1.- DECLARACIÓN DE INTENCIONES Y COMPROMISOS DE LA DIRECCIÓN PROVINCIAL.
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- Juan Ayala Alvarado
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1 DIRECCIÓN PROVINCIAL DE CIUDAD REAL ACUERDO DE DE DE 2014 DEL DIRECTOR PROVINCIAL DEL INSS Y LA TGSS DE CIUDAD REAL, POR EL QUE SE APRUEBA EL PROTOCOLO DE ACTUACIÓN EN CASOS DE AGRESIONES A EMPLEADOS PÚBLICOS. El Comité de Seguridad y Salud de la Dirección Provincial del INSS y la TGSS de Ciudad Real planteó la conveniencia de disponer de un Protocolo de Actuación a seguir por los Directores, Jefes de Unidades, Jefes de Área o Unidades de los distintos Centros de Trabajo, cuyo personal se encuentre incluido en el ámbito de representación del antes citado Comité de Seguridad y Salud, en aquellos casos en los que se haya producido algún tipo de agresión a empleados públicos en el ejercicio de sus funciones. Planteada así la cuestión, se acordó por ambas partes la constitución de un grupo de trabajo, integrado por representantes sindicales y de la Administración y designados por el Presidente del Comité de Seguridad y Salud. Este grupo de trabajo debería elaborar y proponer, posteriormente, un texto consensuado al propio Comité. Finalizadas las tareas y a la vista del documento propuesto, RESUELVO aprobar el siguiente Protocolo de Actuación, para los casos en los que se produzca algún tipo de agresión a las empleadas/os públicos en el ejercicio de sus funciones, Protocolo que deberá observarse por los distintos responsables administrativos y que a continuación se expone: 1.- DECLARACIÓN DE INTENCIONES Y COMPROMISOS DE LA DIRECCIÓN PROVINCIAL COMPROMISOS GENERALES *Apoyo directo desde Dirección provincial y Área de Seguridad y Salud. * Revisar y actualizar la evaluación de riesgos de todos los puestos de trabajo, integrando la agresión verbal y física como riesgo evaluable. * Planificación preventiva de los riesgos en el área de agresiones. * Disponibilidad de medidas de seguridad adecuadas (sistemas de detección, personal de seguridad, etc.) * Proporcionar información clara a los usuarios sobre derechos, obligaciones, horarios, documentación, quejas y sugerencias. * Facilitar zonas de espera y de atención al público, apropiadas. * Adoptar las medidas organizativas y los recursos necesarios que permitan una atención al público ágil y adecuada en función de la demanda. * Garantizar la adecuada formación a los trabajadores sobre procedimientos y sistemas de trabajo, así como la formación específica al personal sobre gestión de conflictos e AVDA. REY SANTO, CIUDAD REAL TEL.: FAX:
2 identificación de situaciones de riesgo en función del puesto que desarrollen de atención al público COMPROMISOS ESPECÍFICOS Tolerancia cero ante las agresiones a los Empleados Públicos, denunciando cualquier tipo de agresión. Tratamiento singularizado y pormenorizado para poder identificar las principales causas de las agresiones. Respaldo y apoyo incondicional al trabajador agredido de la Dirección Provincial, mediante orientación y asesoramiento. Inclusión de medidas preventivas ante las posibles secuelas de estrés postraumático provocado tras una agresión en la atención al público. Estas medidas deberían incluir en casos extremos la posibilidad de alejar del puesto de trabajo que desempeña al trabajador afectado, para poderlo recuperar e integrar poco a poco a la vida laboral. La Dirección Provincial pone a disposición de sus trabajadores/as la asesoría jurídica para prestar la asistencia especializada en caso de agresión. 2.-CONCEPTO DE VIOLENCIA El concepto de violencia debe ser más amplio que el de la mera agresión física, comprendiendo otras conductas susceptibles de violentar e intimidar al que las sufre. Según la Nota Técnica de Prevención NTP-489 del Instituto de Seguridad e Higiene en el Trabajo, la violencia en el trabajo incluiría, además de las agresiones físicas, las conductas verbales o físicas amenazantes, intimidatorias, abusivas y acosadoras. Por otro lado la Comisión Europea, propone entender por tal todos los incidentes en los que se abusa, amenaza o ataca a las personas, en circunstancias relacionadas con su trabajo, incluidos los viajes de ida y vuelta al trabajo, que implican una amenaza explícita o implícita a su seguridad, bienestar y salud Ante cualquier situación de violencia al personal del centro o dependencia, el personal debe proceder manteniendo siempre la calma y tratando de contener la situación: no responder a las agresiones o provocaciones verbales, intentando reconducir la situación no llevando a cabo ningún tipo de actuación que pueda ser interpretado como amenaza por el agresor. 3.- SOLICITUD DE AYUDA INMEDIATA Si se percibe un posible riesgo se debe avisar inmediatamente a los compañeros/as u otras personas cercanas, al objeto de contener y/o acabar con la situación, además de que puedan actuar como testigos de los hechos. Si la situación se mantiene o agrava se debe avisar
