 de mayo, de prevención y bloqueo de la financiación del terrorismo. Informe 364/2006 La consulta plantea, si le resulta de aplicación al tratamiento

Más detalles

que sea suficiente a estos efectos una marca lógica o el mantenimiento de otro fichero alternativo en el que se registren las bajas producidas.

que sea suficiente a estos efectos una marca lógica o el mantenimiento de otro fichero alternativo en el que se registren las bajas producidas. Otras cuestiones de interés. Cumplimiento de obligaciones previstas en la LOPD por parte de la administración Concursal de una sociedad mercantil. Informe 064/2006 El consultante solicita información acerca

Más detalles

Instrucción 1/2006. Informe Jurídico 0019/2007.

Instrucción 1/2006. Informe Jurídico 0019/2007. Instrucción 1/2006. Informe Jurídico 001/2007. La consulta plantea, varias cuestiones relacionadas con la Instrucción 1/2006 de 8 de noviembre de 2006, de la Agencia Española de Protección de Datos, sobre

Más detalles

- Que se trate de aparatos o dispositivos electrónicos, por contraposición a medidas de protección física o de cualquier otro tipo.

- Que se trate de aparatos o dispositivos electrónicos, por contraposición a medidas de protección física o de cualquier otro tipo. En contestación al escrito de un particular, formulando consulta relacionada con la homologación de instalaciones consistentes en cámaras IP y videograbaciones en comercios y hostelería, la Secretaría

Más detalles

Gabinete Jur?dico. Informe 0147/2013

Gabinete Jur?dico. Informe 0147/2013 Informe 0147/2013 Se consulta si resulta conforme a lo previsto en la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de datos de Carácter Personal, el acceso por el consultante, compañía de seguros,

Más detalles

CIRCULAR Nº 2 2010 Comité de Ética Asistencial - C/ Vaquerías, 28007 MADRID Tel. 91 504 02 52 CEAS@hscmadrid.org

CIRCULAR Nº 2 2010 Comité de Ética Asistencial - C/ Vaquerías, 28007 MADRID Tel. 91 504 02 52 CEAS@hscmadrid.org CIRCULAR Nº 2 2010 Comité de Ética Asistencial - C/ Vaquerías, 28007 MADRID Tel. 91 504 02 52 CEAS@hscmadrid.org SOBRE LA VIGILANCIA EN LOS CENTROS ASISTENCIALES I. INTRODUCCIÓN. La instalación de sistemas

Más detalles

INFORME UCSP Nº: 2011/0070

INFORME UCSP Nº: 2011/0070 MINISTERIO DE LA POLICÍA CUERPO NACIONAL DE POLICÍA COMISARÍA GENERAL DE SEGURIDAD CIUDADANA INFORME UCSP Nº: 2011/0070 FECHA 07/07/2011 ASUNTO Centro de control y video vigilancia integrado en central

Más detalles

Aviso Legal. Entorno Digital, S.A.

Aviso Legal. Entorno Digital, S.A. Aviso Legal En relación al cumplimiento de la Ley de Protección de Datos, le informamos que los datos personales facilitados por Ud. en cualquiera de los formularios incluidos en este sitio web son incluidos

Más detalles

LOPD BURALTEC. Prestación de un servicio de alojamiento web en el extranjero

LOPD BURALTEC. Prestación de un servicio de alojamiento web en el extranjero Boletín 03/15 LA LOPD EN EL DÍA A DÍA Prestación de un servicio de alojamiento web en el extranjero A la hora de contratar el hosting por parte de una entidad, es necesario conocer el lugar donde se encuentran

Más detalles

Gabinete Jurídico. Informe 0092/2009

Gabinete Jurídico. Informe 0092/2009 Informe 0092/2009 La consulta plantea si resulta conforme a la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de datos de Carácter Personal la recogida de fotografías de los trabajadores de la

Más detalles

Gabinete Jurídico. Informe 0495/2009

Gabinete Jurídico. Informe 0495/2009 Informe 0495/2009 La consulta plantea varias cuestiones relacionadas con la implantación de sistemas de videovigilancia en el consistorio para adecuar éstos a la de Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre,

Más detalles

REFLEXIONES JORGE SALGUEIRO SOBRE LA VIDEOVIGILANCIA EN LA NUEVA LEY DE SEGURIDAD PRIVADA Y LEY DE PROTECCIÓN DE SEGURIDAD CIUDADANA

REFLEXIONES JORGE SALGUEIRO SOBRE LA VIDEOVIGILANCIA EN LA NUEVA LEY DE SEGURIDAD PRIVADA Y LEY DE PROTECCIÓN DE SEGURIDAD CIUDADANA REFLEXIONES JORGE SALGUEIRO SOBRE LA VIDEOVIGILANCIA EN LA NUEVA LEY DE SEGURIDAD PRIVADA Y LEY DE PROTECCIÓN DE SEGURIDAD CIUDADANA La Ley 5/2014 de 4 de abril de Seguridad reconoce la importancia de

