Perfil Nacional - Venezuela 2003 Normas de la OIT sobre seguridad y salud en el trabajo
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- Pilar Tebar Montes
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1 Perfil Nacional Venezuela 2003 Normas de la OIT sobre seguridad y salud en el trabajo Información general Convenios ratificados Convenio sobre la cerusa (pintura), 1921 (núm. 13) Convenio sobre el trabajo subterráneo (mujeres), 193 (núm. 4) Convenio sobre la higiene (comercio y oficinas), 1964 (núm. 120) Convenio sobre el peso máximo, 1967 (núm. 127) Convenio sobre el cáncer profesional, 1974 (núm. 139) Convenio sobre seguridad y salud de los trabajadores, 1981 (núm. 1) Convenio sobre la inspección del trabajo, 1947 (núm. 81) Título(s) de la(s) ley(es) más importante(s) nacional(es) y/o reglamentos(s) en el ámbito de la seguridad y salud en el trabajo (SST) Constitución de la República de Venezuela, artículos 84 a 94 (normas de protección al trabajador) Ley Orgánica de prevención, condiciones y medio ambiente de trabajo No.380 (LOPCYMAT) Ley del Trabajo Decreto No.309, crea la Comisión Nacional Coordinadora de Higiene y Seguridad Industriales Decreto No.1290, de 1968 que promulga el Reglamento de las condiciones de higiene y seguridad en el trabajo Decreto No 164 de 1973 que contiene el tenor reformado del Reglamento de las condiciones de higiene y seguridad en el trabajo Decreto No.236, reforma Parcial del Decreto 2289 de 1997 sobre Normas para el control de la recuperación de materiales peligrosos y el manejo de los desechos peligrosos Decreto No sobre el manejo de material radioactivo Decreto No.22 relativo a normas para el control de la generación y manejo de desechos peligrosos Decreto No sobre el control de la contaminación generada por el ruido Decreto No por el cual se dicta el Reglamento general de plaguicidas Decreto No.1470 que dispone la prohibición del uso de mercurio en la extracción del mineral aurífero Resolución No. 187 que fija las cantidades ambientales permisibles para polvos y fibras en los lugares de trabajo Normas Venezolanas COVENIN (Comisión Venezolana de Normas Internacionales) Norma COVENIN , Programa de Higiene y de Seguridad Industrial Decreto 1800, de 1987 que establece normas para el control de la generación y manejo de desechos tóxicos Decreto 323, de 1999 que reglamenta la Ley Orgánica del Trabajo Decreto 2208, de 1992, Reglamento parcial de la LOPCYMAT
2 1. Existencia de una política nacional de SST, formulada, aplicada y examinada sobre una base tripartículoita. 2. Ámbito de aplicación de la legislación nacional de SST Autoevaluación Política nacional de SST: a) Existencia y aplicación Sí Hay disposiciones específicas b) Formulada en consulta con las organizaciones más representativas de los empleadores y trabajadores Constitución de la República, artículo87. Ley del Trabajo Ley orgánica de condiciones de trabajo (LOPCYMAT) No. 380 Decreto 2208, de 1992, Reglamento Parcial de LOPCYMAT 4. No LOPYCMAT, capítulo II, artículo 7 4 c) Es objeto de examen periódico No 4 La legislación nacional de SST cubre todos los sectores de actividades económicas La legislación nacional de SST cubre todas las categorías de trabajadores Existencia de disposiciones específicas para otros sectores de actividad o riesgos profesionales Existencia de exenciones totales o parciales en la aplicación de las disposiciones de SST en todo o en partículoe de los sectores de la actividad económica o para categorías específicas de trabajadores No LOPYCMAT, capítulo II, artículo 7 No No Exclusión de miembros de las Fuerzas Armadas Nacionales y de los cuerpos de Seguridad del Estado La legislación nacional de SST incluye disposiciones aplicables a los siguientes sectores de la actividad económica: a) Construcción Sí Hay disposiciones específicas LOPYCMAT, capítulo II, artículo 7 Decreto 1290, de 1973, capítulo III artículo 24 y siguientes b) Comercio y trabajo de oficina Sí LOPCYMAT, artículo 7, Decreto 1290, Reglamento de las condiciones de higiene y seguridad en el trabajo artículo23, y artículo 223, inciso 2 c) Agricultura Sí LOPCYMAT, artículo 7, Decreto 1290, artículo 223, inciso2
