"Introducción al régimen de Riesgos del Trabajo: Las prestaciones e indemnizaciones de la ley especial y Ley Decreto 1720/12.

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1 "Introducción al régimen de Riesgos del Trabajo: Las prestaciones e indemnizaciones de la ley especial y Ley Decreto 1720/12. ART -MUTUAL Ximena Greco

2 DENUNCIA Como, quien y a través de que medio debe realizarse? Datos mínimos. Una vez ingresada la denuncia: Existen tres posibilidades 1.- Aceptación del siniestro 2.- Silencio (Art 6 dec. 717/96) 3.- Rechazo: 10 días hábiles. Requisitos: x escrito, fundamentos, cumplimiento de plazos, mención de CM. Suspensión. Plazos (10 días hábiles + 20 corridos si se suspenden los plazos). La ART debe otorgar prestaciones durante dicho período.

3 Prestaciones dinerarias Período de Incapacidad Laboral Temporaria. A partir del día siguiente a la PMI hasta: a- Alta medica b- Determinación de IP c- Cese x cumplimiento del año jurídico d- Muerte De acuerdo al Decreto 1694/09 la ILT debe ser liquidada conforme el art. 208 de la LCT. Se debe considerar la totalidad de los conceptos que debió percibir el damnificado al momento de la PMI. Incrementos. Concepto de Remuneración total. Resol SRT 983/10.

4 Período de Incapacidad Laboral Temporaria. Si la remuneración fuera variable se debe considerar el promedio de los seis meses anteriores a la PMI o fecha de ocurrencia. Obligados al pago: 10 primeros días: Empleador A partir del 11º día corresponde a la ART. Por Resol 237/96 el empleador puede pagar la ILT por cuenta y orden de la ART. Si empleador no abonara la ILT o lo hiciera de manera incorrecta se puede reclamar el pago directo a la ART.

5 Desvinculación del trabajador: Pago directo de la ART. Ajuste por el Sistema Integrado Previsional Argentino (SIPA) Art.3 Resol 983/2010. (marzo y septiembre). Septiembre 2012: asciende al 11.42% el cual se aplicará al haber mensual, que se devengue o hubiese correspondido devengar al mes de septiembre de (Resol ANSES 327/12). Qué sucede si la CM revierte un alta medica otorgada por ART o un rechazo de un siniestro? Otorgamiento de prestaciones ILT: Período entre alta revocada o rechazo y dictamen de CM. ILT a partir del dictamen. En ambos casos sino se cumplió el año de ILT.

6 Incapacidad Permanente Una vez finalizado el período de ILT por alta médica o por cumplimiento del año la ART debe citar al trabajador a JMI. Alta Médica JMI Presentación en Comisión Médica u Oficina de Homologación Pago de Incapacidad 30 días hábiles 15 días hábiles 15 días hábiles Citación a Junta Médica 15 días hábiles Recepción de Dictamen

7 Incapacidad Laboral Permanente Parcial del >0 a 50% Corresponde pago único. Se calcula conforme la LRT. Formula: 53v IBM x IP x 65:edad del trabajador. Se considera el IBM según art. 12 de la LRT (sumas remunerativas sujetas a aportes de los doce meses anteriores o tiempo de servicio si fuera menor al año dividido el número de días corridos del período x 30.4). Dato a tener en cuenta: Base imponible máxima para el calculo del IBM a partir del período devengado Septiembre 2012 asciende a $21.248,45 (Resol ANSES 327/12).

8 Incapacidad Laboral Permanente Parcial del >0 a 50% No existe tope. (Modificación Decreto 1694/09). Prestación con piso de $ sobre el % de incapacidad.

9 Incapacidad Laboral Permanente Parcial del >50% <66% Período de provisoriedad dura 36 meses y es prorrogable por 24 meses más. En este caso la Comisión Medica puede determinar la reducción o eliminación del período de provisoriedad para el caso concreto. Período de provisoriedad: Se abona la prestación dineraria conforme Decreto 1694/09 similar a la ILT por aplicación del art. 208 LCT. Actualización SIPA.