Más detalles

ASPECTOS LEGALES DE LA VIDEOVIGILANCIA CAPTACIÓN Y TRATAMIENTO DE LAS IMÁGENES, OBLIGACIONES LEGALES Y CUESTIONES PRÁCTICAS

ASPECTOS LEGALES DE LA VIDEOVIGILANCIA CAPTACIÓN Y TRATAMIENTO DE LAS IMÁGENES, OBLIGACIONES LEGALES Y CUESTIONES PRÁCTICAS ASPECTOS LEGALES DE LA VIDEOVIGILANCIA CAPTACIÓN Y TRATAMIENTO DE LAS IMÁGENES, OBLIGACIONES LEGALES Y CUESTIONES PRÁCTICAS WWW.TODOELECTRONICA.COM COELMA@TODOELECTRONICA.COM ASPECTOS LEGALES DE LA VIDEOVIGILANCIA

Más detalles

Según el artículo 4.1 de la Ley Orgánica, Los datos de carácter personal sólo se podrán recoger para su tratamiento, así como.

Según el artículo 4.1 de la Ley Orgánica, Los datos de carácter personal sólo se podrán recoger para su tratamiento, así como. Informe 0324/2009 La consulta plantea la posibilidad de implantar un sistema para el control horario de los trabajadores basado en la lectura de la huella digital y su conformidad con lo dispuesto en la

Más detalles

Normativa sobre videovigilancia

Normativa sobre videovigilancia Pilar Pallarés Povill Abogada Palabras clave: Videovigilancia Vigilancia Cámara Videocámara Imagen Agencia Española de Protección de Datos AEPD Intrusión Intimidad Protección de datos de carácter personal

Más detalles

INFORME UCSP Nº: 2013/096

INFORME UCSP Nº: 2013/096 MINISTERIO COMISARÍA GENERAL DE SEGURIDAD CIUDADANA INFORME UCSP Nº: 2013/096 FECHA 27/12/2013 ASUNTO Funciones de los acudas. ANTECEDENTES Consulta formulada por una empresa de seguridad, sobre si el

Más detalles

INFORME SOBRE VIDEOVIGILANCIA

INFORME SOBRE VIDEOVIGILANCIA INFORME SOBRE VIDEOVIGILANCIA La instrucción 1/2006 de la Agencia Española de Protección de Datos, sobre el tratamiento de datos personales con fines de vigilancia a través de sistemas da cámaras o videocámaras,

Más detalles

La Agencia Española de Protección de Datos regula con una Instrucción la captación y el tratamiento de imágenes mediante videovigilancia

La Agencia Española de Protección de Datos regula con una Instrucción la captación y el tratamiento de imágenes mediante videovigilancia Nota informativa La Instrucción 1/ 2006, de 8 de noviembre de 2006, de la Agencia Española de Protección de Datos entrará en vigor mañana tras ser Publicada hoy en el BOE La Agencia Española de Protección

Más detalles

Gabinete Jurídico. Informe 0545/2009

Gabinete Jurídico. Informe 0545/2009 Informe 0545/2009 La consulta plantea diversas dudas respecto a la aplicación de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal (en lo sucesivo LOPD), a la prestación

Más detalles

Gabinete Jurídico. Informe 0299/2009

Gabinete Jurídico. Informe 0299/2009 Informe 0299/2009 La consulta plantea, si la Mutua para las que trabaja la consultante tiene la consideración de responsable o encargadas del tratamiento conforme a la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre

Más detalles

Gabinete Jurídico. Informe 0298/2009

Gabinete Jurídico. Informe 0298/2009 Informe 0298/2009 La consulta plantea diversas dudas respecto a la aplicación de la Ley 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal en materia de creación, condición de responsable

Más detalles

RESOLUCIÓN: R/01408/2011

RESOLUCIÓN: R/01408/2011 1/5 Procedimiento Nº: A/00052/2011 RESOLUCIÓN: R/01408/2011 De conformidad con lo establecido en el artículo 45.6 de la Ley Orgánica 15/1999, de 13/12, de Protección de Datos de Carácter Personal, (en

Más detalles

Gabinete Jurídico. Informe 0516/2008

Gabinete Jurídico. Informe 0516/2008 Informe 0516/2008 La consulta plantea si tienen el carácter de datos personales y si es posible la cesión de los que cita por parte del Organismo Autónomo de Gestión Tributaria y Recaudación de la Diputación