3 Autoevaluación d) Minas Sí Ley de Minas, de 194 Decreto 323, artículo 212 Ley Orgánica del Trabajo, artículo 380 Reglamento de la Ley del Trabajo, artículo 210 y 212, artículos 133 y 134 Reglamento de las condiciones de higiene y seguridad en el trabajo, artículo 79 e) Instalaciones expuestas a riesgos de Sí Decreto 1290, de 1973, artículos 79 accidentes mayores y 80 La legislación nacional de SST incluye disposiciones relativas a los siguientes riesgos profesionales: a) Contaminación del aire Sí Decreto 1290, de 1973, capítulo V artículos 122 a 128 b) Ruido Sí Decreto No Decreto 1290, de 1973, artículo 138 Norma COVENIN No.169 c) Vibraciones Sí Decreto 1290, de 1973, capítulo VII artículos 137 a 139 Norma COVENIN No.2291 d) Radiaciones ionizantes Sí Decreto No sobre material radiactivo Normas COVENIN No Decreto 1290, de 1968, artículo 8 y 89 e) Productos químicos Sí Decreto 1290, de 1973, Título II, artículo 79 Norma COVENIN No f) Sustancias y agentes cancerígenos Sí Resolución que establece Norma COVENIN No concentraciones Gaceta Oficial 33046, de 1984, ambientales permisibles Ordinal 7. Resolución G229, de 2 en el lugar de trabajo 784 g) Asbesto Sí Normas COVENIN No h) Benceno y productos del benceno Sí Norma COVENIN No Gaceta Oficial 33046, de 1984, Ordinal 7. Resolución G229, de 2 784
4 3. Existencia de medidas de prevención y de protección nacional en SST Autoevaluación i) Cerusa (plomo) Sí Decreto 1290, de 1973, capítulo II Solicitud artículo 82. Decreto 164,de 1973, directa artículos 82 y ,C13, Decreto 323, de 1991, Reglamento artículo 1 de la Ley orgánica del trabajo Ley del Trabajo, artículo 127 j) Máquinas Sí LOPCYMAT, artículo 21 k) Transporte manual Sí Decreto 164, de 1973, Título IV, artículo 223, 2) Existencia de normas y medidas técnicas de SST, en especial: a) Identificación y determinación de los riesgos profesionales b) Prohibición, limitación u otros medios de control de la exposición c) Evaluación de riesgos y límites de exposición d) Prohibición o limitación de la utilización de procesos, maquinaria y equipos peligrosos y agentes químicos, físicos y biológicos peligrosos e) Estipulación de los límites de exposición y de sus criterios incluida la revisión y la actualización de dichos límites Sí Ley del Trabajo, Título IV, artículo 140 y siguientes. Ley Orgánica del Trabajo, artículos 236 y 237 Decreto 1290, de 1968, Reglamento Título II, artículos 79 y siguientes. Artículos 490, 90 Ley No. 380, de 1986, artículo 27, artículos 6 y 19.3, artículo 3 Norma COVENIN No Sí LOPCYMAT, artículo 6 1) Decreto 1290, de 1968, artículos 61, 66 y 67 Norma COVENIN No y Norma COVENIN No Sí Decreto 1290, de 1968, Reglamento artículos 61 y siguientes. Norma COVENIN No Norma COVENIN No Ley Orgánica del Trabajo, artículos 236 y 237 Decreto 323, Reglamento de la Ley orgánica del Trabajo, artículo 109 Norma COVENIN No Sí Decreto 1290, artículo 489, artículo 268 Recomendaciones de la CIPR Norma COVENIN No Norma COVENIN No C1, artículo Solicitud directa 2002, C139, artículo 2.2
5 4. Existencia de infraestructuras nacionales de SST f) Vigilancia y control del medio ambiente de trabajo g) Sustitución de los productos químicos y procesos peligrosos por otros que entrañen menos riesgos h) Notificación de trabajos peligrosos y las exigencias sobre la autorización y control i) Clasificación y etiquetado de productos químicos peligrosos y la transmisión de la ficha de datos respectiva j) Provisión y utilización de equipos de protección personal k) Métodos seguros de manipulación, recolección, reciclaje y eliminación de desechos peligrosos l) Organización del tiempo de trabajo (horas de trabajo, períodos de descanso, etc.) m) Adaptación de las instalaciones, maquinaria, equipos y procesos de trabajo a las capacidades físicas y mentales de los trabajadores, teniendo en cuenta las exigencias en ergonomía n) Diseño, construcción, disposición y mantenimiento de los lugares de trabajo e instalaciones o) Diseño, construcción, disposición, utilización, mantenimiento, comprobación e