República de Colombia Instituto Colombiano de Bienestar Familiar Cecilia De la Fuente de Lleras Dirección de Nutrición
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- María Nieves Reyes García
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1 ANEXO CONDICIONES TÉCNICAS ESENCIALES PARA LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO Y/O ENTREGA DEL BIEN (FCT) 1. DENOMINACIÓN DEL BIEN O SERVICIO Fecha 08/May/2014 Realizar la actualización e impresión de la Tabla de Composición de Alimentos Colombianos y grabación del CD que la acompaña, con el fin de contar con un documento práctico, consolidado que cumpla con los lineamientos INFOODS y que contribuya al desarrollo de políticas y planes de seguridad alimentaria y nutricional y, por ende, en el mejoramiento de la nutrición, la alimentación y la salud de la población colombiana. No aplica 2. CÓDIGO ESTÁNDAR DE PRODUCTOS Y SERVICIOS DE NACIONES UNIDAS (UNSPSC, V ) CODIGO PRODUCTO Elaboración, producción, reproducción e impresión de publicaciones técnicas especificas 3. UNIDAD DE MEDIDA 4. DESCRIPCIÓN GENERAL El conocimiento sobre la composición química de los alimentos para establecer su valor nutricional es fundamental para desarrollar las políticas de nutrición en salud pública, las hojas de balance de alimentos, las guías nutricionales para la población, la investigación nutricional y epidemiológica, la planeación de la producción agrícola, el etiquetado nutricional de los alimentos, la regulación de alimentos y su comercio internacional. En Colombia, el ICBF es la entidad encargada de efectuar el análisis de alimentos y de publicar periódicamente la Tabla de Composición de Alimentos Colombianos. La Tabla de Composición de Alimentos es un instrumento que recopila el contenido de calorías y nutrientes de los alimentos que consume la población colombiana, es por tanto un aporte clave y su uso es obligado en el desarrollo de estudios epidemiológicos, clínicos, de servicios de alimentos, industria de alimentos y en la formulación de proyectos de política alimentaria y nutricional que requieran conocer la ingesta de nutrientes del individuo y de la población; la planeación de proyectos y programas en los sectores de agricultura, salud, educación y agroindustria, la producción industrial de alimentos, la comercialización y etiquetado de alimentos y la investigación y desarrollo de nuevos productos, entre otros. Adicionalmente, la evaluación del consumo diario de alimentos, el posterior cálculo de la ingesta de nutrientes, la comparación con la ingesta diaria recomendada y la planeación dietaria, permiten saber de manera confiable y segura hasta qué punto la población consume determinados nutrientes y en cuales presenta deficiencias que puedan ser cubiertas mediante proyectos o políticas de fortificación. Página 1 de 10
2 La actualización de la Tabla de Composición de Alimentos Colombianos se constituye en herramienta esencial en la planificación, ejecución de proyectos y programas en alimentación y nutrición. Dada la importancia y necesidad del país de contar con información confiable y de calidad sobre el contenido de nutrientes de los alimentos consumidos por la población, se hace necesario realizar éste proceso. El es la entidad nacional encargada de estudiar la composición química de los alimentos para establecer su valor nutricional y publicar periódicamente la Tabla de Composición de Alimentos Colombianos, la cual es un documento fundamental para desarrollar las políticas de nutrición en salud pública, las hojas de balance de alimentos, las guías alimentarias para la población, la investigación nutricional y epidemiológica, la planeación de la producción agrícola, el etiquetado nutricional de los alimentos, la regulación de alimentos y su comercio internacional. Teniendo en cuenta lo anterior se hace necesario actualizar e imprimir la Tabla de Composición de Alimentos Colombianos, teniendo como base el documento preliminar elaborado en el año 2005, y cuya propiedad intelectual es del ICBF. 5. NORMATIVIDAD APLICABLE (específica para el servicio y/o bien) Constitución