NOTIFICACIÓN POR AVISO
|
|
- Tomás Rey Cabrera
- hace 8 años
- Vistas:
Transcripción
1 /^íse^i^. _2^fflwr S?Ll CONTRALORIA DEPARTAMENTAL DE MARINO NIT: NOTIFICACIÓN GE F SUBDIRECCION TÉCNICA DE RESPONSABILIDAD FISCAL NOTIFICACIÓN POR AVISO Implicado: Expediente No.: Decisión a notificar: Fecha de la decisión: ÁNGEL FABIÁN CHAVEZ P.R.F DE APERTURA 25 DE OCTUBRE DE 2012 A través de este Aviso, me permito notificarlo del contenido del Auto No. CDN del 25 de octubre de 2012, emitido por la Subdirección Técnica de Responsabilidad Fiscal de la Contraloría Departamental de Nariño, mediante el cual se ordena la apertura del proceso de Responsabilidad Fiscal No Cabe anotar que contra este auto no procede recurso alguno. Se advierte que esta notificación se entenderá surtida al día siguiente a la fecha de retiro del aviso, el cual se fija por el término de cinco (5) días hábiles, en las fechas indicadas, en la Cartelera de la Secretaría de la Subdirección Técnica de Responsabilidad Fiscal de la Contraloría Departamental de Nariño. Lo anterior, de conformidad con lo establecido en el inciso segundo del artículo 69 de la Ley 1437 de 2011, aplicable en materia de Responsabilidad Fiscal, por disposición de la Ley 1474 de Se anexa: Auto CDN del 25 de octubre de 2012, contentivo de cinco (5) folios. Para cumplir el trámite de notificación por aviso, se fija en lugar visible de la Subdirección el presente Aviso, hoy veintidós (22) de noviembre del año dos mil doce (2012). ROCIÓ D Secretaria N ORTIZ ROSERO Y se desfija, el veintiocho (28) de noviembre de dos mil doce (2012). ROCIÓ DEL CARMEN ORTIZ ROSERO Secretaria Carrera 24 # Edificio Pasto Plaza piso 4 Teléfono Fax Pasto Nariño
2 CONTRALORIA DEPARTAMENTAL DE MARINO GEF SUBDIRECCION TÉCNICA DE RESPONSABILIDAD FISCAL APERTURA DEL PROCESO DE RESPONSABILIDAD FISCAL No. CDN En San Juan de Pasto, a los veinticinco (25) días del mes de octubre de dos mil doce (2012), la Subdirección Técnica de Responsabilidad Fiscal de la Contraloría Departamental de Marino, procede a dictar Auto de Apertura del Proceso de Responsabilidad Fiscal CDN Con fundamento en los artículos 40 y 41 de la Ley 610 de 2000, por los hechos ocurridos en el Concejo Municipal de Córdoba - Nariño vigencia COMPETENCIA El artículo 272 de la Constitución Política de Colombia y el artículo 65 de la ley 42 de 1993, la competencia para el ejercicio de las funciones públicas de control fiscal en los niveles territoriales, lo que incluye desde luego el trámite de la indagación preliminar y el proceso de responsabilidad fiscal, corresponde a las Contralorías Territoriales. Tratándose de recursos incluidos en el presupuesto del concejo Municipal de Córdoba - Nariño, entidad competente para adelantar la actuación administrativa, ya sea indagación preliminar como el proceso de responsabilidad fiscal, es la Contraloría Departamental de Nariño. FUNDAMENTOS DE HECHO \e de la Su Contraloría Departamental de Nariño, se recibió el oficio CDN del 16 de febrero de 2012, con el cual se remiten el Hallazgo ACE , producto de la Auditoría realizada al Concejo Municipal de Córdoba - Nariño, correspondiente a la vigencia HECHO GENERADOR: PAGO PRIMA DE SERVICIOS. Teniendo en cuenta la Circular 13 y 14 del 2005 expedidas por el Departamento Administrativo de la Función Pública en las cuales precisa el régimen mínimo prestacional de los trabajadores oficiales a nivel territorial establece que la prima de servicios únicamente podrá reconocerse y pagarse a empleados públicos del nivel territorial cuando el Gobierno Nacional extienda su campo de aplicación a ellos. Según nomina con fecha 13 de agosto de 2008 se efectúa el pago de Prima de servicios por valor de $ , al señor JORGE LISARDO CABRERA. El grupo auditor solicita copia del acto administrativo que legalice y autorice el pago antes mencionado y se envíe copia del extracto bancario que evidencie la salida de este pago; además se debe enviar el comprobante de egreso con sus soportes como el registro y certificado de disponibilidad presupuesta!.
3 CONTRALORIA DEPARTAMENTAL DE MARINO GEF F07B1 CDN - RELACIÓN DE PAGOS (F) Fecha (C) Beneficiario De Pago JORGE LISARDO 2008/08/13 CABRERA Fuente: Relación de pagos SIA 2008 (C) Detalle De Pago PAGO PRIMA DE SERVICIOS (D) Neto Pagado 284,575 (C) No. De Cuenta 7075 (C) No. De Cheque O Nd Respuesta de la entidad La entidad presenta la información y explicaciones al hallazgo No. ACE4-034, de fecha 19 de septiembre de 2011, correspondiente a la cuenta del Concejo Municipal de Córdoba de la vigencia 2008 así: "Finalmente y con respecto a esta vigencia se realizo un pago por concepto de pago de prima de servicios al señor secretario por valor de de acuerdo a liquidación realizada y asignada dentro del presupuesto del mismo concejo municipal por lo que si se contaba con la disponibilidad de recursos sin embargo desconocíamos las circulares 13 y 14 de 2005 del Departamento Administrativo de la función Pública donde se precisa el régimen mínimo prestaciones para los trabajadores, creemos que de igual forma ocurrió no solo en nuestra entidad sino en otras como en el mismo municipio donde la alcaldía municipal, pago por estos conceptos en todos los años anteriores y solo en este año 2011 no se han pagado a pesar de que los trabajadores han puesto demandas y acciones de tutela reclamando el pago de la prima de servicios semestral. De nuestra parte reconocemos el error cometido puesto que como bien se dice que el desconocimiento de la norma no nos exime de responsabilidad y aceptamos haber cometido el error, de haber pagado esta prima de servicios, por lo que esperamos las indicaciones respectivas para el proceso a seguir y si es el caso restituir este pago, a costa de nuestro propio pecunio. Anexamos el respectivo comprobante de egreso.". 7. Análisis y Evaluación de la Respuesta En cumplimiento con el proceso auditor, se analizó la respuesta correspondiente a esta observación con el siguiente resultado: Teniendo en cuenta la Circular 13 y 14 del 2005 expedidas por el Departamento Administrativo de la Función Pública en las cuales precisa el régimen mínimo prestacional de los trabajadores oficiales a nivel territorial establece que la prima de servicios únicamente podrá reconocerse y pagarse a empleados públicos del nivel territorial cuando el Gobierno Nacional extienda su campo de aplicación a ellos, el concejo municipal de Córdoba canceló el comprobante de egreso No. 81 a JORGE LISARDO CABRERA, el valor de , por concepto de prima de servicios como Secretario de Concejo. 8. Concepto del Grupo Auditor El grupo auditor determina tipificar la observación como Hallazgo de tipo Administrativo y Fiscal puesto que se cancelo recursos del presupuesto del Concejo de Córdoba para prima de servicios, por lo tanto la entidad debe diseñar en el plan de mejoramiento las actividades o acciones que se adelantarán para que esta observación o inconsistencia no se vuelva a presentar, también se dará traslado a la Subdirección de Responsabilidad Fiscal en lo pertinente.
