MINISTERIO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y TURISMO
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- Soledad Maestre Acosta
- hace 8 años
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1 Entre los suscritos, xxxxxxxxxxxx, mayor de edad, vecina de Bogotá D.C., identificada con la cédula de ciudadanía número xxxx de xxx, en su calidad de xxxxxxxxxxxx MINISTERIO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y TURISMO, nombrada mediante Decreto número xxxxxxxxxxx y acta de posesión número xxxxxxx, debidamente facultada para contratar en nombre de LA NACIÓN - MINISTERIO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y TURISMO mediante Resolución Ministerial xx del xx de xxxxxxxx, quien en adelante se denominará EL MINISTERIO; por una parte y por la otra, xxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxx identificada con la cédula de ciudadanía número xxxxxxx expedida xxxxxxxx, actuando en su calidad de Representante Legal de la xxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxx, hemos decidido suscribir el presente Convenio Marco de Cooperación y Autorización de Uso de del Sistema de seguimiento y manejo de clientes Neoserra en su versión en español, previas las siguientes: CONSIDERACIONES: 1-Que la misión del Ministerio de Comercio, Industria y Turismo - MinCIT es apoyar la actividad empresarial, productora de bienes, servicios y tecnología. Su objetivo primordial es formular, adoptar, dirigir y coordinar las políticas de desarrollo económico y social del país, relacionados con la competitividad, integración y desarrollo de los sectores productivos de la industria, la micro, pequeña y mediana empresa, el comercio exterior y el turismo. Bajo este marco, el MinCIT ha decidido implementar una nueva herramienta que responda efectivamente a las necesidades de los emprendedores y empresarios colombianos, que complemente los programas establecidos y contribuya a mejorar el nivel de desarrollo socioeconómico de las regiones. La creación e implementación de Centros de Desarrollo Empresarial para las empresas permitirá impulsar el crecimiento y desarrollo de éstas, preparándolas para responder oportunamente a los retos de la competencia interna y los desafíos que genera la globalización de la economía. La adaptación de este modelo para Colombia, hace parte de una iniciativa hemisférica para homologar el apoyo a las Mipymes promovido desde la Cumbre de las Américas del 2012 (Cartagena Colombia). Esta decisión se formalizó a través de un Memorando de Entendimiento firmado en la ciudad de Cali en octubre del año 2012, en el marco de la reunión Ministerial Caminos para la Prosperidad de las Américas. Dicho documento fue firmado entre el Gobierno Colombiano representado por la Cancillería y el Gobierno Americano representado por el Departamento de Estado de Estados Unidos. La metodología usada para el Programa de los Centros de Desarrollo Empresarial de Colombia, hace parte de la adaptación del modelo Small Business Development Center (SBDC), la cual ha sido implementada en Estados Unidos.2- Que el proyecto Small Business Development Center en Colombia en su plan de trabajo y presupuesto de actividades, aprobado por el Programa de Educación Superior para el
2 Desarrollo (HED), presupuestó y adquirió la licencia anual y hosting del Sistema de seguimiento y manejo de clientes Neoserra en su versión en español, para compartirlo con los países de la región beneficiarios del proyecto en mención, dentro del cual Colombia es beneficiario de dicha autorización para la utilización por intermedio del Ministerio de Comercio, Industria y Turismo.3-Que la UNIVERSIDAD DE TEXAS EN SAN ANTONIO-UTSA- concedió autorización para la utilización de la licencia DEL PROGRAMA DE SEGUIMIENTO Y ADMINISTRACIÓN DE CLIENTES SBDC, DENOMINADO NEOSERRA, en consecuencia y continuando con el proceso de creación e implementación de Centros de Desarrollo Empresarial en Colombia le corresponde al MINCIT autorizar y asignar los respectivos usuarios para el sistema..4- El artículo 113 de la Constitución Política se establece que Los diferentes órganos del Estado tienen funciones separadas