Aeródromo La Juliana S.L. Cº Real Villamanrique-Sevilla s/n Apartato Postal Bollullos de la Mitación Sevilla

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1 NORMAS DE UTILIZACIÓN DE LAS INSTALACIONES Estas normas de régimen interno, pretenden regular las actividades en el Aeródromo La Juliana, de tal manera que sea una guía para la buena convivencia, entre los usuarios del aeródromo, siendo de obligado cumplimiento, tanto para los componentes de las diferentes asociaciones deportivas o personal de empresas, así como para las personas que de forma particular tengan acceso a las instalaciones del Aeródromo La Juliana. Puerta de entrada: La puerta de entrada se mantendrá cerrada de lunes a viernes, teniendo acceso al Aeródromo solamente las personas autorizadas en posesión de tarjeta de acceso y sus acompañantes. Los sábados, domingos y dias de fiesta la barrera permanecerá abierta desde las 9:00 a 14:00, con libre acceso a cualquier visitante. Camino Interior: Existe una limitación de velocidad a 50 Kms/h, para la circulación rodada por este camino, por lo que se ruega se respete esta limitación, y de esta forma minimizar un posible accidente.

2 Vehículos: Queda expresamente prohibido el estacionamiento de los vehículos fuera de los recintos designados expresamente para ello. Los vehículos que entren en la plataforma, estará siempre justificado por alguna operación de carga o descarga, para la que es imprescindible la entrada del vehículo, una vez terminada esta operación deberá abandonar la plataforma. Visitas: Las visitas en general tiene acceso libre al campo de vuelo en horario de 9:00 a 14:00, los sábados, domingos y días de fiesta, fuera de estos días y este horario, deberán estar acompañados por una persona que esté acreditada en el Aeródromo La Juliana. El recinto destinado para las visitas, es la zona delimitada que está frente a la sede social ( bar ), no pudiendo circular por la plataforma, a no ser que estén acompañados por algún piloto que tenga avión con base en el Aeródromo. Control de accesos: Siendo el Aeródromo La Juliana, de carácter privado, corresponde al Administrador del mismo la acreditación de las personas que acceden a las instalaciones del Aeródromo La Juliana. Por lo que cualquier Empresa Asociación o Club, está obligada a comunicar al Administrador del Aeródromo La Juliana, un listado de sus trabajadores, socios o alumnos y mantenerlo actualizado con el fin de que las personas que pertenezcan a la entidad correspondiente, estén debidamente acreditadas dentro del Aeródromo.

3 Tarjeta de control de acceso: - La tarjeta de control de acceso es personal e intransferible - Todas las personas que utilizan habitualmente las instalaciones de La Juliana deberán estar en posesión de su tarjeta de control. - Los titulares que tengan invitados, es su responsabilidad de que dichas personas circulen dentro del campo por las áreas autorizadas, así como facilitar la apertura y cierre de la entrada, cuando sus invitados estén en horario en que la puerta de entrada permanece cerrada. - La puerta de entrada permanecerá abierta al público en general, todos los sábados, domingos y días de fiesta de 09:00 a 14:00 - En caso de fallos o mal funcionamiento de la tarjeta, se deberá comunicar al responsable del campo, para cambiarla. - La tarjeta tiene un coste inicial de 10, y no tendrá ningún coste adicional, ni fecha de caducidad, para los usuarios del campo que tengan aviones basados en La Juliana, estén dados de alta en alguna empresa que tengan hangar en alquiler o sean alumnos de alguna escuela. - La personas que realicen trabajos esporádicos por cuenta propia en Aeródromo La Juliana, deberán obtener igualmente su tarjeta de acceso y tendrán un coste de mantenimiento de 12, por cada mes que la tengan activada, cumplido este tiempo si no se activa el sistema le dará de baja de forma automática por lo que no tendrá libre acceso al Aeródromo. - Cualquier persona que utilice una tarjeta para entrar en La Juliana que no esté a su nombre, se le anulará. - Las tarjetas que por extravío o baja se tengan que reactivar tendrán un costo de 10.

