Consejería de Educación, Cultura y Universidades Dirección General de Calidad Educativa, Innovación y Atención a la Diversidad
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- Pilar Poblete Sandoval
- hace 6 años
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2 SUMA ARIO Programa Compensación Educativa / Legislación Plan de Atención a la Diversidad Medidas específicas Alumnado destinatario Decreto n.º 198/2014 / Orden de 20 de nov Plan Trabajo Individualizado / Informe pedagógico Organización de los apoyos Seguimiento i y evaluación Compensación Educativa en la web: Web de la Consejería: Áreas temáticas Compensamur
3 Programa de Compensación Educativa: Referentes legislativos o o o o o o o Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, modificada por la Ley Orgánica 8/2013, de mejora de la calidad educativa. Decreto n.º 359/2009, de 30 de octubre, por el que se establece y regula la respuesta educativa a la diversidad del alumnado en la CARM. Orden de 4 de junio de 2010, por la que se regula el Plan de Atención a la Diversidad de los Centros Públicos y Centros Privados Concertados de la CARM. Circular informativa para organización y desarrollo de medidas de compensación educativa. (09/09/2011). Orden de 23 de mayo de 2012, por la que se establece y regula la Atención educativa al alumnado enfermo y se crea el EAEHD. Decreto n.º 198/2014, de 5 de septiembre, por el que se establece el currículo de la Educación Primaria en la CARM. Orden de 20 de noviembre de 2014, por la que se regula la organización y la evaluación en la Educación Primaria en la CARM.
4 Plan de Atención a la Diversidad Catálogo de actuaciones generales y medidas ordinarias i y específicas de respuesta educativa a la diversidad. Actuaciones generales: Medidas ordinarias: Medidas específicas:
5 Plan de Atención a la Diversidad Medidas específicas: Todos aquellos programas, organizativos y curriculares, de tratamiento personalizado para que el alumnado con necesidad específica de apoyo educativo, que no haya obtenido respuesta a través de las medidas ordinarias, pueda alcanzar el mayor desarrollo posible de las competencias básicas y los objetivos del curso, ciclo y/o etapa. La implantación de estas medidas requiere haber agotado las medidas ordinarias, así como la autorización de la Consejería de Educación.
6 Plan de Atención a la Diversidad Son medidas específicas Los Programas de compensación educativa Las aulas de acogida Español para extranjeros Dirigidos al alumnado que, Concebidas para atender al Destinados a los alumnos y previa evaluación curricular, alumnado de incorporación alumnas que se incorporan recogida en el Informe tardía al sistema educativo que, tardíamente al sistema pedagógico ó Plan de además de presentar educativo, cuya lengua materna trabajo individualizado correspondiente, presente dos o más años de desfase entre su nivel de competencia curricular y el del curso en el que se encuentre efectivamente escolarizado. desconocimiento de la lengua de acogida, posea desfases o carencias significativas de conocimientos instrumentales. (BORM nº 301 de 31/12/ 2005) sea distinta del español y presenten desconocimiento de la lengua de acogida. (BORM nº 256 de 06/11/ 2007)
7 Alumnado destinatario Alumnado que se encuentra en una situación ió de desventaja social y que tenga especiales dificultades para alcanzar los objetivos de las distintas etapas de la educación obligatoria. Se trata de alumnado que presenta desfase curricular de dos o más cursos, al menos en las áreas o materias instrumentales básicas, entre su nivel de competencia curricular y el que corresponde al curso en el que efectivamente está escolarizado, asociado a alguna de las siguientes circunstancias:
8 Alumnado destinatario Situaciones de desventaja por pertenencia a minorías étnicas y/o culturales, por factores sociales, económicos cos o geográficos, o dificultades de inserción educativa asociadas a una escolarización irregular. Condiciones personales o de historia escolar (compensación educativa)
9 Alumnado destinatario Por integración tardía en el sistema educativo. Se trata de alumnado procedente de otros países que durante el presente curso escolar se ha incorporado a las enseñanzas obligatorias del sistema educativo español y precisa atención educativa específica transitoria, dirigida a facilitar su inclusión escolar, la recuperación del desfase curricular detectado, o el dominio de la lengua vehicular.
10 Alumnado destinatario Por desconocimiento grave de la lengua de instrucción. Se trata de alumnado que sin poder considerarse de incorporación tardía precisa de todos modos de un apoyo educativo complementario por el desfase existente en su competencia lingüística.
11 Decreto n.º 198/2014, de 5 de septiembre, por el que se establece el currículo de la Educación Pi Primariai en la Comunidad dautónoma de la Región de Murcia. Artículo 18. Plan de trabajo individualizado de los alumnos con necesidades específicas de apoyo educativo: 2. El plan de trabajo individualizado dua ado recogerá las medidas das organizativas que den respuesta a dichas necesidades, así como la adecuación de los elementos del currículo o las adaptaciones individuales de las áreas que precisen los alumnos citados Artículo 23. Compensación educativa: Las medidas de compensación educativa en la Educación Primaria se atendrán a lo dispuesto en el capítulo IV del Decreto 359/2009, de 30 de octubre.
