Ley No.1-94 de Presupuesto de Ingresos y Gastos Públicos para el año EL CONGRESO NACIONAL En Nombre de la República

Tamaño: px
Comenzar la demostración a partir de la página:

Download "Ley No.1-94 de Presupuesto de Ingresos y Gastos Públicos para el año EL CONGRESO NACIONAL En Nombre de la República"

Transcripción

1 Ley No.1-94 de Presupuesto de Ingresos y Gastos Públicos para el año LEY No EL CONGRESO NACIONAL En Nombre de la República VISTO: El Artículo 37, Acápite 12 de la Constitución de la República HA DADO LA SIGUIENTE LEY: DE PRESUPUESTO DE INGRESOS Y GASTOS PUBLICOS PARA EL AÑO Articulo 1.- Los ingresos que perciba el Gobierno Central por cualquier concepto se acumularán en el FONDO GENERAL de la Nación (FONDO 100). Párrafo I. Se exceptúan de esta disposición los ingresos generados por las Leyes Nos.370 y 196 de fechas 22 de octubre de 1968 y 21 de septiembre de 1971 (FONDO 1644); los ingresos provenientes de la Ley No.67 del 8 de noviembre de 1974, de la venta de sellos Pro-Parques (FONDO 1715); los ingresos que generen los impuestos sobre bebidas alcohólicas especializados para el pago de bonos Huracán David (FONDO 1732); los ingresos que genere la Ley No.379 del 11 de diciembre de 1981, sobre Pensiones y Jubilaciones de funcionarios y empleados públicos (FONDO 1796); los ingresos provenientes de la Ley No.91 del 3 de febrero de 1983, sobre la venta de sellos especiales del Colegio de Abogados (FONDO 1860); los ingresos que genere la Ley No.147 del 24 de junio de 1983, sobre fomento de los deportes de aficionados (FONDO 1861); los ingresos provenientes del 20% de los impuestos de Rentas Internas para los Ayuntamientos y la Liga Municipal Dominicana (FONDO 1865); los ingresos provenientes de las tarifas del cobro de los servicios que preste el Instituto Postal Dominicano, según Artículo 11 de la Ley No.70/86/29 (FONDO 1909); los ingresos originados en la expedición de licencias privadas y oficiales para la tenencia y porte de armas de fuego (FONDO 1914); los recursos provenientes del impuesto de RD$0.05 por cada tonelada de carga de cualquier índole de mercancía de importación o exportación que se opera en los puertos del país (FONDO 1919); los ingresos provenientes de reembolsos de sueldos pagados por el gobierno a empleados de Zonas Francas (FONDO 1920); los ingresos provenientes del cobro de la Comisión Cambiaria sobre el valor de las importaciones, Ley No.11 del 15 de mayo de 1992 (FONDO 1928); los ingresos que se perciban por el pago de tasas y derechos aeronáuticos (FONDO 1940); los ingresos provenientes del cobro de RD$ por expedición y renovación de carnets para extranjeros en el país (FONDO 1941); los ingresos provenientes de la concesión y arrendamiento de espacios en el Aeropuerto "Las Américas", porcentaje de la comercialización de medios publicitarios en la terminal, etc., según el Decreto No.1 del 3/1/91 (FONDO 1942); los ingresos por venta de formularios de importación de mercancías y el sobordo de las naves (FONDO 1943); los ingresos por recuperación de bienes del Estado (FONDO 1944); los ingresos provenientes del diferencial de los derivados del petróleo (FONDOS 1946 y 1947); los ingresos provenientes de la venta del Programa de Medicamentos Esenciales,

2 PROMESE (FONDO 1948); y los depósitos provenientes de fianzas y depósitos de terceros, cuya custodia esté a cargo del Estado. Párrafo II. También se registran separadamente del FONDO GENERAL de la Nación, los ingresos provenientes de créditos externos a favor de Estado. Artículo 2.- Las leyes relativas a FONDOS ESPECIALES existentes, seguirán vigentes en cuanto a los gravámenes que establecen, modificándose únicamente, en virtud de la disposición del Artículo 1, el sistema de especialización de los ingresos que se derivan de su aplicación. Artículo 3.- Se aprueba la estimación de Ingresos Fiscales provenientes de Recursos Internos en la cantidad de RD$20,046,807,490 (VEINTE MIL CUARENTA Y SEIS MILLONES, OCHOCIENTOS Y SIETE MIL, CUATROCIENTOS NOVENTA PESOS ORO), para 1994 según se detalla en el Anexo 1. Artículo 4.- Se aprueban las apropiaciones de gastos para el año 1994, cuyo financiamiento corresponde a Recursos Internos, en la cantidad de RD$20,046,807,490 (VEINTE MIL CUARENTA Y SEIS MILLONES, OCHOCIENTOS Y SIETE MIL, CUATROCIENTOS NOVENTA PESOS ORO), con la siguiente clasificación por Capítulo, Programa y Fondos Presupuestarios.

3 1 2 3 CAP. PROG. / DENOMINACION FONDO GENERAL FONDOS ESPECIALES TOTAL 101 CONGRESO NACIONAL 98,563, ,563, LEGISLACION 98,563,080 98,563, PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA 1,779,676, ,972,650 2,619,648, DIRECCION SUPERIOR Y ADM. DEL ESTADO 1,278,547, ,408,665 2,116,955, COORD. Y ASESARAMIENTO TECNICO 269,054, ,054, PROMOCION SOCIO-ECONOMIA 23,931,360 23,931, FOMENTO DE LA CULTURA 44,422,560 44,422, CONTROL Y PROTECCION FORESTAL 59,279,130 59,279, PROMOCION DE LA MUJER 1,973,245 1,973, FINANCIAMIENTO A INSTITUCIONES 102,468,700 1,563, ,032,685 SECRETARIA DE ESTADO DE INTERIOR Y POLICIA 894,708, ,063,475 1,425,771, ADMINISTRACION SUPERIOR 35,813,282 73,941, ,754, CONTROL DE MIGRACION 11,416,475 2,768,790 14,185, ORDEN PUBLICO 844,478, ,478, FINANCIAMIENTO A INSTITUCIONES 3,000, ,353, ,353,015 SECRETARIA DE ESTADO DE LAS FUERZAS ARMADAS 1,558,544,635 53,785 1,558,598, ADMINISTRACION SUPERIOR 364,599, ,599, DEFENSA TERRESTRE 511,718, ,718, DEFENSA NAVAL 249,180,975 53, ,234, DEFENSA AEREA 433,046, ,046,165 SECRETARIA DE ESTADO DE RELACIONES EXTERIORES 139,052, ,052, SERVICIOS INTERNACIONALES 131,150, ,150, EXPED. Y CONTROL DE PASAPORTES 7,901,880 7,901, SECRETARIA DE ESTADO DE FINANZAS 5,014,046, ,998,115 5,437,044, ADMINISTRACION SUPERIOR 3,865,953, ,713,150 4,276,666, ADMINISTRACION FISCAL 39,525,540 39,525, SERVICIOS DE RENTAS INTERNAS 115,159, ,159, SERV. DE IMP. SOBRE LA RENTA 76,913,565 76,913, SERVICIOS DE ADUANAS 95,558,780 12,284, ,843, SERVICIOS CATASTRALES 12,505,605 12,505, ADM. PROPIEDADES DEL ESTADO 12,885,270 12,885, COMPRAS Y SUM. DEL GOBIERNO 6,220,465 6,220, EXONERACIONES Y EXENC. INDUST. 3,725,040 3,725, INST.DE CAPACITACION TRIBUTARIA 7,897,810 7,897, FINANCIAMIENTO A INSTITUCIONES 777,701, ,701, SECRETARIA DE ESTADO DE EDUCACIÓN 2,390,808, ,390,808, ADMINISTRACION SUPERIOR 387,150, ,150, ESTRUCTURA EDUCATIVA 1,523,591,785 1,523,591, SERVICIOS TECNICOS EDUCATIVOS 243,733, ,733, PLANIFICACION EDUCATIVA 4,303,290 4,303, FOMENTO DE LAS BELLAS ARTES 43,094,880 43,094, FOMENTO DE LA CULTURA 6,026,065 6,026, FINANCIAMIENTO A INSTITUCIONES 182,907, ,907, SECRETARIA DE ESTADO DE SALUD PÚBLICA 2,854,119, ,854,119,470