3 inmediatamente al superior jerárquico y al Servicio de Seguridad, de manera directa o a través de un compañero. En el caso de que la situación de violencia persista pasar al punto ALERTAR A LAS FUERZAS Y CUERPOS DE SEGURIDAD DEL ESTADO. Si se precisa, reclamar también ayuda inmediata de los Cuerpos y Fuerzas de Seguridad del Estado o al Servicio de Emergencias a través del teléfono 112, para que se personen en el Centro de trabajo. POLICÍA NACIONAL: 091 POLICIA LOCAL: 092 SERVICIOS DE EMERGENCIA: ATENCION DEL TRABAJADOR En caso de agresiones con lesiones, en función de la gravedad de la lesión: a) Solicitar ayuda externa llamando al teléfono de emergencias 112 b) Trasladarle inmediatamente al Servicio de Urgencias más cercano, donde recibirá tratamiento y se le emitirá el correspondiente Informe Médico o parte de lesiones (documento que constituye una prueba pericial). SERVICIO DE URGENCIAS MÁS CERCANO: c) Dado que la agresión física tiene consideración de accidente de trabajo, podrá recibir asistencia sanitaria y apoyo psicológico si lo precisa, debiendo acudir al Centro de Salud u Hospital de referencia. 6.- INFORME DEL RESPONSABLE DEL CENTRO DE TRABAJO DONDE SE HAYA PRODUCIDO LA AGRESIÓN, DESTINADO A LA DIRECCIÓN PROVINCIAL. El informe lo elaborará el Responsable de la Unidad, con carácter inmediato y recogerá una breve descripción de los hechos. Dicho Informe será remitido por correo electrónico a la siguiente Lista de distribución: (Director Provincial, CSS (Delegados de Prevención, Representantes de la Administración, EPD). Secretario Provincial, Jefe de Sección de RR.HH. y con copia al Superior Jerárquico del interesado y al propio interesado)
4 7.- NOTIFICACION DEL ACCIDENTE/INCIDENTE Al igual que todos los accidentes que se puedan producir, las agresiones deben ser notificadas de forma inmediata a la persona responsable de Recursos Humanos y al EPD. Para ello se cumplimentará, por el Responsable de la Unidad, el Modelo de Registro de Agresiones. (Ver Anexo), que se enviará por correo electrónico. 8.- DENUNCIA ANTE EL ORGANO COMPETENTE Y ASESORAMIENTO DE LA VICTIMA. (Que lo vea y estudie el Servicio Jurídico de la D.P.) Si se denuncia la agresión ante el Juzgado o la autoridad policial competente, el afectado será acompañado por un Letrado del Servicio Jurídico de la Dirección Provincial de la Seguridad Social, para ser asesorado. Si la Dirección Provincial lo estima oportuno valorará el informe recibido y recabará del funcionario agredido la conformidad para remitir, en su caso, a la Fiscalía, vía Subdelegación del Gobierno, la petición de actuación, de acuerdo con el artículo 550 del Código Penal, que establece como delito las agresiones contra los funcionarios públicos. La conformidad del funcionario será formulada por escrito. 9.- INVESTIGACION DEL ACCIDENTE El servicio de prevención o, en su caso, el EPD correspondiente, procederá a la investigación del accidente, con el fin de poder recomendar aquellas medidas correctoras que pudieran aplicarse para evitar nuevas situaciones similares, eliminando el riesgo, en la medida de lo posible, o minimizándolo. De todas las actuaciones anteriores quedará un registro en el Área de Seguridad y Salud, dónde se archivará, asimismo, toda la documentación al respecto. De otra parte y desde la óptica de la prevención de riesgos laborales, las agresiones sufridas por un empleado público en el desempeño de su trabajo, deberán ser consideradas como accidente laboral (Ver Apartado 18, grupo 80 del sistema Delta del Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales, que trata de sorpresa, miedo, violencia, agresión, amenaza y en concreto su epígrafe 83, que reseña la violencia o amenaza ejercida por personas ajenas a la empresa sobre las víctimas en el marco de sus funciones). 10.-REGISTRO DE INCIDENTES/ACCIDENTES POR AGRESIONES EN LA DIRECCIÓN PROVINCIAL DEL INSS Y LA TGSS DE CIUDAD REAL. La Dirección Provincial del INSS y la TGSS de Ciudad Real elaborará un Registro/Estadística anual de situaciones violentas, producidas contra los trabajadores de la Dirección Provincial citada, que dará a conocer al Comité de Seguridad y Salud y remitirá a la Inspección de Servicios de la Dirección General, por si procediese su envío a los Servicios Jurídicos del Estado, en consideración de lo dispuesto en el artículo 550 del Código Penal.
5 Ciudad Real, 20 de mayo de 2014 EL DIRECTOR PROVINCIAL, Fdo.: Antonio Rodriguez López
6 MODELO DE REGISTRO DE AGRESIONES 1.- DATOS DE LA PERSONA AGREDIDA Apellidos y Nombre: Sexo (H o M): Fecha de Nacimiento: Puesto de trabajo: Centro de Trabajo: Dirección del centro de trabajo: Localidad: C.P. : Provincia: Teléfono: 2.- DESCRIPCIÓN DEL INCIDENTE/ACCIDENTE Fecha: Hora: Lugar: Motivos que originaron el incidente violento: Descripción lo más precisa del accidente: Concretar las circunstancias del lugar:
7 Forma en que se materializó la agresión: Lesiones físicas y daños materiales de la víctima: Daños materiales: Consecuencias del incidente/accidente Personas que intervinieron: - Personal del Centro: - Testigos: - Usuarios: Han intervenido fuerzas de seguridad?: Sí No Policía Local Si No Policía Nacional Sí No Guardia Civil: Sí No Ha intervenido la empresa de Seguridad?: Si No El incidente ha motivado denuncia? Sí No Por qué?: Se tramitan Diligencias Previas?: Sí No En su caso Juzgado Nº
8 Diligencias Previas Nº Han existido lesiones? Sí No Existe parte de lesiones? Sí No Ha recibido asistencia en un Centro Sanitario? Sí No Se ha tramitado I.T. por accidente laboral? Sí No OBSERVACIONES: Los datos son de carácter personal y serán tratados con máxima confidencialidad conforme a lo dispuesto en la Ley orgánica 15/1999 de Protección de datos de Carácter Personal, usted puede ejercitar lo derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición a estos datos. Firma del Responsable del Centro, de de 20
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