12 Orden de 20 de noviembre de 2014, de la Consejería de Educación, Cultura y Universidades id d por la que se regula la organización ió y la evaluación en la Educación Primaria en la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia. Articulo 18. Planificación de los apoyos y refuerzos para el alumnado con necesidad específica de apoyo educativo 5. A la hora de realizar la distribución del horario definitivo de compensatoria, destinado a alumnos con necesidades específicas de apoyo educativo derivadas de condiciones personales o de historia escolar, el equipo directivo deberá tener en cuenta: a) Las propuestas recogidas en el Plan de trabajo individualizado del alumno correspondientes al curso anterior. b) Las propuestas recogidas en el acta de la sesión de evaluación inicial. c) Que dicha atención sea prestada por el menor número de maestros posible.
13 Orden de 20 de noviembre de 2014, de la Consejería de Educación, Cultura y Universidades id d por la que se regula la organización ió y la evaluación en la Educación Primaria en la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia. Artículo 19. Plan de trabajo individualizado 1. a) El informe del equipo docente, firmado por el tutor, donde se recogerá, al menos, la siguiente información: Datos personales del alumno. Historia escolar. Información relevante del informe psicopedagógico o, en su caso, pedagógico del alumno: las conclusiones sobre las capacidades, el nivel de competencia curricular en cada área, las necesidades individuales, así como o las medidas das ordinarias od asy específicas cas propuestas. Adaptaciones acordadas por el equipo docente. Aspectos a tener en cuenta para la promoción. Atención específica prevista por parte de maestros y personal de atención educativa complementaria. Colaboración con la familia. Otra información relevante Observaciones y, en su caso, propuestas para el curso siguiente.
14 Orden de 20 de noviembre de 2014, de la Consejería de Educación, Cultura y Universidades id d por la que se regula la organización ió y la evaluación en la Educación Primaria en la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia. Artículo 19. Plan de trabajo individualizado b) Las adecuaciones o adaptaciones curriculares individuales de las diferentes áreas y habilidades específicas por parte de los maestros de las correspondientes áreas y, en su caso, por los maestros que realicen apoyo o refuerzo específico con el alumno. Con objeto de facilitar dicha tarea a los centros docentes, se incluye un modelo orientativo en el anexo V de la presente orden
15 Orden de 20 de noviembre de 2014, de la Consejería de Educación, Cultura y Universidades id d por la que se regula la organización ió y la evaluación en la Educación Primaria en la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia. Artículo 19. Plan de trabajo individualizado 2. El equipo docente, coordinado por el tutor, elaborará el plan de trabajo individualizado de los alumnos que lo precisen, de acuerdo con las siguientes directrices: Finalizado el curso escolar, el equipo docente supervisará el estado del plan de trabajo individualizado de cada alumno, pudiendo formular propuestas para el curso siguiente.
16 Orden de 20 de noviembre de 2014, de la Consejería de Educación, Cultura y Universidades id d por la que se regula la organización ió y la evaluación en la Educación Primaria en la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia. Artículo 19. Plan de trabajo individualizado A lo largo delmesdeseptiembre, el equipo docente elaborará el plan de trabajo individualizado correspondiente al primer trimestre, el cual será entregado por el tutor a jefatura de estudios.
17 Orden de 20 de noviembre de 2014, de la Consejería de Educación, Cultura y Universidades id d por la que se regula la organización ió y la evaluación en la Educación Primaria en la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia. Artículo 19. Plan de trabajo individualizado A la finalización del primer y segundo trimestres y en función de la consecución de los estándares y, en su caso, de las habilidades específicas planificadas para cada trimestre, el equipo docente, dispondrá de un plazo de dos semanas para elaborar las adecuaciones o las adaptaciones curriculares individuales para el segundo y tercer trimestre respectivamente, las cuales serán igualmente entregadas por el tutor a jefatura de estudios.
18 Plan de trabajo individualizado / Informe Pedagógico g Para la inclusión de un alumno en cualquier modalidad organizativa de compensación educativa, se realizará: INFORME DE ADOPCIÓN DE MEDIDAS DE COMPENSACIÓN EDUCATIVA (Informe pedagógico) ó PLAN DE TRABAJO INDIVIDUALIZADO. (PTI)
19 Plan de trabajo individualizado / Plan de Trabajo Individualizado (Compensatoria) El PTI sustituirá al informe pedagógico. Será obligatorio en primero, tercero y quinto de Educación Primaria durante el curso , siendo prescriptivo p para todos los cursos de la etapa a partir del curso No obstante, podrá elaborarse en segundo, cuarto y sexto durante el presente curso escolar con las adecuaciones que procedan.
