Derecho de acceso a la información pública Organización y funcionamiento

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1 Derecho de acceso a la información pública Organización y funcionamiento Carlos Garrido Falla Consejero Técnico Subdirección General de Reclamaciones Consejo de Transparencia y Buen Gobierno

2 : Ámbito de aplicación Todas las administraciones Públicas (AGE, CCAA, EE.LL, Ceuta y Melilla) OOAA (INAP, INE, MUFACE), Agencias (AENA, BOE), E.P.E. (Red.es, Correos, Trabajo Penitenciario.) Entidades Gestoras y Servicios Comunes de la SS (TGSS, ISM, INSS e IMSERSO) Entidades de derecho público con carácter regulador (AEPD, CNMV o CNMC) (Incluidas Universidades Públicas) Órganos constitucionales (CGPJ, Tribunal Constitucional, Defensor del Pueblo y Consejo de Estado) Corporaciones de Derecho Público (Colegios Oficiales) en lo relativo a sus actividades sujetas a Derecho Administrativo Sociedades mercantiles (+ 50% capital publico) Fundaciones públicas (Fundación Biodiversidad, Fundación AENA, Fundación AEVAL, Teatro Real). Administraciones Públicas? NO. Solamente las 4 primeras Se incluyen tb. Personas físicas o jurídicas en la medida en que presten servicios públicos o ejerzan potestades administrativas (por ejemplo, las Federaciones deportivas).

3 Ampliación del ámbito de aplicación Partidos políticos Organizaciones sindicales y Organizaciones empresariales. Entidades privadas que perciban durante el período de un año ayudas o subvenciones públicas en una cuantía superior a euros o cuando al menos el 40 % del total de sus ingresos anuales tengan carácter de ayuda o subvención pública, siempre que alcancen como mínimo la cantidad de euros. Solamente publicidad activa

4 Transparencia: Principios generales: Transparencia como regla general. Publicidad Activa (Publicación en web/sedes electrónicas): publicación de forma clara, ordenada y estructurada. Derecho a saber y derecho a comprender Aplicación límites derecho de acceso.

5 Portal de la Transparencia Centralización de la información. Ministerio de la Presidencia, no CTBG. Si una información se pide con mucha frecuencia en ejercicio del derecho de acceso, se incluirá en el Portal Objetivo: favorecer a los ciudadanos el derecho de acceso a la información publica.

6 Portal de la Transparencia

7 Portal de la Transparencia

8 Portal de la Transparencia

9 Portal de la Transparencia

10 Portal de la Transparencia

11 Portal de la Transparencia Datos sobre la temática de las preguntas.

12 Portal de la Transparencia

13 Derecho de acceso Por qué es un derecho? Quién puede presentar una solicitud? Qué se puede pedir? A quién se dirige la solicitud?

14 Derecho de acceso Qué requisitos formales debe tener? Identificación: solicitante e información. Comunicación (postal o electrónica, a través del Portal o de ) Modo de acceso: Formato Reutilizable, PDF, Excel. Motivación? NO

15 Derecho de acceso Qué actividades de trámite pueden realizarse? Deficiencias: remitirla al competente o subsanar la solicitud en 10 días Terceros interesados Remisión al autor de la información para que decida, si puede resultar perjudicado Acceso parcial

16 Derecho de acceso Límites: (Art. 14 LTAIBG) Tasados: por qué son necesarios? Perjuicio razonablemente previsible, no hipotético. no mera relación/afectación Aplicación justificada y proporcionada: en atención al daño y al interés en el acceso. Favorece la comprensión y la participación en la adopción de decisiones Rendición de cuentas y transparencia. Comprensión por los ciudadanos de las decisiones que les afectan

17 Derecho de acceso Límites: articulo 14 LTAIBG Seguridad nacional, defensa, relaciones exteriores, seguridad pública, Prevención y sanción de ilícitos (penales, admtivos. y disciplinarios). La igualdad de las partes en los procesos judiciales y la tutela judicial efectiva. Las funciones administrativas de vigilancia, inspección y control. Los intereses económicos y comerciales. La política económica y monetaria. El secreto profesional y la propiedad intelectual e industrial. La garantía de la confidencialidad o el secreto requerido en procesos de toma de decisión. La protección del medio ambiente.