4 01 ADMINISTRACION SUPERIOR 133,938, ,938, COORD. NORMAS Y CONT. PROGS. SALUD 351,938, ,938, SERVICIOS OPERATIVOS 1,137,896,035 1,137,896, SERVICIOS SOCIALES 145,636, ,636, FINANCIAMIENTO A INSTITUCIONES 1,084,709,745 1,084,709, SECRETARIA DE ESTADO DE DEPORTE, EDUC. FÍS. Y REC. 213,853,530 21,002, ,855, ADMINISTRACION GENERAL 25,197,995 25,197, FOMENTO Y DESARR. DEL DEPORTE 83,058,510 21,002, ,060, FOM. Y DES. EDUC. FIS. Y RECREACION 2,499,255 2,499, ADM. Y MANT. DE RECINTOS DEPORTIVOS 103,097, ,097, SECRETARIA DE ESTADO DE TRABAJO 33,499, ,499, ADMINISTRACION SUPERIOR 19,983,560 19,983, REG. DE RELAC. OBRERO-PATRONALES 2,512,855 2,512, CONTROL E INSPECCION LABORAL 11,003,195 11,003, SECRETARIA DE ESTADO DE AGRICULTURA 1,885,227, ,885,227, ADMINISTRACION SUPERIOR 133,207, ,207, DES. DE LA PROD. FINANC. Y MERCADEO 405,690, ,690, DESARROLLO RURAL 92,549,935 92,549, DESARR. DE LOS REC. PECUARIOS 46,296,430 46,296, DES. DE LOS REC. NATURALES 66,564,685 66,564, FINANCIAMIENTO A INSTITUCIOENS 1,140,918,255 1,140,918, SECRETARIA DE ESTADO DE OBRAS PÚBLICAS Y COM. 670,180,355 12,308, ,489, ADMINISTRACION SUPERIOR 39,757,375 12,308,720 52,066, SERV. DE MANT. VIAL Y EQUIPO 268,864, ,864, OBRAS DE VIALIDAD 232,699, ,699, EDIFICACIONES 104,047, ,047, CONTROL DE TRANS. TERRESTRE 6,670,595 6,670, TELECOMUNICACIONES 18,141,460 18,141, SECRETARIA DE ESTADO DE INDUSTRIA Y COMERCIO 100,695,595 5,226, ,921, ADMINISTRACION SUPERIOR 25,794,370 5,226,270 31,020, REG. INDUSTRIAL Y COMERCIAL 1,319,360 1,319, REGULACION DE PRECIOS 12,641,695 12,641, FOMENTO MINERO 7,668,720 7,668, NORMAS Y SISTEMAS DE CALIDAD 10,874,220 10,874, MARINA MERCANTE NACIONAL 694, , FINANCIAMIENTO A INSTITUCIONES 41,702,980 41,702, SECRETARIA DE ESTADO DE TURISMO 92,090, ,090, DIRECCION SUP. Y ADM. GENERAL 15,884,845 15,884, FOMENTO DEL TURISMO 73,430,515 73,430, SERV. TURISTICOS Y DE CONTROL 1,058,000 1,058, PLANIF. PROG. Y PROY. E. INC. TURISTICOS 1,716,920 1,716,920 PROCURADURÍA GENERAL DE LA REPUBLICA 102,027, ,027, MI8NISTERIO PUBLICO 102,027, ,027, PODER JUDICIAL 120,880,950 1,600, ,481, ADMINISTRACION DE LA JUSTICIA 120,880,950 1,600, ,481, JUNTA CENTRAL ELECTORAL 255,944, ,944, ADMINISTRACION ELECTORAL 186,054, ,054, REGISTRO CIVIL 10,485,820 10,485,820

5 03 CEDULA DE IDENTIDAD Y ELECTORAL 59,403,370 59,403, CAMARA DE CUENTAS 8,663, ,663, FISCALIZACION DE CUENTAS 8,663,985 8,663,985 TOTAL GENERAL 18,212,581,672 1,834,225,785 20,046,807,457 Artículo 5.- Se aprueba la siguiente utilización del crédito externo para el año 1994, por Capítulo, en cantidad de RD$3,130,643,850 (TRES MIL, CIENTO TREINTA MILLONES, SEISCIENTOS CUARENTA Y TRES MIL, OCHOCIENTOS CINCUENTA PESOS ORO), cuya información por préstamos y donaciones se presenta en los anexos II y III. CAP. INSTITUCIONES CANTIDAD 201 Presidencia de la República 289,931, Secretaría de Estado de Finanzas 1,030,119, Secretaría de Educación, Bellas Artes y Cultos 135,730, Secretaría de Estado de Salud Pública y Asistencia Social 172,624, Secretaría de Estado de Agricultura 970,505, Secretaría de Estado de Obras Públicas Comunicaciones 530,543, Secretaría de Estado de Industria y Comercio 1,187,500 TOTAL GENERAL 3,130,643,850 Artículo 6.- La utilización de recursos provenientes del exterior a que se refiere el Artículo 5, podrá modificarse de acuerdo a las necesidades que se presentaren en el transcurso del año y según los compromisos que se establezcan con los organismos internacionales respectivos, siempre que dicha utilización sea destinada a la ejecución de programas estipulados en los convenios suscritos. Articulo 7.- A los efectos del cumplimiento de los dispuesto en el Artículo No.29 de la Ley Orgánica de Presupuesto para el Sector Público, el detalle que acompaña a la presente Ley se considerará la distribución administrativa. La Oficina Nacional de Presupuesto establecerá los niveles de apropiación en dicha distribución administrativa, los cuales serán de obligatorio cumplimiento por parte de todos los organismos públicos, no pudiendo ser alterados sin aprobación previa de la mencionada Oficina Nacional de Presupuesto. Artículo 8.- Los aportes y subvenciones a organismos públicos y privados a que se refiere la clasificación objetal del Manual de Clasificaciones Presupuestarias, deberán aplicarse al fin específico que determina la presente Ley y su distribución administrativa. Artículo 9.- Los recursos originados en préstamos o donaciones de organismos internacionales deberán ser depositados en la Tesorería Nacional y, el trámite de su utilización, será similar al sistema de asignaciones utilizado para la concesión de Recursos Internos.

6 Artículo 10.- La utilización de los recursos que componen el FONDO GENERAL de la Nación, estará determinada en los diferentes Capítulos de la presente Ley de Gastos Públicos y en las modificaciones que se efectuaren en dicha Ley durante el ejercicio fiscal. Artículo 11.- Los montos consignados como "Reserva" para la aplicación del Artículo 3 de la Ley No de Servicio Civil y Carrera Administrativa, sólo podrán ser usados con la autorización del Honorable Señor Presidente de la República, previa recomendación de la Oficina Nacional de Administración y Personal (ONAP), en coordinación con la Oficina Nacional de Presupuesto. Artículo 12.- Para la utilización de las apropiaciones que aparecen en el Programa I, actividad 11, Dirección Superior Administrativa del Estado, destinada a "Obras e Inversiones de Capital", el Poder Ejecutivo podrá utilizarla sin someterse a las disposiciones del Artículo 43, de la Ley 531 del 11 de diciembre de Artículo 13.- Las apropiaciones fijadas para inversiones de capital, solamente podrán ser ejecutadas previa identificación de los proyectos correspondientes, para lo cual el Organismo Ejecutor deberá someter, el informe técnico-económico elaborado al efecto, a la aprobación de la Presidencia de la República. Copia de dicha aprobación, deberá anexarse a la solicitud de asignación para los desembolsos correspondientes. Párrafo I. Ningún Organismo del Gobierno Central podrá celebrar contratos que excedan la suma de RD$100,000.00, sin la expedición del Poder correspondiente por parte del Presidente de la República, a cuya solicitud deberá anexarse el informe técnico-económico a que se refiere este Artículo. DADA en la Sala de Sesiones del Senado, Palacio del Congreso Nacional, en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los veintinueve (29) días del mes de diciembre del año mil novecientos noventa y tres; año 150 de la Independencia y 131 de la Restauración. José Osvaldo Leger Aquino Presidente Luis Angel Jasmín Secretario Amable Aristy Castro Secretario DADA en la Sala de Sesiones de la Cámara de Diputados, Palacio del Congreso Nacional, en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana a los cinco (5) días del mes de enero del año mil novecientos noventa y cuatro; año 150 de la Independencia y 131 de la Restauración. Norge Botello Presidente

7 Zoila T. de Jesús Navarro, Secretaria. Eunice J. Jimeno de Núñez Secretaria. JOAQUIN BALAGUER Presidente de la República Dominicana En ejercicio de las atribuciones que me confiere el Artículo 55 de la Constitución de la República. PROMULGO la presente Ley y mando que sea publicada en la Gaceta Oficial, para su conocimiento y cumplimiento. DADA en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los diez (10) días del mes de enero del año mil novecientos noventa y cuatro; año 150 de la Independencia y 131 de la Restauración. Joaquín Balaguer

Ley No que aprueba el Presupuesto de Ingresos y Gastos Públicos del Gobierno Central para el año 1996.

