Observaciones al procedimiento de reparto de fondos en la Norma de Carácter General N. 8. Procedimiento Concursal de Renegociación

Tamaño: px
Comenzar la demostración a partir de la página:

Download "Observaciones al procedimiento de reparto de fondos en la Norma de Carácter General N. 8. Procedimiento Concursal de Renegociación"

Transcripción

1 Observaciones al procedimiento de reparto de fondos en la Norma de Carácter General N. 8 Procedimiento Concursal de Renegociación 1. Cuadro Comparativo: PRIMERA VERSIÓN SEGUNDA VERSIÓN OBSERVACIONES PROPUESTA Artículo 18. Objeciones o incidencias a la gestión del Liquidador. Una vez presentada la propuesta de reparto de fondos, y de conformidad a lo establecido en el referido artículo 267 de la Ley, los acreedores podrán presentar objeciones o incidencias en relación a la gestión del Liquidador en el referido reparto, interponiendo dicha objeción o incidencia ante esta Superintendencia, la que resolverá administrativamente, siguiendo el siguiente procedimiento: Artículo 18. Objeciones o incidencias a la gestión del Liquidador. Una vez notificado el reparto de fondos a los acreedores que formen parte del Acuerdo de Ejecución, y de conformidad a lo establecido en el referido artículo 267 de la Ley, los acreedores podrán presentar objeciones o incidencias en relación a la gestión del Liquidador en el referido reparto, interponiendo dicha objeción o incidencia ante esta Superintendencia, la que resolverá administrativamente, siguiendo el siguiente procedimiento: El artículo 248 de la Ley establece un procedimiento que contempla una propuesta de reparto de fondos presentada por el Liquidador, que luego del periodo de objeción, se consolida en un reparto propiamente tal, el que debe ser ordenado por el tribunal. Al respecto este artículo remite a las reglas de reparto de fondos del procedimiento de liquidación. Se modifica este enunciado, debido a que se repite su contenido en el numeral 1 del presente artículo. Artículo 18. Objeciones o incidencias a la gestión del Liquidador. Una vez realizados los bienes de conformidad a lo acordado, el Liquidador deberá proceder al reparto de fondos, en virtud de las normas que a continuación se disponen: 1

2 1 El Liquidador debe presentar la propuesta de reparto a la Superintendencia, la que notificará mediante correo electrónico a cada uno de los acreedores a quienes afecte el Acuerdo de Ejecución, adjuntando copia del reparto presentado. A partir de la notificación los acreedores tendrán tres días para objetar o incidentar las gestiones realizadas por el Liquidador dentro del Procedimiento para el cual fue designado, de acuerdo a lo establecido en el artículo 248 N. 3 de la Ley N El Liquidador notificará el reparto de fondos tanto a la Superintendencia como a los acreedores que formen parte del Acuerdo de Ejecución, de acuerdo a los correos electrónicos consignados en el acta de ejecución levantada en la referida audiencia o a los antecedentes que obren en el expediente. A partir de la referida notificación, los acreedores tendrán tres días para objetar o incidentar las gestiones realizadas por el Liquidador dentro del Procedimiento para el cual fue designado, de acuerdo a lo establecido en el artículo 248 N. 3 de la Ley N El Procedimiento Concursal de Liquidación establece un procedimiento de repartos que contempla, en primer lugar, la presentación de una propuesta de reparto por el Liquidador y en segundo lugar, un plazo de 3 días para su objeción (limitada sólo a acreedores que representen 20% del pasivo con derecho a voto). En este caso, como la decisión de la Superintendencia no es apelable, no aplica el inciso segundo del artículo 248 número 3), por eso sólo se hace referencia a su inciso primero. No se indicaba a quien, ni cómo debían enviarse las objeciones. Respecto a la limitación del 20%, cabe hacer presente que este artículo fue discutido en la Historia de la Ley precisamente por su carácter parcial. Hay que revisar si esta discriminación no 1 El Liquidador presentará a la Superintendencia, a la Persona Deudora y a los acreedores a quienes afecte el Acuerdo de Ejecución, la propuesta de reparto, la que contendrá todos los antecedentes documentarios que den cuenta de las enajenaciones efectuadas, la resolución que contiene el acta de la Audiencia de Ejecución y la forma de cálculo del reparto. Dicha propuesta se notificará a la Superintendencia, a la Persona Deudora y a los acreedores mediante una sola comunicación dirigida a los correos electrónicos consignados en el acta levantada en la Audiencia de Ejecución, a falta de éste, mediante carta certificada enviada al domicilio del acreedor, su representante legal o mandatario, en cuyo caso el plazo se computará desde los tres días siguientes al envío de la referida carta, debiendo acompañarse a esta 2

3 atenta con lo dispuesto en la Ley N Se discute la aplicación de la limitación del 20% de los acreedores con derecho a voto, ya que la remisión podría perjudicar a los acreedores que no representen dicho porcentaje, tomando en consideración la participación de algunos acreedores dentro del procedimiento. Superintendencia copia del comprobante de envío. A partir de dicha notificación, los acreedores tendrán un plazo de tres días para objetar o incidentar las gestiones realizadas por el Liquidador ante esta Superintendencia, mediante presentación ingresada en la Oficina de Partes de este Servicio o dirigida al correo ofpartes@superir.gob.cl. 2 En caso de vencer el plazo para objetar o incidentar, sin que éstas se hayan deducido, la Superintendencia certificará dicha situación procediendo de conformidad al número 5 siguiente. Dicho plazo será contabilizado desde la fecha en que se hubiera notificado por la Superintendencia el reparto correspondiente. Este caso es el mismo propuesto en el artículo 248 número 7), que establece que no habiéndose deducido objeciones, el Tribunal ordenará el reparto de fondos. Consideramos que esta disposición está comprendida en el numeral 5 del presente. 3

4 3 Deducidas las objeciones o presentados los incidentes, la Superintendencia dará traslado al liquidador por un plazo de tres días. 2 Deducidas las objeciones o presentados los incidentes, la Superintendencia dará traslado al Liquidador por un plazo no inferior a tres días. El artículo 248 número 4), establece que el tribunal dará traslado al Liquidador, el que deberá ser evacuado dentro de tercero día 2 Deducidas las objeciones o presentados los incidentes, la Superintendencia dará traslado al Liquidador designado por un plazo de tres días. Consideramos que es mejor señalar un plazo cierto, como se hace en el artículo mencionado, debido a que modificar el plazo para cada ocasión puede generar mayor número de incumplimientos. 4 Evacuado el traslado por el liquidador, habiendo vencido el plazo establecido para dicho efecto sin que lo éste lo hubiera evacuado o habiendo subsanado la observación realizada, la Superintendencia resolverá fundadamente dentro del plazo de 20 días, de acuerdo a lo establecido en el artículo 24 de la Ley N Conforme a lo dispuesto en el artículo 267 de la Ley N , contra dicha 3 Evacuado el traslado por el Liquidador, habiendo vencido el plazo establecido para dicho efecto sin que lo éste lo hubiera evacuado o habiendo subsanado la observación realizada, la Superintendencia resolverá fundadamente, de acuerdo a lo establecido en la Ley N Conforme a lo dispuesto en el artículo 267 de la Ley N , contra dicha El artículo 248 número 5), establece una disposición similar, sin embargo, no le otorga facultad de subsanar al Liquidador. Consideramos que debe eliminarse dicha referencia, debido a que es una facultad que se establece de forma muy amplia, y al ser previa a la decisión de la Superintendencia sobre las objeciones, puede resultar arbitraria. 3 Evacuado el traslado por el Liquidador o vencido el plazo establecido para dicho efecto sin que éste lo hubiera evacuado, la Superintendencia resolverá fundadamente, de acuerdo a lo establecido en la Ley N Conforme a lo dispuesto en el artículo 267 de la Ley N , contra dicha resolución no procederá recurso alguno. 4