4 - Las tarjetas que no se utilicen durante 30 dias consecutivos por seguridad el sistema inutilizara la misma, no pudiendo se utilizada de nuevo. - Los pilotos que alquilan aviones a las escuelas para hacer horas, deberán sacar la tarjeta de acceso por periodos trimestrales, a saber; Enero-Marzo; Abril-Junio; Julio-Septiembre; Octubre- Diciembre; con un coste de 30, cada tramo, en caso de no querer esta modalidad, estarán obligado a pagar la correspondiente tasa de Toma/Despegue, que esté en vigor en ese momento. Bar: El servicio de bar se extiende a todos los usuarios y visitas, teniendo los precios en línea con los municipios del entorno, es por lo que dentro del aeródromo, se prohíbe la entrada de comida o bebidas, para su consumición, con la excepción de los trabajadores que prestan servicio a las empresas ubicadas en este recinto. Si alguno de los usuarios, quiere organizar algún evento como ( barbacoa, paella o celebración de cualquier tipo ), deberá ponerse en contacto con la persona responsable del bar y llegar al acuerdo que corresponda, en ningún caso está permitido utilizar los hangares para este fin, sin consentimiento del propietario Piscina: Esta instalación, es de uso exclusivo de los usuarios del campo que tengan activada la tarjeta de acceso al Aeródromo. Para evitar accidentes, el uso de la piscina por menores de edad, queda condicionado a que estén siempre acompañados de sus padres o tutores. El horario de uso de la piscina, será el del bar, fuera de este horario, esta instalación permanecerá cerrada.

5 Plataforma: En la plataforma solo podrán circular por la misma, las personas debidamente autorizadas, las visitas tienen restringido el acceso a plataforma salvo que estén acompañadas por alguna persona acreditada. En la plataforma está señalizada una línea de seguridad ( blanca continua a 30 mts., del eje de pista ), en ningún caso debe rebasarse por las aeronaves en aparcamiento, ni por persona alguna que no esté autorizada. Los niños menores de edad, que pudieran estar dentro de la plataforma deberán estar al cuidado expreso de sus padres o la persona responsable que ellos designen, en caso de que algún menor este solo por la plataforma se le llevará a la sede social o a la zona de publico, avisando por megafonía para que los padres se hagan cargo del niño. Animales; NO SE PERMITEN DENTRO DE LA PLATAFORMA, los animales deberán estar controlados por sus dueños en todo momento, en ningún caso estarán sueltos dentro del Aeródromo. Fumadores: NO ESTA PERMITIDO FUMAR EN LOS HANGARES O EN PLATAFORMA Hangares: En los hangares las únicas personas autorizadas a entrar en estas instalaciones son los pilotos que tienen aviones hangarados. Salvo que estén acompañados por los pilotos titulares, está totalmente prohibida la entrada de publico en general a estas instalaciones. En los hangares se deberá tener especial cuidado, en los cambios de aceite utilizando los medios adecuados para mantener limpio el suelo. Como medida de seguridad, queda totalmente prohibido repostar los aviones dentro de los hangares. El personal de mantenimiento del Aeródromo, tiene instrucciones de cerrar los hangares al terminar la jornada de trabajo, siempre que no haya usuarios que estén haciendo uso de las instalaciones.

6 En el caso que un usuario este utilizando las instalaciones en horas diferentes de la jornada de trabajo del personal de mantenimiento, es responsabilidad del usuario el cierre de las puertas de los hangares, ya que de no hacerlo los aviones de todos se quedarían sin la protección que proporcionan los hangares. El incumplimiento de esta norma puede dar lugar a la resolución del contrato de hangaraje. Pista: Cualquier actividad profesional que se desarrolle en la pista de aterrizaje, deberá de obtener la correspondiente autorización de la Propiedad. Tráfico aéreo: El tráfico aéreo en el Aeródromo La Juliana, se regulará de acuerdo y en todo momento, según las reglas de vuelo visual V.F.R. La frecuencia de trabajo de todos los aviones basados en ( LEJU ), está establecida en Mhz. Los aviones con plan de vuelo abierto al llegar a La Juliana, deberán comunicar con torre de en Mhz., la toma asegurada, en caso de no hacerlo en el aire, deberán comunicarlo por teléfono a la oficina del AIS Salto de paracaidistas: En Junio de 2002, comienza en el Aeródromo una nueva actividad, la de lanzamiento de paracaidistas, que cuando se realiza afecta a todo el tráfico aéreo, que se desarrolla en La Juliana. Por lo cual se informa que esta operación, la lleva a cabo Skydivespain estando esta totalmente autorizada tanto por la Propiedad como por Aviación Civil, cumpliendo todos los requisitos de seguridad que la Administración impone a este tipo de actividad, incluyendo la publicación del NOTAM, correspondiente. El NOTAM, es un cilindro con radio de 2 Kms., y altura pies, es importante saber que este NOTAM, se activa cada vez que se realiza una operación de lanzamiento.