4 CONTRALORIA DEPARTAMENTAL DE NARIÑO GEF FUNDAMENTOS DE DERECHO Constitución Política de Colombia, artículos 272 que confiere a las Contralonas Departamentales la vigilancia de la gestión fiscal en sus respectivos Departamentos y 268 Numeral 5, que determina la competencia de la Contraloría para establecer la responsabilidad que se derive de la gestión fiscal e imponer las sanciones a que haya lugar; Ley 610 de 2000, que establece el trámite de los procesos de responsabilidad fiscal de competencia de las Contralorías; Resolución No del 21 de marzo de 2001, por medio de la cual se dictan normas de aplicación a la Ley 610 de 2000 en la Contraloría Departamental de Nariño. I. ENTIDAD AFECTADA Y PRESUNTOS RESPONSABLES FISCALES Se trata del Concejo Municipal de Córdoba - Nariño y se tiene identificado como presunto responsable fiscal a ÁNGEL FABIÁN CHAVEZ, Identificado con cédula de ciudadanía No , en su calidad de Presidente de la mesa directiva del Concejo municipal de Córdoba, para la vigencia II. ESTIMACIÓN DE LA CUANTÍA DEL PRESUNTO DAÑO PATRIMONIAL Por los hechos mencionados en la parte fáctica del presente auto, el Concejo Municipal de Córdoba, ha visto presuntamente comprometido su patrimonio económico en la suma de DOCIENTOS OCHENTA Y CUATRO MIL QUINIENTOS SETENTA Y CINCO PESOS ($ oo) M/C. no justificados. ACERVO PROBATORIO Al expediente fueron aportadas las siguientes pruebas: Respuesta de la Entidad Comprobante de Egreso Mesa de trabajo de validación de hallazgos CONSIDERACIONES DEL DESPACHO Una vez analizado el material probatorio allegado al expediente, se encuentra que existen hechos irregulares que han generado un presunto daño al patrimonio del Estado, referidos específicamente a los pagos por concepto de prima de servicios realizados por ÁNGEL FABIÁN CHAVEZ, Identificado con cédula de ciudadanía No , en su calidad de Presidente de la mesa directiva del Concejo municipal de Córdoba, para la vigencia Estas presuntas irregularidades son conocidas por esta Subdirección a partir del informe de Auditoria a la cuenta, realizado por el equipo auditor suscrito a la Subdirección Técnica de Auditorías Gubernamentales de la Contraloría de Nariño, el cual contiene el hallazgo que describe los hechos irregulares ocurridos en el Concejo Municipal de Córdoba - Nariño, correspondiente a la vigencia fiscal Respecto de la presunta responsabilidad fiscal de quienes se vinculan a este proceso, en primer lugar se tiene a ÁNGEL FABIÁN CHAVEZ, Identificado con cédula de ciudadanía No , en su calidad de Presidente de la mesa directiva del Concejo municipal de Córdoba, para la vigencia 2008.
5 x- 5 l*»f^cí ^ ^^nvoío1^^^ CONTRALORIA DEPARTAMENTAL DE NARIÑO GEF Existe responsabilidad fiscal cuando el agente del Estado (sujeto calificado), en desarrollo de una gestión fiscal, haya permitido que los dineros públicos sufran una lesión representada en el menoscabo, disminución, perjuicio, detrimento, pérdida, uso indebido o deterioro en forma dolosa o culposa, por acción o por omisión. Por otra parte, cabe aclarar que solo es posible el pago de elementos de salario creados para el nivel territorial por el gobierno nacional en uso de sus facultades, o por las asambleas departamentales entre los años 1910 y 1968, que en consecuencia serán los mismos que se incluyan como factores de salario para la liquidación de prestaciones sociales. En consecuencia, cuando se vislumbra que un acto administrativo vulnera el ordenamiento jurídico, como es el caso de aquellos de carácter local que crean emolumentos salariales o exceden el monto máximo permitido, es necesario acudir ante la jurisdicción de lo Contencioso Administrativo para que se declare su nulidad por ser contrario al derecho. En conclusión, de acuerdo con lo anteriormente expuesto, se puede colegir que los empleados públicos del Orden Territorial, no pueden percibir ningún emolumento de salario que no halla sido establecido por el Gobierno Nacional. Por otra parte, el proceso de responsabilidad fiscal tiene como fundamento constitucional la función, para nuestro caso, atribuida al Contralor Departamental de Marino, para "establecer la responsabilidad que se derive de la gestión fiscal, imponer las sanciones pecuniarias que sean del caso, recaudar su monto y ejercer la jurisdicción coactiva sobre los alcances deducidos de la misma" (CP art ). Con fundamento en las normas legales que regulan el proceso de responsabilidad fiscal (ley 42 de 1993), es evidente que el juicio de responsabilidad fiscal tiene por objeto determinar si existe o no responsabilidad por parte de las personas cuya gestión fiscal ha sido objeto de observación, para que en caso afirmativo, es decir si se concluye la responsabilidad del funcionario encargado del recaudo, manejo o inversión de dineros públicos o de la administración de bienes del Estado, que por acción u omisión y en forma dolosa o culposa asumieron una conducta contraria a la ley, reintegren al patrimonio público los valores correspondientes a las pérdidas o deterioros producidos por consecuencia suya; dicha responsabilidad fiscal se entiende sin perjuicio de la responsabilidad disciplinaria y penal a que haya lugar. Según lo expuesto, considera este Despacho que existe mérito para la Apertura de Proceso de Responsabilidad Fiscal, entendido éste como lo define el Artículo primero de la Ley 610 de 2000: " El proceso de responsabilidad fiscal es el conjunto de actuaciones administrativas adelantadas por las Contralorías con el fin de determinar y establecer la responsabilidad de los servidores públicos y de los particulares, cuando en el ejercicio de la gestión fiscal o con ocasión de ésta, causen por acción u omisión y en forma dolosa o culposa un daño al patrimonio del Estado". Entre la documentación que se remite a esta Subdirección, y que hace parte del hallazgo ACE4-0080, se anexan póliza de seguro de manejo Sector Oficial No , constituidas por el señor ÁNGEL FABIÁN CHAVEZ, Identificado con cédula de ciudadanía No , en su calidad de Presidente de la mesa directiva del Concejo municipal de Córdoba, para la vigencia 2008; con la empresa de Seguros "LA PREVISORA S.A. por lo cual se procederá a vincular a la aseguradora como tercero civil responsable. Carrera 24 # Edificio Pasto Plaza piso 4 Teléfono Fax San Juan de Pasto - Marino