Ley No que aprueba el Presupuesto de Ingresos y Gastos Públicos del Gobierno Central para el año 1996. Ley No. 18-95 que aprueba el Presupuesto de Ingresos y Gastos Públicos del Gobierno Central para el año 1996. LEY No. 18-95 EL CONGRESO NACIONAL En Nombre de la República VISTO el Artículo 37, Acápite

Más detalles

República Dominicana Ministerio de Hacienda DIRECCIÓN GENERAL DE PRESUPUESTO DIGEPRES

República Dominicana Ministerio de Hacienda DIRECCIÓN GENERAL DE PRESUPUESTO DIGEPRES República Dominicana Ministerio de Hacienda DIRECCIÓN GENERAL DE PRESUPUESTO DIGEPRES PROYECTO DE LEY DE MODIFICACIÓN AL PRESUPUESTO GENERAL DEL ESTADO 2011. Santo Domingo, D. N. Diciembre 2011 EL CONGRESO

Más detalles

Ley No. 580 que crea el Museo de las Casas Reales. Gaceta Oficial Número 9318 de fecha 9 de noviembre de 1973.

Ley No. 580 que crea el Museo de las Casas Reales. Gaceta Oficial Número 9318 de fecha 9 de noviembre de 1973. Ley No. 580 que crea el Museo de las Casas Reales. Gaceta Oficial Número 9318 de fecha 9 de noviembre de 1973. EL CONGRESO NACIONAL En nombre de la República NUMERO 580 CONSIDERANDO que el Gobierno Nacional

Más detalles

TÍTULO V IMPUESTO SOBRE ACTIVOS

TÍTULO V IMPUESTO SOBRE ACTIVOS TÍTULO V IMPUESTO SOBRE ACTIVOS TÍTULO V IMPUESTO SOBRE ACTIVOS (Agregado por el artículo 19 de la Ley No. 557-05, de fecha 13 de diciembre del año 2005) Artículo 401.- SUJETOS DEL IMPUESTO. (Renumerado

Más detalles

Gaceta Oficial No de fecha 18 de noviembre de 1953, pág.

Gaceta Oficial No de fecha 18 de noviembre de 1953, pág. Gaceta Oficial No. 7626 de fecha 18 de noviembre de 1953, pág. Ley No. 3675 que modifica los artículos 32 y 33 de la Ley sobre Policía de Puertos y Costas No. 3003.- NUMERO 3675. EL CONGRESO NACIONAL En

Más detalles

Balance Legislativo Poder Ejecutivo Senado

Balance Legislativo Poder Ejecutivo Senado Balance Legislativo Poder Ejecutivo Senado 2011-2012 Poder Ejecutivo Trabajo Legislativo por isterios Departamentos Administrativos as energia Educacion Vivienda Desarroollo Territorial Ambiente Transporte

Más detalles

ACUERDO GUBERNATIVO No

ACUERDO GUBERNATIVO No ACUERDO GUBERNATIVO No. 297-2006 Guatemala, 8 de junio de 2006. EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA Que de conformidad con el Código de Salud corresponde al Ministerio de Salud Publica y Asistencia Social, a

Más detalles

República de Colombia. liberhld yorden. Ministerio de Hacienda y Crédito Público. DEC~ó1563 J3MAY2011

República de Colombia. liberhld yorden. Ministerio de Hacienda y Crédito Público. DEC~ó1563 J3MAY2011 República de Colombia liberhld yorden Ministerio de Hacienda y Crédito Público DEC~ó1563 J3MAY2011 Por el cual se adiciona el Presupuesto General de la Nación para la vigencia fiscal de 2011 y se e fectúa

Más detalles

EL CONGRESO NACIONAL En nombre de la República HA DADO LA SIGUIENTE LEY:

EL CONGRESO NACIONAL En nombre de la República HA DADO LA SIGUIENTE LEY: Régimen Legal sobre Espectáculos Públicos. EL CONGRESO NACIONAL En nombre de la República HA DADO LA SIGUIENTE LEY: NUMERO 1951. Art. 1.- Las proyecciones cinematográficas, representaciones teatrales y

Más detalles

CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPUBLICA

CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPUBLICA República Dominicana CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPUBLICA NORMAS Y PROCEDIMIENTOS QUE DEBEN SER TOMADAS EN CUENTA EN EL PROCESO DE REVISION Y APROBACIÓN DE LIBRAMIENTOS DE PAGO Santo Domingo, D.N., Enero

Más detalles

DANILO MEDINA Presidente de la República Dominicana

DANILO MEDINA Presidente de la República Dominicana -111- Kenia Milagros Mejía Mercedes Secretaria Orfelina Liseloth Arias Medrano Secretaria Presidente de la República Dominicana En ejercicio de las atribuciones que me confiere el Artículo 128 de la Constitución

Más detalles

Asunción, Paraguay Marzo 2016

Asunción, Paraguay Marzo 2016 Socialización de la Reglamentación de Pagos Ocasionales de Subsidio Familiar (Objeto de Gasto 131), a Funcionarios del Ministerio de Agricultura y Ganadería (MAG). Asunción, Paraguay Marzo 2016 1 Objetivo

Más detalles

Valencia, 11 de agosto de 2016 EXTRAORDINARIA Nº 5768

Valencia, 11 de agosto de 2016 EXTRAORDINARIA Nº 5768 GACETA OFICIAL D E L E S T A D O C A R A B O B O ARTÍCULO 13. Las Leyes, Decretos, Resoluciones y demás actos oficiales tendrán el carácter de públicos, por el solo hecho de aparecer en la Gaceta Oficial

Más detalles

Balance de Ejecución Presupuestal Ejercicio

Balance de Ejecución Presupuestal Ejercicio Balance de Ejecución Presupuestal Ejercicio - 05 Unidad Ejecutora: 5 Ministerio de Economía y Finanzas 4 Tesorería General de la Nación ingresos tributarios tasas tasas por otorgamiento de autorizaciones

Más detalles

Ley No. 379, que establece un nuevo régimen de Jubilaciones y Pensiones del Estado Dominicano para los Funcionarios y Empleados Públicos. G. O.

Ley No. 379, que establece un nuevo régimen de Jubilaciones y Pensiones del Estado Dominicano para los Funcionarios y Empleados Públicos. G. O. Ley No. 379, que establece un nuevo régimen de Jubilaciones y Pensiones del Estado Dominicano para los Funcionarios y Empleados Públicos. G. O. 9568 NUMERO: 379 EL CONGRESO NACIONAL En Nombre de la República

Más detalles

MARCO NORMATIVO MUNICIPAL LEGISLACIÓN RELACIONADA CON EL ORGANISMO EJECUTIVO Y MODERNIZACIÓN DEL ESTADO

MARCO NORMATIVO MUNICIPAL LEGISLACIÓN RELACIONADA CON EL ORGANISMO EJECUTIVO Y MODERNIZACIÓN DEL ESTADO LEGISLACION DE CARÁCTER GENERAL MARCO NORMATIVO MUNICIPAL CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LA REPÚBLICA DE GUATEMALA LEY ELCTORAL Y DE PARTIDOS POLÍTICOS REGLAMENTO DE LA LEY ELECTORAL CÓDIGO MUNICIPAL LEGISLACIÓN

Más detalles

ASAMBLEA LEGISLATIVA REPÚBLICA DE EL SALVADOR

ASAMBLEA LEGISLATIVA REPÚBLICA DE EL SALVADOR COMISIÓN DE HACIENDA Y ESPECIAL DEL PRESUPUESTO PALACIO LEGISLATIVO: Señores Secretarios de la Asamblea Legislativa Presente. Dictamen No. 392 Favorable San Salvador, 13 de abril de 2015 La Comisión de

Más detalles

G.O EL CONGRESO NACIONAL En Nombre de la República

G.O EL CONGRESO NACIONAL En Nombre de la República Ley No. 28 01 que crea una Zona Especial de Desarrollo Fronterizo, que abarca las provincias de Pedernales, Independencia, Elías Piña, Dajabón, Montecristi, Santiago Rodríguez y Bahoruco. G.O.10072 EL

Más detalles

NORMATIVA GENERAL SOBRE PRESUPUESTO DEL SECTOR PÚBLICO.