7 Por lo que habrá que tener en cuenta la activación de este NOTAM. Siendo la forma de operar la siguiente: 1º.- Por parte de Skydivespain, habrá una persona que será el responsable de coordinar el trafico aéreo que en el momento de la operación de lanzamiento de paracaidistas. 2º.- El piloto tanto en las operaciones de despegue o aterrizaje con el avión de los paracaidistas, se ajustará al tráfico existente. 3º.- El piloto cuando realiza una operación de salto, comunicará al coordinador de Skydivespain, 2 minutos antes del lanzamiento, y tambien en el momento del lanzamiento. 4º.- En el momento que el piloto del avión de los paracaidista comunica los 2 minutos para el salto, el coordinador de Skydivespain, deberá despejar el circuito de trafico del Aeródromo, comunicando el momento en que los paracaidistas están en el aire. 5º.- El coordinador de Skydivespain, a la vista de la evolución de los paracaidistas en el aire, comunicará a todos los aviones que están esperando, cuando pueden incorporarse sin peligro, al circuito de tráfico del Aeródromo y proseguir sus operaciones. Autorización para operar en LEJU: Siendo el Aeródromo La Juliana ( LEJU ), un Aeródromo privado autorizado por Aviación Civil, es imprescindible que todos los aviones y pilotos que operan en el Aeródromo cumplan toda la normativa que exige la legislación española. Cualquier aeronave, que quiera realizar operaciones de tomas y despegues desde LEJU, deberá obtener la AUTORIZACIÓN DE LA PROPIEDAD, siendo este un requisito indispensable. Todos los usuarios de LEJU, con contrato de hangaraje lleva implícita la AUTORIZACIÓN DE LA PROPIEDAD, para operar desde LEJU Si los requisitos que la ley impone tanto a aviones como a pilotos, no se cumplen, los aviones o personas en cuestión, aunque tengan contrato de

8 hangaraje, NO ESTAN AUTORIZADOS A OPERAR EN AERÓDROMO LA JULIANA ( LEJU ). Requisitos que deben observar todas las aeronaves: - Certificado de Matricula - Certificado de Aeronavegabilidad - Seguros de la aeronave Requisitos que deben observar todos los pilotos: - Licencia de Piloto en vigor - Cumplir con la Ley de Navegación Aérea

9 Aeródromo La Juliana S.L.

10 Aeródromo La Juliana S.L.

11 Aeródromo La Juliana S.L.

12 Viento cruzado derecha para la 27 Base izquierda para la 09 Viento cruzado izquierda para la 09 Base derecha para la 27 Aeródromo La Juliana S.L. Comunicaciones radio: NOTA: Este ejemplo solo pretende servir de referencia, a aquellos usuarios del Aeródromo, que por circunstancias no han tenido la posibilidad de practicar la fraseología o procedimientos de aproximación a un campo no controlado. Por lo que en ningún momento se quiere normalizar las comunicaciones, que en todos los casos serán siempre responsabilidad del piloto. Identificación de tramos del circuito de tráfico: Viento en cola derecha para la 27 Viento en cola izquierda para la 09 Final de la 09 Viento en cara de la 09 Viento en cara de la 27 Final de la 27