pero colaboran armónicamente para la realización de sus fines. De igual forma, el Artículo 209 de la Constitución prevé que: Las autoridades administrativas deben coordinar sus actuaciones para el adecuado cumplimiento de los fines del Estado De la misma manera el Artículo 96 de la ley 489 de 1998 establece que: Las entidades estatales, cualquiera sea su naturaleza y orden administrativo podrán, con la observación de los principios señalados en el artículo 209 de la Constitución, asociarse con personas jurídicas particulares, mediante la celebración de convenios de asociación o la creación de personas jurídicas, para el desarrollo conjunto de actividades en relación con los cometidos y funciones que les asigna a aquéllas la ley. Los convenios de asociación a que se refiere el presente artículo se celebrarán de conformidad con lo dispuesto en el artículo 355 de la Constitución Política, en ellos se determinará con precisión su objeto, término, obligaciones de las partes, aportes, coordinación y todos aquellos aspectos que se consideren pertinentes. 5. Que con fundamento en las consideraciones anteriores las partes acuerdan las siguientes CLÁUSULAS PRIMERA: OBJETO DEL CONVENIO. El presente convenio tiene por objeto la autorización para la utilización de la licencia de uso del programa de seguimiento y administración de Clientes SBDC, denominado Neoserra en su versión en español, establecido dentro del proyecto de Centros de Desarrollo Empresarial del MINCIT. SEGUNDA: xxxxxxx recibe la autorización para la utilización de un (1) Usuario en el Programa de Seguimiento y Administración de Clientes SBDC, denominado, Neoserra, el cual deberá utilizar para la operación del Centros de Desarrollo Empresarial xxxxxxxxxx basado en la adaptación del el modelo SBDC y conforme a los lineamientos establecidos Manual Operativo de Centros de Desarrollo Empresarial para las Mipymes,como sistema de seguimiento y administración de clientes para generar reportes que muestren los resultados alcanzados por el Centro de Desarrollo Empresarial, habilitado en Colombia.
3 TERCERA: OBLIGACIONES DE LAS PARTES. Para cumplir con lo acordado, las partes firmantes se comprometen a cumplir con las responsabilidades siguientes: POR PARTE DE xxxxxxxxxxxxxxx: a. Se compromete a operar el Centro bajo la adaptación para Colombia de la metodología del Modelo Small Business Development Centers-SBDC, para la asesoría técnica y administrativa de las empresas. b. Se compromete a cumplir el Manual Operativo de los Centros de Desarrollo Empresarial para las Mipymes expedido por el MINCIT en el funcionamiento del Centro. Lo que Incluye la implementación y utilización de los formatos establecidos en la adaptación Modelo SBDC. c. Se compromete a cuidar y garantizar el uso adecuado del programa de seguimiento y administración de Clientes SBDC, denominado Neoserra en su versión en español. d. Se compromete al uso del programa única y exclusivamente en la operación del Centro de Desarrollo Empresarial, conforme a lo establecido en el Manual Operativo de Centros de Desarrollo Empresarial para las Mipymes. e. Se compromete a guardar la confidencialidad de los datos y la información obtenida en la operación del Centro en los términos establecidos en la ley. f. Se compromete en remitir semestral y anualmente al MINCIT, los reportes estadísticos de los resultados de la atención de Emprendedores y Empresas del Centro, generados a través del sistema Neoserra; así como de los indicadores de impacto establecidos para el modelo en Colombia. Los cuales se consolidarán para generar reportes de atención a Emprendedores y Empresas y podrán ser utilizados como base estadística de manera globalizada o como instrumento para la generación de Política Pública. g. Se compromete a permitir y colabora con el MINCIT en una Auditoria anual de verificación de la implementación y operación del Centro Bajo el Modelo Small Business Development Centers-SBDC adaptado para Colombia. POR PARTE DEL MINISTERIO DE COMERCIO; INDUSTRIA Y TURISMO- MINCITa. Se compromete a entregar el acceso de ( ) usuario, para uso del programa de seguimiento y administración de Clientes SBDC, denominado Neoserra en su versión en español y así pueda implementarlo en el Centro de Desarrollo Empresarial-. b. Se compromete a hacer uso correcto de la información proporcionada por el Centro de Desarrollo Empresarial, guardando la confidencialidad de los datos en los términos establecidos en la ley y utilizando los mismo para generar reportes de atención a