NORMATIVA GENERAL SOBRE PRESUPUESTO DEL SECTOR PÚBLICO. NORMATIVA GENERAL SOBRE PRESUPUESTO DEL SECTOR PÚBLICO. Expositora: Carolina Lastra Barrera. Abogado División Jurídica Comité Finanzas Contraloría General de la República NORMATIVA GENERAL SOBRE PRESUPUESTO

Más detalles

Modifica el Acuerdo , que contiene Presupuesto del Organismo Judicial para el ejercicio fiscal 2015

Modifica el Acuerdo , que contiene Presupuesto del Organismo Judicial para el ejercicio fiscal 2015 Modifica el Acuerdo 58-2014, que contiene Presupuesto del Organismo Judicial para el ejercicio fiscal 2015 ACUERDO NÚMERO 66-2014 LA CORTE SUPREMA DE JUSTICIA Que por medio de Acuerdo número cincuenta

Más detalles

DECRETO 1743 DE 1966 ( Julio 9) Diario oficial No , de 26 de julio de 1966

DECRETO 1743 DE 1966 ( Julio 9) Diario oficial No , de 26 de julio de 1966 DECRETO 1743 DE 1966 ( Julio 9) Diario oficial No 31.989, de 26 de julio de 1966 MINISTERIO DE TRABAJO Por el cual se reglamenta la Ley 4a. de

Más detalles

Contenido. Informe renta petrolera. Ingresos municipales 05. Ingresos munipales para el año Sabías que 07. Ingreso petrolero 08.

Contenido. Informe renta petrolera. Ingresos municipales 05. Ingresos munipales para el año Sabías que 07. Ingreso petrolero 08. Introducción Este informe de renta petrolera es una muestra de la voluntad de algunos actores públicos y privados del sector extractivo petrolero para lograr una mayor transparencia y socialización de

Más detalles

-3- EL CONGRESO NACIONAL. En Nombre de la Republica

-3- EL CONGRESO NACIONAL. En Nombre de la Republica -3- Ley 8-92 que pone bajo la dependencia de la Junta Central Electoral, la Direccion General de la Ckdula de Identificacion Personal y las Oficinas y Agencias Expedidoras de Ckdulas, la Oficina Central

Más detalles

REPÚBLICA DOMINICANA

REPÚBLICA DOMINICANA REPÚBLICA DOMINICANA Ley Número 8: CONSIDERANDO: Que es responsabilidad del Ministerio de Agricultura Promover el desarrollo agropecuario del país; CONSIDERANDO: Que para cumplir sus fines específicos

Más detalles

HÉCTOR ISRAEL ORTIZ ORTIZ, Gobernador del Estado a sus habitantes sabed:

HÉCTOR ISRAEL ORTIZ ORTIZ, Gobernador del Estado a sus habitantes sabed: para el Ejercicio Fiscal 2010. Secretaría Parlamentaria Congreso. Texto Original Publicada en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado el día 8 de diciembre de 2009. Al margen un sello con el Escudo

Más detalles

Centro Electrónico de Documentación e Información Judicial. CORTE SUPREMA DE JUSTICIA República de Honduras, C. A. DECRETO NÚMERO 85-91

Centro Electrónico de Documentación e Información Judicial. CORTE SUPREMA DE JUSTICIA República de Honduras, C. A. DECRETO NÚMERO 85-91 CORTE SUPREMA DE JUSTICIA República de Honduras, C. A. EL CONGRESO NACIONAL, DECRETO NÚMERO 85-91 CONSIDERANDO: Que las instituciones autónomas del Estado que proporcionan servicios al público y que cobran

Más detalles

NORMA PARA LA DIFUSIÓN A LA CIUDADANÍA DE LA LEY DE INGRESOS Y DEL PRESUPUESTO DE EGRESOS 2016

NORMA PARA LA DIFUSIÓN A LA CIUDADANÍA DE LA LEY DE INGRESOS Y DEL PRESUPUESTO DE EGRESOS 2016 NORMA PARA LA DIFUSIÓN A LA CIUDADANÍA DE LA LEY DE INGRESOS Y DEL PRESUPUESTO DE EGRESOS 2016 Preguntas / apartados Qué es la Ley de Ingresos y cuál es su importancia? Consideraciones Es un instrumento

Más detalles

G.0. No. 9651 del 16 de Diciembre de 1984 CONGRESO NACIONAL En Nombre de la República

G.0. No. 9651 del 16 de Diciembre de 1984 CONGRESO NACIONAL En Nombre de la República LEY NO. 250, Que establece los dueños de bares y restaurantes deberán destinar el uno por ciento (1%) de acuerdo al monto de la nómina de su establecimiento, suma que será pagada por los patronos al Fondo

Más detalles

REFORMA A LA LEY ORGÁNICA DE LA EMPRESA NICARAGÜENSE DEL PETRÓLEO (PETRONIC) Decreto No , Aprobado el 14 de Junio de 1995

REFORMA A LA LEY ORGÁNICA DE LA EMPRESA NICARAGÜENSE DEL PETRÓLEO (PETRONIC) Decreto No , Aprobado el 14 de Junio de 1995 REFORMA A LA LEY ORGÁNICA DE LA EMPRESA NICARAGÜENSE DEL PETRÓLEO (PETRONIC) Decreto No. 26-95, Aprobado el 14 de Junio de 1995 Publicado en La Gaceta No. 118 del 26 de Junio de 1995 EL PRESIDENTE DE LA

Más detalles

MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA TRANSPORTE ACUÁTICO Y AÉREO INSTITUTO NACIONAL DE AERONÁUTICA CIVIL (INAC)

MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA TRANSPORTE ACUÁTICO Y AÉREO INSTITUTO NACIONAL DE AERONÁUTICA CIVIL (INAC) PROVIDENCIA CONJUNTA MEDIANTE LA CUAL SE ESTABLECEN LAS NORMAS PARA LA EMISIÓN DE FACTURAS, BOLETOS AÉREOS Y OTROS DOCUMENTOS POR LA PRESTACIÓN DE SERIVICIOS DE TRANSPORTE AÉREO DE PASAJEROS (GACETA OFICIAL

Más detalles

LEY QUE ESTABLECE ESTRUCTURA Y SISTEMA ORGANIZATIVO DEL SECTOR PÚBLICO AGROPECUARIO ADSCRITO AL MINISTERIO DE AGRICULTURA Y GANADERÍA

LEY QUE ESTABLECE ESTRUCTURA Y SISTEMA ORGANIZATIVO DEL SECTOR PÚBLICO AGROPECUARIO ADSCRITO AL MINISTERIO DE AGRICULTURA Y GANADERÍA LEY QUE ESTABLECE ESTRUCTURA Y SISTEMA ORGANIZATIVO DEL SECTOR PÚBLICO AGROPECUARIO ADSCRITO AL MINISTERIO DE AGRICULTURA Y GANADERÍA Decreto No. 37 de 4 de junio de 1975 Publicado en La Gaceta No. 181

Más detalles

LEY No.104-99 SOBRE BONOS

LEY No.104-99 SOBRE BONOS LEY No.104-99 SOBRE BONOS CONSIDERANDO. Que el Gobierno dominicano ha heredado de gobiernos anteriores una deuda interna cuantiosa, contraída por el Estado y sus instituciones autónomas con el sector privado;

Más detalles

Índice de Información disponible Portal de Transparencia ASDE Oficina de Acceso a la Información Municipal ASDE

Índice de Información disponible Portal de Transparencia ASDE Oficina de Acceso a la Información Municipal ASDE Institución Institución: Ayuntamiento santo Domingo Este, ASDE Incúmbente: Lic. Juan de los Santos Gómez Teléfono: (809) 788-7676 Fax: 809-788-6605 Dirección Física: Ave. Mella # 419, casi esq. Diego de

Más detalles

REGLAMENTO DE LOS CUERPOS DE SEGURIDAD PUBLICA DEL ESTADO DE MEXICO. CAPITULO I DE SU 0RGANIZACION

REGLAMENTO DE LOS CUERPOS DE SEGURIDAD PUBLICA DEL ESTADO DE MEXICO. CAPITULO I DE SU 0RGANIZACION ALFREDO BARANDA G. GOBERNADOR DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE MEXICO, EN EL EJERCICIO DE LA FACULTAD QUE ME CONFIERE EL ARTICULO 89 FRACCION X DE LA CONSTITUCION POLITICA LOCAL Y CON FUNDAMENTO EN LO DISPUESTO

Más detalles

-137b! EL CONGRESO NACIONAL En Nombre de la Reptlblica NUMERO 452. VISTO el..4rticulo 37, acapite 12 de la Constituci6n de la Republica,