5 resolución no procederá recurso alguno. resolución no procederá recurso alguno. 5 Vencido el plazo para deducir incidentes o resueltos éstos, la Superintendencia notificará por correo electrónico al Liquidador para que proceda al reparto de fondos o, en su defecto, a cumplir lo dispuesto en la resolución correspondiente. 5 Vencido el plazo para deducir incidentes o resueltos éstos, la Superintendencia certificará dicha circunstancia y ordenará al Liquidador a proceder al pago. Nuevamente se reitera el efecto del artículo 248 número 8), que establece que el tribunal ordenará la distribución del reparto al Liquidador. En la segunda versión, no se hace referencia al caso en que deba modificarse el reparto en virtud de lo resuelto por la Superintendencia. 5 En caso que no se hubiesen deducido objeciones o incidencias a la propuesta de reparto, la Superintendencia comunicará este hecho al Liquidador designado para que proceda a su pago. 6 Realizado el reparto de fondos el Liquidador deberá presentar ante esta Superintendencia su Cuenta Final de Administración, la que se fiscalizará por el Subdepartamento de Renegociación de la Persona Deudora. Dentro del Capítulo de las disposiciones generales de la Ley se regula respecto de las disposiciones comunes de todo Liquidador y Veedor la presentación de cuenta final y cuentas provisorias. Motivo por el cual se podría exigir a los Liquidadores que intervengan en un procedimiento de ejecución la presentación de 5

6 cuenta de acuerdo a las disposiciones generales. Sin embargo, la forma de presentación debe ser interpretada y armonizada con la naturaleza del procedimiento de renegociación. En la práctica se está solicitando al momento de solicitar el pago de las 30 UF comprobante de los repartos y antecedentes que fundamenten su gestión. 2. Propuesta: Artículo 18. Objeciones o incidencias a la gestión del Liquidador. Una vez realizados los bienes de conformidad a lo acordado, el Liquidador deberá proceder al reparto de fondos, en virtud de las normas que a continuación se disponen: 1 El Liquidador presentará a la Superintendencia, a la Persona Deudora y a los acreedores a quienes afecte el Acuerdo de Ejecución, la propuesta de reparto, la que contendrá todos los antecedentes documentarios que den cuenta de las enajenaciones efectuadas, la resolución que contiene el acta de la Audiencia de Ejecución y la forma de cálculo del reparto. Dicha propuesta se notificará a la Superintendencia, a la Persona Deudora y a los acreedores mediante una sola comunicación dirigida a los correos electrónicos consignados en el acta levantada en la Audiencia de Ejecución, a falta de éste, mediante carta certificada enviada al domicilio del acreedor, su representante legal o mandatario, en cuyo caso el plazo se computará desde los tres días siguientes al envío de la referida carta, debiendo acompañarse a esta Superintendencia copia del comprobante de envío. A partir de dicha notificación, los acreedores tendrán un plazo de tres días para objetar o incidentar las gestiones realizadas por el Liquidador ante esta Superintendencia, mediante presentación ingresada en la Oficina de Partes de este Servicio o dirigida al correo ofpartes@superir.gob.cl. 2 Deducidas las objeciones o presentados los incidentes, la Superintendencia dará traslado al liquidador por un plazo de tres días. 6

7 3 Evacuado el traslado por el Liquidador o vencido el plazo establecido para dicho efecto sin que éste lo hubiera evacuado, la Superintendencia resolverá fundadamente, de acuerdo a lo establecido en la Ley N Conforme a lo dispuesto en el artículo 267 de la Ley N , contra dicha resolución no procederá recurso alguno. 5 En caso que no se hubiesen deducido objeciones o incidencias a la propuesta del reparto, la Superintendencia comunicará este hecho al Liquidador designado para que proceda a su pago. 7

Resolución Nº CONSUCODE/PRE

Resolución Nº CONSUCODE/PRE Resolución Nº 114-2007-CONSUCODE/PRE Jesús María, 06 de marzo de 2007 VISTO: El Memorando Nº 196-2007-GRNP, de fecha 05 de marzo de 2007, emitido por la Gerencia del Registro Nacional de Proveedores; y

Más detalles

ANT.: NO HAY DE: SUPERINTENDENTE DE INSOLVENCIA Y REEMPRENDIMIENTO (TP)

ANT.: NO HAY DE: SUPERINTENDENTE DE INSOLVENCIA Y REEMPRENDIMIENTO (TP) OFICIO SIR N. 1076 ANT.: NO HAY MAT.: INFORMA E INSTRUYE REF.: OFICIO CIRCULAR DE PROCEDIMIENTO CONCURSAL DE LIQUIDACIÓN SANTIAGO, 16 MARZO 2016 DE: SUPERINTENDENTE DE INSOLVENCIA Y REEMPRENDIMIENTO (TP)

Más detalles

REQUISITOS QUE DEBEN CUMPLIR LAS ENTIDADES O PERSONAS PARA SER INCORPORADAS EN LA NOMINA ESTABLECIDA EN EL ANEXO DE LA

REQUISITOS QUE DEBEN CUMPLIR LAS ENTIDADES O PERSONAS PARA SER INCORPORADAS EN LA NOMINA ESTABLECIDA EN EL ANEXO DE LA REQUISITOS QUE DEBEN CUMPLIR LAS ENTIDADES O PERSONAS PARA SER INCORPORADAS EN LA NOMINA ESTABLECIDA EN EL ANEXO DE LA NORMA DE CARÁCTER GENERAL N 385 DE LA SUPERINTENDENCIA DE VALORES Y SEGUROS, DE FECHA

Más detalles

- Ley N , Ley del Régimen de Percepciones de l Impuesto General a las Ventas, publicado el , y normas modificatorias.

- Ley N , Ley del Régimen de Percepciones de l Impuesto General a las Ventas, publicado el , y normas modificatorias. INFORME N. 034-2013-SUNAT/4B0000 MATERIA: Se consulta si tratándose de solicitudes de devolución de saldos no aplicados de percepciones debe computarse el plazo de prescripción de forma independiente tomando

Más detalles

Que con posterioridad a la publicación de la Resolución de Superintendencia N /SUNAT, se aprobaron nuevos formularios;

Que con posterioridad a la publicación de la Resolución de Superintendencia N /SUNAT, se aprobaron nuevos formularios; Modifican la Resolución de Superintendencia N 132-2004/SUNAT que establece el procedimiento para la modificación y/o inclusión de datos consignados en los formularios RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA N 015-2008/SUNAT

Más detalles

MANUAL DE PROCEDIMIENTOS DEPARTAMENTO DE TRANSPARENCIA Y ACCESO A LA INFORMACIÓN

MANUAL DE PROCEDIMIENTOS DEPARTAMENTO DE TRANSPARENCIA Y ACCESO A LA INFORMACIÓN MANUAL DE PROCEDIMIENTOS DEPARTAMENTO DE TRANSPARENCIA Y ACCESO A LA INFORMACIÓN 1 Tuxtla Gutiérrez, Chiapas; Junio de 2015. ÍNDICE Introducción..2 1.-Trámite de desahogo de solicitudes de información

Más detalles

La Cuenta Corriente Tributaria (CCT)

La Cuenta Corriente Tributaria (CCT) Miembro de Nº 25 / Septiembre 2016 La Cuenta Corriente Tributaria (CCT) Durante el mes de octubre de 2016, existe la posibilidad de darse de alta en el sistema de Cuenta Corriente Tributaria (CCT). La

