GUÍA DE ORIENTACIÓN PARA LAS ALUMNAS Y LOS ALUMNOS

Tamaño: px
Comenzar la demostración a partir de la página:

Download "GUÍA DE ORIENTACIÓN PARA LAS ALUMNAS Y LOS ALUMNOS"

Transcripción

1 Delegación Territorial de Málaga. Servicio de Ordenación Educativa GUÍA DE ORIENTACIÓN PARA LAS ALUMNAS Y LOS ALUMNOS

2 Esta guía para la orientación de alumnas y alumnos para el curso es una cita gustosa y obligada con la comunidad educativa malagueña. Un escenario donde se expone de manera accesible y ordenada la información fundamental para que las alumnas y los alumnos y sus familias puedan encontrar la respuesta a las numerosas preguntas que les surjan sobre elección de alternativas educativas al finalizar los estudios de la Educación Secundaria Obligatoria. La guía correspondiente al curso , está dirigida a todas las personas interesadas en la educación que buscan una información práctica y concisa sobre las diversas enseñanzas que se ofrecen en Málaga. Para ello hemos intentado organizar la información en distintas partes considerando los núcleos de interés de los destinatarios. Es decir, las opciones existentes en, Formación Profesional, Enseñanzas Artísticas, Enseñanzas Especializadas de Idiomas, Enseñanzas Deportivas, Enseñanzas para personas adultas, Acceso a la Universidad, becas y ayudas al estudio. Patricia Alba Luque Delegada Territorial de Educación, Cultura y Deporte de Málaga Delegación Territorial de Educación, Cultura y Deporte de Málaga Página 2

3 I N D I C E Presentación 2 Calendario de inscripción y matricula en la diferentes enseñanzas y pruebas 4 Organigrama del sistema educativo 6 Educación Secundaria Obligatoria 7 16 Formación profesional 25 Formación profesional a distancia 39 Curso de preparación 39 Pruebas libres de módulos profesionales 40 Acceso a la Universidad 42 Prueba de acceso a la Universidad (Selectividad) 42 Acceso desde los ciclos formativos de GS., artes plásticas y diseño y técnico deportivo superior 45 Prueba de acceso a la universidad para mayores de 25 años 45 Ponderación de las materias de 47 Enseñanzas de régimen especial 51 Enseñanzas de Artes Plásticas y Diseño 51 Enseñanzas elementales y profesionales de Música y Danza 52 Enseñanzas Artísticas Superiores de Música y Danza 53 Oferta Educativa de las enseñanzas elementales y profesionales de música y danza 54 Enseñanzas Artísticas Superiores de Arte Dramático 57 Enseñanzas especializadas de idiomas 58 Enseñanzas deportivas 59 Enseñanzas de personas adultas 61 Becas y ayudas al estudio 62 Residencias escolares y escuelas hogar 64 Cuadro informativo de abreviaturas 66 Información de interés para las alumnas y los alumnos en internet 68 Centros y Enseñanzas impartidas 70 Delegación Territorial de Educación, Cultura y Deporte de Málaga Página 3

4 Enseñanzas Primer ciclo de educación infantil Preinscripción (presentación de solicitudes) Matrícula 2 al 10 de junio Segundo ciclo de educación infantil Educación primaria Educación especial Educación secundaria obligatoria Enseñanzas de idiomas 1 al 30 de abril 1 al 31 de marzo 1 al 31 de marzo 1 al 31 de marzo 1 al 20 de mayo Las plazas escolares disponibles tras la matriculación se adjudicarán a las solicitudes admitidas en lista de espera, que formalizarán la matrícula entre el 11 y el 16 de junio 1 al 8 de junio 1 al 10 de julio Antes del 9 de Septiembre, solo para que el alumnado cuya promoción dependa del resultado de las pruebas extraordinarias de septiembre 1 al 10 de julio Modalidad a distancia 15 al 30 de junio (IEDA) Modalidad a distancia del 1 al 10 de septiembre Educación de Personas Adultas. Educación Secundaria Obligatoria Plan Educativo de Formación Básica Planes educativos de carácter no formal Del 1 al 15 de junio Modalidad a distancia del 15 al 30 de junio Solo matrícula Del 1 al 10 de julio en los Centros y Secciones de Educación Permanente. Del 1 al 15 de junio en los Institutos Provinciales de Educación Permanente y en los Institutos de Educación Secundaria. A distancia del 1 al 10 de septiembre (IEDA) Enseñanzas elementales y profesionales de música y de danza Artes plásticas y diseño 1 al 30 de abril Del 1 al 1 de junio, para quienes deban realizar prueba de acceso Del 1 al 20 de junio,para quienes se acojan al supuesto de exención de dicha prueba. 1 al 10 de julio. 1 al 7 de septiembre para el alumnado con prueba extraordinaria de septiembre 3 al 10 de julio 22 al 23 de septiembre 1 al 7 de septiembre, en caso de que hubiese vacantes 1 al 7 de septiembre. Para aquel alumnado cuya promoción depende del resultado de la convocatoria extraordinaria de septiembre Enseñanzas superiores de Música, 1 al 30 de abril 1 al 10 de julio Danza, Arte Dramático y Diseño Residencias Escolares y Escuelas Hogar 1 marzo al 31 de marzo Delegación Territorial de Educación, Cultura y Deporte de Málaga Página 4

5 Calendario de Preescripciones y Matrículas FP Enseñanzas Matrículas Preinscripciones Formación Profesional Básica Del 1 al 10 de julio Formación Profesional Inicial La escolarización comienza el 1 al 25 junio Formación Profesional a Distancia Formación Profesional Semipresencial Del 1 al 10 de Septiembre Solicitudes de admisión del 15 de junio al 30 de junio La escolarización comienza el 1 al 25 junio Del 1 al 10 de Septiembre Delegación Territorial de Educación, Cultura y Deporte de Málaga Página 5

6 SISTEMA EDUCATIVO Sistema Educativo según la LOMCE Delegación Territorial de Educación, Cultura y Deporte de Málaga Página 6

7 EDUCACIÓN SECUNDARIA La etapa de Educación Secundaria Obligatoria 1 se organiza en materias y comprende dos ciclos, el primero de tres cursos escolares y el segundo de uno. Estos cuatro cursos se seguirán ordinariamente entre los doce y los dieciséis años de edad. El segundo ciclo o cuarto curso de la Educación Secundaria Obligatoria tendrá un carácter fundamentalmente propedéutico. Organización del primer ciclo de Educación Secundaria Obligatoria. 1. Los alumnos y alumnas deben cursar las siguientes materias generales del bloque de asignaturas troncales en los cursos primero y segundo: a) Biología y Geología en primer curso. b) Física y Química en segundo curso. c) Geografía e Historia en ambos cursos. d) Lengua Castellana y Literatura en ambos cursos. e) Matemáticas en ambos cursos. f) Primera Lengua Extranjera en ambos cursos. 2. Los alumnos y alumnas deben cursar las siguientes materias generales del bloque de asignaturas troncales en el curso tercero: a) Biología y Geología. b) Física y Química. c) Geografía e Historia. d) Lengua Castellana y Literatura. e) Primera Lengua Extranjera. Como materia de opción, en el bloque de asignaturas troncales deberán cursar, bien Matemáticas Orientadas a las Enseñanzas Académicas, o bien Matemáticas Orientadas a las Enseñanzas Aplicadas, a elección de los padres, madres o tutores legales o, en su caso, de los alumnos y alumnas. 1 Esta información se recoge en el Real Decreto 1105/2014 de 26 de Diciembre por el que se establece el currículum básico de la ESO y. 3. Los alumnos y alumnas deben cursar las siguientes materias del bloque de asignaturas específicas en cada uno de los cursos: a) Educación Física. b) Religión, o Valores Éticos, a elección de los padres, madres o tutores legales o, en su caso, del alumno o alumna. c) En función de la regulación y de la programación de la oferta educativa que establezca cada Administración educativa y, en su caso, de la oferta de los centros docentes, un mínimo de una y un máximo de cuatro de las siguientes materias del bloque de asignaturas específicas, que podrán ser diferentes en cada uno de los cursos: 1.º) Cultura Clásica. 2.º) Educación Plástica, Visual y Audiovisual. 3.º) Iniciación a la Actividad Emprendedora y Empresarial. 4.º) Música. 5.º) Segunda Lengua Extranjera. 6.º) Tecnología. 7.º) Religión, sólo si los padres, madres o tutores legales o, en su caso, el alumno o alumna no la han escogido en la elección indicada en el apartado. 8.º) Valores Éticos, sólo si los padres, madres o tutores legales o, en su caso, el alumno o alumna no la han escogido en la elección indicada en el apartado Los alumnos y alumnas deben cursar la materia Lengua Cooficial y Literatura del bloque de asignaturas de libre configuración autonómica en aquellas Comunidades Autónomas que posean dicha lengua cooficial, si bien podrán estar exentos de cursar o de ser evaluados de dicha materia en las condiciones establecidas en la normativa autonómica correspondiente. La materia Lengua Cooficial y Literatura recibirá un tratamiento análogo al de la materia Lengua Castellana y Literatura. Además, en función de la regulación y de la programación de la oferta educativa que establezca cada Administración educativa y, en su caso, de la oferta de los centros docentes, los alumnos y alumnas podrán cursar alguna materia más en el bloque de asignaturas de libre configuración autonómica, que podrán ser materias del bloque de asignaturas específicas no cursadas, materias de ampliación de los contenidos de alguna de las materias de los bloques de asignaturas Delegación Territorial de Educación, Cultura y Deporte de Málaga Página 7

8 troncales o específicas, u otras materias a determinar. Estas materias del bloque de asignaturas de libre configuración autonómica podrán ser diferentes en cada uno de los cursos. El horario lectivo mínimo correspondiente a las materias del bloque de asignaturas troncales, computado de forma global para el primer ciclo de Educación Secundaria Obligatoria, no será inferior al 50 % del total del horario lectivo que establezca cada Administración educativa como general para dicho primer ciclo Organización de cuarto curso de Educación Secundaria Obligatoria. 1. Los padres, madres o tutores legales o, en su caso, los alumnos y alumnas podrán escoger cursar el cuarto curso de la Educación Secundaria Obligatoria por una de las dos siguientes opciones: a) Opción de enseñanzas académicas para la iniciación al. b) Opción de enseñanzas aplicadas para la iniciación a la Formación Profesional. A estos efectos, no serán vinculantes las opciones cursadas en tercer curso de Educación Secundaria Obligatoria.El alumnado deberá poder lograr los objetivos de la etapa y alcanzar el grado de adquisición de las competencias correspondientes tanto por la opción de enseñanzas académicas como por la de enseñanzas aplicadas. 1. En la opción de enseñanzas académicas, los alumnos y alumnas deben cursar las siguientes materias generales del bloque de asignaturas troncales: a) Geografía e Historia. b) Lengua Castellana y Literatura. c) Matemáticas Orientadas a las Enseñanzas Académicas. d) Primera Lengua Extranjera. e) En función de la regulación y de la programación de la oferta educativa que establezca cada Administración educativa y, en su caso, de la oferta de los centros docentes, los alumnos y alumnas deben cursar al menos dos materias de entre las siguientes materias de opción del bloque de asignaturas troncales: 1.º) Biología y Geología. 2.º) Economía. 3.º) Física y Química. 4.º) Latín. 3. En la opción de enseñanzas aplicadas, los alumnos y alumnas deben cursar las siguientes materias generales del bloque de asignaturas troncales: a) Geografía e Historia. b) Lengua Castellana y Literatura. c) Matemáticas Orientadas a las Enseñanzas Aplicadas. d) Primera Lengua Extranjera. e) En función de la regulación y de la programación de la oferta educativa que establezca cada Administración educativa y, en su caso, de la oferta de los centros docentes, los alumnos y alumnas deben cursar al menos dos materias de entre las siguientes materias de opción del bloque de asignaturas troncales: 1.º) Ciencias Aplicadas a la Actividad Profesional. 2.º) Iniciación a la Actividad Emprendedora y Empresarial. 3.º) Tecnología. 1. Los alumnos y alumnas deben cursar las siguientes materias del bloque de asignaturas específicas: a) Educación Física. b) Religión, o Valores Éticos, a elección de los padres, madres o tutores legales o en su caso del alumno o alumna. c) En función de la regulación y de la programación de la oferta educativa que establezca cada Administración educativa y en su caso de la oferta de los centros docentes, un mínimo de una y máximo de cuatro materias de las siguientes del bloque de asignaturas específicas: 1.º) Artes Escénicas y Danza. 2.º) Cultura Científica. 3.º) Cultura Clásica. 4.º) Educación Plástica, Visual y Audiovisual. 5.º) Filosofía. 6.º) Música. 7.º) Segunda Lengua Extranjera. 8.º) Tecnologías de la Información y la Comunicación. 9.º) Religión, sólo si los padres, madres o tutores legales o en su caso el alumno o alumna no la han escogido en la elección indicada en el apartado 4.b). Delegación Territorial de Educación, Cultura y Deporte de Málaga Página 8

9 10.º) Valores Éticos, sólo si los padres, madres o tutores legales o en su caso el alumno o alumna no la han escogido en la elección indicada en el apartado 4.b). 11.º) Una materia del bloque de asignaturas troncales no cursada por el alumno o alumna. 1. Los alumnos y alumnas deben cursar la materia Lengua Cooficial y Literatura en el bloque de asignaturas de libre configuración autonómica en aquellas Comunidades Autónomas que posean dicha lengua cooficial, si bien podrán estar exentos de cursar o de ser evaluados de dicha materia en las condiciones establecidas en la normativa autonómica correspondiente. La materia Lengua Cooficial y Literatura recibirá un tratamiento análogo al de la materia Lengua Castellana y Literatura. Además, en función de la regulación y de la programación de la oferta educativa que establezca cada Administración educativa y, en su caso, de la oferta de los centros docentes, los alumnos y alumnas podrán cursar alguna materia más en el bloque de asignaturas de libre configuración autonómica, que podrán ser materias del bloque de asignaturas específicas no cursadas, materias de ampliación de los contenidos de alguna de las materias de los bloques de asignaturas troncales o específicas, u otras materias a determinar. Entre las materias a determinar, las Administraciones educativas y en su caso los centros podrán ofrecer, entre otras, materias relacionadas con el aprendizaje del sistema braille, la tiflotecnología, la autonomía personal, los sistemas aumentativos y alternativos de comunicación, incluidos los productos de apoyo a la comunicación oral y las lenguas de signos. Las Administraciones educativas y, en su caso, los centros podrán elaborar itinerarios para orientar al alumnado en la elección de las materias troncales de opción. Delegación Territorial de Educación, Cultura y Deporte de Málaga Página 9

10 Delegación Territorial de Educación, Cultura y Deporte de Málaga Página 10

11 Delegación Territorial de Educación, Cultura y Deporte de Málaga Página 11

12 Delegación Territorial de Educación, Cultura y Deporte de Málaga Página 12

13 Delegación Territorial de Educación, Cultura y Deporte de Málaga Página 13

14 Delegación Territorial de Educación, Cultura y Deporte de Málaga Página 14

15 EDUCACIÓN SECUNDARIA OBLIGATORIA.LOMCE 2 1º ESO 3º ESO Biología y Geología Biología y Geología. Física y Química. Geografía e Historia Geografía e Historia Lengua Castellana y Literatura Lengua Castellana y Literatura Matemáticas Matemáticas Orientadas a las Enseñanzas Académicas Matemáticas Orientadas a las Enseñanzas Aplicadas Primera Lengua Extranjera Primera Lengua Extranjera. Asignaturas Específicas Obligatorias Educación Física. Educación Física Religión, o Valores Éticos, (a elección de los padres, madres o tutores legales o, en su caso, del alumno o alumna.) Educación Plástica, Visual y Audiovisual Música. Religión, o Valores Éticos, (a elección de los padres, madres o tutores legales o, en su caso, del alumno o alumna.) Tecnología Asignaturas Específicas Optativas ( elegir 1) Segunda Lengua Extranjera. Segunda Lengua Extranjera. Cambios Sociales y Género y Nuevas Cambios Sociales y Género y Nuevas relaciones de Género relaciones de Género Tecnología Cultura Clásica Asignatura de Libre Configuración Tutoría Libre Configuración Obligatoria: Educación para la Ciudadanía Tutoría 2 Instrucciones del 9 de Mayo 2015 Delegación Territorial de Educación, Cultura y Deporte de Málaga Página 15