-137b! EL CONGRESO NACIONAL En Nombre de la Reptlblica NUMERO 452. VISTO el..4rticulo 37, acapite 12 de la Constituci6n de la Republica, -137b! Ley Ne 452, de Presupuesto de Ingresos y Gastos Publicos para el aiio 1973. (G. 0. NO 9289, del '3 de Enero de 1973) EL CONGRESO NACIONAL En Nombre de la Reptlblica NUMERO 452 VISTO el..4rticulo

Más detalles

LA GACETA SUMARIO. DIARIO OFICIAL Teléfonos: / Tiraje:600 Ejemplares 20 Páginas Hecho el Depósito Legal No. Mag-0053, 2003 AÑO CVII

LA GACETA SUMARIO. DIARIO OFICIAL Teléfonos: / Tiraje:600 Ejemplares 20 Páginas Hecho el Depósito Legal No. Mag-0053, 2003 AÑO CVII REPUBLICA DE NICARAGUA AMERICA CENTRAL LA GACETA DIARIO OFICIAL Teléfonos: 2283791 / 2227344 Tiraje:600 Ejemplares 20 Páginas Hecho el Depósito Legal No. Mag-0053, 2003 AÑO CVII SUMARIO ASAMBLEA NACIONAL

Más detalles

ANEXO 12-A LISTA DE ENTIDADES CUBIERTAS LISTA DE COLOMBIA

ANEXO 12-A LISTA DE ENTIDADES CUBIERTAS LISTA DE COLOMBIA ANEXO 12-A LISTA DE ENTIDADES CUBIERTAS LISTA DE COLOMBIA SECCIÓN A: ENTIDADES DEL NIVEL CENTRAL DE GOBIERNO El presente Capítulo se aplica a las entidades del nivel central de gobierno listadas cuando

Más detalles

LEY ORGANICA DE PRESUPUESTO PARA EL SECTOR PUBLICO. EL CONGRESO NACIONAL En nombre de la República

LEY ORGANICA DE PRESUPUESTO PARA EL SECTOR PUBLICO. EL CONGRESO NACIONAL En nombre de la República LEY ORGANICA DE PRESUPUESTO PARA EL SECTOR PUBLICO EL CONGRESO NACIONAL En nombre de la República Núm. 531 Considerando que es necesario unificar la legislación presupuestaria vigente, a la vez que es

Más detalles

"Párrafo III.- Art. 2.- "Párrafo I. - "Párrafo II.-

Párrafo III.- Art. 2.- Párrafo I. - Párrafo II.- LEY 4314 Que regula la prestación y aplicación de los valores en el inquilinato, modificada por la ley 17-88 de fecha 05 de febrero del año 1988. Del 22 de octubre del año 1955. Art. 1.- Los propietarios

Más detalles

REQUISITOS PARA LA INSCRIPCION DE SOCIEDADES DEL SECTOR PRIVADO

REQUISITOS PARA LA INSCRIPCION DE SOCIEDADES DEL SECTOR PRIVADO REQUISITOS PARA LA INSCRIPCION DE SOCIEDADES DEL SECTOR PRIVADO Documentos BAJO CONTROL DE LA SUPERINTENDENCIA DE COMPAÑÍAS, INCLUSIVE LAS COMPAÑÍAS TENEDORAS DE ACCIONES O HOLDING, ESTABLECIMIENTOS PERMANENTES

Más detalles

GLOSARIO SITIO DEL CIUDADANO

GLOSARIO SITIO DEL CIUDADANO GLOSARIO A AIF (Ahorro - Inversión - Financiamiento) Especifica un formato de informe que clasifica los gastos y los recursos por su naturaleza económica, y distintos tipos de resultados de las cuentas

Más detalles

El objetivo de esta Ley es el aumento de los Ingresos Tributarios, así como destinar mayores recursos a la educación.

El objetivo de esta Ley es el aumento de los Ingresos Tributarios, así como destinar mayores recursos a la educación. LEGISLACION ENERO-DICIEMBRE 2011 LEYES Ley No. 131-11 del 27 de mayo de 2011 Autoriza al Ministerio de Hacienda, para que a través de la Dirección General de Crédito Público, pueda emitir Títulos Valores

Más detalles

REGLAMENTO ESPECIFICO DEL SISTEMA DE TESORERIA

REGLAMENTO ESPECIFICO DEL SISTEMA DE TESORERIA REGLAMENTO ESPECIFICO DEL SISTEMA DE TESORERIA REGLAMENTO ESPECÍFICO DEL SISTEMA DE TESORERIA Luis Alberto Arce Catacora MINISTRO DE ECONOMÍA Y FINANZAS PÚBLICAS María Lina Rita Arcienega Quiroga Directora

Más detalles

CONVENIO DE TRASPASO DE RECURSOS ENTRE EL MINISTERIO DE ECONOMíA Y FINANZAS Y EL GOBIERNO REGIONAL DE APURíMAC

CONVENIO DE TRASPASO DE RECURSOS ENTRE EL MINISTERIO DE ECONOMíA Y FINANZAS Y EL GOBIERNO REGIONAL DE APURíMAC CONVENIO DE TRASPASO DE RECURSOS ENTRE EL MINISTERIO DE ECONOMíA Y FINANZAS Y EL GOBIERNO REGIONAL DE APURíMAC Conste por el presente documento el Convenio de Traspaso de Recursos de fecha 24 de julio

Más detalles

Unidad 5. La ciencia del derecho administrativo y las ramas especializadas que tienden hacia su autonomía.

Unidad 5. La ciencia del derecho administrativo y las ramas especializadas que tienden hacia su autonomía. Unidad 5 La ciencia del derecho administrativo y las ramas especializadas que tienden hacia su autonomía. UNIDAD 5 LA CIENCIA DEL DERECHO ADMINISTRATIVO Y LAS RAMAS ESPECIALIZADAS QUE TIENDEN HACIA SU

Más detalles

ACUERDO DEL COMITÉ TÉCNICO DEL FIDEICOMISO DENOMINADO "FONDO PARA

ACUERDO DEL COMITÉ TÉCNICO DEL FIDEICOMISO DENOMINADO FONDO PARA INSTITUTO Fl!Dl!IUU. ELECTOIUU. ACUERDO DEL COMITÉ TÉCNICO DEL FIDEICOMISO DENOMINADO "FONDO PARA EL CUMPLIMIENTO DEL PROGRAMA DE INFRAESTRUCTURA INMOBILIARIA DEL INSTITUTO FEDERAL ELECTORAL", POR EL QUE

Más detalles

ESTATUTOS SOCIALES DE LA FUNDACION PARA EL SERVICIO DE ASISTENCIA MEDICA HOSPITALARIA PARA LOS ESTUDIANTES DE EDUCACION SUPERIOR.

ESTATUTOS SOCIALES DE LA FUNDACION PARA EL SERVICIO DE ASISTENCIA MEDICA HOSPITALARIA PARA LOS ESTUDIANTES DE EDUCACION SUPERIOR. ESTATUTOS SOCIALES DE LA FUNDACION PARA EL SERVICIO DE ASISTENCIA MEDICA HOSPITALARIA PARA LOS ESTUDIANTES DE EDUCACION SUPERIOR. TITULO I. DEL NOMBRE, NATURALEZA, DOMICILIO Y DURACIÓN DE LA FUNDACION

Más detalles

Fundado el 30 de abril de 1864

Fundado el 30 de abril de 1864 República de Colombia Fundado el 0 de abril de 864 Año CLV No. 47.97 Edición de 6 páginas Bogotá D. C., miércoles, 9 de diciembre de 00 I S S N 0- PRESUPUESTO GENERAL DE LA NACION PRESUPUESTO GENERAL

Más detalles

DESTINACIÓN. BOLETÍN Nc PERIODO LEGISLATIVO LEGISLATURA 362 PRIMER TRAMITE CONST. .SESIÓN N. 435 SEGUNDO TRÁMITE CONST.

DESTINACIÓN. BOLETÍN Nc PERIODO LEGISLATIVO LEGISLATURA 362 PRIMER TRAMITE CONST. .SESIÓN N. 435 SEGUNDO TRÁMITE CONST. 9441-06 BOLETÍN Nc PERIODO LEGISLATIVO 2014-2018 LEGISLATURA 362 Modifica la Ley de Rentas Municipales sancionando el incumplimiento de la obligación del contribuyente de declarar la cantidad de trabajadores

Más detalles

Estado de México. Norma para la difusión a la Ciudadanía de la Ley de Ingresos y del Presupuesto de Egresos 2015

Estado de México. Norma para la difusión a la Ciudadanía de la Ley de Ingresos y del Presupuesto de Egresos 2015 Estado de México Norma para la difusión a la Ciudadanía de la Ley de Ingresos y del Presupuesto de Egresos 2015 PREGUNTAS / APARTADOS CONSIDERACIONES QUÉ ES LA LEY DE INGRESOS Y CUÁL ES SU IMPORTANCIA?