6 ^^«OL^x x^hmmo*^ -'' CONTRALORIA DEPARTAMENTAL DE MARINO * GEF En mérito de lo anteriormente expuesto, la Subdirección Técnica de Responsabilidad Fiscal, de la Contraloría Departamental de Marino, RESUELVE ARTICULO PRIMERO: Avocar el conocimiento de las presentes diligencias fiscales en las dependencias del Concejo Municipal de Córdoba - Marino, representada legalmente por su Presidente. ARTICULO SEGUNDO: Declarar abierto el Proceso de Responsabilidad Fiscal No. CDN por los hechos referidos en los considerandos del presente proveído y vincular al mismo a ÁNGEL FABIÁN CHAVEZ, Identificado con cédula de ciudadanía No , en su calidad de Presidente de la mesa directiva del Concejo municipal de Córdoba, para la vigencia Si en el curso del proceso se advierten otras situaciones generadoras de daño fiscal, u otros presuntos responsables, se conocerán y decidirán en este proceso, siempre que se reúnan las condiciones señaladas en los artículos 14 y 15 de la Ley 610 de ARTÍCULO TERCERO: Oficiar al Concejo Municipal de Córdoba - Nariño, a fin de que remitan con destino a este despacho en copia Autentica la siguiente documentación: Acuerdo o acto administrativo, mediante el cual se reconoce el pago de prima de servicios para los funcionarios del concejo Municipal de Córdoba - Nariño, para la vigencia En el caso de no existir en los archivos del Concejo Municipal, la documentación antes solicitada, favor certificar su búsqueda y no existencia, firmada por el representante legal. ARTICULO CUARTO: Llámese a rendir versión libre y espontánea sobre los hechos materia de la presente investigación a ÁNGEL FABIÁN CHAVEZ, Identificado con cédula de ciudadanía No , en su calidad de Presidente de la mesa directiva del Concejo municipal de Córdoba, para la vigencia ARTICULO QUINTO: Vincular al proceso a la empresa de seguros "PREVISORA SA" como tercero civil responsable mediante la póliza No , constituida por el presidente del concejo, para el manejo de recursos correspondientes a la vigencia fiscal ARTICULO SEXTO: Notificar la presente decisión al interesado, haciéndole saber que contra el presente auto no procede recurso alguno, de conformidad con lo establecido en el inciso segundo del artículo 40 de la Ley 610 de ARTICULO SÉPTIMO: Informar a la Administración del concejo Municipal de Córdoba - Nariño sobre la apertura de la presente investigación, a fin de que se preste toda la colaboración. COMUNIQÚESE, NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE, Jairo N. ti PAOLA XIMENA DELGADO PARRA Subdirectora Técnica de Responsabilidad Fiscal
SUBDIRECCION TÉCNICA DE RESPONSABILIDAD FISCAL NOTIFICACIÓN POR AVISO EDGAR ALBERTO BURBANO MARTÍNEZ P.R.F. 194-2013 AUTO DE APERTURA
X^'-i'!í?
Más detallesREPÚBLICA DE COLOMBIA GOBERNACIÓN DEL PUTUMAYO "Marca la Diferencia" TESORERIA DEPARTAMENTAL NOTIFICACION POR AVISO
NOTIFICACION POR AVISO EL TESORERO GENERAL DEL DEPARTAMENTO DEL PUTUMAYO En uso de sus atribuciones legales conferidas mediante la Ordenanza 195 de 1997, Decreto 0052 de 2007, la Ley 1066 del 29 de julio
Más detallesBASES REGULADORAS DE LA CONCESIÓN DE SUBVENCIONES A ASOCIACIONES Y ENTIDADES SIN ÁNIMO DE LUCRO
BASES REGULADORAS DE LA CONCESIÓN DE SUBVENCIONES A ASOCIACIONES Y ENTIDADES SIN ÁNIMO DE LUCRO 1.ª Objeto y finalidad. El objeto de las presentes bases es regular la concesión de subvenciones del Ayuntamiento
Más detallesRama Judicial del Poder Público Consejo Superior de la Judicatura Sala Administrativa PROCEDIMIENTO PARA ATENDER PROCESOS DISCIPLINARIOS
Rama del Poder Público Consejo Superior de la Judicatura Sala Administrativa SIGC PROCEDIMIENTO PARA ATENDER PROCESOS DISCIPLINARIOS 1. OBJETIVO Recibir, orientar, analizar y gestionar los procesos disciplinarios
Más detallesACUERDO No. 010 (Mayo 29/ 2.012)
ACUERDO No. 010 (Mayo 29/ 2.012) POR MEDIO DEL CUAL SE HACEN UNOS CONTRACREDITOS AL PRESUPUESTO GENERAL DE GASTOS DE FUNCIONAMIENTO E INVERSION DEL MUNICIPIO DE GACHANCIPA PARA LA VIGENCIA FISCAL DEL 1
Más detallesREGLAMENTO EN MATERIA DE PROTECCIÓN DE DATOS PERSONALES DEL INSTITUTO ELECTORAL DEL ESTADO DE GUANAJUATO. TÍTULO PRIMERO DISPOSICIONES PRELIMINARES
REGLAMENTO EN MATERIA DE PROTECCIÓN DE DATOS PERSONALES DEL INSTITUTO ELECTORAL DEL ESTADO DE GUANAJUATO. TÍTULO PRIMERO DISPOSICIONES PRELIMINARES CAPÍTULO ÚNICO DE LAS DISPOSICIONES GENERALES Artículo
Más detallesFOGACOOP FONDO DE GARANTIAS DE ENTIDADES COOPERATIVAS NIT 830.053.319-2
- FOGACOOP RESOLUCION NUMERO 0011 ( 16 JUNIO 2000 ) Por la cual se dictan normas sobre seguro de depósitos. LA JUNTA DIRECTIVA DEL FONDO DE GARANTIAS DE ENTIDADES COOPERATIVAS - FOGACOOP- En ejercicio
Más detallesDefensoría del Pueblo C O L O M B 1 A. Verificar antes del uso la vigencia de este documento en el Listado Maestro de Documentos
0 Defensoría C O L O M B 1 A Código: GADINS01 lolé Defensoria INSTRUCTIVO OFICINA DE INVENTARIOS. Versión: 01 delpueblo Página: 2 de 11 Contenido CAPÍTULO 1. TOMA FÍSICA DE BIENES DEVOLUTIVOS E IDENTIFICACIÓN
Más detallesDirección de Impuestos y Aduanas Nacionales Concepto 77944 del 2013 Diciembre 4
Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales Concepto 77944 del 2013 Diciembre 4 De conformidad con el artículo 19 del Decreto 4048 de 2008 y la Orden Administrativa No. 000006 de 2009, es función de ésta
Más detallesAUDITORÍA SUPERIOR DE LA FEDERACIÓN COMPILACIÓN JURÍDICA PARA EL EJERCICIO FISCAL 2012 TEXTO VIGENTE PARA EL EJERCICIO FISCAL 2012
OFICIO Circular por el que, de conformidad con el artículo tercero transitorio del Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2012, se dan a conocer los manuales, formatos y medios
Más detallesREGLAMENTO ESPECÍFICO DEL SISTEMA DE PRESUPUESTO TÍTULO I DISPOSICIONES GENERALES
REGLAMENTO ESPECÍFICO DEL SISTEMA DE PRESUPUESTO TÍTULO I DISPOSICIONES GENERALES Artículo 1 Objeto y Alcance del Reglamento Específico I.- El presente Reglamento Especifico del Sistema de Presupuesto,
Más detallesNORMATIVIDAD PARA GASTOS DE VIAJE, VIATICOS Y DE REPRESENTACION DE LOS SERVIDORES PUBLICOS.