18 Derecho de acceso Se puede inadmitir una solicitud? (Art. 18 LTAIBG) En curso de elaboración o publicación Reelaboración Información auxiliar/apoyo: notas, borradores, comunicaciones internas.. No está la información en poder de la Admón.. Abuso/repetición

19 Derecho de acceso Se debe contestar una solicitud? Sí. Siempre, en el plazo de un mes Se puede prorrogar 1 mes mas si el volumen de la petición lo aconseja, informando al solicitante. Silencio negativo

20 Protección de datos personales Muy relevante: acceso a la información vs. Derecho fundamental a la protección de datos. Ámbito aplicación LOPD. Equilibrio entre datos de interés público por estar relacionados con la actividad pública desarrollada: cargo, funciones.. Y necesaria protección de los datos especialmente protegidos: Afiliación sindical, política, religión: consentimiento salvo manifestación pública. Resto (vida sexual, salud, origen racial) y sanciones sin amonestación pública. Consentimiento o ley. Si no especialmente protegidos: ponderación entre derecho protección datos e interés público en la divulgación Especial atención a la disociación de los datos

21 ACCESO A LA INFORMACIÓN PUBLICA Y PROTECCIÓN DE DATOS CRITERIOS DEL CTBG: 1.- Información referida a las RPT, catálogos, plantillas orgánicas, etc de los Órganos, Organismos públicos y Entidades del Sector público estatal. 21 En principio y con carácter general, la información referida a la RPT, catálogo o plantilla orgánica, con o sin identificación de los empleados o funcionarios públicos ocupantes de los puestos, se consideran datos meramente identificativos relacionados con la organización, funcionamiento o actividad pública del órgano, de modo que se concederá el acceso a la información.

22 ACCESO A LA INFORMACIÓN PUBLICA Y PROTECCIÓN DE DATOS CRITERIOS DEL CTBG: -Información referida a las RPT, catálogos, plantillas orgánicas, etc 22 La información no se facilitará cuando el acceso afecte a uno o varios empleados o funcionarios públicos que se encuentren en una situación de protección especial p. ej. la de víctima de violencia de género o la de sujeto a una amenaza terrorista-, que pueda resultar agravada por la divulgación de la información relativa al puesto de trabajo que ocupan. En este último caso, el Órgano, Organismo o Entidad responsable deberá recabar del o de los afectados la información necesaria para dilucidar si efectivamente se da el supuesto y proceder en consecuencia con la respuesta.

23 ACCESO A LA INFORMACIÓN PUBLICA Y PROTECCIÓN DE DATOS CRITERIOS DEL CTBG: 2.- Información referida al puesto de trabajo desempeñado por uno o varios empleados o funcionarios públicos o a las retribuciones asignadas a uno o varios puestos de trabajo determinados. Cuando el empleado público ocupe un puesto de especial confianza, un puesto de alto nivel en la jerarquía del Órgano, Organismo o Entidad o un puesto que se provea mediante un procedimiento basado en la discrecionalidad, ha de entenderse que prima el interés público sobre los derechos a la intimidad o la protección de datos de carácter personal. 23

24 ACCESO A LA INFORMACIÓN PUBLICA Y PROTECCIÓN DE DATOS CRITERIOS DEL CTBG: 2.- Información referida al puesto de trabajo desempeñado o a las retribuciones asignadas En este sentido, puede decirse que el Órgano, Organismo o Entidad responsable estaría obligado a facilitar la información sobre las retribuciones correspondientes al: Personal eventual de asesoramiento y especial confianza. Personal directivo y Personal no directivo de libre designación. (Continua..) 24

25 ACCESO A LA INFORMACIÓN PUBLICA Y PROTECCIÓN DE DATOS 2.-Información referida al puesto de trabajo desempeñado o a las retribuciones asignadas Personal eventual de asesoramiento y especial confianza Asesores en los Gabinetes de Ministros y Secretarios de Estado- aunque sean funcionarios de carrera en situación especial. Personal directivo, esto es: a) El personal expresamente identificado como tal en los Estatutos de las Agencias Estatales, los Organismos y los Entes públicos; b) Los Subdirectores Generales; c) Los Subdelegados del Gobierno en las provincias y c) Los cargos equivalentes en las fundaciones públicas y las sociedades mercantiles. Personal no directivo de libre designación. En este caso, la prevalencia del interés público sobre los derechos individuales es decreciente en función del nivel jerárquico del empleado o funcionario público, considerándose que en los puestos de nivel 29 y 28 éstos últimos siempre que sean de libre designación- o equivalente prevalece el interés público en la divulgación de la información sobre el interés individual en la preservación de la intimidad y los datos de carácter personal y que en los puestos de niveles inferiores prevalece el interés individual en la protección de los derechos fundamentales citados. 25