Más detalles

De la Colección de Leyes OMG -

De la Colección de Leyes OMG - LEY NO. 193-11, QUE AUTORIZA AL MINISTERIO DE HACIENDA A EMITIR, A TRAVÉS DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE CRÉDITO PÚBLICO, TÍTULOS VALORES INTERNOS DE DEUDA PÚBLICA ADMINISTRATIVA, POR LA SUMA DE SIETE MIL

Más detalles

REPÚBLICA DE PANAMÁ ASAMBLEA NACIONAL LEGISPAN LEGISLACIÓN DE LA REPÚBLICA DE PANAMÁ

REPÚBLICA DE PANAMÁ ASAMBLEA NACIONAL LEGISPAN LEGISLACIÓN DE LA REPÚBLICA DE PANAMÁ REPÚBLICA DE PANAMÁ ASAMBLEA NACIONAL LEGISPAN LEGISLACIÓN DE LA REPÚBLICA DE PANAMÁ Tipo de Norma: LEY Número: 15 Referencia: Año: 2010 Fecha(dd-mm-aaaa): 14-04-2010 Titulo: QUE CREA EL MINISTERIO DE

Más detalles

INSTRUCTIVO DE LLENADO FORMULARIO 118 DECLARACIÓN DE LA CONTRIBUCIÓN DESTINADA AL FINANCIAMIENTO DE LA ATENCIÓN INTEGRAL DEL CÁNCER

INSTRUCTIVO DE LLENADO FORMULARIO 118 DECLARACIÓN DE LA CONTRIBUCIÓN DESTINADA AL FINANCIAMIENTO DE LA ATENCIÓN INTEGRAL DEL CÁNCER INSTRUCTIVO DE LLENADO FORMULARIO 118 DECLARACIÓN DE LA CONTRIBUCIÓN DESTINADA AL FINANCIAMIENTO DE LA ATENCIÓN INTEGRAL DEL CÁNCER Fecha de elaboración: Enero 2015 1 Tabla de Contenidos 1. Antecedentes...

Más detalles

Unidad Técnica Operativa / SEE OCI DOCUMENTO N 4. Modelo de Convenio entre la SEE y la organización seleccionada

Unidad Técnica Operativa / SEE OCI DOCUMENTO N 4. Modelo de Convenio entre la SEE y la organización seleccionada Unidad Técnica Operativa / SEE OCI DOCUMENTO N 4 Modelo de Convenio entre la SEE y la organización seleccionada REPÚBLICA DOMINICANA Secretaría de Estado de Educación OFICINA DE COOPERACIÓN INTERNACIONAL

Más detalles

ESTADO DE MOVIMIENTOS DE INGRESOS Y EGRESOS

ESTADO DE MOVIMIENTOS DE INGRESOS Y EGRESOS 3 ESTADO DE MOVIMIENTOS DE INGRESOS Y EGRESOS 4 INGRESOS IMPUESTOS NOMINAS $ 1,209,023,953 UNIVERSITARIO 159,708,407 ADQUISICION DE VEHICULOS AUTOMOTORES Y OTROS BIENES MUEBLES USADOS 102,169,633 CEDULAR

Más detalles

LEY No. 74/91 DE ORGANIZACION GENERAL DE LAS FUERZAS ARMADAS DE LA NACIÓN EL CONGRESO DE LA NACIÓN PARAGUYA SANCIONA CON FUERZA DE LEY:.

LEY No. 74/91 DE ORGANIZACION GENERAL DE LAS FUERZAS ARMADAS DE LA NACIÓN EL CONGRESO DE LA NACIÓN PARAGUYA SANCIONA CON FUERZA DE LEY:. LEY No. 74/91 DE ORGANIZACION GENERAL DE LAS FUERZAS ARMADAS DE LA NACIÓN EL CONGRESO DE LA NACIÓN PARAGUYA SANCIONA CON FUERZA DE LEY:. Artículo 1º.- La presente Ley establece la Organización General

Más detalles

I. Disposiciones generales

I. Disposiciones generales 1508 I. Disposiciones generales Consejería de Obras Públicas y Transportes 348 Puertos Canarios.- Resolución de 16 de diciembre de 2016, de la Presidenta, relativa al alta y creación de los ficheros con

Más detalles

EXPOSICIÓN DE MOTIVOS

EXPOSICIÓN DE MOTIVOS CIUDADANOS DE LA HONORABLE XI LEGISLATURA CONSTITUCIONAL DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE QUINTANA ROO. CIUDAD.- LICENCIADO FÉLIX ARTURO GONZÁLEZ CANTO, Gobernador Constitucional del Estado Libre y Soberano

Más detalles

SISTEMA DE TESORERIA

SISTEMA DE TESORERIA Aprobado mediante: Resolución Ministerial 011 de 11 enero de 2013 SISTEMA DE TESORERIA REGLAMENTO ESPECÍFICO TITULO I CONCEPTOS Y DISPOSICIONES GENERALES Articulo 1.- Concepto y Objeto del Sistema de Tesorería

Más detalles

Decreto No. de Hoja No. de _

Decreto No. de Hoja No. de _ Decreto No de Hoja No de _ Continuación del Decreto Por el cual se liquida el Presupuesto General de la Nación para la vigencia fiscal de 2009, se detallan las apropiaciones y se clasifican y definen los

Más detalles

Ley No. 567-05 de Tesorería Nacional. EL CONGRESO NACIONAL En Nombre de la República

Ley No. 567-05 de Tesorería Nacional. EL CONGRESO NACIONAL En Nombre de la República Ley No. 567-05 de Tesorería Nacional. EL CONGRESO NACIONAL En Nombre de la República Ley No. 567-05 CONSIDERANDO: Que es necesario la existencia de mecanismos modernos de gestión de caja que permitan la

Más detalles

Avalúos administrativos. 1. Base Legal: 2. Requisitos para solicitar el avalúo

Avalúos administrativos. 1. Base Legal: 2. Requisitos para solicitar el avalúo Avalúos administrativos Son todas aquellas valoraciones que la Dirección General de Tributación realiza a solicitud de diferentes entes públicos, cuyo uso pretendido sea distinto a uno tributario. 1. Base

Más detalles

INICIATIVAS DE LEY Y DECRETOS PRESENTADOS POR EL TITULAR DEL EJECUTIVO DEL ESTADO PERIODO

INICIATIVAS DE LEY Y DECRETOS PRESENTADOS POR EL TITULAR DEL EJECUTIVO DEL ESTADO PERIODO INICIATIVAS DE LEY Y DECRETOS PRESENTADOS POR EL TITULAR DEL EJECUTIVO DEL ESTADO PERIODO 2009-2010 A. INICIATIVAS DE LEYES 1. Ley de Adquisiciones, Arrendamiento y Contratación de Servicios para el Ley

Más detalles

Establecen alícuotas de la contribución denominada Aporte por Regulación para empresas y entidades de los subsectores electricidad e hidrocarburos

Establecen alícuotas de la contribución denominada Aporte por Regulación para empresas y entidades de los subsectores electricidad e hidrocarburos Establecen alícuotas de la contribución denominada Aporte por Regulación para empresas y entidades de los subsectores electricidad e hidrocarburos DECRETO SUPREMO Nº 004-2002-PCM EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

Más detalles

Norma para armonizar la presentación de la información adicional del Proyecto del Presupuesto de Egresos.