10 Una vez finalizado el período de provisoriedad: IP Definitiva. Formula: IBM x % INCAPACIDAD (CALCULO ACTUARIAL) Pago en renta con aportes y contribuciones. El trabajador debe seleccionar Compañía de Seguros de Retiro No existe tope. (Modificación Decreto 1694/09). Prestación con piso de $ sobre el % de incapacidad. Pago Adicional Único: Pre decreto $ Post decreto $ (accidentes o enfermedades cuya PMI haya tenido lugar a partir del ).

11 Incapacidad Laboral Permanente Total del >66% Período de provisoriedad: Existe una etapa obligatoria de 36 meses y puede ampliarse por 24 meses mas. Durante la provisoriedad el trabajador cobra una prestación de carácter mensual de acuerdo al art. 208 de la LCT (Decreto 1694/09). Se actualiza de acuerdo al SIPA. Continúan otorgándose las prestaciones en especie de acuerdo a la patología del trabajador.

12 Una vez finalizado el período de provisoriedad: IP Definitiva Formula: 53v IBM x65: EDAD DEL DAMNIFICADO. El trabajador recibirá pago en forma de renta más prestación por retiro definitivo. No existe tope para la determinación de la prestación. (Modificación Decreto 1694/09). Prestación con piso de $ Pago Adicional Único: Pre decreto $40.00 Post decreto $ (accidentes o enfermedades cuya PMI haya tenido lugar a partir del ).

13 Gran Invalidez Cuando el trabajador requiere asistencia permanente corresponde abonar una prestación por Gran Invalidez. Anteriormente al Decreto 1694/09 la prestación ascendía a $240. (Para siniestros anteriores al 06/11/2009). A partir del Decreto 1694/09 dicha prestación se ajusta por el Sistema Integrado Previsional Argentino (SIPA) Art. 6 Decreto. Monto a partir de Septiembre 2012 $4544. Modificado por la Ley Para todos los casos aún aquellos que ya se encuentran cobrando la prestación.

14 Fallecimiento Tipo de prestación: Pago en renta, los derechohabientes deben seleccionar Cia de Retiro. Formula: 53 VIBM x65:edad DEL DAMNIFICADO Decreto 1694/09: no existe tope en la prestación El piso de la prestación será de $ Pago Único Adicional: Pre decreto $ Post decreto $ (accidentes o enfermedades cuya PMI haya tenido lugar a partir del ).

15 Prestaciones en especie Atención médica. Prestaciones farmacológicas. Prótesis y ortopedia. Rehabilitación (fisioterapia, kinesiología, etc.). Recalificación profesional. Servicio funerario. Resolución 1378/2007 En caso de dictamen con prestaciones en especie: La citación debe ser enviada dentro de las 48 hs hábiles de recepcionado el mismo. Otorgamiento de prestaciones dentro de los 10 días corridos de dicha notificación.

16 Recalificación laboral - Resol SRT 216/03 Es el proceso coordinado de adaptación para que los trabajadores afectados por accidentes o enfermedades profesionales puedan conservar un empleo adecuado. Comprende la orientación y formación profesional como también la colocación selectiva. Se considera Trabajador Impedido a toda aquella persona que por causa de un A.T o E.P está impedida de seguir realizando la tarea que efectuaba antes de accidentarse o enfermarse.

17 Etapas del proceso de recalificación Evaluación, Orientación, Análisis ocupacional y adecuación medio. 15 días para que la empresa defina sino se ingresa a la etapa de capacitación. Capacitación Mínimo 3 meses Máximo 1 año, Carga horaria: 30 hs. por mes, Colocación, Seguimiento por 60 días.

18 Traslados Resol SRT 1240/10 Son los que deben efectuar los damnificados para recibir prestaciones en especie de ida al prestador, entre prestadores y de regreso a su domicilio. Estarán a cargo de las A.R.T. como también el alojamiento y la alimentación Los médicos deberán prescribir el medio de traslado. Cuando en razón de la patología sufrida y en consideración del domicilio real del trabajador, éste deba utilizar un medio regular de transporte urbano o de corta distancia, corresponde el reintegro del costo del mismo inmediatamente después de realizada la prestación en el domicilio donde fue otorgada o ponerlo a su disposición dentro de los 7 días hábiles.