4 Emprendedores y Empresas y podrán ser utilizados como base estadística de manera globalizada o como instrumento para la generación de Política Pública. c. Se compromete a colaborar en la adaptación y asistencia técnica en la implementación y funcionamiento de Modelo Small Business Development Centers-SBDC adaptado para Colombia. CUARTA: DURACIÓN DEL CONVENIO: El término previsto para duración del presente Convenio es de un año (1)) años calendario contados a partir del perfeccionamiento del mismo. Este plazo podrá ser prorrogado, previo acuerdo escrito de las partes, antes de su vencimiento. QUINTA: ENTREGA DE DATOS. MINISTERIO DE COMERCIO; INDUSTRIA Y TURISMO- MINCIT: entregará los datos que correspondan para el uso de del software denominado Neoserra en su versión en español y permitirán el acceso al Programa de Centros de Desarrollo Empresarial de Colombia.-SEXTA RESPONSABILIDAD DE LA UTILIZACIÓN DE LOS DATOS. En virtud que el programa objeto del presente convenio será utilizado por los Centros de Desarrollo Empresarial; el Ministerio de Comercio, Industria y Turismo no asume responsabilidad alguna del incumplimiento de los fines del presente instrumento ocasionadas por el mal uso o manejo inadecuado del software que aquellos pudieren realizar o por el mal uso de los datos obtenidos. SÉPTIMA:: PLAZO. El plazo del presente convenio será hasta XXXXXXXXX. OCTAVA: VALOR. El presente convenio no genera erogación presupuestal, NOVENA.- SUSPENSIÓN TEMPORAL: De común acuerdo las partes podrán suspender la ejecución de este Convenio, caso en el cual suscribirán un acta donde se hará constar tal situación. Para efectos del plazo extintivo, no se computará el periodo de suspensión. DECIMA.- CAUSALES DE TERMINACIÓN: El presente Convenio podrá darse por terminado anticipadamente, con fundamento en cualquiera de las siguientes causas: 1. Por acuerdo entre las partes. 2. Por decisión unilateral de cualquiera de las partes suscribientes del presente convenio, la cual debe darse a las otras con una antelación de treinta (30) días calendario a la fecha efectiva de terminación. 3. Por caso fortuito o fuerza mayor debidamente comprobados. DECIMA PRIMERA.- Cláusula de indemnidad. EL mantendrá indemne a de cualquier daño o perjuicio originado en reclamaciones de terceros y que se deriven de sus actuaciones o de las de sus contratistas o de la de sus dependientes, de conformidad con la normatividad vigente. DECIMA SEGUNDA: Inexistencia de relación laboral. El presente contrato no es de naturaleza laboral. Las normas que lo rigen son las consagradas en la constitución y la legislación colombiana y por tanto no origina prestaciones sociales. Entre, las personas que este emplee para la ejecución del objeto y, no existe disponibilidad de carácter permanente o continuada, ni subordinación ni dependencia alguna, llámese ésta técnica, personal, económica o simplemente
5 jurídica y así lo declaran y estipulan las partes.decima TERCERA: LIQUIDACIÓN: El presente convenio será liquidado dentro de los seis meses siguientes a su terminación. DECIMA CUARTA: SOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS: Las partes buscarán solucionar en forma ágil y directa las diferencias y discrepancias surgidas de la actividad convencional, mediante la conciliación, transacción o los mecanismos que las partes acuerden según los procedimientos establecidos por la Ley. DECIMA QUINTA:TERMINACIÓN. El presente convenio se dará por terminado por vencimiento del plazo o por mutuo acuerdo entre las partes. DÉCIMA SEXTA.- PERFECCIONAMIENTO, LEGALIZACIÓN Y EJECUCIÓN: El presente convenio quedará perfeccionado con su suscripción por las partes. En constancia se firma en Bogotá D.C., a los, ESTE DOCUMENTO ES UN BORRADOR SUJETO A CAMBIOS
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