Más detalles

Gabinete Jur?dico. Informe 0077/2013

Gabinete Jur?dico. Informe 0077/2013 Informe 0077/2013 I La presente consulta plantea si es conforme a la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, en adelante LOPD, y su normativa de desarrollo

Más detalles

económica, cultural o social de la persona física afectada».

económica, cultural o social de la persona física afectada». Instrucción 1/2007, de 16 de mayo, de la Agencia de Protección de Datos de la Comunidad de Madrid, sobre el tratamiento de datos personales a través de sistemas de cámaras o videocámaras en el ámbito de

Más detalles

LOPD BURALTEC. Acreditación del deber de informar al interesado

LOPD BURALTEC. Acreditación del deber de informar al interesado Boletín 09/15 LA LOPD EN EL DÍA A DÍA Acreditación del deber de informar al interesado El artículo 5 de la LOPD establece que todos los interesados a los que se soliciten datos de carácter personal deberán

Más detalles

INFORME SOBRE INSTALACIÓN DE CÁMARAS DE VIGILANCIA EN UNA OFICINA BANCARIA Y USO POSTERIOR DE LAS IMÁGENES GRABADAS MINISTERIO DEL INTERIOR

INFORME SOBRE INSTALACIÓN DE CÁMARAS DE VIGILANCIA EN UNA OFICINA BANCARIA Y USO POSTERIOR DE LAS IMÁGENES GRABADAS MINISTERIO DEL INTERIOR INFORME SOBRE INSTALACIÓN DE CÁMARAS DE VIGILANCIA EN UNA OFICINA BANCARIA Y USO POSTERIOR DE LAS IMÁGENES GRABADAS MINISTERIO DEL INTERIOR En contestación al escrito de esa Subdelegación del Gobierno,

Más detalles

CASO PRÁCTICO: PUBLICACIÓN DE IMÁGENES DE MENORES EN LA PÁGINA WEB, BLOG O REVISTA DE UN CENTRO EDUCATIVO

CASO PRÁCTICO: PUBLICACIÓN DE IMÁGENES DE MENORES EN LA PÁGINA WEB, BLOG O REVISTA DE UN CENTRO EDUCATIVO CASO PRÁCTICO: PUBLICACIÓN DE IMÁGENES DE MENORES EN LA PÁGINA WEB, BLOG O REVISTA DE UN DIEGO A. HELLÍN PEÑALVER Y ROSALÍA PÉREZ OLIVARES. Inspectores de educación. Consejería de Educación y Universidades.

Más detalles

DUDAS FRECUENTES LOPD

DUDAS FRECUENTES LOPD DUDAS FRECUENTES LOPD 1 Qué son los Datos de Carácter Personal? Se entenderán por datos de carácter personal cualquier información concerniente a personas físicas identificadas o identificables. Por el

Más detalles

BURALTEC LOPD. Comunicación de datos entre Administraciones Públicas

BURALTEC LOPD. Comunicación de datos entre Administraciones Públicas Boletín 07/15 LA LOPD EN EL DÍA A DÍA Comunicación de datos entre Administraciones Públicas Contenido Comunicación de datos entre Administraciones Públicas 1 Sanción por envío masivo de correos sin copia

Más detalles

Conservación de datos de carácter personal relativos a los números de tarjeta de crédito de clientes. Informe 127/2006

Conservación de datos de carácter personal relativos a los números de tarjeta de crédito de clientes. Informe 127/2006 Conservación de datos de carácter personal relativos a los números de tarjeta de crédito de clientes. Informe 127/2006 La consulta se refiere al mantenimiento, conservación y cancelación del número de

Más detalles

Cambio en el Servicio de Prevención de riesgos laborales y cesión de datos de salud. Informe 391/2006

Cambio en el Servicio de Prevención de riesgos laborales y cesión de datos de salud. Informe 391/2006 Cambio en el Servicio de Prevención de riesgos laborales y cesión de datos de salud. Informe 391/2006 La consulta plantea dudas sobre el tratamiento y comunicación de datos entre entidades que desarrollan

Más detalles

2.11.1 CONTRATAS Y SUBCONTRATAS NOTAS

2.11.1 CONTRATAS Y SUBCONTRATAS NOTAS NOTAS 1 Cuando en un mismo centro de trabajo desarrollen actividades trabajadores de dos o más empresas, éstas deberán cooperar en la aplicación de la normativa sobre prevención de riesgos laborales. A

Más detalles

PROTECCION DE DATOS Y ADMINISTRACIÓN PÚBLICA

PROTECCION DE DATOS Y ADMINISTRACIÓN PÚBLICA PROTECCION DE DATOS Y ADMINISTRACIÓN PÚBLICA Lourdes Hernández Crespo Jefe del Servicio de Inspección y Tutela de Derechos Agencia de Protección de Datos de la Comunidad de Madrid lourdes.hernandez.crespo@madrid.org