NORMATIVIDAD PARA GASTOS DE VIAJE, VIATICOS Y DE REPRESENTACION DE LOS SERVIDORES PUBLICOS. TESORERIA MUNICIPAL DIRECCION DE EGRESOS MUNICIPIO DE TEPIC, NAYARIT 1 DISPOSICIONES GENERALES El presente Lineamiento,
Más detallesPREGUNTAS FRECUENTES SOBRE PRESTACIONES. Pensiones, cesantías definitivas, cesantías parciales, auxilios, intereses a las cesantías.
PREGUNTAS FRECUENTES SOBRE PRESTACIONES 1. PRESTACIONES: Qué prestaciones económicas paga el Fondo del Magisterio? Pensiones, cesantías definitivas, cesantías parciales, auxilios, intereses a las cesantías.
Más detallesABC SOBRE EL AUTO 110 DE 2013 EMITIDO POR LA CORTE CONSTITUCIONAL
ABC SOBRE EL AUTO 110 DE 2013 EMITIDO POR LA CORTE CONSTITUCIONAL A continuación y para una sencilla ilustración del Contenido del Auto 110 de 2013, publicado por la Corte Constitucional el pasado viernes
Más detallesCIRCULAR No. 05 DE 2006
CIRCULAR No. 05 DE 2006 PARA: REPRESENTANTES LEGALES, JEFES DE OFICINA DE CONTROL INTERNO, O QUIENES HAGAN SUS VECES, REPRESENTANTES DE LA DIRECCION PARA IMPLEMENTAR MECI Y CALIDAD DE LAS ENTIDADES Y ORGANISMOS
Más detallesAlcaldía de La Peña Confianza, Honestidad y Transparencia
DECRETO No. 010 (Enero 20 de 2014) "POR MEDIO DEL CUAL SE CONSTITUYE Y REGLAMENTA LA CAJA MENOR DEL MUNICIPIO DE LA PEÑA PARA LA VIGENCIA FISCAL 2014" El Alcalde Municipal de La Peña, en uso de sus atribuciones
Más detallesCONTRALORIA MUNICIPAL DE TULUÁ AUDITORIA EXPRESS DC-PC-003-2014 INFORME FINAL ENTIDAD AUDITADA: ALCALDIA MUNICIPAL DE TULUÁ
120 CONTRALORIA MUNICIPAL DE TULUÁ AUDITORIA EXPRESS DC-PC-003-2014 INFORME FINAL ENTIDAD AUDITADA: ALCALDIA MUNICIPAL DE TULUÁ DENUNCIANTE: MAGISTER ANA FRANCY GOMEZ QUINTERO. RECTORA INSTITUCIÓN EDUCATIVA
Más detalles3) Analizar que el gasto se oriente a la racionalidad y uso adecuado de recursos.
INFORME AUSTERIDAD EN EL PÚBLICO JULIO A SEPTIEMBRE DE 2014 La Alcaldía Municipal de Guayabetal Cundinamarca, dando cumplimiento al Decreto 1737 de 1998, al Decreto 0984 del 14 de mayo de 2012, rinde el
Más detallesNEUQUEN, 30 de noviembre de 2009.-
NEUQUEN, 30 de noviembre de 2009.- VISTOS: Estos autos caratulados:.. S/ DENUNCIA (Expte. Nro. 8 Folio 42 Año 2009), traídos a despacho del Tribunal de Ética y Disciplina del Colegio de Abogados y Procuradores
Más detallesCONTRALORÍA AUXILIAR DE RESPONSABILIDAD FISCAL PROCESO DE RESPONSABILIDAD FISCAL 068-14 ADMINISTRACION MUNICIPAL DE SONSONANTIOQUIA AUTO N.
CONTRALORÍA AUXILIAR DE RESPONSABILIDAD FISCAL PROCESO DE RESPONSABILIDAD FISCAL 068-14 ADMINISTRACION MUNICIPAL DE SONSONANTIOQUIA AUTO N. 036 POR MEDIO DEL CUAL SE DISPONE EL ARCHIVO DEL PROCESO 068-14
Más detalleshttp://www.actualicese.com/normatividad/2006/10/26/12800-de-26102006/ DIAN RESOLUCIÓN NÚMERO 12800 26 OCT. 2006
http://www.actualicese.com/normatividad/2006/10/26/12800-de-26102006/ DIAN RESOLUCIÓN NÚMERO 12800 26 OCT. 2006 Por la cual se señala el contenido y las características técnicas de la información tributaria
Más detallesSupervisión de Operaciones de Crédito de Dinero (Ley 18.010)
Supervisión de Operaciones de Crédito de Dinero (Ley 18.010) Santiago de Chile, julio 2014 Este documento contiene una serie de consultas y respuestas relacionadas con el proceso de implementación de la
Más detallesEn respuesta a su queja de fecha 2014 02 14 consecutivo No. 262959 cordialmente le comentamos lo siguiente: RESUMEN DE LOS HECHOS:
Barranquilla, 2014-03-10 Señor (a) ANTONIO ANTONIO JORGE ELIECER CARRERA 46 No. 81 118 EL PORVENIR (BARRANQUILLA) CUN No: 3666-14-0000028467 Sol: 2520142 BARRANQUILLA Estimado (a) Usuario (a), Para la
Más detallesDIRECCION DE TRANSITO DE BUCARAMANGA
MACROPOCESO GESTION Y CONTROL. FAA -CINT -01 Serie 100-1.3-18 INFORME SEGUIMIENTO Al PROCESO DE PETICIONES, QUEJAS Y RECLAMOS EN LA DIRECCION DE TRANSITO DE BUCARAMANGA, EN CUMPLIMIENTO AL ARTICULO 76
Más detallesLas funciones del responsable de Seguridad
MAYO 2012 LA LOPD EN EL DÍA A DÍA Las funciones del responsable de Seguridad Estas son las funciones que debe realizar del Responsable de Seguridad: Coordinar la puesta en marcha de las medidas de seguridad,
Más detallesINSTRUCTIVO PARA CONTRATACIÓN DE PROVEEDORES
INSTRUCTIVO PARA CONTRATACIÓN DE PROVEEDORES TABLA DE CONTENIDO 1. QUIENES SOMOS 2. PROCESOS DE CONTRATACIÓN INTERNOS 3. NORMAS GENERALES DE CONTRATACIÓN 4. REQUISITOS PARA SER PROVEEDOR DE LA CRCC 5.