inspección de las máquinas, herramientas y equipos p) Provisión de servicios de bienestar adecuados (tales como agua potable, instalaciones sanitarias, cantinas y vestuarios) Existencia de: a) Autoridad(es) competente(s) responsables de SST Autoevaluación Sí Ley del Trabajo, Título IV, artículo140 y siguientes Decreto 1290, de 1968, Reglamento Título II, artículos 79 y siguientes Norma COVENIN No Sí Solicitud directa 2002, C139, artículo 2.2 Sí LOPCYMAT, artículo 6,parágrafo uno, artículo 19 Sí Norma COVENIN No Sí Decreto 1290, de 1968,Reglamento Título XI Sí Decreto 1290, de 1968,Reglamento Título V Sí Ley del Trabajo, Título III, artículos 103 y siguientes. No Sí Decreto 1290, de 1968,Reglamento Título III No Sí Decreto 1290, de 1968,Reglamento Título II Sí LOPCYMAT, artículo 8, artículo 6, artículo
6 . Capacidad y funcionamiento de las infraestructuras nacionales de SST 6. Registro y notificación Autoevaluación b) Sistema de inspección Sí LOPCYMAT, artículo 1, 2 b), artículos 38 y 39, artículo 17 Norma COVENIN No c) Servicios de salud en el trabajo Sí LOPCYMAT, artículo 6, 19 y 34 Norma COVENIN Las infraestructuras nacionales de SST: a) cuentan con recursos adecuados Sí LOPCYMAT, artículo3 b) disponen de personal calificado y con formación técnica c) para aplicar medidas para la divulgación y el suministro de información en materia de SST d) para tomar medidas para la formación y educación en materia de SST. Existencia de medidas de registro y notificación de accidentes del trabajo y enfermedades profesionales que incluyen: a) el establecimiento y conservación de los registros de accidentes del trabajo y enfermedades profesionales b) la declaración de los accidentes del trabajo y enfermedades profesionales a las autoridades competentes c) investigaciones sobre los accidentes del trabajo y enfermedades d) recopilación y publicación periódica de estadísticas relativas a los accidentes del trabajo y enfermedades Sí Norma COVENIN Sí Ley 380, artículo 6.1 Sí Ley 380, artículos. 6 (V), 10 (6), 10 (8) y 19 (3) Norma COVENIN Sí Ley 380, artículo19.7 Norma COVENIN 22748, artículo 6 Norma COVENIN Sí LOPCYMAT, artículo 19 Ley orgánica del Trabajo, artículo 6 Sí Norma COVENIN RCHST, artículo 864 Sí Norma COVENIN Norma COVENIN individual,2002, C127, artículo Solicitud directa 2001, C13, artículo 7, artículo 12 Solicitud directa 2002, C139, artículo 3
7 7. Salud en el trabajo 8. Existencia de medidas para la consulta, cooperación y comunicación en todos los niveles 9. Existencia de mecanismos de control Autoevaluación Existencia de mecanismos y/o medidas nacionales para: a) vigilancia de la salud No Decreto 1290, artículo496 Ley 380, artículo 34 b) exámenes médicos No Norma COVENIN ,artículo4.3, artículo.2 c) suministro de primeros auxilios y tratamiento de emergencias Solicitud directa 2002, C139, artículo individual 2001,C1, artículo Sí Norma COVENIN d) preparación para casos de emergencias y operaciones de salvamento Sí Norma COVENIN Medidas para garantizar la consulta, cooperación y coordinación en SST entre: a) los distintos servicios y las autoridades competentes b) las autoridades competentes y las organizaciones de empleadores y trabajadores c) los empleadores y trabajadores y sus representantes dentro de la empresa a) Existencia de mecanismos para la imposición de sanciones adecuadas en caso de infracción de leyes y reglamentos b) potestad de las autoridades competentes para suspender, limitar o prohibir un trabajo que suponga una seria amenaza para la salud y seguridad de los trabajadores hasta que se hayan adoptado las medidas correctivas adecuadas 10. Las responsabilidades del empleador incluyen: Sí LOPCYMAT, capítulos IV y V Norma COVENIN No LOPCYMAT, artículo 3 Sí LOPCYMAT, capítulos IV y V, artículo3, artículo 20 (8) Norma COVENIN No Sí LOPCYMAT, artículo 3,artículo19 (6) y artículo 20. Decreto 1290, artículo 3 (b) Norma COVENIN No Sí LOPCYMAT, capítulo IX, artículo 33 Sí LOPCYMAT, capítulo IX, artículo 33