16 Podrán acceder a los estudios de los alumnos y alumnas que estén en posesión del título de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria y hayan superado la evaluación final de Educación Secundaria Obligatoria por la opción de enseñanzas académicas. De acuerdo con el artículo 53.2 de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, el título de Técnico de Artes Plásticas y Diseño permitirá el acceso directo a cualquiera de las modalidades de. Asimismo, conforme al artículo 65.3 de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, el título de Técnico Deportivo permitirá el acceso a cualquiera de las modalidades de. 2. El comprende dos cursos, se desarrollará en modalidades diferentes, y se organizará de modo flexible, a fin de que pueda ofrecer una preparación especializada al alumnado acorde con sus perspectivas e intereses de formación o permita la incorporación a la vida activa una vez finalizado el mismo Organización del primer curso de. BACHILLERATO En la modalidad de Ciencias, los alumnos y alumnas deben cursar las siguientes materias generales del bloque de asignaturas troncales: a) Filosofía. b) Lengua Castellana y Literatura I. c) Matemáticas I. d) Primera Lengua Extranjera I. e) En función de la regulación y de la programación de la oferta educativa que establezca cada 3 Esta información se recoge en el Real Decreto 1105/2016 de 26 de Diciembre Administración educativa y, en su caso, de la oferta de los centros docentes, al menos dos materias más de entre las siguientes materias de opción del bloque de asignaturas troncales: 1.º) Biología y Geología. 2.º) Dibujo Técnico I. 3.º) Física y Química. En la modalidad de Humanidades y Ciencias Sociales, los alumnos y alumnas deben cursar las siguientes materias generales del bloque de asignaturas troncales: a) Filosofía. b) Lengua Castellana y Literatura I. c) Primera Lengua Extranjera I. d) Para el itinerario de Humanidades, Latín I. para el itinerario de Ciencias Sociales, Matemáticas Aplicadas a las Ciencias Sociales I. e) En función de la regulación y de la programación de la oferta educativa que establezca cada Administración educativa y, en su caso, de la oferta de los centros docentes, al menos dos materias de entre las siguientes materias de opción del bloque de asignaturas troncales, organizadas, en su caso, en bloques que faciliten el tránsito a la educación superior. 1.º) Economía. 2.º) Griego I. 3.º) Historia del Mundo Contemporáneo. 4.º) Literatura Universal. En la modalidad de Artes, los alumnos y alumnas deben cursar las siguientes materias generales del bloque de asignaturas troncales: a) Filosofía. b) Fundamentos del Arte I. c) Lengua Castellana y Literatura I. d) Primera Lengua Extranjera I. e) En función de la regulación y de la programación de la oferta educativa que establezca cada Administración educativa y, en su caso, de la oferta de los centros docentes, al menos dos materias de entre las siguientes materias de opción del bloque de asignaturas troncales: 1.º) Cultura Audiovisual I. 2.º) Historia del Mundo Contemporáneo. 3.º) Literatura Universal. Delegación Territorial de Educación, Cultura y Deporte de Málaga Página 16

17 4. Asignaturas específicas: a) Educación Física. b) En función de la regulación y de la programación de la oferta educativa que establezca cada Administración educativa y, en su caso, de la oferta de los centros docentes, un mínimo de dos y máximo de tres materias de entre las siguientes: 1.º) Análisis Musical I. 2.º) Anatomía Aplicada. 3.º) Cultura Científica. 4.º) Dibujo Artístico I. 5.º) Dibujo Técnico I, salvo que los padres, madres o tutores legales o el alumno o alumna ya hayan escogido Dibujo Técnico I en el apartado 1.e).2.º). 6.º) Lenguaje y Práctica Musical. 7.º) Religión. 8.º) Segunda Lengua Extranjera I. 9.º) Tecnología Industrial I. 10.º) Tecnologías de la Información y la Comunicación I. 11.º) Volumen. 12.º) Una materia del bloque de asignaturas troncales no cursada por el alumno o alumna, que será considerada específica a todos los efectos. Los alumnos y alumnas deben cursar la materia Lengua Cooficial y Literatura en el bloque de asignaturas de libre configuración autonómica en aquellas comunidades autónomas que posean dicha lengua cooficial, si bien podrán estar exentos de cursar o de ser evaluados de dicha materia en las condiciones establecidas en la normativa autonómica correspondiente. La materia Lengua Cooficial y Literatura recibirá un tratamiento análogo al de la materia Lengua Castellana y Literatura. Además, en función de la regulación y de la programación de la oferta educativa que establezca cada Administración educativa y, en su caso, de la oferta de los centros docentes, los alumnos y alumnas podrán cursar alguna materia más en el bloque de asignaturas de libre configuración autonómica, que podrán ser materias del bloque de asignaturas específicas no cursadas, materias de ampliación de los contenidos de alguna de las materias de los bloques de asignaturas troncales o específicas, u otras materias a determinar. Estas materias del bloque de asignaturas de libre configuración autonómica podrán ser diferentes en cada uno de los cursos. Entre las materias a determinar, las Administraciones educativas y en su caso los centros podrán ofrecer, entre otras, materias relacionadas con el aprendizaje del sistema braille, la tiflotecnología, la autonomía personal, los sistemas aumentativos y alternativos de comunicación, incluidos los productos de apoyo a la comunicación oral, y las lenguas de signos. 6. El horario lectivo mínimo correspondiente a las materias del bloque de asignaturas troncales, computado de forma global para 2.º de, no será inferior al 50 % del total del horario lectivo que establezca cada Administración educativa como general para dicho curso. Las Administraciones educativas y, en su caso, los centros podrán elaborar itinerarios para orientar al alumnado en la elección de las materias troncales de opción Organización del segundo curso de. 1. En la modalidad de Ciencias, los alumnos y alumnas deben cursar las siguientes materias generales del bloque de asignaturas troncales: a) Historia de España. b) Lengua Castellana y Literatura II. c) Matemáticas II. d) Primera Lengua Extranjera II. e) En función de la regulación y de la programación de la oferta educativa que establezca cada Administración educativa y, en su caso, de la oferta de los centros docentes, al menos dos materias más de entre las siguientes materias de opción del bloque de asignaturas troncales: 1.º) Biología. 2.º) Dibujo Técnico II. 3.º) Física. 4.º) Geología. 5.º) Química. En la modalidad de Humanidades y Ciencias Sociales, los alumnos y alumnas Delegación Territorial de Educación, Cultura y Deporte de Málaga Página 17

18 deben cursar las siguientes materias generales del bloque de asignaturas troncales: a) Historia de España. b) Lengua Castellana y Literatura II. c) Primera Lengua Extranjera II. d) Para el itinerario de Humanidades, Latín II. Para el itinerario de Ciencias Sociales, Matemáticas Aplicadas a las Ciencias Sociales II. e) En función de la regulación y de la programación de la oferta educativa que establezca cada Administración educativa y, en su caso, de la oferta de los centros docentes, al menos dos materias de entre las siguientes materias de opción del bloque de asignaturas troncales, organizadas, en su caso, en bloques que faciliten el tránsito a la educación superior: 1.º) Economía de la Empresa. 2.º) Geografía. 3.º) Griego II. 4.º) Historia del Arte. 5.º) Historia de la Filosofía. En la modalidad de Artes, los alumnos y alumnas deben cursar las siguientes materias generales del bloque de asignaturas troncales: a) Fundamentos del Arte II. b) Historia de España. c) Lengua Castellana y Literatura II. d) Primera Lengua Extranjera II. e) En función de la regulación y de la programación de la oferta educativa que establezca cada Administración educativa y, en su caso, de la oferta de los centros docentes, al menos dos materias de entre las siguientes materias de opción del bloque de asignaturas troncales: 1.º) Artes Escénicas. 2.º) Cultura Audiovisual II. 3.º) Diseño. 4. En función de la regulación y de la programación de la oferta educativa que establezca cada Administración educativa y, en su caso, de la oferta de los centros docentes, los alumnos y alumnas cursarán un mínimo de dos y máximo de tres materias de las siguientes del bloque de asignaturas específicas: a) Análisis Musical II. b) Ciencias de la Tierra y del Medio Ambiente. c) Dibujo Artístico II. d) Dibujo Técnico II, salvo que los padres, madres o tutores legales o el alumno o alumna ya hayan escogido Dibujo Técnico II en el apartado 1.e).2.º). e) Fundamentos de Administración y Gestión. f) Historia de la Filosofía, salvo que los padres, madres o tutores legales o el alumno o alumna ya hayan escogido Historia de la Filosofía en el apartado 2.e).5.º). g) Historia de la Música y de la Danza. h) Imagen y Sonido. i) Psicología. j) Religión. k) Segunda Lengua Extranjera II. l) Técnicas de Expresión Gráfico-Plástica. m) Tecnología Industrial II. n) Tecnologías de la Información y la Comunicación II. ñ) Una materia del bloque de asignaturas troncales no cursada por el alumno o alumna, que será considerada específica a todos los efectos. En función de la regulación y de la programación de la oferta educativa que establezca cada Administración educativa y, en su caso, de la oferta de los centros docentes, los alumnos y alumnas podrán cursar alguna materia más en el bloque de asignaturas de libre configuración autonómica, que podrán ser materias del bloque de asignaturas específicas no cursadas, materias de ampliación de los contenidos de alguna de las materias de los bloques de asignaturas troncales o específicas, u otras materias a determinar. Estas materias del bloque de asignaturas de libre configuración autonómica podrán ser diferentes en cada uno de los cursos. Entre las materias a determinar, las Administraciones educativas y en su caso los centros podrán ofrecer, entre otras, materias relacionadas con el aprendizaje del sistema braille, la tiflotecnología, la autonomía personal, los sistemas aumentativos y alternativos de comunicación, incluidos los productos de apoyo a la comunicación oral, y las lenguas de signos. 6. El horario lectivo mínimo correspondiente a las materias del bloque de asignaturas troncales, computado de forma global para 2.º de, no será inferior al 50 % del total Delegación Territorial de Educación, Cultura y Deporte de Málaga Página 18

19 del horario lectivo que establezca cada Administración educativa como general para dicho curso. 7. Evaluación final de. 1. Los alumnos y alumnas realizarán una evaluación individualizada al finalizar, en la que se comprobará el logro de los objetivos de esta etapa y el grado de adquisición de las competencias correspondientes en relación con las siguientes materias: a) Todas las materias generales cursadas en el bloque de asignaturas troncales. En el supuesto de materias que impliquen continuidad, se tendrá en cuenta sólo la materia cursada en segundo curso. b) Dos materias de opción cursadas en el bloque de asignaturas troncales, en cualquiera de los cursos. Las materias que impliquen continuidad entre los cursos primero y segundo sólo computarán como una materia; en este supuesto se tendrá en cuenta sólo la materia cursada en segundo curso. c) Una materia del bloque de asignaturas específicas cursada en cualquiera de los cursos, que no sea Educación Física ni Religión. 2. Sólo podrán presentarse a esta evaluación aquellos alumnos y alumnas que hayan obtenido evaluación positiva en todas las materias. A estos efectos, sólo se computarán las materias que como mínimo el alumno o alumna debe cursar en cada uno de los bloques. Además, en relación con aquellos alumnos y alumnas que cursen Lengua Cooficial y Literatura, sólo se computará una materia en el bloque de asignaturas de libre configuración autonómica, con independencia de que los alumnos y alumnas puedan cursar más materias de dicho bloque. 3. El Ministerio de Educación, Cultura y Deporte, previa consulta a las comunidades autónomas, establecerá para todo el Sistema Educativo Español las características de las pruebas, y las diseñará y establecerá su contenido para cada convocatoria. 4. La superación de esta evaluación requerirá una calificación igual o superior a 5 puntos sobre 10. Los alumnos y alumnas que no hayan superado esta evaluación, o que deseen elevar su calificación final de, podrán repetir la evaluación en convocatorias sucesivas, previa solicitud. Se tomará en consideración la calificación más alta de las obtenidas en las convocatorias a las que se haya concurrido. 5. Se celebrarán al menos dos convocatorias anuales, una ordinaria y otra extraordinaria. 6. En el caso de alumnos y alumnas que deseen obtener el título de por más de una modalidad, podrán solicitar que se les evalúe de las materias generales y de opción de su elección del bloque de asignaturas troncales, correspondientes a las modalidades escogidas. 8. Promoción: Los alumnos y alumnas promocionarán de primero a segundo de cuando hayan superado las materias cursadas o tengan evaluación negativa en dos materias, como máximo. En todo caso, deberán matricularse en segundo curso de las materias pendientes de primero. Los centros docentes deberán organizar las consiguientes actividades de recuperación y la evaluación de las materias pendientes. A los efectos de este apartado, sólo se computarán las materias que como mínimo el alumno o alumna debe cursar en cada uno de los bloques. Además, en relación con aquellos alumnos y alumnas que cursen Lengua Cooficial y Literatura, sólo se computará una materia en el bloque de asignaturas de libre configuración autonómica, con independencia de que dichos alumnos y alumnas puedan cursar más materias de dicho bloque. Sin superar el plazo máximo para cursar el indicado en el artículo 26.3, los alumnos y alumnas podrán repetir cada uno de los cursos de una sola vez como máximo, si bien excepcionalmente podrán repetir uno de los cursos Delegación Territorial de Educación, Cultura y Deporte de Málaga Página 19

20 una segunda vez, previo informe favorable del equipo docente. 2. Las Administraciones educativas establecerán las condiciones en las que un alumno o alumna que haya cursado el primer curso de bachillerato en una determinada modalidad pueda pasar al segundo en una modalidad distinta. 3. Los alumnos y las alumnas que al término del segundo curso tuvieran evaluación negativa en algunas materias podrán matricularse de ellas sin necesidad de cursar de nuevo las materias superadas u optar por repetir el curso completo. 9. Título de Bachiller. 1. Para obtener el título de Bachiller será necesaria la superación de la evaluación final de, así como una calificación final de igual o superior a 5 puntos sobre 10. La calificación final de esta etapa se deducirá de la siguiente ponderación: a) con un peso del 60 %, la media de las calificaciones numéricas obtenidas en cada una de las materias cursadas en. b) con un peso del 40 %, la nota obtenida en la evaluación final de. Asimismo, conforme a lo dispuesto en los artículos 44.4 y 50.2 de la ley 2/2006, de 3 de mayo, respectivamente, los alumnos y alumnas que se encuentren en posesión de un título de Técnico o de Técnico Superior o de Técnico de las Enseñanzas Profesionales de Música o de Danza, podrán obtener el título de Bachiller por la superación de la evaluación final de en relación con las materias del bloque de asignaturas troncales que como mínimo se deban cursar en la modalidad y opción que escoja el alumno o alumna. Delegación Territorial de Educación, Cultura y Deporte de Málaga Página 20

21 Delegación Territorial de Educación, Cultura y Deporte de Málaga Página 21

22 Delegación Territorial de Educación, Cultura y Deporte de Málaga Página 22

23 Delegación Territorial de Educación, Cultura y Deporte de Málaga Página 23

24 Delegación Territorial de Educación, Cultura y Deporte de Málaga Página 24

25 FORMACIÓN PROFESIONAL La formación profesional en el sistema educativo se define como el conjunto de acciones formativas que capacitan para el desempeño cualificado de las diversas profesiones, el acceso al empleo y la participación activa en la vida social, cultural y económica. Delegación Territorial de Educación, Cultura y Deporte de Málaga Página 25

26 Tiene por finalidad preparar a las alumnas y alumnos para la actividad en un campo profesional y facilitar su adaptación a las modificaciones laborales que pueden producirse a lo largo de su vida, así como contribuir a su desarrollo personal, al ejercicio de una ciudadanía democrática y el aprendizaje permanente. b) Haber cursado el primer ciclo de ESO o, excepcionalmente, haber cursado el segundo curso de ESO. c) Haber sido propuesto por el equipo docente a los padres, madres, o tutores legales para la incorporación a un ciclo de Formación Profesional Básica. NIVELES EN LA FORMACIÓN PROFESIONAL PROGRAMAS ESPECÍFICOS DE FPB La formación profesional está organizada en dos niveles: Formación Profesional Básica o Programas Específicos de FPB Ciclos Formativos de Grado Medio Ciclos Formativos de Grado Superior Durante un periodo de transición se está haciendo el paso de los ciclos LOGSE a LOE. Finalmente todos los ciclos tendrán una duración de horas y cambiará su currículo. FORMACIÓN PROFESIONAL BÁSICA Los programas específicos de de FPB están destinado al alumnado con necesidades educativas especiales, que teniendo un nivel de autonomía personal y social que le permita acceder a un puesto de trabajo, no puedan integrarse en un ciclo formativo de Formación Profesional Básica Ordinario y cuenten con un desfase curricular que haga inviable la obtención del título de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria y puedan alcanzar cualificaciones profesionales a los módulos de su especialidad. Este alumnado debe tener un dictamen de escolarización B. Será de oferta obligatoria y carácter gratuito. Su duración será de 2 años. Los ciclos de Formación Profesional Básica garantizarán la adquisición de las competencias básicas del aprendizaje permanente, a través de la importación de enseñanzas de Lengua Castellana, Lengua Extranjera, Ciencias Sociales, en su caso Lengua Cooficial, Matemáticas y Ciencias Aplicadas al Contexto Personal y de Aprendizaje en un Campo Profesional. El título de Técnico Profesional Básico permitirá el acceso a los ciclos formativos de Grado Medio, así como posibilidad de obtener el título de Graduado en ESO tras realizar la evaluación final ESO. Podrán acceder a la Formación Profesional Básica los alumnos y las alumnas: a) Tener cumplidos quince años de edad, o cumplirlos durante el año natural en curso, y no superar los diecisiete años de edad en el momento del acceso ni durante el año natural en curso. CICLOS FORMATIVOS DE GRADO MEDIO El Ciclo Formativo de Grado Medio constituye un instrumento tanto para la inserción laboral de los alumnos y alumnas como para la formación permanente de los profesionales de las distintas especialidades.su duración se organiza en módulos profesionales de duración variable. Los módulos profesionales estarán constituidos por áreas de conocimiento teórico-prácticas, en función de las competencias profesionales, que incluirán las definidas en las unidades de competencia, las competencias sociales y personales que se pretenden alcanzar. Estos módulos profesionales, según su naturaleza, estarán asociados o no a unidades de competencia del Catálogo Nacional de Cualificaciones Profesionales. Las enseñanzas que comprende son de dos tipos: Unas, organizadas en módulos profesionales, que se imparten en los centros educativos. Delegación Territorial de Educación, Cultura y Deporte de Málaga Página 26