26 ACCESO A LA INFORMACIÓN PUBLICA Y PROTECCIÓN DE DATOS CASO PARTICULAR Personal no directivo que ocupa puestos de nivel 30 de libre designación Vocales Asesores, Asesores Técnicos o equivalentes-. En este caso, se entiende que prevalece el interés público sobre el individual cuando se trata de puestos de carácter ejecutivo o que tienen intervención directa en el proceso de toma de decisiones del Órgano, Organismo O Entidad de que se trate y que prevalece el interés individual cuando se trata de puestos de carácter estrictamente staff con funciones de asesoramiento técnico especializado. En todo caso, la información sobre las retribuciones se facilitará en cómputo anual y en términos íntegros, sin incluir deducciones ni desglose de conceptos retributivos. 26

27 ACCESO A LA INFORMACIÓN PUBLICA Y PROTECCIÓN DE DATOS 3.- información referente a las retribuciones vinculadas a la productividad o al rendimiento, con identificación o no de sus perceptores, e información relativa al complemento de productividad o incentivo al rendimiento percibido por uno o varios funcionarios o empleados públicos determinados. No puede conocerse a priori, pues, por esencia, depende de la productividad o rendimiento desarrollado por éstos y éste es un dato que solo puede determinarse a posteriori, una vez verificados dicho rendimiento o productividad. De este modo, la información, aún en el caso de que no incorpore la identificación de los perceptores, puede facilitarse únicamente por períodos vencidos. 27

28 ACCESO A LA INFORMACIÓN PUBLICA Y PROTECCIÓN DE DATOS 3.- Información referente a las retribuciones vinculadas a la productividad o al rendimiento. Cuando la información solicitada no incluya la identificación de los perceptores, con carácter general debe facilitarse la cuantía global correspondiente al Órgano, Centro u Organismo de que se trate. Cuando incluya la identificación de todos o alguno de sus perceptores, debe realizarse la ponderación de intereses y derechos prevista en el artículo 15.3 de la LTAIBG 28

29 ACCESO A LA INFORMACIÓN PUBLICA Y PROTECCIÓN DE DATOS 3.- Información referente a las retribuciones vinculadas a la productividad o al rendimiento. Esta ponderación de intereses y derechos prevista en el artículo 15.3 de la LTAIBG exige tener en cuenta: Los plazos, en los casos establecidos en la Ley de Patrimonio Histórico Español (50 años desde el fallecimiento o 25 desde la fecha del documento). La condición de investigador El menor perjuicio del interesado si tiene datos meramente identificativos. Que la información no afecte a la seguridad del interesado o Si este es menor de edad. 29

30 ACCESO A LA INFORMACIÓN PUBLICA Y PROTECCIÓN DE DATOS 3.- Información referente a las retribuciones vinculadas a la productividad o al rendimiento. Finalmente, hay que tener en cuenta que no se aplica el articulo 15 de la LTAIBG si el acceso se efectúa previo procedimiento de disociación de los datos personales, de modo que se impida identificar a los titulares de la información. 30

31 ACCESO A LA INFORMACIÓN PUBLICA Y PROTECCIÓN DE DATOS CASO CONCRETO: Publicación del DNI para la identificación del adjudicatario de un contrato o de los firmantes de un convenio. Los Organismos y Entidades incluidas en el ámbito de aplicación de la Ley deben publicar la identidad de los adjudicatarios de los contratos y los convenios que suscriban, con mención a las partes firmantes. Tanto el número de DNI como la firma manuscrita tienen la consideración de dato de carácter personal y, por lo tanto, sería de aplicación lo dispuesto en el artículo 15 de la Ley 19/2013, de 9 de diciembre. El objetivo de transparencia perseguido por la Ley se cumple con la identificación del adjudicatario de un contrato o de los firmantes de un convenio, no contribuyendo a este objetivo la publicación del número de DNI o la firma manuscrita cuando esta no se corresponda a un cargo público en ejercicio de las competencias que tiene conferidas. 31

32 Qué plazo hay para responder? 1 mes + 1 mes más Y si no se cumple el plazo? Reclamación CTBG Cómo se proporciona la información? Acceso total: Regla general Acceso parcial: salvo información distorsionada o sin sentido En caso de oposición de tercero: ponderar acceso. La oposición no obliga a inadmitir. Coste? No. Salvo copias o fotocopias o volcado de información en soportes o formatos diferentes. Precio publico

33 Tramitación: Unidades de información de Transparencia de la AGE Recabar y difundir la información Capítulo Transparencia Recibir y dar tramitación a las solicitudes de acceso a la información. Realizar los trámites internos necesarios para dar acceso a la información solicitada. Realizar el seguimiento y control de la correcta tramitación de las solicitudes de acceso a la información Llevar un registro de las solicitudes de acceso a la información. Asegurar la disponibilidad en la respectiva página web o sede electrónica de la información cuyo acceso se solicita con más frecuencia. Mantener actualizado un mapa de contenidos en el que queden identificados los distintos tipos de información que obre en poder del órgano. Facilitar las relaciones de los Organismos administrativos con el CTBG.