Más detalles

PROCEDIMIENTO Y SERVICIOS EN EL RNP VII PLAZOS PARA LA INSCRIPCIÓN DE LOS PROVEEDORES DE BIENES Y/O DE. Capítulo

PROCEDIMIENTO Y SERVICIOS EN EL RNP VII PLAZOS PARA LA INSCRIPCIÓN DE LOS PROVEEDORES DE BIENES Y/O DE. Capítulo Capítulo PROCEDIMIENTO Y PLAZOS PARA LA INSCRIPCIÓN DE LOS PROVEEDORES DE BIENES Y/O DE SERVICIOS EN EL RNP MANUAL DE LA NUEVA LEY DE CONTRATACIONES DEL ESTADO Manual de la Nueva Ley de Contrataciones

Más detalles

d) Otros aspectos que considere convenientes.

d) Otros aspectos que considere convenientes. Artículo 1 Artículo 2 Ámbito de aplicación La Corte de Arbitraje de la Cámara de Comercio, Industria y Navegación de Bilbao, de acuerdo con sus Estatutos, será competente para administrar los procedimientos

Más detalles

INFORME QUE FORMULA EL CONSEJO DE ADMINISTRACIÓN DE AENA, S.A

INFORME QUE FORMULA EL CONSEJO DE ADMINISTRACIÓN DE AENA, S.A INFORME QUE FORMULA EL CONSEJO DE ADMINISTRACIÓN DE AENA, S.A. EN RELACIÓN CON LA PROPUESTA DE MODIFICACIÓN DEL REGLAMENTO DE LA JUNTA GENERAL DE ACCIONISTAS 1. Introducción A lo largo del ejercicio 2015

Más detalles

Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones de( Estado

Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones de( Estado Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones de( Estado XesoCución W CONSUCODE/PRE Jesús María, 28 DIC 2096 VISTO: El Memorando N 975-2006-GRNP, de fecha 30 de noviembre de 2006, emitido. por la

Más detalles

Primero. Aplicaciones Informáticas para actuación administrativa automatizada.

Primero. Aplicaciones Informáticas para actuación administrativa automatizada. RESOLUCIÓN DE 24 DE NOVIEMBRE DE 2011, DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE LA AGENCIA ESTATAL DE ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIA POR LA QUE SE APRUEBAN NUEVAS APLICACIONES INFORMÁTICAS PARA LA ACTUACIÓN ADMINISTRATIVA

Más detalles

RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA Nº /SUNAT

RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA Nº /SUNAT MODIFICAN LA RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA Nº182-2008-SUNAT Y MODIFICATORIAS QUE IMPLEMENTÓ LA EMISIÓN ELECTRÓNICA DEL RECIBO POR HONORARIOS Y EL LLEVADO DEL LIBRO DE INGRESOS Y GASTOS DE MANERA ELECTRÓNICA,

Más detalles

Cuadro comparativo sobre las modificaciones en el sistema de concesión de patentes con la entrada en vigor de la nueva Ley de Propiedad Industrial

Cuadro comparativo sobre las modificaciones en el sistema de concesión de patentes con la entrada en vigor de la nueva Ley de Propiedad Industrial Cuadro comparativo sobre las modificaciones en el sistema de concesión de patentes con la entrada en vigor de la nueva Ley de Propiedad Industrial LEY 11/1986, DE 20 DE MARZO Recepción solicitud Plazo

Más detalles

CER-MX-PROD-04 Suspensión, Retiro y Cancelación

CER-MX-PROD-04 Suspensión, Retiro y Cancelación CER-MX-PROD-0 25 Jun 201 1 de 6 Elaboró: Coordinación de Calidad Deyanira Neri Revisó: Gerente Técnico Carlos Piña Aprobó: Gerente de Certificación Rodrigo Bustamante Registro de Cambios: Fecha de la Número

Más detalles

RESOLUCION MINISTERIAL Nº TR

RESOLUCION MINISTERIAL Nº TR Formularios para la presentación por los empleadores de información necesaria para valorizar las peticiones de los trabajadores y examinar la situación económica financiera de las empresas Lima, 31 de

Más detalles

A n t e c e d e n t e s

A n t e c e d e n t e s CG249/2005 Resolución del Consejo General del Instituto Federal Electoral, sobre la procedencia constitucional y legal de las modificaciones a los Estatutos de la Agrupación Política Nacional denominada

Más detalles

VISTO el Expediente Nº S02: /2010 del registro del MINISTERIO DEL INTERIOR, la Ley Nº y sus modificatorias, y

VISTO el Expediente Nº S02: /2010 del registro del MINISTERIO DEL INTERIOR, la Ley Nº y sus modificatorias, y PARTIDOS POLITICOS Decreto 937/2010 Reglaméntase la Ley Nº 23.298 que estableció el reconocimiento de los Partidos Políticos, constitución de las alianzas electorales y requisitos para la afiliación y

Más detalles

DECRETO POR EL QUE SE OTORGAN DIVERSOS BENEFICIOS FISCALES EN MATERIA DE LOS IMPUESTOS SOBRE LA RENTA Y EMPRESARIAL A TASA ÚNICA

DECRETO POR EL QUE SE OTORGAN DIVERSOS BENEFICIOS FISCALES EN MATERIA DE LOS IMPUESTOS SOBRE LA RENTA Y EMPRESARIAL A TASA ÚNICA DECRETO POR EL QUE SE OTORGAN DIVERSOS BENEFICIOS FISCALES EN MATERIA DE LOS IMPUESTOS SOBRE LA RENTA Y EMPRESARIAL A TASA ÚNICA El pasado 5 de noviembre se publicó en el Diario Oficial de la Federación

Más detalles

2. Si no se cumple con lo solicitado en la carta inductiva, se estaría cometiendo alguna infracción?

2. Si no se cumple con lo solicitado en la carta inductiva, se estaría cometiendo alguna infracción? INFORME N. 0154-2015-SUNAT/5D0000 MATERIA: Se formulan las siguientes consultas sobre las denominadas cartas inductivas que utiliza la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria

Más detalles

MODELO DE DECLARACIÓN JURADA PARA INICIO DEL PROCEDIMIENTO CONCURSAL DE RENEGOCIACIÓN

MODELO DE DECLARACIÓN JURADA PARA INICIO DEL PROCEDIMIENTO CONCURSAL DE RENEGOCIACIÓN Fecha Por medio del presente instrumento, yo cédula de identidad de nacionalidad de profesión u oficio declaro bajo juramento que: Autorizo expresamente a la Superintendencia de Insolvencia y Reemprendimiento

Más detalles

BASES QUE HAN DE REGIR EL CONCURSO DE IDEAS, CON INTERVENCIÓN DE JURADO, PARA LA SELECCIÓN DE UN LOGOTIPO DEL GOBIERNO DE ESPAÑA

BASES QUE HAN DE REGIR EL CONCURSO DE IDEAS, CON INTERVENCIÓN DE JURADO, PARA LA SELECCIÓN DE UN LOGOTIPO DEL GOBIERNO DE ESPAÑA BASES QUE HAN DE REGIR EL CONCURSO DE IDEAS, CON INTERVENCIÓN DE JURADO, PARA LA SELECCIÓN DE UN LOGOTIPO DEL GOBIERNO DE ESPAÑA 1. OBJETO Es objeto del presente concurso propiciar la concurrencia de ideas

Más detalles

ANEXO II (Artículo 9 ) TÍTULO I DE LOS COMPROBANTES. A los efectos de tramitar el comprobante Liquidación de