Más detallesRESOLUCIÓN No. I-68 2003
RESOLUCIÓN No. I-68 2003 POR CUANTO: El Decreto Ley No. 147 de 1994, modificó la integración de los organismos de la Administración central del estado y en su Artículo 4 estableció la creación de la Oficina
Más detallesEnseguida se menciona en qué consisten cada una de las siguientes facilidades:
Facilidades de pago Existen facilidades de reducción de multas, aplicación de la tasa de recargos por prórroga, así como de condonación de multas, que se otorgan a aquéllos contribuyentes que ya tienen
Más detallesREPUBLICA DE COLOMBIA DEPARTAMENTO DE BOLIVAR MUNICIPIO DE CICICO NIT: 800.254.481-1
INFORME SEGUIMIENTO Al PROCESO DE PETICIONES, QUEJAS Y RECLAMOS EN EL MUNICIPIO DE CICUCO BOLIVAR, EN CUMPLIMIENTO AL ARTICULO 76 DE LA LEY 1474 DE 2.011, (ESTATUTO ANTICORRUPCION). ELOTH DE JESUS LUNA
Más detallesMANUAL DE PROCEDIMIENTO PARA CONCILIACIONES BANCARIAS MANUAL DE PROCEDIMIENTO PARA CONCILIACIONES BANCARIAS
MANUAL DE PROCEDIMIENTO PARA CONCILIACIONES BANCARIAS OBJETIVO El presente manual de procedimientos tiene por objetivo definir un procedimiento uniforme y obligatorio para la confección de las conciliaciones
Más detallesConstitución de fondos de empleados y asociaciones mutuales
Constitución de fondos de empleados y asociaciones mutuales Recuerde portar su cédula de ciudadanía o de extranjería original vigente cuando nos visite, será necesaria para cualquier trámite! 1_Fondos
Más detallesRevisión de las Declaraciones Patrimoniales Juradas
Revisión de las Declaraciones Patrimoniales Juradas El presente informe tiene por objeto poner en conocimiento de la administración los resultados de la revisión efectuada a las declaraciones patrimoniales
Más detallesMUNICIPIO DE SANTA CRUZ DE LORICA
MUNICIPIO DE SANTA CRUZ DE LORICA INFORME SEGUIMIENTO Al PROCESO DE PETICIONES, QUEJAS Y RECLAMOS EN EL MUNICIPIO DE SANTA CRUZ DE LORICA, EN CUMPLIMIENTO AL ARTICULO 76 DE LA LEY 1474 DE 12 DE JULIO DE
Más detallesMacroproceso de Gestión Administrativa. Proceso Recursos Físicos. Procedimiento de Egresos
PR-RFI-00 Resolución de Aprobación N 9 del 28 de noviembre de 2008 Firma de Autorizaciones Elaboró Revisó Aprobó Lilia Amparo Correa Moreno Luis Miguel Domínguez Subdirector Administrativo, Financiero
Más detallesESTE DOCUMENTO ES FIEL COPIA DEL ORIGINAL QUE REPOSA EN EL GRUPO DE PLANEACIÓN DEL DNP LINEAMIENTO PARA EL ANÁLISIS DE MANEJO DE CUENTA UNICA
Departamento Nacional de Planeación Bogotá, 2012 PAGINA: 2 de 7 VERSIÓN: 0 TABLA DE CONTENIDO 1. OBJETIVO... 3 2. ALCANCE... 3 3. REFERENCIAS NORMATIVAS... 3 4. DOCUMENTOS ASOCIADOS... 3 5. DEFINICIONES...
Más detallesManual de Procedimientos
1 de 9 Elaborado por: Oficina de Planeación y Desarrollo Institucional -Área de Calidad y Mejoramiento Aprobado por: Aprobado por: Secretario Comité de Conciliación Rector Universidad TABLA DE CONTENIDO
Más detallesMULTAS Y SANCIONES. Cuál es la diferencia entre una multa y una sanción?
MULTAS Y SANCIONES 2015 La Workers Compensation Act (Ley de Seguro de Compensación para Trabajadores) establece una serie de obligaciones para los trabajadores lesionados y los empleadores. Para garantizar
Más detallesINFORME DE AUDITORÍA DE LAS CUENTAS ANUALES (Gestión del Patrimonio de la Seguridad Social)
INFORME DE AUDITORÍA DE LAS CUENTAS ANUALES (Gestión del Patrimonio de la Seguridad Social) INFORME DEFINITIVO 20 13 SECRETARÍA DE ESTADO DE LA SEGURIDAD SOCIAL GOBIERNO DE ESPAÑA MINISTERIO DE DE EMPLEO
Más detallesI. INTRODUCCIÓN ÁMBITO DE APLICACIÓN
REAL DECRETO 625/2014, DE 18 DE JULIO, POR EL QUE SE REGULAN DETERMINADOS ASPECTOS DE LA GESTIÓN Y CONTROL DE LOS PROCESOS POR INCAPACIDAD TEMPORAL EN LOS PRIMEROS TRESCIENTOS SESENTA Y CINCO DÍAS DE SU
Más detallesSolicito se sirva reconocer personería a mi apoderado en los términos del presente mandato.
Señores INSTITUTO DEL SEGURO SOCIAL E. S. D., mayor de edad, domiciliado(a) en la ciudad de Bogotá, D. C., identificado(a) como aparece al pie de mi firma, actuando en mi propio nombre, manifiesto a usted
Más detallesPOLÍTICAS DE TRATAMIENTO, PRIVACIDAD Y PROTECCIÓN DE DATOS PERSONALES DEL GRUPO TERRANUM
POLÍTICAS DE TRATAMIENTO, PRIVACIDAD Y PROTECCIÓN DE DATOS PERSONALES DEL GRUPO TERRANUM Dando cumplimiento a lo establecido en la Ley 1581 de 2012 y al Decreto 1377 de 2013, nos permitimos informar a
Más detalles1.5 El auxilio monetario por enfermedad no profesional no podrá ser inferior al salario mínimo legal vigente. (Sentencia C-543/07)
NORMATIVIDAD VIGENTE 1. INCAPACIDADES POR ENFERMEDAD GENERAL 1.1 Para acceder a las prestaciones económicas generadas por incapacidad por enfermedad general, los trabajadores dependientes e independientes
Más detallesOficio Circular. México, D. F. 21 de enero de 2009.
SUBSECRETARÍA DE HACIENDA Y CRÉDITO PÚBLICO UNIDAD DE SEGUROS, PENSIONES Y SEGURIDAD SOCIAL Oficio Circular. México, D. F. 21 de enero de 2009. CC. Titulares de las dependencias y entidades de la Administración
Más detallesNORMAS PARA REGULAR LA ENTREGA DE LOS ÓRGANOS DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA Y DE SUS RESPECTIVAS OFICINAS O DEPENDENCIAS
Martes 28 de julio de 2009 Gaceta Oficial Nº 39.229 NORMAS PARA REGULAR LA ENTREGA DE LOS ÓRGANOS DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA Y DE SUS RESPECTIVAS OFICINAS O DEPENDENCIAS REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
Más detalles2013, Año de la Lealtad Institucional y Centenario del Ejército Mexicano
2013, Año de la Lealtad Institucional y Centenario del Ejército Mexicano México D.F. 13 de junio de 2013 PREGUNTAS Y RESPUESTAS RELEVANTES DEL PROGRAMA DE REGULARIZACIÓN CUMPLAMOS JUNTOS DEL INSTITUTO
Más detallesSERVICIO DE DESARROLLO DE LAS EMPRESAS PÚBLICAS PRODUCTIVAS SEDEM REGLAMENTO ESPECÍFICO DEL SISTEMA DE PRESUPUESTO
SERVICIO DE DESARROLLO DE LAS EMPRESAS PÚBLICAS PRODUCTIVAS SEDEM REGLAMENTO ESPECÍFICO DEL SISTEMA DE PRESUPUESTO La Paz, Noviembre 2010 SERVICIO DE DESARROLLO DE LAS EMPRESAS PÚBLICAS PRODUCTIVAS - SEDEM
Más detallesRESOLUCIÓN Nº.: R/00129/2009 HECHOS
1/5 Procedimiento Nº: TD/01354/2008 RESOLUCIÓN Nº.: R/00129/2009 Vista la reclamación formulada por DOÑA P.P.P. Y DON R.R.R., contra EL CORTE INGLES, S.A., y en base a los siguientes, HECHOS En fecha 15
Más detallesCUENTAS DE COMPENSACIÓN SUBDIRECCION DE GESTION DE CONTROL CAMBIARIO
CUENTAS DE COMPENSACIÓN SUBDIRECCION DE GESTION DE CONTROL CAMBIARIO Tema CUENTAS EN MONEDA EXTRANJERA RESOLUCION EXTERNA 8 DE 2000 DE LA JUNTA DIRECTIVA DEL BANCO DE LA REPUBLICA Art. 55º AUTORIZACIÓN.