Más detalles

Empresas Instaladoras de CCTV y cumplimiento de la LOPD

Empresas Instaladoras de CCTV y cumplimiento de la LOPD CCTV y LOPD Empresas Instaladoras de CCTV y cumplimiento de la LOPD Las empresas instaladoras de CCTV deberán conocer la normativa general y específica en la materia, LOPD e Instrucción 1/2006 de Videovigilancia,

Más detalles

Gabinete Jurídico. Informe 0049/2009

Gabinete Jurídico. Informe 0049/2009 Informe 0049/2009 La consulta plantea dudas acerca de la necesidad de solicitar el consentimiento de los arquitectos y aparejadores que prestan servicios para la consultante, para poder ceder sus datos

Más detalles

Gabinete Jurídico. Informe 0600/2009

Gabinete Jurídico. Informe 0600/2009 Informe 0600/2009 Se plantea en primer lugar, si el consultante, centro médico privado que mantiene un concierto con la Administración de la Comunidad autónoma para asistencia a beneficiarios de la Seguridad

Más detalles

Gabinete Jurídico. Informe 0238/2009

Gabinete Jurídico. Informe 0238/2009 Informe 0238/2009 La consulta plantea dudas respecto a si, en aplicación de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, la comunicación de datos personales

Más detalles

ANEXO Nº 6 AL PLIEGO DE CONDICIONES GENERALES CONDICIONES GENERALES APLICABLES A LA CESIÓN DE DATOS

ANEXO Nº 6 AL PLIEGO DE CONDICIONES GENERALES CONDICIONES GENERALES APLICABLES A LA CESIÓN DE DATOS ANEXO Nº 6 AL PLIEGO DE CONDICIONES GENERALES CONDICIONES GENERALES APLICABLES A LA CESIÓN DE DATOS MEJORA DEL ATRAQUE ADOSADO A LA 3ª ALINEACIÓN DEL DIQUE DE PONIENTE CÓDIGO P4CT1A3003E001 CONDICIONES

Más detalles

INFORME UCSP Nº: 2014/009

INFORME UCSP Nº: 2014/009 MINISTERIO COMISARÍA GENERAL DE SEGURIDAD CIUDADANA INFORME UCSP Nº: 2014/009 FECHA 24.02.2014 ASUNTO Dotación de vigilancia privada en espectáculos públicos ANTECEDENTES El presente informe se redacta

Más detalles

BOR nº152, de 15 de noviembre de 2007 [página 7414]

BOR nº152, de 15 de noviembre de 2007 [página 7414] 1 de 8 09/10/2009 8:43 BOR nº152, de 15 de noviembre de 2007 [página 7414] Orden 8/2007, de 12 de noviembre, de la, por la que se determinan los ficheros con datos de carácter personal del El Estatuto

Más detalles

El supuesto analizado constituye una cesión o comunicación de datos de carácter personal.

El supuesto analizado constituye una cesión o comunicación de datos de carácter personal. Informe 0213/2011 La consulta plantea si el empresario puede comunicar al sindicato consultante la relación mensual de los descuentos efectuados en nómina a sus afiliados, de acuerdo con lo dispuesto por

Más detalles

GUíA. de Videovigilancia

GUíA. de Videovigilancia GUíA de Videovigilancia AGENCIA ESPAÑOLA DE PROTECCIÓN DE DATOS NIPO: 052-08-007-8 Diseño Gráfico: É N Imprime: NILO Industria Gráfica, S.A. GUíA de Videovigilancia GUíA de Videovigilancia indice 4 6 8

Más detalles

Guías e información sobre protección de datos en Comunidades

Guías e información sobre protección de datos en Comunidades La responsable de los ficheros de protección de datos es la comunidad AEPD, Informe Jurídico 2000 0000 (extracto) Se ha planteado por un determinado Colegio de Administradores de Fincas quien es el responsable

Más detalles

El contrato de acceso a datos por cuenta de terceros

El contrato de acceso a datos por cuenta de terceros BOLETIN JUNIO 2013 LA LOPD EN EL DÍA A DÍA El contrato de acceso a datos por cuenta de terceros Siempre que una empresa externa acceda o pueda acceder a datos personales de nuestra entidad (ej: asesor

Más detalles

CÁMARA DE COMERCIO DE BUCARAMANGA DOCUMENTO DE SEGURIDAD

CÁMARA DE COMERCIO DE BUCARAMANGA DOCUMENTO DE SEGURIDAD CÁMARA DE COMERCIO DE BUCARAMANGA DOCUMENTO DE SEGURIDAD BUCARAMANGA - COLOMBIA 2013 INTRODUCCIÓN El presente Documento, ha sido redactado en cumplimiento de lo dispuesto en la Ley 1581 de 2012 y el Decreto