27 Otras, organizadas en módulos profesionales de formación en centros de trabajo. La superación de un ciclo formativo de grado medio dará derecho a la obtención del título de Técnico que corresponda y permitirá el acceso a cualquiera de las modalidades de. Requisitos de acceso a los Ciclos Formativos de Grado Medio Estar en posesión del título de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria. Estar en posesión del título de Técnico Auxiliar Estar en posesión del título de Técnico Haber superado el segundo curso de Unificado Polivalente Haber superado el segundo curso del primer ciclo experimental de reforma de las enseñanzas medias Haber superado, de las enseñanzas de Artes Aplicadas y Oficios Artísticos, el tercer curso del plan de 1963 o el segundo de comunes experimental. Haber superado otros estudios declarados equivalentes a efectos académicos con alguno de los anteriores. Para acceder mediante prueba de acceso se requerirá tener como mínimo diecisiete años cumplidos en el año de realización de la prueba. Exenciones 1. Para la prueba de acceso a los ciclos formativos de grado medio se contemplan las siguientes exenciones: a) Aquellas personas que tengan superada la prueba de acceso a la Universidad para mayores de 25 años quedarán exentas de la realización de la totalidad de la prueba de acceso a los ciclos formativos de grado medio. Asimismo, quedarán exentos de la realización de toda la prueba quienes tengan superada una prueba de acceso a ciclos formativos de grado superior. b) Quedarán exentos de realizar una parte de la prueba de acceso quienes se encuentren en alguna de las siguientes situaciones: 1. Tener superados los módulos obligatorios de un programa de cualificación profesional inicial. 2. Estar en posesión de un certificado de profesionalidad, conforme al Real Decreto 34/2008 de 18 de enero, BOE nº 27 de , por el que se regulan los certificados de profesionalidad. 3. Haber cursado un programa de garantía social derivado la Ley Orgánica 1/1990 de 3 de octubre, de Ordenación General del Sistema Educativo y presentar una acreditación de aprovechamiento satisfactorio de, al menos, 90 horas de ampliación de conocimientos. 4. Acreditar una experiencia laboral de, al menos, el equivalente a un año con jornada completa, se justificará aportando la siguiente documentación: 5. Personas trabajadoras por cuenta ajena: Certificado de la Tesorería General de la Seguridad Social o de la Mutualidad Laboral a la que estuviese afiliado el solicitante, donde conste la empresa y el período o periodos de cotización. 6. Personas trabajadoras: Certificado del período de cotización en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos y el Certificado de la inscripción en el censo de Obligados Tributarios (Copia compulsada de la declaración de alta en el censo de obligados tributarios). Quienes tengan superadas determinadas materias de cuarto curso de la educación secundaria obligatoria o 2º curso de BUP, podrán quedar exentos de realizar una o varias partes de la prueba de acceso a los ciclos formativos de grado medio, de acuerdo con el cuadro que figura en el Anexo IV de la orden de 23 de abril de 2008, por la que se regulan las pruebas de acceso a los ciclos formativos de Formación Profesional y el curso de preparación de las mismas, BOJA nº 90 de 7 de mayo de De igual forma, quienes tengan superado algún módulo voluntario de un programa de cualificación profesional inicial, quedarán Delegación Territorial de Educación, Cultura y Deporte de Málaga Página 27

28 exentos de realizar la parte de la prueba de acceso correspondiente. Quedarán, exentos de realizar la parte de la prueba de acceso correspondiente, quienes tengan superado el nivel II de alguno de los ámbitos de la Educación Secundaria Obligatoria para personas adultas, o algún grupo o ámbito de la prueba para la obtención del Título de Graduado en Educación Secundaria para mayores de 18 años. Las exenciones contempladas en los apartados 1.b), 2 y 3 serán acumulables. La parte de la prueba a la que se aplicará la exención contemplada en el apartado 1.b) podrá ser elegida por la persona interesada en el momento de realización de la prueba de acceso. De acuerdo con lo previsto en el Real Decreto 971/2007, de 13 de julio, sobre deportistas de alto nivel y alto rendimiento, las personas que acrediten tal condición quedarán exentos de la realización de la parte específica de la prueba que da acceso a los ciclos formativos de la familia profesional de Actividades Física y Deportivas. En aplicación del Convenio de Colaboración entre la Consejería de Educación y el Ministerio de Defensa firmado el 14 de noviembre de 2007, para la realización de acciones conjuntas de materia educativa, el personal de tropa y marinería al servicio del citado Ministerio que acredite experiencia laboral requerida en el artículo 15 de la orden de 23 de abril de 2008, quedará exento de la realización de la parte específica de la prueba de acceso a los ciclos formativos, relacionada con la especialidad militar en la que han desarrollado su actividad profesional. Para ello los solicitantes deben presentar el certificado correspondiente. Aquellas personas que presenten una certificación de exención de alguna materia de bachillerato por problemas graves de audición, quedarán exentas de la realización del ejercicio correspondiente a dicha materia en la prueba de acceso. Dicha exención sólo es aplicable a las personas que presenten el certificado de exención de la materia correspondiente del bachillerato y para el ejercicio de la prueba. INSTRUCCIONES DE 8 DE ABRIL DE 2015 DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE FORMACIÓN PROFESIONAL INICIAL Y EDUCACIÓN PERMANENTE SOBRE ORGANIZACIÓN Y REALIZACIÓN DE LAS PRUEBAS DE ACCESO A LOS CICLOS FORMATIVOS DE FORMACIÓN PROFESIONAL EN LAS CONVOCATORIAS DE JUNIO Y SEPTIEMBRE DE 2015 CUADRO RESUMEN de EXENCIONES PARA CICLOS DE GRADO MEDIO Delegación Territorial de Educación, Cultura y Deporte de Málaga Página 28

29 Delegación Territorial de Educación, Cultura y Deporte de Málaga Página 29

30 EXENCIONES POR MATERIAS SUPERADAS DE CUARTO CURSO DE EDUCACIÓN SECUNDARIA OBLIGATORIA (Ley 1/1990, BOE de 4 de octubre, y Ley Orgánica 2/2006, BOE de 4 de mayo) 4º curso de ESO, materias superadas Lengua castellana y literatura Ciencias sociales, geografía e historia y al menos una de las dos materias siguientes: Educación plástica y visual o Música Matemáticas y al menos una de las cuatro materias siguientes: Biología y geología, Física y Química, Informática o Tecnología Parte de la prueba de acceso Comunicación Social Científico tecnológica EXENCIONES POR MATERIAS SUPERADAS DE SEGUNDO CURSO DE BUP (Ley 14/1970, BOE de 6 de agosto) 2º curso de BUP, materias superadas Lengua castellana y literatura y Lengua extranjera Geografía humana y económica y Enseñanza y actividades técnico profesionales (EATP) Matemáticas y Física y química Parte de la prueba de acceso Comunicación Social Científico tecnológica También la exención de la parte de la prueba de acceso a los ciclos formativos de grado medio, a quienes tengan superado algún o algunos de los ámbitos en los que se divide la prueba para la obtención del título de de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria para mayores de 18 años. CICLOS FORMATIVOS DE GRADO SUPERIOR El Ciclo Formativo de Grado Superior constituye un instrumento tanto para la inserción laboral de los alumnos y alumnas como para la formación permanente de los profesionales de las distintas especialidades. Está organizada en módulos profesionales de duración variable; los módulos profesionales estarán constituidos por áreas de conocimiento teórico-prácticas, en función de las competencias profesionales, que incluirán las definidas en las unidades de competencia, Delegación Territorial de Educación, Cultura y Deporte de Málaga Página 30

31 Requisitos Académicos para acceder a los Ciclos Formativos de Grado Superior Estar en posesión del titulo de Bachiller establecido en la Ley Orgánica 1/1990, de 3 de octubre, de Ordenación General del Sistema Educativo. Haber superado el segundo curso de cualquier modalidad de Experimental. Haber superado el curso de orientación universitaria o preuniversitario. Estar en posesión del título de técnico especialista, técnico superior o equivalente a efectos académicos. Estar en posesión de una titulación universitaria o equivalente. El título de Técnico Superior dará derecho al acceso directo a los estudios universitarios de acuerdo con la normativa vigente de acceso a la Universidad así como a las convalidaciones de los créditos de los estudios universitarios que correspondan. Para acceder mediante prueba de acceso se requerirá tener diecinueve años, cumplidos en el año de realización de la prueba o dieciocho años para quienes acrediten estar posesión de un título de Técnico relacionado con aquél al que se desea acceder. Exenciones 1. Para la prueba de acceso a los ciclos formativos de grado superior se contemplan las siguientes exenciones: Aquellas personas que tengan superada la prueba de acceso a la Universidad para mayores de 25 años quedarán exentas de la realización de la totalidad de la prueba de acceso a los ciclos formativos de grado superior. a) Quedarán exentos de la realización de la parte específica de la prueba de acceso quienes se encuentren en alguna de las siguientes situaciones: 1.º Estar en posesión de un título de Técnico relacionado con aquél al que se desea acceder. Se entenderán como ciclos formativos relacionados los que pertenecen a las familias profesionales comprendidas en la misma opción de la parte específica, conforme el cuadro que figura en el ANEXO VI de la Orden º Estar en posesión de un certificado de profesionalidad, conforme al Real Decreto 34/2008, de 18 de enero, BOE nº 27 de 31 de enero de 2008, de alguna de las familias profesionales incluidas en la opción por la que se presenta, de un nivel competencial dos o superior. 3.º Acreditar una experiencia laboral de, al menos, el equivalente a un año con jornada completa en el campo profesional correspondiente a alguna de las familias de la opción por la que se presentan. Se justificará aportando la siguiente documentación: Personas trabajadoras por cuenta ajena: Certificado de la Tesorería General de la Seguridad Social o de la Mutualidad Laboral a la que estuviese afiliado la persona solicitante, donde conste la empresa y el periodo o periodos de cotización. Personas trabajadoras por cuenta propia: Certificado del período de cotización en el Régimen Especial de personas Autónomas o el Certificado de la inscripción en el censo de Obligados Tributarios (copia compulsada de la declaración de alta en el censo de obligados tributarios) Asimismo, quienes acrediten mediante certificado del centro en el que la realizaron, haber superado la prueba de acceso a un ciclo formativo de grado superior en convocatorias anteriores a la publicación de la Orden de 23 de abril de 2008, por la que se regulan las pruebas de acceso a los ciclos formativos de Formación Profesional y el curso de preparación de las mismas, BOJA nº 90 de 7 de mayo de 2008, y deseen acceder a un ciclo formativo distinto, quedarán exentas de realizar la parte común de la prueba. De igual forma, aquellas personas, que acrediten mediante certificación académica tener aprobadas las materias de bachillerato que corresponden a un ejercicio de la prueba de acceso, quedarán exentas de la realización del mismo, de acuerdo con el Delegación Territorial de Educación, Cultura y Deporte de Málaga Página 31

32 cuadro que figura en el Anexo VIII de la Orden de 23 de abril de 2008, por la que se regulan las pruebas de acceso a los ciclos formativos de Formación Profesional y el curso de preparación de las mismas, BOJA nº 90 de 7 de mayo de Las exenciones contempladas en los apartados anteriores serán acumulables. De acuerdo con lo previsto en el Real Decreto 971/2007, de 13 de julio, sobre deportistas de alto nivel y alto rendimiento, las personas que acrediten tal condición quedarán exentos de la realización de la parte específica de la prueba que da acceso a los ciclos formativos de la familia profesional de Animación de Actividades Física y Deportivas. En aplicación del Convenio de Colaboración entre la Consejería de Educación y el Ministerio de Defensa firmado el 14 de noviembre de 2007, para la realización de acciones conjuntas de materia educativa, el personal de tropa y marinería al servicio del citado Ministerio que acredite experiencia laboral requerida en el artículo 15 de la orden de 23 de abril de 2008, quedará exento de la realización de la parte específica de la prueba de acceso a los ciclos formativos, relacionada con la especialidad militar en la que han desarrollado su actividad profesional. Para ello los solicitantes deben presentar el certificado correspondiente. Aquellas personas que presenten una certificación de exención de alguna materia de bachillerato por problemas graves de audición, quedarán exentas de la realización del ejercicio correspondiente a dicha materia en la prueba de acceso. Dicha exención sólo es aplicable a las personas que presenten el certificado de exención de la materia correspondiente del bachillerato y para el ejercicio de la prueba. EXENCIONES PARA LA PRUEBA DE ACCESO A LOS CICLOS FORMATIVOS DE GRADO SUPERIOR. Exenciones de partes de las pruebas. a) En el caso de personas inscritas en la prueba de acceso a los ciclos formativos de grado superior que, en aplicación del artículo 15, apartado 1.b).3º, de la Orden de 23 de abril de 2008, soliciten la exención de la parte específica de la prueba alegando una experiencia laboral de, al menos, el equivalente a un año con jornada completa en el campo profesional correspondiente a alguna de las familias profesionales de la opción por la que se presentan, la Comisión correspondiente podrá recabar el asesoramiento del Departamento de familia profesional correspondiente del centro en el que actúe, si lo hubiere, o solicitar dicho asesoramiento a otro centro educativo a través del responsable de la Delegación Territorial correspondiente de las pruebas de acceso. b) Quienes tengan superada la prueba de acceso a algún ciclo formativo de grado superior en convocatorias anteriores a la entrada en vigor de la Orden de 23 de abril de 2008 y quieran acceder a un ciclo formativo distinto, deberán realizar la parte específica de la prueba incluso para acceder a ciclos formativos de familias profesionales que pertenezcan a la misma opción de aquél para el que superaron la prueba. c) De acuerdo con lo previsto en el artículo 9 del Real Decreto 971/2007, de 13 de julio, sobre deportistas de alto nivel y alto rendimiento, las personas que acrediten tal condición quedarán exentos de la realización de la parte específica de la prueba que da acceso a los ciclos formativos de la familia profesional Actividades Físicas y Deportivas. d) En aplicación del Convenio de Colaboración entre la Consejería de Educación, Cultura y Deporte y el Ministerio de Defensa firmado el 15 de octubre de 2007, para la realización de acciones conjuntas en materia educativa, el personal de tropa y marinería al servicio del citado Ministerio que acredite experiencia laboral requerida en el artículo 15 de la Orden de 23 de abril de 2008, quedará exento de la realización de la parte específica de la prueba de acceso a los ciclos formativos, relacionada con la especialidad militar en la que han desarrollado su actividad profesional. Delegación Territorial de Educación, Cultura y Deporte de Málaga Página 32

33 e) Aquellas personas que presenten una certificación de exención de algunos de los idiomas que se cursen en el bachillerato por problemas graves de audición, quedarán exentas de la realización del ejercicio correspondiente a dicho idioma. f) Quedarán exentos de la realización del ejercicio de lengua extranjera de la parte común o del ejercicio de segunda lengua extranjera de la parte específica, si procede, de las pruebas de acceso a los ciclos formativos de grado superior, quienes acrediten haber superado el nivel A2 o superior de las enseñanzas de idiomas de régimen especial. Delegación Territorial de Educación, Cultura y Deporte de Málaga Página 33

34 EXENCIONES POR MATERIAS DE BACHILLERATO (Orden Parte de la prueba Común Opción A Opción B Opción C Ejercicios de la opción Matemáticas Lengua Lengua Extranjera Materias del LOE Ley Orgánica 2/2006, BOE de 4 de mayo Matemáticas I o Matemáticas Aplicadas a las CCSS I Lengua Castellana y Literatura II Lengua Extranjera II Materias del LOGSE Ley Orgánica 2/2006, BOE de 4 de octubre Matemáticas I o Matemáticas Aplicadas a las CCSS I Lengua Castellana y Literatura II Lengua Extranjera II Asignaturas del BUP y COU Ley 14/1970, BOE de 6 de agosto Matemáticas (3º BUP) Lengua Española (COU) Lengua Extranjera (COU) Geografía Geografía Geografía Ninguna Economía Segunda Lengua Extranjera Economía y Economía de la Empresa Segunda Lengua Extranjera II Economía y Economía y Organización de Empresas Segunda Lengua Extranjera II Ninguna Segundo idioma extranjero (Materia voluntaria COU) Física Física Física Física (COU) Tecnología Industrial Tecnología Industrial II Tecnología Industrial II Ninguna Electrotecnia Electrotecnia Electrotecnia Ninguna Física Física Física Física (COU) Química Química Química Química (COU) Biología Biología Biología Biología (COU) Delegación Territorial de Educación, Cultura y Deporte de Málaga Página 34

