El documento ha sido firmado o aprobado por : 1.- Concejal de AYUNTAMIENTO DE BENAVENTE.Firmado 16/03/ :51
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- José María Cortés Alarcón
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1 Página 1 de Concejal de.firmado El documento electrónico ha sido aprobado por Concejal(Jesus Nieto Mayo) de a las 12:51:20 del día 16 de marzo de 2016 con certificado de AC CAMERFIRMA AAPP, JESUS NIETO MAYO Y. El documento está BASES Y CONVOCATORIA PARA LA PROVISIÓN, POR CONCURSO ORDINARIO DE MÉRITOS, DE DOS PUESTOS RESERVADOS A FUNCIONARIOS DE CARRERA DEL : AGENTE DE LA POLICÍA LOCAL, ESCALA ADMINISTRACIÓN ESPECIAL, SUBESCALA DE SERVICIOS ESPECIALES, CLASE POLICÍA LOCAL, CLASIFICADAS EN EL GRUPO C, SUBGRUPO C1 PRIMERA. BASES, CONVOCATORIA Y OBJETO DEL CONCURSO. 1.-Las presentes Bases tienen por objeto regular en el Ayuntamiento de Benavente la provisión con carácter definitivo de puestos de trabajo reservados a funcionarios que se incluyen a continuación mediante el concurso ordinario de méritos: Puesto nº 62, agente de la policía local Puesto nº 22, agente de la policía local Escala administración especial, subescala servicios especiales, clase policía local, grupo C, subgrupo C1. Complemento de destino: 20; complemento específico: 8.275,80 ( referido a 12 mensualidades). 2.-Estas Bases serán aprobadas por la Junta de Gobierno, igualmente, serán publicadas, tanto en el Boletín Oficial de la Provincia, como en el BOE, como en la página web del Ayuntamiento de Benavente. SEGUNDA. REQUISITOS DE PARTICIPACIÓN. 1.-Podrán tomar parte en cada concurso ordinario de méritos, los funcionarios de carrera del Ayuntamiento de Benavente pertenecientes a la misma Escala, Subescala y al mismo Grupo y Subgrupo de los previstos en el artículo 76 y Disposición Adicional Sexta del RDLeg. 5/2015 de 30 Oct. (aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público) que los puestos de trabajo ofrecidos, cualquiera que sea su situación administrativa, excepto los suspensos en firme mientras dura la suspensión, siempre que reúna las condiciones generales y los requisitos establecidos en la convocatoria. Los concursantes que participen con carácter voluntario solo podrán hacerlo si ha transcurrido un mínimo de 2 años, desde la toma de posesión del último destino definitivo obtenido por cualquier forma de provisión legalmente establecida, salvo en los supuestos de remoción del puesto de trabajo, supresión del mismo o cese en un puesto obtenido por el sistema de libre designación. 2.-Deberán participar en este concurso ordinario los funcionarios que estando en EXCMO. Plaza del Grano,
2 Página 2 de Concejal de.firmado El documento electrónico ha sido aprobado por Concejal(Jesus Nieto Mayo) de a las 12:51:20 del día 16 de marzo de 2016 con certificado de AC CAMERFIRMA AAPP, JESUS NIETO MAYO Y. El documento está servicio activo en esta Administración tengan adscripción provisional en los puestos de trabajo afectados por el concurso y no tengan ningún otro puesto de trabajo con carácter definitivo. 3.-Los funcionarios de esta Administración en situación administrativa de servicio en otras Administraciones públicas sólo podrán tomar parte en el concurso si en la fecha de terminación del plazo de presentación de instancias han transcurrido dos años desde la efectividad de la declaración de dicha situación, sin perjuicio de lo establecido en el apartado 5 de esta Base. 4.-Los funcionarios en situación de excedencia voluntaria por interés particular sólo podrán participar si en la fecha de terminación del plazo de presentación de instancias llevan un mínimo de dos años en esta situación. 5.-Los funcionarios que se encuentren en situación de servicios especiales, solo podrán participar si en la fecha de terminación del plazo de prestación de instancias han transcurrido dos años desde la toma de posesión del último destino definitivo obtenido, salvo que tengan reservado el puesto de trabajo. 6.-Los requisitos establecidos se deberán cumplir en la fecha en que termine el plazo de presentación de solicitudes de participación y deberán mantenerse durante todo el proceso de concurso. 7.