Norma para armonizar la presentación de la información adicional del Proyecto del Presupuesto de Egresos. Norma para armonizar la presentación de la información adicional del Proyecto del Presupuesto de Egresos. Publicado en el Diario Oficial de la Federación el 3 de abril de 2013 Última reforma publicada

Más detalles

Proyecto de ley. El Senado y la Cámara de Diputados de la Nacibn Argentina, etc.,

Proyecto de ley. El Senado y la Cámara de Diputados de la Nacibn Argentina, etc., Proyecto de ley El Senado y la Cámara de Diputados de la Nacibn Argentina, etc., Creación de los Ministerios de Agricultura, Ganadería, Pesca y Alimentación e Industria, Comercio, Transporte, Mineria,

Más detalles

INGRESOS PÚBLICOS FACES ULA 2016

INGRESOS PÚBLICOS FACES ULA 2016 INGRESOS PÚBLICOS FACES ULA 2016 INGRESOS PÚBLICOS Concepto. Son los recursos que obtiene el estado de forma coactiva (tributos), voluntaria (donación, legado) de la economía de los particulares y del

Más detalles

Andrks Bautista Garcia, Presidente. LEONEL FERNANDEZ Presidente de la Republica Dominicana

Andrks Bautista Garcia, Presidente. LEONEL FERNANDEZ Presidente de la Republica Dominicana DADA en la Sala de Sesiones del Senado, Palacio del Congreso Nacional, en Santo Domingo de Guzmin, Distrito Nacional, capital de la Republica Dominicana, a 10s veinticinco (25) dias del mes de octubre

Más detalles

4. Derechos 1,140,616, Derechos por el uso, goce, aprovechamientos o explotación de bienes del dominio público.

4. Derechos 1,140,616, Derechos por el uso, goce, aprovechamientos o explotación de bienes del dominio público. 1.Impuestos 1,026,054,934 11 Impuestos Sobre los Ingresos 6,224,606 11.1 Sobre Loterías, Rifas, Sorteos, Concursos, Apuestas y Juegos Permitidos 6,224,606 12. Impuestos Sobre el Patrimonio - 12.1 Estatal

Más detalles

LEY N 1312 DE 20 DE SEPTIEMBRE DE 1976 LEY DE MIGRACION 1

LEY N 1312 DE 20 DE SEPTIEMBRE DE 1976 LEY DE MIGRACION 1 LEY N 1312 DE 20 DE SEPTIEMBRE DE 1976 LEY DE MIGRACION 1 PODER EJECUTIVO CONSEJO DE MINISTROS OSVALDO DORTICOS TORRADO, Presidente de la República de Cuba. HAGO SABER: Que el Consejo de Ministros ha acordado

Más detalles

ESTADO DE CUMPLIMIENTO DEL ENVÍO DE LOS PLANES DE IMPLEMENTACIÓN NICSP-CGR

ESTADO DE CUMPLIMIENTO DEL ENVÍO DE LOS PLANES DE IMPLEMENTACIÓN NICSP-CGR ESTADO DE CUMPLIMIENTO DEL ENVÍO DE LOS PLANES DE IMPLEMENTACIÓN NICSP-CGR Evaluación del Estado de Cumplimiento del envío del Plan de Implementación por Servicio PLANES DE IMPLEMENTACIÓN ENVIADOS COMPLETOS

Más detalles

Recaudo: Toda operación de ingreso que registra un ente económico.

Recaudo: Toda operación de ingreso que registra un ente económico. Página 1 de 6 1. OBJETIVO: Definir las actividades para realizar la consolidación de información financiera y presupuestal para la elaboración y presentación de informes presupuestales y contables de la

Más detalles

V i s t a s. A n t e c e d e n t e s

V i s t a s. A n t e c e d e n t e s Dictamen de adjudicación por el procedimiento de Invitación a Cuando Menos Tres Personas, que emite el Ayuntamiento a través del Comité Municipal, mediante el cual se justifica la adquisición a través

Más detalles

INSTITUTO DOMINICANO DE LAS TELECOMUNICACIONES (INDOTEL)

INSTITUTO DOMINICANO DE LAS TELECOMUNICACIONES (INDOTEL) INSTITUTO DOMINICANO DE LAS TELECOMUNICACIONES (INDOTEL) RESOLUCIÓN NO. 065-04 QUE OTORGA LICENCIA EN FAVOR DE LA SOCIEDAD ARINC REPUBLICA DOMINICANA, S.A., PARA LA UTILIZACIÓN DE LA FRECUENCIA 131.550

Más detalles

EL CONGRESO NACIONAL En Nombre de la República

EL CONGRESO NACIONAL En Nombre de la República Ley No. 120-05 que autoriza al Poder Ejecutivo a imprimir, emitir y negociar bonos por valor de RD$1,888,000,000.00, destinados a obtener la liquidez para redimir el 50% del vencimiento de la Ley de Bonos

Más detalles

pesos mcte. ($ ) incluido el IVA y todos los costos directos e indirectos que se generen.

pesos mcte. ($ ) incluido el IVA y todos los costos directos e indirectos que se generen. EVALUACIÓN DENTRO DE LA CONVOCATORIA DE ENERO DE 2011 QUE TIENE POR OBJETO, El objeto del presente contrato lo constituye la prestación de servicio de TRANSPORTE ESCOLAR en el sector dos. PRESUPUESTO OFICIAL

Más detalles

INSTITUTO DOMINICANO DE LAS TELECOMUNICACIONES (INDOTEL)

INSTITUTO DOMINICANO DE LAS TELECOMUNICACIONES (INDOTEL) INSTITUTO DOMINICANO DE LAS TELECOMUNICACIONES (INDOTEL) RESOLUCIÓN No. DE-005-16 QUE INSCRIBE A LA SOCIEDAD TELESAT CANADA EN EL REGISTRO ESPECIAL QUE MANTIENE EL INDOTEL PARA LA PRESTACIÓN DE SERVICIOS

Más detalles

ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE MEXICO; 2,3,7,8, 14, 19 Y 45 DE LA LEY ORGANICA DE LA ADMINISTRACION PUBLICA DEL ESTADO DE MEXICO; Y

ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE MEXICO; 2,3,7,8, 14, 19 Y 45 DE LA LEY ORGANICA DE LA ADMINISTRACION PUBLICA DEL ESTADO DE MEXICO; Y CESAR CAMACHO QUIROZ, GOBERNADOR DEL ESTADO DE MEXICO, CON FUNDAMENTO EN LO ESTABLECIDO POR LOS ARTICULOS 77 FRACCIONES 11 Y XXXVIII Y 80 DE LA CONSTITUCION POLlTICA DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE MEXICO;

Más detalles

DECRETO DE PRESUPUESTO DE EGRESOS DEL ESTADO DE QUERÉTARO PARA EL EJERCICIO FISCAL 2014

DECRETO DE PRESUPUESTO DE EGRESOS DEL ESTADO DE QUERÉTARO PARA EL EJERCICIO FISCAL 2014 Decreto de Presupuesto de Egresos del Estado de Querétaro para el Ejercicio Fiscal 2014 ÍNDICE ÍNDICE ARTÍCULOS PÁGINA DECRETO DE PRESUPUESTO DE EGRESOS DEL ESTADO DE QUERÉTARO PARA EL EJERCICIO FISCAL

Más detalles

CONVENIO DE TRASPASO DE RECURSOS ENTRE EL MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS Y EL GOBIERNO REGIONAL DEL DEPARTAMENTO DE SAN MARTÍN

CONVENIO DE TRASPASO DE RECURSOS ENTRE EL MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS Y EL GOBIERNO REGIONAL DEL DEPARTAMENTO DE SAN MARTÍN CONVENIO DE TRASPASO DE RECURSOS ENTRE EL MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS Y EL GOBIERNO REGIONAL DEL DEPARTAMENTO DE SAN MARTÍN Conste por el presente documento el Convenio de Traspaso de Recursos de

Más detalles

Decreto No del Congreso de la Republica, de fecha 11 de noviembre del 2013.

Decreto No del Congreso de la Republica, de fecha 11 de noviembre del 2013. Base Jurídica La delegación de la organización y dirección de la administración pública de los departamentos de La República de Guatemala, los ordenamientos y mandatos jurídicos de orden y seguridad pública,

Más detalles

Ley N. 2420, sobre Viviendas para Maestros de Escuelas al Servicio del Estado. G. O. N. 7140, del 30/6/1950. EL CONGRESO NACIONAL

Ley N. 2420, sobre Viviendas para Maestros de Escuelas al Servicio del Estado. G. O. N. 7140, del 30/6/1950. EL CONGRESO NACIONAL Ley N. 2420, sobre Viviendas para Maestros de Escuelas al Servicio del Estado. G. O. N. 7140, del 30/6/1950. NUMERO 2420 EL CONGRESO NACIONAL En Nombre de la República HA DADO LA SIGUIENTE LEY SOBRE VIVIENDAS

Más detalles

CAPITULO I DISPOSICIONES GENERALES

CAPITULO I DISPOSICIONES GENERALES Ley 351 Ley de organización del Consejo Nacional de Atención y Protección Integral a la Niñez y la Adolescencia y la Defensoría de las Niñas, Niños y Adolescentes. El Presidente de la República de Nicaragua

Más detalles

PROYECTO DE LEY DE PRESUPUESTO FUNDAMENTACION CUALITATIVA DE LOS INGRESOS POR ORIGEN

PROYECTO DE LEY DE PRESUPUESTO FUNDAMENTACION CUALITATIVA DE LOS INGRESOS POR ORIGEN PRLFUI0 26/08/205 8:40:22 EJERCICIO FISCAL 206 F-I0 72 INGRESOS DE OPERACION DE ENTIDADES FINANCIERAS 2 INTERESES Y COMISIONES SOBRE PRESTAMOS AL SECTOR PRIVADO Nº de Cuenta Bancaria: 00000000003645 PROG.