19 En caso de que el damnificado, una vez notificado de la fecha de citación, ponga en conocimiento de la ART la imposibilidad de procurarse los recursos necesarios para afrontar el traslado, la ART deberán arbitrar los medios necesarios para garantizar su efectiva concurrencia. En caso que el damnificado necesite la ayuda de un tercero para su traslado, el médico tratante deberá consignarlo en la Historia Clínica y notificar a la A.R.T. o al E.A. En dicho supuesto se aplicarán las mismas escalas de gastos que para el trabajador damnificado.

20 Escala de valores de traslados: Se entrega el costo de pasaje ida y vuelta y Hasta 50 Km gastos de movilidad entre ambos De 50 a 100 km Sino pernocta Pasajes más suma equivalente al 4,2% del HMG* por por alimentación ($70) Más de 100 km Sino pernocta Pasajes más suma equivalente al 8,5% del HMG* más más por por alimentación ($143 ) Si debe pernoctar Pasajes más suma equivalente al 31,2% del HMG* Pasajes más suma equivalente al 31,2% del HMG* ($526) HMG: Haber Mínimo Garantizado: Resol ANSES 372/12 $1.879,67

21 LEY Ley Régimen de ordenamiento de la reparación de daños derivados de los accidentes de trabajo y enfermedades profesionales. Sancionada: Octubre 24 de Promulgada: Octubre 25 de Publicada en el BO: Octubre 26 de 2012.

22 El proyecto mantiene la vigencia de la LRT y normas modificatorias, incluida el Decreto 1694/09. Vigencia: La ley resulta aplicable a contingencias cuya PMI se produzca desde la fecha de publicación en BO ( ). El importe y actualización de las prestaciones por Gran Invalidez entrarán en vigencia a partir de la publicación en el Boletín Oficial, con independencia de la fecha de determinación de esa condición. Prestaciones dinerarias Establece como principio general el PAGO UNICO. Elimina el pago en renta, excepto aquellas prestaciones en ejecución (Opuesto a lo establecido por Convenio Nº 17 de la OIT ratificado por Argentina).

23 Qué sucede con aquellos casos en los que nunca seleccionaron Cia de Seguro de Retiro? El derecho a la reparación dineraria se computa desde el evento dañoso o cuando se determina que la enfermedad es profesional. Se aplicará el interés desde dicho momento. No se sabe que tasa se aplicará. (Capital, PUA y el 20% adicional). Se aplicará índice de actualización a través del RIPTE. que se actualizará en Marzo y Septiembre de cada año. (Piso y PUA) Establece el pago adicional de pago único del 20% de la prestación que corresponda abonar en caso de accidente de trabajo o enfermedades profesionales o el que suceda encontrándose el trabajador a disposición del empleador. No se aplicaría a los accidentes in itinere. Qué conceptos se incrementan?.

24 En IPTD y mortales dicha indemnización será como mínimo $ Obligación de la ART de informar fehacientemente los importes a percibir: En caso de mortales dentro de 15 días de notificada la ART del fallecimiento: Se solapa con los plazos de aceptación rechazo del siniestro. Se considerará desde la aceptación del siniestro, desde la denuncia o desde la acreditación de los derechohabientes? Son hábiles o corridos? Homologación o determinación de la IP. Se entiende que el procedimiento administrativo de determinación de IP continua vigente. Las acciones judiciales con fundamento en otros sistemas de responsabilidad sólo podrán iniciarse una vez recibida dicha notificación.