Política de Colombia, Artículo 44: en el cual consagra el derecho a la alimentación equilibrada como un derecho fundamental de los niños, incluye entre las acciones del Estado priorizar la formulación de una política pública que contribuya al mejoramiento de la situación alimentaria y nutricional del país. Ley 7 de 1979: por la cual se dictan normas para la protección de la Niñez, se establece el Sistema Nacional de Bienestar Familiar, se reorganiza el Instituto Colombiano de Bienestar Familiar y se dictan otras disposiciones. CONPES 2847 de 1996: con el fin de contribuir al mejoramiento de la situación alimentaria y nutricional de la población colombiana. Para su supervisión, se creó el Comité Nacional de Nutrición y Seguridad Alimentaria -CONSA-. y formuló el Plan Decenal para la Promoción, Protección y Apoyo a la Lactancia Materna , buscando contribuir a mejorar el bienestar de la niñez, en el marco del Sistema General de Seguridad Social en Salud (SGSSS). Decreto 1137 de 1999: referentes a la ejecución de los planes y programas de carácter nutricional que el ICBF debe desarrollar con base en los análisis e investigaciones realizadas, en los términos establecidos en las disposiciones legales vigentes sobre la materia. Decreto 2509 de 2003: Por el cual se modifica el parágrafo 2º del artículo 17 del Decreto 1137 de Página 2 de 10
3 CONPES 113 del 31 de marzo de 2008: La Política se enmarca en el Plan Nacional de Desarrollo y se refuerza por los compromisos adquiridos en la Cumbre Mundial sobre la Alimentación: cinco años después (Junio de 2002), la cual ratifica los compromisos de la Cumbre Mundial de Alimentación de 1996, para el cumplimiento de los Objetivos de Desarrollo del Milenio (ODM). Decreto 987 de 2012: concerniente a las funciones de la del ICBF, en su numeral 16 establece: Desarrollar y actualizar herramientas e insumos técnicos en materia de nutrición que se constituyan en referentes nacionales, entre otros, la Tabla de Composición de Alimentos Colombianos, las Guías Alimentarias para la Población Colombiana, las Recomendaciones de Ingesta de Energía y Nutrientes para la Población Colombiana. 6. ESPECIFICACIONES TÉCNICAS DE LOS INSUMOS, BIENES, PRODUCTOS, OBRAS O SERVICIOS A ENTREGAR 6.1. RECURSO HUMANO MÍNIMO REQUERIDO: El contratista deberá contar como mínimo con el siguiente recurso humano: un (1) encargado del proyecto, un (1) profesional de apoyo en el área de alimentos, un (1) profesional de apoyo en sistemas, un (1) profesional en estadística y tres (3) personales auxiliares. Los perfiles se encuentran detallados en el Anexo No. 1 Perfiles mínimos requeridos para la prestación del servicio ACTUALIZACIÓN DE LA TABLA DE COMPOSICIÓN DE ALIMENTOS COLOMBIANOS Considerando el documento preliminar Tabla de Composición de Alimentos Colombianos elaborado y publicado por el ICBF en el año 2005 y la metodología empleada para su elaboración, se plantea para la actualización de la misma las siguientes actividades a desarrollar por parte del contratista: Recolectar la información, estudiar, analizar, evaluar y presentar un informe consolidado con las conclusiones con base en los siguientes documentos: Los trabajos realizados por el ICBF en el periodo relacionados con el análisis químico de alimentos incorporados a la base de datos de la tabla de composición de alimentos, teniendo en cuenta el número de muestras, protocolo de determinación de contenido de nutrientes, reproducibilidad y repetitividad del método analítico etc. Información disponible en la industria de alimentos, entidades, asociaciones, federaciones y academia referente a composición de alimentos en el país. Información existente en tablas de composición de alimentos de otros países, evaluar y calificar esta información e incorporarla a la Tabla. Los cambios en la metodología analítica INFOODS para obtener los datos registrados en la Tabla actual e incorporar los registros correctos a la nueva base de datos. Página 3 de 10