Más detallesOFICINA DEL ABOGADO GENERAL
Lineamientos para la Asignación, Uso, Mantenimiento y Resguardo de los Vehículos Asignados a Funcionarios y Servicios de la Universidad Autónoma del Estado de México. Lineamientos para la Asignación, Uso,
Más detallesOFICINA DE CONTROL INTERNO AUDITORIA ADMINISTRATIVA Y FINANCIERA INFORME TRIMESTRAL VIGENCIA 2008 FRANCISCO JAVIER PEREZ CADENA JEFE CONTROL INTERNO
OFICINA DE CONTROL INTERNO AUDITORIA ADMINISTRATIVA Y FINANCIERA INFORME TRIMESTRAL VIGENCIA 2008 FRANCISCO JAVIER PEREZ CADENA JEFE CONTROL INTERNO JULIO 16 DE 2008 INFORME TRIMESTRAL OFICINA DE CONTROL
Más detallesMANUAL DE VIÁTICOS. Versión: 00. Alcaldía de Pamplonita. Página: 1 de 9 MANUAL DE VIÁTICOS
Página: 1 de 9 PAMPLONITA, NOVIEMBRE DE 2008 Página: 2 de 9 TABLA DE CONTENIDO 1.DISPOSICIONES GENERALES...3 1.1Objetivo...3 1.2Alcance...3 1.3Responsables... 3 2DESARROLLO...3 2.1Autorización, aprobación
Más detallesREPUBLICA DE COLOMBIA DEPARTAMENTO DE CUNDINAMARCA MUNICIPIO DE TABIO INFORME DE CONTROL INTERNO CONTABLE VIGENCIA ENERO 1 A DICIEMBRE 31 DE 2.
REPUBLICA DE COLOMBIA DEPARTAMENTO DE CUNDINAMARCA MUNICIPIO DE TABIO INFORME DE CONTROL INTERNO CONTABLE VIGENCIA ENERO 1 A DICIEMBRE 31 DE 2.007 1. DESCRIPCIÓN METODOLÓGICA La evaluación al Sistema de
Más detallesINSTRUCTIVO No. 25 (17 de diciembre de 2001)4 Ver Circular 112 del 31/12/2001. Derogado con Circular Externa No. 07 del 24/12/2012
1. OBJETIVO GENERAL Establecer un procedimiento contable para el registro y control de las cesantías de los servidores públicos distritales las cuales son administradas por el Fondo de Ahorro y Vivienda
Más detallesGabinete Jurídico. Informe 0092/2009
Informe 0092/2009 La consulta plantea si resulta conforme a la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de datos de Carácter Personal la recogida de fotografías de los trabajadores de la
Más detallesDIRECCIÓN DE PARTICIPACIÓN CIUDADANA
DIRECCIÓN DE PARTICIPACIÓN CIUDADANA DEPARTAMENTO DE CONTROL Y SEGUIMIENTO DE DENUNCIAS INFORME Nº 02/2014-DPC-DCSD DE LA DENUNCIA Nº 0301-12-212 VERIFICADA EN LA ESCUELA PEDRO NUFIO UBICADA EN LA ALDEA
Más detallesLIQUIDACION FORZOSA ADMINISTRATIVA DE CÓNDOR S.A. COMPAÑÍA DE SEGUROS GENERALES
ABC LIQUIDACIÓN CÓNDOR S.A. COMPAÑÍA DE SEGUROS GENERALES SEGUROS GE Bogotá, diciembre de 2013 LIQUIDACION FORZOSA ADMINISTRATIVA DE CÓNDOR S.A. COMPAÑÍA DE SEGUROS GENERALES 1. Contraté un seguro con
Más detallesGARANTIA UNICA DE CUMPLIMIENTO EN FAVOR DE ENTIDADES ESTATALES CÓDIGO SUPERFINANCIERA 01/01/2014-13-05-P-05-CUESTAT-D1510/13
GARANTIA UNICA DE CUMPLIMIENTO EN FAVOR DE ENTIDADES ESTATALES GARANTIA UNICA DE CUMPLIMIENTO EN FAVOR DE ENTIDADES ESTATALES 1. AMPAROS ACE SEGUROS S.A. OTORGA A LA ENTIDAD ESTATAL ASEGURADA (CONTRATANTE)
Más detalles33000-20939 13 de septiembre de 2005
33000-20939 13 de septiembre de 2005 Doctor LUIS EDUARDO GARZON Alcalde Mayor de Bogotá Ciudad Ref: Control de advertencia. Saneamiento contable en la Red Hospitalaria del Distrito por $49.780 millones
Más detallesI. DISPOSICIONES GENERALES
POLÍTICA DE CLASIFICACIÓN DE CLIENTES I. DISPOSICIONES GENERALES 1.1. El propósito de esta Política de Clasificación de Clientes de DELTASTOCK es establecer normas internas para la clasificación de los
Más detallesDiari Oicial de la Generalitat de Catalunya Núm. 6237 22.10.2012 50307
50307 RESOLUCIÓN JUS/2138/2012, de 28 de septiembre, por la que, habiendo comprobado previamente la adecuación a la legalidad, se inscribe en el Registro de Colegios Profesionales de la Generalidad de
Más detallesA C U E R D O QUE APRUEBA EL REGLAMENTO DE LA CONTADURIA MAYOR DE HACIENDA DEL CONGRESO DEL ESTADO. CAPITULO PRIMERO DISPOSICIONES GENERALES
A C U E R D O QUE APRUEBA EL REGLAMENTO DE LA CONTADURIA MAYOR DE HACIENDA DEL CONGRESO DEL ESTADO. CAPITULO PRIMERO DISPOSICIONES GENERALES ARTICULO 1o. - La Contaduría Mayor de Hacienda tiene a su cargo
Más detallesREPÚBLICA DE COLOMBIA. libertad yorden MINISTERIO DE HACIENDA Y CRÉDITO PÚBLICO
t REPÚBLICA DE COLOMBIA "f...",=",=~~~=~ ~~',I::o'll'llUI.!,~~2;r;ll, f. f,~};tc7'ñm~~; _,=~~_~ w=.,=-.,..."r.."",,..,, "',,, 1 ~1IlrI1ur.cmw;~~:P.r:t)f: libertad yorden MINISTERIO DE HACIENDA Y CRÉDITO
Más detallesJTL VALENCIA & IRAGORRI CORREDORES DE SEGUROS S.A.