-Se considera que se han modificado los requisitos de participación en el concurso y no se mantiene su cumplimiento procediendo consecuentemente la exclusión del presente procedimiento provisorio, en aquellos casos en que, con posterioridad a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes y antes de la resolución definitiva, se declare la pérdida de la condición de funcionario del concursante por alguna de las causas previstas en el artículo 63 de RDLeg. 5/2015 de 30 Oct. (aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público), se anule el correspondiente nombramiento de funcionario de carrera o el interesado pase a otra situación administrativa distinta aquélla desde la que participa y esta nueva situación no conlleve la reserva de puesto de trabajo. TERCERA. SOLICITUD. 1.-Las solicitudes para participar en el concurso ordinario de méritos se realizarán por los interesados formalizando y cumplimentando el modelo de instancia que constará como Anexo en la convocatoria correspondiente. La petición de los puestos se hará de manera individualizada no siendo válidas las peticiones genéricas y se indicará claramente el orden de preferencia de los puestos a los que se opta 2.-El plazo de presentación de instancias y documentación será de 15 días hábiles, contados a partir del día siguiente al de la publicación de la correspondiente EXCMO. Plaza del Grano,
3 Página 3 de Concejal de.firmado El documento electrónico ha sido aprobado por Concejal(Jesus Nieto Mayo) de a las 12:51:20 del día 16 de marzo de 2016 con certificado de AC CAMERFIRMA AAPP, JESUS NIETO MAYO Y. El documento está convocatoria en el Boletín Oficial del Estado. A estos efectos serán días inhábiles domingos y festivos. En el caso de que el último día del plazo coincida con un día inhábil se prorrogará hasta el siguiente día hábil. CUARTA. ACREDITACION DE LOS REQUISITOS DE PARTICIPACIÓN Y LOS MÉRITOS. Los méritos que sean alegados deberán acreditarse por el concursante por medio de documentos originales, copias compulsadas de los mismos o certificados. No serán tenidos en cuenta los méritos no alegados por el concursante, así como aquellos cuya acreditación documental no haya sido aportada de conformidad con lo dispuesto en estas Bases, o los que no aparezcan fehacientemente acreditados en el expediente de participación del concursante, aun cuando consten en el expediente personal o en expedientes de otros procedimientos distintos del regulado en la presente convocatoria. Se tomará como fecha de referencia para la valoración de los méritos alegados y debidamente acreditados la fecha de finalización del plazo de presentación de las solicitudes de participación. QUINTA. BAREMO DE MÉRITOS. La valoración de los méritos para la adjudicación de los puestos de trabajo se efectuará con arreglo al siguiente baremo: 1.-Antigüedad: Tendrá una valoración máxima de 2 puntos: a)-se valorará a razón de 0,20 puntos por cada año de servicio completo, computándose a estos efectos los servicios prestados y los reconocidos que se hubieran prestado con anterioridad a la adquisición de la condición de funcionario, siempre y cuando dichos servicios se hubiesen desempeñado en el Grupo/Subgrupo funcionarial o equivalente al que esté adscrito el puesto que se solicita. Se podrán sumar períodos de tiempo valorables por este apartado para completar años de servicio. b)-si la prestación de dichos servicios se hubiera realizado o reconocido en Grupo/Subgrupo funcionarial o equivalente distinto al que está adscrito el puesto que se solicita, se valorará a razón de 0,10 puntos por año completo, pudiéndose sumar períodos de tiempo valorables por este apartado, para completar años de servicio. Para completar años de servicio pueden sumarse períodos de tiempo que, cada uno por separado, se valoren con distinta puntuación, en cuyo caso se valorará a razón de 0,10 puntos por año completo. EXCMO. Plaza del Grano,
4 Página 4 de Concejal de.firmado El documento electrónico ha sido aprobado por Concejal(Jesus Nieto Mayo) de a las 12:51:20 del día 16 de marzo de 2016 con certificado de AC CAMERFIRMA AAPP, JESUS NIETO MAYO Y. El documento está No se computarán los servicios prestados simultáneamente con otros igualmente alegados. 2.-Grado Personal: Se adjudicarán un máximo de 2 puntos por la posesión de un determinado grado personal reconocido como funcionario de la Escala desde la que se participa, de la forma siguiente: a)-por poseer un grado personal superior en dos niveles (o más) al nivel del puesto solicitado: 2 puntos. b)-por poseer un grado personal superior en un nivel al nivel del puesto solicitado: 1,75 puntos. c)-por poseer un grado personal de igual nivel al nivel del puesto solicitado: 1,5 puntos. d) Por poseer un grado personal inferior en un nivel al nivel del puesto solicitado. 