4 La información correcta de los alimentos y contenido de nutrientes listados en la Tabla actual, compararlos con la información que se encuentra en la página web de la FAO ( ubicarla en el grupo de alimento que le corresponda e incorporar dicha información a la versión actualizada de la Tabla de Composición de Alimentos Colombianos. La información existente sobre los trabajos realizados, incluyendo conclusiones y recomendaciones sobre el uso y la calidad de los datos contemplados en la Tabla de Composición de Alimentos Colombianos actual Depuración de los datos de composición química contenidos en la actual versión preliminar de la Tabla de Composición de Alimentos Colombianos que entregará el ICBF con el fin de definir los alimentos, preparaciones e información sobre análisis químico que se consignaran en la versión final escrita y digital, para esto se debe tener en cuenta lo siguiente: Elaboración de propuesta metodológica de trabajo, teniendo en cuenta los lineamientos INFOODS. Presentar en medio físico y magnético al ICBF la propuesta metodológica máximo a los 20 días siguientes al cumplimiento de requisitos de ejecución del contrato. El ICBF debe revisar la propuesta, definir la metodología y solicitar el ajuste al contratista de ser necesario. Aplicación del proceso y elaboración de la tabla final depurada. Presentar la versión de la Tabla de Composición de Alimentos Colombianos con la incorporación de los datos recolectados y validados conforme a los criterios definidos con el ICBF y según lineamientos INFOODS Establecer, de acuerdo con el ICBF, los criterios de validación de la información para poder ser incorporada a la tabla Conocer, adaptar y organizar para Colombia el formato diseñado por el centro SAFOODS (FAO/LATINFOODS) para introducir los datos de composición química de alimentos a la tabla Realizar todas las actividades requeridas para elaborar el documento de la Tabla de Composición de Alimentos Colombianos actualizada con la información existente, y entregarlo al supervisor del contrato para su aprobación Actualización de la base de datos existente, la cual es propiedad del ICBF y se entregará en medio magnético con acuerdo de confidencialidad. Ésta fue desarrollada en la etapa inicial de actualización de la Tabla de Composición de Alimentos Colombianos en el año Igualmente deberá actualizarse el aplicativo para consultas de la Tabla de Composición de Alimentos Colombianos ya existente, de manera que sea compatible con el sistema existente en la página web de la FAO, para la tabla latinoamericana. La base de datos debe actualizarse de acuerdo a la depuración que se realizará de los datos de composición química contenidos en la actual versión. Esta debe entregarse en pleno funcionamiento, tal como se encuentra actualmente y con la opción para introducir información de nuevos alimentos que se requieran a través del tiempo. La base de datos es propiedad y se encuentra en poder del ICBF El contratista deberá estimar el esfuerzo para capacitar al personal (mínimo 4 personas) designado por el ICBF, sobre el manejo de la base de datos y la incorporación de nuevos datos que en el futuro serán adicionados a la tabla. La Página 4 de 10
5 capacitación se realizará en las instalaciones del ICBF, a los profesionales designados para la misma VERSIÓN IMPRESA Y ELECTRÓNICA DE LA TABLA DE COMPOSICIÓN DE ALIMENTOS COLOMBIANOS Presentar al supervisor del contrato tres (3) diferentes propuestas de diseño para versión escrita y tres (3) versiones diferentes para la versión electrónica de la Tabla de Composición de Alimentos Colombianos final, bajo los lineamientos establecidos por la y la Oficina de Comunicaciones del ICBF. Estos se entregarán a los tres días hábiles siguientes al perfeccionamiento y legalización del contrato Versión impresa: Una vez aprobada la versión final y escogida la propuesta, el contratista deberá entregar las artes finales e imprimir un total de ejemplares, lo mismo que 1000 copias en CD del documento, de acuerdo con los siguientes parámetros: Aspectos técnicos para la impresión Tiraje ejemplares Tamaño 22 X 22 cm 350 páginas a impresas en propalibros blanco Páginas interiores de 70 g, las páginas deben ir a tres tintas Carátula Acabado