13 Ejemplo de fraseología para operar en La Juliana: En plataforma: - ( Tipo de avión y matricula ) Cardinal EC-FHE, en plataforma listo para rodar a cabecera de la 09 ó 27. ( Esperamos una posible contestación, si la hay, ponerse de acuerdo con el trafico existente para rodar al punto de espera de la pista en servicio ). - ( Tipo de avión y matricula ) Cardinal EC-FHE, rodando a cabecera de la 09 ó 27. ( Esta comunicación se hace una vez puestos de acuerdo con el tráfico existente o si no se ha obtenido respuesta a nuestro primer comunicado. ) En cabecera: - ( En esta posición se harán las pruebas de motor y se estará alerta por si es necesario comunicar nuestra posición a cualquier usuario del campo que no sepa donde estamos, cuando estemos listos para el despegue, lo comunicaremos. ) - ( Tipo de avión y matricula ) Cardinal EC-FHE, listo para despegue inmediato pista 09 ó ( Tipo de avión y matricula ) Cardinal EC-FHE, en carrera pista 09 ó 27 En circuito de tráfico: - ( Mientras la aeronave esté dentro del circuito de trafico de La Juliana, comunicará a los posible usuarios del campo su posición dentro del circuito, coordinando con los usuarios que estén dentro del circuito las maniobras a realizar ) - ( Tipo de avión y matricula ) Cardinal EC-FHE, viento en cola... ( izquierda o derecha ) para la 09 ó 27 - ( Tipo de avión y matricula ) Cardinal EC-FHE, en base... ( izquierda o derecha ) para la 09 ó 27

14 - ( Tipo de avión y matricula ) Cardinal EC-FHE, en final de la 09 ó 27 para toma y despegue o para toma final. Arribadas a La Juliana: - ( Dependiendo de donde se proceda se notificara nuestra intención de arribar a La Juliana 5 minutos antes de llegar a los puntos N Umbrete, E Coria del Rio y W Aznalcazar. ) - ( Tipo de avión y matricula ) Cardinal EC-FHE, a 5 minutos del punto N, E o W, notificaré en la vertical del punto ( Tipo de avión y matricula ) Cardinal EC-FHE, notificando punto... ( N, E o W ), notificaré entrando en circuito de trafico Al entrar en el circuito de tráfico: - ( Tipo de avión y matricula ) Cardinal EC-FHE, entrando en circuito de tráfico... ( en el tramo que se encuentre ) - ( Tipo de avión y matricula ) Cardinal EC-FHE, viento en cola... ( izquierda o derecha ) para la 09 ó 27 - ( Tipo de avión y matricula ) Cardinal EC-FHE, en base... ( izquierda o derecha ) para la 09 ó 27 - ( Tipo de avión y matricula ) Cardinal EC-FHE, en final de la 09 ó 27 para toma y despegue o para toma final. Para abandonar el campo: - ( Una vez situado en la pista en servicio se despega y deberemos notificar el abandono del campo, dirigiéndonos a uno de los puntos de notificación N, E, W y notificar nuestras intenciones, o en cualquier otra dirección al estar a 5 milla fuera.) - ( Tipo de avión y matricula ) Cardinal EC-FHE, abandonando por punto ( N, E o W ) - Tambien - ( Tipo de avión y matricula ) Cardinal EC-FHE, abandonado por el Norte, Sur, Este u Oeste, cinco millas fuera.

15 Zona de protección de pista: En la plataforma existen dos balizas pintadas de rojo y blanco situadas a 30 mts., del eje de pista. La línea blanca que une ambas balizas la línea que delimita la zona de protección de pista, la cual no debe ser rebasada por ninguna aeronave para estacionarse, solo debe ser utilizada para el paso de plataforma a pista, debiendo estar en todo momento libre de cualquier obstáculo. Croquis de las instalaciones:

16 REGLAS DE VUELO VISUAL A continuación se relacionan las reglas de vuelo visual aplicables en el estado español. Estas reglas están supeditadas a lo que pueda determinar la autoridad ATS competente cuando las circunstancias lo aconsejen. CONDICIONES METEOROLÓGICAS VISUALES Salvo cuando operen con carácter de vuelos VFR especiales, los vuelos VFR se realizarán de forma que la aeronave vuele en condiciones de visibilidad y distancia de las nubes iguales o superiores a las indicadas en la tabla siguiente: CLASE DE ESPACIO AÉREO VISIBILIDAD DISTANCIA DE NUBES HORIZONTAL VERTICAL B C D E 8km a FL 100 y superior 5km por debajo de FL 100 HORIZONTAL Libre de nubes VERTICAL F Por encima de 900m (3000ft) AMSL o por encima de 300m (1000ft) AGL, lo que resulte más alto 1500m 300m (1000ft) G A y por debajo de 900m (3000ft) AMSL o 300m (1000ft) AGL, lo que resulte más alto 5 KM* Libre de nubes y a la vista de la superficie