ANEXO II (Artículo 9 ) TÍTULO I DE LOS COMPROBANTES. A los efectos de tramitar el comprobante Liquidación de ANEXO II (Artículo 9 ) TÍTULO I DE LOS COMPROBANTES A los efectos de tramitar el comprobante Liquidación de Servicios Públicos deberán utilizarse los siguientes códigos: 17 Liquidación de Servicios Públicos

Más detalles

REGLAMENTO DE TARIFAS DEL CENTRO DE ARBITRAJE Y MEDIACIÓN UEES. Capítulo I Tarifas Arbitrales

REGLAMENTO DE TARIFAS DEL CENTRO DE ARBITRAJE Y MEDIACIÓN UEES. Capítulo I Tarifas Arbitrales REGLAMENTO DE TARIFAS DEL CENTRO DE ARBITRAJE Y MEDIACIÓN UEES Capítulo I Tarifas Arbitrales Artículo 1.- Las tarifas por el servicio de Arbitraje comprenden los gastos de administración del Centro y los

Más detalles

(mayo 10) Diario Oficial No de 18 de mayo de 2007 DIRECCIÓN DE IMPUESTOS Y ADUANAS NACIONALES

(mayo 10) Diario Oficial No de 18 de mayo de 2007 DIRECCIÓN DE IMPUESTOS Y ADUANAS NACIONALES CIRCULAR 61 DE 2007 (mayo 10) Diario Oficial No. 46.632 de 18 de mayo de 2007 DIRECCIÓN DE IMPUESTOS Y ADUANAS NACIONALES Para Directores, Secretarios, Jefes de Oficina, Subdirectores, Subsecretarios,

Más detalles

PROCEDIMIENTO PARA LA RECEPCIÒN, MANEJO Y DEVOLUCIÒN DE MUESTRAS

PROCEDIMIENTO PARA LA RECEPCIÒN, MANEJO Y DEVOLUCIÒN DE MUESTRAS Procedimiento: PROCEDIMIENTO PARA LA RECEPCIÒN, MANEJO Y DEVOLUCIÒN DE MUESTRAS OBJETIVOS 1- Crear y establecer un procedimiento adecuado, para un mejor control en la recepción, manejo y entrega de muestras

Más detalles

REGLAMENTO DE LOS ARTÍCULOS 121 Y 122 DE LA LEY FEDERAL DEL TRABAJO REGLAMENTO DE LOS ARTÍCULOS 121 Y 122 DE LA LEY FEDERAL DEL TRABAJO

REGLAMENTO DE LOS ARTÍCULOS 121 Y 122 DE LA LEY FEDERAL DEL TRABAJO REGLAMENTO DE LOS ARTÍCULOS 121 Y 122 DE LA LEY FEDERAL DEL TRABAJO TEXTO VIGENTE Nuevo Reglamento publicado en el Diario Oficial de la Federación el 5 de junio de 2014 Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Presidencia de la República.

Más detalles

El control de los tributos

El control de los tributos El control de los Ismael Jiménez Compaired Sumario 1. Consideraciones generales. Control y comprobación: generalidades y aspectos de organización 2. La comprobación en la función de gestión tributaria:

Más detalles

BANCO CENTRAL DE LA REPÚBLICA ARGENTINA

BANCO CENTRAL DE LA REPÚBLICA ARGENTINA 2007 - Año de la Seguridad Vial BANCO CENTRAL DE LA REPÚBLICA ARGENTINA A LAS ENTIDADES FINANCIERAS: COMUNICACIÓN B 9063 Ref.: "Gestión crediticia". Actualización. Nos dirigimos a Uds. para informarles

Más detalles

PROGRAMA PARA LA CONDONACIÓN DE CRÉDITOS FISCALES PARA EL EJERICIO 2013

PROGRAMA PARA LA CONDONACIÓN DE CRÉDITOS FISCALES PARA EL EJERICIO 2013 PROGRAMA PARA LA CONDONACIÓN DE CRÉDITOS FISCALES PARA EL EJERICIO 2013 Estimados clientes y amigos: El 18 de Febrero de 2013, el Servicio de Administración Tributaria dio a conocer los lineamientos para

Más detalles

UNIVERSIDAD DE LOS ANDES FACULTAD DE CIENCIAS ECONOMICAS Y SOCIALES DECANATO REGLAMENTO PARA SOLICITAR LA REINCORPORACION POR CAUSAS NO IMPUTABLES

UNIVERSIDAD DE LOS ANDES FACULTAD DE CIENCIAS ECONOMICAS Y SOCIALES DECANATO REGLAMENTO PARA SOLICITAR LA REINCORPORACION POR CAUSAS NO IMPUTABLES UNIVERSIDAD DE LOS ANDES FACULTAD DE CIENCIAS ECONOMICAS Y SOCIALES DECANATO REGLAMENTO PARA SOLICITAR LA REINCORPORACION POR CAUSAS NO IMPUTABLES TITULO I DISPOSICIONES FUNDAMENTALES Artículo 1. El presente

Más detalles

MR Consultores. Jornadas de Capacitación y Actualización Tributaria.

MR Consultores. Jornadas de Capacitación y Actualización Tributaria. MR Consultores Jornadas de Capacitación y Actualización Tributaria FACTURA ELECTRÓNICA Resolución General (AFIP) 2904 (BO. 9/09/2010) Expositor: Dr. Marcelo D. Rodríguez Buenos Aires, Septiembre de 2010

Más detalles

DECRETO 2011 DE (Septiembre 28)

DECRETO 2011 DE (Septiembre 28) DECRETO 2011 DE 2012 (Septiembre 28) Por el cual se determina y reglamenta la entrada en operación de la Administradora Colombiana de Pensiones Colpensiones, y se dictan otras disposiciones. EL PRESIDENTE

Más detalles

CIRCULAR No Estimados Clientes y Amigos:

CIRCULAR No Estimados Clientes y Amigos: CIRCULAR No. 138 INFORMACIÓN Y DOCUMENTOS QUE ESTÁN OBLIGADAS A REMITIR ANUALMENTE A LA SUPERINTENDENCIA DE COMPAÑÍAS, LAS SOCIEDADES SUJETAS A SU CONTROL Y VIGILANCIA. Estimados Clientes y Amigos: Ponemos

Más detalles

Unidad de Mediación Ministerio de Justicia INFORME. Necesidad de certificado de mediación frustrada para demanda reconvencional.

Unidad de Mediación Ministerio de Justicia INFORME. Necesidad de certificado de mediación frustrada para demanda reconvencional. INFORME Necesidad de certificado de mediación frustrada para demanda reconvencional. RESUMEN Es deber del velar por la calidad de la prestación del servicio de mediación familiar por parte de los centros

Más detalles

Aspectos a tener en cuenta en las Rentas de Cuarta Categoría

Aspectos a tener en cuenta en las Rentas de Cuarta Categoría Aspectos a tener en cuenta en las Rentas de Cuarta Categoría 1.- Qué tipos de Rentas califican como Rentas de Cuarta Categoría? De lo normado por el Texto Único Ordenado de la Ley del Impuesto a la Renta

Más detalles

RESOLUCIÓN No. JB-2011-1991

RESOLUCIÓN No. JB-2011-1991 RESOLUCIÓN No. JB-2011-1991 LA JUNTA BANCARIA CONSIDERANDO: QUE mediante resolución No. JB-2009-1427 de 21 de septiembre del 2009, en el Libro I "Normas generales para la aplicación de la Ley General de