35 BACHILLERATOS RELACIONADOS CON LOS CICLOS FORMATIVOS DE GRADO SUPERIOR ESTABLECIDOS AL AMPARO DE LA LEY 1/1990 (LOGSE), Y OPCIÓN DE LA PRUEBA DE ACCESO Familia Profesional ACTIVIDADES AGRARIAS ACTIVIDADES FÍSICAS Y DEPORTIVAS ACTIVIDADES MARÍTIMO - PESQUERAS ADMINISTRACIÓN Ciclos Formativos de Grado Superior Gestión y Organización de los Recursos Naturales y Paisajísticos Animación de actividades Físicas y Deportivas Navegación, Pesca y Transporte Marítimo Supervisión y Control de Máquinas e Instalaciones del Buque CRITERIOS DE ADMISIÓN Materias de LOGSE Modalidades de LOGSE Ciencias de la Naturaleza y de la Salud - Ciencias de la Tierra y del Medio Ambiente Opción Prueba de Acceso Tecnología - Cualquier modalidad de C Ciencias de la Naturaleza y de la Salud - Dibujo Técnico B Tecnología Ciencias de la Naturaleza y de la Salud - Electrotecnia B Tecnología Producción Acuícola Ciencias de la Naturaleza y de la Salud Tecnología Administración y Finanzas Humanidades y Ciencias Sociales - Economía y Organización de Empresas Secretariado Ciencias de la Naturaleza y de la Salud - Economía y Organización de Empresas Humanidades y Ciencias Sociales C C A A Científico-Técnología Diseño y Producción Editorial Artes - Dibujo Técnico B ARTES GRAFICAS COMERCIO Y MARKETING Producción en industrias de artes gráficas Comercio Internacional Gestión Comercial y Marketing Gestión del Transporte Servicios al consumidor Imagen Ciencias de la Naturaleza y de la Salud Tecnología Ciencias de la Naturaleza y de la Salud Tecnología Ciencias de la Naturaleza y de la Salud - Economía y Organización de Empresas Humanidades y Ciencias Sociales Ciencias de la Naturaleza y de la Salud - Economía y Organización de Empresas Humanidades y Ciencias Sociales Ciencias de la Naturaleza y de la Salud - Economía y Organización de Empresas Humanidades y Ciencias Sociales Ciencias de la Naturaleza y de la Salud - Economía y Organización de Empresas Humanidades y Ciencias Sociales Artes - Física B B A A A A COMUNICACIÓN, IMAGEN Y SONIDO Producción de Audiovisuales, Radio y Espectáculos Ciencias de la Naturaleza y de la Salud Tecnología Ciencias de la Naturaleza y de la Salud - Economía y Organización de Empresas B Delegación Territorial de Educación, Cultura y Deporte de Málaga Página 35

36 Humanidades y Ciencias Sociales Realización de Audiovisuales y Espectáculos Tecnología Artes Ciencias de la Naturaleza y de la Salud - Física B Sonido Tecnología Ciencias de la Naturaleza y de la Salud - Física B EDIFICACIÓN Y OBRA CIVIL Desarrollo de Proyectos Urbanísticos y Operaciones Topográficas Proyectos de Edificación Tecnología Ciencias de la Naturaleza y de la Salud - Dibujo Técnico B Tecnología Ciencias de la Naturaleza y de la Salud Dibujo Técnico B Tecnología Mecánica Familia Profesional EDIFICACIÓN Y OBRA CIVIL ELECTRICIDAD Y ELECTRÓNICA Ciclos Formativos de Grado Superior CRITERIOS DE ADMISIÓN Modalidades de LOGSE Realización y planes de obra Ciencias de la Naturaleza y de la Salud Desarrollo de Productos Electrónicos Sistemas de Regulación y Control Automáticos Sistemas de Telecomunicación e Informáticos Sistemas electrotécnicos y automatizados Estética Materias de LOGSE Opción Prueba de Acceso Tecnología Ciencias de la Naturaleza y de la Salud - Electrotecnia B Tecnología Ciencias de la Naturaleza y de la Salud - Electrotecnia B Tecnología Ciencias de la Naturaleza y de la Salud - Electrotecnia B Tecnología Ciencias de la Naturaleza y de la Salud Tecnología Ciencias de la Naturaleza y de la Salud -Biología B B C IMAGEN PERSONAL Humanidades y Ciencias Sociales Asesoría de Imagen Personal Ciencias de la Naturaleza y de la Salud C MADERA Y MUEBLE MANTENIMIENTO Y SERVICIOS A LA PRODUCCIÓN Desarrollo de Productos en Carpintería y Mueble Producción de madera y mueble Mantenimiento de Equipo Industrial Prevención de riesgos profesionales Humanidades y Ciencias Sociales Artes - Dibujo Técnico B Tecnología Artes B Tecnología Ciencias de la Naturaleza y de la Salud - Tecnología Industrial II B Tecnología Ciencias de la Naturaleza y de la Salud Biología C Tecnología Tecnología Industrial I Delegación Territorial de Educación, Cultura y Deporte de Málaga Página 36

37 Humanidades y Ciencias Sociales Química Ambiental Ciencias de la Naturaleza y de la Salud - Química C Plásticos y caucho Tecnología Ciencias de la Naturaleza y de la Salud C QUIMICA Industrias de proceso de pasta y papel Fabricación de productos farmacéuticos y afines Anatomía Patológica y Citología Dietética Documentación Sanitaria Tecnología Ciencias de la Naturaleza y de la Salud C Tecnología Ciencias de la Naturaleza y de la Salud C Tecnología - Ciencias de la Naturaleza y de la - Biología C Salud - Ciencias de la Naturaleza y de la - Biología C Salud Ciencias de la Naturaleza y de la Salud C Higiene Bucodental Humanidades y Ciencias Sociales Ciencias de la Naturaleza y de la Salud - Biología C Tecnología Imagen para el Diagnóstico Ciencias de la Naturaleza y de la Salud - Biología C SANIDAD Laboratorio de diagnóstico clínico Ortoprotésica Tecnología Ciencias de la Naturaleza y de la Salud - Biología C Tecnología Ciencias de la Naturaleza y de la Salud - Biología C Prótesis dentales Tecnología Ciencias de la Naturaleza y de la Salud C Radioterapia Tecnología Ciencias de la Naturaleza y de la Salud - Biología C Salud ambiental Animación Sociocultural Tecnología Ciencias de la Naturaleza y de la Salud Ciencias de la Tierra y del Medio Ambiente Tecnología Ciencias de la Naturaleza y de la Salud C A Humanidades y Ciencias Sociales SERVICIOS SOCIOCULTURALES Y A LA COMUNIDAD Interpretación de la Lengua de Signos Integración Social Tecnología Cualquier modalidad de Ciencias de la Naturaleza y de la Salud A A Humanidades y Ciencias Sociales Tecnología Delegación Territorial de Educación, Cultura y Deporte de Málaga Página 37

38 BACHILLERATOS RELACIONADOS CON LOS CICLOS FORMATIVOS DE GRADO SUPERIOR ESTABLECIDOS AL AMPARO DE LA LEY 2/2006 (LOE) Y OPCIÓN DE LA PRUEBA DE ACCESO. Ciclos Formativos CRITERIOS DE ADMISIÓN Opción Familia Profesional de Grado Superior Modalidades de LOE Materias de LOE Prueba de Acceso EDIFICACIÓN Y OBRA Proyectos de edificación CIVIL Ciencias y Tecnología Artes B ELECTRICIDAD Y Sistemas electrotécnicos y ELECTRÓNICA automatizados Ciencias y Tecnología B ENERGÍA Y AGUA Eficiencia energética y energía solar térmica Ciencias y Tecnología B Construcciones metálicas Ciencias y Tecnología B FABRICACIÓN Diseño en fabricación MECÁNICA mecánica Ciencias y Tecnología B Programación de la producción en fabricación Ciencias y Tecnología B mecánica Agencia de viajes y gestión Humanidades y Ciencias Sociales de eventos A Gestión de alojamientos turísticos Humanidades y Ciencias Sociales A HOSTELERÍA Y Guía, información y TURISMO asistencia turísticas Humanidades y Ciencias Sociales A Dirección de cocina Ciencias y Tecnología A Dirección de servios de restauración Ciencias y Tecnología A Procesos y calidad en la INDUSTRIA Ciencias y Tecnología C industria alimentaria ALIMENTARIA Vitivinicultura C Administración de sistemas Ciencias y Tecnología informáticos en red B INFORMÁTICA Y Desarrollo de aplicaciones COMUNICACIONES multiplataforma Ciencias y Tecnología B Desarrollo de aplicaciones web Ciencias y Tecnología B Desarrollo de proyectos de instalaciones térmicas y de Ciencias y Tecnología B INSTALACIÓN Y MANTENIMIENTO fluidos Mantenimiento de instalaciones térmicas y de Ciencias y Tecnología B fluidos Laboratorio de análisis y QUÍMICA control de calidad Ciencias y Tecnología Química C Química Industrial Ciencias y Tecnología Química C SANIDAD Audiología protésica Ciencias y Tecnología SERVICIOS SOCIOCULTURALES Y Educación infantil Humanidades y Ciencias Sociales A A LA COMUNIDAD TEXTIL CONFECCIÓN Patronaje y Moda Y PIEL Ciencias y Tecnología B TRANSPORTE Y MANTENIMIENTO DE Automoción Ciencias y Tecnología B VEHÍCULOS Delegación Territorial de Educación, Cultura y Deporte de Málaga Página 38

39 Formación Profesional a Distancia Los requisitos académicos de acceso a esta modalidad de enseñanza serán los establecidos con carácter general para acceder a las enseñanzas de Formación Profesional Específica. Asimismo podrán acceder a esta modalidad de enseñanzas las personas que acrediten haber superado las pruebas de acceso a los correspondientes ciclos formativos, de acuerdo con la normativa vigente. Acceso por experiencia laboral Podrán acceder a los módulos profesionales de los ciclos formativos de Formación Profesional impartidos en la modalidad a distancia las personas mayores de dieciocho años que, aún cuando no reúnan las condiciones de acceso anteriores, acrediten una experiencia laboral de, al menos, dos años. Esta modalidad de formación está recomendada para un alumnado que posea unos conocimientos básicos del uso de un ordenador personal y de Internet (navegación en páginas Web, correo electrónico, etc.) Asimismo, aunque se puede acceder desde cualquier equipo con acceso a Internet, es muy recomendable disponer de un ordenador y conexión a Internet propios durante todo el curso para garantizar el seguimiento durante el mismo. Puede acceder al apartado de Oferta Formativa para consultar las horas lectivas asociadas al currículo de cada módulo profesional antes de realizar la matriculación. No es aconsejable matricularse de un conjunto de módulos profesionales asociados a una carga lectiva superior a la disponibilidad horaria del alumnado. En los ciclos formativos donde se ofertan la mayor parte de los módulos profesionales del mismo, se puede observar un itinerario formativo recomendado por el equipo docente para el alumnado que se matricula por primera vez. Acceda al apartado de Oferta Formativa. Conviene recordar que para obtener el título de Técnico y el de Técnico Superior, se requerirá superar todos los módulos profesionales que componen el ciclo formativo y estar en posesión de alguno de los requisitos académicos de acceso a la Formación Profesional Específica de Grado Medio o Superior o haber superado la prueba de acceso para el ciclo correspondiente. Es importante recordar también que para poder realizar los módulos de Proyecto Integrado y Formación en Centros de Trabajo (FCT), es indispensable haber superado todos los módulos específicos del Ciclo Formativo Indicar también que sólo se requerirá la asistencia a los Institutos de Educación Secundaria para la realización de la prueba final, y se podrá realizar en varios centros educativos distribuidos en diferentes provincias. El desarrollo de los contenidos y las actividades de evaluación se realizarán a través de Internet. En las enseñanzas a distancia no se contemplarán las situaciones de anulación, renuncia o baja una vez realizada la matrícula, ni procederá la devolución de la cantidad ingresada en concepto de precios públicos, salvo en los casos imputables a error administrativo. El IEDA oferta una formación modular por cuatrimestres. La oferta anual y del primer cuatrimestre, el plazo de solicitud de admisión, estará comprendido entre el día 15 y 30 de junio. Para las solicitudes de nuevos cuatrimestres, consultar la página web del IEDA. Curso de preparación de las pruebas de acceso a la Formación Profesional El curso de preparación de las pruebas de acceso a los ciclos formativos de grado medio tendrá una duración de 300 horas lectivas. El curso de preparación de las pruebas de acceso a los ciclos formativos de grado superior tendrá una duración total de 450 horas lectivas, de las cuales 270 horas corresponderán a la preparación de la parte Delegación Territorial de Educación, Cultura y Deporte de Málaga Página 39

40 común y 180 a la preparación de la parte específica de l a prueba de acceso. En todos los casos, los cursos de preparación de las pruebas de acceso a los ciclos formativos deberán estar finalizados antes del día 25 de mayo. Requisitos 1. Podrán realizar el curso de preparación de la prueba de acceso a los ciclos formativos de grado medio quienes, al menos, tengan cumplidos 16 años de edad. 2. Podrán realizar el curso de preparación de la prueba de acceso a los ciclos formativos de grado superior quienes tengan cumplidos 18 años de edad o los cumplan antes del 31 de diciembre del año natural en el que comienza el curso. Evaluación y calificación 1. Al finalizar el curso de preparación de la prueba de acceso, la jefatura de estudios del centro organizará una sesión de evaluación a la que asistirá todo el profesorado que haya participado en el mismo. En esta reunión se determinará la calificación final de cada alumno o alumna, que será numérica entre 0 y 10, sin decimales. 2. El alumnado que realice el curso de preparación de la prueba de acceso recibirá una calificación final, que tendrá efectos exclusivamente en los términos previstos en el artículo 16.3 de la mencionada orden. 3. El curso de preparación de la prueba de acceso a los ciclos formativos de grado medio y de grado superior se considerará superado cuando la calificación final obtenida sea igual o superior a cinco puntos. 4. El alumnado que haya superado un curso de preparación de las pruebas de acceso a los ciclos formativos no podrá volver a inscribirse en el mismo curso. Certificación certificación tendrá validez en todo el Estado en los términos establecidos en el artículo 16.3 de la mencionada orden. Pruebas Libres de Formación Profesional Qué son las pruebas libres? Se trata de unas pruebas que permiten obtener una acreditación oficial de una competencia profesional. Cada uno de esos exámenes está en relación con un módulo profesional de un Ciclo Formativo de Formación Profesional del sistema educativo, ya sea de Grado Superior o de Grado Medio. Quién puede presentarse a las pruebas libres? Pueden presentarse todas aquellas personas que cumplan los siguientes requisitos: 1. Para acceder a la realización de las pruebas de módulos profesionales correspondientes a un título de Técnico (Grado Medio), se requerirá tener 18 años de edad cumplidos en el presente año. Para acceder a la realización de las pruebas de módulos profesionales correspondientes a un título de Técnico Superior (Grado Superior), se requerirá tener 20 años de edad cumplidos en el presente año. En el caso de que se acredite estar en posesión de un título de Técnico relacionado con el de Técnico Superior al que corresponden los módulos profesionales del título que se pretende obtener, el requisito de edad será de 19 años en el presente año. 2. Además de los requisitos de edad indicados para cada caso en los apartados anteriores, los solicitantes deberán estar en posesión de los requisitos de acceso establecidos con carácter general para acceder a los correspondientes ciclos formativos, y que son: El alumnado que haya superado el curso de preparación de la prueba de acceso recibirá una certificación oficial conforme al modelo que figura en el Anexo XIV de la mencionada orden. Esta a) Para ciclos formativos de Grado Medio: Estar en posesión del título de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria. Delegación Territorial de Educación, Cultura y Deporte de Málaga Página 40

41 Estar en posesión del título de Técnico Auxiliar de Formación Profesional de Primer Grado. Haber superado el segundo curso del Unificado y Polivalente. Haber superado el segundo curso del primer ciclo experimental de la Reforma de las Enseñanzas Medias. Haber superado el tercer curso del Plan de Estudios de 1963, o segundo curso de comunes experimental de las Enseñanzas de Artes Aplicadas y Oficios Artísticos. Haber superado otros estudios declarados equivalentes a efectos académicos con alguno de los anteriores. Haber superado las pruebas de acceso a los correspondientes ciclos formativos o la prueba de acceso a la universidad para mayores de 25 años. b) Para ciclos formativos de Grado Superior: Estar en posesión del título de Bachiller establecido en la Ley Orgánica 1/1990, de 3 de octubre, de Ordenación General del Sistema Educativo. Haber superado el segundo curso de cualquier modalidad de Experimental. Haber superado el Curso de Orientación Universitaria o Preuniversitario. Estar en posesión del título de Técnico Especialista, Técnico Superior o equivalente a efectos académicos. Estar en posesión de una titulación universitaria o equivalente. Haber superado las pruebas de acceso a los correspondientes ciclos formativos o la prueba de acceso a la universidad para mayores de 25 años. Delegación Territorial de Educación, Cultura y Deporte de Málaga Página 41

42 ACCESO A LA UNIVERSIDAD 1. NORMATIVA Acuerdo de 10 de septiembre de 2013 de la Comisión Coordinadora Interuniversitaria de Andalucía. Normativa de la Comisión Coordinadora Interuniversitaria de Andalucía. COMPOSICIÓN DE LA PRUEBA DE ACCESO La prueba de Acceso a la Universidad se compone de dos fases: Fase General Fase Específica Real Decreto 1892/2008, de 14 de noviembre, por el que se regulan las condiciones para el acceso a las enseñanzas universitarias oficiales de grado y los procedimientos de admisión a las universidades públicas españolas. (14 de noviembre de 2008) Corrección de errores del Real Decreto 1892/2008, de 14 de noviembre, por el que se regulan las condiciones para el acceso a las enseñanzas universitarias oficiales de grado y los procedimientos de admisión a las universidades públicas españolas. (28 de marzo de 2009) Corrección de errores del Real Decreto 1892/2008, de 14 de noviembre, por el que se regulan las condiciones para el acceso a las enseñanzas universitarias oficiales de grado y los procedimientos de admisión a las universidades públicas españolas. (21 de julio de 2009) Real Decreto 558/2010, de 7 de mayo, por el que se modifica el Real Decreto 1892/2008, de 14 de noviembre, por el que se regulan las condiciones para el acceso a las enseñanzas universitarias oficiales de grado y los procedimientos de admisión a las universidades públicas españolas. (7 de mayo de 2010) Orden EDU/3242/2010, de 9 de diciembre, por la que se determina el contenido de la fase específica de la prueba de acceso a la universidad que podrán realizar quienes estén en posesión de un título de técnico superior de formación profesional, de técnico superior de artes plásticas y diseño o de técnico deportivo superior y equivalentes. (9 de diciembre de 2010) FASE GENERAL (BACHILLERATO) Delegación Territorial de Educación, Cultura y Deporte de Málaga Página 42 Comentario de Texto Historia de la Filosofía o Historia de España Lengua Extranjera: Inglés, Francés, Alemán, Italiano, Portugués Cuarto ejercicio: sobre una materia de modalidad de 2º de Características o Tiene carácter obligatorio o Cada ejercicio tiene una duración de hora y media o Los ejercicios presentarán dos opciones a elegir una o Cada ejercicio se calificará de 0 a 10 puntos, con dos cifras decimales o La calificación será la media aritmética de las cuatro materias. o o Tiene validez indefinida Calificación Final de la Prueba. Se considerará superada: o Cuando se haya obtenido una calificación igual o superior a 5 puntos como resultado de la siguiente media ponderada: 60% nota media de