JTL VALENCIA & IRAGORRI CORREDORES DE SEGUROS S.A. 1. PREGUNTA: Numeral 2.2.1.3. Certificado de Existencia y Representación Legal Teniendo en cuenta lo dispuesto en los artículos 117 del Código de Comercio
Más detallesPresidente de la Comisión de Derechos Humanos del Estado de Puebla,
Síntesis: La Recomendación 113/94, del 29 de septiembre de 1994, se envió al Presidente Comisión de Derechos Humanos del Estado de Puebla, y se refirió al Recurso de Impugnación señor Fernando Velázquez
Más detallesDEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO DE LA FUNCIÓN PÚBLICA DECRETO NÚMERO 1145 DE 2004 14/04/2004
DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO DE LA FUNCIÓN PÚBLICA DECRETO NÚMERO 1145 DE 2004 14/04/2004 Por el cual se dictan disposiciones relacionadas con el desarrollo del Sistema General de Información Administrativa
Más detallesConcepto 2012101056-001 de 2013 SUPERINTENDENCIA FINANCIERA CARTERAS COLECTIVAS, GESTOR PROFESIONAL, INVERSIONES, BENEFICIARIO REAL
Concepto 2012101056-001 de 2013 SUPERINTENDENCIA FINANCIERA CARTERAS COLECTIVAS, GESTOR PROFESIONAL, INVERSIONES, BENEFICIARIO REAL Síntesis: El concepto de beneficiario real y los derechos colectivos
Más detallesNORMAS Y POLITICAS EN MATERIA DE RECURSOS HUMANOS.
CON FUNDAMENTO EN LO DISPUESTO POR LOS ARTÍCULOS 20 FRACCIÓN I, III Y XVI DE LA LEY ORGÁNICA DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA DEL ESTADO DE BAJA CALIFORNIA, 7 FRACCIÓN XXV DEL REGLAMENTO INTERNO DE LA OFICIALÍA
Más detallesRESOLUCIÓN NÚMERO 207 DEL 2004 (13 FEBRERO 2004) Por la cual se reorganiza el Control Interno Disciplinario en el Instituto
RESOLUCIÓN NÚMERO 207 DEL 2004 (13 FEBRERO 2004) Por la cual se reorganiza el Control Interno Disciplinario en el Instituto EL DIRECTOR GENERAL DEL INSTITUTO GEOGRÁFICO AGUSTÍN CODAZZI En uso de sus facultades
Más detallesSEGUNDA SECCION PODER EJECUTIVO SECRETARIA DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO
SEGUNDA SECCION PODER EJECUTIVO SECRETARIA DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO ACUERDO por el que se expiden las normas generales para la desincorporación por fusión, de empresas de participación estatal mayoritaria.
Más detallesESTUDIOS DE CONVENIENCIA Y OPORTUNIDAD DE LA CONTRATACION
OPORTUNIDAD DE LA CONTRATACION 1.- Definición de la necesidad que la entidad estatal pretende satisfacer con la contratación. La Administración Municipal como entidad territorial tiene la responsabilidad
Más detallesCONTRATO ESTATAL DE PRESTACIÓN DE SERVICIO DE APOYO LOGÍSTICO Nº MMO-CD-PS- AG- 10-2013
CONTRATO ESTATAL DE PRESTACIÓN DE SERVICIO DE APOYO LOGÍSTICO Nº MMO-CD-PS- AG- 10-2013 OBJETO: PRESTACIÓN DE SERVICIOS DE APOYO LOGISTIVO PARA LLEVAR A CABO LA REALIZACION DE LA SEMANA DE LA JUVENTUD
Más detalles3. Son sujetos de los presentes lineamientos los servidores públicos del Instituto, que estén contratados en una plaza presupuestal.
LINEAMIENTOS DEL PROGRAMA ESPECIAL DE RETIRO Y RECONOCIMIENTO AL PERSONAL DE LAS RAMAS ADMINISTRATIVA Y DEL SERVICIO PROFESIONAL ELECTORAL NACIONAL DEL INSTITUTO NACIONAL ELECTORAL, PARA EL EJERCICIO 2015.
Más detallesFuente: Ministerio de Economía y Hacienda.
NUM- CONSULTA V1870-07 ORGANO SG de Impuestos sobre el Consumo FECHA- SALIDA 11/09/2007 NORMATIVA Ley 37/1992 arts. 7-10o, 78- tres- 1o, 164- uno- 3o. Rgto Fac: art. 2, 6.7 y 6.8 DESCRIPCION- HECHOS El
Más detallesU.G.P.P. Unidad Administrativa Especial de Gestión Pensional y Contribuciones Parafiscales de la Protección Social. Pereira, abril de 2015
U.G.P.P. Unidad Administrativa Especial de Gestión Pensional y Contribuciones Parafiscales de la Protección Social Pereira, abril de 2015 QUÉ ES LA UGPP? Es una entidad pública adscrita al Ministerio de
Más detalles1.- La primera cuestión que plantea se refiere a la prelación de pagos para la liquidación del final de la obra.
Sc. Comisión Consultiva. GK/. Informe 3/2012, de 3 de octubre, sobre prelación de pagos en los supuestos de endoso y embargos de certificaciones de obra, y sobre la obligatoriedad de justificar estar al
Más detallesREPúBLICA DECa..OMBlA. MINISTERIO DE EDUCACiÓN NACIONAL. DECRETO"Na; 4807
REPúBLICA DECa..OMBlA MINISTERIO DE EDUCACiÓN NACIONAL DECRETO"Na; 4807 ~~f ~.; ti] &~ ~ rjl ~ Por el cual se establecen las condiciones de aplicación de la gratuidad educativa para los estudiantes de
Más detallesCapítulo IX. Prácticas Desleales de Comercio Internacional
Artículo 9-01 Definiciones. Capítulo IX Prácticas Desleales de Comercio Internacional Para efectos de este capítulo, se entenderá por: Acuerdos de la OMC: el Acuerdo Relativo a la Aplicación del Artículo
Más detallessanciones para la represión del dopaje, proponiendo una sanción de privación o suspensión de licencia federativa durante un período de seis meses.