1,25 punto. e)-por poseer un grado personal inferior en dos o más niveles al nivel del puesto solicitado: 1 puntos. 3.-Valoración del trabajo desarrollado: Por haber desempeñado puesto de trabajo de la Escala y Subescala desde la que se concursa, en destino definitivo: 0,20 puntos por cada año completo, hasta un máximo de 3 puntos. 4.-Cursos de formación y perfeccionamiento: Se valorarán hasta un máximo de 3 puntos los cursos de formación y perfeccionamiento que se refieran a alguna de las materias directamente relacionadas con las funciones propias de los puestos objeto de la convocatoria, siempre y cuando hubieran sido realizados en la condición de funcionario de carrera o personal al servicio de las Administraciones Públicas y su duración hubiera sido igual o superior a 20 horas, con la siguiente distribución: -Cursos con una duración de 20 a 49 horas: 0,20 puntos. -Cursos con una duración de 50 a 74 horas: 0,40 puntos. -Cursos con una duración de 75 a 99 horas: 0,60 puntos. -Cursos con una duración igual o mayor a 100 horas: 0,80 puntos. Los cursos deberán estar organizados e impartidos por Centros oficiales de formación de funcionarios de esta Administración o de otras Administraciones Públicas EXCMO. Plaza del Grano,
5 Página 5 de Concejal de.firmado El documento electrónico ha sido aprobado por Concejal(Jesus Nieto Mayo) de a las 12:51:20 del día 16 de marzo de 2016 con certificado de AC CAMERFIRMA AAPP, JESUS NIETO MAYO Y. El documento está o por Promotores de Planes de Formación Continua para el personal de las Administraciones Públicas. Únicamente se valorarán los cursos que hayan sido impartidos en los 10 años inmediatamente anteriores a la fecha a que se refieran los méritos. 5.-Conciliación de la vida familiar: se valora un máximo de 1 punto por cada apartado: a)-el destino previo del cónyuge funcionario, obtenido mediante convocatoria pública, en el municipio donde radique el puesto o puestos de trabajo solicitados, siempre que se acceda desde municipio distinto. b)-el cuidado de hijos, tanto cuando lo sean por naturaleza como por adopción o acogimiento permanente o preadoptivo, hasta que el hijo cumpla doce años, siempre que se acredite por los interesados fehacientemente que el puesto que se solicita permite una mejor atención del menor. Se justificará este apartado mediante declaración escrita del concursante, debidamente firmada, en la que se justifiquen fehacientemente las razones que avalan que el cambio de puesto permite la mejor atención del menor, debiendo acompañar la correspondiente documentación acreditativa de las justificaciones alegadas. c)-el cuidado de un familiar, hasta el segundo grado inclusive de consanguinidad o afinidad siempre que, por razones de edad, accidente, enfermedad o discapacidad no pueda valerse por sí mismo y no desempeñe actividad retribuida, siempre que se acceda desde un municipio distinto, y siempre que se acredite fehacientemente por los interesados que el puesto que se solicita permite una mejor atención del familiar. La valoración de este supuesto será incompatible con la otorgada por el cuidado de hijos. SEXTA. COMISIÓN DE VALORACIÓN. La Comisión de Valoración puntuará los méritos obtenidos por cada concursante con los criterios establecidos en Las presentes bases y hará propuesta de adjudicación de cada uno de los puestos al solicitante que haya obtenido mayor puntuación de acuerdo con las peticiones realizadas. La Comisión será nombrada por Decreto de alcaldía y estará compuesto por un número impar de miembros con voto, nunca inferior a cinco, y se ajustará a las siguientes reglas: Presidente funcionario del Ayuntamiento designado por el Alcalde. Vocales: Cuatro funcionarios de carrera del Ayuntamiento de Benavente, designados por el Alcalde. Secretario: Será designado un funcionario público, que actuará con voz y sin voto. EXCMO. Plaza del Grano,