20 Plan de trabajo individualizado / Informe Pedagógico g Plan de Trabajo Individualizado Informe Pedagógico
21 / Informe Pedagógico g
22 / Informe Pedagógico g
23 Plan de trabajo individualizado / Plan de Trabajo Individualizado (Compensatoria) El Plan de Trabajo Individualizado incluye el informe del equipo docente firmado por el tutor/a, t que se realizará anualmente, y las adaptaciones curriculares individuales de las áreas instrumentales (Lengua Castellana y Literatura y/o Matemáticas) elaboradas por los maestros/as del las citadas áreas y las correspondientes al maestro/a que realice apoyo específico de compensatoria con el alumno/a, que se realizarán de forma trimestral.
24 Anexo V Compensatoria
25 Anexo V
26 Anexo V
27 Anexo V
28 Anexo V
29 Plan de Atención a la Diversidad Tratamiento informático del Plan Atención Diversidad. Los centros educativos tendrán actualizadas las medidas específicas implantadas en el centro, y el alumnado destinatario t i de las mismas,enelmódulodeatenciónala Diversidad del aplicativo Plumier XXI Gestión,
30 Datos en Plumier XXI Tiene que ser necesariamente Fecha del curso actual
31 Organización de los apoyos Implicación de todo el profesorado. Atención educativa diversificada. Actuaciones integrales y conjuntas. Plan de Atención a la Diversidad Organización flexible del centro.
32 Organización de los apoyos El profesorado que realiza el apoyo específico al alumnado del programa de compensación educativa, en colaboración con el equipo docente,, desarrollará su apoyo en función de las necesidades educativas y adecuaciones curriculares que se establezcan en el correspondiente Plan de trabajo individualizado ó Informe pedagógico.
33 Organización de los apoyos Intensidad del apoyo directo. En función del desfase curricular de las áreas instrumentales. Organización del centro. Contexto inclusivo. Carácter preventivo. principio de 1º / 2º de Educación normalización. Primaria. El apoyo siempre e se realizará a dentro de su aula de referencia. 3º / 6º de Educación dentro / fuera aula de referencia. Primaria Agrupamientos flexibles. 1º / 4º de Educación En el horario de las áreas objeto Secundaria. de apoyo.
34 Organización de los apoyos El horario de apoyo no superior a 8 horas semanales. En función del desfase curricular que presente en las citadas áreas instrumentales. No será nunca coincidente con aquellas actividades complementarias que puedan favorecer la inserción del alumnado. Nº de alumnos en estos grupos de apoyo comprendido entre 8 y 10 alumnos/as. Agrupamiento de alumnos que puedan trabajar de manera eficaz en función de sus relaciones sociales y/o su nivel de competencia curricular. Su adscripción a los grupos de apoyo se revisará periódicamente, en función de sus procesos de aprendizaje, coincidiendo con el calendario de evaluación
35 Seguimiento y evaluación El tutor del alumno es el responsable de la evaluación ydelacoordinación de la labor educativa del equipo docente en su grupo de clase, y realizará el seguimiento del proceso educativo del alumno que participe del programa de apoyo específico de compensación educativa. El seguimiento de las medidas de apoyo adoptadas con el alumno, en coherencia con lo dispuesto en el artículo 10.8 del Decreto 359/2009, corresponde al equipo docente, coordinado por el tutor del grupo y asesorado por los profesionales de la orientación.
36 Seguimiento y evaluación Coincidiendo con la sesión de evaluación establecida para el grupo de referencia se dedicará un tiempo a la valoración cualitativa del progreso del aprendizaje del alumno partícipe del programa según su plan de trabajo individualizado contemplando el proceso de aprendizaje y socialización así como las medidas de apoyo aplicadas.
37 Seguimiento y evaluación Al final de cada período de evaluación se le proporcionará a la familia un documento de valoración cualitativa de los logros del alumno respecto a lo planteado en el plan de trabajo individualizado, contemplando las dificultades detectadas y las medidas que, en su caso, se propongan para la evaluación o curso siguiente. El documento devaloración cualitativa ti del progreso del alumno será elaborado por el tutor en colaboración con el profesorado de apoyo específico y contemplará el modo en que la familiar puede colaborar en beneficio del proceso educativo del menor.
38 Seguimiento y evaluación Analizadasadas todas las informaciones disponibles, el equipo directivo realizará el correspondiente informe de evaluación relativo a la aplicación y desarrollo del Plan de Atención a la Diversidad. El informe de evaluación, en el que se recogerán las propuestas de mejora, pasará a formar parte de la memoria anual del centro.
39 ACCESO A LA INFORMACIÓN ATENCIÓN A LA DIVERSIDAD EN LA WEB Áreas temáticas
40 ACCESO A LA INFORMACIÓN p
41 GRACIAS POR VUESTRA ATENCIÓN Servicio de Atención a la Diversidad Mariano López Oliver mariano.lopez5@carm.es - Tlfº: Asesor Técnico Docente Compensación Educativa: Educación Infantil y Primaria Educación Secundaria Centros Privados Concertados Atención educativa alumnado enfermo (SAED). Absentismo y abandono escolar. CADI (Centro de Animación y Documentación Intercultural).
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