Más detalles

RP-CSG-027.00. Fecha de aprobación 2012-03-08

RP-CSG-027.00. Fecha de aprobación 2012-03-08 Reglamento Particular para la Auditoría Reglamentaria de Prevención de Riesgos Laborales según el Reglamento de los Servicios de Prevención (R.D. 39/1997) RP-CSG-027.00 Fecha de aprobación 2012-03-08 ÍNDICE

Más detalles

Gabinete Jur?dico. Informe 0052/2013

Gabinete Jur?dico. Informe 0052/2013 Gabinete Jur?dico Informe 0052/2013 I La presente consulta versa sobre el visionado de cámaras de videovigilancia instaladas por una Comunidad de Propietarios por parte de un empleado de la misma; en particular

Más detalles

Gabinete Jurídico. Informe 0290/2008

Gabinete Jurídico. Informe 0290/2008 Informe 0290/2008 La consulta plantea, que tipo de relación debe mantener la entidad consultante y la propietaria del edificio a los efectos de cumplir con la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre de

Más detalles

Registro de Contratos de seguro con cobertura de fallecimiento. Informe 125/2006

Registro de Contratos de seguro con cobertura de fallecimiento. Informe 125/2006 Registro de Contratos de seguro con cobertura de fallecimiento. Informe 125/2006 La consulta plantea tres cuestiones relacionadas con la aplicación de la Ley 20/2005, de 14 de noviembre, de creación del

Más detalles

LA LEY ORGANICA DE PROTECCION DE DATOS Y LAS CONSULTAS MEDICAS

LA LEY ORGANICA DE PROTECCION DE DATOS Y LAS CONSULTAS MEDICAS LA LEY ORGANICA DE PROTECCION DE DATOS Y LAS CONSULTAS MEDICAS JOSE ENRIQUE PEÑA MARTIN Letrado Jefe Servicio Juridico del ICOM Vicepresidente 2º de la Asociación Andaluza de Derecho Sanitario La Ley Orgánica

Más detalles

Gabinete Jurídico. Informe 0194/2009

Gabinete Jurídico. Informe 0194/2009 Informe 0194/2009 La consulta plantea cual es la actuación procedente, conforme a la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal (en lo sucesivo LOPD), ante la

Más detalles

POLÍTICA DE PRIVACIDAD DE LA SEDE ELECTRÓNICA DE LA AUTORIDAD PORTUARIA DE VALENCIA

POLÍTICA DE PRIVACIDAD DE LA SEDE ELECTRÓNICA DE LA AUTORIDAD PORTUARIA DE VALENCIA POLÍTICA DE PRIVACIDAD DE LA SEDE ELECTRÓNICA DE LA AUTORIDAD PORTUARIA DE VALENCIA 1. Previo En cumplimiento de lo dispuesto en la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter

Más detalles

Precisamente la cuestión planteada deberá ser objeto de análisis, en primer lugar, desde la perspectiva de la Ley últimamente mencionada.

Precisamente la cuestión planteada deberá ser objeto de análisis, en primer lugar, desde la perspectiva de la Ley últimamente mencionada. Informe Jurídico 0308/2008 La consulta se refiere a la reclamación planteada ante la Institución consultante, referida a la queja de un ciudadano que manifiesta que su hija menor de edad recibe SMS en

Más detalles

En este sentido y en cumplimiento de las disposiciones de la Ley 25/2

En este sentido y en cumplimiento de las disposiciones de la Ley 25/2 Suministro y mantenimiento industrial PROTECCIÓN DE DATOS DE CARACTER PERSONAL 1.- CLISER ODIN S.L. (en adelante Piensa Solutions), en cumplimiento de las disposiciones de la Ley Orgánica 15/1999, de 13

Más detalles

Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal

Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal OBJETO La presente Ley Orgánica tiene por objeto garantizar y proteger, en lo que concierne al tratamiento de los datos

Más detalles

Informe Jurídico 0494/2008

Informe Jurídico 0494/2008 Informe Jurídico 0494/2008 La consulta plantea si es necesario para las empresas del grupo consultante formalizar un contrato con la central donde se encuentra la base de datos de los empleados del grupo

Más detalles

Gabinete Jurídico. Informe 0367/2009

Gabinete Jurídico. Informe 0367/2009 Informe 0367/2009 La consulta plantea diversas dudas respecto a la adecuación a la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, de la comunicación de datos de

Más detalles

Sistema de Gestión de Prevención de Riesgos Laborales. Auditorías de Prevención

Sistema de Gestión de Prevención de Riesgos Laborales. Auditorías de Prevención Sistema de Gestión de Prevención de Riesgos Laborales. Auditorías de Prevención Autor: autoindustria.com Índice 0. Introducción 1. Auditorías del Sistema de Prevención de Riesgos Laborales 1.1. Planificación

Más detalles

Publicar datos de carácter personal en la web supone tratamiento automatizado de datos y exige consentimiento de los afectados.