Más detalles

PROCEDIMIENTO MINIMA CUANTIA

PROCEDIMIENTO MINIMA CUANTIA PROCESO PÁGINA 1 DE 8 COORDINADOR (A) GRUPO GESTION 1. OBJETIVO Adquirir bienes y/o servicios que requiere la Unidad para el cumplimiento de las metas y objetivos cuyo valor no exceda del 10% de la menor

Más detalles

DE BANCOS E INSTITUCIONES FINANCIERAS DE VALORES Y SEGUROS. XX de XXXXX de 2016

DE BANCOS E INSTITUCIONES FINANCIERAS DE VALORES Y SEGUROS. XX de XXXXX de 2016 SUPERINTENDENCIA DE BANCOS E INSTITUCIONES FINANCIERAS Circular N XXXXX SUPERINTENDENCIA DE VALORES Y SEGUROS NCG N XXXXXX XX de XXXXX de 2016 VISTOS: Lo dispuesto en los artículos 28, 29 y 38 de la Ley

Más detalles

BASES Y CONVOCATORIA DE AYUDAS PARA LA ADQUISICIÓN DE LIBROS DE TEXTO Y MATERIAL DIDÁCTICO PARA EL CURSO ESCOLAR

BASES Y CONVOCATORIA DE AYUDAS PARA LA ADQUISICIÓN DE LIBROS DE TEXTO Y MATERIAL DIDÁCTICO PARA EL CURSO ESCOLAR Ayuntamiento de Casillas (ÁVILA) Plaza España, 1 Telef.: 91 866 71 15 Fax: 91 866 70 73 05428 Casillas (Ávila) ayuntamiento@casillas.es BASES Y CONVOCATORIA DE AYUDAS PARA LA ADQUISICIÓN DE LIBROS DE TEXTO

Más detalles

CONVOCATORIA CONCURSO NARRATIVA EL MEDIO AMBIENTE CUENTA

CONVOCATORIA CONCURSO NARRATIVA EL MEDIO AMBIENTE CUENTA CONVOCATORIA CONCURSO NARRATIVA EL MEDIO AMBIENTE CUENTA Dentro de las actuaciones destinadas al desarrollo de las competencias de la Dirección General de Medio Ambiente, se considera importante la promoción

Más detalles

1.2. En el Concurso Necesario de Acreedores se devengará:

1.2. En el Concurso Necesario de Acreedores se devengará: PROCEDIMIENTOS CONCURSALES 1. Honorarios correspondientes al Letrado del deudor. 1.1. Concurso Voluntario. En el Concurso Voluntario de Acreedores el Letrado del deudor devengará los honorarios que resulten

Más detalles

SANTIAGO, 22 FE8 2011

SANTIAGO, 22 FE8 2011 REF: REGULA PROCEDIMIENTO DE RENUNCIA DE ASESOR ECONÓMICO DE INSOLVENCIA. RESOLUCIÓN EXENTA N SANTIAGO, 22 FE8 2011 VISTOS: Lo dispuesto en la Ley N 18.175 Orgánica de la Superintendencia de Quiebras;

Más detalles

INSTITUTO MEXICANO DEL SEGURO SOCIAL INFORMACIÓN SOBRE REMATES DE BIENES EMBARGADOS

INSTITUTO MEXICANO DEL SEGURO SOCIAL INFORMACIÓN SOBRE REMATES DE BIENES EMBARGADOS INSTITUTO MEXICANO DEL SEGURO SOCIAL INFORMACIÓN SOBRE REMATES DE BIENES EMBARGADOS Información General El Instituto Mexicano del Seguro Social tiene el carácter de organismo fiscal autónomo y cuenta con

Más detalles

La Mesa de Contratación es un órgano colegiado que asiste al Gerente en su condición de Órgano de Contratación.

La Mesa de Contratación es un órgano colegiado que asiste al Gerente en su condición de Órgano de Contratación. LA MESA DE CONTRATACIÓN DE LA UAH Qué es? La Mesa de Contratación es un órgano colegiado que asiste al Gerente en su condición de Órgano de Contratación. Quién la compone? Un Presidente Titular, siete

Más detalles

LexNET. Qué es? Normativa básica Aspectos procesales relevantes

LexNET. Qué es? Normativa básica Aspectos procesales relevantes Qué es? Normativa básica Aspectos procesales relevantes Plataforma de intercambio seguro de información entre Órganos Judiciales y operadores jurídicos Se basa en firma electrónica reconocida Lo administran

Más detalles

P02 -Procedimiento de Formulación de requerimientos a las personas y entidades que intervienen en los mercados de valores

P02 -Procedimiento de Formulación de requerimientos a las personas y entidades que intervienen en los mercados de valores P02 -Procedimiento de Formulación de requerimientos a las personas y entidades que intervienen en los mercados de valores P02 -Procedimiento de Formulación de requerimientos a las personas y entidades

Más detalles

APROBACION DE INVENTARIO

APROBACION DE INVENTARIO Número de página de 5 APROBACION DE INVENTARIO Número de página de 5. INFORMACION GENERAL.. OBJETIVO Aprobar el inventario del patrimonio social... RESPONSABLE Grupos IVC Excepto Inverón y Deuda Externa,

Más detalles

Consejo de la Magistratura

Consejo de la Magistratura 1 Consejo de la Magistratura RESOLUCION N 429/07 En Buenos Aires, a los 23 días del mes de agosto del año dos mil siete, sesionando en la Sala de Plenario del Consejo de la Magistratura del Poder Judicial

Más detalles

Guía de Litigio Societario Acciones Judiciales

Guía de Litigio Societario Acciones Judiciales Acciones Judiciales CUMPLIMIENTO Y EJECUCIÓN ESPECÍFICA DE ACUERDOS DE ACCIONISTAS Esta acción alude, en primer término, a la resolución de controversias respecto del cumplimiento de acuerdos de accionistas.

Más detalles

OBJETIVO. Para los efectos del presente Protocolo, se entenderá por:

OBJETIVO. Para los efectos del presente Protocolo, se entenderá por: PROCEDIMIENTO PARA SOMETER QUEJAS Y DENUNCIAS ANTE EL COMITÉ DE ÉTICA Y PREVENCIÓN DE CONFLICTOS DE INTERÉS, POR INCUMPLIMIENTO AL CÓDIGO DE ÉTICA DE LOS SERVIDORES PÚBLICOS DEL GOBIERNO FEDERAL, A LAS

Más detalles

Reglas Condonación de contribuciones, multas y recargos de créditos fiscales.

Reglas Condonación de contribuciones, multas y recargos de créditos fiscales. Reglas Condonación de contribuciones, multas y recargos de créditos fiscales. El análisis de su contenido es: Regla general. Se condonan total o parcialmente los créditos fiscales consistentes en: Contribuciones

Más detalles

Del Objeto de los Lineamientos

Del Objeto de los Lineamientos LINEAMIENTOS Y FORMATOS A QUE DEBEN SUJETARSE LAS ORGANIZACIONES DE OBSERVADORES ELECTORALES EN LA RENDICIÓN DE SUS INFORMES SOBRE EL ORIGEN, MONTO Y APLICACIÓN DEL FINANCIAMIENTO QUE OBTENGAN PARA EL

Más detalles

C I R C U L A R N 2.066

C I R C U L A R N 2.066 Montevideo, 17 de setiembre de 2010 C I R C U L A R N 2.066 Ref: INSTITUCIONES DE INTERMEDIACION FINANCIERA, CASAS DE CAMBIO Y EMPRESAS DE SERVICIOS FINANCIEROS Modificaciones a la normativa de información