Copiado de CDs Impresa en papel propalcote de 240 grs. a 4/0 tintas plastificado mate por una cara Rústica ejemplares con label impreso a tres tintas y bolsa plástica Versión electrónica: Entregar en medio magnético el contenido de la Tabla de Composición de Alimentos, de manera que se puedan realizar las consultas por alimento, mostrando todas las características del mismo. Los requerimientos técnicos se encuentran en el documento emitido por la Dirección de Tecnología y comunicaciones DISEÑO Y DESARROLLO DE UN PROGRAMA O APLICATIVO PARA EL ANÁLISIS DE ALIMENTOS Este programa debe ser aplicable para versión web o versión de utilización en el escritorio. En el caso de ambiente web, debe ser desarrollado utilizando herramientas compatibles con las utilizadas en el ICBF, descritas a continuación. Igualmente en ambos casos debe entregarse al ICBF la base de datos y los manuales correspondientes. Los derechos serán propiedad del ICBF. La presentación del programa debe mantener la imagen institucional del ICBF y deberá ser aprobada por la Oficina Asesora de Comunicaciones de la Entidad. Los requerimientos técnicos que se deben tener en cuenta para el desarrollo del programa o aplicativo, son los siguientes: Página 5 de 10
6 Lenguaje de Programación y Tecnología Se requiere que el lenguaje de desarrollo utilizado en capa de negocio sea C# y en capa de presentación ASP.NET, y que la versión del Framework de.net corresponda a la 4.0. Adicionalmente el motor de base de datos es SQL Server 2008 R2. Nota: Las versiones de.net y SQL Server, serán las que estén disponibles y licenciadas por el ICBF. Actualmente Framework de.net corresponda a la 4.0, SQL Server 2012 Enterprise. Características de verificación del sistema Para la recepción del sistema de información se requiere que cumpla una serie de requisitos no funcionales como: Documentación del sistema: Documento de arquitectura, manual de usuario, manual técnico si se hace entrega del código fuente al ICBF, Modelos y diccionario de datos. Aspectos de seguridad de la información requeridos en la norma ISO Interfaz de usuario aprobada al estándar de la SSII. Parametrización del sistema. Buenas prácticas de codificación como documentación de código, estructura de proyecto en.net, manejo de POO, mejores prácticas en WebServices. Utilización de esquemas y procedimientos almacenados en la base de datos. Auditoria, manejo y control de errores del sistema. Se prohíbe la utilización de componente de terceros para capa de presentación de los cuales el ICBF no tenga licenciamiento o que no cuenten con soporte. Validación exitosa de los estándares de arquitectura y desarrollo del sistema con el formato F1 G4 MPA6 Formato verificación de estándares de Arquitectura y Desarrollo v INFORMES: El contratista deberá entregar al Supervisor del contrato en original y copia en medio magnético y físico de los siguientes informes: Dentro de los 3 días hábiles siguientes a la legalización del contrato, el contratista deberá presentar para aprobación del supervisor del contrato un cronograma de actividades a realizar, el cual debe incluir todas las actividades a desarrollar en ejecución del contrato y en el que se evidencien todos los entregables mencionados en el presente documento, teniendo en cuenta el plazo máximo de ejecución establecido en el numeral 9 del mismo Primer Informe: Documento con la consolidación de la información existente sobre los trabajos realizados, por el ICBF en el periodo relacionados con el análisis químico de alimentos, incluyendo conclusiones y recomendaciones sobre el uso y la calidad de los datos contemplados en la Tabla de Composición de Alimentos Colombianos actual. La entrega deberá realizarse dentro de los dos meses siguientes a la legalización del contrato Segundo informe: Documento con la depuración de los datos de composición química contenidos en la actual versión de la Tabla de Composición de Alimentos Página 6 de 10