Expediente Tribunal Administrativo del Deporte núm. 27/2014. En Madrid, a 9 de mayo de 2014. Visto el recurso interpuesto por D. X contra la resolución del Director de la Agencia Española de Protección
Más detallesCONSIDERANDO. Por lo anterior, he tenido a bien a expedir los siguientes:
CRITERIOS SESNSP/CNCA/CRI/04/2010, POR EL QUE SE ESTABLECE EL PROCESO PARA LA SUBROGACIÓN DE SERVICIOS RELACIONADOS A EVALUACIONES DE CONTROL DE CONFIANZA Y CRITERIOS A OBSERVAR PARA LA CAPACITACIÓN DE
Más detallesEL SUBDIRECTOR ADMINISTRATIVO Y FINANCIERO DE LA AUTORIDAD NACIONAL DE LICENCIAS AMBIENTALES - ANLA
Autoridad Nacional de Licencias Ambientales - ANLA República de Colombia Bogotá D.C., Enero 17 de 2012 AUTO No. 0066 EL SUBDIRECTOR ADMINISTRATIVO Y FINANCIERO DE LA AUTORIDAD NACIONAL DE LICENCIAS AMBIENTALES
Más detallesH. AYUNTAMIENTO DE OTHÓN P. BLANCO 2013-2016
ING. ANDRÉS RUÍZ MORCILLO, PRESIDENTE MUNICIPAL DEL H. AYUNTAMIENTO DEL MUNICIPIO DE OTHÓN P. BLANCO, EN EJERCICIO DE LAS FACULTADES Y CUMPLIMIENTO DE LAS OBLIGACIONES QUE ME IMPONE EL ARTÍCULO 90 FRACCIONES
Más detallesRESOLUCIÓN REGLAMENTARIA No. 016 DE ABRIL 19 DE 2013
EL CONTRALOR DE BOGOTÁ, D. C. En ejercicio de las atribuciones constitucionales, legales, reglamentarias y en especial las que le confiere el Acuerdo 519 de 2012; y CONSIDERANDO Que el artículo 150 del
Más detallesNuevo Reglamento de Pensiones por Jubilación, Vejez e Incapacidad, para los Trabajadores contratados a partir del 15 de diciembre de 2000, de La
Nuevo Reglamento de Pensiones por Jubilación, Vejez e Incapacidad, para los Trabajadores contratados a partir del 15 de diciembre de 2000, de La Universidad Autónoma de San Luis Potosí TÍTULO PRIMERO
Más detallesDIARIO OFICIAL 49541
DIARIO OFICIAL 49541 Bogotá, Viernes 12 de junio de 2015 Ministerio de Minas y Energía RESOLUCIÓN NÚMERO 4 0659 DE 2015 (junio 10) por la cual se define el esquema de incentivos por el aprovechamiento
Más detallesCONTENIDO SECCIÓN II... 4
CONTENIDO TÍTULO I... 1 DISPOSICIONES GENERALES... 1 Artículo 1 Objeto y Alcance del Reglamento Específico... 1 Artículo 2 Marco Normativo... 1 Artículo 3 Aprobación del Reglamento Específico... 1 Artículo
Más detallesNovedades en la regulación jurídica de la Incapacidad Temporal:
El pasado 21 de julio se publicó el Real Decreto 625/2014 de 18 de julio, por el que se regulan determinados aspectos de la gestión y el control de los procesos de incapacidad temporal (baja) en los primeros
Más detallesFECHA: 01 DE NOVIEMBRE DE 2013. Planeación
Página 1 de 19 FECHA: 01 DE NOVIEMBRE DE 2013 Aprobó elaboración o modificación Revisión técnica Firma: Nombre: Dairo Giraldo Velásquez Cargo: Financiero Firma: Nombre: Juan Pablo Contreras Lizarazo Cargo:
Más detallesGabinete Jurídico. Informe 0290/2008
Informe 0290/2008 La consulta plantea, que tipo de relación debe mantener la entidad consultante y la propietaria del edificio a los efectos de cumplir con la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre de
Más detallesACUERDO 018- CG - 2015 EL CONTRALOR GENERAL DEL ESTADO CONSIDERANDO:
ACUERDO 018- CG - 2015 EL CONTRALOR GENERAL DEL ESTADO CONSIDERANDO: Que, el artículo 211 de la Constitución de la República del Ecuador establece que la Contraloría General del Estado es un organismo
Más detallesCapítulo 2 Tratamiento Contable de los Impuestos. 2.1 Normas Internacionales de Contabilidad
Capítulo 2 Tratamiento Contable de los Impuestos 2.1 Normas Internacionales de Contabilidad Las Normas Internacionales de Contabilidad (NIC) o International Financial Reporting Standard (IFRS) son los
Más detallesSUPERINTENDENCIA DE INDUSTRIA Y COMERCIO
SUPERINTENDENCIA DE INDUSTRIA Y COMERCIO GRUPO DE ATENCIÓN AL CIUDADANO INFORME DE QUEJAS Y RECLAMOS Enero 1º a Marzo 31 de 13 Bogotá D.C., abril 4 de 14 1. INFORMACIÓN GENERAL De conformidad con lo establecido
Más detallesPreguntas frecuentes (SBS)
Cuál es el contenido de una póliza? Nombre y domicilio del asegurador. Nombres y domicilios del solicitante, asegurado y beneficiario. Calidad en que actúa el solicitante del seguro. Identificación precisa
Más detallesSISERA 2008. Honduras, C.A.
SISTEMA DE SEGUIMIENTO DE RECOMENDACIONES DE AUDITORÍA Honduras, C.A. 1 SISTEMA DE SEGUIMIENTO DE RECOMENDACIONES DE AUDITORÍA 1. INTRODUCCIÓN El Acuerdo No. TSC 28/2003 de fecha 19 de junio del 2003 crea
Más detallesAGENCIA ESPAÑOLA DE PROTECCIÓN DE DATOS
AGENCIA ESPAÑOLA DE PROTECCIÓN DE DATOS La Agencia Española de Protección de Datos es un ente de Derecho Público que tiene por objeto la garantía del cumplimiento y aplicación de la normativa de protección
Más detallesGOBIERNO DEL ESTADO - PODER EJECUTIVO
PERIODICO OFICIAL 17 DE NOVIEMBRE - 2006 PAGINA 11 GOBIERNO DEL ESTADO - PODER EJECUTIVO Juan Manuel Oliva Ramírez, Gobernador Constitucional del Estado Libre y Soberano de Guanajuato, en ejercicio de
Más detallesUnidad de Orientación Legal y Derechos del Contribuyente Departamento de Consultas Intendencia de Asuntos Jurídicos
Unidad de Orientación Legal y Derechos del Contribuyente Departamento de Consultas Intendencia de Asuntos Jurídicos PROCEDIMIENTO DE RESTITUCIÓN DE LO PAGADO EN EXCESO O INDEBIDAMENTE. La Superintendencia
Más detallesINCORPORACIÓN OBLIGATORIA A LOS SISTEMAS DE EMISIÓN ELECTRÓNICA DE COMPROBANTES DE PAGO
INCORPORACIÓN OBLIGATORIA A LOS SISTEMAS DE EMISIÓN ELECTRÓNICA DE COMPROBANTES DE PAGO Mediante Resolución de Superintendencia No. 374-2013-EF publicada el 28 de diciembre de 2013, en el Diario Oficial
Más detallesGuía de aportes al Sistema de Seguridad Social Integral para contratistas con el Estado
Guía de aportes al Sistema de Seguridad Social Integral para contratistas con el Estado Introducción... 2 I. Contratos en los cuales es obligatorio el cumplimiento con la afiliación y pagos derivados del
Más detallesRESOLUCIÓN No. 0757 EL CONTRALOR GENERAL DEL ESTADO
RESOLUCIÓN No. 0757 EL CONTRALOR GENERAL DEL ESTADO CONSIDERANDO: %} ^ ^ Que como resultado del estudio del informe del examen especial AUDIMQ-004-2010, practicado por la Dirección de Auditoría Interna
Más detallesREPÚBLICA DE COLOMBIA. MINISTERIO ElE HACIENDA Y CREDITO PÚBLICO (1 A(;O 2014. Por el cual se modifica el Decreto 2876 de 2013
REPÚBLICA DE COLOMBIA MINISTERIO ElE HACIENDA Y CREDITO PÚBLICO DECRETO NÚMERo15 O 2 DE 2014 (1 A(;O 2014 Por el cual se modifica el Decreto 2876 de 2013 EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE COLOMBIA En uso
Más detalles