6 Página 6 de Concejal de.firmado El documento electrónico ha sido aprobado por Concejal(Jesus Nieto Mayo) de a las 12:51:20 del día 16 de marzo de 2016 con certificado de AC CAMERFIRMA AAPP, JESUS NIETO MAYO Y. El documento está El Presidente y los vocales del Tribunal deberán pertenecer a un cuerpo o escala para cuyo ingreso se requiera titulación igual o superior a la exigida a los candidatos. La designación de los miembros del Tribunal incluirá la de los respectivos suplentes. SEPTIMA.- ASIGNACIÓN DE PUESTOS. 1.-El orden de prioridad para la asignación de los puestos vendrá dado por la puntuación obtenida según el baremo de la base quinta. 2.-Si se produjera empate en la puntuación de varios concursantes como consecuencia de la aplicación de lo establecido en el anterior apartado, se resolverá acudiendo a la puntuación otorgada en los méritos alegados, por el siguiente orden: grado personal, valoración del trabajo desarrollado, cursos de formación y perfeccionamiento y antigüedad. De persistir el empate se acudirá a la fecha de ingreso como funcionario de carrera en el Cuerpo o Escala desde el que se concursa y, en su defecto, al número obtenido en el proceso selectivo. 3.-En el supuesto de que un mismo concursante pudiera resultar adjudicatario de dos o más puestos, la determinación de cuál de entre dichos puestos ha de serle asignado, se hará en atención al orden de prioridad determinada para los mismos en su instancia de solicitud. 4.-La puntuación mínima exigida para que puedan adjudicarse los puestos de trabajo convocados será de 1 punto. 5.-A los concursantes forzosos que incumplan la obligación de concursar, se les adjudicará de oficio destino con carácter provisional en cualquiera de los puestos de resulten vacantes, después de atender las solicitudes del resto de los concursantes, salvo los excedentes forzosos que pasarán a la situación de excedencia voluntaria por interés particular. OCTAVA.- RESOLUCION 1.-El Ayuntamiento a la vista de la propuesta de adjudicación de la Comisión de Valoración, dictará la Resolución del concurso, que se publicará en el Boletín Oficial del Estado, así como, para general conocimiento, en el Boletín Oficial de la Provincia y en la página web del Ayuntamiento de Benavente. EXCMO. Plaza del Grano,
7 Página 7 de Concejal de.firmado El documento electrónico ha sido aprobado por Concejal(Jesus Nieto Mayo) de a las 12:51:20 del día 16 de marzo de 2016 con certificado de AC CAMERFIRMA AAPP, JESUS NIETO MAYO Y. El documento está Dicha Resolución contendrá una relación de participantes excluidos por no cumplir los requisitos y condiciones generales establecidos en la convocatoria, con expresa mención de la causa de exclusión. Así mismo, se resolverá mediante este Resolución la aceptación de plano de los desistimientos formulados conforme a lo dispuesto en la base novena y declarará concluso el procedimiento respecto de los concursantes cuyos desistimientos hayan sido aceptados. 3.-El plazo máximo para la Resolución del correspondiente concurso será de 2 meses a partir de la fecha en que finalice el de presentación de solicitudes, que podrán prorrogarse por 1 mes más. Transcurrido dicho plazo sin que se haya hecho pública la resolución podrán los interesados que hubieran participado en el procedimiento entender desestimadas sus pretensiones por silencio administrativo. NOVENA. DESESTIMIENTO. Los participantes en los correspondientes concursos ordinarios, salvo los que tengan el carácter de forzosos o hayan devenido en tal situación, podrán desistir en su totalidad de la solicitud presentada, en cualquier momento anterior a la publicación en el Boletín Oficial del Estado de la Resolución. En el mismo período podrán formular el desistimiento total de su participación en el presente concurso los concursantes forzosos que con anterioridad a la publicación de la indicada Resolución hubieran obtenido destino definitivo en otro puesto de la misma Escala desde la que concursen. DÉCIMA. DESTINOS IRRENUNCIABLES. Son irrenunciables los destinos adjudicados, salvo que se hubiera obtenido otro destino definitivo en puesto adscrito a la misma Escala desde la que se concursa antes de finalizar el plazo de toma de posesión, y en este caso, por Decreto se aceptará la renuncia al puesto adjudicado con carácter definitivo en el procedimiento de concurso mediante Resolución notificada al interesado. Los destinos adjudicados serán considerados de carácter voluntario y, en consecuencia, no generarán derecho al abono de la indemnización por concepto alguno, sin perjuicio de las excepciones previstas en el régimen de indemnizaciones por razón de servicio. UNDÉCIMA. TOMA DE POSESIÓN. 1.-El plazo para tomar posesión será de tres días hábiles, o de un mes si comporta el reingreso al servicio activo. EXCMO. Plaza del Grano,