43 40% calificación de la Fase General. o Cuando se haya obtenido un mínimo de 4 puntos en la Fase General No existe número máximo de convocatorias para superar la Prueba o mejorar la calificación. FASE ESPECÍFICA (BACHILLERATO Y F.P.) Tiene carácter optativo. Permite mejorar la calificación de la Prueba o del expediente del Ciclo Formativo Superior Podrá realizarse un máximo de cuatro ejercicios de materias de modalidad de 2º de Serán tenidas en cuenta las dos mejores calificaciones Las calificaciones se multiplicarán por un parámetro de ponderación entre 0.1 y 0.2 Validez: dos cursos académicos siguientes. No existe número máximo de convocatorias para mejorar la calificación de las materias. ALUMNOS SORPRENDIDOS COPIANDO O USANDO CALCULADORAS NO PERMITIDAS Se actuará de la siguiente manera en el caso de que se detecte que un alumno o alumna está copiando: El alumno deberá abandonar inmediatamente el examen de la materia de que se trate en el momento en que se detecte el hecho, siendo identificado por el responsable de la Sede, quien dará traslado de los hechos a la presidencia del tribunal. El alumno no podrá presentarse a ningún otro examen de la misma convocatoria y los exámenes ya realizados serán calificados con cero puntos. En ningún caso ello supondrá devolución de los precios y/o tasas de matrícula. A los efectos del párrafo anterior, se considerará que un alumno está copiando si se detecta el uso de calculadoras, audífonos, teléfonos móviles u otros dispositivos electrónicos que sean programables, con capacidad para el almacenamiento voz y/o de datos o trasmisión de los mismos. Tampoco se permite el uso de relojes que aporten algunas prestaciones equivalentes a las anteriores. CALIFICACIÓN DE ADMINISÓN A TITULACIONES DE GRADO Calificación de la Prueba de Acceso o media de expediente Ciclo Formativo Superior + Las dos mejores calificaciones obtenidas en la Fase Específica multiplicadas por un parámetro de ponderación entre 0.1 y 0.2. La nota de admisión sólo incorporará las calificaciones de los ejercicios de la Fase Específica cuando su calificación sea 5 o superior. RECLAMACIÓN Y DOBLE CORRECCIÓN Reclamación: El ejercicio será corregido de nuevo por el mismo corrector. La calificación no podrá ser inferior a la obtenida previamente. Agota la vía administrativa. Doble Corrección El ejercicio será corregido por un profesor distinto al que realizó la primera corrección. La calificación del ejercicio será la media aritmética de ambas correcciones. Si existe una diferencia entre las dos calificaciones de 2 ó más puntos se efectuará una tercera corrección. La calificación será la media aritmética de las tres. La calificación del ejercicio puede ser inferior a la previamente obtenida. Se podrá presentar Reclamación a la Doble Corrección. El estudiante tendrá derecho a ver su examen en el plazo de 10 días. REPETICIÓN Y VALIDEZ DE LA PRUEBA DE ACCESO A LA UNIVERSIDAD (SELECTIVIDAD) Podrán presentarse cuantas veces lo deseen para superar la calificación de la fase general y/o de la fase específica. La superación de la fase general otorga acceso a la universidad de manera indefinida. Las materias superadas en la fase específicas tienen validez en el curso que se superan y los dos siguientes cursos (se podrán usar en los procesos de admisión de tres cursos). Transcurridos esos dos siguientes cursos caducan las calificaciones de la fase específica. Las notas de las materias de la fase específica únicamente tendrán validez si en la Delegación Territorial de Educación, Cultura y Deporte de Málaga Página 43

44 convocatoria en que se superan, simultáneamente o con anterioridad, se tiene superada la fase general de la prueba de bachillerato o se esta en posesión de un título de técnico superior. Convocatoria ordinaria: 16, 17 y 18 de junio de 2015 Curso Convocatoria extraordinaria: 15,16 y 17 de septiembre de 2014 HORARIO PRIMER DÍA SEGUNDO DÍA TERCER DÍA 08:00-08:30 CITACIÓN CITACIÓN CITACIÓN 08:30-10:00 COMENTARIO DE TEXTO RELACIONADO CON LA LENGUA CASTELLANA Y LA LITERATURA II HISTORIA DEL ARTE MATEMÁTICAS II ANALÍSIS MUSICAL II DISEÑO GEOGRAFÍA BIOLOGÍA 10:00-10:45 DESCANSO DESCANSO DESCANSO 10:45-12:15 HISTORIA DE ESPAÑA TÉCNICAS DE EXPR. GRÁFICO- DIBUJO TÉCNICO II PLASTICAS HISTORIA DE LA FILOSOFÍA QUÍMICA CIENCIAS DE LA TIERRA Y MEDIOAMBIENTALES ELECTROTÉCNIA ECONOMÍA DE LA EMPRESA LITERATURA UNIVERSAL GRIEGO II 12:15-13:00 DESCANSO DESCANSO DESCANSO 13:00-14:30 IDIOMA EXTRANJERO LENGUAJE Y PRÁCTICA HISTORIA DE LA MÚSICA Y MUSICAL DANZA TECNOLOGÍA INDUSTRIAL II DIBUJO ARTÍSTICO II MATEMÁT. APLIC. A LAS CC. SOCIALES II FÍSICA LATÍN II 16:00-16:30 CITACIÓN 16:30-18:00 INCOMPATIBILIDAD 18:00-18:30 DESCANSO 18:30-20:00 INCOMPATIBILIDAD 20:00-20:30 DESCANSO 20:30-22:00 INCOMPATIBILIDAD Delegación Territorial de Educación, Cultura y Deporte de Málaga Página 44

45 Acceso desde ciclos formativos de grado superior, artes plásticas y diseño y técnico deportivo superior Para acceder a la universidad por esta vía es necesario estar en posesión de un título de formación profesional, técnico superior de artes pláticas y diseño, o técnico deportivo superior. NOTAS DE ADMISIÓN La nota de admisión se calcula mediante la siguiente fórmula: NOTA DE ADMISIÓN = NMC+ a*m1+b*m2 Donde: NMC: Nota media del Ciclo formativo. a y b son parámetros de ponderación que relacionan cada módulo del Ciclo Formativo con las carreras universitarias M1 y M2, son las dos mejores calificaciones de las materias de la fase específica a la que pueden presentarse los estudiantes procedentes de ciclos formativos, artes plásticas y de diseño o técnico deportivo superior, que multiplicada por los respectivos parámetros, a y b, otorguen la mejor de las notas de admisión para cada una de las carreras solicitadas por el alumno. Estas materias son las materias de modalidad del. La nota de admisión se calcula con 3 cifras decimales exactas. Prueba de acceso a la Universidad para mayores de 25 años Quienes tengan cumplidos, al menos, los 25 años de edad el 1 de octubre del año en que desea ingresar en la universidad, podrán acceder a la universidad mediante la superación de la prueba de acceso Estructura de la prueba La prueba consta de dos fases: General y Específica, ambas obligatorias. Fase general: Tiene por objetivo apreciar la madurez e idoneidad de los candidatos para seguir con éxito estudios universitarios, así como su capacidad de razonamiento y de expresión escrita. Esta fase consta de 3 ejercicios: El primer ejercicio Comentario de texto o desarrollo de un tema general de actualidad. El segundo ejercicio Lengua Castellana. El tercer ejercicio Lengua extranjera. Traducción de un texto en lengua extranjera a elegir entre alemán, francés, inglés, italiano o portugués. La duración de cada uno de los ejercicios de la Fase general será de una hora. Entre el final de un ejercicio y el comienzo del siguiente habrá un descanso de 30 minutos. Fase específica: Tiene por finalidad valorar las habilidades, capacidades y aptitudes de los candidatos para cursar con éxito las diferentes enseñanzas universitarias vinculadas a cada una de las remas de conocimiento en torno a las cuales se organizan los títulos universitarios oficiales de grado. El candidato deberá elegir una de las cinco ramas de conocimiento, y dentro de ella, dos de las materias que le pertenecen, si bien al menos una de las materias escogidas deberá ser de entre las que se encuentran resaltadas en color azul, tal como se indica a continuación: o Artes y humanidades: Dibujo técnico; Dibujo artístico; Geografía; Historia general y del arte; Historia de la música y de la danza; Latín Literatura universal. o Ciencias: Biología; Física; Matemáticas y Química. o Ciencias de la salud: Física; Matemáticas; o Biología y Química. Ciencias sociales y jurídicas: Economía de la empresa; Geografía; Latín y Matemáticas aplicadas a las ciencias sociales. o Ingeniería y Arquitectura: Dibujo técnico; Matemáticas; Física y Tecnología industrial. y Delegación Territorial de Educación, Cultura y Deporte de Málaga Página 45

46 La duración de esta Fase Específica será de tres horas continuadas para responder a los dos ejercicios que la componen, dejando a criterio del candidato la distribución de dicho horario. NOTA DE ADMISIÓN: 09:00-12:00 Examen de las dos materias elegidas La nota de admisión se calcula con la siguiente formula: NOTA DE ADMISIÓN = (CFG + CFE) / 2 Donde: CFG: La media aritmética de las Calificaciones de los 3 ejercicios de la Fase General, calculadas con 3 cifras decimales exactos. 11Calificaciones de los 2 ejercicios de la Fase Específica, calculadas con 3 cifras decimales exactos. Se supera la prueba si la nota de admisión es superior o igual a 5 puntos, expresada con 3 cifras decimales exactas, debiendo ser CFG y CFE, ambas, superiores o igual a 4 puntos. Se puede ver también el acceso para personas mayores de 40 ó 45 años. Para más información CALENDARIO PARA LA ADMISIÓN AL CURSO 2014/2015 Presentación solicitudes Calendario de la prueba 2 al 20 de marzo y 18 de abril de 2015 Primer día: Fase general Segundo día: Fase específica 16:30-17:00 17:00-18:00 18:00-18:30 18:30-19:30 19:30-20:00 20:00-21:00 08:30-09:00 Citación y distribución Comentario texto o desarrollo tema general de actualidad Descanso Lengua castellana Descanso Lengua extranjera (traducción de un texto) Citación y distribución Delegación Territorial de Educación, Cultura y Deporte de Málaga Página 46

47 Delegación Territorial de Educación, Cultura y Deporte de Málaga Página 47

48 Delegación Territorial de Educación, Cultura y Deporte de Málaga Página 48

49 Delegación Territorial de Educación, Cultura y Deporte de Málaga Página 49

50 BUNIVERSITARIOS Delegación Territorial de Educación, Cultura y Deporte de Málaga Página 50

51 ENSEÑANZAS DE REGÍMEN ESPECIAL Cuáles son las enseñanzas artísticas? Son enseñanzas artísticas las siguientes: Las enseñanzas elementales de música y de danza. Las enseñanzas artísticas profesionales. Tienen esta condición las enseñanzas profesionales de música y danza, así como los grados medio y superior de artes plásticas y diseño. Las enseñanzas artísticas superiores. Tienen esta condición los estudios superiores de música y de danza, las enseñanzas de arte dramático, las enseñanzas de conservación y restauración de bienes culturales, los estudios superiores de diseño y los estudios superiores de artes plásticas, entre los que se incluyen los estudios superiores de cerámica y los estudios superiores del vidrio. Enseñanzas de Artes Plásticas y Diseño Las enseñanzas de artes plástica y diseño se organizan en ciclos de formación específica que incluirán fases de formación práctica en empresas, estudios y talleres. Requisitos de Acceso: Grado Medio Para acceder al grado medio será necesario estar en posesión del título de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria y, además, acreditar las aptitudes necesarias mediante la superación de una prueba específica. Exenciones de la prueba específica 1. Estarán exentos de realizar la prueba específica de acceso al grado medio de las enseñanzas profesionales de artes plásticas y diseño: regulación de experiencias en centros de Enseñanzas Artísticas, así como por el Real Decreto 942/1986, de 9 de mayo, por el que se establecen normas generales para la realización de experimentaciones educativas en centros docentes. Asimismo estarán exentos de la prueba específica de acceso a los grados medios, quienes estando en posesión de los requisitos académicos de acceso conforme lo establecido en los artículos 52.1 y 52.2 de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, acrediten tener experiencia laboral de, al menos un año, relacionada directamente con las competencias profesionales del ciclo formativo de grado medio al que se quiere acceder. También podrán acceder a los grados medios aquellos aspirantes que, careciendo de los requisitos académicos, superen una prueba de acceso. Para acceder por esta vía se requerirá tener diecisiete años cumplidos en el año de realización de la prueba. Las Administraciones Educativas regularán la exención de las pruebas a quienes acrediten tener experiencia laboral de, al menos, un año relacionada directamente con las competencias profesionales del ciclo formativo de grado medio o superior al que se quiere acceder aportando, al menos, la documentación que se indica en el artículo 15.4 del Real Decreto 596/2007, de 4 de mayo, por el que se establece la ordenación general de las enseñanzas profesionales de artes plásticas y diseño, BOE.nº 125 de 25 de mayo de Asimismo, podrán quedar exentos de la parte general de la prueba quienes hayan superado la prueba de acceso a la universidad para mayores de 25 años. Requisitos de Acceso: Grado Superior a) Quienes estén en posesión de un título de Técnico o Técnico Superior de Artes Plásticas y Diseño de una familia profesional relacionada con las enseñanzas que se deseen cursar. b) Quienes hayan superado los cursos comunes de Artes Aplicadas y Oficios Artísticos de los planes de estudios establecidos por el Decreto 2127/1963, de 24 de julio, los establecidos con carácter experimental al amparo del Real Decreto 799/1984, de 28 de marzo, sobre Para acceder al grado superior será necesario estar en posesión del título de Bachiller y supere una prueba que permita demostrar las aptitudes necesarias para cursar con aprovechamiento las enseñanzas. Quienes estén en posesión de cualquier título de Técnico Superior de Artes Plásticas y Diseño de una familia profesional relacionada con las enseñanzas que se deseen cursar, o título declarado equivalente. Delegación Territorial de Educación, Cultura y Deporte de Málaga Página 51

52 Exenciones Estarán exentos de realizar la prueba específica de acceso a los grados medio y superior de las enseñanzas profesionales de artes plásticas y diseño quienes se encuentren en posesión de alguna de las siguientes titulaciones: a) Título de Bachiller, modalidad de artes, o de artístico experimental. b) Título superior de Artes Plásticas y Título superior de Diseño, en sus diferentes especialidades, o títulos declarados equivalentes. c) Título superior de Conservación y Restauración de Bienes Culturales, en sus diferentes especialidades. d) Licenciatura en Bellas Artes. e) Arquitectura. f) Ingeniería Técnica en Diseño Industrial. Asimismo estarán exentos de la prueba específica de acceso a los grados superiores, quienes estando en posesión de los requisitos académicos de acceso conforme lo establecido en los artículos 52.1 y 52.2 de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, acrediten tener experiencia laboral de, al menos un año, relacionada directamente con las competencias profesionales del ciclo formativo de grado superior al que se quiere acceder. También podrán acceder a los grados superiores aquellos aspirantes que, careciendo de los requisitos académicos, superen una prueba de acceso. Para acceder por esta vía se requerirá tener diecinueve años cumplidos en el año de realización de la prueba o dieciocho si se acredita estar en posesión de un título de Técnico relacionado con aquél al que se desea acceder. Las administraciones educativas regularán la exención de las pruebas a quienes acrediten tener experiencia laboral de, al menos, un año relacionada directamente con las competencias profesionales del ciclo formativo de grado medio o superior al que se quiere acceder aportando, al menos, la documentación que se indica en el artículo 15.4 del Real Decreto 596/2007, de 4 de mayo, por el que se establece la ordenación general de las enseñanzas profesionales de artes plásticas y diseño, BOE nº 125 de 25 de mayo de Asimismo, podrán quedar exentos de la parte general de la prueba quienes hayan superado la prueba de acceso a la universidad para mayores de 25 años. Superado el grado medio de artes plásticas y diseño se recibirá el título de Técnico de Artes Plástica y Diseño que permitirá el acceso directo a la modalidad de artes de bachillerato. Superado el grado superior de artes plásticas y diseño se recibirá el título de Técnico Superior de Artes Plásticas y Diseño que permitirá el acceso a los estudios superiores, universitarios o no. Enseñanzas elementales y profesionales de Música y Danza Organización 1. Las enseñanzas elementales de música y de danza tendrán las características y la organización que las Administraciones educativas determinen. 2. Las enseñanzas profesionales de música y de danza se organizarán en un grado de seis cursos de duración. Las alumnas y alumnos podrán, con carácter excepcional y previa orientación del profesorado, matricularse en más de un curso cuando así lo permita su capacidad de aprendizaje. 3. Con independencia de lo establecido en los apartados anteriores, podrán cursarse estudios de música o de danza que no conduzcan a la obtención de títulos con validez académica o profesional en escuelas específicas, con organización y estructura diferentes y sin limitación de edad. Estas escuelas serán reguladas por las Administraciones educativas. Acceso Para acceder a las enseñanzas profesionales de música y de danza será preciso superar una prueba específica de acceso regulada y organizada por las Administraciones educativas. Podrá accederse igualmente a cada curso sin Delegación Territorial de Educación, Cultura y Deporte de Málaga Página 52