8 Responsabilidades del empleador. Derechos y responsabilidades de los trabajadores a) el establecimiento de políticas y procedimientos en materia de SST para la aplicación de medidas preventivas y de protección establecidas por la legislación y la práctica nacionales b) la vigilancia e inspección de los lugares de trabajo, procesos, maquinaria, herramientas, equipo y otros elementos materiales de trabajo c) establecimiento de planes y procedimientos de emergencia d) el suministro de información a los trabajadores y a sus representantes en relación con los riesgos profesionales Autoevaluación No Sí LOPCYMAT, capítulo VI, artículo 33 Sí LOPCYMAT, artículos 6 y 19 Sí LOPCYMAT, artículos 6 y 19 e) la educación y formación de los trabajadores Sí LOPCYMAT, artículos 6 y 19 f) la adopción de medidas correctivas oportunas tras cualquier accidente g) el establecimiento de un mecanismo de consulta y cooperación sobre SST entre empleadores cuando haya más de uno en un determinado lugar o zona de trabajo Sí LOPCYMAT artículo 20 (2, artículo20 (10) y (), artículo 6, párrafo segundo Ley Orgánica del Trabajo, artículo 6 Sí Reglamento de la Ley Orgánica del Trabajo, artículo 21 LOPCYMAT, artículo 34 Los derechos y responsabilidades de los trabajadores incluyen: a) el acceso a la información pertinente de SST Sí LOPCYMAT, artículo 6 de que dispongan las autoridades competentes y el empleador b) el derecho a ser informado sobre los riesgos Sí LOPCYMAT, artículos 6 y 19 del lugar de trabajo y a ser consultado sobre las medidas de SST c) partículoicipación en las actividades de Sí LOPCYMAT, artículo 20 inspección y vigilancia, y en la revisión de las medidas de SST Norma COVENIN No d) la elección de un representante de los Sí LOPCYMAT, artículo 20.8 trabajadores encargado de las cuestiones de seguridad e) el derecho a alejarse del peligro en caso de Sí LOPCYMAT, artículo riesgos inminentes y graves para su salud f) la protección contra medidas disciplinarias por acciones realizadas conforme a las exigencias de SST 17 Sí LOPCYMAT, artículo 19
9 g) derecho a no recurrir en gastos personales para la aplicación de las medidas de SST, comprendidas la formación y el suministro de equipos de protección personal Autoevaluación Sí LOPCYMAT, artículo 20. 3, artículo 21, artículo 2,artículo 36 Decreto 1290, Reglamento de Higiene y Seguridad, artículo Derechos y responsabilidades de los representantes de los trabajadores 13. Responsabilidades de los diseñadores, fabricantes, importadores y proveedores h) el deber de cooperar con el empleador y cumplir las medidas de SST i) el deber de velar razonablemente por su seguridad personal y la de los demás en el lugar de trabajo j) el deber de utilizar adecuadamente los equipos de protección personal k) el deber de notificar Inmediatamente a su superior toda situación que suponga una amenaza para la seguridad Los derechos y responsabilidades de los representantes de los trabajadores comprenden: Sí LOPCYMAT, artículo 20 Sí Ley del Trabajo, artículo122 LOPCYMAT, artículo 6 Decreto 323, artículo 223 inciso 2 Sí LOPCYMAT, artículo 20 Sí LOPCYMAT, artículo 20 a) La consulta de las cuestiones sobre SST con Sí LOPCYMAT, artículo 3 el empleador b) la partículoicipación en las inspecciones, Sí Norma COVENIN No vigilancia e investigaciones relativas a la SST c) el acceso a la información sobre SST de Sí LOPCYMAT, artículo 1 que dispongan las autoridades competentes y el empleador d) el derecho a recurrir a las autoridades competentes en las cuestiones de SST Sí LOPCYMAT, artículo 20. e) cooperación con el empleador en las Sí LOPCYMAT, artículo 20 cuestiones de SST Las responsabilidades de los diseñadores, fabricantes, importadores y proveedores comprenden: a) tener en cuenta las exigencias y las preocupaciones relativas a la SST en los procesos de diseño, fabricación, importación, distribución y eliminación Sí Norma COVENIN LOPCYMAT, artículo 23, artículo19 b) el etiquetado y marcado de los productos Sí LOPCYMAT, artículo 27 c) Poner a disposición del usuario la información adecuada sobre los productos en relación con la seguridad y la salud individual,2002, C127, artículo 3 12 Sí LOPCYMAT, artículo 23 12
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