7 Colombianos. El plazo para la entrega del segundo informe será dos meses después de la entrega del primer informe Tercer informe: Versión escrita y electrónica del documento final de la Tabla de Composición de Alimentos Colombianos, bajo los lineamientos establecidos por la Oficina Asesora de Comunicaciones del ICBF. El plazo para su entrega será un mes después de la entrega del segundo informe Informe final: Documento consolidado detallando todas las actividades desarrolladas durante la ejecución del contrato a la entrega de los ejemplares impresos de la versión actualizada de la Tabla de Composición de Alimentos Colombianos, las copias en CD del documento y el programa para análisis de alimentos. El plazo para su entrega será un mes después de la entrega del tercer informe. Todos los informes deberán ser sustentados en sesiones de trabajo en la ciudad de Bogotá, ante el supervisor del contrato y quien este designe. 7. OBLIGACIONES DEL CONTRATISTA 7.1. Obligaciones específicas Llevar a cabo con plena autonomía técnica y administrativa todas las actividades contenidas en el numeral 6 del presente documento Ofrecer asesoría permanente al ICBF durante la ejecución del contrato sobre todo lo inherente al manejo de Tabla de Composición de Alimentos Colombianos y actualización y contenido de bases de datos de la misma Presentar al ICBF informes periódicos con los avances obtenidos en desarrollo del contrato, en original, copia y medio magnético, de acuerdo con lo señalado en el numeral 6 del presente documento La propiedad intelectual de los documentos y materiales que sean producidos en el marco del convenio o contrato será propiedad del ICBF Obligaciones generales Reportar por escrito al supervisor del contrato cualquier sugerencia que contribuya a la obtención de mejores resultados Acatar las instrucciones que imparta el Instituto para el cabal cumplimiento del contrato, a través del Supervisor del contrato Guardar debida y completa reserva y confidencialidad sobre la información y los documentos del ICBF que tenga conocimiento o a los que tenga acceso en virtud del objeto del contrato Suscribir la garantía única, presentar los amparos requeridos para el cumplimiento del contrato y mantener actualizada su vigencia acorde con los términos pactados en la cláusula pertinente del contrato Cumplir con las obligaciones frente al Sistema de Seguridad Social Integral y aportes parafiscales y presentar los recibos de pago al sistema de seguridad social (salud, pensiones y riesgos profesionales) y parafiscales (Caja de Compensación, SENA, ICBF), para efectos del pago. Página 7 de 10
8 Mantener los precios presentados en la oferta económica durante el tiempo de la ejecución del contrato Cumplir con las obligaciones derivadas del contrato actuando con alto grado de profesionalismo responsabilidad y eficacia en la ejecución de las tareas correspondientes Cumplir con las demás instrucciones que le sean impartidas por el supervisor del contrato que se deriven o tengan relación con la naturaleza del mismo Suscribir el acta de liquidación del contrato Entregar al Grupo Financiero de la Dirección General el formato de autorización para abono directo en cuenta de ahorros o corriente, debidamente diligenciado y firmado, anexando certificación bancaria de la titularidad de la cuenta Obligaciones del Sistema Integrado de Gestión: Para el eje de Calidad El operador/contratista debe socializar con el equipo que realizará las actividades definidas en el contrato, la información básica del ICBF (Misión, Visión, Principios, Objetivos Estratégicos y Políticas de los Sistemas de Gestión) Para el eje de Seguridad y Salud Ocupacional Durante la ejecución del contrato el contratista deberá cumplir con las normas reglamentarias sobre seguridad y salud en el trabajo, medicina preventiva, higiene y seguridad industrial y los demás aspectos inherentes que han sido establecidos o establezca la ley y los organismos de control El contratista es responsable del reporte a la ARL y EPS, atención en salud e investigación de los incidentes y accidentes de trabajo presentados durante el desarrollo de las actividades objeto del contrato Para el eje Ambiental El Operador/contratista deberá garantizar el cumplimiento de la política ambiental en lo concerniente a buenas prácticas de manipulación de alimentos, almacenamiento y manejo de sustancias químicas, ahorro y uso eficiente de los recursos de agua, energía, papel y sustancias de limpieza y desinfección, combustibles, gestión de residuos, manejo de vertimientos y gestión de residuos Para el eje de Política de Seguridad de la Información El operador/contratista debe garantizar los procesos adecuados para la protección y confidencialidad de la información suministrada Para el eje de Innovación Página 8 de 10