53 haber superado los anteriores siempre que, a través de una prueba, el aspirante demuestre tener los conocimientos necesarios para cursar con aprovechamiento las enseñanzas correspondientes. Titulaciones 1. La superación de las enseñanzas profesionales de música o de danza dará derecho a la obtención del título profesional correspondiente. las enseñanzas correspondientes. La posesión del título profesional será tenida en cuenta en la calificación final de la prueba. 3. El alumnado que haya terminado los estudios superiores de música o de danza obtendrán el título Superior de Música o Danza en la especialidad de que se trate, que será equivalente a todos los efectos al título universitario de Licenciado o el título de Grado equivalente. 2. El alumnado que finalice las enseñanzas profesionales de música y danza, obtendrá el título de Bachiller si supera las materias comunes del bachillerato, aunque no haya realizado el bachillerato de la modalidad de artes en su vía específica de música y danza. Enseñanzas Artísticas Superiores de Grado en Música y Danza 1. Los estudios superiores de música y de danza se organizarán en diferentes especialidades y consistirán en un ciclo de duración variable según sus respectivas características. 2. Para acceder a los estudios superiores de música o de danza será preciso reunir los requisitos siguientes: a) Estar en posesión del título de Bachiller o haber superado la prueba de acceso a la universidad para mayores de 25 años. En caso de no reunir ninguno de estos requisitos, las personas aspirantes mayores de 19 años, podrán realizar una prueba de madurez que acredite que poseen la madurez en relación con los objetivos del bachillerato y los conocimientos, habilidades y aptitudes necesarios para cursar con aprovechamiento las correspondientes enseñanzas. Esta prueba de madurez la convoca anualmente el órgano competente en materia de ordenación de enseñanzas artísticas superiores, y su superación tendrá validez permanente en todo el territorio nacional. b) Haber superado una prueba específica de acceso regulada por las Administraciones educativas en la que el aspirante demuestre los conocimientos y habilidades profesionales necesarios para cursar con aprovechamiento Delegación Territorial de Educación, Cultura y Deporte de Málaga Página 53

54 OFERTA EDUCATIVA DE ENSEÑANZAS ELEMENTALES Y PROFESIONALES DE MÚSICA Y DANZA PARA EL CURSO Delegación Territorial de Educación, Cultura y Deporte de Málaga Página 54

55 Delegación Territorial de Educación, Cultura y Deporte de Málaga Página 55

56 Delegación Territorial de Educación, Cultura y Deporte de Málaga Página 56

BACHILLERATO SEGÚN LA LOMCE

BACHILLERATO SEGÚN LA LOMCE BACHILLERATO SEGÚN LA LOMCE Artículo 32. Podrán acceder a los estudios de Bachillerato los alumnos que estén en posesión del título de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria y hayan superado la evaluación

Más detalles

Se organiza en materias y comprende dos ciclos, el primero de tres cursos escolares y el segundo de uno.

Se organiza en materias y comprende dos ciclos, el primero de tres cursos escolares y el segundo de uno. La etapa de Educación Secundaria Obligatoria Se organiza en materias y comprende dos ciclos, el primero de tres cursos escolares y el segundo de uno. El segundo ciclo o cuarto curso de la Educación Secundaria

Más detalles

EL BACHILLERATO EN LA LOMCE

EL BACHILLERATO EN LA LOMCE EL BACHILLERATO EN LA LOMCE ÁREA DE ORIENTACIÓN VOCACIONAL Y PROFESIONAL ETPOEP/SOE/Jaén 1.- Novedades principales A.- Para acceder se requiere estar en posesión del título de Graduado en ESO y haber superado

Más detalles

BACHILLERATO LOMCE IES SAULO TO. Gáldar OFERTA CURSO 2015-2016 MODALIDAD:CIENCIAS MODALIDAD: HUMANIDADES Y CIENCIAS SOCIALES MODALIDAD: ARTES

BACHILLERATO LOMCE IES SAULO TO. Gáldar OFERTA CURSO 2015-2016 MODALIDAD:CIENCIAS MODALIDAD: HUMANIDADES Y CIENCIAS SOCIALES MODALIDAD: ARTES BACHILLERATO LOMCE IES SAULO TO OFERTA CURSO 2015-2016 MODALIDAD:CIENCIAS MODALIDAD: HUMANIDADES Y CIENCIAS SOCIALES MODALIDAD: ARTES S SAULO TORÓN CARACTERÍSTICAS GENERALES: Etapa educativa no obligatoria

Más detalles

Cuadernos de Legislación Educativa

Cuadernos de Legislación Educativa Cuadernos de Legislación Educativa Nº 4- Marzo 2014 Relación de las principales características del Bachillerato según la Ley Orgánica para la Mejora de la Calidad Educativa (LOMCE). EL BACHILLERATO EN

Más detalles

1. La nueva ley de educación en primaria. Los alumnos de primaria tendrán las siguientes asignaturas:

1. La nueva ley de educación en primaria. Los alumnos de primaria tendrán las siguientes asignaturas: LOMCE 1. La nueva ley de educación en primaria. La educación primaria se seguirá organizando en tres ciclos, pero se dividirá en dos a efectos de la evaluación individual; esto es, cuando finalicen los

Más detalles

Bachillerato en la LOMCE

Bachillerato en la LOMCE ÍNDICE Qué ha cambiado?... 2 de la etapa.... 3 Evaluación.... 5 Evaluación individualizada al final de Bachillerato... 5 1 Qué ha cambiado? Para obtener el título de Bachiller será necesaria la superación

Más detalles

LEY ORGÁNICA 2/2006, de 3 de mayo, DE EDUCACIÓN LEY ORGÁNICA 8/2013, DE 9 DE DICIEMBRE, PARA LA MEJORA DE LA CALIDAD EDUCATIVA.

LEY ORGÁNICA 2/2006, de 3 de mayo, DE EDUCACIÓN LEY ORGÁNICA 8/2013, DE 9 DE DICIEMBRE, PARA LA MEJORA DE LA CALIDAD EDUCATIVA. MARCO NOATIVO PARA LA PARTICIPACIÓN LEY ORGÁNICA 2/2006, de 3 de mayo, DE EDUCACIÓN con las modificaciones 1 introducidas por la LEY ORGÁNICA 8/2013, DE 9 DE DICIEMBRE, PARA LA MEJORA DE LA CALIDAD EDUCATIVA.

Más detalles

Se promociona a 2º curso con dos materias negativas como máximo, teniendo que matricularse en 2º curso de las

Se promociona a 2º curso con dos materias negativas como máximo, teniendo que matricularse en 2º curso de las BACHILLERATO LOMCE Hay tres modalidades: ciencias, humanidades y ciencias sociales y artes. El bachillerato consta de dos cursos, pudiendo repetir una vez cada curso. Se promociona a 2º curso con dos materias

Más detalles

EL PASO DE ESO A BACHILLERATO Curso 2015-2016

EL PASO DE ESO A BACHILLERATO Curso 2015-2016 EL PASO DE ESO A BACHILLERATO Curso 2015-2016 Orientación académica LOMCE Modalidades de Bachillerato Aspectos por concretar Sesión Informativa 11 de febrero de 2015 ORIENTACIÓN ACADÉMICA Valoración de

Más detalles

2- Educación Secundaria Obligatoria EDUCACIÓN SECUNDARIA OBLIGATORIA CARACTERÍSTICAS

2- Educación Secundaria Obligatoria EDUCACIÓN SECUNDARIA OBLIGATORIA CARACTERÍSTICAS 2- Educación Secundaria Obligatoria El gobierno del PP ha presentado en el año 2013 la Ley Orgánica para la Mejora de la Calidad Educativa que genera modificaciones en la Educación Secundaria Obligatoria

Más detalles

2.1. EDUCACIÓN SECUNDARIA OBLIGATORIA (ESO)

2.1. EDUCACIÓN SECUNDARIA OBLIGATORIA (ESO) EDUCACIÓN SECUNDARIA 2.1. EDUCACIÓN SECUNDARIA OBLIGATORIA (ESO) 2.1.1. DESCRIPCIÓN GENERAL CARACTERÍSTICAS La Educación Secundaria Obligatoria (ESO) es obligatoria y, por tanto, gratuita. Comprende de

Más detalles

EL PASO DE PRIMARIA A SECUNDARIA Curso 2015-2016. LOMCE Novedades Asignaturas y cursos Titulación Prueba final de Secundaria

EL PASO DE PRIMARIA A SECUNDARIA Curso 2015-2016. LOMCE Novedades Asignaturas y cursos Titulación Prueba final de Secundaria EL PASO DE PRIMARIA A SECUNDARIA Curso 2015-2016 LOMCE Novedades Asignaturas y cursos Titulación Prueba final de Secundaria Sesión Informativa 29 de ABRIL de 2015 QUÉ CAMBIOS SUPONE LA LOMCE Currículo

Más detalles

Cuadernos de Legislación Educativa

Cuadernos de Legislación Educativa Cuadernos de Legislación Educativa Nº 2- Marzo 2014 Relación de las principales características de la Educación Secundaria Obligatoria según Ley Orgánica para la Mejora de la Calidad Educativa (LOMCE).

Más detalles

2013-2014 Guía para la orientación de las alumnas y los alumnos

2013-2014 Guía para la orientación de las alumnas y los alumnos 2013-2014 Guía para la orientación de las alumnas y los alumnos SERVICIO DE ORDENACIÓN EDUCATIVA DE LA DELEGACIÓN TERRITORIAL DE EDUCACIÓN, CULTURA Y DEPORTE DE MÁLAGA 2013-2014 Esta guía para la orientación

Más detalles

Propuesta de Organización y Horario del Bachillerato en Extremadura

Propuesta de Organización y Horario del Bachillerato en Extremadura Consejería de Educación Dirección General de Calidad y Equidad Educativa JUNTA DE EXTREMADURA Delgado Valencia, 6 06800 MÉRIDA http://www.juntaex.es Teléfono: 924 00 67 64 Fax: 924 00 67 28 Propuesta de

Más detalles

2013-2014. Guía para la orientación de las alumnas y los alumnos

2013-2014. Guía para la orientación de las alumnas y los alumnos 2013-2014 Guía para la orientación de las alumnas y los alumnos SERVICIO DE ORDENACIÓN EDUCATIVA DE LA DELEGACIÓN TERRITORIAL DE EDUCACIÓN, CULTURA Y DEPORTE DE MÁLAGA 2013-2014 Esta guía para la orientación

Más detalles

FORMACIÓN PROFESIONAL BÁSICA: RD 127/2014 GRADO MEDIO GRADO SUPERIOR

FORMACIÓN PROFESIONAL BÁSICA: RD 127/2014 GRADO MEDIO GRADO SUPERIOR LOMCE LEY ORGÁNICA 8/2013, DE 9 DE DICIEMBRE, PARA LA MEJORA DE LA CALIDAD EDUCATIVA EDUCACIÓN INFANTIL DE 0 A 3 AÑOS DE 3 A 6 AÑOS EDUCACIÓN PRIMARIA RD 126/2014 6 CURSOS EDUCACIÓN SECUNDARIA 2 CICLOS

Más detalles

MODIFICACIONES EN LA ESTRUCTURA BÁSICA DE LAS DIFERENETES ETAPAS EDUCATIVAS TRAS LA IMPLANTACIÓN DE LA LOMCE. PUNTOS CLAVE

MODIFICACIONES EN LA ESTRUCTURA BÁSICA DE LAS DIFERENETES ETAPAS EDUCATIVAS TRAS LA IMPLANTACIÓN DE LA LOMCE. PUNTOS CLAVE MODIFICACIONES EN LA ESTRUCTURA BÁSICA DE LAS DIFERENETES ETAPAS EDUCATIVAS TRAS LA IMPLANTACIÓN DE LA LOMCE. PUNTOS CLAVE GABINETE TÉCNICO Diciembre 2013 INDICE Modificaciones en la estructura básica

Más detalles

Delegación Territorial de Málaga. Servicio de Ordenación Educativa GUÍA DE ORIENTACIÓN PARA LAS ALUMNAS Y LOS ALUMNOS

Delegación Territorial de Málaga. Servicio de Ordenación Educativa GUÍA DE ORIENTACIÓN PARA LAS ALUMNAS Y LOS ALUMNOS Delegación Territorial de Málaga. Servicio de Ordenación Educativa GUÍA DE ORIENTACIÓN PARA LAS ALUMNAS Y LOS ALUMNOS Esta guía para la orientación de alumnas y alumnos para el curso 2014-2015 es una cita

Más detalles

Modificaciones en la estructura básica de las diferentes etapas educativas en la LOMCE Puntos clave y calendario de implantación

Modificaciones en la estructura básica de las diferentes etapas educativas en la LOMCE Puntos clave y calendario de implantación Modificaciones en la estructura básica de las diferentes etapas educativas en la LOMCE Puntos clave y calendario de implantación La finalidad de este documento es la de informar al profesorado de los cambios

Más detalles

FORMACIÓN PROFESIONAL DE GRADO MEDIO

FORMACIÓN PROFESIONAL DE GRADO MEDIO ESTRUCTURA DE LA FORMACIÓN PROFESIONAL (F.P.) La F.P. se estructura en Familias Profesionales. Dentro de cada Familia Profesional, la F.P. organiza en Ciclos Formativos (CC.FF.): CC.FF. de Grado Medio.

Más detalles

ESTRUCTURA DEL NUEVO SISTEMA EDUCATIVO... 3 CALENDARIO DE IMPLANTACIÓN... 4 CURRÍCULO Y ORGANIZACIÓN DE ASIGNATURAS...

ESTRUCTURA DEL NUEVO SISTEMA EDUCATIVO... 3 CALENDARIO DE IMPLANTACIÓN... 4 CURRÍCULO Y ORGANIZACIÓN DE ASIGNATURAS... ÍNDICE ESTRUCTURA DEL NUEVO SISTEMA EDUCATIVO... 3 CALENDARIO DE IMPLANTACIÓN... 4 CURRÍCULO Y ORGANIZACIÓN DE ASIGNATURAS... 5 o Currículo... 5 o Organización de asignaturas... 5 o Contenidos transversales...

Más detalles

ESTRUCTURA DEL NUEVO SISTEMA EDUCATIVO

ESTRUCTURA DEL NUEVO SISTEMA EDUCATIVO Resumen LOMCE 2014 03 ESTRUCTURA DEL NUEVO SISTEMA EDUCATIVO 04 CALENDARIO DE IMPLANTACIÓN 05 CURRÍCULO Y ORGANIZACIÓN DE ASIGNATURAS 06 COMPETENCIAS EN LAS ASIGNATURAS 07 LA EDUCACIÓN PRIMARIA EN LA LOMCE

Más detalles

Definición de currículo: la regulación de los elementos que determinan los procesos de enseñanza y aprendizaje para cada una de las enseñanzas.

Definición de currículo: la regulación de los elementos que determinan los procesos de enseñanza y aprendizaje para cada una de las enseñanzas. La LOMCE es una modificación de la LOE que lo que hace es añadir, sustituir o modificar artículos de la actual ley. Consta de un artículo único, con ochenta y seis apartados, tres Disposiciones adicionales,

Más detalles

GOBIERNO DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, CULTURA Y DEPORTE

GOBIERNO DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, CULTURA Y DEPORTE INSTRUCCIONES PARA LA IMPLANTACIÓN EN EL AÑO ACADÉMICO 2015-2016 DE LA EDUCACIÓN SECUNDARIA OBLIGATORIA Y DEL BACHILLERATO EN LOS CENTROS DOCENTES SOSTENIDOS CON FONDOS PÚBLICOS DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS,

Más detalles

LOMCE. (Ley Orgánica de Mejora de la Calidad Educativa) CAMBIOS EN SECUNDARIA

LOMCE. (Ley Orgánica de Mejora de la Calidad Educativa) CAMBIOS EN SECUNDARIA LOMCE (Ley Orgánica de Mejora de la Calidad Educativa) CAMBIOS EN SECUNDARIA CAMBIOS EN SECUNDARIA La Ed. Primaria y la ESO constituyen la Educación básica, obligatoria y gratuita (ya se establecía en

Más detalles

Guía para analizar el impacto de las principales novedades en los centros educativos

Guía para analizar el impacto de las principales novedades en los centros educativos ? Guía para analizar el impacto de las principales novedades en los centros educativos En Educación Primaria, Secundaria Obligatoria y Bachillerato, las asignaturas se agrupan en tres bloques: asignaturas

Más detalles

Educación Secundaria Obligatoria

Educación Secundaria Obligatoria Principios generales Tiene carácter obligatorio y gratuito. Comprende cuatro cursos académicos. Con carácter general, el alumnado tendrá derecho a permanecer en régimen ordinario hasta los dieciocho años.

Más detalles

ACCESO AL MERCADO DE TRABAJO

ACCESO AL MERCADO DE TRABAJO ACCESO AL MERCADO DE TRABAJO AUTORÍA Mª ISABEL DELGADO LOMAS TEMÁTICA ACCESO AL MERCADO DE TRABAJO ETAPA EDUCACIÓN SECUNDARIA Y ENSEÑANZAS ARTÍSTICAS SUPERIORES Resumen Con este artículo se intenta dar

Más detalles

ORIENTACIÓN ACADÉMICA 2014/2018

ORIENTACIÓN ACADÉMICA 2014/2018 ORIENTACIÓN ACADÉMICA 2014/2018 IMPLANTACIÓN PROGRESIVA DE LA LOMCE IMPLICACIONES EN LOS ITINERARIOS ACADÉMICOS 1 Asociación de Profesionales de la Orientación Educativa de Murcia apoemur@gmail.com http://apomur.blogspot.com/

Más detalles

CÓMO CAMBIA LA LOMCE EL SISTEMA EDUCATIVO?