34 Tramitación Otros: Identificación del órgano competente para conocer de las solicitudes de acceso. Qué debe tenerse en cuenta a la hora de resolver? Si se tiene o no la información Los limites Las causas de inadmisión La forma de dar el acceso

35 Régimen de impugnaciones Reclamación ante el Consejo de Transparencia y Buen Gobierno (potestativa) Recurso de Reposición? NO Recurso Contencioso-Administrativo Sanciones? Incumplimiento reiterado: infracción grave: Publicación del incumplimiento en el BOE o La no percepción de indemnización si le corresponde por su cese

36 Reclamación Consejo de la Transparencia y Buen Gobierno - Sustituye Recursos administrativos - Interposición en plazo de un mes - Plazo para resolver y notificar: 3 meses - Publicación resoluciones anonimizadas en Web/Sede - Colaboración con el Defensor del Pueblo

37 Consejo de la Transparencia y Buen Gobierno - Recibir reclamaciones y consultas sobre la LTAIBG - Tramitar el inicio del procedimiento de Reclamación - Dictar resoluciones sobre esas reclamaciones. - Instar a las AAPP al cumplimiento de las mismas. - Convenios colaboración CC.AA y EE.LL

38 La Sociedad Civil: Transparencia Internacional Transparencia Internacional (TI) es la única organización no gubernamental a escala universal dedicada a combatir la corrupción, congregando a la sociedad civil, sector privado y los gobiernos en una amplia coalición global.

39 La Sociedad Civil: Transparencia Internacional España Transparencia Internacional España asume que la transparencia es un importante objetivo de la sociedad actual y que está inherentemente unida al derecho a saber de los ciudadanos, que exigen de forma creciente estar suficientemente informados y tener un mayor grado de participación en las decisiones que les afectan.

40 La Sociedad Civil: Transparencia Internacional España De acuerdo con los anteriores objetivos, TI-España ha venido elaborando y publicando en estos últimos años varios Índices de Transparencia: a) El Índice de Transparencia de los Ayuntamientos (8.122); b) El Índice de Transparencia de las Comunidades Autónomas (17); c) El Índice de Transparencia de la Gestión del Agua; d) El Índice de Transparencia de las Diputaciones (45); e) El Índice de Transparencia de los Parlamentos (19) y f) El índice de Transparencia de los Clubes de futbol (41).

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44 La Sociedad civil: La Web Municipal, La Web de los Ayuntamientos Pretende ser un punto de encuentro entre todos los actores del ámbito local: alcaldes, concejales, funcionarios, trabajadores municipales, vecinos, entidades ciudadanas, proveedores, consultores, formadores, profesionales. Promueve los intercambios de experiencias entre Ayuntamientos y la participación de todos sus actores.

45 La Sociedad civil: La Web Municipal, La Web de los Ayuntamientos Incluye en su Web la relación de los 467 Alcaldes absueltos, imputados y condenados en España. Buenas practicas: Esta es una sección realmente ambiciosa y puede llegar a ser inmensamente útil. Resaltamos las buenas prácticas de los Ayuntamientos. También hemos buscado en la red aquellos documentos que pueden ser de interés para el mundo local.

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47 Blog Hay derecho? En una sociedad democrática las leyes no cuentan con más ayuda real que la nuestra, la de los ciudadanos. Ayudar a las leyes pasa por obligar a nuestros dirigentes democráticamente elegidos a tomar conciencia de su responsabilidad, denunciado sus excesos y sus carencias. Este blog, creado por un grupo de profesionales preocupados por la defensa de nuestro actual Estado de Derecho, pretende contribuir modestamente a dicho objetivo, criticando las normas y difundiendo los hechos que lo amenacen. Pero la clave de todo está en ti, querido lector, en tu deseo de ser informado y en tus ganas de participar activamente. Si te desentiendes, entonces cualquier prodigio será posible, incluso, como muestra gráficamente nuestro logo, que la pluma pese más que plomo y que ese día los intereses que se pesen sean los tuyos. El blog Hay Derecho? está abierto a publicar los posts remitidos por nuestros lectores

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49 En conclusión: Pro acceso, salvo limites o causas razonables Derecho a saber y a entender. Falta desarrollo reglamentario. Cambios organizativos y nuevas actitudes. No a la visión patrimonialista de la información.

50 Muchas gracias

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