Más detalles

1 08/01/ /01/2013

1 08/01/ /01/2013 CIRCULAR N Fecha Emisión Versión Fecha Versión 1 08/01/2013 1.0 08/01/2013 PAGO DE REEMBOLSO A LOS PROPIETARIOS O CONDUCTORES DE AUTOMOVILES DE ALQUILER Y VEHÍCULOS DE TRANSPORTE REMUNERADO DE ESCOLARES,

Más detalles

ABC. Comercialización y administración. Circular externa Solicitud de información LIBRANZAS

ABC. Comercialización y administración. Circular externa Solicitud de información LIBRANZAS ABC Circular externa 100-000007 Solicitud de información LIBRANZAS Comercialización y administración Solicitud de información sobre la actividad de comercialización y administración de créditos libranza

Más detalles

ANUNCIO recurso de reposición recurso contencioso-administrativo Juzgado de lo Contencioso-administrativo de Valencia

ANUNCIO    recurso de reposición recurso contencioso-administrativo Juzgado de lo Contencioso-administrativo de Valencia ANUNCIO Mediante Resolución núm. 186-TC, de fecha 12 de abril de 2016, dictada por la Concejal- Delegada de Patrimonio y Recursos Culturales, se ha dispuesto: Primero.- Aprobar las Bases por las que ha

Más detalles

ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS, entidad autárquica en el. ámbito del MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS, y

ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS, entidad autárquica en el. ámbito del MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS, y Buenos Aires, 07 de abril de 2009 VISTO el Expediente N 1-252201-2009 del Registro de la ámbito del MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS, y CONSIDERANDO: Que la Resolución Nº 9 del 11 de enero de

Más detalles

2. Descripción de Oficinas Para efecto de lo dispuesto en el presente Reglamento se establecen los siguientes tipos de oficinas:

2. Descripción de Oficinas Para efecto de lo dispuesto en el presente Reglamento se establecen los siguientes tipos de oficinas: REGLAMENTO PARA LA APERTURA, CONVERSIÓN, TRASLADO Y CIERRE DE OFICINAS DE LAS COOPERATIVAS DE AHORRO Y CREDITO NO AUTORIZADAS A OPERAR CON RECURSOS DEL PÚBLICO 1. Alcance La presente norma es de aplicación

Más detalles

FORMATO DE PROCEDIMIENTOS LOTERÍA DE BOGOTÁ

FORMATO DE PROCEDIMIENTOS LOTERÍA DE BOGOTÁ ÁREA: SECRETARIA RESPONSABLE: JEFE DE SECRETARIA INICIO H 1 Recibir información de las obligaciones que sean objeto de cobro coactivo con los actos administrativos debidamente ejecutoriados o documentos

Más detalles

Unidad responsable del documento Gerencia de Control Financiero

Unidad responsable del documento Gerencia de Control Financiero Título de la política, procedimiento o manual Política para la elección de entidades de custodia de valores extranjeros Nombre de fondo de inversión N/A Unidad responsable del documento Gerencia de Control

Más detalles

PRESENTACIÓN DE INFORMACIÓN DE VENTAS A CRÉDITO

PRESENTACIÓN DE INFORMACIÓN DE VENTAS A CRÉDITO PRESENTACIÓN DE INFORMACIÓN DE VENTAS A CRÉDITO Manual de Usuario Externo Versión: 03 Fecha de aprobación: 26/06/2014 CONTROL DE CAMBIOS Versión Sección y/o página 02 17 Descripción de la modificación

Más detalles

En Pamplona, a 28 de febrero de 2011, siendo ponente don Eugenio Simón Acosta, emite por unanimidad el siguiente dictamen:

En Pamplona, a 28 de febrero de 2011, siendo ponente don Eugenio Simón Acosta, emite por unanimidad el siguiente dictamen: Expediente: 1/2011 Objeto: Recurso extraordinario de revisión frente liquidaciones provisionales de Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas. Dictamen: 7/2011, de 28 de febrero DICTAMEN En Pamplona,

Más detalles

Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales Concepto del 2014 Julio 11

Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales Concepto del 2014 Julio 11 Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales Concepto 40928 del 2014 Julio 11 Tema: Aduanas. Descriptores: Declaración de corrección Sanciones. Fuentes formales: Artículo 234 Decreto 2685 de 1989; artículos

Más detalles

ANEXO 2. INSTRUCTIVO PARA LA FIJACIÓN Y REVISIÓN DE PRECIOS DE MEDICAMENTOS DE USO HUMANO

ANEXO 2. INSTRUCTIVO PARA LA FIJACIÓN Y REVISIÓN DE PRECIOS DE MEDICAMENTOS DE USO HUMANO ANEXO 2. INSTRUCTIVO PARA LA FIJACIÓN Y REVISIÓN DE PRECIOS DE MEDICAMENTOS DE USO HUMANO De conformidad con la Ley No. 2000-12 de Producción, Importación, Comercialización y Expendio de Medicamentos Genéricos

Más detalles

CONGRESO MARZO CABILDO GRAN CANARIA ESTUDIO DE SERIES DOCUMENTALES 1.2. DENOMINACIÓN. Exp. de Reconocimiento de servicios previos prestados

CONGRESO MARZO CABILDO GRAN CANARIA ESTUDIO DE SERIES DOCUMENTALES 1.2. DENOMINACIÓN. Exp. de Reconocimiento de servicios previos prestados CONGRESO MARZO CABILDO GRAN CANARIA ESTUDIO DE SERIES DOCUMENTALES 1.2. DENOMINACIÓN Exp. de Reconocimiento de servicios previos prestados 1.3.FUNCIONES Reconocer a los efectos de antigüedad a los empleados

Más detalles

TRATAMIENTO DE UNA APELACIÓN

TRATAMIENTO DE UNA APELACIÓN RECEPCIÓN Y REGISTRO Presentación de la (carta o vía electrónica con información sustentatoria) Registro de la en el formato GG-014 "Registro de quejas y apelaciones" y apertura de un expediente VALIDACIÓN

Más detalles

Viceministerio de la Protección Social. Bogotá, D.C. Julio 15 de 2015

Viceministerio de la Protección Social. Bogotá, D.C. Julio 15 de 2015 Viceministerio de la Protección Social Bogotá, D.C. Julio 15 de 2015 Plan Nacional de Desarrollo 2014-2018 El Artículo 97 de la Ley 1753 de 2015 Propósito: Garantizar el acceso y goce efectivo del derecho

Más detalles

El procedimiento se encuentra establecido en la ley N que regula la transferencia y otorga mérito ejecutivo a copia de la factura.

El procedimiento se encuentra establecido en la ley N que regula la transferencia y otorga mérito ejecutivo a copia de la factura. Si eres acreedor de una factura que a la fecha de su vencimiento no fue pagada, debes iniciar un procedimiento tendiente al pago de ella. Este se inicia por una gestión previa denominada notificación judicial

Más detalles

CAJAS DE COMPENSACIÓN; CRÉDITO SOCIAL; DESCUENTO, DECLARACIÓN Y PAGO; FISCALIZACIÓN Y SANCIÓN; PRESUNCIÓN DE DERECHO.