CÓMO CAMBIA LA LOMCE EL SISTEMA EDUCATIVO? CÓMO CAMBIA LA LOMCE EL SISTEMA EDUCATIVO? Cambios más relevantes en el Sistema Educativo al entrar en vigor la LOMCE NUEVA DISTRIBUCIÓN DE LAS ASIGNATURAS Configuración Específica De libre configuración

Más detalles

QUÉ SE PUEDE HACER AL TERMINAR BACHILLERATO IES SANTA TERESA. DEPARTAMENTO DE ORIENTACION

QUÉ SE PUEDE HACER AL TERMINAR BACHILLERATO IES SANTA TERESA. DEPARTAMENTO DE ORIENTACION QUÉ SE PUEDE HACER AL TERMINAR BACHILLERATO IES SANTA TERESA. DEPARTAMENTO 1 Con TÍTULO de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria Cursar una de las tres modalidades de Bachillerato. Acceder a Ciclos

Más detalles

Y DESPUÉS DE LA ESO QUÉ?

Y DESPUÉS DE LA ESO QUÉ? Y DESPUÉS DE LA ESO QUÉ? SALIDAS ACADÉMICAS Y PROFESIONALES AL TERMINAR LA E.S.O. DEPARTAMENTO de ORIENTACIÓN I.E.S. Odón Betanzos MAZAGÓN HABLAREMOS DE LAS OPCIONES AL TERMINAR 4º de E.S.O. SI EL ALUMNO

Más detalles

EL FUTURO DE LAS TITULACIONES ACADÉMICAS

EL FUTURO DE LAS TITULACIONES ACADÉMICAS EL FUTURO DE LAS TITULACIONES ACADÉMICAS La educación y la formación están adquiriendo una dimensión más completa de la que han tenido tradicionalmente. En la actualidad, una vez terminados nuestros estudios

Más detalles

Y DESPUÉS DE 3º DE ESO, QUÉ?

Y DESPUÉS DE 3º DE ESO, QUÉ? 1 Y DESPUÉS DE 3º DE ESO, QUÉ? Ya se acerca el final de curso y debes ir pensando qué es lo que vas a hacer el año que viene. Tienes las siguientes posibilidades: Hacer 4º ESO. Hacer un Programa de Garantía

Más detalles

ÍNDICE 4º ESO 1º BACH 2º BACH EVA-FINAL

ÍNDICE 4º ESO 1º BACH 2º BACH EVA-FINAL ÍNDICE 4º ESO 1º BACH 2º BACH EVA-FINAL ITINERARIO I Propias de Opción (3 h) Informática Latín Ed. Plástica Música Ed. Plástica Optativa (2 h) (Elegir 1) Francés In. Emprendedora ITINERARIO II ITINERARIO

Más detalles

Hueber te informa. sobre la LOMCE. Aspectos básicos de la LOMCE Principales cambios por etapa educativa Otros aspectos abordados en la LOMCE

Hueber te informa. sobre la LOMCE. Aspectos básicos de la LOMCE Principales cambios por etapa educativa Otros aspectos abordados en la LOMCE Aspectos básicos de Principales cambios por etapa educativa Otros aspectos abordados en la LOMCE Aspectos básicos de Principales cambios por etapa educativa Otros aspectos abordados en Aspectos básicos

Más detalles

GUÍA INFORMATIVA DE ORIENTACIÓN SOBRE EL ACCESO A LA UNIVERSIDAD DE QUIENES ESTÉN EN POSESIÓN DE UN TÍTULO DE TÉCNICO SUPERIOR

GUÍA INFORMATIVA DE ORIENTACIÓN SOBRE EL ACCESO A LA UNIVERSIDAD DE QUIENES ESTÉN EN POSESIÓN DE UN TÍTULO DE TÉCNICO SUPERIOR GUÍA INFORMATIVA DE ORIENTACIÓN SOBRE EL ACCESO A LA UNIVERSIDAD DE QUIENES ESTÉN EN POSESIÓN DE UN TÍTULO DE TÉCNICO SUPERIOR NORMATIVA BÁSICA DE APLICACIÓN EN TODO EL ESTADO El Real Decreto 1892/2008,

Más detalles

Y DESPUÉS DE 4º E.S.O. QUÉ?

Y DESPUÉS DE 4º E.S.O. QUÉ? Y DESPUÉS DE 4º E.S.O. QUÉ? Materias que se cursan: Materias comunes: cinco en primero y cuatro en segundo. Materias de modalidad: tres en cada curso. Materias optativas: una en cada curso. Edades: 16-18

Más detalles

INFORME SOBRE EL BORRADOR DE REAL DECRETO POR EL QUE SE ESTABLECE LA ESTRUCTURA DEL BACHILLERATO Y SE FIJAN SUS ENSEÑANZAS MÍNIMAS

INFORME SOBRE EL BORRADOR DE REAL DECRETO POR EL QUE SE ESTABLECE LA ESTRUCTURA DEL BACHILLERATO Y SE FIJAN SUS ENSEÑANZAS MÍNIMAS INFORME SOBRE EL BORRADOR DE REAL DECRETO POR EL QUE SE ESTABLECE LA ESTRUCTURA DEL BACHILLERATO Y SE FIJAN SUS ENSEÑANZAS MÍNIMAS está en vigor la siguiente normativa: R.D 1700/1991, de 29 de noviembre,

Más detalles

ESTRUCTURA SISTEMA EDUCATIVO L.O.M.C.E

ESTRUCTURA SISTEMA EDUCATIVO L.O.M.C.E EDUCACIÓN SECUNDARIA ARTES CIENCIAS HUMANIDADES Y CC.SOCIALES G.M F.P G.S EDUCACIÓN SUPERIOR Marzo 2015 B.O.E, 9 de Diciembre de 2013 - B.O.E, 3 de Enero de 2015 ESTRUCTURA SISTEMA EDUCATIVO L.O.M.C.E

Más detalles

PRUEBAS DE ACCESO CICLOS FORMATIVOS. NORMATIVA orden 23 abril 2008

PRUEBAS DE ACCESO CICLOS FORMATIVOS. NORMATIVA orden 23 abril 2008 PRUEBAS DE ACCESO CICLOS FORMATIVOS NORMATIVA orden 23 abril 2008 - FECHA DE SOLICITUD DE INSCRIPCIÓN: - Convocatoria ordinaria: 1-15 MAYO - Convocatoria extraordinaria: 15-31 JULIO LOS MODELOS DE SOLICITUD

Más detalles

Servicio de Inspección de Sevilla BACHILLERATO LOE EN ANDALUCÍA

Servicio de Inspección de Sevilla BACHILLERATO LOE EN ANDALUCÍA Servicio de Inspección de Sevilla BACHILLERATO LOE EN ANDALUCÍA Normativa LOE LEA REAL DECRETO 1467/2007, de 2 de noviembre, por el que se establece la estructura del bachillerato y se fijan sus enseñanzas

Más detalles

EL SISTEMA EDUCATIVO ESPAÑOL

EL SISTEMA EDUCATIVO ESPAÑOL EL SISTEMA EDUCATIVO ESPAÑOL en el curso de referencia de esta publicación, 2003-2004, se encuentra regulado por la Ley Orgánica de Ordenación General del Sistema Educativo (LOGSE) en los niveles anteriores

Más detalles

EL SISTEMA EDUCATIVO ESPAÑOL

EL SISTEMA EDUCATIVO ESPAÑOL EL SISTEMA EDUCATIVO ESPAÑOL El sistema educativo español en el curso de referencia de esta publicación, 2013-2014, se encuentra regulado en los niveles anteriores a la universidad básicamente por la Ley

Más detalles

Ley Orgánica 8/2013, de 9 de diciembre, para la Mejora de la Calidad Educativa (BOE, nº 295, de 10 de diciembre de 2013).

Ley Orgánica 8/2013, de 9 de diciembre, para la Mejora de la Calidad Educativa (BOE, nº 295, de 10 de diciembre de 2013). LOMCE EN REsUMEN Ley Orgánica 8/2013, de 9 de diciembre, para la Mejora de la Calidad Educativa (BOE, nº 295, de 10 de diciembre de 2013). NDICE LOMCE y currículo... 2 Nuevo concepto Elementos que lo integran

Más detalles

INSTRUCCIONES. CAPITULO I. Educación Secundaria Obligatoria. 1. Horarios.

INSTRUCCIONES. CAPITULO I. Educación Secundaria Obligatoria. 1. Horarios. Ref: 09/770303.9/15 INSTRUCCIONES DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE EDUCACIÓN SECUNDARIA, FORMACIÓN PROFESIONAL Y ENSEÑANZAS DE RÉGIMEN ESPECIAL SOBRE ORGANIZACIÓN DE LAS ENSEÑANZAS DE EDUCACIÓN SECUNDARIA OBLIGATORIA

Más detalles

INSTRUCCIONES DE LA CONVOCATORIA DE PRUEBAS DE ACCESO A CICLOS FORMATIVOS DE FORMACIÓN PROFESIONAL DE GRADO SUPERIOR 2015

INSTRUCCIONES DE LA CONVOCATORIA DE PRUEBAS DE ACCESO A CICLOS FORMATIVOS DE FORMACIÓN PROFESIONAL DE GRADO SUPERIOR 2015 INSTRUCCIONES DE LA CONVOCATORIA DE PRUEBAS DE ACCESO A CICLOS FORMATIVOS DE FORMACIÓN PROFESIONAL DE GRADO SUPERIOR 2015 1. Requisitos. - Tener como mínimo 19 años cumplidos en el año de realización de

Más detalles

Salamanca. Jefatura de estudios de Secundaria

Salamanca. Jefatura de estudios de Secundaria Salamanca Jefatura de estudios de Secundaria ORACIÓN - Madre Teresa de Calcuta Enseñarás a volar, pero no volarán tu vuelo Enseñarás a soñar, pero no soñarán tu sueño Enseñarás a vivir, pero no vivirán

Más detalles

ORIENTACIÓN EDUCATIVA 4º ESO

ORIENTACIÓN EDUCATIVA 4º ESO ORIENTACIÓN EDUCATIVA 4º ESO 4 de Febrero de 2015 Susana Martín Martín Orientadora Opciones al finalizar 4º de ESO Curso aprobado: Graduado en Educación Secundaria Obligatoria Bachillerato Formación Profesional

Más detalles

Monográfico. Modificaciones en la estructura básica de las diferentes etapas educativas tras la implantación de la Lomce. www.feteugt.es.

Monográfico. Modificaciones en la estructura básica de las diferentes etapas educativas tras la implantación de la Lomce. www.feteugt.es. Monográfico Enero 2014 Modificaciones en la estructura básica de las diferentes etapas educativas tras la implantación de la Lomce www.feteugt.es INDICE 1. ASPECTOS GENERALES A TENER EN CUENTA... 3 1.1.

Más detalles

SESIÓN INFORMATIVA A PADRES DE ALUMNADO DE 4º ESO SOBRE EL BACHILLERATO LUNES 16 DE FEBRERO DE 2.015

SESIÓN INFORMATIVA A PADRES DE ALUMNADO DE 4º ESO SOBRE EL BACHILLERATO LUNES 16 DE FEBRERO DE 2.015 SESIÓN INFORMATIVA A PADRES DE ALUMNADO DE 4º ESO SOBRE EL BACHILLERATO LUNES 16 DE FEBRERO DE 2.015 ORDENACIÓN DE LAS ENSEÑANZAS *A partir del curso 2.017-18 UNIVERSIDAD NA = NMCF Convocatorias io y Septiembre)

Más detalles

Reunión con padres de los alumnos de 4º ESO.

Reunión con padres de los alumnos de 4º ESO. IES La Asunción Reunión con padres de los alumnos de 4º ESO. 21 de mayo de 2015 ALGUNAS NOVEDADES LOMCE Ley Orgánica 8/2013, de 9 de diciembre de Mejora de la Calidad Educativa (LOMCE) es una modificación

Más detalles

Borrador de 29 de abril de 2011

Borrador de 29 de abril de 2011 Real Decreto /., por el que se modifica el Real Decreto 1631/2006, de 29 de diciembre, por el que se establecen las enseñanzas mínimas correspondientes a la Educación Secundaria Obligatoria, así como los

Más detalles

Guía de Educación para Personas Adultas 2012/2013 Unidad de Promoción y Desarrollo Rodem Progresa

Guía de Educación para Personas Adultas 2012/2013 Unidad de Promoción y Desarrollo Rodem Progresa 1 INDICE 1. GUÍA PARA LA EDUCACIÓN DE PERSONAS ADULTAS... 3 2. QUÉ SE PUEDE ESTUDIAR...3 2.1. ESTRUCTURA DE LA EDUCACIÓN SECUNDARIA PARA PERSONAS ADULTAS... 4 2.1.1. DÓNDE SE PUEDE ESTUDIAR... 5 2.1.2.

Más detalles

ESPECÍFICAS (mínimo 3-máximo 6)

ESPECÍFICAS (mínimo 3-máximo 6) Educación secundaria Obligatoria (ESO): cursos 1º, 2º y 3º ESO 1º 2º 3º Número de materias: 5 + 1 GENERALES (5) OPCIÓN (cursar 1) Geografía e Historia (en 1º) (en 2º) Geografía e Historia Orientadas a

Más detalles

LEY ORGÁNICA 2/2006, de 3 de mayo, DE EDUCACIÓN LEY ORGÁNICA 8/2013, DE 9 DE DICIEMBRE, PARA LA MEJORA DE LA CALIDAD EDUCATIVA.

LEY ORGÁNICA 2/2006, de 3 de mayo, DE EDUCACIÓN LEY ORGÁNICA 8/2013, DE 9 DE DICIEMBRE, PARA LA MEJORA DE LA CALIDAD EDUCATIVA. MARCO NOATIVO PARA LA PARTICIPACIÓN LEY ORGÁNICA 2/2006, de 3 de mayo, DE EDUCACIÓN con las modificaciones 1 introducidas por la LEY ORGÁNICA 8/2013, DE 9 DE DICIEMBRE, PARA LA MEJORA DE LA CALIDAD EDUCATIVA.

Más detalles

EL QUE SE ESTABLECE EL CURRÍCULO BÁSICO DE LA EDUCACIÓN SECUNDARIA OBLIGATORIA Y DEL BACHILLERATO

EL QUE SE ESTABLECE EL CURRÍCULO BÁSICO DE LA EDUCACIÓN SECUNDARIA OBLIGATORIA Y DEL BACHILLERATO INFORME SOBRE EL REAL DECRETO 1105/2014, de 26 de diciembre, POR EL QUE SE ESTABLECE EL CURRÍCULO BÁSICO DE LA EDUCACIÓN SECUNDARIA OBLIGATORIA Y DEL BACHILLERATO GABINETE TÉCNICO Febrero 2015 Gabinete

Más detalles

UN MUNDO DE OPORTUNIDADES 4º DE ESO

UN MUNDO DE OPORTUNIDADES 4º DE ESO UN MUNDO DE OPORTUNIDADES 4º DE ESO Bachillerato Aprobado Evaluación final ESO Iniciación Bachillerato Enseñanzas Académicas Primer ciclo ESO Desde 2º ESO, se puede optar por los PROGRAMAS DE MEJORA DEL

Más detalles

Guía de Orientación Académica y Profesional

Guía de Orientación Académica y Profesional Guía de Orientación Académica y Profesional Para el curso 2015-2016 Provincia de Granada Coordinación y elaboración Área de Orientación Vocacional y Profesional Equipo Técnico Provincial para la Orientación

Más detalles

DEPARTAMENTO DE ORIENTACIÓN PROGRAMA DE ORIENTACIÓN VOCACIONAL Y PROFESIONAL

DEPARTAMENTO DE ORIENTACIÓN PROGRAMA DE ORIENTACIÓN VOCACIONAL Y PROFESIONAL Y DEPARTAMENTO DE ORIENTACIÓN PROGRAMA DE ORIENTACIÓN VOCACIONAL Y PROFESIONAL Qué se me da bien? Qué me gusta? Cómo me veo y cómo me ven? AUTOCONOCIMIENTO Qué merece la pena? Qué quiero ser? Dónde vivo?