Publicar datos de carácter personal en la web supone tratamiento automatizado de datos y exige consentimiento de los afectados. PROTECCIÓN DE DATOS Pliegos de condiciones Publicar datos de carácter personal en la web supone tratamiento automatizado de datos y exige consentimiento de los afectados. Resolución de la Dirección de

Más detalles

4. Asimismo, los medios materiales no quedan determinados. Qué medios materiales se le van a exigir para tal fin?

4. Asimismo, los medios materiales no quedan determinados. Qué medios materiales se le van a exigir para tal fin? En contestación a escrito de un particular, formulando consulta sobre diversas cuestiones derivadas de las últimas modificaciones normativas en materia de seguridad privada, en relación con la posibilidad

Más detalles

LOPD EN L A E M P R E S A

LOPD EN L A E M P R E S A B o l etí n 10/ 1 2 LOPD EN L A E M P R E S A A U T O R : J U L I O C É S A R M I G U E L P É R E Z LA LOPD EN EL DÍA A DÍA El ciclo de vida de los datos En el tratamiento de los datos personales tenemos

Más detalles

Gabinete Jur?dico. Informe 0382/2012

Gabinete Jur?dico. Informe 0382/2012 Informe 0382/2012 Se consulta si resulta conforme a lo previsto en la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de datos de Carácter Personal, la comunicación de una sentencia firme al Consejo

Más detalles

El artículo 45 del Reglamento antes citado, desarrolla este precepto, precisando lo siguiente:

El artículo 45 del Reglamento antes citado, desarrolla este precepto, precisando lo siguiente: Informe 0105/2010 La consulta plantea si resulta conforme a la normativa de protección de datos el envío de comunicaciones publicitarias, relativas a los servicios que presta la empresa consultante, a

Más detalles

Cómo afecta la Ley Orgánica de Protección de Datos de carácter personal a un Administrador de fincas y a las Comunidades de Propietarios que gestiona

Cómo afecta la Ley Orgánica de Protección de Datos de carácter personal a un Administrador de fincas y a las Comunidades de Propietarios que gestiona Cómo afecta la Ley Orgánica de Protección de Datos de carácter personal a un Administrador de fincas y a las Comunidades de Propietarios que gestiona Si usted dirige un despacho de administración de fincas,

Más detalles

Protección de los trabajadores contra los riesgos de la exposición a campos electromagnéticos 2

Protección de los trabajadores contra los riesgos de la exposición a campos electromagnéticos 2 CONTENIDO: 1 Protección de los trabajadores contra los riesgos de la exposición a campos electromagnéticos 2 1 Se prohíbe la reproducción total o parcial del contenido de este "Boletín Europa al Día" sin

Más detalles

REGLAMENTO DE MEDIDAS DE SEGURIDAD DE LOS FICHEROS AUTOMATIZADOS QUE CONTENGAN DATOS DE CARÁCTER PERSONAL CAPÍTULO I.- DISPOSICIONES GENERALES

REGLAMENTO DE MEDIDAS DE SEGURIDAD DE LOS FICHEROS AUTOMATIZADOS QUE CONTENGAN DATOS DE CARÁCTER PERSONAL CAPÍTULO I.- DISPOSICIONES GENERALES REGLAMENTO DE MEDIDAS DE SEGURIDAD DE LOS FICHEROS AUTOMATIZADOS QUE CONTENGAN DATOS DE CARÁCTER PERSONAL CAPÍTULO I.- DISPOSICIONES GENERALES Artículo 1.- Ámbito de aplicación y fines. El presente Reglamento

Más detalles

Jornadas de concienciación sobre Protección de Datos. Jornadas de Concienciación en materia de protección de datos de carácter personal

Jornadas de concienciación sobre Protección de Datos. Jornadas de Concienciación en materia de protección de datos de carácter personal Jornadas de Concienciación en materia de protección de datos de carácter personal 1 Introducción El objeto de esta jornada de concienciación es abordar los aspectos fundamentales que deben ser tenidos

Más detalles

I. Antecedentes. 1. La que se realiza en tiempo real, sin grabaciones de por medio, y 2. La que guarda las imágenes en dispositivos.