Más detalles

Misión. Visión. Organización. Antecedentes. Funciones

Misión. Visión. Organización. Antecedentes. Funciones Misión Visión Organización Antecedentes Funciones Actividades y Proyectos Misión Contribuir a la función legislativa en materia de economía y finanzas públicas, mediante el análisis, seguimiento y evaluación

Más detalles

EL CONGRESO NACIONAL En Nombre de la República

EL CONGRESO NACIONAL En Nombre de la República Ley No. 172-03 que autoriza al Poder Ejecutivo imprimir, emitir y negociar bonos por valor de RD$5,140,000,000.00, para ser destinados a refinanciar deudas del Estado. EL CONGRESO NACIONAL En Nombre de

Más detalles

IMPUESTO SOBRE NÓMINAS

IMPUESTO SOBRE NÓMINAS Marzo 2015 IMPUESTO SOBRE NÓMINAS Cumplimiento en el pago del Impuesto Sobre Nóminas de Organismos Descentralizados. Instituto Hidalguense de Infraestructura Fisica Educativa (Antes Capece) Instituto Hidalguense

Más detalles

ORGANISMOS DESCENTRALIZADOS E INSTITUCIONES DE LA SEGURIDAD SOCIAL CUENTA AHORRO INVERSIÓN FINANCIAMIENTO (en pesos)

ORGANISMOS DESCENTRALIZADOS E INSTITUCIONES DE LA SEGURIDAD SOCIAL CUENTA AHORRO INVERSIÓN FINANCIAMIENTO (en pesos) S DESCENTRALIZADOS E INSTITUCIONES DE LA SEGURIDAD SOCIAL PODER LEGISLATIVO NACIONAL PRESIDENCIA DE LA NACIÓN JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS MINISTERIO DEL INTERIOR, OBRAS PÚBLICAS Y VIVIENDA AUDITORIA

Más detalles

ASPECTOS CONTABLES Y TRIBUTARIOS DE LAS USUARIAS DE ZONAS FRANCAS. Lic. Carlos Zapata

ASPECTOS CONTABLES Y TRIBUTARIOS DE LAS USUARIAS DE ZONAS FRANCAS. Lic. Carlos Zapata ASPECTOS CONTABLES Y TRIBUTARIOS DE LAS USUARIAS DE ZONAS FRANCAS. Lic. Carlos Zapata Legislación Ley 523/95 Decreto 15554/96 Decreto 19461/02 Decreto 21309/03 Resolución DGA 102/04 Zonas Francas habilitadas

Más detalles

4.1 PROCEDIMIENTO ELABORACIÓN DE ANTEPROYECTO DE PRESUPUESTO

4.1 PROCEDIMIENTO ELABORACIÓN DE ANTEPROYECTO DE PRESUPUESTO 4.1 PROCEDIMIENTO 2 de 9 1. OBJETIVO DEL PROCEDIMIENTO: Establecer los criterios y actividades para la elaboración del Anteproyecto de Presupuesto del Ministerio de Salud Pública y Asistencia Social (MSPAS),

Más detalles

Detalle pormenorizado por Institución, Jurisdicción y Programas de los Gastos Figurativos de la Administración Central, para el ejercicio 2004.

Detalle pormenorizado por Institución, Jurisdicción y Programas de los Gastos Figurativos de la Administración Central, para el ejercicio 2004. Detalle pormenorizado por Institución, Jurisdicción y Programas de los de la Administración Central, para el ejercicio 2004. ADMINISTRACION CENTRAL 20 PRESIDENCIA DE LA NACION 301 SECRETARIA GENERAL DE

Más detalles

Gaceta Oficial No de fecha 8 de noviembre de 2016

Gaceta Oficial No de fecha 8 de noviembre de 2016 Providencia N SNAT/2016/0098, mediante la cual se establece el Calendario de Sujetos Pasivos Especiales y Agentes de Retención para aquellas obligaciones que deben cumplirse para el año 2017. REPÚBLICA

Más detalles

CONTENIDO INFORME EXPLICATIVO Y POLÍTICA PRESUPUESTARIA... Proyecto de Ley de Presupuesto General del Estado 2013...

CONTENIDO INFORME EXPLICATIVO Y POLÍTICA PRESUPUESTARIA... Proyecto de Ley de Presupuesto General del Estado 2013... CONTENIDO CONTENIDO Página INFORME EXPLICATIVO Y POLÍTICA PRESUPUESTARIA... PRIMERA PARTE Proyecto de Ley de Presupuesto General del Estado 23... SEGUNDA PARTE Anexos de la Ley Anexo No.1 Información de

Más detalles

EL CONGRESO NACIONAL Y EL PRESUPUESTO PÚBLICO. Marcos Makón Octubre de 2016

EL CONGRESO NACIONAL Y EL PRESUPUESTO PÚBLICO. Marcos Makón Octubre de 2016 EL CONGRESO NACIONAL Y EL PRESUPUESTO PÚBLICO Marcos Makón Octubre de 2016 TEMAS CENTRALES SEMINARIOS Vinculados con las prioridades del momento Presupuesto e inflación. Primer tema Las finanzas y administración

Más detalles

EL GOBIERNO AUTÓNOMO DESCENTRALIZADO MUNICIPAL DE GIRÓN CONSIDERANDO:

EL GOBIERNO AUTÓNOMO DESCENTRALIZADO MUNICIPAL DE GIRÓN CONSIDERANDO: EL GOBIERNO AUTÓNOMO DESCENTRALIZADO MUNICIPAL DE GIRÓN CONSIDERANDO: Que, para el cumplimiento de sus fines y objetivos, el Gobierno Autónomo Descentralizado Municipal de Girón requiere trabajo continuo

Más detalles

INFORME EXPLICATIVO Y POLÍTICA PRESUPUESTARIA.. 7

INFORME EXPLICATIVO Y POLÍTICA PRESUPUESTARIA.. 7 CONTENIDO CONTENIDO Página INFORME EXPLICATIVO Y POLÍTICA PRESUPUESTARIA.. 7 PRIMERA PARTE Proyecto de Ley de Presupuesto General del Estado 22... 17 SEGUNDA PARTE Anexos de la Ley Anexo No.1 Información

Más detalles

ZONA FRANCA ANDINA S.A.S. Presentación Marzo de 2012

ZONA FRANCA ANDINA S.A.S. Presentación Marzo de 2012 ZONA FRANCA ANDINA S.A.S. Presentación Marzo de 2012 CONSTITUCIÓN SOCIEDAD ZONA FRANCA ANDINA S.A.S. La sociedad ZONA FRANCA ANDINA S.A.S. se constituyó mediante Documento Privado de los accionistas el

Más detalles

AUTORIDAD PORTUARIA DOMINICANA EJECUCION PRESUPUESTARIA JULIO, 2015

AUTORIDAD PORTUARIA DOMINICANA EJECUCION PRESUPUESTARIA JULIO, 2015 AUTORIDAD PORTUARIA DOMINICANA EJECUCION PRESUPUESTARIA JULIO, 2015 PREPARADO POR: DIVISION DE PRESUPUESTO, DEPARTAMENTO FINANCIERO. INDICE DE CONTENIDO I. PRESENTACION II. ESTRUCTURA PROGRAMATICA... 1

Más detalles

LEY DE PRESUPUESTOS AÑO 2017 MINISTERIO DEL DEPORTE INSTITUTO NACIONAL DE DEPORTES INSTITUTO NACIONAL DE DEPORTES (01,02,03)

LEY DE PRESUPUESTOS AÑO 2017 MINISTERIO DEL DEPORTE INSTITUTO NACIONAL DE DEPORTES INSTITUTO NACIONAL DE DEPORTES (01,02,03) (01,02,03) 05 06 07 08 09 10 12 21 22 23 24 INGRESOS TRANSFERENCIAS CORRIENTES 121.549.724 03 De Otras Entidades Públicas 008 Polla Chilena de Beneficencia RENTAS DE LA PROPIEDAD INGRESOS DE OPERACIÓN

Más detalles

Presentación CAPÍTULO I. Tratados... 17

Presentación CAPÍTULO I. Tratados... 17 Índice Presentación... 15 CAPÍTULO I. Tratados... 17 1. Tratado de Amistad, Buena Vecindad y Cooperación entre el Reino de España y el Reino de Marruecos, hecho en Rabat el 4 de julio de 1991... 17 2.

Más detalles