9 El Operador/contratista deberá promover y desarrollar acciones de innovación y mejora que permitan ajustar y fortalecer el trabajo a desarrollar con los beneficiarios. 8. LUGAR DE EJECUCIÓN DEL CONTRATO Para todos los efectos el domicilio contractual será la ciudad de Bogotá. El contratista deberá entregar los documentos y demás materiales en la del ICBF, ubicado en la Ave. Cra 68 No. 64C-75, de la ciudad de Bogotá. 9. PLAZO DE EJECUCIÓN El plazo de ejecución será a partir de la fecha de legalización del contrato y hasta el 31 de diciembre de 2014, o hasta el agotamiento de los recursos, lo que ocurra primero. 10. FORMA DE PAGO DEL VALOR DEL CONTRATO El valor del contrato a suscribir será hasta por el valor resultante de la adjudicación, incluidos todos los costos directos e indirectos asociados al suministro de los bienes y/o prestación del servicio, el IVA, demás impuestos de ley. Se pagará al contratista así: Un primer pago equivalente al 25% del valor del contrato en el momento a la presentación y aprobación del primer informe. Un segundo pago del 25% del valor del contrato a la entrega y aprobación del segundo informe. Un tercer pago del 25% del valor del contrato a la entrega y aprobación del tercer informe. Un pago final por el saldo del valor del contrato a la entrega del informe final aprobado. Los pagos se realizarán previa presentación de la factura correspondiente, la certificación de recibo a satisfacción por parte del supervisor y la certificación del revisor fiscal o representante legal, según corresponda, sobre el cumplimiento en el pago de los aportes parafiscales y de seguridad social de sus empleados de acuerdo con lo establecido en el artículo 50 de la Ley 789 de 2002 y artículo 23 de la Ley 1150 de El pago se realizará dentro de los treinta (30) días hábiles siguientes a la radicación de la factura y la certificación de cumplimiento, previa aprobación del PAC (Programa Anual Mensualizado de Caja). Si la(s) factura(s) no ha(n) sido correctamente elaborada(s), o no se acompañan los documentos requeridos para el pago, el término para este solo empezará a contarse desde la fecha en que se presenten debidamente corregidas, o desde que se haya aportado el último de los documentos solicitados. Las demoras que se presenten por estos conceptos Página 9 de 10
10 serán de responsabilidad del contratista y no tendrá por ello, derecho al pago de intereses o compensación de ninguna naturaleza. Todos los pagos se realizarán conforme al PAC del Instituto Colombiano de Bienestar Familiar. 11. ANEXOS Perfiles mínimos requeridos para la prestación del servicio 12. ACEPTACIÓN CUMPLIMIENTO DE REQUERIMIENTOS TÉCNICOS Señor proveedor o contratista potencial: Al remitir cotización y/o propuesta, usted está aceptando que la misma cumple con la totalidad de los requerimientos incluidos en el presente documento y que incluye la totalidad de costos y gastos, directos e indirectos, así como los impuestos, asociados a la ejecución del contrato. Así mismo, que en caso de resultar adjudicatario del proceso de selección correspondiente, podrá prestar el servicio y/o entregar el bien, con las condiciones técnicas descritas en el presente documento. Elaboró Revisó Aprobó María Dioselina Fonseca Maritza Viveros Tarquino Ana María Ángel Correa Mendoza Ana María Mesa Torres Profesional Dirección de Nutrición Profesionales Dirección de Nutrición Directora de Nutrición Página 10 de 10
2 CÓDIGO ESTÁNDAR DE PRODUCTOS Y SERVICIOS DE NACIONES UNIDAS (UNSPSC, V.14.080)
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