I. Antecedentes. 1. La que se realiza en tiempo real, sin grabaciones de por medio, y 2. La que guarda las imágenes en dispositivos. I. Antecedentes La video-vigilancia (V-V) se define como el uso de cámaras de video fijas o móviles con o sin sonido, o de sistemas cerrados de televisión que involucren la colocación de una o varias cámaras

Más detalles

GUíA. de Videovigilancia

GUíA. de Videovigilancia GUíA de Videovigilancia AGENCIA ESPAÑOLA DE PROTECCIÓN DE DATOS ABRIL 2014 Diseño Gráfico: É N Imprime: NILO Industria Gráfica, S.A. GUíA de Videovigilancia GUíA de Videovigilancia indice 4 6 8 9 10 10

Más detalles

Gabinete Jurídico. Informe 0601/2009

Gabinete Jurídico. Informe 0601/2009 Informe 0601/2009 La consulta plantea si es necesario obtener el consentimiento previo de los afectados para que la consultante pueda publicar sus datos de carácter personal en la página web de la misma,

Más detalles

CAMARAS DE VIDEOVIGILANCIA. 1.- Presentación del caso

CAMARAS DE VIDEOVIGILANCIA. 1.- Presentación del caso CAMARAS DE VIDEOVIGILANCIA 1.- Presentación del caso Acude a nuestra Oficina un vecino denunciando la colocación de cámaras de control de tráfico a la altura de sus ventanas que considera que invaden su

Más detalles

Agencia Española de Protección de Datos

Agencia Española de Protección de Datos 1 VIDEOVIGILANCIA Y PROTECCIÓN DE DATOS PERSONALES Presentación de la Guía de Videovigilancia IGNACIO GARCIA-BELENGUER LAITA Secretario General de la AEPD 2 3 4 Videovigilancia y Protección de Datos JUSTIFICACIÓN:

Más detalles

PRINCIPIOS FUNDAMENTALES DE LA LOPD

PRINCIPIOS FUNDAMENTALES DE LA LOPD www.lopd.com PRINCIPIOS FUNDAMENTALES DE LA LOPD www..com E-mail: info@lopd.com Teléfono y Fax: 944112561 Cocherito de Bilbao nº 20 48014 BILBAO www..com www.lopd.com www.e-.com LA PROTECCIÓN DE DATOS

Más detalles

Guía sobre videovigilancia y protección de datos personales

Guía sobre videovigilancia y protección de datos personales Guía sobre videovigilancia y protección de datos personales OBSERVATORIO DE LA SEGURIDAD DE LA INFORMACIÓN Edición: Junio 2011 El Instituto Nacional de Tecnologías de la Comunicación (INTECO), sociedad

Más detalles

Para que mi asesor me haga la contabilidad tengo que darle datos, cómo lo regulo?

Para que mi asesor me haga la contabilidad tengo que darle datos, cómo lo regulo? Boletín 04/13 A UTOR: J ULIO C ÉSAR M IGUEL P ÉREZ LA LOPD EN EL DÍA A DÍA Para que mi asesor me haga la contabilidad tengo que darle datos, cómo lo regulo? El acceso a datos de carácter personal por parte

Más detalles

CÓMO AFECTA LA LOPD A LOS GESTORES ADMINISTRATIVOS NOVEDADES INTRODUCIDAS CON EL RLOPD INFRACCIONES Y SANCIONES

CÓMO AFECTA LA LOPD A LOS GESTORES ADMINISTRATIVOS NOVEDADES INTRODUCIDAS CON EL RLOPD INFRACCIONES Y SANCIONES LOPD en el ámbito de los Gestores Administrativos Problemáticas específicas CÓMO AFECTA LA LOPD A LOS GESTORES ADMINISTRATIVOS NOVEDADES INTRODUCIDAS CON EL RLOPD INFRACCIONES Y SANCIONES MARCO NORMATIVO

Más detalles

CONTRATO DE ACCESO A DATOS PERSONALES ENTRE RESPONSABLE DEL FICHERO

CONTRATO DE ACCESO A DATOS PERSONALES ENTRE RESPONSABLE DEL FICHERO CONTRATO DE ACCESO A DATOS PERSONALES ENTRE RESPONSABLE DEL FICHERO Y ENCARGADO DE TRATAMIENTO En..., a... de... de 20... REUNIDOS De una parte, D...., en nombre y representación de... (en adelante el

Más detalles

INTRODUCCIÓN A LA LEY ORGÁNICA DE DATOS DE CARÁCTER PERSONAL O LOPD

INTRODUCCIÓN A LA LEY ORGÁNICA DE DATOS DE CARÁCTER PERSONAL O LOPD INTRODUCCIÓN A LA LEY ORGÁNICA DE DATOS DE CARÁCTER PERSONAL O LOPD Resumen AUTORIA JESÚS CABALLERO GONZÁLEZ y CARLOS CABALLERO GONZÁLEZ TEMATICA JURÍDICA ETAPA FORMACIÓN PROFESIONAL. El tratamiento de