CAJAS DE COMPENSACIÓN; CRÉDITO SOCIAL; DESCUENTO, DECLARACIÓN Y PAGO; FISCALIZACIÓN Y SANCIÓN; PRESUNCIÓN DE DERECHO. CAJAS DE COMPENSACIÓN; CRÉDITO SOCIAL; DESCUENTO, DECLARACIÓN Y PAGO; FISCALIZACIÓN Y SANCIÓN; PRESUNCIÓN DE DERECHO. 1) La Dirección del Trabajo es competente legalmente para fiscalizar y eventualmente

Más detalles

1. MATERIA 2. ANTECEDENTES LEGALES

1. MATERIA 2. ANTECEDENTES LEGALES CIRCULAR N Fecha Emisión Versión Fecha Versión 16 16-06-2015 1.0 16-06-2015 DEVOLUCIÓN DE SALDOS ACREEDORES GENERADOS EN PROCESOS DE REBAJA DE CONTRIBUCIONES, QUE EL SERVICIO DE IMPUESTOS INTERNOS REALIZA

Más detalles

República de Colombia. libertod YOrden MINISTERIO DEL TRABAJO. DECRETO NlIMERG '-- 2 O 11 DE 2012

República de Colombia. libertod YOrden MINISTERIO DEL TRABAJO. DECRETO NlIMERG '-- 2 O 11 DE 2012 República de Colombia libertod YOrden MINISTERIO DEL TRABAJO DECRETO NlIMERG '-- 2 O 11 DE 2012 l P2111 Por el cual se determina y reglamenta la entrada en operación de la Administradora Colombiana de

Más detalles

ANEXOS GUÍA SOBRE CONFLICTOS DE INTERÉS GUÍA DE GOBIERNO CORPORATIVO PARA EMPRESAS SEP

ANEXOS GUÍA SOBRE CONFLICTOS DE INTERÉS GUÍA DE GOBIERNO CORPORATIVO PARA EMPRESAS SEP ANEXOS GUÍA SOBRE CONFLICTOS DE INTERÉS GUÍA DE GOBIERNO CORPORATIVO PARA EMPRESAS SEP Anexos Anexo I Anexo II Anexo III Contratación de bienes y servicios Deber de lealtad Procedimiento de operación con

Más detalles

PROCEDIMIENTO PARA LA INSCRIPCIÓN EN EL REGISTRO NACIONAL DE AGENCIAS PRIVADAS DE EMPLEO - RENAPE DIRECTIVA NACIONAL Nº MTPE/3/11.

PROCEDIMIENTO PARA LA INSCRIPCIÓN EN EL REGISTRO NACIONAL DE AGENCIAS PRIVADAS DE EMPLEO - RENAPE DIRECTIVA NACIONAL Nº MTPE/3/11. PROCEDIMIENTO PARA LA INSCRIPCIÓN EN EL REGISTRO NACIONAL DE AGENCIAS PRIVADAS DE EMPLEO - RENAPE DIRECTIVA NACIONAL Nº 003-2007-MTPE/3/11.2 FORMULADA POR: DIRECCIÓN NACIONAL DE PROMOCIÓN DEL EMPLEO Y

Más detalles

Guía del Sistema. Solicitante. Instituto de Acceso a la Información Pública del Distrito Federal

Guía del Sistema. Solicitante. Instituto de Acceso a la Información Pública del Distrito Federal Guía del Sistema Solicitante Instituto de Acceso a la Información Pública del Distrito Federal Requerimientos Técnicos Para operar el Sistema INFOMEXDF, su equipo de cómputo debe contar al menos con: Hardware

Más detalles

Circular SSN 167 RESOLUCION Nº A las Entidades y Personas sujetas a la supervisión de la Superintendencia de Seguros de la Nación.

Circular SSN 167 RESOLUCION Nº A las Entidades y Personas sujetas a la supervisión de la Superintendencia de Seguros de la Nación. COMUNICACIÓN SSN 2714 11/02/2011 Circular SSN 167 RESOLUCION Nº 35614 SINTESIS: Modifica Resolución 35401 A las Entidades y Personas sujetas a la supervisión de la Superintendencia de Seguros de la Nación.

Más detalles

PROPUESTA PARA LA REFORMA DEL REGLAMENTO DE LA CIDH

PROPUESTA PARA LA REFORMA DEL REGLAMENTO DE LA CIDH PARA LA REFORMA DEL REGLAMENTO DE LA CIDH MEDIDAS CAUTELARES ARTICULO 25 - TEXTO VIGENTE 1. En conexión con una petición o caso pendiente, la Comisión podrá, a 1. En caso de gravedad y urgencia y toda

Más detalles

ANEXO ÚNICO. 2. Para los efectos de los presentes Lineamientos se entenderá por:

ANEXO ÚNICO. 2. Para los efectos de los presentes Lineamientos se entenderá por: ANEXO ÚNICO LINEAMIENTOS PARA EL EJERCICIO DEL DERECHO QUE TIENEN LOS OTRORA PARTIDOS POLÍTICOS NACIONALES PARA OPTAR POR EL REGISTRO COMO PARTIDO POLÍTICO LOCAL ESTABLECIDO EN EL ARTÍCULO 95, PÁRRAFO

Más detalles

(http://www.sub-industria.gov.ar)

(http://www.sub-industria.gov.ar) (http://www.sub-industria.gov.ar) 1 c) El Ministerio de Industria confirmará la contraseña a través de un e-mail al correo electrónico mencionado. Esta clave será necesaria para realizar cualquier trámite

Más detalles

Decreto nº 937/2010, Reglamentario de la Ley Orgánica de Partidos Políticos

Decreto nº 937/2010, Reglamentario de la Ley Orgánica de Partidos Políticos DECRETO Nº 937/2010, REGLAMENTARIO DE LA LEY ORGÁNICA DE PARTIDOS POLÍTICOS EN RELACIÓN AL RECONOCIMIENTO DE LOS PARTIDOS POLÍTICOS, CONSTITUCIÓN DE LAS ALIANZAS ELECTORALES Y REQUISITOS PARA LA AFILIACIÓN

Más detalles

OBLIGACION DE PAGO DE COTIZACIONES PREVISIONALES ATRASADAS COMO REQUISITO PREVIO AL TERMINO DE LA RELACION LABORAL POR PARTE DEL EMPLEADOR.

OBLIGACION DE PAGO DE COTIZACIONES PREVISIONALES ATRASADAS COMO REQUISITO PREVIO AL TERMINO DE LA RELACION LABORAL POR PARTE DEL EMPLEADOR. CIRCULAR NE 1101 VISTOS: Las facultades que confiere la ley a esta Superintendencia, se imparten las siguientes instrucciones de cumplimiento obligatorio para todas las Administradoras de Fondos de Pensiones

Más detalles

1. ALCANCE DEL TRABAJO DE AUDITORÍA

1. ALCANCE DEL TRABAJO DE AUDITORÍA INFORME ESPECIAL PRÉSTAMO CAF 8086 A los Señores Directores de NUCLEOELÉCTRICA ARGENTINA SOCIEDAD ANÓNIMA (NASA) CUIT Nº 33-68005999-9 Domicilio Legal: Arribeños 3619 - Ciudad Autónoma de Buenos Aires

Más detalles

Modificaciones de las Resoluciones Técnicas Nº 8 y 16. Impracticabilidad Presentación de información comparativa.