Más detalles

PRINCIPALES NOVEDADES DE LA LOE

PRINCIPALES NOVEDADES DE LA LOE 1 Aprobación definitiva por el congreso (BOE, 20 abril de 2006). ORGANIZACIÓN DE LAS ENSEÑANZAS (Capítulo II, art. 3 y sucesivos) Las enseñanzas que ofrece el sistema educativo son las siguientes: Educación

Más detalles

ORIENTACIÓN SOBRE LOS ESTUDIOS DE BACHILLERATO Y POSIBILIDADES DE COMPATIBILIZARLO CON LAS ENSEÑANZAS PROFESIONALES DE MÚSICA

ORIENTACIÓN SOBRE LOS ESTUDIOS DE BACHILLERATO Y POSIBILIDADES DE COMPATIBILIZARLO CON LAS ENSEÑANZAS PROFESIONALES DE MÚSICA ORIENTACIÓN SOBRE LOS ESTUDIOS DE BACHILLERATO Y POSIBILIDADES DE COMPATIBILIZARLO CON LAS ENSEÑANZAS PROFESIONALES DE MÚSICA 1º) ALUMNOS QUE REALIZARAN 1º DE BACHILLER Y CURSOS COMPRENDIDOS DE 1º A 4º

Más detalles

SINDICATO DE TRABAJADORES Y TRABAJADORAS DE LA ENSEÑANZA DE CASTILLA-LA MANCHA

SINDICATO DE TRABAJADORES Y TRABAJADORAS DE LA ENSEÑANZA DE CASTILLA-LA MANCHA Franqueo concertado 13/13 Revista informativa del STE-CLM > Resumen LOMCE ÍNDICE EDUCACIÓN PRIMARIA EDUCACIÓN SECUNDARIA OBLIGATORIA BACHILLERATO ACCESO Y ADMISIÓN AL GRADO UNIVERSITARIO FORMACIÓN PROFESIONAL

Más detalles

7 LEYES DE EDUCACIÓN EN LOS ÚLTIMOS 40 AÑOS

7 LEYES DE EDUCACIÓN EN LOS ÚLTIMOS 40 AÑOS LA LOMCE LEYES DE EDUCACIÓN 7 LEYES DE EDUCACIÓN EN LOS ÚLTIMOS 40 AÑOS Año 1970 LGE Ley General de Educación (Ley Villar Palasi) Regula y estructura por primera vez todo el sistema educativo español:

Más detalles

Si no es deportista de alto rendimiento o tiene un contrato laboral, no podría incorporarse en ningún nivel.

Si no es deportista de alto rendimiento o tiene un contrato laboral, no podría incorporarse en ningún nivel. CASOS PRÁCTICOS: 1.- Un alumno ha cursado hasta 3ª de ESO en un IES, abandonó a los 16 años al finalizar el curso y tiene aprobadas las siguientes asignaturas: Matemáticas, EF, Valencià, FQ, Tecnología.

Más detalles

LOMCE Ordenación Académica DEPARTAMENTO DE ORIENTACIÓN

LOMCE Ordenación Académica DEPARTAMENTO DE ORIENTACIÓN LOMCE Ordenación Académica DEPARTAMENTO DE ORIENTACIÓN 1 CURSO EN QUE LE ALCANZA CURSO 2013/2014 CURSO ALCANZA LOMCE AÑO ESCOLAR 1º EI 1º EP 2016/2017 2º EI 1º EP 2015/2016 3º EI 1º EP 2014/2015 1º EP

Más detalles

LAS ENSEÑANZAS DE SECUNDARIA EN LA L.O.M.C.E. José Antonio Fernández Ex Director del IES Beatriz Galindo

LAS ENSEÑANZAS DE SECUNDARIA EN LA L.O.M.C.E. José Antonio Fernández Ex Director del IES Beatriz Galindo LAS ENSEÑANZAS DE SECUNDARIA EN LA L.O.M.C.E. José Antonio Fernández Ex Director del IES Beatriz Galindo CONTEXTO HISTORICO ( I ) LAS ENSEÑANZAS MEDIAS EN LOS SIGLOS XIX Y PRIMERA MITAD DEL XX Periodo

Más detalles

LOMCE EN RESUMEN SECUNDARIA ESO BACHILLERATO

LOMCE EN RESUMEN SECUNDARIA ESO BACHILLERATO LOMCE EN RESUMEN SECUNDARIA ESO BACHILLERATO Real Decreto 1105/2014, de 26 de diciembre (BOE, n.º 3, de 3 de enero de 2015), por el que se establece el currículo básico de la Educación Secundaria Obligatoria

Más detalles

a) Ciclos de Formación Profesional Básica b) Ciclos formativos de grado medio c) Ciclos formativos de grado superior

a) Ciclos de Formación Profesional Básica b) Ciclos formativos de grado medio c) Ciclos formativos de grado superior La Formación Profesional en el sistema educativo, tiene por finalidad preparar al alumnado para la actividad en un campo profesional y facilitar su adaptación a las modificaciones laborales que pueden

Más detalles

ORDENACIÓN DEL SISTEMA EDUCATIVO

ORDENACIÓN DEL SISTEMA EDUCATIVO Oficina de Información y Atención al Ciudadano Hojas Informativas E-3-1 ORDENACIÓN DEL SISTEMA EDUCATIVO L.O.G.S.E. junio de 2005 http://wwwn.mec.es/educa/sistema-educativo/logse/siseduc.html ORDENACIÓN

Más detalles

E.S.O. (Enseñanza Secundaria Obligatoria) PÁG. PÁG. 3 PÁG. 4 y 5 BACHILLERATO PÁG. 6 PÁG. 7 PÁG. 8 FP (Formación Profesional) PÁG. 9 PÁG. 0 PÁG. Pág. E.S.O. - Opción: Seguir estudiando Si has terminado

Más detalles

Educación Secundaria Obligatoria según la LOMCE

Educación Secundaria Obligatoria según la LOMCE Educación Secundaria Obligatoria según la LOMCE Artículo 6.bis. En Educación Primaria, en Educación Secundaria Obligatoria y en Bachillerato, las asignaturas se agruparán en tres bloques, de asignaturas

Más detalles

HORARIO SEMANAL (I) Lengua castellana 3 Lengua extranjera 4 Matemáticas A/B 4 Ciencias Naturales - Ciencias Sociales 3

HORARIO SEMANAL (I) Lengua castellana 3 Lengua extranjera 4 Matemáticas A/B 4 Ciencias Naturales - Ciencias Sociales 3 HORARIO SEMANAL (I) Materias HORAS Lengua castellana 3 Lengua extranjera 4 Matemáticas A/B 4 Ciencias Naturales - Ciencias Sociales 3 HORARIO SEMANAL (II) Materias HORAS Educación Física 2 Ens. de Religión/atención

Más detalles

Junta de Andalucía. Consejería de Educación. Delegación Provincial de Educación. Servicio de Ordenación Educativa Málaga

Junta de Andalucía. Consejería de Educación. Delegación Provincial de Educación. Servicio de Ordenación Educativa Málaga Junta de Andalucía. Consejería de Educación Delegación Provincial de Málaga Delegación Provincial de Educación. Servicio de Ordenación Educativa Málaga GUIA PARA LA ORIENTACIÓN DE ALUMNAS Y ALUMNOS. CURSO

Más detalles

MINISTERIO EDUCACIÓN Y CIENCIA. BOE 13 julio 1994, núm. 166/1994 [pág. 22487]

MINISTERIO EDUCACIÓN Y CIENCIA. BOE 13 julio 1994, núm. 166/1994 [pág. 22487] MINISTERIO EDUCACIÓN Y CIENCIA. BOE 13 julio 1994, núm. 166/1994 [pág. 22487] - BOE 30 julio 1994, núm. 181/1994 [pág. 24741] (RCL 1994\2233). Esta corrección está incorporada en el texto de la disposición.

Más detalles

Tabla comparativa del Proyecto R. Decreto de Especialidades de ESO y Bachillerato

Tabla comparativa del Proyecto R. Decreto de Especialidades de ESO y Bachillerato Tabla comparativa del Proyecto R. Decreto de Especialidades de ESO y Bachillerato Proyecto de Real Decreto por el que se modifican el Real Decreto 1834/2008, de 8 de noviembre, por el que se definen las

Más detalles

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID I. COMUNIDAD DE MADRID. A) Disposiciones Generales. Consejería de Educación, Juventud y Deporte

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID I. COMUNIDAD DE MADRID. A) Disposiciones Generales. Consejería de Educación, Juventud y Deporte B.O.C.M. Núm. 285 JUEVES 29 DE NOVIEMBRE DE 2012 Pág. 11 I. COMUNIDAD DE MADRID A) Disposiciones Generales Consejería de Educación, Juventud y Deporte 1 ORDEN 11442/2012, de 7 de noviembre, por la que

Más detalles

EL ACCESO A LA UNIVERSIDAD EN ESPAÑA

EL ACCESO A LA UNIVERSIDAD EN ESPAÑA EL ACCESO A LA UNIVERSIDAD EN ESPAÑA Luis E. ÍÑIGO FERNÁNDEZ Subdirector General de la Inspección Educativa Consejería de Educación, Juventud y Deporte Comunidad de Madrid. España 1. EL BACHILLERATO EN

Más detalles

ENSEÑANZAS DE RÉGIMEN ESPECIAL

ENSEÑANZAS DE RÉGIMEN ESPECIAL ENSEÑANZAS DE RÉGIMEN ESPECIAL TEORÍA EDUCATIVA 1ºB GARA QUINTANA ARAÑA WAFA AZIRAR AZZOUZI ITAHISA DEL PINO GARCÍA RAMÍREZ ZULEIMA RAMÍREZ OJEDA IDAIRA FERNÁNDEZ SANTANA Las enseñanzas de régimen especial

Más detalles

EL SISTEMA EDUCATIVO ESPAÑOL

EL SISTEMA EDUCATIVO ESPAÑOL EL SISTEMA EDUCATIVO ESPAÑOL 1. ESTRUCTURA DEL SISTEMA EDUCATIVO El sistema educativo español se encuentra actualmente en un proceso de reforma global de todas sus etapas y niveles de enseñanza, como consecuencia

Más detalles

COLEGIO LOPE DE VEGA

COLEGIO LOPE DE VEGA COLEGIO LOPE DE VEGA INFORMACIÓN SOBRE BACHILLERATO L.O.M.C.E. Colegio Bilingüe de la Comunidad de Madrid Orden 4106/2008 B.O.C.M. 05-09-08 Tfno.: 91 889 38 79 Fax: 91 889 20 21.com Correo: familias@colegiolopedevega.com

Más detalles

FORMACIÓN PROFESIONAL INICIAL CICLOS FORMATIVOS

FORMACIÓN PROFESIONAL INICIAL CICLOS FORMATIVOS FORMACIÓN PROFESIONAL INICIAL CICLOS FORMATIVOS Grado Medio Titulación: Organización: Título ESO Prueba de acceso. Con 17 años cumplidos en el presente año. Tres partes: Comunicación, Social y Científico

Más detalles

En virtud de todo lo anterior, DISPONGO

En virtud de todo lo anterior, DISPONGO ORDEN POR LA QUE SE ORDENAN Y ORGANIZAN PARA LAS PERSONAS ADULTAS LAS ENSEÑANZAS DE BACHILLERATO EN LOS REGÍMENES NOCTURNO Y A DISTANCIA EN LA COMUNIDAD DE MADRID. ORDEN 3894/2008, de 31 de julio, por

Más detalles

Y DESPUÉS DE 4º DE E.S.O. QUÉ? PROGRAMA DE ORIENTACIÓN ACADÉMICO - PROFESIONAL

Y DESPUÉS DE 4º DE E.S.O. QUÉ? PROGRAMA DE ORIENTACIÓN ACADÉMICO - PROFESIONAL Y DESPUÉS DE 4º DE E.S.O. QUÉ? PROGRAMA DE ORIENTACIÓN ACADÉMICO - PROFESIONAL ESTRUCTURA SISTEMA EDUCATIVO ACTUAL (L.O.E.) UNIVERSIDAD Prueba de acceso (Selectividad) BACHILLERATO (1º y 2º) -Ciencias

Más detalles

CONDICIONES DE FORMACIÓN INICIAL DEL PROFESORADO EN LOS CENTROS PRIVADOS PARA EJERCER LA DOCENCIA EN ESO Y BACHILLERATO

CONDICIONES DE FORMACIÓN INICIAL DEL PROFESORADO EN LOS CENTROS PRIVADOS PARA EJERCER LA DOCENCIA EN ESO Y BACHILLERATO CONDICIONES DE FORMACIÓN INICIAL DEL PROFRADO EN LOS CENTROS PRIVADOS PARA EJERCER LA DOCENCIA EN Y BACHILLERATO R.D. 860/2010, de 2 de julio. (BOE 17 de julio de 2010) Corrección errores R.D. 860/2010

Más detalles

BACHILLERATO. MATRÍCULA: Se informará en las aulas ( a través de los tutores/as), también se puede consultar en Secretaria.

BACHILLERATO. MATRÍCULA: Se informará en las aulas ( a través de los tutores/as), también se puede consultar en Secretaria. BACHILLERATO CARACTERÍSTICAS DEL BACHILLERATO: El Bachillerato es una etapa formativa no obligatoria que consta de dos cursos y que se plantea como principales objetivos: Adquirir una madurez intelectual

Más detalles

BREVE RESUMEN DE LA LOMCE

BREVE RESUMEN DE LA LOMCE BREVE RESUMEN DE LA LOMCE Aspectos básicos y novedades Rafael Mesa Sánchez 2 EDUCACIÓN INFANTIL La Educación Infantil no ha sido modificada por la LOMCE. Queda por tanto como se estableció en la LOE con

Más detalles

CONCEPTOS Y FUENTES. Instituto de Estadística de Extremadura

CONCEPTOS Y FUENTES. Instituto de Estadística de Extremadura CONCEPTOS Y FUENTES El Ministerio de Educación, Cultura y Deporte elabora anualmente la publicación Estadísticas de la Educación en España en la que se recoge los resultados más recientes de las estadísticas

Más detalles

La Formación Profesional Básica en Andalucía

La Formación Profesional Básica en Andalucía La Formación Profesional Básica en Andalucía Ciclos de Formación Profesional Básica Dirigidos a alumnado que presente dificultades para alcanzar los objetivos y la correspondiente titulación de la Educación

Más detalles

EQUIVALENCIAS CON EL TÍTULO DE GRADUADO en EDUCACIÓN SECUNDARIA OBLIGATORIA (ESO)

EQUIVALENCIAS CON EL TÍTULO DE GRADUADO en EDUCACIÓN SECUNDARIA OBLIGATORIA (ESO) EQUIVALENCIAS CON EL TÍTULO DE GRADUADO en EDUCACIÓN SECUNDARIA OBLIGATORIA (ESO) 1 EQUIVALENCIAS CON EL TÍTULO DE GRADUADO en EDUCACIÓN SECUNDARIA OBLIGATORIA (ESO) A todos los efectos 1. Se establece

Más detalles

La evaluación es continua y diferenciada según las distintas materias del currículo.

La evaluación es continua y diferenciada según las distintas materias del currículo. 20 Cuadernos Informativo de Orientación cadémica y Profesional 2011 2.1. Secundaria Obligatoria (ESO) 2.1.1. Descripción General Características La secundaria obligatoria (ESO) es obligatoria y, por tanto,

Más detalles

EL SISTEMA EDUCATIVO ESPAÑOL

EL SISTEMA EDUCATIVO ESPAÑOL EL SISTEMA EDUCATIVO ESPAÑOL El sistema educativo español en el curso de referencia de esta publicación, 2010-2011, se encuentra regulado en los niveles anteriores a la universidad básicamente por la Ley

Más detalles

CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, CULTURA, JUVENTUD Y DEPORTES

CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, CULTURA, JUVENTUD Y DEPORTES CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, CULTURA, JUVENTUD Y DEPORTES ORDEN 66/2002, DE 7 DE OCTUBRE, DEL CONSEJERO DE EDUCACIÓN, CULTURA, JUVENTUD Y DEPORTES, POR LA QUE SE ORDENAN Y ORGANIZAN LAS ENSEÑANZAS DE BACHILLERATO

Más detalles

Prueba de acceso a las enseñanzas universitarias oficiales de grado para quienes se encuentren en posesión del título de Bachiller o equivalente

Prueba de acceso a las enseñanzas universitarias oficiales de grado para quienes se encuentren en posesión del título de Bachiller o equivalente Prueba de acceso a las enseñanzas universitarias oficiales de grado para quienes se encuentren en posesión del título de Bachiller o equivalente Departamento de Orientación IES Las Musas Aspectos generales

Más detalles

L.O.M.C.E. (Ley Orgánica para la Mejora de la Calidad Educativa)

L.O.M.C.E. (Ley Orgánica para la Mejora de la Calidad Educativa) L.O.M.C.E. (Ley Orgánica para la Mejora de la Calidad Educativa) Ley Orgánica 8/2013, 9 diciembre, es la cuarta reforma global de la estructura del sistema educativo desde la Ley General de Educación de

Más detalles

LEY ORGÁNICA 2/2006, de 3 de mayo, DE EDUCACIÓN LEY ORGÁNICA 8/2013, DE 9 DE DICIEMBRE, PARA LA MEJORA DE LA CALIDAD EDUCATIVA.

LEY ORGÁNICA 2/2006, de 3 de mayo, DE EDUCACIÓN LEY ORGÁNICA 8/2013, DE 9 DE DICIEMBRE, PARA LA MEJORA DE LA CALIDAD EDUCATIVA. MARCO NOATIVO PARA LA PARTICIPACIÓN LEY ORGÁNICA 2/2006, de 3 de mayo, DE EDUCACIÓN con las modificaciones 1 introducidas por la LEY ORGÁNICA 8/2013, DE 9 DE DICIEMBRE, PARA LA MEJORA DE LA CALIDAD EDUCATIVA.

Más detalles

Ciclo Formativo De Grado Superior Comercio Internacional

Ciclo Formativo De Grado Superior Comercio Internacional Ciclo Formativo De Grado Superior Comercio Internacional ACCESO: Acceso por titulación académica: Estar en posesión de alguna de las siguientes titulaciones Estar en posesión del título de Bachiller. Haber

Más detalles

1. Legislación aplicable

1. Legislación aplicable UNIVERSIDAD COMPLUTENSE DE MADRID PRUEBA DE ACCESO A ENSEÑANZAS UNIVERSITARIAS OFICIALES DE GRADO PARA QUIENES SE ENCUENTREN EN POSESIÓN DEL TÍTULO DE BACHILLER O EQUIVALENTE 1. Legislación aplicable CONVOCATORIA

Más detalles