17 Cuando así lo prescriba la autoridad ATS competente: a) pueden permitirse visibilidades de vuelo inferiores hasta 1500m para los vuelos que se realicen: 1) a velocidades que en las condiciones de visibilidad predominantes den oportunidad adecuada para observar el tránsito, o cualquier obstáculo, con tiempo suficiente para evitar una colisición; o 2) en circunstancias en que haya normalmente pocas probabilidades de encontrarse con tránsito, como en áreas de escaso volumen de tránsito y para efectuar trabajos aéreos a poca altura. b) Se podrá autorizar a los helicópteros a operar con una visibilidad de vuelo inferior a 1500m si maniobran a una velocidad que dé oportunidad adecuada para observar el tránsito, o cualquier obstáculo, con tiempo suficiente para evitar una colisión. Los vuelos VFR no despegarán ni aterrizarán en ningún aeródromo dentro de una zona de control ni entrarán en la zona de tránsito de aeródromo o en el circuíto de tránsito de dicho aeródromo: a) Si el techo de nubes es inferior a 450m (1500ft); o b) Si la visibilidad en tierra es inferior a 5km. En MADRID/Cuatro Vientos AD, la visibilidad mínima en tierra para despegar se establece en 2,5km cuando las aeronaves vayan equipadas con enlace radio en ambos sentidos (se recomienda ADF y respondedor). VUELOS VFR ESPECIALES Son vuelos VFR controlados que el ATC autoriza para que se realicen dentro de una CTR en condiciones meteorológicas inferiores a las condiciones meteorológicas visuales. Este tipo de vuelo se podrá autorizar cuando las condiciones del tránsito lo permitan.

18 NORMAS OPERATIVAS Los vuelos VFR, entre la puesta y la salida del sol o durante cualquier otro periodo entre la puesta y la salida del sol que pueda prescribir la autoridad ATS competente, se realizarán de conformidad con las condiciones prescritas por dicha autoridad. Los vuelos VFR no operarán: a) En la FIR/UIR de Barcelona y Madrid por encima de FL200. b) En la FIR/UIR de Canarias por encima de FL150. c) A velocidades transónicas o supersónicas. ALTURAS MÍNIMAS DE VUELO Excepto cuando sea necesario para el despegue o el aterrizaje, los vuelos VFR no se efectuarán: A una altura menor de 150m (500ft) AGL o AMSL; Sobre aglomeraciones de edificios en ciudades, pueblos o lugares habitados o sobre una reunión de personas al aire libre a una altura menor de 300m (1000ft) sobre el obstáculo más alto situado dentro de un radio de 600m desde la aeronave. NIVELES DE VUELO Los vuelos VFR en vuelo horizontal de crucero, cuando operen por encima de 900m (3000ft) con respecto al terreno o al agua, se efectuarán a un nivel de vuelo apropiado a la derrota, como se especifica en la tabla de niveles que figura en ENR

19 DISPOSICIONES ATC Los vuelos VFR observarán las disposiciones de los servicios ATC: Cuando se realicen en espacio aéreo de Clase B, C y D. Cuando formen parte del tránsito de aeródromo en aeródromos controlados; o Cuando operen con cáracter de vuelo VFR especial. COMUNICACIONES Cuando vuelen dentro de una parte del espacio aéreo en la que se exija la presentación de un plan de vuelo, un vuelo VFR mantendrá escucha continua en la radiofrecuencia apropiada de la dependencia de los servicios de tránsito aéreo que suministre el servicio de información de vuelo, e informará de su posición cuando sea necesario. CAMBIO REGLAS DE VUELO Toda aeronave que opere en VFR y desee cambiar para ajustarse IFR: si ha presentado un plan de vuelo, comunicará los cambios necesarios que hayan de efectuarse en su plan de vuelo actualizado, o cuando se encuentre en espacio aéreo controlado, presentará un plan de vuelo a la dependencia ATS apropiada y deberá obtener autorización antes de proseguir en IFR.

20 TELEFONOS DE INTERES: EMERGENCIAS: 112 Emergencias sanitarias: 061 Bomberos Diputación: 085 Bomberos : 080 Guardia Civil de Bollullos: Guardia Civil: 062 Policia Local de Bollullos: / Policia Nacional: 091 A.I.S Meteo : T.W.R. : Centro de Control: /43 Aeródromo La Juliana: Luis Iglesias: Servicio de Taxi:

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