8 Página 8 de Concejal de.firmado El documento electrónico ha sido aprobado por Concejal(Jesus Nieto Mayo) de a las 12:51:20 del día 16 de marzo de 2016 con certificado de AC CAMERFIRMA AAPP, JESUS NIETO MAYO Y. El documento está El plazo de toma de posesión empezará a contarse a partir del día siguiente al del cese, que deberá efectuarse dentro de los tres días hábiles siguientes a la publicación de la Resolución definitiva del concurso en el Boletín Oficial del Estado. Si la resolución comporta el reingreso al servicio activo, el plazo de toma de posesión deberá computarse desde dicha publicación. 2.-Se podrá diferir el cese por necesidades del servicio hasta veinte días hábiles, comunicándose a la unidad a que haya sido destinado el funcionario. 3.-El cómputo de los plazos posesorios se iniciará cuando finalicen los permisos o licencias que hayan sido concedidos a los interesados, salvo que por causas justificadas el órgano convocante acuerde suspender el disfrute de los mismos. No obstante, a los funcionarios que se encuentren en situación de licencia por enfermedad o riesgo durante el embarazo o disfrutando de permisos por maternidad o paternidad se diligenciará el cese en el destino anterior y la toma de posesión en el nuevo destino adjudicado en los plazos ordinarios fijados en los apartados anteriores, sin que ello suponga la finalización de la licencia o permiso concedidos. 4.-Efectuada la toma de posesión, el plazo posesorio se considerará como de servicio activo a todos los efectos, excepto en los supuestos de reingreso desde la situación de excedencia voluntario o excedencia por cuidado de hijos una vez transcurrido el primer año. DUODÉCIMA. RECURSOS Contra las presentes bases, cuyo acuerdo aprobatorio es definitivo en vía administrativa, podrá interponerse recurso potestativo de reposición ante el mismo órgano que las ha dictado, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a la publicación de las mismas, o directamente recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses contados desde la fecha anteriormente indicada. No obstante ello, los interesados podrán interponer cualesquiera otros recursos si lo estiman pertinente. Contra los actos administrativos que deriven de las mismas y de la actuación del tribunal, podrán interponerse por parte de los interesados los recursos procedentes en los casos y formas establecidas en la Ley 30/92 de régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y de Procedimiento Administrativo Común y en la Ley 29/1998 de 13 de julio reguladora de la Jurisdicción Contencioso Administrativa. En Benavente en la fecha indicada al margen. EL CONCEJAL DELEGADO DE PERSONAL Jesús Nieto Mayo EXCMO. Plaza del Grano,
9 Página 9 de Concejal de.firmado ANEXO.- MODELO DE INSTANCIA El documento electrónico ha sido aprobado por Concejal(Jesus Nieto Mayo) de a las 12:51:20 del día 16 de marzo de 2016 con certificado de AC CAMERFIRMA AAPP, JESUS NIETO MAYO Y. El documento está APELLIDOS NOMBRE FECHA DE NACIMIENTO D.N.I TELÉFONO DOMICILIO: CALLE PROVINCIA PUESTO AL QUE ACCEDE: LOCALIDAD CÓDIGO POSTAL SOLICITA su participación en la Convocatoria de fecha publicada en el BOE de..para la PROVISIÓN POR CONCURSO ORDINARIO DE MÉRITOS, DE DOS PUESTOS RESERVADOS A FUNCIONARIOS DE CARRERA DEL : AGENTE DE LA POLICÍA LOCAL. El solicitante declara expresamente que son ciertos los datos aportados y que reúne las condiciones señaladas en la base... de la convocatoria. Así mismo, en hojas adjuntas de la presente solicitud, se relaciona la documentación que se presenta y se aporta dicha documentación. En Benavente a Fdo:- SR. ALCALDE DEL EXCMO. Plaza del Grano,
10 Página 10 de Concejal de.firmado El documento electrónico ha sido aprobado por Concejal(Jesus Nieto Mayo) de a las 12:51:20 del día 16 de marzo de 2016 con certificado de AC CAMERFIRMA AAPP, JESUS NIETO MAYO Y. El documento está DOCUMENTOS QUE SE ACOMPAÑAN A LA SOLICITUD.- FOTOCOPIA D.N.I..- OTRA DOCUMENTACIÓN APORTADA EXCMO. Plaza del Grano,
11 Página 11 de Concejal de.firmado El documento electrónico ha sido aprobado por Concejal(Jesus Nieto Mayo) de a las 12:51:20 del día 16 de marzo de 2016 con certificado de AC CAMERFIRMA AAPP, JESUS NIETO MAYO Y. El documento está EXCMO. Plaza del Grano,
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