Más detalles

Guía rápida de la Protección de Datos Personales en España www.inap.map.es

Guía rápida de la Protección de Datos Personales en España www.inap.map.es Guía rápida de la Protección de Datos Personales en España www.inap.map.es Alberto López Tallón La problemática de los datos personales y su regulación Objetivo principal: garantizar y proteger, en lo

Más detalles

FUNDACION ACCION CONTRA EL HAMBRE

FUNDACION ACCION CONTRA EL HAMBRE CARTA DE COMPROMISO CON FUNDACION ACCION CONTRA EL HAMBRE PARA DAR CUMPLIMIENTO A LA NORMATIVA DE PROTECCION DE DERECHOS DE IMAGEN Y DATOS PERSONALES EN EL DESARROLLO DEL PROYECTO LA CARRERA CONTRA EL

Más detalles

Gabinete Jurídico. Informe 0341/2009

Gabinete Jurídico. Informe 0341/2009 Informe 0341/2009 La consulta plantea si, la comunicación de datos de salud referidos a un trabajador atendido por la Mutua consultante al Servicio de Atención al Usuario dependiente de la Dirección General

Más detalles

Gabinete Jur?dico. Informe 0261/2013

Gabinete Jur?dico. Informe 0261/2013 Informe 0261/2013 La consulta plantea si resulta conforme a la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, que un propietario de una vivienda en régimen de propiedad

Más detalles

LOPD EN L A E M P R E S A

LOPD EN L A E M P R E S A B o l etí n 08/13 LOPD EN L A E M P R E S A SU G A R A N T Í A EN P R O T E C C I O N DE D A T O S : L U Z A R O S O L V I, S. L. LA LOPD EN EL DÍA A DÍA Instalación de cámaras de videovigilancia y LOPD

Más detalles

La Ley Orgánica de Protección de Datos Personales (LOPD) En 20 minutos

La Ley Orgánica de Protección de Datos Personales (LOPD) En 20 minutos La Ley Orgánica de Protección de Datos Personales (LOPD) En 20 minutos INDICE 1.- Introducción...... 1 2.- Qué es un dato personal?... 2 3.- Cuáles son las obligaciones de mi Farmacia?... 3 4.- Conductas

Más detalles

Gabinete Jurídico. Informe 0393/2010

Gabinete Jurídico. Informe 0393/2010 Informe 0393/2010 La consulta plantea la incidencia de las normas de protección de datos contenidas en la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de datos de Carácter Personal, y su Reglamento

Más detalles

Conocer y aplicar los procesos prácticos para la implantación y adecuación de la normativa vigente en la LOPD en las empresas.

Conocer y aplicar los procesos prácticos para la implantación y adecuación de la normativa vigente en la LOPD en las empresas. Auditoría y protección de datos en la empresa Código: DERE003 Duración: 200 Horas Objetivos: Ley Orgánica de Protección de Datos de Carácter Personal Conocer los contenidos de la Ley Orgánica de Protección

Más detalles

Comunicación de datos entre empresas de un mismo grupo. Informe 325/2004

Comunicación de datos entre empresas de un mismo grupo. Informe 325/2004 Comunicación de datos entre empresas de un mismo grupo. Informe 325/2004 Comunicación de datos dentro de empresas de un mismo grupo previo consentimiento. I La consulta plantea si resulta conforme a derecho

Más detalles

5.1 REGISTRO DE FICHEROS... 5. 5.1.1 Análisis de los datos tratados... 5 5.1.2 Inscripción de los ficheros... 5

5.1 REGISTRO DE FICHEROS... 5. 5.1.1 Análisis de los datos tratados... 5 5.1.2 Inscripción de los ficheros... 5 1 INTRODUCCION... 3 2 PROTECCIÓN DE DATOS... 4 3 NORMATIVA BÁSICA REGULADORA... 4 4 AGENCIA ESPAÑOLA DE PROTECCIÓN DE DATOS... 4 5 OBLIGACIONES DE LAS EMPRESAS.... 5 5.1 REGISTRO DE FICHEROS... 5 5.1.1

Más detalles

ORDENANZA PARA LA ADECUACIÓN DE FICHEROS DE DATOS DE CARÁCTER PERSONAL EN EL AYUNTAMIENTO DE CADREITA. NUMERO 29

ORDENANZA PARA LA ADECUACIÓN DE FICHEROS DE DATOS DE CARÁCTER PERSONAL EN EL AYUNTAMIENTO DE CADREITA. NUMERO 29 ORDENANZA PARA LA ADECUACIÓN DE FICHEROS DE DATOS DE CARÁCTER PERSONAL EN EL AYUNTAMIENTO DE CADREITA. NUMERO 29 La transposición en nuestro país de la normativa comunitaria en materia de protección de

Más detalles