Modificaciones de las Resoluciones Técnicas Nº 8 y 16. Impracticabilidad Presentación de información comparativa. RESOLUCIÓN TÉCNICA N 28 Modificaciones de las Resoluciones Técnicas Nº 8 y 16. Impracticabilidad Presentación de información comparativa. PRIMERA PARTE Visto: El Proyecto N 20 de Resolución Técnica Modificaciones

Más detalles

REGLAMENTO DE ELECCIONES A PRESIDENTE DEL CLUB NATACIÓN CORUÑA CALENDARIO ELECTORAL

REGLAMENTO DE ELECCIONES A PRESIDENTE DEL CLUB NATACIÓN CORUÑA CALENDARIO ELECTORAL REGLAMENTO DE ELECCIONES A PRESIDENTE DEL CLUB NATACIÓN CORUÑA 2013 1.- CALENDARIO ELECTORAL 16 Febrero Publicación del Censo Electoral 19 Febrero Plazo de reclamaciones al Censo 20 Febrero Resolución

Más detalles

Aprueban Directiva Procedimiento y Plazos para la Inscripción de los proveedores de bienes y servicios en el Registro Nacional de Proveedores (RNP)

Aprueban Directiva Procedimiento y Plazos para la Inscripción de los proveedores de bienes y servicios en el Registro Nacional de Proveedores (RNP) Aprueban Directiva Procedimiento y Plazos para la Inscripción de los proveedores de bienes y servicios en el Registro Nacional de Proveedores (RNP) Jesús María, 26 de mayo de 2005 VISTO: CONSEJO SUPERIOR

Más detalles

Junta Consultiva de Contratación Administrativa

Junta Consultiva de Contratación Administrativa INFORME 2/2011 DE LA JUNTA CONSULTIVA DE CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA SOBRE LA FORMA EN QUE DEBE APLICARSE EL LÍMITE DE UN AÑO DESDE LA ADJUDICACIÓN DEL CONTRATO, COMO REQUISITO PARA LA APLICACIÓN DE LA

Más detalles

ANEXO 2 OPERACIÓN Y FUNCIONES DEL CONSEJO DIRECTIVO DEL FONDO PYME

ANEXO 2 OPERACIÓN Y FUNCIONES DEL CONSEJO DIRECTIVO DEL FONDO PYME OPERACIÓN Y FUNCIONES DEL CONSEJO DIRECTIVO DEL FONDO PYME Página 1 de 5 Operación y funciones del Consejo Directivo del Fondo PyME A. Secretariado Técnico. El artículo 37 de las Reglas de Operación establece

Más detalles

ANEXO IX RECLAMACIONES DE EVALUACIÓN

ANEXO IX RECLAMACIONES DE EVALUACIÓN ANEXO IX RECLAMACIONES DE EVALUACIÓN 1 ÍNDICE RECLAMACIÓN EN 1ª INSTANCIA ANTE LA JEFATURA DE ESTUDIOS DE JEFATURA DE ESTUDIOS AL TUTOR DEL CURSO MODELO PARA INFORMAR DE LA NO PROMOCIÓN MODELO PARA INFORMAR

Más detalles

MANUAL DE PROCEDIMIENTOS DE COMPRAS

MANUAL DE PROCEDIMIENTOS DE COMPRAS MANUAL DE PROCEDIMIENTOS DE COMPRAS Manual de Procesos MANUAL DE PROCEDIMIENTOS DE COMPRAS 1 INDICE Página 1. Introducción 2. Contenido 3 3. Objetivos 3 4. Justificación 3 5. Legislación Vigente 4 6. Procesos

Más detalles

VISTA la Ley No Monetaria y Financiera de fecha 21 de noviembre del 2002, y sus modificaciones;

VISTA la Ley No Monetaria y Financiera de fecha 21 de noviembre del 2002, y sus modificaciones; Para los fines procedentes, tengo a bien informarle que la Junta Monetaria ha dictado su Undécima Resolución de fecha 7 de julio del 2016, cuyo texto se transcribe a continuación: VISTA la comunicación

Más detalles

Constitución de sociedades mercantiles y convocatoria de Junta General

Constitución de sociedades mercantiles y convocatoria de Junta General Constitución de sociedades mercantiles y convocatoria de Junta General Recientemente se ha publicado la Instrucción de 18 de mayo de 2011, de la Dirección General de los Registros y del Notariado, sobre

Más detalles

UNIVERSIDAD POLITÉCNICA DE CARTAGENA Servicio de Relaciones Internacionales

UNIVERSIDAD POLITÉCNICA DE CARTAGENA Servicio de Relaciones Internacionales NORMAS BÁSICAS PARA EL RECONOCIMIENTO ACADÉMICO EN LOS INTERCAMBIOS SÓCRATES/ERASMUS Las presentes normas básicas tienen por objeto ordenar de modo general y servir de información a las distintas personas

Más detalles

TEXTO. REGISTRO BOMEH: 1/2016 PUBLICADO EN: BOE n.º 312, de 30 de diciembre de 2015.

TEXTO. REGISTRO BOMEH: 1/2016 PUBLICADO EN: BOE n.º 312, de 30 de diciembre de 2015. TÍTULO: Orden HAP/2835/2015, de 28 de diciembre, por la que se aprueba el modelo 113 de comunicación de datos relativos a las ganancias patrimoniales por cambio de residencia cuando se produzca a otro

Más detalles

LINEAMIENTOS DE EVALUACIÓN PARA FORMAR PARTE DE LA VITRINA DE MICROFRANQUICIAS

LINEAMIENTOS DE EVALUACIÓN PARA FORMAR PARTE DE LA VITRINA DE MICROFRANQUICIAS LINEAMIENTOS DE EVALUACIÓN PARA FORMAR PARTE DE LA VITRINA DE MICROFRANQUICIAS En términos de los artículos 2 fracción VII; 142 y 142 bis de la Ley de la Propiedad Industrial así como del numeral 4 fracción

Más detalles

BANCO CENTRAL DE RESERVA DEL PERÚ

BANCO CENTRAL DE RESERVA DEL PERÚ CIRCULAR No. 035-2010-BCRP Depósitos Overnight y a Plazo en el Banco Central de Reserva del Perú Considerando: Que el Directorio de este Banco Central, en uso de las facultades que le son atribuidas en

Más detalles

I. Impuesto sobre los créditos y débitos en cuentas bancarias. Sujetos y cuentas exentas o con alícuota reducida.

I. Impuesto sobre los créditos y débitos en cuentas bancarias. Sujetos y cuentas exentas o con alícuota reducida. I. Impuesto sobre los créditos y débitos en cuentas bancarias. Sujetos y cuentas exentas o con alícuota reducida. La AFIP mediante la Resolución General Nº 3900 publicada en el Boletín Oficial el 05/07/2016,

Más detalles

para Personas Morales

para Personas Morales SUSPENSIÓN DE ACTIVIDADES para Personas Morales Como parte de la Quinta Resolución de Modificaciones a la RMF para 2014 se adiciono la Regla I.2.5.26 la cual establece la facilidad para que las Personas

Más detalles

CONTRATO DE COMODATO

CONTRATO DE COMODATO CONTRATO DE COMODATO Comparecen a la celebración del presente contrato, por una parte el Ministerio de Finanzas, debidamente representado por el Ingeniero Diego Castillo Terán, en su calidad de Director

Más detalles

TÍTULO I SOLICITUD, CONVOCATORIA Y PROCEDIMIENTO DE CONCESIÓN DE BECAS

TÍTULO I SOLICITUD, CONVOCATORIA Y PROCEDIMIENTO DE CONCESIÓN DE BECAS REGLAMENTO DE SOLICITUD Y CONCESIÓN DE BECAS Y BONIFICACIONES DE LA UNIVERSIDAD FERNANDO PESSOA CANARIAS PRELIMINAR En cumplimiento del artículo 45 de la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades,

Más detalles

REGLAMENTACIÓN Y PARÁMETROS PARA LA EXCLUSIÓN Y SANCIONES DE ASOCIADOS

REGLAMENTACIÓN Y PARÁMETROS PARA LA EXCLUSIÓN Y SANCIONES DE ASOCIADOS REGLAMENTACIÓN Y PARÁMETROS PARA LA EXCLUSIÓN Y SANCIONES DE ASOCIADOS Por medio de la cual se reglamenta y se definen los parámetros para excluir e imponer sanciones a los asociados de la cooperativa

Más detalles