25 A partir de allí el trabajador debe optar de modo excluyente si recibirá la prestación o iniciará reclamo judicial. OPCIÓN EXCLUYENTE Y NO ACUMULATIVA. Establece un nuevo computo para la prescripción: La misma inicia desde que el trabajador recibe la notificación. Qué sucederá en caso de negativa a notificarse? La percepción de ILT y prestaciones en especie no implican ejercicio de la opción. Qué sucede con la prestación dineraria por Incapacidad Provisoria? Implica ejercicio de la opción? Se elimina la Incapacidad Provisoria? No se encuentra mencionada en la Ley.

26 El inicio de acción judicial o el cobro de la IP implican el ejercicio de la opción. Importes de prestaciones por Incapacidad Laboral Permanente serán ajustados semestralmente por la variación del RIPTE (Remuneraciones Imponibles Promedio de los Trabajadores Estables): Se aplica a IP Definitiva solamente? Se aplica a IP Provisorias? Estas conforme Decreto 1694/09 se actualizan conforme Art. 208 LCT y en caso de desvinculación por el SIPA. Como se actualizará la Gran Invalidez? La ILT continua actualizándose conforme el Art. 208 LCT y SIPA en caso de desvinculación.

27 No se modifica el listado de enfermedades profesionales. Indica a los tribunales y organismos administrativos que deben ajustarse al listado del Decreto 658/96. Inclusión de los conceptos no remunerativos en la base imponible para la alícuota y elimina de esta forma el tope legal. No se modifica el cálculo del IBM para el caso de las prestaciones dinerarias por IP definitiva, solo se consideran conceptos sujetos a aportes y contribuciones conforme base imponible máxima de Resol ANSES 327/12. Fuero competente: Justicia Nacional en lo Civil en CF - Fallo Castillo CSJN. Invitación a las provincias.

28 Cuando exista sentencia judicial, conciliación en un expediente judicial o administrativo la ART debe depositar la prestación dineraria que corresponda abonar con más los intereses. Aun en aquellos casos donde la ART no sea parte en el expediente?. La ART debe participar en las costas aun cuando no sea parte en juicio? Si la sentencia fuera inferior al monto que corresponda abonar por el sistema de LRT, el excedente será depositado al Fondo de Garantía. Honorarios y costas: Serán determinados sobre la diferencia entre el capital de condena y aquel que el trabajador hubiera cobrado conforme el sistema (P Dinerarias y en Especie). No será admisible el pacto de cuota litis pero al inicio del inciso 3 del art. 17 establece la aplicación del art. 277 de la LCT que si admite dicho pacto hasta el 20%.

29 Decreto 1720/12 Constitución de entidades Aseguradoras de Riesgos del Trabajo sin fines de lucro. ART-MUTUAL. Publicada en el BO: Septiembre 20 de 2012.

30 Las asociaciones profesionales de empleadores o grupos de empleadores y las asociaciones sindicales de trabajadores con personería gremial que celebren negociaciones colectivas, podrán constituir entidades Aseguradoras de Riesgos del Trabajo (ART) sin fines de lucro. Utilizarán la denominación de ART-MUTUAL. Objeto único: Prestaciones del sistema de riesgos del trabajo. En acto de constitución: El compromiso en no afectar la vigencia del convenio o acuerdo colectivo por un plazo mínimo de 10 años, contados a partir de su constitución. Deben inscribirse en el INSTITUTO NACIONAL DE ASOCIATIVISMO Y ECONOMIA SOCIAL (INAES) y contar con autorización de SRT y SSN.

31 Deben acreditar solvencia económica y capacidad prestacional. Utilizar, de manera prioritaria y siempre que sea técnicamente posible, los servicios de obras sociales y efectores públicos de salud. Definir y proponer medidas de prevención de los riesgos del trabajo y de mejoramiento de las condiciones laborales para los establecimientos destinatarios de la cobertura. Mantener la solvencia comprometida en forma individual y/o colectiva, para garantizar el funcionamiento de la ART-MUTUAL durante la vigencia del instrumento convencional que le dio origen. No podrán vulnerar el principio de libre afiliación de los empleadores, según lo previsto en el artículo 42, inciso a), de la Ley Nº y sus modificaciones.

32 Muchas gracias

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